Reforma Constitucional en materia de Anticorrupción

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SENADO LXII Legislatura Fundación Senadora María Lavalle Urbina

REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE ANTICORRUPCIÓN Tiene como objetivo fortalecer el marco jurídico para el combate eficaz en contra de la corrupción de los servidores públicos y personas físicas o morales que se beneficien de ésta.  Faculta al Congreso para expedir la nueva Ley General de Responsabilidades y Combate a la Corrupción, la cual será aplicable a los funcionarios de los tres órdenes de gobierno;  Actualiza y reagrupa los tipos de responsabilidades;  Se especifican los casos en los que el servidor público será susceptible de juicio político;  La Ley determinará las sanciones penales en caso de enriquecimiento ilícito;  Establece las normas de conducta a las cuales deberán sujetarse los funcionarios públicos, así como las sanciones administrativas;  Se crear un órgano anticorrupción constitucionalmente autónomo, quien podrá atraer las investigaciones e imponer sanciones a los servidores públicos estatales y municipales;  El titular del órgano anticorrupción será nombrado por la Cámara de Senadores –a propuesta de los grupos parlamentarios–, con mayoría constitucional. Durará siete años en el encargo y sólo podrá ser removido a través de un juicio político;  Los actos de corrupción no prescribirán en cinco años.

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