Capítulo 4 / Regulaciones / ANAC

Page 1

ANAC DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL DIRECCIÓN LICENCIAS AL PERSONAL DTO. CONTROL EDUCATIVO PILOTO PRIVADO AVIÓN

CAPÍTULO 4: REGULACIONES El término RAAC es utilizado como acrónimo de Regulaciones Argentinas de Aviación Civil y algunas de sus Partes son de particular interés para todos los pilotos, a saber: RAAC Parte 1. Esta Parte contiene definiciones, abreviaturas y siglas de varios términos comúnmente utilizados en aviación, como el término “Noche”, que significa las horas comprendidas entre el fin del crepúsculo civil vespertino y el comienzo del crepúsculo civil matutino o cualquier otro período entre la puesta y la salida del sol que especifique la autoridad correspondiente. RAAC Parte 61. Esta Parte establece los requisitos mínimos y procedimientos para el otorgamiento de licencias de piloto, certificados de competencia de piloto o habilitaciones, las condiciones bajo las cuales son necesarias, sus atribuciones y limitaciones. RAAC Parte 67. Estas disposiciones establecen los estándares médicos para el otorgamiento de la Certificación Médica Aeronáutica (CMA), necesaria para la obtención de las licencias, los certificados de competencia y las habilitaciones de acuerdo a las Partes 61, 63, 64, 65 y 105 de estas Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC), así como los requisitos para designar y autorizar a los Médicos Examinadores Aeronáuticos (AME) y los Centros Médicos Aeronáuticos Examinadores (CMAE), por parte de la Autoridad Aeronáutica Civil. RAAC 91. Esta Parte prescribe las reglas que gobiernan las operaciones de todas las aeronaves en lo relativo al tránsito aéreo que se realicen en el territorio de la República Argentina, sus aguas jurisdiccionales, el espacio aéreo que los cubre y los espacios aéreos extraterritoriales, cuando por convenios internacionales se acuerde que dichos espacios se encuentran bajo jurisdicción de los Servicios de Tránsito Aéreo de la República Argentina. No se encuentran incluidas las operaciones de globos cautivos, cometas y cohetes no tripulados. 1.- "Noche" significa las horas comprendidas entre el fin del crepúsculo civil vespertino y el comienzo del crepúsculo civil matutino o cualquier otro período entre la puesta y la salida del sol que especifique la autoridad correspondiente. La respuesta a) es incorrecta porque se refiere al tiempo en que se requiere el uso de las luces de posición reglamentarias. La respuesta b) es incorrecta porque no es una definición utilizada en esta reglamentación.

TEORÍA Y ANÁLISIS DE RESPUESTAS

Página 51 de 130


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.
Capítulo 4 / Regulaciones / ANAC by E-Fly - Issuu