Inocuidad Alimentaria

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Ponencia sobre inocuidad alimentaria


Modelo Europeo de Inocuidad alimentaria


Uni贸n Europea 28 Estados Miembros Un mercado 煤nico


UE 1er importador y exportador alimentos

ŠEuropean Commissioin. Inforgraphics Fitness Check of thr Food Chain


Importancia del sector alimentario

La industria alimentaria es un sector muy significativo y dinámico que promueve el desarrollo económico.

©European Commissioin. Inforgraphics Fitness Check of thr Food Chain


Sectores cadena alimentaria

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Proteger la salud de los consumidores


Afianzar la confianza de los consumidores


Gestionar las alertas inocuidad alimentaria

ŠInstitute of International and European Affairs. Enviromental Nexus Project DG communication European Parliament


Enfoque europeo de la inocuidad alimentaria


Principios generales de inocuidad alimentaria • Garantizar un nivel elevado de protección de la salud y de los intereses de los consumidores. •

Garantizar prácticas equitativas en el comercio de alimentos, teniendo en cuenta la salud y el bienestar animal, sanidad vegetal y el medio ambiente

• Garantizar la libre circulación de alimentos y piensos fabricados y comercializados en la Unión. • Facilitar el comercio mundial de piensos seguros y alimentos seguros y saludables teniendo en cuenta las normas y acuerdos internacionales, excepto cuando esto podría socavar el alto nivel de protección de los consumidores perseguido por la Unión.


Principios legislaci贸n alimentaria Sanidad vegetal

Sanidad animal Bienestar animal

Inocuidad Alimentaria


Reglamento (CE) Nยบ 178/2002 del Parlamento y del Consejo, requisitos generales seguridad alimentaria 1. Anรกlisis de riesgo 2. Principio de cautela 3. Implicaciรณn de todas las partes

4. Responsabilidad del operador 5. Trazabilidad 6. Transparencia


Principios del Reglamento (CE)178/2002 1. Análisis de riesgo “Con el fin de lograr el objetivo general de un nivel elevado de protección de la salud y la vida de las personas, la legislación alimentaria se basará en el análisis del riesgo”


Principios del Reglamento (CE)178/2002

1. Anรกlisis de riesgo

Riesgo cero Riesgo es Gestionar Describir no es opcion inevitable

Riesgo esta en todas Comunicar partes


Principios del Reglamento (CE)178/2002 1. Análisis de riesgo. Gestión del riesgo Proceso de sopesar las alternativas políticas a la luz de los resultados de una evaluación de riesgos (Ciencia) y, si es necesario, seleccionando las acciones adecuadas necesarias para prevenir, reducir o eliminar el riesgo.  Deben tener en cuenta : • •

• • •

La acción mas eficaz en función de la parte de la cadena de suministro de alimentos, donde se produce el problema Viabilidad de controlar un riesgo Efectos socioeconómicos Impacto ambiental Otros factores relevantes


Principios del Reglamento (CE)178/2002 1. Análisis de riesgo. Evaluación del riesgo 

Identificación del peligro

Caracterización del peligro

Evaluación de la exposición

Caracterización del riesgo.

Comprensible para las empresas Significativa para seguridad alimentaria Útil para los gestores


Principios del Reglamento (CE)178/2002 1. An谩lisis de riesgo. Comunicaci贸n del riesgo


Reglamento CE N潞 178/2002 Gesti贸n del Riesgo

Evaluaci贸n del Riesgo

Comunicaci贸n del Riesgo


Principios del Reglamento (CE)178/2002

2. Principio de cautela El principio de precaución se refiere a las situaciones específicas en las que: •Existen motivos razonables para pensar que existe un nivel inaceptable de riesgo para la salud. •La información y los datos de apoyo disponibles no son lo suficientemente completos para permitir una evaluación del riesgo.

no discriminación, proporcionalidad , provisional


Principios del Reglamento (CE)178/2002

3. Implicación de todas las partes “Se aplicará a todas las etapas de la producción, la transformación y la distribución de alimentos así como de piensos producidos para alimentar a los animales destinados a la producción de alimentos”


Principios del Reglamento (CE)178/2002 4. Responsabilidad en el cumplimiento de la legislación (operador) Los explotadores de empresas alimentarias y de empresas de piensos se asegurarán, en todas las etapas de la producción, la transformación y la distribución de que los alimentos o los piensos cumplen los requisitos de la legislación alimentaria pertinentes.


Principios del Reglamento (CE)178/2002 5. Trazabilidad La posibilidad de encontrar y seguir el rastro, a través de todas las etapas de producción, transformación y distribución, de un alimento, un pienso, un animal destinado a la producción de alimentos o una sustancia destinados a ser incorporados en alimentos o piensos o con probabilidad de serlo.


Principios del Reglamento (CE)178/2002 6. Transparencia La transparencia en la toma de decisiones es de suma importancia el Reglamento establece los mecanismos necesarios para aumentar la confianza del consumidor en la legislación alimentaria: •Consultas públicas eficaces durante la preparación, evaluación y revisión de la legislación alimentaria y piensos

•Obligación de las autoridades de informar al público cuando haya motivos razonables para sospechar que un alimento o un pienso puede presentar un riesgo para la salud humana o animal.


Control mercado Control Control mercado frontera Empresa/ Empresa/ Consumidor Consumidor

NOTIFICACIÓN Estado miembro EVALUACIÓN RASFF

Medios Países 3º/ Medios

Información

RESUMEN SEMANAL

Noticias RASFF

Alerta

INFORME ANUAL

Rechazo

FEEDBACK Estados miembros

ESTADOS MIEMBROS

TRANSMISIÓN RASFF

FEEDBACK Países terceros

PAÍS TERCERO AFECTADO


Normativa

Principios generales Reglamento 178/2002

Empresas y alimentos en general Reglamento 852/2004

Control oficial en general Reglamento 882/2004

Empresas y alimentos de origen animal Reglamento 853/2004

Control oficial de origen animal Reglamento 854/2004


Control Oficial Reglamento (CE)882/2004 Definición de control oficial “Toda forma de control que efectúe la autoridad competente o la Comunidad para verificar el cumplimiento de la legislación sobre piensos y alimentos, así como las normas relativas a la salud animal y el bienestar de los animales”.


Control Oficial Reglamento (CE)882/2004

Autoridades competentes • Garantizarán… • Eficacia y adecuación de los controles oficiales • Ausencia de conflicto de intereses • Instalaciones y equipos adecuados • Personal suficiente y formado • Capacidad jurídica • Planes de emergencia


Control Oficial Reglamento (CE)882/2004 Delegación • Sólo se pueden delegar tareas específicas: descripción precisa de las mismas y de las condiciones para llevarlas a cabo. • Nunca se pueden delegar las actuaciones ante incumplimientos. • Inspecciones o auditorías al organismo de control por parte de la autoridad que delega. • Notificadas a la Comisión Europea: qué autoridad, qué tarea y a qué organismo de control.


Control Oficial Reglamento (CE)882/2004 Actividades, métodos y técnicas • Las tareas relacionadas con los controles oficiales se efectuarán, en general, por medio de métodos y técnicas de control adecuados: • Control • Vigilancia • Verificación • Auditoría • Inspección • Muestreo y el análisis


Control Oficial Reglamento (CE)882/2004

Laboratorios oficiales Sólo se podrán designar laboratorios oficiales aquellos que cumplan: 

EN ISO/IEC 17025 – Competencia en ensayos y calibración

EN 45002 – Evaluación de laboratorios

EN 45003 – Funcionamiento y reconocimiento

Acreditación de ensayos individuales o de grupos de ensayos

+


Control Oficial Reglamento (CE)882/2004 Laboratorios comunitarios de referencia (LCRs) • Tareas generales: participación en grupos de trabajo de estandarización (ISO, CEN) y en comisiones del Codex Alimentarius • Desarrollo y validación de técnicas analíticas, incluyendo métodos de referencia • Aseguramiento y control de calidad, incluyendo el desarrollo de material de referencia y los estudios interlaboratoriales comparativos (proficiency tests)

• Asistencia científica y técnica, incluyendo arbitraje y formación: • Colaboración con laboratorios de análisis de piensos y alimentos de países terceros


Control Oficial Reglamento (CE)882/2004 Registro y autorización de empresas • Registro de establecimientos de alimentos en general • Autorización de establecimientos de alimentos de origen animal: previa inspección in situ; autorización provisional. • Retirada de autorizaciones

• Listado de establecimientos accesible al público (páginas Web)


Control Oficial Reglamento (CE)882/2004 Registro y autorizaci贸n de empresas


Control Oficial Reglamento (CE)882/2004 Registro y autorizaci贸n de empresas


Control Oficial Reglamento (CE)882/2004 Registro y autorizaci贸n de empresas


Control Oficial Reglamento (CE)882/2004


Control Oficial Reglamento (CE)882/2004 Planes plurianuales de control de control 

Deben cubrir todas las fases de la cadena alimentaria y todos los riesgos recogidos en la normativa de higiene

Debe describir adecuadamente la organización / gestión de los servicios de control

No sustituye planes específicos (Residuos / Zoonosis / PPP…)

Debe justificar las medidas de control que en él se incluyen

Debe ser verificable y auditable.

AUDITORÍAS


Planes Plurianuales de control


Planes Plurianuales de control SE PUBLICAN EN INTERNET: http://www.aesan.msc.es/


Planes Plurianuales de control El Plan Nacional de Control de la Cadena Alimentaria describe la organización y gestión de los controles oficiales

Central • Administración General del estado

Regional • Comunidades Autónomas

Local • Ayuntamientos

Anualmente se publican los resultados de los controles realizados con los datos aportados por las autoridades competentes en control oficial


Planes Plurianuales de control PARTE A: GENERAL

Central •Administración General del estado

Regional •Comunidades Autónomas

Local •Ayuntamientos

1. Ámbito de aplicación 2. Características 3. Planificación 4. Autoridades competentes: estructura y coordinación 5. Objetivos estratégicos 6.Organización y gestión de los controles • Categorización de los riesgos • Capacidad jurídica • Ausencia de conflicto de intereses • Transparencia y confidencialidad • Soportes informáticos al control oficial • Planes operativos de emergencia • Recursos laboratoriales 7.Delegación de tareas 8.Formación de personal 9.Cooperación y asistencia mutua 10.Calidad de los controles oficiales • Procedimientos documentados • Supervisión de control oficial • Auditorías de control oficial 11.Informes anuales Anexos


Planes Plurianuales de control


Planes Plurianuales de control Programas genéricos de control, aplicables a todos los productos alimenticios, independientemente del peligro y del producto. 1 Control general de establecimientos alimentarios 2 Control de los autocontroles en la industria alimentaria Programas específicos: control en función de los peligros 3 Riesgos biológicos 4 Biotoxinas marinas 5 Contaminantes 6 Residuos de Plaguicidas 7 Ingredientes tecnológicos 8 Materiales en contacto 9 Residuos de medicamentos veterinarios 10 11 12 13

Alimentos irradiados Alergenos y sustancias que provocan intolerancias OMG Bienestar animal en Matadero


Control Oficial Reglamento (CE)882/2004 Controles oficiales con regularidad, basados en los riesgos y con la frecuencia apropiada a) los riesgos identificados en relación con alimentos, con empresas alimentarias, o con cualquier proceso, material, sustancia, actividad u operación que pueda afectar a la seguridad de los alimentos… b) el historial de las empresas alimentarias en cuanto al cumplimiento de la legislación sobre alimentos c) la fiabilidad de los autocontroles que se hayan realizado d) cualquier dato que pudiera indicar incumplimiento.


Planes Plurianuales de control PROGRAMACIÓN DE LOS CONTROLES EN BASE AL RIESGO: inspección y auditoría

• los riesgos identificados en relación con alimentos, con empresas alimentarias, con el uso de piensos, o con cualquier proceso, • el historial de las empresas alimentarias en cuanto al cumplimiento de la legislación sobre alimentos • cualquier dato que pudiera indicar incumplimiento.

• la fiabilidad de los autocontroles que ya se hayan realizado

RESULTADO DE INSPECCIÓN: Categoría de riesgos RESULTADO DE AUDITORÍA: Categoría de autocontrol


Planes Plurianuales de control Alternancia de inspecciones/auditorías INSPECCIÓN

AUDITORÍA

Control oficial sin previo aviso

Generalmente se avisa al establecimiento

Requiere menos tiempo/ recursos

Requiere más tiempo/recursos

Menos completa

Más completo

Controles oficiales por demanda: Autorizaciones UE, exportaciones, alertas, brotes


Perfil Registro

Censado

Categorización INSPECCIÓN

RECOGIDA DE EVIDENCIAS IDENTIFICAR INCUMPLIMIENTOS

Asignación perfil

REGISTRO EN APLICACION


Planes Plurianuales de control

Controles basados en el riesgo Perfil IV

Perfil III

Perfil II

Perfil I

Categoría A Categoría B Categoría C Categoría D

Frecuencias de inspección


Otras Normas de aplicación Productos Origen Animal:

NORMAS GENERALES:  OGM  ADITIVOS  PPP  Contaminantes

   

Zoonosis

Control de Triquinella Criterios microbiológicos

Residuos de medicamentos

Información de la cadena alimentaria Guías de aplicación (APPCC, criterios aplicación reglamentos y auditorias, importaciones) Medidas transitorias


Otras Normas de aplicación

• Información al consumidor • Alimentos nutricionales / funcionales • Etiquetado nutricional • Aditivos / Vitaminas / Minerales • Alimentos dietéticos • Alimentos para bebes / jóvenes • Alimentos para reducción de peso Alimentos con requerimientos nutricionales especiales • Alimentos para deportistas



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