ABORTO: DELITO, CLANDESTINIDAD E INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO

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Por: Lic. Abril Alejandra Jiménez Garrido*

ABORTO: DELITO, CLANDESTINIDAD E INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO

En todo el mundo, e inclusive dentro de la República Mexicana y siendo más específicos en Chiapas, Guanajuato, Puebla, Oaxaca y el mismo Estado de México, son entidades donde el aborto mediante la decisión de la mujer está penalizado y donde las adolescentes se practican el mismo de manera clandestina, de hecho una de cada tres mujeres se somete Adolescentes embarazadas

a un aborto antes de los 45 años,

sin embargo, el rango de edad donde se suscitan los abortos con mayor frecuencia oscila entre los 12 y 24 años de edad, mismas que en muchas ocasiones realizan esta práctica por un impulso, es decir, sin pensar en las consecuencias, o bien, dejan que otras personas como sus padres o pareja tomen la decisión, ello implica que la práctica del aborto sea realizada sin plena consciencia del acto y voluntad del mismo, así como irresponsabilidad de la propia mujer y de quienes la impulsan a tomar dicha decisión. Pero el aborto, también puede concebirse como una decisión razonada del género femenino, la cual toma, habiéndose informado de los pros y los contras de ésta práctica, así como de posibles alternativas, a efecto de no realizar el aborto; y si es el caso de que la decisión sea el someterse a este procedimiento, se le brinden lugares o instituciones donde se garantice la salud, privacidad, respeto y derechos que le corresponden, asimismo, se debe evitar que la mujer sea criminalizada por la sociedad, por el simple hecho de tomar una decisión que obedece a necesidades propias y no de los demás. *Profesora de la Carrera en Derecho de la Facultad de Estudios Superiores Aragón.


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