NOTA EJECUTIVA 2018 Asunto:
I.
24 de julio del Queja iniciada por la señorita Aislinn González Castrejón, conocida con el nombre artístico de Aislinn Derbéz (“Aislinn”) ante el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (“CONAPRED”), por la probable comisión de prácticas discriminatorias por Frabel, S.A. de C.V., cuyo nombre comercial es L’Oréal (“L’Oréal”).
Antecedentes.
1. El 17 de junio del 2016 Aislinn celebró con L’Oréal contrato de cesión de imagen y prestación de servicios artísticos (“Contrato L’Oréal”), cuyo objeto la línea de productos para la belleza del cabello, piel y maquillaje, exclusivamente. El contrato es vigente hoy y concluye al cierre de agosto del 2018 y ha sido incumplido por L’Oréal. En dicho contrato, no se pactó en favor de L’Oréal derecho de exclusividad alguno para la no asociación de la imagen de Aislinn a productos de higiene íntima. 2. En diciembre del 2016 L’Oréal se opuso, tajantemente, a que Aislinn asociara su imagen a productos de higiene íntima, al conocer que Aislinn negociaba un contrato con Saba, aduciendo que “nunca han compartido a sus embajadoras” y que “Saba siempre se las quiere ganar”. Aislinn insistió en que con dicha asociación no incumplía de manera alguna el Contrato L’Oréal, pues ser imagen de la empresa que produce toallas íntimas (Categoría respecto a la cual no existía y no existe exclusividad, en términos del contrato), en su concepto, no representaría detrimento alguno a la imagen de la marca L’Oréal. Sin embargo, ésta última adujo que no permitiría que su imagen de belleza se asociara con productos de higiene íntima, los cuales debido a su naturaleza no son compatibles con los que L’Oréal maneja, puesto que se dedican a la promoción de productos de belleza encaminados a enaltecer la feminidad y hermosura de la mujer, de su cabello y de su cara, lo cual no se ve reflejado con productos relacionados con la menstruación, dando a entender que la menstruación es algo que se presume sucio o desagradable, pese a que es algo natural propio de la mujer”.
II.
Queja ante la CONAPRED.
1. Por escrito presentado el 22 de noviembre del 2017 Aislinn promovió queja (“Queja”) ante CONAPRED, por la probable comisión de prácticas discriminatorias por la empresa L’Oréal. Aislinn argumentó en la Queja, fundamentalmente, que al no permitírsele asociar su imagen con productos de higiene íntima por no considerar L’Oréal dicha asociación digna y decorosa, ésta última creaba un estereotipo indebido, degradante y violatorio al derecho fundamental de Aislinn (y de todas las de su género) de no ser discriminada, además de haberla hecho sentir denigrada como persona.
2 Al negarle L’Oréal autorización a Aislinn para asociar su imagen a productos de higiene íntima, por no querer vincular en forma alguna sus productos con la menstruación, está sosteniendo implícitamente que esto último es algo “sucio” o “desagradable”, pese a que es algo natural y propio de la mujer, pretendiendo L’Oréal, con ello, que su “embajadora”, Aislinn, sea “una mujer perfecta” que no sea como cualquier otra mujer, lo que constituye, en sí mismo, violencia de género. 2. Por resolución de 19 de febrero del 2018 CONAPRED admitió a trámite la Queja , radicándola bajo el expediente CONAPRED/DGAQ/0220/DQ/18/1/CDMX/Q0220. 3. En relación con la postura de L’Oréal en el sentido de que “…la cláusula de exclusividad por la que la Sra. Derbez no podía representar a otra marca de belleza o higiene se rompió y decidimos separarnos…”, se precisa que (i) Aislinn no decidió de manera alguna “separarse” de la marca, sino que fue la propia L’Oréal, de manera unilateral, la que demandó la recisión del Contrato de manera injustificada, sin sustento legal ni probatorio; y, (ii) en el Contrato L’Oréal no se pactó en favor de L’Oréal exclusividad alguna para la no asociación de la imagen de Aislinn a productos de higiene íntima; dichas manifestaciones de L’Oréal son falsas. III.
Noticia y contacto de prensa.
1. Aislinn, lastimada en su esencia, se asesoró con los abogados Cervantes Sainz, S.C. y puso en ellos su confianza en que se hará justicia. 2. El caso, en todas sus vertientes (mercantil, administrativo y penal), está en las manos de los abogados de Aislinn; ella confía en la justicia mexicana sin reserva alguna. 3. Para cualquier cuestión relacionada con lo anterior contactar al abogado Luis Alfonso Cervantes Muñiz al 9178-50-44. _________________________