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Noviembre 2012
Políticas Públicas y Presupuesto con Perspectiva de Género
Políticas Públicas y Presupuesto con Perspectiva de Género Maestro Raúl Ignacio Morales Chávez Profesor del área de Economía de la FES Aragón y Consultor Presupuestal
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el sexo determina las características fisiológicas, mientras que el género parte de las costumbres sociales, condiciona los comportamientos...
Introducción El presente trabajo fue presentado de forma sintética, como una ponencia, en el marco de la “2ª Jornada de lo Prohibido”, realizada del 8 al 12 de octubre de 2012 en la Facultad de Estudios Superiores Aragón. El único objetivo de estas notas es que los alumnos conozcan y ubiquen la importancia de los Presupuestos con Perspectiva de Género y sus avances en México. Para abordar esta temática, primero se presentan los Aspectos básicos de Género, ubicando el origen de la categoría de Género y su definición, diferenciándolo del concepto de sexo, posteriormente se incluyen los conceptos de sistemas de género, relaciones de género, perspectiva de género, transversalidad de género y la institucionalización de género, analizando en cada una de ellos sus implicaciones. En segunda instancia, se pasa a revisar la importancia de los Presupuestos con Perspectiva de Género y las diferentes metodologías que existen para integrarlos. Finalmente, se hace un recuento rápido de los avances en la implementación de los Presupuestos con Perspectiva de Género en México y de las actividades que quedan pendientes por realizar en el país. Cabe aclarar que estas son notas desarrolladas para elaborar la ponencia presentada y lo único que buscan es iniciar una discusión que deberán de retomar los alumnos y profesores interesados en el este tema en un futuro.
I.- Aspectos Básicos de Género. La palabra género es una traducción del vocablo inglés gender, que fue utilizado por primera vez en la psicología médica durante los años 50´s del siglo XX, pero es hasta 1968 que Robert Stoller la acuña y desarrolla a través de una investigación empírica en la que demostró que lo que determina la identidad y el comportamiento masculino y femenino no es el sexo, sino el entorno social, las costumbres, la religión y las experiencias que giran en torno al hecho de haber nacido como mujeres o como hombres. Esta categoría, empezó a difundirse ampliamente a partir de la década de los años 80 del siglo pasado y puso al descubierto el hecho de que los roles masculinos y femeninos no estaban determinados por el sexo (es decir, por las características biológicas), sino que han evolucionando en función de las diferentes situaciones culturales, sociales y económicas de cada país. La categoría de género es un concepto social que parte de las diferencias biológicas entre los sexos y define más ampliamente tales diferencias, así como las desigualdades entre los roles que se asignan a mujeres y hombres en función del contexto socioeconómico, histórico, político, cultural y religioso de los diferentes países en los que viven. Al respecto Scott define al Género como “un elemento constitutivo de las relaciones sociales basadas en las diferencias que
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distinguen los sexos y el género, es una forma primaria de relaciones significantes de poder” (INMUJERES, pág. 73, 2007) O sea esta categoría hace referencia a las formas históricas y culturales en que mujeres y hombres construyen su identidad, interactúan y organizan su participación en la sociedad, estas formas varían de una sociedad a otra y se transforman a través del tiempo. Por lo anterior, es necesario diferenciar entre sexo y género, ya que el primero pertenece al dominio de la biología y se basa en las diferencias físicas y biológicas entre el hombre y la mujer (que normalmente no podemos cambiar), lo anterior significa que los seres humanos nacen sexuados. Entonces el sexo determina las características fisiológicas, mientras que el género parte de las costumbres sociales, condiciona los comportamientos, los valores y las diferentes expectativas de vida, según seamos mujeres u hombres. El género, por lo tanto, agrupa los roles y las funciones asignadas respectivamente a mujeres y hombres. De esta forma, cada sociedad desarrolla su propio sistema de género, el cual se puede definir como “Un conjunto de prácticas, símbolos, representaciones, normas y valores sociales que las sociedades elaboran a partir de la diferencia sexual –anatómica y fisiológica- y que da un sentido general a las relaciones entre personas sexuadas” (De Barbieri Teresitas, pág. 11, 1992). En este sentido, el género puede ser
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modificado si la sociedad transforma su cultura y cambia los roles establecidos. Es por lo anterior, que el Género es una categoría pluridisciplinaria, al contrario de otras que solo pueden ser conceptos sociológicos como el de clase social. El género no es homogéneo, ya que es transversal con otras categorías sociales, como la etnia, la pertenencia a una clase social, a una comunidad religiosa, etc. Todas estas características se traducen en las condiciones de vida de mujeres y hombres, en su forma de ser, de existir y de crear. Derivado de la categoría de género, se establecen las relaciones de género, las cuales pueden definirse como las vías mediante las que una sociedad define los derechos, las responsabilidades, las identidades (femenino/masculino) y determina el tipo de relaciones sociales que desarrollarán las mujeres y los hombres, además que ellas influirán en las condiciones de vida de ellas y ellos y fijarán su posición y su poder dentro de la sociedad. Las relaciones de género se caracterizan por:
Ÿ Ser diferentes en cada país, en cada cultura, de una religión a otra o de una sociedad a otra. Ÿ Estar influenciadas por diferentes factores, tales como: la etnia, la clase social, la condición y la situación de las mujeres, etc. Ÿ Evolucionar en el tiempo. Ÿ Ser dinámicas y estar en el centro de las relaciones sociales. Ÿ Tener como principal característica la desigualdad: ya que existe una jerarquización de géneros, según la cual los hombres ocupan un lugar privilegiado en relación a las mujeres. Las relaciones de género, por lo tanto, tienen una base cultural, ya que es la sociedad quien define las actividades, el estatus, las características psicológicas, el papel y la importancia de cada uno de los géneros. Por lo que no debemos entender al sexo como género. Como tampoco el
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género no es sinónimo de mujer. Para poder ubicar estas relaciones se requiere llevar a cabo un análisis de género, el cual muestra la existencia o persistencia de desigualdades, la desvalorización de las mujeres en los niveles político, social y económico y como esta desvalorización y esta subordinación son consecuencia de esas relaciones sociales de género. Por lo tanto, no es un problema que concierne solamente a las mujeres sino a toda la sociedad. Aunque hay que entender que las diferencias sexuales en sí mismas no son la causa de las desigualdades existentes entre las mujeres y los hombres, ni tampoco las justifican, ya que es la sociedad, a través de la cultura, es la que interviene creando identidades diferentes para cada uno de los sexos o lo que es lo mismo, elaborando los denominados sistemas de género. Es entonces cuando las diferencias se transforman en desigualdades. Para entender estas desigualdades es necesario realizar un análisis basado en la Perspectiva de Género, la cual “es una herramienta conceptual que busca mostrar que las diferencias entre mujeres y hombres se dan no solo por su determinación biológica, sino también por las diferencias culturales asignadas a los seres humanos” (INMUJERES, pág. 104, 2007). Este concepto implica que al estudiar una sociedad a través de la perspectiva de género nos permite comprender más profundamente la vida de las mujeres y de los hombres, entender sus relaciones, ubicar sus desigualdades existentes, cuestionar los aportes y beneficios diferenciados de las políticas públicas en la calidad de vida de ambos, visibilizar a las mujeres como sujetos potenciales de desarrollo, ubicar la discriminación contra las mujeres y las vías para transformarla por medio de una redistribución equitativa de las actividades entre los sexos, una valorización de los trabajos que desarrollan las mujeres, una modificación de las estructuras sociales, mecanismos, reglas, prácticas y valores que reproducen la desigualdad y amplían el poder de decisión y de gestión de las mujeres.
En ese sentido, la perspectiva de género nos permite replantear la visión androcéntrica de las estructuras sociales, ya que pone en entre dicho los conceptos elaborados para analizar al conjunto de la vida social, derivado de que estos dejan en la oscuridad a las mujeres, o bien las ignoran o implícitamente las consideran como subordinadas o marginales. Por lo que al adoptar la perspectiva de género implica la voluntad de conseguir la igualdad real entre hombres y mujeres. Es por eso que las relaciones desiguales entre mujeres y hombres son el primer obstáculo a salvar si pretendemos realizar acciones que creen mejores condiciones de vida para las personas pobres (mujeres y hombres), y que permitan el acceso de las mujeres a un desarrollo participativo. Para evitar la desigualdad de género es necesario incorporar la Transversalidad de Género (o de la Perspectiva de Género) desde el diseño, formulación, ejecución y evaluación de las políticas públicas, programas, actividades administrativas y económicas para que las mujeres y los hombres contribuyan al cambio de la situación de la diferencia de género. Por lo que la Transversalidad de Género (o de la Perspectiva de Género) es una metodología de intervención que admite la inclusión de elementos de equidad de género en los diversos ámbitos de la administración pública, como son: reestructuración de procedimientos y normas, cambios en la cultura organizacional de las instituciones, desarrollo de capacidades entre otros; todo ello, con el fin de poder incidir en la mejora, o en su caso, creación de políticas públicas para avanzar en el proceso de institucionalización de la perspectiva de género. Dicha metodología tiene como características un enfoque, un proceso y un método: Ÿ La Transversalidad como enfoque
promueve la incorporación de las necesidades, experiencias e intereses de las mujeres y de los hombres en el diseño de políticas públicas con el
objetivo de construir un proceso de desarrollo para transformar las relaciones entre mujeres y hombres en un sentido igualitario. Ÿ La Transversalidad como proceso
busca incidir en la toma de decisiones para la reorganización, mejora, desarrollo y evaluación de los diferentes ámbitos que participan en el diseño y ejecución de las políticas públicas con el objetivo de cerrar las brechas de desigualdad entre los géneros. Este proceso es activo, sostenido y consciente de cambios e innovaciones, dirigido a revisar los marcos de política desde donde se definen y abordan los temas de la agenda pública, así como las formas de evaluar sus resultados e impacto a corto, mediano y largo plazo, Ÿ La Transversalidad como método,
implica además articular acciones y aplicar recursos desde distintos ámbitos con un mismo propósito, el cual será incorporar la igualdad de género en la acciones de gobierno. (INMUJERES, pág. 2, 2012). Es por eso que la Transversalidad de Género incluye el: Ÿ Dar prioridad a una perspectiva participativa tendiente a la autonomía y la autodeterminación de las mujeres. Teniendo en cuenta también que el colectivo de mujeres no es homogéneo, sino que entre ellas existen también intereses distintos.
Ÿ Otorgar mayor interés a las mujeres, con el fin de disminuir las desigualdades de género, ya que la experiencia nos ha demostrado que las acciones supuestamente “neutras” refuerzan las relaciones de poder adquiridas, por lo que es necesario impulsar acciones positivas y sistemáticas en favor de la mejora de la situación de las mujeres. En este marco, la Transversalidad de Género permitirá la institucionalización de la perspectiva de género entendiendo que ésta tiene una dimensión que ayudará a cambiar las representaciones de lo
femenino y lo masculino, lo anterior tendrá incidencia en los diversos ordenes de la sociedad tales como la familia, el mercado, así como en las estructura sociales y del Estado, para con ello buscar crear nuevas normatividades y mecanismos para que se dé una distribución equitativa de los beneficios y recursos generados a partir de las políticas públicas modificando las prácticas sociales. (INMUJERES, pág. 2, 2012) En ese sentido, para que las desigualdades de género desaparezcan es indispensable que se incluya la institucionalización del género, la cual es un proceso estratégico que supone cambios sostenidos en diversos órdenes y aspectos de la estructura y las prácticas de las instituciones hacia las cuales se dirige la iniciativa. Este proceso contempla, además, a los actores institucionales que deben ser considerados en sus comportamientos y que deben ser modificados, así como de las organizaciones. (García Prince Evangelina, pág. 15, 2003). A este respecto, Douglas North establece que las Instituciones son las que representan el marco normativo que la sociedad en su conjunto ha adoptado para el control y fijación de las posibilidades que tienen las personas respecto de sus necesidades e intereses y las relaciones con otras personas y las Organizaciones son las que llevan a la práctica estas normas para dar respuesta a las necesidades (Douglas North, pág. 21, 1990) Por lo que para llevar a cabo la Institucionalización de Género es necesario llevar a cabo cambios en las Instituciones (marco normativo) y en las organizaciones (desarrollo institucional). Por ejemplo, el Institucionalizar el enfoque de Género en las Políticas Públicas tiene que ver y pretende dar solución y respuestas a las desigualdades que se expresan en el orden institucional y en las organizaciones, respecto a: a) Las asimetrías institucionalmente estructuradas que existen en el acceso a los recursos y beneficios de las instituciones y organismos públicos.
b) Las situaciones de ventaja o desventaja de las mujeres frente a los hombres en: b1) las estructuras y las normas, b2) las prácticas y ordenamientos, y b3) la distribución y presencia de las y los actores, en las instituciones y organizaciones. c) La desigualdad entre hombres y mujeres en las probabilidades de acceder en términos equivalentes a los bienes y servicios públicos que garantizan el ejercicio de los derechos ciudadanos en todos los órdenes. Lo anterior, significa que en la mayoría de los casos es necesario crear una nueva institucionalidad capaz de dar sostenibilidad al propósito de las políticas de igualdad que habrán de formar parte de las agendas públicas renovadas y sustituir progresivamente la orientación androcéntrica del marco institucional y transformar el papel de las mujeres en las políticas de desarrollo. Habría que, como señala Aruna Rao, “desinstitucionalizar los privilegios masculinos” y dar prioridad a la igualdad de géneros en los objetivos institucionales. (García Pince Evangelina, pág. 23, 2003). Entendiendo como Política Pública a una práctica social y no un evento singular o aislado, ocasionado por la necesidad de: Ÿ Conciliar demandas conflictivas o, Ÿ Establecer incentivos de acción
colectiva entre aquellos que comparten metas, pero que encuentra irracional cooperar con otros. (FRQHOCK. FM, pág. 11, 1979) En ese sentido, la institucionalización de las políticas de igualdad de género es un proceso que varía de sociedad a sociedad, ya que las exigencias y posibilidades son distintas en cada una de ellas.
II.- Los Presupuestos con Perspectiva de Género. Para disminuir las desigualdades de género no es suficiente con que en el discurso político se reconozca la necesidad de
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garantizar la equidad entre mujeres y hombres o que la planeación de las políticas se haga tomando en cuenta la dimensión de género, es necesario que estas políticas se concreten efectivamente en bienes, servicios y actividades que hagan posible el desarrollo de habilidades y de capacidades de las mujeres, así como en la mejora en su calidad de vida. Para lograrlo, es fundamental introducir el enfoque de género en la distribución de los recursos públicos, a través del presupuesto, siendo de suma importancia el rol que tenga la sociedad civil y los grupos organizados de mujeres en su tarea de impulsar y exigir que se dirijan a disminuir las desigualdades de género, que tengan un manejo transparente y que se fiscalice cotidianamente su ejercicio.
Por lo anterior, el presupuesto con perspectiva de género favorece la incorporación del género en las decisiones de la política presupuestal y por consiguiente, permite generar las bases necesarias para facilitar un acceso equitativo a los recursos por parte de las mujeres y otorga una herramienta útil para realizar un seguimiento y control de la utilización de los fondos gubernamentales en políticas y programas públicos, lo que a su vez implica monitorear las decisiones que toma el gobierno en materia económica, social y de género. ¿Como se define un presupuesto con perspectiva de género? Es un presupuesto que reconoce: *
Pero, ¿por qué son necesarios los presupuestos públicos para mitigar las desigualdades de género? Son necesarios, porque los presupuestos públicos son el medio por el cual se determina el acceso de la ciudadanía a los bienes y servicios públicos de un país, ya que a través de ellos es posible distinguir cómo se establecen las prioridades del gobierno, a qué grupo de la sociedad se beneficia, qué tipo de trabajo se reconoce y como se retribuye, entre otras cosas. Es por eso que el presupuesto es el instrumento más poderoso de la política económica y, como tal, puede ser una valiosa herramienta para reforzar la democracia y el ejercicio de los derechos de las mujeres. En ese sentido, el presupuesto con perspectiva de género pretende tres aspectos: Ÿ Aumentar la atención del gobierno
hacia las mujeres, a través de establecer políticas, programas y actividades dirigidas hacia ellas. Ÿ Establecer mecanismos eficientes para la distribución de recursos del gobierno para la institucionalización del género en la sociedad. Ÿ Transparentar los recursos que tengan implicancias de género.
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Las construcciones de género como normas que rigen las relaciones sociales.
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Las diferentes posiciones y condiciones que mujeres y hombres tienen en la sociedad como producto de las relaciones genéricas.
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La existencia de desigualdades económicas, sociales, políticas y culturales entre hombres y mujeres, resultantes de las relaciones genéricas.
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Las diferentes necesidades de bienes y servicios públicos en mujeres y hombres por las posiciones y condiciones desiguales entre mujeres y hombres, generalmente desfavorables para las mujeres. (INMUJERES, pág. 11, 2005)
Para la conformación de los presupuestos con perspectiva de género se cuenta con cuatro grandes metodologías reconocidas a nivel internacional, que son: Ÿ La presentada por Debbie Bunlender
and Rhonda Sharp en “How to do a gender sensitive budget: Contemporary research and practice”, que establece los siguientes
aspectos: -Informe de gastos sensibles al género de una agencia o sector presupuestal. 1. Clasificación del gasto. 2. Análisis del impacto por género de las categorías del gasto. 3. Reporte de informe. Ÿ La propuesta por South African
Women's en “Budget Initiative and Gender Education and Training Network Money matters: workshop materials on gender and government budgets, que contiene los siguientes aspectos: -Cinco pasos para un presupuesto sensible al género. 1. Describir la situación de mujeres y hombres, de niños y niñas (y los diferentes subgrupos) en un sector. 2. Revisar si las políticas atienden las situaciones de género descritas en el paso 1. 3. Revisar que el presupuesto esté adecuadamente distribuido para aplicar una política sensible al género. 4. Revisar si los gastos están siendo ejercidos como se planeó. Esto implica revisar tanto el apoyo financiero como en los productos. 5. Examinar el impacto de las políticas y del gasto y evaluar si éstos han promovido los compromisos del gobierno en materia de equidad de género. Ÿ La establecida por Diane Elson en
“Gender responsive budget initiatives: some key dimensions and practical examples”, la que propone los siguientes aspectos: -Análisis de género en cuatro dimensiones del presupuesto. 1. Seleccionar un ministerio o programa, y sobre el ciclo del presupuesto examinar lo planeado y lo realizado en cuanto a:
- Recursos financieros - Actividades financiadas - Productos otorgados - Impactos en el nivel de bienestar de la población 2. Realizar un análisis de género en estas dimensiones presupuestarias, usando herramientas de gastos e ingresos. 3. Aplicar las herramientas analíticas en los diferentes niveles de toma de decisiones presupuestaria incluyendo: - Estrategia macroeconómica agregada - Composición de los ingresos y gastos - Eficacia de los servicios otorgados 4. Identificar las brechas por género (en el nivel individual, familiar, económico, social, trabajo pagado y no pagado) y los cambios políticos y presupuestarios que necesitan realizarse. 5. Dar a conocer los resultados del análisis con el objetivo de propiciar cambios en las decisiones políticas y presupuestarias. Ÿ La presentada por Rhonda Sharp en
“Budgeting for equity. Gender budget initiative within a framework of performance oriented budgeting”, que establece los siguientes aspectos: -Vínculo entre el presupuesto por productos y resultados y los presupuestos sensibles al género. 1. Desarrollo del proceso de planeación, programación y presupuestación en el esquema de la cadena, lo cual implica: A. Definición de los objetivos de política pública y las prioridades. B. Identificación de los recursos requeridos para el otorgamiento de los bienes y servicios con los que el gobierno pretende alcanzar el objetivo planteado.
C. Definición de los productos (bienes y servicios) con los que el gobierno pretende tener un efecto en la población. D. Definición de los resultados que el gobierno espera tener en la población, a partir de la proporción de los productos (gasto), es decir, los beneficios esperados en las y los usuarios. E. Formulación de las metas generales a partir de los objetivos de las prioridades de la política pública. 2. Análisis del impacto del gasto mediante los indicadores de economía, eficiencia y eficacia en el esquema de la cadena. 3. Inclusión de los indicadores de la cuarta E, Equidad por género, en el esquema de la cadena. Las dos primeras metodologías son las más ampliamente difundidas y utilizadas, particularmente la del informe del gasto sensible al género (presupuesto etiquetado), la cual ha sido adaptada a las necesidades, condiciones y disponibilidad de información en diferentes países, por ejemplo, en Australia y México. Las metodologías de Elson (2002) y Sharp (2003) son propuestas relativamente recientes que están siendo sometidas a prueba en diversos países y que apenas están arrojando resultados. La aplicación de los Presupuestos con Perspectiva de Género inició en Australia en 1984, al cual se le considera el pionero en este tipo de presupuestación, continuando en Canadá, hasta casi 10 años después, (1993), Suiza (1994), Sudáfrica (1995), Estados Unidos (1996), Mozambique y Namibia en (1998), Barbados (1999), entre otros, siendo el primer país latinoamericano Paraguay en el año 2000. A la fecha se tienen un poco más de 30 países que aplican este tipo de presupuesto en el mundo, entre ellos se incluye a México.
III.- La experiencia de los Presupuestos con Pe r s p e c t i v a d e Género en México. El tema de los presupuesto con perspectiva de género adquiere importancia en México a mediados de la década de los 90´s del siglo XX, cuando en la Secretaría de Desarrollo Social incluye en los lineamientos de operación de sus distintos programas la obligación de que el 50% de los recursos se dirigiera al financiamiento de las mujeres, aunque dos hechos importantes fueron los que motivaron esta medida: *
La realización, en octubre de 1996, de la Asamblea Nacional de Mujeres para la Transición a la Democracia; y
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La celebración del Congreso Nacional de Mujeres hacia la Reforma del Estado con Equidad de Género, en septiembre de 2000.
En 1999 se crea la Comisión de Equidad y Género en la Cámara de Diputados, la cual inició una serie de actividades tendientes a incorporar programas específicos para las mujeres al Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF). A mediados del año 2000, la Comisión Nacional de la Mujer, dio a conocer un análisis del presupuesto de egresos con perspectiva de género realizado dentro de todas las dependencias y entidades del gobierno federal en los ejercicios fiscales de 1996, 1997 y 1998. Lo que se buscó con este monitoreo fue etiquetar los ramos presupuestales y los recursos dirigidos a atender las necesidades o demandas de las mujeres. Este ejercicio tuvo grandes limitaciones, ya que no contó con el apoyo institucional de las dependencias y entidades, además de que no se disponía de información dividida por sexo, pero se significó por ser el primer gran esfuerzo que se ha intentado sobre este tema.
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En el 2001 se publica la ley que crea el Instituto Nacional de las Mujeres, institución que inicia su operación en ese año, haciéndose responsable de coordinar las acciones públicas federales encaminadas al adelanto de las mujeres en México En las legislaturas LVIII (2000-2003) y LIX (2003-2006), la Comisión de Equidad y Género, solo se dedicó a dar seguimiento al gasto destinado a programas dirigidos a mujeres y a promover la equidad de género, con el llamado gasto etiquetado para mujeres, aunque también buscaron incrementar su participación dentro del PEF. Una limitante que tuvieron fue que no estaba plenamente identificado este gasto y podía ser cambiado o no ejercido en el fin para el que se había establecido. En agosto de 2006, las diputadas de la LIX Legislatura crearon el Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género (CEAMEGF), el cual tenía como objeto de que la Cámara de Diputados contara con personal de apoyo técnico y una memoria que permitiera dar continuidad a la materia de equidad de género. A lo largo de la administración del Presidente Fox, el INMUJERES, la Secretaría de Salud y el Instituto de Desarrollo Social (INDESOL) de la Secretaría de Desarrollo Social, llevaron a cabo capacitación en materia de presupuestos sensibles al género y elaboraron documentos sobre el tema. (Barajas Martínez, pág. 91, 2012). Otro hecho importante es que se establecieron las 32 instancias de las mujeres en las Entidades Federativas. En el periodo de gobierno de Felipe Calderón se publicaron las Leyes General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y la General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que aun cuando no hacen explicita la aplicación de los presupuestos con perspectiva de género, si requieren recursos para su aplicación. También incluyó dentro de su Plan Nacional de Desarrollo en el Eje 3 Igualdad
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de Oportunidades un objetivo sobre la “Igualdad entre Mujeres y Hombres”. Durante la discusión del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2008, la Comisión de Equidad y Género de la Cámara de Diputados promovió el incremento del gasto etiquetado para mujeres, además que creó el anexo 9A e incluyó dentro de este documento el artículo 25, lo que significo un gran avance para la identificación del gasto y para establecer las medidas para darle seguimiento. En los Decretos de Presupuesto de Egresos de la Federación de los años 2010, 2011 y 2012 se estableció un capítulo denominado “De la perspectiva de género”, en el cual se plantea una serie de disposiciones para incorporar dicha perspectiva en el diseño, elaboración, aplicación, seguimiento y evaluación de los resultados de los programas sociales federales, representados por un anexo y un artículo que detalla estas actividades. Aunque el hecho más importante que se planteó en este sexenio para la búsqueda de la incorporación de la perspectiva de género en el presupuesto fue la modificación de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria del día 19 de enero de 2012 en sus artículos 2, 23, 27, 28, 41, 58, 85, 107, 110 y 111. Por ejemplo, el artículo 2 inciso III Bis, establece que son los Anexos transversales, los cuales define como aquellos “anexos del Presupuesto donde concurren programas presupuestarios, componentes de éstos y o unidades responsables, cuyos recursos son destinados a obras, acciones y servicios vinculados con el desarrollo de los siguientes sectores: Igualdad entre mujeres y hombres; desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas; desarrollo de los jóvenes; Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable; Programa de Ciencia, Tecnología e Innovación; Estrategia Nacional para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía; atención a grupos vulnerables; y los recursos para la mitigación de los efectos del cambio climático”.
En el artículo 23 se menciona que “la secretaría deberá elaborar los calendarios de presupuesto, en términos mensuales, de los Anexos Transversales a que se refiere el artículo 41, fracción II, incisos j), o), p), q), r), s), t) y u) de esta Ley y deberá publicarlos en el Diario Oficial de la Federación a más tardar 15 días hábiles posteriores a la publicación del Presupuesto en el propio Diario Oficial de la Federación”. En lo relativo al artículo 27 se incluyó que los anteproyectos de presupuesto deberán sujetarse a la estructura programática aprobada por la Secretaría y contendrán: “III. Las acciones que promuevan la igualdad entre mujeres y hombres, la erradicación de la violencia de género y cualquier forma de discriminación de género”. El artículo 28 introduce una nueva clasificación que es “la de género, la cual agrupa las previsiones de gasto con base en su destino por género, diferenciando entre mujeres y hombres”. El artículo 41 establece el contenido del proyecto de Presupuesto de Egresos, el cual debe incluir los siguientes aspectos: “o) Las previsiones de gasto que correspondan a las erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres; III. c) La metodología, factores, variables y fórmulas utilizadas para la elaboración de los Anexos Transversales a los que se refieren los incisos j), o), p), q), r), s), t) y u) de la fracción anterior, estableciendo con claridad los porcentajes o cuotas que del presupuesto de los programas presupuestarios y o de las unidades responsables son considerados para la integración de dichos anexos. En caso de que existan modificaciones en la metodología con respecto a la utilizada en el ejercicio fiscal anterior, se deberá incluir un apartado donde se explique y justifique plenamente el motivo de dichas modificaciones. Las previsiones de gasto a las que se refieren los incisos j), o), r) y t) de la fracción II del presente artículo, en congruencia con los ingresos previstos en la
iniciativa de Ley de Ingresos deberán contar, al menos, con la misma proporción del gasto programable con las que fueron aprobadas en el ejercicio fiscal inmediato anterior, siempre y cuando se hubiere cumplido con los objetivos y metas que para tal efecto se hayan definido en el Sistema de Evaluación del Desempeño para el Presupuesto de dicho ejercicio fiscal”. La modificación del artículo 58 establece que “no se podrán realizar reducciones a los programas presupuestarios ni a las inversiones dirigidas a la atención de la igualdad entre mujeres y hombres; al Programa de Ciencia, Tecnología e Innovación; las erogaciones correspondientes al desarrollo integral de los pueblos indígenas y comunidades indígenas y la atención a grupos vulnerables, salvo en los supuestos establecidos en la presente ley y con la opinión de la Cámara de Diputados”. El artículo 85 introduce que “los informes a los que se refiere esta fracción deberán incluir información sobre la incidencia del ejercicio de los recursos de los Fondos de Aportaciones Federales a que se refiere el Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal, de manera diferenciada entre mujeres y hombres”. El Artículo 107 establece que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría, entregará al Congreso de la Unión información mensual y trimestral donde reporte “la evolución del gasto público previsto en los Anexos Transversales a los que se refiere el artículo 41, fracción II, incisos j), o), p), q), r), s), t) y u) de esta ley. La Cuenta Pública deberá contener los resultados del ejercicio del Presupuesto establecido en los anexos transversales a los que se refiere el artículo 41, fracción II, incisos j), o), p), q), r), s), t) y u) de esta ley, en los mismos términos y el mismo grado de desagregación en los que se presente la evolución del gasto público al que hace referencia el sub inciso iv), inciso b), fracción I del presente artículo”. El Artículo 110 menciona que la SHCP deberá trimestralmente remitir una evaluación económica de los ingresos y
egresos en función de los calendarios de presupuesto de las dependencias y entidades. Las metas de los programas aprobados serán analizadas y evaluadas por las Comisiones Ordinarias de la Cámara de Diputados. Solicitando ahora que “las evaluaciones deberán incluir información desagregada por sexo relacionada con las beneficiarias y beneficiarios de los programas. Asimismo, las dependencias y entidades deberán presentar resultados con base en indicadores, desagregados por sexo, a fin de que se pueda medir el impacto y la incidencia de los programas de manera diferenciada entre mujeres y hombres” En el artículo 111 establece que “el sistema de evaluación del desempeño deberá incorporar indicadores específicos que permitan evaluar la incidencia de los programas presupuestarios en la igualdad entre mujeres y hombres, la erradicación de la violencia de género y de cualquier forma de discriminación de género. A pesar de las modificaciones a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, todavía estamos hablando de un presupuesto separado para las mujeres o etiquetado, ya que todavía no se logra que se incorpore la perspectiva de género en todos los presupuestos en general, en sus objetivos, metas, resultados e indicadores de cada programa presupuestario y en cada fase del proceso presupuestario, este es un hecho en el que debemos avanzar en los próximos años y por el que queda mucho por trabajar.
Bibliografía -Acsur, “Cuestiones esenciales sobre Género”, edit. Segovia, 2006, España. -Barajas Martínez Gabriela “Presupuestos públicos con enfoque de género en México: avances, obstáculos y perspectivas”, en Revista Gestión y Estrategia, No. 41, Enero/Junio de 2012, México. -De Barbieri Teresitas, “Sobre la Categoría de Género: Una Introducción Teórico Metodológica, Edit. Isis Internacional, 1992, España. -Debbie Bunlender and Rhonda Sharp en “How to do a gender sensitive budget: Contemporary research and practice”, Commonwealth Secretariat and Ausaid, 1998, London. -Diane Elson. “Gender responsive budget initiatives: some key dimensions and practical examples”, in Gender budget initiatives: Strategies, concepts and experiencies, United Nations Development Fund for Women, 2002, New York, USA. -Douglas North, “Institutions. Institutional change and economic performance”, Cambridge University Press, Cambridge, Massachusetts, 1990, USA. -Frqhock Fm “Public Policy. Scope afld Logic”, Prentice Han. Inc. Englewood Chffs, NJ, 1979, USA. -García Prince Evangelina “Hacia la Institucionalización del Enfoque de Género en Políticas Públicas, edit. Fundación Friedrich Ebert, 2003, Venezuela. -INMUJERES, “Guía Metodológica para la Inclusión de la Perspectiva de Género en los Presupuestos, edit. INMUJERES, 2005, México. -INMUJERES, “Glosario de Género”, edit. INMUJERES, 2007, México. -INMUJERES, Reglas de Operación del Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género para el ejercicio fiscal 2012, 2012, México. -Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de enero de 2012. -Morales Chávez Raúl I. “Sobre los Presupuestos Públicos con Perspectiva de Género en México”, Mimeo, 2006, México. -Rhonda Sharp, “Budgeting for equity. Gender budget initiative within a framework of performance oriented budgeting”, UNIFEM, 2003. -South African Women's “Budget Initiative and Gender Education and Training Network Money matters: workshop materials on gender and government budgets”, GETNET, 2000, Cape Town, South Africa.
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