2 minute read

Indemnización hospitalaria

Next Article
Visión

Visión

Aflac

ACERCA DE LA INDEMNIZACIÓN HOSPITALARIA

Este es un plan complementario asequible que le paga en caso de que tenga internado un paciente hospitalizado. Este plan complementa su seguro de salud al ayudarlo a pagar los costos no pagados por su seguro de salud.

Para obtener detalles completos del plan, visite el sitio web de beneficios: www.mybenefitshub.com/redoakisd

BENEFICIOS PARA EMPLEADOS

Primas mensuales de indemnización hospitalaria $2500 Alto $1500 Bajo

Empleado $35.60 $20.42

Empleado + Cónyuge $72.22 Empleado + Hijo(s) $55.82 $41.54 $31.90

Familia $92.44 $53.02

BENEFICIOS ALTO BAJO

BENEFICIO DE INGRESO EN HOSPITAL por internamiento (una vez por enfermedad o accidente cubierto por año natural para cada asegurado) Se paga cuando un asegurado es admitido en un hospital y confinado como paciente interno debido a una lesión accidental cubierta o a una enfermedad cubierta. Nosotros no pagaremos las prestaciones por el internamiento en una unidad de observación, ni por el tratamiento en la sala de urgencias o el tratamiento ambulatorio. No pagaremos las prestaciones por el ingreso de un recién nacido tras su nacimiento; sin embargo, pagaremos el ingreso de un recién nacido en una Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital si, tras el nacimiento, está internado a causa de una lesión accidental cubierta o una enfermedad cubierta (incluidos los defectos congénitos, las anomalías de nacimiento y/o el nacimiento prematuro). $2,500 $1500

CONFINAMIENTO HOSPITALARIO por día (máximo de 31 días por confinamiento por cada enfermedad o accidente cubierto para cada asegurado) Se paga por cada día que un asegurado esté confinado en un hospitalización como consecuencia de una lesión accidental cubierta o una enfermedad cubierta. Si pagamos las prestaciones por internamiento y el asegurado vuelve a ser internado en un plazo de seis meses debido a la misma enfermedad o a una enfermedad relacionada, trataremos este confinamiento como el mismo período de confinamiento. Esta prestación se paga por un solo internamiento hospitalario a la vez, aunque esté causado por más de una lesión accidental cubierta, más de una enfermedad cubierta o una lesión accidental cubierta y una enfermedad cubierta. $200 $100

BENEFICIO DE CUIDADOS INTENSIVOS EN EL HOSPITAL por día (máximo de 10 días por confinamiento por cada enfermedad o accidente cubierto para cada asegurado) Se paga por cada día en que un asegurado esté confinado en una Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital debido a una lesión accidental cubierta o a un enfermedad. La compañía pagará los beneficios por un solo confinamiento en la Unidad de Cuidados Intensivos de un Hospital a la vez. Una vez pagados los beneficios, si un asegurado queda confinado en la Unidad de Cuidados Intensivos de un Hospital unidad de cuidados intensivos en un plazo de seis meses por la misma afección o una afección relacionada, trataremos este confinamiento como el mismo período de confinamiento. Esta prestación se paga además de la prestación por internamiento hospitalario. $200 $150

PRESTACIÓN DEL ASEGURADO SUPERVIVIENTE Si la cobertura del cónyuge está en vigor en el momento del fallecimiento del empleado, el cónyuge superviviente puede optar por continuar la cobertura. La cobertura continuaría según el plan existente e incluiría también cualquier cobertura de los hijos dependientes en vigor en ese momento.

This article is from: