Observaciones al Decreto Reglamentario 0303 de 2015 de la Ley 1408 de 2010 “Por la cual se rinde homenaje a las víctimas del delito de desaparición forzada y se dictan medidas para su localización e identificación”
de Víctimas y el Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH), y de organizaciones de víctimas y de sociedad civil en general. ● Establecer mecanismos por medio de los cuales las personas y organizaciones aportantes de información puedan dar seguimiento a lo ocurrido con la información aportada.
● Análisis de información El Departamento de Investigaciones Nacionales y Análisis Criminal (Antigua SAC) del CTI de la FGN, deberá realizar un análisis de la información ingresada al sistema con el objeto de: ● Cruzar la información del RND con los posibles lugares donde se puedan encontrar las personas desaparecidas. ● Identificar el modus operandi de los perpetradores. ● Obtener información que permita priorizar y planear las recuperaciones en campo de manera regional, sistemática y eficiente, en el caso de que se presuma que se encuentran varios cadáveres en una misma zona. ● Consolidar información sobre las zonas que ya han sido prospectadas y exhumadas, para que no se repitan comisiones a sitios que ya han sido trabajados.
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