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Los derechos no tienen fronteras, Son sagrados

rjimenez@procuraduria.gov.do

No hay un tema, un concepto más consustancial al género humano que los derechos; los derechos no tienen fronteras, son sagrados. El primer derecho es el de la vida y luego se agregan muchos otros como el trabajo, la alimentación, la salud, la educación, la libertad, la justicia, todos formando una suerte de decálogo, de uso y reflexión universal y permanente. ¿Ha oído usted hablar de los derechos del Medio Ambiente, orientados a preservar la salud, los espacios vitales y todo el globo terráqueo amenazado hoy por los cambios climáticos? De esos derechos (así en plural) se ha asumido un conjunto de modelos paradigmáticos, uno de los cuales: “el ecológico contextual”, es hoy de gran actualidad y utilidad en las escuelas. Estamos en abril y no podemos pasar por alto los derechos de la niñez, derechos especiales, ya que los niños y niñas son nuestra principal alegría de vivir, y justamente en este mes se celebra en nuestro país la prevención del abuso infantil. Los maltratos contra niños y niñas van desde castigos corporales y sicológicos hasta el abuso sexual, ya sea por parte de extraños o familiares. En la República Dominicana el castigo físico ha sido un recurso tradicionalmente utilizado por padres, madres y tutores como método de corrección. El maltrato físico es en un 48.2% el tipo de corrección más utilizado. La Constitución dominicana establece el deber del Estado de salvaguardar a la familia y al menor como parte fundamental de la misma, incorporando en el artículo 8, inciso 15, la protección de la maternidad y la infancia. Contamos además con el Código del Menor y/o Ley 136-03 que se apoya sobre todo en la Convención de los Derechos del Niño. Velar por los derechos de la niñez, su razón de existir y desarrollarse en un ambiente sano y seguro es tarea de la Procuraduría General de la República, aplicando los mandatos constitucionales, convenciones y leyes. En ella ponen las autoridades del Ministerio Público parte de sus nobles esfuerzos para que haya seguridad en la familia, contribuyendo a la vez con aquellos órganos que como el CONANI y el Despacho de la Primera Dama trabajan también, tal como lo hacen instituciones privadas, sin descanso por el presente y el futuro de los niños y niñas de este país. En los derechos, su defensa y preservación, se sustenta una de las misiones nodales de la Procuraduría. Es un tema permanente en nuestras actuaciones y nuestro código lingüístico, cuyo abordaje y tratamiento han concitado una atención especial en estos días con la presencia en territorio dominicano de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Ha sido una presentación histórica de la que nos hemos regocijado, tratándose de la primera vez que ese organismo sesiona entre nosotros desde que fuera creada hace un tercio de siglo, y por la relevancia que tiene para la sociedad y el Estado dominicano que fuéramos escogidos como sede para tal acontecimiento. La CIDH presidida por la prestigiosa dama chilena Cecilia Medina Quiroga y entre cuyos siete miembros se destaca la dominicana Rhadys Iris Abreu

Blondet, no sólo vino a conocer casos sensibles de violación de los derechos humanos en el Hemisferio, sino que desarrolló en el país el Seminario “Recepción Nacional de la Jurisprudencia de la Corte Interamericana, Desafíos Presentes y Futuros del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos”, con acceso a un público que el martes 31 de marzo abarrotó el auditorio de la Suprema Corte de Justicia, que junto a la Cancillería y la Procuraduría, les servimos de anfitriones a tan digna delegación del más elevado nivel institucional interamericano. Sólo unas semanas previas, el 17 de febrero, habíamos recibido la Reunión del Grupo de Expertos de la Conferencia Ministerial para el Caribe sobre Tráfico Ilícito de Drogas, Delincuencia Organizada Transnacional y Terrorismo como Desafíos para la Seguridad y el Desarrollo, que tuvo lugar en el hotel Santo Domingo, lo que pone a nuestro país, a nuestro gobierno, en el vértice de la cooperación internacional, que como dijimos en nuestro discurso del acto de apertura del evento, ha dejado de ser una cuestión meramente burocrática para convertirse en uno de los elementos más esenciales para la discusión y enfrentamiento de los diferentes problemas que presentan nuestras sociedades. El crimen organizado en sus diferentes vertientes es hoy por hoy uno de los principales causantes del atraso y subdesarrollo de la región, y ese fenómeno ha venido transformándose en la misma medida en que hemos ido evolucionando como sociedad, o quizás hasta en mayor grado. Combatir dicho fenómeno no es tarea fácil, por lo que debemos promover mecanismos de cooperación ágiles y eficientes bajo el entendido de que el crimen organizado no respeta fronteras ni derechos.

Doctor Radhamés Jiménez Peña Procurador General de la República Ministerio Público

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editorial HAY QUE PRACTICAR CON EL EJEMPLO Es de conocimiento público que el procurador general de la República, Radhamés Jiménez Peña, dispuso a partir de abril corriente, la reducción de un 10 por ciento en el salario de los funcionarios de la institución que devengan por encima de 100 mil pesos y de un 5% a los que devengan montos a partir de los 70 mil. La medida fue dispuesta en atención al llamado hecho por el presidente Leonel Fernández para enfrentar la crisis económica mundial cuyos efectos se teme que repercutan con fuerza en el país. El magistrado Jiménez Peña dijo, para justificar la medida, que “en momentos difíciles como los actuales, los hombres y mujeres comprometidos con un mejor destino para la patria deben poner los intereses generales por encima del interés particular”. Y subrayó: “Ante el gran reto que significa la grave crisis económica que a escala planetaria sacude al mundo, y, de manera particular a nuestro país, nos hemos visto precisados a tomar la decisión de ordenar una reducción en los salarios de los funcionarios y empleados de esta Procuraduría General de la República a partir de la fecha”.

La disposición del procurador general de la República está dirigida a su asistente en el área financiera y administrativa, Gladys Checo, y a la directora de Gestión Humana, Rossanna Dalmasí. Es indudable que la medida que estará vigente por lo que resta del año 2009, no tiene nada de populista y sí mucho de ejemplarizadora, sobre todo, para otros funcionarios y áreas del Gobierno en donde se sabe abundan los altos salarios. No se trata de trazar la raya de Pizarro ni de cazarse con la gloria, sino de practicar con el ejemplo y de ir creando conciencia y expectativas favorables a una iniciativa del Gobierno que busca por la vía de una ley en el Congreso, acabar de una vez y por todas con las odiosas distorsiones salariales en la Administración Pública, en donde hay funcionarios que ganan más y hasta triplican el sueldo del Presidente de la República. Como lo dijo el periódico El Nacional en su editorial del pasado siete de abril, “es obvio que esa rebaja de un diez por ciento para los salarios por encima de los cien mil pesos y cinco por ciento para los que devengan sobre 70 mil, no será bien recibida por los afectados, pero a la Procuraduría le cabe el honor de convertirse en la primera institución oficial que de verdad se aprieta los pantalones”.

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Ministerio Público

El tabloide vespertino que dirige el veterano periodista Radhamés Gómez Pepín destaca por igual la medida del jefe de la Fuerza Aérea, Carlos Altuna Tezanos, quien anunció aumentos salariales para los miembros de la institución que realizan labores especiales, lo que por su lado es un ejemplo práctico de equidad. “El procurador general y el jefe de la Fuerza Aérea han ofrecido un contundente ejemplo del papel que debería asumir la Administración Pública en tiempos de aguda crisis económica, cuando el drama de las desigualdades salariales entre funcionarios y empleados se expresa con mayor dramatismo”, sostiene el prestigioso medio periodístico. A juicio de El Nacional, “La gravísima crisis económica no parece llamar la atención de las altísimas estructuras de dirección del Estado que devengan salarios muy por encima del promedio en América Latina, que en la mayoría de los casos no se reditúan en beneficio de la población. La jefatura de Estado Mayor de la Fuerza Aérea ha dispuesto discretos aumentos e incentivos salariales a clases y alistados que de alguna manera alivian la pesada carga que, para esos soldados y sus familias, supone devengar salarios mínimos”. Y recuerda que “El Poder Ejecutivo ha encomendado a la Secretaría de Administración Pública elaborar un proyecto de política salarial que supuestamente conjugaría el desorden o excesivo privilegio y discrimen que prevalecen en el sector público donde funcionarios de tercera categoría o gente empadronada en la nómina oficial, devengan ingresos exorbitantes”. En su nota editorial, el vespertino señala también que “Parte el alma saber que funcionarios y consuetudinarios clientelistas políticos perciban lujosos salarios, mientras la gran mayoría de empleados públicos, incluidos médicos, enfermeras, guardias y policías, deben arreglársela con salarios de miseria”. En tal sentido puntualiza que “En contraposición a ese marco de inequidad e irracionalidad hay que resaltar la medida del procurador Jiménez Peña, de reducir los sueldos de los altos funcionarios de esa dependencia, o las acciones que se encaminan en la Fuerza Aérea y la Marina para incrementar los ingresos de clases y alistados”, que en esas instituciones son los que menos ganan.


institucional

Kelman Suárez, Lidia Padilla, Ana Leonardo, Argelis Olivero y Tuskany Sepúlveda, quienes realizaron el taller.

Analistas de Compras y Contrataciones participan en taller especializado La actividad fue realizada en la Cancillería y auspiciada por la Unión Europea La Procuraduría General de la República, en interés de cimentar cada vez más sus niveles de transformación y eficiencia en el fiel cumplimiento de la Ley 340 y su reglamento, recibió complacida los resultados de cinco analistas que obtuvieron igual número de certificaciones por haber concluido satisfactoriamente sus calificaciones en el taller Primer Ciclo de la Jornada de Desarrollo Gerencial y Humano y la Especialización Técnica en Contrataciones Públicas.

Bajo los auspicios de la Unión Europea, el curso fue impartido por la Secretaría de Hacienda el pasado mes de marzo, en el salón de conferencias de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

Estuvo motivado en el interés y la seguridad de que la Unidad Ejecutora de Compras y Contrataciones de la institución rectora del Ministerio Público, se perfile cada vez más en los procesos de adquisición de servicios con estricto apego a las normas trazadas por la Ley 340. La Procuraduría ha puesto todo su empeño para fortalecer esos mecanismos con la debida objetividad y transparencia, según lo explica Gladys Checo de Almonte, asistente del Procurador General de la República en los Asuntos Administrativos y Financieros.

Sandra Santana, encargada de Compras, desde la izquierda, comparte con Ana Leonardo, Kelman Suárez y Argelis Olivero.

nores, comparación de precios, así como licitaciones públicas o restringidas”.

Explica que una vez la plataforma del Sistema Integrado de Gestión Financiera procese el bien o servicio adquirido, sus resultados son descargados a la plataforma propia de ProCompraNet, donde tanto el suplidor como el público en general tienen a su disposición los resultados de la operación totalmente actualizada.

La Unidad Ejecutora de Compras y ContratacioSostuvo que a ello responde la instalación de Gladys Checo de Almonte nes está dirigida por Sandra Santana junto a un una plataforma tecnológica propia denominada equipo de analistas de alta calificación, entre Pro- CompraNet, “ lo cual nos permite visualizar los cuales figuran Lidia Padilla, Argelis Rafael en el presente y pasado todas las operaciones realizadas Olivero, Kelman Suárez, Ana Leonardo y Tuskany Yanet Sebajo cualquier modalidad de servicio, como compras mepúlveda. Ministerio Público

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Rosanna Dalmasí coloca un pin de reconocimiento a Víctor Thomson y luego figura junto al grupo de reconocidos, Leda María Sánchez Mejía, Mirian Teresa Castillo, Josefina Comprés y Cecilio Ramírez.

Empleados de la Procuraduría reciben reconocimiento en el Día del Servidor Público Con motivo de la conmemoración del “Día del Servidor Público”, la Secretaría de Estado de Administración Pública (SEAP) otorgó reconocimientos a 378 empleados públicos con más de 25 años de servicio al Estado dominicano. La distinción abarcó a varios empleados de la Procuraduría General de la República (PGR), quienes recibieron medallas al mérito por su trayectoria de servicio.

Los empleados de la PGR que recibieron reconocimientos fueron: Mirian Teresa Castillo, de la Dirección General de Prisiones; Josefina Altagracia

Comprés, del Departamento de Dictámenes y Litigios; Leda María Sánchez Mejía, de la Escuela Nacional Penitenciaria (ENAP); Víctor Manuel Thomson Rivera, de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, y Cecilio Ramírez Dionisio, de Servicios Generales, entre otros.

funciones con honestidad, entrega, entusiasmo y dedicación.

La actividad se celebró en el salón Las Cariátides del Palacio Nacional, con la participación de servidores de 44 instituciones del Estado, y estuvo encabezada por el vicepresidente de la República, doctor Rafael Alburquerque; Luis Manuel Bonetti, Ramón Ventura Camejo, Max Puig y monseñor Ramón Benito Ángeles, secretarios de la Presidencia, de la SEAP, de Trabajo y de la Conferencia del Episcopado Dominicano, Benito Ángeles, y el secretario de Trabajo, Max Puig.

Todos llevan más de 25 años de servicio

La directora de Gestión Humana de la Procuraduría, licenciada Rossanna Dalmasí, tras felicitar a los empleados de esta institución, les exhortó a asumir sus

Roxanna Reyes

recibe reconocimiento por su labor como la procuradora general adjunta para Asuntos de la Mujer 6

Ministerio Público


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Fiscal provincia Santo Domingo Entrega certificados a dirigentes comunitarios que participaron en curso de prevención en uso de drogas El fiscal de la provincia de Santo Domingo, Perfecto Acosta, encabezó el acto de entrega de certificados a dirigentes comunitarios que participaron en el curso taller “Prevención del Uso Indebido de Drogas”.

Más de cien dirigentes comunitarios y pastores evangélicos fueron capacitados mediante este seminario taller que tuvo como objetivo principal, crear conciencia sobre la importancia de la prevención, y que fue organizado por la Fiscalía de la provincia Santo Domingo. En sus palabras de motivación, Perfecto Acosta destacó la importancia de la prevención en la lucha contra el narcotráfico.

También resaltó el trabajo que se ejecuta desde la fiscalía, al señalar que a diario desmantelan puntos de distribución de drogas en un trabajo conjunto con la Dirección Nacional de Control de Drogas. El fiscal de la provincia Santo Domingo reveló además, que el número de sometimientos por violación a la Ley 5088 sobre drogas y sustancias controladas aumentó en el primer bimestre de este año en un 20% con relación a igual período de 2008.

Acosta explicó que entre enero y febrero de este año fueron sometidas 389 personas y en el 2008, 254 por violar la Ley 50-88.

Ramón Ventura Camejo

PE busca evitar distorsión de sueldos en el Gobierno El secretario de Administración Pública, Ramón Ventura Camejo, reveló que el Poder Ejecutivo se apresta a someter al Congreso Nacional un proyecto de ley para regular las distorsiones salariales en las instituciones centralizadas y descentralizadas, incluyendo la Suprema Corte de Justicia, el Congreso Nacional y los ayuntamientos. Señaló que luego de esa medida, decenas de funcionarios dejarían de tener sueldos por encima del Presidente de la República. De acuerdo a Ventura Camejo, se realizarán reuniones con funcionarios altos y bajos, la sociedad civil, técnicos del área y legisladores para debatir sobre el particular y crear una ley consensuada.

El procurador fiscal Perfecto Acosta entrega un certificado a una dirigente comunitaria.

La procuradora general adjunta para Asuntos de la Mujer y Política Criminal, Roxanna Reyes, recibió un reconocimiento por la destaca labor que desempeña en esa dependencia de la Procuraduría General de la República durante un acto que realizó el Hotel Intercontinental V Centenario para conmemorar el Día Internacional de la Mujer. Junto a la magistrada Reyes, fueron galardonadas también, la cantante lírica, Ivonne Haza y Mary Pérez de Marranzini, presidenta de la Asociación Nacional de Rehabilitación. Las damas fueron elegidas por la gerencia del Hotel V Centenario. Recibieron el reconocimiento por parte Exmin Carvajal, director de mercadeo, y Olmedo Herrera, gerente general de la empresa. Roxanna Reyes estuvo acompañada de su madre, Monserrat Acosta; su abuela Hilda Moquete, y su hermana Melissa Reyes

“Se buscará en esta ley que regule las distorsiones salariales y además que cada empleado y funcionario devengue un sueldo de acuerdo a sus desempeños y a las implicaciones de sus funciones”, sostuvo Camejo indicó que el presidente Leonel Fernández lo instruyó para que se designe una comisión que elabore los estudios y realice las recomendaciones necesarias para establecer la escala salarial en el sector público. El anuncio se hace después que se ha desatado un festival de aumentos salariales en organismos descentralizados del Estado, como el propio Congreso y los ayuntamientos. Ministerio Público

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Mike Schimmel, cónsul de Estados Unidos, habla en el acto de graduación de agentes penitenciarios.

Cónsul de EE.UU:

Nuevo Modelo Penitenciario dominicano es ejemplo para el mundo El cónsul general de los Estados Unidos en el país, Mike Schimmel, calificó como un ejemplo para el mundo el Nuevo Modelo Penitenciario implementado en la República Dominicana.

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El funcionario consular elogió la capacidad y profesionalidad de los Agentes de Vigilancia y Tratamiento Penitenciario (VTPs), en ocasión de la graduación de la décimo tercera promoción de este cuerpo, celebrada en el salón de actos de la Procuraduría General de la República.

La actividad estuvo encabezada por el procurador general de la República, Radhamés Jiménez Peña, quien al pronunciar el discurso central en la actividad, dijo que los nuevos 109 VTPs serán entrenados y capacitados para continuar con la transformación del sistema penitenciario en la República Dominicana.

El cónsul de los Estados Unidos manifestó que el programa modelo que implementa la Procuraduría General de la República en varios recintos penitenciarios del país, es un ejemplo para el mundo. “Yo puedo dar testimonio de lo que afirmo porque visito con frecuencia las cárceles para dar seguimiento a los casos de 70 norteamericanos que enfrentan procesos judiciales”, precisó el diplomático. Dijo que ningún interno norteamericano le ha expresado quejas en cuanto al trato de los custodias, sino que por el contrario han elogiado la profesionalidad de este cuerpo.


NOTICIAS Destacó además, que el informe sobre el respeto a los derechos humanos suministrado por el Departamento de Estado de los Estados Unidos hace comentarios positivos sobre la realidad dominicana en las cárceles y de los avances alcanzados en los mismos.

De igual manera, Schimmel resaltó las cualidades humanas de los agentes VTPs, de quienes destacó el buen trato que ofrecen a las personas privadas de su libertad. El cónsul Vista parcial del público que asistió a la graduación, entre ellos procuradores generales adjuntos y de cortes, y prode los Estados Unidos ha- curadores fiscales. bló durante el acto al pedir El magistrado Jiménez Peña resaltó el turno que correspondía al experto EL PROCURADOR que en esta ocasión, también recibieen materia penitenciaria, el británico ron sus certificados 53 subdirectores Nick Brooke. En tanto que el magistrado Jiménez y supervisores de Seguridad, quienes Peña, al pronunciar el discurso central participaron en el Curso de ActualiElogió de igual manera los esfuerzos del acto, agradeció las palabras de elozación 2009, que se imparte para las desplegados por el procurador gegio emitidas por el diplomático estadodistintas áreas del Modelo de Gestión neral Radhamés Jiménez Peña, para unidense, al tiempo de dejar claro que Penitenciaria. hacer realidad la transformación del el proceso de transformación penitensistema penitenciario dominicano. ciaria “no se detendrá en el país”. En la actualidad existen diez Centros de Corrección y Rehabilitación en el Dijo que es loable el hecho de que JiManifestó que tal y como dijo en una Nuevo Modelo de Gestión Penitenciaménez Peña haya recorrido varias naocasión Mahatma Gandhi, el retrato de ria de las 37 cárceles que existen en el ciones del mundo, incluso China, para los pueblos se puede observar a través país, esos centros son Najayo Mujeres, observar los modelos penitenciarios y de sus cárceles, por lo que en la RepúRafey Hombres y Mujeres, Vista al Vablica Dominicana estamos avanzando captar las experiencias positivas para lle en San Francisco de Macorís, Elías implementarlas en la República Dode manera considerable en cuanto al Piña, Monte Plata, Haras Nacionales respeto de los derechos humanos a las minicana. en Santo Domingo, Dajabón, Mao y personas privadas de su libertad. Puerto Plata. “El trabajo que ha realizado el procuEl procurador general de la República rador Jiménez Peña por transformar Jiménez Peña anunció para este año, destacó la voluntad política del presiel sistema penitenciario y las condila inauguración de seis nuevos cendente Leonel Fernández, sin cuyo apociones de vida de los internos debe tros ubicados en San Pedro de Macoyo, dijo, habría sido imposible alcanzar ser elogiado por toda la sociedad dorís, Higüey, Moca, Baní, Azua, Salcedo la actual transformación penitenciaria. minicana y el mundo”, apuntó. y La Romana.

Roberto Santana, Manuel de Jesús Pérez Sánchez, Radhamés Jiménez Peña, Nicholas Brooke e Ismael Paniagua junto a los graduandos.

Mientras que Roberto Santana, director de la Escuela Nacional Penitenciaria, valoró el trabajo de depuración realizado para reclutar a los nuevos agentes VTPs, al tiempo de expresar su confianza en que desempeñarán sus funciones con profesionalidad y seriedad. En el acto también habló el mayor general Manuel de Jesús Pérez Sánchez, director general de Prisiones. Ministerio Público

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Presa Monte Grande Bello Rosa satisfecho con que Gobierno cumpla ley ordena concurso público para construir obras El ex procurador general de la República, Virgilio Bello Rosa, expresó satisfacción por la convocatoria a licitación pública internacional hecha recientemente por el Gobierno para la construcción de la presa de Monte Grande. Bello Rosa dijo que, junto al abogado Rafael Ureña Fernández, había iniciado un proceso judicial para que el

Gobierno llamara a una licitación pública porque lba adjudicación se hizo después de la aprobación de la Ley 449-06, sobre Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones. El jurista indicó que el 22 de noviembre de 2006, el Estado dominicano conjuntamente con el Instituto Nacio-

nal de Recursos Hidráulicos (INDHRI) firmó con la empresa extranjera Consorcio AGCONVISA, un contrato para el diseño, construcción y financiamiento del proyecto múltiple Monte Grande. “Quiero expresar mi satisfacción pública por el hecho de que el Presidente de la República ordenó la realización de un concurso público para la cons-

Jaime David dispuesto ir a justicia por las áreas protegidas El secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Jaime David Fernández Mirabal, advirtió que continuará cumpliendo con la ley y que está dispuesto a sentarse en los bancos de la Suprema Corte de Justicia por la protección de las áreas verde en la República Dominicana.

Fernández Mirabal sostuvo que no permitirá que particulares se adueñen de terrenos que figuran dentro de los parques, que son los pulmones de vida del país. “Yo estoy dispuesto a que me guarden un sitio en una cárcel, pero no voy a desmayar en la protección del medio ambiente”, agregó Fernández Mirabal.

Parque Nacional del Este

“Ese es un caso El funcionario hizo la adcerrado, gracias a vertencia al presidente la intervención de Jaime David Fernández Mirabal de la Comisión de Medio los partidos de la Ambiente y Recursos NaLiberación Domiturales de la Cámara de Dinicana y Revolucioputados sobre las áreas protegidas del nario Dominicano, ante las cámaras Parque del Este, en Boca de Yuma. legislativas”.

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Manifestó que no permitirá que particulares se adueñen del patrimonio nacional.

Asimismo, declaró que conjuntamente con la Secretaría de Turismo, tiene en carpeta proyectos para la zona de Bahía de Las Águilas, en la provincia de Pedernales.


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“Quiero expresar mi satisfacción pública por el hecho de que el Presidente de la República ordenó la realización de un concurso público para la construcción de la presa, a la que se hace referencia en los documentos”. trucción de la presa, a la que se hace referencia en los documentos”.

“Definitivamente yo me siento muy satisfecho de que haya sido así, y que en el futuro se haya establecido un criterio para que se le dé cumplimiento a la ley, no sólo en este caso, sino en todos los casos que participa el Gobierno dominicano”.

El Gobierno a través del INDRHI, convoca a las empresas interesadas en participar en el referido proyecto, a presentar las solicitudes, las cuales serán recibidas en sobres lacrados en un plazo establecido por ley.

FA analiza debilidad y riesgo en seguridad del Estado, ciudadanía y medio ambiente Las Fuerzas Armadas a través de sus diferentes niveles de mando analizaron los factores causales que pueden originar las denominadas amenazas emergentes, como el narcotráfico, el tráfico de armas, el atentado contra el medio ambiente y su impacto negativo en las operaciones, el personal y la logística dentro del funcionamiento de las fuerzas militares y de seguridad. Durante la jornada sobre impacto de las amenazas emergentes en las fuerzas militares, los altos mandos identificaron las vulnerabilidades existentes generadoras de riesgos que a su vez pueden afectar el cumplimiento de las misiones.

Además, profundizaron en cuan- Pedro Rafael Peña Antonio to a las medidas que están adoptando para evitar que permanezReforma can dentro de las filas personas que En la jornada, organizada por la Secreirrespeten los valores tradicionales y taría de las Fuerzas Armadas a través las normas de conducta de todo mide la Comisión Permanente para la Relitar.

forma y Modernización de las Fuerzas Armadas, compareció el director ejecutivo del Consejo Nacional para la Reforma del Estado (Conare), Carlos Villamán; el jefe de la Marina de Guerra, Luis Homero Lajara Solá; el subsecretario de las Fuerzas Armadas, Julio César Ventura Bayonet, y el director de Asuntos Internos de las FF.AA., mayor general Antonio Valentín Jáquez López, entre otros.

Con la actividad, también se busca generar en los diferentes niveles de mando participantes su compromiso, en cuanto a la visión, misión, valores y principios de las Fuerzas Armadas, además de recabar informaciones concretas que sirvan de base al Estado Mayor General para la toma de decisiones, en lo referente a las directrices trazadas por el presidente Leonel Fernández.

La actividad es la continuación de otras semejantes que sobre el mismo tema han venido realizando y que ahora se pretende discutir a la luz de la realidad de República Dominicana. Ministerio Público

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El procurador Radhamés Jiménez Peña acompañado de su primer sustituto Ángel Castillo Tejada y el titular de la nueva dirección Frank Soto.

Procuraduría crea Dirección de Persecución Narcotráfico y Criminalidad Compleja La Procuraduría General de la República creó la Dirección Nacional de Persecución del Narcotráfico y Criminalidad Compleja, para intervenir de manera directa en el desarrollo de la investigación de esos delitos y los medios para su comisión. El nuevo organismo está presidido por el procurador general adjunto Frank Euclides Soto Sánchez, quien contará con un cuerpo especializado para cumplir con sus nuevas funciones, además de el director del Departamento contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas. El procurador general, Radhamés Jiménez Peña hizo el anuncio durante una rueda de prensa celebrada en la sede de la institución rectora del Ministerio Público, en la que participaron el primer sustituto del procurador, Ángel Castillo Tejada, así como los fiscales del Distrito Nacional, Santiago, San Cristóbal e Higüey, Alejandro Moscoso Segarra, Raúl Martínez, Faustino Pulinario Romero, y Lucas Evangelista Pérez, respectivamente. El magistrado Jiménez Peña dijo que la nueva Dirección de Persecución del Narcotráfico y la Criminalidad, creada

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mediante la resolución 12, se encargará de diseñar las políticas institucionales necesarias para combatir y prevenir la comisión de delitos complejos y de narcotráfico, así como servir de organismo asesor en las estrategias a seguir en ese sentido a nivel nacional. De igual forma, dijo que brindará la protección necesaria a las víctimas y testigos de los casos que estén bajo investigación, y que en lo adelante el Departamento contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, así como la Unidad Antilavado de Activos funcionarán bajo esa dirección.

“En tal sentido, quisiera contar con el apoyo de voces autorizadas, que estaremos tocando sus puertas oportunamente, como es, la de Marino Vinicio Castillo, asesor del Poder Ejecutivo en materia de Drogas; el mayor general Gilberto Delgado Valdez, presidente de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD); mayor general Rafael Guillermo Guzmán Fermín, jefe de la Policía Nacional y la doctora Mabel Féliz, presidenta del Consejo Nacional de Drogas”, expresó Soto.

El magistrado Frank Soto es además Segundo Sustituto del Procurador General de la República

De su lado, el recién designado director de esa oficina, Frank Soto, dijo que desde ya se iniciaron los contactos con los diferentes actores del sistema para obtener uniformidad de criterios de actuación y persecución del narcotráfico y la criminalidad.

En la rueda de prensa también participaron, el director nacional del Ministerio Público, Rodolfo Espiñeira; el procurador general adjunto para el Sistema Eléctrico, Moisés Ferrer, y el procurador de la Corte de Apelación de San Cristóbal, Jesús Fernández Vélez.


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Al dictar conferencia en Procuraduría

Pelegrín Castillo afirma país avanza en materia de seguridad Al inaugurar el ciclo de conferencias que desarrolló la Unidad de Lavado de Activos de la Procuraduría General de la República, el diputado y dirigente político, Pelegrín Castillo, afirmó que en la República Dominicana se registran avances positivos en materia de seguridad nacional, pero advirtió que el país no se puede dormir, ya que el crimen organizado es un fenómeno también en crecimiento, peligroso e inminente.

Sostuvo que el crecimiento de la delincuencia nacional y transnacional en territorio quisqueyano se debe a que la República Dominicana acusa un desarrollo espectacular. “Somos el país que más ha crecido en los últimos 50 años en la región del Caribe; hemos crecido como sociedad y hemos logrado metas importantes”, subrayó el legislador de la Fuerza Nacional Progresista. Entre esos crímenes citó el narcotráfico, del cual dijo se ha expandido vertiginosamente en el Caribe, y en ese sentido se debe evitar que los problemas de las naciones vecinas no se arrastren hacia República Dominicana, a pesar de las buenas relaciones que mantiene con sus respectivos gobiernos.

A juicio de Pelegrín Castillo, el concepto de seguridad nacional, además de combatir el crimen y la delincuencia con políticas amplias y consensuadas,

La disertación de Castillo titulada “Criminalidad Organizada, Narcotráfico y Lavado de Activos: Reto para una Política de Seguridad Nacional”, formó parte del plan de trabajo estratégico de la Unidad Antilavado que dirige Germán Miranda Villlalona, con el cual se busca abrir un espacio sobre el tema para compartir la experiencia norteamericana, italiana, española y francesa, por ser éste un tema de carácter transnacional. Pelegrín Castillo

Germán Daniel Miranda Villalona, director de la Unidad de Antilavado.

debe tomar en cuenta otros aspectos importantes, como lo es el problema del cambio climático que produce el calentamiento de la tierra.

La actividad fue realizada durante un acto que estuvo encabezado por el procurador general adjunto, Frank Soto, en representación del máximo representante del Ministerio Público, Radhamés Jiménez Peña, y por el propio MiConsidera que randa Villalona, quien sostuvo el crecimiento que para actuar del crimen se correctamente debe a que en estos días y la sociedad tener efectividad en la lucha dominicana contra el crimen, es la de mayor hay que estar desarrollo de debidamente la región del actualizado con las técnicas y Caribe la preparación que brindan las sociedades del conocimiento y la tecnología de la información y la comunicación.

Sostuvo que conocimiento y técnica, más voluntad y compromiso, son los recursos combinados que se requieren para combatir los flagelos criminalizados y así contribuir con la seguridad y, por vía de consecuencia, con el desarrollo de los objetivos del milenio.

Vista del público que asistió a la conferencia integrado por abogados y empleados de la Procuraduría.

Al evento, realizado en el antiguo edificio del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes, participaron abogados y expertos en la materia, así como empleados de la Procuraduría General de la República. Ministerio Público

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El procurador Radhamés Jiménez Peña; Doris Rodríguez, consultora jurídica de EDESUR; el procurador adjunto para el sistema eléctrico, Moisés Ferrer Landron, quien recibe de los gerentes de EDEESTE y EDENORTE, Leonardo Marinas y Rafael Geraldo Sosa, documentos que contienen informaciones de fraude hecho por usuarios del servicio.

Entra en operación

Procuraduría General Adjunta para el Sistema Eléctrico El Ministerio Público actuará sin contemplación ni privilegio contra aquellos usuarios y empresas distribuidoras de energía eléctrica que se dediquen a cometer fraudes, según lo advirtió el procurador general de la República, Radhamés Jiménez Peña, quien aclaró que la persecución se hará a todos los niveles “para todo el que cometa fraude, sea la empresa distribuidora de electricidad o sea el usario”.

Aseguró que el Ministerio Público se integra desde ya de manera formal, desde la entrada en vigencia de las nuevas disposiciones a todo lo que tiene que ver con el fraude de energía eléctrica. lo cual precisó, está taxati-

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vamente incriminado por la Ley General de Electricidad 186-07. Con esos fines al juramentar al procurador general adjunto para el Sistema Eléctrico, doctor Moisés Ferrer Landron, le instruyó hacer cumplir de manera estricta la referida legislación.

Explicó que bajo esa Procuraduría estarán a cargo las diferentes coordinaciones con todos los actores del sistema eléctrico nacional, la Corporación de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE), las diferentes distribuidoras y la Superintendencia de Electricidad.

Procurador advierte actuará sin contemplación en casos de fraudes

Dijo que todas las dependencias del Programa de Apoyo a la Eliminación del Fraude Eléctrico (PAEF) pasarán de ahora en adelante a formar parte de la Procuraduría General Adjunta para el Sistema Eléctrico.

La información se dio a conocer durante una rueda de prensa celebrada en la sede de la Procuraduría, la cual estuvo encabezada además de los magistrados Jiménez y Ferrer, por Henry Merán, encargado


NOTICIAS de la Unidad de Identificación Rural y Urbana de la (CDEEE), quien participó en representación del presidente de dicha corporación, Radhamés Segura; el señor Leonardo Mariñas, gerente de la empresa distribuidora del Este (EDEESTE), y el director del PAEF, José Esteban Arias. En ese acto, el magistrado Ferrer recibió las primeras denuncias de fraudes de las cuales en representación de EDEESTE, el señor Mariñas entregó

tres casos de unos 4000 que están en proceso; por EDENORTE, Rafael Gerardo Sosa entregó un caso de 4000, y Doris Rodríguez entregó dos de 3000.

De su lado, el magistrado Ferrer, tras ser posesionado en esas funciones, hizo un llamado a todas las personas que tienen conexiones ilegales y que de alguna manera están sustrayendo energía, que desistan de esa actitud y que pasen por las distintas compañías distribuidoras, a los fines de que

Medidas de coerción para dos sorprendidos por Procuraduría Eléctrica en flagrante delito A pedido del Ministerio Público, el Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de Santo Domingo dictó medidas de coerción contra dos hombres sorprendidos mientras realizaban una conexión eléctrica ilegal para un apartahotel de la avenida España. Las medidas fueron dictadas por violación de los artículos 379 y 401 del Código Penal, así como al artículo 125, literal E, de la Ley General de Electricidad 125-01, modificada por la Ley

El Robo de electricidad La decisión del Primer Juzgado de la Instrucción de la provincia Santo Domingo de dictar coerción contra dos personas sorprendidas cuando realizaban conección ilegal a la red eléctrica (robo de luz), marca un precedente en este tipo de delito, y parece que la condena a esta práctica viene en serio. Ya así lo había advertido la Superitendencia de Electricidad. Sin embargo hace varios años que el presidente Leonel Fernández denunció que los mayores hurtadores de electricidad en República Dominicana eran los grandes ricos.

Fragmento del Editorial El Caribe del 24 de marzo 2009

regularicen su situación, porque de lo contrario la Procuraduría General Adjunta para el Sistema Eléctrico le aplicará todo el peso de la ley.

Tras ser posesionado en el cargo por el magistrado Jiménez Peña, el magistrado Ferrer dijo que los usuarios que entiendan que contra ellos se han cometido fraude, pueden acudir a esa institución a poner sus denuncias en contra de la empresa correspondiente.

186-07, en contra de Jorge Manuel Disla Féliz y Juan Ozuna de la Cruz, sorprendidos haciendo una conexión ilegal al apartahotel Mar y Dalia, que tenía el servicio suspendido por falta de pago, de acuerdo con la resolución de medida de coerción adoptada por el tribunal.

Mediante el auto 637-2009 dictado por el magistrado juez interino de la instrucción René del Rosario, se dispuso medidas de coerción consistentes en la prestación de una garantía económica avalada por una compañía aseguradora por cien mil pesos a cada uno, y que se presenten los días primero y 15 de cada mes, por un período de seis meses contados a partir del 18 de marzo, al despacho de la magistrada Gervacia Cid Martínez. Los dos imputados fueron sorprendidos en flagrante delito por miembros de la gerencia del Departamento de Investigación de la Procuraduría General Adjunta para el Sistema Eléctrico, que dirige el magistrado Moisés Ferrer, mientras hacían la indicada conexión ilegal.

Se le incautaron dos escaleras (una de aluminio y otra de madera), una pinza de corte y un destornillador plano. Se trata de los primeros casos que son introducidos a la justicia median-

te el nuevo esquema establecido con la modificación de la Ley General de Electricidad 125-01, modificada por la Ley 186-07 que criminaliza el fraude eléctrico. Ministerio Ministerio Público Público

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Gladys Sánchez, Natiaski Marmolejos, Héctor Cruz, Army Ferreiras, Luis Ramírez, Rosanna Molano, Bienvenido Nolasco, entre otros Ministerios Públicos que se graduaron.

CON GRADUACIONES CONJUNTAS DEL PEF

enmp cierra con broche de oro primer ciclo de formación de ministerios públicos co, Rodolfo Espiñeira; el procurador de la Corte de Apelación de San Cristóbal, Jesús Fernández Vélez; el director de la Escuela Nacional Penitenciaria, Roberto Santana, y el presidente del Colegio de Abogados de la República Dominicana, Fernando Pérez Volquez.

La Procuraduría General de la República y la Escuela Nacional del Ministerio Público celebraron una espléndida ceremonia de graduación de las últimas tres promociones del Programa Extraordinario de Formación (PEF), durante la cual 80 miembros del Ministerio Público dominicano se graduaron, además de 15 fiscales provenientes de otros países de América Latina. La actividad, celebrada en el auditorio de la Procuraduría, estuvo encabezada por el procurador y jefe del Ministerio Público, Radhamés Jiménez Peña; el director de la ENMP, Ramón Núñez; el primer sustituto del procurador, Ángel Castillo, y el comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia, Lino Vásquez. Asimismo, los embajadores de Panamá, El Salvador y Ecuador, Miroslava Rosas, Ernesto Ferreiro Rusconi y Carlos Manrique Muñoz, respectivamente. También, Clara Scaroina de Porsella y Nery Magaly Funes Padilla, diplomáticas de los consulados de Paraguay y Honduras, quienes recibieron los pergaminos y reconocimientos correspondientes a los fiscales de esas naciones que cursaron el PEF.

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Palabras de Ramón Núñez

El procurador Radhamés Jiménez entrega al embajador de El Salvador, Ernesto Ferreiro, los pergaminos de graduación de los fiscales de su país egresados de las promociones.

Con la graduación conjunta concluyó exitosamente el primer ciclo de formación de todos los procuradores y fiscales a nivel nacional.

Dijo que cumplido este proceso, “la institucionalidad del Ministerio Público será mejor resguardada si en la Reforma Constitucional esta importante conquista legal se constitucionaliza”.

Danisa Cruz recibe del procurador Radhamés Jiménez una placa que la acredita como la más destacada de su promoción. A su lado Ramón Núñez.

Agregó que la ENMP continuará fomentando los concursos públicos, y que se trabaja para convocar a profesionales del Derecho para que participen como aspirantes a fiscalizadores y así iniciar de inmediato con la próxima promoción del PEF.

Igualmente, integraron la mesa directiva, el director nacional del Ministerio Públi-

En tanto, el procurador general de la República dijo que gracias a la calidad de su

Procurador destaca trabajo


NOTICIAS labor de formación la ENMP goza hoy de un gran prestigio, que va en ascenso a nivel nacional e internacional. Sostuvo que gracias a este avence fue escogida para ocupar la secretaría Pro-Tempore de la Red de Capacitación del Ministerio Público Iberoamericano (RECAMPI).

Explicó que debido a la excelencia en sus programas académicos, fiscales de Panamá, Paraguay, Perú, Costa Rica, Guatemala, Hondura, El Salvador, Ecuador y la República Bolivariana de Venezuela vienen a capacitarse, “lo que debe llenarnos de orgullo a todos los dominicanos”.

Destacó que todo ese prestigio descansa en el gran trabajo que han desarrollado el director de la ENMP, Ramón Núñez, y todo su equipo. Reveló que las 14 promociones que hasta el momento se han graduado dentro del PEF, es una muestra de que el proceso de institucionalización del

Desde la izquierda, Ángel Castillo, Ramón Núñez, Radhamés Jiménez Peña, Lino Vásquez, José Fernando Pérez Volquez y Rodolfo Espiñeira. Las demás personalidades son los diplomáticos Miroslava Rosas, Ernesto Ferreiro Rusconi, Carlos Manrique Muñoz y Nery Magaly Funes Padilla, de Panamá, El Salvador y Ecuador.

Ministerio Público se consolida a pasos agigantados y de manera contundente, con profesionales altamente capacitados y comprometidos con la defensa de los intereses de la sociedad.

LOS MERITORIOS

Como estudiantes meritorios fueron reconocidos Alba Núñez Pichardo, fiscal adjunta del Distrito Judicial de Santiago, por haber obtenido el promedio académico más alto en la duodécima promoción del PEF. Mientras que Filomena Miguelina Rodríguez Vásquez, procuradora adjunta ante el Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Judicial de Santiago, fue reconocida por haber obtenido el segundo promedio más alto de la duodécima promoción. En tanto que José Agustín de la Cruz Santiago, fiscal adjunto del Distrito Nacional, obtuvo el tercer promedio más alto en la referida promoción.

Los más destacados en la decimocuarta promoción fueron Army Esperanza Ferreira Reyes, fiscal adjunta del Distrito Nacional, reconocida por obtener el promedio académico más alto, seguida por Ybo René Sánchez Díaz y Roxanna Campusano Ariza, ambos del Distrito Nacional. En esta promoción se hizo una mención especial a los magistrados Kelvin Fabricio Aguirre Córdova y María Graciela Encarnación Vera Colman, fiscales de Hondura y Paraguay.

“Un funcionario público carente de valores éticos se convierte en cómplice del fraude, la corrupción y las injusticias, haciendo de la profesión un oficio perverso y nocivo, y perjudicando a quienes más estamos llamados a proteger”, enfatizó Jiménez Peña, al exhortar a los graduandos a cumplir con sus funciones teniendo como eje fundamental, el respeto, la dignidad y la honorabilidad.

En nombre de los graduandos

La fiscal adjunta, Army Ferreira Reyes, agradeció en nombre de sus compañeros de graduación, y resaltó la función de la ENMP por desarrollar una labor formadora de líderes nacionales y por ser receptora de sus homólogos extranjeros.

En la decimotercera promoción el promedio más alto lo obtuvo Danissa Amparo Cruz Taveras, fiscal adjunta del Distrito Nacional, seguida por Aura García Martínez, fiscalizadora de Santiago, y de Nicasio Pulinario, fiscal adjunto de San Cristóbal. Durante el acto se hizo una mención especial a los magistrados Jaime Alonzo Zetien Castillo y Dilza Virginia Muñoz Moreno, fiscales de Colombia y Ecuador, respectivamente.

Army Ferreiras habló en representación de sus compañeros de graduación.

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NOTICIAS

PINA TORIBIO ASEGURA REFORMA CONSTITUCIONAL ES INNEGOCIABLE El secretario de la Presidencia, César Pina Toribio, advirtió ayer que es inaceptable que los legisladores peledeístas u otros congresistas condicionen la aprobación de la re-

forma constitucional a la repostulación en el cargo. Pina Toribio sentenció que el presidente Leonel Fernández no llegará a acuerdo ni ofrecerá compensación para aprobar el proyecto de reforma.

Ramón Emilio Núñez afirma Reforma Constitucional es escenario ideal para consagración de Carrera del MP El director de la Escuela Nacional del Ministerio Público, Ramón Emilio Núñez, afirmó hoy que el inicio formal de los trabajos de la Asamblea Revisora para conocer la reforma constitucional, es el escenario ideal para la consagración de la Carrera del Ministerio Público como garantía de su independencia funcional.

el sistema de justicia hemos experimentado en los últimos 12 años”, precisó Núñez.

A juicio del jurista, de esa manera se estaría salvaguardando el importante esfuerzo que, en aplicación de la Ley 78-03, “se ha venido llevando a cabo en el último lustro y que nos ha llevado a la integración progresiva de un cuerpo de funcionarios estables y competentes, en cumplimiento de exigentes requisitos legales y reglamentarios, tendentes a asegurar la igualdad de acceso a los cargos públicos”.

Dijo, además, tener la esperanza de que en el nuevo texto constitucional se abandone la organización refleja del Ministerio Público como un espejo del Poder Judicial y se adopte una organización flexible que le otorgue al Ministerio Público la posibilidad de organizarse de un modo más eficiente y estar así en condiciones de encarar adecuadamente las cada vez más demandantes tareas de investigación y persecución de la criminalidad. “El inicio formal de los trabajos de la Asamblea Revisora nos presenta la oportunidad histórica de perfeccionar el documento político y jurídico fundamental del Estado dominicano, de modo que un nuevo texto constitucional dé cuenta de las importantes conquistas que en

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Ramón Emilio Núñez

Expresó total confianza en que la Asamblea Revisora sabrá buscar fórmulas idóneas para asegurar un buen gobierno interno del Ministerio Público al momento de otorgar rango constitucional al Consejo General de Procuradores y al definir el proceso de designación del Procurador General de la República. Sobre este último aspecto, favorecemos que el nombramiento del Procurador General de la República y una parte de sus adjuntos esté sujeto a la ratificación senatorial.


NOTICIAS Manifestó que el gobernante ha dicho que respetará la decisión de los asambleísta e informó que está programado que se reunirá próximamente con los legisladores del Partido de la Liberación Dominicana (PLD). “Pero en modo alguno, eso no significa imponer el criterio del Presidente, y en los encuentros que se han realizado hasta el momento ha sido enfático en reconocer, respetar y estimular la libertad que tienen los legisladores de decidir lo que ellos entiendan, en mayoría, más correcto.

Mucho menos, acordar ningún tipo de beneficio ni de tratamiento ni de compensación por el respaldo que puedan brindar a la iniciativa de reforma constitucional”, expresó Pina Toribio.

legitimidad suficiente y el aval de diferentes sectores del país para producir esa reforma constitucional.

Dijo que el Comité Político del PLD señaló la última vez que tocó el tema de la extensión del período legislativo, que se opone de manera unánime.

El vicepresidente Rafael Alburquerque dijo que no es potestad del Presidente de la República hacer ningún tipo de negociación o concesión sobre la reforma constitucional.

Expresó que respeta y valora la postura de quienes propugnan por una asamblea constituyente para reformar la Constitución, pero dijo que “el actual Congreso tiene la legalidad y la

No es potestad del Presidente

Indicó que la Asamblea Nacional tiene la oportunidad de ofrecer al país una Constitución con principios apegados al siglo 21 y a la democracia.

JORGE PRATS CONSIDERA

Proyecto de Reforma Constitucional no es presidencialista El jurista Eduardo Jorge Prats, experto en Derecho Constitucional, considera que el proyecto de reforma que se debate en el país y busca ser aprobado mediante una asamblea revisora del Congreso, no es presidencialista como han afirmado algunos sectores.

Explicó que, contrario a la percepción equivocada de algunos, el documento elaborado no otorga más poderes al jefe de Estado, sino que sugiere otorgárselos al Congreso y a la Cámara de Cuentas en busca de un equilibro en la administración del pública.

Jorge Prats integró el grupo de los 13 juristas que elaboraron el Anteproyecto de Reforma a la Carta Magna.

Entre las sugerencias, indicó el jurista, está la creación de un nuevo mecanismo para la designación de los miembros de la Cámara de Cuentas, que es el órgano contralor de las finanzas del Estado, y el rendimiento de cuentas de los funcionarios en sesiones periódicas ante el Congreso.

blece la abstención de un período y el retorno continuamente.

TEMAS DE DEBATE

Dice que su aprobación traerá grandes beneficios en derechos humanos y sistema de justicia “Sobre la reelección presidencial, Jorge Prats defendió esa figura al plantear que durante las consultas celebradas en todo el país durante meses para elaborar el anteproyecto se evidenció que es aceptada por la población y los partidos políticos.

Dijo que lo único necesario era ponerse de acuerdo sobre el mecanismo en que se aplicaría y explicó que se inclinaron por la fórmula aplicada por José Francisco Peña Gómez en el 1994, que esta-

Jorge Prats consideró en otro aspecto que entre los temas más debatidos deberán estar los relativos a la arquitectura del poder, tales como la unificación de las elecciones, la reelección presidencial y la disminución del porcentaje de votos para ganar la presidencia de la República en la primera vuelta.

Por igual, el de la justicia, sobre el cual dijo, tiene la esperanza de que pueda lograrse por lo menos un mínimo de consenso. Añadió que contrario a lo que se ha dicho, la propuesta de la Sala Constitucional no desarticula el Poder Judicial, sino que viene a fortalecerlo. Jorge Prats puntualiza que la reforma, tal y como ha sido concebida, plasma grandes conquistas en lo que respecta a la ampliación de los derechos fundamentales y la creación de nuevos instrumentos de garantías y aspectos relativos a la consolidación del Poder Judicial. Ministerio Público

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OPINIÓN

Fausto Mota García Subsecretario de Educación Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Formación y Capacitación del Magisterio. mota12@hotmail.com

Juan Bosch, en el mes y año de su centenario

En este año 2009 y justo en el mes de junio próximo, se celebra el centenario del natalicio del profesor Juan Bosch, figura señera de la ética, la moral y de la literatura en la República Dominicana. Es una ocasión ideal para rendir tributo a un dominicano cuya obra y conducta constituyen un paradigma en el ámbito latinoamericano. Don Juan Emilio Bosch Gaviño, coincidencialmente, había nacido en La Vega el 30 de junio, fecha en que en nuestro país se conmemora el día del maestro, y durante todo el mes de junio se dedica al Reconocimiento de la Excelencia Magisterial. Por ser maestro singular de la literatura, la política y la moral, el prof. Juan Bosch ha impactado la conciencia nacional y es por esa razón que el Presidente de la República, Leonel Fernández, mediante el decreto No. 247-08, ha declarado el año 2009 como el “Año del Natalicio del Profesor Juan Bosch”.

presivo que lo dimensiona como exponente de una herencia transformadora coloquial, que a través de humanos y campestres personajes hacen del cuento, el ensayo y la novela, materia prima de nuestra idiosincrasia y de nuestra composición social dominicana, enseñanzas imperecederas para los estudiosos latinoamericanos. Desde el alma de la escuela dominicana, escenario genuino, activo y transformador de la sociedad actual, emerge la figura de Bosch el maestro, sus pensamientos y sentimientos como lección necesaria y pertinente en estos momentos inciertos que vive la nación dominicana. Constituye un imperativo retomar sus enseñanzas, su prédica, su lucha titánica por una sociedad más humana e igualitaria, e imprimirle su visión convergente con el ideal duartiano sustentado en la sublimidad pedagógica y moral que se eleva sobre las particularidades para preferencial lo nacional, el bien común y la conciencia social.

En el mundo literario, político y cultural, la familia educativa nacional Juan Bosch ha recibido con júbilo y entusiasmo tan acertada denominación, y desde la escuela, con alegría y con pasión, se dió inicio en el centro educativo Unión Panamericana, a la celebración de su natalicio bajo el sentimiento desbordado de los buenos y nobles dominicanos.

Es innegable que en la visión del maestro, no necesariamente imitado por todos sus alumnos, se concibe un proyecto de nación libertario y reivindicativo para rescatar el ideal trinitario e impulsar a su pueblo al desarrollo humano sostenible eliminando el lastre de la pobreza, la inequidad social, la opresión y la injusticia.

Rendimos honor a Don Juan que es una expresión y un legado latinoamericano, creador de un estilo ex-

En estos tiempos de neoliberalismo, transacción de principios, de afanes y desvelos por riquezas fáciles y

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por famas insustanciales y pasajeras, su pensamiento y sus valores patrióticos adquieren mayor significación que nunca, y vuelan por los cielos americanos para converger con el pensamiento Martiano y Bolivariano, y fomentar movimientos dignificantes de patriotismo y libertad como lo que se gestan en una amplia franja suramericana donde luchan denodadamente por la soberanía, la autodeterminación, la libertad y el auténtico progreso humano sostenible. La figura magisterial y luminaria de Bosch lleva consigo grabada, cual silueta invulnerable, la autenticidad de su pensamiento democrático, la coherencia entre lo que pensaba, decía y hacía, su fe inquebrantable por una patria sana y fuerte, y su actitud rectilínea e incuestionable contra la corrupción y la vida fácil. Desde el corazón mismo de la escuela festejamos con actitud crítica el Centenario del Natalicio del Maestro afirmando, con irrenunciable determinación, que trabajaremos en los procesos de cambios necesarios, en la tarea que nos conduce a mejores condiciones de vida para los más necesitados, que no nos conformaremos con el bienestar personal e individual, que renovamos el compromiso de ser verdaderos agentes de cambio para junto a los buenos dominicanos, convertirnos en muro de contención para las aguas desbordadas y ser semilla fresca, renovable y esperanzadora para sembrar, cuantas veces fuere necesario, el terreno fecundo donde más temprano que tarde, germinarán los ideales y las enseñanzas de ese hombre grande, que en el año 1909 naciera en La Vega, para ser ejemplo y

guía de los hombres y mujeres que sueñan, aspiran y luchan con un mundo mejor. En este Centenario del Natalicio del Maestro, laboremos sin descanso desde la escuela, abordemos y estudiemos su literatura, la cuentística, su obra, moral y ética, para de ese modo poder transformar a la sociedad dominicana. La Vega, Ciudad de primicias del Nuevo Mundo, tierra productiva y prometedora, se siente altamente orgullosa de ser la cuna de nacimiento de esta egregia figura y de ser responsable de salvaguardar en su seno sus restos mortales, los cuales irradian luz y esperanza de un mañana mejor. Ministerio Público

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NOTICIAS

El procurador Radhamés Jiménez Peña; Ramón Núñez y José Rafael Vargas, directores de la ENMP e INDOTEL, respectivamente, cortan la cinta. Observa detrás Rodolfo Espiñeira, director nacional del Ministerio Público.

Procuraduría e Indotel inauguran centro de capacitación de informática en la ENMP La Procuraduría General de la República y el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), unieron sus voluntades para dejar inaugurado un Centro de Capacitación en Informática en la Escuela Nacional del Ministerio Público, equipado con 20 computadoras personales.

El magistrado Radhamés Jiménez Peña en calidad de máximo representante del Ministerio Público y presidente del Consejo Directivo de la ENMP, encabezó la inauguración, junto al director de el INDOTEL, José Rafael Vargas. Las computadoras serán utilizadas por los miembros de la comunidad académica de la ENMP, quienes tendrán acceso a Internet y biblioteca virtuales, así como cursos de Internet en línea, entre otros.

El centro de informática fue equipado además con una impresora láser, un inversor de 10.8 Kw., 24 baterías, dos

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Ese centro fue instalado como parte de un convenio firmado con esos fines entre la ENMP y el INDOTEL. puntos de acceso inalámbrico, un enlace al Internet, un regulador de voltaje y mobiliario para los equipos. La dirección y administración del nuevo centro estará a cargo de la citada entidad académica, quien rendirá un informe mensual al INDOTEL sobre las actividades desarrolladas y el desempeño en la implementación del proyecto bajo su supervisión. “Los centros de capacitación en informática (CCI) están llamados a jugar un rol de primera en la formación de ciudadanos productivos, en el marco de una economía globalizada, en la cual la educación es el atractivo más importante para

hacer frente a los retos que enfrenta la nación”, precisa el convenio.


OPINIÓN

La Libre Elección en la Seguridad Social La Ley 87-01 que creó el Sistema Dominicano de Seguridad Social se sustenta, entre otros principios fundamentales, en el derecho de libre elección que le permite a los afiliados seleccionar cualquier proveedor de servicio acreditado y a cambiarlo cuando lo considere conveniente, tanto en el ámbito de las pensiones como en el de riesgos de salud. En una clara contradicción con ese principio esencial del ordenamiento sectorial de la seguridad social, el párrafo I del artículo 31 de la ley dispuso, con arbitrariedad manifiesta, que fueran excluidos del derecho a la libre elección los asalariados públicos, a pesar de que éstos contribuyen con el mismo porcentaje que los asalariados privados en el régimen contributivo, privando inconstitucionalmente del mercado de estos asalariados a las administradoras de riesgos de salud de capital privado. Esa disposición de naturaleza prohibitiva, generó, desde el inicio mismo del sistema, serias dudas sobre su compatibilidad constitucional con derechos fundamentales consagrados en la Constitución de la República y en la Convención Americana de Derechos Humanos, sobre todo con el derecho a la igualdad y no discriminación, así como el derecho a la libertad de empresa, ya que le permite a la Administradora de Riesgo de Salud, de propiedad estatal, Seguro Nacional de Salud (SENASA), afiliar asalariados del sector privado, pero las ARS de capital privado no podrán afiliar asalariados del sector público, lo que va en detrimento de la libre competencia en el régimen contributivo de la seguridad social. Incluso, con motivo de una acción de amparo interpuesta por ante el Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo por un grupo de servidores públicos de la universidad del Estado, ese órgano jurisdiccional especializado se pronunció en el sentido de que la prohibición de la libre elección de los asalariados públicos en el régimen contributivo era contraria a la Constitución. Al margen de esa discusión respecto de la incompatibilidad del texto legal in comento con la Carta Sustantiva de la Nación y en general con el denominado “Bloque de Constitucionalidad”, la realidad jurídica actual es que el párrafo I del artículo 31 de la Ley 87-01, quedó derogado en ocasión de la promulgación, por parte del Presidente Leonel Fernández, de la Ley General de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario No. 358-05, que en su artículo 33, letra h, declara como un derecho fundamental del consumidor o usuario el de “acceder a una variedad de produc-

Olivo A. Rodríguez Huertas Abogado Constitucionalista y Especialista en Seguridad Social rodriguezolivo@gmail.com

tos o servicios que permitan su libre elección, al igual que le permitan seleccionar al proveedor que a su criterio le convenga”. La propia Ley 358-05, define al consumidor o usuario como la “persona natural o jurídica, pública o privada que adquiera, consuma, utilice o disfrute productos y servicios, a título oneroso, como destinatario final de los mismos para fines personales, familiares o de su grupo social”. Por su parte el proveedor es definido como la “persona física o jurídica, pública o privada, que habitual u ocasionalmente, produce, importa, manipula, acondiciona, envasa, almacena, distribuye, comercializa, vende o presta servicios en el mercado de consumidores o usuarios”. Como se puede advertir con la simple lectura de las definiciones anteriores, los servidores públicos quedan comprendidos en el concepto de consumidor o usuario, y el Seguro Nacional de Salud (SENASA), en el de proveedor, por lo que con la promulgación de la Ley de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario, le fue restituido a los servidores públicos el derecho a la libre elección que le había sido inconstitucionalmente cercenado en el ámbito de la seguridad social. Para que no quede la más mínima duda respecto de la aplicación del derecho a la libre elección reconocido a todo consumidor o usuario por la Ley 358-05, en ordenamientos sectoriales como el de la seguridad social, el artículo 135 de ese texto legal dispone que “en caso de contradicción entre las disposiciones de la presente ley con las disposiciones contenidas en las leyes sectoriales y sus reglamentos, se aplicará la disposición que resulte más favorable al consumidor”, que en este caso resulta obviamente, el derecho a la libre elección establecido como un derecho fundamental en el artículo 33, letra h de la Ley 358-05. El órgano regulador sectorial de la seguridad social en materia de salud, la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), pudo haber advertido esta situación, si para el dictado de su ilegal Resolución 00159-2008, hubiera tenido el cuidado de respetar el ordenamiento jurídico dominicano que exige, como condición sine qua nom “para la validez” de las reglamentaciones o medidas que pretendan adoptar los órganos reguladores sectoriales susceptibles de afectar los derechos e intereses de los consumidores o usuarios, el de solicitar consulta previa al Consejo Directivo del Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Artículo 17, letra k, Ley 358-05).

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CORTE INTERAMERICANA SE ESTRENA CON ÉXITO EN REPÚBLICA DOMINICANA CONOCE CASOS DE VIOLACIÓN Y CELEBRA SEMINARIO DURANTE TRIGÉSIMA OCTAVA SESIÓN EXTRAORDINARIA. La Corte Interamericana de Derechos Humanos escogió a la República Dominicana para desarrollar su Trigésima Octava Sesión Extraordinaria, un magno evento inaugurado por el presidente Leonel Fernández y que contó con la coordinación organizativa de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores y la Procuraduría General de la República.

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Desde el lunes 30 de marzo al viernes 3 de abril, la Corte integrada por siete jueces y dirigida por la magistrada Cecilia Medina Quiroga, sesionó en audiencias públicas durante cinco días en la Sala Augusta de la Suprema Corte de Justicia, en el Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo de la capital dominicana, ciudad primada de América. Durante

el evento la corte conoció casos de carácter contencioso bajo su apoderamiento entre los que se destacan los relacionados con Usón Ramírez, en Venezuela, y Anzualdo Castro, en Perú, sobre desaparición y libre expresión del pensamiento. Además deliberaron acerca de la emisión de sentencias y resoluciones.


NOTICIAS

CONVENIOS CON LA PGR y SCJ Durante su permanencia en República Dominicana la Corte Interamericana de Derechos Humanos firmó sendos convenios con la Procuraduría General de la República y la Suprema Corte de Justicia para desarrollar actividades conjuntas que permitan una mejor aplicación y difusión de los instrumentos internacionales rectores de los derechos humanos y los asuntos judiciales. El presidente Leonel Fernández en compañía del canciller Carlos Morales Troncoso, el Pleno de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y otros dignatarios.

Junto a Medina Quiroga, quien la preside en representación de Chile, la Corte Interamericana de Derechos Humanos está integrada por los jueces Diego García-Sayán, de Perú, vicepresidente; y los magistrados Sergio García Ramírez, Manuel Ventura Robles, Leonardo Franco, Margarette May Macaulay y Rhadys Abreu Blondet, de México, Costa Rica, Argentina, Jamaica y República Dominicana, respectivamente.

SEMINARIO Durante su estadía en el país, el martes 1ro. de abril, los jueces impartieron el seminario titulado “Recepción Nacional de la Jurisprudencia de la Corte Interamericana y Desafíos Presentes y Futuros del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos”, el cual se desarrolló en el auditorio de la Suprema Corte de Justicia con acceso al público.

En el caso de la Procuraduría, la actividad tuvo lugar el pasado 30 de marzo en la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, y rubricaron el convenio los magistrados Radhamés Jiménez Peña, en representación de la institución rectora del Ministerio Público, y Cecilia Medina Quiroga, por la Corte. La Corte firmó convenios también con la Secretaría de Relaciones Exteriores, el Colegio de Abogados y las universidades Iberoamericana, Católica de Santo Domingo, Autónoma de Santo Domingo, Católica Madre y Maestra y el Instituto Militar de Derechos Humanos y Dignidad Humana.

Procuraduría, Cancillería y Suprema Corte le sirven de anfitrionas El procurador Radhamés Jiménez intercambia con la magistrada Cecilia Medina Quiroga ejemplares encuadernados del convenio firmado entre las instituciones que representan.

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Durante Décima Reunión itinerante de CIDH Cecilia Quiroga Medina declara: SIN DERECHOS NO HAY JUSTICIA QUE VALGA NI PAZ QUE PERDURE Elogia avances de sistema judicial dominicano La presidenta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Cecilia Medina Quiroga, declaró ante la presencia del presidente Leonel Fernández, que esa institución tiene el compromiso de actuar para que las sociedades del hemisferio y los hombres y mujeres que las integran se sientan seguros y seguras de que sus derechos, con las garantías de los Estados y los gobiernos, les serán preservados.

Sostuvo que sólo así, con un cuidado y cuidadoso estado de derecho, prevalecerá la justicia para beneficio de todos los ciudadanos y ciudadanas, y que en su defecto no hay alegatos que valgan ni paz que sea perdurable.

La magistrada chilena no tuvo reparo en elogiar los avances del sistema de justicia dominicano, y agradeció la hospitalidad del pueblo dominicano y de sus instituciones para con el pleno de la Corte que preside, la cual sesionó por primera vez en suelo dominicano desde su creación a finales de los años 70s del pasado siglo, tiempo a través del cual, luego de su actuación en Santo Domingo, se ha reunido 10 veces fuera de su sede, San José en Costa Rica. Dijo que la Corte reconoce los lazos que la unen con República Dominicana y otros Estados de la región, y valoró el esfuerzo que se hace en países como el anfitrión para consolidar el imperio de los derechos humanos.

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Presidente Leonel xxxviii sesión de la de Derechos Medina Quiroga dijo que la Corte tiene el deber ético y la responsabilidad de cumplir con su tarea, de promover y difundir los instrumentos internacionales de defensa de los derechos humanos, sin cuya prevalencia, sostuvo, no puede haber paz ni justicia que valgan y perduren. Indicó que la Corte ha realizado varias visitas fuera de su sede, y en cada país anfitrión no sólo se limita a analizar el respeto a los derechos, a la salud y la educación, sobre todo en los niños, sino que se interesa por los aspectos políticos y económicos que afectan a los seres humanos.

DURANTE SEMINARIO Luego, durante el Seminario “Recepción Nacional de la Jurisprudencia de la Corte Interamericana y Desafíos Presentes y Futuros del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos”, Medina Quiroga advirtió que la justicia internacional sobre derechos humanos sólo prosperará si se respeta y se garantiza el derecho de cada país. Rafael Luciano Pichardo, vicepresidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), al dar la bienvenida al seminario, dijo que República Dominicana como


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E l presidente Leonel Fernández recibió la placa conmemorativa del acto inaugural de la Trigésima-Octava sesión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que se celebró en el país del 30 de marzo al 3 de abril. José, República Dominicana introdujo en su legislación el derecho que tienen los ciudadanos a ejercer el recurso de amparo, la presunción de inocencia y el derecho a la vida. El seminario se desarrolló en el auditorio de la Suprema Corte de Justicia.

Fernández inaugura Corte Interamericana Humanos miembro del Pacto de San José, respeta y obedece las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Recordó que como muestra de eso, República Dominicana acogió y cumplió la sentencia dictada por esa Corte, mediante la cual ordenó al Estado dotar de actas de nacimiento a dos niños de origen haitiano. Recordó también que como signataria del Pacto de San

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LA BIENVENIDA DEL CANCILLER

Morales Troncoso define hecho como un privilegio El secretario de Relaciones Exteriores, Carlos Morales Troncoso, manifestó que es un honor para el país que la Corte Interamericana de Derechos Humanos lo escogiera como escenario para realizar su Trigésima Octava Sesión, para discutir casos contenciosos que se encuentran bajo su conocimiento. Hablando en el acto inaugural del evento realizado en el auditorio de la Escuela Diplomática de la Cancillería y tras dar la bienvenida a los siete jueces que conforman la CIDH, dijo que para los dominicanos es una novedad que una institución judicial tan importante se concentre en el país durante cinco días, sesionando por décima ocasión fuera de su sede que es Costa Rica. Sostuvo que la República Dominicana es de las naciones que en forma efectiva está legalmente comprometida con el mantenimiento de los estándares internacionales con respecto a la promoción y la protección de los derechos humanos, como lo demuestra con la adherencia de los pactos y convenciones sobre la materia.

Solicitó no constreñir el tema al debate jurídico o político, sino que se lleve hasta las comunidades que, en su opinión, es donde se siente más la carencia del respeto a los derechos humanos o se manifiestan de manera más concreta en la vida de la gente.

Morales Troncoso abogó por la educación, como primer paso en el caso dominicano, para educar a quienes ejercen posiciones de autoridad, tanto en las instituciones de seguridad del Estado como en el sistema judicial.

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Procuraduría y cidh firman convenio La Procuraduría General de la República y la Corte Interamericana de Derechos Humanos trabajarán de manera conjunta para llevar a cabo proyectos de investigación y lograr una mejor aplicación y difusión de los instrumentos internacionales para la promoción y defensa de los derechos humanos. Así lo establece el convenio firmado por las dos instituciones en el marco de la Trigésima Octava Sesión del tribunal hemisférico que tuvo lugar en el país, y cuyo acto de apertura fue encabezado por el Presidente de la República Dominicana, Leonel Fernández, la Presidenta de la Corte, Cecilia Medina Quiroga, el Canciller Carlos Morales Troncoso, el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa, y el procurador general de la República, Radhamés Jiménez Peña. El acuerdo firmado entre los magistrados Medina Quiroga y Jiménez Peña, establece la realización de congresos, seminarios, simposios, coloquios, conferencias, foros bilaterales o multilaterales, así como el desarrollo de actividades jurídicas y de investigación. Igualmente, el intercambio de publicaciones, material jurídico y de cualquier otro tipo de información que pueda resultar benéfica para ambas instituciones, con el fin de acrecentar el acervo bibliográfico y aprovechar la información jurídica generada.


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Subero Isa destaca sesión CIDH en el país El presidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa, destacó la celebración en el país de la Décima Sesión itinerante de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y dijo que ello se debió al clima de garantía a esos fundamentos del ciudadano, las libertades públicas y la seguridad jurídica que imperan en la nación dominicana, gracias al compromiso de todas las autoridades.

La sesión de la CIDH se desarrolló desde marzo 30 a abril 3 y es la número XXXVIII que realiza esa institución con sede en Costa Rica, desde su fundación en 1979, tras la Conferencia Especializada Interamericana de Derechos Humanos celebrada una década antes en esa nación cuna de la democracia latinoameSubero dice ricana (el 22 de noviembre de 1969) . que país es

RECIPROCIDAD MEDIATICA-VIRTUAL El acuerdo establece que ambas instituciones se incorporarán de manera mutua en sus respectivas páginas web, de tal forma que se garantice el acceso electrónico directo a ambos sistemas, al tiempo que garantiza la participación de funcionarios en programas de capacitación y formación que puedan impartir ambas instituciones, quedando esos funcionarios sujetos a las normas internas del organismo que organice el curso. Establece además, los mecanismos necesarios con el fin de poder editar conjuntamente el material que se determine de común acuerdo, y plantea crear un comité integrado por un funcionario de cada una de las instituciones, el cual servirá de enlace.

garantía de derechos, libertades públicas y seguridad jurídica

Subero Isa dijo que el país se siente complacido por este encuentro. “Nos sentimos sumamente complacidos de que dentro de los integrantes de esa Corte se encuentre una prominente dominicana como lo es la doctora Radhys Abreu Blondet, ampliamente conocida en nuestro país y en el extranjero por su preocupación por los derechos humanos y por los asuntos notariales”.

Tras reconocer el importante papel jugado por el Poder Ejecutivo dominicano en aceptar la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Subero Isa declaró que desde el inicio del año 1997, la SCJ, como tribunal supremo de la nación, vela, como medio eficaz de la protección de los derechos individuales y sociales consagrados en la Constitución de la República, por el cumplimiento y aplicación de las normas amparadas en la libertad personal.

Otro punto acordado es la publicación del material que editen de manera conjunta, del modo que estimen conveniente, haciendo constar en su caso su origen y finalidad. El convenio tiene un período de tiempo indefinido, sin embargo, cualquiera de las partes podrá darlo por terminado cuando lo estimen necesario. El acuerdo fue firmado tomando en consideración que la República Dominicana es un Estado democrático basado en la aplicación de principios y normas de Derechos Humanos, los cuales la Procuraduría debe hacerlos cumplir. En el caso de la Corte en su condición de establecer relaciones más estrechas con los diversos órganos judiciales de los Estados.

Subero Isa saluda a Cecilia Medina Quiroga al encontrarse en la Escuela Diplomática de la Cancillería.

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LA CONVENCIÓN La Convención Americana sobre Derechos Humanos (también llamada Pacto de San José de Costa Rica o CADH) fue suscrita, tras la Conferencia Especializada Interamericana de Derechos Humanos, el 22 de noviembre de 1969 en la ciudad de San José de Costa Rica y entró en vigencia el 18 de julio de 1978. Es una de las bases del Sistema interamericano de protección de derechos humanos. Los Estados partes en esta Convención se “comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna”. Si el ejercicio de tales derechos y libertades no estuviere ya garantizado por disposiciones legislativas o de otro carácter, los Estados partes están obligados a adoptar medidas legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacerlos efectivos. Además, establece la obligación, para los Estados partes, del desarrollo progresivo de los derechos económicos, sociales y culturales contenidos en la Carta de la Orga-

nización de los Estados Americanos, en la medida de los recursos disponibles, por vía legislativa u otros medios apropiados. Como medios de protección de los derechos y libertades, establece dos órganos para conocer de los asuntos relacionados con el cumplimiento de la Convención: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Ha sido complementada con: Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Protocolo de San Salvador), de 1988 Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos relativo a la abolición de la pena de muerte, de 1990

ORIGENES En noviembre de 1969 se celebró en San José de Costa Rica la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos. En ella, los delegados de los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos redactaron la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que entró en vigor el 18 de julio de 1978, al haber sido

depositado el undécimo instrumento de ratificación por un Estado Miembro de la OEA. A la fecha, veinticinco naciones Americanas han ratificado o se han adherido a la Convención: Argentina, Barbados, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Chile, Ecuador, El Salvador, Grenada, Guatemala, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Suriname, Trinidad y Tobago, Uruguay y República Bolivariana de Venezuela. Trinidad y Tobago denunció la Convención Americana sobre Derechos Humanos, por comunicación dirigida al Secretario General de la OEA, el 26 de mayo de 1998. Ver Jurisprudencia por país. Este tratado regional es obligatorio para aquellos Estados que lo ratifiquen o se adhieran a él, y representa la culminación de un proceso que se inició a finales de la Segunda Guerra Mundial, cuando las naciones de América se reunieron en México y decidieron que una declaración sobre derechos humanos debería ser redactada, para que pudiese ser eventualmente adoptada como convención. Tal declaración, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, fue aprobada por los Estados Miembros de la OEA en Bogotá, Colombia, en mayo de 1948.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos La Corte Interamericana de Derechos Humanos es un órgano judicial de la Organización de Estados Americanos que goza de autonomía frente a los demás órganos con su sede en San José de Costa Rica, cuyo propósito es aplicar e interpretar la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros tratados de derechos humanos a los cuales se somete el llamado Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos. Los idiomas oficiales de la Corte son los de la OEA, es decir, español, inglés, portugués y francés. Los idiomas de trabajo son los que acuerde la Corte cada año. Sin embargo, para un caso determinado, puede adoptarse también como idioma de trabajo el de una de las partes, siempre que sea oficial.

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De izquierda a derecha: José Miguel Insulza, secretario general de la Organización de los Estados Americanos; embajador Carlos Sosa, representante Permanente de Honduras ante la OEA y vicepresidente del Consejo Permanente; Luz Mejía y Santiago Canton, presidenta y secretario ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, respectivamente.


Con el fin de salvaguardar los derechos esenciales del hombre en el continente americano, la Convención instrumentó dos órganos competentes para conocer de las violaciones a los derechos humanos: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La primera había sido creada en 1959 e inició sus funciones en 1960, cuando el Consejo de la OEA aprobó su Estatuto y eligió sus primeros miembros. Sin embargo, el Tribunal no pudo establecerse y organizarse hasta que entró en vigor la Convención. El 22 de mayo de 1979 los Estados Partes en la Convención Americana eligieron, durante el Séptimo Período Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General de la OEA, a los juristas que en su capacidad personal, serían los primeros jueces que compondrían la Corte Interamericana. La primera reunión de la Corte se celebró el 29 y 30 de junio de 1979 en la sede de la OEA en Washington, D. C.

ratificada después por los Estados Partes en la Convención durante el Sexto Período Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General, celebrado en noviembre de 1978. La ceremonia de instalación de la Corte se realizó en San José el 3 de septiembre de 1979. Durante el Noveno Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la OEA fue aprobado el Estatuto de la Corte y, en agosto de 1980, la Corte aprobó su Reglamento, el cual incluye las normas de procedimiento. El 25 de noviembre de 2003 entró en vigor un nuevo Reglamento de la Corte, el cual se aplica a todos los casos que se tramitan actualmente ante la Corte. El 10 de septiembre de 1981 el Gobierno de Costa Rica y la Corte firmaron un Convenio de Sede, aprobado mediante Ley No. 6889 del 9 de septiembre de 1983, que incluye

La Asamblea General de la OEA, el 1 de julio de 1978, recomendó aprobar el ofrecimiento formal del Gobierno de Costa Rica para que la sede de la Corte se estableciera en ese país. Esta decisión fue

el régimen de inmunidades y privilegios de la Corte, de los jueces, del personal y de las personas que comparezcan ante ella. Este Convenio de Sede está destinado a facilitar el normal desenvolvimiento de las actividades de la Corte, especialmente por la protección que da a todas aquellas personas que intervengan en los procesos. Como parte del compromiso contraído por el Gobierno de Costa Rica, en noviembre de 1993 éste le donó a la Corte la casa que hoy ocupa la sede del Tribunal. El 30 de julio de 1980 la Corte Interamericana y el Gobierno de la República de Costa Rica firmaron un convenio, aprobado por la Asamblea Legislativa mediante Ley No. 6528 del 28 de octubre de 1980, por la cual se creó el Instituto Interamericano de Derechos Humanos. Bajo este Convenio se establece el Instituto como una entidad internacional autónoma, de naturaleza académica, dedicado a la enseñanza, investigación y promoción de los derechos humanos, con un enfoque multidisciplinario y con énfasis en los problemas de América. El Instituto, con sede también en San José, Costa Rica, trabaja en apoyo del sistema interamericano de protección internacional de los derechos humanos.

COMPETENCIA CONTENCIOSA

comparecer en todos los casos ante la Corte. El procedimiento ante la Corte es de carácter contradictorio. Termina con una sentencia La Corte tiene competencia para motivada, obligatoria, definitiva e conocer de cualquier caso relainapelable. Si el fallo no expresa en tivo a la interpretación y aplitodo o en parte la opinión unánime cación de las disposiciones de de los jueces, cualquiera de éstos la Convención Americana sobre tiene derecho a que se agregue al Derechos Humanos que le sea fallo su opinión disidente o indivisometido, siempre que los Esdual. En caso de desacuerdo sobre tados partes en el caso hayan el sentido o alcance del fallo, la reconocido o reconozcan dicha Derechos humanos. Pintura mural en Saint-Josse-ten-Noode Corte lo interpretará a solicitud de competencia, por declaración es- (Bélgica). El texto resume los artículos 18 y 19 de la Declaración cualquiera de las partes, siempre que pecial o por convención especial. Universal de Derechos Humanos. dicha solicitud se presente dentro de Básicamente, conoce de los casos los noventa días a partir de la fecha en que se alegue que uno de los de la notificación del fallo. Estados partes ha violado un derecho o libertad protegidos por la Convención, siendo necesario que se hayan agotados El Instituto Interamericano de COMPETENCIA los procedimientos previstos en la misDerechos Humanos es otro de los CONSULTIVA mecanismos con cuenta el hemisma. Las personas, grupos o entidades ferio americano. Representa un que no son Estados no tienen capacidad Los Estados miembros de la OEA pueden valioso centro mundial para la ende presentar casos ante la Corte, pero consultar a la Corte acerca de la interseñanza, investigación y promosí pueden recurrir ante Comisión Intepretación de la Convención Interamerición de los derechos humanos. ramericana de Derechos Humanos. La cana de Derechos Humanos o de otros Su misión es la de promover y Comisión puede llevar un asunto ante tratados concernientes a la protección fortalecer el respeto de los derela Corte, siempre que el Estado cuesde los derechos humanos en los Estados chos humanos consagrados en la tionado haya aceptado su competencia. americanos. Además, pueden consultarla, Convención Americana sobre DeDe todas maneras, la Comisión debe en los que les compete, los órganos de la

EL INSTITUTO

rechos Humanos.

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NOTICIAS Organización de los Estados Americanos. Asimismo, la Corte, a solicitud de un Estado miembro de la OEA, puede darle a tal Estado opiniones acerca de la compatibilidad entre cualquiera de sus leyes internas y los mencionados instrumentos internacionales.

COMPOSICIÓN

La Corte está compuesta de siete jueces, nacionales de los Estados miembros de la OEA, elegidos a título personal entre juristas de la más alta autoridad moral, de reconocida competencia en materia de derechos humanos, que reúnan las condiciones requeridas para el ejercicio de las más elevadas funciones judiciales conforme a la ley del país del cual sean nacionales o del Estado que los proponga como candidatos. No puede haber más de un juez de la misma nacionali-

LA COMISIÓN La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) es una de las dos entidades del sistema interamericano de protección de derechos humanos. Tiene su sede en Washington, DC. El otro organismo del sistema es la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La Comisión está integrada por siete personas de reconocida trayectoria en Derechos Humanos, electos a título personal y no como representantes de ningún gobierno, sino que representan a los países miembros de la Organización de Estados Americanos. Es un órgano de la Organización de los Estados Americanos creado para promover la observancia y la defensa de los derechos humanos, además de servir como órgano consultivo de la OEA en esta materia

Comisionada Luz Patricia Mejía Guerrero, Presidenta de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Cecilia Medina Quiroga

dad. Los jueces de la Corte son electos para un mandato de seis años y sólo pueden ser reelectos una vez. El juez electo para reemplazar a otro cuyo mandato no ha expirado, completa tal mandato.

Una mujer extraordinaria Cecilia Medina Quiroga es abogada, licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales egresada de la Universidad de Chile, doctorada en Derecho en la Universidad de Utrecht, Holanda. Es profesora de Derecho Internacional de los Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile. Forma parte del Comité Académico y del Claustro del programa de doctorado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile. Durante ocho años fue miembro del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y Presidenta del mismo en los años 1999 y 2000. Es Jueza de la Corte Interamericana de Derechos Humanos desde enero de 2004. Ha dictado cursos en el Instituto Interamericano de Derechos Humanos y ha sido profesora invitada en la Universidad de Lund, en el Instituto Internacional de Derechos Humanos de Estrasburgo, en el Instituto de Estudios Sociales de Ámsterdam, en la Facultad de Derecho de la Universidad de Toronto, Canadá, y en la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas (Costa Rica). Hizo docencia desde 1980 hasta 1993 en la Facultad de Derecho de la Universidad de Utrecht y ocupó la cátedra Robert

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F. Kennedy en la Facultad de Derecho de la Universidad de Harvard, en 1997. Hasta 1973, fue Pro-Secretaria y Relatora del Tribunal Constitucional de Chile. Se ha encargado de la organización y dirección de numerosos cursos de Derecho Internacional de Derechos Humanos para jueces y abogados chilenos y latinoamericanos, tanto en Chile como en Argentina, Uruguay

y Holanda. Es miembro del Consejo Editorial de las revistas Human Rights Quarterly y Netherlands Quarterly of Human Rights; miembro del Comité Ejecutivo de la Comisión Andina de Juristas, de la Asamblea General del Instituto Interamericano de Derechos Humanos, de la Comisión Internacional de Juristas, del Consejo Consultivo del Women’s Initiatives for Gender Justice (WIGJ) y del Consejo Consultivo del Institute of Human Rights, Abo Akademi University. Ha escrito libros y numerosos artículos en el tema de su especialidad. Recibió un premio por su trayectoria en el campo de los derechos humanos otorgado por la organización Equality Now, entre otras distinciones. En Chile, recibió recientemente el premio Elena Caffarena. El 2004 ingresó a la Comisión Internacional de Juristas y, también el mismo año, fue elegida como juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; en 2007 fue nombrada por un año como vicepresidenta de la Corte y, posteriormente, designada para desempeñar el cargo de presidenta de dicho tribunal, en el periodo 20082009. En 2006 obtuvo el Premio Gruber para los Derechos de la Mujer.


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Rhadys Iris Abreu de Polanco

Una dominicana en la Corte Interamericana de Derechos Humanos Rhadys I. Abreu de Polanco es la primera representación que obtiene la República Dominicana en el seno de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Para el país el honor es de doble mérito ya que se trata de una mujer que como Abreu de Polanco tiene una amplia trayectoria profesional al servicio de los mejores intereses del país, tras investirse de abogada en la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), donde se graduó con honores cum laude. Luego hizo una maestría en Política y Derecho Internacional, Derecho Penal, Criminología, y Especialización en Estudios Europeos. Asimismo ha realizado Curso sobre Derechos Humanos, auspiciado por el Centro Internacional para la Enseñanza de los Derechos Humanos en la Universidad René Casin, Estrasburgo, Francia; Curso de Derechos Humanos auspiciado por Instituto Internacional de los Derechos Humanos; Curso Superior de Derechos Humanos (Centro de Derechos Humanos, Palacio de las Naciones Unidas, Ginebra, Suiza); XVII Curso Interdisciplinario de Derechos Humanos (Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH), San José, Costa Rica); y III Curso Regional Sobre la Preparación y Presentación de Informes a los Comités de Supervisión de los Tratados Internacio-

nales de Derechos Humanos (Oficina de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos, Santo Domingo, Rep. Dom.). Ha presentado diversas charlas en materia de Derechos Humanos en distintas organizaciones, tales como: Origen y Evolución de los Derechos Humanos, (Universidad Católica de Santo Domingo), Relaciones entre Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, (Universidad Nacional Eugenio María de Hostos (UNIREMHOS)), Los Derechos Humanos (Instituto Superior de la Policía Nacional, Santo Domingo. Rep. Dom.), Derechos Humanos y Mecanismos Extrajudiciales (Escuela Diplomática de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, Santo. Domingo, Rep. Dom.) Es autora de distintas obras, dentro de las cuales podemos citar: “Jurisdicción Voluntaria”, “Lecciones de Derecho Notarial”, entre otros. Actualmente es Jueza Titular de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Cont.

¿CÓMO LLEGA RHADYS A LA CORTE? La Corte se compone de siete Jueces, nacionales de los Estados Miembros de la OEA, los cuales proponen las candidaturas de sus nacionales. En la Asamblea General de la OEA, celebrada en República Dominicana en junio 2006, habían tres vacantes con seis candidatos para el puesto. Su candidatura se presentó tres meses antes, tal como lo establece la Convención, con la anuencia del Presidente de la República, Leonel Fernández Reyna, y la gestión del canciller dominicano, Carlos Morales Troncoso. Su candidatura fue presentada a través de la

Misión dominicana en Washington ante la OEA, lo que dio inicio a un proceso de negociaciones con los demás Estados, intercambiando votos, enviando notas a las cancillerías de la región y visitando las embajadas acreditadas en el país. Por instrucciones del canciller visitó Washington con la finalidad de que los representantes ante la OEA le conocieran mejor, lo que dio lugar a un intercambio de impresiones que hizo su candidatura más potable. El embajador de entonces, Roberto Ál-

varez, convocó un desayuno, donde nuestra candidata tuvo la oportunidad de conversar con todos. La elección fue bastante reñida, se tuvieron que realizar dos rondas y salió electa. La Cancillería desarrolló un papel decisivo para este triunfo, ya que se emplearon a fondo en negociaciones con sus pares. El 1ero. de enero de 2007, inició Rhadys I. Abreu de Polanco sus funciones que durarán en principio 6 años. Ella dice estar muy contenta y agradecida de todos.

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NOTICIAS ¿Cuál es la importancia de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos sesione en la República Dominicana? La propia Rhadys I. Abreu de Polanco lo explica a seguidas:

“La relevancia de celebrar períodos de sesiones fuera de la sede de la Corte redunda en la promoción del conocimiento general de la jurisdicción interamericana y en el incremento en la atención de asuntos sometidos al Tribunal. En el año 2008, la Corte celebró tres períodos de sesiones extraordinarios fuera de su sede en Tegucigalpa, Honduras; Montevideo, Uruguay; y México, Distrito Federal; además la Corte celebró también dos sesiones extraordinarias en Costa Rica, a parte de las cuatro sesiones ordinarias. El objetivo central de los períodos

de sesiones extraordinarios es cumplir la función judicial que compete a la Corte, las actividades académicas que realizamos tienen carácter complementario. Reiteró que el traslado de la Corte fuera de su sede no implica en modo alguno la práctica de visitas in loco, investigaciones de hechos o evaluaciones generales sobre derechos humanos. Nos limitamos a la competencia estricta del Tribunal, en los períodos extraordinarios no se celebran audiencias ni se conocen casos concernientes al país anfitrión. Es bueno señalar que estas sesiones extraordinarias se celebran gracias a la cooperación del Ministerio Español de Asuntos Exteriores, la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), y al Ministerio Noruego de Relaciones Exteriores, toda vez que estas actividades serían impracticables con cargo a los limitados recursos

ordinarios de la Corte. Para la República Dominicana es una única oportunidad para presenciar audiencias de un Tribunal Internacional. Aunque los integrantes del Tribunal celebramos reuniones periódicas, el trabajo es ininterrumpido y la función jurisdiccional se cumple en forma permanente, de este modo, los señores jueces trabajamos permanentemente desde nuestros países en la elaboración de proyectos de sentencias, estudio de prueba y doctrina, y en el despacho de diferentes asuntos que son cotidianamente sometidos a nuestra consideración a través de la Secretaría del Tribunal. A partir del 1979, año en que se instaló la Corte, se han sometido 121 casos contenciosos. Entre 2004 y 2008 se planteó el 47% de ese total. Actualmente la Corte tiene en trámite 110 casos contenciosos en diversas etapas procesales.

Durante su presencia en República Dominicana la CIDH celebró dos audiencias públicas los días 31 de marzo y 01 de abril en la sala de la Suprema Corte de Justicia que fue abarrotada de público, entre jueces, fiscales, abogados y periodistas. Durante las mismas se conocieron los casos Usón Ramírez, en Venezuela, y Anzualdo Castro, en Perú, sobre desaparición y libre expresión del pensamiento. Además deliberaron acerca de la emisión de sentencias y resoluciones.

EN MEMORIA DE RAÚL ALFONSÍN Raúl Alfonsín, el gran presidente argentino (1983-1989) que sucedió a las sangrientas dictaduras militares, falleció en su país el primero de abril corriente. Considerado un paladín de los derechos humanos y la democracia, su deceso produjo una situación de duelo nacional sólo comparado con el que generó la muerte de Juan Domingo Perón en 1974 Nacido en 1927, contaba con 82 años de edad a la hora de fallecer aquejado de dolencias que los mantuvieron retirado en su casa durante meses. De él dijo el secretario general iberoamericano, Enrique Iglesias: “El presidente Raúl Alfonsín ha sido un referente ético y político extraordinario para todo Iberoamérica. Será recordado siempre como un símbolo de valentía, honradez y entrega a la lucha por la democracia.

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Fue el primer presidente democrático de Argentina tras la dramática dictadura militar que vivió esta gran nación hermana. El entonces líder de la Unión Cívica

Radical fue toda su vida un ejemplo de compromiso y de lucha” por los derechos fundamentales.


OPINIÓN

La Nueva Ley de Casación El Recurso de Casación lo analizamos en nuestro libro “Manual del Recurso de Casación”. Con motivo de la puesta en vigencia de la Ley 491-08, del 19 de diciembre de 2008, que modifica los artículos 5, 12 y 20 de la Ley 3726, del 29 de diciembre de 1953, mejor conocida como Ley sobre Procedimiento de Casación, es necesario que reiteremos algunas precisiones a contracorriente. Hasta la aparición de nuestro manual, los juristas dominicanos habían repetido el error del profesor Froilán Tavares hijo, de confundir la casación con el recurso de casación propiamente dicho. En su obra “Elementos de Derecho Procesal Civil Dominicano”, Volumen II-IV, Página 87, afirma: “La casación es el recurso extraordinario mediante el cual se obtiene de la Suprema Corte de Justicia la anulación de las sentencias en última o en única instancia dictadas en violación de la ley.” En ese concepto se confunde la casación con el Recurso de Casación. No es correcto entender la finalidad como si fuera el medio. La casación es la anulación, revocación o abrogación de la sentencia que ha sido objeto del Recurso de Casación incoado ante la Suprema Corte de Justicia, en funciones de Corte de Casación, por haberse probado la violación a un precepto constitucional alegado o a una disposición legal. Así lo estatuye el artículo 3 de la Ley sobre Procedimiento de Casación. Dice: “En materia civil o comercial, dará lugar a casación toda sentencia que contuviere una violación de la ley.” Por tanto, el Recurso de Casación es la vía de derecho para lograr la casación. En síntesis, la casación es un efecto, un resultado y el Recurso de Casación es un medio, el que hace posible el efecto o resultado. La casación la dicta o pronuncia o declara la Suprema Corte de Justicia. El Recurso, en cambio, lo interpone la parte que persigue la casación de la sentencia. Por tanto, el Recurso de Casación es la vía extraordinaria de derecho, de carácter constitucional, que tienen las partes interesadas para recurrir ante la Suprema Corte de Justicia, en funciones de Corte de Casación, contra las sentencias dictadas o pronunciadas en única o última instancia por los Tribunales del orden judicial que contengan o se presuma que contienen cualquier violación a la Constitución o a la ley. Y siendo el Recurso de Casación un derecho fundamental de las personas, es obvio que la Constitución lo garantiza. Todas las sentencias dictadas por los Tribunales de la República, deberían estar sometidas al Recurso de Casación.

Rafael Ciprián Lora Juez del Tribunal Superior de Tierra del Distrito Nacional rafaelciprian@hotmail.com

Así aseguramos que en el sistema no existan sentencias que violen el ordenamiento legal. Es necesario que entendamos claramente que el derecho que consagra la Constitución no puede ser suprimido por una ley adjetiva. Este concepto es esencial. Sin embargo, por normas adjetivas acostumbramos a suprimir el Recurso de Casación. La Ley 491-08 es una de ellas. Y trae innovaciones que debemos conocer. Esa Ley redujo a 30 días el plazo para interponer el Recurso en asuntos civiles, comerciales, inmobiliarios y contenciosos administrativos y tributarios. Retomó la modalidad de la derogada Ley de Registro de Tierras. En la materia inmobiliaria no será necesario que el Recurso de Casación contenga la copia certificada de la sentencia recurrida, ni los documentos justificativos. Sólo tendrá que enunciarlos. El Secretario General de la Suprema solicitará los documentos necesarios para decidir el recurso al secretario correspondiente de la Jurisdicción Inmobiliaria. Los tribunales de tierras ya no adjudican derechos a favor de sucesiones en forma innominada. La Ley precisa que, en caso de que se hiciera, el Recuso se notificará en manos del representante de la sucesión, de las personas que participaron en el proceso, conforme certificación, y del Abogado del Estado. Dicha Ley limita el Recurso de Casación. Reitera que no serán recurribles en casación las sentencias preparatorias que dispongan medidas conservatorias o cautelares, sino juntamente con la definitiva del caso. Tampoco serán impugnadas con el Recurso de Casación las sentencias especificadas en el artículo 730 del Código de Procedimiento Civil, relacionadas con el embargo inmobiliario. Ni las que contengan condenaciones menores de 200 salarios mínimos. Las que no consignen monto, podrán ser apreciadas, según los valores envueltos, para admitir o declarar inadmisible el Recurso. Y dicha Ley consagró que el Recurso de Casación suspende, sin necesidad de demanda adicional, la ejecución de la sentencia impugnada, salvo en materia laboral. Estos nuevos cambios deben ser conocidos por todo abogado litigante. Ministerio Público

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DERECHOS HUMANOS Graciano González R. Arnaiz Director del Departamento de Ética Universidad Complutense de Madrid arnaiz@filos.ucm.es

Cuando uno habla de derechos humanos sabe que tienen tras de sí una carga histórica ineludible. Los derechos humanos son fruto de una larga marcha histórica en la que la presencia de la República Dominicana tiene, sorprendentemente, un puesto de privilegio. El Sermón de Fray Antonio de Montesinos pronunciado en 1511 en la capital de La Española como se le conocía entonces a la isla, y tras él toda la obra de Fray Bartolomé de las Casas, es uno de los detonantes de una Teología Política; teología política que a través de la Escuela de Salamanca canaliza uno de los caudales más fructíferos para lo que ha sido la configuración actual de los derechos humanos.

Esta trayectoria histórica va a ser uno de los referentes que subyacen y es invocado cuando se lleva a cabo la Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclamada por la ONU en 1948. Unos derechos, por cierto, cada día más presentes en todos los ámbitos en los que nos movemos como hombres y mujeres de carne y hueso. De hecho, cada día es más recurrente hablar de derechos humanos. No hay aspiración, deseo, reivindicación, interés… sentidos como realmente humanos, que no se refieran a los derechos humanos para alcanzar su legitimación y su significado humanizador. Lo que manifiesta toda esta carga de actualidad de los mismos es que tras ellos se esconden y confluyen diversas sensibilidades que son difíciles de aunar en un discurso filosófico que les dé cobijo. Y, sin embargo, los Derechos Humanos son, al día de hoy, un lugar de cruce privilegiado de todas esas sensibilidades que más y mejor nos definen y que, por ello, están abiertas a una gran diversidad de lecturas.

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Tradición, Vigencia y Modernidad Precisamente va a ser esta diversidad la que da idea de su complejidad, sin merma por eso de su dimensión fructífera. Se podría decir que las sensibilidades a las que responden los Derechos Humanos, tienen que ver con: el componente psicológico, es decir, con nuestro mundo de las aspiraciones y de los deseos; y que no hacen sino traducir el viejo ideal que todos tenemos de ser felices en un mundo cada vez más humano y humanizado. Los derechos humanos expresarían el nivel de lo que deseamos el referente moral de los derechos humanos, es decir, con la idea de la dignidad que todos poseemos y que exige ser respetada. Un ideal moral que mide la bondad o la maldad moral de lo que hacemos o dejamos de hacer y que nos convierte en mujeres y hombres dignos de respeto y de consideración.

Monumento a Fray Antonio de Montesinos, célebre por su Sermón de Adviento a favor de los indígenas.

Lo que se traduce en un discurso ético como lo que debería ser el referente sociológico, es decir, los derechos humanos nos remiten a la exigencia de un contexto socio-cultural adecuado para que no se conviertan en una farsa. En este sentido, los derechos reclaman un lugar social humanizador que sirva de control y verificación a lo que hay o se da, en el entendido de que los derechos humanos constituyen un ‘ideal’, que no es lo mismo que una quimera. y, finalmente, que no en último lugar, los derechos humanos


reclaman la sensibilidad política, es decir, reivindican la exigencia de que las cuestiones ligadas al problema de la legitimación y de la legitimidad del poder en las sociedades modernas democráticas se ventilen por relación con ellos. En este nivel es en que hablamos de estado social de derecho como concreción de un espacio público. La cuestión que podemos plantearnos, a la vista de todas estas sensibilidades, es si los derechos humanos podrían ser vistos como la clave de lectura de lo que, si no se nos entiende mal, llamaríamos ideología del futuro. Entendiendo por tal, una situación moral marco que da cobertura – a través de la ética y del derecho– a toda realización individual o colectiva que aspire a ser considerada digna de ser catalogada como humana y humanizadora, y en ese sentido alcanzara legitimidad social y política.

Condición humana y derechos humanos

plo de crítica radical a tales derechos, desde el momento en el que sostiene que “no existe derecho alguno que, cuando su abolición sea provechosa para la humanidad, no deba ser abolido”. Esta peculiar lectura utilitaria de los derechos, convive también con otra sorprendente puesta entre paréntesis

Lo que trato de manifestar con todas estas referencias es que la consideración positiva de los derechos humanos, ha convivido con una persistente crítica a los mismos; una crítica motivada por su probada ineficacia a la hora de la realidad, que se ha traducido en crítica a su misma existencia. Sin embargo, a nuestro entender, hay un defecto de base en la manera de argumentar ‘contra’ la existencia de tales derechos. Pues lo que se cuestiona no es su existencia, leída en términos de proclamación o de traducirse en leyes o constituciones, sino, más bien, su facticidad o su factualidad en el sentido de que la realidad deja mucho que desear a la hora de ver los derechos humanos en la práctica. Insisto, por ello, que la pregunta no es si existen o no, sino la pregunta moral de su sentido; es decir, si tiene sentido reivindicar tales derechos para poder ser, y seguir siendo, hombres y mujeres, aún cuando no se cumplan del todo.

Y esta consideración, ¿a Hay que comenzar sequé nos remite?; ¿cuál es, ñalando, para ser conseentonces, la pregunta cuentes, que ni la concor- Fray Bartolomé de Las Casas, gran fraile que trabajó en favor de la población indígena. o la cuestión pregnandia que parece existir en te? La cuestión es, a la actual consideración nuestro entender, si 36 “Educar en la Ciudadanía” - Edición responden o no a una consideración de los mismos derechos por parte de Especial No.5, general de aprecio y de de la condición humana como tal. DiNietzche. Para éste, el recurso a los recurso a los derechos humanos, ni cho de otra manera, la pregunta es si derechos humanos es el resultado de esta propuesta final de una especie de los derechos humanos apuntan a una una voluntad débil del hombre que visión general a la que remitiría un disrealidad humana y humanizadora que se ve en la tesitura de hallar cobijo curso de los derechos humanos, tienen merezca la pena – a una condición huen la ‘sombra de Dios’. Derechos, así, un consenso total y absoluto. mana - y, dado que así fuera, nos intede siervos incapaces de ejercer su vorrogaríamos si tienen capacidad para luntad de poderío y, en ese sentido, A lo largo de la historia ambos aspec‘medir’ la valía de lo que cabe ser enobstáculos para la ‘Gran Política’ – con tos han convivido con posturas muy tendido como digno de ser consideramayúsculas -. Más cerca de nosotros, críticas respecto de ellos. Y ya no sólo do humano. Es, a lo que se puede ver, A. MacIntyre habla de los derechos cabe referirse a la postura de Marx, una pregunta de ida y vuelta. humanos como l de ficciones o de facuando criticaba la dimensión formal bulaciones que resultan útiles para del derecho – de los derechos - puesPues bien, para dar cuenta de ambas dar cobertura a actuaciones sociopotos al servicio de una clase dominante perspectivas, tendríamos que sostelíticas y planes de vida, pero que nada burguesa para alienar cualquier tipo ner que la realidad a la que apuntan tienen que ver con el hecho de que de realización, sino a posturas más es, justamente, la de la exigencia moexistan. Es más, su existencia es comcontemporáneas que son más contunral de los mismos - o la condición de parable a la de los unicornios o a la de dentes. Jeremy Bentham es un ejemlas brujas. posibilidad, que diría Kant - para poMinisterio Público

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der hablar de significación humana de nuestra existencia y de nuestro mundo. Debido a esta consideración, los seres humanos aparecen como titulares de unos derechos ‘en su condición de humanos’, poniéndose en circulación un concepto de los mismos como ‘algo previo’; es decir, algo que no es preciso que nadie nos conceda – derechos legales – porque todos lo tenemos. Los derechos humanos se tienen en virtud de la condición de humanos; por el hecho de ser personas, diríamos.

Sólo que decir que los derechos son humanos porque lo exige nuestra peculiar condición antropológica, no aclara por completo el significado del término derechos. La expresión derechos tiene ventajas y desventajas. La desventaja del término derecho es que oculta el sentido moral de una exigencia ínsita de la condición humana. Pero tiene, también, ventajas. Pues resulta provechoso no sólo para poner de relieve que son exigencias que deben ser satisfechas sino también para manifestar la ‘obligación’ que tienen los poderes de pasar por la expresión jurídica – derechos – de tales exigencias para legitimarse y darse sentido. A esto nos referimos cuando hablamos de Estado de Derecho, o mejor aún, de Estado Social de Derecho. De hecho, se han utilizado múltiples nombres para hablar de este doble aspecto. Se les ha denominado Derechos Fundamentales, Derechos morales, Derechos públicos subjetivos, Libertades públicas… Por haber sido utilizada la Universal de 1948, esta denominación ha resultado ser la más popular. Lo que no obsta para descubrir en los susodichos “Educar en la Ciudadanía” Edición Especial 37 derechos una ínsita dimensión moral, viendo en ellos una suerte de promulgación de ‘un código moral universal’ al que los principios del derecho – y los distintos comportamientos - deben mirar para generar modelos humanos de ser, tanto individual como colectivamente considerados. Sin embargo, esta reconocida vocación universalizadora con la que nacen no nos impide reconocer

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su conexión con la civilización occidental y con su modelo de entender una adecuada realización individual y colectiva. Occidente inventa (sic) los derechos, es cierto. Pero no tiene la exclusiva de su interpretación. Ahora bien, reconocer esta dependencia (sic) occidental de los derechos, no nos debe llevar a optar por una alternativa de abdicación de los mismos porque ‘son occidentales’. La alternativa es abrirse a otras posibles lecturas, desde la interculturalidad, por ejemplo, que posibiliten novedosas lecturas de la dignidad o de la solidaridad desde otros registros. Esta diversidad de posibles lecturas, junto con la pluralidad de perspectivas que albergan los Derechos Humanos, hace pertinente que el discurso filosófico se plantee y se preocupe por el tema de la fundamentación racional de tales derechos. El objetivo de dicha preocupación es poner en común un acervo de ‘razones’ abiertas a otras interpretaciones, en el bien entendido de que

nada de los derechos humanos será moral, a menos que conserve los tres rasgos identitarios de la moralidad, a saber: la dimensión de la individualidad, la dimensión de la universalidad y la dimensión de la interdependencia. De tales rasgos depende la consideración de lo que merece la pena ser entendido como condición humana; auténtica base para poder hablar de Derechos Humanos.

La cuestión de la fundamentación de los Derechos Humanos

En la búsqueda de un fundamento racional de los derechos humanos, compiten dos grandes modelos de explicación racional: los modelos derivados de una concepción positiva jurídica, y aquellos que propugnan para los derechos un ámbito más amplio que el del mero reconocimiento fáctico o positivo. Ambos modelos se agrupan en torno a dos concepciones de base como son el iuspositivismo y el iusnaturalismo, siendo el resto de las explicaciones, posibles modulaciones de ambos. Antes de pasar a examinar cada una de ellas, es preciso señalar que un adecuado planteamiento de la cuestión de la fundamentación, es decir, de la consideración y del análisis de las razones que damos para su justificación, ha de atender a dos aspectos: al aspecto formal – trascendental - de la consideración de que las razones aducidas puedan ser todas válidas; y asimismo debe atenerse a un aspecto material – histórico-, que entienda que las razones


que demos nos han de conducir a una explicación de por qué existen tales derechos; de por qué son derechos y deben ser respetados (son válidos) y de por qué es injusto todo comportamiento que les viole.

Pues bien, teniendo en cuenta ambas perspectivas, podemos pasar a exponer diversos modelos de fundamentación que nos parecen los más socorridos por parte de la investigación filosófica

Iusnaturalismo

El iusnaturalismo, al que hemos aludido más arrriba, es el primer modelo por consideración histórica. Se basa en la determinación de lo que es justo e injusto por referencia a la existencia de normas ‘naturales’ que existen al margen, y con independencia, de la voluntad del legislador. Dichas normas ‘naturales’, emanadas, bien del Creador, o bien de la propia naturaleza, convalidarían una obra que sería justa si, y sólo si, coincide con el derecho natural o con la Ley natural.

Esta teoría, que se identifica con la concepción tradicional del derecho, percibe los derechos humanos como parte del Derecho Natural concerniente a las personas, en virtud de las ‘cualidades’ que las adornan. Bien sea por su condición de criaturas, creadas a imagen y semejanza de Dios, bien sea por su peculiar estructura personal derivada de su condición racional. De ahí que existan, al menos, dos versiones del iusnaturalismo: el iusnaturalismo de tinte más sustancialista – de tradición escolástica - y el iusnaturalismo racionalista – de tradición ilustrada -

Esta teoría del iusnaturalismo que es de una fecundidad inextinguible, ha dado lugar a diversas versiones contemporáneas en las que ya no se habla tanto de ‘Derecho Divino’ o de ‘Orden Natural’, sino de ‘la naturaleza de las cosas’. En todas estas versiones, los derechos humanos traducen obligaciones derivadas de la naturaleza de los seres humanos, en tanto que seres

racionales, capaces de sentimientos y de creatividad; seres con necesidades básicas, de alimento, de cobijo, de paz y de seguridad; y seres con necesidades más altas como la educación, el medio ambiente, el desarrollo de sus capacidades... De manera que, en este contexto, los derechos humanos son la expresión jurídica de esas necesidades a las que los hombres ‘tienen derecho’ qua seres humanos.

Las críticas más generalizadas a este modelo de fundamentación descansan en la comprensión de una idea de naturaleza humana refractaria a lo histórico; su recaída en la denominada falacia naturalista que deriva el deber ser del ser; una indudable dosis de subjetivismo so capa de un objetivismo derivado del término naturaleza como algo universal e inmutable y su desconocimiento del papel del Estado en la consideración de los denominados derechos económicos y socioculturales en los que se desglosan los derechos humanos.

Contractualismo

En sus orígenes, esta explicación depende de la teoría del contrato social como expresión heurística del origen de lo social y, por extensión, de la sociedad. Es una doctrina iniciada por Hobbes, retomada después por Rousseau y Kant, y posteriormente relanzada en la actualidad, al punto de convertirse en uno de los referentes más importantes de la Filosofía Política contemporánea. En la actualidad, Rawls y la corriente de la Teoría de la Decisión Racional, así como las teorías éticas del discurso, han vuelto a elevar a primer plano esta perspectiva, aunque es preciso reconocer en cada una de ellas matices muy diferentes. En general, se puede decir que la idea básica de todas estas teorías es que si queremos encontrar un sentido, es decir, un fundamento racional a la existencia de derechos y obligaciones que se hallan presentes en la sociedad, tenemos que hipotizar una situación originaria a partir de la cual todo el magma de lo pre-social se convierte en sociedad racional.

Dicha hipótesis no prejuzga otros análisis históricos que hablan de la organización social a partir de una primigenia estructuración social en tribus y en grupos más o menos organizados, hasta los modelos de organización social más desarrollados. Lo que sostiene esta teoría es que podemos imaginar, ‘con razón’, una situación de pacto social entre personas racionales que, sin referirse en un primer momento a ningún concepto jurídico o de otro tipo legal, es decir, llegado el caso, se ven en la situación de ponerse de acuerdo para vivir en sociedad, para sobrevivir.

Pues bien, si éste fuera el caso, el argumento contractualista se completa diciendo que tal acuerdo originario conlleva el respeto obligatorio de ciertos derechos a los que tienen ‘derecho’ los individuos como contrapartida de su ‘cesión’ en el pacto. Es obvio que tales derechos tienen los rasgos de los derechos fundamentales que después se van a explicitar como derechos humanos; y es obvio, también, que sin tales derechos, el pacto no sería posible. Por eso, unos derechos así entendidos son necesarios para la vida en sociedad, al margen de la voluntad de los legisladores ya que sin ellos la vida en sociedad sería imposible, i.e., invivible. Es preciso no olvidar que en las versiones actuales del neocontractualismo aparecen unidos tres aspectos: la idea de contrato social, el procedimentalismo y el individualismo metodológico.

Utilitarismo

La teoría utilitarista, salida de Jeremy Bentham, aparece tardíamente en el registro de las teorías éticas. Aún así, ha alcanzado en el plazo de los dos últimos siglos una relevancia excepcional. Sin duda, la sencillez de su expresión – la identidad de la felicidad con el placer y la máxima del mayor placer para el mayor número – la ha puesto en la línea de salida de todo tipo de discurso ético y político relevante y, por lo mismo, en una exigencia de lectura de las necesidades y de las capacidades de los humanos que, Ministerio Público

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leídas desde esta clave, exigen una concreción legal ineludible.

Precisamente, este punto de partida del utilitarismo le da un sesgo antimetafísico y, por tanto antiiusnaturalista, en la medida en la que las oscuras (sic) ideas que amparaban sus esquemas se habían convertido en una traba para el progreso, “Educar en la Ciudadanía” Edición Especial 39 la paz y la felicidad de las sociedades humanas. La traducción de la idea de felicidad a términos de bienestar y placer es determinante del éxito de su propuesta, pero también, y además, de un punto de vista inédito, en tanto en cuanto la única justificación posible de las normas, instituciones y prácticas sociales deriva de aquí. La peculiar manera de medir la felicidad – cálculo felicílico – merced al recurso de conocimientos de economía, derecho, psicología, ciencia política...

que aseguran un criterio de bienestar, le llevan a supeditar el valor de todo derecho – y de todos los derechos, también los humanos – al logro de esta felicidad para el mayor número.

Nace así el principio de utilidad como referente de justificación y legitimación que ayuda a resolver casos de conflicto de derechos en virtud de su recurso a una regla: calcular las consecuencias de cada curso de acción y elegir aquella que dé lugar a las mejores consecuencias esperadas desde el punto de vista del bienestar general. De ahí, el sesgo consecuencialista de las modernas justificaciones de normas.

El problema adjunto a cualquier aplicación del principio de utilidad es el de poder llegar a justificar perjuicios, daños, incluso la muerte de algún o de algunos individuos, en aras del bienestar general. El tema del ‘chivo expiatorio’, la muerte del inocente... se han convertido en el talón de Aquiles de una teoría que pretendía arrasar, pues lo que no es de recibo

es que en tales casos cuestiones tales como las de la dignidad, del respeto... son puestas entre paréntesis en aras de una situación general, lo que a todas luces puede resultar ser una situación inmoral. Otro gran reto que tiene el utilitarismo como teoría moral, es el de la heteronomía moral. Puesto que la vida moral es ‘utilizada’ para proporcionar otro tipo de realidad que es el placer o la felicidad.

De ahí arrancan las acusaciones de ser un fiel reflejo de los presupuestos de una sociedad liberal: liberalismo económico e individualismo; de incorporar, inevitablemente, una cierta dosis de egoísmo al propiciar, como recurso moral, un equilibrio entre interés privado e interés público; y, finalmente, de llegar a sacrificar valores fundamentales, como la dignidad o el respeto, en aras de un ideal ético que se basa en el interés, en la eficacia o en la felicidad de la mayoría. Son sistemas éticos que se mueven siempre en el mínimo moral.

Axiológicas –humanismo como referente-

Precisamente esta falta de humanidad que se genera en la aplicación del principio de utilidad es lo que denuncia el humanismo, cuya base de operaciones es la idea de la dignidad de la persona.

Como tal corriente filosófica, tiene una inspiración de base cristiana y su desarrollo filosófico está afincado en la fenomenología. Aunque es verdad que cualquier recurso al humanismo, para paliar el déficit de humanidad, ha de ser contrastado con la de la proclama de su fin (Heidegger) – fin del humanismo – por parte de la filosofía. De lo que se ha llamado postmodernidad .

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No obstante, su adscripción a la fenomenología permite a este modelo de fundamentación aunar una doble función. Por un lado, le lleva al análisis de lo que puede ser considerado como lo propiamente humano y describir sus características en los términos de modo de acción, de comprensión, de conocimiento, de sensación y emoción...Y, por otro lado, le permite concluir o deducir la especial idiosincrasia que tiene lo humano y que puede ser descrito por la categoría de dignidad, de una dignidad especial por encima de cualquier otro ser vivo. Esta especial dignidad que descubre en el ser humano, la nombra con el término de persona a la que entiende como un ser que posee una capacidad de acción libre, de comprensión de la realidad y de relación con los otros.

Esta dignidad descubierta en el análisis del ser humano la hace merecedora de respeto y cuidado, y la convierte en valor de referencia. Por eso el nombre de fundamentación axiológica, pues es dicha dignidad especial que poseen los seres humanos la que tratan de expresar y de desarrollar los derechos humanos. Como las reconocidas capacidades del ser humano son algo, de por sí, abierto, esta orientación humanista permite, Otro gran reto que tiene el utilitarismo como teoría moral, es el de la heteronomía moral. Puesto que la vida moral es ‘utilizada’ para proporcionar otro tipo de realidad que es el placer o la felicidad.

40 “Educar en la Ciudadanía” - Edición Especial no. 5 por una parte, establecer una coincidencia con otras argumentaciones salidas de distintos credos o colectivos anclados en dicha idea; y también y, a la vez, posibilita una continua lectura histórica de esta idea de dignidad para reivindicar ‘nuevas situaciones o espacios’ para que dicha dignidad sea efectiva, es decir, se concrete en una vida digna de ser denominada humana.

La insistencia en la idea de dignidad como valor moral y, a su luz, de los valores de la libertad, de la responsabilidad, del respeto y de la diferencia y

de cooperación hacen de esta perspectiva un modelo axiológico para la fundamentación de un discurso de los derechos humanos.

En este modelo, los problemas vienen derivados de la propia consideración de la dignidad como ‘valor moral’ y de su colocación en una posible escala de valores. Cuestión clave, en este perspectiva, es cómo leer una idea de dignidad sin un referente metafísico, tal criticado por la filosofía actual y cómo traducir en categorías morales ‘positivadas’ dicha idea en el marco de una sociedad globalizada. De ahí la pertinencia de una lectura intercultural de dicha idea que supone un nuevo desafío para la filosofía. No conviene olvidar, que esta perspectiva axiológica de fundamentación se mueve en el ámbito de una ética de máximos.

Las generaciones de los Derechos Humanos

Esta diversidad de propuestas de fundamentación de los derechos humanos, cada una con sus luces y sus sombras, ha dado pie a diversas propuestas de entenderlos, según se re-

fieran a los valores a los que hagan referencia y a las implicaciones individuales, económicas y sociales o, sencillamente, culturales de los mismos. A esta diversidad de lecturas nos referimos cuando hablamos de las generaciones de los derechos humanos, cuyo sentido no es otro que tratar de unir la formulación de los mismos con las nuevas condiciones históricas que van surgiendo.

La propia inserción de los Derechos Humanos en el contexto de la globalización con las transformaciones económicas que se están operando, con los cambios derivados de los desarrollos científico-tecnológicos y socioculturales y con las nuevas concreciones de las aspiraciones de los individuos y de los pueblos, favorecen y exigen nuevas aproximaciones a la manera de interpretar la ‘realidad’ de los mismos en tanto que catálogo de referencia de una vida digna en un mundo cada vez más justo. A este respecto, se suele aludir a tres generaciones de los Derechos Humanos, si bien es verdad que ya se habla Ministerio Público

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de derechos de cuarta generación para referirse, por ejemplo, al valor de la paz como valor universal y a los derechos de los pueblos.

La primera generación: los derechos de la libertad

Esta consideración pone de relieve la experiencia histórica de las primeras proclamaciones de derechos, centradas en una serie de reclamaciones de derechos civiles y políticos.

Es cierto que el contexto histórico de tales demandas es Europa y América del Norte, a lo largo de los siglos XVIII y XIX, amparadas en el movimiento cultural de la Ilustración, en los movimientos sociopolíticos de las revoluciones burguesas y en las guerras de independencia, también de Iberoamérica.

La pionera en la expresión de tales derechos es La Declaración de Derechos de Virginia (1776) en la que se pone como origen de tales reclamaciones la idea de que todos los hombres son, por naturaleza, igualmente libres e independientes y tienen derechos innatos a su condición humana. En el mismo sentido, el artículo primero de la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano (1789), insiste en la proclamación de que todos los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Esta peculiar insistencia en el tema de la libertad, es uno de los rasgos que más y mejor identifican los derechos de primera generación a los que se les percibe como derechos: individuales, civiles y políticos, que exigen: respeto a la dignidad de las personas, preservar su integridad física, su autonomía y su libertad frente a los poderes constituidos y las garantías procesales. Los referentes teóricos ‘remotos’ de esta primera generación hay que en-

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contrarlos en el iusnaturalismo racionalista, en el contractualismo social y en la filosofía con la que arranca la modernidad, es decir, en la Ilustración. Más próximo a nosotros, el liberalismo político fue introduciendo todos estos ‘valores’ en los preámbulos de todas las Cartas Magnas sobre las que se asientan los estados modernos, prototipo de los estados nacionales del siglo XIX. Todos estos derechos van a ir percibiéndose según una óptica política como los garantes de la ostentación del ejercicio del poder y, por lo mismo, como referentes de legitimación del ejercicio del mismo.

El Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos que la ONU proclama en 1966, es un ejemplo de compendio de estos derechos, a la vez que clausura una etapa de los mismos.

Segunda gen���� eración: los derechos de la igualdad

El punto de inflexión del que parte esta nueva lectura que llamamos segunda generación ya no va a ser la reclamación de una protección por parte del Estado con vistas a asegurar el disfrute de tales derechos a las personas. Lo que la segunda generación requiere del Estado es un cierto grado de intervención – implicación positiva – para garantizar la satisfacción de unas necesidades básicas de los individuos. El estado de bienestar, surgido para proveer a los individuos de unos bienes sociales básicos tales como la educación, la salud, el trabajo y la protección social, inaugura un desarrollo de los derechos humanos en los términos de exigencia de unas condiciones sociales que permitan disfrutar a todos los hombres de los derechos de primera generación. ¿Por qué? Porque no es verdad que todos los hombres nacen iguales en derechos y liberta-

des. Lo general es la situación inversa, debido a que las situaciones de partida son desiguales.

Hemos de reconocer que esta reclamación de los denominados derechos de igualdad de consideración y trato no se lleva a cabo sin grandes contratiempos. El progresivo avance de la democracia política, la progresiva ampliación del sufragio universal y las diversas reformas sociales del siglo XIX, van dando cobertura legitimatoria a esta lectura.

Pero es preciso añadir, en aras de la verdad, que gran parte de la culpa (sic) en el logro de estos derechos la tiene el movimiento obrero – revolución rusa incluida (1917) - que surge con fuerza al amparo del desarrollo industrial. Este peculiar factor del movimiento obrero es lo que lleva a muchos estudiosos a relacionar esta generación con el socialismo, dicho así de manera general, como referente político que permitió y amparó esta lectura. Y, lo más importante, de la puesta en marcha de los derechos económicos y sociales como exigencia de igualdad, nace la figura del Estado Social, de la misma manera que antes hemos hablado de la incidencia de los derechos individuales en el nacimiento del Estado Liberal.

Tercera generación: los derechos de la solidaridad

El inicio histórico de la denominada tercera generación, puede situarse en la segunda mitad del siglo XX como consecuencia de la situación de las minorías en el contexto de los países desarrollados y de amplias capas de población – tercer mundo – que, en absoluto, pueden disfrutar de nada de lo que los derechos humanos señalan.

Precisamente, este carácter de demandas de colectivos – minorías, sectores de población o continentes y civilizaciones enteras – hacen que los derechos humanos se desdoblen en declaraciones sobre distintas aplicaciones de los mismos a las situaciones concretas, en tanto en cuanto se van decantando respecto de colectivos marginados o minorías privadas de


estos derechos. La consideración más amplia y su incidencia en la concreción de dichos colectivos en El punto de inflexión del que parte esta nueva lectura que llamamos segunda generación, requiere del Estado cierto grado de intervención – implicación positiva – para garantizar la satisfacción de unas necesidades básicas de los individuos. 42 “Educar en la Ciudadanía” - Edición Especial no. 5 zonas geográficas determinadas les hacen bascular hacia demandas de solidaridad entre países pobres y países ricos; de superación de la desigualdad Norte-Sur y de una incidencia en la protección del medio ambiente como exigencia de solidaridad universal. (cfr., texto de la Comisión Internacional de Derechos Humanos de 1968 reunida en Teherán para analizar los 20 años de la proclamación de la ONU). Todas estas lecturas son perspectivas de los derechos humanos llevadas a cabo desde el valor de la solidaridad. Una peculiar lectura que toma un nuevo rumbo con la incidencia social, económica y cultural de los cambios producidos por las nuevas tecnologías y la globalización, en la medida en que tales cambios nos hacen realidad que vivimos en un ‘mundo común y compartido’ lo que acentúa las situaciones de insolidaridad visualizadas como pobreza, desarrollismo, devastación del territorio, invasión cultural… Derivados de esta lectura son:

rantice una vida digna a todas las personas;

• el derecho a un desarrollo sostenible y a un comercio justo; • el derecho a la libre circulación de las personas y no sólo del dinero y de las mercancías...

Todo este conjunto de derechos reclamados son, en realidad, aspiraciones morales que van ampliando su campo, y encuentran en el valor de la solidaridad un marco adecuado para armonizar igualdad y diferencia; desarrollo individual y colectivo; interdependencia de cada ser humano con los demás, con el entorno natural, con el pasado común y con las generaciones futuras en la tarea de proponer un

‘marco moral común’ de referencia de derechos y deberes.

Precisamente, esta consideración de ‘marco moral’ requiere una progresiva legislación al respecto – declaraciones... – para lo cual es preciso la reunión de una gran movilización de las conciencias, una fuerte presión social, una acción política decidida y una profundización en los mecanismos de participación cívica propiciados por la estructura democrática del poder.

Los Derechos humanos: ¿una ‘ideología’ para el siglo XXI?

Si nuestra consideración de los Derechos Humanos resulta adecuada, como sin duda así lo creemos, es debido al especial empeño que hemos puesto por comprenderlos desde una triple perspectiva: la perspectiva moral, la perspectiva jurídica y la

• el derecho a la paz y a la intervención por parte de un poder legítimo mundial en los conflictos armados, en los genocidios y crímenes contra la humanidad; • el derecho a un orden internacional justo que ga-

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perspectiva política. Las tres son interdependientes. Pero ocupan planos o niveles diferentes.

No descubro nada al decir que nuestra opción ha sido la de proponer una perspectiva moral de los derechos, en el entendido de que no sólo conforman uno de los aspectos relevantes de nuestra condición humana, sino que nos permiten dotar de un contenido humano y humanizador a las diversas reivindicaciones y exigencias que surgen de una manera de ser hombre y mujer, en relación con otros hombres y mujeres. En realidad, con todos los seres humanos. Por eso hemos identificado los Derechos Humanos con valores morales para poder hablar de exigencias jurídicas – proclamación de derechos - y de reivindicaciones políticas – legitimación del poder y lecturas generacionales de los derechos -.

Por su propia dinámica, ‘lo moral’ en tanto que ámbito significativo de lo humano, propuesto por estos derechos, requiere su puesta en práctica. Momento en el que aparece la consideración jurídica de los mismos como una suerte de ‘cordón de seguridad’ para que tales valores o exigencias puedan ser disfrutados por todos los seres humanos. La consideración de Norberto Bobbio cuando dice que el problema de los derechos no es tanto el de su fundación cuanto el de protección, tiene su sentido desde aquí. Pues por su propia dinámica, ‘lo moral’ en tanto que ámbito significativo de lo humano, propuesto por estos derechos, requiere su puesta en práctica. Momento en el que aparece la consideración jurídica de los mismos como una suerte de ‘cordón de seguridad’ para que tales valores o exigencias puedan ser disfrutados por todos los seres humanos. “Educar en la Ciudadanía” Edición Especial 43 este peculiar plus de realidad, que es el de su reconocimiento, requiere para su plena vigencia el recurso de una política – ejercicio del

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poder – que potencie, ampare y desarrolle todo este ámbito de los derechos. De manera que serán, de verdad, derechos humanos, cuando se den las condiciones económicas, sociales, políticas y culturales apropiadas para que sean disfrutados por todos. Así, ética, derecho positivo y exigencia política son las condiciones de control y verificación de todo discurso sobre derechos humanos en el que aparezcan interrelacionadas las notas de universalidad, indivisibilidad e interdependencia como ha destacado la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena (1993) y la 28º reunión de la Conferencia General de la UNESCO de 1995. En la unión de las tres notas aludidas más arriba, puede verse el punto de intersección de la triple perspectiva – ética, jurídica y política - que ayuda a profundizar todo el significado antropológico, social y cultural que requieren los susodichos derechos para ser tales. Derechos que permanecen como referentes de sentido y, así, como exponentes de una condición humana digna de ser universalizada, a cuyo discurso se dedica la reflexión filosófica tratando de contemplar unidos:

• ineludible momento ‘formal’ de toda reflexión que destaca en la aprehensión de los derechos los referentes de: una determinada idea de dignidad; una expresión de valores derivados de dicha idea que nos permite hablar de ‘valores humanos’; una manera de desarrollarse individualmente, y un sentido de las diversas prácticas sociales, así como una coloración de las actividades políticas. Y junto con este momento formal, en la consideración de los mismos, merece destacarse,

• momento ‘material’ para destacar que los derechos humanos establecen las condiciones materiales y sociales para que las condiciones formales adquieran significado y sentido. Dicho de otra manera, lo que aporta esta perspectiva ‘material’ de la reflexión filosófica sobre los Derechos Humanos es: poner en relación el disfrute de los derechos civiles y políticos con

las condiciones materiales exigidas para llevarles a cabo; enjuiciar todo tipo de ideal democrático y una determinada idea de justicia y, finalmente, configurar una ciudadanía como expresión de una dignidad responsable de los otros.

Este es el contexto de referencia para poder hablar de los Derechos Humanos como ‘ideología’ para el siglo XXI; una ‘idelogía’ en la que se dan la mano tradición y modernidad o actualidad. Por eso, aunque para algunos, los derechos humanos sean fábulas, nos resultaría ya imposible e impensable vivir sin ellos. Ni los individuos serían tales, ni las sociedades y los pueblos serían dignos de ser vividos si desaparecieran tales derechos del imaginario colectivo. Precisamente por ello, es necesario volver una y otra vez al discurso de los Derechos Humanos, aún a sabiendas de su inagotabilidad. O, tal vez, por ella.

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BENITO DE CASTRO CID, Introducción al Estudio de los Derechos Humanos. Ed. Universitas, S.A., Madrid 2003.


Los Derechos Humanos

En la Constitución dominicana

Toda sociedad en la cual la garantía de estos derechos no está asegurada y la separación de poderes determinada, no tiene Constitución

"

Artículo 16 de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, de 1789.

Cuando la Asamblea General de las Naciones Unidas votó en 1948 la Declaración Universal de Derechos, en la República Dominicana regía la Constitución que había sido modificada en enero de 1947. La Justificación principal de esta revisión constitucional, la número 27 hasta entonces, fue la de

articular el nuevo régimen monetario a que se entregaba el país, tras haber saldado su deuda pública creando una moneda nacional y una entidad emisora y reguladora como el Banco Central de la República.

Motivaciones de carácter financiero, básicamente, dejaron como es obvio sin tocar la estructura constitucional que comprendía los derechos humanos, tratado entonces bajo el Título II de los Derechos Individuales, y consagrados sin novedades dignas de resaltar, con relación a los textos anteriores. De ese modo, se pronunciaba como inherentes a la personalidad huma-

César Pina Toribio Ex-Procurador General de la República, Secretario de Estado de la Presidencia cesarpina@presidencia.gov.do

na, la inviolabilidad de la vida (art. 6, a.C.); la libertad del trabajo (a.C. 2); la libertad de conciencia y de cultos (a.C. 3); la libertad de enseñanza (a.C. 4); la libertad de expresión, libertad de asociación y de reuniones para fines pacíficos; derecho de propiedad; inviolabilidad de la correspondencia y del domicilio, libertad de tránsito, seguridad individual y el derecho a la propiedad exclusiva sobre inventos, descubrimientos y producciones científicas, artísticas y literarias. Sin referirnos a la situación real en cuanto al cumplimiento efectivo de esta dogmática, teniendo en cuenta que el férreo régimen inaugurado en 1930 había entrado en su fase tiránica, lo interesante aquí es anotar que el modelo constitucional vigente reproducía en sus líneas generales lo que venía siendo el jus- humanismo

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dominicano desde la primera Constitución, la del 6 de noviembre de 1844, que dedicó sus artículos del 14 al 38 a tratar lo que ella denominó el Derecho Público de los dominicanos. Esa carta de derecho establecía la premisa de que “los dominicanos nacen y permanecen libres e iguales en derecho… estando para siempre abolida la esclavitud”. A continuación, se consagraba la libertad individual, a cuyo aseguramiento se dedicaban las siguientes pragmáticas:

Art. 17.- Fuera del caso in fraganti delito, ninguno puede ser encarcelado sino en virtud de una orden motivada del Juez, que debe notificarse en el momento del arresto, o a lo más tarde dentro del término de veinte y cuatro horas.

La ley no puede prohibir sino las acciones perjudiciales a la sociedad. Todo lo que no está prohibido por la ley no puede ser impedido, y nadie puede ser obligado a hacer lo que aquella no ordene

tación para ese nuestro primer documento constitucional republicano, las experiencias dominicanas y francesas, resulta claro que en el punto de los derechos humanos la influencia decisiva fue las de las ideas de 1789, a través de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano. El punto de partida para ambos textos el francés y dominicano, es común: Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derecho.

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El resto de principios consagrados es también más amplio, al estilo del francés, que el modelo norteamericano. Así están proclamados además, el derecho de propiedad, la inviolabilidad del domicilio, al que se le considera “asilo sagrado”; libertad de expresión, sin censura previa; el secreto de la correspondencia; el derecho de asociación; el derecho de reunión.

Merecen especial mención, dos consagraciones particularizadas: El derecho a la educación aparece formulado del Las nociones de libertad y derechos se Art. 18.-Los sorprendidos in fraganti siguiente modo, “ será creada la inscorresponden igualmente. serán llevados ante el Juez competentrucción pública, común te, y si fuere en la noche, a todos los ciudadanos, se llenará esta formalidad gratuita en todos los a las seis de la mañana ramos de la enseñanza del siguiente día, sin que primaria, cuyos establepuedan ser presentados cimientos serán distriante ninguna otra autobuidos gradualmente en ridad. proposición combinada con la división del terriArt. 19.- Nadie puede ser torio, (Art. 29). El otro es preso ni sentenciado, el derecho de petición, sino por el Juez o Tribuatribuido a los individuos nal competente, en virtud y no a las colectividades de leyes anteriores al de(36). La proclamación lito y en la forma que ellas del derecho a la enseprescriban. ñanza, que no se repite en los textos posteriores Nuestra primera Consticon la misma fórmula, tución había recibido las nos parece una avanzada influencias, al igual que de los derechos sociales todo el constitucionalisque sólo más de un siglo mo hispanoamericano de después aparecerían en la época de la ejemplar Juan Pablo Duarte, líder de la fundación de la República comparte con varios de nuestras disposiciones Revolución Francesa, a sus compañeros trinitarios. constitucionales. Por el través de sus Declaración contrario, el derecho de de los Derechos del Hompetición se mantendría en varias di“La Ley no puede prohibir sino las acbre y del Ciudadano de 1789 y de la visiones ulteriores hasta desaparecer ciones perjudiciales a la sociedad. declaración de independencia de los definitivamente a partir del 1924. Estados Unidos, de 1777. Como se Todo lo que no está prohibido por la sabe, ambos instrumentos inspirados Se echan de menos en este documenley no puede ser impedido, y nadie en las Doctrinas del derecho natural to el reconocimiento de la libertad de puede ser obligado hacer lo que aqueque había cautivado al pensamiento cultos, que aparecerían en la Constitulla no ordene”, reza el articulo 5 de la jurídico de esos tiempos, habían forción de 1907 y la libertad de tránsito declaración francesa. “A nadie se le mulado las bases de lo que hasta los reconocida a partir del 1887. puede obligar a que haga lo que la ley nuestros sería el estatuto de protecno manda, ni impedir que haga lo que ción a los derechos individuales. La Constitución de 1844, surgió lastrala ley no priva.” da por el tristemente celebre artículo Si bien se citan de manera ordinaria 210, despóticamente arrancó Pedro Ha dicho nuestro texto de 1844. como fuentes de inspiración y orien-

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Santana de nuestros padres constituyentes y que negó así la filosofía y el contenido humanista del documento, cuyos fundamento quedaban recogidos en los textos que hemos espigado y que pasaban a ser letra muerta como consecuencia del fatídico precepto. El texto del 1844 sufriría una revisión en 1854, dirigida a eliminar el mencionado artículo y a otros aspectos de la misma. El capítulo de nuestro interés se produce en sus líneas esenciales, aunque se echa de menos el texto sobre la enseñanza pública asumida como “derecho público de los dominicanos”. Sin embargo, en diciembre del 1854 se vota una nueva reforma de la cual resultan textos formalmente nuevos, aunque reproduciendo los principios fundamentales, recogidos como “Los derechos naturales y civiles de libertad, igualdad, seguridad y propiedad de todos los dominicanos”; en 1958 se votó la llamada Constitución de Moca, por haber sido adoptada en la ciudad de este nombre, y correspondiendo a un movimiento político armado de corte liberar, a la cual ha llamado Juan Bosch una “Carta magna fantasmal...porque a penas fue aplicada de manera muy superficial en algunos lugares del Cibao” lo que explica diciendo: “La pequeña burguesía vive en el orden político de ilusiones que trasforman en su cerebro la realidad y la ilusión que habían provocado los acontecimientos de julio de 1857 no podían escapar a esa inclinación. Para esa pequeña burguesía la República Dominicana era un Estado en cuya base había una sociedad similar a la de Francia o Estados Unidos. Lo que le impedía ser igual a esos países eran sus malos gobiernos y las Constituciones que habían promulgado esos gobiernos: en consecuencia, la situación del país cambiaría tan pronto le diera una Constitución diferente.”

Lo cierto es que en orden a la consagración a los derechos humanos, la Constitución de 1858 sólo aportó un elemento innovador de importancia: la abolición de la pena de muerte por razones políticas. Durante los años de vigencia de los textos anteriores, la sangre de nuestros patriotas más nobles y esclarecidos había teñido el cadalso como culminación de farsas judiciales. María Trinidad Sánchez, Antonio Duvergé y su hijo, José Joa-

quín y Gabino Puello son ejemplos de ello. La prohibición de la pena de muerte ha tenido una existencia tan azarosa como nuestra constitucionalidad, proclamada con limitación a razones políticas, se mantiene en las revisiones de 1865 y 1866, para desaparecer en las de 1868 y 1872. En la reforma de 1874 se reestablece la abolición por razones políticas para desaparecer en la de 1875.

La pequeña burguesía vive en el orden político de ilusiones que transforman en su cerebro la realidad y la ilusión que habían provocado los acontecimientos de julio de 1857 que no podían escapar a esa inclinación

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Es en la reforma de 1877 cuando se plantea de manera expresa la inviolabilidad de la vida como una garantía de los dominicanos, pronunciándose la abolición absoluta de la pena de muerte; abolición que se conserva en la revisión de 1878 para volver en la de 1879 y 1880 a limitarse a las que tienen por origen causas políticas. La prohibición de la pena de muerte desaparece en el texto de 1881, para volver al régimen que la excluye sólo “por razones políticas” en las versiones de 1887 y 1896. La reforma de 1907 establece una abolición absoluta de la pena de muerte y de cualquier otra que implique pérdida de la salud o integridad física del individuo. No duraría sino hasta el 1908 la vigencia de este texto, cuando se reestablece con excepción de los delitos políticos para reaparecer como abolición absoluta, con relación similar a la del 1907, en la reforma constitucional de 1924, tras la desocupación de las fuerzas norteamericanas, la prohibición absoluta de 1924 se repite en las dos revi-

siones del 1929 y en la de 1934, para aparecer en la de 1942 y 1947 con la excepción “ para lo que en tiempo de guerra como nación extranjera, se hagan culpable de delitos contrarios a la suerte de las armas nacionales, o de traición o espionaje a favor del enemigo”. Este texto tendría mejor suerte ya que se le ratificó en las seis reformas habidas de 1955 al 1963. Los textos de 1966 y 1994 han consagrado una abolición absoluta.

La evolución histórica que acabamos de delinear no registra mayores cambios en la forma de consagrar los derechos humanos que los que hemos pretendido sintetizar. Puede afirmarse que, en cuanto a su redacción y presentación, dos formas aparecen alternándose entre las diversas modificaciones y revisiones sufridas por nuestra Carta Magna, sin que aparezcan diferencias sustanciales o consectuales dignas de ser relevadas.

La Constitución de 1955

La primera reforma constitucional registrada tras la aprobación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos fue la del 1 de diciembre de 1955, promovida por las urgencias de tipo político y de índole personal que acuciaban al régimen, que enfrentaba serias presiones internacionales. A todas esas condicionantes quiso responder este nuevo texto constitucional, que si bien formalmente adoptó los lineamentos de la Declaración de 1948 negados en la práctica política y social del país, consagró una seria contradicción que permite dar una idea del carácter simulado del discurso humanista que asuma. En efecto, es la primera Constitución que al referirse a lo que las otras denominaban garantías de los dominicanos o derechos públicos de los dominicanos, utiliza el término de derecho humano, para afirmar con solemnidad, por obvia influencia de la Declaración de la ONU, lo siguiente: “Se reconoce como finalidad principal del Estado la protección efectiva de los derechos de la persona humana y la creación y mantenimiento de los medios que le permitan perfeccionarse progresivamente dentro de un orden de libertad individual y justicia social, compatibles con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos.” Ministerio Público

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A seguidas se enumeraban y describían las normas con las cuales se pretendían garantizar la realización de tales fines: individualidad de la vida con prohibición de la pena de muerte sólo exceptuando por actos “culpables de delitos contrario a la suerte de las armas nacionales o de traición o espionaje en favor del enemigo; la seguridad individual, con sus consiguientes garantías procesales que han sido doctrinadas común de nuestras constituciones; libertad de conciencia y de cultos; libertad de expresión del pensamiento sin sujeción a censura previa; libertad de asociación y reunión; inviolabilidad de correspondencias y demás documentos privados; inviolabilidad de domicilio; libertad de tránsito. Al lado de esos derechos, de carácter individual, se consignan igualmente derechos de carácter social como la libertad de trabajo, libertad de empresas, libertad de enseñanza, la necesidad de protección del Estado de la familia a fin de “robustecer su estabilidad y bienestar, su vida moral, religiosa y cultural”. El derecho a la seguridad social asumida como una obligación del Estado a proveer su desarrollo progresivo, queda también consagrado, incluyendo la necesidad de protección y asistencia en favor de los pobres y ancianos. Dos elementos importantes nos sirven para demostrar el carácter subalterno de las motivaciones para las reformas. En primer lugar, la adopción a contrapelo de declarar la libertad de conciencia y de cultos y el derecho a la libre expresión del pensamiento de un artículo, No. 4, con el siguiente texto:

“Se declara que el comunismo por su tendencia atentatoria contra la soberanía de los Estados y los atributos inherentes a la persona humana, es incompatible con los principios fundamentales reconocidos en esta Constitución. Por consiguiente, la ley dispondrá las medidas necesarias para sancionar a las personas o agrupaciones que sustenten doctrinas o programas de filiación comunistas”.

La segunda muestra es la constitucionalización en el rango de los derechos humanos, de cuestiones propias al

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Juan Bosch, ex-presidente de la República y Padre de la democracia dominicana.

derecho privado como es el régimen del patrimonio conyugar y de las sucesiones, al propósito de investir con la jerarquía propia de estos textos disposiciones con vista a problemas de índole familiar del dictador, como lo relativo a la exclusión por indignidad de los sucesores.

Como se sabe, el 1955 inicia el período final y más difícil de la tiranía en el que los métodos de violación a las disposiciones relativas a derechos individuales llegaron a sus máximos extremos. No obstante, dos reformas más se conocerían ante la muerte del dictador: las de 1958 y la de 1960, que dejaron intocado el capítulo dedicado a los derechos humanos, no obstante que en la propuesta inicial de reforma se contemplaba la restauración de la pena de muere para combatir el terrorismo. Por demás, el anticomunista artículo 4 desaparecería en la última.

La Constitución de 1963

El período que marcó la transición entre la caída de la tiranía y la elección de un gobierno elegido en libertad por la voluntad popular, trajo consigo dos revisiones constitucionales (1961 y 1962) dirigidas a organizar

la celebración de dichas elecciones, poniendo las funciones ejecutivas y legislativas a cargo del organismo denominado Consejo de Estado, al que correspondió convocar y celebrar las elecciones generales de 1962. El 27 de Febrero de 1963 ascendió a la primera magistratura del Estado, el profesor Juan Bosch y con el equipo de legisladores (senadores y diputados) que constituidos en Asamblea Revisora votaron la Constitución del 29 de abril de 1963, ejemplar en más de uno de sus aspectos y punto luminoso en nuestra historia constitucional.

Justamente en el plano de los derechos humanos, encontramos uno de esos puntos al formular consagraciones de mayor consonancia con la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Nada más y nada menos que en su artículo primero, la Constitución de 1963 expresa su profundo sentido humanista y su apego a las convicciones que en el 1948 vieron sustento ideológico y ético a dicha Declaración, al decir: “Art. 1.- Son finalidades básicas de los poderes públicos: a) Proteger la dignidad humana, promover y garantizar su respeto.

b) Propender a la eliminación de los obstáculos de orden económico y social que limiten la igualdad y libertad de los dominicanos y se opongan al desarrollo de la personalidad humana y a la efectiva participación de todos en la organización política, económica y social del país; y c) El desarrollo armónico de la sociedad dentro de los principios normativos de la ética social.”

El concepto de igualdad ordinariamente localizado en nuestras Constituciones anteriores en el capítulo dedicado a los derechos humanos, se consagra en esta parte primera de los Principios

Dos elementos importantes nos sirven para demostrar el carácter subalterno de las motivaciones para las reformas. En primer lugar, la adopción a contrapelo de declarar la libertad de conciencia y de cultos, y el derecho a la libre expresión del pensamiento

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Fundamentales y se expresa en la forma clásica: “Art. 6.- A nadie se le puede obligar hacer lo que la ley no manda ni impedirle lo que la ley no prohíbe.” Por primera vez en nuestra historia constitucional se adoptan los derechos sociales, no con simples enunciaciones sino con un tratamiento de mayor profundidad buscando trazar sus alcances y orientaciones desde el seno mismo de la Carta Magna. De ese modo, la sección denominada Primera Parte, tiene un Título I denominado Relaciones Económicas y Ético-Sociales, que comprende cinco secciones y 51 artículos dedicados al Trabajo, la Propiedad, la Familia y la Salud, con principios, postulados y precisiones que bien merecen un esfuerzo analítico similar o superior al presente.

Justamente el título II de esa parte está dedicado a los Derechos Humanos con una precisa y detallada enumeración y conceptualización de los mismos. Ahí encontramos consagrados en textos más o menos clásicos, la inviolabilidad de la vida, la libertad personal y un régimen de garantías procesales, la libertad de creencia, el derecho de asociación, la inviolabilidad de domicilio, la libertad de expresión, la inviolabilidad de correspondencia y la libertad de tránsito. El derecho de petición que vimos desaparecer en la modificación de 1924, reaparece acompañado de la obligación, a cargo de los poderes públicos, de “responder a dichas peticiones por medio de sus titulares o representantes, en un término razonable que no será mayor de treinta días”. Singular manifestación de protección al derecho de los ciudadanos a vivir en su país, cuya importancia sólo es dable a apreciar en la perspectiva de lo que había sido la práctica del destierro como medida de represión política, es la que brinda el artículo 66, y que algunas versiones atribuyen su parternidad al propio Presidente Bosch, conocedor como poco de los rigores del destierro: “Ningún dominicano podrá ser expulsado del país”. La preocupación jus-humanista no quedó exclusivamente en la expresión de una aspiración socialmente sentida, sino que se proyectó a los mecanismos de efectiva protección capaces de ser deslumbrados para la

Se declara legítima la resistencia encaminada a la protección de los derechos humanos, los cuales no excluyen los demás que esta Constitución establece, ni otro de igual naturaleza o que sean una resultante de la soberanía del pueblo y del régimen

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Incluso, la pena mereció la positivación de sus fundamentos socio-filosóficos: “La finalidad principal de todo establecimiento penitenciario, rezaba el artículo 80, debe ser, desarrollar en el condenado la actitud para el trabajo, los buenos hábitos y las costumbres sociales, en ningún caso las cárceles servirán para la mortificación o corrección brutal del delincuente.

Juaquín Balaguer, ex-presidente de la República y facilitador de la transición hacia la democracia.

época. En primer lugar, la protección judicial quedaba establecida por el artículo 58 al decir: “Todos los habitantes del territorio dominicano pueden actuar en justicia para salvar guardar y defender sus propios derechos y sus legítimos intereses. La administración de justicia es gratuita”.

La protección de las garantías procesales fueron ampliadas tanto en su enunciación, como en su sanción. Se prohibía la incomunicación de “Detenidos o presos, así como la publicidad vejatoria de los mismos. El artículo 75 establecía que: “todas las personas tienen acceso a los registros de detenidos y presos”, mientras el dispositivo subsiguiente creaba una grave y justificada presunción: “Cualquier hecho que afecte la integridad personal, seguridad o la honra de una persona detenida o condenada, será imputable a sus aprehensores o guardianes quienes podrán suministrar la prueba contraria. Se reconoce a los subordinados el derecho de negarse a cumplir las órdenes o disposiciones de sus superiores, contrarias a las garantías de que trata este artículo”.

Rompiendo con toda nuestra tradición constitucional, volviendo a los orígenes filosóficos de las libertades individuales, el artículo 81 expresaba: “Se declara legítima la resistencia encaminada a la protección que los derechos humanos consagrados más arriba, los cuales no excluyen los demás que esta Constitución establece ni otro de igual naturaleza o que sea una resultante de la soberanía del pueblo y del régimen democrático.

Todos conocemos el destino de este capítulo glorioso de la constitucionalidad dominicana. Pero aún a pesar de su corta vigencia legal a consecuencia del golpe de Estado de 1963, no puede decirse de esta experiencia lo que el propio Profesor Bosch había dicho de la Constitución de 1958. No se trató de una carta fantasmal, sino de un instrumento de real vigencia institucional en cuanto duró aquel gobierno, y de profundas consecuencias históricas y políticas, amen del gran peso que ha tenido posteriormente en el pensamiento social y constitucional de los dominicanos.

La Constitución de 1966

Tras el interregno que midió entre el derrocamiento del gobierno democrático de 1963 y la restauración de la constitucionalidad, se votó en 1966 una nueva Constitución que regresó en cuanto a derechos humanos, por lo menos, y en término de modelo forMinisterio Público

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mal y de contenido con muy ligeras variantes, a la Constitución de 1955. El nuevo texto tiene sólo una inclusión de importancia que es la consagración del derecho a la información, tipificado como el libre acceso de los medios a las fuentes noticiosas oficiales y privadas, “siempre que no vaya en contra del orden público o pogan en peligro la seguridad publica”.

Las garantías procesales resultaron enriquecidas con dos precisiones: La prohibición del traslado de cualquier detenido de un establecimiento carcelario a otro lugar sin orden escrita y motivada de la autoridad competente, y la de toda persona a cuya guarda este un detenido de presentarlos tan pronto lo requiera dicha autoridad judicial. Como en los textos anteriores, se establece el hábeas corpus como salva guarda a esta garantía. El régimen de protección a los derechos humanos se vio completado y fortalecido en término formales, con la aprobación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y la Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica, aprobados ambos en 1978 y que adquirieron rango constitucional por virtud del artículo 10 de la misma Constitución, a cuyo tenor “ La enumeración contenida en los artículos 8 y 9 no es limitativa y, por consiguiente, no excluye otros derechos y deberes de igual naturaleza”.

El 14 de Agosto del 1984 se votó una nueva modificación constitucional que no tocó el estatuto de los derechos humanos de manera directa, aunque la creación del Consejo Nacional de la Magistratura y la atribución a la Suprema Corte de Justicia de la facultad de designación de los demás jueces del orden judicial, pueden y deben tener incidencias en el aspecto recomendado a consecuencia del fortalecimiento de este poder del Estado y de su independencia.

Consideraciones finales

Si he preferido el método de la exposición cronológica y no el de la explicación exegética para configurar frente a ustedes una panorámica de lo que es y ha sido el tema de los derechos humanos en la Constitución dominicana ha

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Francisco Alberto Caamaño Deñó, ex-presidente de la República, líder de la Guerra Patria de Abril de 1965.

La dinámica histórica actual nos permite reflexionar sobre el estatuto actual y lo que sería más importante perfilar en torno a lo que debe ser una declaración de derechos y un régimen efectivo de protección y garantía para su cumplimiento, de cara a los nuevos tiempos

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sido por la creencia de que la riqueza del tema haya podido tener, es sólo la resultante de esa dinámica histórica la que nos permite reflexionar sobre el estatuto actual y lo que sería más importante perfilar sobre lo que debe ser una declaración de derechos y un régimen efectivo de protección y garantía para su cumplimiento, de cara a los nuevos tiempos y a lo que parece ser un paso inexorable al que estamos cada vez acercándonos más: la Reforma Constitucional. Si bien nuestro estatuto constitucional de los derechos humanos tiene la conformación clásica que arranca de nuestros primeros constituyentes, obviamente mejorado al incorporar-

se los elementos de la Declaración de 1948, su concepción ha sido conservadora en tanto ha quedado limitada a una serie de derechos fundamentales sin recoger en su devenir otras facultades y aspiraciones humanas que han merecido especial protección del manto constitucional. Y lo es más por la ausencia de mecanismos, recursos y órganos especialmente dedicados a su control y protección. En ese sentido, pues, de lo que parece tratarse es no sólo de lo que tenemos, sino de lo que debemos perseguir en un proceso como el que se cumple entre nosotros deberán ser sometidas a revisión todas las instituciones, no para su sustitución mecánica, sino para la racional formulación y reformulación de las que propendan a la sociedad de los nuevos tiempos. Parece que en punto a derechos humanos corresponderá:

• Perfilar y delinear con caracteres precisos, la distinción entre derechos individuales y sociales, de cara a los roles que de manera definitiva reconozcamos al Estado. • Ampliar el respecto de cada uno de esos derechos y libertad, incorporando de manera definitiva: • En el campo de los derechos individuales - el derecho a la intimidad personal y familiar y a su buen nombre; - el derecho al libre desarrollo de la personalidad; - el derecho a la información veraz e imparcial; - el derecho a la paz; - la constitucionalizacion efectiva de los mecanismos de protección a estos derechos; - recurso de amparo, acción de hábeas corpus: la adopción de medidas eficaces propias al proceso penal democrático.

• En el campo de los derechos sociales y culturales: - el derecho a la cultura; - el derecho al ambiente sano.

No se puede pretender en modo alguno que lo anterior sea exhaustivo ni la expresión acabada de una propuesta definitiva. Son sólo líneas para provocar la reflexión hacía la universidad y el consenso.


NOTICIAS

Lionel Dost, asistente de la policía judicial francesa; el embajador de Francia en el país, Francis Roland Dubertrand; Radhamés Jiménez Peña, Ramón Emilio Núñez y Ángel Castillo.

Francia manifiesta interés en aumentar cooperación al Ministerio Público dominicano PROCURADOR MUESTRA AL EMBAJADOR AVANCES DE LA ENMP El procurador general de la República, Radhamés Jiménez Peña, mostró al embajador de Francia en el país, Francis Roland Dubertrand, los avances alcanzados por el Ministerio Público en cuanto a la capacitación de sus miembros, los métodos para su selección, evaluación y funcionamiento de la Escuela Nacional, entre otras actividades, con el objetivo de relanzar los programas de cooperación de esa nación con la justicia dominicana.

En un encuentro celebrado en la sede de la Escuela Nacional del Ministerio Público (ENMP), el magistrado Jiménez Peña resaltó que en la actualidad más del 50% de los fiscales forman parte de la Carrera, mientras que los restantes se encuentran en vía de incorporarse. Destacó la implementación de los programas extraordinarios de formación a que son sometidos los representantes del Ministerio Público, incluyendo los primeros 100 miembros de la Carrera, quienes iniciaron como fiscalizadores. Dijo estar honrado con la visita del embajador francés, Dubertrand, a la ENMP y de conocer los planes de Francia para cooperar con la República Dominicana en la ejecución de proyectos de capacitación en el sector justicia.

“Estoy honrado de conocer los planes de Francia en fortalecer la asistencia,

ya que es una nación con la cual mantenemos lazos históricos de amistad”, precisó.

Embajador elogia proceso de capacitación de fiscales

De su lado, el embajador Dubertrand elogió el proceso de capacitación implementado por la escuela con los fiscales dominicanos, logrando en pocos años transformar el Ministerio Público. Dijo que en materia de Derecho, Francia siempre ha mantenido una relación especial y fuerte con el país, tradición que dijo, se debe mantener. “Tenemos similitudes muy fuertes en términos de Derecho, aunque también hay diferencia en cuanto a la organización”, precisó. Manifestó que tiene programado asistir al Ministerio Público dominicano en distintos aspectos, de la misma manera como se está haciendo con la Policía Nacional. El embajador de Francia estuvo acompañado de Lionel Dost, asistente de la Policía Judicial francesa.

Presentación

En una exposición realizada por Ramón Núñez, director de la ENMP, se ofreció en detalles al origen y evolu-

ción de la misma, así como los aportes hechos en la capacitación de fiscales, fiscalizadores y procuradores del país y varias naciones del área.

Resaltó las evaluaciones realizadas por la Escuela desde su creación en el año 2002, mediante el decreto 514-02 y luego prevista en la ley 78-03, donde se determinó cuáles fiscales se ajustaban al perfil. Manifestó que se ha adoptado un modelo de gestión de la capacitación orientando a la transferencia de los conocimientos, destrezas y habilidades hacia el trabajo de los fiscales, de modo que la capacitación impacte positivamente su desempeño. En la actividad estuvieron presentes, además, el primer sustituto del procurador, Ángel Castillo; el procurador de la Corte de Apelación de San Cristóbal, Jesús María Fernández Vélez; el presidente del Colegio de Abogados, José Pérez Vólquez; Antonio Medina Calcagno, vicedecano de la Facultad de Derecho de la UASD; Thalia Goldberg, directora de gestión de Fiscalía del Ministerio Público, y Danisa Cruz, encargada de asuntos internacionales de la Procuraduría General de la República. Ministerio Público

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TEMA DE

ACTUALIDAD

Henry Cerda Procurador General Adjunto, Encargado de Supervisión del Ministerio Público henrycerda@hotmail.com

El Hábeas Data en el Ordenamiento Constitucional

Es una acción constitucional o legal que tiene cualquier persona que figura en un registro o banco de datos, de acceder a tal registro para conocer qué información existe sobre su persona, y de solicitar la corrección de esa información si le causara algún perjuicio. Este derecho se ha expandido y comenzó a ser reglamentado tanto por leyes de hábeas data como por normas de protección de datos personales. También se encomendó a agencias estatales el control sobre la aplicación de estas normas. Así existen en diversos países, por ejemplo, como Argentina, España y Francia, agencias del Estado que tienen por misión supervisar el tratamiento de datos personales por parte de empresas e individuos. También se suele exigir un registro del banco de datos para generar transparencia sobre su existencia. La acción de Hábeas Data, con rango constitucional, existe en varios países como Bolivia, donde en su artículo 23, entre otras cosas, dispone que:“Toda persona que creyere estar indebida o ilegalmente impedida de conocer, objetar u obtener la eliminación o rectificación de los datos registrados por cualquier medio físico, electrónico, magnético, informático en archivos o bancos de datos públicos o privados que afecten su derecho fundamental a la intimidad y privacidad personal y familiar, a su imagen, honra y reputación reconocidos en esta Constitución, podrá interponer el recurso de Hábeas Data ante la Corte Superior del Distrito o ante cualquier Juez de Partido a elección suya. La decisión que se pronuncie se elevará en revisión, de oficio ante el Tribunal Constitucional, en el plazo de 24 horas, sin que por ello se suspenda la ejecución del fallo. El recurso de Hábeas Data no procederá para levantar el secreto en materia de prensa. El recurso de Hábeas Data se tramitará conforme al procedimiento establecido para el Recurso de Amparo Constitucional”. Así como también, en Ecuador, el artículo 94 de su Constitución establece que: “Toda persona tendrá derecho a acceder a los documentos, bancos de datos e informes que sobre sí misma, o sobre sus bienes, consten en entidades públicas o privadas, así como a conocer el uso que se haga de ellos y su propósito. Podrá solicitar ante el funcionario respectivo, la actualización de los datos o su rectificación, eliminación o anulación, si fueren erróneos o afectaren ilegítimamente sus derechos. Si la falta de atención causare perjuicio, el afectado podrá demandar indemnización”.

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Ministerio Público

El Hábeas Data en Honduras, consagra que, toda persona tiene el derecho a acceder a la información sobre sí misma o sus bienes en forma expedita y no onerosa, ya esté contenida en bases de datos, registros públicos o privados y, en caso de que fuere necesario, actualizarla, rectificarla y/o enmendarla. Por consiguiente, la acción se ejercerá sin necesidad de poder ni de formalidad alguna, verbalmente o por escrito, utilizando cualquier medio de comunicación, en horas o días hábiles o inhábiles y libre de costas; donde únicamente conocerá de la garantía del Hábeas Data la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, quien tendrá la obligación ineludible de proceder de inmediato para hacer cesar cualquier violación a los derechos del honor, intimidad personal o familiar y la propia imagen. Además, el Hábeas Data en Paraguay está protegido en su artículo 135 de la Constitución; en Perú, en los artículos 200 y 205, los cuales disponen que son garantías constitucionales: La Acción de Hábeas Corpus, La Acción de Amparo, La Acción de Hábeas Data, que procede contra el hecho u omisión por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza los derechos a que se refiere el artículo 2o, incisos 5, 6, y 7 de la Constitución sobre: la Acción de Inconstitucionalidad, la Acción Popular y la Acción de Cumplimiento. Agotada la jurisdicción interna, quien se considere lesionado en los derechos que la Constitución reconoce puede recurrir a los tribunales u organismos internacionales constituidos según tratados o convenidos de los que Perú es parte”. El artículo 28 de la Constitución de Venezuela, en cuanto a la acción de Hábeas Data, establece que: “Toda persona tiene derecho de acceder a la información y a los datos que sobre sí misma o sobre sus bienes consten en registros oficiales o privados, con las excepciones que establezca la ley, así como de conocer el uso que se haga de los mismos y su finalidad, y a solicitar ante el tribunal competente la actualización, la rectificación o la destrucción de aquello, si fuesen erróneos o afectasen ilegítimamente sus derechos. Igualmente, podrá acceder a documentos de cualquier naturaleza que contengan información cuyo conocimiento sea de interés para comunidades o grupos de personas. Queda a salvo el secreto de las fuentes de información periodística y de otras profesiones que determine la ley”.


TEMA DE

ACTUALIDAD

La acción de Hábeas Data, con rango constitucional, existe en varios países como Bolivia, donde en su artículo 23, entre otras cosas, dispone que:“Toda persona que creyere estar indebida o ilegalmente impedida de conocer, objetar u obtener la eliminación o rectificación de los datos registrados por cualquier medio físico, electrónico, magnético, informático en archivos o bancos de datos públicos o privados que afecten su derecho fundamental a la intimidad y privacidad personal y familiar, a su imagen, honra y reputación reconocidos en esta Constitución, podrá interponer el recurso de Hábeas Data ante la Corte Superior del Distrito o ante cualquier Juez de Partido a elección suya. La decisión que se pronuncie se elevará en revisión, de oficio ante el Tribunal Constitucional, en el plazo de 24 horas, sin que por ello se suspenda la ejecución del fallo.

El anteproyecto de Ley de Procedimiento Constitucional, cuyo principal objetivo es la creación de la Cuarta Sala en el interior de la Suprema Corte de Justicia, contempla el Amparo informativo o Hábeas Data, y la misma destaca que cualquier persona física puede reclamar, por vía de amparo, una orden judicial para conocer las informaciones relativas a su persona que consten en registros o bancos de datos de entidades públicas o privadas destinadas a proveer informes a terceros, así como el destino, uso o finalidad dados a esa información. A través del amparo podrá igualmente reclamarse la actualización de la información, la rectificación de errores, la eliminación o suministro de información que vulnere derechos constitucionalmente protegidos. En este orden, se quiere establecer en principio una ambigüedad de la acción o más bien, esto podría crear confusión entre los actores del sistema de justicia, por las razones que en otra entrega analizaremos, por razones de espacio, conjuntamente con el proyecto de reforma constitucional, relacionado al Hábeas Data.

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NOTICIAS

En mes de Prevención del Abuso Infantil

Procuraduría llama a cuidar de la niñez Evitar maltrato y velar por su desarrollo en un ambiente sano

El CUIDADO DE LA NIÑEZ

La Procuraduría General de la República a través de la Coordinación Nacional de NNA y Familia que dirige la magistrada Marisol Tobal, trabaja con iniciativas propias y en colaboración con otras instituciones, en beneficio de la niñez dominicana. Para ello desarrolla varios programas orientados a proteger y ofrecer garantía de sano desarrollo a la población de más temprana edad, conforme lo establecen la Constitución de la República en su artículo 8, inciso 15, la Convención de Ginebra de los Derechos del Niño de 1989 y el Código para la Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes. Cuenta con una Policía Especializada, ofrece orientación sobre la actuación de la Escuela en la Prevención del Abuso Infantil, de cómo evitar la violencia intrafamiliar según lo establece la Ley 24-97 y de cómo disciplinar efectivamente sin utilizar el castigo hacia los niños, niñas y adolescentes. Quienes visitan las páginas de la Procuraduría en la red www.procuraduria.gov. do y acceden al blog de la Coordinación de NNA y Familia, encuentran además de las informaciones necesarias, la labor que se desarrolla desde esa área, y de las orientaciones pertinentes con respecto al tratamiento que amerita el tema de la niñez y la familia.

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La magistrada Tobal considera que cuidar de los niños, niñas y adolescentes es una tarea de todos los días que no puede ser desatendida porque de ello depende la continuación de un país y una sociedad en la que se pueda convivir con sentido de armonía y democracia. Sostuvo que se debe evitar por todos los medios el maltrato infantil y en su defecto, velar porque los niños, niñas y adolescentes se desarrollen en un ambiente social, familiar y escolar sano, alegre y afectivo Marisol Tobal

En sus artículos 2 y 3 la Ley 136-03 establece a) El Estado, a través de sus instituciones, los medios de comunicación, la familia y la comunidad en general, promueve el fomento de valores y principios, a fin de que los niños, niñas y adolescentes puedan cumplir con sus deberes. b) T odos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la vida. El Estado debe garantizar este derecho mediante políticas públicas dirigidas a asegurar la sobrevivencia, la salud y su desarrollo integral.

LA ESCUELA Y LA FAMILIA En el caso de los abusos infantiles que se cometen en la familia, un mal típico de la sociedad dominicana, el mecanismo más adecuado para detectarlo, evaluar la situación y dar la salida adecuada, es la escuela, explica Marisol Tobal. A su juicio, maestros y maestras juegan un papel fundamental en prevención de abuso, ya que son agentes claves en el proceso de socialización en la comunidad educativa, y en el desarrollo psicosocial de los alumnos y alumnas. Explica que las actitudes y comportamiento de los docentes son modelos para la formación de valores de los alumnos, alumnas, valorando la integri-


En su Artículo 309-2, la Ley 24-97 define la violencia intrafamiliar como toda conducta que emplee la fuerza física, violencia psicológica y verbal, intimidación o persecución dentro del hogar, ya sea contra uno o varios miembros de la familia o cualquier otra persona con la que se mantenga una relación de convivencia o persona bajo cuya autoridad o cuidado se encontraba la familia. Ambos delitos se castigan con prisión de 1 a 5 años y multas de 500 a 5,000.00 pesos y la restitución de los bienes destruidos, dañados y ocultados si fuera el caso.

dad personal, sus potencialidades y ayudando a superar de manera positiva sus dificultades.

INDICADORES DE VIOLENCIA EN LAS ESCUELAS • F alta de condiciones adecuada para el proceso enseñanza, aprendizaje •C onfrontaciones entre estudiantes y profesores o profesores con estudiantes •P redominio de un alumno sobre otro/a •S ubordinación •H umillación • I rrespeto • I mposición • I ntolerancia • I ndiferencia •N egligencia •A gresión física •M anipulación •R idiculización •R estricción del derecho a la libertad escolar •M inimizar los derechos de los/as estudiantes frente a otros o frente a los adultos.

ORIENTACION PROFESIONAL En cuanto a la violencia en la familia que se origina y se desarrolla generalmente entre las parejas y parientes, la magistrada Tobal la considera otra violación a los derechos de la niñez que puede ser manejada con orientación profesional. Estima que es importante que tanto hombres y mujeres, así como cualquier miembro de la fami-

La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) es un tratado internacional de las Naciones Unidas, que posee 54 artículos que reconocen que todas las personas menores de 18 años tienen derecho a ser protegidos, desarrollarse y participar activamente en la sociedad, estableciendo que los niños son sujetos de derecho. Fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989. Su origen fue la Declaración de Ginebra de 1924, redactada por Eglantyne Jebb, fundadora de la organización internacional Save the Children, que fue aprobada por la Sociedad de Naciones el 26 de

lia reconozcan las situaciones que generan violencia para prevenirla y evitar así que los hijos salgan afectados en su desarrollo. Se refirió también al modelo de disciplina autoritario y de castigo físico señalando que ni ayer ni hoy ha sido el apropiado.

diciembre de 1924. Las Naciones Unidas aprobó en 1948 la Declaración Universal de los Derechos Humanos que, implícitamente, incluía los derechos del niño. Sin embargo, posteriormente, se llegó al convencimiento que las particulares necesidades de los niños debían estar especialmente enunciadas y protegidas. Es el tratado internacional que reúne al mayor número de Estados partes. Ha sido ratificada por todos los Estados del mundo, a excepción de Somalía y Estados Unidos de América, este último fundamentalmente debido a la prohibición de la aplicación de la pena de muerte a niños, que contiene esta convención.

A su juicio la disciplina se logra mejor con la comunicación y la participación entre los miembros de la familia, sobre todo en lo que tiene que ver con la toma de decisiones, el afecto y los valores que sirven de base a la formación moral de la que tanto requiere hoy la sociedad.

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Crean Red de Protección niños de los barrios

MIENTRAS UNICEF DICE QUE ENTRE 30 Y 50 POR CIENTO

Con la llegada de Abril que es el mes de la prevención del abuso infantil, se renuevan las acciones para conjurar ese mal, y en esta ocasión fue creada la Red de Protección Infantil, una iniciativa del Instituto Dominicano de Desarrollo Integral (IDDI) con el apoyo de otras instituciones públicas y privadas, incluyendo la Procuraduría General de la República.

La Red ofrecerá atención a los niños de los barrios marginados de la zona norte del Distrito Nacional, y la respaldan también el Ayuntamiento del Distrito Nacional (ADN), el Consejo Nacional para la Niñez (Conani), Salud Mental, Consejo Presidencial del SIDA, y Fe y Alegría.

OBJETIVOS

La Red de Protección Infantil tiene la finalidad de analizar la situación de maltrato infantil y fortalecer la colaboración y coordinación entre las organizaciones que trabajan con los Niños, Niñas y Adolescentes en riesgo.

“Abrimos hoy un espacio en donde estamos convocando a las instituciones que trabajan el área de protección infantil, Teresa Morrobel, directora del Departamento de Promoción Social del IDDI, para que se sumen a este gran esfuerzo”, explicó .

Esta red es una iniciativa del IDDI, que comenzó sus trabajos en octubre de 2008 con el apoyo de la Asociación Na-

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Creado en 1984, el Instituto Dominicano de Desarrollo Integral, Inc. es una organización sin fines de lucro que contribuye a la reducción de la pobreza en las zonas rurales y urbanas. Cuenta con un personal compuesto por hombres y mujeres que trabajan con comunidades y organizaciones locales interesadas en asumir la responsabilidad de mejorar sus condiciones de vida y la vida de sus vecinos.

varra Nuevo Futuro y la Agencia Española para la Cooperación Internacional del Desarrollo (AECID), las cuales donaron aproximadamente 300 mil euros al programa.

“Esta iniciativa incluye a todos los actores e instituciones que trabajan con niños en situación de riesgo en esta zona marginal, además entendemos

que sólo con la colaboración de todas las organizaciones es la única forma en que se puede disminuir el maltrato”, explicó el coordinador del Proyecto de Protección Infantil, Peter De Wannemaeker.

LAS CIFRAS

Según los últimos estudios realizados por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), entre el 30 y 50 por ciento de los niños dominicanos sufren


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Infantil para atender a de Santo Domingo

DE LOS INFANTES DOMINICANOS SUFREN MALTRATOS de maltrato en el país, indicó Wannemaeker.

En el desarrollo de la red de protección infantil, el IDDI ofrecerá psicoterapia, intervenciones a domicilio, charlas y talleres a padres y madres con dificultades de educar a sus hijos.

SECTORES BENEFICIADOS

la Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y Comunicación.

La Línea 700, es la vía que ofrece a los ciudadanos información de cómo prevenir el abuso infantil, y a la vez facilita la tramitación de las denuncias. Dentro de los servicios que brinda la Línea 700 se pueden encontrar los siguientes:

El programa de protección estará dirigido a los barrios marginados de la zona norte del Distrito Nacional, como La Zurza, Cristo Rey, Villas Agrícolas, Ensanche Luperón, Capotillo, Simón Bolivar, 24 de Abril, Ensanche Espaillat, María Auxiliadora, Guachipita, Gualey, Los Guandules y la Ciénaga.

LINEA 700 (Prevención y denuncia de abuso infantil)

En un proyecto liderado por el Despacho de la Primera Dama de la República, con el soporte del Consejo Nacional de la Niñez y el Ministerio Público desarrollado por

Denuncias de abuso infantil (físico, psicológico y sexual).

ADN pone en Marcha programa “cero niño descalzo”

Reporte de niños, niñas o adolescentes abandonados.

Cerca de cinco mil infantes de los barrios pobres serán beneficiados con zapatos a través del programa “Cero niño Descalzo” que desarrolla el Ayuntamiento del Distrito Nacional (ADN).

Reporte de niños, niñas o adolescentes extraviados. Denuncia o sospecha de explotación laboral de niños, niñas o adolescentes.

Niños, niñas o adolescentes con denuncia o sospecha de negligencia de sus padres o responsables. Denuncia o sospecha de inducción a la delincuencia o actividades antisociales a niños, niñas o adolescentes.

edidas de prevenM ción de abuso en contra de niños, niñas y adolescentes.

Roberto Salcedo

I nstituciones que ofrecen apoyo en caso de abuso infantil.

El Despacho de la Primera Dama, la Procuraduría General de la República, el Consejo Nacional para la Niñez (CONANI), y la Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y Comunicación (OPTIC) son signatarios de un acuerdo mediante el cual se comprometen a colaborar para luchar en equipo contra el abuso infantil. El convenio fue firmado por la Primera Dama, Margarita Cedeño de Fernández; el procurador general de la República, Radhamés Jiménez Peña; la presidenta del CONANI, Kirsys Fernández de Valenzuela, y el director de la OPTIC, Domingo Tavárez.

“Estamos hablando de que ya contamos con un banco de datos con más de 30 mil niños que no tienen zapatos y que han sido debidamente identificados, porque viven en situaciones de alto riesgo”, sostuvo el síndico del Distrito Nacional, Roberto Salcedo.

Beneficiará a unos cinco mil infantes de los barrios pobres

Según la encargada de la Dirección de Servicio Social del ADN, Nerys Martínez, cada niño recibirá tres pares, dos nuevos y uno usado, de los que se han ido recibiendo en las diferentes donaciones.

“Los niños beneficiados recibirán dos pares nuevos, uno estilo tenis y otro par de vestir. Los que nos han regalado que están usados, los niños lo recibirán como extra, o sea que en este caso los niños recibirán finalmente tres pares de zapatos”, señaló Martínez.

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Fiscalía del Distrito Nacional desarrolla batida contra máquinas tragamonedas Rescatan menores y los entregan a sus padres

MARISOL TOBAL ENTREGA MENORES A SUS PADRES

La Fiscalía del Distrito Nacional destruyó más de 200 máquinas tragamonedas que operaban de forma ilegal y que fueron confiscadas durante varios operativos que se realizaron en distintos colmados y colmadones de los barrios de la capital. El fiscal Alejandro Moscoso Segarra dijo que en los operativos se detuvo a 20 personas, contra las que se solicitaron medidas de coerción. Ratificó que detrás de las máquinas tragamonedas hay una mafia que está siendo investigada por organismos de inteligencia tanto de la Fiscalía como de la Procuraduría General de la República.

MEDIDAS CONTRA DETENIDOS

A las personas detenidas en los allanamientos, los jueces del Tribunal de Atención Permanente del Distrito Nacional les impusieron como medida

Procurador fiscal Alejandro Moscoso

de coerción la presentación periódica ante los tribunales.

En los operativos participaron alrededor de 20 fiscales adjuntos, quienes “peinaron” los barrios Cristo Rey, la Puya de Arroyo Hondo, Villa Juana, Villa María, Villa Consuelo, Los Guandules, Villa Francisca, entre otros sectores de la capital.

Como es usual en estos operativos, menores de edad fueron sorprendidos operando las máquinas tragamonedas donde juegan y pierden dinero con la complicidad de los dueños y administradores de colmados y colmadones. Tras ser rescatados, los niños y adolescentes fueron entregados a sus padres a través de la procuradora general adjunta Marisol Tobal, coordinadora nacional de Niños, Niñas, Adolescentes y Familia.

“Estas máquinas tragamonedas están trayendo a nuestro país la penosa realidad de que hay niños y adolescentes robándoles a sus padres y a particulares para ir a jugar en estos artefactos” afirmó Tobal. Sostuvo que en años anteriores, cuando se realizaba este tipo de operativos, se encontraron porciones de droga en varios lugares donde se realizaron los allanamientos.

NNA realiza encuentro deportivo con adolescentes en conflicto con la ley penal en Cristo Rey En otro aspecto, la Coordinación Nacional de NNA celebró un encuentro deportivo con más de 100 adolescentes en conflicto con la ley penal. La actividad se desarrolló en el Centro de Evaluación y Referimiento de Menores (CERMENOR), ubicado en el sector Cristo Rey de esta capital.

supervisión de la magistrada Marisol Tobal, coordinadora nacional de Niños, Niñas, Adolescentes y Familia, y el general Valentín Rosado Vicioso, director de la Policía Judicial Especializada.

En la denominada fiesta deportiva por la libertad y rehabilitación Marisol Tobal y el director de la Policía Judicial Especializada, Valentín Rosado Vicioso, en comparticiparon adolespañía de comunitarios y damas que trabajan con adolescentes en conflicto con la ley penal. centes de los centros El intercambio deporde Atención Integral tivo formó parte de los nes son rehabilitados en los centros de Najayo, La Vega, San Francisco de programas que desarrollan las autoriMacorís, San Cristóbal, CERMENOR, de atención integral de todo el país, dades en procura de reinsertarlos a la Santiago y el Instituto Preparatorio de compitieron en las disciplinas de vosociedad como hombres de bien. Los Señoritas de Santo Domingo. leibol, baloncesto y ajedrez, bajo la adolescentes de ambos sexos, quie-

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OPINIÓN

Salud, Persecución y Conciencia Toda vez que la salud constituye un derecho humano e inalienable que debe ser promovido y satisfecho por los gobiernos y Estados mediante el desarrollo biológico, psíquico, social, cultural y moral de cada ser humano, se promulgó el 08 de marzo de 2001, la Ley General de Salud, identificada con el número 42-01. Dicha ley regula las sanciones aplicables a las violaciones que se comenten en materia de salud pública, entre las cuales se encuentran las siguientes: En principio, es el artículo 156 de ese texto legal, que considera como crímenes y sanciona con pena de dos (2) a diez (10) años de reclusión o multas que oscilarán entre veinticinco y cincuenta veces el salario mínimo nacional establecido por la autoridad legalmente competente para ello o por la ley, las siguientes infracciones:

Vaughn González Fiscal Adjunto del Distrito Nacional adscrito a la Dirección General de Aduanas vaughngonzalez@hotmail.com

investigar la existencia de infracciones sanitarias dentro de sus respectivas jurisdicciones. Podrán actuar por propia iniciativa a requerimiento del Ministerio Público, cuando la naturaleza del caso lo amerite o ante las denuncias que les formularen particulares. El Ministerio Público podrá requerir también la intervención de la autoridad sanitaria para que lo auxilie en la persecución de infracciones a la ley. Mientras que, el artículo 160 de la mencionada norma establece que toda persona o asociación de personas u organización está facultada a denunciar ante la autoridad sanitaria correspondiente, cualquier infracción a las disposiciones de la ley y sus reglamentos.

La Ley 42-01 regula las sanciones aplicables a las violaciones que se comenten en materia de salud pública

Arrogar desechos sólidos contaminantes o sustancias descompuestas, tóxicas o nocivas a los abastos de agua potable destinados al uso y consumo de la población; introducir al país, cultivar o mantener microorganismos, cultivos bacterianos, virus, hongos patógenos y vectores transmisores de enfermedades, sin autorización de la SESPAS o en laboratorios que no reúnan las condiciones necesarias de seguridad que eviten su propagación; alterar, adulterar o contaminar productos destinados al consumo humano, cuando ello ponga en peligro la salud, la integridad física o la vida; introducir animales afectados por enfermedades directa o indirectamente transmisibles a los seres humanos o a los animales; procesar o usar plaguicidas y fertilizantes sin sujetarse a las normas de seguridad para evitar la contaminación de alimentos y objetos, cuando de ello se puedan derivar daños o lesiones de consideración a la salud de terceros; conservar, distribuir, industrializar o entregar el producto o los subproductos de animales muertos o sacrificados por padecer enfermedades zoonóticas, con las excepciones establecidas en la ley; y, ejercer cualesquiera de las profesiones dentro de las ciencias de la salud, sin tener el título universitario o de educación superior que lo acredite para tales funciones, o por carecer del exequátur expedido por el Poder Ejecutivo. Por su parte, el artículo 159 de tal ley, indica que las autoridades de salud y los funcionarios tendrán autoridad para

Así, lamentable y paralelamente a las disposiciones antes citadas, en nuestro país se está agudizando el grave problema del delito de medicinas falsificadas e ingresadas de contrabando a nuestro territorio. Al respecto, tales ilícitos constituyen perjuicios muy fuertes en contra de la actividad comercial. Además, los mismos tienen como consecuencia cruel, evitar que miles de enfermos se sanen, que miles niños, jóvenes, adultos y ancianos disfruten de una excelente salud, ya que tales medicinas no están aptas para el consumo humano.

Por consiguiente, son esas las razones por las cuales debemos combatir, diariamente, el contrabando de medicinas y su falsificación, como se está haciendo desde la Fiscalía del Distrito Nacional, con energía y sin ningún tipo de contemplación, y como expresa el actual director general de Aduanas, Miguel Cocco, en el Editorial de la Revista de la institución que dirige, marcada con el número 23, correspondiente al mes de enero de 2009, enfocados en los mejores resultados con sentido de unión de criterio y con espíritu democrático para elevar a nuestro país por encima de los escenarios de crisis, y siguiendo adelante con el aseguramiento del mejor nivel de desarrollo humano para todos los ciudadanos de la República Dominicana. De modo y manera, pues, actuando en ese sentido, valiente y responsablemente, lograremos que cada día avance más y más la humanidad, como el mayor de los grupos sociales, poseedor de una elemental conciencia. Ministerio Público

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Proyecto de convertir ccrs en micro-empresas es ya realidad esperanzadora en varios de esos centros El singular plan de la Procuraduría General de la República de convertir los CCRs del Nuevo Modelo Penitenciario en pequeñas y micro-empresas, y que con rotundo éxito funciona en el Proyecto Salcedo adscrito al sistema tradicional, avanza progresivamente y ya beneficia modalidades como la de Vista al Valle de San Francisco de Macorís, La idea es, según lo explica el procurador general de la República, Radhamés Jiménez Peña, que los propios internos contribuyan a su sustento en término de alimentación y perciban otros ingresos para que puedan ayudar a sus familiares.

Dijo que granjas con gallinas ponedoras, invernaderos, terrenos para hortalizas, panaderías, talleres de costura y ebanistería son parte de los espacios de producción en los recintos penitenciarios de San Francisco de Macorís, Monte Plata, Puerto Plata, Mao y Rafey Hombres.

Jiménez Peña habló en el centro penitenciario Vista al Valle, en San Francisco de Macorís, donde en un mensaje dirigido al personal administrativo de ese centro expresó la necesidad de ser austero, honesto, tener sentido de sacrificio y mucha creatividad ante la crisis mundial. A los internos que tienen capacidad para producir artesanía, manifestó, se les habilitará micro empresas para vender sus obras en el país, principalmente en las zonas turísticas.

Entiende que si se logra potencializar el trabajo y la creatividad de todos los responsables del sistema se podría seguir siendo exitoso, sobre todo en medio de la crisis económica mundial. “Si nosotros logramos que los centros penitenciarios sean autosostenibles por lo menos en un 50%, le estamos quitando a la Procuraduría y al gobierno esos gastos”, agregó. Dijo que han iniciado con toda la voluntad y el apoyo del presidente de la República, Leonel Fernández, el proceso

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El plan es instalar granjas con gallinas ponedoras, invernaderos, terrenos para hortalizas, panaderías, talleres de costura y ebanistería para la reparación de butacas de transformación de los centros penitenciarios del país, y que se amerita darle sostenibilidad en el tiempo.

Resaltó que Vista al Valle en San Francisco de Macorís, es uno de los centros emblemáticos del nuevo modelo penitenciario que se implementa en el país, y hace un año y meses era una especie de “pocilga” donde había seres humanos.

ALTERNATIVA ANTE LA CRISIS

El magistrado Jiménez Peña recordó que grandes potencias como Estados Unidos, España y Japón, están despidiendo miles de empleados tanto de la administración pública como del sector privado. Los terrenos de los centros penitenciarios deben ser aprovechados metro a metro para la producción de alimentos agrícolas que le sirvan para el consumo de los internos y del personal que labora allí. Ya en Vista al Valle, dijo, instalaron una granja de gallinas ponedoras que es atendida por internos penitencia-

rios, y los huevos que se producen sirven para la alimentación de ellos. Próximamente, pondrán a producir un invernadero. Otros centros que disponen de granjas de gallinas ponedoras son Salcedo y Najayo Femenino en San Cristóbal. En el primero de estos centros, los internos penitenciarios atienden una finca de 300 tareas sembradas de plátano, yuca y berenjena. En su invernadero producen hortalizas y en talleres reparan butacas, fabrican inversores, calzados y enmarcan cuadros. “Vamos a ser un ejemplo al país y al mundo de que con trabajo, dedicación, voluntad y compromiso se puede”, dijo el procurador Jiménez

AVANCE OBRAS

El procurador general de la República también recorrió el centro penitenciario de Salcedo y supervisó los trabajos de construcción del nuevo centro de Moca, obra que construye la institución a un monto cercano a los RD$300 millones.


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Nuevo Modelo de Gestión en Fiscalía llega a San Francisco de Macorís La Procuraduría General de la República dejó inaugurado el Nuevo Modelo de Gestión de Fiscalía en San Francisco de Macorís, con lo que suman once las provincias que cuentan ya con este sistema muy vinculado con el paradigma de fiscalía virtual que en la actualidad toma cuerpo en muchos países del mundo y que persigue, además de agilizar y transparentar los procesos judiciales, aprovechar las ventajas de la globalización y la sociedad de la tecnología de la información y del conocimiento. Las otras provincias donde funciona ese modelo son San Pedro de Macorís, La Romana, El Seibo, La Vega, Nagua, Moca, Salcedo, Baní, Elías Piña y Puerto Plata.

El acto de inauguración fue encabeEl magistrado Jiménez Peña corta la cinta en compañía del procurador fiscal Juan de Dios Rosario. Figuran zado por el máximo representante autoridades municipales, del Ministerio Público y de la USAID. del Ministerio Público, Radhamés Jiménez Peña, quien aseguró que antes de que finalice el mes de agosto próximo vincia Duarte, Luz Selene Plata; el sínEl Nuevo Modelo de Gestión de Fiscalía serán incorporadas otras 13 instituciodico de SFM, Félix Rodríguez; lapresidebe responder con resultados como nes para completar 24 dentro de este denta de la Cámara Penal de la Corte hasta ahora ha venido sucediendo en las sistema, que incluye además del remozade Apelación de ese municipio, Delfientidades que han sido incorporadas a miento de la planta física, el equipamienna Amparo De León Salazar; el coroeste novedoso sistema , expresó el proto con apoyo tecnológico. nel Luis Sierra Difó, de la Dirección curador. Regional Norte de la Policía Nacional, Precisó que lo más importante que se así como por Stephen Brager y Lisset El magistrado Jiménez Peña agradeció el está produciendo con la instauración de Dumit, de la USAID. apoyo de la Agencia de los Estados Uniese sistema es el cambio de mentalidad dos para el Desarrollo Internacional (USen los fiscales, en su forma de actuar y de Con la implementación del nuevo moAID), para hacer realidad el proyecto. delo se garantiza un correcto procesahacer más eficiente el servicio al ciudaBENDICIÓN DE LA OBRA miento de los casos bajo los reglamendano. tos del nuevo Código Procesal Penal. La incorporación de la Fiscalía de SFM La bendición de la obra estuvo a cargo Declaró que el Ministerio Público era al nuevo modelo incluyó la reparación del padre Félix Rosario Salazar de la pauna institución difusa, sin identidad y de la planta física y el equipamiento rroquia San Martín de Porres, quien cacoyuntural, donde los fiscales estaban de sus diferentes oficinas, las cuales lificó de muy positivo el Nuevo Modelo sujeto a los vaivenes de la política, pero fueron dotadas de modernos equipos de Gestión de Fiscalía, con el que dijo se que actualmente se ha construido una de computadora. avanza para conseguir el anhelo de juscarrera, de la cual forman parte más de ticia de la sociedad, así como para vivir 400 fiscales. El Nuevo Modelo de Gestión de Fiscaen paz y tranquilidad. lía opera de manera simultánea con el En ese sentido, dijo que están propugsistema Justicia Siglo XXI, que es un LOS QUE ASISTIERON nando para que la Carrera del Ministerio software que garantiza el control perPúblico sea contemplada en la reforma manente de cada caso, desde el inicio La actividad estuvo encabezada adea la Constitución, aunque aclaró que los del proceso hasta su conclusión. más, por el director nacional del Mifiscales se mantendrán en sus puestos de nisterio Público, Rodolfo Espiñeira ; el acuerdo a su desempeño, tras advertir procurador de la Corte de Apelación La Fiscalía de San Francisco de Macoque aunque sea funcionario de Carrera, de San Francisco de Macorís, Amado rís está ubicada en el Palacio de Justisi comete una falta en contra de la moral José Rosa; la gobernadora de la procia, en la avenida 27 de Febrero. y la ética, será separado de la institución. Ministerio Público

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Hotoniel Bonilla:

Nuevo titular de la Dirección Nacional de Persecución de la Corrupción Administrativa El procurador general de la República, Radhamés Jiménez Peña, juramentó a Hotoniel Bonilla García como nuevo procurador general adjunto y titular de la Dirección Nacional de Persecución de la Corrupción Administrativa (DPCA) en sustitución de Oc-

tavio Líster, quien fue nombrado embajador de República Dominicana en Guatemala. Bonilla García fue designado en sus nuevas funciones por el presidente Leonel Fernández, mediante el decreto número 223-09. Al momento de su designación, Bonilla García ocupaba el cargo de subdirector de la DPCA. El magistrado Jiménez Peña declaró que la DPCA tiene grandes retos en la persecución de la corrupción pública y privada como una de las prioridades del Presidente de la República.

“Desde la DPCA haremos que ese deseo del excelentísimo señor Presidente de la República sea cumplido en su totalidad, y que los casos de corrupción sean llevados hasta las últimas consecuencias; no vamos a permitir que ningún funcionario o actor privado atente contra el patrimonio público del pueblo dominicano”, enfatizó el jefe del Ministerio Público. Agregó que tiene plena confianza en que el licenciado Bonilla García desempeñará un excelente papel en la dirección de la DPCA junto

al equipo de profesionales que le acompaña, ya que ha dado muestras de rectitud y honradez en el tiempo que lleva en esa dirección.

Dijo sentirse satisfecho con la decisión del presidente Fernández de nombrarlo en el cargo, porque es uno de los miembros del Ministerio Público que ha demostrado mayor responsabilidad en la persecución de la corrupción. De su lado, Bonilla García agradeció la confianza depositada en él por el Presidente de la República y el máximo representante del Ministerio Público. Dijo que su designación es un gran compromiso con el país y el presidente Fernández, quien en su discurso del pasado 16 de Agosto ante la Asamblea Nacional, destacó que se duplicarán todos los esfuerzos necesarios para combatir la corrupción.

Manifestó que ha recibido instrucciones del procurador general de la República de no flaquear en ese compromiso de perseguir la corrupción. “Esta designación representa un mayor compromiso, y en ese sentido cumpliremos con ese mandato, con esa obligación legal que tenemos como funcionario del Estado y del pueblo dominicano”, resaltó Bonilla García.

HOTONIEL BONILLA Nació en el municipio de Cabrera, provincia María Trinidad Sánchez, donde cursó sus estudios primarios y secundarios. En junio del año de 1990 se trasladó a Santo Domingo, ingresando posteriormente a la Universidad Autónoma de Santo Domingo. Es egresado de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de dicha universidad, donde obtuvo el título de Licenciado en Derecho, en abril del año 1995.

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Fue designado abogado ayudante del Procurador Fiscal del Distrito Nacional durante el período 1996 y 2000. En ese año se trasladó a Costa Rica, donde cursó una EspeMinisterio Público Ministerio Público Ministerio Público

cialidad en Administración de Justicia Penal, en la Universidad Nacional de ese país, con una duración de un año, obteniendo honores académicos por su desempeño. Regresó a Santo Domingo en el año 2001, y se dedicó a la práctica privada de la abogacía en su oficina, B & G Consultores. En el mes de agosto del año 2004, fue designado subdirector del entonces Departamento de Prevención de la Corrupción Administrativa de la Procuraduría General de la República y luego en adición como procurador adjunto de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.

En la evaluación realizada en el año 2005 a los miembros del Ministerio Público, obtuvo las más altas calificaciones, excelente, con perfil de investigador y litigante. Ha realizado diversos cursos, entre éstos “Técnicas de Litigación Oral”, en Costa Rica; “Rol del Fiscal en el Sistema Acusatorio”, en la Universidad de Puerto Rico; realizó una pasantía en la Fiscalía Anticorrupción de la República de Argentina; ha participado en distintos cónclaves sobre temas de corrupción, celebrados en México, La Habana, Cuba y Bolivia.


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Además de la placa de reconocimiento, el magistrado Jiménez Peña recibió de su homólogo ecuatoriano un obsequio consistente en la estatuilla que se observa en la instantánea.

Fiscalía de Ecuador reconoce desempeño del procurador a nivel nacional e internacional Consejo del Distrito Metropolitano de Quito lo declara “Huésped Ilustre” El fiscal general del Estado de Ecuador, Washington Pesántez Muñoz, reconoció al procurador general de la República, Radhamés Jiménez Peña, por el desarrollo institucional y la modernización que experimentan el Ministerio Público y el sistema penitenciario de la República Dominicana.

Igualmente, agradeció el apoyo profesional que ha ofrecido a esa nación al permitir que sus fiscales reciban los programas de formación que se imparten en la Escuela Nacional del Ministerio Público (ENMP). El magistrado Jiménez viajó a Ecuador acompañado del director de la ENMP, licenciado Ramón Núñez, para repre-

“Huésped Ilustre de Quito” Asimismo, el Consejo del Distrito Metropolitano de Quito y el alcalde Andrés Vallejo declararon al magistrado Radhamés Jiménez como “Huésped Ilustre”, tras ponderar las iniciativas que ha impulsado para mejorar las diversas áreas de la institución. El reconocimiento fue entregado por el alcalde Vallejo y la secretaria general del Consejo, María Belén Rocha Díaz.

sentar al país en la Reunión Preparatoria de la Comisión Delegada de la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países de Iberoamérica.

El procurador, al recibir la distinción, se comprometió a continuar impulsando iniciativas que contribuyan al fortalecimiento de las relaciones con el Ministerio Público del referido país. También, le expresó su satisfacción de que los fiscales de Ecuador compartan experiencia con los de República Dominicana en los cursos del Programa Extraordinario de Formación que se les imparten en la ENMP. Ministerio Público

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Inauguración Departamento de Denuncias y Querellas en Fiscalía de Santiago La Fiscalía de Santiago cuenta ya con un Departamento de Denuncias y Querellas con el propósito de ampliar y optimizar el trabajo del Ministerio Público y garantizar a los usuarios un servicio más completo.

El procurador general de la República, Radhamés Jiménez Peña, la procuradora de la Corte de Apelación y el fiscal de Santiago, Vielka Calderón y Raúl Martínez, respectivamente, encabezaron el acto de inauguración. Jiménez Peña dijo que la Fiscalía de Santiago es una institución modelo en su género, por su buena práctica de servicio al ciudadano, lo cual será mejorado con la instalación del nuevo órgano.

Resaltó el proceso de modernización constante que se produce en esa dependencia eje del Cibao y la zona norte. La encargada del nuevo departamento es la fiscal adjunta Luisa Liranzo, y junto a ella trabajarán sus colegas José Francisco Núñez en Recepción de Denuncias; Manuel Cuevas en Atención al Usuario; Gerardo Ponce en Asuntos

Comunitarios, y Regis Reyes en Asuntos Internos. Mientras que en la antigua Base Aérea estarán los fiscales Aura Luz García, Sergio Santos, Idalia Jiménez y Yaira Hernández, quienes tendrán a su cargo el área de Atención al Usuario. En la nueva oficina se recibirán denuncias verbales y escritas en casos de asuntos relacionados a la Ley 50-88 sobre drogas, así como por abuso de con-

fianza, amenaza, agresión física, estafa, trabajo realizado no pagado y trabajo pagado no realizado, trata de personas, robo y asuntos comunitarios, entre otros.

El Departamento de Denuncias y Querellas de la Fiscalía de Santiago ofrece sus servicios de lunes a viernes en horario de 8:00 de la mañana a 4:30 de la tarde.

Estudiantes de derecho de utesa visitan la Procuraduría y participan en taller Estudiantes de la Universidad Tecnológica de Santiago (UTESA) visitaron la sede de la Procuraduría General de la República, donde les fueron mostrados los avances que ha alcanzado el Ministerio Público en materia de institucionalización, profesionalización y transparencia. El propio procurador general, Radhamés Jiménez Peña, les explicó a los estudiantes el proceso de avance que vive la institución rectora del Ministerio Público.

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de un nuevo modelo de gestión y las instalaciones de las escuelas del Ministerio Público y la Penitenciaria, así como los diferentes recintos penitenciarios que funcionan dentro del nuevo sistema, para que puedan observar de cerca los cambios que experimentan.

Los estudiantes estuvieron acompañados de Henry Cerda, procurador general adjunto, Parte de los estudiantes de derecho de UTESA quienes acudieron a la quien les impartió un taller soProcuraduría a tomar el taller. bre la estructura de la Procuraduría General de la República y Igualmente, los invitó a visitar las disus atribuciones, con presentación de ferentes fiscalías que operan dentro vídeos.


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Servicio representación legal de derechos de víctimas logra otras cuatro importantes condenas El Servicio Nacional de Representación Legal de la Víctima logró otras cuatro importantes condenas, cuyos imputados fueron penalizados entre 30 y 20 años y al pago de indemnizaciones por más de RD$17 millones a favor de las víctimas. La magistrada María Hernández, directora de la oficina de representación legal, citó entre esos casos, la condena dictada por el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, en contra de Juan Ramón Rosario Salazar, de 31 años, quien deberá cumplir en la Penitenciaría Nacional de La Victoria 30 años de reclusión y pagar un resarcimiento a la víctima de RD$10 millones. Fue acusado de violar a su propia hija de diez años de edad, golpeándola y penetrándole un dedo por la vagina. El hecho ocurrió el 11 de junio de 2006 en el sector de Capotillo de esta capital. Dijo que otro hecho por el cual fue condenado, en el Primer Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo, Wander Paniagua Mejía, de 29 años, por haber dado muerte a Jesús Manuel López, de aproximadamente 18 años, infiriéndole una puñalada en la sien izquierda el día 27 de marzo de 2008, en el barrio de Gualey del Distrito Nacional, tras una discusión entre ambos. El tercer caso está relacionado con la sentencia de las magistradas Sarah Veras, Dayra Medina e Ingrid Fernández del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, quienes penalizaron a Augusto Loreano De los Santos, de 21 años de edad, al pago de una indemnización de RD$2 millones a favor de las víctimas y a 20 años de prisión por haber dado muerte al representante de la Federación Internacional de Maxi Baloncesto, Miguel Rafael Suárez Molina, de 41 años de edad, luego de un atraco frente al negocio del occiso.

una herida en la garganta con un pedazo de espejo, cuando el occiso trató de defender a su hermana, Fiordaliza Palma Montero, quien estaba recibiendo una golpiza del imputado. El hecho ocurrió el 13 de marzo de 2006. Junto a la directora del Servicio Nacional de Representación Legal, María Hernández García , actuaron en nombre de las víctimas, los magistrados Sandra Cruz, Arelis Ramírez, Altagracia Vialet, Grimaldy Oviedo y Domingo Ramírez Pacheco. María Hernández García

Este hecho ocurrió el 17 de junio de 2008 cuando el señor Suárez Molina abría su negocio a las 8:30 a.m., en el ensanche Luperón de esta capital, en compañía de su esposa Wendy de los Santos Flores, quien resultó ilesa. El imputado cometió el asalto en compañía del nombrado Moreno Laureano Castro (More), que se encuentra prófugo. Por último, fue condenado Cristino Alejandro Vicente Tejada, de 23 años de edad, a través de la sentencia del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, a 20 años de prisión y al pago de una indemnización de RD$5 millones por haber dado muerte a Eddy Palma Montero, de 30 años, propinándole

El Servicio Nacional de Representación Legal de los Derechos de las Víctimas también ha logrado sentencias ejemplares en los casos de Enmanuel Guerrero Alcántara, a quien el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, integrado por las magistradas Daira Medina, Ingrid Fernández y Tania Yune, condenó a 30 años de prisión por la violación comprobada de un menor de 9 años, cuya identidad se omite por razones legales, hecho ocurrido en La Puya de Arroyo Hondo, en el mes de marzo de 2008.

Entre otros casos, esa oficina también logró una condena de 10 años de reclusión contra José Bonilla, manager de la liga ¨Las Estrellas de Bonilla¨, quien fue encontrado culpable de violar a un menor de edad en el sector Las Caobas.

Cuerpo de especialistas que asiste a la magistrada María Hernández García.

Ministerio Público

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Jerarquía del

Procuradores Generales de Cortes de

Víctor González

Procurador General de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de la Provincia de La Vega. mvasquez@procuraduria.gov.do Tel.: 809 573 2831 ext. 212 / 809 573 2386 ext. 201, 208-213. Fax: 809 573 8390 / Cel.: 829 222 4273 Ave. García Godoy, entre c/Monseñor Panal y Diverge. Juan Amado Cedano Santana La Vega, Rep. Dom. Procurador General de la Corte de Apelación del Departamento Judicial del Distrito Nacional. Tel.: 809 533 3522 ext. 425 Cel.: 809 480 9122 C/ Hipólito Herrera Billini esq. Juan Ventura Simó. Centro de los Héroes. (Edif. Viejo de la Procuraduría General de la República).

Amado José Rosa

Procurador General de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de la Provincia Duarte. 1Ha/rosa@procuraduria.gov.do Tel.: 809 533 3522 ext. 613 / 614 Calle 27 de febrero esq. Emilio Conde, Palacio de Judicial SFM.

Félix Álvarez Rivera

Procurador General de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de la Provincia de Puerto Plata. pfpuertoplata@procuraduria.gov.do Tel.: 809 533 3522 ext. 860 / 863 Cel.: 809 480 8724 Av. Luís Ginebra esq. Hermanas Mirabal, 3er. Piso. Palacio de Justicia, Puerto Plata.

Julio César Castro Castro

Procurador General de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de la Provincia Santo Domingo. Av. Charles de Gaulle #27, Provincia Sto.Dgo., Rep.Dom. Tel.: 809 533 3522 ext. 490 y 487

Ángel René Pérez García

Procurador General de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de la Provincia de San Pedro de Macoris. dr.rpg@hotmail.com Tel.: 809 529 3393 / 809 529 3525 / 809 480 8716 Fax: 809 529 2238

Esteban Sánchez Díaz

Procurador General de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de la Provincia de Barahona. 0Hesanchez@procuraduria.gov.do Tel.: 809 524 2371 Cel.: 829 222 2534

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Ministerio Público Ministerio Público

Fermín Casilla Minaya

Abogado del Estado ante la Jurisdicción Inmobiliaria del Departamento Central. Tel.: 809 533 3677 / 809 535 4500 / 809 535 4495 ext. 222 Fax: 809 534 5285 Ave. Independencia esq. Jiménez Moya, 1er piso. La Feria.


Ministerio Público

Apelación de los Departamentos Judiciales

Jesús María Fernández Vélez

Procurador General de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de la Provincia de San Cristóbal. j.fernandez@procuraduria.gov.do Tel.: 809 533 3522 ext. 511 Cel.: 829 423 8035 C/ Padre Borbón # 15 esq. General Cabral, 2do. Piso. Palacio de Justicia, San Cristóbal.

Vielka Calderón Torres

Procuradora General de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de la Provincia de Santiago de los Caballeros. Palacio de Justicia Federico C. Alvarez, Avenida 27 de Febrero. Ensanche Román I, 3er. Nivel. vielkacladeron@hotmail.com

Macroni de Jesús Mora

César A. Jazmín Rosario

Procurador General Tributario y Administrativo procuraduria_tributaria_adm@yahoo.es jazmincesar@hotmail.com Tel.: 809 687 0069 ext. 23 - 36 Fax: 809 221 5113

Andrés Chalas Velásquez

Procurador General de Medio Ambiente achalas@procuraduria.gov.do Tel.: 809 533 3522 ext. 452 / 453 / 454 C/ Hipólito Herrera Billini esq. Juan de Dios Ventura Simó, Procuraduria edif. Viejo. Centro de los Héroes DN.

Procurador General de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de la Provincia de Montecristi. macronimora@gmail.com Tel.: 809 533 3522 ext. 684 Cel.: 809 480 9448 Prolongación Pimentel No. 107, esq. Manuel Rueda. Las Colinas, Montecristi.

Milcíades Alcántara Alcántara

Procurador General de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de la Provincia de San Juan de la Maguana malcantara16@hotmail.com Tel.: 809 533 3522 ext. 551 C/ Dr. Luis Pelayo González, frente al Ayuntamiento. San Juan de la Maguana.

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El magistrado Francisco Polanco y demás miembros de la comisión del Ministerio Público entregan el expediente de acusación a la secretaria del Juzgado de Instrucción de Baní, Alodia Perelló.

Comisión del MP deposita acusación contra implicados matanza Paya, Baní Entre los acusados hay once militares La Comisión del Ministerio Público a cargo del caso Ojo de Agua, Paya, Baní, en que siete hombres resultaron muertos por sicarios al servicio del Narcotráfico, depositó por ante el Juzgado de Instrucción de esa jurisdicción, el expediente de acusación en el que se involucran como autores materiales e intelectuales a 25 personas, de ellos, 11 militares y 14 civiles. El expediente consta de unas 300 páginas.

La comisión la coordina el magistrado Francisco Polanco y la integran además, los magistrados Fabián Melo de la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional, Dulce María Luciano, de la Unidad de Anti-lavado de Activos de la Procuraduría General de la República, así como el procurador fiscal de Baní, Robert Lugo y sus fiscales adjuntos Francis Valdez y Constantino Beltré. El informe, presentado ante el juez de la Instrucción Bartolo Castillo, fue recibido por la secretaria del tribunal, Alodia Perelló, en la mañana del miércoles 15 de abril corriente.

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Ministerio Público

Previo a depositar la acusación, la Comisión se reunió por más de cinco horas con el procurador general de la República, Radhamés Jiménez Peña, en su despacho del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes, quien los instruyó en la dirección correcta. El juez de la Instrucción tiene un plazo de 20 días para conocer las pruebas y evidencias presentadas por el Ministerio Público y fijar audiencia preliminar para decidir quiénes de los imputados va a juicio de fondo.

LOS DETALLES

Figuran como cabecillas en el expediente José Luis Montás Vargas (El Duro Motors), y Luis Lara Martínez (El Churro); los ex coroneles de la Marina de Guerra, Ricardo Guzmán Pérez y Miguel Peña Figuereo; el ex sargento de esa institución, Antonio Manuel Roché Pineda (Quico); los ex capitanes Edward Mayobanex Rodríguez Montero (El Comando), Jorge Luis Chalas; el ex mayor Jesús Sánchez Piña y el ex teniente Andrés Tapia Balbuena, supuesto cómplice de asesinato para tumbar los 1,300 kilos de cocaína.

Veinticinco personas, entre ellas once militares y catorce civiles, fueron acusados por los crímenes de narcotráfico y asesinatos múltiples, derivados de la ejecución de siete colombianos en el paraje Ojo de Agua, municipio de Paya, en una acción que el Ministerio Público advierte demostrará que tuvo que ver con el “tumbe y/o ajuste de cuenta” por un alijo de 1,300 kilos de cocaína.

Otros acusados son el nicaragüense sobreviviente de la matanza, Orin Clinton Gómez Harfold, el colombiano René Rueda Martínez o Andrés Berroa Mercedes, alias “Frank El Capi o Venezuela”; Freddy Manuel Encarnación Quezada, (Yeri); Víctor Montás Pérez, hermano de El Duro Motors; Tirson Antonio González

Lara Martínez, Manuel Calvo y Jairo Rodríguez son señalados como autores materiales de narcotráfico y coordinadores de recibir el cargamento.


(Toro Bravo), chofer de Lara Martínez; Janeurys Manuel Calvo Tejada, Denisario Rodríguez Pérez, Pedro González Estévez (Chicho), Domingo Onésimo Marmolejos (El ingeniero), Quilvio Santana Féliz (El Chivo), Joaquín Féliz Pérez (Colorao), Noé Martín Sterling Villalón, hijo del senador por Barahona, Noé Sterling Vásquez; Alexander Restrepo Carmona, Augusto Alberto Daneris Andújar, Félix Mora Terrero y el abogado José Simé Cisneros. En el caso del ex mayor de la Policía, Frederick Guillermo Medina Abud, quien está preso por el proceso, el Ministerio Público lo dejó fuera del expediente “porque en referencia a ese imputado, las investigaciones realizadas de manera objetiva y minuciosa por el Ministerio Público no encontró elementos suficientes que liguen a ese imputado con el hecho de Paya”.

El jefe de la Policía conduce personalmente al ex-teniente de navío Edward Mayobanex Rodríguez Montero, quien fuera apresado en el aeropuerto internacional de Puerto Plata, con el pelo rubio al estilo “blanco de la tierra” haciéndose pasar por un turista andaluz cuando intentaba viajar hacia una isla del Caribe. Se le considera la cabeza de los sicarios que ejecutaron la matanza. La foto en solitario nos presenta a Rodríguez Montero en sus facciones originales de “jabao” y pelo hirsuto.

Precisa que en el caso del ex agente, se encontró un arma ilegal durante un allanamiento, caso por el que será procesado. Medina Abud ha sido sometido además por la muerte de un vecino suyo en el sector Los Ríos donde reside.

Los ejecutados en Paya son los colombianos Atencio Vargas, Eduardo Fabio de León Peroza (Negro Bollo), Oscar Darío Naranjo Mejía (Fierrito), Jesús Darío Hans (Blanquito), Enrique Martínez Gutiérrez (El Washy), Apolinar Altamirano Cuellar y Geovanny Alejandro Bawie Duffis.

LAS PRUEBAS

Los representantes del Ministerio Público en la persona de su coordinador Francisco Polanco, solicitaron al juez admitir una serie de pruebas y dictar apertura a juicio en contra del grupo.

Advirtieron que hay pruebas suficientes, documentales, materiales y periciales en contra del grupo.

“Con toda seguridad, vamos a probar que esa noche del 4 de agosto se produjo la introducción en el país de un alijo de droga, que fue en esencia lo que dio origen a los asesinatos”, sostuvo Polanco quien se mostró seguro de que el Ministerio Público probará la acusación.

DE ACUERDO AL JEFE POLICIAL

El jefe de la Policía Nacional, Rafael Guillermo Guzmán Fermín, considera que las investigaciones sobre el caso concluyeron como se esperaba.

A su juicio “está más que claro el organigrama de la estructura criminal conformada por los sicarios oficiales de rangos medios, ejecutores de la masacre. “Todos están identificados, subrayó, para a seguidas sentenciar: “están todos los que son, y son todos los que están”.

EL CABECILLA

El senador por la provincia Peravia, Wilton Guerrero, ofrece declaraciones a la prensa sobre el caso.

Como jefe de la banda de sicarios figura al capitán de fragata de la Marina de Guerra, Ricardo Rafael Guzmán Pérez, quien fue capturado con ocho paquetes de cocaína, junto a su esposa y su chofer, en la avenida Ecológica de Santo Domingo Este.

Oficiales militares involuctrados Los oficiales son: los capitanes de fragata Ricardo Rafael Guzmán Pérez y Robert Augusto Peña Valdez; alférez de fragata Jesús Sánchez Piña; capitán de fragata Benny Jairon Rodríguez Pérez y los capitanes de corbeta de la MG, Miguel Peña Figueroa y Genaro Silverio Balbuena. La Policía informó que los oficiales investigadores de la institución del orden, en apoyo al Ministerio Público, pudieron establecer que de 60 personas investigadas, 13 tuvieron una participación activa en la organización criminal que concluyó con la masacre de los siete hombres y un herido de gravedad en Paya, Baní.

Sobre la droga La comisión que investigó el caso Paya determinó que 600 kilos de cocaína, de los 1,300 introducidos por la playa de Viyella, en Azua, el 4 de agosto pasado, estaban guardados en la residencia del ex coronel de la Marina de Guerra, Ricardo Guzmán Pérez, quien fue implicado junto a otras 24 personas en la matanza de siete colombianos. Según la acusación presentada ante el juez del Juzgado de la Instrucción de Baní, Bartolomé Castillo, luego de que el grupo recibiera la droga y asesinara a los siete colombianos, Guzmán Pérez guardó junto a otros imputados los 600 kilos de cocaína en su residencia de la calle Proyecto número 18, Manzana 6, residencial Prado Oriental, en Santo Domingo Este.

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NOTICIAS

Lino Vásquez lamenta que siete proyectos modificarían CPP hayan perimido en el Congreso El Comisionado para la Reforma y Modernización de la Justicia, Lino Vásquez Sámuel, lamentó que siete proyectos de modificación a varios artículos del Código Procesal Penal hayan perimido en el Congreso Nacional, durante los cierres de las legislaturas extraordinarias desde el 2006 hasta la fecha.

Dijo que con la modificación de la ley 76-02, se busca establecer mayores controles en los casos de libertad bajo fianza, rechazando la misma en caso de droga, aumento del plazo de la prisión preventiva, fortalecer los mecanismos de protección a favor de las víctimas en materia de violencia intrafamiliar o de género y ampliar el concepto de peligro de fuga, entre otros.

ticia, Seguridad y Defensa Nacional y perimió al cierre de la primera legislatura extraordinaria del 15 de febrero de 2007.

Igualmente presentaron otro proyecto de modificación al referido código, el 3 de marzo del mismo año, el cual también perimió en la segunda legislatura extraordinaria. En tanto que el 10 de mayo del mismo año, el Poder Ejecutivo presentó un proyecto de ley con el cual buscaba modificar varios artículos del Código Procesal Penal, cuyo plazo venció el 29 de junio de 2007, al término de la segunda legislatura extraordinaria de ese año.

Lino Vásquez Sámuel

Vásquez Sámuel, quien es además vicepresidente de la Comisión Nacional de Ejecución del Código Procesal Penal, presentó al Congreso Nacional otra propuesta de reforma a la normativa que ha sido discutida y consensuada por los miembros de la Comisión, y que dijo esperar no corra la misma suerte de las anteriores. La entrega del documento fue hecha por Vásquez a los presidentes de las Comisiones de Justicias de las Cámaras de Diputados y del Senado, Víctor Suárez y Francisco Domínguez Brito.

Las propuestas que fueron declaradas perimidas fueron presentadas por el Poder Ejecutivo; los diputados Pelegrín Castillo y José Ricardo Taveras Blanco, de la Fuerza Nacional Progresista (FNP); el presidente de la Cámara de Diputados, Julio César Valentín; y los diputados Santiago Vilorio y Luis José González Sánchez, de los partidos de la Liberación Dominicana (PLD) y Reformista Social Cristiano (PRSC).

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Ministerio Público

Lino Vásquez dijo esperar que el nuevo proyecto presentado por el Comisionado de Justicia sea aprobado oportunamente. Varios sectores de la sociedad, incluyendo el cardenal Nicolás de Jesús López Rodríguez, favorecen una revisión al Código Procesal Penal, tras considerar que la aplicación que están haciendo los jueces es muy cuestionable, para evitar que los delincuentes continúen siendo puestos en libertad cuando son llevados a la justicia.

El primer proyecto fue presentado por Pelegrín Castillo y Taveras Blanco, el 13 de julio de 2006, durante el cierre de cuatrienio, (periodo 2002-2006), el cual pasó por la Comisión de Jus-

Ante el vencimiento del plazo, el presidente de la Cámara de Diputados presentó el 21 de agosto de 2007 otra propuesta de modificación de varios artículos de la ley 76-02, cuyo plazo venció el 29 de junio de 2008 y perimió el 26 de julio de ese mismo año, al término de la primera legislatura ordinaria de 2008. En tanto, que los diputados Vilorio Lizardo y González Sánchez presentaron el l4 de septiembre de 2008, un proyecto de ley mediante el cual buscaban la modificación de dos artículos del Código Penal y uno del Código Procesal Penal, sobre violación de propiedad, el cual venció el 2 de noviembre de 2008, y perimió el 25 de febrero pasado.

El comisionado Vásquez dijo que la reforma procesal penal ha servido para fortalecer los derechos de la ciudadanía, imputados y víctimas, rescatando los valores liberales que la tradición autoritaria había ocultado, pero que todavía persisten una serie de vicios que deben corregidos para preservar el estado de derecho.




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