UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN Enrique Guzmán y Valle
Las
POLÍTICAS LINGÜÍSTICAS Antonio Flores Quispe 2016
Muchos países cuentan con una política lingüística concebida para promover o contener el uso de un idioma concreto o de un conjunto de los mismos. Para su elaboración requiere dos sujetos: los hablantes y los gobiernos (regional o central).
https://en.wikipedia.org/wiki/Language_policy
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS LINGÜÍSTICOS
La Declaración Universal de Derechos Lingüísticos fue aprobada en Barcelona durante la Conferencia Mundial de Derechos Lingüísticos, celebrada del 6 al 9 de junio de 1996 por iniciativa del Comité de Traducciones y Derechos
Lingüísticos.
El texto de la Declaración fue presentado ante el representante del director general de la UNESCO; considera la diversidad lingüística y cultural existente en el mundo y rechaza la homogeneización cultural forzada, reconoce derechos lingüísticos individuales y colectivos.
La declaración consta de un texto preliminar, un preámbulo y 52 artículos, divididos en tres Títulos (uno preliminar y dos más): Título preliminar: Precisiones conceptuales (establece definiciones y conceptos; comunidad lingüística, grupo lingüístico, relación de integración,...)
Título primero: Principios generales (derecho de las comunidades lingüísticas a organizarse, a preservar y promover su sistema lingüístico; igualdad de las comunidades lingüísticas en derechos,...)
Título segundo: Régimen lingüístico general (divido en 5 secciones): • Sección I: Administración pública y órganos oficiales. • Sección II: Educación. • Sección III: Onomástica. • Sección IV: Medios de comunicación y nuevas tecnologías. • Sección V: Cultura.
Panorama lingüístico de América Latina
En la últimas décadas, en América Latina ha ido apareciendo una legislación de reconocimiento de las lenguas indígenas. Este hecho, por sí mismo, constituye un paso positivo, aunque muchas veces haya quedado sólo en el nivel declarativo. (Godenzzi 2001)
En 1975 se da la primera oficialización de una lengua indígena: fue el caso del quechua en el Perú.
Más tarde, en Paraguay, el guaraní queda instituido como lengua co-oficial, si bien se deja de lado a las otras lenguas indígenas. (Godenzzi 2001)
En Colombia, la nueva Constitución de 1991, en su artículo 10º determina: “El castellano es el idioma de Colombia. Las lenguas y dialectos de los grupos étnicos son también oficiales en sus territorios…”
(Godenzzi 2001)
El sentido de una política lingüística
El sentido primordial y último de una política lingüística es hacer que los hablantes lleguen a desarrollarse como seres humanos que hablan, capaces de interpretar el mundo y de crearlo en su discurso, sin afectar el desarrollo lingüístico de quienes hablan lenguas diferentes en el mismo ámbito nacional.
Hacer que cada hablante habite plenamente su lenguaje y emprenda la aventura de encontrarse con el otro, con el mundo y consigo mismo, constituye un derecho fundamental que toda polĂtica lingĂźĂstica debiera garantizar.
Tal polĂtica no acarrea el empobrecimiento idiomĂĄtico de los ciudadanos, sino, por el contrario, el despliegue del lenguaje en
toda su riqueza y posibilidad.
Toda intervención política sobre el lenguaje, en una atmósfera democrática, debiera tender a evitar la intolerancia.
La lengua no es arma para homogeneizar o camisa de fuerza para oprimir, sino un instrumento que ayuda a crecer en capacidades y derechos, en entendimientos y convivencia social.
¿CUÁLES SON LOS DERECHOS LINGÜÍSTICOS EN EL PERÚ?
De acuerdo con la Constitución del Perú y la Ley N° 29735, todos los peruanos y peruanas tenemos los siguientes derechos lingüísticos que podemos ejercer de manera individual y colectiva: • Derecho a no ser maltratados ni rechazados por usar una lengua diferente al castellano en un espa-cio público o en uno privado.
• Derecho a usar nuestro propio idioma ante cualquier autoridad, organismo o instancia estatal, así como a pedir la ayuda de un intérprete en estos espacios si es necesario. • Derecho a gozar y disponer de los medios de traducción que garanticen el ejercicio de nuestros derechos en todo ámbito.
• Derecho a mantener y desarrollar nuestra lengua, tradiciones y cultura de nuestro pueblo.
Además todos tenemos derecho a la igualdad idiomática y la eliminación de las desventajas de la discriminación por el uso de las lenguas originarias. Así mismo, la Ley 29735 resalta el derecho a hablar una o más lenguas originarias y que aquellos que tengan como lengua materna una lengua originaria pueden aprender el castellano sin que implique la substitución de la primera. (Ministerio de Cultura 2016)
¿Cómo promover el cumplimiento de los derechos lingüísticos?
Los hablantes de una lengua indígena tienen la gran responsabilidad de transmitir, mantener y dar a conocer su lengua.
• Asegura que los niños y niñas de la comunidad aprendan su idioma y se sientan orgullosos de hablarlo. • Organiza a tu comunidad para que todos hablen en su lengua en público y usen su escritura.
• Solicita que los carteles públicos, los nombres de calles y otros mensajes estén también en lengua originaria. • Solicita que los miembros mayores de tu comunidad enseñen canciones y tradiciones de su pueblo en su lengua originaria. • Exige que en las instituciones públicas se atienda en tu lengua indígena.