• La aplicación de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial
Guillermo Abad Zamora
• Dimensiones de la Educación Claudio Malo González
• Reflexiones sobre la Libertad de Expresión
Carlos Eduardo Pérez H.
• Sobre el desconocimiento de la ley en la Función Legislativa del Estado Ecuatoriano
Alexandra Vela Puga
• Frontera norte del Ecuador: nuevos horizontes
Sergio Vélez Valarezo
Año I Número 10 Octubre 2009
ditorial La Constitución de Montecristi, discutida en su fondo e incluso en su forma, empieza a tomar cuerpo con la normativa y reglamentos correspondientes, cobrando el precio de enunciados idealistas, cuando no poéticos. La solidaridad de los gremios se desinfla cuando sus intereses particulares se ven afectados. Entonces el gobierno se altera y reaparecen, después de casi tres años, los conflictos de toda la vida del magisterio y de los últimos años de los indígenas. La situación se matiza con escándalos de corrupción y denuncias que vinculan a un promitente protagonista de la política: Fabricio. El gobierno del Presidente Correa empieza a parecerse a los gobiernos de siempre. ¿Quién podrá defendernos? En este número contamos con importantes colaboraciones: El Lcdo. Guillermo Abad comenta sobre la aplicación de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. El Dr. Claudio Malo González analiza las dimensiones de la educación. El tema de la libertad de expresión como pilar de los sistemas democráticos lo aborda el Dr. Carlos Pérez. La Abogado Alexandra Vela cuestiona la falta de aplicación de la ley al interior de la Función Legislativa. Finalmente, el sociólogo Sergio Vélez Valarezo, reflexiona sobre la problemática localizada y subsistente en la frontera sur de Colombia. Invitamos a nuestros lectores a revisar estos temas de actualidad y a enviar sus comentarios. Muy atentamente, Manuel Mejía Dalmau mmejia@corpmyl.com Presidente CORPORACIÓN MYL www.corpmyl.com
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la
irección TRIBUNA DEMOCRÁTICA es una sección de NOVEDADES JURÍDICAS que incorpora el pensamiento de importantes intelectuales del país, con el objeto de ilustrar a nuestros lectores sobre temas de variada naturaleza y contribuir al crecimiento de nuestro querido Ecuador.
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Directores de Tribuna Democrática: Quiero empezar felicitando a la revista Novedades Jurídicas, especialmente en lo que se refiere a la sección Tribuna Democrática, en la que, se permite que los ecuatorianos y ecuatorianas tengan su espacio debido y especialmente los profesionales del Derecho para escribir diferentes tópicos jurídicos y a su vez, enriquecer el foro Jurídico ecuatoriano. He leído con mucho detenimiento el artículo titulado “El derecho penal y otras cosas profanas”, de mi distinguido ex compañero de la Universidad Central del Ecuador, señor Doctor Fernando Moreno Almeida, que por esta revista y correspondiente al mes de junio 2009, me entero a los veinte y cinco años que se encuentra ejerciendo la calidad de Juez de lo Penal en la ciudad de Ibarra, por cuyo motivo me congratulo en felicitarlo y a su vez emocionarme porque su ejercicio lo realizará, con entereza, ética y verticalidad, ya que, como estudiante se caracterizó por estos lineamientos morales. En su artículo realmente enfoca el quehacer cotidiano de un Juez en la rama penal, pero quiero solamente citar un párrafo que permite ver la lacerante realidad del Ecuador: “Y la dificultad en la aplicación de la Ley estriba en que cuando el imputado en un juicio es muy peligroso o influyente, las penas no asoman, los testigos escasean, los operadores de la Justicia son amedrentados”, por lo mismo, dentro de la nueva estructura del Estado y en la que vivimos, un país en que impera la defensa de los derechos y justicia de los ciudadanos del país, por lo mismo, en el futuro tendrá que nombrarse Jueces que conozcan profundamente su materia y que a su vez, tengan la entereza, integridad, personalidad, verticalidad, imparcialidad y sean valientes en sus decisiones. Gracias Dr. Luis Torres Fiallos Presidente del Colegio de Abogados de Tungurahua.
Señores: He revisado las acertadas opiniones del Dr. Orti en relación con las oportunidades financieras que presenta la actual administración del IESS y pienso que por fin se está corriguiendo el caos que antes imperaba es esa Institución. Atte. Mercy Vásconez
La aplicación de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial • Guillermo Abad Zamora
Ecuatoriano, Licenciado en Administración de Empresas por la Universidad Tecnológica Equinoccial, Mediador y Conciliador por la Federal Mediation and Conciliation Service of Washington; Miembro honorario de Amalgamed Transit Union, Washington D.C.; Huésped de Honor del International Visitors Center of Chicago; Huésped de Honor del International Visitors Center of San Francisco. Participante en programas especializados en sistemas para la planificación de las estrategias de transportación y tránsito realizados en: Miami, Washington, Philadelphia, New York, Chicago y San Francisco. Estudio de los principales problemas mundiales de transportación pública y sus gremios. Programa Internacional de Administración de Carreteras, Federal Highway Administration. Presidente del Movimiento Cívico “Justicia Vial”, desde 2002.
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stimo que el principal objetivo de la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial es, que ésta se aplique, caso contrario se convertiría en un derecho ciudadano conculcado, puesto que el espíritu del ordenamiento jurídico es salvar vidas. El precepto fundamental y universal que tiene la Ley debe cumplir con un proceso secuencial de 3 pasos, el primero, es organizar el transporte, organizado éste, se pasa al segundo en el cual se mejora el tránsito y consecuentemente se garantiza la seguridad vial de las personas que transiten en las calles y carreteras del país, ya sea por sus propios medios o a través de un transporte. La seguridad vial se convierte en el tercer paso del precepto y objetivo de la ley. Para la organización del transporte terrestre, el marco jurídico de la ley da los mecanismos para la aplicación, entre los más destacados, promueven la reestructuración de rutas y frecuencias del transporte público, que actualmente tiene un 200% de exceso de buses en las principales rutas del país, en lo que a transporte interprovincial se refiere. También determina el uso de la caja común en el transporte público masivo, lo que va a permitir una mejor gestión y visión empresarial. A esto hay que sumar que ahora el Estado será el único que puede explotar comercialmente las rutas y frecuencias, por ser de propiedad exclusiva del mismo, para esto se concederán estas rutas y frecuencias a través de permisos y contratos de operación, los que serán
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entregados solo a personas jurídicas legalmente constituidas. La Comisión Nacional de Transporte Terrestre , Tránsito y Seguridad Vial es la encargada de hacer cumplir esta disposición. La aplicación de la ley en lo que a tránsito se refiere, está más enfocada al correcto procedimiento de las multas y sanciones en contravenciones y delitos. La ley vigente a diferencia de la anterior, garantiza plenamente el debido proceso y el legítimo derecho a la defensa. Los agentes de tránsito son notificadores de una contravención y colaboradores de la justicia en un delito. Los mecanismos electrónicos, magnéticos, digitales, fotográficos o videos se consideran instrumentos de registro de contravenciones, los mismos que servirán como prueba plena para una debida motivación, con la que el juez podrá contar para que su sentencia sea justa. Hemos visto con buenos ojos que el Señor Ministro de Gobierno en conjunto con la Dirección General del Control del Tránsito, hayan elaborado un manual de procedimientos con la debida instrucción a todos sus agentes de tránsito a nivel nacional. Compartimos la preocupación de la Policía, quienes han manifestado que el Estado ha perdido 16 millones de dólares por multas en contravenciones que no han sido despachadas por los jueces de tránsito. Sin embargo creemos que antes que reformar la Ley en la cual se considere al agente de tránsito como juez de primera instancia, sería más conveniente que se instrumente de manera urgente los juzgados de contravenciones como lo estipula la Ley y así evitar la prescripción de la contravención, que es lo que actualmente está sucediendo. Si se llega a ejecutar estos pasos, y que el Estado cumpla con el ART. 4 de la Ley, que garantiza la capacitación y educación de los ecuatorianos en tránsito, tendremos una seguridad vial adecuada, que no es otra cosa que el individuo se traslade de un lugar a otro por sus propios medios o mediante un transporte de manera segura. A esto se le llama actualmente Movilidad.
“... ahora el Estado será el único que puede explotar comercialmente las rutas y frecuencias, por ser de propiedad exclusiva del mismo...”
Nota: Los editoriales se publican en orden alfabético de los colaboradores.
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TRIBUNA DEMOCRÁTICA
Dimensiones de la Educación • Claudio Malo González
Doctor en Filosofía por la Universidad de Cuenca. Doctor honoris causa en Human Letters por la Universidad de Carolina del Norte, Asheville. Profesor de la Universidad del Azuay. Director del Centro Interamericano de Artesanías y Artes Populares. Presidente del Instituto Ecuatoriano de Régimen Seccional. Director de la Revista Verdad de la Universidad del Azuay. Ex concejal de Cuenca. Ex Consejero Provincial del Azuay. Integrante de la Asamblea Constituyente de 1998. Ex Ministro de Educación, Cultura y Deportes. Ex integrante de la Comisión de Control Cívico de la Corrupción. Obras: Arte y Cultura Popular, Artesanías, lo Útil y lo Bello, El Humor en su Contexto Socio Político del Ecuador, Pensamiento Indigenista del Ecuador, Cuenca Ecuador, Suma y Totalidad.
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o nacemos hechos, nos hacemos en el tiempo. No somos entes aislados, somos animales sociales. Vivir es desarrollar las facultades con que nacemos, relacionarnos con el hábitat en el que transcurre la vida, relacionarnos con las demás personas de los entornos cercanos y lejanos. El proceso de incorporción a las múltiples dimensiones de la realidad se da mediante la educación. El niño aprende de sus padres a hablar, en las colectividades tradicionales, aprende a como hacer frente a la realidad física y a comportarse con los demás, partiendo de que es parte de una colectividad. La importancia de esta forma de crecimiento es tal, que en nuestros días se ha consolidado la educación formal mediante instituciones especializadas en las que las personas, desde la niñez, desarrollan adecuadamente sus aptitudes bajo la guía de personas especializadas que se engloban en el término genérico maestros. ¿Cómo educamos? ¿Para qué educamos? ¿A quiénes educamos?, son interrogantes que todos nos hacemos. Una frase tradicional dice que “enseñamos en el presente lo que aprendimos en el pasado a personas que deberán hacer frente a problemas en el futuro”. En otras palabras, la educación es siempre desfasada. Si el proceso educativo se agotara en la transmisión e conocimientos, la frase tendría fuerza. Pero la educación es bastante más compleja. En la obra “La Educación Encierra un Tesoro” trabajada y publicada por la UNESCO, se consideran cuatro pilares fundamentales de este proceso: Aprender a conocer: Además de los conocimientos que no muestra la experiencia cotidiana, necesitamos incorporar muchos otros para una mejor comprensión de la realidad, los centros educativos los transmiten ordenada y coherentemente.
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No se trata sólo de acumularlos para vivir con ellos como con las rentas del pasado, hay que “aprender a aprender” para poder conocer todas las innovaciones que se dan en los ámbitos de la tecnología y la organización social. La vida es un permanente aprendizaje, los centros educativos nos entregan las bases y las herramientas para organizarnos de mejor manera. Aprender a hacer: Conocer para deleitarnos con los conocimientos es posible y está bien. Pero la vida supone acciones de diversa índole según las circunstancias. Buena parte de lo que aprendemos tenemos que trasladarlo a la realidad para lograr el bienestar individual y colectivo. Quien aprende a manejar el alfabeto para leer y no lee, puede convertirse en un analfabeto funcional. Si la educación adquirida es una herramienta, hay que aprender a usarla de la mejor manera posible. Bien está conocer las diversas teorías, pero mucho mejor trasladarlas a prácticas, pues vivir es ante todo actuar. Aprender a vivir con los demás: A gusto o disgusto tenemos que relacionarnos con los otros para obtener satisfacciones o superar disgustos. El egoísmo prioriza el interés personal, la solidaridad, el colectivo. Los otros pueden ser considerados amenazas o apoyos. Con el gigantesco crecimiento de la comunicación con personas y grupos de culturas diferentes, este aprendizaje es fundamental. En el libro mencionado se dice: “Los seres humanos tienden a valorar con exceso sus cualidades y las del grupo a que pertenecen y a alimentar prejuicios desfavorables contra los demás”. Los prejuicios son la negación de la condición humana. La intolerancia y la prepotencia deben ser reemplazadas por el respeto y la comprensión al otro debiendo, la educación poner énfasis en esta realidad. Aprender a ser: Si tenemos el privilegio de poder hacernos a lo largo del tiempo, lo debemos aprovechar cuanto más mejor. Nos hacemos porque tenemos condiciones especiales para afrontar la vida, nos hacemos porque tenemos libertad para escoger entre opciones. Todos nos ponemos metas grandes o pequeñas, lo que importa es actuar para realizar esas metas sin vanagloriarnos por los éxitos ni derrotarnos por los fracasos. Lo que somos no es gratis ni fácil. Muy cómodo es inculpar a los demás de nuestros fracasos. La educación tiene que incentivarnos a descubrir nuestras cualidades y preferencias y a actuar para lograr su mayor desarrollo para construir nuestro ser. La educación formal es muy compleja, lo que importa es contar con maestros que al realizar esta tarea lo hagan con la satisfacción de construir una sociedad mejor, tomando en cuenta las dimensiones de este proceso. La buena o mala calidad de la educación contribuirá a hacer mejor o pero la colectividad en la que vivimos, que cada día es más amplia.
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Reflexiones sobre la Libertad de Expresión • Carlos Eduardo Pérez H.
Abogado y Doctor en Jurisprudencia, Universidad Central del Ecuador. Cursos de Especialización: El BID y otras fuentes de financiamiento, EEUU; Programación y administración presupuestaria CICAP/OEA, Argentina; Programación y administración presupuestaria, Ministerio de Finanzas, Ecuador; Problemas de la doble tributación Internacional, Fundación Getulio Vargas, Brasil. Experiencia Profesional: Abogado de la Administración de Crédito Público y Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas; Asesor Jurídico en varios periodos del Despacho del Ministro de Finanzas; Ministro Juez de la Tercera Sala del Tribunal Fiscal; Conjuez de la Primera Sala de la Corte Suprema de Justicia; Director Jurídico de Ecuatoriana de Aviación, de la Procuraduría General del Estado, de la Procuraduría de PETROECUADOR, Banco del Estado, Fondo de Solidaridad, Ministerio de Gobierno y Policía. Asesor General de la Casa de la Cultura Ecuatoriana; Abogado Externo de Autoridad Portuaria de Guayaquil. Ex Asesor Jurídico del Consejo Nacional de Radiodifusión y Televisión (2004-2009). Distinciones: Premio de la Casa de la Cultura Ecuatoriana en el Concurso Nacional sobre el 10 de Agosto de 1809, convocado por el Ministerio de Educación Pública. Primer Premio en el Concurso Nacional convocado por la Contraloría General del Estado por el “Proyecto de Ley de Empresas Públicas”.
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n las últimas semanas, viene siendo noticia de primera plana en las pantallas y en los medios de comunicación social, el tema de la libertad de expresión, a raíz del potencial juzgamiento de TELEAMAZONAS por el posible cometimiento de infracciones técnicas o administrativas, que en primera instancia juzga y sanciona la Superintendencia de Telecomunicaciones y en apelación, el CONARTEL. Al respecto es incontrovertible que el derecho a la libertad de expresión, como pilar de los sistemas democráticos, es la norma constitucional y universal de mayor jerarquía que se debe ejercer y limitar en su aplicación, solo por la vigencia de similares garantías constitucionales, que protegen por igual derechos inalienables de los ciudadanos, del colectivo social y del Estado. Es obvio también que las limitaciones de la libertad de expresión deben estar reguladas específicamente solo por Ley, que es la forma idónea de aplicar y hacer cumplir la Constitución. Sin embargo, nadie se atreve a entrar al terreno minado de analizar tales limitaciones a la libertad de expresión, como tampoco les conviene referirse expresamente a ello a los medios de radio y televisión que desde la vigencia de la Ley de Radiodifusión y Televisión en 1995 han evitado que se reglamente o legisle el control de la programación de las estaciones y canales, sin afectar a la libertad de expresión y sin censura previa.
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El CONARTEL ha sido eliminado o fusionado en el Ministerio de Telecomunicaciones mediante Decreto Ejecutivo, sin desconocer que la Ley de Radiodifusión y Televisión se encuentra vigente. Por tanto, los “límites” a la libertad de expresión y las infracciones que le afectan serán ahora analizados y juzgados por el CONATEL, pero sin la presencia o intervención de los representantes de AER y ACTVE, porque la anterior y actual Constitución prohíben integrar el Organismo a quienes son juez y parte de los procesos, pero sin duda seguirán aplicando una ley totalmente obsoleta y desactualizada. En cuanto a infracciones hay que tener presente, que el numeral 3) del artículo 76 de la vigente Constitución imposibilita a la Superintendencia de Telecomunicaciones y al CONARTEL (ahora CONATEL), juzgar y sancionar infracciones que no se encuentren tipificadas en la ley, aspecto con el cual concuerdan la mayor parte de las afirmaciones emitidas hasta el momento. Sin embargo, el propio artículo 58 de la Ley de Radiodifusión y Televisión contiene prohibiciones expresas a las estaciones de radiodifusión y televisión, por lo que se hace imprescindible y urgente una reforma o una nueva Ley que, entre otros asuntos importantes, tipifique y sancione como infracciones tales prohibiciones. Caso contrario, el CONATEL perderá todos los juicios que se entablen contra resoluciones dictadas en los juzgamientos y sanciones basadas en normas reglamentarias, como ocurre hasta el momento, con la sola excepción de la norma constitucional antes citada. Por ello concuerdo en que tales limitaciones deben tener como finalidad el respeto “a los derechos o a la reputación de los demás o a la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o moral pública”; pero tales limitaciones deben definirse y clarificarse en una nueva Ley o en una reforma expresa, que debe contar con la participación de los medios de comunicación en general. Este es justamente el campo minado que no queremos definir o tenemos miedo de hacerlo por no afectar intereses económicos y políticos escudados en una falsa libertad de expresión. Tarea importante para la actual Asamblea Nacional Legislativa. Estas son mis opiniones concretas, que las trasmito en mi calidad de ex – Asesor del CONARTEL. Sobre el tema controvertido de los límites de la libertad de expresión hago míos los valiosos criterios del Dr. Alfredo Pérez Guerrero, totalmente vigentes en la hora actual, que tienen el siguiente contenido: “No se puede sacrificar la libertad por ningún bien, por ninguna promesa de pan o de paz o de justicia, porque ese pan tendría amargura de veneno, esa paz sería de muerte, y esa justicia no sería justicia humana ni tendría sentido”. “El espíritu es esencia del hombre y esencia del espíritu su libertad”. “La prensa también abusa en ocasiones, mientras otras, es representante de intereses mezquinos, alguna vez olvida su alta y sagrada misión de traducir la opinión nacional y de ser rectora y encauzadora de los permanentes afanes de la Patria, de su cultura y de su progreso”. “Pero no obstante ello, es preferible tolerar esos defectos o vicios porque, como alguien decía, esos defectos pueden remediarse, son una enfermedad; pero la supresión de la prensa, o el amordazarla o el perseguirla, es la muerte de la democracia y la libertad”.
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Sobre el desconocimiento de la ley en la Función Legislativa del Estado Ecuatoriano • Alexandra Vela Puga
Abogada, Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Sociales, Universidad Católica de Santiago de Guayaquil (1975). Profesora de Derecho Político, Facultad de Derecho, Universidad de las Américas. Investigadora de la Corporación de Estudios para el Desarrollo (CORDES), Editorialista de la publicación mensual Carta Económica. Autora de “Regulación Jurídica de los Partidos Políticos en Ecuador”, en Regulación Jurídica de los partidos políticos en América Latina, UNAM IDEA (2006). Consultora de Prófitas. Subsecretaria General de la Administración Pública, Presidencia de la República; Concejal del Distrito Metropolitano de Quito; Diputada y Vicepresidente del H. Congreso Nacional; Representante en la Asamblea Nacional Constituyente (1997-98); Diputada Andina y Vicepresidente del Parlamento Latinoamericano.
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n una democracia las instituciones y las leyes, bases del sistema de convivencia, son importantes y requieren del respeto de los ciudadanos y de las autoridades.
Este comentario se refiere a tres instituciones, a una ley y a la conducta de los ciudadanos y sus autoridades. Las instituciones son: la Asamblea Nacional, los partidos políticos y la bancada parlamentaria. La ley es la Orgánica de la Función Legislativa y la conducta es la de los asambleístas de Alianza País, Pachakutik, MPD, MMIN, PRE y de movimientos locales que forman parte de la mayoría legislativa del Gobierno. Desde que John Locke (s. XVII) teorizara sobre el principio de separación de poderes y otorgara al poder legislativo primacía sobre los otros (Ejecutivo y Judicial), al reconocer que es en aquél en el que se expresa la soberanía popular y el que concede “legalidad” al aprobar la normativa jurídica de una sociedad, principios en los cuales se sustenta un Estado constitucional, nadie discute la importancia de esta institución en un régimen democrático. Locke decía también que las personas en su búsqueda de una justicia imparcial que garantice a todos sus derechos, se organizaron como sociedad y celebraron un “contrato” de convivencia que sus autoridades deben respetar si desean continuar siendo tales. En el caso de la Asamblea Nacional, que ejerce la función legislativa, expide, codifica, reforma, deroga e interpreta las leyes, en el cumplimiento de su función debería garantizar respeto a la soberanía popular y a la ley.
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La segunda institución es el partido político, actor fundamental en un sistema democrático de representación, espacio de expresión, agregación de intereses y procesamiento de las demandas de los ciudadanos. Pero también, órganos funcionales que cumplen fines y objetivos de interés general. La tercera institución es la bancada, bloque, grupo o fracción parlamentaria, agrupación integrada por asambleístas que pertenecen a un partido político o a varios ideológicamente afines, cuyo objetivo es mantener una posición común en los temas que se debaten y votan en el órgano legislativo. Las bancadas parlamentarias son protagonistas de la vida parlamentaria, conforman los distintos órganos de la función legislativa, por ejemplo el Consejo de Administración Legislativa CAL; y presentan iniciativas de reforma constitucional, de leyes y de fiscalización y control político. Una bancada es una célula política de trabajo parlamentario que le da un soporte a la Cámara, racionaliza los debates, orienta la participación y el control político y facilita que los acuerdos y consensos indispensables en un cuerpo colegiado se estructuren alrededor de un programa. La Constitución de 2008 establece que el máximo órgano de administración legislativa, el CAL se integre con el presidente, los dos vicepresidentes y cuatro vocales elegidos por la Asamblea Nacional, de entre asambleístas pertenecientes a diferentes bancadas legislativas. La Ley de la Función Legislativa de conformidad con el mandato constitucional establece que los cuatro vocales del CAL serán elegidos de entre asambleístas pertenecientes a diferentes bancadas legislativas. La misma ley señala como requisito para la formación de una bancada un número de asambleístas no menor del 10% de los miembros de la Asamblea Nacional, es decir 13, y prohíbe expresamente que pueda formarse una nueva bancada legislativa con asambleístas que pertenezcan a un partido o movimiento político que tenga una bancada propia. ¿Cómo entonces puede explicarse que 5 asambleístas de Alianza País con la aceptación de las autoridades de la Asamblea, de Alianza País, Pachakutik, el MPD y 85 asambleístas, hayan integrado durante breves horas una bancada legislativa con asambleístas de PK y el MPD, elegido a Lourdes Tibán miembro del CAL y retornado a la bancada de Alianza País, violando flagrantemente la ley de la Función Legislativa y la Constitución?. ¿Por qué razón la existencia de 5 asambleistas de AP a préstamo del mejor postor no ha escandalizado a los ciudadanos y motivado su rechazo?. ¿Por qué autoridades y asambleístas aceptan la violación de la Constitución y la ley que juraron defender?. ¿Por qué autoridades y asambleístas se exponen a que las decisiones adoptadas por un CAL ilegal e inconstitucionalmente integrado tome decisiones que podrían ser nulas?. Parecería que la colonial costumbre de ignorar la ley tiene carta de naturalización en el Ecuador de la Revolución Ciudadana.
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Frontera norte del Ecuador: nuevos horizontes • Sergio Vélez Valarezo
Ha realizado estudios de sociología y ciencias políticas en la Universidad Central y de filosofía en la Universidad Católica. Ha realizado varios cursos de especialización en el exterior. Se ha desempeñado como docente universitario, funcionario público y consultor nacional e internacional. Ha escrito varias obras, entre ellas “Cultura, ciencia y tecnología en el Ecuador”, “El sector informal manufacturero”.
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s conocido por todos que la frontera norte del Ecuador pasó a convertirse desde pocos años atrás en un tema relevante tanto en el orden nacional como internacional. Su protagonismo está signado por el alto grado de conflictividad y violencia, cuya situación se originó y se encuentra determinada por la problemática localizada y subsistente en la frontera sur de Colombia. Además de ello, su significación y trascendencia, particularmente internacional, deviene de la naturaleza del conflicto, que contiene cardinales intereses coyunturales y estratégicos, portados por poderosos actores que, a pesar de ello, no han podido resolver la situación, o no les ha convenido hacerlo. El problema se lo ha circunscrito a la frontera y viene siendo tratado preferentemente en el orden político-militar-policial, pasando a ocupar un segundo o tercer plano la consideración y tratamiento de otras dimensiones y aspectos, que deben ser priorizados con el propósito de enfrentar adecuadamente la solución del conflicto. En efecto, la millonaria “inversión“, que ha tenido y tiene como justificación o pretexto la guerra contra el terrorismo y el narcotráfico, se ha destinado, casi exclusivamente, al gasto militar, especialmente por parte de Colombia y Estados Unidos, representando una parte insignificante el “gasto” dedicado a la atención de las necesidades básicas y el buen vivir de la población que habita en dicha zona, así como para promover su desarrollo integral, que han permanecido inveteradamente olvidados, a ambos lados de la frontera. La reciente reunión de UNASUR, efectuada en Bariloche, al convertir en una preocupación regional los alcances del convenio de cooperación militar entre Estados Unidos y Colombia, ha permitido “visibilizar” y tratar en su verdadera dimensión el problema.
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Es importante destacar los planteamientos y acuerdos sobre: cooperación regional y multilateral en la lucha contra el narcotráfico, previa evaluación de la eficacia de la militarización y la estrategia implementada mediante el Plan Colombia y Plan Patriota; el monitoreo del armamentismo, a cargo del Consejo Sudamericano de Defensa; y, sobre todo, la urgencia de avanzar hacia una solución no militar del conflicto armado en Colombia. Este nuevo escenario refuerza la posición del estado ecuatoriano que ha venido insistiendo en priorizar la cuestión del desarrollo de la zona, para erradicar efectivamente una de las principales causas de incubación de la violencia y delincuencia: la pobreza. De esta manera, se vuelve necesario y urgente realizar un estudio destinado a dar cuenta de la situación presente; y, “especialmente, efectuar un sondeo prospectivo que permita detectar las posibilidades y alternativas de la Zona Norte del Ecuador, comprendida como tal y no como simple frontera, con la finalidad de sustentar, delinear y establecer un plan estratégico destinado a emprender su desarrollo social, e integración efectiva al país, para neutralizar las vulnerabilidades existentes y potenciar las capacidades y posibilidades intrínsecas y extrínsecas ” 1. De igual manera, “rebasar la reducción de la problemática al narcotráfico, subversión, violencia, seguridad; proponer lineamientos para superar la determinación externa del proceso; encaminar las acciones unilaterales y contingentes; definir técnicamente políticas de largo plazo; y, establecer índices de gestión y desempeño”2. Esta tarea, además, debe enmarcarse en la Constitución vigente que orienta la acción social y estatal al logro del Buen Vivir, objetivo máximo y permanente del nuevo Régimen de Desarrollo, que tiene en la planificación su columna vertebral y en la regionalización el espacio de realización. La Región Norte del Ecuador constituye uno de los 7 espacios territoriales determinados en el Plan Nacional de Desarrollo 2009-2013, para concretar el cumplimiento de esos anhelos.
“En efecto, la millonaria inversión, que ha tenido y tiene como justificación o pretexto la guerra contra el terrorismo y el narcotráfico, se ha destinado, casi exclusivamente, al gasto militar,...”
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Entre ellas, reactivar el proyecto de creación de la Zona de Integración Fronteriza, ZIF, si fuere posible compartir con Colombia esta visión y objetivos. Vélez Valarezo Sergio, “Frontera Norte del Ecuador: situación, actores, contextos, tendencias, perspectivas”, estudio inédito, 2005.
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