Igualdad y Acceso a la Justicia Elsa Ancona

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Diplomado “Igualdad Sustantiva y Acceso a la Justicia” Instituto de la Mujer Oaxaqueña Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad-Oaxaca y la Escuela Judicial del PJEO

Mtra. Elsa Ancona 21 Febrero-2014


Objetivo General Brindar herramientas a Magistradas, Magistrados, Jueces, Juezas y Secretarias y Secretarios Proyectistas y demĂĄs personal del Poder Judicial del Estado de Oaxaca con el fin de que incorporen la perspectiva de gĂŠnero y derechos humanos en su labor jurisdiccional y en la elaboraciĂłn de sentencias


n

n

Fortalecer los conocimientos, habilidades y destrezas del personal del Poder Judicial del Estado de Oaxaca para coadyuvar en el acceso e impartición de justicia con perspectiva de género. Proporcionar herramientas metodológicas que permitan mejorar el quehacer institucional con perspectiva de género del personal del Poder Judicial.

Objetivos Particulares n

n

Conocer y analizar las sentencias internacionales desde una perspectiva de género. Contribuir al posicionamiento de la política de igualdad en el Estado de Oaxaca a través de acciones que promuevan el acceso de las mujeres a la justicia


Duración

El diplomado tendrá una duración de: n  120 horas y se desarrollará a través de tres módulos, comprendidos en siete sesiones presenciales de 10 horas cada una n  50 horas de trabajo en línea. n


CALENDARIO Sesión

Fecha

Tema

1

21 y 22 febrero

Igualdad y Acceso na la Justicia

2

28 feb y 1º de Marzo

Pluralismo Jurídico

3

7 y 8 de Marzo

: Legislación Nacional y Protección de los Derechos de las Mujeres

4

14 y 15 de Marzo

Marco Estatal de los Derechos de las Mujeres

5

21 y 22 de marzo

Instrumentos Internacionales de Protección de los Derechos de las Mujeres

6

28 y 29 de marzo

La importancia de Juzgar con PG

7

4 y 5 de abril

La importancia de Juzgar con PG


Cuestionario de Entrada


Integraci贸n Grupal


1ª SESIÓN

n  El

género como construcción social

n  Género

y Derechos Humanos

n  Género

y Justicia


1ª Sesión El género como construcción social” Igualdad y Acceso a la Justicia


¿Qué es el género? Lluvia de ideas

L


Video Sue単o Imposible


¿Qué es el Género? n

Género:

Se utilizó por primera vez en la psicología médica durante la década de 1950. En 1968 el Dr. Robert Stoller la desarrollo y demostró que lo que determina la identidad y el comportamiento masculino o femenino no es el sexo biológico sino el rol social que te toca desempeñar.

Es el conjunto de características sociales, culturales, políticas, psicológicas, jurídicas, económicas asignadas a las personas en forma diferenciada de acuerdo al sexo.


Concepto de Género Ø

Ø

“Es la construcción social de la diferencia sexual.” “Es una construcción social, cultural e histórica que asigna ciertas características y roles a grupos de individuos con referencia a su sexo”.


Género Es reconocer que la construcción y la organización social de género, provoca desigualdad entre mujeres y hombres.

•Iden&ficar cómo nos construimos culturalmente desde el género a par&r de la diferencia sexual. •Reconocer la organización social de género.

Comprender la diferencia entre sexo y género


DIFERENCIA ENTRE….. n  Ø

SEXO: Son las características y diferencias biológicas y anatómicas con las que nacemos y que son naturales, si eres mujer u hombre; y anatómicas: si tienes vagina o pene y testículos.


SEXO: Es el conjunto de las diferencias biológicas entre mujeres y hombres que por lo general, &enen carácter permanente y universal. CATEGORÍA BIOLÓGICA

GÉNERO: Hace referencia a aquellos roles y responsabilidades que la sociedad, en un momento dado y cultura determinados, atribuye a las personas por ser hombres o mujeres. CATEGORÍA SOCIAL FEMENINO Y MASCULINO


Diferencia entre… Ø  Género:

EFECTO DE LA CULTURA Ø

Son las características que cada sociedad y cultura atribuye a cada sexo


En s íntesis….

L A S A C T I T U D E S Y L O S C O M P O R T A M I E N T O S D E GÉNERO SE APRENDEN Y POR L O T A N T O , P U E D E N MODIFICARSE

Entendemos por sexo las diferencias biológicas entre mujeres y hombres que, por lo general, Qenen carácter permanente y universal. •Por el contrario, el género hace referencia a aquellos roles y responsabilidades que la sociedad, en un momento y cultura determinados, atribuye a las personas por el hecho de ser hombres o mujeres. •El género por lo tanto nos remite a las categorías sociales: lo femenino y lo masculino, los cuales no vienen determinados por el sexo. •Roles y estereo&pos influenciados por percepciones que se derivan de factores culturales, polí&cos, religiosos, ecológicos y económicos, así como de costumbres, leyes, de la clase social, de la etnia de los prejuicios individuales o ins&tucionales. •Construcción Social de género •Organización Social de género


¿CÓMO NOS ORGANIZA EL GÉNERO? AMBITOS PRIVADO REPRODUCTIVO COMUNITARIO

AMBITOS PUBLICOS PRODUCTIVO POLÍTICO ECONÓMICO


CONSTRUCCIÓN SOCIAL DE GÉNERO

ASIGNACIÓN DE GÉNERO IDENTIDAD DE GÉNERO ROLES DE GÉNERO

ESTEREOTIPOS DE GÉNERO


Efectos del Género Ø

Ø

Ø

Influye en nuestra conducta, actitudes e identidad personal Nos identifica como hombres y mujeres en la vida social Se manifiesta en creencias y valores, traducido en leyes e ideologías

Ø

Determina y es determinado a través de instituciones como la familia, el Estado, las organizaciones sociales y religiosas.


Rasgos que se Potencian n

Ø  Ø  Ø  Ø  Ø  Ø

Identidad Femenina: Dependencia Debilidad Sumisión Cooperación Inseguridad Resignación

n

Ø  Ø  Ø  Ø  Ø  Ø

Identidad Masculina: Independencia Fuerza Dominio Competitividad Seguridad Confianza


ESTRUCTURA PATRIARCAL DE LA SOCIEDAD División sexual del trabajo

n

n  Público n  Política n  Proveedor n  Economía Proyectos de vida n  Trabajo n  Productivo

n  HOMBRES

n  Privado n  Hogar n  Familia n  Dependiente n  Cuidado de los otros n  Trabajo doméstico n  Reproductivo n  MUJERES

Relaciones de género

LOGICA BINARIA.


ESTRUCTURA PATRIARCAL DE LA SOCIEDAD

n  Cultura n  Racional n  Fuerza n  Activo n  Autoridad n  Concreto n  Dominación n  HOMBRES

n  Naturaleza n  Emocional n  Debilidad n  Pasivo n  Obediencia n  Dispersión n  Sometimiento n  MUJERES

Relaciones de género

LOGICA BINARIA.


Ejercicio retrospectivo ¿Qué pasó?; ¿Cuál fue la situación? ¿Qué sensación recuerda de ese momento? (rabia, censura, rechazo, sorpresa, etc.), ¿Qué entendió sobre la diferencia entre hombres y mujeres? ¿Por qué eran diferentes unos de los otros?


Roles de GĂŠnero Caricatura


ROLES Rol de género determina cómo «deben» comportarse y conductas los hombres y las L mujeres. os roles de género son conductas estereotipadas por la cultura, por tanto, pueden modificarse dado que son tareas o actividades que se espera realice una persona por el sexo al que pertenece. Por ejemplo, tradicionalmente se ha asignado a los hombres roles de políticos, mecánicos, jefes, etc., es decir, el rol productivo; y a las mujeres, el rol de amas de casa, maestras, enfermeras,

PRODUCTIVO

REPRODUCTIVO


Roles de G茅nero MUJER

HOMBRE

ROL

Esposa, Ama de Casa/ Cabeza de familia madre/cuidadora/Rol Trabajador/ reproductivo mantenedor/ Rol productivo

TRABAJO

Dom茅stico Productivo valorado como aporte econ贸mico complementario

Productivo valorado como aporte econ贸mico principal

FUNCIONES

Equilibrio efectivo y emocional de la familia

Bienestar material de la familia


En el ámbito público Los hombres son los que acceden a puestos de responsabilidad

La presencia de las mujeres en la política es minoritaria

Los hombres tienen más tiempo para su desarrollo y para el descanso

Los Hombres tienen mayor salario que las mujeres por el mismo trabajo

Los hombres tienen mayor oportunidad de información, educación y formación


Ámbito Privado Ø

La mujer tiende, en virtud del aprendizaje del rol, y no por determinismo biológico, a priorizar la familia sobre el resto de sus fuentes de realización o satisfacción personal o profesional

n

Su autovaloración y su felicidad están mediatizadas por su éxito o su fracaso en este ámbito, más que en otros, es decir, por lo que “se espera” socialmente de ella


Por lo que……. Femenino=ámbito familiar

Masculino= Poder y dinero


Como consecuencia la Mujer….. Ø

Ø

Ø

Ø

Desigual reparto de responsabilidades Desigual salario y oportunidades de promoción Desigual acceso a la educación Desigual acceso a la formación

Ø

Ø

Ø

Ø

Dobles jornadas por no poder compatibilizar actividades domésticas con profesionales Acoso y violencia sexual Mayor índice de desempleo femenino Techo de cristal para mujeres en puestos de responsabilidad


Como consecuencia la Mujer….. Ø  Ø  Ø  Ø

Examen de no gravidez Segregación ocupacional División sexual del trabajo Hostigamiento y acoso sexual Algunas lo sufren, pero no lo identifican como tal; y si lo identifican, no lo denuncian, por temor a represalias o porque desconocen sus derechos

A pesar de que este comportamiento también puede darse a la inversa o entre personas del mismo sexo, el 95% de los casos se trata de un hombre que acosa a una mujer”. Haydée Méndez. Autora del libro “Acoso sexual: Un problema laboral”.


Estereotipos de GĂŠnero


Estereotipos de género Los estereotipos de género son un conjunto de ideas, valores, normas, creencias sobre las conductas y tareas que “deben” caracterizar a mujeres y hombres en la familia, en la comunidad o en el ámbito privado o público.



ESTERIOTIPOS DE GÉNERO Son modelos que orientan el comportamiento de los seres humanos. Ø  Se han construido históricamente basado en la división de lo público y lo privado Ø

Ellas de la casa

Ellos de la calle

“Los estereotipos están cambiando y todos elegimos modos de vivir nuestra masculinidad y feminidad”


Origen de los Estereotipos Ø

El hecho de que niñas y niños sean educados de forma desigual, unido a la trasmisión de modelos sociales de referencia distintos para uno y otro sexo, da lugar a que se modelen mujeres y hombres con valores y comportamientos diferentes y que desempeñen funciones sociales distintas


El estereotipo femenino

Suele estar compuesto por creencias tales como que las mujeres son emocionales, débiles, sumisas, dependientes, comprensivas, cariñosas y sensibles a las necesidades de los demás. No obstante, esto no quiere decir que en realidad lo sean, tan sólo que tienden a ser percibidas de este modo.


Estereotipo Masculino

n

Los hombres son duros, atléticos, dominantes, egoístas, agresivos, competitivos y con tendencia al liderazgo. Sin embargo, esto tampoco se corresponde necesariamente con la realidad, sino que se trata de una percepción generalizada.


Por tanto los estereotipos Sirven para regular la sociedad y asignar a cada miembro de ella su papel, contribuyendo a mantener el status quo y las relaciones de poder. Responden a la necesidad de encontrar una explicación psicológica a los hechos sociales.

Los estereotipos de género, al igual que el resto de los estereotipos, simplifican el procesamiento de la información a través de la categorización, lo que posibilita una evaluación rápida sobre una persona, grupo o situación. Sin embargo, lo cierto es que el hecho de no tener en cuenta las características individuales suele derivar en interpretaciones sesgadas e imprecisas, dando lugar a discriminación.


Brechas de GĂŠnero


BRECHAS DE GÉNERO n

Son las rupturas – distancias ocasionadas por el tratamiento desigual de acceso, participación y control de mujeres y hombres desde su diversidad sexual, étnica, de edad, nivel socioeconómico y territorio, sobre: Recursos, servicios, oportunidades y beneficios de desarrollo.

n

Forman parte de la cultura de la sociedad y refuerza las relaciones de poder desiguales entre mujeres y hombres y entre grupos de mujeres.


Las Brechas de Género manifiestas en el trato y valoración desigual del quehacer de hombres y m u j e r e s , Q e n e implicaciones serias en las posibilidades de materialización de los derechos.


Agentes de Socialización Educan y forman a mujeres y hombres

Familia Medios de Comunic ación

Iglesia

Estado

Identidad de Género

Educació n

Escuela

Cultura Lenguaje


La perspectiva de gĂŠnero


La perspectiva de Género En palabras de Alicia Elena PérezDuarte, la Perspectiva de género : “Es un enfoque analítico y metodológico que tiene como fundamento la teoría de género (…) visualiza a hombres y mujeres en tanto sujetos históricos, construidos socialmente, producto de una organización social determinada”


La perspectiva de género Es una herramienta metodológica-conceptual que identifica y analiza las condiciones y posiciones sociales diferenciadas de mujeres y h omb res. Es u na herr am i ent a de observación, interpretación y transformación social, para dar cuenta de la heterogeneidad de las condiciones económicas, políticas y culturales que afectan la vida cotidiana de mujeres y hombres. Para desarrollar la perspectiva de género se requieren múltiples acciones de largo plazo, como cambios estructurales en las organizaciones y en las instituciones, la transversalidad y la institucionalización.


Aprender a mirar el mundo con los ojos de gĂŠnero

Las herramientas que nos proporciona la perspectiva de gĂŠnero nos permiten modificar nuestra forma de mirar y comprender las relaciones entre mujeres y hombres


Para que nos sirve la Perspectiva de Género

Ø

Ø

Ø

Romper con la invisibilidad de las mujeres en todos los ámbitos Analizar como se ubican hombres y mujeres en cada sociedad o comunidad, las diferencias de roles, posiciones de poder, beneficios. Proponer modificaciones para las desigualdades que son injustas y que afectan a las mujeres en nuestras sociedades


Qué se busca con la perspectiva de género?

Eliminar todas las barreras que impiden la igualdad de oportunidades económicas, políticas y de acceso a la educación a los recursos y a los servicios básicos.

n

Se busca la igualdad de derechos, responsabilidades y oportunidades con reconocimiento de las necesidades, prioridades, limitaciones y aspiraciones específicas de cada cual.


Esta nueva forma de concebir el mundo‌ Nos permite modificar nuestra forma de mirar y comprender las relaciones entre mujeres y hombres y darnos cuenta de la discriminación.


Además nos permite……

Ø

Ø

Ø

Romper con la invisibilidad de las mujeres en todos los ámbitos Analizar como se ubican hombres y mujeres en cada sociedad o comunidad, las diferencias de roles, posiciones de poder, beneficios. Proponer modificaciones para las desigualdades que son injustas y que afectan a las mujeres en nuestras sociedades


La Perspectiva de Género como herramienta de ayuda

En este marco, la PG provee herramientas a la teoría del derecho para entablar un diálogo que considere seriamente las transformaciones sociales que se han suscitado durante las últimas décadas y para promover una igualdad sustantiva entre todos los ciudadanos


La cuestión del Género No es un tema mas de la cultura

Las relaciones de desigualdad entre los géneros

Provocan Discriminación

En todos los ámbitos: la familia, en el trabajo, en la política, en la educación, en las organizaciones, en el arte, en las empresas, en la salud, en la sexualidad, en el deporte Es una nueva forma de concebir el mundo


LA CONSTRUCCIÓN Y LA ORGANIZCIÓN S O C I A L D E G É N E R O G E N E R A N D E S I G U A L D A D E N T R E M U J E R E S Y H O M B R E S A L V A L O R A R L A S ATRIBUCIONES DE ÉSTOS, POR ENCIMA DE LAS QUE ASIGNAN A LAS MUJERES


1ª Sesión 2ª parte

“Género y Derechos Humanos” Igualdad y Acceso a la Justicia


Conceptos Género n  “Construcción social de la diferencia sexual”

Derechos Humanos n  Son

los derechos que tenemos todas y todos por el hecho de ser seres humanos


¿Qué son los Derechos Humanos? n

Los Derechos Humanos son una serie de atributos, prerrogativas y libertades que tienen todas las mujeres y los hombres, por el simple hecho de existir; los cuales son indispensables para llevar una vida digna.

n

Sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición.

n

.


Los Derechos Humanos Han ido surgiendo a partir de las necesidades y demandas planteadas por la humanidad, como una forma de garantizar que los seres humanos nos desarrollemos plenamente y podamos vivir en igualdad, libertad y dignidad.

nď Žâ€Ż

Los Derechos Humanos deben ser entendidos como una forma de vida y no Ăşnicamente como un conjunto de normas y tratados.


Características de los Derechos Humanos n  n  n  n  n

n  n  n

UNIVERSALES INTEGRALES INTERDEPENDIENTES INDIVISIBLES NO SON TRANSFERIBLES NO TERMINAN GENERAN DEBERES SU PROTECCIÓN ES NACIONAL E INTERNACIONAL

n

n

SON JURÍDICAMENTE EXIGIBLES SON DINÁMICOS Y PROGRESIVOS


Derechos Humanos Universales n

El principio de la universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del derecho internacional de los derechos humanos.

n

Quiere decir que todas las mujeres y hombres , de todos los países y de todas las edades tenemos derechos humanos. Son parte de la vida de cada persona


Derechos Humanos Integrales, Interdependientes e Indivisibles n

Son un conjunto de Derechos que no se pueden dividir y en el que todos son igualmente importantes por lo que se deben respetar todos. La violación de uno afecta al resto del conjunto.

n

Las Personas debemos de GOZAR DE TODOS NUESTROS DERECHOS para desarrollarnos plenamente y vivir con dignidad


No son Transferibles/ No terminan n

No podemos transferir nuestros Derechos Humanos a otras personas ni tampoco renunciar a ellos.

n

Los Derechos Humanos no terminan existen para siempre hasta que morimos


Generan Deberes/Su protección es Nacional e Internacional n

Generan deberes porque producen responsabilidades, o deberes de conducta ante las demás personas y ante nosotras y nosotros mismos.

n

Se pueden defender tanto en nuestro país como en el ámbito internacional.


Son jurídicamente exigibles/ son dinámicos y progresivos n

Podemos exigir el cumplimiento de nuestros DH siempre y cuando estén reconocidos en las constituciones, leyes y tratados del país.

n

Es posible ampliar su significado o crear otros derechos en la medida en que surgen nuevas necesidades. Son herramientas que cambian y se van adecuando a las demandas de la humanidad.


MOVIMIENTO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS


Carta Internacional de Derechos Humanos Est谩 integrada por la Declaraci贸n Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol铆ticos y sus dos protocolos facultativos, y el Pacto Internacional de Derechos Econ贸micos, Sociales y Culturales


Declaración Universal de los Derechos Humanos n

El 10 de diciembre de 1948 la Asamblea General de Naciones Unidas emite la Declaración Universal de Derechos Humanos Redactada como “un ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse”, en la Declaración, por primera vez en la historia de la humanidad, se establecen claramente los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales básicos de los que todos los seres humanos deben gozar.


Pacto de Derechos Civiles y Políticos n

n

Fue aprobado en 1966 y puesto en vigor en 1976. Define una amplia gama de derechos civiles y políticos para todas las personas y hasta 2004 había sido ratificada por 149 Estados


Pacto de Derechos Civiles y Políticos El derecho de libre determinación de los pueblos. n  Respetar a todos los individuos que se encuentren en su territorio. n  Medidas legislativas n  Igualdad en el goce de todos los derechos civiles y políticos n

n  n

n

El derecho a la vida Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes Se prohíbe la esclavitud y servidumbre


Pacto de Derechos Civiles y Políticos n

n  n

n

Derecho a la libertad y seguridad Reparación del daño Derecho al libre tránsito Presunción de Inocencia

n

n

n

Reconocimiento de la personalidad jurídica Derecho de asociación, a la libre expresión, a la igualdad Derecho de los niños


Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales n

n

n

Aprobado en 1966 y puesto en marcha en 1976. Define los derechos económicos, sociales y culturales. Introdujo una nueva forma de ver el desarrollo, la perspectiva basada en los derechos

n

Hasta 2004 había sido firmado por 146 Estados.


Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales n

El derecho a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda

n

n

Derecho a la salud y educación Derecho a la vida cultural


Perspectiva de Derechos Humanos


La perspectiva de n  Derechos Humanos Constituye un proyecto político que apunta a transformar la institucionalidad del Estado y sus prácticas para adecuarlas al fin de garantizar la más plena realización de todos los derechos de todas las personas

Es a su vez un proyecto de construcción de ciudadanía porque es necesario que las organizaciones de la sociedad civil y las y los ciudadanos en general vigilen y exijan el cumplimiento de las obligaciones del Estado derivadas de los tratados de Derechos Humanos que ha ratificado.


Derecho al Desarrollo

Esta postura de Derechos surge a finales de los aĂąos 90 y se conoce como enfoque de derechos humanos. Su objetivo es integrar en las prĂĄcticas del desarrollo, los principios ĂŠticos y legales inherentes a los derechos humanos.


Perspectiva de derechos

El objetivo ya no es la satisfacción de necesidades, sino la realización de derechos. n  Los derechos implican obligaciones. Las necesidades no. n  Hablar de derechos implica hablar de quién tiene responsabilidades en relación a esos derechos. n


Enfoque de derechos

n

El enfoque de derechos busca cortar con anteriores prácticas del desarrollo centradas en la identificación y satisfacción de las necesidades básicas de la población beneficiaria, y reemplazarlas por prácticas basadas en el reconocimiento de que toda persona es titular de unos derechos inherentes


Los Derechos Econ贸micos Sociales y Culturales y la Perspectiva de Derechos


Los DESC El acceso a una alimentación adecuada, una vivienda digna, a la educación son necesidades humanas

Sin embargo…

n

Nombrarlas como necesidades no nos dice nada acerca de quién es responsable de que sean satisfechas. Decir en cambio, que son derechos indica que el Estado tiene obligaciones respecto a su satisfacción. Pero además, no se trata sólo de una obligación ética sino también de una obligación jurídica


DESC Si bien su carácter de derechos implica que las personas tengan la posibilidad de recurrir ante tribunales para reclamar por las violaciones, esto no significa que la Perspectiva de Derechos constituya un programa que se limite a la esfera judicial.

n

Se trata de dotar a la ciudadanía y en particular a las víctimas de herramientas para que puedan hacer valer sus derechos y exigir al Estado el cumplimiento de sus obligaciones, transformando sus prácticas institucionales en las esferas de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial


Los DH son estándares recogidos en documentos internacionales que poseen carácter de ley para los Estados que los han ratificado. Son un marco de máxima legitimidad. No obstante los documentos hoy existentes no son un techo en el reconocimiento de derechos sino un piso desde el cual seguir elaborando consensos. Este proceso de construcción siempre será el fruto de las luchas de los movimientos que aspiran a hacer realidad la más plena dignidad de todas las personas.


El Estado tiene obligación de respetar, proteger y satisfacer los DH De Respetar…..

Esto significa que no puede, mediante su acción, provocar un retroceso en la satisfacción o en el grado de realización de un derecho

De Proteger……

El Estado tiene la obligación de proteger frente a la acción de particulares que provoquen violaciones de los Derechos Humanos


El Estado tiene obligación de respetar, proteger y satisfacer los DH De Satisfacer…..

El EDO tiene la obligación de adoptar medidas, por todos los medios apropiados, para lograr progresivamente la satisfacción de los derechos

Tienen la obligación de revisar la legislación nacional para armonizarla; establecer medidas legislativas; adoptar medidas administrativas, judiciales, económicas, educativas y presupuestarias.


El Estado Además…

Tiene una obligación de no discriminación que es también de efecto inmediato.

Los principios de Limburgo establecen: “los Estados deberán eliminar la discriminación ‘de jure’” (ley )mediante la abolición inmediata de los actos legislativos discriminatorios, la reglamentación y la práctica (actos de omisión y comisión) que afecten la posesión y el disfrute de los derechos. Además, deberán adoptar medidas para eliminar la discriminación“de facto” (práctica) que pudiere estar arraigada en las prácticas sociales, protegiendo a quienes están en la posición más débil.


Derechos Humanos de las Mujeres


Derechos de las Mujeres n

Si bien mujeres y hombres tienen los mismos derechos desde que nacen y durante toda la vida, ambos viven situaciones y condiciones diferentes. Las mujeres han vivido situaciones de subordinación y exclusión con relación a los hombres, lo que ha generado que no puedan ejercer sus derechos en igualdad de condiciones.


Derechos de las mujeres n

Hablamos de Derechos Humanos de las Mujeres porque aún cuando los derechos son aplicables a todas las personas, existen en la práctica diversos factores que discriminan a las mujeres del reconocimiento y goce de éstos.


Las mujeres tienen derecho entre otros.. n

n  n  n  n  n

A la Igualdad y no discriminación A la educación A la salud Al desarrollo Al trabajo A la participación política

n

n

A una vida libre de violencia Sexuales y reproductivos


Derecho a la Igualdad El reconocimiento de la igualdad de género ha sido una conquista histórica de las mujeres. Hace 250 años plantearse la igualdad de derecho era un hecho inconcebible ya que se consideraba que las mujeres eran naturalmente diferentes e inferiores a los hombres.

n

Los gobiernos del mundo inician el reconocimiento de la igualdad entre mujeres y hombres como un derecho a inicios del siglo XX cuando se reconoció que las mujeres gozaban del mismo estatus jurídico para participar en la vida pública, tanto en cargos de elección popular, como en la economía y el trabajo.


Olimpe de Gouges

…“La mujer nace libre y permanece igual al hombre en derechos…por lo que debe existir un trato igualitario por medio del acceso para las mujeres a la educación, al voto, a ejercer cargos públicos, en el ejército o en la iglesia y a la propiedad privada” Declaración de los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana, 1791


Derecho a la Igualdad

El fundamento ético y político de una sociedad democrática “La igualdad de género es el principio de que todos los es un principio seres humanos son iguales. constitucional que estipula que hombres y mujeres son iguales ante la ley”, lo que significa que todas las personas, sin distingo alguno tenemos los mismos derechos y deberes frente al Estado y la sociedad en su conjunto


Derecho a la Igualdad Art. 6º de la LGIMH: “igualdad entre mujeres y hombres implica la eliminación de toda forma de discriminación en cualquiera de los ámbitos de la vida, que se genere por pertenecer a cualquier sexo”

La igualdad debe traducirse en oportunidades reales y efectivas para ir a la escuela, acceder a un trabajo, a servicios de salud y seguridad social; competir por puestos o cargos de representación popular; gozar de libertades para elegir pareja, conformar una familia y participar en los asuntos de nuestras comunidades, organizaciones y partidos políticos.


Un hecho relevante fue la aprobación en 1979 de la Convención para la Eliminación de todas las formas de discriminación (CEDAW, por sus siglas en inglés) porque sintetiza el conjunto de derechos que los Estados deben garantizar a las mujeres en materia civil, política, económica y social. n


Equidad: Es un tĂŠrmino utilizado para referirse a las diferencias de oportunidades entre mujeres y hombres. (justicia distributiva)

Es un principio de justicia emparentado con la idea de igualdad sustantiva y el reconocimiento de las diferencias sociales. Incluye el respeto y garantĂ­a de los derechos humanos y la igualdad de oportunidades.


Derecho a la Educación La educación es un derecho humano y un elemento indispensable para el progreso económico y social de nuestro país

Por ello las mujeres tienen derecho a: n Recibir

educación sin ser discriminadas por condición social, de clase u origen ético. n Tener oportunidades para alcanzar altos niveles educativos. n Recibir educación libre de estereotipos de género


La Educación como medio para la autonomía de las mujeres

§

§

La educación de las mujeres también refuerza la autonomía y tiende a hacer que estén más informadas y cualificadas. Debe reconocerse que el acceso pleno y en condiciones de igualdad a la educación es un requisito fundamental para la potenciación de la mujer y para lograr los objetivos de igualdad de género, y de desarrollo.


Tasas de participaci贸n por sexo y nivel de escolaridad 57.5 78.7

Medio superior y superior

42.4 Secundaria completa

75.7 33.1

Primaria completa

68.0 29.3

Primaria incompleta

Fuente: INEGI. Encuesta Nacional de Ocupaci贸n y Empleo (ENOE), segundo trimestre de 2012.

70.0


Derecho a la Salud La Salud es un Derecho Humano fundamental que debe ser respetado y garantizado.

n

De acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS), la salud va más allá de la mera ausencia de enfermedades, y la define como un estado de completo bienestar físico, mental y social


Ley General de Salud

n

Esta ley reglamenta el derecho a la protección de la salud contenido en el ardculo 4° de la n  Cons&tución Polí&ca de los Estados Unidos Mexicanos y establece las bases para el acceso a los servicios de salud.

En su ardculo 67 ….establece que se debe proporcionar información y orientación educa&va para las y los adolescentes y jóvenes, así como acceso a información sobre an&concep&vos que sea eficaz, oportuna y completa. Establecen sanciones para quienes prac&quen la esterilización forzada sin la voluntad de la paciente.


Derecho a la Salud Tienes derecho a recibir un trato digno, con respeto y con calidad por parte del personal del servicio médico al que acudas, ya sea privado o público.

n

Tienes derecho a recibir información, atención y tratamiento para las enfermedades específicas de las mujeres, como es el cáncer de mama y el cáncer cérvico-uterino, entre otras.


Derecho al Desarrollo Los derechos humanos y el desarrollo humano comparten una visión y un propósito común: garantizar la libertad, el bienestar y la dignidad de cada ser humano.

Los derechos humanos son parte intrínseca del desarrollo, y el desarrollo es un medio para hacer realidad los derechos humanos. Esta postura surge a finales de los años 90 y se conoce como enfoque de derechos humanos. Su objetivo es integrar en las prácticas del desarrollo, los principios éticos y legales inherentes a los derechos humanos. n


Derecho al Desarrollo

El objetivo ya no es la satisfacción de necesidades, sino la realización de derechos. n  Los derechos implican obligaciones. Las necesidades no. n  Hablar de derechos implica hablar de quién tiene responsabilidades en relación a esos derechos. n


Derecho al Desarrollo

n

El enfoque de derechos busca cortar con anteriores prácticas del desarrollo centradas en la identificación y satisfacción de las necesidades básicas de la población beneficiaria, y reemplazarlas por prácticas basadas en el reconocimiento de que toda persona es titular de unos derechos inherentes


En relación al empoderamiento y avance de las mujeres. Hasta hace muy poco, el desarrollo de las mujeres era visto como un valioso instrumento para el crecimiento económico o para la implementación exitosa de políticas de población, salud o educación. Actualmente se reconoce que el empoderamiento y autonomía de las mujeres y la mejora de su estatus político, social y económico son fines en sí mismos. Este cambio de paradigma refleja un enfoque de derechos.


El enfoque basado en derechos y en género permite entre otras cosas, profundizar en las causas profundas del incumplimiento de derechos y del irrespeto a uno de los principios claves de los derechos humanos, el de igualdad y no discriminación. Así fue expresado en la Declaración de Viena (1993), en la cual se reconoció que los derechos humanos de las mujeres y las niñas forman parte inalienable e indivisible de los derechos humanos universales.


Derecho al Trabajo

Tienen derecho a no ser despedidas por estar embarazadas. Las mujeres tienen derecho a recibir n  Tienen derecho a no ser un salario justo e discriminadas por el igual al de los hecho de ser mujer. hombres, por el n  Tienen derecho a mismo trabajo. negarse al examen de no gravidez para ser contratada. n


De acuerdo a datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo 2009, llevada a cabo por el INEGI RUBRO

MUJERES

HOMBRES

Participación económica de los hombres y mujeres

41.2%

76.8%

Ingresos de hasta un salario mínimo

17.9%

100%

Ingresos mayores a cinco salarios mínimos

8.2%

12.1%

La ocupación en el sector informal

29.2%

27.5%

Participación como empleadoras y empleadores

18.9%

81.1%

La participación en el trabajo doméstico

96.1%

58.4%

Jefatura de hogar

23%

76.9%

Ocupación parcial y desocupación

9.5%

14.9%


Conforme a la gráfica anterior A pesar de la trascendencia del ingreso, como un factor que potencia la autonomía de las mujeres, es precisamente uno de los rubros, donde la desigualdad de género resulta más notoria.

n

Otro dato que salta a la vista es la mayor precariedad de las mujeres en el empleo. Las tasas de ocupación en el sector informal y de ocupación parcial (menos de 15 horas a la semana) y desocupación, son mayores para ellas, lo que supone falta de protección social y menores posibilidades de aprendizaje y movilidad laboral.


Derecho a la Participación Política Tienes derecho a participar políticamente y en la toma de decisiones en los ámbitos comunitario y social.

Tienes derecho de fomentar el liderazgo y participación comunitaria de las mujeres. n  Tienes derecho a ser representada, que se tomen en cuenta las condiciones, demandas y necesidades de las mujeres en la formulación de políticas públicas n


La ciudadanía plena y activa de las mujeres es……. Uno de los reclamos centrales del movimiento de mujeres y el movimiento feminista ha sido y es el del ejercicio por parte de las mujeres de una ciudadanía plena y activa, que consideran les fue denegada al no ser reconocidas como iguales en el momento de la definición y construcción de la ciudadanía en el siglo XVIII. Desde entonces, el movimiento de mujeres y el movimiento feminista han denunciado esta exclusión reivindicando una ciudadanía ampliada y efectiva para las mujeres. El derecho de las mujeres a participar en el poder y la toma de decisiones fue una de las primeras reivindicaciones de las mujeres a título individual y, de forma articulada, del movimiento feminista


La situación actual de las mujeres en México en el ámbito de la política Se caracteriza por tener una presencia y participación limitada en los cargos públicos de adopción de decisiones fundamentales para la sociedad en su conjunto.

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Esto a pesar de los esfuerzos, iniciativas y las estrategias desempeñadas, persisten resistencias para el avance de las mujeres en cargos, profesiones, espacios y ámbitos tradicionalmente dominados por hombres. Esta realidad se ve reflejada en los datos e información estadística que permiten hacer visible la situación de desigualdad de género en la esfera política del país.


En el caso de México Con la reforma política del 2013 se elevó a rango constitucional la equidad de género, se estableció en el artículo 41 constitucional la obligación de los partidos de reservar el 50% de sus candidaturas a las cámaras de diputados y senadores y a los congresos locales a las mujeres, con esto se garantizará el empoderamiento femenino en materia de paridad en las elecciones legislativas, a fin de evitar discriminación.


Derecho a una Vida Libre de Violencia

Las mujeres tienen derecho a vivir una vida libre de todo tipo de violencia en todos los ámbitos: familiar, educativo, laboral, comunitario e institucional. n  La violencia es un abuso de poder en contra de las mujeres que limita el acceso a los derechos. n


El Derecho a Vivir una Vida Libre de Violencia

Violencia contra las Mujeres: n  “Cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado”. (Belem do Pará y LGAMVLV) n

Belém do Pará incluye los diferentes tipos y modalidades de violencia


Derechos Sexuales y Reproductivos Tienes derecho a recibir una educación sexual laica, objetiva, científica y veraz. Desconfía de aquellas personas que te dicen por ejemplo que “la sexualidad es pecado”. Tienes derecho a ejercer tu sexualidad de forma responsable, libre e informada.

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Tienes derecho a ejercer tu maternidad sin presiones ni condicionamientos. Derecho a decidir si quieres o no ser madre, el número de hijas o hijos, el tiempo y la persona con quien quieras tenerlos; o bien, elegir tu maternidad sin pareja. Tienes derecho a emplear el método anticonceptivo que tú elijas, si n presión de tu pareja. Tienes derecho a la Interrupción Legal del Embarazo hasta las doce semanas de gestación.


Los derechos humanos desde el punto de vista intercultural e indĂ­gena


El Concepto de Interculturalidad Es la interacción entre dos o más culturas de un modo horizontal y sinérgico. Esto supone que ninguna de las dos culturas se encuentra por encima de otra, es una condición que favorece la integración y la convivencia armónica de todos los individuos. Supone en respeto hacia la diversidad.


“Las mujeres y niñas indígenas de entre los excluidos, son las más excluidas, de entre los pobres, las más pobres, de entre los analfabetas, son ellas las que conforman el mayor porcentaje, de entre los discriminados, las más discriminadas, de entre los desposeídos, las más desposeídas, de entre los violentados, las más violentadas” (Teresa Ulloa)


La Constitución en su art. 2o Incluye 2 apartados: el 1o atiende y otorga autonomía a las comunidades indígenas. El 2º, establece una obligación del Estado para promover oportunidades en las poblaciones marginadas y busca terminar con la practica de discriminación

n

También busca mejorar la calidad de vida de las poblaciones indígenas en cuanto a vivienda, educación y salud.


Además Existen 2 tipos de derechos humanos los de libertad y los sociales:

El derecho de libertad establece que toda las personas tienen la libertad de expresarse

n

El derecho social es el más importante para el fortalecimiento de los seres humanos y crecimientos del país como es el derecho la educación, vivienda y salud, también llamados derechos prestacionales.


También tienen derecho a

Acceder plenamente a la PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA (artículo 17 de la constitución) independiente de su condición.


1ª Sesión 3ª parte

“Género y Derecho” Igualdad y Acceso a la Justicia


Género y Derecho Género: Es la construcción social de la diferencia sexual

Derecho: Conjunto de normas jurídicas, principios e instituciones creadas por el Estado para regular la conducta externa de las personas, con el fin de alcanzar la justicia, seguridad y el bien común.


El Objeto del DERECHO

v

El objeto del derecho es regular la conducta de los individuos, a través de normas jurídicas, a fin de lograr una adecuada convivencia social, la justicia, la seguridad y el bien común.


El Fin del DERECHO

Alcanzar………

JUSTICIA

SEGURIDAD

BIEN COMÚN


El FIN DEL DERECHO

JUSTICIA Darle a cada quien lo suyo o lo que le corresponde

SEGURIDAD Entendida como certeza jurídica

BIEN COMÚN Aquello de lo que se benefician todos


5.2 DISCURSO JURÍDICO/ DISCURSO DE GÉNERO


En la actualidad el Estado moderno sufre una crisis sistémica, la cual viene acompañada de un debilitamiento en la esfera pública, que consiste en: “una crisis de legalidad, que permea a través de un sistema de corrupción en la administración pública, una crisis del Estado social y una crisis del estado nacional”

Discurso Jurídico


Luigi Ferrajoli La tutela y protección de los derechos fundamentales se ha vuelto uno de los ejes rectores y fundamentales de la concepción de Estado Cons&tucional

n

n

Modelo norma&vo de derecho es un sistema de poder que concibe a los derechos fundamentales como límites, a través del cual se maximiza la libertad y se minimiza la arbitrariedad. El juez se encuentra obligado a emi&r juicios de validez de las normas, dotando de sustancia a las mismas leyes ante la existencia de lagunas y en la ley.


La Argumentación Jurídica Ha cobrado una importancia extraordinaria en la profesión del derecho. Presupone: “ciudadanos capaces de argumentar racional y competentemente en relación con las acciones y las decisiones de la vida en común” (A&enza) n

n

Dicha presunción cobra una relevancia vital en el caso del discurso jurídico jus&fica&vo, en par&cular el de los jueces


Manuel AQenza Filósofo español del Derecho n  Libro “El Derecho como argumentación” El derecho es esencialmente una ac&vidad argumenta&va que &ene que ver con el lenguaje, con la lógica y con otras formas de argumentación n

n

n

El derecho es una ac&vidad prác&ca dentro del género amplio de la argumentación prác&ca La argumentación jurídica ha pasado a tener en la cultura jurídica contemporánea un valor singular gracias a varios factores.


Derecho, Lenguaje en Acción para lograr la jusQcia y la verdad

El poder estatal ve limitado su poder en tanto Qene que jusQficar en forma clara sus decisiones

La argumentación como núcleo central de la acQvidad de los jueces y también de los legisladores

La regla más universal de control que rige la vida racional de los hombres es la regla de la razón.

Ciudadanos capaces de argumentar racional en relación con las acciones y las decisiones de la vida en común.


Discurso de Género


En los úl&mos años se produjo un importante avance en las ciencias sociales, al incorporarse los denominados estudios de la mujer como un nuevo paradigma. n  El género, como categoría social, es una de las contribuciones teóricas más significa&vas del feminismo contemporáneo. Esta categoría analí&ca surgió para explicar las desigualdades entre hombres y mujeres n  Lo femenino o lo masculino no se refiere al sexo, sino a las conductas consideradas femeninas o masculinas a par&r de los roles que les toca desempeñar. n


La PerspecQva de Género

La “Perspec&va de Género”, implica: a) Reconocer que las relaciones de poder que se dan entre los géneros, Cuando las favorecen a los hombres y intelectuales discriminan a las mujeres; feministas logran instalar en la b) Que dichas relaciones han sido academia y las cons&tuidas social e históricamente; polí&cas públicas la c) Que las mismas atraviesan todo el denominada entramado social y se ar&culan con “perspec&va de otras relaciones sociales, como las género” de clase, etnia, edad, preferencia sexual y religión. n


Equidad de Género: n

Que mujeres y hombres independientemente de sus diferencias biológicas tienen derecho a acceder con justicia e igualdad al uso, control y beneficio de los mismos bienes y servicios de la sociedad.


Esta nueva forma de concebir el mundo…

Nos permite modificar nuestra forma de mirar y comprender las relaciones entre mujeres y hombres y darnos cuenta de la discriminación.


Teoría de Género •

El Derecho no es neutral El Derecho no es igualitario y por lo tanto es discriminatorio para las mujeres

La Argumentación Jurídica está sujeta a las prác&cas sociales, lingüís&cas y discursivas tradicionales y condicionan la racionalidad. La concepción universalista del sujeto toma como modelo la experiencia dpicamente masculina y la idealiza como paradigma de lo humano, ignorando la diversidad de iden&dades


Alda Facio..El Derecho como fenómeno legal está consQtuido por tres componentes FORMAL NORMATIVO

Es la Ley legalmente promulgada por el Poder LegislaQvo

ESTRUCTURAL

Es el contenido o interpretación de la ley Es el Derecho no escrito (Derecho Judicial)

POLÍTICO CULTURAL

Es la Doctrina Jurídica, las costumbres y tradiciones es el Derecho no escrito


Comprender lo Es necesario reconocer la jurídico desde sus tres subordinación del género femenino al componentes es…. masculino y comprender el grado de discriminación, lo cual es una Un proceso de experiencia colec&va y polí&ca de concien&zación más opresión. que un proceso de aprendizaje. Es necesario la desarQculación del discurso masculino para rear&cular uno nuevo que involucre a las mujeres en la construcción de una nueva sociedad. Y también darse cuenta del precio que pagan los hombres por esos privilegios y la deshumanización que esto conlleva.


Teoría de Género

El androcen&smo El sexismo es un n  La sobregeneralización y/o sistema de la sobreespecificidad estructuras de poder y está presente en n  La insensibilidad al género todos los ámbitos de la vida y esto incluye n  El doble parámetro al Derecho. n  El deber de ser de cada Margrit Eichler sexo establece siete n  El dicotomismo sexual formas n  El familismo generalizadas del n

sexismo:


Está presente en la, co&dianidad, en el cine, Es la forma mas televisión, en la historia. generalizada del n  Casos extremos la sexismo Misoginia (repudio a lo Consiste en ver femenino) y la Ginopia al varón como (imposibilidad de ver lo modelo humano femenino) El AndrocenQsmo

n


Sobregeneralización

n

Ocurre cuando un estudio analiza únicamente la conducta del sexo masculino y presenta los resultados de ese estudio como válidos para ambos. Se da un trato igualitario a hombres y mujeres sin tomar en consideración las necesidades específicas de las mujeres.

Ejemplo cuando se analizan las necesidades del grupo masculino privado de libertad y a par&r de ellas se dictan polí&cas penitenciarias tanto para las cárceles de mujeres como de hombres.


La insensibilidad de género

n

Es cuando se ignora que los sexos &enen género y que los efectos son dis&ntos en n  cada sexo. Si se toman en cuenta los roles, la valoración en cada caso es diferente.

Cuando no se toma en cuenta la variable de género es imposible iden&ficar cuales son los problemas que no se vieron para uno u otro sexo, porque la información no está presente. En materia legisla&va se da mucho el no tomar en cuenta las necesidades de las mujeres.


El Doble Parámetro

n

Es una forma de doble moral. Se da cuando una misma conducta n  es valorada de manera diferente tratándose de hombres y mujeres. Fundamentada en el deber ser de cada sexo. Ejemplo (El adulterio)

Parten de que hay conductas apropiadas para un sexo que para otro. Parte de que el rol de la mujer es estar en casa y el del hombre es salir a trabajar. Hay leyes que se agravan dependiendo de la hones&dad o de la cas&dad.


Dicotomismo Sexual

Es una forma de sexismo y es la forma extrema del doble patrón. n  Consiste en tratar a hombres y mujeres como si fueran totalmente diferentes, en lugar de tratarlos como dos grupos que &enen muchas semejanzas y algunas diferencias. n


El Familismo Cuando hablas de la mujer destacas datos de ella relacionados con la familia. Sobre cuantos hijos &ene, si es casada o no, de quien es hija, o de quien es esposa

n

Con el objeto de perpetuar la idea de que las mujeres somos en tanto nos proyectamos como hijas, esposas, madres y abuelas.


El Proceso de Socialización El aprendizaje del género es un “Deber Ser”. Se espera que las personas se comporten de determinada manera de acuerdo al sexo al que pertenecen.

El deber ser para cada sexo es un concepto basado en la presunción de que existen patrones de conducta o formaciones n  Caracterológicas que son más apropiadas para un sexo que para otro. n


Teoría de Género

El D &ene que resolver el problema de la igualdad formal y crear condiciones Revisar la de igualdad verdaderas construcción sobre el paradigma en el que n  Tiene que reconocer que está construido el hay discriminación y debe derecho. comba&rla. § El D &ene que n  Atender la discriminación reconfigurar los estructural del sistema estereo&pos actual de derecho. n


Teoría de Género §

§

§

La no discriminación se basa en reconocer la importancia de promover relaciones sociales Evitar la igualitarias, prohibiendo toda que reproducción norma&va de los provoque menoscabo en el estereo&pos ejercicio pleno de los derechos y libertades fundamentales de las Ver el impacto diferenciado de la personas, tanto en la ley como en los diversos actos mediante los aplicación del D cuales ésta se aplique. en m y h. Facilitar la justa comprensión del principio de no discriminación


Principio de No discriminación en la ÉQca Judicial

El principio de no discriminación se basa en reconocer la importancia de promover relaciones sociales igualitarias, prohibiendo toda diferencia injusta, o arbitraria que provoque menoscabo en el ejercicio pleno de los derechos y libertades de las personas, tanto en la ley como en su aplicación.

Entre las aportaciones más relevantes de la PG para el derecho, está el hacer visibles ciertas realidades sociales y facilitar la justa comprensión del principio de no discriminación dentro de la é&ca judicial.


Principio de No discriminación en la ÉQca Judicial n

n

Hay que detectar la “Discriminación Estructural” Adoptar el principio de ND no implica pretender igualar a hombres y mujeres, sino otorgar la misma consideración en el reconocimiento de sus diferencias.

La é&ca judicial puede nutrirse de las aportaciones de la PG, ya que a ofrece una orientación a los juzgadores para comprender mejor los casos que resuelven, para apreciar los fenómenos de discriminación estructural y encontrar las estrategias jurídicas adecuadas para enfrentarlos


La responsabilidad de los operadores y administradores de jusQcia n

n

n

En las prác&cas jurisdiccionales se tomen en cuenta las transformaciones sociales Diferenciar entre sexo y género Analizar la forma en que el derecho aborda las problemá&cas suscep&bles de discriminación

n  n  n

n  n

n

Estar informados Ser estudiosos Darle contenido al Derecho Cambiar encuadres Ir a las jurisprudencias Internacionales Evitar el “Formalismo mágico”


La responsabilidad de los operadores y administradores de jusQcia n

n

n

Administrar y procurar jus&cia con PG en todos los casos Salirse del machote, ser novedosos y crea&vos Cambiar la caja de herramientas conceptuales


FIN Gracias


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