Evolucion de la estadistica siglo XIX

Page 1

FEDERICO JOSÉ PONTE CHAMORRO

LA EVOLUCION DE LA ESTADfSTICA DEMOGRAFICA

EN LA PRIMERA MITAD DEL SIGLO XIX

SEPARATA DE

ANALES DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS MADRILENOS

TOMO XXVII

CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTtFICAS

MADRID 1989


LA EVOLUCION DE LA ESTADISTICA DEMOGRÂFICA EN LA

PRIMERA MITAD DEL SIGLO XIX Analisis dei caso de Madrid, (1787-1857). Par FEDERICO JOSÉ PONTE CHAMaRRa

La necesidad de los datos. La necesidad que tienen algunas instituciones publicas, asf como los distintos gobiernos de los Estados de disponer de datos estadfsticos abundantes y fiables so­ bre su poblaci6n (Estado, provincia, municipio, vecindario, parroquia, etc.), es un hecho hoy suficientemente conocido. Estas recogidas de datos, realizadas de manera muy distinta unas de otras, (recuen­ to de almas, matricula de vecinos, registro civil, censo de poblaci6n, etc.), con diferen­ te finalidad y con un acierto muy dispar, han venido realizândose en nuestro paîs, aun­ que con notables deficiencias, desde el siglo XV. No obstante, hasta 1857 no se dis­ puso en Espana de un censo de poblaci6n que recogiera todo el territorio nacional y que hubiera sido elaborado, a su vez, de una manera rigurosa y cientîfica l . Este rigor cientffico en la elabaraci6n dei censo de 1857 y la fiabilidad de sus datos fueron posibles gracias a todas las modificaciones y mejoras que se introdu­ jeron en las distintas estimaciones y recuentos de poblaci6n -municipales, provin­ ciales y nacionales-, efectuados durante la primera mitad dei siglo XIX. El interés por disponer de datos la mas completos posibles sobre los habitantes de un territorio 0 localidad determinada es un hecho que ya se detectaba en la men­ talidad ilustrada de los polîticos dei siglo XVIII. Este interés fue aumentando con el tiempo y lleg6 a hacerse general a medida que avanz6la primera mitad dei siglo XIX, y con él, se fueron introduciendo ideas nuevas y complejas sobre la sociedad que preveîan también las transformaciones y soluciones que permitîan resolver los problemas y las necesidades propias de su desarrollo. 1 Fabian ESTAPE RODRIGUEZ dice a este respecto: La categorfa cientffica de la labor realiza­ da permite sefialar el censo de 1857 coma la base cierta de los trabajos posteriores" Diccionario de Historia de Espaiia, Madrid, Alianza, 1981, (censo de poblaci6n). CARR SAUNDERS en Poblacion Mundial, Madrid, Alianza, 1981, dice que "en Espaiia se efectuaron recuentos en 1787 y 1797; pero data de 1857 el primer censo bien organizado"; citado por Fabian ESTAPE en dicho articulo. Vér también Francisco BUSTELO, Poblacion espaiiola y poblacion madrileiia en el siglo XIX, Madrid, 1983.

645


No obstante, a pesaI' de esta enonne inquietud, los registros de habitantes reali­ zados durante la primera mitad deI siglo XIX contenian en su mayorfa importantes deficiencias técnicas y, por ello, fueron de manera constante objeto de polémica y no pudieron escapar a las duras crfticas de sus contemporaneos. A pesar de las mUltiples aportaciones y de las contfnuas discusiones sobre el te­ ma, elaborar una estadfstica fiable de poblaci6n no era tarea facil: la falta de recur­ sos econ6micos y humanos suficientes, la inexistencia de un planteamiento gene­ rai coherente en la elaboraci6n de los distintos censos de poblaci6n, la multitud de divisiones administrativas que podfan existir en un mismo territorio y que ponfan en tela de juicio la exactitud, e incluso, la validez de muchos datos y, por ultimo, el fraude generalizado eran, entre otras cosas, algunas de las razones por las que estos censos de poblaci6n eran elaborados de manera defectuosa y, pOl' tanto, ca­ redan de un alto grado de fiabilidad. La villa y corte de Madrid, capital de Espafia, era en aquella época (1787-1857), como 10 ha seguido siendo a 10 largo de su historia, un centro de poblaci6n muy pecu­ liar donde se sumaban, y en numerosas ocasiones se entrelazaban dos modos de vida diferentes y a la vez complementarios: la dei vecino de la Villa y la dei transeunte. Analizaré en estas paginas, todos los pasos seguidos y las dificultades con que se enfrentaron las autoridades municipales de la villa de Madrid, desde los ultimos afios dei siglo XVIII hasta el censo de 1857, en su intento pOl' conocer las caracte­ rfsticas de la poblaci6n de este extenso y complejo nucleo urbano que fue y es la villa y corte. Veremos, asimismo, las numerosas· y duras crfticas de las que fueorn objeto estas fonnas de recuento y registro de la poblaci6n. El estudio de estos numerosos documentos nos servira como extraordinario ejemplo ilustrativo de las contradicciones y de los obstaculos que tuvo que superar una sociedad deseosa de conocerse a sf misma y de poder dar soluci6n al constan­ te incremento de sus necesidades. En oca<;iones, serfan las contradicciones propias de una mentalidad en un intenso proceso de cambio las que no conseguirfan Ilevar a la practica, de manera eficaz, unos planteamientos previamente estab1ecidos y, otras veces, seria una lamentable escasez de recursos, tanto econ6micos como técnicos y humanos, 10 que impedirfa que se Ile­ vase a cabo un censo de poblaci6n con unas minimas garantfas de fiabilidad. Finales dei siglo XVIII: los primeros pasos.

En 1768 se elabor6 en Espana un censo general de poblaci6n, siendo presiden­ te dei Consejo de Castilla el conde de Aranda 2• Casi veinte afios después, en 1778, se repetirfa de nuevo esta operaci6n, siendo entonces primer Secretario de Estado el Conde de Floridablanca. Este ultimo cen­ 2 Para estudiar la pob1aci6n de Madrid en este censo ver Femado JIMENEZ DE GREGORIO, "La poblaci6n de la villa de Madrid en el censo de Aranda (1768-1769)", en Anales deI Instituto de Estudios Madrilelios, Tomo III, Madrid, 1968, pp 173-181.

- 646 ­


so, a diferencia deI elaborado en 1768 -cuya poblaciôn estaba agrupada en arzobis­ pados y obispados-, tomô la provincia como marco de referencia telTitorial para el estudio de la poblaciôn. Este hecho no significaba simplemente una refOlma 0 in­ novaciôn de carâcter operativo, sino que representaba un paso significativo en la paulatina y compleja secularizaciôn deI siglo XIX, -entendido este fenômeno co­ mo el deseo pOl' parte de las autoridades civiles de asumir de manera graduaI e in­ dependiente de la Iglesia, el contraI y el registro cotidiano de las variaciones sufri­ das pOl' la poblaciôn de los distintos municipios- y que en este ambito culminarfa con la creaciôn deI Registra civil. Instituciôn que en el casa de la villa de Madrid comenzarfa su andadura como tal en 18403 . Las razones a las que aluden los gobernantes parajustificar la realizaciôn de es­ te censo y, al mismo tiempo, conseguir la buena disposiciôn tanto de los encarga­ dos de llevarlo a cabo -diputados, parrocos, etc.- coma de los habitantes de las dis­ tintas localidades, quedan recogidas en las primeras Ifneas de la Advertencia que precede a la exposiciôn de los datos deI censo. En ella se precisa que éste era ne­ cesano: "Ya para calcular la fuerza interior deI Estado ya para conocer los au­ mentos que ha recibido con el fomento dado a la agricultura, artes y ofi­ cios y a los diferentes ramos deI comercio que se han abierto, ya para aumentarlos en cada pueblo 0 pravincia conforme a la necesidad 0 dis­ minuciôn que tengan, y repartirlos con igualdad entre todas las clases de sus vecinos, y para que vean los extranjeros que no esta el Reino co­ mo creen ellos y sus escritores4 ; pero también sabe S.M. que temerosos 3 Aunque se manda crear el Registro Civil por R.O, en 1841 -como ya veremos mas adelante-, existen libros de registro en el Archivo de la Villa de Madrid desde enero de 1840, En los libros de matrimonios y nacimientos se hacfa referencia a mas de veinte parroquias madrilefias, y en ellibro de defunciones figuraban también los fallecidos de la Inclusa y los de los hospitales, siendo estos ul­ timos la mayoria, En estos libros se anotaban numerosos datos personales de los individuos (Iugar de origen, nombre y origen de los padres, fecha de nacimiento, edad de los contrayentes 0 dei difunto, sexo, causa de la muerte, etc" segunla c1ase de registro que se efectuara en ese momento, Todos eUos son, sin duda alguna, una fuente primaria importante para el estudio de la historia social. 4 La costumbre de viajar es milenaria y gracias a ella se extendieron por el mundo leyendas, tra­ diciones e historias contadas por mercaderes, viajeros y soJdados en su constante deambular por el globo. De la recopilacian y recreacian de todas estas leyendas nacieron muchos libros de geografîa, costumbres y viajes que eran, en cierta manera, un compendio de sabiduria, experiencias y fantasia juntas, Aigunos de estos libros cargados de subjetivismo contribuyeron, en ocasiones, a crear una imagen distorsionada y negativa de nuestro pais y fue motivo de descontento para muchos polîticos, como queda ref1ejado en el censo de Floridablanca, Como ejemplo de aigu nos libros de viajes de la época que estamos estudiando tenemos los de Alexandre LABORDE,ftinéraire descriptifde l'Espagne, Paris 1808; Jean François BOURGOING, "Nouveau Voyage en Espagne, 1789", Tableau de L'Espange Moderne, 1805; P,G. de BUSSY, "Campagne et souvenirs d'Espagne", 1823; publicado por A. LEBRUN en la Revue Hispanique LXXXVII, 1962,

- 647 ­


los pueblos de las quintas 0 aumento de contribuciones, ocultan las no­ ticias y disminuyen el numero, sobre todo en tiempo de guerra, con des­ crédito deI Estado"5. Ademas deI interés propiamente estadfstico por conocer las variaciones de una poblaciôn en un perîodo determinado de tiempo y su distribuciôn en el espacio, se detectan en estas razones dos môviles fundamentales: primero, la necesidad por parte de los gobiemos de reclutar de manera periôdica soldados para un Estado que dirigîa de manera frecuente y, en ocasiones endémica, numerosos recursos tanto humanos coma econômicos hacia la guerra con el consiguiente perjuicio para mu­ chas villas y pueblos; y segundo, la necesidad de recaudar impuestos para cubrir todas las necesidades propias de un Estado, en las que estaban incluidas, por su­ puesto, las mejoras a las que se alude en la Advertencia. El fraude y la ocultaciôn en las declaraciones de los habitantes de un pafs, co­ munidad 0 municipio, sobre todo cuando son de caracter econômico, es un hecho que sucede aun en las sociedades mas avanzadas dei siglo XX. Las razones de pro­ porcionalidad en el pago de impuestos segun la renta de cada uno y de justicia so­ cial a las que aluden hoy para disminuir estos males, no podfan aducirse en una so­ ciedad donde en muchas ocasiones los mas poderosos y los mas ricos eran, a la vez, los mas privilegiados y los unicos que disfrutaban de exenciones fiscales. El deseo que se sugiere en la Advertencia preliminar de repartir con igualdad entre todas las clases de vecinos los beneficios (no las contribuciones) que resulta­ sen de las inversiones de los impuestos no pasaba de ser, en numerosas ocasiones, el objetivo teôrico e ideal de un grupo de ilustrados, El temor y la desconfianza de muchos pueblos, estaban pues, justificados 6 .

5 "Censo de Floridablanca", ano de 1787, lnstituto Nacional de Estadistica, (R-S06). Este censo ha sido estudiado fundamentalmente de forma mas detenida por Francisco BUSTELO en "La pobla­ ci6n espanola en la segunda mitad deI siglo XVIII" en Moneda y Crétito, nQ 123, Madrid, 1972, pp. 53-104; asi coma por David RINGROSE en sus obras "Variaciones en la poblaci6n de Madrid en re­ laci6n con algunos aspectos de su mercado urbano", en Hacienda PCtblica, no Q38, Madrid, 1976, pp. 183-199; "Inmigraci6n, estructuras demograficas y tendencias econ6micas en Madrid a comienzos de la época modern a", en Moneda y Crédito, n~ 138, Madrid, 1976, pp. 9-55. Antonio EIRAS ha es­ tudiado en censos antiguos estos desajustes en su articulo "Test de concordancia aplicado a la criti­ ca de vecindarios fiscales de la época preestadistica", Jomadas de Metodologia Aplicada a las Cien­ cias Hist6ricas, (J.M.A.C.H.), Santiago de Compostela, 1975, toma III, pp. 361,380. 6 Haciendo una refJexi6n algunos responsables politicos municipales sobre la importancia que tiene para una naci6n y en particular para un municipio, que el pueblo confie en la buena utilizaci6n por parte deI Estado de las contribuciones, escribieron en 1821 10 siguiente: "Parece a simple vista que los pueblos que pagan menos comparativamente, deben ser mas dichosos; pero la experiencia demuestra que esta no es asi. Las contribuciones, que no son otra cosa que la cuota que separan to­ dos los ciudadanos de sus rentas para formar las dei Estado, producen un efecto destructor si pasan­ do a manos deI gobierno no vuelven al pueblo, vivificando su industria, animando su ag11cultura, pro

- 648 ­


A nivel municipal, las razones podian ser, sin embargo, de muy diversa indole, e incluso la petici6n de datos era mucha mas exahustiva. Anos antes de realizarse el censo de Floridablanca, en Madrid en 1778 se encarg6 realizar una matricula de vecinos: "con la expresi6n individual de sus nombres, estados, empleos y ofi­ cios, numero de hijos y sirvientes, con sus clases y estados, especifi­ cando la casa; y, en la que hubiera mas de una familia, distribuyesen ésta por pies y habitaciones". Los motivos que movieron al Ayunta­ miento a realizar esta matricula fueron dos: el primera, "para tener conocimiento distinto y clara de los vecinos aco­ modados de quienes puedan esperarse socorros y limosnas, y de los me­ nestrales y necesitados a quienes se deban distribuir en dicho concepto de jornaleros desocupados, y enfermos convalecientes, para el socorro de sus personas y de sus familias durante la falta de trabajo 0 de fuerzas para dedicarse a él"; y en segundo lugar, "para purgar Madrid de un gran numera de personas que con el tltulo de pretendientes a empleos de ren­ tas y otras colocaciones arbitrarias se han venido a esta villa, abando­ nando los lugares de su naturaleza y se hacen ociosos, y aûn delincuen­ tes, por su necesidad 0 por las malas compafiias que encuentran,,7. Era frecuente que a pesar de las reales 6rdenes que se publicaban al respecto, no se cumplieran las normas con exactÎtud por 10 que se amenazaba a menudo con imponer cuantiosas multas a los que no las obedecieran, ya fuera por desidia 0 por ignorancia8 . La forma de llevar a cabo la recogida de datos, incluso para la realizaci6n de un censo de caracter nacional coma el de Floridablanca, pretendla ser exhaustiva. Es­ te censo manda que cada "justicia por SI 0 por diputados dei ayuntamiento, acom­ pafiados dei cura visiten todo el pueblo, 0 por parroquias, calle (sic) ira fonnando lista del numero de aimas 0 individuos de cada casa, habitaci6n 0 refugio dentro dei pueblo 0 en su campo y jurisdicci6n,,9. Es obvio, coma veremos a 10 largo de estas paginas, que esta era posible realizarlo en un puebla 0 parroquia pequefia, pe­ ro impracticable en algunas parroquias en expansi6n de la capital. tegiendo y fomentando todos los ramos de prosperidad nacional". "Memoria sobre sus gastos presen­ tada a las Cortes por el Ayuntamiento de Madrid", en 1821, A.V.M. 1/211/6. 7 Real Orden (R.O.) de 6 de sepLiembre de 1778, Museo Municipal, MM/MBI220. 8 La pena por no cumplir estas normas era de diez ducados que "exigfan irremisiblemente de los alquileres de las casas, aplicados par terceras partes: una al denunciador, y alcalde de barrio en que se verificase omisi6n en el cumplimiento de la mandado; otra a penas de Camara y gastos de Justi­ cia, y la tercera al fondo de limosnas delmismo barrio". Bando municipal de 9 de septiembre de 1778, Museo Municipal MM/MB 1222. 9 "Censo de Floridablanca", Advertencia preliminar, pag. 1.

- 649 ­


A este hecho, habfa que sumar otro, no menos importante; Madrid era una ciu­ dad cuyo numero de transeuntes era muy elevado y cuyo control era muy diffcil de realizar, coma ya habfan observado los diferentes alcaldes de barrio, debido a que "los inquilinos no cumplen con dar noticias de su mudanza para entrar 0 salir de las habitaciones dei barrio, ni es posible obligarles a ello, par ser personas desco­ nocidas y de ningun arraigo par 10 comun"IO. Coma vemos, a los problemas de fraude y ocultacion que se prevefan en el cen­ so de Floridablanca para la recopilacion de datos estadfsticos sobre la poblacion, se sumaban otros de caracter técnico propios de las deficiencias que encerraba la elaboracion in situ de las listas de habitantes a vecinos de un municipio, coma en el casa de Madrid. Pero no era la falta de ilustracion, monopolio exclusivo deI puebla llano ya que las constantes alusiones a la mejora de la agricultura y de la industria y al fomento de todas las artes, eran razones que no convendan ni siquiera a las autoridades mu­ nicipales mas cercanas al pueblo. Por eso por R.ü. en 1802 se establecio que: "a fin de evitar las morosidades que sufre de parte de las justicias el cum­ plimiento de semejantes providencias, 0 por falta de actividad en ellas o por creer que son dirigidas al aumento de las contribuciones, ha re­ suelto el Consejo, conforme a los encargos que se han hecho de R.ü., que V. manifieste a las justicias de su partido las benéficas intenciones de S.M. en el particular, excitando su celo a la mas puntual y pronta ex­ tension de las noticias que se les pidan,,1 J. De igual manera, otras autoridades polfticas (intendentes, alcaldes de barrio, etc.), habfan demostrado esta falta de celo en el cumplimiento de las continuas or­ denes que a este respecto emanaban deI Consejo. En ocasiones, era la inadecuada o nula preparacion de las autoridades 0 el hecho de que sintieran los rnismos temo­ res que el puebla, la causa de este desinterés; pero también es cierto, que en mu­ chas ocasiones no se les doto de los presupuestos mfnimos necesarios para desa­ rrollar correctamente su labor. Los alcaldes de banio, que normalmente eran menestrales, no percibian un suel­ do y la realizacion de una matrIcula de vecinos resultaba gravosa para su econo­ mfa, ya que deblan pagar de su bolsillo a un escribiente. En numerosas ocasiones se habla planteado este tema en la Sala de Alcaldes, pero aun en 1801 no se les ha­ bla tenido en cuenta esta peticion l2 . En 1797, en un intento de renovar los datos sobre la poblacion que se habfan re­ cogido diez afios antes, se apelo de nuevo a los parrocos, intendentes y a todos los 10

R.O. de 6 de septiembre de 1778.

II R.O. de 13 de noviembre de 1802, Archivo Hist6rico Nacional, (A.H.N.) ReaJ Orden nO 1466.

J2

"Matriculas de la Sala Plena" de! ano 1801, A.H.N. Libro de Consejos dei ano 1801.

- 650 ­


irunediatos responsables de la poblaci6n, para que pusieran todo el empeiio y en­ tusiasmo posible en elaborar un nuevo registro de los habitantes deI reino, que fue­ ran tan positivo para el pafs, coma beneficioso habfa resultado este hecho a otras naciones. Se pedfa, a su vez, a los intendentes que con su persuasi6n y prudencia instruyeran al pueblo, unico medio de disipar sus preocupaciones y de desterrar la desidia, que por desgracia era vicio comun en e1 reino 13 . Sin embargo, este censo, mucha mas extenso que el anterior y con un mayor numero de capftulos, no presentaba tampoco una visi6n exacta ni completa sobre la poblaci6n de Espaiia, y asf 10 expresaron (como ya habfa ocurrido en el censo de 1787), los responsables de su realizaci6n en la Advertencia preliminar al mismo l4 .

El siglo XIX: los pasos decisivos. A pesaI' de todos los intentos pOl' mejorar la estadfstica de la poblaci6n, éste pa­ recîa un hecho harto diffcil de conseguir. Sin embargo, la entrada deI nuevo siglo sirvi6 de estfmulo para intentar solventar todos aquellos problemas que esta estadfstica habla venido planteando. Por este moti­ vo, ya en 1801 se establecieron por R.O. algunas normas especfficas que perrnitieran ejercer un control total sobre los distintos movimientos de poblaci6n de la sociedad l5 . Para ello, cada parroquia deI reino (de ciudad, aldea, Sitio Real, etc.). deberian "formaI' los estados" (cuantificar) de bautismos, matrimonios y entierros segun un modela deterrninado que se adjuntaba para cada caso. La relaci6n de estos movi­ mientos deberfan ser mandados al fin de cada mes a su arzobispado u obispado co­ rrespondiente que los remitiran, a su vez, a la Secretarfa de Estado 16 . R.O. de 2S de agosto de 1797, A.R.N. Real Orden nQ IlS!. En su afân por la estadfstica los responsables de estos censos establecieron nada menos que ciento sesenta y una relaciones entre los datos, estableciendo comparaciones, por ejemplo, entre las ciudades, villas, lugares, aldeas, granjas y cotos redondos con Jas casas utiles. "Censo de poblaci6n de 1797", cuadro XLVI, I.N.E. R-720. 15 PEREZ MOREDA dice a este respecto: "Como es sabido, los planteamientos poblacionistas latentes en la polftica ilustrada dei resta del siglo condujeron en varias ocasiones a recabar de las au­ toridades eclesiâsticas todo tipo de informaci6n local procedente de los archivos parroquiales, yes­ te recurso sistemâtico a la utilizaci6n demogrâfica dei registro de las partidas se quiso acelerar a par­ tir de las disposiciones de ISOI y IS02, sin demasiado éxito a 10 largo de la primera mitad dei siglo XIX, en que en sucesivas ocasiones se volvi6 sobre la cuesti6n, sobre todo en los afios dei tlienio constitucional. Las crisis de mortalidad en la Espmia interiOl', siglos XVI-Xrx, Madrid, Siglo XIX, 1980, pâg. 29. 16 Reales Ordenes de 23 de maya y 16 de octubre de 1801, anexos 1, II, YIII. También se prevefa en estas Reales Ordenes la contabilizaci6n de los parvulos que hubieran sido enterrados, a ser posi­ ble con distinci6n de sexo y edad. Se temfa que debido a la costumbre de aigu nos pueblos de expo­ ner a los pârvulos en las iglesias de los conventos, y a otras razones, no fueran anotados con riguro­ sidad en los libros de matricula de las parroquias. A.R.N. Reales Ordenes n" 1371 y n" 1386. 13

14

- 651 ­


Asimismo, se disponîa que, de manera peri6dica, mandasen cumplida informa­ ci6n estadîstica sobre los movimientos de poblaci6n los conventos de religiosos y religiosas 17 , los hospitales 18, las casas de exp6sitos 19, los colegios20 , hospicios, ca­ sas de misericordia y de reclusi6n, carceles "y demas establecimientos de esta es­ pecie"zl. Estos registros de habitantes, sin ninguna finalidad fiscalizadora, es obvio que no presentaran los problemas de fraude y ocultaci6n de un censo, pero no por ello quedaban exentos de numerosos problemas técnicos: la d'ificultad que suponfa ela­ borar tan extenso registro de datos para algunas instituciones (como era el casa de los hospitales), el aislamiento de algunas parroquias aldeanas que no daban cuen­ ta de sus "estados", el gasto que suponîa para muchos establecimientos de escasos recursos el cumplimentar estas actas, etc., son algunas de las causas que motivaron que no se cumpliera esta normativa. En 1802, el Consejo de Estado advertîa, refiriéndose a este asunto, que aIgu nos establecimientos: "han olvidado 10 que se previene acerca de que los remitan desde el principio deI ano de 1801; que otros han enviado aigu nos estados y no han continuado 0 10 han hecho con grandes intermisiones; que varios de ellos no especifican las circunstancias que se han pedido 0 no se arreglan a los formularios que se han circulado por el Consejo; y fi­ nalmente, que aIgunos no han enviado nada todavîa,m. A pesar de estas deficiencias y lagunas, la informaei6n que recibfa el Consejo a este respecto era tan considerable que poeos meses después se aconsej6 por R.Ü. espaciar a tres meses la remisi6n de datos. Se permitîa, asimismo que los arzobis­ pos y obispos hiciesen todas las modificaciones que estimaran oportunas, resumien­ do 0 juntando todas las parroquias de su jurisdicci6n, 0 aquellas que les pareciera convenientes y que, sin alterar los datos, contribuyeran a hacer menos volumino­ sos los estadosZ 3•

17 Reales Ordenes citadas anexos VIII y IX. Se pedfa a los conventos la relaci6n de las entradas, salidas y defunciones con distinci6n de los profesos y no profesos. Las personas existentes debfan re­ lacionarse por grupos de edad y por categorias: profesos, novicios, legos, donados, criados y ninos. 18 Ibid, anexo V. Los enfermos eran relacionados por sexo y clase 0 procedencia (militares, ve­ cinos y forasteros); de los difuntos se relacionaba su sexo, naturaleza, vecindad, edad, estado, ejerci­ cio y enfermedad de la que hubiera fallecido. 19 Ibid, anexo IV. zo Ibid, anexo Vil. Z) Ibid, anexo VI. 22 R.O. de 5 de marzo de 1802, A.H.N. Real Orden n" 1403. 23 R.O. de 7 de septiembre de 1802, A.H.N. Real Orden nQ 1454.

- 652 ­


A los problemas complejos antes citados, se sumaba uno no menos importante, y que s610 el tiempo y el desarrollo tecnol6gico de las sociedades mas avanzadas han conseguido resolver: el analisis y estudio de un elevado vohimen de infonnaci6n24 • El interés por mejorar la estadfstica de poblacion aumento considerablemente en las primeras décadas deI siglo XIX. Este esfuerzo estaba orientado a alcanzar tres fines concretos: a nivel nacional, lograr un censo general deI reino, elaborado conforme a los nuevos parametros de una sociedad constitucional mas abierta y avanzada; a nivel municipal, por un lado, establecer unas nOlmas basicas que per­ mitieran la realizacion de un padron exacto y completo de la poblaci6n de la loca­ lidad, y por otro, establecer de manera eficiente y definitiva el registro civil. Estos tres tipos de registras no son una misma cosa, ni tienen la misma finali­ dad, pero son complementarios. ademas, era la misma seccion municipal la encar­ gada de realizarlos, 10 que suponîa que para lograr un censo general exacto era pri­ mero necesario disponer de una estadistica municipal fiable. Esto era especialmen­ te cierto en la villa de Madrid, en donde, por su tamaDo y movilidad de poblacion, se hacfa especialmente dificilla consecucion de estos fines. Y asi durante las dos primeras décadas deI siglo se publicaron continuamente bandos, decretos y reales ordenes que, unas veces argumentando razones ilustradas y otras amenazando con cuantiosas multas, pretendian acabar con la confusion existente en la elaboracion de los registros de poblaci6n y con la morosidad y malicia de muchos vecinos 25 . 24 En 1802 se mand6 un Interrogatorio al que debîan contestar todos los pueblos de Espaiia con el fin de realizar un censo general en 1802. Este Interrogatorio constaba de sesenta y cinco pregun­ tas generaJes y otras veinticinco consideradas "polfticas". Entre las cuestiones generales se pregun­ taba por el numero de escuelas, universidades, casas de huérfanos, edificios de culto, numero de dig­ nidades eclesiasticas, tftulos dei reino, ennitaiios, pescadores (con distinci6n entre los dedicados al rio y almar), arrieros, lacayos, mendigos, sotas, etc. Entre las cuestiones consideradas "polfticas", se preguntaba por la situaci6n dei pueblo, vientos que dominaban; su temperamento y causas deI mis­ mo, si el puebla disminufa 0 aumentaba de poblaci6n y porqué, qué tipos de enfennedades sufrîa el pueblo, numero de mendigos, asî como un largo etcétera de preguntas que precisaban, a mijuicio, de una cualificada fonnaci6n para poderlas contestar y de un sofisticado soporte humano y técnico pa­ ra su estudio. Creo, por ello, que algunos polfticos ilustrados no sabfan medir con rigurosidad las ver­ daderas posibilidades de la sociedad espai'iola de la época y pretendîan, sin embargo, llevar a cabo proyectos 0 reformas difîcilmente realizadas y comprendidas por la poblaci6n. Este Interrogatoriode 1802, ciento ochenta y cinco aiios después de su elaboraci6n serfa imposible de contestar en la ma­ yorfa de los pueblos de Espaiia, y aûn mas laborioso y complejo su posterior estudio, a pesar de los numerosos adelantos técnicos de finales dei sig10 XX. Véase "Interrogatorio a que deben contestar todos los pueblos de Espaiia.. ". Barcelona, octubre de 1802, A.H.N. Real Orden n~ 1461. Estos problemas que se plantean aquî no serian vistos de un modo practico por las autoridades polfticas decimon6nicas hasta el cense de 1857 donde se acord6 "no pedir a los pueblos ni a los in­ dividuos mas datos de los que buenamente pudieran suministrar sin confundirse". "Censo General de Espaiia" de 1857, Bib.lioteca Nacional, 6/5029. 25 Como muestra de la insistencia con que las autoridades intentaron recabar datos estadîsticos sobre la poblaci6n pueden verse los bandos de 11 de junio y 6 de julio de 1814, A.R.N. Reales Or­ denes n2 2204 y nQ 2219.

- 653 ­


Del amilisis de estos documentos se desprende como los jefes polfticos, confor­ me van avanzando los primeros afios deI siglo XIX, van abandonando paulatina­ mente las razones ilustradas de canicter paternalista a las que se aludfa de manera constante en los bandos y reales ordenes que se publicaban. En 1822, durante el breve reinado constitucional de Fernando VII, era ya tan obvia la necesidad de disponer de datos exactos sobre la poblacion que se conside­ raba innecesario inculcar a los jefes polfticos y autoridades municipales "la nece­ sidad e importancia de contestar de un modo unifonne y legal a la existencia y cla­ ses de los habitantes de los pueblos"26. Aunque se sigue exhortando de manera muy particular al cura parroco para que dé aviso a la corporacion sobre las omisiones y ocultaiones en que incurran los ve­ cinos, se denota ya la influencia deI nuevo siglo en estas reales ordenes: el cura pa­ rroco es ahora tratado coma funcionario al que se le exige un comportamiento de­ tenninado seglin la ley. Se habla ya sin reparos de la obligatoriedad de la milicia 27 y de la necesidad de fonnar estadfsticas a fin de que la "hacienda pueda tomar de ella en la proxima legislatura los datos oportunos para el repartimiento de las con­ tribuciones"28. Madrid debfa realizar un nuevo padron coma disponfa la R.Ü. de 22 de septiem­ bre de 1822. Para evitar algunos males que se venfan observando en los realizados anterionnente, el Ayuntamiento adopto un nuevo plan que quedaba recogido en mas de cuarenta consideraciones. Su realizacion se pensaba que la hicieran sujetos asalariados porque se les podrfa exigir responsabilidades en su trabajo y se evita­ rfa la desatencion poniendo coma pretesto otros negocios palticulares 29 Incluso en 1808, durante el corto y azaroso reinado de José Bonaparte, se realiz6 en Madrid un registra de vecinos para probar la fidelidad de la capital al nuevo rey. Los alcaldes de balTio debfan ir casa por casa haciendo finnar a todos los cabezas de familia; sin embargo, a los pocos dias viendo que este método resultaba diffcil de poner en practica se manda que éstos fueran a firmar a la parro­ quia. De la fiabilidad deI método utilizado nos da cuenta el parroco de San Ginés en una nota adjun­ ta a su relaci6n de firrnas en la que dice que "hubo confusi6n y barullo entre las siete mil aimas que la parroquia tiene". Ver Juan PEREZ GUZMAN y GALLO "Como en Madrid se jur6 al rey José l Napoleon, La I1ustraci6n Espai'iola y Americana, 30 de octubre de 1901, pp. 250-254 Y8 de noviem­ bre, pp. 262-265. Georges DEMERSON dice de este artfculo de PEREZ GUZMAN: "Malheureusement, dan son article un peu rapide, destiné a une revue de grande vulgarisation, PEREZ DE GUZMAN ne donnait aucune indication sur l'endroit où il avait consulté les documents qu'il citait. De sorte que les histo­ riens, qui ont voulu par la suite exploiter plus méthodiquement cette mine dont les premiers sonda­ ges avaient révélé la richesse, n'ont pas réussi à la localicer". "Les registres d'habitants de Madrid sous Joseph I, (decenbre 1808)" en el Bulletin Hispanique, Bordeaux, 1957, tome LIX nQ 2 pag. 200. 26 R.O. de 20 de noviembre de 1822, Archivo de la Villa de Madrid, (A. V.M.) 2/170/51. 27 R.O. citada punto 2. 28 R.O. de 29 de junio de 1822, A.H.N. Reales Ordenes nQ 3403. 29 "Plan adoptado por el Exmo. Ayuntamiento constitucional de Madrid para la forrnaci6n y con­ servaci6n de un Padran General en esta corte". Madrid 8 de agosto de 1822, A. V.M. 1/228/12.

- 654 ­


El plan adoptado por el Ayuntamiento y publicado ese mismo afio venfa acom­ pafiado de numerosos modelos de impresos que facilitaban su realizacion; sin em­ bargo, las numerosas obligaciones burocrâticas a las que se vefan sujetos los veci­ nos de la corte convertfan este padron en poco prâctic0 30 .

La lnstruccion General: El paso sin duda mâs avanzado en la mejora de la estadfstica de poblacion, fue la publicacion en 1837 de una lnstruccion General para formar los estados o censos de las provincias, siendo entonces reina gobernadora Mada Cristina de Borbon 3l . Esta Instruccion General, extraordinariamente amplia, podemos considerarla sin duda coma la base de nuestra estadfstica moderna. En ella se recogfan ya multitud de aspectos y consideraciones que aun siguco en vigor. Ta­ les disposiciones cristalizarfanen el Censo General de 1857 que realizo la Co­ mision General de Estadfstica deI Reino: los criterios adoptados en la elabora­ cion deI censo de 1857, Y la categorfa cientffica deI mismo, hacen que muchos historiadores 10 consideren coma el primer censo bien organizado de la Espafia moderna 32 . La importancia que tiene esta Instruccion General y el anâlisis de la estructura social que conlleva, nos obligan a dedicar unas Ifneas a hacer un estudio mâs deta­ Bado de la misma. Segun la Instruccion, el censo de poblacion deI reino se forma­ da por los estados generales 0 censos de las provincias. el de éstas era el resultado de la redaccion de los estados de sus respectivos partidos; y por ultimo, éstos de­ bfan ser el fruto de la elaboracion y recuento de los padrones nominales de todos los pueblos y localidades de su jurisdiccion33 . A fin de conseguir que este entramado jerârquico fuera eficaz, se elaboraron unas plantillas uniformes con instlUcciones para cumplimentarlas. Si el registro de habitantes de cada partido era el compendio de los numerosos padrones de sus pue­ blos, y estos datos, debfan sintetizarse nuevamente para formar los estados de las provincias, era 16gico que se establecieran unos modelos de padron unicos y vâli­ dos para toda Espafia y que cada extracto y ordenacion posterior de los datos, hasEl hecho de que fueran personas asalariadas las que se hicieran cargo de la realizaci6n dei pa­ dr6n, era un tema que ya habfa sido tratado por las autoridades municipales arios antes debido a las ventajas que esto suponfa. Ver nota 12. 30 Toda persona que se mudase de un barrie a otro 0 incluso de una casa a otra dentro dei mismo barrio, debia notificar1o por escrito y personalmente al alcalde de barrio, (arl. 13 y 14). El alcalde debfa anotar, entre otras cosas, la puerta por donde entr6, el pueblo que le dia el pasa­ portel y el objeto de su visita, etc. (art. 15). 3 "Instrucci6n General para formar los estados 0 censos de las provincias", 29 dejunio de 1837, A.H.N. Real Orden ng 5240. 32 Ver nota 1.

33 "Instrucci6n General", cap. l, art. 1,2 Y3.

- 655 ­


ta la publicaci6n definitiva deI censo general, obedecieran siempre a unas reglas ri­ gurosamente fijadas 34 . De la elaboraci6n dei censo general se encargaria una comisi6n (la Secci6n de estadistica) deI Ministerio de la Gobemaci6n; los estados de las provincias corre­ rfan a cargo de las Diputaciones provinciales, los partidos realizarfan su trabajo por media de una comisi6n compuesta por el alcalde de la cabeza dei partido, dos con­ cejales y otros dos vecinos nombrados porel ayuntamiento; y por ûltimo, cada ayun­ tamiento se encargarîa de la elaboraci6n de su padr6n respectiv0 35 . La Iglesia era -y 10 es aûn hoy-, una instituci6n muy vinculada a la sociedad es­ pafiola a 10 largo de nuestra historia. Este hecho se refleja igualmente en la estadis­ tica, donde arzobispos, obispos y parrocos venian realizando -y aûn realizarîan­ una importante labor36 . Este hecho sufri6 un importante cambio a 10 largo deI siglo XIX: en el ambito de la estadistica oscil6, coma ya apuntaba antes, desde el censo "parroquial" de 1768 al censo "civil" de 1857. Este cambio de mentalidad en cuanto a la concepci6n dei individuo y de la so­ ciedad queda reflejado también en la terminologia utilizada en los documentos de la época. El habitante 0 lugarefio de una localidad, vinculado siempre territorial­ mente a una parroquia, es considerado feligrés, y contabilizado por ello coma al­ ma (término que es utilizado inc1uso en el censo de 1787). En los registros de ha­ bitantes posteriores se definiIia coma individuo (censo de 1797),0 coma persona (1804). Asimismo, era numerado 0 considerado coma vecino segûD su relaci6n con el municipio y su situaci6n econ6mica en ée 7 .

Ibid. cap. I, art. 4, 5 Y6. 35 Ibid. Cap. I, 7. Los encargados de la distribuci6n, recaudaci6n y resumen de las relaciones domiciliarias de los vecinos particulares, asi de la poblaci6n coma deI campo, se haria por vecinos comisionados por los ayuntamielltos. Instrucci6n General, cap. II, art. 1. Estos comisionados recibirian una breve formaci6n antes de comenzar el censo. En cada casa par­ ticular 0 instituci6n deberian dejar una planti!la que volverian a recoger a los pocos dias, una vez cum­ plimentada. En casa de que los vecinos no supieran cubrirlas, los comisionados estaban obligados a ayudarles en su cumplimentaci6n. Este método es el que se utiliza hoy dia. Cap. III "empadronamien­ to vecinal, art. 1 a 10. 36 Respecto a las relaciones Iglesia-Estado y su importancia en Espafia, Jose Maria FERNAN­ DEZ CATON dice 10 siguiente: "Importante documentaci6n la que nace como consecuencia de las relaciones de! obispo, di6cesis, clero y parroquia con la autoridad civil; en Espaiia no se puede olvi­ dar, ni prescindir de las intimas relaciones y conexiones que han existido entre Iglesia y Estado a tra­ vés de los siglos XVI a XX; sera necesario conocer y estudiar esta documentaci6n para valorar en su justa medida estas relaciones; quizâs un conocimiento mas profundo de esta documentaci6n nos ex­ pliquen y nos den una visi6n real de estas relaciones y mutuas dependencias". "Problematica de los archivos parroquiales espaiioles", (J.M.A.CH.), Santiago de Compostela, 1975, pag. 56. 37 No obstante esta terminologia no !Iev6 un proceso de cambio lineal como es 16gico y asi estos conceptos fueron utilizados indistintamente seglin la costumbre, hasta que los antiguos usos desapa­ 34

- 656 ­


Para evitar la vaguedad y la confusion en los criterios de agrupamiento de los individuos en el censo, se establecieron en la Instruccion General de 1837 unas nor­ mas muy precisas al respecto. Habfan de contabilizarse coma "un vecino" solamen­ te a todos los habitantes que tuvieran una misma mesa y hogar, atendiendo ademas a las siguientes razones de caracter socioeconomico: 12) Todas las personas que viven en una misma habitacion dependien­

tes de su cabeza.

22) Las que vivan en habitacion separada, aunque sean solas.

32) Los matrimonios, aunque vivan con otra familia y dependan de

ella bajo cualquier concepto, pues cada matrimonio, con familia pro­

pia 0 sin ella, constituye un vecino por separado.

4 2 ) Las personas sueltas que habitan en fondas, posadas y hospedajes,

sin mantener casa y familia en otra parte, se consideran también co­

mo diversos vecinos.

52) en los cotarros, hospedajes 0 albergues de pasajeros pobres, sean

de caridad 0 de pago, se consideraran coma un solo un vecino todos

los acogidos en dichas casas, y coma distintos los casados que tengan

a sus mujeres en el mismo hospedaje. Exceptuanse de ser empadro­

nados los que estén de transita para unirse asus familias 0 domicilios.

62 ) Los consortes que pennanecen separados de hecho en distintas ca­

sas, haciendo cada uno cabeza de la suya, se reputaran por dos vecinos.

72 ) Los que por interés 0 amistad habitan juntos, viviendo cada uno a

sus expensas, se han de considerar como otros tantos vecinos distintos 38 .

Interpretar aspectos y situaciones de caracter socioeconomico, asf coma esta­ blecer los Ifmites entre muchos de estos conceptos, es una labor delicada y diffcil que se presenta todavfa en los censos actuales. Tengo, pues, serias dudas de que to­ recen y los 'nuevos acaban por imponerse. En el padrôn municipal de Madrid de 1820 se usan indis­ criminadamente los términos de aimas y habitantes. A.V.M. 2/352/49. 38 Cap. IV, art. 1 a 7. A pesar de estas definiciones de vecino, todas hacen referencia a la situaciôn socioeconômica de los habitantes y no a la dimensiôn temporal de su residencia en la corte, aspecto que aun en nuestros dfas en una ciudad occidental, serfa diffcil e incluso imposible de determinar. A este respecto CABA­ LLERO Y MARGAEZ decfa en 1840: "diffcil es calificar en Madrid a la vecindad, fijando de un mo­ do inequfvoco la significaciôn de esta palabra; porque es un puebla tan crecido, donde cualquiera puede establecerse libremente y donde son tan varios los modos de vivir, quién es capaz de distin­ guir la verdadera vecindad de la mera residencia? Noticias topografico-estadlsticas sobre la admi­ nistraci6n de Madrid, Madrid, 1840, pag. 120. Se establecfan, asfmismo, normas para el empadronamiento de personas ausentes, militares y tran­ seuntes (art. 8,9 Y 10), asf como otras para el empadronamineto de colectividades: conventos, cole­ gios, carceles, etc. (cap. VI).

- 657 ­


dos los comisionados responsables de la realizaci6n de un censo en la época que estamos estudiando tuvieran la preparaci6n y la informaci6n suficientes para reali­ zarlo de manera correcta, teniendo en cuenta los problemas antes apuntados en cuarlto a las formas de llevarlo a cabo (falta de cela de los intendentes, trabajo no remunerado, falta de instrucci6n previa de los vecinos comisionados, etc.); a pesar de ello, podemos ver en estas reglas, de manera clara, las bases de un censo mo­ derno. Este censo general aunque tomaba coma principal fuente de datos los padrones municipales e inclufa normas sobre la c1ase de informaci6n que deberfan de reco­ ger éstos, no analiza después esta informaci6n en sus estados. Esta informaci6n re­ sultaba, sin embargo, imprescindible para un gobierno municipal, y son ademas a nuestros ojos, una importante fuente para el estudio de la historia local. Segun la Instrucci6n General de 1837, en los datos recogidos sobre la poblaci6n debfa figurar, ademas de la informaci6n caracterfstica de un padr6n (edad, estado civil, etc.), el tipo de jurisdicci6n a la que pertenecfa la localidad (ciudad realenga, villa sefiorio, etc.)39, el estado de la vivienda (habitable, reedificandose, ruinoso, etc.)40, asf como la profesi6n de cada uno de los censados. Determinar en un censo la profesi6n de las personas de un municipio habfa pre­ sentado ya aigu nos problemas en alguna villa, como era el casa de Madrid, debido a la indefinici6n de muchos oficios y ocupaciones 41 . Este desconcierto era 16gico en ciudades que coma Madrid, a una falta de instrucci6n de los individuos respon­ sables de realizar el padr6n, se sumaba una gran masa de transeuntes y gentes sin oficio fijo que, en su incansable busqueda de una oportunidad en la corte, pasaban en muchas ocasiones, a engrosar la gran masa de mendigos. La Instrucci6n General consideraba este tema importante y por ello contenfa también unas tablas-gufa donde los distintos municipios pudieran plasmar la clasi­ ficaci6n deI estado eclesiastico secular y regular42 , y la relaci6n de los distintos "ofi­ 39 En este aspecto, la "Instrucci6n General" establecia los siguientes tipos de poblamientos: ciu­ dad reaJenga, villas realengas, de senorio eclesiastico y de 6rdenes; lugares realengos, abadengos y de senorfo secular; aldeas realengas y de senorfo secular; y por ultimo, granjas de senorfo eclesiasti­ co, (cap. IX, art. 3) .. 40 "[nstrucci6n General", cap. V, art. 3. 41 En el plan adoptado por el ayuntamiento de Madrid para la formaci6n de un padr6n en 1822 (deI que ya hernos hablado en este capitulo), se decfa a este respecto 10 siguiente: "También ha1I6 la corporaci6n dificultad en determinar con ex.actitud en algunos casos quién puede decirse propietario y quién mercader, y de todos modos serfa mucho mas conveniente dejarse de apelaciones generales y Ilamar al boticario, boticario y al abogado, abogado y al sastre, sastre". A.V.M. 1/228/12. . 42 La c1asificaci6n dei estarnento eclesiâstico era larga y compleja e inclufa los distintos oficios y cargos que se realizaban en una catedral (can6nigos, racioneros, beneficiados, capellanes, etc.), una colegiata (priores, abades, etc.), 0 una parroquia (parroco, ac6lito, rnunidores, etc.), asf coma los de las distintas comunidades de religiosos regulares y seculares divididos por 6rdenes (presbfteros, dia­ conos, subdiâconos, etc.), 0 por votos (profesos, novicios, legos, etc.). "Instrucci6n General", (cap. VIII, tabla IV). - 658 ­


cios deI reino" de su localidad; a pesar deI intento, las tablas presentaban algunas deficiencias y lagunas importantes43 . Este asunto qued6 min sin resolverse en el censo de 1857 y por tanto los responsables de su realizaci6n decidieron omitirlo ya que segûn ellos: "en la clasificaci6n de los habitantes segûn sus profesiones y ocupa­ ciones, se han experimentado tales tropiezos, ya por falta de costum­ bre, ya por la complicaci6n resultante de figurar una misma persona repetidamente y por varios conceptos en las casillas de los padrones, que la comisi6n temerosa de que se paralizase el servicio en muchas provincias con motivo u ocasi6n de las dudas en este particular ocu­ rridas, hubo de renunciar por ahora a semejante averiguaci6n, después de reinterados e inûtiles esfuerzos por obtenerla,,44. La Instrucci6n General era, pues, un marco referencial excelente que permitfa la elaboraci6n de un censo general y coherente de toda la penfnsula. Sin embargo, este marco dependfa extraordinariamente deI rigor con que fueran elaboradas las estadfsticas municipales, ambito que mostraba aûn numerosas deficiencias. Aûn en 1837, el mismo afio de la publicaci6n de la Instrucci6n General, se que­ jaban los jefes polfticos de Madrid de no haber logrado reunir un registro de los movimientos naturales de la poblaci6n, y de la falta de creaci6n dei registro civil de los matrimonios, nacidos y fallecidos de cada afio, a pesar de las numerosas le­ yes que se habfan dictado al respecto: la experiencia habfa demostrado: "que no fueron las mas adecuadas y asf es que en la mayor parte de las provincias no han tenido efecto y que en las demâs se han obtenido datos tan inexactos:; por méto­ dos tan diversos, que ningûn resuItado ûtil puede de ellos deducirse'>'! . Era pues un hecho que en Madrid, aûn en 1837 la estadfstica municipal presen­ taba graves porblemas a la hora de realizar sus diversos cometidos: registro civil, padr6n municipal, listas de electores, etc. 46 . 43 La complejidad de la relaci6n de los que eran considerados oficios dei reino l1ev6 a clasificar en una misma lista a cirujanos, toreros y mendigos. "Instrucci6n General", (cap. VIII, tablas VI, VII YVIII). 44 "Censo General", de 1857, Pr6101o. 45 R.O. de 29 de diciembre de 1837, A.V.M. 10/202/8. 46 En una carta dei Ayuntamiento al jefe polftico, la comisi6n encargada de realizar las listas de electores se quejaba de que "en esta extensa poblaci6n no era posible tanta exactitud" en la elabora­ ci6n de estadfsticas de vecinos, pero peor aun era, segun el1a, que nadie parecfa preocupado de no ha­ berlo conseguido", A.V.M. 2/429/3. Por su parte Antonio FLORES, escritor costumbrista de la época, respecto a la falta de escrupu­ los de aigu nos polfticos en la elaboraci6n de las listas electorales de los vecinos, decfa 10 siguiente: "Pero coma las distracciones son tan naturales y tan frecuentes en la especie humana, y a nadie se le puede obligar a que oiga todo 10 que le dicen, los jefes politicos suelen dejar de oir las rectificacio­

- 659 ­


La creacion dei Registra civil:· A pesar de la progresiva secularizaci6n deI siglo XIX de la que ya he hablado, la parroquia seguirfa siendo en Espafia (incluso en gran parte dei siglo XX, el pun­ to de referencia obligado para el analisis de los movimientos de poblaci6n. Por eso el Ayuntamiento madrilefio exigfa de manera constante a los parrocos noticias acer­ ca de los estados de nacidos, muertos y casados ocurridos en su parroquia respec­ tiva. A estas obligaciones no respondfan igual todas las parroquias 47 , por 10 que los datos que recibfa el Ayuntamiento eran incompletos. Para lograr un registra total de los movimientos de la poblaci6n se cre6, por R.O. de 1841, el Registro civil 48 , prahibiéndose a los parrocos bautizar y enterrar a sus feligreses sin una papeleta oficial que les entregarfa un encargado dei Registro y donde debfan hacer constar todos los nacimientos y defunciones acaecidas en su parroquia. Asfmismo, se les exigfa, ademas de otras obligaciones, que informaran en un plazo de veinticuatro haras de los matrimonios celebrados en la misma 49 . Los jefes polfticos serfan los encargados de confrontar los registros parraquiales con los datos que los parrocos remitiesen al Ayuntamiento, imponiendo las multas que consideraran necesarias segun la gravedad de las omisiones y faltas que notasen 50 . Un hecho importantfsimo que se detecta en un reglamento de policfa urbana pa­ ra la villa de Madrid 51 , era la obligatoriedad de que: nes que les proponen los alcaldes, y aun muchas veces después de oir/as se quedan coma se queda el que oye llover debajo de techado: enjuto y seco sin que se le haya regado una sola gota deI agüace­ ro. Por otra parte, precisa es confesar que las reclamaciones de los ayuntamientos y de los particu­ lares son cinchorrerîas e impertinencias de lugar que no valen la pena de ser atendidas ni aun escu­ chadas. Qué importa que veinte 0 treinta de los primeros contribujentes no figuren coma electores, si hay, en cambio, doscientos 0 trescientos incluidos en las listas que no pagan contribuci6n alguna? Vlti­ mamente, si no se conforrnan con la sordera de la autoridad, aun les queda el recurso de acudir en queja a la Audiencia, y coma la queja no se pierda en el camino y la Audiencia haga justicia al elec­ tor y el jefe polîtico atienda la irrevocable sentencia de la superioridad, aun puede el reclamante al­ canzar la dicha de verse incluido en las listas". Antonio FLORES, La sociedad de 1850, Madrid, Alianza, 1968, pag. 67. 47 En un oficio deI Ayuntamiento en el que se hace referencia a la orden de 1 de enero de 1840, que obligaba a los parrocos a remitir datos sobre sus vecinos (jtodas las noches!), se hacîa constar que de las treinta y una instituciones (hospitales, parroquias, casas de beneficencia, etc.), a las que se habîan solicitado los datos, quince no habîan cumplido las 6rdenes (entre ellas, parroquias tan impor­ tantes camo Santa Cruz), A.V.M. 7/59/2. 48 "Gaceta de Madrid" de 26 de enero de 1841 y "Boletin Oficial de MadIid" de Il de febrero dei mismo ano. Ver también nota 3. 49 "Gaceta de Madrid" de 26 de enero de 1841, art. 3 y 4. 50 Ibid. art. 8 y 9. SI "Reglamento de Policîa Urbana para la M.H. villa de Madrid", Madrid 1841, Museo Munici­ pal, MM-M658-23.

- 660 ­


"todos los vecinos de esta capital y demas personas cabezas de familia, cualquiera que sea su clase, condicion, fuero 0 jurisdiccion, (dieran) par­ te en el preciso término deI tercer dia a los alcaldes de sus barrios, para que éstos 10 hagan en la secretaria deI Ayuntamiento, de los nacidos, ca­ sados y muertos en sus respectivas familias, con expresion de las cir­ cunstancias que marcan los modelos que se estampan al final de este re­ glamento,,52. Al final de cada mes el alcalde de barrio cotejaria los partes de las parroquias con los de los vecinos y aplicarfa las multas que estimara oportunas a los vecinos que hubieran sido morosos 5J . En Madrid, antes ya de la R.ü. de 1841 para la creacion deI Registro civil, funcio­ naba éste al menos desde el 1 de enero de 184054 . De la rigurosidad con que se lleva­ ba a cabo este registro nos habla un documento de la Comision deI gobiemo deI Ayun­ tamiento de Madrid de 1845, en el cual se aseguraba que "la fonnacion deI Registro civil es tan incompleta y tan poco eficaz que apenas satisface ninguna de las miras que tuvo el gobiemo al establecerlo,,55; analogamente, las nonnas dictadas por la R.ü. de 1841 tampoco se cumplfan. Seglin esta Comision, los alcaldes de barrio no podian asu­ mir personalmente la responsabilidad de autorizar todos los matrimonios, bautizos y defunciones de su barrio, 10 que suponfa que este cometido se diversificara entre fun­ cionarios diversos y escribientes, 10 que podrfa Ilevar a autorizar y sentenciar legal­ mente, de buena 0 mala fe, errores que quedarfan registrados para siempre. Por ello la Comision se preguntaba si aûn tenfan que agradecer que no se hubieran cumplido es­ tas nonnas y que todavîa no se hubiera regularizado la fonnacion deI Registro civil. Del anâlisis de este documenta de la Comision se deducen tres conclusiones im­ portantes. La primera, que la creacion deI Registro civil era necesario y urgente, pero debîa lograrse de tal manera que no se sintieran lastimadas las creencias deI pueblo ni perseguida la potestad de la Iglesia; segundo, la creacion deI Registro civil debîa ser paulatina y sencilla, procurando que se adaptara "cuanto quepa a las costurnbres y aÛll a las preocupaciones", de ta! manera que con el tiempo, "reconocidas sus ventajas dîa lIeganl en que la costumbre cambie y la preocupaci6n ceda y entonces podra comple­ tarse la obra"56; y por ûltirno, la ambivalencia que existe aûn en la mentalidad de los 52 "Reglamento de Policîa...", art. 3. Ibid. art. 4. Ademâs de estas normas, el Reglamento establecîa otras de carâcter general para el control de los vecinos. A pesar de que las disposiciones municipales demasiado exigentes no llegaban a cumplirse nunc a, los responsables municipales pretendfan recoger, una y otra vez, el mayor volumen de infor­ maci6n posible sobre la movilidad de la poblaci6n. Las normas que debfan cumplir los vecinos se­ gûn el Reglamento eran, coma ya venfa siendo costumbre (ver nota 30), exageradas. 54 Ver nota 3. 55 "Infomle de la Comisi6n de gobiemo dei Ayuntamiento de Madrid", 10 de marzo de 1845, pâg. 1, A.V.M. 7(59(2. 56 Ibid. pâg. 4. 53

- 661 ­


sobre la validez de los asientos dei Registro civil, que podrfan facilmente cotejar­ se con los de las panoquias respectivas y castigar, si fuera necesario, las posibles irregularidades. Mientras se pensaba poner en marcha este método se derogaron por R.O. de 28 de mayo de 1845, las disposiciones (no cumplidas) de 1841 que prohibfan a los pa­ nocos registrar nacimientos y dar sepultura a sus fieles si no posefan las papeletas dei Registro civil, y les obligaban a dar parte a las veinticuatro horas siguientes de los matrimonios efectuados en su parroquia. No obstante, al final de cada mes de­ bfan remitir al Ayuntamiento una nota sobre los registros efectuados en los libros panoquiales durante ese mes 59 . Anâlisis y consideraciones de los protagonistas sobre estos cambios; las ûltimas mejoras.

Avanzado ya varias décadas el siglo XIX, aun no se habîa conseguido la mo­ demizaci6n de aIgu nos aspectos de la sociedad, a pesar deI interés y de los esfuer­ zos de los polîticos. En el ambito de la demografîa, el hecho de que aun no se con­ tase en nuestro pafs con estadfsticas fiables no era, segun el dem6grafo Agustfn de BLAS (1844), responsabilidad dei gobierno "pues que tantas veces ha intentado te­ nerlas, ni tampoco de la falta de proyectos que las abracen y coordinen,,60. La mejor manera de evitar estos fallos era, por un lado, facilitar a los jefes po­ lîticos responsables de las realizaciones de los censos: "el poder necesario para elu­ dir las maquinaciones de que los pueblos se han valida para ocultar 10 que por error de calcula han graduado de indagaciones fiscales, hechas con el fin de aumentar los cupos de dinero y sangre,,61; y por otro, instruir a las gentes de la necesidad de estas noticias y convencerles de "que los gobiemos no necesitan las investigacio­ nes estadfsticas para aumentar las contribuciones, pues que éstas se exigen en los casos necesarios sin posibilidad en los contribuyentes para eludirlas"62. Para Agustfn de BLAS, las razones de la existencia aun de estos defectos de la estadfstica eran evidentes: la primera, porque un trabajo tan complejo coma éste necesitaba indudablemente de los medios y personas adecuadas; la segunda, por­ que: "una costumbre tan antigua de mentir, fundada en los trocados intereses indi­ viduales, no se vence sin el convencimiento de los que han de prestarse a ser verî­ dicoS,,63. No todos los analistas de aquella época vefan la soluci6n a estos problemas tan facil coma Agustfn de BLAS, y de hecho a alguno de ellos, coma el Marqués de 59

"Boletin Oficial de Madrid", de 28 de mayo de 1845.

60 Agustfn de BLAS, Origen, progresos y lîmites de la poblaci6n, Madrid 1833, pâg. 245.

61

Ibid. pâg. 246.

62 Ibid. pâg. 247.

63 Ibid. pâg. 246.

- 663 ­


VALGORNERA, la experiencia le habfa demostrado que la recopilaci6n de datos sobre la poblaci6n era algo poco menos que imposible debido a que: "casi todos los Ministros de la gobemaci6n los han reclamado hasta ahora sin fruto". Temfa, ademâs, que justificândose las autoridades municipales en el trastomo y desconcierto de la cosa pûblica para no contestar a las repetidas circulares, se crearia el gobiemo haber cum­ plido su obligaci6n por el mero hecho de expedirlas sin curarse de los resultados"64. A pesar de todo eno, y en mi opini6n, se habfa avanzado bastante durante las pri­ meras décadas deI siglo. Muchos ayuntamientos estaban seguros de la necesidad de estas reformas, pero carecfan, a mi juicio, de los resortes necesarios para Ilevarlas a ca­ bo. Era obvio, coma decfa MENDEZ ALVARO a sus contemponineos en 185465 , que el empadronamiento 0 el censo de poblaci6n no era un invento de aquellos tiempos;l. existfa ya en la a.ntigüedad, coma asf quedaba reflejado en algunos pasajes bfblicos ; pero sf eran actuales los problemas que planteaba la practica antigua en cada sociedad y su adecuaci6n a las necesidades e intereses de la misma. El tiempo hist6rico es el ûnico reloj en el que se mueven y evolucionan todas las sociedades, y en el que se van sumando los avances de cada una de ellas. Las nuevas ideas dei siglo XIX, los nuevos adelantos y, con ellos, las nuevas necesida­ des de la sociedad, obligaron a buscar sistemas mejor elaborados y mas fiables pa­ ra el registro y censo de la poblaci6n. Estos cambios, s610 benefician a la sociedad en la medida que son utilizados, corregidos y mejorados continuamente, 10 que de­ termina que su transformaci6n sea lenta en el tiempo. Esta idea fue, por fin, asumi­ da por los responsables deI censo de 1857 que consideraban que "en estas materias no se adquiere posesi6n sino con el tiempo, ni se adelanta sino con la perseveran­ cia, ni se depura la verdad sino con las comprobaciones"67. La mejora en las técnicas de elaboraci6n de censos, el cambio de costumbres sociales 0 la pretensi6n por parte de algunas élites dirigentes de hacer comprender a un pueblo inculto la necesidad de unas reformas sociales, son transformaciones que s610 logran implantarse en una sociedad en un largo perfodo de tiempo. Aûn en 1845, una villa tan importante coma Madrid presentaba defectos en la lista de los vecinos contribuyentes, tan graves, que no era posible pasar desaperci­ 64 Marqués de VALGORNERA, "De la Beneficencia Publica en las sociedades modernas", en Revisla de Madrid, Madrid 1838 pp. 320. 65 Francisco MENDEZ ALVARO, Consideraciones sobre La Higiene publica y mejoras que re­ clama en Espaiw La Higiene MunicipaL, Madrid, L853. 66 Exodo 30,12; Numeros l, 17-44; 2 Samuel 24; Esdras 2,2-69; Nehemîas 7,7-66; yen el Nue­ vo Testamento, Lucas 2, 1-7. 67 "Censo General" de 1857, Pr6logo.

- 664 ­


bidos, ya que en ella "se inscribieron personas que habfan fallecido cuatro y seis afios antes de la formaci6n de la lista, y otros de no menos magnitud,,68. Como vemos, casi cincuenta aDos después de iniciado el siglo XIX, la estadfstica censal 0 demografica presentaba aun demasiados defectos. Sin embargo, la insisten­ cia con que los jefes polfticos venfan intentando mejorar los recuentos de poblaci6n desde los anos finales deI siglo XVIll y, sobre todo, desde las primeras décadas deI si­ glo XIX, iva dando sus frutos. Y asf en Madrid, el19 de julio de 1845 cre6 el Ayun­ tamiento una Comisi6n de Estadfstica a la que encarg6 la formaci6n de un nuevo pa­ dr6n69 . Esta Comisi6n no se limit6 a la elaboraci6n deI padr6n, sino que estableci6 nue­ vas normas para su realizaci6n, simplificandolo y evitando asf que las dificultades que ofrecfa el método establecido sirviera de pretexto para que muchos vecinos se inhibie­ ran de un censo, encuesta, interrogatorio, etc. "que personas autorizadas y dotadas su­ ficientemente encontrarfan dificultad para llenarla"70. Otra de las mas importantes tareas que llev6 a cabo esta Comisi6n fue la de di­ vidir la capital de Espana en secciones, conforme al numero de distritos y barrios, clasificando éstos por calles y casas para que los tenientes de alcalde: "tuvieran una noticia aproximada de los vecinos, y fija de los barrios, calles, casas y su numera­ ci6n antigua y modema, comprendidas en sus distritos,,71. Por ultimo, también se encargaron de poner orden: en la "dislocada divisi6n eclesiastica de Madrid", de la cual era prac­ ticamente imposible conocer sus verdaderos Ifmites, con el fin de en­ lazarla con la ultima divisi6n municipal, verificada en 1845, y que era "la mas perfecta entre todas las hechas desde el ano 1768,,72.

Conclusiones. Hablar sobre los avatares y continuos avances de la estadfstica nos lleva irremedia­ blemente hasta nuestros dfas. Este trayecto nos mostrarfa, entre otras cosas, la progre­ siva tecnificaci6n en la realizaci6n de estudios sobre la poblaci6n, el descrubimiento actual de la informaci6n estadfstica coma arma polftica (consultas sobre intencionali­ dad de voto, sobre los valores y creencias de un pueblo, etc.), as! coma la progresiva generalizaci6n y diversificaci6n deI usa de la estadfstica en las sociedades modemas. No obstante, a 10 largo de las pasadas lineas, mi prop6sito ha sido analizar los inicios y obstaculos que tuvo la sociedad espafiola, y particularrnente el municipio de Madrid, desde los ultimos aDos deI siglo XVIll (con la realizaci6n deI censo de Floridablanca 68 "Infonne de la Comisi6n municipal de Estadfstica de Madrid", ano 1846, A.V.M. 6/21/1. 69 Ibid. pâg. 1. 70 Ibid. pâg. 2. 71 Ibid. pâg. 2. 72 Ibid. pag. 8. - 665 ­


en 1787) hasta los ultimos afios de la primera mitad deI siglo XIX, dmante los cuales se van efectuando reformas notables que llevaran a la realizaci6n deI primer censo con­ siderado cientifico de este siglo en 185773 . Tomando siempre coma referencia la villa de Madrid, crea que la creaci6n de la Comisi6n de estadfstica deI Ayuntamiento y su importante labor de reorganizar la divisi6n administrativa de} municipio, son un hecho basico e importante en la formaci6n de una organizaci6n municipal coherente y clara que permitiera el ana­ lisis y estudio de la poblaci6n, asf coma las potencialidades y necesidades deI mu­ nicipio. Todo ello servirfa de fundamento 0 modelo de referencia para la posterior elaboraci6n de una estadfstica general deI reino. Madrid, iniciaba asf los primeros pasos de una nueva andadura organizativa de la estadfstica demogrcifica, base de toda historia. MENDEZ ALVARü, aun se sorprendfa en 1853 de que un Estado pudiera con­ servarse en mediano orden sin apoyarse en una buena estadîstica de poblaci6n. Sin embargo, crefa que en Espafia, a pesar de la desordenada administraci6n que has­ ta el dfa habfa habido y de la indiferencia con que vivfa la sociedad sin datos cier­ tos y seguros sobre la poblaci6n que permitieran la realizaci6n de mejoras socia­ les, la unidad religiosa habfa pennitido su bsanar estas deficiencias al confiar al cle­ ro la importante labor de registrar en sus libros parroquiales los nacidos, casados y muertos de la poblaci6n74 . En conclusi6n, después de todos los problemas reflejados en este estudio, nos vemos obligados a mirar los datos estadfsticos que manejemos sobre esta época si no con escepticismo, sf con cierta prudencia. La cuesti6n que ahora se plantéa es a qué realidad social concreta respondfan estas estadfsticas de poblaci6n. Resolver este interrogante sera el objetivo de una pr6xima investigaci6n. 73 No podemos decir que en el censo de 1857 se superaran todos los problemas planteados en la estadîstica en los siglos precedentes, pero sî podemos decir que su planteamiento era muy diferente a los anteriores. Su reforma mâs importante fue la consideracion de la simultaneidad general deI cen­ so, 10 que evitaba que en transcurso de la operacion censal se omitieran 0 repitieran sistemâticamen­ te algunos individuos. Como ejemplo dei rigor con que fue elaborado este censo, cito un pârrafo dei Prologo en el que se dice que "(una vez reunidos par parte de la Comision todos los datos), los ha examinado prolijamente, resumenes, memarias y hasta las cédulas de inscripcion vecinal de cada pue­ blo, ha puesto reparos donde procedîan, ha promovido aclaraciones, ha exigido rectificaciones, y so­ lamente después de estar satisfecha en unos casos 0 de haber agotado en otros los recursos de que dispone, ha dado la ultima mana y convencîdos de que par ahora no puede irse mâs lejos". "Censo General" de 1857, Prologo. 74 MENDEZ ALV ARa, Ob. cit. pâg. 37. L. HENRY dice a este respecto: "Antes de la instauracion dei registro civil propiamente dicho, la inscripcion, en la prâctica, solo abarcaba a una parte de la poblacion, aquella que pertenecîa a con­ fesiones religiosas que mantenîan registros. Esta Iimitacion no es un inconveniente mientras la frac­ cion de la poblacion que haya escapado al registro sea pequefia y esté bien delimitada". Manual de demografia hist6rica, Barcelona, Crîtica, 1983, pâg. 62. Creo que este fue el casa de Espafia durante muchos siglos de su historia modema.

- 666 ­


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.