Torrelodones mpal nº367 oct 2020

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historia

Galo Velasco reclama la posesión de una de las dos plazas públicas del pueblo (1882) El 23 de octubre de 1882, el alcalde de Torrelodones informa al Gobernador Civil de Madrid que, de no resolverse en favor de este Municipio el recurso de Galo Velasco sobre la propiedad del terreno de la plaza pública, entre la Casa Ayuntamiento y el pretil de la carretera de Madrid a Segovia, “quedará esta localidad sin comunicación con la carretera, el ornato público interceptado con los carros y ganados y los niños sufrirán desgracias personales, por la afluencia de los ganados que se reunirán en el corral-plaza”. Este grave problema para la vecindad tiene su origen en 1873 cuando la Corporación acuerda, “como medida de política urbana, prohibir el tránsito de carros por la población, particularmente en invierno, porque las calle se harían intransitables por el mucho lodo”. Ese mismo año se reformó la escuela, dando entrada y salida a la plaza pública a espaldas de la Casa Consistorial, sin que nadie reclamara entonces respecto de la nueva servidumbre. Más tarde, Galo Velasco pide que se suspenda este acuerdo ya que no podría hacer la desuelta1 de carros de bueyes en el terreno de la plaza pública. La Corporación desestima la solicitud porque la mencionada plaza siempre se ha conocido como terreno público y, además, no figura como propiedad particular de nadie.

Nueve años después, en 1882, se cierra esta plaza “en bien a que reúna las condiciones necesarias para evitar accidentes o desgracias desagradables como viene observándose desde años anteriores”, durante la celebración de festejos taurinos. Galo Velasco, entonces, presenta recurso ante el Gobernador Civil, quien pide información al Ayuntamiento que, inmediatamente, llama a testificar a varios vecinos2 de “providad3 y arraigo”, quienes responden: • Que la susodicha plaza o corral, a espaldas de la Casa de Ayuntamiento, la escuela de niños y habitación del maestro, siempre se ha tenido como pública. • Que nunca jamás se ha oído decir que esa plaza o corral público pertenecía a la casa nº 6 de la calle Real. • Que los linderos de la plaza o corral y los de la casa nº 6 de la calle Real que han conocido, han sido y son los que se describen en el croquis. • Que las servidumbres que tiene en el día la plaza y que siempre han sido respetadas desde tiempo inmemorial son el paso de la carretera a la población, al Ayuntamiento y escuela y a las casas de Juan Urosa y Ángel Bravo. • Que la antigüedad queda justificada por la fecha de 1767 señalada en la piedra sentada en


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