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UNA SOCIEDAD

EN ARMONÍA CON SU ENTORNO

RESIDUOS Definición El objeto de este estudio es establecer de la forma más gráfica y concisa posible una fotografía de la situación de navarra en lo que a residuos se refiere. La Ley 42/1975) define como residuo a todo material resultante de un proceso de fabricación, transformación, utilización, consumo o limpieza, que su poseedor o productor lo destina al abandono. La OCDE lo define como el producto de desecho sólido, liquido y gaseoso generado en actividades de producción y consumo, que ya no poseen valor económico por la falta de tecnología adecuada que permita su aprovechamiento o por la inexistencia de un mercado para los posibles productos a recuperar . A la hora de acotar el ámbito de análisis del presente documento, tomaremos como guía el Plan Integrado de Residuos de Navarra en su definición de las corrientes de residuos que engloba, y a partir de ahí trataremos de reflejar la situación que para cada corriente tiene en la actualidad navarra. La utilización de esta guía como referencia implica una posterior lectura crítica y un contraste de datos de cara a obtener una visión lo más objetivos posibles. El Plan integra la planificación de 11 corrientes de residuos, - Residuos Urbanos (RU) - Residuos peligrosos (RP) - Vehículos fuera de uso (VFU) - Neumáticos fuera de uso (NFU) - Pilas y acumuladores - Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE)

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