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INFORMATIVO VIRTUAL Nº 027
PODER JUDICIAL RATIFICA Y ORDENA BAJO APERCIBIMIENTO CUMPLIMIENTO DE MEDIDA CAUTELAR Nuestra Organización, en el mes de Abril interpuso demanda sobre el BONO DE CIERRE DE PLIEGO (BCP); ante nuestro requerimiento el Segundo Juzgado de Trabajo de Lima, emitió la medida cautelar en el mes de Agosto, el cual no fue cumplida por los funcionarios de ESSALUD, muy por el contrario presentaron el recurso de OPOSICION el cual fue declarado IMPROCEDENTE, por el Juzgado respectivo. Ante la perseverancia y el sustento legal interpuesto por nuestra Organización, hoy Miercoles 07, el Poder Judicial RATIFICA Y ORDENA a EsSalud el cumplimiento inmediato al mandato de la Medida Cautelar, bajo apercibiendo de imponérseles multas sucesivas y progresivas en caso de incumplimiento, referido al Pago del BONO DE CIERRE DE PLIEGO. Instamos a nuestros afiliados de todo el país, estar alerta a la convocatoria para realizar acciones de lucha con la finalidad de exigir el cumplimiento del mandato judicial, a favor de todos nuestros afiliados. Lima, 07 de Octubre 2015
CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL ADJUNTAMOS EL OFICIO 8567-2015-26-1801-JR-LA-02-JTL-JHCV-JSV Y EL AUTO Nº 05 Pasaje Miguel de Los Ríos 149 - La Victoria - Lima Telf. 3303862
INFORMATIVO VIRTUAL Nยบ 027
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