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Ariel Torres: “Los derechos fundamentales de los ciudadanos cobijados bajo la Segunda Enmienda de los Estados Unidos se tienen que respetar”
(Trujillo Alto, PR / 22 de junio de 2023) – El presidente de la Corporación para la Defensa del Poseedor de Licencia de Armas de Puerto Rico (CODEPOLA), Ariel Torres Meléndez, aseguró hoy que la decisión siglo- del estado de Nueva York sobre la tenencia de armas envía un claro mensaje al gobierno y la Legislatura de Puerto Rico, de que “los derechos fundamentales que tienen los ciudadanos bajo la Segunda Enmienda de los Estados Unidos se tienen que respetar”. Por otro lado, afirmó que esta decisión también le envía un mensaje directo al Secretario de Educación, Eliezer Ramos Parés, en su intento de revocar la Carta Circular vigente desde el año 2014, mediante la cual se permite a los maestros y empleados del Departamento a portar sus armas de fuego de forma oculta y no ostentosa. Evidencia del buen juicio por parte de los maestros entrenados, con licencia de armas que portan sus armas y “nunca se han suscitado” incidentes dentro de los planteles escolares. Los ciudadanos de Estados Unidos tienen el derecho a portar armas en público. Eso reafirmó la Corte Suprema en una decisión histórica que evitará que los estados restrinjan a las personas de hacerlo con normativa propia. El fallo por votación de 6-3 anuló una ley del estado de Nueva York que requería que una persona demostrara que tenía necesidades legitimas de defensa personal para recibir un permiso de portación de armas.
“A los legisladores, esta decisión judicial les advierte que no se pongan a inventar enmiendas en contra de los ciudadanos decentes, dejándolos desprovistos frente a los criminales. Creo, es el momento de que el gobierno cree medidas efectivas para trabajar con la delincuencia y apoyar a los ciudadanos de bien en el ejercicio de su derecho fundamental”, enfatizó el presidente de CODEPOLA.
La opinión del juez Thomas estuvo acompañada por la postura del presidente del Tribunal Supremo John Roberts y el juez Brett Kavanaugh. Thomas afirmó que los peticionarios están protegidos bajo la Segunda Enmienda, que establece sólo el derecho de adquirir armas, por lo que cada entidad regula al respecto. La decisión va en contra de una regulación neoyorquina. “El derecho de la Segunda Enmienda a portar armas en público para defensa propia no es diferente. El requisito de causa justificada de Nueva York viola la Decimocuarta Enmienda al impedir que los ciudadanos respetuosos de la ley con necesidades ordinarias de autodefensa ejerzan su derecho a poseer y portar armas en público”, dijo.
Torres Meléndez explicó que “el tiempo nos ha dado la razón”, cuando las estadísticas sobre la alta incidencia criminal en lugares como
Nueva York, New Jersey, Baltimore, Philadelphia, Seattle, Chicago, St. Louis, Los Ángeles, Portland y otras ciudades demuestra que el control extremo de armas no es la solución. Que los ciudadanos tienen derecho a defenderse y repeler cualquier tipo de agresión física o defender su propiedad privada.
“No puedo ocultar nuestra satisfacción por esta decisión del Tribunal Supremo”, declaró. Indicó que Nueva York es uno de los estados con una ley de armas sumamente estricta, algo similar a la Ley de Armas (Ley 17) que tuvo Puerto Rico, que permitía que sólo comerciantes y oficiales de ley y orden pudieran portar armas de fuego. Esa ley se derogó en el año 2000, cuando entró en funciones la Ley 404, que también era una ley inconstitucional porque “siguió abrazando los preceptos de la ley anterior en términos de que se le podía permitir a otras personas portar armas de fuego, pero hicieron más oneroso el proceso, por lo que seguían limitando al ciudadano decente de poder armarse”. Agregó que con la Ley 168-2019 se hizo justicia al ciudadano en Puerto Rico y con esta determinación del Supremo, cualquier ciudadano en Nueva York podrá portar sus armas, no tan solo los comerciantes,