Informe analisis politica trata y propuesta de instituciones responsables

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Incorporación de las instituciones responsables de la implementación de las acciones estratégicas de la Política pública contra la Trata de personas y Protección integral a las Víctimas 2014-2024

Consultoras: María Ester Caballero García y Ana Myrella Saadeh Rivera Guatemala, diciembre de 2017

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ÍNDICE

Pag.

INTRODUCCIÓN

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I.

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ASPECTOS METODOLÓGICOS

II. POLÍTICA PÚBLICA CONTRA LA TRATA DE PERSONAS Y DE PROTECCIÓN A LAS VÍCTIMAS 2014-2024

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III. PROPUESTA DE INCORPORACIÓN DE INSTITUCIONES RESPONSABLES DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA PÚBLICA CONTRA LA TRATA DE PERSONAS Y DE PROTECCION A LAS VÍCTIMAS 2014-2024 IV. FINANCIAMIENTO DE LA POLÍTICA PÚBLICA CONTRA LA TRATA DE PERSONAS Y PROTECCIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS 2014-2024 V. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

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VI. DOCUMENTACIÓN CONSULTADA

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ANEXOS

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INCORPORACIÓN DE LAS INSTITUCIONES RESPONSABLES DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS ACCIONES ESTRATÉGICAS DE LA POLÍTICA PÚBLICA CONTRA LA TRATA DE PERSONAS Y PROTECCIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS 2014-2024

INTRODUCCIÓN Durante la última década, el delito de trata de personas ha sido motivo de preocupación en la región centroamericana cuando el crimen organizado se convirtió en sujeto activo de la trata de personas; ante esta realidad los gobiernos se acogieron al Protocolo de Palermo y comenzaron a dar muestras de voluntad política para trabajar en contra de este delito; sin embargo aún no le atribuyen la misma prioridad que a otras expresiones del crimen organizado como el narcotráfico, de manera que las acciones de intervención no son equivalentes con la dinámica y las características que presenta la trata de personas. Si bien, Guatemala ha logrado avances significativos en materia de legislación e institucionalidad, es necesario anotar que persisten serias deficiencias que generan graves consecuencias en el acceso a la justicia y atención de las víctimas. Uno de estos avances fue la aprobación de la Política Pública contra la Trata de Personas y de Atención Integral a las Víctimas 2014 -2024, sin embargo, presenta la debilidad de no incluir a los entes responsables de ejecutar las acciones estratégicas y el alcance de las metas propuestas. El presente estudio fue realizado por iniciativa de ECPAT/Guatemala, organización no gubernamental sin fines de lucro fundada en el año 2000, con el objetivo de contribuir a la eliminación de diversas formas de violencia -en especial la protección y atención de víctimas y la prevención, persecución y sanción del delito de la trata de personas para cualquier fin. Desde su fundación, impulsa e implementa procesos de acuerdo a sus áreas de trabajo: a. coordinación nacional y regional, b. investigación, c. prevención, d. capacitación y formación, e. incidencia y cabildeo, f. Atención a víctimas sobrevivientes no institucionalizadas. Siendo sus áreas temáticas la Trata de personas y sus diferentes fines, explotación sexual y delitos y relacionados y violencia de género, contra niños, niñas y adolescentes. Las acciones que ECPAT Guatemala realiza se dirigen a funcionarios y personal de organizaciones de gobierno, organizaciones no gubernamentales y población vulnerable, principalmente adolescentes y jóvenes. Tiene experiencia en el desarrollo de proyectos a nivel nacional y regional en las áreas de investigación, prevención, información, sensibilización y capacitación a funcionarios y personal de las instituciones del sistema de justicia y protección. Asimismo, impulsa y fortalece la coordinación interinstitucional a nivel regional, nacional y local. A nivel nacional es miembro de la Comisión Interinstitucional contra la Trata de Personas -CIT-.

En enero de 2017, ECPAT Guatemala, inició la ejecución del proyecto “Fortalecimiento de la capacidad del Estado para el abordaje integral del delito de la Trata de personas en Guatemala” como socio estratégico del Proyecto Justicia para Juventud y Género en Guatemala, que se sitúa dentro del portafolio “Estado de Derecho” de la USAID, el cual tiene como fin ayudar al gobierno guatemalteco a asegurar que las víctimas de violencia -entre ellas las víctimas de trata de personas- tengan máximo acceso a servicios de calidad, se logre una disminución del delito y

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sanciones reparatorias; en este marco se ha desarrollado la consultoría para el Análisis de la Política Pública contra la Trata de Personas y de Protección a las Víctimas 2014-2024, en la cual se establecen las instituciones responsables de las acciones estratégicas con base en los mandatos que le da la legislación nacional, acuerdos y reglamentos en los diferentes ejes: prevención, detección, atención y protección. El presente informe consta de cinco capítulos, el primero describe los aspectos metodológicos utilizados; en el segundo se presentan antecedentes y breve descripción de la Política Pública contra la Trata de Personas y de Protección a las Víctimas 2014-2024. El tercer apartado incluye una propuesta de incorporación de instituciones responsables de la implementación de la Política, según los ejes estratégicos; enseguida, en el apartado cuarto se ofrecen consideraciones sobre el financiamiento de la Política y una propuesta de gestión de presupuesto que permita disponer de los recursos necesarios para la ejecución y alcance de sus objetivos. Por último, en el quinto apartado, se presentan las conclusiones y recomendaciones. Se incluye también los anexos y la documentación consultada.

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I. ASPECTOS METODOLÓGICOS La metodología utilizada responde a los objetivos siguientes: I.I Objetivos de la consultoría General: • Establecer e incluir las instituciones responsables de la implementación de la Política Pública contra la Trata de Personas y de Atención a las Víctimas 2014 -2024. Específicos: • Analizar la Política Pública contra la Trata de Personas y Protección Integral a las Victimas 2014- 2024 y la normativa legal guatemalteca relacionada, con la finalidad de identificar elementos que complementen los vacíos identificados en dicha Política, en particular aquellos relacionados con las entidades responsables de su ejecución. •

Establecer los mecanismos que sean necesarios impulsar por parte de las instituciones del gobierno central, que por ley tienen un mandato frente a la trata de personas, para la gestión de los recursos que requiere la implementación de la Política.

Socializar y validar los resultados con la Comisión Interinstitucional contra la Trata de Personas.

I.II Técnicas e Instrumentos Para el desarrollo de esta consultoría se utilizaron las siguientes técnicas de investigación: Revisión documental de: • • •

Política Pública contra la Trata de Personas y Protección Integral a las Victimas 2014 2024. Leyes, reglamentos y/o acuerdos relacionados en los cuales estén establecidos los mandatos de las instituciones que se incluyen en la Política. Información brindada por los funcionarios de gobierno a través de la respectiva Unidad de Información Pública.

Consulta a funcionarios de las siguientes instituciones: • • •

Ministerio de Relaciones Exteriores. Ministerio de Gobernación. Ministerio Público.

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• • • • • • •

Organismo Judicial. Procuraduría General de la Nación. Procuraduría de Derechos Humanos. Ministerio de Trabajo. Ministerio de Educación. Ministerio de Salud. Secretaría contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas –SVET-(Ver anexos 1 y 2).

Se considero importante realizar entrevistas a profundidad con funcionarios y funcionarias de organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, siendo éstos: • • •

Directora de ECPAT 3 funcionarias de SEGEPLAN de la Unidad de Políticas Públicas y la Unidad de Género. 2 expertos en materia de presupuesto del ICEFI y un consultor independiente.

Parte relevante del proceso fue un taller de consulta y validación con 16 representantes de 14 instituciones miembros de la Comisión Interinstitucional contra la Trata de Personas CIT. (El anexo 4 muestra las instituciones participantes). I.IV Facilitadores y limitantes •

El taller con representantes de las instituciones involucradas en acciones de la Política Pública contra la Trata de Personas y Protección Integral de las Víctimas 2014-2024 fue posible gracias a la cooperación de la CIT, la que convocó al evento y facilitó la recopilación informativa.

Una limitante fue que no todas las instituciones brindaron la información que se les solicitó.

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II. POLÍTICA PÚBLICA CONTRA LA TRATA DE PERSONAS Y PROTECCIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS 2014-2024 Previo a hacer referencia a la Política Pública contra la Trata de Personas y Protección a las Víctimas 2014 – 2024, es importante mencionar la instancia del ejecutivo que tiene la responsabilidad de impulsar el proceso de elaboración, consenso, aprobación, seguimiento y monitoreo de su implementación. Esta instancia es la Secretaría contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas -creada por la Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas1-, adscrita administrativamente a la Vicepresidencia de la República, con las siguientes funciones: a. Servir de órgano asesor y recomendar la realización de acciones a las distintas dependencias o entidades del Estado en la lucha contra la violencia sexual, explotación y trata de personas. b. Recomendar la aprobación de normas y procedimientos a las distintas entidades del Estado en materia de su competencia. c. Realizar seguimiento y estudiar los efectos de las normas, programas y acciones en materia de su competencia y recomendar su reorientación. d. Diseñar e implementar medidas, planes, programas e iniciativas de información y sensibilización eficaces, estratégicas, constantes y sistemáticas a nivel nacional y local, tomando en cuenta el género, la diversidad cultural y ética y los factores de vulnerabilidad de cada región del país, la edad, la cultura, el idioma de los destinatarios de la información y la comunidad en que ella se brinde. e. Trasladar los planes, programas, proyectos e iniciativas que apruebe a la Comisión Nacional de la Niñez y Adolescencia. f. Promover el desarrollo de estudios para descubrir, medir y evaluar los factores que facilitan la violencia sexual, la explotación y la trata de personas, entre ellos, las políticas y procedimientos migratorios. g. Promover la suscripción e implementación de acuerdos bilaterales o multilaterales para la protección internacional. h. Impulsar la creación y funcionamiento de los registros necesarios para actualizar la información sobre trata de personas. i. Denunciar los hechos constitutivos de delito o falta que tenga conocimiento, a consecuencia del ejercicio de sus funciones. j. Impulsar, en donde corresponda, procesos de capacitación, actualización y especialización, relacionada con la prevención, protección, atención y sanción de las disposiciones contenidas en la presente Ley.

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Ley que reformó el marco jurídico penal con la finalidad de combatir este ilícito en sus diferentes fines de explotación y sancionarlo de acuerdo a su gravedad.

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k. Coordinar actividades y proyectos con las entidades y dependencias del Estado, quienes podrán coadyuvar con la Secretaría, en lo que les fuere solicitado. l. Crear comités departamentales en el marco de las estrategias, políticas y objetivos de la Secretaría. Otra instancia que tiene un rol relevante en el diseño e impulso de la Política Pública contra la Trata de Personas y Protección Integral a las Víctimas 2014-2024, en la elaboración del plan nacional de acción estratégico y en la coordinación de la difusión de la política en mención es la Comisión Interinstitucional contra la Trata de Personas CIT -creada por la SVET mediante Acuerdo secretarial No. 02-2009-. La CIT es coordinada por la Vicepresidencia de la República y convocada por el Ministerio de Relaciones Exteriores; es una instancia interinstitucional de consulta, de gestión y de formulación de iniciativas e impulso de consensos para el combate de la trata de personas de conformidad con el derecho interno y en armonía con el derecho internacional. Está integrada por representantes titular y suplente designados por las siguientes instituciones: • • • • • • • • • • • • •

Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Gobernación Ministerio de Educación Ministerio de Cultura y Deportes Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social Ministerio de Trabajo y Previsión Social Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia –SBSSecretaría de Comunicación Social de la Presidencia Secretaría General de Planificación y Programación de la Presidencia –SEGEPLANSecretaría Presidencial de la Mujer –SEPREMSecretaría de Obras Sociales de la Esposa del Presidente –SOSEPComisión Presidencial Coordinadora de la Política del Ejecutivo en materia de Derechos Humanos –COPREDEHDefensoría de la Mujer Indígena –DEMI-

Posteriormente se sumaron la Institución del Procurador de los Derechos Humanos, la Procuraduría General de la Nación, el Ministerio Público y el Organismo Judicial. También se han integrado organizaciones de sociedad civil tales como Asociación La Alianza, ECPAT Guatemala, Fundación Sobrevivientes y Asociación El Refugio de la Niñez; así como organismos internacionales tales como la Organización Internacional para las Migraciones, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito y la Agencia de Cooperación para el Desarrollo de los Estados Unidos de América -AID-.

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Las CIT tiene como funciones: a. Recomendar al Ministerio de Relaciones Exteriores, a la SVET, y al Vicepresidente de la República sobre las medidas que dentro de su competencia puedan tomarse para hacer efectivas las disposiciones legales nacionales e internacionales en materia de trata de personas y de protección integral a las víctimas, y cualquier acción para brindar en la forma más rápida posible la atención integral a la víctima. b. Proponer al Ministerio de Relaciones Exteriores propuestas de anteproyectos de leyes y reglamentos para trasladar a la Presidencia de la República, que permitan cumplir con las obligaciones convencionales sobre la materia. c. Coadyuvar con el ministerio competente en el diseño e impulso de la Política Pública contra la Trata de Personas y de Protección Integral a las Víctimas y en la elaboración del plan nacional de acción estratégico. d. Coordinar la difusión de la política en mención; y, otras que sean inherentes. Para su mejor funcionamiento a partir de las fortalezas y mandatos institucionales de sus miembros, la CIT se organiza en 4 subcomisiones: a. b. c. d.

Prevención Detección, atención, protección y repatriación Persecución y Sanción Fortalecimiento institucional

a. Antecedentes de la Política Pública contra la Trata de Personas y Protección a las Víctimas 2014-2024 En materia de trata de personas se reconocen dos antecedentes; el primero es el Plan Nacional de Acción contra la Explotación Sexual Comercial de Niñas, Niños y Adolescentes en Guatemala, una Política Pública adoptada por la Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia, elaborada por el que en ese momento se denominaba Grupo Articulador del Plan Nacional de Acción en contra de la Explotación Sexual Comercial de Niñas, Niños y Adolescentes. Esta instancia estaba integrada por las siguientes organizaciones de sociedad civil: PAMI, Pro Niño y Niña Centroamericanos – PRONICE-, Asociación Feminista La Cuerda, Pastoral Social del Arzobispado de Guatemala, Comisión Nacional contra el Maltrato Infantil –CONACMI-, Visión Mundial Guatemala, ECPAT Guatemala; así como por la Procuraduría General de la Nación y la Comisión Presidencial Coordinadora de la Política del Ejecutivo en Materia de Derechos Humanos –COPREDEH-.

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En el apartado V (Estrategia), dicho Plan contemplaba cuatro objetivos estratégicos: Prevención, Atención, Garantía de aplicación de justicia y Profundizar en el conocimiento, cada uno con sus respectivos programas, resultados esperados y responsables. En el marco, se realizaron considerables esfuerzos tendientes a lograr la adecuación de la legislación nacional a los contenidos de los convenios internacionales en materia de niñez ratificados por el Estado, se demandó la aprobación de una ley que de manera específica abordara la erradicación de la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes; se promovió la firma de un convenio centroamericano para erradicar el tráfico de personas menores de edad con fines de explotación sexual comercial, así como la ampliación institucional del sistema de justicia para atender dicho ilícito.

El segundo antecedente es la Política Pública contra la Trata de Personas y de Protección Integral a las Víctimas y Plan Nacional de Acción Estratégico 2007-2017, diseñada y consensuada por un comité asesor y un equipo técnico coordinado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, con la participación de la Comisión Interinstitucional de Combate a la Trata de Personas y Delitos conexos. Esta política asumió el concepto de Trata de Personas del Protocolo de Palermo, los verbos rectores vinculados y las modalidades de la trata. Se organizó en cinco ejes estratégicos: Fortalecimiento Institucional, Prevención, Atención Integral, Protección y Aplicación de Justicia y Política Exterior y Cooperación Internacional. Esta Política fue acompañada con el Plan Nacional de Acción Estratégico para el periodo 2007-2017, el cual desarrolló para cada uno de los ejes la línea de intervención, metas, acciones estratégicas, indicadores, plazo y entidad responsable. Tomando en cuenta los cambios y avances ocurridos desde su promulgación y que dicha política ya no respondía a la transformación jurídica y por ende a la evolución socio-política del país, en obediencia al mandato constitucional de la protección de las personas y ante la necesidad de actualizar su accionar para prevenir y combatir la trata de personas, a través de la Comisión Interinstitucional contra la Trata de Personas –CIT-, se elaboró la Política Pública contra la Trata de Personas y Protección integral a las víctimas 2014-2024, la cual establece los lineamientos que deben orientar las acciones públicas de corto, mediano y largo plazo en contra de la trata de personas. b. Política Pública contra la Trata de personas y Protección integral a las Víctimas 2014-2024 Esta Política Pública fue aprobada por medio de Acuerdo Gubernativo 306-2014 como resultado del trabajo interinstitucional de la CIT, liderada por la SVET. Tiene como objetivo armonizar y optimizar los recursos y el accionar de los distintos sectores del Estado, para garantizar la protección y atención integral a las víctimas de trata de personas, así como para promover la prevención, detección, persecución y sanción de este delito.

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Sus ejes estratégicos son los siguientes: a. Prevención: Cuyo objetivo es desarrollar un esquema interpretativo de país sobre el fenómeno de la trata, de su carácter histórico, composición, funcionamiento, tendencias de crecimiento y posibilidades de control, para implementar mecanismos que faciliten la prevención, desde la plataforma de los derechos humanos universales y su definición utilizando las diversas categorías de análisis y perspectivas multicultural, de género, étnica y diversidad sexual. b. Detección, Atención y Protección: Esta última incluye repatriación a víctimas y persecución y sanción. Su objetivo es promover el desarrollo de mecanismos efectivos de gestión institucional y de coordinación para la detección e identificación de presuntas víctimas de trata de personas desde diferentes ámbitos a nivel nacional. Cada eje estratégico tiene su propio objetivo, lineamientos, acciones estratégicas y metas. A diferencia de la anterior política pública, ésta no posee un Plan Nacional de Acción que permita reflejar acciones concretas, plazos y responsables de las mismas.

c. Instituciones responsables de la implementación de la política pública •

Mandato y Atribuciones

Previo a definir los entes responsables de la implementación de la Política Pública contra la Trata de Personas es necesario hacer una revisión de competencias de las Instituciones que actualmente conforman la CIT, a partir de mandatos institucionales y atribuciones que la ley les otorga. La información contenida en la tabla siguiente nos permite identificar con claridad los mandatos institucionales propios de cada institución y sus atribuciones, así como identificar su vinculación con las acciones estratégicas y metas de la Política Pública contra la Trata de Personas.

Institución Procuraduría General de Nación -PGN-

Mandato legal

la

Artículo 252 de la Constitución de la República de Guatemala, establece que la Procuraduría General de la Nación, tiene a su cargo la función de asesoría y consultoría de los órganos y entidades estatales.

Atribuciones •

Representar y defender los intereses del Estado de Guatemala en todos los juicios en que fuere parte y promover la oportuna ejecución de las sentencias que se dicten en ellos. Intervenir si así lo dispusiere el Ejecutivo y conforme a las instrucciones de éste en los negocios en que estuviere interesado el Estado y en los que las leyes determinen.

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Procurador de los Derechos Humanos -PDH-

Ministerio Público -MP-

Ley de la Comisión de los Derechos Humanos del Congreso de la República y del Procurador de los Derechos Humanos, Art. 8: El Procurador, es un Comisionado del Congreso de la República para la Defensa de los Derechos Humanos establecidos en la Constitución Política de la República de Guatemala, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los Tratados y convenciones Internacionales aceptados y ratificados por Guatemala. El Procurador para el cumplimiento de las atribuciones que la Constitución Política de la República de Guatemala y esta ley establecen, no está supeditado a organismo institución o funcionario alguno. Constitución política Art. 251. El Ministerio Público es una institución auxiliar de la administración pública y de los tribunales con funciones autónomas, cuyos fines principales son velar por el estricto cumplimiento de las leyes del país. Decreto legislativo No. 40-94 “Ley Orgánica del Ministerio Público”.

Unidad Operativa de la Coordinadora Nacional del Sistema de Alerta Alba-Kenneth, encargada de planificar y dar seguimiento a las acciones de búsqueda, localización y resguardo del niño, niña o adolescente que ha desaparecido a ha sido sustraído y de ejecutar los acuerdos de la Coordinadora Nacional del Sistema de Alerta Alba-Kenneth. • Intervenir ante los Tribunales de Justica en todos aquellos asuntos en que esté llamado a hacerlo por ministerio de la ley. • Brindar asesoría y consultoría a los órganos y entidades estatales. • Analizar los expedientes y emitir opiniones en los asuntos de jurisdicción voluntaria. • Representar a los ausentes, menores de edad, y a los declarados en estado de interdicción, mientras éstos no tengan personero legítimo conforme al Código Civil y demás leyes. Art. 13 Ley de la Comisión de los Derechos Humanos del Congreso de la República y del Procurador de los Derechos Humanos: Son atribuciones esenciales del Procurador: a) Promover el buen funcionamiento y la agilización de la gestión administrativa gubernamental, en materia de Derechos Humanos; b) Investigar y denunciar comportamientos administrativos lesivos a los intereses de las personas; c) Investigar toda clase de denuncias que le sean planteadas por cualquier persona, sobre violaciones a los Derechos Humanos; d) Recomendar privada o públicamente a los funcionarios, la modificación de un comportamiento administrativo objetado; e) Emitir censura pública por actos o comportamientos en contra de los derechos institucionales; f) Promover acciones o recursos, judiciales o administrativos, en los casos en que sea procedente; y g) Otras funciones y atribuciones que le asigne esta ley.

Art. 2 Ley Orgánica del Ministerio Público. 1. Investigar los delitos de acción pública y promover la persecución penal ante los tribunales, según las facultades que le confieren la Constitución, las leyes de la República, y los Tratados y Convenios Internacionales. 2. Ejercer la acción civil en los casos previstos por la ley y asesorar a quien pretenda querellarse por delitos de acción privada de conformidad con lo que establece el Código Procesal Penal. 3. Dirigir a la policía y además cuerpos de seguridad del Estado en la investigación de hechos delictivos.

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Organismo Judicial -OJ-

Ministerio Educación -MINEDUC-

de

Ministerio de Relaciones Exteriores -MRE-

Institución con funciones autónomas, promueve la persecución penal y dirige la investigación de los delitos de acción pública; además velar por el estricto cumplimiento de las leyes del país (Art. 1). Constitución de la República de Guatemala, Artículo 203: Independencia del Organismo Judicial y potestad de juzgar. La justicia se imparte de conformidad con la Constitución y las leyes de la República. Corresponde a los tribunales de justicia la potestad de juzgar y promover la ejecución de lo juzgado… Garantizar la educación como un derecho de los pueblos guatemaltecos, para formar ciudadanos con identidad cultural que aporten a la convivencia intercultural y al desarrollo plural del país.

Es el ente rector de la Política Exterior del Estado de Guatemala, tiene como objetivo estratégico formular las políticas y la aplicación del régimen jurídico relativo a las relaciones del Estado de Guatemala con otro Estados o grupos de Estados y personas e instituciones jurídicas de derecho internacional. El fin último de sus acciones es la defensa y

4. Preservar el Estado de derecho y el respeto a los derechos humanos, efectuando las diligencias necesarias ante los tribunales de justicia.

Art. 52 Ley del Organismo Judicial. Funciones jurisdiccionales y administrativas, las que deberán desempeñarse con total independencia de cualquier otra autoridad… Los órganos que integran el Organismo Judicial tendrán las funciones que les confieren la Constitución Política de la República, las leyes y los reglamentos, así como las que le asignen otras leyes.

Cobertura: La niñez y juventud tienen, sin distinción alguna, fácil acceso a programas escolares y extraescolares, pertinentes cultural y lingüísticamente. Calidad, equidad e inclusión: La niñez y la juventud participan en programas de calidad y equidad con pertinencia cultural y lingüística. Modalidades diversas de entrega escolar y extraescolar: Los niños, jóvenes y adultos excluidos del Sistema Educativo Nacional son atendidos con una oferta educativa con pertinencia lingüística y cultural. Espacios dignos y saludables para el aprendizaje: En los centros educativos oficiales del Sistema Educativo Nacional se han mejorado las condiciones de nutrición en la niñez, la infraestructura y las tecnologías en los centros educativos oficiales del Sistema. Gestión institucional transparente y participativa: Gestión eficiente y desconcentrada para lograr la descentralización con criterios lingüísticos y culturales. Decreto 114-97 Ley del Organismo Ejecutivo, Art.38 Establece que compete al Ministerio de Relaciones Exteriores la aplicación del régimen jurídico relativo a las relaciones del Estado de Guatemala con otros Estados y personas o instituciones jurídicas de Derecho Internacional; así como la atención de lo relacionado con la información y comunicaciones internacionales de carácter oficial; la demarcación del territorio sobre el cual Guatemala ejerce plena soberanía y dominio; todo lo relacionado con la nacionalidad; ejecución de la gestión y desempeño del servicio

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promoción de los intereses de la nación y por ende de los guatemaltecos como los beneficiarios de ellas.

Ministerio de Salud y Asistencia Social -MSPAS-

Ministerio de Cultura y Deportes

Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social. Ejerce la rectoría del Sector Salud con participación social, proveyendo servicios de atención integral a la población, con equidad y calidad mediantes el funcionamiento de redes integrales de salud, la optimización de los recursos y la gestión por resultados, para incrementar el financiamiento de salud. Ley del Organismo Ejecutivo Decreto 114-97, Art. 39. Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social. Corresponde al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social formular las políticas y hacer cumplir el régimen jurídico relativo a la salud preventiva y curativa y a las acciones de protección, promoción, recuperación y rehabilitación de la salud física y mental de los habitantes del país y a la preservación higiénica del medio ambiente…. Formular y dar seguimiento a la política y los planes de salud pública… Acuerdo gubernativo número 27-2008 Reglamento orgánico interno, Art. 2: es el encargado de cumplir y hacer cumplir el

exterior; atender el estudio y análisis del desenvolvimiento de los acontecimientos políticos, económicos, ambientales, comerciales y financieros mundiales a nivel de país; y la preparación de propuestas e iniciativas de Estado ante otro Estado o grupo de Estados. Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas, Art. 17 y 19 Aborda lo relacionado con el proceso de repatriación de las víctimas de trata de personas y los derechos de las personas en proceso de repatriación. Asimismo, el Artículo 19 manda a la Secretaría de Bienestar Social y el Ministerio de Relaciones Exteriores a impulsar la discusión, formulación, implementación, monitoreo y evaluación del a) Protocolo Interinstitucional para la Protección y Atención a Víctimas de Trata de Personas, y b) Protocolo Interinstitucional para la Repatriación de Víctimas de Trata, tomando en cuenta las opiniones y los deseos de la víctima de no ser repatriada. Constitución Política de la República de Guatemala, Sección Séptima: Salud, Seguridad y Asistencia Social, Art. 94 “Obligaciones del Estado, sobre salud y asistencia social”. El Estado velará por la salud y la asistencia social de todos los habitantes. Desarrollará, a través de sus instituciones, acciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, coordinación y las complementarias pertinentes a fin de procurarles el más completo bienestar físico, mental y social.

Art. 4 de ese Acuerdo: entre sus funciones destacan: Formular, ejecutar y administrar la política de fomento, promoción y extensión cultural y artística y la política de preservación,

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-MICUDE-

régimen jurídico relativo a la conservación y desarrollo de las culturas, las artes, la recreación y el deporte no federado ni escolar del país, así como la protección, conservación y promoción del patrimonio cultural y natural de la nación, con la participación activa del guatemalteco.

de

Apoyo al sistema de justicia. Ente rector responsable de los temas de seguridad y gobernabilidad del país, así como de apoyar, dentro de sus competencias, al sistema de administración de justicia

Ministerio de Trabajo y Previsión social MTPS-

Acuerdo gubernativo 212-2012 Reglamento orgánico interno del Ministerio de Trabajo y Previsión social, Art. 1: Al Ministerio de Trabajo y Previsi

Ministerio Gobernación -MINGOB-

mantenimiento y administración del patrimonio cultural de la nación; promover y difundir la identidad cultural y los valores cívicos de la nación en el marco del carácter pluriétnico y multicultural que los caracteriza; propiciar la repatriación y la restitución al Estado de los bienes culturales de la nación que hubiesen sido sustraídos o exportados ilícitamente; impulsar programas y proyectos relacionados con la cultura, las artes, la recreación y el deporte no federado y no escolar; incorporar a todos sus planes, programas y proyectos, acciones tendentes a propiciar una cultura de paz y un desarrollo humano sostenible; proveer los elementos culturales y deportivos indispensables para incorporar la dimensión cultural al desarrollo humano sostenible; organizar y realizar actividades culturales, artísticas, deportivas y recreativas, tendentes a fortalecer la convivencia pacífica, como premisa para la construcción de la cultura de la paz, la multiculturalidad y la interculturalidad; planificar, programar y realizar acciones con el propósito de cumplir con las funciones culturales, artísticas, deportivas y recreativas, a través de la utilización de los recursos e infraestructura física del Ministerio, y por medio de la coordinación interinstitucional con otros organismos estatales que contribuyan a este propósito; facilitar el acceso de la población a actividades culturales, artísticas, deportivas y recreativas, con el fin de fortalecer las identidades, la cooperación solidaria, la equidad y la justicia social. Ley del Organismo Ejecutivo Art. 36, atribuciones: Formular las políticas públicas, cumplir y hacer cumplir el régimen jurídico relativo al mantenimiento de la paz y el orden público, la seguridad de las personas y de sus bienes, la garantía de sus derechos, la ejecución de las órdenes y resoluciones judiciales, el régimen migratorio y penitenciario, conducir y regular los cuerpos de seguridad y cumplir las funciones de gobernabilidad asignadas por ley. Acuerdo gubernativo 237-2007, le corresponde formular las políticas públicas, cumplir y hacer cumplir el régimen jurídico relativo al mantenimiento de la paz y el orden público, así como garantizar el respeto de los derechos de la ciudadanía. Acuerdo gubernativo 212-2012, Art. 3 Establece además de las que le asigna la Constitución Política los Convenios Internacionales de Trabajo ratificados por Guatemala, la Ley del Organismo Ejecutivo, el Código de Trabajo y demás leyes, el

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ón Social, le corresponde cumplir y hacer cumplir el régimen jurídico laboral nacional e internacional, la formación técnica, profesional, previsión social y la promoción del trabajo decente.

Ministerio de Trabajo y Previsión Social tiene asignadas las funciones siguientes: 1. Formular la política laboral, salarial, de higiene y seguridad en el trabajo del país y, en general, la política de trabajo decente. 2. Diseñar, promover y desarrollar las políticas de diálogo social, tanto tripartito como bipartito y multisectorial, promoviendo el tripartismo como metodología de participación estratégica para la discusión, análisis y propuesta de los diferentes temas del trabajo y la previsión social. 3. Estudiar, analizar, discutir y, si fuere el caso, recomendar la ratificación de los Convenios Internacionales del Trabajo. 4. Representar en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, de conformidad con la ley, al Estado de la República de Guatemala ante los Organismos Internacionales relacionados con asuntos de su competencia y en los procesos de negociación de Convenios Internacionales en materia de Trabajo. 5. Administrar sistemas de información actualizada sobre migración, oferta y demanda en el mercado laboral. 6. Diseñar mecanismos que faciliten la movilidad e inserción de la fuerza laboral en el mercado de trabajo. 7. Velar por el cumplimiento de la legislación laboral con relación a la mujer, adolescentes, pueblos indígenas, personas con discapacidad, y grupos vulnerables de trabajadores. 8. Promover la erradicación de las peores formas de trabajo infantil. 9. Diseñar políticas de capacitación técnica y formación profesional de los trabajadores y de aquellos que deseen formar parte de la fuerza laboral del país. La ejecución de los programas de capacitación será competencia de las entidades privadas y estatales correspondientes. 10. Formular y velar por la ejecución de la política de Previsión Social, propiciando el mejoramiento de los sistemas de previsión social. 11. Armonizar y conciliar las relaciones laborales entre los empleadores y los trabajadores; prevenir los conflictos laborales e intervenir, de conformidad con la ley, en la solución extrajudicial de éstos, propiciar el diálogo social y la conciliación como mecanismo de solución de conflictos laborales; todo ello, de conformidad con la legislación vigente. 12. Otras que sean asignadas por la Presidencia de la República.

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Secretaría contra la Violencia sexual, Explotación y Trata de Personas -SVET.

Decreto legislativo 9-2009 “Ley Contra la Violencia Sexual. Explotación y Trata de Personas”. Artículo 4. Se crea la Secretaría contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas adscrita administrativamente a la Vicepresidencia de la República, la cual funcionará de acuerdo a lo establecido en el reglamento respectivo. El Secretario Ejecutivo de la Secretaría, será nombrado por el Vicepresidencia de la República.

Secretaría de Bienestar Social

Responsable de formular, coordinar y ejecutar las políticas públicas de protección integral de la niñez y la adolescencia, así

Art. 5 del mismo Decreto: a. Servir de órgano asesor y recomendar la realización de acciones a las distintas dependencias o entidades del Estado en la lucha contra la violencia sexual, explotación y trata de personas. b. Recomendar la aprobación de normas y procedimientos a las distintas entidades del Estado en materia de su competencia. c. Realizar seguimiento y estudiar los efectos de las normas, programas y acciones en materia de su competencia y recomendar su reorientación. d. Diseñar e implementar medidas, planes, programas e iniciativas de información y sensibilización eficaces, estratégicas, constantes y sistemáticas a nivel nacional y local, tomando en cuenta el género, la diversidad cultural y ética y los factores de vulnerabilidad de cada región del país, la edad, la cultura, el idioma de los destinatarios de la información y la comunidad en que ella se brinde. e. Trasladar los planes, programas, proyectos e iniciativas que apruebe a la Comisión Nacional de la Niñez y Adolescencia. f. Promover el desarrollo de estudios para descubrir, medir y evaluar los factores que facilitan la violencia sexual, la explotación y la trata de personas, entre ellos, las políticas y procedimientos migratorios. g. Promover la suscripción e implementación de acuerdos bilaterales o multilaterales para la protección internacional. h. Impulsar la creación y funcionamiento de los registros necesarios para actualizar la información sobre trata de personas. i. Denunciar los hechos constitutivos de delito o falta que tenga conocimiento, a consecuencia del ejercicio de sus funciones. j. Impulsar, en donde corresponda, procesos de capacitación, actualización y especialización, relacionada con la prevención, protección, atención y sanción de las disposiciones contenidas en la presente Ley. k. Coordinar actividades y proyectos con las entidades y dependencias del Estado, quienes podrán coadyuvar con la Secretaría, en lo que les fuere solicitado. l. Crear comités departamentales en el marco de las estrategias, políticas y objetivos de la Secretaría. Tres áreas sustantivas con sus respectivos programas: Subsecretaría de Fortalecimiento y Apoyo Familiar y Comunitario; con los siguientes programas: de atención integral, de atención a

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-SBS-

Secretaría de Obras Sociales de la Esposa del Presidente SOSEP-

como la ejecución de programas orientados a garantizar el respeto, promoción y restitución de los derechos de la niñez y la adolescencia, en el marco de la normativa jurídica nacional e internacional, es una entidad del Organismo Ejecutivo con carácter administrativo.

Acuerdo Gubernativo No. 89391, Art. 3 creación de la SOSEP para cumplir los programas y proyectos que asigna el Presidente. Fortalecer la rectoría de la Secretaría de Obras Sociales de la Esposa del Presidente de la República en la formulación de las políticas públicas de protección a la población vulnerable, así como la administración y ejecución de los programas asistencia social y desarrollo a favor de la familia y grupos vulnerables que lleve a cabo el Organismo Ejecutivo.

niños y niñas con discapacidad atendidos integralmente y adolescentes recibiendo capacitación laboral, subsidio familiar, unidad de regulación de centros de cuidado infantil diario. Subsecretaría de Reinserción y Resocialización de Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal, con sus programas: centros de privación de libertad y de medidas socioeducativas. Subsecretaría de Protección, Abrigo y Rehabilitación Familiar con programa de hogares de protección y abrigo, de riesgo social, de familias sustitutas y prevención de la delincuencia en adolescentes. La Ley contra la Violencia sexual, Explotación y Trata de Personas establece que la Secretaría de Bienestar Social y el Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán impulsar la discusión, formulación implementación, monitoreo y evaluación del Protocolo interinstitucional para la Protección y Atención a Víctimas de Trata de Personas y del Protocolo interinstitucional para la Repatriación de Víctimas de Trata tomando en cuenta las opiniones y los deseos de la víctima de no ser repatriada. Acuerdo Gubernativo 351-94, Reglamento de la Secretaría de las Obras Sociales de la Esposa del Presidente Art. 3. Entre sus atribuciones desatacan: a. Definir políticas para la formulación y planificación de sus programas y actividades; b. Velar por la correcta y oportuna ejecución de sus programas, mediante normas y procedimientos que garanticen el cumplimiento de sus objetivos y metas; c. Promover la participación comunitaria a través de los programas formulados y planificados y lograr el desarrollo de éstos para beneficio de la población a la cual van dirigidos; e. Coordinar con organizaciones nacionales e internacionales dedicadas a promover el bienestar de la población; Programas: Creciendo Seguro: Intervención orientada a mejorar la economía familiar a través de la atención de mujeres de entre 14 y 59 años de edad (organización en unidades productivas, capacitación técnica ocupacional, asistencia técnica para la producción y comercialización de sus productos, hasta la sostenibilidad. Las acciones se realizan en el marco de la Seguridad Alimentaria y Nutricional. Servicio social: orientado a beneficiar a personas en condición de pobreza y extrema pobreza con productos ortopédicos, jornadas y tratamientos

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Secretaría Presidencial de la Mujer -SEPREM-

Acuerdo gubernativo 200-2000 Art. 1, Creación de la SEPREM, bajo la dirección inmediata de la Presidencia de la República, como entidad asesora y coordinadora de políticas públicas para promover el desarrollo integral de las mujeres guatemaltecas y el fomento de una cultura democrática.

Secretaría de Comunicación social de la Presidencia -SCSP-

Decreto legislativo 114-97, creada con el objetivo de formular, coordinar y ejecutar la política de comunicación del Gobierno de la República. Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia es una institución gubernamental que divulga e informa las actividades

médicos y otros servicios sociales. Mis Años Dorados. Atención integral a personas mayores, beneficiadas con eventos de promoción de la integración familiar y reducción de la brecha generacional, para mejorar su calidad de vida digna e inclusión social. Hogares Comunitarios: Niños/as de 6 meses a 6 años de edad beneficiados con alimentación complementaria; niños/as de 0 a 6 años de edad reciben educación inicial y educación preprimaria. Acuerdo gubernativo 200-2000, Art.2: Entre sus atribuciones destacan: a) Promover la plena participación de las mujeres en el desarrollo del país y la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres. b) Velar por la observancia y aplicación de los preceptos constitucionales, leyes ordinarias, tratados y convenios internacionales que se refieran a la mujer, así como velar por el cumplimiento de los compromisos adquiridos por el Estado de Guatemala en los organismos e instancias internacionales y en los Acuerdos de Paz. c) Planificar, asesorar, promover y dar seguimiento a las políticas, planes, programas y proyectos dirigidos a las mujeres, debiendo verificar y evaluar su efectiva ejecución. d) Promover, fortalecer y desarrollar iniciativas gubernamentales en beneficio del desarrollo económico, social, cultural y político de las mujeres, propiciando la coordinación interinstitucional necesaria. e) Incentivar la realización de estudios e investigación sobre la situación y condición de las mujeres en la sociedad guatemalteca, así como la adecuada difusión, recopilación y sistematización de la información existente sobre estos temas. f) Realizar el análisis de la legislación vigente con el propósito de promover las reformas pertinentes y la eliminación de aquellas normas que tengan efectos desiguales entre hombres y mujeres. g) Fomentar una cultura de respeto mutuo entre hombres y mujeres, que propicie las relaciones con equidad, solidaridad y fraternidad. Acuerdo gubernativo 465-98 Reglamento Orgánico Interno de la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia, Art. 3: Es competencia de la Secretaría impulsar y ejecutar de acuerdo a la disponibilidad de los recursos financieros que se le asignen, toda acción o programa que tienda a informar a la opinión pública respecto a las actividades del Gobierno, dentro y fuera de la República.

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Defensoría de la Mujer Indígena -DEMI-

y programas de la Presidencia, así como la política y programas del Gobierno a la población. Acuerdo gubernativo 525-99, Art. 1, creada con el objetivo de atender las particulares situaciones de vulnerabilidad, indefensión y discriminación de la mujer indígena, para lo cual deberá promover las acciones de defensa y pleno ejercicio de derechos.

Ese mismo Acuerdo, Art. 3: • Promover y desarrollar con entidades gubernamentales y no gubernamentales, acciones tendientes a la propuesta de políticas públicas, planes y programas para la prevención, defensa y erradicación de todas las formas de violencia y discriminación contra la mujer indígena; • Recibir y canalizar a donde correspondan, las denuncias de mujeres indígenas violentadas en sus derechos y darles el ordenado seguimiento, • Proporcionar servicio de asesoría jurídica a mujeres indígenas víctimas de violencia, malos tratos, discriminación, acoso sexual y otras violaciones a sus derechos, y dar seguimiento a los casos que sean planteados, • Proporcionar atención y servicio social y psicológico a las mujeres indígenas víctimas de violencia, malos tratos, discriminación, acoso sexual y otras violaciones a sus derechos, y dar seguimiento a los casos que sean planteados, • Diseñar, coordinar y ejecutar programas educativos de formación y divulgación de los derechos de la mujer indígena, y • Proponer al Presidente de la República, anteproyectos de iniciativa de ley en materia de derechos de la mujer indígena.

Si bien existe vinculación explícita o implícita entre los mandatos propios de cada institución y sus atribuciones con las acciones estratégicas y metas de la Política, la revisión de la planificación institucional (PEI, POA) permite afirmar que de las 16 instituciones de Estado y de gobierno que integran la CIT, 3 identifican la Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas y/o la Política Pública respectiva como parte de su mandato institucional. De las 13 que no la contemplan de manera explícita, 8 desarrollan acciones específicas relativas a la trata de personas, en el marco de su propio mandato y atribuciones institucionales, tales como el Organismo Judicial, Ministerio Público, Procuraduría de Derechos Humanos, Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, Ministerio de Gobernación, Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia de la República y la Procuraduría General de la Nación; o en función de obligaciones derivadas de compromisos asumidos por el Estado guatemalteco mediante la ratificación de convenios internacionales, tal como el Ministerio de Trabajo.

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III. PROPUESTA DE INCORPORACIÓN DE INSTITUCIONES RESPONSABLES DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA CONTRA LA TRATA DE PERSONAS Y PROTECCIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS 2014-2024. En el diseño de la Política se observa que algunos lineamientos, actividades estratégicas y metas son postulados tan generales que dificultan identificar a los responsables de ejecutar las acciones para la implementación de los mismos, lo que se evidenció en el ejercicio de autoidentificación de responsabilidades realizado en el taller con representantes de instituciones miembros de la CIT. En la tabla siguiente se presenta una propuesta de incorporación de instituciones responsables de la implementación de la Política, elaborada a partir de sus propios mandatos y atribuciones institucionales. PREVENCIÓN Lineamiento Meta La población en general debe estar informada y alertada sobre las formas en que se manifiesta el delito de trata de personas, sus riesgos, así como la disposición de apoyo institucional y de coordinación interinstitucional del Estado para brindar soporte para prevenir ser víctima de ese delito.

Acción Estratégica

Meta

Responsable

Desarrollar un sistema de información y registro (con desagregación por sexo, pertenencia étnica, lugar de origen/residencia y edad) que permita tipificar, cuantificar, estimar casos de trata, así como sus tendencias y comportamientos, para la toma de decisiones que permitan la erradicación del fenómeno.

Para el año 2024, el 80% de la población guatemalteca está informada, alertada y conoce las acciones de apoyo institucional para evitar ser víctima de trata de personas. Para el año 2016 se ha desarrollado el sistema para el registro adecuado de los casos de trata de personas, que genera información estratégica por parte de las instituciones involucradas en la temática. Definida y puesta en marcha una agenda de investigación para el año 2017 y actualizada en el año 2019. Un programa de comunicación social que considera las generalidades, así como las especificidades del fenómeno y desarrolla los mensajes de manera efectiva para evitar que la población sea víctima de trata.

SVET, en coordinación con: • Organismo Judicial • Ministerio Público • Ministerio de Relaciones Exteriores • Secretaría de Bienestar Social

En el año 2016 el sistema de comunicación social, integrado por OG y ONG, funciona y traslada mensajes a la población en general,

SVET, en coordinación con la Secretaria de Comunicación Social de la Presidencia y los

Impulsar y desarrollar programas de comunicación social, que favorezcan actitudes de cambio social frente al delito de trata de personas, el establecimiento de espacios de intercambio, acuerdos y de articulación entre Estado y Sociedad, para prevenir y contribuir al combate de la trata de personas. Desarrollar un sistema de comunicación social (con participación de las diversas instituciones gubernamentales y no gubernamentales) para

SVET, en coordinación con la Secretaria de Comunicación Social de la Presidencia y los órganos de comunicación de todos los organismos miembros de la CIT.

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Las poblaciones que tienen mayor riesgo o vulnerabilidad ante el delito de trata de personas deben contar con información y disponer de servicios de prevención, detección, atención y protección a víctimas de trata de personas, para reducir las posibilidades de ser víctimas de ese delito.

informar a la población en general sobre las condiciones de riesgo para ser víctima de trata de personas (modalidades, formas de captación, medios de traslado, etc.). Desarrollar mecanismos de alerta, adaptados a las condiciones del entorno y libres de estigmas, sobre el delito de trata de personas, dirigidos a poblaciones en mayor riesgo, tales como: mujeres, niñas, niños, adolescentes, población indígena, mujeres adultas, en la ciudad capital como en los diferentes departamentos del país.

sobre las condiciones de riesgo de ser víctima de trata de personas.

órganos de comunicación de las instituciones miembros de la CIT.

Al año 2023 se ha instalado un mecanismo de alerta en cada departamento, que responda a las características sociales, históricas y culturales del contexto, con el propósito de evitar del delito de trata.

• • • • • •

Los grupos de personas migrantes deben estar informados y sobre las formas en que se manifiesta el delito de trata de personas y sobre su vulnerabilidad para ser víctima.

Ministerio Público Ministerio de Gobernación Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia -SCSPSVET Ministerio de Relaciones Exteriores. Procuraduría General de la Nación Ministerio de Trabajo y Previsión Social Ministerio de Educación Ministerio de Gobernación a través de la Policía Nacional Civil

Promover la articulación y coordinación, de las intervenciones estatales, orientadas a favorecer el acceso a empleo, las oportunidades educativas, la atención adecuada de la población, especialmente aquella que reside en los departamentos fronterizos, de tal manera se reduzcan los riesgos en poblaciones en condición de vulnerabilidad ante el fenómeno de trata de personas, con el propósito de apoyar los esfuerzos de prevención en materia de trata. Impulsar la suscripción de protocolos, convenios o cartas de entendimiento, encaminados a fortalecer los conocimientos en materia de trata de personas de los funcionarios o empleados públicos relacionados con el tema migratorio.

Intervenciones del Estado en materia de empleo, educación y seguridad, se desarrollan en coordinación para atender, a poblaciones en riesgo de ser víctimas de trata de personas, y brindar orientación para disminuir el riesgo de ser víctima de trata de personas.

Para el año 2018, el 70% de los funcionarios y empleados públicos que laboran en temas migratorios, aplicarán instrumentos nacionales para la detección, protección, atención y persecución de la trata de personas en Guatemala.

• Ministerio de Relaciones Exteriores • Dirección General de Migración; en el momento de su vigencia, le compete al Instituto Guatemalteco de Migración

Desarrollar instrumentos de información y registro (con desagregación por sexo, pertenencia étnica, lugar de origen/residencia y edad), de presuntos casos de trata de personas en la población migrante, comunicando en qué consiste el delito, las modalidades reguladas en el país, instituciones

Para el año 2020 Guatemala cuenta con documentos informativos y campañas encaminadas a divulgar en la población migrante, en qué consiste el delito de trata de personas, entre otros aspectos importantes.

• •

Ministerio de Relaciones Exteriores Dirección General de Migración; en el momento de su

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que brindan atención a víctimas.

vigencia, le compete al Instituto Guatemalteco de Migración

DETECCIÓN Las víctimas de trata son detectadas por funcionarios y empleados de diferentes instituciones públicas (personal de migración, cuerpo diplomático, personal médico, del sistema judicial, policía).

Desarrollar mecanismos y protocolos para la detección temprana, estableciendo los perfiles de actuación de posibles víctimas; además de la articulación con organizaciones comunitarias para la detección de redes, sitios de riesgos, mecanismos de reclutamiento y presuntos tratantes.

Para el año 2017 se encuentran en aplicación protocolos e instrumentos institucionales e interinstitucionales, en materia de detección de trata de personas.

Para el año 2020, funcionarios y trabajadores de diferentes instituciones del Estado, se encuentran en capacidad de identificar presuntas víctimas de trata de personas en cualquiera de las modalidades que regula la ley, desde sus ámbitos de competencia.

Los estudiantes de niveles primario y básico de instituciones educativas públicas y privadas que son presuntas víctimas de trata de personas, son detectados e identificados por maestros y autoridades del sector educativo.

Fortalecer las capacidades del recurso humano de las entidades migratorias, de seguridad, judicial, diplomáticas, de salud, para la detección de víctimas de trata de personas en sus diferentes modalidades, que incluya procesos de intercambio de experiencias, de información y coordinación, entre los países fronterizos, para la detección de víctimas de trata. Promover capacitaciones a personal docente, supervisores, y autoridades del sector educativo público y privado a nivel nacional, para fortalecer sus conocimientos en materia de trata de personas, lo cual les permitirá detectar o identificar a presuntas víctimas.

Las víctimas de trata de personas son detectadas e identificadas dentro, desde y en el ámbito local

Impulsar acciones a nivel de autoridades del Ministerio de Educación y representantes de instituciones educativas privadas, a efecto de destinar recursos financieros, materiales y humanos para realizar acciones en materia de trata de personas, especialmente en el ámbito de la detección. Impulsar y desarrollar capacitaciones a autoridades y líderes comunitarios en materia de trata de personas, especialmente enfocadas en la

• Ministerio de Trabajo y Previsión Social. • Ministerio de Gobernación • Ministerio de Salud • Ministerio de Relaciones Exteriores • Organismo Judicial • Ministerio de Relaciones Exteriores • Ministerio de Gobernación • Organismo Judicial • Ministerio der Salud

Al año 2016, un 50% del personal de las direcciones departamentales del Ministerio de Educación, responsable de dar seguimiento técnico a instituciones de educación públicas y privadas, ha recibido capacitación en materia de trata de personas, especialmente en el ámbito de detección de presuntas víctimas. Al año 2020 se ha instalado en un 50% un mecanismo para la detección de presuntas víctimas de trata de personas, incluyendo la disposición de recursos materiales, humanos y financieros.

Ministerio de Educación

Para el año 2017, se cuenta con un programa nacional de capacitación en idioma español y al menos tres lenguas mayas como una guía o

SVET

Ministerio de Educación

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detección de víctimas dentro de una colonia, comunidad, municipio o departamento. A través de las redes departamentales contra la Violencia sexual, explotación y trata de personas y otros espacios de coordinación interinstitucionales a nivel nacional, desarrollar campañas y capacitaciones dirigidas a líderes comunitarios y personas de comunidades, municipios o departamentos en materia de trata de personas, con énfasis en la detección e identificación de presuntas víctimas de trata de personas.

instrumento para capacitación en materia de trata de personas. En el año 2016, un 60% de las instituciones participantes en las redes, incluyen en sus actividades, información sobre el delito de trata de personas y cuáles son las modalidades reguladas en la legislación guatemalteca, así como las señales que permiten identificar a las presuntas víctimas.

Creación de albergues temporales, hogares especializados o lugares de acogida para hombres y mujeres adultas, víctimas de trata de personas.

Para el año 2015, el Estado de Guatemala SVET implementa albergues temporales especializados para brindar atención integral a hombres y mujeres adultas víctimas del delito de trata de personas Para el año 2015, el Estado de Guatemala Secretaría de Bienestar Social implementa albergues temporales especializados para brindar atención integral a menores de edad víctimas del delito de trata de personas. Al año 2015, el Estado de Guatemala a través • SVET de sus instituciones y organizaciones no • SBS gubernamentales, desarrollan en un 60% mecanismos de atención integral a hombres y mujeres adultas víctimas de trata de personas. Para el año 2016, se encuentra al 60% la • SBS aplicación de instrumentos y protocolos de • SVET atención a niños, niñas y adolescentes víctimas de trata de personas a nivel nacional Para el año 2015, se cuenta con un directorio • SVET sobre las instituciones que abordan la temática • CIT de trata de personas en Guatemala, así como los servicios que brindan.

• SVET y Redes VET. • Redes de Derivación de Atención a Víctimas de Delitos coordinadas por las Oficinas de Atención a la Víctima del Ministerio Público en los departamentos del país.

ATENCIÓN Las víctimas de trata de personas cuentan con centros estatales de atención y especializados, para brindarles servicios de acuerdo a su edad y género.

Implementación de albergues temporales, hogares especializados o lugares de acogida para menores de edad, víctimas del delito de trata de personas.

Las víctimas de trata de personas reciben atención integral, pronta, eficiente y pertinente de acuerdo a su edad, etnia, género y nivel de educación.

Fortalecimiento de acciones de coordinación y articulación entre entidades gubernamentales y no gubernamentales para brindar una atención integral a víctimas de trata de personas.

Brindar una atención integral a los hombres y mujeres adultas, víctimas de trata de personas, que incluya entre otros servicios: médicos, psicológicos, sociales, educativos, capacitación para el empleo. Desarrollar programas especiales dirigidos a menores víctimas de trata de personas, que garanticen la integridad del menor y diseñados acorde a las necesidades de su edad y género. Realizar un directorio de instituciones públicas y de organizaciones de sociedad civil que brindan asistencia a víctimas de trata de personas, describiendo qué tipo de servicios brindan, para conocimiento de la población en general. Contar con personal capacitado en las instituciones públicas y de sociedad civil para garantizar una atención integral a víctimas de trata de personas,

En el año 2015, el 70% del personal de instituciones públicas y de sociedad civil vinculadas al Protocolo de Coordinación

Todas las instituciones de Estado y de gobierno que

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de acuerdo con lo establecido en el Protocolo de Coordinación Interinstitucional para la Atención y Protección a Víctimas de Trata de Personas.

Interinstitucional para la Atención a Víctimas de Trata de Personas, tienen conocimientos básicos en materia de trata de personas, a efecto de brindar una atención inmediata y de primer orden a las víctimas.

integran la CIT

Garantizar la protección a la víctima y a cualquier persona que se encuentre en situación de riesgo, en donde se priorice la integridad física y moral.

El Estado de Guatemala al año 2017, refleja en un 60% la garantía de servicios de protección brindados a las víctimas de trata de personas.

• Procuraduría General de la

Diseñar mecanismos internos en las instituciones, que permitan garantizar a la víctima, su protección

Al año 2017, el Estado de Guatemala garantiza en un 85% la protección a las víctimas de trata de personas, a través de las diferentes instancias responsables del proceso de atención.

Lograr acuerdos de coordinación para mejorar la protección integral de las víctimas de trata de personas, en el marco de la Comisión Interinstitucional contra la Trata de Personas y coordinaciones interinstitucionales.

Al año 2018, las instituciones que integran la CIT, coordinan sus acciones de protección integral a víctimas de trata de personas en un 90%.

Brindar servicios de protección a las víctimas por parte del Estado, a través de la designación o creación de una unidad responsable de la temática de trata de personas en las instituciones con mandato de atender y proteger a las víctimas de trata de personas.

Al año 2019, el 70% de las instituciones del sector público incorporan dentro de su organización, a personas responsables del seguimiento de acciones, programas y proyectos, encaminados a garantizar atención y protección por parte del Estado a las víctimas de trata de personas.

Revisión de la normativa nacional e internacional en materia de trata de personas, por parte de las instituciones que conforman la CIT, para su correcta aplicación, así como la reformulación de

Anualmente, se realiza una revisión a la normativa aplicable en Guatemala en materia de trata de personas.

PROTECCIÓN Las víctimas de trata de personas reciben medidas de protección por parte del Estado, a través de instituciones públicas, organizaciones no gubernamentales y organismos internacionales.

Las instituciones que realizan acciones en materia de trata de personas fortalecen sus capacidades para la protección integral a las víctimas de trata de personas.

Las instituciones que trabajan en materia de trata de personas, deben contar con normativa nacional e internacional en materia de trata de personas, revisada y

Nación –PGN-

• Ministerio Público • Organismo Judicial • Ministerio de Gobernación • Procuraduría General de la Nación • Ministerio Público • Organismo Judicial • Ministerio de Gobernación • Ministerio de Relaciones Exteriores • Procuraduría General de la Nación –PGN• Ministerio Público • Organismo Judicial • Ministerio de Gobernación • Ministerio de Relaciones Exteriores • Procuraduría General de la Nación –PGN• Ministerio Público • Organismo Judicial • Ministerio de Gobernación • Ministerio de Relaciones Exteriores CIT

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actualizada para su aplicación.

instrumentos ad hoc. Desarrollar talleres de capacitación, actualización y revisión de la legislación aplicable en materia de trata de personas, con jueces, fiscales y otros elementos que integran el sistema nacional de administración de justicia.

Al año 2016, el 50% de los jueces y fiscales a nivel nacional han recibido capacitación sobre la legislación aplicable en materia de trata de personas.

• CIT • Ministerio Público • Organismo Judicial

Socializar con instituciones públicas, organizaciones no gubernamentales y otras, el Protocolo de coordinación interinstitucional para la repatriación de víctimas de trata de personas a nivel nacional e internacional

Para el año 2016, el 75% de los funcionarios relacionados con la aplicación del referido protocolo, conocen los procedimientos que deberán seguirse en el caso de repatriaciones de guatemaltecos en el extranjero y de extranjeros en Guatemala, que han sido víctimas del delito de trata de personas.

Capacitar a funcionarios del servicio diplomático de Guatemala en el exterior, con respecto a los procedimientos regulados en el Protocolo de Coordinación Interinstitucional para la Repatriación de Víctimas de Trata de Personas, para la aplicación integral de dicho instrumento.

Para el año 2018, el 60% de funcionarios conoce los procedimientos establecidos en este instrumento de coordinación interinstitucional.

• Ministerio de Relaciones Exteriores • Procuraduría General de la Nación • Secretaría de Bienestar Social • Ministerio de Gobernación • Organismo Judicial (Escuela de Estudios Judiciales) En caso de víctima de nacionalidad distinta a la guatemalteca también: • Ministerio Público • Misiones diplomáticas acreditadas en Guatemala • Organismo Judicial (Escuela de Estudios Judiciales) Ministerio de Relaciones Exteriores

REPATRIACIÓN A VICTIMAS Las instituciones cuentan con un instrumento que permite garantizar a las víctimas de trata de personas, repatriaciones dignas y seguras.

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PERSECUCIÓNY SANCIÓN Las instituciones realizan acciones de coordinación interinstitucional para el fortalecimiento de la persecución y sanción del delito de trata de personas

Incentivar y desarrollar espacios y mecanismos de coordinación y cooperación para la pronta y efectiva persecución y sanción del delito de trata de personas.

Al año 2017, la Policía Nacional Civil y el Ministerio Público, desarrollan mesas técnicas para la coordinación de acciones en materia investigación y persecución del delito.

• Ministerio de Gobernación • Ministerio Público

La población guatemalteca debe contar con investigaciones fortalecidas a nivel nacional e internacional, que permitan resultados en la sanción del delito de trata de personas.

Facilitar la coordinación para la persecución penal a través de inteligencia criminal que permita desarticular estructuras criminales e identificar fenómenos criminales, organizando la pronta y efectiva aplicación de la justicia con el fin de favorecer el Estado de Derecho.

Para el año 2019, las instituciones responsables de la persecución y sanción del delito de trata de personas, presentan investigaciones nacionales e internacionales encaminadas a la persecución de presuntos tratantes de personas, así como la identificación de presuntas víctimas de trata de personas, para la debida atención y protección integral.

• Ministerio de Gobernación • Ministerio Público (Fiscalía contra la Trata de personas). • Organismo Judicial

Los investigadores y elementos de la Policía Nacional Civil, personal del Ministerio Público y funcionarios del Organismo Judicial actualizan sus conocimientos en materia de trata de personas, de acuerdo a la legislación nacional e internacional.

Desarrollar cursos de capacitación en técnicas de investigación y persecución del delito de trata de personas, dirigido a operadores de justicia.

Para el año 2019 el personal asignado en las instituciones responsables de la persecución y sanción del delito de trata de personas se encontrará capacitado al 60% a nivel nacional en esta materia.

Incentivar y continuar apoyando la creación y fortalecimiento de la institucionalidad especializada en materia de trata de personas a nivel nacional.

Al año 2020, se contará con mayor número de juzgados especializados en materia de trata de personas, mayor número de elementos de la Policía Nacional Civil destinados a nivel nacional para perseguir el delito de trata de personas, y mayor número de fiscalías del Ministerio Público, especializadas en trata de personas a nivel nacional.

• Ministerio de Gobernación • Ministerio Público (UNICAP) • Organismo Judicial (Escuela de Estudios Judiciales.) • Organismo Judicial • Ministerio de Gobernación • Ministerio Público

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Respecto al cumplimiento de la Política a tres años de vigencia, es necesario apuntar que se han logrado avances importantes, entre los que destacan: •

El Ministerio Público creó la Unidad contra la Trata de Personas y posteriormente la Fiscalía Especializada contra la Trata de personas; y en el presente año, la Fiscal General de la República y Jefa del Ministerio Público giró la Instrucción 03-2017 referida al Protocolo de los Mecanismos para la Atención, Coordinación e Intervención en Materia de Atención a Víctimas y Persecución Penal Estratégica del Delito de Trata de Personas y la Instrucción 04-2017 que contiene el Protocolo para la Atención Integral a Víctimas del Delito de Trata de Personas.

Por otra parte, la Instrucción General Número 02-2013 de la Fiscal General y Jefa del Ministerio Público, señala que al recibir comunicación sobre hechos constitutivos de delitos cometidos en contra de la niñez y la adolescencia de parte de médicos y/o personal auxiliar de hospitales públicos y privados o centros de salud, el fiscal debe presentarse a dichos centros. En la actualidad, el Ministerio Público cuenta con agencias fiscales que atienden día completo en los dos hospitales nacionales ubicados en la ciudad de Guatemala.

La Procuraduría de Derechos Humanos primero creó la Unidad contra la Trata de Personas y posteriormente, la Defensoría de Víctimas de Trata de Personas. Anualmente, esta institución elabora un informe que da cuenta de la dinámica de la trata de personas en el país.

El Ministerio de Gobernación creó la Sección contra la Trata de personas, dentro de la División Especializada en Investigación Criminal (DEIC) de la Policía Nacional Civil.

El Organismo Judicial creó órganos jurisdiccionales especializados: 13 Juzgados de Primera Instancia Penal de Delitos de Femicidio y otras Formas de Violencia Contra la Mujer, 3 de ellos pluripersonales y 1 de Turno; 12 Tribunales de Sentencia Penal de Delitos de Femicidio y otras Formas de Violencia Contra la Mujer, 2 de ellos pluripersonales; 1 Sala de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal de Femicidio y Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas. Además, creó instancias administrativas para el análisis y estudio del fenómeno delictivo y atención especializada a víctimas, los cuales tienen competencia para conocer de casos de delito de Femicidio, Violencia Contra la Mujer, Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas. Asimismo, trasladó a los Juzgados de Paz la función de enjuiciamiento de posibles perpetradores del delito de trata de personas.

A lo anterior se agrega la emisión del Acuerdo 124-2015 Reglamento para la prestación de servicios de protección a la niñez y adolescencia de la Procuraduría General de la Nación, el cual establece las directrices generales para la investigación de casos, representación y atención de niños, niñas y adolescentes que carecen de ella y que son víctimas de una posible vulneración a amenaza en sus derechos protegidos por la Constitución Política, la Convención sobre los derechos del niño, leyes ordinarias y otros convenios internacionales aplicables.

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Para la atención de víctimas de trata de personas menores de edad se han creado tres albergues temporales; han sido elaborados dos Protocolos: Protocolo de Coordinación Interinstitucional para la Protección y Atención a Víctimas de Trata de Personas, y b) Protocolo Interinstitucional para la Repatriación de Víctimas de Trata, mismos que aun no se implementan a cabalidad. También fue elaborado el Protocolo de la Inspección General de Trabajo para la detección y referencia de casos de trata de personas. Pese a estos importantes avances, también hay atrasos significativos, pues está pendiente el alcance de 6 metas de un total de 15 que fueron programadas para su logro en los años 2015, 2016 y 2017; quedando sin cumplir el 40% de las metas programadas para ese período.

IV. FINANCIAMIENTO DE LA POLÍTICA PÚBLICA CONTRA LA TRATA DE PERSONAS Y PROTECCIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS 20142024 Las instituciones informan entre sus debilidades que no cuentan con personal suficiente para cumplir sus atribuciones, necesidad de personal adecuadamente capacitado y presupuesto insuficiente. Son muy pocas las instituciones que tienen dentro de su estructura organizacional una unidad, departamento o sección que de manera específica se dedique a tareas enmarcadas en las metas de la Política Pública contra la Trata de Personas. En términos generales, la vinculación con la Política y representación ante la CIT han sido delegadas como tarea agregada a funcionarios/as que desarrollan otras actividades como función principal, situación que puede atribuirse a que el presupuesto asignado a estas instituciones es insuficiente. Es por esta misma razón que funcionarios/as de algunas de las instituciones que han podido desarrollar procesos de capacitación dirigidos a su personal sobre prevención de la trata de personas y atención y protección a víctimas, informaron que estas acciones fueron posibles por el apoyo recibido de la cooperación internacional. En otros casos, también se dificulta la articulación institucional, dado que debido a la saturación de trabajo los funcionarios/as no siempre pueden asistir a reuniones de la CIT. Por otra parte, es sabido que una Política Pública no puede implementarse con éxito si no se dispone del presupuesto necesario para la ejecución de las acciones previstas. Al respecto, presentamos a continuación algunas consideraciones: El Ciclo de Presupuesto Nacional: Es importante recordar que la gestión del Presupuesto Nacional contempla 8 grandes etapas: planificación, formulación, presentación, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y

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liquidación y rendición de cuentas, mismas que se desarrollan en el transcurso del año. Este es un proceso continuo que abarca todo el año.2

La ruta para dicha gestión se inicia cada año en el mes de febrero con la evaluación de la Política General del Gobierno (paso 7 de la ruta descrita), realizada por la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia -SEGEPLAN- y el Ministerio de Finanzas Públicas –MINFIN-, con apoyo del Banco Central de Guatemala, la Superintendencia de Administración Tributaria y los Ministerios y Secretarías. Esta evaluación es presentada al Congreso de la República en el mes de marzo, explicando el nivel de ejecución y resultados obtenidos. En ese mismo mes, se inicia la planificación y formulación del proyecto de presupuesto del siguiente año mediante dos acciones: la valoración del contexto del presupuesto, el cual incluye el análisis de la economía del país, para determinar el monto máximo de dinero a planificar como Presupuesto de la Nación. Este es el momento de determinar las reglas a seguir por parte de las instituciones estatales en la ejecución del presupuesto. Cada institución comienza a elaborar su Plan Operativo Anual -POA- para el siguiente año, en que le permite ordenar las acciones, optimizar los recursos disponibles y definir la medición de resultados. El conjunto de los POA institucionales es revisado por la SEGEPLAN, y cuando así lo amerita, propone cambios a los mismos. Al incorporar estas observaciones, las instituciones en el mes de junio presentan sus planificaciones a la Dirección Técnica del Presupuesto -DTP- del MINFIN, la que revisa y hace observaciones que deben ser incluidas en los POA. Antes del 15 de julio, los POA deben ser presentados nueva y finalmente a la DTP, en cumplimiento de la Ley Orgánica de Presupuesto. La DTP consolida y valida finalmente el Presupuesto y en nombre del Ejecutivo, lo presenta al Congreso de la República para la aprobación del pleno, antes del 2 de septiembre. Es claro que en el proyecto de presupuesto institucional solamente se definen recursos para los programas, proyectos o acciones planteados en el POA. En el seno del Congreso se hace la primera lectura de la propuesta y se pasa a la Comisión de Finanzas Públicas y Moneda de dicha instancia, la que propone las enmiendas que considere convenientes; luego la propuesta pasa para debate del pleno, el cual en tres sesiones diferentes lo aprueba o no. Si es aprobado, el Ejecutivo lo sanciona, promulga y publica, o lo devuelve con observaciones. Si no es aprobado, a partir del 1 de enero, entra en vigencia el presupuesto del año anterior. La ejecución del Presupuesto consiste en la contratación de bienes y servicios necesarios para el alcance de resultados de cada uno de los POA, tal y cual se planificó.

2

El ciclo del Presupuesto Nacional. Mes a mes, cómo se hace y quiénes deciden. Guatemala: ICEFI, Transparencia Fiscal, IBIS, Tz’ikin, con el apoyo de Suecia y UE. S/fecha.

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El seguimiento es un sinónimo de monitoreo que permite revisar la ejecución del presupuesto y el alcance de resultados de manera permanente, para que pueda ser posible hacer ajustes en el mismo. La evaluación permite medir la eficiencia de los programas. Es un momento de rendición de cuentas en el cual la Contraloría General de Cuentas realiza distintas auditorías. La liquidación y rendición de cuentas permite cada 31 de marzo, presentar al Congreso el informe de cómo cerró el presupuesto de la Nación el año anterior, base sobre la cual se planifica el siguiente presupuesto, implementándose así el ciclo presupuestario. Presupuesto de la Política Pública contra la Trata de Personas y Protección Integral a las Víctimas 2014-2024 Según los expertos en materia de presupuesto entrevistados para este estudio3, en Guatemala casi ninguna Política Pública tiene presupuesto asignado y los funcionarios de los Ministerios y Secretarías tienen -en el mejor de los casos-, competencias en la temática que abordan, pero casi ninguna formación en materia de administración pública. También refieren que existe alta rotación de personal en tales instancias –sobre todo en los puestos técnico-financieros con experiencia en materia de presupuesto, en tanto que los puestos de la administración pública no responden a la lógica de una carrera de ascenso, sino más bien al nuevo enfoque de contratar por honorarios a personas “de confianza”. En el caso de la Política Pública contra la Trata de Personas y Protección Integral a las Víctimas 2014-2024 su sostenibilidad financiera “…parte en primer término de la estimación del recurso financiero público, que será destinado para el cumplimiento de las actividades del Plan de Acción de la misma y por medio del cual se logrará el alcance de objetivos y metas”. Agrega que “para realizar el cálculo presupuestario se toma como punto de partida el propio presupuesto asignado a la Secretaría contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas –SVET-, sin que se limite a ello”.i Presupuesto de la Secretaría contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas –SVETAl consultar el sitio web de la SVET4, se pudo determinar que para el año 2017 a esta Secretaría se le asignaron Q 14 millones, pero vigentes Q. 17.7 millones. También define que, en su ejecución de gastos cuatrimestral, al mes de noviembre de 2017, es de Q. 12.67 millones, equivalente al 71.6% en los siguientes 4 rubros: Dirección y coordinación; 2. Prevención y Atención de los Delitos de Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas; 3. Servicios de Atención a Víctimas de Violencia Sexual (embarazadas); Servicios de Atención a Víctimas de Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas. Lo anterior refleja que la SVET tiene presupuesto anual institucional, pero no se ve con claridad el empalme con la Política contra la Trata de Personas, cuestión que incide en primer lugar, en la carencia del Plan Nacional de Acción de dicha Política que guíe la elaboración y ejecución de los

3

Enrique Maldonado del ICEFI, y Carlos Martínez, consultor independiente.

4

http://www.svet.gob.gt/sites/default/files/REPORTE%20DE%20EJECUCION%20FISICA%20Y%20FINANCIERA%20OCTUBRE.pdf

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POA del período 2014-2024. Al no tener Plan de Acción tampoco se estipula con claridad las instituciones responsables de llevar a la práctica las acciones contempladas, ni el presupuesto orientado al logro de las metas de cada línea estratégica, lineamiento y objetivo. Cabe recordar que de la revisión de los PEI y POAs de las instituciones permitió observar que no todas incluyen en su mandato la Política Pública contra la Trata de Personas y/o la Política contra la trata de personas, lo que podría sugerir que aún no han internalizado las obligaciones que de éstas se derivan. Esta podría ser la razón por la cual no incluyen en sus Planes Estratégicos y POAs las acciones que les corresponde llevar a cabo y, por ende, que los recursos necesarios para realizar dichas acciones tampoco sean incluidos en su presupuesto institucional.

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V. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES a.

Conclusiones: 1. La Política contra la Trata de Personas no tiene Plan Nacional de Acción y por tanto tampoco responsables de la ejecución de planes, proyectos y acciones, plazos e indicadores, lo que deviene en serios problemas de ejecución y alcance de resultados e incumplimiento, dejando sin alcanzar el 40% de las metas consignadas en la Política que tenían como plazo el año 2015, 2016 o el 2017. 2. Debido a que la Política Pública no cuenta con su respectivo Plan Nacional de Acción, tampoco no se puede estimar el recurso financiero público que se debe destinar para su implementación. La carencia de dicho Plan no se justifica, en tanto que en el mismo documento de esta Política se establece que su sostenibilidad financiera “…parte en primer término de la estimación del recurso financiero público que será destinado para el cumplimiento de las actividades del Plan de Acción de la misma…”.

b.

Recomendaciones

Con la finalidad de contribuir a subsanar estas debilidades, se recomienda: 1. Analizar la Política Pública contra la Trata de personas y Protección Integral a las Víctimas 2014-2024 con la finalidad de establecer de manera lógica lineamientos, acciones estratégicas y metas. 2. Analizar el mandato de la SVET (Acuerdo de creación y reglamento) y la Política Pública contra la Trata de Personas y Protección Integral a las Víctimas 2014-2024, con la finalidad de clarificar su competencia de cara a la construcción del Plan Nacional de Acción. 3. Que la SEPREM, SOSEP, DEMI, MICUDE y MINEDUC incorporen como parte de su mandato la Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas y/o la Política Pública contra la Trata de Personas y Protección Integral a las Víctimas 20142024. 4. Dada la complejidad de la problemática que aborda esta Política Pública, su cumplimiento solo puede ser posible si existe una participación efectiva de las diferentes instituciones, las que contribuyen desde sus respectivos mandatos, ámbitos de competencias y objetivos programáticos. Es por ello que es necesaria la definición precisa del papel de cada una de las instituciones en aras de alcanzar los objetivos previstos.

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5. Diseñar de manera inmediata el Plan Nacional de Acción en el que se definan las acciones correspondientes a cada lineamiento de la Política, su temporalidad, indicadores y responsables institucionales; así como POA y presupuesto respectivo. 6. Gestionar el presupuesto para la ejecución de la Política a través de las siguientes acciones: a. Proceder al ciclo presupuestario del siguiente año con base en el POA sustentado en el Plan de Acción de la Política y en los mandatos de las instituciones que tienen responsabilidad en la ejecución de acciones. b. Desde la SVET acompañar a las instancias que representan a las instituciones miembros de la CIT, para que presenten ante las oficinas encargadas de elaborar el presupuesto institucional las acciones, proyectos o programas que desarrollarán el siguiente año, para que sean incluidas en el POA institucional. Esas acciones, proyectos o programas deberán alinearse con el Plan de Acción de la Política. Tomar nota de que los POAs institucionales correspondientes al año 2019 se deben presentar a SEGEPLAN en abril del 2018. c. Velar por que todas las instituciones incluyan en su POA las acciones que les compete desarrollar para el cumplimiento de la Política, y en consecuencia los recursos necesarios para ello en sus presupuestos institucionales.

34


VI.

DOCUMENTACIÓN CONSULTADA

Guatemala (1985) Constitución Política de la República de Guatemala. (1991) Acuerdo Gubernativo No. 893-91. Acuerdo de creación de la Secretaría de Obras Sociales de la Esposa del Presidente. (1994) Acuerdo Gubernativo 351-94. Reglamento de la Secretaría de las Obras Sociales de la Esposa del Presidente. (1999) Acuerdo gubernativo 525-99. Acuerdo de creación de la Defensoría de la Mujer Indígena. (2000) Acuerdo gubernativo 200 -2000. Acuerdo de creación de la Secretaría de la Mujer. (2008) Acuerdo gubernativo número 27-2008. Reglamento orgánico interno del Ministerio de Cultura y Deportes. (2009) Acuerdo Secretarial 02-2009. Creación de la Comisión Interinstitucional contra la Trata de Personas. (2012) Acuerdo gubernativo 212-2012. Reglamento orgánico interno del Ministerio de Trabajo y Previsión social. (1986) Decreto legislativo 54-86. Ley de la Comisión de los Derechos Humanos del Congreso de la República y del Procurador de los Derechos Humanos. (1994) Decreto número 40-94. Ley Orgánica del Ministerio Público. (1997) Decreto legislativo 114-97. Creación de la Secretaría de Comunicación social de la Presidencia. (1997) Decreto legislativo 114-97. Ley del Organismo Ejecutivo. (2009) Decreto legislativo 9-2009. Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas. (2014) Decreto legislativo 21-2014. Política pública contra la violencia sexual, explotación y Trata de personas y Protección integral a las víctimas 204-2024. ICEFI (s/fecha) El ciclo del Presupuesto Nacional. Mes a mes, cómo se hace y quiénes deciden. Guatemala: ICEFI, Transparencia Fiscal, IBIS, Tz’ikin, con el apoyo de Suecia y UE. Planes Estratégicos y Planes Operativos Anuales (vigentes) de las Instituciones miembros de la CIT. http://www.svet.gob.gt/sites/default/files/REPORTE%20DE%20EJECUCION%20FISICA%20Y%20FIN ANCIERA%20OCTUBRE.pdf

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Anexos Anexo 1 Respuestas de preguntas enviadas a instituciones a través de sus Unidades de Información Pública Instituciones ¿Qué acciones le competen En su organismo, ¿Qué personal ¿A cuánto públicas desarrollar a su organismo en ¿existe una tiene asignado esa asciende el consultadas el marco de la Política Pública estructura estructura? presupuesto contra la Trata de personas y especializada asignado a esa Protección Integral a las para el desarrollo estructura para el Víctimas 2014-2024? de las acciones 2017? que realizan? ¿Cuál es el nombre de la estructura? DIGRACOM/, El inciso b.4 Repatriación a Dirección de 10 funcionarios Previsto en el Ministerio de Víctimas, contemplado en el Asuntos programa Relaciones numeral XII ejes estratégicos. Migratorios, de la presupuestario Exteriores Dirección General No. 11, Servicios de Asuntos consulares y de Consulares y atención al Migratorios. migrante y se asignan a solicitud. Procuraduría Eje de detección, atención y Procuraduría de 24 delegaciones Para el año 2017 General de la protección de la PP: la Niñez y departamentales, 3 Representación, Nación Adolescencia en el protección y • Registro estadístico de conformada por departamento de vigilancia: rescates, procesos de los siguientes Guatemala. Q. 17,280,606 medidas de protección, Búsqueda, intervención en procesos equipos: localización y penales y representante • Equipo de resguardo: legal; atención a Q. 8,027,949 denuncias, • Unidad operativa de Total: Q. alerta Alba Kenneth: • Equipo de 25,308,555 acciones de búsqueda, profesionales localización y resguardo ante juzgados de NNA desaparecidos o competentes sustraídos. en atención y protección de • Atención, protección y NA, seguimiento de NNA migrantes no • Equipo de acompañados. seguimiento de denuncias. • Otros referidos a la repatriación de víctimas. • Equipo de respuesta rápida • Equipo de

36


Ministerio de Trabajo

Prevención: Generar información solicitada sobre casos detectados. Capacitación de 281 inspectores sobre la Política. Elaboración del plan de inspección (a tiendas de barrio, tortillerías, talleres, o cualquier comercio o actividad donde se observen trabajando NNA y adultas sin horario de trabajo, salario mínimo, condiciones adecuadas e indicios o evidencias de trabajo de forzoso y explotación laboral, o empleo de personas menores de edad en actividades lesivas a su integridad y dignidad.

Ministerio de Gobernación

Capacitar al personal de la Subdirección de Control Migratorio (delegaciones fronterizas, aeropuertos y albergue) en la aplicación de los instrumentos diseñados para la detección e identificación de víctimas y victimarios del delito; así como en las herramientas existentes. Al detectar e identificar víctimas, referir a donde corresponda.

Ministerio de Salud

Prevención: • Participar en el desarrollo de mecanismos de alerta adaptados al entorno, libre de estigmas sobre el delito de trata, dirigidos a población de mayor riesgo. • Impulsar, a través de la participación interinstitucional, la

reintegración • Equipos de turno • Inspección General de Trabajo • Unidad de Protección a la Adolescencia Trabajadora

Trabajo conjunto de Oficina de Relaciones Migratorias Internacionales (ORMI), con la Subdirección de Control Migratorio. Trabajo conjunto de la ORMI con la Subgerencia Administrativa de Recursos Humanos y Capacitación, Programa de salud mental del departamento de los programas de atención a las personas.

Hay 245 inspectores de trabajo distribuidos en 22 direcciones departamentales y 3 subdelegaciones municipales. Se desconoce el número de inspectores y de técnicos de la Unidad de Protección a la Adolescencia Trabajadora que han sido designados para atender la detección de casos de trata de personas. 1 persona en la ORMI que coordina con las otras unidades.

3 personas: Coordinador del Programa de Atención a la Población Migrante con apoyo del Técnico normativo del programa. Coordinadora del programa de salud mental.

Se desconoce, no se desglosa por actividades específicas.

Sin presupuesto específico, la persona asignada atiende otras temáticas. Las acciones de capacitación se coordinan con SVET, OIM y Sub gerencia Administrativo de Recursos Humanos y Capacitación.

No se contó con presupuesto. Toda actividad programada en el marco de la Política se realiza gestionando ante la cooperación nacional e internacional.

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suscripción de convenios y cartas de entendimiento, encaminados a fortalecer los conocimientos en materia de trata de personas, de los funcionarios y empleados públicos relacionados con el tema migratorio. • Participar, en coordinación con instituciones de la CIT, en el desarrollo de instrumentos de información y registro de presuntos casos de trata de personas en la población migrante. Atención: • Participar interinstitucionalmente para brindar atención integral a víctimas de trata de personas (médicos, psicológicos, sociales, educativos y capacitación para el empleo, según competencia de cada institución). • Participar interinstitucionalmente en la elaboración de directorio de instituciones públicas y de sociedad civil que brindan atención a víctimas de trata de personas. • Disponer de personal capacitado para garantizar atención integral a las víctimas. 2 instituciones no dieron respuesta a la solicitud de información y 1 entró fuera de tiempo

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Anexo 2 Información recabada a través de las respectivas Unidades de Información pública

Organización

1. Ministerio de Relaciones Exteriores

Envió Información

x

2. Ministerio Público

x

3. Ministerio de Gobernación

x

4. Procuraduría General de la Nación

x

5. Ministerio de Trabajo y Previsión Social

x

6. Ministerio de Educación 7. Ministerio de Salud Pública 8. Organismo Judicial

No envió información

x x Brindó información cuando el informe de la consultoría ya había sido entregado

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Anexo 3 INSTITUCIONES MIEMBROS DE LA CIT QUE EN SU MANDATO INCLUYEN DE MANERA EXPLÍCITA LA LEY CONTRA LA VIOLENCIA SEXUAL, EXPLOTACIÓN Y TRATA DE PERSONAS Y/O LA POLITICA PUBLICA Institución Sí No Procuraduría General de la Nación Procurador de los Derechos Humanos

✓ ✓

Ministerio Público

Organismo Judicial

Ministerio de Educación Ministerio de Relaciones Exteriores

Ministerio de Salud y Asistencia social

Ministerio de Cultura y Deportes

Ministerio de Gobernación

Ministerio de Trabajo y Previsión social

Secretaría contra la Violencia sexual, Explotación y Trata de Personas

Secretaría de Bienestar Social

Secretaría de Obras Sociales de la Esposa del Presidente

Secretaría de la Mujer

Secretaría de Comunicación social de la Presidencia

Defensoría de la Mujer Indígena

TOTAL DE INSTITUCIONES

3

13

40


Anexo 4 Instituciones Participantes en el taller de consulta realizado el 22 de noviembre de 2017. 1. Procuraduría de Derechos Humanos –PDH2. Secretaría Presidencial de la Mujer –SEPREM3. Ministerio de Cultura y Deportes-MICUDE4. Ministerio de Educación-MINEDUC5. Secretaría de Obras Sociales de la Esposa del Presidente –SOSEP6. Defensoría de la Mujer Indígena –DEMI7. Secretaría contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata –SVET8. Proyecto Justicia para Juventud y Género-PJJG9. Procuraduría General de la Nación –PGN10. Secretaría de Bienestar Social-SBS11. Ministerio de Relaciones Exteriores-MINEX12. Dirección General de Migración –DGM13. Organización Internacional de Migraciones –OIM14. ECPAT Guatemala

41


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