FORO EUROPÉO PARA LA SÉGURIDAD URBANA
SEGUCIUDADES INCLUSIÓN
¿Cómo contribuirá el Servicio Voluntario Europeo iniciado por la Comisión Europea, o cómo puede contribuir de la mejor manera posible, a la integración social de los jóvenes en gran dificultad ?
Estudio
Redacción: Adélaïde Vanhove, Jefa de proyecto
Expresamos nuestro agradecimiento a todas las personas que por su experiencia o su cálida acogida contribuyeron a la concreción de este proyecto. Este no habría surgido sin la activa participación en los seminarios de nuestros agentes: Andrea Ricci (I), Aziz Zaouat (F), Béatrice Colas (F), Elena Fabris (I), Elisabetta Bergia (I), Lara Pizza (I), Livia Grasselli (I), Marco Fiorito (I), Marie-Agnès Chopin (F), Marta Santos (P), Mercedes Arcoya Pérez (E), Mónica Afonso (P), Mustapha Boudjemaï (F), Patrick Buquet (F), Pier Giorgio Romani (I), Roberto Mora Marquez (E), Sandra Chaplet (F), y de nuestras dos anteriores voluntarias italianas (Maria Chiara Biondi y Michela Scatena). Con el mismo énfasis agradecemos a nuestros expertos las Sras. Amanda Howells y Anne Hewitson (Crime Concern, Programme Mentoring Plus), el Sr. Xavier Stevenaert (Ministerio belga de Justicia) y la Sra. Térézinha Lecompère (Foro Francés para la Seguridad Urbana) por la calidad de sus intervenciones. Por último, queremos testimoniar toda nuestra gratitud a la Sra. Camilla Wikstedt de la Comisión europea (DG Educación y Cultura), a la Srta. Annika López Lotson (Association of Voluntary Service Organisations), a la Sra. Hazel Low (Steb-by-Step), al Sr. Gilles de Kerchove (Consejo de la Unión europea, Justicia y Asuntos de Interior), al Sr. Stevie Bennett (Mentoring Plus) como así también a todas aquellas y aquellos que dedicaron una parte de su tiempo para responder a nuestras preguntas y transmitirnos los documentos e informaciones pertinentes.
C. Tascon-Mennetrier Directora de Programas Foro Europeo para la Seguridad Urbana
Con el apoyo de la Comisión Europea, DG Empleo y Asuntos Sociales. « Ni la Comisión Europea, ni persona alguna que actúe en su nombre es responsable del uso que podría hacerse de las informaciones siguientes ».
Prefacio
El ruido y el furor de nuestras guerras y de nuestras catástrofes llenan el espacio mundial, los capitales circulan a la velocidad de la luz, los virus son un rasgo común en nuestros circuitos Internet, los charters llevan multitudes a todos los rincones del mundo. Moverse se vuelve la condición sine qua non del éxito social y profesional. Pensar de manera global para actuar localmente, he aquí la mundialización en marcha. El terrorismo y la criminalidad dan alcance a esta mundialización. La pobreza no da ninguna salida al mundo. Es mundial pero ata las personas a porciones de territorio y de tiempo ridículamente ínfimos con relación al espacio ocupado, atravesado, por una persona de una escala social más elevada. Todas las observaciones sobre la pobreza que se ha dado en Europa muestran el increíble estrechamiento mental y sicológico que acarrea la incapacidad de concebirse como integrante de mundos múltiples con acceso a una variedad de recursos culturales, sociales, educativos. Los jóvenes de estos medios aparentan participar, a través de la música, el cine o el deporte, al igual que los demás, del movimiento del mundo. De hecho, el peso de sus condiciones sociales los mantiene en un subdesarrollo que a veces toma un giro peligroso de la criminalidad para ellos y la sociedad. Las políticas de prevención desarrolladas bajo la forma de medidas de inserción, sociales, económicas, de acceso a la cultura, tienen muchas dificultades en llegar a estos jóvenes, todavía más cuando están involucrados en trayectorias peligrosas signadas por la droga, por una actividad vinculada a la criminalidad, marcadas por pasos por las instituciones sociales, judiciales o penitenciarias. A menudo los jóvenes no dejan su barrio sino para ir a prisión, un centro de cura y viceversa. Todos los trabajadores sociales se confiesan impotentes para refrenar esta espiral de fracaso en la que estos jóvenes se inscriben. ¿Qué hacer ? Algunas experiencias aún insuficientes en número han contado con lo que se puede llamar el efecto sorpresa, el efecto estupor. Este efecto puede acarrear en la persona un despertar que permite reiniciar el diálogo con ella y que por ende permite conferir nuevamente pertinencia a las ofertas de cultura, de formación social y profesional. La ruptura en la espiral del fracaso a menudo proviene del viaje, de la estadía en un entorno completamente nuevo. Este entorno da miedo y al mismo tiempo suscita curiosidad. Es un desafío lanzado al joven a fin de que muestre su capacidad para dominar este entorno y no solamente para atrincherarse en su rol agresivo y dominante desarrollado en su familia o en su barrio. Todo el mundo percibe lo apropiado de la idea. Pero de la idea a la realización, hay un mundo hecho de reglamentos, de derechos, de funcionamientos financieros y administrativos. Permitir a un joven que tiene un vínculo con la justicia de su país partir a otro por algunos meses no es algo incorporado en nuestro mundo de la transparencia y de la libre circulación. Tampoco es simple para un educador entrar en contacto con un joven que no habla su idioma. Sin embargo, es necesario puesto que podemos figurárnoslo, el éxito de tales experiencias requiere un encuadre reforzado y de una calidad muy grande. Estas exigencias no pueden obtenerse si no en el marco de la creación de una red de profesionales y de instituciones que aprenderán a conocerse, a conocer las maneras de trabajar del otro. Por consiguiente hay que formar, procurar la familiaridad del contacto entre personas que a menudo no hablan la misma lengua.
Hay que crear herramientas comunes para evaluar, para permitir rectificar los errores. Creemos que es útil incorporar a estos profesionales, trabajadores voluntarios que pertenezcan a distintos medios sociales y profesionales. También debe darse la movilización de la sociedad civil en torno a estos jóvenes. Las competencias de ésta deben servir para pormenorizar las estadías, para introducir también una relación más distendida con los jóvenes, para hacerles ver adultos en plena posesión de competencias profesionales, culturales o sociales. Las reticencias de los profesionales de algunos países a codearse con representantes de la sociedad civil deben ceder en aras del interés del joven. Los responsables del Servicio Voluntario Europeo han aceptado el desafío, a través de proyectos piloto, de recibir en otro país a jóvenes en situación difícil con el fin de provocar un nuevo comienzo en su vida. En el caso del Foro Europeo para la Seguridad Urbana y luego de una experiencia de dos años que alcanzó solamente a unos treinta jóvenes provenientes de medios desfavorecidos, hemos querido llevar a cabo un estudio profundizado sobre las condiciones de éxito del SVE para los jóvenes en dificultad, que incluya a aquellos que salen de prisión o de centros de alojamiento o de desintoxicación. Su estatuto especial no nos permitía comenzar inmediatamente el proyecto. Nos hacía falta un estudio sobre las condiciones jurídicas del desplazamiento de estos jóvenes. Lo que acaba de concluirse. ¿Estos jóvenes van a contribuir a la construcción de Europa? ¿La suma de sus handicaps puede llegar a ser positiva ? Nosotros lo creemos. El acceso a Europa debe ser igualitario. El roce con la cultura del otro no está reservado a una élite. Olvidar estos principios que fundan nuestras democracias sería tomar partido por una desigualdad particularmente peligrosa. La mundialización es para todos.
Giuliano BARBOLINI Presidente del Forum Europeo para la Seguridad Urbana Alcalde de Modena (Italia)
ÍNDICE
1/ Objetivos, metodología y red de agentes 1.1. 1.2. 1.3.
Los objetivos del estudio Metodología Agentes
2/ El SVE: ¿Para quién? ¿Por qué? 2.1. 2.2. 2.3.
El SVE es también una excelente oportunidad para jóvenes que encuentran dificultades específicas. El SVE como herramienta de integración o de reinserción de este público destinatario El estatuto del voluntario: un debate esencial que deberá continuar
3/ Las legislaciones comunitaria y nacionales 3.1. 3.2. 3.3.
La legislación comunitaria Las legislaciones nacionales El estatuto particular de los jóvenes adultos en el derecho penal
4/ Contra la exclusión de los jóvenes: un SVE estructurado. Numerosas ciudades enroladas 4.1. 4.2. 4.3. 4.4. 4.5. 4.6. 4.7. Referencias
Un proyecto individualizado para cada joven La cabeza de red La cooperación local en las ciudades El gestor de proyecto Profesionales formados Una movilización de la sociedad civil Una cooperación transnacional bien organizada
1/ Objetivos, metodología y red de agentes 1.1.
Los objetivos del estudio
El 20 de julio de 1998, le Parlamento Europeo y el Consejo de Europa adoptaron la decisión 1686/98/CE que establece el programa de acción comunitaria “Servicio Voluntario Europeo para los Jóvenes”. El objetivo general de este programa fue desde el comienzo “estimular la movilidad de los jóvenes europeos en el marco de una ciudadanía activa, permitirles adquirir una experiencia formadora en varios sectores de actividades, favorecer su contribución activa al servicio de la construcción europea y a la cooperación entre la Comunidad y los otros países, a través de su participación en actividades transnacionales de utilidad colectiva”. Por otra parte, uno de los objetivos específicos enunciados en la descripción del programa era el siguiente: “se debe suscribir un esfuerzo particular en provecho de los jóvenes que, por razones de orden cultural, social, físico, económico o geográfico, tienen el máximo de dificultades para participar en los programas de acción existentes”. Dos años más tarde, el 14 de diciembre del 2000, constatando que “los jóvenes, sobre todo los más desestabilizados, están particularmente expuestos a los riesgos de exclusión social, política y cultural”, el Consejo y los representantes de los gobiernos de los Estados miembros votaron una resolución relativa a la integración social de los jóvenes, en la que se comprometen a “promover un acceso amplio de todo joven a los programas comunitarios o nacionales, sobre todo en materia de movilidad”. La inclusión de los jóvenes que encuentran dificultades es también una de las prioridades mayores de la Comisión Europea, a través del Programa Juventud para los dos próximos años1. Es en esta que el Foro Europeo para la Seguridad Urbana (FESU), red de 300 ciudades europeas, participó, desde 1998, en el proyecto Servicio Voluntario Europeo (SVE) movilizando un cierto número de colectividades locales europeas en torno a este tema. Fortalecidos con experiencias anteriores, en particular en el marco del proyecto Seguciudades Inserción (1993-1995) inscripto en el programa MED-URBS de la Comisión, las ciudades del FESU quisieron seguir demostrando que el ocuparse de manera compartida de los jóvenes en dificultad, por parte de las ciudades, corresponde siempre, y quizás más aún hoy en día para ciertas ciudades de Europa, a una necesidad real y que esto aporta resultados significativos en términos de inserción.
1
Ver “Report from meetings on a strategy for inclusion for the Youth Programme”, European Commission, 2001.
Así, Granada, Parma, Evreux, Lisboa, Argenteuil, Alcobendas, Epinay-sur-Seine, Capannori, Amadora, Saint-Herblain o aún Turín participaron durante los años 1998 y 1999 en intercambios bilaterales de jóvenes con el fin de darles la ocasión de superar sus dificultades y de integrar una lógica de construcción de un proyecto de vida de dimensión europea. Caracterizado por la ruptura con un marco de vida demasiado signado por el fracaso, este proyecto piloto innovador, testeado por la Comisión en el marco del SVE, tomó la forma de una estadía de seis meses en una ciudad extranjera, precedida de un tiempo de preparación de dos meses y seguida de un tiempo de explotación y de puesta en perspectiva también de dos meses. Una evaluación de estas dos iniciativas coordinadas por el FESU permitieron mostrar que los resultados habían sido en conjunto muy positivos para los jóvenes en todos los aspectos: aprendizaje de la lengua, apertura cultural, desarrollo de sus conocimientos y competencias. Entre los 34 jóvenes voluntarios que participaron en los programas en los dos años, 27 se hallaron en un proceso de inserción a su regreso, algunos encontraron un empleo y otros iniciaron una formación profesional. Este balance alentador nos incitó a proponer un estudio a la D G“Empleo y Asuntos Sociales” de la Comisión Europea, a título del párrafo “Ayuda a la cooperación entre las asociaciones de solidaridad y el desarrollo del diálogo civil – Medidas preparatorias para la promoción de la inclusión social”. Su fin era saber “cómo el Servicio Voluntario Europeo contribuye o puede contribuir de la mejor manera posible a la integración social de los jóvenes en dificultad muy grande”. En efecto, la lucha contra la exclusión social y la prevención de la delincuencia forman parte de los objetivos de la Unión Europea, reiterados en el Tratado de Amsterdam (artículo 136) y en el Consejo de Tampere. El artículo 137 § 2, párrafo 3 del Tratado de Amsterdam prevé la existencia de “medidas destinadas a alentar la cooperación entre los Estados miembros por medio de iniciativas que apuntan a mejorar los conocimientos, desarrollar los intercambios de informaciones y de mejores prácticas, a promover enfoques innovadores y evaluar las experiencias a fin de luchar contra la exclusión social”. La Comisión europea define la exclusión como un fenómeno multidimensional, que va más allá de los problemas de desocupación y que se manifiesta en varios tipos de carencia y de obstáculos, que aislados o combinados, impiden una plena participación en ámbitos como la educación, la salud, el ambiente, la vivienda, la cultura o el acceso a los derechos.2 Según las últimas cifras de la Unión europea dadas a conocer (1998), el 18 % de la población, es decir alrededor de 60 millones de personas, viven en condiciones sociales difíciles y cerca de la mitad de estas personas viven en la pobreza desde hace varios años. Esta tasa varía de un país a otro: de un 8 a un 9 % en Dinamarca y en Finlandia y de un 22 a un 23 % en Portugal, en Grecia y en el Reino Unido.
2
Comunicación de la Comisión, « Construire une Europe de l’inclusion » [Construir una Europa de inclusión] 01.03.2000.
Luego del Consejo Europeo de Lisboa, la Comisión presentó, en junio del 2000, una propuesta de decisión del Parlamento y del Consejo orientada a alentar la coordinación de los esfuerzos de los Estados miembros en materia de lucha contra las exclusiones. Por otra parte, el Consejo europeo de Tampere insiste, en sus conclusiones, en la necesidad de integrar “aspectos vinculados con la prevención en acciones de lucha contra la criminalidad” y subraya la importancia de “desarrollar el intercambio de las mejores prácticas, de reforzar la red de las autoridades nacionales competentes en materia de prevención de la criminalidad así como la cooperación entre los organismos nacionales especializados en este campo [...]. Esta cooperación podría tener como prioridades principales la delincuencia juvenil, la criminalidad urbana y la vinculada a la droga”. Desde ya, sabemos que no es una apuesta fácil, pero el SVE es una oportunidad interesante que conviene aprovechar lo mejor posible para estos jóvenes, sabiendo que hay que hacer propuestas tanto relativas al acompañamiento de los voluntarios y la formación del profesional encargado de su seguimiento, como a la gestión global del proyecto o aún, la cooperación judicial y policíaca entre las diferentes ciudades participantes. Todo esto con el fin de favorecer al máximo estas experiencias y desarrollar una ciudadanía europea en estos jóvenes en situación difícil. 1.2.
Metodología
1.2.1. Este estudio es el fruto de los intercambios, a menudo animados y siempre constructivos, que hemos tenido con nuestros agentes europeos en el curso de tres seminarios : -
El 16 y 17 de febrero de 2001 en París El 6 y 7 de abril en Turín El 30, 31 de agosto y 1º de septiembre en Lisboa.
Todos los agentes, provenientes de ocho ciudades distintas, participaron con el Foro Europeo para la Seguridad Urbana, en el programa SVE, en calidad de tutores o educadores profesionales. Por ende, es a partir de su experiencia que hemos podido reflexionar juntos sobre las condiciones de éxito de un SVE abierto a jóvenes mayores en gran dificultad. Nuestro primer seminario (París) tuvo por objeto, por una parte, listar los puntos débiles y los elementos de éxito de los proyectos piloto realizados, por iniciativa del FESU, en 1998 y en 1999, desde el punto de vista del joven, del responsable de los organismos de recepción y de envío de los jóvenes, del profesional encargado del seguimiento del joven y por último, más globalmente, desde el punto de vista del resultado, es decir en particular, la inserción social del joven; por otro lado, analizar el perfil de los jóvenes y el acompañamiento que hay que prever antes, durante y después de la estadía del joven en el extranjero. Además de la experiencia profesional de nuestros agentes, pudimos aprovechar la presencia, en este seminario, de una anterior voluntaria del programa SVE, de
nacionalidad italiana, que fue en 1999 a la ciudad de Le Havre, en Francia, por un período de seis meses. Su testimonio permitió enriquecer el análisis que efectuamos “desde el punto de vista del joven”. La experiencia anglosajona del mentoring dirigida a jóvenes en dificultad nos pareció una hipótesis de acompañamiento que podía aplicarse a nuestro programa. Se trata de relacionar cada joven con un adulto voluntario (un mentor) que hace el seguimiento del joven (el mentado) de cerca, lo ayuda y lo alienta a realizar sus proyectos. Quisimos discutir esto con nuestros agentes durante un segundo seminario (en Turín), con la ayuda de dos expertas: Amanda Howells, consultora en el organismo inglés Crime Concern que, en 19999 instauró el programa Mentoring Plus. La segunda experta, Ana Hewitson trabaja como voluntaria para este programa. Esta hipótesis de trabajo – el hecho de agregar adultos voluntarios al SVE para acompañar al joven allí donde el profesional no tiene los medios de hacerlo - nos llevó a reflexionar sobre el papel de los voluntarios y de los profesionales dentro del programa, sobre la formación requerida y finalmente sobre la articulación de las tareas y de las funciones de cada uno. Dos anteriores voluntarias del programa también participaron en este seminario y así pudieron aportarnos su punto de vista sobre el tipo de acompañamiento requerido. Por último, el tercer seminario (Lisboa) tenía por objeto: - examinar, y esto a la luz de las legislaciones nacionales y comunitarias, las posibilidades de desplazamiento de jóvenes mayores bajo tutela judicial o drogodependientes en tratamiento. Presentar a los agentes el referente-profesión del profesional encargado del acompañamiento del joven y proponer una formación para estos profesionales adaptada al Servicio Voluntario Europeo abierto a jóvenes en gran dificultad. Exponer las dificultades relativas al estatuto de voluntario del joven en los distintos países de la Unión europea y hacer propuestas para que este estatuto así como la experiencia del joven sean reconocidos de la misma manera en los 15 países. Los resultados obtenidos en estos tres seminarios fueron integrados en los distintos puntos del cuarto capítulo del presente estudio. 1.2.2. Entre cada seminario, el jefe de proyecto también entró en contacto y mantuvo conversaciones con “personas clave” que pudieron aportarnos informaciones complementarias con respecto a otras experiencias que también fueron llevadas a cabo con jóvenes en dificultad, en el marco del SVE o de otros programas transnacionales. En cuanto a la cuestión de las legislaciones europeas, interrogamos a numerosos juristas, (jueces de vigilancia penitenciaria y jueces de instrucción) de los 15 países miembros y estas informaciones pudieron ser
enriquecidas con documentación. 1.3.
investigaciones
que
realizamos en distintos centros de
Presentación de la red de agentes
Stranaidea, S.C.S.a.r.l. - Turín (Italia) Stranaidea es una cooperativa social (organismo sin fines lucrativos de utilidad social, O.N.L.U.S.) que dirige e implementa proyectos en los campos socio-sanitario, educativo y de servicios a particulares. Se ocupa en particular de los jóvenes menores en situación difícil, de los discapacitados, de las personas que presentan problemas psiquiátricos, de los drogodependientes. Sobre todo propone actividades educativas a los jóvenes menores encarcelados o inclusive circuitos de formación profesional a los jóvenes menores en muy grande dificultad, indicados por los servicios sociales de la Ciudad. Eumeo Cooperativa – Parma (Italia) Eumeo es una cooperativa independiente de solidaridad social, inicialmente ligada a la Asociación “Gruppo scuola”. Está dedicada a ofrecer una actividad a los jóvenes definidos como “aquellos que presentan riesgos de desviación” porque atraviesan situaciones de malestar familiar y social. Ésta implementa actividades de jardinería, de mantenimiento de parques y jardines, en los espacios privado y público. Interviene con los jóvenes en los medios escolares, extra-escolares, profesional, familiar y cultural. Hoy en día está compuesta por 5 profesionales educadores y un objetor. Comune di Capannori, Servicio Juventud (Italia) Las actividades principales del servicio para la orientación, la formación y la información de la juventud de la ciudad de Capannori son: 1) la información a los jóvenes 2) la recepción y la orientación de los jóvenes en busca de un empleo 3) el seguimiento de los objetores de conciencia y servicios civiles 4) la implementación y el seguimiento de los proyectos SVE 5) la coordinación de los centros de formación llamados “Clubjob” (talleres de carpintería, de restauración, de decoración) 6) la implementación y el seguimiento de los proyectos de inserción profesional de los jóvenes y de los subsidios para las formaciones. Asociación Los Primeros – Granada (España)
La Asociación Los Primeros trabaja principalmente con los jóvenes menores y mayores de la parte norte de Granada en proyectos educativos a través del deporte, el apoyo escolar, la orientación personal y profesional. Ésta participa en los programas siguientes: D.E.D.A.L.: educación a través de las actividades lúdicas LUDEP: actividades deportivas para jóvenes menores y mayores M.T.: trabajo de prevención de la drogodependencia en los jóvenes menores de la zona norte de Granada 20 voluntarios y 3 profesionales asalariados trabajan allí actualmente. Gebalis, E.M. – Lisboa (Portugal) Gebalis es un organismo municipal que tiene por función gerenciar los barrios de viviendas sociales de la ciudad de Lisboa en los planos financiero, social y patrimonial. Cerca de 20 barrios o sea alrededor de 15.000 hogares son hoy llevados por Gebalis. Su objetivo principal es promover la calidad de vida de las personas que residen en estos barrios a través de la implementación de proyectos de desarrollo social, distintos según las necesidades de intervención que existen en cada uno de ellos. Por ejemplo: -
Centro de ayuda y de integración en el medio profesional Guarderías para niños Apoyo psicosocial a la familias desestructuradas UNIVAJ (Unidades de inserción en la vida activa para los jóvenes) Casas de la juventud Formación profesional Preparación para la reubicación Proyectos educativos
60 personas trabajan en estos proyectos y están en relación con las instituciones de carácter social en cada uno de los barrios. Las prioridades de Gebalis son promover la integración social de los habitantes de estos barrios, procurar que tengan una buena estima de sí mismos y finalmente, darles las herramientas necesarias para el buen desenvolvimiento de su reubicación. Asociación Punto Jóvenes – Evreux (Francia) Punto de acogida y de escucha para los jóvenes de menos de 25 años, la Asociación Punto Jóvenes lucha contra la exclusión social y el malestar de los jóvenes. Su vocación no es dar una respuesta directa a la demanda del joven sino orientarlo en el marco de una cooperación organizada, darle nuevamente confianza en sí mismo y enriquecer el trabajo en red. Los intercambios internacionales de jóvenes son una de las herramientas privilegiadas de la asociación para alcanzar sus fines.
Ayuntamiento de Saint-Herblain, Servicio Inserción Empleo (Francia) El servicio Inserción y Empleo (SIE) de la ciudad de Saint-Herblain está inscripto dentro del Centro Comunal de Acción Social (CCAS). Está sujeto a la Dirección de la Solidaridad y de la Proximidad para todo lo que se refiere a la inserción y a la Dirección de los Recursos Humanos en el rubro Empleo. La misión principal del servicio con respecto a la inserción se efectúa dentro del PLIE (plan local de inserción por lo económico) el cual forma parte de la Comunidad Urbana de Nantes. El SIE se ocupa igualmente de los que piden empleo fuera de PLIE: orientación, consejo, posicionamiento en las ofertas de empleo, etc. El mismo se encarga de tres fondos de ayuda a los jóvenes y maneja los contratos CES y CEC suscriptos con el Ayuntamiento. Ayuntamiento de Epinay-sur-Seine, Dirección del Desarrollo Social (Francia) La dirección del Desarrollo Social de la ciudad de Epinay-sur-Seine tiene por objetivos principales: - el acompañamiento social de los públicos vulnerables, el acceso a los derechos y el apoyo a la vida familiar; - la animación de la vida de los barrios, el acceso a los esparcimientos, la solidaridad local y la participación; - la acción socio-educativa y de prevención orientada a los niños y los jóvenes. Esta dirección agrupa tres servicios: Juventud, Vida de barrios y Ciudadanía, integración, asociaciones.
2/ El SVE: ¿Para quién? ¿Por qué? El SVE está dirigido “teóricamente” a todos los jóvenes de 18 a 25 años y la Comisión ha manifestado una fuerte voluntad de ampliar su acceso a jóvenes que encuentran dificultades específicas. En este estudio nos interesamos en las condiciones de éxito del SVE específicamente para estos jóvenes que no tienen necesariamente el perfil requerido hasta ahora para participar en los programas de intercambios europeos. 2.1. El SVE: una excelente oportunidad también para jóvenes que encuentran dificultades muy específicas 2.1.1. El perfil de los jóvenes El programa debe tomar en cuenta todos los tipos de dificultades que pueden encontrar los jóvenes adultos, a saber dificultades de orden: -
socioeconómico (en particular los jóvenes desocupados sin diploma, ni cualificación familiar (huérfanos, que han sufrido una ruptura familiar, violencia de los padres etc. escolar (no escolarizados, que han abandonado o que han sido expulsados del sistema escolar) contextual (viven en barrios difíciles, forman parte de una banda, son víctimas de discriminación racial,...) psico-mental (fueron violados o abusados sexualmente, tuvieron depresiones, tentativas de suicidio, presentan trastornos ligeros de conducta...) judicial (cometieron delitos, salen de prisión...) sanitario (han sido drogodependientes)
A menudo, estas dificultades se superponen lo que hace aún más difícil la inserción del joven en la sociedad. En este punto tocamos el problema de la terminología relativa a este público específico. Hay que hablar de jóvenes desfavorecidos, en situación difícil, de jóvenes en gran dificultad o aún de jóvenes que encuentran dificultades? Esta pregunta fue planteada durante diversos encuentros sobre la inclusión de estos jóvenes3. El grupo de trabajo del SVE sobre “la prevención de los riesgos y la gestión de las crisis” preconiza el uso de la expresión “jóvenes que enfrentan dificultades” para no estigmatizarlos sino más bien considerar sus “necesidades específicas” y para “responder a ellas tan eficaz y seguramente como sea posible”4. 3 Ver en particular el « Informe del Grupo de Trabajo sobre la Inclusión » redactado en el marco de la Conferencia « Maximizar la inclusión » organizada por la Comisión europea y SOS (Structure of Operational Support), 1998-1999, pág. 1. 4 In « Service Volontaire Européen, Groupe de travail sur la prévention des risques et des crises. Rapport Final », [« Servicio Voluntario Europeo, Grupo de trabajo sobre la prevención de los riesgos y de las crisis. Informe Final »], SOS, Comisión europea, Bruselas, septiembre del 2000, pág. 5.
El objetivo del proyecto SVE debería ser darle “deseos de “ y volverlo “capaz de”: tomar iniciativas, ser autónomo, ser responsable, escuchar, entender las reglas y las normas que hay que respetar, adaptarse... El período de preparación del proyecto debería estar en una amplia medida consagrado a este trabajo, a medir el deseo y la capacidad del joven para participar en el SVE: Estos jóvenes que residen en la Unión europea, podrán ser naturales tanto de un Estado miembro como de otro estado (cf. página ). Examinaremos más precisamente tres casos: -
el de aquellos que salen de prisión el de los jóvenes bajo tutela judicial el de los tóxico-dependientes
Los jóvenes que salen de prisión que han purgado definitivamente su condena, pueden sin dificultad alguna, presentarse como candidatos al Servicio Voluntario Europeo. En el caso de jóvenes que están bajo tutela judicial, en la mayoría de los países, y más allá de las rigideces relacionadas con la soberanía de cada Estado miembro y de la voluntad de las autoridades judiciales para cooperar, solamente el juez de vigilancia penitenciaria podrá decidir o aceptar hacer participar al joven del programa SVE. Esta decisión dependerá en todos los casos del perfil del joven, de su vulnerabilidad, de su comportamiento, de su voluntad de reinserción, de sus antecedentes judiciales, etc. En la medida en que satisfagan las formalidades administrativas del país que los acoge y que respeten las obligaciones que acompañan a su condena, algunos jóvenes adultos delincuentes pueden participar del SVE (si el juez de su país de condena les ha dado el permiso para esto), sea que estén: -
en libertad condicional; en prisión provisional; en situación de puesta a prueba o de suspensión de la ejecución de las penas,
si, evidentemente, las cláusulas de estas distintas sanciones no prohíben la salida del territorio nacional. Con respecto a las dificultades relacionadas con la drogodependencia, el joven debe haber cesado el consumo de droga y/o seguir un tratamiento (metadona por ejemplo) al momento de su participación en el SVE. Este puede ir más fácilmente a otro país europeo si está en la fase final del tratamiento. Sin embargo, se le puede negar el acceso a ciertos países a causa de las legislaciones nacionales vigentes, ya sea en su país, ya sea en el país de acogida.
En la mayoría de los países receptores, este debe proveerse de una prescripción médica que pruebe que sigue un tratamiento y que le permita procurarse los medicamentos necesarios. En ciertos países, debe ser seguido por un médico que estará en contacto con su médico habitual, y esto debe mantenerse a lo largo de toda la duración del SVE. 2.1.2 Los jóvenes mayores: una edad que a veces puede ser un problema El joven adulto presenta características psicológicas y sociales particulares cuya evidencia conviene destacar si uno quiere comprender el tipo de dificultades que este encuentra en su recorrido. ¿Tenemos necesidad de apoyarnos en los numerosos estudios sobre la psicología del desarrollo para afirmar que el joven adulto, sea o no delincuente, se sitúa en una fase de vulnerabilidad, que está lleno de dudas y angustias, que es inseguro en cuanto a su identidad, a menudo influenciable, que todavía está próximo a la infancia y que aún no pertenece al mundo adulto? En un plano sociológico, el joven adulto de hoy, y con mayor razón, el joven que pertenece a las capas sociales menos holgadas de la población, vive también muy frecuentemente un período difícil de incertidumbre, de pérdida de confianza y de motivación, de falta de perspectiva de futuro. En efecto, si en el pasado pasaba casi naturalmente del medio escolar y familiar al medio profesional, el joven mayor, y sobre todo el joven de un medio desfavorecido, se enfrenta hoy a la prolongación de la escolaridad obligatoria, a la desvalorización de los diplomas menores y a la crisis económica causante de desocupación5 y de precarización del empleo. Todos estos factores lo arrastran a una fase más o menos larga de inactividad y lo exponen entonces a riesgos de extravío y de delincuencia. El uso de drogas no es más que un ejemplo de este malestar existencial, de estas desilusiones y de este sufrimiento. De una manera general, desde mediados de los años 80, la delincuencia de los jóvenes en Europa ha permanecido relativamente estable pero sus actos de violencia han aumentado intensamente. Este crecimiento sería particularmente fuerte entre los adolescentes. Y, sobre todo, la tasa (en relación con su categoría de edad) de los jóvenes que declaran una conducta regular violenta y/o de “racket“* aumenta (se habla a este respecto de una explosión del número de menores encausados. Estos datos son preocupantes, en cuanto está comprobado que la violencia ejercida o sufrida acarrea consecuencias graves sobre la salud física, psicológica y social de los jóvenes. Un elemento decisivo de la violencia de los jóvenes sería la violencia interna en la familia, aun si las formas de la violencia de los jóvenes debe mucho a la cultura de la 5
Aunque la desocupación tiende a disminuir en la Unión europea, los jóvenes que pertenecen a la población activa tienen casi el doble de probabilidades de quedar desocupados que las personas de 25 años o más. "En España, en Finlandia y en Italia, la tasa de desocupación de los jóvenes superaba el 30% en 1999 y hasta el 50% en ciertas regiones del sur de Italia y de España" in Unité de l’Europe, solidarité des peuples, diversité des territoires [Unidad de Europa, solidaridad de los pueblos, diversidad de los territorios], 2° informe sobre la cohesión económica y social, Comisión Europea, Volumen 1, enero 2001, pág. 20. * N. Del T.: Negocio o actividad ilícita.
calle. La agresión como comportamiento sería transmitida de padre a hijo, ya que la violencia ejercida por los niños y los adolescentes está inextricablemente ligada a la violencia contra ellos. Pero, como hemos dicho, la violencia (la frecuencia de los homicidios voluntarios, por ejemplo) está también ligada a las desigualdades económicas, y más precisamente a la existencia de ámbitos de exclusión. Cuanto más se abre la brecha entre ricos y pobres, más se disuelve la organización natural o legal. Las discriminaciones (a causa de la edad, de la pertenencia étnica, de la domiciliación...) son un factor que fomenta la violencia juvenil, en particular cuando estas discriminaciones condenan duraderamente el acceso al empleo. Por último, se constata que la violencia juvenil no siempre tiene por meta la apropiación. A menudo es una violencia de protesta, de afirmación de sí, de defensa que adopta lugares y blancos específicos según los países. Cada cual encuentra sus formas de puesta en escena violenta en la desorganización social. Evolución preocupante de los atentados dirigidos contra sí, con tasas de suicidios, especialmente masculinos, que crecen drásticamente, y una drogodependencia que se proletariza y en la que es dado embarcarse más tardíamente después de haber ya experimentado mala suerte, fracasos, tráficos menores. Violencia recíproca, en el seno de una misma categoría de edad, o entre jóvenes pertenecientes a los territorios de la pobreza. Crecimiento considerable de los actos de vandalismos y las destrucciones de bienes públicos y privados (a veces espectaculares como los incendios de autos en Francia), en crecimiento más rápido que todas las demás infracciones. Desarrollo espectacular de las violencias juveniles en el seno de espacios ordinariamente protegidos como los transportes colectivos y las escuelas. La escuela en todos los países es un escenario y una fuente de violencia importante (violencias entre alumnos, entre alumnos y educadores, racket). Los transportes colectivos (Francia, Bélgica) constituyen un blanco privilegiado de los jóvenes y los daños, materiales y humanos, son muy importantes. Lo que se llama "hate crime", delincuencia de "odio" que se convierte en un fenómeno mayor en los Estados Unidos, como la violencia racista, participa de esta forma de violencia. Las violencias contra las minorías étnicas socialmente más vulnerables (en Alemania particularmente) son cometidas con mayor frecuencia por jóvenes que están ellos mismos en posición social vulnerable. Sin embargo, la delincuencia (y la violencia) puede también marcar un período de transición. La mayoría de estos jóvenes se bifurcará en un momento dado en una inserción económica y social y abandonará la delincuencia y la violencia. Para otros jóvenes, ésta se prolongará y se convertirá en un sustituto o un complemento informal de la inserción "lícita" 6.
6 Estas reflexiones sobre los jóvenes y la violencia en las ciudades han sido extraídas de los Rapports introductifs [Informes introductorios] a la Conferencia de Nápoles sobre "la Seguridad y la Democracia", organizada por el Foro Europeo para la Seguridad Urbana en diciembre de 2000.
Sabemos igualmente que por el hecho mismo de su edad, los jóvenes son capaces de adaptarse a situaciones nuevas, de modificar su comportamiento y de "encauzar su vida en nuevas orientaciones determinantes para su porvenir". Estas serán más positivas si los jóvenes "adquieren la convicción de que son respetados como personas cabales, de que son aceptados en sus momentos de dudas y angustia, de que son alentados a asumir responsabilidad personal y moral como en el selfcontrol"7. Estamos convencidos de que el Servicio Voluntario Europeo, si está bien organizado, permite o al menos ayuda al joven a "franquear ese paso delicado que se sitúa entre los grandes cambios físicos y psíquicos de la adolescencia, y la edad de la madurez"8. 2.2 El SVE como herramienta de integración o de reinserción de este público destinatario 2.2.1. La "ruptura" como pedagogía para un nuevo comienzo Numerosos autores, novelistas, poetas, etnólogos o aventureros han hecho el elogio del viaje, verdadero "espejo en el que tenemos que mirarnos para conocernos desde un buen ángulo" 9. Así, el viaje o más sencillamente el desplazamiento tiene esta función pedagógica que permite descubrirse a sí mismo a través del descubrimiento del Otro. De la misma manera, puede afirmarse que es en el encuentro, es decir en la confrontación con los otros, donde se crea, se forja nuestra identidad. En este punto sin duda, tocamos el aspecto antinómico del desplazamiento: por un lado, desestabiliza y por otro refuerza. "Desestabiliza porque hace perder los puntos de referencia habituales, de vida, de lugares, de relaciones, inclusive de identidad. Refuerza porque permite tomar conciencia de las propias especificidades, de su diferencia con el otro, y de su pertenencia a una colectividad más amplia" 10. Ahora bien, hemos visto que por varias razones de orden psicológico y sociológico, ciertos jóvenes adultos se encuentran en una fase de inestabilidad y fragilidad de identidad y en un proceso de fracasos repetidos. Para ellos, muy a menudo, toda acción que emprendan los conduce hacia los caminos sin salida. Estos fracasos reiterativos los designan, frente a su entorno social próximo y frente a ellos mismos como incapaces de llegar a un resultado positivo. Una vez asimilada, es muy difícil desembarazarse de esta imagen negativa de sí. 7
In Jeunes adultes délinquants et politique criminelle [Jóvenes adultos y la política criminal], Actas del 10° Coloquio Criminológico (1196), Comité Europeo para los Problemas Criminales, Indagación Criminológica, vol. XXX, Ediciones del Consejo de Europa, 1994, pág. 7. 8 Idem. 9 Montaigne, M. de, Ensayos (1580-1588), Obras completas, París, Gallimard, Bibliothèque de "La Pléiade", 1967, pág. 157. 10 Genève, M., "¿Para qué sirve la movilidad?", in Echanges et mobilité des jeunes en Europe [Intercambio y movilidad de los jóvenes en Europa], bajo la dirección de J. Kraus, UFCV, Documento del INJEP, n°20, abril, 1995, pág. 32.
Los profesionales que acompañan a estos jóvenes hacia la inserción han comprendido que hace falta extraer a los jóvenes de este entorno que les devuelve permanentemente esta "imagen deformada" que no genera más que desaliento, rebeldía y la búsqueda de otros medios de subsistencia más o menos lícitos, que los conduce a una marginación, e inclusive en algunos casos a la privación total de la libertad. "Ir a otra parte" implica practicar la movilidad, ir a buscar en otro entorno nuevos recursos, pero también concebir, construir y poner en marcha un nuevo proyecto. Esta "ruptura" es capital para romper con las experiencias negativas, al marcharse para construir un proyecto en otra parte. Para ciertos jóvenes dejar su entorno, inclusive si éste devuelve una imagen negativa de ellos mismos, no es una operación fácil, porque allí han construido sus vínculos, sus marcas de referencia, a veces pactos de "contra identificación" que los retienen en el barrio. De allí la importancia de efectuar un trabajo de comunicación orientado a estos jóvenes a fin de provocar en ellos un "clic", una toma de conciencia de los desafíos de una "ruptura" con su entorno. En el marco de un proyecto de movilidad, es el profesional quien deber preparar los jóvenes para la partida, estableciendo una relación de confianza, ayudándolos a construir un proyecto en adecuación con sus experiencias, deseos y objetivos. La ruptura es pues un "concepto eminentemente paradójico"11. Ella "designa a la vez la acción por la cual una cosa se rompe y el resultado de esta acción. En efecto, ella remite primero a un estado de constatación de una fractura de vínculos"12. Las intervenciones educativas que utilizan la ruptura como pedagogía consisten en ayudar al joven a reanudar estos vínculos rotos en el marco de un nuevo proyecto. La ruptura no debe entonces ser la comprobación de la fractura sino la capacidad de movilizar las energías para construir el vínculo social. Para hacer esto hace falta reunir el conjunto de los elementos que facilitan la transición de un estado al otro y definir un marco favorable donde los puntos de referencia y las reglas estén claramente definidas13. La pedagogía de la ruptura puede ser definida como sigue: -
11
La ruptura como nuevo comienzo: la ruptura es una reinversión de la experiencia en un nuevo rumbo. Trabajar sobre la ruptura es re-socializar. Es excluirse de un sistema para entrar en uno nuevo.
V. Safi Hadj Safi, « Bourse d’Echange Nationale : un programme d’insertion jeunes basé sur le principe de la rupture - Comprendre la rupture pour favoriser l’accompagnement et l’insertion des jeunes rencontrant des difficultés en lien avec ce processus » [Bolsa de Intercambio Nacional: un programa de inserción de jóvenes basado en el principio de ruptura: comprender la ruptura para favorecer el acompañamiento y la inserción de los jóvenes que encuentran dificultades con este proceso], Memoria de DESS "Concepción Realización Evaluación de Programas Inserción Joven" bajo la dirección del Sr. Juan Barnes, Universidad de París 13 Villetaneuse, octubre de 2000, pág. 17. 12 Idem. 13 Idem.
-
La ruptura del encadenamiento de fracasos: practicar la ruptura, es romper con la circularidad de un recorrido de fracasos vividos por el joven.
-
La ruptura como acto reflexivo: la ruptura no es un acto espontáneo. Exige una preparación flexible y rigurosa y pone el acento en un acto libre y maduramente reflexionado.
-
La ruptura como generadora de estabilidad: trabajar sobre la ruptura es trabajar la estabilidad de un individuo, por paradójico que esto pueda parecer.
Los profesionales están de acuerdo respecto a la necesidad de desarrollar los medios humanos y los materiales indispensables para la animación y la gestión de los recorridos de los jóvenes que han elegido practicar una ruptura con su entorno. Por último, he aquí cómo jóvenes voluntarios que han vivido esta ruptura describen lo que les ha aportado esta experiencia: - "Esto me ha permitido descubrirme a mí mismo fuera de mi medio habitual". - "Con este programa me ha vuelto mucho más independiente, autónomo y responsable". - "Gracias a esta experiencia, he logrado establecer una ruptura con mi familia, manteniendo al mismo tiempo el contacto con ella". - "He tenido la ocasión de descubrir otras ciudades, otras personas y aprender una lengua extranjera". - "Recuperé confianza en mí". - "La Bolsa me ha permitido de volver a comenzar sobre nuevas bases más positivas". Según una encuesta efectuada, a su regreso, a jóvenes que han participado, en Francia, al programa Bourse d’Echange Nationale14, el 33,3% opinaron que era muy importante practicar esta ruptura y el 66,6% que era indispensable. En el marco del SVE, se puede pensar que, para algunos de entre ellos, residentes de un país de la Unión pero originarios de otros países y por lo tanto a menudo enfrentados al problema de la identidad cultural, la movilidad y el descubrimiento de otro lugar podrá ser la ocasión: -
-
de tomar conciencia de que realmente pertenecen a la colectividad en que residen. Así, ciertos jóvenes provenientes de la inmigración magrebina en Francia y que han viajado en el marco de la Juventud por Europa, han vuelto diciendo "es la primera vez que tengo la impresión de ser francés"15. de tomar también conciencia de que forman parte de un espacio común europeo y de descubrir o reforzar su ciudadanía europea.
A este respecto, una antigua voluntaria del SVE que acogimos en nuestros primeros dos seminarios nos confió que el día en que tomó conciencia de formar parte de un programa de dimensión europea - que agrupaba a muchos otros jóvenes que 14 15
Programa de intercambios de jóvenes que funcionan en base a una red de ciudades francesas. Genève, M., "¿Para qué sirve la movilidad?", op. cit., pág. 33.
encontraban como ella dificultades y que vivían o habían vivido el mismo tipo de experiencia de movilidad se sintió mucho más motivada. Vencer la ruptura social por la ruptura geográfica y cultural, tal nos parece ser una de las piedras angulares de la lucha contra la exclusión de los jóvenes. El programa SVE debe permitir demostrarlo. Es evidente que no se trata de enviar "a cualquiera, de cualquier manera" a una ciudad extranjera durante un lapso variable. Por un lado, no todos los jóvenes tendrán el deseo ni la capacidad de partir; por el otro, las modalidades de acompañamiento deben ser seriamente analizadas. Volveremos a estos dos aspectos esenciales en nuestro último capítulo. Sin embargo ya podemos pensar que si todas las condiciones de éxito están reunidas, "tales estadías en el extranjero deberían permitir al joven o al menos a ciertos jóvenes reconstruir para sí una imagen propia positiva", como por otra parte lo consideraba la Comisión desde el comienzo del programa. Esto, además de adquirir nuevas competencias sociales y/o profesionales y aprender una lengua extranjera. 2.2.2. La ruptura "acompañada" como pena alternativa al encarcelamiento En lo que concierne más específicamente a los jóvenes adultos en dificultad que han tenido que ver con la policía y la justicia, nos parece que allí también el SVE podrá ser, en ciertas situaciones bien definidas, muy benéfico tanto para el joven como para la colectividad. En todos los casos nos animan a considerarlo dos razones principales que se agregan a las que hemos mencionado para el conjunto de los jóvenes en gran dificultad, sean o no delincuentes. La primera entre ellas concierne a la importancia de la reincidencia entre los jóvenes condenados. Efectivamente, como lo ha demostrado la Sra. Junger-Tas en su estudio realizado sobre el conjunto de la comunidad, "cuanto más joven es un individuo en el momento de su primera condena, tanto más numerosas serán las nuevas condenas. Así, de los condenados antes de poder ser considerados como jóvenes adultos, dos tercios serán condenados nuevamente en los diez años siguientes. Por otro lado, la parte de delitos cometidos por los reincidentes parece aumentar con la edad"16. Podemos interrogarnos sobre las causas reales de la reincidencia: ¿es la edad en cuanto tal la que determina el riesgo de reincidir o es el medio carcelario en el que se encuentran los jóvenes delincuentes? Dicho de otra manera, la prisión ¿no es propicia a aumentar este sentimiento de rebelión, de desafío, de incomprensión y de impotencia frente al sistema político y jurídico?
16
Junger-Tas in Jeunes adultes délinquants et politique criminelle [Jóvenes adultos delincuentes y política criminal], actas del 10° Coloquio Criminológico (1991), Comité Europeo para los problemas criminales, Indagación Criminológica, vol. XXX, Les éditions du Conseil de l' Europe, 1994, pág. 55.
Esto nos lleva a la segunda razón que evocamos para apoyar nuestro proyecto de hacer participar también del SVE a ciertos jóvenes que tienen un pasado judicial. Se trata de la sobrepoblación de las prisiones17 y por consiguiente de la necesidad de encontrar soluciones alternativas al encarcelamiento para ciertos casos precisos de condena. Según las fuentes del Consejo de Europa18, numerosos países europeos se enfrentan hoy a la sobrepoblación de sus establecimientos penitenciarios. Así, en 1997, Suecia contaba con el 4% de los establecimientos sobrepoblados, Dinamarca con el 10%, Finlandia con el 12% y los Países Bajos con el 23%. En Irlanda, Francia, Bélgica, Inglaterra y el país de Gales, Italia y España del 50 al 75% de los establecimientos estaban sobrepoblados y esta tasa se elevaba al 80% en el caso de Portugal. Estos datos bastan para imaginar los efectos extremadamente negativos que pueden tener estas situaciones en las condiciones de vida y por consiguiente en la salud física y mental de los detenidos. En todos los casos éstas condujeron al Comité de Ministros del Consejo de Europa a adoptar el 30 de setiembre de 1999, en el marco de la Recomendación R (99) 22 sobre "la sobrepoblación de las prisiones y la inflación carcelaria", los artículos siguientes: [...] 23. Convendría favorecer el desarrollo de medidas que permitan reducir la duración efectiva de la pena purgada, prefiriendo las medidas individualizadas, tales como la liberación condicional, a las medidas colectivas de gestión de la sobrepoblación carcelaria (gracias colectivas, amnistías). 24. La liberación condicional debería ser considerada como una de las medidas más eficaces y más constructivas que no solamente reducen la duración de la detención sino que contribuyen también de manera no despreciable a la reintegración planificada del delincuente en la comunidad. 25. Para promover y extender el recurso a la liberación condicional, haría falta crear en la comunidad las mejores condiciones de sostén y ayuda al delincuente así como de supervisión del mismo, en particular con vistas a conducir las instancias judiciales o administrativas competentes a considerar esta medida como una opción válida y responsable. 26. Los programas de tratamiento eficaces en el curso de la detención así como de control y de tratamiento después de la liberación deberían ser concebidos y aplicados de modo de facilitar la reinserción de los delincuentes, de reducir la reincidencia, de afianzar la seguridad y la protección del público y de incitar a los jueces y fiscales a considerar las medidas destinadas a reducir la duración efectiva de la pena por purgarse así como las sanciones y las medidas aplicadas en la comunidad, como opciones constructivas y responsables.
La libertad condicional no es más que una de las alternativas posibles y esto hace que de unos años a esta parte se vean los modelos clásicos de sanciones 17
La "sobrepoblación" es la inadecuación en una instancia t, entre el número de detenidos y la capacidad de "recepción" de las prisiones. Cf. Tournier, P-V., "Prisons d´Europe, inflation carcérale et surpeuplement" ["Prisiones de Europa, inflación carcelaria y sobrepoblación"], marzo de 2000, Informe en el Consejo de Europa, La sobrepoblación de las prisiones y la inflación carcelaria, recomendación n° R (99) 22, adoptada por el Comité de Ministros del Consejo de Europa el 30 de setiembre de 1999. 18 Fuente: Consejo de Europa, La sobrepoblación de las prisiones y la inflación carcelaria, recomendación n° R (99) 22, adoptada por el Comité de Ministros del Consejo de Europa el 30 de setiembre de 1999.
sustituidos por modelos nuevos que dan un sentido diferente a la intervención penal. En lo concerniente a los jóvenes adultos, estas alternativas son particularmente importantes. Para ellos, en efecto, las penas de prisión no parecen constituir la reacción mejor adaptada, y en la mayoría de los casos son otros tipos de intervención los que parecen constituir la mejor elección. El SVE podría formar parte de éstos con la condición de que el perfil de los jóvenes voluntarios esté bien definido, que los profesionales encargados de su seguimiento hayan recibido la formación adecuada y que las diferentes partes implicadas en el programa logren perfectamente trabajar en conjunto. Estos son los puntos sobre los cuales volveremos así mismo en el cuarto capítulo de este estudio. Por ahora es importante incitar a los diferentes gobiernos nacionales y las instancias europeas a reunir todos sus esfuerzos para continuar desarrollando las medidas de prevención o de política criminal19 con el fin de responder a la necesidad legítima de inserción de los jóvenes en gran dificultad. El SVE organizado, tal como lo proponemos en este estudio, puede ser una de estas medidas. La cuestión del estatuto de los jóvenes voluntarios en la Unión Europea no hará más que confirmar la importancia y la urgencia de hacerlo efectivo. 2.3.
El estatuto de voluntario: un debate esencial que debe continuar 2.3.1. Hacia un mejor reconocimiento de un estatuto20 de voluntario
Otro obstáculo que pueden encontrar los jóvenes a quienes deseamos dar la posibilidad de participar en el SVE, reside en la ausencia de un verdadero estatuto de voluntario en los diferentes Estados miembros. Este obstáculo concierne a todos los jóvenes adultos, cualquiera sea su perfil. Dificultad para obtener una visa, un permiso de estadía o el reembolso de cuidados médicos, falta de reconocimiento de la experiencia vivida: tales son los tipos de problemas que se plantean hoy a los participantes del SVE. Por lo tanto, aunque el voluntariado esté ampliamente extendido en los medios asociativos de todos los países de Europa y que el año 2001 haya sido declarado "Año del Voluntariado" por las Naciones Unidas, al estatuto de voluntario le cuesta mucho trabajo abrirse paso en las diferentes legislaciones nacionales de la Unión europea. Hoy en día, solo España ha legislado sobre el estatuto de voluntario con la ley 6/1996 del 15 de enero de 199621. 19
Retomamos la definición de la política criminal propuesta por Mireille Delmas-Marty in Modèles et mouvement de politique criminelle [Modelos y movimiento de política criminal], París, 1983, Ed. Economica, pág.13, a saber: "el conjunto de los procedimientos por los que el cuerpo social organiza las respuestas al fenómeno criminal". 20 El estatuto es un conjunto de disposiciones legales y reglamentarias que definen la situación jurídica de un grupo de personas.
Esta ley cubre las diferentes actividades y organismos españoles públicos y privados embarcados en el desarrollo del voluntariado. Ella se inspira en parte en las recomendaciones enunciadas en la "Carta Europea para los voluntarios" y en la "Declaración Universal para el Voluntariado" de 1990. Allí, el concepto de voluntariado está allí definido como "el conjunto de actividades de interés general, desarrolladas por individuos que no sean funcionarios públicos. Estas actividades no deben estar sujetas a ningún contrato de trabajo o de comercio y a ninguna remuneración". Los derechos que este estatuto confiere a los voluntarios son los siguientes: -
-
En toda la duración del servicio, derecho a recibir información, orientación y apoyo para la realización de tareas impartidas; Derecho a un trato no discriminatorio, respetuoso de la vida, de la libertad, de la dignidad, de las creencias; Derecho a participar activamente en la organización (preparación, ejecución y evaluación) del servicio voluntario; Derecho a estar asegurado contra los riesgos de accidentes y de enfermedades que podrían provenir directamente del servicio voluntario; Derecho a recibir el reembolso de todos los gastos realizados durante la ejecución de las tareas voluntarias, de ser portador de una acreditación de su estatuto de voluntario y de gozar de las condiciones satisfactorias de seguridad y de higiene donde se cumple el servicio; Ser tratado con respeto, en reconocimiento del valor de su contribución a la sociedad.
Es interesante notar que el artículo 3 de esta ley (§ 4) prevé la "extensión de todos estos derechos a los voluntarios ocupados en un servicio en el extranjero". España presidirá la Unión Europea a partir de enero de 2002 y una conferencia internacional sobre el voluntariado tendrá lugar en Madrid en esta misma fecha. Por lo tanto se puede esperar que esto permita acelerar el proceso de legalización del voluntariado en los otros países europeos. 2.3.2. Los puntos sobre los que hay unanimidad Los diferentes aportes, contribuciones e informes en el ámbito del servicio voluntario son unánimes sobre los puntos siguientes: -
21
El trabajo de un "voluntario" se caracteriza por el hecho de que no se asemeja a un trabajo asalariado, en consecuencia no da lugar a un salario, ni a una ganancia, ni fija una duración en términos de número de horas obligatorias trabajadas ni da derecho a una seguridad social.
Nos apoyamos aquí en el estudio bien documentado de Annika López Lotson, cuyas conclusiones principales se publicaron en el boletín Voluntar-e-news n°2 de la Association of Voluntary Service Organisations (AVSO) en mayo de 2001. Hasta agosto de 2001, Annika López Lotson era ella misma voluntaria en el seno de la AVSO, en Bruselas.
- Es necesario encontrar un marco legal para el estatuto de voluntario en el nivel europeo, así como existe un estatuto para los estudiantes, los trabajadores asalariados, para los jóvenes "au pair" *. - Es importante no regular excesivamente el campo del voluntariado porque el costado de creatividad, iniciativa, flexibilidad, adaptabilidad se perdería rápidamente. En fin, una campaña sobre el Servicio Voluntario es conducida este año por varios organismos entre los que están el CCIVS (Centro Comunitario Internacional para el Servicio Voluntario) y la Association for Voluntary Service Organisations (AVSO)22. Este proyecto ha destacado seis temas principales, que estarán en el centro de las discusiones a lo largo de todo este año: - La movilidad con una atención particular al problema de las visas, - El estatuto jurídico del voluntariado, - Los voluntarios y el Movimiento por la paz, - El regreso de los voluntarios que han cumplido una larga estadía, - El acceso al Servicio Voluntario, muy particularmente para los jóvenes en gran dificultad, - Los intercambios y la colaboración inter-regionales 2.2.3. Recomendaciones de los actores europeos y del Foro Europeo para la Seguridad Urbana Lo que reclaman finalmente los actores europeos implicados en acciones de voluntariado, de las que el Foro Europeo para la Seguridad Urbana forma parte, es un conjunto de disposiciones legales y reglamentarias muy concretas que definan la situación jurídica de los voluntarios. Postulan de ese mismo modo que el hecho de dar un estatuto jurídico al voluntariado, acarreará en su rastro su reconocimiento social. Así se perfilan dos dimensiones del estatuto del voluntario: una jurídica que dé un marco legal a las actividades puestas en marcha por el voluntario; otra social que reconozca el importante papel de utilidad pública. a) Dimensión jurídica La cuestión fundamental es interrogarse sobre la naturaleza del marco legal que debe cubrir las actividades del voluntario sin institucionalizar ni formalizar demasiado al voluntariado.
*
N. Del T.: Que viven con una familia a la que prestan algunos servicios –como cuidar a los niños o dar clases de idioma- o trabajo a cambio de alojamiento y comida, sin salario. 22 Conviene subrayar que la AVSO lucha activamente, desde hace muchos años, por la promulgación de una ley europea que reconozca el estatuto de voluntario.
Así pues los actores se inclinan por la promulgación de una ley europea, que dé un estatuto jurídico y un reconocimiento social y académico al voluntariado (validación de las experiencias profesionales, por ejemplo). Esta ley debe obligatoriamente ser adoptada por todos los países miembros (especialmente los servicios diplomáticos y administrativos) de la Unión Europea. Los actores se interrogan así mismo sobre la necesidad o no de una ley en el nivel nacional en cada Estado miembro, como existe ya en España. Visas Uno de los efectos prácticos de una ley europea sería la creación de una visa de voluntario tal como existe ya una visa para estudiante, joven au pair... La obtención de una visa en ciertos países, y para ciertas categorías de la población, prueba ser a veces muy difícil, porque el Servicio Voluntario no forma parte de la lista de las prioridades para la entrega de visas, de lo cual surgen las siguientes propuestas: el Servicio Voluntario debe ser reconocido como una actividad legal, tal como la de estudiante o de persona au pair, para la cual se concede una visa de derecho; Permiso de estadía Otra consecuencia práctica de una ley sobre el voluntariado sería la obtención de un permiso de estadía. Figurará con sus propias prerrogativas junto a los otros estatutos (no es un trabajador, ni un estudiante, ni un pasante ni una persona "au pair"). Propuesta: el Servicio Voluntario debe ser un título legal cabal a los fines de un permiso de estadía. Seguridad - Las actividades deben desarrollarse en el marco legal del voluntariado internacional lo que da lugar a una seguridad, un entorno higiénico y seguro. Estas actividades contribuyen al bien común en el marco de las organizaciones reconocidas. - El joven voluntario debe igualmente poder ser tributario: - de un seguro que cubra la enfermedad y los accidentes; - de un seguro civil (third party liability). Impuestos Se exige al igual que en los otros casos de expatriación: -
-
la exoneración de las tasas sobre los subsidios para los jóvenes en grande o en muy grande dificultad, o incluso de origen modesto, que las asignaciones familiares y toda otra ayuda a las familias de los jóvenes no sean suprimidas, porque esto provoca en general su no-adhesión al proyecto del joven. En otras palabras, ningún obstáculo financiero debe impedir emplearse a los jóvenes, especialmente, los más desprovistos.
b) Dimensión social Los actores piden que los siguientes puntos relativos al voluntario sean respetados: -
La dignidad y la integridad de su persona La flexibilidad, la adaptabilidad de su trabajo La expresión de su creatividad, de su libertad política y religiosa La expresión y la propagación de sus ideales, de su filosofía, de su creatividad El acceso y el reconocimiento de la diversidad de su cultura, de su experiencia, de su origen.
Esto debe constituir uno de los principios de base para una animación y una gestión (management), base de toda regulación nacional e internacional del servicio voluntario. -
La ley debe promover el reconocimiento social: la plusvalía, la utilidad del servicio voluntario
-
La ley debe también comprender medidas administrativas y distinciones de calidad para las asociaciones y organizaciones que reciban y envíen a jóvenes voluntarios.
Naturaleza no-económica (sus actividades generan una economía solidaria): -
No confundir el estatuto de asalariado y el de voluntario (obligaciones, órdenes...) Falta de reciprocidad entre el trabajo y los subsidios percibidos por los voluntarios Su trabajo es gratuito y contribuye al bien común, le permite así mismo adquirir cierta madurez social y personal (ciudadanía) Su trabajo se basa en una decisión libre, sobre el libre albedrío, no es remunerado, ni motivado por un deber personal y sin límite legal. 2.3.4. El punto de vista de la Unión Europea
En el nivel de las instancias de la Unión Europea, existe desde varios años una voluntad real de llegar a un marco legal del voluntariado que pueda ser reconocido por el conjunto de los Estados miembros. Ya en 1995 la Comisión había elaborado una comunicación sobre el papel fundamental de los organismos de voluntariado y reconocido la importancia política, social y económica de las acciones desarrolladas por los voluntarios. En 1999 el Centro Europeo para el Voluntariado pidió el apoyo de todos los interesados para que la acción del voluntario sea reconocida como una acción ciudadana. En Europa, entre las manifestaciones previstas para festejar el año del voluntariado, se celebró en Bruselas el "Foro de la Convención sobre el Voluntariado de la Juventud Europea" el 21 de mayo de 2001. Así mismo, tuvo lugar una semana de "acciones para el voluntariado" del 6 al 13 de agosto de 2001 y, como lo hemos
dicho, esta manifestación se clausurará con un simposio en enero de 2002 en Madrid. Adoptado por la Comisión en 1996, el Libro Verde "Educación, Formación, Investigación: Los Obstáculos en la Movilidad Transnacional" debía, por otro lado, constatar la existencia de obstáculos para la movilidad. Así pues, "la diversidad de los estatutos, en los Estados miembros, de los estudiantes, de las personas en formación, de los docentes y de los formadores, especialmente en relación con las disposiciones en materia de derecho de estadía, de derecho de trabajo, de seguridad social o impositiva, constituye un obstáculo para la movilidad", así mismo, "el hecho de no reconocer la especificidad del Servicio Voluntario Europeo constituye una traba en la movilidad de los jóvenes voluntarios"23. El Libro Verde proponía a este respecto una serie de vías de acción para eliminar estos obstáculos; éstas han sido ampliamente aprobadas en el marco de los debates que han sido organizados sobre este tema en todos los Estados miembros, pero desgraciadamente aún no han sido puestos en marcha. Sin embargo, en respuesta a los reclamos y a las propuestas precisas de los actores europeos, el Parlamento Europeo y el Consejo han presentado una propuesta de recomendaciones24, basada en los artículos 149 y 150 del Tratado y que persigue los siguientes objetivos: -
obtener de los Estados miembros que supriman los obstáculos importantes que aún subsisten, a pesar del progreso comunitario, en materia de libre circulación de los estudiantes, de las personas en formación, de los jóvenes voluntarios, de los docentes y de los formadores.
-
invitar a los Estados miembros a introducir estrategias tendientes a integrar el aspecto de movilidad transnacional con el fin de fomentar esta en sus políticas nacionales aplicadas a los grupos a los que apunta esta recomendación.
La segunda enmienda de esta Propuesta indica que "la movilidad de los (...) jóvenes voluntarios (...) sea ella ejercida en el marco de los programas comunitarios o fuera de estos se inscribe en el marco de la libre circulación de las personas; esta es una de las libertades fundamentales protegidas por el tratado CE; el derecho de libre circulación y el derecho de estadía son por lo demás reconocidos a todo ciudadano de un Estado de la Unión por el artículo 18 del tratado CE"25.
23
In Proposición modificada de la "Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo respecto a la movilidad en la comunidad de los estudiantes, las personas en formación, los jóvenes voluntarios, los docentes y los formadores", Bruselas, 5 de octubre de 2000, Comisión de las Comunidades Europeas, 11ª enmienda. 24 Proposición modificada de la “Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo respecto a la movilidad en la comunidad de los estudiantes, las personas en formación, los jóvenes voluntarios, los docentes y los formadores", Bruselas, 5 de octubre de 2000, Comisión de las Comunidades Europeas. 25 Idem.
Por otra parte, "convendría permitir a los naturales de otros países, instalados legalmente, que participen en un programa comunitario tal como Juventud, gozar de las disposiciones del avance comunitario en materia de libre circulación y de igualdad de trato (...)"26 pero así mismo "conceder una atención particular a las necesidades de los grupos más desfavorecidos y los más vulnerables"27. De una manera más general, se dice que "aquellos que tratan de ejercer una movilidad en los ámbitos de la educación, de la formación y de la juventud, y en particular los estudiantes, las personas en formación, los voluntarios y los docentes y formadores, son a menudo desalentados por los muchos obstáculos que encuentran, como lo prueban las peticiones que dirigen al Parlamento europeo; en este contexto, la acción de la Unión Europea debe responder a las aspiraciones de sus ciudadanos en términos de movilidad en materia de educación y de formación"28. Después de considerar estas declaraciones, el Parlamento europeo y el Consejo recomiendan a los Estados miembros: -
"tomar las medidas que juzguen apropiadas para quitar los obstáculos jurídicos y administrativos de la movilidad de las personas que deseen emprender en otro Estado miembro (...) una actividad de voluntariado (...) en el marco de los programas comunitarios o fuera de estos"29;
-
"tomar las medidas que juzguen apropiadas con el fin de quitar los obstáculos a la movilidad de los naturales de otros países que, en el marco de un programa comunitario, (...) participen en una experiencia de voluntariado (...)"30;
-
"reconocer que el voluntariado constituye una actividad sui generis que nos puede, en cuanto tal, ser asimilada a otras categorías de actividades; reconocer en especial que el Servicio Voluntario Europeo es una actividad diferente de un empleo remunerado; tomar las medidas que juzguen apropiadas para que las disposiciones legislativas y administrativas nacionales tomen en cuenta esta especificidad"31;
-
"fomentar, en el Estado miembro originario, el reconocimiento de la actividad de voluntariado realizada en el Estado miembro receptor en cuanto proyecto de educación informal, por la vía de una certificación de participación de las personas en los proyectos de voluntariado, de modo de favorecer el reconocimiento de los conocimientos adquiridos, conforme al objetivo de un modelo europeo común de curriculum vitae, como el enunciado por el Consejo Europeo de Lisboa"32;
26
Idem, 17ª enmienda. Idem, 13ª enmienda. 28 Idem, 12ª enmienda. 29 Idem, Medida 1.a. 30 Idem, Medida 1.h. 31 Idem, Medida 4.a. 32 Idem, Medida 4.b. 27
-
"tomar las medidas que juzguen apropiadas para que las instituciones de seguridad social del Estado miembro originario extienda el formulario E 111 para toda la duraciĂłn de la actividad de voluntariado"33;
-
finalmente "tomar las medidas que juzguen apropiadas para evitar que las actividades de voluntariado sean asimiladas a una actividad remunerada de naturaleza asalariada o no asalariada, especialmente evitar que el subsidio del voluntario, asĂ como el alojamiento y la comida, sean sometidos a deducciones impositivas"34.
Es muy reconfortante saber que todas las diferentes enmiendas y medidas antes citadas fueron retenidas por la ComisiĂłn el 5 de octubre de 2000. Resta hacerlas efectivas.
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Idem, Medida 4.c. Idem, Medida 4.f.