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Las Hermanas Mirabal: Fiesta Perenne de la Patria, la No Violencia y la Dignidad de la Mujer

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Con motivo de la Navidad Procuraduría ofrece muestra tradicional de Belenes

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Espléndidas graduaciones CCRs Puerto Plata y Najayo-Mujeres

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RD y PR se unen para erradicar violencia contra la Mujer: Lanzan campaña “Pégale a la Pared”

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Conversatorio César Pina y Alejandro Moscoso con Juez Zaffaroni

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Medidas preventivas y acciones rápidas de la Procuraduría evitan tragedia en cárceles

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Fiscalía La Romana: rompiendo paradigmas por una justicia ágil y cumplida

Dr. Radhamés Jiménez Peña Procurador General de la República Consejo Editorial Ángel Castillo Tejada Rodolfo Espiñeira Ceballos Octavio Líster Henríquez Roxanna Reyes Acosta Pedro Féliz Montes De Oca Marisol Tobal Williams Gladys Checo de Almonte Henry Garrido Julieta Tejada Fernando Quiroz Germán Santiago

Editor Germán Santiago Redacción Elvis Paredes Silvio Cabrera Luisa Matos Corrección Fior D’aliza Mejía Cuidado María Mercedes Disla Distribución: Angela Contreras Fotografía Juan Carlos Reyes Moreno Víctor Acosta De León Firmas: Francisco Dall’ Anese Ruiz Angel Castillo Tejada Moisés Ferrer Landrón Jesús Fernández Vélez Luis Manuel Paulino Roxanna Reyes Acosta Glorianna Montás Julieta Tejada Aracelis Peralta Diseño y Diagramación Lisandro K Ferreira Silis, S. A. Tel.: 809 685-0578 Cel. 809-994-6214 Impresión Editora Corripio C. Por A.

Ministerio Público Es una publicación periódica de la Procuraduría General de la República. Prohibida su reproducción total o parcial conforme lo disponen las Leyes de Propiedad Intelectual (65-00 sobre Derecho de Autor) y 20-00 de Propiedad Industrial ( en lo que se refiere a registro de marcas de fábricas y nombres comerciales) de ReMinisterio Público pública Dominicana.

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Trabajando para la sociedad y la familia…por una justicia de paz Desde el Estado y dentro del sistema jurídico, el Ministerio Público es la representación por excelencia de la sociedad. Es una misión facultada por ley, amparada en un marco legal sustantivo y adjetivo que debe llevarse a cabo de manera positiva, con vocación y con desprendimiento. Ningún servidor del Estado, máxime si es ministerio público, funcionario o empleado de la Procuraduría General de la República, puede rendir una labor eficaz cuando lo hace con gesto, con desgano o con prejuicio. En sentido contrario no hay alegatos que valgan. Desde esta posición se sirve con sentido justiciero. No existen los términos medios, se sirve o no se sirve. Despierta y vigilante, la Procuraduría, que es la institución rectora del Ministerio Público, trabaja hoy haciendo acopio de ese principio, de servir a la ciudadanía sin menoscabo de los derechos de nadie y midiendo con la misma vara los derechos de todos. Ese es su rol como uno de los dos pilares del sistema de administración de justicia, siendo el otro, la judicatura, supervisada desde su tribunal de más alta alzada. Es indiscutible que nuestro posicionamiento a nivel de la opinión pública tiene mucho que ver con los múltiples esfuerzos que hacemos para llenar ese cometido; se debe en gran medida esa valoración positiva, a nuestra presencia oportuna y diligente allí donde la ciudadanía reclama servicio y auxilio para hacer valer sus derechos. Es un valor que apreciamos y agradecemos, por el que estamos obligados y dispuestos a seguir hacia adelante, con nuevos y redoblados esfuerzos, a los fines de consolidarlo. Trabajamos y lo seguiremos haciendo con el mismo compromiso, con reactivado impulso desde diversas y variadas dependencias; de manera directa con nuestras fiscalías barriales y unidades de atención a la víctima que dependen de instancias superiores en cada una de las regiones y provincias donde están enclavadas nuestras procuradurías de cortes y fiscalías. Dentro de un programa macro hoy conectado con el proyecto Justicia XXI, sistema digital a tiempo real que se utiliza como una técnica de apoyo para los fiscales, nos armamos para atender y buscarle solución rápida y eficiente a todos los casos y situaciones sobre conflictos sociales y familiares, violencia de género y abuso sexual. Sólo en el Distrito Nacional contamos con 14 fiscalías barriales que además de consolidar los servicios a la ciudadanía, se han constituido en un desahogo para los tribunales. En el aspecto de la violencia de género, abuso sexual, protección a la víctima y todo lo relacionado con la conflictividad familiar, contamos con la Dirección Nacional de Atención a Víctima, la Unidad de Atención y Prevención de la Violencia, el Centro de Atención a Sobrevivientes de Violencia y la Línea Vida de emergencia, situadas respectivamente en los sectores La Castellana, Bella Vista, Ciudad Colonial y Gazcue, del Distrito Nacional. En la provincia Santo Domingo contamos con sendas unidades para cumplir tales funciones, al igual que en Peravia, San Cristóbal, La Vega, Duarte, Salcedo y Santiago. A los fines de dar mayor representación social a ese servicio, la PGR creó la Oficina Nacional de Representación Legal de los Derechos de la Víctima. Todas esas dependencias, cuyo trabajo destacamos

rjimenez@procuraduría.gov.do

y directorio ofrecemos en esta entrega, obedecen a una coordinación nacional que orienta la procuradora general adjunta para Asuntos de la Mujer, magistrada Roxanna Reyes Acosta. De manera, que contamos con los mecanismos de prevención y persecución para actuar sin pérdida de tiempo en beneficio de los afectados y afectadas en materia de violencia de género, abuso de todo tipo y conflictos en sentido general, muy particularmente los que afectan a la familia. Y debemos decir, que el trabajo que se hace desde el Ministerio Público hoy día no está distante del que se hace desde una cultura y una educación para la paz. Desde la escuela se trabaja hoy con programas educativos para el conflicto y con una educación en valores, en estrecha relación con la familia. El Ministerio Público se esfuerza en hacer lo propio, acopiando de esa manera la iniciativa aprobada en 1993 por la Asamblea General de las Naciones Unidas que luego sería asumida, de manera global y holística por la UNESCO, como programa cultural y educativo por la paz. En resumen, trabajamos para la sociedad y la familia dominicana por la aplicación equitativa de la ley y por una justicia de paz. Y lo hacemos desde diferentes lugares al mismo tiempo, de manera simultánea, ejecutando nuestros propios programas como institución responsable de la política criminal del Estado, y participando de otros que nos son afines y propios como el Plan Nacional de Seguridad Democrática, que con su programa Barrio Seguro contribuye, de igual manera, con esta cultura de tranquilidad y sosiego que tanto necesita hoy la sociedad dominicana, la sociedad de todos y todas.

Doctor Radhamés Jiménez Peña Procurador General de la República Ministerio Público

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Estamos en Internet con más noticias y novedoso contenido No somos una revista virtual sino impresa, pero ya estamos en la red y nuestras páginas pueden ser abiertas y leerse como cualquier documento virtual de esos que se ofrecen en línea a través de cualquier formato o programa, desde y hacia todas partes del mundo. La noticia y el conocimiento virtuales son necesidades y derechos propios del mundo globalizado, y se ofrecen sin restricción ni censura desde los más variados y diversos medios, sitios y centros de la información y el saber, tales como periódicos, blogs, portales, instituciones educativas, aulas, centros de documentación y órganos institucionales y especializados, sobre temas puntuales y actuales, tal cual lo es esta revista que hoy se abre al mundo como otra de las muchas ventanas abiertas que ofrece la Procuraduría General de la República para darse a conocer y apreciar. En nuestro caso, somos en lo esencial una revista impresa que desde la imprenta nos hemos mudado a la red, conscientes de que aislarse de la “mundialización” y la multimedia, significa muerte y disfuncionalidad, amén de que entre lo bibliográfico y lo virtual debe haber algún pacto coexistencial. ¿Quién ha dicho que el Internet significará a plazos la muerte del libro? El libro es el padre de la industria editorial, la cual está hoy más activa que nunca y florece por la red; y constituye el libro la correa de transmisión del acervo bibliográfico que es a su vez patrimonio de la humanidad. Además de noticiosa, esta revista intenta ser una opción bibliográfica válida y al ofrecerse ahora en línea por la red, hace honor a esa suerte de armisticio y/o política de concertación entre el material impreso de lectura variada y de peso, y las múltiples opciones del Internet. Propicia resulta la iniciativa a propósito de que se celebra en el país, declarado por el superior gobierno, “El Año del Libro y la Lectura”. En esta oportunidad, venimos con más noticias y novedoso contenido sobre lo que se hace hoy desde la Procuraduría General de la República (PGR) y todo el Ministerio Público (MP) para la sociedad dominicana. La PGR y el MP son cabeza y cuerpo de una misma estructura, algo similar a la parte consciente y la sensitiva, y ambas, una en correspondencia con la otra, se destacan unívocamente cuales instituciones virtuales. Los son por su presencia actualizada en la red y porque parecen estar físicamente en todas partes al mismo tiempo, procurando sanciones aleccionadoras para los violadores de la ley y los derechos ajenos, ofreciendo protección a las víctimas de delitos, conciliando las partes en conflictos, previniendo hechos punibles y ofreciendo servicios variados. A través de su blog y portales de reforzamiento, como Procompranet y Observatorio Digital, la Procuraduría ofrece hoy un servicio ágil, dinámico, sistemático y con material útil, poniendo a la orden de los usuarios la información disponible en el momento preciso. La información es un recurso básico y necesario, un derecho que

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contribuye con el desarrollo económico y social de todo país, a la vez que facilita la vinculación con redes internacionales en campos de interés específico de la tecnología, la ciencia, la educación y el conocimiento, que son en la actualidad la fuente de la verdadera riqueza. Y al hablar de derecho de la información, no es ocioso recordar que fue la Procuraduría la primera institución del Estado dominicano en crear una Oficina de Acceso a la Información Pública y, en ese orden, de servir de modelo para las otras instituciones que continuaron sus pasos. Detalles de ese proceso los pueden nuestros lectores obtener visitando nuestra página www.procuraduria.gov.do y de paso, abriendo las páginas de esta revista en sus versiones 1 y 2, que se destacan desde sus portadas en el home de nuestro Portal o Website. Finalmente, los invitamos a compartir nuestro menú, que en esta oportunidad, entre otras novedades y contenido, figuran el Mensaje del Procurador, un artículo sobre las transformaciones del área de recursos humanos, nuestro escritorio jurídico sobre la importante conferencia del Fiscal General de Costa Rica, un conversatorio del juez argentino Raúl Zaffarroni con César Pina Toribio y Alejandro Moscoso, así como sendas historias de la labor que se desarrolla desde las fiscalías barriales y la coordinación para Asuntos de la Mujer sobre violencia de género, abuso sexual, conflictos intrafamiliares y protección y representación legal de la víctima. Cual lo evidencia nuestro bloque de artículos y notas, nos estamos armando para brindar seguridad, sobre todo seguridad social y jurídica, y una cultura de conciliación y de paz. Y oportuno es destacarlo en una época del año que como noviembre y diciembre se dedican a la familia, a la No Violencia contra la Mujer y al nacimiento del niño Jesús.

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Procuraduría General de la República

Hacia un nuevo modelo de gestión del capital humano de la institución El alcance en la prestación de estos servicios está orientado a las demandas específicas del Ministerio Público y de todo el personal de apoyo técnico y administrativo de la Procuraduría General de la República y sus dependencias.

RoSsanna Dalmasí de González Directora de Gestión Humana Procuraduría General de la República rdalmasi@procuraduria.gov.do

Con el objetivo de contar con una estructura que facilite la incorporación de un nuevo paradigma de gestión del capital humano y adecuándonos a la demanda de los nuevos tiempos, la Procuraduría General de la República decide reestructurar y fortalecer el área de Recursos Humanos. A partir del mes de febrero de 2007, se inician los pasos concretos para el logro de los objetivos trazados. Se modifica el nombre de Departamento de Recursos Humanos y Seguridad Social por el de Dirección de Gestión Humana, reconociendo al personal no como un ¨Recurso¨, sino como el activo más valioso con que cuenta una institución, el cual debe ser motivado y desarrollado para cumplir de manera exitosa con los objetivos institucionales. Con la nueva estructura, se aprueba la creación de los departamentos de: Registro y Control, Selección y Reclutamiento, Evaluación del Desempeño, Compensaciones y Beneficios Laborales, Capacitación y Desarrollo, y Programas Especiales, facilitando así la implementación de todos los sub-sistemas del área. El alcance en la prestación de estos servicios está orientada a las demandas específicas del Ministerio Público y de todo el personal de apoyo técnico y administrativo de la Procuraduría General de la República y sus dependencias. Convencidos de la responsabilidad, con el logro de los objetivos

institucionales del área de Gestión Humana, definimos nuestra misión y visión, los cuales se describen a continuación:

Misión

Somos agentes multiplicadores del crecimiento humano de la organización, dotándola del talento humano más idóneo del mercado laboral, desarrollando y actualizando sus potencialidades a fin de que la Procuraduría General de la República cumpla a cabalidad sus objetivos institucionales.

Visión

Ser el agente multiplicador de la cultura institucional y del crecimiento integral del talento humano, y ofrecer los mejores servicios de gestión humana a los usuarios internos y externos.

Servicios Reclutamiento y Selección El subsistema de Reclutamiento y Selección de personal tiene como objetivo fundamental dotar a la institución del personal más idóneo posible para los puestos vacantes y la creación de nuevas funciones. Registro y Control El subsistema de Registro y Control tiene como objetivo fundamental, contar con información sistemática de la trayectoria de los empleados en la institución, inteMinisterio Público

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Empleados de la Procuraduría que fueron incorporados al Servicio Civil y Carrera Administrativa por la Oficina Nacional de Administración y Personal (ONAP).

grando a su expediente laboral todas las novedades, y llevar control de las incidencias administrativas laborales. Evaluación del Desempeño El subsistema de Evaluación de Desempeño tiene como objetivo fundamental, conocer la calidad de la fuerza de trabajo con que cuenta la institución tanto en el plano individual como grupal, así como también servir de insumo para la detección de necesidades de capacitación. Capacitación y Desarrollo La Escuela Nacional del Ministerio Público es responsable de preparar al personal del Ministerio Público en materia fiscal y jurídica para desarrollar sus potencialidades y mantenerse actualizado. Asimismo es responsable de identificar las necesidades de capacitación para todo el personal de la Procuraduría General de la República. La Dirección de Gestión Humana es responsable de la capacitación y adiestramiento de todo el personal del Ministerio Público en materia administrativa, técnica y otras habilidades. Compensaciones y Relaciones Laborales El subsistema de Compensaciones y Relaciones Laborales administra los sueldos, salarios y beneficios que la institución otorga a sus empleados, y propiciar un clima de relaciones labo-

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rales favorable para la productividad. Asimismo, es responsable del proceso de desvinculación de los empleados, así como del manejo de casos especiales de relaciones laborales que se presenten.

Programas Especiales El área de Programas Especiales diseña y ejecuta los proyectos encaminados a promover la integración del personal con el entorno social y laboral dentro y fuera de la institución. Comité de Gestión Humana Organo responsable de aprobar las políticas, normas y procedimientos en materia de capital humano, así como los planes de beneficios y desarrollo para los empleados de la Procuraduría General de la República y sus dependencias. Gracias al decidido respaldo del magistrado procurador general de la República, doctor Radhamés Jiménez Peña, y su equipo de magistrados adjuntos, a poco menos de un año, la Dirección de Gestión Humana ha podido lograr grandes avances, entre los que podemos mencionar: • Conformación de la nueva estructura de la dirección y la contratación del personal técnico calificado para ocupar los puestos vacantes. • Celebración de concursos de oposición para cubrir plazas vacantes

de puestos administrativos dando prioridad al personal interno. Elaboramos el primer Manual de Inducción de la PGR con el objetivo de dar a conocer nuestra institución, su historia, visión, misión y valores, así como los deberes y derechos que asisten a nuestros empleados. Este documento también servirá para que los empleados de nuevo ingreso logren una rápida integración a la cultura de nuestra institución, y guiarlos en el desempeño eficiente de sus labores. Con el respaldo de la Dirección de Tecnología de la Información, hemos logrado depurar y actualizar la base de datos del aplicativo de Recursos Humanos, así como obtener nuevos reportes que inciden de manera directa en la toma de decisiones acertadas y en el tiempo requerido en materia de capital humano. No obstante de reconocer las bondades del sistema actual de gestión humana, tenemos proyectado someter la adquisición de un nuevo software que permita manejar de manera integrada cada uno de los sub-sistemas del capital humano. Se elaboró la primera Tabla de Cargos de la Procuraduría, redefiniendo y reduciendo el número de cargos existentes. Este instrumento servirá de herramienta fun-

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damental para el establecimiento de la propuesta salarial para el año 2008. Como parte del establecimiento del Sistema de Integridad Institucional (SII), promovido por la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), este departamento elaboró un documento denominado “Cultura Organizacional”, a través del cual debemos promover y facilitar la apropiación de los principios éticos institucionales con programas de formación al personal, para que no sólo los respete, sino que también se apodere de ellos. La Cultura Organizacional de la Procuraduría General de la República se fundamenta en el cumplimiento de los principios éticos establecidos, los cuales norman el desempeño funcional y la conducta de sus integrantes. Producto de un extraordinario esfuerzo de organización, depuración de expedientes y seguimiento, logramos con el apoyo del Departamento de Pensiones de la Secretaría de Hacienda, hacer efectiva la pensión a más de 25 empleados meritorios que dedicaron casi una vida a su trabajo en la Procuraduría. Se adquirieron nuevos uniformes para el personal secretarial, de conserjería, mantenimiento y choferes. Conscientes de los beneficios que representa para nuestros empleados la incorporación a la Carrera Administrativa, realizamos un amplio programa de difusión y entrenamiento a nivel nacional, para la realización de la evaluación del desempeño, requisito indispensable para la incorporación a la carrera. Producto de este esfuerzo, logramos incorporar 227 empleados de la Procuraduría General de la Republica en el XV acto de incorporación realizado por la Oficina Nacional de Administración de Personal en septiembre de 2007. A la fecha, unos 738 empleados administrativos de nuestra institución se encuentran incorporados a la Carrera Administrativa. Con el apoyo de la Dirección de Tecnología de la Información y de la USAID, nos encontramos en la etapa final de diseño y puesta en

Rossanna Dalmasí junto al personal de la Dirección de Gestión Humana, entre ellos, Aldrid Vásquez, Clari Valerio, Ivonne Villeta, Johanny Santos, Mayra Méndez, Natividad Jiménez, Mayra Tejada, Nercy Lafontaine, Orlando Ferreras, Richard Rivera, Santiago Rodríguez y Yulissa Pérez.

ejecución del portal de Gestión Humana que estará integrado a la página Web de la Procuraduría, y que servirá no solo como instrumento de difusión de las actividades de recursos humanos, concursos, beneficios, reconocimientos y otros, sino que será una herramienta que facilitará y eficientizará la prestación de los servicios que ofrecemos a las diferentes dependencias a nivel nacional, ya que tenemos contemplado la incorporación de los formularios relativos a Gestión Humana, de manera tal, que puedan ser llenados y remitidos desde las diferentes áreas a través de la web, ahorrando tiempo y recursos.

Proyecciones Para el próximo año 2008, nos hemos propuesto grandes metas, orientadas a coadyuvar de manera decisiva en el logro de los objetivos institucionales y del proceso de institucionalización que vive la Procuraduría en esta nueva gestión, donde el capital humano juega un papel fundamental. Pretendemos continuar el fortalecimiento del área tanto en su estructura como en su personal, a fin de ofrecer cada día un servicio más eficiente, desarrollando e impulsando nuevas políticas de motivación y crecimiento, así como fortalecernos internamente con la elaboración de nuestros manuales de políticas y procedimientos.

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Fiscales generales de Iberoamérica que participaron en la XV Asamblea de Ministerios Públicos Iberoamericanos. Con traje color crema y corbata amarilla figura el procurador general de la República Dominicana, Radhamés Jiménez Peña.

RD será sede de fiscales de Iberoamérica

Presidente gobierno español resalta avances del Ministerio Público dominicano José Luis Rodríguez Zapatero considera que Nuevo Modelo Penitenciario es un ejemplo para el mundo La República Dominicana fue escogida a unanimidad, por todos los miembros de la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos (AIAMP), como sede de la XVI Asamblea de Ministerios Públicos Iberoamericanos, la cual congregará a todos los fiscales generales de América Latina, España y Portugal, en los primeros días del año 2008.

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La República Dominicana fue escogida a unanimidad, por todos los miembros de la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos (AIAMP), como sede para la XVI reunión de fiscales generales de América Latina, España y Portugal, evento que se desarrollará en los primeros días del próximo año. La decisión se adoptó en el marco de la reunión de fiscales generales iberoamericanos que se desarrolló en Madrid, España. El acto de inauguración de esta asamblea fue realizado el pasado 22 de octubre en el salón principal de la Fiscalía General del Estado español. La apertura del importante foro internacional fue encabezada por el presidente del Gobierno español, doctor José Luís Rodríguez Zapatero, quien pronunció el discurso

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central en el evento. El presidente Rodríguez Zapatero felicitó de manera muy especial, en el desarrollo del encuentro, al procurador general de la República Dominicana, doctor Radhamés Jiménez Peña, “por los grandes logros obtenidos en su país, en lo referente al proceso de institucionalización, modernización e independencia que está impulsando el Ministerio Público de República Dominicana”. Jiménez Peña encabezó la delegación que viajó a España el pasado mes de octubre para participar en la referida reunión de fiscales iberoamericanos. Le acompañaron el director nacional del Ministerio Público, Rodolfo Espiñeira; el director de la Escuela Nacional del Ministerio Público, Ramón

Emilio Núñez; la fiscal adjunta, Danissa Amparo Cruz Taveras; y el director de proyectos de la Procuraduría, José Abud Soler; así como los diputados Víctor Suárez y Demóstenes Martínez. En la actividad también participaron el secretario general iberoamericano, Enrique Iglesias; el fiscal general del Estado de España, Cándido Conde Pumpido, anfitrión y vicepresidente de la (AIAMP), y Guillermo Piedrabuena, fiscal general de Chile. Igualmente, los fiscales generales o procuradores generales, Mario Uribe Melendres, de Bolivia; Antonio Fernando Barros, de Brasil; Mario Iguarán, de Colombia; Francisco Dal´Anese Ruiz, de Costa Rica; Félix Garrid Safie, de El Salvador; Juan Luis Florido, de Guatemala; Leonidas Rosa Bautista, de

El presidente del Gobierno español, José Luis Rodríguez Zapatero, y el procurador general dominicano, Radhamés Jiménez Peña, durante un encuentro en Madrid, España.

Honduras; Rubén Candia Amarilla, de Paraguay; Flora Adelaida Bolívar Arteaga, de Perú; Fernando Pinto Monteiro, de Portugal; Rafael Ubiria Alzugaray, de Uruguay e Isaías Rodríguez, de Venezuela. En la actividad también participó el secretario general Iberoamericano, Enrique Iglesias. En el encuentro, el presidente del Gobierno español resaltó el trabajo que están realizando en República Dominicana con la instauración del nuevo modelo penitenciario, lo cual dijo constituye un ejemplo positivo para el mundo. Rodríguez Zapatero ha recibido informaciones sobre los trabajos de modernización y rehabilitación en los centros penitenciarios dominicanos. De su lado, el procurador Jiménez Peña agradeció en nombre del país y del presidente de la República, Leonel Fernández Reyna, las palabras de elogios. Afirmó que los avances alcanzados en la República Dominicana han sido posibles gracias a la voluntad política del presidente Fernández, quien ha apoyado el proceso de transformación y reforma que vive el Ministerio Público y el Sistema Penitenciario de República Dominicana. Durante el viaje a España, la delegación dominicana viajó a Barcelona para observar de cerca el sistema penitenciario que funciona en esa ciudad. Ministerio Público

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Las Hermanas Mirabal: Fiesta Perenne de la Patria, la No Violencia y la Dignidad de la Mujer Desde noviembre pasado, mes dedicado a la familia y la No Violencia contra la Mujer, Salcedo ha estado de fiesta. Es una fiesta perenne que en estos días ha alcanzado su mayor esplendidez con la proclamación de Salcedo, por parte del Congreso Nacional y promulgación del Poder Ejecutivo, como provincia Hermanas Mirabal, en honor a las tres heroínas de Ojo de Agua, Patria, Minerva y María Teresa, quienes durante la oprobiosa tiraría trujillista, ofrendaron sus vidas por la patria y la dignidad de la mujer. ¡Cuánto decoro y amor acumulado, ya que lo hicieron también por sus esposos! El asesinato de Las Mirabal ocurrió en noviembre de 1960 cuando regresaban de visitar a sus esposos presos en una cárcel de Puerto Plata, por su participación destacada en el movimiento clandestino 14 de Junio, al que pertenecían las heroínas y por lo que también dos de ellas habían estado recluidas en la Penitenciaría Nacional de La Victoria. Por esas razones que llenan de orgullo a la nación dominicana y enriquecen nuestra memoria histórica, Las Mirabal son hoy un ejemplo para el mundo, y su sacrificio fue el hecho que motivó que la Organización de las Naciones Unidas (ONU), declarara el 25 de Noviembre de cada año “Día Internacional de la No Violencia contra la Mujer”. En Salcedo, hoy capital de la provincia Hermanas Mirabal, la fiesta del sentimiento y el

recuerdo contamina a toda la población, y entre las actividades celebradas, se destacó un festival folklórico, del 20 al 25 de noviembre, inaugurado por el Presidente Leonel Fernández, en el que participaron grupos artísticos y culturales de la región y de la Capital dominicana. La Procuraduría General de la República celebró varias actividades en noviembre pasado, como mes dedicado a la Constitución, la familia y la lucha de la No violencia contra la Mujer. La conmemoración se extendió hasta diciembre, con el acto de lanzamiento de la campaña “Pégale a la Pared”, que consiste en dos spots televisivos con los artistas Juan Luis Guerra y el puertorriqueño Gilberto Santa Rosa, que pretende sensibilizar a los varones agresores, lo cual estuvo precedido de un acto de presentación en el auditorio de la Procuraduría y del

que ofrecemos detalles en la página 24 de esta misma edición. La actividad tuvo lugar en los salones del auditorio de la Procuraduría y lo encabezaron la primera dama, doctora Margarita Cedeño de Fernández; la Procuradora de las Mujeres del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, doctora María Dolores Fernós, y el procurador general de la República, doctor Radhamés Jiménez Peña. Las tres instituciones: el Despacho de la Primera Dama, la Procuraduría de las Mujeres de Puerto Rico y la institución rectora del Ministerio Público dominicano, son responsables de la campaña. Todos los días del año son un motivo para recordar a Las Hermanas Mirabal y a la mujer madre, patriota y luchadora, y por ello, la presente edición de Ministerio Público, dice presente. ¡Loor eterno a las Hermanas Mirabal!

La imágen de la izquierda muestra la residencia histórica de Las Hermanas Mirabal. A la derecha, parte de las exhibiciones de la feria realizada en Salcedo en honor a las heroínas.

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con motivo de la Navidad

Procuraduría ofrece muestra tradicional de Belenes Como ha sido una tradición, con motivo de Navidad y Año Nuevo, la Procuraduría General de la República presenta una muestra de Belenes de todos los países del hemisferio, a los fines de que la ciudadanía, en especial los visitantes y usuarios de los servicios que ofrece el organismo rector del Ministerio Público, los aprecien y disfruten, ya que son un alivio y un medio de purificación para el espíritu. La muestra inspirada en el Nacimiento de Belenes, rinde tributo sobre todo al natalicio del niño Jesús (El Dios hecho hombre), el “Salvador del mundo”, como lo define con palabras llenas de fe y alegría doña Gladys Checo de Almonte, asistente financiera y administrativa del Procurador General de la República, de quien surgió la idea de la exhibición. La muestra de Belenes puede disfrutarse en la primera planta del Palacio de Justicia (nuevo) del Centro de los Héroes, justo frente a las instalaciones de la Oficina de Acceso a la Información, en un área libre del lobby. “Si asociamos este hecho a la misión del Ministerio Público, nos apartaríamos un poco de la cotidianidad, en el entendido de que para estos tiempos, el grueso de las personas lo que hace es embellecer sus casas, comprar trajes nuevos, intercambiar regalos, exhi-

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Gladys Checo de Almonte.

bir arbolitos de navidad, y todo esto es muy bueno, pero nos olvidamos de limpiar nuestra casa interior”, expresa doña Gladys, para motivar la exhibición de los Belenes. Expresa que la Procuraduría “hace propicia la ocasión para invitar con entusiasmo a que seamos justos y que este tiempo lo vivamos llenos de esperanza para un futuro mejor, ya que siendo así, la justicia legal no sería necesaria. Bastaría que los ciudadanos se amaran los unos a los otros”. Para doña Gladys la equidad, que es la justicia natural, la de Dios, es la que se inspira en valores morales y cristianos, los cuales cuando, se cultivan y

defienden, evitan la influencia malsana para recibir beneficios en perjuicio de la gran mayoría, así como la avaricia, el engaño, la maldad y demás acciones que dañan las buenas costumbres del ser humano”. De manera, que todos, servidores de la Procuraduría y la ciudadanía en sentido general, están invitados a disfrutar de esta muestra de Belenes que junto a la Cena de Nochebuena, la Misa del Gallo, los Villancicos, los Aguinaldos, la llegada de Año Nuevo, los Reyes Magos y la Vieja Belén, representan los símbolos de la Navidad, época que puede glorificarse con la música y letra del himno pascual “Campana sobre Campana” que dice: Campana sobre campana y sobre campana una asómate a la ventana verás a un niño en la cuna Belén, campanas de Belén que los ángeles tocan que nueva nos traen, Belén, campanas de Belén que los ángeles cantan que nueva nos traen. Campana sobre campana y sobre campana dos asómate a la ventana verás al niño Jesús. Ministerio Público

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Ingleses y suizos resaltan Modelo Penitenciario Dominicano El nuevo sistema penitenciario que se ejecuta en nueve cárceles y que en cinco años estará funcionando en todos los recintos del país, se perfila como uno de los más modernos del mundo, hasta el punto que ha sido elogiado por naciones desarrolladas como Suiza e Inglaterra. Bajo este sistema las cárceles han comenzado a dejar de ser “mazmorras” y “tierra de nadie”, como se les llama en la actualidad, “donde perro come perro y por un peso te matan”, como dice la canción del salsero newyorquino, Henry Fiol. Consiste en un sistema abierto en el que a base de estudios, trabajo, asistencia médica y psicológica se le cambia la forma agresiva de pensar que casi siempre tienen los presos. Con este sistema, cuando ya esté operando en un 100 por ciento, desaparecerá la palabra peyorativa “preso”, la cual será sustituida por internos. En los nueve centros que están operando desde ya se les llama así. Y es que en realidad, este sistema considerado un híbrido, debido a que se escogió para él lo bueno de cada uno de los modelos carcelarios modernos, cuenta con un personal profesional altamente capacitado que no permite que el preso, ahora llamado interno, salga de la cárcel enfermo, vejado, maltratado y sin un ¡futuro asegurado!. ¿Futuro asegurado?, así de simple. Y es que bajo este sistema se educa y se capacita profesionalmente al recluso o interno, y se le ofrece ayuda hasta lograr reinsertarlo en la sociedad luego de que salga de la cárcel. La misión de los educadores y profesionales de la conducta concluye cuando el preso, tras haber obtenido su libertad, logra conseguir un empleo o instala una microempresa. Y es que, a decir de las autoridades, se trata de una “mesa de cuatro patas”, en donde en esta parte, la “pata” del Patronato Nacional Penitenciario juega un importante rol. El patronato, presidido por el cardenal Nicolás de Jesús López Rodríguez e integrado por empresarios, religiosos y periodistas, se encarga de la parte que prácticamente garantiza que

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Desde la izquierda, el embajador en el país, la jefa de embajadores, la ministra de Relaciones Exteriores y el miembro del Parlamento del Reino Unido de Inglaterra, señores Ben Moxwathi, Ian Wortington, LIz Kane y Meg Munn, durante la visita que giraron al procurador general de la República, Radhamés Jiménez Peña, quien aparece al centro.

el recluso tenga una empresa o un trabajo seguro cuando sale de la cárcel. Su creación fue una idea del procurador general de la República, doctor Radhamés Jiménez Peña. Este nuevo sistema, que opera bajo la Dirección de la Escuela Nacional Penitenciaria que preside el licenciado Roberto Santana y que ejecuta la Procuraduría General de la República, está supuesto a operar en su totalidad en cinco años, en vista de que se necesita de un personal profesional altamente preparado.

dole que “hemos visto que el régimen penitenciario ejercido en su recinto, no tiene nada que envidiarle al sistema suizo”. En términos similares se expresó el consultor internacional Andreu Estela Barnet, quien afirmó que el nuevo modelo penitenciario que se implementa en República Dominicana garantiza el respeto de los derechos fundamentales de los privados de libertad, y responde a la aplicación concisa y textual de la Ley 224-84, que regula el régimen penitenciario.

El sistema ha recibido elogios de naciones desarrolladas como Suiza e Inglaterra, en donde existen modelos penitenciarios de alta calidad. El caso del Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) de Najayo-Mujeres en San Cristóbal, por citar un ejemplo, fue elogiado por la Policía Judicial Federal de Suiza, mediante carta enviada a su directora, doctora Rosa Julia Flores Lorenzo. Murielle Perroud Madera Castillo, quien formó parte de una comisión de esa entidad que estuvo de visita en el país, le remitió una carta a la directora del CCR de Najayo-Mujeres, expresán-

La Escuela Nacional Penintenciaria (ENAP) que dirige el licenciado Roberto Santana, es la ideóloga de este sistema y la responsable de su aplicación. Los directores de estos centros son escogidos mediante concurso público, y se les exige ser profesional y hacer un diplomado en esta escuela. En la ENAP, además de dominicanos, estudian extranjeros de diversas naciones del Caribe, que han visto en el nuevo modelo dominicano un ejemplo a imitar.

Suiza e Inglaterra lo elogian

La Escuela Nacional Penitenciaria

Reproducido del periódico El Nacional, de fecha 07 de diciembre de 2007, bajo la firma del peridista judicial Silvio Cabrera.

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Procuraduría crea estructura dirigencial de Nuevo Modelo Penitenciario La Procuraduría General de la República conformó la nueva estructura de la Oficina Nacional de Coordinación de los Centros de Corrección y Rehabilitación (CCRs), y de la Unidad Coordinadora del Modelo de Gestión Penitenciaria, organismos que se encargarán de mantener la calidad y sostenibilidad del proceso de implantación del sistema penitenciario que se lleva a cabo en el país. La estructura de los nuevos organismos la integran, la licenciada Ibelca Villanueva, quien tendrá la función de coordinadora general del Modelo de Gestión Penitenciaria; la doctora Rosa Flores, que será subcoordinadora de los Centros de Corrección y Rehabilitación (CCRs), y Agustín Reyes, subcoordinador de seguridad de la Oficina Nacional de Coordinación. Las nuevas designaciones se efectuaron en un acto encabezado por el procurador general de la República, doctor Radhamés Jiménez Peña, quien destacó que los nuevos organismos ofrecerán grandes aportes a la sostenibilidad de la reforma penitenciaria, la cual dijo, se implementa con el apoyo del presidente de la República, Leonel Fernández, y de la sociedad . Expresó que uno de los grandes aportes de la reforma penitenciaria, está sustentado en los programas educativos que se desarrollan en los centros. En ese orden, dijo que el 80% de los hombres y mujeres que ingresan a esos recintos son analfabetos, los cuales son alfabetizados con los citados programas. Resaltó que sólo el 2.7 por ciento de los reclusos que salen de los CCRs, reinciden, mientras que el 50% que sale de los recintos tradicionales vuelve a delinquir. Anunció para el primer cuatrimestre del próximo año, la inauguración de los centros penitenciarios de Higuey, San Francisco de Macorís, Salcedo y San Pedro de Macorís. Asimismo, dijo que a principio de enero próximo se iniciarán los trabajos en los centros penitenciarios de Najayo-Hombres y de Moca. En tanto, fray Arístides Jiménez Richardson, al hablar en nombre del presidente del Patronato Nacional Pe-

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Los miembros de la nueva estructura del NMP. Rosa Flores, Agustin Reyes e Ibelca Villanueva, al momento de ser juramentados.

nitenciario, monseñor Nicolás de Jesús Cardenal López Rodríguez, abogó para que se mantenga el trato digno a los seres humanos que se encuentran en los diferentes centros de corrección y rehabilitación. “Este debe ser parte de un programa de nación, donde nos involucremos todos sin escatimar esfuerzos, banderías, ni credos”, manifestó. Las entidades, creadas mediante la resolución número 078, tendrán a su cargo la implementación del nuevo sistema a corto plazo, en todos los recintos penitenciarios. La licenciada Ibelca Villanueva y la doctora Rosa Flores son las directoras de los CCRs de San Felipe de Puerto Plata y Najayo-Mujeres, respectivamente. Mientras que Agustín Reyes es el encargado de seguridad de la Dirección de Prisiones. La actividad estuvo encabezada además, por el vicepresidente del Patronato Nacional Penitenciario, José Luís Corripio; el Capellán de cárceles y coordinador de la Pastoral Penitenciaria de Tegucigalpa, Honduras, reverendo Marcos René Alvarado Sánchez; el director ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS), doctor Servio Tulio Castaños; el comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia, doctor Alejandro Moscoso Segarra; el director de Prisiones, general José Ignacio Sandoval Cabrera; y el director de la Escuela

Nacional Penitenciaria (ENAP), licenciado Roberto Santana. La Oficina Nacional de Coordinación de los CCRs adoptará las medidas e iniciativas pertinentes para que todas las áreas del nuevo modelo, que incluye tratamiento, administración y seguridad, cumplan con los más altos estándares. Los organismos fueron creados de acuerdo al decreto 528-05, de fecha 20 de diciembre de 2005, emitido por el Presidente de la República, quien declara de interés nacional la instalación de un Nuevo Modelo Penitenciario preparado por la Procuraduría General de la República, y en consecuencia, un nuevo sistema de gestión y administración. Asimismo, se tomó en cuenta la Ley 78-03 sobre el Estatuto del Ministerio Público, en su artículo 47, en lo atinente a las atribuciones del Procurador General de la República, que establece: “Crear las unidades administrativas de apoyo que sean necesarias para el buen funcionamiento administrativo de la institución”. Tanto la Unidad Coordinadora del Modelo de Gestión Penitenciaria como la Oficina Nacional de Coordinación de los CCRs mantendrán su vigencia hasta tanto se complete el proceso de reforma en todos los recintos penitenciarios. Ministerio Público

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CCR de Puerto Plata a 106 internos

gradúa

Una investidura similar tuvo lugar en Najayo-Muejres, de San Cristóbal

El Centro de Corrección y Rehabilitación, (CCR), San Felipe de Puerto Plata graduó a 106 internos en diferentes áreas. Una actividad similar se llevó a cabo en el CCR Najayo-Mujeres de San Cristóbal, la cual contó con una muestra de artesanía y manualidades preparada por las propias internas. Ambas actividades se desarrollaron en este mes de diciembre y fueron encabezadas por el procurador general de la República, Radhamés Jiménez Peña, quien dijo que en Puerto Plata, los programas educativos que se desarrollan en los CCRs dentro del Nuevo Modelo Penitenciario, constituyen uno de los grandes aportes a la reforma carcelaria. Sostuvo que como resultado de la implementación de esos programas, los internos se han destacado en la confección de vestimentas, ebanistería, informática, belleza, artes plásticas, lencería del hogar, pintura, velones aromáticos, canto coral, artesanía, danza folklórica, panadería, repostería y elaboración de tarjetas. Consideró que en República Dominicana se está produciendo una verdadera revolución con el Nuevo Modelo Penitenciario, al cual se han incorpora-

Vista parcial de los internos del CCR de Puerto Plata en el acto de graduación.

do nueve centros de corrección y rehabilitación del país. En ambos casos los internos e internas recibieron diplomas en áreas diversas como Informática, Repostería, Ebanistería, Bisutería, Tapicería, Decoración, Costura, entre otras. También, se les entregaron certificados, a quienes fueron alfabetizados. Los centros incorporados al nuevo modelo son hasta ahora: San Felipe de Puerto Plata, Najayo-Mujeres en San Cristóbal, Elías Piña, Dajabón, Haras Nacionales en Santo Domingo, RafeyMujeres y Rafey-Hombres en Santiago, Monte Plata y Mao. Igualmente, están en avanzado proceso los trabajos para

El diseñador Jorge Diep junto a un grupo de internas del CCR Najayo-Mujeres, durante la graduación que se llevó a cabo en ese centro, que contó además, con una exposición de artesanía y manualidades, entre ellas, trajes como los que se muestran en la imagen.

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la incorporación de los recintos de Higüey, San Francisco de Macorís, San Pedro de Macorís y Salcedo. El plan es incorporar a mediano plazo a todos los centros carcelarios del país a un sistema que ha sido elogiado por los gobiernos europeos como un modelo a seguir. En el caso de Puerto Plata la actividad fue bendecida por el padre Nelson Núñez. La misma estuvo encabezada además, por la coordinadora general del Modelo de Gestión Penitenciaria, Ibelca Villanueva. También, por el director de la Escuela Nacional Penitenciaria (ENAP), licenciado Roberto Santana; el procurador de la Corte de Apelación de Puerto Plata, licenciado Félix Álvarez, y el juez de ejecución de la pena, licenciado Pedro Ulloa. El centro San Felipe de Puerto Plata fue el primero en ser incorporado al Nuevo Modelo Penitenciario, donde están recluidos 438 internos. Najayo-Mujeres, por su parte, está considerado como uno de los CCRs que mayores avances ha registrado, según lo destacan publicaciones recientes de diferentes medios.

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Fiscales e investigadores entrenados en un programa de capacitación El Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia (CARMJ), la Procuraduría General de la República, la Escuela Nacional del Ministerio y la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNOD), desarrollaron un programa de capacitación dirigido a más de 1,200 fiscales e investigadores. La actividad, denominada “Plan de Investigaciones”, fue coordinada además, por la Policía Nacional, la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), la Embajada de Gran Bretaña en el país, y el Departamento Nacional de Investigaciones. Estuvo encabezada por el primer sustituto del procurador general de la República, doctor Ángel Castillo; el comisionado de justicia, licenciado Alejandro Mos-

coso Segarra; el cónsul de la Embajada Británica, Scout Melling; el asesor regional legal de UNODC, Kristian Holge, y el mayor general Radhamés Ramírez Ferreira, presidente de la DNCD. También, por el subjefe de la Policía Nacional, general José Sigfrido Fernández Fadul; el encargado del Departamento de Investigaciones de la P.N., general Bencosme Candelier; y la coordinadora académica de la Escuela Nacional del Ministerio Público, licenciada Evelyn Colón. El Plan de Investigaciones se desarrollaró del 24 al 30 del pasado mes de octubre, para formar a los fiscales e investigadores del área penal de los Distritos Judiciales de Santo Domingo, Santiago, La Romana y San Juan de la Maguana.

Ramón Emilio Núñez, director de la Escuela Nacional del Ministerio Público.

El proyecto es una herramienta de trabajo para fiscales e investigadores encargados de adelantar las pesquisas de un hecho determinado, que permite establecer directrices concretas a corto plazo, para

Fiscales que tomaron el curso del Programa Extraordinario de Formación (PEF) de la ENMP.

hacer más efectiva las indagatorias de orden penal, en su ejecución y evaluación, de acuerdo a una programación pre-establecida con objetivos concretos. Como temática se adoptó las buenas prácticas de las Naciones Unidas y fue diseñado de acuerdo a las necesidades, por un equipo técnico de 18 formadores de la UNDOC, y otros técnicos de las entidades que auspiciaron el proyecto. La capacitación de miembros del Ministerio Público e investigadores permitirá a las autoridades del país, contar con un personal preparado y capacitado para asumir los retos del sistema acusatorio y la vez disponer de una herramienta útil para las investigaciones penales con miras a su oficialización. El acto de apertura de la actividad tuvo lugar en el auditorio de la Procuraduría General de la República.

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Como parte de Justicia XXI, para 2008 todas las fiscalías deberán estar incorporadas al Nuevo Modelo de Gestión

La Procuraduría General de la República acelera el proceso de incorporación de las 35 procuradurías fiscales del país al Nuevo Modelo de Gestión de Fiscalías. Este nuevo sistema que ya opera en cinco jurisdicciones fiscales, consiste en un moderno proceso de organización para garantizar la investigación y persecución penal de una manera ágil y eficiente. Se espera que el proceso esté completado para mediados del año 2008, según lo sostuvo el jefe del Ministerio Público, Radhamés Jiménez Peña.

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El magistrado dijo que dentro de este nuevo proceso de organización de la investigación y persecución penal, las fiscalías operan a través de diferentes unidades de atención al usuario, con la debida rapidez que reclama la ciudadanía al momento de solicitar un servicio, el correcto procesamiento de los casos, atención a las víctimas por parte de los fiscales 24 horas del día, y un personal que se encarga de los procesos de conciliación que así lo requieran. Resaltó que el Nuevo Modelo de Gestión de Fiscalía funciona en más de

un 90% en el Distrito Nacional, en las provincias Espaillat, La Vega, La Romana, Elías Piña y Puerto Plata. También, están en avanzado proceso de incorporación, las fiscalías de Moca, Salcedo, Nagua, San Pedro de Macorís y San Juan de la Maguana. En una tercera etapa el proyecto será extendido además, a las fiscalías de San Francisco de Macorís, Samaná, El Seibo, Hato Mayor y Azua. Jiménez Peña se refirió al tema tras encabezar un encuentro con los primeros magistrados egresados del Programa Inicial de Formación (PIF), el cual forma parte de los planes de capacitación de la Escuela Nacional del Ministerio Público (ENMP). Dijo además, que todos los miembros del Ministerio Público serán dotados de las herramientas necesarias para realizar su trabajo, a los fines de que puedan cumplir su compromiso con la sociedad, haciendo de esta entidad un organismo fuerte. Exhortó a los fiscales a ser justos y aplicar la ley sin distinción de raza, sexo o posición económica. Destacó que a los fiscales les ha tocado ser los promotores y pilares de la nueva era del Código Procesal Penal, por lo que tienen un papel preponderante en la sociedad, como es ser el verdadero motor de la referida ley. La actividad, celebrada en el auditorio de la Procuraduría General de la República, estuvo encabezada además, por el director de la ENMP, licenciado Ramón Núñez; la ex directora y profesora honorífica de esa entidad académica, doctora Aura Celeste Fernández; y el director ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS), doctor Servio Tulio Castaños.

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Procuraduría se arma para enfrentar abuso sexual, violencia de género e intrafamiliar Crea por todo el territorio, mecanismos de representación y preservación de los derechos de las víctimas La Procuraduría General de la República (PGR) a través de sus dependencias jerárquicas en funciones de Ministerio Público, ha logrado establecer en gran parte del territorio, una coordenada de mecanismos departamentales para enfrentar la violencia de género, los abusos sexuales y los conflictos intrafamiliares, y al mismo tiempo, ofrecer garantía y representación legal a las personas víctimas de delitos. Es un trabajo de alcance nacional que se sustenta desde la propia institución rectora del Ministerio Público, sobre todo a través de las procuradurías de cortes y fiscalías destacadas por regiones y provincias. En la sede de la PGR, del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes, se destaca una procuradora general adjunta para Asuntos de la Mujer que se encarga de la estructuración y supervisión, y opera además, una Oficina Nacional de Representación Legal de los Derechos de la Víctima. En el Distrito Nacional, la PGR cuenta además, con la Dirección Nacional de Atención a Víctima, con sus

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oficinas en la calle 26 Este No. 26, del sector La Castellana. En tanto, que bajo la jurisdicción de la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional, funciona una Unidad de Atención, un Centro de Atención a Sobreviviente de Violencia y la Línea Vida como medida de emergencia que funciona las 24 horas de lunes a lunes, donde se puede llamar sin costo desde cualquier lugar o móvil, al teléfono (809) 200-1202. Allí se atienden los casos de emergencia sobre violencia intrafamiliar, maltrato a mujeres y niños abandonados. Unidades de ese tipo, con nombres que varían, operan también, bajo la jurisdicción de las procuradurías fiscales, en las provincias Santo Domingo (2), San Francisco de Macorís, La Vega, Salcedo, Santiago de los Caballeros, San Cristóbal y Peravia. Todas esas dependencias están dirigidas por especialistas de la conducta humana y reconocidas magistradas de carrera, egresadas de la Escuela Nacional del Ministerio Público, con especialidades en Derecho Procesal Penal y asuntos relacionados con las leyes y tratados sobre la familia, violencia de género, abuso sexual y protección a las víctimas. Ministerio Público

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Dirección Nacional de Atención a Víctimas Glorianna Montás Directora Nacional de Atención a Víctimas gloriannamontas@hotmail.com

Creada para defender la integridad humana en todas sus dimensiones

La Dirección Nacional de Atención a Víctimas (DNAV) es una entidad del Estado que representa y asume como suyos los intereses de la Procuraduría General de la República en el ámbito de la atención a las víctimas de delitos violentos. Queda instituida oficialmente en fecha 13 de junio de 2005 por la resolución no.0008518, apoyándose de la normativa nacional, las declaraciones internacionales, convenciones y asambleas ratificadas por el país en torno a las condiciones de víctima y violencia, basándose en el reconocimiento de que la protección efectiva de los derechos humanos es un deber del Estado. Su creación responde a necesidades del sistema de justicia dominicano: la subsistencia de condiciones de revictimización, la prevalencia de disposiciones no retributivas para las personas afectadas, los niveles elevados de incidencia de delitos violentos y la limitada representación de los derechos de las víctimas en la normativa jurídica actual. A partir de un enfoque social humanista con la visión de la atención integral y multidisciplinaria, fueron definidos el contexto y la población meta de la DNAV: las víctimas de violencia, término que oficialmente se ha definido como “todas aquellas personas (sin distinción alguna), que de manera individual o colectiva han sufrido daños, lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera o irrespeto de sus derechos a consecuencia de acciones u omisiones que violan las leyes vigentes en nuestro país”. Los principios institucionales de los que deriva su accionar son: • La defensa de los derechos de las víctimas de violencia. • Los derechos humanos y de las víctimas deben primar en todo procedimiento que les involucre. • La invalidación de las costumbres y actitudes sociales que apoyan y/o promueven el ejercicio de la violencia de todo tipo. • Un correcto sistema de resarcimiento basado en un sistema de justicia que da supremacía al valor humano sin importar su condición. De manera que, la finalidad principal de la DNAV es la consolidación de una cultura de respeto que se caracterice por la revalorización de la víctima y por la protección de sus derechos, a través de la aplicación de planes, programas, normas y políticas de atención, asistencia y prevención. Su misión es dirigir, coordinar y/o articular esfuerzos de las instituciones y organismos comprometidos con la protección, atención, intervención y seguimiento de las víctimas de violencia, además de prevenir la violación de sus derechos. Esto, de la mano de cinco valores fundamentales: humanidad, equidad, representatividad, accesibilidad y homogeneidad. En abril de 2005 se conforma el equipo de trabajo de la DNAV, con una directora asistida por profesionales de la psi-

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cología y del derecho, comprometidos profundamente con esta causa. En este año, uno de sus mayores logros fue la organización del cuerpo de profesionales de la Psicología de Intervención en Crisis de la Procuraduría, que opera en distintos estamentos a nivel nacional, y la incorporación del área de Asesoría Legal que a partir del mes de junio se ha dedicado a la orientación, referimiento y seguimiento de los casos que necesitan acompañamiento o que han sido afectados por irregularidades en el proceso legal. En respuesta a la necesidad de descentralizar de los servicios y favorecer el acceso y uso de los recursos dispuestos por el Estado para las víctimas, se incluyó, entre las actividades habituales, la gestión del establecimiento de relaciones interinstitucionales que favorecieran la activación y coordinación de redes de apoyo para la erradicación y prevención de la victimización. Gracias a los esfuerzos de la DNAV en este ámbito, se formalizaron acuerdos, compromisos y relaciones de apoyo, como es el caso de las actividades realizadas con la Coordinación Nacional de Niñas, Niños y Adolescentes a favor de la niñez desafortunada. La determinación de áreas específicas para la planificación y desarrollo de proyectos favoreció que el período 2005-2006 fuera considerado el año de mayor impulso en la conformación de estructuras de servicios para víctimas en el territorio nacional. Para finales de diciembre de 2005 se habían inaugurado dos unidades de atención a víctimas localizadas en el Distrito Nacional y en la provincia Santo Domingo. La Unidad de Atención a Víctimas Niños, Niñas, Adolescentes y Familia, primer y único centro que se dispuso al público con la finalidad de asistir en la recuperación integral de las víctimas de violencia a través de la incorporación de una visión multidisciplinaria de intervención. Y para mediados de 2006, se adicionaron algunas más que por igual incluían servicios multidisciplinarios, pero con la finalidad de apoyar la judicialización de los casos: la Unidad Modelo de Atención Integral a la Violencia de Género, Intrafamiliar y Sexual de Santiago; la Unidad de Atención a Víctimas de La Vega y la Unidad de Atención a Víctimas de Baní. A finales de 2006 y principios de 2007, la DNAV estableció nuevas metas, ahora orientándose hacia la transformación de la conciencia social de la victimización. Se plantea el objetivo de anular las tendencias pasivo-agresivas de la sociedad, que consienten la continuidad de una cultura violenta y el traspaso de modelos abusivos tradicionalistas; identifica mecanismos de acercamiento a la población y pone en marcha, con todos sus recursos, estrategias, con el fin de involucrarse en compromisos de magnitud nacional que le revistan de recursos para afrontar esta problemática.

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Reflexiones sobre

La Procuraduría General Adjunta para Asuntos de la Mujer La Procuraduría General de la República tiene la atribución específica de “dirigir la política del Estado contra la criminalidad, en coordinación con los lineamientos trazados a tales fines por el Poder Ejecutivo”. En este sentido, a partir de la puesta en marcha del Plan de Seguridad Democrática, la PGR estructuró los lineamientos de la política criminal dentro de los parámetros de dicho plan, definiendo las líneas centrales tanto en el ámbito de la prevención como en el de la persecución, conjuntamente con las demás instituciones que inciden en el fenómeno de la delincuencia. Por esta razón y dada la importancia del Ministerio Público en la creación y ejecución de políticas efectivas a nivel nacional, y como resultado de una alianza estratégica con la Secretaría de Estado de la Mujer, fue creada la Procuraduría General Adjunta para Asuntos de la Mujer, en el mes de diciembre del año 2006, con el propósito de estructurar y ejecutar la política del Ministerio Público a nivel nacional, en torno al abordaje y tratamiento de la violencia de género, intrafamiliar y sexual a través de la instalación de Unidades de Atención a Víctimas en todo el país, como una muestra del compromiso institucional de tolerancia cero hacia la violencia contra la mujer, externado de manera reiterada por el honorable procurador general de la República, doctor Radhamés Jiménez Peña, de quien hemos recibido total apoyo para la materialización de todo este proyecto. Mediante la creación de las Unidades de Atención a las Víctimas de Violencia procuramos, de manera uniforme en todo el país, facilitar el acceso de las mismas al sistema de justicia con absoluto respeto a su integridad, con equidad de género y procurando la no revictimización en la ya de por sí ruta crítica de la violencia. Es decir, que las víctimas (masculinos o femeninas) reciban el mismo trato respetuoso y profesional. Actualmente, operan las unidades de: Distrito Nacional, Santo Domingo Este, San Cristóbal, Peravia , La Vega, Santiago y Salcedo, quedando pendientes de

Roxanna Reyes Acosta Procuradora general adjunta para Asuntos de la Mujer rareyes@procuraduria.gov.do

instalar en lo inmediato, Monseñor Nouel, Duarte, Puerto Plata, María Trinidad Sánchez, Espaillat, Monte Cristi, Dajabón, San Juan de la Maguana, Barahona, La Romana, Hato Mayor y La Altagracia. Conviene resaltar que para la instalación de estas unidades, valoramos como indicadores la cantidad de denuncias recibidas diariamente por las procuradurías fiscales de los diversos distritos judiciales, estén operando o no bajo el nuevo modelo de gestión. Por ejemplo, en Puerto Plata observamos, para citar un caso, que aproximadamente el 60% de los casos recibidos corresponden a violencia de género, intrafamiliar o sexual. Por otra parte, laboramos en el fortalecimiento logístico de las unidades ya en funcionamiento de los distritos judiciales de La Vega, Peravia, San Cristóbal y Santiago, contando con el irrestricto respaldo de cada uno de los procuradores fiscales de estas provincias. Otro aspecto relevante que no podemos pasar por alto son las alianzas estratégicas, que para el establecimiento de políticas comunes de atención especializada integral a víctimas de violencia de género, hemos estructurado con la Oficina de la Procuradora de las Mujeres de Puerto Rico y el Ministerio de Justicia de España. Sensibilización y capacitación de fiscales, médicos legistas, psicólogos, policías y auxiliares en la Escuela Nacional del Ministerio Público y de la Judicatura, respectivamente. También, hemos recibido entrenamientos auspiciados por la Agencia Española de Cooperación Internacional, la Secretaría de Estado de la Mujer, la Secretaría de Educación y organizaciones no gubernamentales vinculadas al tema. Un punto de gran importancia es la estructuración de un observatorio estadístico del Ministerio Público a nivel nacional en materia de violencia de género, intrafamiliar y sexual, para control y seguimiento de casos, así como una toma de decisiones acertadas que nos permita cada vez ser proactivos en la articulación de una política de lucha contra la violencia hacia la mujer en todas sus manifestaciones. Ministerio Público

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Directorio Nacional de Atención a la Víctima, Violencia de Género, Intrafamiliar y Abuso Sexual Procuraduría General Adjunta para Asuntos de la Mujer Sede PGR, tercer nivel, Palacio de Justicia del Centro de los Héroes Tels.: (809) 533-3522 Ext. 267/ (1-809)443- 4351 Roxanna Reyes Acosta, Procuradora general adjunta de la Mujer. Oficina Nacional de Representación Legal de los Derechos de la Víctima Sede PGR, tercer nivel, Palacio de Justicia del Centro de los Héroes Tel: (809) 533-3522. Ext. 218 Directora: María Hernández. Dirección Nacional de Atención a Víctima C /26 Este No. 26, La Castellana, Distrito Nacional Tels.: (809) 533-3522 Ext. 820 Directora: Glorianna Montás. Unidad de Atención y Prevención de la Violencia del Distrito Nacional Av. Rómulo Betancourt 301, Bella Vista Tels.: (809)533-6668/ 315-3741 Coordinadora: Yanit Pujols. Centro de Atención a Sobreviviente de Violencia C/Hostos No. 350, esq. Luperón, Ciudad Colonial Tels.: (809) 221-7782/ 221-7785 Directora: Solange Alvarado.

La magistrada Yanit Pujols, coordinadora de la unidad de Bella Vista, y el personal que le asiste.

Unidad de emergencia 24 horas de lunes a lunes “Línea Vida” Avenida México 38, Gazcue Tels. (809) 200-1202/ 688-7575 Coordinadora: Rosanna Campusano. Unidad de Atención y Prevención a las Víctimas de Violencia de Género e Intrafamiliar Calle Puerto Rico 103, Alma Rosa I, Santo Domingo Este Tels: (809) 593-4004/ 596-8143 Coordinadora: Ivelisse Casado. Unidad de Prevención de Violencia de Género y Abuso Sexual, Provincia Santo Domingo Calle Ramón Marrero Aristy No. 3, Ensanche Ozama Tels.: (809) 593-7058 Coordinadora: Miriam Cordones. Unidad de Atención a la Víctima, San Francisco de Macorís Avenida Los Mártires, edificio del Cuartel Policial, tercer piso Tels.: (809) 244-3262/ 588-2236 Coordinadora: Rosa María De León. Unidad de Atención a la Víctima de La Vega (Violencia de Género y Abuso Sexual) Padre Xavier Billini No. 37 Tels.: (809) 242-2926/573-2386 Coordinadora: María Esperanza Graciano.

Glorianna Montás junto al personal que le asiste en las labores de la Dirección Nacional de Atención a Víctimas.

Unidad Modelo de Atención Integral a la Violencia de Género e Intrafamiliar, Santiago de los Caballeros Av. 27 de Febrero esq. Manuel E., Ensanche Román Tels.: (809) 576-0151/ 443-4259/653-4666 Coordinadora: Luisa Liranzo. Unidad de Atención Integral a la Víctima de Género y Agresión Sexual de Baní Calle 04 No. 25, Barrio 30 de Mayo Tels.: (809) 522-8674/ 522-0400/ 315-8544 Coordinadora: Santa Odesty Luna Percel. Centro de Violencia Integral Justicia a la Violencia de Género y Abuso Sexual de San Cristóbal Calle Mella No. 34 Altos (encima de Agua Monte Real) Tels.: (809) 528-1772/ (1-809) 889-7736 Coordinadora: Anallancy Sierra Montero. Unidad de Atención a la Víctima de Violencia Intrafamiliar de Género y Abuso Sexual de Salcedo Calle Francisca R. Mollin No. 98 (frente a la Cooperativa Real) Tels.: (809) 577-3813/ 577-4913/ (1-809) 315-9912 Coordinadora: Zoila Rodríguez Infante.

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La magistrada Luna Percel, de Baní, y su equipo de apoyo.

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Bella Vista, Distrito Nacional

Aracelis Y. Peralta Franco Coordinadora general aperaltafranco@hotmail.com

Unidad de Atención y Prevención de la Violencia

Contribuir a la erradicación de violencia es un principio y una cuestión de justicia. Es por ello que la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, reconoce, en su preámbulo, que la violencia contra la mujer es una ofensa a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre hombres y mujeres. La República Dominicana, como parte de los países signatarios de este acuerdo internacional, en el año 1997 promulgó la Ley Contra la Violencia Intrafamiliar (24-97), dando un paso significativo en la aplicación de justicia. Un modelo reproducido Con el objetivo de proveer un sistema que facilite el acceso de la víctima a la justicia, les asegure una atención integral y un trato digno, así como también facilitar la normal integración de la víctima a la sociedad, el resarcimiento de los daños ocasionados por el delito en la víctima, y contribuir al orden público, se inaugura el 29 de marzo de 2005 la Unidad de Atención y Prevención de la Violencia de la Fiscalía del Distrito Nacional, modelo que ha sido reproducido en distintas provincias del país y ha ganado el reconocimiento internacional. Esta entidad cuenta con un servicio integral y especializado de profesionales debidamente sensibilizados, entre los que se encuentran ginecólogos forenses, psicólogas de intervención en crisis, psiologías forenses, sociólogos y fiscales adjuntas capacitadas en los casos de violencia contra la mujer e intrafamiliar. Los departamentos que componen esta unidad son: Violencia de Género, Delitos Sexuales; Niñez, Adolescencia y Familia; Línea Vida y el Centro de Atención a Sobrevivientes de Violencia Estadísticas En los últimos dos años se han recibido 20,231 denuncias por violencia de género e intrafamiliar; 960 por delitos sexuales; 5,032 por conflictos de familia; 2,119 a través de la Línea Vida; y el Departamento Violencia de Género ha incautado 196 armas de fuego a agresores. Voluntariado La Unidad de Atención y Prevención de la Violencia cuenta con un voluntariado técnico de apoyo, conformado por instituciones gubernamentales y no gubernamentales que abordan el tema de la violencia contra la mujer e intrafamiliar. Y su función esencial es participar, junto a la fiscalía, de las políticas que deberán ser implementadas. Descentralización El Departamento de Violencia de Género, por ser el que más casos recibe, ha descentralizado sus funciones en 13 uni-

dades operativas que funcionan en igual número de fiscalías barriales, diseminadas en toda la jurisdicción del Distrito Nacional, que funcionan con el mismo protocolo de atención que la unidad central. Charlas preventivas En junio de 2005 se inició el Programa de Charlas Preventivas de Violencia para Hombres, bajo la responsabilidad del licenciado Puro Blanco, en el cual participan, por disposición judicial, los agresores que son denunciados. Actualmente para cumplir con el tratamiento a los agresores, la Fiscalía del Distrito Nacional está inmersa en un proceso de intercambio de experiencia con otros países, para crear un Centro de Atención y Recuperación para Hombres que Ejercen Violencia, motivo por el cual recientemente nos visitó la señora Shirley Jones, consultora de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) que cuenta con más de 30 años de experiencia en programas con agresores en los Estados Unidos. Evaluación a víctimas A principios de 2006 se implementó el cuestionario de evaluación a víctimas de violencia intrafamiliar, con la colaboración de la Dirección de Atención a Víctimas y la Secretaría de Estado de la Mujer, que permite medir el riesgo en que se encuentra una víctima, y de este modo tomar las medidas acordes con el caso. Línea Vida A través de la línea 809-200-1202 (Línea Vida) pueden reportarse los casos relacionados con violencia de género, sexual e intrafamiliar, así como los maltratos a los menores de edad. Esta ofrece servicio todos los días de la semana en horario de 8:00 a.m. hasta las 12:00 p.m., con registro y atención inmediata, acceso gratuito y orientación a las víctimas sobre los procedimientos a seguir según el delito de violencia. Asimismo, se ejecuta un programa de charlas en escuelas y colegios sobre prevención del maltrato infantil, dirigido tanto a los padres como a los adolescentes. Causas de conflictos Cabe destacar que en los conflictos familiares el 75% de los casos son a causa del consumo de sustancias controladas, y por ello en la unidad contamos con un grupo de apoyo de narcóticos anónimos y adictos en recuperación, bajo la supervisión del doctor Elías Tejada. Ministerio Público

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San Fco. Macorís

No es un asunto de recibir a los usuarios solamente, sobre todo mujeres que vienen afectadas por los actos de violencia, maltratos y violación sexual. Aquí rmlsalazar@gmail.com las recibimos, les prestamos la atención y les damos la orientación legal y profesional que demanda cada situación. Como operadores del sistema de justicia que somos, valoramos el caso y procedemos a actuar en consecuencia. Si evidenciamos signos de violencia, enviamos a la denunciante al médico legista en procura de una evaluación médico legal, para obtener luego lo que llamamos la pieza clave. Si se trata de violación sexual, buscamos profesionalmente el cuerpo de la denuncia y procedemos a la investigación. Una vez ubicado el presunto autor, solicitamos al juez de atención permanente una orden de arresto en base a lo que dispone la Ley 24-97”. Rosa María de León Salazar Coordinadora

San Cristóbal

Esta unidad conoce los casos de violencia contra la mujer e intrafamiliar, delitos sexuales, así como abuso y maltrato a Anallancy Sierra Montero menores de edad. La frecuencia con que llegan los mismos es Coordinadora de 20 a 30 casos por día. En mayor escala se encuentran las allancys@hmail.com denuncias de violencia contra la mujer e intrafamiliar, seguido de los delitos sexuales (violaciones sexuales, agresiones sexuales, seducción y sustracción de menores) y finalmente, el abuso y maltrato contra menores de edad. En general, el servicio brindado en esta unidad ha sido aceptado de manera positiva por las personas que a diario acuden en busca de algún tipo de orientación o ayuda, ya que cada día es más la cantidad de usuarios que nos visitan, tanto de sexo femenino como masculino, pero con mayor frecuencia las mujeres, por ser éstas las más violentadas.

Desde el punto de vista emocional y psicológico, se ofrece el espacio ideal para atender la crisis psicológica, que María Esperanza Graciano es el resultado de las condiciones de violencia que han Coordinadora enfrentado. En este departamento se evalúa la situación megraciano@gmail.com emocional o de riesgo que está sufriendo la víctima para apoyar su querella, se les orienta sobre las opciones que pueden tomar, y los lugares que deben visitar para recibir servicios que ayuden a su recuperación. Desde el punto de vista médico-legal contamos con el apoyo de un médico-legista, quien labora en coordinación con la unidad, evaluando físicamente a las víctimas y emitiendo el correspondiente certificado médico.

La Vega

Siendo la familia la célula social por excelencia, de su estado depende la sociedad que nos tocará vivir, y es ahí donde la unidad tiene un papel preponderante, ya que al Santa Odesty Luna Percel propiciar la unidad familiar, se trata de llegar a acuerdo Coordinadora satisfactorio para los participantes en el conflicto, y cuan- santaodesty@gmail.com do el acuerdo no es posible, busca que se haga justicia, dando así el apoyo necesario para el respeto y la equidad entre los miembros. Esta unidad, desde su inicio, ha dado a la población un servicio fundamental, ya que las víctimas tienen un lugar donde su problema es tratado de manera profesional por un equipo multidisciplinario que brinda su servicio con compromiso, y que está sensibilizado con los problemas de violencia. No se trata de hacer simplemente un trabajo, sino más bien de prevenir, atender, dar apoyo y seguimiento a los casos, siendo objetivo e independiente al momento de tomar decisiones.

Baní

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Ciudad Colonial

El Centro de Atención a Sobrevivientes de Violencia es un servicio que ofrece la Fiscalía del Distrito Nacional como complemento de la atención a las solangealvarado@yahoo.com usuarias que denuncian violencia intrafamiliar, de género y abuso sexual en las fiscalías barriales, en la Unidad de Atención y Prevención de la Violencia y el Departamento de Niñez, Adolescencia y Familia. Es el paso que completa el proceso de atención, pues la experiencia hasta ahora ha sido que las usuarias denuncian el maltrato, y producto del ciclo en que se desarrolla y sostiene esta dinámica de acudir a retirar la denuncia para unos días más tarde volver a denunciar nuevas golpizas, afectada emocionalmente y corre el riesgo inminente de morir en manos de su agresor. En sus dos meses de funcionamiento se ha evitado la muerte de 209 mujeres, quienes han recibido terapia individual, evaluación psiquiátrica, evaluación psicológica profunda, grupo de mutua ayuda y terapia corporal. El centro es un espacio que ofrece la posibilidad para la recuperación emocional luego de todo el daño provocado por la violencia; es justamente la alternativa para recuperar la autoestima, enfrentar el proyecto de vida, empoderarse y no permitir más daño. Tenemos un abordaje holístico de la problemática, que nos permite impactar todas las áreas de desarrollo de las personas que nos visitan a través de los distintos programas puestos a su disposición. Solange Alvarado Espaillat Directora

Dada la naturaleza de la infracción y la condición de subordinación económica de la víctima con respecto al imputado, se ha instituido un sistema de arrestos desde Luisa Liranzo Santee la Unidad Modelo de Atención Integral a la Violencia de Coordinadora luliranzo@procuraduria.com Género, Sexual e Intrafamiliar de Santiago, por lo que en la actualidad disponemos de un vehículo para la ejecución inmediata de las órdenes de arresto. Las unidades de atención integral desde la justicia, forman parte del modelo nacional para la prevención y atención de la violencia intrafamiliar, de género y sexual, por lo que cada día aumenta más nuestro compromiso como operadoras del sistema de justicia, con la promoción de una cultura de paz y convivencia respetuosa, por lo que concluimos diciendo que “nada justifica la violencia”.

Santiago

Salcedo (Provincia Hermanas Mirabal) Zoila Rodríguez Infante Coordinadora rmlsalazar@gmail.com

En la actualidad, desde su inauguración, en esta unidad, con apenas cuatro meses de haber sido creada, se han atendido más de 200 casos, entre ellos, con procesos judiciales abiertos y otros con medidas tomadas que favorecen a las víctimas de violencia. Estamos trabajando y cabe destacar que dentro del trabajo realizado, se creó la Red de Seguimiento de las Víctimas de Violencia. La red está formada por instituciones gubernamentales y las iglesias que prestan su servicio en la comunidad, entre las que se pueden citar: el Centro Jurídico para la Mujer, Unidad de Salud Mental, Oficina para el Desarrollo de la Mujer, la Secretaría de Estado de la Mujer, Consejo Nacional para la Niñez (CONANI) y la Procuraduría Fiscal de Niños Niñas y Adolescentes. También, las cuatro parroquias de la provincia, entre otras instituciones de la sociedad civil. Su finalidad es velar por el trabajo de la unidad, así como ayudar en los procedimientos llevados a cabo en las mismas. Ministerio Público

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RD y PR se unen para erradicar violencia contra la Mujer Lanzan campaña “Pégale a la Pared” La República Dominicana y Puerto Rico lanzaron de manera conjunta la campaña institucional “Pégale a la Pared”, orientada a concienciar a los varones agresores a que respeten la dignidad y la integridad física de las mujeres. La presentación de la campaña, realizada en la sede de la Procuraduría General de la República Dominicana el pasado 19 de diciembre de este año, estuvo encabezada por la primera dama y el máximo representante del Ministerio Público dominicanos, Margarita Cedeño de Fernández y Radhamés Jiménez Peña, así como los secretarios de Estado y de Justicia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Fernando Bonilla y Roberto Sánchez, respectivamente, entre otros funcionarios de ambos países. La campaña, organizada por el Despacho de la Primera Dama, la Procuraduría General de la República y la Oficina de la Procuraduría General de las Mujeres del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en su primera fase consta de los spots de los artistas Juan Luis Guerra por la parte dominicana y Gilberto Santa Rosa por la parte puertorriqueña, que serán difundidos de manera simultánea en los dos países. El nombre “Pégale a la Pared” surge de la canción del mismo nombre escrita por el cantautor mexicano Reyli Barba, quien junto a su disquera Sony Music cedió los correspondientes derechos de uso.

Desde la izquierda, el magistrado Jiménez Peña, Margarita Cedeño de Fernández, Fernando Bonilla, Kirsys Fernández, Roxanna Reyes y el artista Gilberto Santa Rosa, entre otras personalidades de la mesa.

La actividad, transmitida en vivo, vía satélite, por los canales 4 en República Dominicana y 6 en Puerto Rico, estuvo encabezada además, por Gilberto Santa Rosa, el cantante Roger Zayas, en representación de Juan Luis Guerra; Reyli Barba, así como las procuradoras para Asuntos de la Mujer de la República Dominicana y Puerto Rico, Roxanna Reyes y María Dolores Fernós, respectivamente. También estuvo presente, la presidenta del Consejo Nacional para la Niñez (CONANI), Kirsys Fernández. La iniciativa forma parte de un convenio de cooperación técnica suscrito entre el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y la Procuraduría General de la República Dominicana, quedando la ejecución del mismo a cargo de las Procuradurías de la Mujer de ambos países.

Desde la izquierda, Roberto Sánchez, secretario de Justicia de Puerto Rico; María Dolores Fernós, procuradora de las mujeres de Puerto Rico; Margarita Cedeño de Fernández, primera dama de la República; Radhamés Jiménez Peña, procurador general de la República; Roxanna Reyes Acosta, procuradora de la Mujer de República Dominicana y Fernando Bonilla, secretario de Estado de Puerto Rico.

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La organización de la campaña estuvo a cargo de la magistrada Roxanna Reyes, estructurada con la asesoría de profesionales de la conducta que de manera directa trabajan en intervención en crisis de las mujeres víctimas y varones agresores. Posteriormente, en una segunda fase de la campaña se expondrán en radio y televisión los spots de los artistas Joseph Fonseca, de Puerto Rico, Reyli Barba, y los dominicanos Wason Brazoban, Andy Andy y Raymond Pozo, entre otros. En la actividad, que incluyó una presentación artística de Reyli Barba, también hablaron el doctor Radhamés Jiménez Peña, Fernando Bonilla, Roberto Sánchez, Roxanna Reyes y María Dolores Fernós.

El artista mexicano Reyli Barba, autor de la canción Pégale a la pared, mientras interpertaba la misma en el lanzamiento de la campaña institucional conjunta del Despacho de la Primera Dama, Procuraduría General de la República y la Oficina de la Procuradora de las Mujeres del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

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Nuevo caso de ganancia para Ministerio Público

A solicitud de recurso de Procurador Adjunto

Suprema casa resolución de Corte de Apelación del D. N. que ordenaba la libertad de un condenado a 15 años El caso se relaciona con la aplicación de los artículos 241 y 242 del Código Procesal Penal, sobre el cese de la prisión preventiva. Acogiendo como bueno y válido el recurso de un procurador adjunto, la Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia casó una resolución que disponía la libertad, mediante el pago de una garantía económica, de un condenado a 15 años de reclusión mayor. La resolución había sido emitida por la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional. La decisión del máximo tribunal de justicia del país que establece jurisprudencia sobre la materia, se convierte durante este año en el segundo caso de ganancia de causa de un procurador adjunto, en esta oportunidad, el licenciado Bienvenido Ventura Cuevas, actuando en representación del titular, el procurador general de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, doctor Juan Amado Cedano Santana. En el uso del buen derecho, el magistrado Ventura Cuevas sostenía la tesis de que, para decidir acerca del cese de la prisión preventiva, era necesario diferenciar entre un imputado que estaba preso bajo esas circunstancias como consecuencia de una medida de coerción, y uno que lo estaba por haber intervenido en su contra una sentencia condenatoria dictada por un juez de fondo. En ese orden, sustentaba el criterio de que tratándose del caso de un preso condenado, al imputado no le eran aplicables los artículos 241 y 242 del

Código Procesal Penal, debido a que los mismos, sólo debían ser utilizados como medida de coerción en los casos de prisión preventiva que la nueva normativa fija en un año y una prórroga de seis meses. Sin embargo, la indicada sala penal de la corte de apelación capitalina, mediante la resolución No. 196-ss2007 de fecha 3 de mayo del corriente año, desestimó la solicitud de cese de prisión preventiva interpuesta por el recurrente, y en su lugar lo favoreció poniéndolo en libertad mediante el pago de una garantía económica de dos millones de pesos, presentarse de manera periódica los días 14 de cada mes por ante el procurador adjunto de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, y el impedimento de salida del país sin la autorización de rigor. El recluso involucrado es Edison Batista de Oleo, condenado al amparo del viejo Código de Instrucción Criminal, a 15 años de reclusión mayor por violación de los artículos 2, 265, 266, 295, 296, 298, 309, 379, 382, 383 y 385 del Código Penal Dominicano y los artículos 39 (párrafo III), 50 y 56 de la Ley 36, sobre comercio, porte y tenencia de armas de fuego. La sentencia es la No. 12-02 de fecha 18 de enero del año 2002 dictada por la Novena Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, la cual había sido recurrida en apelación por el im-

Bienvenido Ventura Cuevas Procurador adjunto de la Corte de Apelación del D. N. bventurac@yahoo.es

putado en fecha 22 de enero de ese mismo año. El recurso y la casación Fue ante esa situación violatoria de principios del Código Procesal Penal, que se produjo el recurso de casación del magistrado Ventura Cuevas por ante la Suprema Corte de Justicia, mediante instancia de fecha 7 de mayo de 2007, depositada dos días después en la Secretaría de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional. En la misma, el procurador adjunto invocaba como único medio de casación: “La contradicción de fallo de sentencia de la Corte A-qua en relación con decisiones anteriores emitidas por la misma corte (Art. 426, inciso 2 del Código Procesal Penal)”. El recurso se fundamentaba también en el hecho de que existían varias decisiones dadas por la Corte A-qua, de solicitudes similares, en donde había rechazado el cese de la prisión preventiva sin variarle la misma por ninguna de las demás medidas de coerción prevista en el Art. 226 de la Ley 76-02. Y el 19 de septiembre de 2007, la Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia se expresó mediante sentencia, acogiendo en todas sus partes el recurso del procurador adjunto de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, casando la referida resolución y enviando el asunto por ante la Cámara Ministerio Público

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Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santiago, jurisdicción en donde en enero de este mismo año, otro procurador adjunto, el licenciado Juan Carlos Bircann, actuando a nombre de la procuradora general, magistrada Vielka Calderón, había obtenido ganancia de causa sobre otro caso objeto de un recurso de casación. La sentencia de la Corte Penal de la SCJ, referente a Santiago, es la No. 96 del 11 de enero 2007, mediante la cual se casó la decisión de la Corte de Apelación de ese Distrito Judicial, que impedía al Ministerio Público motivar y presentar conclusiones sobre los casos y procesos que tenían lugar en esa jurisdicción, alegando que las actuaciones de los fiscales en ese sentido constituían una sorpresa para el recurrente. En ambos casos, tanto con la sentencia de casación del Distrito Nacional como con la de Santiago, referidas a las cortes de apelación de sus respectivas jurisdicciones, y con las que el Ministerio Público obtiene ganancias de causa, se sientan precedentes y de paso jurisprudencia a favor de una correcta administración de justicia. Destacable fue el rol desempeñado en ambos casos, por el Departamento de Dictámenes y Litigio de la Procuraduria General de la República, cuyos procuradores adjuntos dirigidos por el magistrado Angel Castillo Tejada sostuvieron y ampliaron ya en estrado, con puntuales opiniones, la validez de los recursos de casación refrendados. Ventura Cuevas nos habla del caso El magistrado Ventura Cuevas dice que motivó su recurso de casación en base a dispositivos puntuales de la Ley 76-02 sobre el Código Procesal Penal, a partir del proceso de liquidación de todas las causas que se conocieron al amparo del viejo Código de Instrucción Criminal, que se inició conjuntamente con la entrada en vigencia del nuevo código en septiembre del año 2004. Recuerda que la nueva situación motivó que en todas las jurisdicciones de segundo grado, se desencadenara un festival de solicitudes de cese de prisión preventiva por imputados que ya habían sido condenados en un juicio de fondo, bajo el alegato, en la mayoría de los ca-

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sos, del cese de la misma, por haber transcurrido el tiempo máximo de su duración prevista en los artículos 241 y 242 del Código Procesal Penal, que es de un año, prorrogable por seis meses en caso de que el fallo haya sido recurrido por el imputado o por el Ministerio Público en su favor. Expone que esas solicitudes las realizaban en gran parte, aquellos imputados con procesos abiertos e instruidos conforme lo dispuesto por el viejo Código de Procedimiento Criminal, pero que pasaron al dominio de la nueva normativa procesal penal, debido a la aplicación del artículo 5 de la Ley No. 278-04 sobre Implementación del Código Procesal Penal, así como el artículo 14 de la resolución No. 2529-2006 de fecha 31 de agosto de 2006, dictada por la Suprema Corte de Justicia Ventura Cuevas resalta el impacto positivo de la sentencia de casación, sobre todo para las personas víctimas de crímenes y delitos, cuyos derechos e integridad deben ser representados y protegidos por el Ministerio Público. En particular se refirió a varios considerandos de la sentencia, entre ellos el primero que reza: “Considerando, que del estudio y análisis del valor semántico de las palabras y de los términos empleados en el Código Procesal Penal, se deriva que por la expresión “preso preventivo o provisional” debe entenderse aquella persona contra quien se ha dictado una medida excepcional de encarcelamiento transitorio durante la fase de investigación, que dada la gravedad del hecho que se le imputa y la existencia de elementos que hacen presumir su participación en el mismo, es adoptada para que no pueda evadir el procedimiento judicial y la posible sanción si es declarado culpable; en cambio, debe entenderse por “recluso condenado” aquel a quien un tribunal competente le ha impuesto una pena privativa de libertad, la cual es definitiva desde el punto de vista de la instancia que la ha pronunciado, aunque no irrevocable, puesto que está sujeta a ser considerada nueva vez por un tribunal superior, cuando es objeto de un recurso”. El segundo considerando, destacado también por Ventura Cuevas, dice por su parte lo siguiente: “Considerando, que los artículos

241 y 242 del Código Procesal Penal, que establece el cese de la prisión preventiva, el primero, y la prorroga de esta medida por seis meses en caso de apelación, el segundo, obviamente se refiere al cese y prorroga temporal, respectivamente, de esa medida de coerción, y no al cese de la sentencia que ha impuesto una pena privativa de libertad, dictada por un tribunal apoderado del conocimiento del fondo del asunto; que el contenido de las disposiciones de un código no puede interpretarse aisladamente, sino dentro del contexto en que fueron concebidas, y estos dos artículos se refieren exclusivamente al régimen de las medidas de coerción, puesto que el legislador lo que persigue con su creación es que los imputados sean enviados a juicio de fondo dentro de un plazo razonable, y no que la fase preparatoria o de instrucción se prolongue en demasía, como solía suceder antes de la entrada en vigencia del Código Procesal Penal”. Mientras que el tercer considerando igualmente acopiado, señala: “Considerando, que por tanto, es necesario entender que en la especie, el imputado fue sentenciado a quince (15) años de reclusión mayor, lo que cambió su status de preso preventivo a recluso condenado, a cuya situación no puede aplicársele los artículos 241 y 242 del citado código, que se refieren a las medidas de coerción”. El magistrado Ventura Cuevas señala finalmente que “a hora buena ha llegado esta importante decisión a la comunidad jurídica nacional, ya que con la misma “honorable Suprema Corte de Justicia realiza un valioso aporte a todos los operadores del sistema de justicia penal en la República Dominicana, al establecer una orientación jurisprudencial acerca del uso, aplicación y alcance de los Arts. 241 y 242 del Código Procesal Penal, relativo al cese de la Prisión Preventiva y a la prórroga de la misma, cuya disposición legal se utilizaba de manera abusiva e indiscriminada en las diferentes jurisdicciones del país, logrando obtener su libertad mediante esta vía, un gran número de imputados acusados de diferentes hechos punibles”.

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Retos del Ministerio Público

en un Sistema Democrático Texto de la conferencia magistral ofrecida por Franciso Dall’ Anese Ruiz, fiscal general de Costa Rica, el 18 de enero de 2007, invitado por su colega dominicano, Radhamés Jiménez Peña, procurador general de la República. La actividad tuvo lugar en el auditorio del Ministerio Público, ubicado en el segundo nivel del Palacio de Justicia, en el Centro de los Héroes.

Señor Procurador General de la República; señoras y señores de la mesa principal:

Agradezco la oportunidad que se me ha brindado de venir a la República Dominicana a compartir un poco los conocimientos que tenemos. Un país admirado por los costarricenses, un país al que yo quería venir a compartir un poco los conocimientos que tenemos y la experiencia que tengo del Ministerio Público costarricense, y que me ha dado la oportunidad de encontrarme con amigos y amigas que hace mucho tiempo no veía, que me permitirá volver a estrechar las relaciones que hace mucho tiempo se vieron truncadas por distintos caminos que cada uno van tomando en la vida. Para entrar en materia, quiero señalar que el Ministerio Público costarricense tiene escasos 31 años de figurar en el organigrama jurídico-político de Costa Rica. Nació en 1975 por los cuestionamientos que los magistrados de la Corte Suprema de Justicia costarricense hacían al sistema de justicia penal. Costa Rica tenía un enorme compromiso por aquellos años, iniciando los años 70 si se ratificaba y entraba en vigencia, por el número de países requeridos, la Convención Interamericana de Derechos Humanos conocida como Pacto de San José. Costa Rica iba a

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Francisco Dall’ Anese Ruíz.

ser la sede de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos como en efecto ya lo es, y el problema que enfrentaba el país era una justicia penal definida que no estaba acorde con un país que tenía que ser sede de la Corte de los Derechos Humanos. Se empezaron a cuestionar las instituciones que pertenecían al sistema penal, y a partir de ahí vino una primera reforma que se promulga en 1973 y entra en vigencia en 1975. Antes de 1975 Costa Rica lo que tenía era un proceso inquisitivo dividido en dos fases, las dos escritas: una ante un juez de menor rango que se conocía con el nombre de alcalde, que no es el alcalde político

que se conoce hoy, y ante el alcalde era que se hacía la investigación; y una segunda fase que se conocía como fase de plenario, en que el asunto se trasladaba al juez penal y con todo el expediente escrito dictaba sentencia. Nunca este juez que dictaba sentencia le veía la cara a los testigos y a los acusados, ni siquiera a los abogados. Era una justicia de papel. Se suponía que el órgano acusador era la Procuraduría General de la República, porque en Costa Rica hay Procuraduría General y Ministerio Público. La Procuraduría General ahora mismo está adscrita al Poder Ejecutivo y el Ministerio Público, como lo Ministerio Público

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señalaba el Procurador General, a la Corte Suprema de Justicia. Pero nació en 1975 este Ministerio Público. El cuestionamiento que se le hacía a la Procuraduría es que era el actor penal, pero los procuradores se limitaban a señalar el lugar para oir notificaciones y de vez en cuando apelar alguna sentencia, pero toda la carga de investigación la llevaba el alcalde. ¿Y ustedes se imaginan lo que es ser juez y ser parte?, ser el juez y ser el investigador dentro del proceso penal. Y la Policía Investigativa estaba a cargo de la Dirección de Investigaciones Criminales conocida como la DIC, donde se comenzaban a detectar todas las clases de prácticas, digamos poco ortodoxas para secuencia. Era una crisis, en realidad, la que había en el sistema penal, y Costa Rica no podía ser sede de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos presentando este rostro. Entonces, vino la primera gran

los delitos se sancionaban con penas no superiores a tres años y ante tribunales colegiados cuando las penas eran superiores a los tres años. Se creó el Ministerio Público dentro de la Corte Suprema de Justicia para mantener lejos de los políticos, que son los que integran en Costa Rica o en otras partes del mundo, el poder último y la Asamblea Legislativa. La garantía para el Ministerio Público alejado de la política está supuesta, porque los magistrados de la Corte Suprema de Justicia costarricense se nombran por períodos individuales de ocho años y al final de estos ocho años, si dos tercios de la Asamblea Legislativa no votan por la salida del magistrado, quedan reelectos automáticamente. De modo, que un magistrado de la Corte Suprema, una vez nombrado automáticamente es vitalicio en el cargo y por consiguiente, una vez juramentado se puede olvidar de cualquier vínculo político o compro-

reforma propuesta desde la Corte Suprema de Justicia en Costa Rica. Las grandes reformas no han salido de las universidades curiosamente como corresponde o como ha de esperar cualquier país, sino que las grandes reformas han salido de la Corte Suprema. Y en los años 70 se hizo la propuesta y se promulgaron las leyes en 1973. Y el proceso penal, que puede ser un proceso escrito, comenzó a ser un proceso penal mixto: una primera fase escrita ante un juez de instrucción, y una segunda fase de juicio oral ante un tribunal unipersonal donde

miso político que haya tenido. Por eso se pensó en la conveniencia de que la Corte Suprema de Justicia fuera la que nombrara al Fiscal General y que el Ministerio Público estuviese adscrito, como lo está, a la Corte Suprema. Por supuesto esto da una independencia en el orden político y a lo interno del Poder Judicial, una independencia funcional muy importante. Yo nunca he recibido una llamada de la Corte Suprema para decirme que haga o que no haga algo en una causa determinada. Se creó también el organismo de

“La carrera fiscal tiene que estar también beneficiada por el principio de irreductibilidad salarial. No lo hemos logrado en Costa Rica. Yo creo que ningún fiscal, ningún funcionario público, en realidad, puede pretender que va a lucrarse en el cargo de fiscal. El que crea que como fiscal se va a hacer rico mejor se va de la fiscalía porque se equivocó de negocio”.

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Ministerio Público

Investigación Judicial, como la Policía Técnica Judicial con laboratorios de todo tipo para hacer dictámenes periciales, un cuerpo de investigaciones criminales muy distinto a lo que era la Dirección de Investigaciones Criminales (DIC), que se determina en este proceso a partir de 1975. Sin embargo, las cosas se fueron desnaturalizando, las pruebas que recababa el juez de instrucción se podían leer durante la etapa del juicio y poco a poco los juicios orales comenzaron a ser las lecturas del expediente escrito que levantaba el juez de instrucción. Los fiscales, y yo comencé como agente fiscal y no me exculpo de esto, nos convertimos en funcionarios de escritorios y funcionarios de estrados y dejamos toda la carga de investigación al juez de instrucción, y también fui juez de instrucción. Entonces, puedo decirles que el juez de instrucción se reunía con la policía para planear los operativos, para decidir cómo recabar la prueba cumpliendo un trabajo que correspondía al fiscal y no a un juez, y de nuevo entonces en esa primera parte del proceso tenía a un juez que era juez y parte, y al litigante le correspondía entonces estar ante un juez que era el órgano acusador. Los fiscales se limitaban a formular la acusación y luego acudir al debate. Y la Policía -la Policía Judicial-, también desnaturalizó su trabajo porque comenzaron a decidir una vez que vino el volumen de casos, y con el tiempo se comenzaron a decidir cuáles casos se investigaban y cuáles casos no se investigaban, con lo cual la política de persecución la decidía el policía que recibía la denuncia y no un funcionario que tenía esta potestad, como eran los fiscales. Entonces, vinieron nuevos cuestionamientos y se reformó el proceso penal, se reformó la ley de Ministerio Público y se reformó también la Ley de Investigación Judicial, mínimamente, pero para ajustarla a la nueva situación. A partir del primero de enero de 1998 entran en vigencia estas reformas, desaparece el juez de instrucción y toda la carga de la investigación está en manos del Ministerio Público que debe dirigir funcionalmente la política, y una vez que termina la inves-

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La mesa principal integrada por Marino Vinicio Castillo, Mabel Féliz, el disertante Raúl Dall’Anese Ruiz, el magistrado Radhamés Jiménez Peña, Radhamés Ramírez Ferreira, entre otras personalidades.

tigación la somete al conocimiento del Juez Penal que atiende una etapa intermedia, y este juez decide si el expediente llega a juicio o si se detiene en ese momento con un sobreseimiento del proceso. Se establece claramente la ley y el deber del Fiscal General de la República de formular la política de persecución penal. Quiero señalar, que dentro de los retos de un Ministerio Público en un sistema democrático, el más importante es el diseño y ejecución de la política de persecución penal. Y quiero precisar tres conceptos en esta parte: la Asamblea Legislativa. El poder legislativo es el que define la política criminal del país, es el que dice qué conducta es delito y cómo se sanciona ese delito; a partir de aquí dos conceptos, la política de prevención a cargo del Ministro de Seguridad Pública que es el que tiene que evitar que los delitos se cometan, y luego la política de persecución a cargo del Fiscal General de la República asesorado por el Consejo Fiscal del país, un órgano que concentra a los fiscales adjuntos, territoriales y especializados de toda la República, que tiene que diagnosticar las necesidades de respuestas a la criminalidad y aconsejar al fiscal criminal acerca de cuál tiene que ser la respuesta y cómo organizar los recursos materiales y humanos para darles respuestas a esas necesidades que impone la criminalidad. De manera que, entonces, separados bien estos conceptos de política criminal a cargo del Poder Legislativo, política de pre-

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vención criminal a cargo del Ministerio de Seguridad Pública, y política de persecución penal a cargo del Fiscal General, lo que quiero señalar es que el mayor reto de un Ministerio Público en una democracia es una política de persecución penal que responda realmente a las necesidades que impone la criminalidad, en primer lugar, y en segundo lugar, que sea uniforme en todo el territorio nacional, como sucedía en la reforma de 1998 donde los policías decidían qué se perseguía y qué no se perseguía. Podía ser un criterio en el norte del país y podía ser otro criterio en el sur del país. De manera que, al diseñarse una política de persecución penal, única para todo el Ministerio Público que además dirige a la Policía y la vincula de acuerdo a la ley, todos los ciudadanos van a recibir el mismo trato en todo el territorio nacional. Por supuesto no se pueden negar las particularidades que pueden tenerse en los distintos lugares del país. Por ejemplo, en la costa pacífica de Costa Rica, en un puerto que se llama Punta Arenas, la bicicleta es el principal medio de locomoción de los ciudadanos. No es lo mismo sustraer una bicicleta de escaso valor económico de Punta Arena, que sustraer una bicicleta que se utiliza para turismo recreativo en la capital, de manera que habrá que adecuar esas cosas a las particularidades locales, pero tratando de mantener un estándar de criterios en todo el territorio nacional; y aquí entra a jugar una nueva figura que se insertó en el proceso penal costarricense, que es el

criterio de oportunidad y que todavía es una figura incomprendida en Costa Rica. Todavía se quejan cuando un fiscal dice: “No vamos a activar la maquinaria de investigación ni a perseguir una sustracción de 250 dólares, de 100 dólares, de 125 dólares porque el costo social, el costo institucional es mucho más alto que la pérdida individual que ha tenido el ciudadano”. Además, la distracción de recursos en pequeños delitos beneficia a la delincuencia organizada, porque si vamos fraccionándolos por los escasos recursos que tenemos en bultos pequeños, no se puede tener un presupuesto importante para la persecución de la delincuencia. De manera que, la política de persecución es el reto principal del Ministerio Público en una democracia, desde mi punto de vista, y así lo ha entendido también el Consejo Fiscal de Costa Rica cuando se ha reactivado. La ley dice que debe sesionar cada seis meses, y sin embargo, en Costa Rica, sesiona una vez al mes para evaluar resultados, para determinar nuevas necesidades y para vincular al fiscal en sus decisiones. Quiero aclarar algo, el Fiscal General es asesorado por el Consejo Fiscal en esta formulación de la política de persecución, pero si se separa de lo que diga el Consejo Fiscal, tiene que emitir un acto administrativo con motivo, contenido y fin, como corresponde. De manera que, si se separa sin razón el por qué no atiende los consejos de los fiscales adjuntos, pues asume una responsabilidad de carácter personal y esto no deja de ser, digamos, el control democrático sobre el Fiscal General dentro de la institución que por su naturaleza, tiene que ser absolutamente vertical. Sin embargo, ¿por qué es el Fiscal General que decide sólo la política de persecución?, porque si se presenta una emergencia, un acto terrorista, la necesidad de movilizar cien fiscales, 500 policías de una zona a otra del país, no puede ser que se tenga que convocar al Consejo Fiscal y que 23 personas se sienten a deliberar cómo se le va a dar respuesta a una emergencia nacional, porque así somos los latinoamericanos, posiblemente el Consejo Fiscal deliberaría Ministerio Público

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en seis meses o un año, y cuando ya pasó la emergencia decide cómo se va a atender cuando ya es demasiado tarde y esto es muy latinoamericano. Para poder diseñar la política de persecución tiene que haber, como les decía, un diagnóstico de las necesidades que impone la criminalidad. En Costa Rica se está trabajando en este método de diagnóstico que tiene que ser permanente, porque la criminalidad ahora es muy agresiva en todo sentido. Y lo que hoy puede ser una necesidad importante en materia criminal, el mes próximo puede estar en segundo plano o en tercer plano. Si el narcotráfico hoy nos está asestando golpes importantes, puede ser que el mes entrante sea el tráfico de menores. De manera que, tiene que haber una decisión y tiene que haber un responsable. Tiene que haber un diagnóstico permanente con indicadores que nos digan por dónde viene la criminalidad, qué es la actividad que se está realizando, cuál es la agresividad social que se está produciendo en un determinado momento para lograr una respuesta importante. Nosotros todavía no tenemos un método de diagnóstico en ese diseño, pero lo que se ha detectado, y digámoslo así intuitivamente, viendo los números de homicidios, de sicarios y que hay un enorme problema de sicariedad en Costa Rica que antes no existía. Y esto es un indicador además, de la existencia de delincuencia organizada que antes solo teníamos en el narcotráfico, pero que ahora tenemos en el tráfico de niños, tenemos en corrupción, tenemos en el tráfico de armas y en otras materias que se ha detectado. Incluso, en sustracciones con tarjetas de crédito, estafas en cajeros automáticos, etc. El Consejo Fiscal lo que ha determinado es que se le debe dar respuesta primordialmente al sicariato, porque los sicarios pueden acabar con el estado de derecho sino se atienden. Si no se le da repuesta a los sicarios no vamos a tener testigos, eventualmente no vamos a ver policías ni fiscales ni jueces porque todos van a estar envueltos, y esto acaba con el sistema de justicia. Entonces es una

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necesidad primaria, subrayada y con rojo, a la cual se le debe dar atención inmediata. Los otros son los casos de delincuencia organizada sobre todo de corrupción, que son los que han lastimado más a nuestras instituciones y han contribuido a deteriorar a la clase media del país. En esto se ha definido claramente la existencia de un triángulo importante entre el poder, actos ilícitos e impunidad. Como dice Eva Yulí, la ex-jueza de París: “La corrupción está ligada al concepto de impunidad porque los corruptos se valen del poder para realizar actos de corrupción, convencidos de que no van a tener sanción porque creen estar por encima de la ley”. Y agrega Eva Yulí: “Y la verdad es que sí están por encima de la ley”. Entonces, aquí viene otro gran reto de los Ministerios Públicos sobre todo en esta América Latina donde la corrupción ha sido el pan de cada día en todos los países, creo, que sin excepción. Y es que no puede haber intocables para un Ministerio Público democrático, nadie puede estar por encima de la ley, ni políticos ni personas que pertenezcan a los grupos poderosos económicamente ni nadie, todos tienen que ser iguales ante la ley. Y la respuesta cuando se decidió combatir la corrupción, no es la pequeña corrupción sólo la que se da en las pequeñas instituciones cuando algún obrero se lleva un saco de cemento para su casa y era del Ministerio de Obras Públicas, o cuando alguien se llevó algunas resmas de papel para la casa, sino que la gran corrupción es la que está lastimando nuestros países. No podemos descuidarnos con la pequeña corrupción institucional, pero la gran corrupción es la que más lastima y es la que se paga con grandes cantidades de impuestos y es la que deteriora el sistema financiero, la que deteriora las condiciones de vida y es la que deteriora el sistema público, y en suma, es la que viene deprimiendo a la población latinoamericana. A la hora de atender los casos de corrupción de alta envergadura, el Ministerio Público tiene que tener en claro que va a encontrarse dos frentes: un frente jurídico como en todos los casos que lleva los de co-

rrupción y delitos contra las propiedades, delitos contra la vida; pero hay un frente político porque cada vez que se toca a alguien de los grandes en las organizaciones de corrupción sobrevienen las campañas de desprestigios, los ataques, todo tipo de acoso a los funcionarios que están encargándose de combatir la corrupción o de investigar los delitos de alta corrupción. Y por supuesto, de lo que se trata es de deteriorar al Ministerio Público, al Fiscal General, en este caso al Procurador General, y por supuesto a todos los funcionarios del Ministerio Público que están encargados de las investigaciones. No se escapan los jueces que toman medidas cautelares, que autorizan las distintas diligencias relacionadas con garantías constitucionales, y todo el que ponga mano en el expediente con resultados negativos para los investigados por corrupción va a ser víctima de una persecución, y una persecución con medios económicos con los cuales no cuenta la institucionalidad. Y aquí es muy importante tener en claro el compromiso del Ministerio Público con la democracia. El Ministerio Público se tiene que convertir en una aplanadora, no puede el Ministerio Público arrugarse -como decimos en Costa Rica-, pedir a menos, bajar la cabeza porque se trata de imputados poderosos. El Ministerio Público tiene que avanzar en las investigaciones y allá las investigaciones dirán al final, si los hechos se comprueban o se desvirtúan, allá verán los jueces, valorando el actor, si condenan o se absuelven; pero el Ministerio Público no puede pedir a menos. El Ministerio Público es una pieza fundamental en el desarrollo democrático. Cuando yo hablo de un frente político no me estoy refiriendo a político partidista ni a político de campaña, sino a un frente político, porque el Ministerio Público necesita periodistas, necesita asesores, necesita una contracampaña que le sostenga la institucionalidad frente a estos ataques. Y les cuento que nosotros en Costa Rica, ni tenemos periodistas, ni tenemos asesores, ni tenemos los recursos para esta contracampaña; hemos tenido

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que resistirla en una lucha amateur contra verdaderos profesionales de la publicidad. El otro reto del Ministerio Público es la eficiencia del servicio público; no es posible que las causas penales entren a investigación y se mueran en los escritorios o se mueran en los casilleros del Ministerio Público sin que los usuarios del servicio encuentren respuestas. El usuario merece que se le diga - su causa no se pudo terminar porque no encontramos pruebas, se va a desestimar, se va a archivar o se va a aplicar la solución que corresponda-, pero el ciudadano tiene que estar muy claro de que se ha invertido tiempo, que se han invertido recursos y que se ha tratado de resolver el caso; y por supuesto, si hay que acusar tiene que acusarse en un plazo razonable, no pueden las causas dormir el sueño de los justos porque la justicia tardía no es justicia. En Costa Rica implementamos el

fueron cumplidas o si el expediente está atrasado. Y si está atrasado habrá que buscar responsables sino hay justificación. A veces, sí hay justificación, porque la mayoría de las veces los peritos tienen mucho trabajo. La Policía no tiene recursos..., pero habrá que buscar la justificación y algo tiene que constar en el expediente; y otros tres meses, y finalmente, si se cumple un año y el expediente no se ha terminado, el fiscal tiene que enfrentar a su superior pidiéndole una prórroga administrativa o señalándole en qué momento está en condiciones de acusar, o de pedir el sobreseimiento o el archivo o la solución que corresponda. Cuando yo asumí el Ministerio Público el primero de diciembre del año 2003, la cantidad de expedientes a nivel nacional era de 100 mil y seguían entrando asuntos, cuando hablo de 100 mil no es un número estático, hay expedientes que salen, otros que entran, pero lo cierto es que de

sistema de seguimiento y control de casos como señalaba el señor Procurador General, en virtud del cual se le impusieron plazos administrativos a los fiscales. Cada fiscal cuando recibe la denuncia tiene que generar una boleta; una boleta que queda en un expediente, queda en un soporte informático y le llega al fiscal adjunto, a su superior, y tres meses después el expediente tiene que regresar para controlar si lo consignado en la boleta, las pruebas que se tenían que diligenciar por la Policía, por los peritos, por los auxiliares,

1998 al 2003 el circulante era creciente: 40 mil en un año, 50 mil al siguiente, 55 mil al siguiente año; es decir, salían menos expedientes de los que ingresaban. La situación era caótica, había fiscalías donde un fiscal tenía una forma de archivar, una forma de seleccionar los expedientes y un criterio determinado para decir cuáles se iban a investigar y cuáles se iban a postergar de un escritorio a otro dentro de la misma oficina, no digamos ya de una región a otra; y por supuesto que esto no permite ningún control y ninguna eficiencia

“El ser fiscal, ser juez, no es una patente de corso para hacer lo que uno quiera, tiene que haber una tipificación de acciones por las cuales se pueda ser sancionado con acciones proporcionadas de acuerdo al daño causado, que puede ir desde una llamada de atención hasta el despido”.

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de la institución. Y esto hizo que se comenzaran a prescribir las causas en los escritorios de los fiscales, en los escritorios de las oficinas, en detrimento del servicio público. Con este sistema de seguimiento y control de casos que les he explicado logramos reducir el circulante de diciembre de 2003, y el último mes de septiembre, de casi 100 mil asuntos a 44 mil asuntos, y desde diciembre de 2003 a septiembre de 2006 trasladamos 390 mil asuntos del Ministerio Público a los juzgados penales del país; y hoy, esto tampoco es bueno, pero hoy la crisis la tienen los juzgados penales y los tribunales de juicio porque son los que no tienen espacios en las agendas y es a los que se les están prescribiendo las causas penales. No es culpa de los jueces, en realidad era la desorganización que tenía el Ministerio Público en cuanto al manejo del circulante, y siempre tienen que haber controles y esto tiene que ver con la cultura de rendición de cuentas que tiene que haber en un país democrático. Y los fiscales, que les estamos pidiendo cuentas a los ciudadanos por las conductas que realizan, somos los primeros que tenemos que rendir cuentas. Esta cultura de rendición de cuentas, de seguimiento de casos, de los controles, ya al día de hoy está asumida por los fiscales de Costa Rica. Costó muchísimo, nadie quería rendir cuentas, nadie quería cumplir con el sistema de seguimiento y control de casos, hubo que aplicar sanciones administrativas, pero al final de cuentas hoy estos controles se ven como una herramienta para agilizar el flujo de salida de casos y no como unos controles necios para dificultar el trabajo de los fiscales. Tenemos otro gran reto y es, ya nosotros resolvimos el problema de la eficiencia-, ahora tenemos que resolver el problema de la eficacia, es decir, que los casos que realmente lleguen a juicio vayan con una altísima probabilidad de condena. Hoy, o más bien al 31 de diciembre, la proporción era de 50 por ciento condenatoria y 50 por ciento absolutorias en lo que llega a juicio; y es Ministerio Público

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una mala proporción porque si hay cosas que se van a absolver no tienen por qué llegar a juicio, esto es una pérdida de tiempo y dinero para el Estado y una distracción para encargarse de otros casos. Bueno, puede ser que hayan llegado a juicio en el 2006 los asuntos que en el 2003 estaban durmiendo el sueño de los justos, y como dicen los fiscales - ya los testigos no se localizan-, a las víctimas no les importa y al llegar a juicio estos casos han engrosado las absolutorias; tenemos que ver si en los próximos casos esto cambia o no cambia, lo cierto es que ya el Consejo Fiscal dispuso el diseño de un instrumento informático para generar un informe después de cada juicio oral, que nos permita descubrir cuáles son las causas, y si son responsabilidad del Ministerio Público habrá que establecer los correctivos procesales, eventualmente correctivos disciplinarios, pero si es responsabilidad de los tribunales habrá que denunciarlos públicamente, habrá que informarle a la corte para que tome las medidas correspondientes con los jueces; y si es por los peritos, porque a veces hay asuntos que vienen mal apreciados por los peritos, tendremos que tomar medidas en esta parte. No es sólo la eficiencia, no es sólo la celeridad de lo que hacemos, tiene que haber eficacia; y esta excelencia supone muchísimas cosas: supone la formación de los fiscales en derechos sustantivos, en derecho procesal. Y no me refiero a la formación ya universitaria, no me refiero a la adquisición de conocimiento, sino al desarrollo de habilidades y destrezas, saber interrogar, saber fundamentar una acusación, saber pedir una prueba pericial, saber argumentar, saber hacer ese resumen de conclusiones en el debate. No hay nada peor que oir a un fiscal que no sabe de lo que está hablando cuando se está cerrando el debate, o no sabe argumentar o no tiene un manejo adecuado de la prueba y lo que está haciendo es inventando para justificar el cierre del juicio. Esto al Ministerio Público, a cualquier abogado, por supuesto, pero al Ministerio Público le resta toda credibilidad.

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De manera que tiene que haber un desarrollo de destrezas y de habilidades y además, en criminalística tiene que haber una preparación muy clara y muy firme, sobre todo cuando se dirige a la policía. Y aquí, un reto muy importante que logramos vencer en Costa Rica después de años de estar lidiando con la Policía Judicial, ustedes se imaginan lo que les dije que había antes del 1ro de enero de 1998: - una policía que decía qué se hacía, qué se iba a juicio, qué se acusaba, qué no se acusaba-, y de repente viene una ley que le da al Ministerio Público el poder de dirigir a la Policía. Hubo policías que decían -no vuelvo a hacer nada si no me lo dice el fiscal-, pero resulta que los fiscales no son policías y no saben cómo se tiene que diseñar una estrategia de investigación criminalística, y hubo fiscales que pretendían decirles a los policías hasta cómo respirar y hasta cuándo respirar. Por supuesto que también esto está mal. Después de mucho tiempo de discutirlo logramos en el 2004, el Director General del Organismo de Investigación Judicial y yo, resumir la discusión o superar la discusión con dos palabras, que son: qué y cómo. El fiscal le va a decir a la Policía qué necesita, la Policía no le puede explicar al fiscal qué necesita para una sentencia condenatoria, es el fiscal el que le tiene que decir a la Policía qué necesita, pero la Policía es la que va a decidir cómo lo consigue porque eso es lo que le corresponde profesionalmente a los policías. Ellos verán si para un allanamiento requieren el equipo táctico, el equipo de choque o si en el allanamiento solamente bastará con tocar la puerta, empujar y decir que es un allanamiento y registrar la casa. Los fiscales no pueden decidir si va el cuerpo o el equipo swat a todos los allanamientos o si solamente van algunos funcionarios. Entonces, este es un gran reto de poner a la Policía en orden, de coordinar con la Policía, de controlar a la Policía. No se trata de que los fiscales nos vamos a hacer compinches de los policías, porque los policías también cometen muchos atropellos contra los ciudadanos; el fiscal sigue siendo

un contralor de legalidad, dice qué necesita y la policía decide cómo, pero en ese cómo, si se detectan ilegalidades o abuso, el fiscal tendrá que actuar contra los policías por los abusos de autoridad que se cometan. Por mucho que se quiera no somos de los mismos, los policías tienen su marco de actuación y los fiscales su marco de actuación, y los fiscales tienen que estar en capacidad de acusar. El secreto en esto es que el que sea fiscal tiene que estar en condiciones de acusar a quien sea; y a quien sea es al policía que es amigo porque ha estado en muchos operativos y le ayuda mucho, pero también al compañero de oficina si nos damos cuenta que está actuando ilegalmente cometiendo delitos, y de ahí en adelante a los jueces que cometan delitos, a los diputados , a los ministros y al Presidente si es necesario. Es la única forma de hacer bien este trabajo, sino se está en capacidad de acusar a quien sea no se está en capacidad de ser fiscal y esto es básico en este trabajo. Así como en administración de empresas dicen que un gerente no es buen gerente sino está en capacidad de despedir a cualquier personal. El que no está en capacidad de despedir a cualquiera no puede ser gerente, y aquí en este negocio nuestro el que no está en capacidad de acusar a cualquiera, hasta al compañero fiscal que tenemos al lado, el que no tenga esa condición y esa disposición no puede trabajar en esto, porque el Ministerio Público no se puede convertir por aspectos subjetivos en encubridor de delitos. El Ministerio Público es el que persigue los delitos, no el que los encubre, sea quien sea el que los cometa, y esto tiene que ver con lo que señalaba antes de eficiencia y eficacia. Finalmente, quiero señalarles que otro de los grandes retos que tiene el Ministerio Público para ser una institución sólida dentro de la democracia, es tener una carrera fiscal. Una carrera fiscal donde existan requisitos de ingresos cuando los fiscales llegan a sus puestos, que sean inamovibles en ese puesto, lo que no significa que el fiscal tiene un asiento en un lugar determinado y que nadie lo

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puede mover de allí, porque si es una institución tiene que responder a las necesidades que imponga la criminalidad. Puede ser que hoy existan muchos fiscales en Santo Domingo, pero mañana puede ser necesario trasladar algunos de esos fiscales a otra localidad, a San José de Ocoa, por ejemplo. Pero esta inmovilidad en el cargo no le puede dar a cada fiscal el derecho de decirle al Procurador General -no me muevo de aquí porque a mí me nombraron en Santo Domingo-. No, el fiscal tiene que estar donde lo impongan las necesidades, pero igualmente no

normas administrativas. Esta carrera fiscal tiene que estar también beneficiada por el principio de irreductibilidad salarial. No lo hemos logrado en Costa Rica. Yo creo que ningún fiscal, ningún funcionario público, en realidad, puede pretender que va a lucrarse en el cargo de fiscal. El que crea que como fiscal se va a hacer rico mejor se va de la fiscalía porque se equivocó de negocio. Los funcionarios públicos todos tenemos que tener un salario razonable para vivir decorosamente, pero no para hacernos ricos, tampoco para vivir como pobres, no puede

Parte del público que asistió a la conferencia. En primer plano se observan los procuradores generales adjuntos, Gisela Cueto González y Pedro Féliz Montes de Oca.

le puede dar al Procurador General la facultad o el poder absoluto para decir que una persona está hoy en Santo Domingo, mañana en San José de Ocoa y pasado mañana en otro lugar, solo para hostigarlo y para perjudicarlo, porque lo que haga la cabeza tiene que tener motivo, contenido y fin, como todo acto administrativo, y esa es la forma de controlar a quien ejerce el poder, y en eso tenemos que ser muy honestos. Los jerarcas muchas veces nos vemos tentados a resolver las cosas administrativamente mal, y el propósito que nos tenemos que disponer todos los días es que en todo lo que hagamos tiene que tener un fundamento legal, porque es la forma que nosotros nos controlamos; de todas maneras si lo hacemos mal, la justicia nos lo va a cobrar tarde o temprano. Entonces, tenemos que sujetarnos a todas las

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haber una pauperización de los fiscales. Yo creo que el salario no puede ser tan alto como para hacer lo que sea por conservar el puesto, ni tan bajo como para conservar el puesto, tiene que ser un salario que permita vivir dentro de la condición media en el país al que uno le sirve. Por supuesto que se dirá - bueno, los fiscales de los Estados Unidos ganan-, aunque no conozco los números reales, caprichosamente digo ahora 10 mil dólares al mes, pero esa es otra realidad, es otra clase de medición, otra condición. En Costa Rica los fiscales ganan lo suficiente como para vivir como clase media; sin embargo, creo que el principio de irreductibilidad salarial implica que cada vez que haya devaluación monetaria debería de existir formas de defensa de ese salario para que la capacidad adqui-

sitiva no se vaya perdiendo, porque una forma de ir debilitando los funcionarios públicos es debilitando su salario, y luego tiene que haber un adecuado sistema de sanciones. El ser fiscal, ser juez, no es una patente de corso para hacer lo que uno quiera, tiene que haber una tipificación de acciones por las cuales se pueda ser sancionado con acciones proporcionadas de acuerdo al daño causado, que puede ir desde una llamada de atención hasta el despido. Administrativamente tiene que haber un proceso administrativo disciplinario pre-establecido con los derechos de defensa y con todas las condiciones para que no haya abuso contra la persona que se está investigando, y para que pueda acreditar su inocencia si es que no ha cometido falta o si es que se justifica lo que se hizo. De otro modo, sino hay un sistema de sanciones, de consecuencias, como le llaman por acá, nosotros no podemos convertirnos en unos señorones dueños del bien y del mal y cometer todo tipo de abusos, y precisamente el Ministerio Público está para actuar contra quienes abusen, y entonces no podemos convertirnos en el malo, tenemos que seguir siendo de los buenos. En resumen, la política de persecución como centro de la actividad del Ministerio Público, como un método que diagnostique las necesidades que impone la criminalidad, y que permita seleccionar objetivos claros a combatir con los escasos recursos que se tienen. Eficiencia, excelencia y eficacia, una adecuada dirección funcional a la Policía controlada por los fiscales adecuadamente, y lo dicho sobre la carrera fiscal, creo que son los principales retos que se tienen. Dentro de todo esto, por supuesto, el acometimiento contra actividades delictivas que lesionan gravemente nuestros pueblos como es la corrupción, todo tipo de delincuencia organizada, y el sicariato, en primer lugar. Con esto termino mi intervención, les agradezco la atención que me han prestado, quedo a su disposición para cualquier pregunta. Mucha Gracias.-

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En conversatorio con César Pina y Alejandro Moscoso

Juez

Raúl Zaffaroni Habla de las implicaciones de la Reforma Penal y de los Códigos Penales como modelos del Sistema Penitenciario Por considerarlo de interés y materia de reflexión para el Ministerio Público y el sistema de justicia en sentido general, ofrecemos una interesante entrevista-conversartorio sostenida por el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, César Pina Toribio, y el Comisionado para la Reforma y Modernización de la Justicia, Alejandro Moscoso Segarra, con Eugenio Raúl Zaffaroni, juez de la Corte Suprema de Justicia Argentina, en el marco de la visita que el magistrado giró al país a finales de junio de este año. En el encuentro participó también, Maximiliano Rusconi, ex-fiscal general, titular de la Unidad Fiscal de Investigación de Delitos Tributarios y Contrabando (UFITCO), de Argentina.

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* Alejandro Moscoso Segarra: A manera de introducción debo decirle que el Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia es una institución que creó el actual Presidente en su primera gestión de gobierno, con el propósito de crear un espacio de discusión que permita a los actores del sistema de justicia de la República Dominicana, poder interactuar con algunos problemas, además de impulsar proyectos dirigidos al fortalecimiento de la administración de justicia y de todos los actores, sobre todo, las institucio-

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El magistrado Zafarroni mientras pronunciaba una conferencia magistral en el Aula Magna de la UASD.

nes que de alguna forma impactan en el sector justicia, entiéndase Policía Nacional, Ministerio Público, Defensa Pública y demás instituciones. Entonces en el marco de los objetivos del Comisionado estamos realizando algunos encuentros como éste, para ver cómo marcha la reforma en cada uno de los países de América Latina. La idea es poder ver el punto de vista de usted con relación a los procesos de reforma y, específicamente, el nuevo ordenamiento Procesal Penal en toda América Latina; conocer las nuevas tendencias de la dogmática penal.

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Desde la izquierda, César Pina Toribio, Raúl Zafarroni y Alejandro Moscoso Segarra.

* César Pina Toribio: Usted conoce perfectamente la legislación penal dominicana. En el año 91 nos conocimos, yo dirigía el post-grado de la Universidad Autónoma de Santo Domingo y usted estuvo dándonos una conferencia sobre Teoría General del Delito; luego usted trabajó la edición en disco-compacto de los Códigos Penales con una magnifica introducción, de manera que yo sé que conoce perfectamente esa temática, que trata de la versión literal del Código Penal Francés de 1810. Pero también tuvimos, hasta el año pasado, el Código de Instrucción Criminal con el nombre del Código de Procedimiento Criminal; se adoptó el nuevo Código Procesal Penal, bien orientado por el Código Procesal Penal modelo de Iberoamérica, con orientaciones y asesorías muy concretas de juristas argentinos. El mismo va a cumplir un año de haber entrado en vigencia. En ese sentido, a mí me correspondió presidir la Comisión de Ejecución de la Reforma Procesal Penal, es decir, la coordinación de todos los actores: Jueces, Ministerio Público, Defensa, Policía, para la puesta en vigencia real del código. Y justamente ahora, en vista de conmemorar el primer año de implementa-

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ción del nuevo sistema acusatorio, tenemos lo que a nosotros nos parece una gran contradicción, y es que prevalece, en la parte del derecho penal sustantivo, ese Código Penal Francés. Hay una reforma en el Congreso que está bastante adelantada y que probablemente pudiera estar ya culminada en un par de meses, pero ocurre que es la adaptación del nuevo Código Penal Francés de 1994, entonces se advierte una contradicción entre lo que es el modelo acusatorio garantista del nuevo Código Procesal Penal, y la rigidez y el autoritarismo del modelo penal francés. Y nos gustaría conocer un poco su enfoque sobre esta discrepancia y en qué medida pudiera, desde el manejo del sistema acusatorio, poder atenuar o aligerar los rigores del Código Penal. * Eugenio Raúl Zaffaroni: Lo que me parece problemático respecto de un código como es el Código Napoleón, es algo que de alguna manera se planteó también en Francia durante muchísimos años, y creo que el primero que lo planteó fue el buen juez Mañón, aunque nadie lo entendió en su momento. Es la compatibilidad del código, no ya con el Código de Procedimiento -tienen ustedes un código acusatorio-

Maximiliano Rusconi

sino con algo más grave, la compatibilidad del código con la Constitución, es decir, es el código de un imperio, no es una constitución republicana, presenta características de incompatibilidades notorias a tal punto que los códigos franceses han tenido que estar retocando el Código de Napoleón a cada rato, por ello, la cantidad de reformas que ha tenido. El modelo napoleónico es el modelo que copió Alemania también, es decir significa que en Alemania toman el Código de Rusia de 1851 que después de todo es el Código Napoleón sustancialmente, no toma el modelo liberal de Baviera, sino que toma el Código Prusiano; el Código Alemán de 1871 es el Prusiano con algún retoque. Esto llevó a los alemanes a tener que tocar ese código bastante, hasta que lo remplazaron finalmente en la década de los 60, lo que no sé cómo resuelven Ministerio Público

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ustedes, en República Dominicana, es la compatibilidad de ese texto con la Constitución. Esa es la primera dificultad que veo. Tomar como modelo el código francés de 1994 no deja de ser un problema, es un texto farragoso, un texto complicado; es un código moderno pero con un texto que es difícil de entender porque no tiene un lenguaje técnico muy depurado. Refiriéndome a la primera pregunta, creo que de alguna manera habría que debatir un poco más la Reforma Penal, pero sustancialmente creo que cualquier reforma que se haga tiene que partir de un análisis previo de la realidad, es decir, ¿qué capacidad de prisionización tiene el país?, ¿cuántas gentes pueden tener presas en condiciones más o menos decentes?, ¿qué conflictividad tiene que procesar?. A partir de ahí hay que ser muy realista en la reforma, creo que hay que empezar por el presupuesto, ¿cuánto dinero hay, qué reforma podemos hacer?. Un riesgo que se corre es hacer reformas que después no puedan; no que no puedan realizarse sino que se llevan a cabo de forma patológica, lo cual perjudica el mismo prestigio del modelo. Que se haga una reforma acusatoria y no tengo presupuesto para tener una sala de audiencia, para tener jueces, para tener fiscales y para tener defensores públicos, se produce un colapso de la administración de justicia, y entonces dicen que el modelo acusatorio no sirve. No, no es que el modelo acusatorio no sirva, sino que al modelo hay que ponerlo a funcionar con una infraestructura, y esa infraestructura cuesta, yo creo que hay que empezar por el piso, es decir, ¿qué infraestructura podemos tener?, ¿qué capacidad de prisionización tenemos?, ¿cuántos presos queremos tener?, ¿cuántos procesos queremos hacer?, ¿qué parte de la conflictividad queremos procesar por esta vía?. Lo otro es estar fuera de la realidad, es creer que modificando la ley podemos modificar la realidad y a veces la modificamos para peor. De modo que, me parece que prudentemente hay que seguir un camino realista -me gusta el sistema de Suecia, pero no lo puedo copiar porque no tengo dinero-, ese es el problema.

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El juez Raúl Zaffarroni durante la visita de estilo que giró al magistrado Radhamés Jiménez Peña en su despacho del Palacio de Justicia.

* Maximiliano Rusconi: Estuve dando, en mi último viaje a Santo Domingo, un curso de Historia del Delito para Defensores, y me sorprendí un poco por la falta de herramientas conceptuales básicas en algunos participantes. En un primer momento intenté atribuirlo a las universidades, dije: “Es un problema de formación”. Sin embargo, cuando lees el código sustantivo vigente, el Código Penal, es un código que no tiene parte general. * Eugenio Raúl Zaffaroni: Claro, el Código Penal de Napoleón no la tiene. * Maximiliano Rusconi: Entonces, la parte general cumple una función más o menos pedagógica, uno puede discutir con el código nuestro qué efecto le das a un error, pero por lo menos te ordena. * Eugenio Raúl Zaffaroni: Sí, pero no te olvides de lo siguiente: los ingleses no tienen parte general. Bueno, tienen una ley con algunos principios, pero no, ellos dicen que es el commom law la parte general. No sé si es el commom law o no, es una serie de principios que vienen repitiendo desde hace mucho tiempo y que los interpretan y adecuan conforme a las circunstancias. Es bueno que un código tenga parte general, claro, pero si la parte general es muy escueta, eso no impide que se haga dogmática. Sobre esa parte general las categorías se van estableciendo y no creo que se cambie la categoría de la antijuridicidad

por tal o cual definición de la legítima defensa. Lo que pasa es que el código francés no tiene estado de necesidad y hay que ir a reconstruirlo con el Código Civil. * Maximiliano Rusconi. Tampoco estoy de acuerdo con el código que pretende volcar la pelea de escuelas como intentó el Código Tipo, es una discusión tonta. Por ejemplo, aunque sea un artículo como el 34 del Código Penal Argentino . Eso ni siquiera está, algunas eximentes hay que buscarlas en algún lugar de la parte especial, y eso dificulta un poco el trabajo. * Eugenio Raúl Zaffaroni: Sí, la fórmula de la demencia para la inimputabilidad, en fin, toda una serie de cosas que, claro, lo dificulta sin lugar a dudas. El escaso desarrollo de la dogmática penal francesa se debe, en gran medida, a eso. A diferencia de los ingleses que hicieron una dogmática rudimentaria -dicen que los ingleses no hacen dogmática-, creo que hacen dogmática y me siento más cómodo mirando un tratado de derecho penal inglés que uno francés, porque en el francés no encuentro las cosas y en el otro las encuentro. Quizás si no se cambia el código la tarea sea hacer una especie de parte general jurisprudencial. * César Pina Toribio: Quizás el juego que se da ahora entre la necesidad de adecuar constitucionalmente el Código Penal, y una corriente que se expresa con mucha fuerza entre

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los jueces actuales hacia la constitucionalización del proceso penal, ayudado por el nuevo código, pudiera ir construyendo, desde la elaboración jurisprudencial, toda una teoría general, toda una dogmática. Pero va hacer falta que haya insumos de carácter doctrinales, experiencias de otras legislaciones y latitudes para que haya una conciencia en la necesidad de construir ese discurso dogmático, que no la hay. Por ejemplo, a todo el mundo sorprende que el Código Procesal Penal esté precedido de 29 principios. No hay en la tradición legislativa francesa la formulación de los principios de manera expresa en la ley, son simples derivados. * Eugenio Raúl Zaffaroni: Ustedes tienen una ventaja, y es que son un Estado Unitario, de modo que el Código Procesal Penal en cierta forma tiene la misma jerarquía que el Código Penal. Una de las bases es tomar esos principios y trasladarlos. Los principios penales tienen su correlativo procesal, los principios procesales tienen que tener su correlativo penal. Es una base de construcción, nosotros no la tenemos, porque en nosotros los códigos procesales son provinciales, entonces tienen otra jerarquía, no salen de la misma fuente. En el caso de República Dominicana es una ley posterior y es ley penal también, es una base de construcción interesante. * César Pina Toribio: Pero, le va a quedar siempre la mayor labor al juez. * Eugenio Raúl Zaffaroni: Sí, le queda la labor a la jurisprudencia y, sobre todo, al máximo tribunal para bajar línea. Ustedes necesitan una obra doctrinaria que pueda armar eso, que pueda servir de guía. * Maximiliano Rusconi: No hay tanta producción en la ciencia penal dominicana, por lo menos no en los últimos años. * César Pina Toribio: Primero la producción jurídica en nuestro país es escasa, tendrá unos 10 años de un cierto dinamismo; han ido saliendo muchos trabajos, algunos muy buenos, otros con muchísimas debilidades y carencias, pero en la parte penal no se ha avanzado mucho, por lo menos en la elaboración doctrinal. Se

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está usando durante años el texto del profesor Leoncio Ramos, pero que no es más que Garreaud, en algunas partes Luis Jiménez de Asúa, y eso se ha quedado sin tocar. Las publicaciones que se han producido como es el caso del doctor Héctor Dotel Matos, lo que han hecho es sistematizar un poco más la transcripción de lo que eran las cátedras que daba Leoncio Ramos. Se sistematizaba un poco más, pero sólo para estudiantes, más en plan de facilitar al estudiantado el manejo de algunos conceptos sustanciales que de formular auténtica elaboración doctrinal, auténtica crítica y reflexiones profundas sobre el tema. * Alejandro Moscoso Segarra: Algunos países de América Latina ya han asumido el nuevo Proceso Penal, ¿cómo va el proceso de reforma en Argentina con relación a los demás Estados? * Eugenio Raúl Zaffaroni: Es disparejo. En lo federal no hay un código acusatorio del todo, hay un código mixto, tenemos todavía el modelo italiano de 1930; no anda mal diría, pero tenemos serios problemas en materia de delitos de menor cuantía. En materia correccional hay una especie de colapso, se está tratando de derivar parte de la competencia correccional en los juzgados de la ciudad; la justicia penal se mantiene federalizada en la ciudad, pero diría que eso acortó los términos del proceso. En la provincia de Buenos Aires se ha ido un poco más allá con el acusatorio, pero con el grave problema de la falta de presupuesto y la falta de infraestructura, lo cual lleva a que todavía se mantiene el viejo vicio de la delegación en policía. Todo parece que anda bastante bien. Santa Fe se mantiene en procedimiento escrito, y el resto de las provincias sí se inclina al modelo acusatorio de alguna manera; el viejo modelo inquisitorial de procedimiento escrito ya está en retirada, quizás el bastión más fuerte que queda todavía sea Santa Fe. * Alejandro Moscoso Segarra: Tengo entendido que utilizaron la provincia de Córdoba como un plan piloto para montar el proceso del nuevo Código Procesal Penal. * Eugenio Raúl Zaffaroni: Sí, Cór-

doba incluso ha inaugurado un juicio por jurado, el otro día tuvo un primer juicio por jurado, un jurado popular tipo anglosajón. Yo francamente no creo mucho en esa experiencia, no me gusta la idea del jurado popular anglosajón, sí la idea del escabino. El jurado popular, primero, no funciona; segundo, es caro; tercero, nos lo venden los norteamericanos, y es falso, ellos lo hacen en el 4% de los casos; cuarto, está cundiendo algo muy peligroso que es el procedimiento abreviado, lo cual puede ser la tumba del proceso penal, de la garantía en general; se extorsiona un sujeto, y creo que eso está empezando a pasar en el país. “Ah no quisiste arreglar y nos haces perder tres horas de juicio oral, ya vas a ver lo que te va a pasar!.”. No sé, tengo ganas de declararme inconstitucional en cualquier momento. * Maximiliano Rusconi: Córdoba en particular ha tenido la influencia de lo peor. * Eugenio Raúl Zaffaroni: Sí, porque Córdoba le ha abierto las puertas. * Maximiliano Rusconi: Incluso le ha abierto las puertas a la institución, al negocio. * Eugenio Raúl Zaffaroni: En fin es bastante desagradable. Pero, creo que de cualquier manera el sistema en Córdoba funciona bastante bien. En el resto de las provincias, depende, porque es muy distinta la situación. * Maximiliano Rusconi: Una experiencia que ellos (República Dominicana) están ejecutando, y que yo tuve algo que ver acá, es el tema de la cercanía de los fiscales a los barrios, la descentralización territorial de los fiscales. ¿Qué piensa sobre eso? * Eugenio Raúl Zaffaroni: Me parece que habría que descentralizar los juzgados también, lo que pasa es que hay que tener un poco de cuidado en generar expectativas falsas, que la gente crea que el fiscal le va a ir resolviendo todo. Y no sólo el problema de seguridad, sino que se peleó con la mujer y va a ver al fiscal, o el vecino le humedece la pared y va a ver al fiscal, cree que el fiscal está cumpliendo la función de lo que tendría que ser un tribunal de vecindad que no tenemos. Tenemos que crear los tribunales de vecindad para resolver esos probleMinisterio Público

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mas. Pero, uno de los riesgos es ese. Otro es la Policía. Yo no soy partidario de meter a ningún funcionario, ni judicial ni del Ministerio Público, dentro de la Policía o juntos. Normalmente, en los grados inferiores de las instituciones judiciales o del Ministerio Público a los que se nombran son jóvenes que son débiles; la Policía tiene calle, experiencia, sabe cómo comprarse a la gente, sabe qué le gusta, si le gustan los caballos le consigue las entradas al hipódromo, etc. Y además hay una cosa que es humana, aunque uno no entra en eso, pero, si estoy trabajando al lado de alguien todos los días, no lo puedo procesar; es humano, salvo que uno sea un monstruo. * Maximiliano Rusconi: Y ese apremio existe aún cuando no esté en el mismo lugar físico. * Eugenio Raúl Zaffaroni: Entonces, ahora no se llaman comisarías sino delegaciones del Ministerio Público, tipo México. Al tipo no lo extorsionan en la comisaría, lo extorsionan en la delegación, bueno, es más o menos lo mismo. Creo que es eso lo que hay que cuidar, no generar un monstruo en ese sentido. ¡Ojo con eso de que se comen!, históricamente se han comido Jueces de Instrucción, aunque no sea en la comisaría, y si uno lo pone adentro es mucho peor. * Maximiliano Rusconi: Se dice que el Ministerio Público es medio adolescente todavía, y la Policía no es nada adolescente, tienen un rol político, hay investigaciones incluso que lo muestran con mucha claridad; entonces éste es un organismo muy definido frente a uno que está todavía viendo cuál es su rol. * Eugenio Raúl Zaffaroni: Primero el organismo, y segundo hay que suponer que la jerarquía del organismo, los Fiscales de Cámara, el Procurador General, pero ¿a quién mandas al barrio?. Mandas a un joven que tiene 3 ó 4 años de graduado, se para un comisario delante. * César Pina Toribio: Sobre todo en el modelo provincial nuestro que es un modelo paramilitar. * Eugenio Raúl Zaffaroni: Ninguna Policía latinoamericana está sindicalizada, todas las Policías europeas están sindicalizadas.

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* César Pina Toribio: El discurso penal frente a las nuevas realidades del mundo globalizado, terrorismo… ¿cómo queda?. * Eugenio Raúl Zaffaroni: Lo que estoy viendo que está sucediendo en este momento en el mundo es una regresión pre-moderna, y con el pretexto de estar haciendo un postmodernismo penal se está volviendo a la inquisición a través de un discurso único, que se ha generado a partir de la publicidad de un sistema penal hipertrofiado, como es el sistema penal de Estados Unidos. Y es imposible copiarlo, por supuesto, Estados Uni-

Es bueno que un código tenga parte general, claro, pero si la parte general es muy escueta, eso no impide que se haga dogmática. dos tiene su sistema penal porque no le importa el déficit presupuestario -total fabrican los dólares-, por eso puede tener esos índices de prisionización demenciales que tienen, y condenar a todos a través del juicio abreviado, con lo cual no tiene presos sin condena porque los condena a todos; pero, realmente la propaganda de ese aparato, que es un aparato tan grande que tiene incidencia sobre los índices de desempleo. Estados Unidos tiene el índice de desempleo bajo porque tiene ese aparato penal vehemencial, es una demanda de servicios increíble, pero la propaganda de ese aparato se globaliza, toda la comunicación de entretenimiento es casi propaganda del aparato penal de Estados Unidos. Uno ve una serie policial y es propaganda de que todo se resuelve violentamente, todo conflicto se tiene que resolver violenta o represivamente, y lo represivo siempre es bueno, siempre el que está del lado de la represión es el bueno; eso, sumado al discurso absolutamente vindicativo, que es un discurso ideal para la televisión, que

es la cámara tonta. El discurso que pegue en lo emocional, que muestre la víctima, que muestre el cadáver despedazado, que muestre la madre llorando, que muestra todo eso, y que después termina pidiendo la Reforma del Código Penal, es un discurso fácil que da rating y, en consecuencia, se imita globalmente. Todos estamos llenos de comunicadores sociales, débiles mentales, que repiten eso con singular éxito económico, dado el rating que eso proporciona. Entonces, se va generando un discurso único de medios que controla a los políticos, ya no es el autoritarismo o el totalitarismo de entre guerras que eran los políticos controlando a los medios, ahora son los medios con el discurso único que le ponen sitio a los políticos; y los políticos están atemorizados o son oportunistas, los que tienen menos escrúpulos se montan sobre el discurso oportunísticamente, los que tienen más escrúpulos tienen miedo, pero a través de eso se va produciendo una destrucción de la legislación penal. Realmente un desbaratamiento de la legislación penal. Vemos como cunden las reformas absolutamente improvisadas, reformas no discutidas, reformas aprobadas sobre tablas sin discusión parlamentaria, sin trabajo de comisión, disparatadas que llevan a penas que no tienen nada que ver. Nosotros tenemos una pena conforme a la cual el robo de un vehículo a mano armada tiene más pena que el delito de castración: “ yo castro a alguien y tengo menos pena que si le robo el carro a mano armada, sin hacerle nada, lo bajo del auto y me lo llevo (el auto)”. Cuando uno llega a eso, estamos ante un Código Penal loco; sin contar con otras cosas como llevar la pena del concurso real a 50 años, es decir, 25 pequeños hurtos de tienda. Una persona que cometa 25 de esos hurtos tiene una pena que vale de un mes a 50 años, me parece que lesiona un poco el principio de legalidad de la pena. Aunque Brasil tiene dos homicidios culposos, tiene un homicidio culposo en el Código de Tránsito, y tiene otro homicidio culposo en el Código Penal, no es lo mismo la culpa en el tránsito que la culpa en el Código Penal; hay dos tipificaciones del homicidio cul-

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poso, por no hablar de los crímenes hediondos que tienen los brasileños. Lo que quiero decir es que es general el problema, no entendamos las particularidades folklóricas que cada uno de nuestros países puede tener, no confundamos eso con la generalidad del fenómeno. El fenómeno es global y nos venden instituciones postmodernas, geniales, que no son nada más ni nada menos que instituciones inquisitoriales. El llamado arrepentido no es ningún arrepentido, es un tipo que está negociando, un psicópata que negocia las ventajas que puede tener, cuanto más psicópata es, mejor, y cuanto más haya estado metido en el delito, mejor, porque puede dar más información, tiene menos escrúpulos, ni siquiera tiene lealtad con sus compinches, es decir, es un sujeto que, además de ser delincuente, es despreciable en cualquiera de los mundos, entonces nosotros lo premiamos, a alguien que además de ser delincuente es una porquería. El agente encubierto, es decir, mandar a un sujeto a cometer delitos -el Estado manda a alguien a cometer delitos-, cosa loca; sin contar con otras que se nos quieren meter en la legislación como en el ámbito de la participación o cosas por el estilo, que son inadmisibles. * Maximiliano Rusconi: Ahora viene la modificación del lavado con lo cual el auto-encubrimiento va a ser punible. * Eugenio Raúl Zaffaroni: Recuerdo aquella broma que se hacía en la época de Stalin: “Potrofka, que en paz descanse (el aviso fúnebre), su esposo fulano de tal, su hijo Igor que la denunció, entre paréntesis”; una cosa así, como la defensa de la familia, es lo que están haciendo. En fin, todas esas cosas me parece que van a un autoritarismo de nuevo estilo que no es el fascista, nazi, estalinista, es un autoritarismo “cool” -mala moda-, así estúpidamente, no tiene imaginación, no tiene respaldo académico; tiene respaldo de una serie de gente que simplemente cobra, burócratas que dicen cosas de Naciones Unidas y de algunos otros lugares; disfrazan de vez en cuando a alguien de criminólogo para decir que esto es efectivo

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Curriculum: Eugenio Raúl Zaffaroni es de nacionalidad Argentina. En el 1964 se doctoró en Ciencias Jurídicas y Sociales en la Universidad Nacional del Litoral Santa Fe. Posteriormente realizó estudios sobre Criminología, Abogacía, Psiquiatría Clínica, Medicina Legal, entre otros. Su trayectoria como académico lo ha llevado a formar parte, en calidad de decano, de director departamental o maestro del cuerpo docente de más de 30 universidades iberoamericanas, en donde ha impartido, esencialmente, las asignaturas de las ciencias penales. Su aporte a la bibliografía jurídica penal iberoamericana es basto. Entre sus obras podemos citar: a) La Capacidad Psíquica del Delito, 1969; b) Sociología Procesal Penal, 1969; c) Teoría del Delito, 1973; d) Manual de Derecho Penal, Parte General, 1977; e) Tratado de Derecho Penal, Parte General, Tomos I al V, 1980-1983; f) Política Criminal Latinoamericana. Perspectivas-Disyuntivas, 1982; g) En Busca de las Penas Perdidas. Deslegitimación y Dogmática Jurídico-Penal, 1989; h) Estructuras Judiciales, 1994; i) Los Códigos Penales Iberoamericanos, 1994. Ha compartido la autoría de las siguientes obras con destacados autores iberoamericanos: a) Los Códigos Penales Iberoamericanos, 1994; b) Siglo y Medio de Codificación Penal en Iberoamérica, 1980; c) El Preso sin Condena en América Latina y el Caribe, 1983; d) Derecho Penal Militar. Lineamientos de la Parte General, 1980; e) Derecho Penal. Parte General, 2001; f) Los Códigos Penales de Latinoamérica, 2000; entre otros. Dentro de las propuestas normativas que ha elaborado se pueden citar: a) Anteproyecto de Código Penal del Ecuador; Anteproyecto de Parte General del Código Penal Argentino y el Anteproyecto de Reforma al Sistema de Penas del Código Penal de Costa Rica. Ha recibido nueve Doctorados “Honoris Causa” de prestigiosas universidades latinoamericanas y europeas. En ese orden, la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) le otorgó, en el 1992, la distinción de “Profesor Honoris Causa” de la Primada de América.

en la prevención del delito, es como conocerse la propaganda de un dentífrico en donde se disfraza a alguien de odontólogo para que diga que ese es el mejor cepillo dental del mundo, es más o menos lo mismo. Pero creo que en el mundo ha habido siempre momentos hacia el autoritarismo, hacia el estado de policía y momentos hacia el estado de derecho, creo que hoy se mueve el mundo hacia el lado del estado de policía. El mundo es dinámico, el mundo cambia, pero hay algunas cosas que preocupan. Creo que la prisión, por ejemplo, no va a durar mucho tal cual la conocemos hoy. La cárcel tiende a desaparecer, me parece que inevita-

blemente va a ser remplazada por el control electrónico de conducta, y eso es preocupante, porque si la prisión es cara, por más que sea inhumana, superpoblada, que maten gente… tiene un límite que son las paredes; el control electrónico de conducta es más barato y no tiene límites, entonces puede que andemos la mitad de la población con una pulserita o un chip, y eso puede ser medio irreversible. * Alejandro Moscoso Segarra: Magistrado, conocemos las limitaciones del tiempo. Le agradecemos sobremanera que nos haya permitido tener este interesante intercambio de reflexiones con usted. Muchas Gracias. Ministerio Público

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Cooperación Judicial Internacional

Angel Castillo Tejada Procurador general adjunto Primer sustituto del Procurador General

aacastillo@gmail.com (1 de 2)

EL INTERCAMBIO DE PRUEBAS CON EL EXTERIOR LAS CARTAS ROGATORIAS Y LOS EXHORTOS

La cooperación jurídica internacional entre los Estados en materia penal, se rige a partir de los acuerdos bilaterales o multilaterales, y en su defecto en el marco de los principios internacionales de cortesía.

La cooperación judicial internacional ha sido, por tradición, dentro de la política de relaciones exteriores de los Estados, un tema de atención especial, debido sobre todo, a los intereses encontrados y las implicaciones territoriales. En las últimas décadas, el tema se ha constituido en motivo de amplios debates en el seno de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la Organización de Estados Americanos (OEA) y el Consejo de Europa, fruto de las dimensiones que ha alcanzado el crimen organizado y la delincuencia internacional sin frontera. Fue convocar a las naciones para tratar el tema de manera particular y legislar en procura de la adopción de leyes, convenciones, protocolos, convenios y otras documentaciones que contribuyan a combatir y disminuir un fenómeno delincuencial de muchas y variadas ramificaciones. Una serie de medidas, mecanismos y actos que desbordan los asuntos estrictamente diplomáticos y consulares, han sido discutidos y aprobados a fin de dar respuesta a un fenómeno que como el narcotráfico, la trata de seres humanos y el lavado de activos, en algunos casos, amenazan la estabilidad de las naciones y sus relaciones bilaterales, que se enmarcan dentro de un plano de igualdad, equidad, reciprocidad, cooperación, respeto y autodeterminación de los pueblos. La cooperación internacional entre los Estados en materia penal, se rige a partir de los acuerdos bilaterales o multilaterales, y en su defecto en el marco de los principios de cortesía internacionales. Tales son: las cartas rogatorias y los exhortos adoptados dentro de la vieja política de cooperación judicial internacional, y más recientemente el intercambio de pruebas con el

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exterior que data del Convenio de Viena de 1988, y que plantea y facilita que una autoridad judicial o de asistencia penal de un país determinado, pueda trasladarse a otro territorio a realizar una investigación sin que ello se vea como una intervención en los asuntos internos de la nación destinataria. En la práctica los casos se dividen en:

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a) La prestación de asistencia judicial internacional (exhortos, citaciones, incautaciones, embargos, levantamiento del secreto bancario, declaraciones, etc.). b) El traslado de personas condenadas. c) La transmisión de la ejecución de sentencias penales. d) La transmisión de procesos penales y denuncias para la instrucción de un proceso. e) La vigilancia de personas condenadas o en libertad condicional. f) La entrega vigilada.

Hay que aclarar, sin embargo, que una cosa son los acuerdos de esta naturaleza propiamente dicho, que se enmarcan dentro de la Cooperación Jurídica Internacional, y otra, los tratados de extradición, aunque se sabe que existe entre ambas modalidades una evolutiva familiaridad que, según algunas investigaciones, son partes del añejo pedido y traslado de una persona concebidos inicialmente para los delitos políticos y posteriormente para los delitos graves que no pueden considerarse político-sociales. En República Dominicana el asunto data de 1909, cuando durante el gobierno de Ramón Cáceres se firmó el Tratado de Extradición con los Estados Unidos de Norteamérica. En su primer artículo, ese tratado expresa: “El Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de los Estados Unidos convienen en entregar a la Justicia, a petición del uno al otro, hecha con arreglo a lo que en este Convenio se dispone, a todos los individuos acusados o convictos de cualquiera de los delitos especificados en el artículo 2° de este convenio, cometidos dentro de la jurisdicción de una de las Partes contratantes, siempre que dichos individuos estuvieren dentro de dicha jurisdicción al tiempo de cometer el

Las cartas rogatorias y los exhortos que son los actos más conocidos y de mayor categoría, consagran la presencia de funcionarios extranjeros competentes en otros territorios, lo que a la vez forma parte de la práctica internacional en el marco de la asistencia judicial recíproca.

delito, y que busquen asilo o sean encontrados en el territorio de la otra, con tal que dicha entrega tenga lugar únicamente en virtud de las pruebas de culpabilidad que, conforme a las leyes del país en que el refugiado o acusado se encuentre, justificaran su detención y enjuiciamiento, si el crimen o delito se hubiese cometido allí”. El proceso avanzó luego a los convenios de Derecho Internacional Penal que en muchas naciones dio lugar a un derecho penal interno, y se coronó finalmente con la creación de la Corte Penal Internacional, cuyo estatuto se aprobó en Roma en la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas, desarrollada entre el 15 de junio y el 17 de julio de 1998. Ese estatuto consagra la instauración definitiva del sistema de aplicación directa en el campo penal internacional. En el caso que nos ocupa, hay que señalar que las cartas rogatorias y los

La asistencia judicial penal reviste particular importancia, pues a través de la misma se hace efectiva la obtención de pruebas que hayan podido recaudarse en país extranjero para la persecución de delitos y conductas ilícitas, entre otras, el narcotráfico, el lavado de dólares, las infracciones cambiarias, las ventas de armas y los delitos informáticos...

exhortos, que son los actos más conocidos y de mayor categoría, consagran la presencia de funcionarios extranjeros competentes en otros territorios, lo que a la vez forma parte de la práctica internacional en el marco de la asistencia judicial recíproca. La asistencia judicial penal reviste particular importancia, pues a través de la misma se hace efectiva la obtención de pruebas que hayan podido recaudarse en país extranjero, para la persecución de delitos y conductas ilícitas, entre otras, el narcotráfico, el lavado de dólares, las infracciones cambiarias, las ventas de armas y los delitos informáticos, entre otros. Entre los tratados y convenciones vigentes se pueden citar: 1.- Convención Interamericana sobre Exhortos o Cartas Rogatorias. 2.- Convención Interamericana sobre Recepción de Pruebas en el Extranjero. 3.- Convención Interamericana sobre Régimen Legal de Poderes para ser utilizados en el extranjero. 4.- Convención Interamericana sobre prueba e información acerca del Derecho Extranjero. 5.- Protocolo adicional a la Convención Interamericana sobre Exhortos o Cartas Rogatorias. 6.- Protocolo Adicional a la Convención Interamericana sobre Recepción de Pruebas en el Extranjero. 7.-Convenio de La Haya relativo a la Notificación o Traslado en el Extranjero de Documentos Judiciales y Extrajudiciales en Materia Civil o Comercial. 8.- Convenio de La Haya relativo a la Obtención de Pruebas en el Extranjero en Materia Civil o Mercantil. América Latina es pionera en este tipo de instrumentos convencionales, como lo demuestran los Tratados de Montevideo de 1889 que versan, aunque de manera general, sobre la cooperación judicial en sus diversos grados, que son tres: Los actos de mero trámite (notificaciones, emplazamientos y producción de pruebas). Los referentes a las medidas de seguridad o cautelares. La cooperación entendida con un alcance amplio que abarca los supuestos de reconocimiento y ejecución de sentencias desde y en el extranjero.

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Jesús Fernández Vélez Procurador general de la Corte de Apelación de San Cristóbal. jfernandez@procuraduria.gov.do

Justicia y Globalización Social

El acelerado proceso de la globalización, entendida como los mecanismos de internacionalización y mundialización en el orden global, obliga a un repensar del derecho y la justicia. Los resortes de integración se agigantan, como el Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos, Centroamérica y República Dominicana (DR-CAFTA), permitiendo grandes intercambios financieros nunca antes conocidos. No obstante, la integración y alianzas regionales no son nuevas, pues desde hace décadas existen diversos estamentos en América y otras latitudes, como el Pacto Andino, el Mercosur, el Caricom, el Grupo de Río, el Parlacen, la OEA, y muchos más, independientes del organismo mundial (las Naciones Unidas). La Unión Europea es otra instancia de unidad hemisférica nacida luego de la Segunda Guerra Mundial, que para el escocés Neil MacCormick, es la mayor integración económica, cultural y multiétnica, al agrupar unos veintisiete Estados. El surgimiento de un nuevo derech0 La integración trae por consecuencia el nacimiento de un nuevo derecho, un derecho global, el de los tratados o convenios internacionales, diferente a las clásicas concepciones del derecho internacional público y privado. Es un derecho dinámico, pues mientras más tratados y acuerdos se plasman, más variante se torna, obligando a la armonización de la legislación interna con los diversos pactos. La globalización es un proceso irreversible que conlleva al fortalecimiento jurídico de las sociedades para los potenciales beneficios de ésta, al no operar en Estados debilitados y jurídicamente desarticulados. Se plantean así nuevas concepciones sobre la naturaleza del derecho y el tradicional sistema de sus fuentes. Se precisa, en efecto, redefinir el perfil del abogado en el marco de la globalización, para lo cual es necesario ponerle atención a los métodos de formación de éstos, es decir, a la enseñanza del derecho, que en el país amerita de cuestionamientos. La enseñanza y el aprendizaje de las ciencias jurídicas contienen grandes retos de capacidad de adaptación en el nuevo escenario globalizado, expectativas que deben extenderse a las escuelas de capacitación de jueces y Ministerio Público, a las distintas profesiones y a la formación técnico vocacional. Se ha constituido una especie de soberanía supraestatal y difusa, con un soberano por igual difuso, con significativas limitaciones de la democracia representativa y la agravante ausencia de un derecho público internacional adecuado

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para vigilar a los grandes poderes económicos transnacionales, que para Luigi Ferrajoli no es ausencia de derecho internacional, sino que “es un vacío de derecho público”. (Ver Ferrajoli: “La Crisis de la Democracia en la Era de la Globalización”, Granada, España, mayo 2005). Un orden cosmopolita Para compensar estos nuevos poderes se precisa de una organización internacional, de gobernación mundial sin gobierno mundial, capaz de imponer la primacía del derecho internacional sobre los ordenamientos nacionales, con capacidad de promover la seguridad internacional y los derechos humanos en todo el mundo. El nuevo orden mundial debiera funcionar bajo el liderazgo de esa organización que es Naciones Unidas. Se hace imperativo el redimensionamiento de la ONU para un mundo multipolar del equilibrio ecológico mundial, la participación ciudadana y la promoción de los grupos más vulnerables del planeta. En “Hacia la Paz Perpetua”, Immanuel Kant sostiene que el derecho cosmopolita es la base para articular la igualdad de estatus moral de los individuos en la comunidad universal, y que el cosmopolitismo constituye la filosofía política para vivir en una sociedad global. Kant cree que la paz permanente en el mundo sería una consecuencia directa de la constitucionalización completa de las relaciones internacionales. (Citado por Jürgen Habermas, en “¿Es Aún Posible el Proyecto Kantiano de la Constitucionalización del Derecho Internacional?”, Granada, España, mayo 2005). El avance de los derechos humanos pasa por la escala global, ya que si se aprueba un tratado en Irak, Bosnia o en Somalia, es vinculante con los tribunales dominicanos. También en las esferas del orden económico y cultural. Por ello, para los operadores judiciales es significativo el dominio de los procesos de mundialización. Recurriendo a especies vemos que el DR-CAFTA ha modificado las leyes 65-00 de Derecho de Autor y 20-00 de Propiedad Industrial, en cuanto al procedimiento e incremento de las penalidades, y el artículo 32 del Código Procesal Penal, convirtiendo de acción privada en acción pública, de persecución del Ministerio Público a instancia de la víctima, las violaciones a esas normas. En “La Era de los Derechos”, Norberto Bobbio, preocupado por el proceso global, sostiene: “No cierro los ojos al hecho de que el camino será difícil, pero no hay alternativas”.

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La Comunicación interna

como factor clave en el desarrollo institucional Cuando hablamos de Comunicación Interna pensamos que se trata de un concepto reservado para las grandes empresas que necesitan, entre otras cosas, generar un cambio en sus empleados para lograr grandes beneficios (en la acepción estrictamente pecuniaria). Si bien es cierto que este concepto de Comunicación Interna responde a la realidad, es solo una parte de esa realidad. Rafael Alberto Pérez define, en su libro “Estrategia de Comunicación”, la comunicación, en su significado más amplio, como “la interacción simbólica de al menos dos participantes que comparten un código en común y responden en función del estímulo del otro”. A nivel institucional, las organizaciones se comunican hacia su interior (comunicación interna) y con su entorno (comunicación externa). En la medida que esa interacción es de calidad, la organización avanza hacia el éxito de sus objetivos. No puede entonces la organización dejar al azar los mensajes que envía hacia sus distintas audiencias o públicos, debe planificar todas sus acciones comunicativas de modo y manera que conserven una coherencia simbólica que guíe hacia los objetivos de la organización. Estamos hablando de comunicación estratégica, no importa hacia dónde dirigimos nuestra comunicación, si hacia nuestro entorno o hacia nuestro interior, lo importante es definir nuestras audiencias y trazar un plan, con unos objetivos y ejes básicos bien definidos. Volviendo a nuestro punto de partida: la Comunicación Interna como factor clave en el desarrollo institucional, debemos empezar por entender la función de la comunicación interna como un factor clave en el desarrollo no solo de las empresas, cuyo objetivo primordial es la generación de riquezas, sino en cualquier otro tipo de organización, ya sea de carácter público o privado. La Comunicación Interna es aquella que dirigimos hacia nuestros públicos internos: los empleados, y nace como respuesta a las nuevas necesidades de las organizaciones de motivar al recurso humano y, sobre todo, de retener a los mejores talentos. (Elías, J y Mascaray, 1998, Mas allá de la Comunicación Interna: La Intercomunicación). Es a través de un ejercicio de Comunicación Interna que las organizaciones pueden construir una identidad en un clima de confianza y motivación, informar debida y oportunamente a los empleados, profundizar en el conocimiento de la organización como entidad, participar a los empleados de los logros obtenidos y de los cuales los empleados son co-partícipes, y promover la comunicación a todas las escalas y formas (ascendente, descendente y horizontal). (Carla Cirigliano, Gestión de la Comunicación Interna en las Organizaciones). Entonces, vale decir, que la Comunicación Interna es consustancial con la organización, en cuanto que en las or-

Julieta Tejada Directora de Relaciones Públicas, Eventos y Protocolo jtejada@procuraduria.gov.do

ganizaciones se relacionan personas y la información circula. Esto trae como consecuencia la necesidad de gestionar la información; para ello, las organizaciones han tomado conciencia de la importancia que tiene la Comunicación Interna, y la dimensión comunicativa de la organización, por lo que en los últimos años la comunicación interna ha sido enfocada desde un punto de vista estratégico. Pero, para qué sirve la comunicación interna y qué significa gestionar la información? Cuando una organización tiene una buena comunicación interna, primero, conoce la importancia intrínseca de la CI para lograr un mejor funcionamiento de todas las áreas de la organización, conoce y aplica efectivamente cada una de las herramientas de la CI sin dejar de lado ninguna de las formas de comunicación (descendente, ascendente y horizontal). Su función principal es apoyar estructuralmente el proyecto de la organización, es decir, que la comunicación interna se convierta en un factor clave a la hora de poner los cimientos para conseguir una sólida estructura organizacional. Es un elemento transversal para permitir la consecución de la estrategia general de la organización; por lo tanto, una efectiva comunicación interna asegura que todo el mundo recibe los mensajes adecuados en los momentos apropiados; ayuda a conocer la cultura y los objetivos de la organización, facilitando que todos los miembros caminen en una misma dirección; Crea oportunidades para que se compartan las mejores prácticas y el conocimiento; mejora la toma de decisiones; fomenta la confianza; y aumenta la eficiencia y la efectividad de las operaciones. Por su parte, gestionar la comunicación implica definir un conjunto de acciones y procedimientos mediante los cuales se despliegan una variedad de recursos de comunicación (boletines, revistas, murales, comunicados, eventos, internet, etc) para apoyar la labor de las organizaciones. A través de la gestión en la comunicación interna se facilita el despliegue de todo el aparato comunicacional destinado a los empleados, con el objeto de promover la comunicación entre los miembros, facilitar la integración entre las realizaciones personales y las institucionales, reducir los focos de conflicto interno a partir del fortalecimiento de la cohesión de los miembros, contribuir a la creación de espacios de formación, participación y opinión. Cuando vamos a gestionar la comunicación interna, debemos partir del conjunto de valores, referencias, hábitos, ritos, etc., que conocemos como la cultura organizacional, y éste debe ser nuestro marco para la implementación de una gestión de comunicación. Ministerio Público

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Policía Judicial o Investigativa Edward Andrés Núñez P. Fiscal adjunto ednunez@procuraduria.gov.do

Recientemente, recibimos la visita del fiscal general de Colombia, Mario Iguarán, el cual destacó el éxito obtenido por ese país con la implementación del Sistema Acusatorio, que sustituyó el método inquisitorial en los procesos penales. Dijo que para la implementación de este sistema se necesita contar con una Policía Judicial robustecida y fuerte, además de un gran número de investigadores y un programa de protección a víctimas y testigos, lo que permitirá impulsar una buena investigación. Sin embargo, apenas estamos a la víspera de cumplir tres años de la implementación en nuestro país del Ordenamiento Procesal Penal Dominicano, que aunque se hace constar en él la conformación de una Policía Judicial, no menos cierto es que, realmente debería denominarse Policía Investigativa. La Policía Investigativa como auxiliar del Ministerio Público en la persecución e investigación de los hechos punibles de la acción pública, garantiza el cumplimiento de las normas del debido proceso, protegiendo y respetando la dignidad humana. En este sentido, se coloca a todos, jueces, fiscales e investigadores a jugar su rol estelar. A tales efectos, su conformación es de naturaleza civil, con profesionalidad en criminalística. Pueden contribuir al mantenimiento de la tranquilidad pública, previniendo los actos delictivos. Nuestra Policía Nacional, a través del tiempo, ha dado muestra de avances, y una de ellas es la destacada participación activa de la Policía Científica en la escena del crimen, donde en conjunto con el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) recogen las evidencias y después de ser sometidas a un examen, siempre y cuando lo

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su conformación

El general de brigada PN, Cresencio Jáquez Hernández, director de la Policia Judicial Especializada de NNA, en una labor de supervisión.

amerite, sus resultados son colocados en las manos del Ministerio Público, siendo ellos los que ejercen la dirección funcional y coordinación de la investigación, para que cuenten con los elementos necesarios para presentar pruebas ante los tribunales penales de la República. No es extemporáneo su conformación. En la Republica de Colombia tiene apenas cuatro años del inicio del Sistema Acusatorio, sin embargo, por la gran densidad territorial y poblacional, han incluido a los alcaldes pédaneos como miembros de la Policía Judicial, teniendo ellos la prerrogativa de actuar cuando ocurre la comisión de acto delictivo o punible. La Policía Nacional (uniformada) se encargará de prevención y seguridad, mientras que la Investigativa (investigadores) serán la plataforma para la sustentación de acusaciones penales. La colaboración entre fiscales y po-

licías se puso de manifiesto cuando el doctor Radhames Jiménez Pena, procurador general de la República, y el jefe de la Policía Nacional, teniente general Rafael Guillermo Guzmán Fermín, firmaron un convenio de cooperación en investigación penal y persecución de los actos delictivos. Con este acuerdo institucional se busca enfatizar que dos de los principales actores del orden penal unifiquen criterios en el proceso penal acusatorio, manteniendo como norte lo establecido en el artículo 4 de la Constitución de la República, respecto a los derechos humanos. Con esta fusión, ambos estamentos del Estado trabajan en aras de que nuestra sociedad goce de más seguridad pública y paz ciudadana. Este es el primer paso para la conformación de una Policía Investigativa: el trabajo en conjunto de fiscales y policías.

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La prueba

en el proceso penal Consideramos de capital importancia para la preservación de las evidencias, los rastros y otros efectos materiales que sean el resultado del hecho punible, que el Ministerio Público en su condición de director de la investigación disponga de una Policía Técnica Judicial que esté en condiciones de manejar adecuadamente la escena del crimen... Nuestro ordenamiento jurídico Procesal Penal Dominicano dispone de manera clara, en su Art. 312, cuáles medios probatorios pueden ser incorporados al juicio por su lectura, como una excepción a la oralidad que caracteriza al sistema acusatorio adversarial que nos rige desde hace ya tres años, disponiendo de manera categórica el referido texto en su Art. 311, como regla general, que el juicio es oral; asimismo, la práctica de las pruebas y toda intervención de quienes participan en el juicio debe realizarse de modo oral. Pero como ya hemos señalado, hay excepciones a esta regla que permiten incorporar medios de prueba: 1- ) Los informes, las pruebas documentales y las actas que el Código Procesal Penal expresamente prevé. 2- ) Las actas de los anticipos de pruebas sin perjuicio de que las partes soliciten al tribunal la comparecencia personal del testigo, cuando sea posible. 3-) Los informes de peritos, sin perjuicio de que los peritos deban concurrir para explicar las operaciones técnicas realizadas y las conclusiones a las que han llegado. 4- ) Las declaraciones de co-imputados que se encuentren en rebeldía, registrados conforme al Código Procesal Penal. De tal suerte, que cualquier otro elemento de prueba que pretenda ser incorporado por lectura al juicio, no tiene valor alguno, por lo tanto, la comprobación inmediata que reali-

Moisés A. Ferrer Landrón Procurador general adjunto Supervisor nacional de fiscalías mferrer@procuraduria.gov.do

zan los funcionarios del Ministerio Público y de la Policía en el lugar del hecho punible, debe realizarse observando las formalidades que de manera expresa señala nuestro Código Procesal Penal en su Art.173. Para que estas actuaciones puedan tener valor de probación en el juicio, el funcionario a cargo de la inspección debe levantar acta, en la cual describe detalladamente el estado de los lugares y de las cosas, recoge y conserva los elementos probatorios útiles, dejando constancia de ello en el acta. El acta debe ser firmada por el funcionario o agente responsable y, de ser posible, por uno o más testigos; bajo estas formalidades puede, el acta, ser incorporada al juicio por su lectura, sin perjuicio de que el funcionario y el testigo instrumental puedan ser llamados para prestar su testimonio, si fuere posible. Por lo tanto, consideramos de capital importancia para la preservación de las evidencias, los rastros y otros efectos materiales que sean el resultado del hecho punible, que el Ministerio Público en su condición de director de la investigación disponga de una Policía Técnica Judicial que esté en condiciones de manejar adecuadamente la escena del crimen, mediante la custodia correcta del lugar del hecho punible, y que al mismo tiempo esté en capacidad de recolectar evidencias sin contaminarla, para ser sometida a un examen científico y puedan éstas ser ofertadas válidamente al proceso.

Ley 76-02, Código Procesal Penal Artículo 173.- Los funcionarios del Ministerio Público o de la Policía deben custodiar el lugar del hecho y comprobar, mediante la inspección del lugar y de las cosas, los rastros y otros efectos materiales que sean el resultado del hecho punible. El funcionario a cargo de la inspección levanta acta en la cual describe detalladamente el estado de los lugares y de las cosas, recoge y conserva los elementos probatorios útiles, dejando constancia de ello en el acta. El acta debe ser firmada por el funcionario o agente responsable y, de ser posible, por uno o más testi-

gos. Bajo esas formalidades puede ser incorporada al juicio por su lectura, sin perjuicio de que el funcionario y el testigo instrumental puedan ser citados para prestar su testimonio. Artículo 311.- El juicio es oral. La práctica de las pruebas y, en general, toda intervención de quienes participen en él se realiza de modo oral. Durante su desarrollo, las resoluciones son dictadas, fundamentadas y explicadas verbalmente por el tribunal, y valen como notificación a las partes presentes o representadas desde el pronunciamien-

to, lo que se hace constar en el acta de juicio. Quienes no pueden hablar o no pueden hacerlo de manera comprensible en español, formulan sus preguntas, observaciones y respuestas por escrito o por medio de un intérprete, las cuales son leídas y traducidas de modo que resulten entendibles para todos los presentes. Si la víctima o el imputado es sordo o no comprende el idioma español, el tribunal dispone que sea asistido por un intérprete con el objeto de transmitirle el contenido de las actuaciones de la audiencia. Ministerio Público

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Desde la izquierda, el fiscal de la provincia Santo Domingo, Perfecto Acosta; el procurador general, Radhamés Jiménez Peña; la encargada del Departamento de Violencia de Género de la Secretaría de la Mujer, Clara Luna; el gobernador provincial, Eladio Martínez, y el director de la Escuela Nacional del Ministerio Público, Ramón Núñez, durante el corte de la cinta que deja en funcionamiento la Fiscalía Barrial de La Victoria. Parcialmente oculto se obervan al procurador de la Corte de Apelación de Santo Domingo, Leonel Sosa y la presidenta del Consejo Nacional de Drogas, Mabel Féliz.

Fiscalías Barriales:

Alternativa de justicia rápida y cercana para la ciudadanía y desahogo para los tribunales

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Las innovadoras fiscalías barriales acortan distancia al ciudadano y les ahorra tiempo. Sus servicios oportunos, mediante la solución alternativa del conflicto, llegan hasta salvar vidas. Se trata de experiencias aplicadas en el país, principalmente por la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional y, en menor proporción, por la Procuraduría Fiscal de la provincia Santo Domingo. Se procura, con estas iniciativas, acercar los servicios del Ministerio Público a la población de manera más eficiente y rápida. En estos centros se conocen asuntos como violencia de género, intrafamiliar, conflictos menores entre vecinos y denuncias diversas. En el Distrito Nacional se han creado 13 fiscalías barriales: Gualey, Los Guan-

La coordinadora de la Fiscalía Barrial del Ensanche Quisqueya, Teresa García Ceballos, atiende a un usuario.

dules – La Ciénega, Cristo Rey – Ensanche La Fe, Villas Agrícolas, Capotillo, María Auxiliadora, Villa Consuelo, Ciudad Colonial, Carretera Sánchez, Los Ríos y Los Girasoles. Mientras que en la provincia Santo Domingo se

han inaugurado fiscalías barriales en Los Alcarrizos, Guerra y Los Guaricanos. Recientemente, el procurador general de la República, doctor Radhamés Jiménez Peña, ha ofrecido apoyo a la instalación y puesta en servicio de estas representaciones del Ministerio Público, por entender que garantizan la convivencia en armonía en los barrios. El fiscal del Distrito Nacional, magistrado José Manuel Hernández Peguero, resalta que las 13 fiscalías barriales instaladas a la fecha cubren más de un 75% del territorio de la capital. Más de 700,000 ciudadanos tienen acceso rápido y eficaz a la justicia, sostiene. Mientras que el fiscal de la provincia Santo Domingo, magistrado Perfecto Acosta, expresa que apoyan la aplicación de fiscalías barriales por entender que benefician a la población. “El objetivo es descentralizar los servicios de su sede principal, así como dar un mejor servicio a los usuarios”, precisa Acosta.

Atenciones

Las estadísticas indican que en el año 2006 las 13 fiscalías barriales del

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DN atendieron a más de 79,000 personas. Igualmente, 25,000 denuncias en el citado período, cuyos casos en más de un 90% fueron solucionados a través de la conciliación o de la suspensión condicional del procedimiento. Mientras que en la provincia Santo Domingo, en las fiscalías barriales de Los Alcarrizos, período octubre 2006-septiembre 2007, recibieron 7,994 denuncias, y Los Guaricanos 4,433, de enero-julio de 2007.

Personal

El personal de las fiscalías barriales está integrado por fiscales adjuntos, psicólogos, médico legista, personal administrativo y secretarial, conserjes y policías. Cotidianamente los usuarios reciben atenciones especializadas de psicólogas, y sus casos son seguidos rigurosamente.

Voluntariado

En el DN se cuenta con los Voluntariados de Apoyo a la Fiscalía Barrial, integrado por reconocidos miembros de la comunidad barrial, entre los cuales figuran curas párrocos, representantes de las iglesias evangélicas, diri-

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gentes clubísticos, profesores, juntas de vecinos y asociaciones de profesionales. Frecuentemente, recorren, junto al fiscal barrial, los destacamentos policiales de la jurisdicción territorial de la fiscalía barrial, para orientar al fiscal sobre la conducta de los apresados por los policías.

Proyectos

El proyecto en el DN tiene contemplado la instalación de 16 fiscalías barriales. En los próximos días será instalada una fiscalía barrial en el ensanche La Paz, que atenderá a los ciudadanos residentes en otros sectores aledaños como La Feria, El Manguito y otros. En tanto, que en la provincia Santo Domingo fue instalada una fiscalía barrial en la comunidad de La Victoria, y será inaugurada otra en el municipio Santo Domingo Norte.

El fiscal del Distrito Nacional, José Manuel Hernández Peguero; el director de la Biblioteca Nacional, Diómedes Núñez Polanco y el procurador general de la República, Radhamés Jiménez Peña, al momento de inaugurar una Fiscalía Barrial.

Contribuciones Colaterales

Como se evidencia, las fiscalías barriales que funcionan en el Distrito Nacional y la provincia Santo Domingo, han ampliado y consolidado los servicios que ofrece el Ministerio Público a la ciudadanía, y por vía de consecuencia, se han constituido en un desahogo para los tribunales de sus respectivos distritos judiciales. De esa manera, estas instancias desbordan las expectativas iniciales de ser mediadoras por excelencia de conflictos e intereses comunes, bajo el principio de una justicia para la paz y respeto al derecho de todos. Se recuerda que en otrora, al am-

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La psicóloga clínica Berberlyn Pérez Kern de la Fiscalía Barrial del Ensanche Quisqueya ofrece tratamiento a una usuaria.

paro del viejo Código de Instrucción Criminal, los tribunales de justicia se mantenían entaponados por los miles de casos que rebotaban en sus jurisdicciones, lo que de paso provocaba una superpoblación carcelaria, sobre todo, de presos preventivos. Debido a la situación que durante décadas imperó en el país merced al viejo ordenamiento procesal penal, los presos pendientes de juicio o con procesos abiertos en los tribunales, nunca terminaban o caían en el limbo jurídico

por los constantes reenvíos, afectando a más del 85 por ciento de los reclusos en las prisiones dominicanas. Junto al nuevo Código Procesal Penal y el Nuevo Modelo Penitenciario que impulsa la Procuraduría General de la República, las fiscalías barriales contribuyen hoy con una administración de justicia más ágil, amplia y humanizada. En la actualidad, cuando se cotejan las estadísticas individuales se observa que los casos de violencia y criminalidad típicos para ser atendidos o conciliados por el Ministerio Público, son proporcionalmente menores en los barrios más traumatizados como Gualey y Capotillo, con relación a otros sectores capitalinos más céntricos y periféricos. Un factor que está contribuyendo con esa variable positiva, es el programa Barrio Seguro del Plan Nacional de Seguridad Democrática que desarrollan varias instituciones del gobierno, entre ellas, la Secretaría de Interior y Policía y la Procuraduría General de la República.

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Directorio Fiscalías Barriales del D.N. y la provincia Santo Domingo Lugar de recepción Fiscalía Barrial Capotillo Fiscalía Barrial Carretera Sánchez Fiscalía Barrial Ciudad Colonial Fiscalía Barrial Cristo Rey Fiscalía Barrial Ensanche Quisqueya Fiscalía Barrial Gualey Fiscalía Barrial Los Guandules Fiscalía Barrial Los Girasoles Fiscalía Barrial Los Ríos Fiscalía Barrial María Auxiliadora Fiscalía Barrial Villas Agrícolas Fiscalía Barrial Villa Consuelo Fiscalía Barrial Villa Juana TOTAL GENERAL:

Total de denuncias porcentajes promedio mensual: 2.739 1.499 851 4.056 1.069 1.553 1.828 667 896 2.593 2.664 3.021 1.623 25.059

Lugar de recepción Total de Personas Atendidas Fiscalía Barrial Capotillo 5.077 Fiscalía Barrial Carretera Sánchez 4.319 Fiscalía Barrial Ciudad Colonial 5.497 Fiscalía Barrial Cristo Rey 15.610 Fiscalía Barrial Ensanche Quisqueya 2.869 Fiscalía Barrial Gualey 6.587 Fiscalía Barrial Los Guandules 3.788 Fiscalía Barrial Los Girasoles 2.896 Fiscalía Barrial Los Ríos 3.248 Fiscalía Barrial Maria Auxiliadora 11.549 Fiscalía Barrial Villas Agrícolas 5.540 Fiscalía Barrial Villa Consuelo 9.298 Fiscalía Barrial Villa Juana 2.889 TOTAL GENERAL 79.167

Fiscalías Barriales DN Coordinación General Palacio de Justicia de Ciudad Nueva Calle Fabio Fiallo Esq. Calle Beller Tel. (809) 221-6400 Coordinador General: Rafael Brawn Herrera Fiscalía Barrial Gualey Calle Oscar Santana (antigua 18), esquina calle Interior I Teléfono: (809)538-6140 Inaugurada el 19 de octubre de 2004 Coordinador: Pedro Celestino Santana

Fiscalía Barrial Los Guandules – La Ciénega Calle San Francisco esquina Francisco del Rosario Sánchez Teléfono: (809)536-0878 Inaugurada el 16 de noviembre de 2004 Coordinador: Alcedo Margarín Fiscalía Barrial Cristo Rey – Ensanche La Fe Avenida Ortega y Gasset Teléfono: (809)472-7220 Inaugurada el 16 de diciembre de 2004 Coordinador: Eduardo Joel Velásquez Muñoz Fiscalía Barrial Villas Agrícolas Calle Diagonal Segunda esquina calle 30 Teléfono: (809)245-0774 Inaugurada el 21 de diciembre de 2004 Coordinador: José Miguel Mejía de la Cruz

Fiscalía Barrial Capotillo Calle Josefa Brea #298 esquina General Sucre Teléfono: (809)684-7277 Inaugurada el 29 de diciembre de 2004 Coordinador: Gedeón Platón Bautista Liriano

Fiscalía Barrial María Auxiliadora Calle Yolanda Guzmán esquina Avenida 27 de Febrero, Edificio 8 Teléfono: (809)689-7087 Inaugurada el 20 de abril de 2005 Coordinador: Félix Manuel Figuereo Agramonte Fiscalía Barrial Ensanche Quisqueya Calle José Tapia Brea (antigua 18) No. 209, altos Teléfono: (809)549-3999 Inaugurada el 27 de abril de 2005 Coordinadora: Teresa Mercedes García Ceballos Fiscalía Barrial Villa Consuelo Calle Tunti Cáceres esquina Calle Felipe Vicini Perdomo, Villa Consuelo Teléfono: (809)686-1184

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11% 6% 3% 16% 4% 6% 7% 3% 4% 10% 11% 12% 6%

228 125 71 338 89 129 152 133 179 216 222 252 180

Porcentajes 6% 5% 7% 20% 4% 8% 5% 4% 4% 15% 7% 12% 4%

Promedio Mensual 423 360 458 1.301 239 549 316 579 650 962 462 775 321

100%

100%

Coordinador: Primitivo Luciano Comas

2.316

7.394

Fiscalía Barrial Ciudad Colonial Calle Vicente Celestino Duarte # 9 esquina Isabel la Católica Teléfono: (809)686-4376 Inaugurada el 26 de julio de 2005 Coordinadora: Ana Mercedes Rosario Fiscalía Barrial Carretera Sánchez Prolongación Avenida Independencia esquina calle A Teléfono: (809) 534-8067 Coordinador: Gabriel A. Suero Moquete Fiscalía Barrial Villa Juana Calle Paraguay esquina calle Marcos Adón Teléfono: (809)686-2808 Coordinador: Carlos Calcagno Domínguez Fiscalía Barrial Los Ríos Avenida Circunvalación #302 Tel: (809)561-3609 Coordinador: Herbarth Pérez Trinidad

Fiscalía Barrial Los Girasoles Calle Emma Balaguer esquina calle Jazmín, Los Girasoles III Teléfono: (809)620-7759 Coordinador: Máximo Rodríguez González

Fiscalías Barriales provincia Santo Domingo Fiscalía Barrial Los Guaricanos Calle Primera # 20 Teléfono: (809)548-4004 Inaugurada el 2 de agosto del año 2005 Coordinador: Alejandro Morel Holguín Fiscalía Barrial de Guerra Calle Manuel Pumarol #56 Teléfono: (809)526-5217 Inaugurada el 7 de enero de 2005 Coordinador: Francisco H. Valdez

Fiscalía Barrial Los Alcarrizos Calle 37 # 2, Pueblo Nuevo Teléfono: (809)545-3699 Inaugurada el 10 de marzo de 2005 Coordinador: José Danilo Hiciano Fiscalía Barrial La Victoria Calle Juan Pablo Duarte No.21 Coordinador: Eric Arafat

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Rafael Brawn Herrera Fiscal adjunto, coordinador general de Fiscalías Barriales D.N.

Historia de las Fiscalías Barriales Origen y antecedentes

Fue a partir del año 1997, durante el primer gobierno del presidente Leonel Fernández, que se tomó la decisión de asignar fiscales a los destacamentos de la Policía Nacional que operaban en los barrios de la ciudad capital. Con ello, se procuraba garantizar a los ciudadanos el respeto de sus derechos y un trato digno, así como evitar que casos que ameritaban el juzgamiento de los imputados fuesen desestimados. No obstante, la ciudadanía en sentido general continuó percibiendo los maltratos y violaciones a sus derechos fundamentales. El descrédito de la Policía Nacional ante la sociedad, fruto de una viaja práctica, continuaba en ascenso y la conducta de los ministerios públicos se veía empañada por tales motivos, al extremo de que se les asociaba a las inconductas y actos deshonestos de los agentes, o en otros casos, no atendían los reclamos que por tales razones les hacían los ciudadanos afectados. En el año 2002, la promulgación del nuevo Código Procesal Penal revoluciona el papel de los actores fundamentales del sistema, principalmente el del Ministerio Público, a quien se le atribuye, además de perseguir y procurar la sanción de los responsables de actos penales ilícitos, procurar la solución de los conflictos antes de su judicialización, usando para ello las herramientas que busquen facilitar acuerdos, como la mediación y la conciliación. Los autores del nuevo Código Procesal Penal establecieron la necesidad de aproximar la justicia a los ciudadanos, lo cual nos obligaba a crear los medios para que nuestros usuarios no tuviesen que desplazarse a distancias lejanas para contactar a un representante del Ministerio Público. Eso obligó a poner prácticamente el despacho del fiscal en las puertas del ciudadano que requería su presencia y actuación, garantizando con ello un rápido, económico y fácil acceso a uno de los pilares de la justicia, como lo es el Ministerio Público. La actual gestión de la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional que dirige el magistrado José Manuel Hernández Peguero, acorde con los principios fundamentales del Código Procesal Penal, inició, a pocas semanas de su estreno, una labor para recabar informaciones precisas sobre los lugares en donde los fiscales laboraban, con atención especial a los destacados en los cuarteles policiales y afines. La finalidad era comprobar las condiciones en que se des-

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“En el año 2002, la promulgación del nuevo Código Procesal Penal revoluciona el papel de los actores fundamentales del sistema, principalmente el del Ministerio Público, a quien se le atribuye, además de perseguir y procurar la sanción de los responsables de actos penales ilícitos, procurar la solución de los conflictos antes de su judicialización...” empeñaban esos magistrados, y la percepción y valoración que tenían de su trabajo los ciudadanos.

Esa labor permitió evidenciar lo siguiente: a) Estado deplorable de las condiciones en que los fiscales laboraban en los destacamentos policiales, identificando un avanzado estado de deterioro de las instalaciones, falta de higiene ambiental, ausencia de instrumentos de trabajo como computadora, teléfono y equipos mobiliarios. b) Falta de personal competente para atender dignamente al ciudadano víctima del delito. c) Confusión del ciudadano de las obligaciones a cargo del Ministerio Público y de los agentes de la Policía Nacional. d) Desconfianza de la ciudadanía hacia los fiscales y los agentes policiales, a quienes los identificaban como “socios” en las actuaciones deshonestas. e) Los fiscales desvirtuaron el cumplimiento del objetivo que los llevó a los destacamentos policiales, principalmente porque no se sentían con poderes y facultades de requerirles a los policías el cumplimiento de sus obligaciones, principalmente garantizarle a los ciudadanos el respeto a sus derechos fundamentales. La realidad de lo comprobado nos imponía la búsqueda de una solución inmediata, eligiendo entre la opción de invertir recursos para la adecuación de las instalaciones de los destacamentos policiales para que los fiscales pudiesen continuar laborando allí, o crear nuevas instalaciones distintas a los destacamentos policiales.

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Las Fiscalías Barriales y su contribución a la justicia y a la tranquilidad ciudadana Voy a comenzar diciendo que las fiscalías barriales tienen como objetivo velar por el respeto de los derechos ciudadanos, garantizándolos y, en consecuencia, con la reducción de los hechos delictivos. Con su ubicación en el corazón de los barrios capitalinos, las fiscalías barriales realizan una labor conjunta con los ciudadanos y moradores, aportando en la solución de los conflictos. No en vano han sido habilitadas en puntos críticos de la capital, como Cristo Rey, Gualey, María Auxiliadora, Capotillo, Carretera Sánchez, Ensanche Quisqueya, Villas Agrícolas, Villa Consuelo, Villa Juana, Los Ríos, Los Girasoles, Los Guandules y Zona Colonial. Personal especializado No solo cuentan con uno o dos fiscales adjuntos para conocer los problemas cotidianos que se presentan en su ámbito, entre ellos, con una fiscal especializada, quien conoce sobre los casos de violencia intrafamiliar y de género, sino que disponen de un médico legista y un psicólogo que evalúa y da seguimiento a los casos graves, remitiéndolos, cuando hay méritos para ello, al Centro de Atención a Sobreviviente de Violencia. El público, su afluencia La acogida de las fiscalías barriales por parte de la comunidad, se puede evaluar por la gran cantidad de personas que recibimos diariamente, las cuales asisten para denunciar los problemas y quejas que se le presentan, ya sea con un vecino, con un familiar, por deuda de dinero, por problemas de inquilinatos, por violencia intrafamiliar y otros asuntos, con la facilidad de que no tienen que pagar transporte, ya que en ocasiones le queda al lado o bien cerca de su domicilio. Estas personas al presentarse a las fiscalías barriales son recibidas de manera personal por el fiscal, quien luego de escucharles tomando las medidas requeridas y de lugar, trata siempre de que el usuario tenga la seguridad y confianza de que su problema será resuelto en la medida de lo posible, lo que contribuye a evitar situaciones de violencia o actos delictivos. Buen trato, atención, confianza y seguridad de que los problemas van a ser enfrentados y resueltos, es lo que la gente espera de sus autoridades, y en las fiscalías barriales hacemos esfuerzos por cumplir con esas expectativas ciudadanas. Contribución con el CPP Las fiscalías barriales han contribuido grandemente con la implementación del Nuevo Proceso Penal, y una de esas contribuciones tiene que ver con el descongestionamiento de los tribunales y del propio sistema judicial. En estas fiscalías se conocen y se le busca solución a todos aquellos casos considerados menores, que en su generalidad se resuelven mediante la conciliación, vale decir, la mediación alternativa de conflictos, siendo enviado ante un juez solo aquellos asuntos que la complejidad lo requiere. El hecho de que las fiscalías barriales se estén reproduciendo habla por sí solo del valor de su demanda por parte de la ciudadanía y, sobre todo, de los resultados de su accionar. Actualmente, son 13 las existentes y vendrán más, de acuerdo a los reclamos y las circunstancias que así lo demanden. Su viabilidad y función práctica estriba en el hecho de que las personas pueden acercarse con mayor facilidad a la justicia, y hacerlo en la mayoría de los casos sin ningún costo

Teresa García Ceballos Fiscal adjunta, D. N. Coordinadora de la Fiscalía Barrial Ensanche Quisqueya Teresa-ga@hotmail.com

económico, incluso, sin pagar transporte debido a que la fiscalía le queda en su mismo sector y a poca distancia de donde viven. También sobre violencia de género El conocimiento y solución in situ de los casos menores de delito y la solución de los conflictos a través de la mediación o conciliación, contribuyen con la paz, el orden y la armonía entre las personas, entre vecinos y familiares de los barrios, misión que cumple a diario cada fiscalía barrial, en cada una de las cuales funciona un departamento especializado que conoce solamente los casos de violencia intrafamiliar, con un Ministerio Público capacitado y con una preparación especial para ofrecer un trato digno a las víctimas. Allí se atienden penalmente los casos y se da orientación y se hacen las evaluaciones psicológicas. Para ello, se cuenta con una psicóloga y un médico legista, que en los casos de la mujer maltratada físicamente, no tiene que trasladarse al Palacio de Justicia para ser evaluada. Y en ese sentido, es justo enfatizar que el trabajo que se ofrece en estos departamentos, junto a las unidades especializadas sobre violencia de género y abuso sexual como la que opera en Bella Vista, ha contribuido con una reducción sustancial del índice de mujeres fallecidas a mano de sus parejas o ex parejas. Ya la mujer, que resulta siempre el blanco de esa espiral, no tiene que esperar a que el hombre la agreda físicamente para denunciarlo. La mujer sabe a dónde acudir tan pronto se siente amenazada o golpeada, y esta situación positiva ha sido posible también gracias al trabajo de orientación, mediante charlas que son impartidas por las Fiscales de Violencia, que se desarrolla tanto en las fiscalías barriales como en la comunidad, estableciéndose que la violencia intrafamiliar no es solamente física, sino verbal, psicológica, económica, sexual, entre otras. Los voluntariados de apoyo Las fiscalías barriales cuentan con un voluntariado de apoyo, que podríamos decir, funciona también de forma reproducida, adjunto con los cuales se trabaja en la solución de los problemas de la comunidad. Son problemas frecuentes que ameritan la intervención de un o una fiscal, como la bulla en los colmadones a altas horas de la noche, las máquinas de juego o traga monedas, los billares en donde permiten menores, los problemas con los puntos de drogas que afectan a los moradores, y otros asuntos que lesionan el sosiego y la salud del barrio. Aportes muchos y variados En resumen, son muchos y variados los aportes de las fiscalías barriales, como: a) Reducir los hechos delictivos, ya que las personas al tenerlas en sus sectores acuden con mayor facilidad; b) Solución de los conflictos mediante la mediación y conciliación; c) Disminución de la Violencia Intrafamiliar, ya que permite que la misma se denuncie, sin tener que esperar ser agredida físicamente; d) Confianza de la ciudadanía en sus autoridades del Ministerio Público y la Justicia; e) Respeto y preservación de los derechos humanos; f) Acceso rápido y cercano de los ciudadanos a la justicia, especialmente de los más humildes. Ministerio Público

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Alcedo Magarín Coordinador de la Fiscalía Barrial de Los Guandules magarinh6@hotmail.com

Importancia de las Fiscalías Barriales

Históricamente de manera errónea solía confundir a los funcionarios del Ministerio Público dominicano, como los representantes de la sociedad. Pero sin temor a equivocarme, este axioma no se ajustaba a la misión y labor que debían desempeñar los procuradores fiscales, debido a que siempre estaban lejos de los ciudadanos en conflicto con la ley. El Ministerio Público asume su misión de dirigir la investigación de los hechos de carácter penal, defiende los intereses de la sociedad, protege a las víctimas y testigos en el ámbito de sus actuaciones que realiza y cumple con otras atribuciones que le confieren las leyes, justo en los últimos tres años de la presente década de esta primera centuria del siglo XXI. Estas funciones la establece el Estatuto del Ministerio Público. Mientras que el Código Procesal Penal (CPP) que entró en vigencia el 27 de septiembre de 2004, se caracteriza por establecer un conjunto de normas para garantizar el respeto a los derechos humanos, justicia rápida y cumplida, así como solucionar conflictos con salidas alternativas. Igualmente, revaloriza los derechos de la víctima y del imputado. El CPP identifica con precisión el papel de los actores fundamentales del sistema, atribuyéndole al Ministerio Público, además de perseguir y procurar la sanción de los responsables de los actos penales ilícitos, promover la solución de los conflictos que no afecten de manera significativa el bien común protegido, a través de la conciliación y la mediación. El doctor José Manuel Hernández Peguero, procurador fiscal del Distrito Nacional, con la anuencia de sus superiores inmediatos, ha creado 13 fiscalías barriales diseminadas en la ciudad Capital, donde todas están provista de despachos debidamente equipados, además de contar con fiscales adjuntos, uno de los cuales es para conocer de modo exclusivo la violencia de género, psicólogos, médico legista y personal administrativo, laborando en un horario de 8:00 de la mañana a 5:00 de la tarde. La importancia de las 13 fiscalías barriales consisten en que 82,882 ciudadanos acudieron en los primeros 10

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“El Ministerio Público asume su misión de dirigir la investigación de los hechos de carácter penal, defiende los intereses de la sociedad, protege a las víctimas y testigos en el ámbito de sus actuaciones que realiza y cumple con otras atribuciones que le confieren las leyes, justo en los últimos tres años de la presente década de esta primera centuria del siglo XXI. Estas funciones la establece el Estatuto del Ministerio Público”.

meses del presente año a buscar soluciones a sus problemas. Es oportuno destacar que 24,661 personas presentaron denuncias, y sólo el 5.3% por la gravedad de los crímenes y delitos, fueron sometidos a medidas de coerción ante los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional. Estas personas no tuvieron que desplazarse de sus sectores a largas distancias para contactar un fiscal adjunto. Este digno representante de la sociedad, la mayoría de las veces logra la conciliación, que consiste en el acuerdo mediante el cual las partes resuelvan su conflicto sin la intervención de un juez. Las fiscalías barriales benefician a sus moradores e instituciones, quienes se presentan con sus conflictos y reciben las debidas atenciones, gratuitas, de profesionales capaces, eficientes, eficaces, honestos y, sobre todo, con vocación de servicio. La creación del proyecto de las fiscalías barriales constituye una novedosa idea, que debería ser emulada y puesta en práctica en todas las jurisdicciones del país, que por su densidad poblacional se le hace difícil a los ciudadanos y ciudadanas asistir a los centros de justicia, en busca de soluciones a los problemas cotidianos propios del ser humano viviente en sociedad.

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El procurador fiscal laboral, José Fernando Rivera, junto a su equipo de trabajo, integrado por los fiscales adjuntos y fiscalizadores, José Ledesma, José Sinencio González, Modesto E. Rivera, Julisa G. Hernández, Kathering Olivo, Anibelka Guzmán García, Luisa María Ramírez Santana, Glennis Sosa Gutiérrez, Lourdes Iluminada Gómez, Andrés Comas y Miguel Estrella Toribio.

Rol de la Procuraduría Fiscal Laboral Trece fiscales dirigidos por un titular trabajan por la aplicación efectiva de la ley El Ministerio Público Laboral y por ende, la Fiscalía Penal Laboral, se crean con la promulgación de la ley 16-92, la cual ordena en su artículo 715 que: “La aplicación de las sanciones penales que establece este código y los reglamentos dictados o que dictare el Poder Ejecutivo en materia de trabajo, está a cargo de los Juzgados de Paz”. Este mismo artículo estatuye en su parte in fine lo siguiente: “En el Distrito Nacional y en el Distrito Judicial de Santiago, el Ministerio Público será ejercido por un abogado al servicio de la Secretaría de Estado de Trabajo”. En su calidad de representante de la sociedad, garante de la aplicación de la ley y protección de los derechos humanos, el Ministerio Público se expande y fortalece en todos los sectores de la vida nacional, y para ello cuenta ya con una Procuraduría Fiscal en el sector laboral, en la que unos 15 magistrados desempeñan diferentes roles. Esta fiscalía tiene un objetivo puntual como es poner en movimiento la acción pública, sometiendo por ante los tribunales a los imputados de violar las normas penales de carácter laboral, tipificadas en la ley 16-92 que instituye el Código de Trabajo de la República

Dominicana. Esta opera en coordinación con el Departamento de Trabajo, dependencia de la Secretaría de Estado de Trabajo, y actúa como policía judicial.

Creación

El Ministerio Público Laboral fue creado con la promulgación de la ley 16-92, la cual ordena en su artículo 715 que: “La aplicación de las sanciones penales que establece este código y los reglamentos dictados o que dictare el Poder Ejecutivo en materia de trabajo, está a cargo de los Juzgados de Paz”. Este mismo artículo estatuye

en su parte in fine lo siguiente: “En el Distrito Nacional y en el Distrito Judicial de Santiago, el Ministerio Público será ejercido por un abogado al servicio de la Secretaría de Estado de Trabajo”. Las infracciones penales laborales son de carácter correccional en virtud del nuevo Código Procesal Penal y la resolución 1142-05 de la Suprema Corte de Justicia, que instituyen el procedimiento a seguir. Las infracciones de tipo penal laboral y sujetas a sanciones penales, contenidas en el Código de Trabajo y en su reglamento de aplicación No. 258-93, son perseguidas por fiscalizadores asignados a las diferentes jurisdicciones del ordenamiento judicial, y están clasificadas en tres categorías a saber: leves, graves y muy graves. Las faltas leves, son aquellas que desconocen las obligaciones meramente formales o documentales y que no atenten contra la seguridad de las personas ni en las condiciones de trabajo. Las faltas graves son las que atentan contra los salarios mínimos, el no pago de salarios, horas extraordinarias, el descanso semanal, y todas las relativas a la seguridad e higiene en el trabajo, siempre que no amenacen o pongan en peligro la vida, la salud o la seguridad de los trabajadores. Además, Ministerio Público

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en los derechos colectivos, el incumplimiento de las obligaciones estipuladas en el convenio colectivo. Las faltas muy graves se refieren a la violación de las normas sobre protección a la maternidad, edad mínima para el trabajo, protección de menores, empleo de extranjeros, seguridad social y todas las relativas a la higiene y seguridad en el trabajo, siempre que con esta violación se amenace o ponga en peligro la vida, la salud o la seguridad de los trabajadores; también las prácticas desleales contrarias a la libertad sindical.

Logros presentes

En la actualidad, esta fiscalía ha logrado, con la implementación del nuevo Código Procesal Penal, agilizar la tramitación de los expedientes, aumentando sobremanera la cantidad de casos solucionados mediante la conciliación, ya establecida en el Código de Trabajo e incorporada al proceso penal en el nuevo Código Procesal Penal, tomando en cuenta que previo al archivo del expediente en los casos de conciliación, se le notifique al actor civil en caso de que exista. Ha obtenido resoluciones o autos de rebeldía en los casos donde no comparecen los imputados a las audiencias, incluyéndose en éstas las órdenes de arresto y conducencia. Inclusive, en los casos donde se demuestre la urgencia, se han obtenido conjuntamente a éstas, la orden de impedimento de salida del país del representante, propietario o administrador de la razón social encausada, todo esto en total implementación de la normativa procesal penal, logrando por diferentes vías obtener resultados factibles en su ejecución. Se ha implementado una capacitación de los miembros de este Ministerio Público, tanto en la normativa procesal penal como en los aspectos pertinentes a las leyes y reglamentos laborales a cargo de la Escuela del Ministerio Público y de la Secretaría de Estado Trabajo, respectivamente, para que se encuentren debidamente instruidos y actualizados. Como forma de colaboración con el Ministerio Público ordinario, se han impartido talleres y seminarios en las provincias del país donde no existe el Ministerio Público Laboral, con el objetivo de capacitarlos en las persecuciones de las infracciones penales laborales. La presente gestión ha logrado imponer más de RD$4,000,000.00 por concepto de sentencias condenatorias

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Ministerio Público

José Fernando Rivera, procurador fiscal laboral.

consistentes en pago de multas, y en los casos llevados bajo el proceso de la conciliación con las empresas sometidas por violación de las normas laborales sancionadas penalmente. La Fiscalía Laboral tiene una tarea muy específica dentro del Ministerio Público, se dedica exclusivamente al apoderamiento de los tribunales de todas las violaciones a las leyes y reglamentos laborales, actuando de conformidad a los principios y normas legales correspondientes, contribuyendo de esta manera al fiel cumplimiento de la ley 16-92 ó Código de Trabajo.

Los fiscales Actualmente, el equipo de representantes del Ministerio Público adscritos a esta fiscalía lo integran, su titular y tres fiscales adjuntos, conjuntamente a ocho fiscalizadores, quienes representan a la sociedad en los diferentes Juzgados de Paz del Distrito Nacional, así como también en la provincia Santo Domingo. Son ellos: José Fernando Rivera, procurador fiscal penal laboral; José Ledesma C., fiscal adjunto encargado Juez de Ejecución de la Pena del Distrito Nacional; José Sinencio González C., fiscal adjunto encargado Departamento de Conciliación; Modesto E. Rivera, fiscal adjunto encargado Juez de Ejecución de la Pena de la provincia Santo Domingo; Julisa G. Hernández Rivera, fiscalizadora del Juzgado de Paz

de la Primera Circunscripción del D.N.; Kathering Olivo, fiscalizadora del Juzgado de Paz de la Segunda Circunscripción del D.N.; Anibelka Guzmán García, fiscalizadora del Juzgado de Paz de la Cuarta Circunscripción del D.N.; Luisa María Ramírez Santana, fiscalizadora del Juzgado de Paz de la Primera Circunscripción de Santo Domingo Este; Glennis Sosa Gutiérrez, fiscalizadora del Juzgado de Paz de Boca Chica; Lourdes Iluminada Gómez, fiscalizadora del Juzgado de Paz de Santo Domingo Oeste; Andrés Comas, fiscalizador del Juzgado de Paz de Santo Domingo Norte; Miguel Estrella Toribio, fiscalizador del Juzgado de Paz de la Tercera Circunscripción del D.N. Este equipo de hombres y mujeres tienen la responsabilidad de velar por la correcta aplicación de la política penal llevada a cabo por la Procuraduría General de la República y su máximo representante, el magistrado Radhamés Jiménez Peña.

Contactos

Oficina Procuraduría Fiscal Laboral, primera planta de la Secretaría de Estado de Trabajo, av. Jiménez Moya, esquina República del Líbano, Centro de los Héroes de Maimón, Constanza y Estero Hondo del Distrito Nacional. Teléfonos: (809)535-4404, Exts. 2010, 2011 y 2104.

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Medidas preventivas

y acciones rápidas de la Procuraduría evitan tragedia en los centros penitenciarios

Las medidas preventivas y las acciones rápidas de la Procuraduría General de la República evitaron la ocurrencia de hechos trágicos en en los centros penitenciarios ubicados en zonas y localidades que resultaron altamente afectadas por el paso de las tormentas Noel y Olga, que anegaron algunos de esos recintos, lo que obligó el traslado inmediato de varios reclusos a otros lugares para resguardar sus vidas. En Santiago, una de las zonas más afectadas tras el paso de la tormenta Olga, el procurador general de la República, doctor Radhamés Jiménez Peña, dispuso el traslado de los internos de los Centros de Corrección y Rehabilitación (CCRs) Rafey-Mujeres al Palacio de Justicia de esta jurisdicción, y los de RafeyHombres a la Fortaleza Fernando Valerio de esta localidad. Los internos, 86 mujeres y 634 hombres, fueron atendidos con alimentos y medicinas, labores realizadas en coordinación con el secretario de Salud Pública, Bautista Rojas Gómez, quien acompañó al procurador durante su recorrido de supervisión

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Traslado de los reclusos de La Victoria a Najayo, durante la tormenta Noel.

y evaluación de la situación de los reclusos, así como de los daños provocados por el fenómeno a las instalaciones físicas de los centros penitenciarios. También, estuvo acompañado por el gobernador y el senador por Santiago, José Izquierdo y Francisco Domínguez Brito, respectivamente; el director de la Escuela Nacional Penitenciaria (ENAP), Roberto Santana, y del director de RafeyHombres, Erickson Bobadilla. Luego del paso de la tormenta Noel, que laceró gravemente la economía del país producto de las severas lluvias, la Procuraduría emprendió un rápido operativo de limpieza, fumigación y recogida de basura en los centros penitenciarios que fueron afectados. Además se entregaron 300 colchones nuevos a los reclusos. Una de esas cárceles fue la Penitenciaría Nacional de La Victoria, cuya población fue azotada de manera implacable por la tormenta, anegando prácticamente todas las áreas habitadas por los reclusos. Similar situación se presentó también con las internas del CCR Rafey-Mujeres, quienes fueron trasladadas al Palacio de Justicia de Santiago. Desde La Victoria, los 840 reclusos fueron transportados a Najayo y Monte Plata, en una acción rápida encabezada por el propio procurador general de la República y el director de Prisiones, general José Ignacio Sandoval Cabrera. Ministerio Público

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El procurador general Radhamés Jiménez mientras observaba el traslado de los reclusos de La Victoria.

Colaboración y retorno Los internos fueron transportados en autobuses de la Procuraduría, y estuvieron protegidos por un contingente policial, apoyados por dos generales de la Policía Nacional. El director de Prisiones indicó que las labores de limpieza, tras el paso de la tormenta Noel, contaron con el respaldo de los ayuntamientos del Distrito Nacional y Santo Domingo Norte, los cuales enviaron equipos y camiones para la recogida de basura, así como unidades abastecidas de agua de los bomberos para la higienización del recinto.

En el caso de Santo Domingo Norte, el propio síndico Jesús Féliz acompañó a las autoridades del Ministerio Público y Prisiones en las jornadas de acondicionamiento, limpieza y retiro de desperdicios sólidos. Se contó además con el apoyo de la Policía Nacional en las labores de seguridad y vigilancia, mientras que los Comedores Económicos, dirigidos por César López, garantizaron el abastecimiento de comida.

Nuevos recintos

El procurador general de la República dijo que se está evaluando la

posibilidad de construir próximamente, en otro lugar de Santiago, nuevas edificaciones para trasladar los centros penitenciarios de Rafey, cuyas estructuras quedaron destruidas por las inundaciones provocadas por la tormenta Olga. De igual forma, dijo que en atención a la problemática que afecta a la cárcel de La Victoria, a principios del próximo año serán construidos dos nuevos recintos, uno en el sector Palavé, y otro en San Luis, a donde serán trasladados todos los reclusos que guardan prisión en ese penal.

Con el paso de la tormenta Olga que prácticamente debastó las instalaciones de los centros de Rafey en Santiago, las autoridades del Ministerio Público se le adelantaron y trasladaron a los internos e internas a lugares seguros. Se observa al procurador general Radhamés Jiménez Peña supervisando esta labor en companía del director de Prisiones, general E.N., José Sandoval Cabrera.

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La DPCA no da tregua a los corruptos

Pese a adversidades mantiene 16 expedientes en los tribunales ro César Sánchez, el de Yorman Solano Vásquez, el de las turbinas de la Fuerza Aérea Dominicana, el de los cheques pagados por la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA) y el de Félix Alcántara, ex director ejecutivo de la Comisión de Reforma de la Empresa Pública (CREP). Además, el del Departamento de

Pensiones y Jubilaciones de la Secretaría de Estado de Hacienda, el de Elsa Josefina Cos Zaiter, ex directora del Departamento de Relaciones Internacionales de la Oficina Nacional de Administración de Personal (ONAP), y de Dominga Fabiola Henríquez, ex tesorera de la Dirección General de Migración.

Casos sometidos por el DPCA y estado en que se encuentran NOMBRE DEL CASO

Plan Renove (2004) Octavio Líster Henríquez, director de la DPCA.

A pesar de las adversidades encontradas en la lucha de prevención y sanción a los corruptos, la Dirección Nacional de Persecución de la Corrupción Administrativa (DPCA) mantiene en los tribunales 16 expedientes contra personas y ex funcionarios estatales, acusados de la comisión de irregularidades cometidas en el manejo de fondos del erario público. Las estadísticas sobres los casos que se investigan y de los que han pasado por el DPCA demuestran que esa institución, a pesar de las adversidades, no da su brazo a torcer y pelea en todas las instancias judiciales, los casos de corrupción que ha sometido. Entre los procesos que aún pelea en la justicia el DPCA, figuran: el del Plan Renove, el de las butacas de Santiago, el de la sucursal del Banco Agrícola de Samaná, el del Departamento de Planeamiento Urbano de Mao, el de las irregularidades de la Junta de Maizal de Mao y del ex funcionario estatal Manuel Pichardo. También, el de los invernaderos, el de los bonos soberanos con el ingenie-

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Caso butacas de Santiago (2004)

ESTADO

Conocido por tercera ocasión en la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del D.N. El fallo está reservado.

Remitido al Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Santiago para sometimiento.

Irregularidades en la gerencia su- Remitido al Procurador Fiscal del Distrito Judicial cursal Banco Agrícola de Samaná de Samaná para sometimiento. (2005) Irregularidades en el Departa- Remitido al Procurador Fiscal del Distrito Judicial mento Planeamiento Urbano, Mao de Mao para sometimiento. (2005) Irregularidades en la Junta Munici- Remitido al Procurador Fiscal del Distrito Judicial pal de Maizal, Mao (2005) de Mao para sometimiento. Manuel Pichardo (2005)

Descargado por la Segunda Sala Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.

Invernaderos (2005)

En fecha 19 de julio del 2007, el Segundo Tribunal Colegiado del D.N., leyó el dispositivo de la sentencia mediante la cual descargó a todos los imputados, quedando pendiente la lectura íntegra de la misma para el día jueves 26 de julio de 2007. El caso todavía se debate en la justicia.

Víctor Manuel Céspedes, ex pro- Ratificado por la Primera Sala de la Corte Penal del curador general de la República D.N., el descargo que pronunció el Primer Tribunal (2005) Colegiado de San Cristóbal en fecha 29 de septiembre de 2006, al ser rechazado el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público, con el voto disidente del magistrado Manuel Hernández Victoria, quien estimó que el recurso de apelación debió de ser acogido. Este caso fue recurrido en casación ante la SCJ, por el DPCA, en fecha 19-7-07.

Bonos soberanos de la CDEE (Cé- Con el voto disidente del magistrado Francisco Orsar Sánchez) (2006) tega Polanco, la Primera Sala de la Cámara Penal del D.N., confirmó en fecha 13 de julio de 2007 el Auto de No Ha Lugar que en fecha 2 de febrero de 2007 emitió el juez del Primer Juzgado de la Instrucción del D.N. Caso pendiente de fallo en la Suprema Corte de Justicia (SCJ). Ministerio Público

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Yorman Solano Vásquez (2006)

Actualmente se encuentra interno en la cárcel pública San Fernando de Montecristi, cumpliendo la condena de (3) años de reclusión menor y el pago de RD$100,000.00 de multa que le impuso la Cámara Penal del Distrito Nacional.

Turbinas de la Fuerza Aérea Dominicana Fueron impuestas medidas de coerción a los imputados y el caso fue de(2006) clarado complejo por la Primera Sala Penal de la Corte de Apelación de la provincia de Santo Domingo.

Cheques pagados por la OMSA a Breica Condenados mediante sentencia No.162-2007, de fecha 25 de mayo de 2007 (2006) del Segundo Tribunal Colegiado de Santo Domingo Oeste, los señores Roberto Génere de Jesús Almánzar y Juan Isidro Contreras Peguero a (3) años de reclusión mayor, para cumplirlos en la Penitenciaría de La Victoria. Además ordena a cada uno a devolver la suma de RD$1,000,000.00 al Estado dominicano y al pago de una indemnización de RD$2,000,000.00, como justa reparación de los daños materiales ocasionados al Estado dominicano. En cuanto a Diógenes Castillo, el mismo fue absuelto por falta de pruebas. Sin embargo, en cuanto a esta parte, el Ministerio Público está recurriendo en apelación. Félix Alcántara, ex director ejecutivo de la Favorecido con un Auto de No Ha Lugar dictado por el Cuarto Juzgado de la CREP (2006) Instrucción del Distrito Nacional.

Departamento de Pensiones y Jubilacio- Fueron impuestas medidas de coerción a los imputados, y el caso fue declanes de la Secretaría de Estado de Hacienda rado complejo por el Quinto Juzgado de la Instrucción del D.N. (2007) Elsa Josefina Cos Zaiter, ex-directora del Fue solicitada en fecha 25 de junio de 2007, por ante la jueza coordinadora Departamento de Relaciones Internaciona- de los juzgados de la instrucción, imposición de medidas de coerción conles de la ONAP sistentes en el pago de una garantía económica de RD$2,000,000.00, impedimento de salida del país y la presentación periódica por ante el Ministerio Público.

Dominga Fabiola Henríquez Herrera, teso- Mediante resolución No.55-2007 de fecha 10 de julio de 2007, el Cuarto Juzrera de la Dirección General de Migración gado de la Instrucción del D.N. le impuso medida de coerción consistente en una garantía económica ascendente a RD$1,000,000.00, impedimento de salida del país sin autorización judicial, y la presentación periódica los días lunes últimos de cada mes por ante el iiscal investigador.

Estadísticas desde 2004 a la fecha Las estadísticas de expedientes recibidos desde el 2004 a la fecha demuestran que la DPCA ha cumplido su misión. La Dirección Nacional de Persecución de la Corrupción Administrativa ha recibido en la presente gestión de gobierno, desde el 2004 a la fecha, 156 expedientes, de los cuales ha concluido 110 y 16 ha recomendado su sometimiento a la justicia, a los fines de que los comprometidos en esos casos respondan por sus hechos ante los tribunales.

Estadísticas del 2004 a la fecha

El DPCA, dirigido por el doctor Octavio Líster Henríquez y el licenciado Hotoniel Bonilla García, recibió de la pasada gestión un total de 107 expedientes, de los cuales algunos se les dieron curso y otros fueron desestimados. De los 156 expedientes recibidos desde el 2004 a la fecha, 110 fueron concluidos, 16 recomendados a sometimientos a los tribunales, 83 desestimados, ocho declinados a otras instancias judiciales y tres sobreseídos.

AÑOS

2004

2005

2006

2007

TOTAL

Expedientes/casos recibidos en la presente gestión

24

82

43

07

156

Expedientes/casos recibidos de gestión anterior Expedientes conluídos

Expedientes con recomendación de sometimiento Expedientes desestimados Expedientes declinados

Expedientes sobreseídos

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107 03 02 01 00 00

*

36 06 25 04 01

*

51 05 40 04 02

*

19 03 17 * *

107 110 16 83 08 03

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Laboratorio Patria Rivas en las aplicaciones de pruebas ADN La prueba ADN de paternidad (filiación), es el método más confiable y preciso para confirmar o refutar la consanguinidad por razones médicas, legales o personales, resolver disputas, ayudar con los procedimientos judiciales y facilitar acuerdos antes de juicio. Las pruebas se basan en análisis muy precisos de las reseñas genéticas de la madre, del niño y del presunto padre. El ácido desoxirribunucleico (ADN), plano genético exclusivo de cada persona que hay en todas las células nucleadas del cuerpo, determina el modelo genético y las características individuales de una persona. El niño hereda la mitad de este modelo de ADN de la madre y la otra mitad del padre. Si se conocen los modelos de la madre y el niño, se pueden deducir los modelos del padre con certeza virtual. Los casos en los cuales tienen mayor aplicación las pruebas de ADN son los siguientes: • Servicio de emigración • ADN para paternidad • ADN para maternidad • ADN para reconstrucción genética • Prueba de abuelidad por ADN • Identificación humana por ADN • Prueba de paternidad prenatal por ADN • Perfil de ADN Prueba de maternidad Una prueba de maternidad de ADN determina si una mujer puede ser la madre biológica de un niño. Al igual que en una prueba de paternidad, se compara el patrón de ADN de un niño con el de su presunta madre para determinar qué tan probable es que el niño haya heredado el ADN de esta madre. Los resultados de las pruebas de maternidad pueden ser utilizados en las siguientes circunstancias: • Para confirmar que el niño adoptado ha sido reunido con su madre biológica. • Para confirmar que un embrión concebido a través de fertilización in vitro fue implantado en la madre correcta. • Para resolver situaciones en las que la madre o el personal del hospital sospechen que ha habido una confusión de bebés.

Reconstrucción genética Consiste en que una serie de pruebas de ADN son conducidas para determinar si una persona está o no relacionada a los parientes cercanos del presunto padre o madre. Esta es una forma indirecta de determinar relaciones familiares cuando un presunto padre o madre no está disponible para una paternidad o maternidad. Los resultados de la reconstrucción genética

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Patria Rivas y Vilma Díaz, del reconocido laboratorio que lleva el nombre de la primera.

pueden ser usados para reclamaciones de herencias y otras, siendo este medio de prueba de mucha aplicación en los casos judiciales y casos de emigración.

Prueba de hermandad Determinar si dos (2) niños comparten uno o ambos padres (por ej. si ellos son medio-hermanos o hermanos de padre y madre). Es una forma indirecta de determinar los parentescos familiares cuando un presunto padre no está disponible para una prueba de paternidad. Los resultados de una prueba de hermandad pueden ser utilizados como prueba en reclamaciones judiciales y casos de emigración. Perfil de ADN Permite obtener un registro de su perfil genético, una única combinación de 16 marcadores encontrados en el ADN que sirve como una identificación genética permanente. Las organizaciones y las personas particulares escogen obtener registro de sus perfil es de ADN en caso de que alguna vez sea necesaria una identificación, como en los ejemplos: • Para asistir en la identificación de personas extraviadas. • Para proporcionar pista sobre el rastro de un ser querido. • Para uso futuro, luego de la muerte de una persona. • Comparar para reclamaciones de hijos en caso de herencias.

Prueba de abuelidad Se realiza cuando el padre ha fallecido, podemos utilizar los abuelos conjuntamente con la madre, el menor y abuelos paternos, obteniendo el verdadero perfil del padre fallecido. Prueba de paternidad prenatal por ADN Los marcadores genéticos para la determinación de paternidad por ADN se

pueden identificar en el feto después de 14 a 20 semanas durante el embarazo, con solo extraer liquido amniótico a la madre. Esta muestra se compara con los perfiles de ADN presentes en el alegado padre y la madre, por ende podemos establecer ciertamente con todo rigor científico que la criatura por nacer guarda o no un vínculo genético con el presunto padre. El perfil de ADN del feto que se utiliza para este estudio se forma en las etapas tempranas del embarazo, permitiendo que la pareja pueda someterse a estos exámenes desde antes de nacer la criatura. El fundamento de los estudios de filiación consiste en que el feto recibe un aporte de un 50% de la madre y un 50% del padre (genes obligados). Cuando en el niño(a) no aparecen esos marcadores que necesariamente debe aportarle el padre biológico, podemos asegurar que la persona examinada no es el padre biológico. El procedimiento en el laboratorio es el mismo que cuando se hace de sangre o células bucales u otra secreción del organismo, la única diferencia es que se hace en las células del feto, que se encuentra en el liquido amniótico (fribo blasto). La extracción de la muestra debe hacerla un gineco-obstetra, es un procedimiento que ya se hace de rutina en embarazadas y de acuerdo con la participación médica. Servicio de emigración En nuestro país tiene mucha aplicación los estudios de paternidad, maternidad, reconstitución genética, abuelidad, etc. El fundamento de utilizar esta prueba para migración es que podemos establecer el vínculo biológico entre las familias cuando una persona fuera del país hace la petición de visa de un familiar. Si las autoridades consulares no están conformes con la documentación, exigen que se establezca mediante la prueba de ADN su vínculo biológico. Ministerio Público

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Explicaciones claves Luis Manuel Paulino Marte Director de Informática PGR lpaulino@procuraduria.gov.do El sistema Justicia Siglo XXI, versión 4.0, es una herramienta tecnológica diseñada de acuerdo al nuevo proceso penal aplicado a partir del mes de octubre del año 2004, en el cual se apoya el Ministerio Público para la preparación y desarrollo de las actuaciones que permiten procesar los casos penales que ingresan a las fiscalías. El sistema maneja varios módulos básicos que se interrelacionan entre sí, como son el caso en su etapa preparatoria y la audiencia preliminar, el expediente en etapa de juicio, los sujetos y los bienes. Dentro del caso, en la etapa preparatoria o de la investigación, se define la fecha en que se inició el proceso; el origen del caso, ya sea a través de una denuncia, querella o conocimiento directo; el fiscal responsable de la investigación, incluyendo la unidad a la cual pertenece, la fecha, hora y relato pormenorizado de los hechos; y la ubicación geográfica o localidad donde ocurrió el hecho punible. Este último dato permite establecer una estadística sobre los tipos de delitos que ocurren en los diferentes sectores de los distritos judiciales donde se implementa el sistema. En este sub-módulo se puede asignar un número único de la fiscalía para poder llevar un orden en el seguimiento de cada caso. Es de igual importancia registrar los sujetos involucrados y las leyes o normas violadas, especificando los artículos con sus literales y numerales del Código Penal Dominicano, y otras leyes especiales. En cuanto al manejo del módulo de sujetos, el sistema tiene como principio el ingreso de un único sujeto, y éste puede ser involucrado en diferentes casos, aún pertenezcan a diferentes distritos judiciales. El módulo de sujeto contiene una cantidad muy amplia de datos con relación al mismo, como son los nombres, apellidos, documentos de identificación, fotografía del sujeto, sexo, fecha y lugar de nacimiento, profesión, nivel académico, lugar de residencia, descripción física detallada, incluyendo los códigos de las huellas dactilares y otros datos más. En cuanto a los sujetos que son arrestados

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sobre Justicia Siglo XXI - V. 4.0 en las diferentes fiscalías, existe una ventana para registrar los detalles de la detención, como son el número de ficha, el centro de reclusión, así como también la fecha y hora del arresto, para poder llevar el control del plazo del apresamiento. Existe un submódulo denominado “actuaciones”, que está contenido dentro de cada caso, el cual refleja las diferentes acciones que toma el Ministerio Público, desde la toma de una denuncia, una solicitud de arresto, allanamiento, medida de coerción o cualquier actuación de carácter investigativo, hasta una presentación de cualquier tipo de acto conclusivo en la audiencia preliminar, así como cada recurso de apelación y casación presentados en cualquier etapa del proceso, incluyendo el juicio. Aquí también se encuentran las recusaciones, testimonios, peritajes, actas de registro y manejo de la evidencia, permitiendo al investigador y litigante guardar un formato digital de los videos, documentos y fotografías que sustentan las pruebas a ser presentadas ante el juez. En cuanto al registro de las medidas de coerción, el fiscal adjunto puede tener, de manera detallada, los diferentes tipos de medidas cautelares solicitadas para cada imputado y, terminada la audiencia, indicar las medidas que fueron negadas, aprobadas o modificadas por el juez. Dentro de las diferentes actuaciones se pueden generar las plantillas o documentos del Ministerio Público. Las plantillas pueden ser una solicitud de allanamiento, acta de denuncia, solicitud de arresto, solicitud de medida de coerción, un archivo, una acusación formal, suspensión condicional del procedimiento, orden de libertad, impedimento de salida, recurso de apelación, recurso de casación, etc. Cada documento toma parte de los datos ingresados en el caso, y los genera automáticamente, como son, las generales de los sujetos y el detalle sobre los hechos, y además, permite adicionar cualquier cantidad de texto necesario ya que se maneja utilizando el programa Microsoft Word. Esta generación automá-

tica de los datos permite que el margen de error en la información del documento se reduzca a un mínimo. Al guardar el documento en el sistema, el usuario dispone de un medio de almacenamiento con mayor seguridad y acceso. Existe una relación directa entre el documento y la actuación donde se genera, para dar mayor claridad a la hora de consultarlo o modificarlo, y brindar una información más homogénea. Otro tipo de plazo que se puede controlar dentro del sistema, es la investigación a través del módulo del Panel de Trabajo, cuyo acceso está restringido a los coordinadores que llevan este tipo de seguimiento. Al conocer el resultado de la audiencia preliminar se registra la decisión con la fecha y el número de la resolución asignado por el Poder Judicial. En el módulo de expediente se incluyen todas las actuaciones en etapa de juicio, el control de las audiencias, así como la sentencia dictada al concluir esta etapa del proceso. La sentencia incluye las sanciones, penas accesorias y multas impuestas por el juez. El sub-módulo de “vistas” permite al fiscal conciliador guardar un registro de todas las reuniones celebradas con las partes, así como el resultado de las mismas. Tanto el sub-módulo de vistas como de audiencias están vinculados a una agenda que le permite a cada fiscal, llevar un control diario al visualizarla en el panel de trabajo. El módulo de bienes dispone de informaciones detalladas que le permite al encargado del Departamento de Evidencias, llevar una relación de cada bien incautado o cuerpo del delito, incluyendo la ubicación del mismo y vincularlo con el caso que le corresponde. Es así como un sistema de gran alcance como lo es Justicia Siglo XXI, le permite al Ministerio Público llevar un orden y registro de cada carpeta correspondiente a cada caso, que es presentado a través de una denuncia, querella o un acta de un ciudadano u organismo auxiliar, en un formato digital.

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Con el aval de la Procuraduría

Ex internos CCRs recibirán préstamos para crear microempresas Veintidós ex internos de un grupo de 40 de diferentes centros de corrección y rehabilitación del país, recibirán préstamos entre RD$15,000 y RD$70,000 con aval de la Procuraduría General de la República para crear microempresas, lo que constituye un hecho sin precedentes en el país. Se trata de personas que estuvieron privadas de libertad, y que al reinsertarse a la sociedad han observado un buen comportamiento, con muestras de efectiva regeneración, superación y aportes a su desarrollo personal, familiar y de la comunidad. El préstamo lo concede a estos ex internos la Fundación Dominicana de Desarrollo (FDD). Tanto la Procuraduría como la Pastoral Nacional Penitenciaria han servido de aval. Se procura que los internos puedan crear sus propios negocios y se constituyan en un ejemplo para las personas privadas de libertad que salen de los centros penitenciarios. Estas acciones forman parte del Nuevo Modelo Penitenciario que implanta la Procuraduría General de la República. Ya operan 9 centros de corrección y rehabilitación dentro de esta modalidad, y otros cinco están en proceso de construcción y rehabilitación. Al ofrecer la información, el máximo representante del Ministerio Público, Radhamés Jiménez Peña, sostuvo que en la historia de la República Dominicana nunca antes se había prestado tanta atención en resolver problemas tan olvidados por los gobiernos y la misma sociedad. El procurador general de la República habló en el acto de inauguración del Primer Diplomado Internacional de Atención Postpenitenciaria, donde también se entregó certificados de reconocimiento a ex internos. La actividad fue organizada el pasado mes de noviembre por la Escuela Nacional Penitenciaria (ENAP). “Se entendía que el preso no era gente, que por estar una persona privada de su libertad perdía su condi-

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El magistrado Radhamés Jiménez Peña, en compañía de Roberto Santana, director de la ENAP; Fray Arístides Jiménez Richardson, coordinador de la Pastoral Penitenciaria, durante el acto de entrega de certificados a ex internos de diferentes centros penitenciarios.

ción humana. Eso no es así, merecen una segunda oportunidad”, dijo. Destacó que en esta gestión del presidente de la República, doctor Leonel Fernández, a quien definió como un civilista y humanista, su gobierno retoma la responsabilidad del Estado de devolver como entes de bien y productivos a las personas privadas de libertad, luego de que cumplen sus condenas. “Este es un compromiso que tienen las autoridades de devolver hombres y mujeres en condiciones de aportar al país, luego que salen de los centros penitenciarios”, agregó el procurador. Garantizó que mientras esté al frente de la Procuraduría, impulsará todos los esfuerzos necesarios para ingresar al Nuevo Modelo Penitenciario las hacinadas e inhumanas tradicionales cárceles del país. Al culminar esta gestión del presidente Fernández, dijo, más del 50% de las 37 cárceles del país operarán dentro del nuevo modelo, con programas diversos para la regeneración y actividades productivas que formen al interno. Además del procurador general de la Republica, integraron la mesa de presentación, el coordinador nacional de la Pastoral Penitenciaria, fray Arístides Jiménez Richardson; el director

de la ENAP, Roberto Santana; el juez de ejecución de la pena, Rafael Báez; el sacerdote Rafael Taveras, el representante de la FDD, Lenín Pacheco, y Sor Magdalena. Jiménez Richardson resaltó el rol de la prensa en el proceso de reforma penitenciaria del país, “la participación de los medios de comunicación ha sido fundamental para contrarrestar vejámenes y otras situaciones que históricamente se han presentado en las cárceles del país”, dijo. El Primer Diplomado Internacional de Atención Postpenitenciaria se desarrolló con el propósito de recabar la experiencia nacional e internacional acumulada hasta el momento, en lo que tiene que ver con la reinserción a la sociedad de los ex internos. La atención postpenitenciaria es de primer orden en el proceso de rehabilitación social del interno, ya que garantiza que esa persona no se constituirá en un peligro para la sociedad. En este proceso de ayuda postpenitenciaria tiene el liderazgo la Casa del Redentor que impulsa Jiménez Richardson. Ya funcionan seis centros, dos en Santo Domingo, y los demás en La Vega, Baní, Santiago y San Cristóbal. Ministerio Público

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Fiscalía de La Romana

Rompiendo paradigmas por una justicia ágil y cumplida José Ant. Polanco Ramírez Procurador fiscal de La Romana jpolanco@procuraduria.gov.do Al asumir la dirección de la Fiscalía de la provincia de La Romana, conociendo el reto a que nos enfrentábamos, nos propusimos alcanzar tres objetivos primordiales, que son, en primer lugar, el adecentamiento de esta unidad tanto en su estructura física como en el aspecto humano, en segundo orden, establecer un programa de protección a las víctimas y a los testigos inmersos en un proceso penal; y por último, asegurar el respeto y cumplimiento fiel del debido proceso de ley. Siendo La Romana una de las tres unidades pilotos donde primero se implementó el Nuevo Modelo de Gestión de Fiscalía, iniciamos realizando una reingeniería en cuanto a la planta física, habilitando nuevos espacios que nos permitieron adecuar de manera decente el área, a fin de garantizar al usuario comodidad e intimidad para sus requerimientos, a diferencia de tiempos anteriores, donde los fiscales recibían a varias personas en una sola oficina sin ninguna privacidad, o en el mejor de los casos, en los pasillos del edificio. Hoy hemos logrado habilitar esta fiscalía con equipos técnicos modernos y mobiliarios suficientes, para ofrecerles a las personas un servicio adecuado y ágil como lo demandan los nuevos tiempos. Otro de los logros alcanzados es la creación del Fiscal Conciliador, donde los usuarios del sistema tienen acceso de manera pronta y directa a la fiscalía para dirimir sus desavenencias y resolverlas por esta vía alternativa. Es preciso señalar, que en estos tres años de gestión hemos logrado devolver la credibilidad al Ministerio Público, debido al comportamiento de cada

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Ministerio Público

José Antonio Polanco Ramírez, procurador fiscal de La Romana.

uno de sus miembros, dando muestra de responsabilidad, honradez y capacidad, lo que ha dado como resultado que las personas acudan a la fiscalía en busca de una solución a sus problemas.

Protección a las víctimas y testigos

Siendo el Ministerio Público el organismo institucional del Estado con una responsabilidad de primer orden en el proceso penal, y que en sus hombros descansa la misión de velar por la protección a las víctimas y a los testigos que participan en un proceso, ha implementado, en coordinación con la Policía Nacional, un plan estratégico de seguridad, garantizando así su asistencia a los requerimientos de la justicia y evitando que los hechos punibles cometidos en esta provincia no queden impunes.

El debido proceso de ley Un estandarte de esta fiscalía es la observación, vigilancia y respeto al debido proceso de ley que enarbolamos día a día, ya que es obligación nuestra el cumplimiento de los plazos establecidos por la normativa procesal, con lo que evitamos su perención, así como garantizar el respeto de los derechos fundamentales de los imputados, desde su detención hasta el conocimiento del juicio oral. En este sentido, los jueces de nuestra jurisdicción nunca han tenido que declarar la extinción de la acción pública por haber prescrito el plazo que tiene el Ministerio Público para formular su acusación o cualquier otro acto conclusivo.

Sistema Justicia XXI y transparencia

Justicia XXI es un sistema digital a

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tiempo real, que se utiliza como un soporte para los operadores del mismo, por lo que a partir de febrero de 2007, la Fiscalía del Distrito Judicial de La Romana adopta este sistema como un mecanismo para garantizar el rápido acceso a la información con relación a las investigaciones realizadas por ésta, de manera que los operadores pueden tener un efectivo control de los casos. Este sistema ha venido a dinamizar el trabajo en el manejo y procesamiento de los casos, y además permite tener un mayor control de la labor realizada por los fiscales adjuntos y los secretarios, logrando eliminar en más de un 80% los trabajos manuales, con la finalidad de transparentar el trabajo realizado, puesto que este sistema advierte cualquier anomalía que se pueda presentar, así como el vencimiento de los plazos establecidos por el Código Procesal Penal en cada una de las etapas del proceso. Otra de las ventajas de Justicia XXI es que nos permite ir monitoreando los trabajos que se van realizando en el día, tanto del fiscal que se encuentra en turno en la Policía como el de los demás fiscales adjuntos en sus respectivos despachos.

Katy Batista Polanco, Deyvi Rodriguez Gil y Engels Joel Mercedes del personal de apoyo de la Fiscalía de La Romana.

Funcionamiento

El fiscal de turno en la Policía se apodera de los casos del día, se lo remite al secretario para que éste lo introduzca al sistema, quien está interconectado con la fiscalía, lo que le permite que pueda darle seguimiento a sus casos. La secretaria de recepción está encargada de recibir a las personas que se presentan en busca de un servicio, toma la denuncia o querella y lo envía al fiscal de turno a través del sistema, y éste decide si envía el caso a la Unidad de Conciliación o solicita una medida de coerción. Cuando el caso es enviado a la Unidad de Conciliación, el Fiscal Conciliador recibe la denuncia a través del sistema, escucha a las partes y promueve la conciliación. Si ésta se produce, queda registrada en el sistema, en caso contrario se levanta una acta de no conciliación y se lo devuelve al fiscal de turno, quien a su vez recibe el caso y procede a apoderar al Juez de la

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Basilio Reyes Pache, fiscal adjunto de la Unidad de Conciliación, atiende a un usuario.

Instrucción correspondiente para solicitar la medida de coerción, indicando los datos personales del imputado, el relato del hecho, la calificación jurídica y los elementos de pruebas. Una vez que el juez de la instrucción haya conocido la solicitud de la medida de coerción, el fiscal procede a registrar en el sistema la medida que le fue aplicada al imputado, por lo que queda registrada la fecha de vencimiento de la misma, el recinto carcelario donde ha sido recluido, y si está en libertad se hace constar el estado del sujeto. El fiscal titular en su condición de gerente de la fiscalía, puede monitorear desde su despacho a través de su computador, el trabajo que realiza cada uno de los actores u operadores del sistema, y tener así un control de todos los casos y del trabajo que se lle-

va a cabo en la fiscalía. Es importante señalar que el sistema Justicia XXI es realmente novedoso y útil, pues nos permite además, programar las audiencias y registrar el resultado de las mismas; de esta forma genera los plazos a que está sometido cada caso, y muestra una alerta al fiscal a través del método de estadísticas de las audiencias. Consideramos que este avance tecnológico es un gran apoyo a la fiscalía, ya que puede generar todas las plantillas necesarias, sólo teniendo acceso a la opción correcta y de una forma rápida genera el documento requerido. En su opción actuaciones, contiene diferentes ciclos, los cuales podemos utilizar en la toma de nuestras decisiones como son: acto conclusivo, medida de coerción, audiencia preliminar y juicio, entre otros. Ministerio Público

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En La Romana Descuella labor judicial del Ministerio Público En último tres años logra decenas de sentencias condenatorias Los jueces hablan por sentencias y los ministerios públicos por dictámenes. Son las dos alas de la justicia dentro del modelo de derecho que prevalece en el sistema jurídico dominicano. Es una obligación de todo representante del Ministerio Público recibir los casos, investigarlos y si hay méritos para ello, instrumentar los expedientes y apoderar a una jurisdicción competente. Ya en juicio, el representante del Ministerio Público, en rol de fiscal, debe esmerarse para mantener la acusación y demostrar con las evidencias y las pruebas adquiridas por los medios legales, que además de cometido, el delito debe ser sancionado como forma de escarmiento social y reparación de los derechos de las víctimas. En la jurisdicción de La Romana, el Ministerio Público descuella por su dinamismo en los tribunales, donde en los últimos tres años ha logrado importantes sentencias, merced al trabajo de su Procuraduría Fiscal, dirigida por el magistrado José Antonio Polanco Ramírez, quien es asistido por un equipo de fiscales adjuntos compuesto por los magistrados Héctor Julio Matos de la Cruz, Víctor Enrique Henríquez Gil, Ingrid Pamela Rijo Caraballo y Richard Güílamo Cedano. Los avances obtenidos por el Ministerio Público en La Romana a través de los resultados en los tribunales, tienen mucho que ver con el proyecto Justicia XXI que impulsa en esa y otras jurisdicciones del país, la Procuraduría General de la República.

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Ministerio Público

Los fiscales adjuntos Victor E. Henríquez G. y Richard Güílamo Cedano.

Justicia XXI es un sistema digital a tiempo real que se utiliza como un método de apoyo para los ministerios públicos, y garantiza el rápido acceso a la información en relación a las investigaciones realizadas, de manera que los fiscales puedan tener un efectivo control de los casos en que trabajan.

Casos-sentencias

1.-Proceso seguido a Bienvenido Marte García, quien está acusado de violar las disposiciones de los artículos Nos.330 y 331 del Código Penal , modificado por la Ley 24-97, y los artículos nos. 50 y 56 de la Ley 36 sobre porte y tenencia de armas, en perjuicio de Nancy Margarita Jiménez Montero y de la menor de 12 años RRR, resultando el imputado Bienvenido Marte García

condenado a 20 años de reclusión mayor y una multa de RD$200,000.00, así como al pago de las costas del proceso que fue conocido por el Primer Tribunal Colegiado de Primera Instancia del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís, sentencia No.04-2007, de fecha 12 de enero de 2007. El Ministerio Público fue representado por el doctor Héctor Julio Matos de la Cruz 2.-Proceso seguido a Wellinstong Valdez Fortuna (e. n.), el cual está acusado de violar las disposiciones de los artículos Nos. 295 y 304 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondía al nombre de Claudio Morla Berroa (a) Danny, resultado el imputado condenado a 20 años de reclusión mayor, proceso que lo conoció el Primer Tribunal Colegiado de Primera

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El magistrado Polanco Ramírez acompañado de sus fiscales adjuntos, Ingrid Pamela Rijo, Victor E Henríquez, Basilio Reyes, María Magdalena Polanco, Hector Julio Matos, Richard Güílamo Cedano, entre otros.

Instancia del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís, en fecha 19 de octubre de 2007. El Ministerio Público estuvo representado por el doctor Héctor Julio Matos de la Cruz. 3.-Proceso seguido a Domingo Enrique Lake Leonardo, quien está acusado de violar las disposiciones de los artículos Nos. 295 y 304, en perjuicio de su hermano Julio César Leonardo (fallecido), resultando el imputado condenado a 20 años de reclusión mayor, proceso que lo conoció el Primer Tribunal Colegiado de Primera Instancia del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís, en fecha 9 de marzo 2007, sentencia No. 41-2007. El Ministerio Público estuvo representado por el doctor Héctor Julio Matos de la Cruz. 4.-Proceso seguido a Rufy Alexander Mercedes del Rosario, acusado de violar las disposiciones de los artículos Nos. 59, 60, 295, 296, 304, 379 y 382 del Código Penal en perjuicio de la ciudadana belga María Teresa Dubuisson, resultando el imputado condenado a 20 años de reclusión mayor, proceso que lo conoció el Primer Tribunal Colegiado de Primera Instancia del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís, en fecha 02 de marzo de 2007, sentencia No. 31-2007. El Ministerio Público estuvo representado por el doctor Héctor Julio Matos de la Cruz.

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5.-Proceso seguido a la ciudadana francesa María Isabel Fuente Cazador, acusada de violar las disposiciones contenidas en los artículos 5-b, 4-d y 75 párrafo 11 de la Ley 50-88, en perjuicio del Estado dominicano, resultando la imputada condenada a 12 años de reclusión mayor y al pago de una multa de RD$ 200,000.00, así como al pago de las costa del proceso que fue conocido por el Primer Tribunal Colegiado de Primera Instancia del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís, en fecha 02 de marzo de 2007, sentencia No. 32-2007. El Ministerio Público estuvo representado por el doctor Héctor Julio Matos de la Cruz 6.- Proceso seguido a Ivonne Heredia Mendoza, Modesto Alberto Leonardo (a) Pachá, y Francisco Alberto Hidalgo Durán (a) Wilkin, en el Primer Tribunal Colegiado de Primera Instancia del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís, acusado de violar las disposiciones de los artículos 265 y 266 del Código Penal Dominicano, así como 1, 2, y 3 de la Ley No. 583 del 27 de junio de 1970, sobre secuestro, en perjuicio del menor de edad Federico Antonio Hernani Guerrero Benítez, donde el encartado fue condenado a 30 años de reclusión mayor y al pago de las costas penales del proceso, mediante la sentencia No. 215-2007, de fecha 12 de enero de 2007, estando representado el Ministerio Público por

el magistrado José Antonio Polanco Ramírez. 7.- Proceso seguido en contra del imputado Willy Alexander Peña Gervacio, acusado de violar los artículos 330, 331 y 332 del Código Penal Dominicano, que tipifican la violación sexual e incesto, en perjuicio del menor Ricardo Javier Peña Sarmiento, el cual fue condenado a quince 15 años de reclusión mayor y al pago de una multa de RD$100,000.00 según sentencia No. 20-2006, de fecha 31 de marzo de 2006, emanada del Primer Tribunal Colegiado de Primera Instancia del Departamento de San Pedro de Macorís. 8.- Proceso seguido en contra del imputado José Manuel Montero, acusado de violar los artículos 265, 266, 379 y 385 del Código Penal Dominicano, sobre robo calificado y asociación de malhechores en perjuicio de Rafael Molina, Yokasta Guerrero, Mildred Peguero y Maite Berenice Pérez. El imputado fue condenado a 15 años de reclusión mayor, según sentencia No. 210-2006, de fecha 31 de marzo de 2006, emanada del Primer Tribunal Colegiado de Primera Instancia del Departamento de San Pedro de Macorís. 9.-Proceso seguido en contra del imputado Domingo Antonio Zorilla, acusado de violar los artículos 265, 266, 379 382 y 385 del Código Penal Dominicano sobre robo calificado y la Ministerio Público

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asociación de malhechores en perjuicio de Noberto Valerio. El imputado fue condenado a quince (15) años de reclusión mayor, según sentencia No. 77-2007, de fecha 27 de abril de 2007, emanada del Primer Tribunal Colegiado de Primera Instancia del Departamento de San Pedro de Macorís. 10.- Proceso seguido en contra del imputado Jairo Tuner Baltasar, acusado de violar los artículos 295 y 304 párrafo II del Código Penal Dominicano, sobre homicidio voluntario en contra de quien en vida respondía a Andrés Vicente Silva Coats, y en consecuencia se le condena a 15 años de reclusión mayor, mediante sentencia No. 7160-2007, de fecha 17 de agosto de 2007, emanada por el Primer Tribunal Colegiado de Primera Instancia del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís, estando representado el Ministerio Público por el doctor Víctor Enrique Henríquez Gil. 11.- Proceso seguido en contra del imputado Miguel de Jesús Henríquez Torres, acusado de violar los artículos 330 y 331 del Código Penal Dominicano, que tipifica la violación sexual en perjuicio de la menor de edad Diana Carolina Ovalle Herrera, condenado a 20 años de reclusión mayor y al pago de una multa de RD$100,000, mediante sentencia No. 06-2007, de fecha 12 de enero de 2007, emanada por el Primer Tribunal Colegiado de Primera Instancia del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís, estando representado el Ministerio Público por el doctor Víctor Enrique Henríquez Gil. 12-Carlos Manuel de León Mercedes y Rafael Parra Parra, violación a los artículos 1, 2 de la Ley 583, condenado a 30 años mediante sentencia No. 158-2007, de fecha 3 de agosto de 2007, dictada por el Primer Tribunal Colegiado de Primera Instancia del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís. 13-Alison de los Santos, violación a los artículos 330, 331 del Código Penal, condenado a 20 años y multa de doscientos mil pesos, sentencia No.191 -2007, de fecha 14 de septiembre de 2007, dictada por el Primer Tribunal Colegiado de Primera Instancia del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís.

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Ministerio Público

14-Jesús Pérez Rincón, Félix Manuel Donasrg, Gustavo Pion Nolasco, violación de los artículos 4-d, 5-a, 60 y 75 párrafo ii de la Ley 50-88, condenados a 15 años y cincuenta mil pesos de multa, sentencia No. 195-2007, de fecha 21 de septiembre de 2007, dictada por el Primer Tribunal Colegiado de Primera Instancia de San Pedro de Macorís. 15-Juan Gabriel Medina, violación a los artículos 379 y 382 del Código Penal, condenado a 15 años, sentencia No.199 -2007, de fecha 28 de septiembre de 2007, dictada por el Primer Tribunal Colegiado de Primera Instancia del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís. 16-Joselin Acosta Florián, violación a los artículos 265, 266, 379, 382, 383 del Código Penal, condenado a 15 años, sentencia No. 23 -2007, de fecha 31 de marzo del año 2006, dictada por el Primer Tribunal Colegiado de Primera Instancia del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís. 17-Freddy Antonio Herrera Núñez, violación a los artículos 295 y 304 del Código Penal, condenado a 15 años, sentencia No. 135-2007, de fecha 6 de julio de 2007, dictada por el Primer Tribunal Colegiado de Primera Instancia del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís. El Ministerio Público estuvo representado por Richard Güílamo Cedano. 18-Sandy Rivera Castro, violación a los artículos 379 y 382 del Código Penal, condenado a 10 años, sentencia No. 71-2007, de fecha 13 de abril de 2007, dictada por el Primer Tribunal Colegiado de Primera Instancia del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís. 19-Juan Mendoza, violación a los artículos 4-d, 5-a y 75 párrafo ii de la Ley 50-88, condenado a 10 años y cincuenta mil pesos de multa. 20-Pedro Álvarez Martínez, violación a los artículos 330, 331 del Código Penal, condenado a 10 años y diez mil pesos de multa. 21-Mario Feliciano Cayetano, violación a los artículos 330, 331 del Código Penal, condenado a 10 años y 10 mil pesos de multa. 22-Deiby Núñez Castillo Leonardo, violación a los artículos 295 y 304 pá-

rrafo ii del Código Penal, condenado a 10 años. 23-Freddy Antonio Herrera Núñez, violación a los artículos 295 y 304 del Código Penal, condenado a 15 años. 24-Juanqui Joselvi Guzmán Ramírez, violación a los articulo 379 y 382 del Código Penal, condenado a 10 años. 25- Proceso seguido a Domingo Segura Alcántara, en el Primer Tribunal Colegiado de Primera Instancia del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís, acusado de violar las disposiciones de los artículos 4A, 5A, y 75 II de la Ley 50-88, sobre drogas y sustancias controladas, en perjuicio del Estado dominicano, donde el encartado fue condenado a 15 años de reclusión mayor y al pago de las costas penales del proceso, mediante la sentencia No. 56-2007, de fecha 23 de marzo de 2007, estando representado el Ministerio Público por Ingrid Pamela Rijo Caraballo. 26-Proceso seguido a Alexander Batista Ruiz, en el Primer Tribunal Colegiado de Primera Instancia del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís, acusado de violar las disposiciones de los artículos 295 y 304 párrafo II del Código Penal Dominicano, en perjuicio de Dioni Yedy Medina, donde el encartado fue condenado a 10 años de reclusión mayor y al pago de las costas penales del proceso, mediante la sentencia No. 178-2007, de fecha 24 de agosto de 2007, estando representado el Ministerio Público por la Magistrada Ingrid Pamela Rijo Caraballo. 27- Proceso seguido a Rudy Jiménez Guerrero, en el Primer Tribunal Colegiado de Primera Instancia del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís, acusado de violar las disposiciones de los artículos 4A, 5A, 6A y 75 II de la Ley 50-88, sobre drogas y sustancias controladas, en perjuicio del Estado dominicano, donde el encartado fue condenado a ocho años de reclusión mayor, al pago de una multa de RD$30,000.00 y al pago de las costas penales del proceso, mediante la sentencia No. 114B-2007, de fecha 15 de junio de 2007, estando representado el Ministerio Público por la magistrada Ingrid Pamela Rijo Caraballo.

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Proyecto Ámbar, lo único y moderno

Mejorando los servicios públicos para beneficio de la ciudadanía La Secretaría General de la Procuraduría General de la República ha logrado implementar mejoras en los servicios, centralizando en un solo departamento la atención al público, la cual ha sido ampliada y modernizada a través del desarrollo del Proyecto Ámbar. Esta iniciativa tiene como objetivo general diseñar e implantar un nuevo modelo de gestión de servicios públicos, que incremente el grado de satisfacción de los usuarios o ciudadanos y facilite y consolide la conexión de la ciudadanía con el organismo rector del Ministerio Público. El proyecto se enmarcada en la estrategia del Estado de modernización de los servicios públicos, por ello en el año 2005, la Procuraduría General de la República suscribió un acuerdo con el Programa de Apoyo a la Reforma y Modernización del Estado (Pro-Reforma), para el diseño e implantación de este modelo de gestión, con el financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). El Proyecto Ámbar fue inicialmente contemplado para implantarse en cinco (5) instituciones del Estado dominicano, siendo la Procuraduría General de la República pionera en su ejecución, lo que la convierte en institución piloto y caso de estudio para otras organizaciones públicas a nivel nacional e internacional. En ese tenor, la Procuraduría General de la República fue invitada como exponente en el XII Congreso Internacional del Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo (CLAD), sobre Re-

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Antecediendo a la firma del convenio e implantación del modelo de gestión, la Secretaría General inició un proceso de mejora de los servicios públicos. Este proceso fue realizado con los recursos disponibles en la institución, sin embargo, pudo superarse una de las deficiencias de los servicios (el tiempo de espera), logrando alcanzar mejoras considerables con la disminución del tiempo de respuesta, como se muestra en las gráficas que figuran a continuación: Gladys Sánchez, secretaria general de la Procuraduría.

forma del Estado y Administración Pública, siendo representada por la secretaria general y coordinadora del proyecto, licenciada Gladys Sánchez Richiez, quien obtuvo excelentes críticas y solicitudes de intercambio de

mejores prácticas por parte de otros Estados de América Latina. Situación de los servicios antes de las mejoras Antes de la aplicación de las mejoras, los servicios públicos de la Procuraduría General de la República se ofrecían en las siguientes condiciones:

Implantación del Modelo: Equipo de Mejoramiento

Enseñando a pescar Uno de los elementos novedosos del Proyecto Ámbar ha sido la utilización de talento humano de la institución en cada fase del proyecto, desde el diseño hasta la ejecución. La visión de Pro-Reforma fue crear y dejar establecido en las instituciones seleccionadas, equipos multidisciplinarios de alto perfil que pudieran desarrollar las capacidades y competencias necesarias para implantar el proyecto, ser agentes de cambio dentro de la institución y poder colaborar con otros planes futuros de la entidad estatal. En consonancia con el antiguo y conocido proverbio “mejor que dar el pescado es enseñar a pescar”, el equipo de mejoramiento fue sometido a un intenso programa de capacitación, contando además con la asistencia de consultores especialistas en diferentes materias que, en lugar de entregar productos puntales, realizaron transMinisterio Público

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los servicios que ofrece la Procuraduría General y sus dependencias. Este sistema también contempla la gestión de las reclamaciones (quejas y sugerencias de los usuarios); estándares, protocolos y normativas de prestación

ferencia de conocimientos “enseñando a pescar” y elevando el nivel profesional de los miembros del equipo. Como parte de esta novedosa metodología, se pidió a todos los integrantes de las instituciones seleccionadas para la implantación del modelo, que definieran la imagen, misión y valores del equipo para lograr la identificación con el proyecto y la integración de las instituciones. En principio, el equipo de la Procuraduría General estuvo integrado por analistas de calidad, procesos, tecnología, recursos humanos, comunicaciones, legal, una administradora y una coordinadora de proyecto, seleccionados entre profesionales con alto grado de responsabilidad en sus funciones dentro de la institución, que iniciaron el desarrollo del proyecto en adición a sus funciones y sin más retribución o motivación que el alto sentido patriótico de hacer una institución más fuerte, y la esperanza de extrapolar esa fortaleza a toda la nación a través de otras instituciones gubernamentales donde se implantara el nuevo modelo de gestión de servicios públicos. Para algunos la carga de trabajo fue insostenible y en los primeros meses de ejecución del proyecto, solo se contaba con cuatro (4) miembros que, en algunos casos, se dedicaron a tiempo completo al proyecto dejando sus antiguas funciones. Hoy estos miembros integran las posiciones de mayor jerarquía dentro del Departamento de Gestión de Servicios al Ciudadano (DEGESEC) apoyado por un equipo de personal capacitado en diversas especialidades, creado para asegurar la sostenibilidad del modelo de Gestión de Servicios Públicos y el desarrollo del Proyecto Ámbar. Son personas dinámicas, entusiastas y muy identificadas con la institución, quienes han venido

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a inyectar energías al equipo original en la postrimería de este ambicioso proyecto, que ya cumple dos (2) años. La Colmena, como inicialmente se identificó al equipo del personal que trabaja en el mejoramiento de los servicios, ha sembrado en otros el sentido de pertenencia e identificación con la institución. Cambiar paradigmas ha sido su norte, realizando talleres de integración, capacitaciones y campañas de comunicación interna y externa por medio de boletines y brochures informativos, logrando difundir su identidad en la sede central de la Procuraduría, divulgando la naturaleza de sus funciones y el objetivo del Proyecto Ámbar.

Modelo conceptual

El modelo conceptual fue diseñado por la consultora Marisol Castillo Sánchez, profesional con basta experiencia en reingeniería de procesos y medición de calidad, quien ha acompañado al equipo de mejoramiento en cada una de las fases del Proyecto Ámbar. El modelo se basa en cuatro componentes básicos: Sistema de atención, integra-

del servicio; medición de la calidad; descentralización de las oficinas de atención; múltiples canales de acceso a los servicios (presencial, internet, telefonía a través de la Oficina Presidencial de Tecnología de la Información y la Comunicación); y facilidades en las plantas físicas, en especial para usuarios discapacitados. Optimización de los procesos y mejoramiento continuo, mediante la selección y priorización de los casos para el posterior análisis, rediseño y automatización, contemplando puntos de control de calidad, capacitaciones e implementación de procesos de mejora continua. Carta de servicios o de derecho de los ciudadanos. El modelo contempla la elaboración, implantación y comunicación de una carta de servicios, que según se define en el modelo conceptual “es un documento corto y

do por medios de información, entre ellos una guía de servicios donde los usuarios podrán encontrar definición, costos, locales de atención, y otros elementos importantes para acceder a

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sencillo que establece claramente los servicios que serán provistos por la institución, sus estándares de calidad, la forma de contacto con la organización, cómo presentar quejas y cuáles son las medidas o mecanismos de atención a los ciudadanos. Es decir, por medio a este documento, el ciudadano puede formarse expectativas claras y objetivas sobre la calidad de los servicios. “La carta de servicio constituye un contrato entre las instituciones y los ciudadanos”. Aseguramiento y control de la calidad. Para el desarrollo de este componente se contempla la instala-

ción de una Unidad de Control de Procesos y Calidad, que trace estrategias orientadas a los usuarios, y comprometa e involucre a toda la organización, mediante acuerdos de servicios con suplidores internos.

Ejes de apoyo

Para el desarrollo de cada componente, el modelo se apoya en cinco ejes fundamentales: Reingeniería de procesos: realizada conjuntamente con los funcionales de cada proceso desde la fase de levantamiento hasta el rediseño de los procesos, consiguiendo el desarrollo de este objetivo de forma efectiva y disminuyendo la resistencia al cambio.

El proyecto contempla los siguientes servicios: • Certificaciones Generales • Antecedentes Judiciales • Asociaciones sin Fines de Lucro (ONG´s) • Legalización de Firmas • Trámites para Exequátur de Abogados. • Impedimentos de Salida.

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Gladys Sánchez, secretaria general de la Procuraduría, acompañada del equipo de trabajo del Proyecto Ambar, integrado por Silvana Gálvez, Gladys Reynoso, Carmen del Villar, Adriana Torres e Isaac Domínguez.

La proyección es extender el modelo de gestión de servicios públicos a todos los departamentos de la institución que brindan asistencia a la ciudadanía. Una vez finalizado el proyecto, esta tarea será responsabilidad del DEGESEC. Desconcentración de las operaciones con el fin de que los usuarios del interior del país puedan tener acceso a los servicios sin necesidad de desplazarse al Distrito Nacional, se contempla instalar Centros de Atención al Usuario regionales. En esta primera etapa se instalarán dos centros, uno en el Distrito Nacional y otro en Santiago de los Caballeros. El DEGESEC será responsable de la instalación de nuevos centros donde se implante el modelo de gestión. Recursos Humanos. Para ofrecer servicios de calidad, es necesario contar con personal calificado y competente, por ello, uno de los ejes fundamentales y objetivo estratégico del proyecto es la gestión humana, pues el talento humano es el soporte del modelo. Como parte de este objetivo se definió la estructura del DEGESEC consu manual de organización y funciones, así como el manual de perfiles de competencias. Este departamento ha sido creado mediante resolución 008, del 16 de febrero del presente año. También se ha establecido un sistema de medición del desempeño, basado en indicadores y estándares de cumplimiento, sustentado en un sistema de motivación e incentivos al personal de servicio, con el cual se

persigue ofrecer a los empleados el trato que queremos que dispensen a los ciudadanos. Asimismo, se han establecido mecanismos de comunicación efectiva, para conocer las quejas o sugerencias del personal y un plan de capacitación continua. Para el reclutamiento del personal, se ha dado prioridad al personal que actualmente presta los servicios y realizando concursos internos. Infraestructuratecnológica Todo el proyecto está sustentado en sistemas de información, aumentando en un 56% la plataforma tecnológica de la PGR, con la inclusión de nuevos equipos, tanto centrales como de procesamiento, que no solo beneficiarán al DEGESEC, sino a toda la institución. La digitalización masiva de do-

cumentos es un ejemplo de ello, pues por medio a un sistema de administración documental, los miembros de la institución podrán consultar en línea todos los documentos que reposan en el archivo central de la Procuraduría General de la República. En la actualidad, este sub-proyecto se está Ministerio Público

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desarrollando en la sede central, con el financiamiento conjunto de la Procuraduría General y Pro-Reforma y con un equipo de personal temporal que trabaja en dos turnos, desde las 8:00 a.m. hasta las 10:00 p.m. Administración de turno y manejo de cola. Este sistema permite que los usuarios escojan el turno según la categoría de servicio, el trámite o la transacción que desean utilizar. Cuenta con impresoras para la generación de tickets que pueden adaptarse a la configuración que se desee aplicar, uso de pantallas de display y de TV, así como sistemas de audio que permiten atraer la atención de los usuarios y dirigirlos a la ventanilla de atención correcta. Las pasarelas de pago o aplicaciones TPV (Terminal Punto de Venta), permiten que los usuarios puedan realizar el pago de sus servicios utilizando una tarjeta de crédito y validando la operación de forma automática, en tiempo real y en línea. La plataforma de pago adquirida por Pro-Reforma es tan amplia que tiene la capacidad para ser utilizada por la Procuraduría General de la República y otras instituciones del Estado. Sistema de Administración de Procesos (Business Process Management), permite modelar, automatizar, manejar y optimizar los procesos rediseñados en la primera etapa del proyecto. El objetivo es incrementar la eficiencia y calidad con la que se prestan los servicios públicos, permitiendo conocer la cantidad de transacciones realizadas por el personal operativo, el tiempo que tarda cada representante en atender las tareas asignadas, entre otros indicadores, para el control y cumplimiento de los estándares definidos. Inteligencia de Negocios (Busi-

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ness Intelligent). Por medio de esta herramienta, el DEGESEC y los niveles estratégicos de la institución podrán tomar decisiones correctas sobre los servicios, basadas en el análisis de datos acumulados por ellos.

Departamento de Gestión de Servicios al Ciudadano

Desde sus inicios, el Proyecto Ámbar contemplaba la creación de un organismo dentro de la institución, que garantizara la sostenibilidad del modelo de gestión de servicios públicos y que velara por la mejora continua de dicho modelo. Por ello, el 16 de febrero del presente año y mediante resolución del Procurador General de la República, se creó el DEGESEC, como una dependencia de la Secretaría General, cuyo objetivo principal es “ser el ente rector y representante de los servicios que ofrece la Procuraduría General de la República y sus dependencias, de cara a la ciudadanía”. Principales logros En nueve (9) meses de existencia del DEGESEC, se han obtenido los siguientes logros: Corrección de distorsiones en el precio de los servicios a nivel nacional, mediante la firma de la resolución 012, de fecha 6 de marzo de 2007, se establece por primera vez una tasa institucional, estandarizándola a todos los servicios y con aplicación a nivel nacional. Políticas de Antecedentes Judiciales, establecidas mediante resolución 0057, de fecha 28 de septiembre de 2007, que regulan el procedimiento de “retiro de fichas”, la confidencialidad de las informaciones, el derecho a la reinserción social de las personas liberadas, entre otros. Reglamento para el manejo de las recaudaciones por concepto de tasa institucional aplicada a los servicios de la Procuraduría General de la República, establecido mediante resolución 0031, de fecha 2 de mayo de 2007. Con este reglamento se establece que un porcentaje de las recaudaciones por concepto de tasa institucional, sea destinado a la mejora de los servicios en beneficio de los contribuyentes. Expedición de Certificado de Antecedentes Judiciales en 15 minutos:

con la firma del decreto Núm. 122, de fecha 8 de marzo de 2007, que crea el Reglamento sobre Registro de Datos de Personas con Antecedentes Delictivos, otorgando a la Procuraduría General la expedición del papel de antecedentes judiciales, el DEGESEC aplicó mejoras rápidas al servicio de Antecedentes Judiciales, que se brinda en la sede central a solo horas de haber sido notificado.

Próximos pasos El Proyecto Ámbar se encuentra en su fase final, se tiene prevista la inauguración de los Centros de Atención al Usuario de Santo Domingo y Santiago en los primeros meses del próximo año. El DEGESEC, ha desarrollado el plan operativo para el año 2008 y entre las principales estrategias se encuentran: Promover la digitalización masiva de documentos a nivel nacional, y la creación de una unidad de digitalización permanente que forme parte de la estructura del archivo general; promover la creación de un Comité de Calidad y Servicios dentro de la institución; Alinear las estrategias del modelo de gestión de servicios públicos con otros modelos de gestión dentro de la institución, para la optimización de recursos; y compartir mejores prácticas; Implantar nuevos centros de atención al usuario e integrar todos los servicios de la institución al modelo de gestión de servicios públicos. Es importante resaltar que el desarrollo del Proyecto Ámbar en la Procuraduría General de la República y los logros alcanzados por el DEGESEC no hubiesen sido posibles sin la voluntad política férrea de los niveles estratégicos de la institución y los organismos de colaboración. El apoyo de un equipo de profesionales completamente orientados al resultado; el liderazgo de su coordinadora y la colaboración recibida por parte de funcionarios y empleados de la Procuraduría. Ha sido un verdadero trabajo de equipo sembrar la semilla del cambio, gracias a ese esfuerzo hoy se ve florecer un fuerte árbol, que dentro de poco dará sus frutos.

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