Pregunta 4

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Ecuador, 21.03.2011

el ciudadano

Referéndum

El Consejo de la Judicatura ni siquiera ha sido capaz de cambiar a los actuales jueces por titulares, en casi tres años de existencia del organismo”

elciudadano.gob.ec

RAFAEL CORREA, Presidente de la República.

PREGUNTA 4 ¿Está usted de acuerdo en sustituir al actual Pleno de la Judicatura por un Consejo de la Judicatura de Transición , conformado por tres miembros elegidos: uno por la Función Ejecutiva, otro por el Poder Legis-

lativo y otro por la Función de Transparencia y Control Social, para que, en el plazo improrrogable de 18 meses, ejerza las competencias del Consejo de la Judicatura y reestructure la Función Judicial, como lo establece elanexo 4? EL PRESIDENTE OPINA… ¿Qué hace el anexo 4? Actualmente hay un Consejo de la Judicatura de nueve miembros que no han hecho nada, y se propone este Consejo de Transición de tres miembros representantes de la Presidencia, la Asamblea y la Función de Transparencia. Lo que queremos hacer con esta Comisión por 18 meses basados en evaluaciones, auditorías y concursos públicos de meritocracia, es reemplazar a malos jueces, poner más tribunales y el pueblo será testigo si hacemos en función de nuestros intereses o de la Patria.

¿Es cierto que el Gobierno tendrá el control de la administración de justicia?

¡NO, NO ES ASÍ!

DESAFÍO. El Consejo de la Judicatura tiene el reto de reorganizar la Función Judicial para designar a jueces probos y combatir la corrupción

La reestructuración del CJ mejorará la aplicación de la justicia

Absolutamente no. Lo que se propone es la creación de un órgano transitorio de administración y gobierno de la Función Judicial, que estará conformado por un delegado de la Función Ejecutiva, uno del Legislativo y uno de la Función de Transparencia y Control Social. Este organismo, durante 18 meses (improrrogables), ejercerá las competencias del Consejo de la Judicatura e impulsará la reestructuración de la Función Judicial. El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social deberá asegurar que los miembros del nuevo Consejo de la Judicatura estén designados antes de que se termine el mencionado plazo.

El análisis

El Consejo de la Judicatura ha sido ineficaz a la hora de implementar un verdadero proceso de modernización del sistema judicial y designación de jueces probos OC/ elciudadano@gob.ec

L

as falencias en la administración de justicia se reflejan en los dramas humanos cotidianos. Detrás de los 1,2 millones de procesos retrasados en las distintas judicaturas del país, están cientos de miles de ciudadanos usuarios de este servicio público, que esperan que se haga justicia en sus problemas diarios, en el reconocimiento de sus derechos, en la aplicación recta y ágil de la ley. Según datos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, del total de causas retrasadas o represadas, alrededor de 180 mil son juicios por alimentos, es decir, juicios que se presentan para que, a los niños, se les reconozca una pensión que asegure sus condiciones básicas de vida, subsistencia, alimentación, educación, cuidado y salud. Pero, a estas causas, se suman las miles de reclamaciones laborales, civiles, de inquilinato, tránsito y penales en las que los ciudadanos esperan justicia. La lentitud y acumulación de juicios y muchos de los problemas que atraviesa la justicia son la consecuencia de las dificultades que ha tenido el Consejo de la Judicatura para implementar un

La Judicatura defiende su trabajo El presidente del Consejo de la Judicatura, Benjamín Cevallos, prefirió no conceder una entrevista al diario gubernamental el ciudadano. Sin embargo, en entrevistas con medios públicos y privados, comentó millones de juicios que, por ser un Consejo de transición, el retrasados actual organismo tuvo muchas limitaciones para aplicar las peticiones y recomendaciones expuestas por diferentes sectores para que mejorara su labor. Indicó que la lucha contra la inseguridad trasciende mil procesos por de los jueces y nace desde la sociedad, poalimentos están licía y fiscales. También aseveró que no va represados a permitir que se meta mano en la justicia. «No hace mucho hubo un tsunami que ha causado desastres en Japón y aquí hay un pequeño tsunami jurídico. Mientras yo esté aquí como representante de la Función Judicial no permitiré que se meta mano en la justicia. Que lo haga la trilogía que viene, sea la Santísima Trinidad que son tres personas distintas en un solo Dios verdadero, pero yo no lo haré jamás», manifestó Benjamín Cevallos en declaraciones a la televisora Canal Uno.

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verdadero proceso de modernización del sistema judicial, designación de jueces probos, capacitación a funcionarios, infraestructura física e implementación de nuevos juzgados que despachen ágilmente los procesos. El actual Consejo de la Judicatura es un órgano de transición. Sin embargo, ha permanecido en

funciones por varios años, tiempo suficiente para verificar que un órgano de gobierno de nueve miembros vuelve lenta y engorrosa la toma de decisiones. Por esta razón, el Gobierno Nacional propone una solución de Estado, es decir, la composición de un Consejo de transición, con la participación del Ejecutivo, Le-

gislativo y el Consejo de Transparencia y Control Social. El problema estructural de la justicia no es un asunto aislado de los poderes públicos, comenta Carlos Baca, experto en derecho constitucional. «Se requiere urgentemente dotar al sistema judicial de jueces probos, que ingresen por méritos y a través de concurso», indicó. Con ello se garantizará que los litigios se ventilen de manera ágil. Así también se podrán reformar los procedimientos para abandonar el excesivo formalismo y ritualidad; dotar de infraestructura básica para el desarrollo de audiencias y atención al público; evaluar a los jueces, fiscales y funcionarios judiciales; capacitar de forma permanente a todos los estamentos de la Función Judicial, y desarrollar un eficiente sistema de rehabilitación social. Para garantizar la transparencia e imparcialidad en el proceso de reestructuración de la Función Judicial, el anexo 4 de la pregunta cuatro de enmienda constitucional, referente al artículo 20 del régimen de Transición, establece que los miembros del Consejo de la Judicatura transitorio y sus respectivos alternos, estarán sometidos a juicio político. Además, el Consejo temporal tendrá todas las facultades establecidas en la Constitución.

“SE BUSCA EVITAR QUE SE AGRAVE LA DELINCUENCIA” CARLOS BACA MANCHENO, experto en derecho constitucional

Varios sectores identificados con la oposición sostienen que la pregunta 4 es inconstitucional porque aparentemente se estaría alterando la estructura institucional del Estado, pero eso no es así. Con esta pregunta se está proponiendo una modificación en la composición de una de las instituciones que forman parte la Función Judicial: el Consejo de la Judicatura. Los otros estamentos que integran este Poder del Estado son la Corte Nacional, la Fiscalía General del Estado, la Defensoría Pública y los sistemas notariales. Se debe considerar que la independencia judicial está plenamente garantizada por la Constitución, en su potestad de administrar justicia, aspecto que no se modifica con la pregunta, sino únicamente la composición de uno de sus órganos, para darle agilidad y respuestas eficientes a la ciudadanía.


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