“RESOLUCIÓN No. AG-12/2013 LA ASAMBLEA DE GOBERNADORES DEL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA, CONSIDERANDO: PRIMERO: Aprobar el Reglamento de la Organización y Administración (ROA) del Banco Centroamericano de Integración Económica, anexo a la presente resolución.
LIBRO VII DE LA ÉTICA INSTITUCIONAL E INDIVIDUAL
TÍTULO I CÓDIGO DE ÉTICA DEL BCIE
CAPÍTULO I ASPECTOS GENERALES
Artículo 7-01. Objeto. El objeto del presente Código es establecer los principios, normas y valores éticos institucionales e individuales que prevalecerán en el Banco Centroamericano de Integración Económica, en adelante llamado el Banco, los cuales deberán inspirar y servir de guía al comportamiento del personal del Banco.
Artículo 7-02. Ámbito de aplicación. Los principios, normas y valores éticos serán de aplicación y observancia general a todos los niveles del Banco. De igual manera, estos principios, normas y valores serán requeridos para su cumplimiento en la contratación de servicios de consultoría externa, proveedores u otros.
Artículo 7-03. Efectividad de la normativa. El cumplimiento de lo dispuesto en el presente Código será tomado en consideración para el mantenimiento de la relación del personal con el Banco. En aquellos casos en que el Banco se vea afectado en sus intereses, patrimonio u obligaciones contractuales, como producto de la actuación u omisión de un miembro de su personal que conlleve el incumplimiento de los principios, normas y valores consagrados en el presente Código, se le aplicarán las normas que correspondan.
CAPÍTULO II PRINCIPIOS ÉTICOS
Artículo 7-04. Principios éticos institucionales. Los principios éticos que deberán observarse en todas las actuaciones institucionales del Banco se enuncian a continuación: