FUNDACIÓN “SEN. MARÍA LAVALLE URBINA” GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI
LEY GENERAL DE PARTIDOS POLÍTICOS LÍNEAS DE GENERALES
La expedición de la Ley General de Partidos Políticos (LGPP) abroga el libro segundo aún vigente del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE) que data del año 2008. Se integra por 10 títulos, 97 artículos y 8 transitorios.
La nueva Ley es de orden público y de observancia general en el territorio nacional. Regula las disposiciones constitucionales aplicables a los partidos políticos nacionales y locales, y distribuye competencias entre la Federación y las entidades federativas.
Establece los derechos político-electorales de los ciudadanos mexicanos con relación a los partidos políticos y señala las competencias del Instituto Nacional Electoral (INE) y de los Organismos Públicos Locales (OPL) en materia de partidos políticos.
Los OPL verificarán que ningún partido tenga una sobrerrepresentación o una subrrepresentación mayor al ocho por ciento.
Enlista los requisitos para constituir un partido político nacional y uno local, así como el procedimiento que se debe seguir para conseguirlo.
Regula los derechos y las obligaciones de los partidos políticos. Entre las que destacan: garantizar la paridad entre los géneros, en candidaturas a legisladores federales y locales; y cumplir con las obligaciones que la legislación en materia de transparencia y acceso a su información les impone.
Incluye la regulación respecto a los asuntos internos de los partidos: conjunto de actos y procedimientos relativos a su organización y funcionamiento.
Estipula los derechos y obligaciones de los militantes, y señala los órganos internos básicos con que debe contar un partido político.
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