“PROGRAMA “PRO-DESARROLLO APURIMAC” “UNIDAD EJECUTORA N° 004”
GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC
PROGRAMA “PRO DESARROLLO APURIMAC” UNIDAD EJECUTORA N°004
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONES (ROF)
ABANCAY - PERU
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2011 REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN DE FUNCIONES PROGRAMA “PRO DESARROLLO APURIMAC”
TITULO I. GENERALIDADES. ARTÍCULO I.-El presente reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Unidad Ejecutora: 004 PRO DESARROLLO APURIMAC. Es un documento Técnico Normativo de Gestión Institucional que establece la Naturaleza, finalidad, objetivos, funciones, facultades, atribuciones y estructura orgánica. Constituyendo una herramienta de gestión para efectuar el proceso de programación ,dirección, control de la gestión de los órganos que conforman la Unidad Ejecutora el mismo que se elabora dentro del marco del proyecto de fortalecimiento de los sistemas administrativos y de gestión de la Unidad Ejecutora:004 Pro Desarrollo Apurímac. ARTICULO II.-El presente Reglamento es de aplicación y cumplimiento de todas las Unidades Orgánicas y dependencias de la Unidad Ejecutora: 004 Pro desarrollo Apurímac dentro del ámbito de su competencia. Así mismo determina las acciones Funcionales con el Gobierno Regional de Apurímac, Ministerio de Economía y Finanzas, Entes financieros del Programa Pro Desarrollo Apurímac, de Coordinación con Organismos Públicos Descentralizados y Públicos. Así como establecer los mecanismos de interacción con el sector privado de la Región de Apurímac y demás instancias pertinentes. ARTICULO III.- La Unidad Ejecutora: 004 Pro-Desarrollo Apurímac se encuentra sujeto al tiempo que demande la ejecución de los estudios, obras, proyectos, operación y mantenimiento a su cargo, así como los recursos asignados por Ley Anual del Presupuesto del Sector Publico y los que se le transfieran por dispositivos Legales del Ministerio de Economía y Finanzas a través del Gobierno Regional de Apurímac. La Unidad Ejecutora: 004 Pro Desarrollo Apurímac puede gestionar recursos 2
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económicos para incorporarlos en sus Planes y Programas de Ejecución de Inversiones. ARTICULO IV.- La jurisdicción de la Unidad Ejecutora 004 Pro Desarrollo Apurímac, comprende el ámbito territorial de la Región de Apurímac, comprendiendo inicialmente la Micro Cuenca Mariño abarcando los distritos, Comunidades, cabeceras de Abancay y Tamburco; así como la Micro Cuenca del Chumbao Andahuaylas. La Unidad Ejecutora: 004 Pro Desarrollo Apurímac, del Pliego 442: Gobierno Regional de Apurímac, considera el Programa Apurímac I y Programa Apurímac II así como otros programas y proyectos que se le asigne, de conformidad con la Resolución Ejecutiva Regional N° 457-2011-G.R.APURIMAC/PR., sustentada en el Oficio N° 1045-2001-EF/13.01 de la Secretaria General del Ministerio de Economía y Finanzas y el Informe N° 013-2001-EF/50.07; estando facultad del Gobierno Regional de Apurimac disponer, encargar, transferir proyectos e inversiones que por su competencia le asista al programa PRO DESARROLLO APURIMAC.
DE LA NATURALEZA JURIDICA, FINALIDAD, OBJETIVOS Y FUNCIONES. ARTICULO V.- NATURALEZA JURIDICA: La Unidad Ejecutora: 004 “Pro Desarrollo Apurímac, creada por Resolución Ejecutiva Regional N° 457-2011-G.R.APURIMAC/PR., es un órgano desconcentrado del Gobierno Regional de Apurímac, constituye una Unidad Ejecutora Presupuestal, que cuenta con autonomía de gestión: técnica, económica, financiera, administrativa y legal, en la intervención en la ejecución del proyecto Apurimac I, prolongando sus funciones en la ejecución de sus proyectos que determinara el Gobierno Regional en la Ejecución del Proyecto Apurimac II y otros que se ejecuten en el Ámbito del Departamento, implementándose con comités de Gestión para cada proyecto teniendo vigencia solo hasta la conclusión de cada proyecto. En el marco establecido en el presente Reglamento y normas complementarias vigentes conforme a la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, su modificatoria Ley N° 27902; Decreto Supremo N°043-2006PCM; Ley N° 27658 Ley Marco de Modernización y Gestión del Estado; Ley Orgánica del Poder Ejecutivo Ley N°29158-LOPE y la Ley N° 2744 Ley del Procedimiento Administrativo General y Ley de Base de la Descentralización-Ley 27783. 3
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La Unidad Ejecutora: 004- Pro Desarrollo Apurímac, coordina estrechamente con la Presidencia del Gobierno Regional de Apurímac, de quien depende Funcionalmente, debiendo informar al comité ejecutivo a través de la presidencia del GRA, permanentemente sobre la gestión Institucional a dicha instancia. ARTICULO VI.- La Unidad Ejecutora :004 del Programa “Pro-Desarrollo Apurímac” es un órgano reconocido por el Gobierno Regional de Apurímac donde de establece su estructura orgánica, normando su Naturaleza, objetivos generales y funcionales de sus unidades orgánicas , así como sus relaciones interinstitucionales y sus disposiciones complementarias transitorias y finales, según las Directivas y manuales, así como cumplir con las Ordenanzas y disposiciones que emita el Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac en lo concerniente a su actuación y transparencia del Programa “Pro Desarrollo Apurímac” involucrando en la fases: fase I de arranque, fase II de Ejecución y Fase III de consolidación y cierre de programa de los proyectos del ámbito Regional, iniciando con los proyectos de: -Abancay - Micro Cuenca Mariño, denominado Apurímac I. -Andahuaylas - Micro Cuenca Chumbao, denominado Apurímac II. ARTICULO VII.- DE LA FINALIDAD.- La Unidad Ejecutora:004 Programa Pro Desarrollo Apurímac, tiene como finalidad: Desarrollar estudios, ejecutar, supervisar y mantener obras de ingeniería orientadas al aprovechamiento integral de los recursos hídricos superficiales, subterráneos y suelos, con fines de generación de riego garantizando estándares de eficiencia, eficacia y rentabilidad, dentro de un marco de permanente investigación, adaptación tecnológico y manejo ambiental, con el fin de contribuir al desarrollo integral en el ámbito de la intervención del proyecto. La misión de la Unidad Ejecutora:004 Pro Desarrollo Apurímac, es la de promover el desarrollo integral de la actividad agrícola y la capacidad productiva en la Región Apurímac, iniciándose en la Micro cuenca Mariño y Micro Cuenca Chumbao, extendiéndose a otras cuencas de la Región Apurimac, a través de la gestión integral de los recursos humanos, hídricos, agua y suelo y consolidando los sistemas de riego, mejorando y aumentando la productividad agropecuaria y agroindustrial de primer nivel, orientados a satisfacer la demanda interna y externa de productos alimenticios básicos y generar excedentes con valor agregado. 4
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El Programa Pro Desarrollo Apurímac, promoverá el desarrollo integral de la actividad Agrícola, manejo de suelos y agua en la Región Apurímac, enfocando con la visión de lograr que los recursos hídricos garanticen y admitan la satisfacción de las demandas actuales y futuras del crecimiento integral y desarrollo sostenible de la Región, articulando eficazmente con el Gobierno Regional, Gobiernos locales, Instituciones públicas y privadas en el uso de los recursos agua y suelo para mejorar e incrementar la capacidad productiva. ARTICULO VIII.- DEL OBJETIVO.Objetivos Generales del Programa “Pro-Desarrollo Apurímac” •
Objetivo Superior.- Mejorar la calidad de vida de la Población de la Región Apurimac a través de Micro cuencas: como son: la Microcuenca Mariño, Micro Cuenca del Chumbao y otras cuencas que se localicen en el ámbito de la Región Apurimac.
•
Objetivo de los Proyectos.- Los beneficiarios de los Proyectos gestionan los recursos de agua y suelo de manera integral para mejorar la capacidad productiva de su Micro Cuenca: Micro Cuenca Mariño y la Micro Cuenca del Chumbao y otras cuencas de la Región Apurimac.
Objetivos Específicos: •
Uso racional del agua “Manejo integral del recurso hídrico”.
•
Conservación y preservación del medio ambiente “Sembremos agua”.
•
Promoción de la agroecológica a través de chacras integrales “alimento sano”.
•
Participación ciudadana gobernabilidad del agua.
“construyendo
confianza
y
ARTICULO IX.- DE LAS FUNCIONES DEL PROGRAMA.•
Son las siguientes:
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a) Formular el plan estratégico de corto y mediano plazo del
Programa “Pro-Desarrollo Apurímac” en armonía con los planes nacionales y regionales. b) Formular su Plan Operativo Anual (POA) del Programa “Pro
desarrollo Apurímac. c) Formular estudios de Pre –Inversión
por las diferentes
modalidades de ejecución. d) Programar,
Planificar, dirigir, ejecutar, y supervisar los programas, proyectos y obras de Infraestructura de riego, manejo adecuado y conservación de los recursos hídricos y suelos. Desarrollando acciones de vigilancia y control permanente de los proyectos asignados a la Unidad Ejecutora 004 “Pro desarrollo Apurímac.
e) Conducir y Ejecutar las
inversiones de los proyectos por las fuentes de financiamiento: Tesoro Público y Cooperación Internacional.
f) Ejecutar las obras por la modalidad que el Gobierno Regional de
Apurímac le asigne y /o le encargue. g) Coordina que la Ejecución de proyectos de irrigación, sean en
forma tecnificada a través de los sistemas de riego por aspersión, goteo y otras técnicas. h) Representar en el proceso de diseño y formulación del plan del
Programa “Pro-Desarrollo Apurímac”. i) Fomentar el apoyo técnico y financiero de los organismos
internacionales ante el Ministerio de Economía y Finanzas, a través del Gobierno Regional de Apurímac. j) Establecer
Lineamientos de política del Programa “ProDesarrollo Apurímac” velando el cumplimiento de su ejecución.
ARTICULO X.- BASE LEGAL.La
Unidad Ejecutora
Nº004:
Pro-Desarrollo Apurímac, creada
por
Resolución Ejecutiva Regional N° 457-2011-G.R.APURIMAC/PR., cuenta con la siguiente base legal: 6
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Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias promulgadas por las Leyes Nº 27902, 28926 y 29053; inspiradas en el marco jurídico de la Constitución Política del Estado del Año 1993. Ley
Nº27867
Ley
Orgánica
de
Gobiernos
regionales
y
sus
modificatorias promulgadas por las Leyes Nºs 27902,28926 y 29053 inspiradas en el marco jurídico de la constitución política del Estado del año 1993. Ley Nº 27783: Ley de Bases de la Descentralización. Ley N° 26922, Ley Marco de la Descentralización. Ley N° 27658 Ley Marco de Modernización y Gestión del Estado. Ley N° 29151, Ley sobre el Control Patrimonial. Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. Ley N° 28112 Ley Marco de la Administración Financiera del Sector
Publico Ley N°28411 Ley Del Sistema Nacional de Presupuesto. Ley N° 28563 Ley General Del Sistema Nacional de Endeudamiento Ley N° 27785 Ley Orgânica Del Sistema Nacional de Control y de La
Contraloria de La Republica. Ley N° 28175,Ley Marco Del Empleo Publico Decreto
Supremo
N°
141.2010-EF.
Aprueban
Operacion
de
Endeudamiento Externo y aporte financiero no reembolsable con la (KFW). Decreto Supremo N° 043-2006-PCM y Decreto Supremo N° 043-
2004-PCM. 7
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Acuerdo de Consejo Regional N°007-2010-CR-APURIMAC. Ley
de
Contrataciones
y
Adquisiciones
Del
Estado,
Decreto
legislativo Nº1017 y su Reglamento; D.S.N° 184-2008-EF. RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N°457-2011-GR.
APURIMAC/PR. TITULO II. DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Y SUS FUNCIONES CAPITULO I. DE LA ESTRUCTURA ORGANICA. ARTICULO XI.- La composición de la Estructura orgánica de la Unidad Ejecutora: 004 “Pro-Desarrollo Apurímac” Establece la siguiente Composición funcional Estructural siguiente:
Órgano de Dirección. Presidencia Regional. Dirección Ejecutiva. o
Director Ejecutivo.
Órgano Consultivo. Instituciones públicas y privadas.
Órgano de control. Órganos de Apoyo. Oficina de Administración y finanzas.
Órgano de Asesoramiento y Supervisión. Oficina de Planificación. Oficina de Consultoría de Apoyo y Supervisión y Asesoramiento del
Proyecto (CAS). 8
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Órganos de línea: Dirección de Gestión Territorial Dirección de Recursos Hídricos Dirección de Fortalecimiento Institucional.
CAPITULO II. DE LAS FUNCIONES. ARTICULO XII.- De la Presidencia Regional. (Gobierno Regional de Apurímac) Las funciones son las siguientes: a) Gestionar ante los entes internacionales los recursos financieros de
endeudamiento externo para el Programa Pro Desarrollo Apurímac. b) Solicitar ante el Consejo Regional la Aprobación de los contratos de
la Cooperación Internacional. c) Designar al Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora: 004 Pro
Desarrollo de Apurímac. d) Delegar las facultades al Director Ejecutivo de la unidad Ejecutora:
004 Pro Desarrollo de Apurímac, para la ejecución de los proyectos y la contrata de los profesionales necesarios, bajo normas Legales vigentes. e) Apoyar a la Unidad Ejecutora: 004 Pro Desarrollo Apurímac, en la
gestión de recursos financieros de cooperación extranjera y nacional.
f)
Presidir las reuniones de trabajo convocadas por la Dirección Ejecutiva del Programa Pro Desarrollo Apurímac.
g) Disponer a la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y
Acondicionamiento territorial, la transferencia de los fondos de 9
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cooperación Internacional a la Unidad Ejecutora Pro Desarrollo Apurímac. ARTICULO XIII.- De la Dirección Ejecutiva La Dirección Ejecutiva del Programa Pro Desarrollo de Apurímac, estará a cargo de un Director Ejecutivo quien será la máxima autoridad técnica y Administrativa, quien es designado por la Presidencia del Gobierno Regional de Apurímac. Son funciones: a) Conducir,
gestionar, administrar y ejecutar los Proyectos consignados en el programa de inversiones, según las normas vigentes.
b) Preparar y Presentar el Manual Operativo de la Unidad Ejecutora:
Pro Desarrollo al para su aprobación atreves de Resolución Ejecutiva Presidencial GRA. c) Ser solicitante autorizado y Responsables de los informes requeridos
por el KFW. d) Realizar con mandato Legal todas las licitaciones y contrataciones
necesarias en el Marco del Proyecto, con apoyo de la CAS. En los contratos para POT y PUT adicionalmente contara con el Apoyo de la Municipalidades Provinciales y Distritales de acuerdo a su jurisdicción. e) Actualizar la Planificación anual mediante los POAs e informar a la
Presidencia del Gobierno Regional en forma oportuna. f)
Desarrollen las Actividades Técnicas cumpliendo con los Planes Operativos Anuales.
g) Implementar el sistema de monitoreo y seguimiento del Proyecto
respetando los requerimientos tanto del KFW como el SNIP Coordinar y apoyar a la OPI del Gobierno Regional con la implementación del SOSEM. h) Ser el interlocutor y Principal contacto con las autoridades del
Sector Publico agrario (SPA) y otras instancias del estado, así como el KFW en la Ejecución, financiamiento del Proyecto. i)
Administrar el Fondo de Disposición con supervisión y visto bueno del Jefe de la CAS. 10
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j)
Solicitar y realizar anualmente las Auditorias del disposición y de las cuentas Especiales.
fondo
de
k) Contratar personal competente para la implementación de todas las
Unidades del Proyecto, y Evaluarlos periódicamente. l)
Realizar con mandato legal las licitaciones y contrataciones necesarias en el Marco del Proyecto con el apoyo del CAS y en lo que corresponda con el apoyo del Municipio de Abancay y supervisar la Ejecución de los contratos otorgados.
m) Programar y Manejar conjuntamente con la consultora de apoyo y
supervisión, el Pool de consultores a corto plazo para misiones o capacitaciones temáticas
ARTÍCULO XIV.- El Director Ejecutivo es el responsable de dirigir, supervisar controlar y evaluar la ejecución de las actividades técnicas, financieras y administrativas del Programa “Pro-Desarrollo Apurímac” Ejerciendo su representación Legal con las facultades y las obligaciones señaladas en el presente reglamento.
ARTÍCULO XV.-Las funciones del Director Ejecutivo. Son las siguientes: a) Asumir la delegación de competencias del GRA para la ejecución del
Proyecto. b) Elaborar los Planes Operativos Anuales presentarlos al Gobierno
Regional de Apurímac y la KFW con el visto bueno del CAS. c) Coordinar la Ejecución del Proyecto junto con el CAS. d) Encargar la ejecución de auditorías financieras de la Administración
de los fondos de disposición, una vez por año. e) Administrar y ejecutar conjuntamente con el CAS los fondos de la
Cooperación Financiera Alemana de acuerdo a lo estipulado en el acuerdo separado. 11
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f)
Aplicar las sanciones previstas o terminar los contratos en casos necesarios con el visto bueno del Jefe de la CAS y/o del KFW donde aplica.
g) Firmar convenios y acuerdos con los beneficiarios de los Proyectos
dentro del mandato de duración del Proyecto, representando al Gobierno Regional de Apurímac para convenios de mayor duración o fuera de sus competencias coordinar con las entidades responsables. h) A través del gobierno Regional solicitar los desembolsos de los
fondos de la Cooperación financiera Alemana i)
Presentar los informes de avance de la ejecución de los Proyectos al Gobierno Regional de Apurímac y la KFW.
j)
Otras que se le asigne.
.CAPITULO III
DEL ORGANO DE CONTROL ARTICULO XVI.- La Oficina de Control Institucional es el órgano de Control del Programa “Pro-Desarrollo Apurímac” Unidad Ejecutora 004 depende funcional y Administrativamente de Contraloría de la República encargada de conducir y programar evaluar y ejecutar el control de los bienes y Recursos Públicos del País, cautela el uso eficiente, eficaz y económico de los recursos en aplicación correcta aplicación de las operaciones contables, financieras administrativas y técnicas de la actividades que se desarrollan en la Unidad Ejecutora :004 Pro Desarrollo Apurímac sujetos a control coadyuvando al logro de los objetivos: Estando a cargo del Gobierno Regional de Apurímac; El Consejo directivo y las Normas que establece la KFW; siendo el Marco orientador para el establecimiento de las formas de control de las actividades según lo establecido y aprobado por Ministerio de Economía y Finanzas MEF, la el KFW y el Gobierno Regional de Apurímac .
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CAPITULO IV. ORGANO DE ASESORAMIENTO. ARTICULO XVII. Oficina de Planificación. Es el Órgano de responsable de proporcionar al Órgano de la Dirección Ejecutiva y demás dependencias, los servicios especializados de asesoría, referente a planificación, presupuesto e inversiones,
de la Unidad
Ejecutora: 004 Programa Pro Desarrollo Apurímac. Artículo XVIII.- Son funciones de Director de la Oficina de Planificación lo siguiente: a) Asesorar a la Alta Dirección y Unidades Orgánicas de la Unidad
Ejecutora: 004 Pro desarrollo Apurímac, relacionados a los sistemas de planeamiento, presupuesto, racionalización, inversión pública, estadística, tributación, y otras funciones de su competencia. b) Orientar y dirigir la metodología establecida para la formulación del
Plan del Presupuesto Participativo de acuerdo Plan estratégico de la Unidad Ejecutora.004 Pro Desarrollo Apurímac. c) Evaluar
permanentemente
administrativos
de
los
los
órganos
procesos del
y
Programa
procedimientos Pro
Desarrollo
Apurímac. d) Establecer, orientar y dirigir el Programa Anual y Multianual de
Inversión Pública de la Unidad Ejecutora en concordancia a las normas establecidas en la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, su reglamento y directivas vigentes. e) Supervisar y controlar los avances en la ejecución de los Planes de
Desarrollo y Estudios de Pre inversión, Inversión y Post Inversión, en el marco de la ley vigente. f)
Evaluar
permanentemente
los
procesos
y
procedimientos
administrativos de los órganos de la Dirección Ejecutiva. 13
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g) Monitorear
la formulación, evaluación y actualización de los
documentos de gestión institucional de la Unidad Ejecutora 004 Pro Desarrollo Apurímac. h) Mantener
informado al Director Ejecutivo de las actividades
específicas de su responsabilidad, en particular sobre la ejecución presupuestaria y el avance de los programas y proyectos de inversión. i)
Otras que le asigne el Director Ejecutivo.
ARTICULO XIX.- Del Consejo de Asesoramiento y Supervisión del Programa (CAS) que, estará a cargo de la Empresa contratada por la KFW, encargada de realizar la supervisión y efectuar el monitoreo y seguimiento permanente de la ejecución del programa para que esta se ejecute respetando las normas técnicas vigentes relacionadas con la ejecución y evaluación del proyecto con el objeto de proporcionar a la Dirección Ejecutiva, la información que le permita tomar las decisiones necesarias para que el programa se desarrolle normalmente. ARTICULO XX.- Son Funciones del Órgano de Dirección del Consejo de Asesoramiento y Supervisión del Proyecto(CAS) FUNCIONES: a) Asesorar al Director Ejecutivo en la correcta Implementación
Técnica del Proyecto. b) Contribuir
a la elaboración de los planes Operativos Anuales del
Proyecto. c) Revisar los expedientes técnicos de la obras y dar su aprobación. d) Supervisar la ejecución de las obras del Proyecto. e) Supervisar la ejecución técnica de los del Proyecto, cumplimiento
con los requerimientos internacionales en la Obras del Proyecto y Supervisar los planes Operativos anuales incluyendo obras y servicios.
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f)
Conjuntamente con el Director Ejecutivo ser Co-responsable de las licitaciones, dar el visto bueno a contratos financiados con fondos de la Cooperación financiera Alemana.
g) Apoyar a la a la UE en la definición del Plan de Capacitación y
supervisar y ofrecer capacitación directa o mediante servicios contratados. h) Apoyar al personal de la UE en la Ejecución de sus tareas.
i)
Dar su Visto Bueno sobre la ejecución correcta de los fondos del fondo de disposición.
j)
Frente al KFW dar su V° B° sobre solicitudes de retroalimentación del Fondo de disposición,, POAs, procedimientos, contratos etc. indicando que estos cumplan con los requisitos establecidos en el acuerdo separado y con los objetivos del Proyecto.
k) Apoyar a la UE y a la OPI del Gobierno Regional de Apurímac en la
implementación del sistema de monitoreo y seguimiento del Proyecto. l)
Participar con voz en las reuniones del Consejo Directivo
CAPITULO V. DEL ORGANO DE APOYO. ARTICULO XXI.-05.1.El Órgano de apoyo es la responsable del manejo presupuestario y financiero del Programa “Pro-Desarrollo Apurímac” 004 Suministrando a la Dirección Ejecutiva del Programa “Pro-Desarrollo Apurímac, los recursos financieros necesarios, potencial humano, bienes 15
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y servicios que se requiera para el cumplimiento eficiente y logro de sus objetivos. Sus órganos son las siguientes: Oficina de Administración y Finanzas.
ARTICULO XXII.- De La Oficina de Administración y Finanzas es la encargada de asegurar la eficiencia en la Administración del Programa “Pro-Desarrollo Apurímac” teniendo como principales responsabilidades cautelar el desenvolvimiento Administrativo, canalizando los presupuestos necesarios para el funcionamiento Institucional y la implementación de los sistemas de Personal, Contabilidad, Tesorería y Logística. ARTÍCULO XXIII.- Las funciones del Director de Administración son la Siguiente: a) Apoyar
al director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora en la coordinación Administrativa y Financiera
b) Organizar y supervisar la elaboración de la Contabilidad Financiera
y de los informes presupuestarios del Proyecto. c) Asistir en la Preparación de los diferentes planes de trabajo y de los
informes de avances y finales. d) Contribuir a la elaboración de los Planes Operativos Anuales. e) Capacitar al personal del Proyecto, instituciones, locales consultores
y contratistas en los procedimientos administrativos básicos que deben dominar para garantizar la buena ejecución del Proyecto. f)
Apoyar al director ejecutivo del Programa Pro Desarrollo Apurímac en el diseño, la coordinación e implementación del sistema de monitoreo y seguimiento del Proyecto.
g) Coordinar la transferencia de datos de Proyecto al SOSEM manejado
por la OPI del Gobierno Regional de Apurímac. h) Poyar a la UE en la colección de datos mediante mecanismos
eficientes y eficaces. i)
Contribuir al sistema de información del Proyecto.
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j)
Implementar un Mecanismo de alerta temprana que permita responder a tiempo al desarrollo del Proyecto.
k) Contribuir a la Elaboración de los Planes Operativos Anuales. l)
Capacitar al personal del proyecto, OPI. Del Gobierno Regional y los Municipios Provinciales y distritales en el Monitoreo y seguimiento de avance del Proyecto.
m) Realizar los inventarios físicos y el control patrimonial del Programa
“Pro-Desarrollo Apurímac” cautelando el debido mantenimiento y conservación de los activos fijos. n) Organizar dirigir, supervisar y controlar los Sistemas de Personal,
contabilidad, Tesorería y Logística. o) Asegurar
un manejo eficiente del potencial humano, bienes, servicios y equipos para el normal desarrollo de las funciones del Programa “Pro-Desarrollo Apurímac” Unidad Ejecutora 004 de acuerdo a la normatividad vigente.
p) Ejecutar eficientemente los recursos Económicos asignados al
programa. q) Realizar y conducir el registro de los procesos de selección y sus
respectivos contratos con relación a la adquisición de bienes, servicios y suministros de acuerdo a la Legislación sobre la Materia. r) Llevar y mantener actualizado la contabilidad así como formular los
Estados financieros del Programa “Pro-Desarrollo Apurímac” s) Brindar el apoyo logístico para la realización de los procesos
de
selección que se lleven a cabo. t) Participar en las licitaciones, concursos Públicos y Adjudicaciones
Directas selectivas que realice el Programa. u) Otras funciones que le asigne el Director ejecutivo.
CAPITULO VI. DE LOS ORGANOS DE LINEA. 17
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ARTICULO XXIV.- Los órgano de línea son los responsables de Formular y adoptar políticas del Programa “Pro-Desarrollo Apurímac” de la misma forma Están encargados de Organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y controlar la Ejecución de los componentes que conforman la Unidad Ejecutora:004“Pro-Desarrollo Apurímac” Depende directamente de la Dirección Ejecutiva. los órganos de línea Son: Dirección de Gestión territorial. Dirección de Recursos Hídricos Dirección de Fortalecimiento Institucional.
ARTICULO XXV.- La Dirección de Gestión Territorial es el órgano de línea encargado de programar, ejecutar controlar, supervisar y evaluar la correcta ejecución de la elaboración de los estudios de Zonificación ecológica .los planes integrales, capacitaciones, implementación de protección de medidas de contaminación y desastres y otros. Depende directamente de la Dirección Ejecutiva. ARTICULO XXVI.- Son funciones de la Dirección de Gestión Territorial. Las Siguientes: a) Realizar y supervisar los planes de OT bajo metodología
participativa. b) Elaborar la Cartografía de base. c) Señalizar los límites. d) Realizar el monitoreo del Proceso. e) Realizar el Estudio de la capacidad de Uso del suelo. f)
Contratar la ejecución con el PETT.
g) Diseñar y ejecutar medidas de control de erosión y forestación. h) Otras funciones que se le asigne.
ARTICULO XXVII.-06.3 La Dirección de Gestión de Recursos Hídricos, es el órgano de línea encargado de Planificar y mejorar las infraestructuras de riego, construcción de presas, de riegos tecnificado y 18
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conservación d suelos y agua en el Programa “Pro-Desarrolló Apurímac Quien depende directamente de la Dirección. Ejecutiva. ARTICULO XXVIII.-Son funciones de la Dirección Recursos Hídricos.
de Gestión de
a) Implementar los Proyectos de riego en coordinación con los
beneficiarios (equilibrio técnico, social y económico).Los servicios requeridos Comprenden: b) Involucramiento
adecuado de los futuros beneficiarios en la preparación de los proyectos, incluyendo (a) la definición de los derechos y compromisos de los beneficiarios (incluso contribuciones a los costos de inversión),(b) los acuerdos respecto al reordenamiento de los derechos de agua (c) los acuerdos en cuanto a indemnizaciones, (d) el fomento organizativo hacia las Organizaciones encargadas de la operación y el mantenimiento.(la Organización O&M).
c) Elaborar el diseño final técnico, social. Legal y económico. d) Preparar los documentos de licitación para la construcción de las
Obras de infraestructura. e) Supervisar la construcción de las Obras Elaborar un concepto de
contribución de los beneficiarios y apoyo a la organización en cuanto a la realización de las contribuciones. f)
Supervisar el trabajo de capacitación y formación de la organización de usuarios en cuanto a la operación y el mantenimiento de la Infraestructura.
g) Elaborar los informes de avance y específicos. h) Otras funciones que le asigne.
ARTICULOXXIX.-La Dirección Fortalecimiento Institucional del Programa “Pro Desarrollo Apurímac”. Es el Órgano de Línea encargado de Dirigir, Planificar y Coordinar los aspectos de fortalecimiento, sensibilización capacitaciones y seguimiento y monitoreo con las siguientes líneas de acción del programa “Pro desarrollo Apurímac” 19
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ARTICULO XXX. Son Funciones de la Dirección de Fortalecimiento Institucional. Del Programa “Pro-Desarrolló Apurímac Unidad Ejecutora 004. Lo siguiente: a) Facilitación de eventos. b) Efectuar medidas de Mediación de procesos conflictivos. c) Realiza los diseños gráficos, diseño de comunicación, Spots etc. d) Asesora
en desarrollo organización considerando genero Capacitación de representantes de grupos de usuarios, CGMM u otros actores relevantes
e) Efectuar coordinaciones de medidas de capacitación y formación
de facilitadores, reuniones, temáticas reuniones periódicas del Comité del Programa “Pro Desarrollo Apurímac, Capacitación directa de usuarios y días demostrativos/intercambio de experiencias. f)
Efectuar un sistema de seguimiento y Monitoreo de las acciones de fortalecimiento institucional.
g) Otras que le asigne el Director Ejecutivo.
TITULOIII. DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES. ARTICULO XXXI.- La Unidad Ejecutora: 004 Programa “Pro Desarrollo Apurímac” mantiene relaciones funcionales con el Gobierno Regional de Apurímac y de coordinación con los Sectores e Instituciones Públicas y privadas de la Región de Apurímac DEL REGIMEN ECONOMICO. ARTICULO XXXII.-Esta constituido por su Patrimonio de la Unidad Ejecutora: 004 “Pro Desarrollo Apurímac como son las construcciones, los Bienes tangibles e intangibles, maquinarias, vehículos, equipos de ingeniería, equipos de cómputos ,repuestos y otros bienes adquiridos por Programa “Pro Desarrollo Apurímac a nombre del Estado, así como los que le sean transferidos, donados y demás que se le asigne.. 20
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“PROGRAMA “PRO-DESARROLLO APURIMAC” “UNIDAD EJECUTORA N° 004”
ARTICULO XXXIII.- Son los recursos financieros de la Unidad Ejecutora Programa “Pro Desarrollo Apurímac”. Las siguientes: a) Las partidas que se le asignen en la Ley Anual del Presupuesto del
Sector Publico. b) Los recursos por operaciones oficiales de crédito externo o interno. c) Las donaciones y legados a su favor. d) Los ingresos propios que generen. e) Las rentas que perciba por concepto de cobro de tarifa de agua,
venta de bienes, tierras eriazas si es que lo hubiere, usos y costumbres y servicios, acorde con el proceso de recuperación de la inversión; f)
Los saldos de balance de ejercicios anteriores; y otras que se le asigne.
g) Los recursos de cooperación técnica y financiera. h) Recursos producto de la venta de activos dados de baja.
CAPITULO I. DEL REGIMEN LABORAL. ARTICULO XXIV.- El Potencial Humano de la Unidad Ejecutora: 004, es contratado por la modalidad de Contrato a plazo fijo está sujeto al Régimen laboral de la Actividad Privada vigente en materia de contratación se rige por el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728 Ley de Productividad y Competitividad Laboral Aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR. Bajo la responsabilidad de Director Ejecutivo y de la Dirección de Administración quienes estarán sujetos al control respectivo del personal de Planta del Programa Pro Desarrollo Apurímac no pudiendo acceder a contratos de Plazos indeterminados en el presente régimen laboral de la Ley 728 considerado en el contrato TITULO IV. DISPOSICION COMPLEMENTARIA. 21
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El desarrollo de los estudios, diseños, programas de financiamiento, construcción, ejecución de obras y la operación, se rigen por las disposiciones legales vigentes sobre la materia. DISPOSICION FINAL. La Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora: 004 “Pro Desarrollo Apurímac” dentro de los 30 días calendario contados a partir de la fecha de aprobación del presente reglamento, se elaborara y pondrá a disposición a la Dirección Ejecutiva el Manual de Organización y funciones para su Aprobación correspondiente.
Abancay - 2011
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