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I. La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP
La Ley N° 26366, Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, permitió la introducción de importantes cambios en el sistema registral peruano, que se produjeron en forma progresiva durante los últimos años, habiéndose logrado avances significativos en la mejora y modernización de los servicios registrales del país, para beneficio de los usuarios, constituyendo uno de los aspectos más significativos de dichos cambios. En este sentido, el Plan Estratégico Institucional 2007 –2011, se orienta a la satisfacción de los usuarios e incluye la política de acercamiento de los Registros Públicos a la población de menores recursos. Asimismo, representa el eje central que orienta todas las acciones de SUNARP, procurando además, impulsar una gestión racional y ordenada, buscando mejorar la eficiencia de la gestión institucional.
Misión
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1.1. MISIÓN Y VISIÓN Visión
Registrar y publicitar derechos y titularidades en forma oportuna para otorgar seguridad jurídica, con el fin de contribuir al desarrollo económico y social del país.
Imagen Objetivo
Ser una institución eficiente, con presencia en todo el territorio nacional como uno de los promotores del desarrollo económico y social, constituyéndose en una entidad líder y modelo de organización horizontal y gestión transparente.
Consolidar el liderazgo de SUNARP e implementar tecnología registral y administrativa idónea, así como mejorar la administración de los Recursos Humanos y Financieros.
1.2 FUNCIONES
La Resolución Suprema N° 139-2002-JUS, que aprobó del Reglamento de Organización y Funciones de SUNARP establece:
Naturaleza Y Funciones Generales
Artículo 3°.- La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, es un organismo descentralizado autónomo del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos. Tiene personería jurídica de Derecho Público, con patrimonio propio y autonomía funcional, jurídico-registral, técnica, económica, financiera y administrativa.
Artículo 4°.- Son funciones generales de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos: a) Dictar las políticas y normas técnico-registrales de los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional. b) Planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros que conforman el Sistema. c) Planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar el proceso de simplificación, integración y modernización de los Registros que forman parte del Sistema. d) Planificar, organizar, dirigir, ejecutar y controlar las actividades de carácter técnico y administrativo del Sistema. e) Ejecutar actividades de formación, capacitación y entrenamiento de los Registradores Públicos y demás personal de los Registros que integran el Sistema. f) Planificar, organizar, dirigir, coordinar y supervisar las acciones de comunicación interna y externa, así como la imagen institucional y corporativa. g) Aprobar la estructura orgánica de sus Órganos Desconcentrados. h) Normar y ejecutar las actividades de procesamiento de datos y racionalización administrativa. i) Celebrar convenios con Entidades del sector público o privado nacional o internacional, o de cooperación técnica internacional, con el propósito de promover, desarrollar y ejecutar proyectos relacionados con el sistema registral del país.
1.3 ESTRUCTURA ORGÁNICA
Para el cumplimiento de sus fines y objetivos SUNARP, cuenta con las unidades orgánicas siguientes (Artículo 5º del Reglamento de Organización y Funciones de SUNARP aprobado por Resolución Suprema Nº 139-2002-JUS): a) ALTA DIRECCIÓN
- Superintendente Nacional de los Registros Públicos.
- Directorio.
- Superintendente Adjunto de los Registros Públicos b) ÓRGANO CONSULTIVO
- Gerente General.
- Consejo Consultivo c) ÓRGANO DE CONTROL
- Oficina de Auditoría Interna d) ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO
- Gerencia Registral
- Gerencia Legal
- Gerencia de Presupuesto y Desarrollo e) ÓRGANOS DE APOYO
- Secretaría General
- Gerencia de Catastro
- Gerencia de Administración y Finanzas
- Gerencia de Informática
- Escuela de Capacitación Registral j) Supervisar el correcto empleo de los recursos provenientes de los convenios referidos en el literal i). k) Contratar servicios no personales de terceros o celebrar contratos de trabajo sujetos a modalidad que coadyuven al cumplimiento de los objetivos de SUNARP o permitan una mayor eficiencia en el desarrollo de sus funciones. l) Las demás que establece la Ley.
- Oficina de Imagen Institucional y Relaciones Públicas f) ÓRGANO DE SEGUNDA INSTANCIA REGISTRAL
- Tribunal Registral g) ÓRGANOS DESCONCENTRADOS
Zonas Registrales:
Zona Registral N° I - Sede Piura
Zona Registral N° II - Sede Chiclayo
Zona Registral N° III - Sede Moyobamba
Zona Registral N° IV - Sede Iquitos
Zona Registral N° V - Sede Trujillo
Zona Registral N° VI - Sede Pucallpa
Zona Registral N° VII - Sede Huaraz
Zona Registral N° VIII - Sede Huancayo
Zona Registral N° IX - Sede Lima
Zona Registral N° X - Sede Cusco
Zona Registra! N° XI - Sede Ica
Zona Registral N° XII - Sede Arequipa
Zona Registral N° XIII - Sede Tacna
El Sistema Nacional de los Registros Públicos vincula, en lo jurídico registral, a los Registros de todos los Sectores Públicos y está conformado por los siguientes: a) Registro de Personas Naturales, que unifica los siguientes registros: el Registro de Mandatos
Registro de Personas Naturales Registro de Personas Jurídicas y Poderes, el Registro de Testamentos, el Registro de Sucesiones Intestadas, el Registro Personal y el Registro de Comerciantes. b) Registro de Personas Jurídicas, que unifica los siguientes registros: el Registro de Personas Jurídicas, el Registro Mercantil, el Registro de Sociedades Mineras, el Registro de Sociedades del Registro Público de Hidrocarburos, el Registro de Sociedades Pesqueras, el Registro de Sociedades Mercantiles, el Registro de Personas Jurídicas creadas por Ley y el Registro de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada; c) Registro de Propiedad Inmueble, que unifica los siguientes registros: el Registro de Propiedad Inmueble, el Registro de Derechos Mineros y el Registro de Concesiones para la explotación de los Servicios Públicos; d) El Registro de Bienes Muebles, que unifica los siguientes registros: el Registro de Bienes Muebles, el Registro de Propiedad Vehicular, el e) Los demás Registros de carácter jurídico creado o por crearse.

Registro Mobiliario de contratos, el Registro de Buques, el Registro de Embarcaciones Pesqueras, el Registro de Aeronaves, el Registro de Naves.
Para desarrollar su labor de otorgar Seguridad Jurídica, el Sistema Nacional de los Registros Públicos está conformado por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, como su ente rector normativo y supervisor, 59 Oficinas Registrales y 69 Oficinas Receptoras, que brindan los servicios registrales a la sociedad.
Su distribución física obedece a una zonificación registral, dentro de la que cada Oficina Registral tiene jurisdicción geográfica y los Registradores autonomía en su labor de servicio público.
A continuación se aprecia el cuadro de oficinas registrales y receptoras y su área de competencia nacional.

Sistema Nacional De Los Registros P Blicos
Zonas Registrales-Sedes-Oficinas Registrales-Oficinas Receptoras (Diciembre 2008)