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DERECHO ROMANO…………………………………….……2 EL DERECHO ROMANO
Es de hacer notar que, la definición del Derecho romano se comprende mejor si se construye a partir del conocimiento de sus nociones fundamentales y de su sistema de fuentes. Sin embargo, éstas no permanecen idénticas en el transcurso de la historia del Derecho romano, sino que varían tanto en su número, como en su valor dentro del sistema de fuentes mismo.
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De forma simplificada, el Derecho Romano distinguía entre varias formas de comprender lo que era justo conforme a derecho: • Ius: normas creadas por el hombre • Iniuria: lo contrario a esas normas • Fas: voluntad divina • Nefas: lo contrario a la voluntad divina
EL DERECHO ROMANO
El Derecho Romano es el nombre que damos al conjunto de normas que rigieron la vida de la Antigua Roma durante los catorce siglos que el Imperio se mantuvo en pie. En la actualidad, entendemos por Derecho Romano el ordenamiento jurídico que reguló las actividades de los ciudadanos del Imperio, desde su fundación—en el año 753 a. C. —hasta su caída en el siglo V d.C., siendo un cuerpo legal vivo que se adaptó para cubrir las necesidades sociales de cada momento histórico. El compendio de normas de la Antigua Roma siguió vigente hasta la caída del Imperio bizantino, en el año 1453, pero sus fundamentos se han mantenido vivos a lo largo de los últimos siglos. Primero, a través de su inclusión en los textos jurídicos germánicos y, después, como parte del ius commune y de los diversos derechos nacionales, sirviendo de base no solo para el desarrollo de la legislación civil de gran parte de Europa y de toda América Latina, sino también para el desarrollo de múltiples instituciones y principios de derecho público como la separación de poderes, la regulación de los bienes públicos, crímenes, la organización administrativa, la materia urbanística o el sistema impositivo, entre otros.
A pesar de ser una legislación tan antigua, su influencia en diferentes factores sociales, políticos y económicos ha trascendido en el tiempo. Esto se debe a que los romanos supieron elaborar un cuerpo legislativo sencillo, capaz de dar respuesta a los conflictos que surgían entre los ciudadanos de la manera más simple, sin buscar grandes formulaciones teóricas, aunque con un espíritu formalista muy sólido, tanto en la interpretación de su derecho como en su aplicación, buscando la solución más justa a cada caso concreto y con una enorme capacidad de adaptación a los cambios y necesidades imperantes en cada momento en la sociedad.
Su ordenamiento distinguía también entre: • Derecho público, que era la parte del ordenamiento jurídico que regulaba la acción del Estado en áreas del interés general y velaba por su relación con el ciudadano u otras comunidades independientes. • Derecho privado, que era la esfera jurídica que regulaba las relaciones entre los ciudadanos y sus intereses particulares.