aceta g COMERCIO INTERNACIONAL
No. 2. Septiembre 2019. UVAQ
Elimina SAT a la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior
Entrada en vigor de las Reformas a la Ley Aduanera publicadas el 25 de Junio del 2018.
Prácticas profesionales de verano 2019 en Tijuana. Facultades de comprobación en materia de comercio exterior.
EDITORIAL Ing. José Antonio Herrera J. Rector L.A.E. Raúl Martínez R. Rector de Expansión L.C.C. Susana García Ramírez Secretaria Académica C.P. María Inés Pérez A. Secretaria Administrativa
José de Jesús Castellanos López Director L.C.I. Cynthia Rodríguez Morales Decano Área de Económico Administrativas y Directora de Comercio Internacional Dra. Dulce Rubí Gómez Lara Colaboradora L.D.G. Raúl A. Elizondo Benítez Diseño y edición MCES. Ma. Pilar Castro Fragoso Supervisión UVAQ Campus Santa María Av. Juan Pablo II, No. 555 Col. Santa María de Guido C.P. 58090 Morelia, Michocán, México. Los artículos publicados no necesariamente expresan la filosofía y pensamiento de la Universidad; son responsabilidad de los autores. Septiembre de 2019 www.uvaq.edu.mx
“Si un hombre puede organizar sus ideas, entonces él puede escribir” Robert Louis Stevenson El comercio exterior es lo que actualmente moviliza al mercado global, basta con mirar hacia las grandes potencias para observar que gran parte de su desarrollo es aportado por un importante volumen de empresas cuya función primordial es la comercialización, ya sea de bienes y servicios, lo cual inevitablemente requiere la utilización del comercio internacional. En este mundo rebosante de cambios es menester adaptarse a los más recientes avances tecnológicos y nuevos sistemas administrativos del actual orden económico. Es por ello que el profesionista de hoy en el comercio internacional requiere un proyecto continuo que fortalezca sus capacidades mediante la actualización y adquisición de nuevos conocimientos a través de una publicación que proporcione la información más reciente y promueva las tendencias modernas en relación a todos los procesos y sistemas que conforman las operaciones del comercio internacional, desde los aspectos logísticos, económicos, administrativos, aduanales y gubernamentales. Está publicación tiene como finalidad ser un vínculo que acrescente las fuentes de información del día al día del Licenciado en Comercio Internacional. L.C.I. Cynthia Rodríguez Morales Dirección de Comercio Internacional
Elimina SAT a la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior Dentro del Servicio de Administración Tributaria (SAT), ya comenzó la desintegración de la Administración General de Comercio Exterior (AGACE). Esta unidad tenía dentro de sus funciones: 1.- Hacer combate frontal al contrabando técnico en las importaciones que se realicen, específicamente en casos de subvaluación. 2.- Verificar y promover el cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia de comercio exterior. 3.- Incrementar la eficiencia y eficacia recaudatoria. 4.- Generar percepción de ingresos a los sujetos vinculados. 5.- Agilizar y simplificar las operaciones de comercio exterior. Algunos funcionarios del Servicio de administración Tributaria manifestaron que esta medida atiende al compromiso de austeridad del Gobierno actual, y que ahora regresará a la operación previa a su creación, la cual se dio en el año 2012, cuando sus funciones estaban repartidas en la Administración General de Aduanas y la Administración General de Auditoría Fiscal Federal. Sin embargo, la estrategia de como operará aún no es clara. Se les notificó a las áreas sustantivas y operativas que se comenzará a direccionar a las áreas a diferentes empleados.
Otra de sus principales funciones era que cuando la mercancía pasa por alguna de las aduanas, la AGACE cuenta con hasta cinco años para realizar la comprobación de que coincidiera lo declarado por el contribuyente, con el volumen y pago de impuestos, de acuerdo a lo dispuesto por las leyes fiscales vigentes. La Confederación Latinoamericana de Agentes Aduanales, consideró que las labores de esa administración podrían bajar su eficiencia porque otras áreas se enfocarán en sus tareas principales. El Servicio de Administración Tributaria indicó que las funciones de la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior continuarán y que no habrá despidos, solo se trata de una reestructuración. Desde que inició la presente administración del Ejecutivo, se anunció la desaparición de varias Administraciones Generales y ahora nos damos cuenta de que la AGACE es una de ellas.
PRÁCTICAS PROFESIONALES DE VERANO 2019 EN TIJUANA Por Valeria García Zamora. El día 7 de julio del presente año volé hacia la ciudad de Tijuana con el propósito de vivir una experiencia muy particular en el verano, debido a que realizaría las prácticas profesionales en una Agencia Aduanal llamada G-global. Puedo decir que en realidad no sabía a los retos que me iba a enfrentar. G-global es una empresa con presencia y experiencia en el mercado desde hace muchos años. Abrió sus puertas para mí y desde el primer día me sorprendió la manera como fue él recibimiento. Anahí, la chica de felicidad y talento (conocido como el departamento de recursos humanos) decidió que quería que viviera el Super Wow, que es un evento de bienvenida que realizan al nuevo personal que será parte de la empresa, el cual tiene el objetivo de conocer su filosofía, valores y todo el aspecto institucional, al mismo tiempo de hacerte sentir que ya eres parte de una gran familia.
La agencia está llena de gente joven, ya que la mayoría la eligen como el primer trabajo que te va a llenar de mucha experiencia, aunque el salario no sea muy alto. Esta empresa se divide en varias áreas como la legal, finanzas, clasificación arancelaria; pero el área de Comercio Exterior es la más extensa, debido a que tiene 10 equipos y cada uno con diferentes clientes, por lo que fui designada a uno de los equipos. En la primera semana me di cuenta de que desconocía muchas cosas de las que hablaban, pero poco a poco me fui involucrando más. Llegó el momento que entre las practicantes buscábamos las cosas que no entendíamos o preguntábamos a los mismos colegas. En mi caso puedo decir que vivir esta experiencia fue un pequeño acercamiento con la realidad. Aún me pude dar el lujo de decir “no sé qué eso”, porque cuando ya trabajas de verdad, debes evitarlo. Aprendí en particular de 2 personas, quienes me explicaban lo que hacían y cuál era el procedimiento. Pude realizar remesas, DODAS, PITAS, digitalización de documentos, certificarme en el examen DODO (que es el que le hacen a cualquiera que desea trabajar en la agencia) y probarme a mí misma.
Facultades de comprobación en materia de comercio exterior. Lic. René Velázquez Prado El comercio internacional de mercancías es un gran concentrado de actividades tanto comerciales, como económicas y sociales que conlleva la consecución de actividades que van desde una sola idea, hasta la aplicación de todos los mecanismos para que una mercancía pueda ser llevada de un lugar del mundo hasta el otro extremo. Estos procedimientos se realizan siguiendo un conjunto de pasos que se encuentran regulados por gran cantidad de normas que los operadores del comercio exterior deben de cubrir, por lo cual se encuentran con las normas que regulan el Derecho Aduanero, aquellas que se utilizan para el tránsito de mercancías de comercio exterior en el orbe. Algunos de los procedimientos más importantes para conocer en nuestro país, son aquellos en los cuáles los órganos del Estado intervienen, ya que la injerencia de la autoridad comienza desde la entrada de las mercancías a territorio nacional hasta revisiones posteriores para revisar la legal estancia de la mercancía en territorio nacional y que los trámites para la importación o exportación de mercancías se haya realizado de la manera como lo establecen las disposiciones legales correspondientes. Las autoridades competentes para realizar este tipo de procedimientos deben de tener sus facultades determinadas en la legislación, por lo que una autoridad
no podrá realizar una actividad de fiscalización en materia de comercio exterior si no lo determinan las mismas leyes que le faculten para ello. Entre ellas encontramos primero a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), quien a través del artículo 31 fracción XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es la autoridad en la cual se concentra la actividad fiscalizadora. Sin embargo, derivado de la creación del Servicio de Administración Tributaria (SAT), en términos del numeral 7 fracciones I y II de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, se trata de la autoridad idónea para el ejercicio de las atribuciones en materia fiscalizadora y en materia aduanera, por ser el órgano desconcentrado de la SCHP con el carácter de autoridad Fiscal. Así también, en términos de los artículos 13 y 14 de la Ley de Coordinación Fiscal, las autoridades fiscalizadoras de las Entidades Federativas adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal y que hayan firmado el Anexo 8 de los Convenios de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal correspondientes, fungirán también como autoridades fiscalizadoras aduaneras. Tal es el caso de entidades como Guanajuato, Sonora, Chihuahua, Michoacán, la Ciudad de México, Guerrero, Jalisco, entre muchas otras. Así las cosas, las autoridades fiscalizadoras podrán realizar las revisiones en materia de comercio exterior en tres momentos distintos:
1.Al momento de la presentación de las mercancías al mecanismo de selección automatizada, conocido como el semáforo en la aduana. 2.Cuando las mercancías son transportadas a su destino dependiendo de su régimen aduanero. 3.La revisión de la documentación de las operaciones de comercio exterior, así como de las mercancías de procedencia extranjera en el domicilio del contribuyente. Estos procedimientos de revisión lo realizarán con fundamento en el artículo 42 del Código Fiscal de la Federación, al tratarse de actuaciones a través de las cuales se revisan a los contribuyentes, responsables solidarios o terceros relacionados con el contribuyente que realice operaciones en de comercio exterior, para efecto de determinar contribuciones omitidas o créditos fiscales, comprobar la comisión de delitos fiscales, o bien, proporcionar información a otras autoridades. Por lo tanto, la autoridad fiscal deberá de actuar dentro de su marco de competencia por materia, territorial y jurisdiccional, a efecto de revisar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y aduaneras correspondientes a las mercancías de comercio exterior, dependiendo del régimen aduanero al cual haya destinado dichas mercancías, ya sea que hayan sido trámite de importación o exportación, o bien, que se tengan en ese momento en posesión del contribuyente.
Mi intercambio en León, España Mi nombre es Bárbara Lizbeth Espinoza Álvarez y estoy comenzado el séptimo semestre en la carrera de Comercio Internacional en la Universidad Vasco de Quiroga. Cuando entré en la UVAQ, a mis compañeros y a mí nos comentaron que en el tercer año de la carrera teníamos la oportunidad de realizar nuestros estudios durante un semestre en cualquiera de las universidades alrededor del mundo con la cual se tuviera un convenio. Recuerdo que desde ese momento estaba decidida a irme de intercambio. Después de 2 años, había llegado el momento de realizar los trámites correspondientes a dicho proceso y, en un abrir y cerrar de ojos, ya estaba haciendo mis maletas y preparándome mentalmente para lo que estaba a punto de vivir. A finales de enero del presente año, llegué a León, España, una pequeña ciudad llena de cultura en donde viví una de las mejores etapas, ahí realicé mis estudios correspondientes al sexto semestre en la Universidad de León. Tuve la fortuna de conocer a personas maravillosas de distintas
partes del mundo: Alemania, Italia, Chile, Francia, Países Bajos, Rusia, China, Estados Unidos, México y muchos países más, quienes poco a poco se convirtieron en mi familia, e hicieron que esta experiencia resultara más significativa para mí. Respecto a la parte académica, la forma en la que se imparten las clases es distinta a la que estaba acostumbrada; tuve materias muy interesantes y otras que requirieron un mayor esfuerzo. Aprendí sobre la historia, cultura, gastronomía, tradiciones y costumbres no sólo de España, también de Europa en general.
En el aspecto personal, mi viaje estuvo lleno de experiencias enriquecedoras, aprendizaje y emociones. Descubrí mis fortalezas, habilidades y debilidades, me obligué a salir de mi zona de confort. Esta decisión me ayudó a madurar, a ver todo lo que me rodea de una manera distinta y a valorar la vida, a personas y momentos. Cumplí muchos de mis sueños y también descubrí que en ocasiones tenemos ideas erróneas sobre otras culturas. Agradezco a la UVAQ por hacer posible que sus estudiantes tengan la oportunidad de irse de intercambio, ya sea nacional y/o internacional, a todos los directivos y docentes involucrados en el proceso, sobre
todo a la coordinadora de Movilidad Estudiantil, Carmina Aguirre, y a mi directora de carrera, Cynthia Rodríguez, por haberme apoyado durante el proceso y haber estado en contacto conmigo durante mi estancia en León, a mis papás por todo el apoyo tanto económico como moral, y a mi familia y amigos en general que, a pesar de la distancia, pude sentirlos tan cerca de mí gracias al amor, buenos deseos, ánimos y buenas vibras que siempre estuvieron enviándome a través de sus mensajes, videollamadas, cartas y fotografías. No me cansaré de decirlo, sin duda alguna una de las mejores decisiones que he tomado hasta ahora.
La indiscutible influencia del Comercio Internacional en la economía mexicana y su vínculo a la política migratoria. Por Carolina Cortez Vázquez
Han pasado años desde el desarrollo de las teorías clásicas del comercio internacional, donde precursores como Adam Smith y David Ricardo sostenían la ventaja absoluta y comparativa, respectivamente, como la base del libre comercio. Sin embargo, esto se fundamentaba en la teoría del valor de la fuerza laboral, pero hoy en día nos damos cuenta que dichas ventajas se formulan en relación al costo de oportunidad. Cien años más tarde, otra teoría se sumaba afirmando que la dinámica del libre comercio promovería la estabilización de los sueldos en las regiones dedicadas a esta actividad. Si hablamos del comercio internacional y su influencia en la política migratoria ¿por qué hacemos referencia a teorías clásicas económicas y antiguas? Porque en la realidad económica actual, el Gobierno Estadounidense está imponiendo y jugando con dichas teorías a su favor; sabedor de su dominio en las compras internacionales de productos, subordina e interviene en las estrategias políticas y sociales de las naciones socias, a tal grado, que los gobiernos se ven obligados a contemplar los intereses económicos del país anglosajón dentro de las políticas domésticas nacionales del país en cuestión. Situación que a todas luces dentro del juego del libre comercio no tendría cabida ni se debería presentar entre países considerados como socios, ni mucho menos dentro del marco de las reglas de acuerdos y establecimiento de aranceles de la Organización Mundial del Comercio.
Pero dichos lineamientos no son considerados por la Nación más consumista del mundo, precisamente por el conocimiento de esta posición en el orden comercial internacional. Esta realidad del panorama comercial internacional ha despertado en el país de las barras y las estrellas, el instinto proteccionista, reflejado por un creciente déficit en el saldo de la balanza comercial estadounidense, lo cual ha alimentado el sentimiento nacionalista y anti migrante, responsabilizando a los extranjeros ilegales como los causantes de la falta de empleo y del abaratamiento del mismo. Las teorías económicas ya mencionadas establecían que el crecimiento económico de los países se lograría con la especialización en las ventajas competitivas de cada nación y que el salario laboral se homologaría entre las naciones comerciantes; pero nuestro vecino comercial del norte ha demostrado que no necesariamente todas estas premisas de las teorías económicas son funcionales y penden de ciertos momentos históricos. Actualmente Estados Unidos manifiesta un problema de compras internacionales que exceden su capacidad productiva de exportación; y no porque en realidad no tenga el potencial de vender más hacia el exterior, sino porque el mismo consumidor ha manifestado sus preferencias de compra hacia los productos importados. Más importante aún, lo es considerar que han sido las mismas empresas estadounidenses quienes han propiciado este profuso agujero comercial deficitario. Basta con evidenciar la excesiva dependencia mexicana de las exportaciones hacia nuestro vecino del norte, propiciado por la inversión de dicha Nación en la nuestra: han sido las mismas empresas originarias de Estados Unidos las que han aprovechado el diferencial económico de mano de obra
mexicana y los beneficios arancelarios al margen del todavía Tratado de Libre Comercio de América del Norte. Conocedores de este hecho fundamental, el Inquilino de la Casa Blanca ha encontrado nuestro gran Talón de Aquiles para presionarlo y lograr el Acuerdo Migratorio firmado el pasado mes de junio, con las condicionantes de disminuir el flujo de migrantes por parte de nuestro país hacia el norte, el cual en caso de no evidenciarse estadísticamente impulsaría la imposición de aranceles graduales a partir del 10 de junio. Una vez contextualizado todo el panorama comercial, no es complicado asumir que el acuerdo migratorio no es un documento planeado ni deseado por el Gobierno Mexicano, sino que prácticamente fue un rehén de la política comercial internacional manejada a conveniencia por el Primer Mandatario neoyorkino; y es en este punto donde es digno de mencionar que no obstante las tendencias también proteccionistas y populistas de nuestro Gobierno actual, fue capaz de reconocer la importancia del flujo económico del comercio exterior como para haber cedido en asignar recursos nacionales a defender intereses económicos extranjeros, pensando en lograr mantener los nuestros; es decir, ligar la política migratoria de los Estados Unidos con la política comercial de México. Podemos concluir diciendo que todo esto fue un perfecto ejemplo de una táctica de negocios al estilo americano: hazle creer a tu contraparte negociadora que no estas anteponiendo o subordinando tus intereses a los de él, sino justamente lado a lado.
PRÁCTICAS PROFESIONALES DE VERANO 2019 EN VERACRUZ Por Grecia González González
El pasado 10 de junio de 2019 se dio inicio a las prácticas profesionales de verano, donde durante un mes y medio, mis compañeros y yo desarrollamos y pusimos en práctica todos los conocimientos adquiridos a lo largo de la carrera. La Agencia Aduanal RADAR Customs &Logistics ubicada en el Puerto de Veracruz, Veracruz, nos abrió sus puertas y fue ahí donde pudimos conocer el comercio internacional en su máximo esplendor. Mi experiencia durante este tiempo fue realmente emocionante, tuve la oportunidad de exportar diversos productos a más de 20 países, entre ellos Dubai, España, Brasil, China, Japón, India, Puerto Rico, Argentina, Países Bajos, entre otros. Gracias a estas operaciones pude desarrollar habilidades y poner en práctica los conocimientos que he adquirido a lo largo de la licenciatura, por ejemplo, realicé diferentes documentos oficiales para exportación e importación de mercancías tales como, Pedimentos, DODA, cartas
3.1.7, notas de revisión, pagos de muellaje, expedición de COVE, llenado de bitácoras, cuentas de gastos y facturación, etc. Donde fortalecí el área fiscal, logística, operativa y financiera que la Escuela de Comercio Internacional me ha brindado.
Es necesario agradecer al equipo de la Dirección de Comercio Internacional que hizo posible esta vivencia, y exhortar a todos los futuros colegas a seguir buscando este tipo de oportunidades para mejorar unos con otros e incrementar la competitividad escolar y laboral, promoviendo vínculos sólidos entre las escuelas y las empresas. Al ser Veracruz un puerto con gran conectividad nacional e internacional, conocí de cerca la operatividad que manejan con las navieras más importantes a nivel mundial, líneas ferroviarias que conectan con diferentes puntos estratégicos del país y algunas de las empresas transportistas más grandes de México. Considero sumamente importantes este tipo de proyectos y actividades, como Licenciados en Comercio Internacional, ya que es necesario mantenernos proactivos y dinámicos, y qué mejor manera de hacerlo que llevarlo de la teoría a la práctica. Además de la gran experiencia académica que esto representó para mí, me fue de gran utilidad para mi desenvolvimiento profesional en un ámbito laboral real.
ENTRADA EN VIGOR DE LAS REFORMAS A LA LEY ADUANERA PUBLICADAS EL 25 DE JUNIO DE 2018. ING. FELIPE FREGOZO DE LA PAZ Director de la AA Tradelink Pacifico S.C
Con fecha 25 de junio de 2018 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que reformó la Ley Aduanera, y que entró en vigor el sábado 22 de diciembre de 2018. Son varios los tópicos que afectan estas reformas, pero hay un problema: la implementación de las mismas, pues en muchos casos están sujetas a la publicación por parte del Servicio de Administración Tributaria de las Reglas Generales de Comercio Exterior, lo cual a la fecha no ha ocurrido. Un caso representativo es el encargo conferido para el agente aduanal tratándose de exportaciones; ni la reglamentación a través de reglas; ni su implementación a través de plataformas tecnológicas ha sucedido. Los puntos más relevantes para considerarse en este año 2019, en forma muy concisa, son los siguientes: - Responsabilidad solidaria en importaciones temporales. Respecto a las prácticas no claras en cuestión de transferencias, se establece la responsabilidad solidaria de las empresas que importen temporalmente mercancía, así como de las que posteriormente la transfieran, hasta que la misma salga físicamente del país o cambie de régimen aduanero, “abarcando de esta manera a todos los sujetos que intervienen en esas operaciones y aplicándose a cualquier tipo de régimen aduanero que pudiera suscitarse en la transmisión de la mercancía.”
-Sanciones para nuevos supuestos de subvaluación. Mediante la adición de una fracción XII al artículo 177 de la Ley Aduanera, se establecen nuevas infracciones y sanciones para personas que importen mercancías bajo diferimiento de impuestos (depósito fiscal, importaciones temporales IMMEX, y de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado), y declaren en el pedimento un valor que sea inferior en un 50% o más al valor de transacción de mercancías idénticas o similares. Con ello se pretende evitar, principalmente, la práctica de introducir mercancías subvaluadas al país inicialmente bajo el régimen de depósito fiscal para con este efecto evitar cualquier embargo por presunción de subvaluación, ya que, en su caso, se castigará con una multa del 130 al 150% de los impuestos al comercio exterior omitidos y, en su caso, de las cuotas compensatorias: -Adecuación del marco jurídico por nuevas tecnologías. Aplicables, por ejemplo, en la modulación de un pedimento. Debido a que el DODA (Documento de Operación para el Despacho Aduanero) ya está implementando en todas las aduanas, la legislación aduanal contempla este esquema en el que, en vez de presentar una impresión simplificada del pedimento ante el mecanismo de selección automatizado para su activación, se pueda presentar un pedimento, un aviso consolidado, un documento aduanero, o un dispositivo tecnológico o en medio electrónico, junto con las mercancías; ello, dentro del art. 43 de la Ley Aduanera. Ello permitirá que el pedimento pueda presentarse con el uso de nuevos sistemas y tecnologías para activar el mecanismo de selección automatizado. Hoy se sabe que, de conformidad con la Plataforma Integral Tecnológica Aduanera (PITA) para la modernización de las aduanas, no se presentará documento alguno ante aduana para modular, sino que toda la información del pedimento estará contenida en una tarjeta electromagnética que contendrá la información sobre el despacho aduanero que se vaya a realizar.
-Obligación de formar un expediente electrónico. Recuérdese que un pedimento en papel ya no existe; por definición en Ley Aduanera, un pedimento es un documento electrónico. Muchas empresas importadoras y exportadoras deben considerar seriamente que tienen la obligación de formar un expediente electrónico de cada uno de los pedimentos, avisos consolidados o documento aduanero de que se trate, el cual deberá contener el propio pedimento en el formato en que se haya transmitido, así como sus anexos, junto con sus acuses electrónicos, y deberá conservarse como parte de la contabilidad por los plazos establecidos en el Código Fiscal de la Federación (5 años). -Extensión del despacho aduanero. Se crea un nuevo artículo, el 153-A, en concordancia con el artículo 200 del Reglamento de la Ley Aduanera, a fin de que el principio de Inmediatez no afecte aquellas situaciones en las que el reconocimiento aduanero y verificación de mercancías en transporte concluyan en un término mayor al día de su inicio debido a la detección de irregularidades, se puedan establecer actas circunstanciadas parciales y final, en un plazo que no podrá extenderse más allá de cinco días contados a partir del inicio del acto de comprobación. Si la actuación de la autoridad excede de ese plazo, quedará su actuación sin efectos. -Pago de cuotas compensatorias en importaciones al amparo de un programa de diferimiento de aranceles. Por reformas al artículo 52 de la Ley Aduanera, se elimina el pago indiscriminado de cuotas compensatorias por parte de las empresas que importen mercancías que se encuentren sujetas al pago de las mismas al amparo de un programa de diferimiento de aranceles, ya que, cuando la reforma entre en vigor, sólo pagarán las cuotas compensatorias “aquellos regímenes aduaneros que determine la Secretaría de Economía, de conformidad con la Ley de Comercio Exterior, a través de las disposiciones que para tales efectos se publiquen en el Diario Oficial de la Federación”.
Sin embargo, cuando tales empresas no estén sujetas al pago de aranceles bajo los regímenes aduaneros de importación temporal, depósito fiscal, elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado o recinto fiscalizado estratégico, se deberá determinar el monto a pagar por concepto de cuotas compensatorias. -Rechazo del valor declarado. La autoridad aduanera podrá rechazar el valor declarado y determinar el valor en aduana de las mercancías si se detecta que el nombre, denominación o razón social, domicilio del proveedor en el extranjero o domicilio fiscal del importador, señalados en el pedimento o bien, en la transmisión electrónica o en el aviso consolidado, sean falsos o inexistentes, o cuando en el domicilio señalado no sea posible localizar al proveedor extranjero o al importador en su domicilio fiscal, o cuando el importador o el proveedor se encuentren en el supuesto de no localizado o inexistente. Y no sólo eso: el rechazo del valor declarado y la determinación del valor también podrá darse en aquellos casos en que las mercancías se encuentren destinadas a regímenes aduaneros que permitan la determinación de contribuciones sin su pago, como es el caso del régimen de depósito fiscal. Pero ahora la nueva fracción IV del artículo 78-A no trata de subvaluación, sino de un rechazo del valor declarado y determinación de un nuevo valor por parte de la autoridad aduanera y no sólo en aduana, sino en cualquier momento del ejercicio de las facultades de comprobación de la autoridad. Respecto a los datos falsos o erróneos en el nombre o domicilio del importador, ya será causal de cancelación de patente de agente aduanal. Estos son los cambios más relevantes en materia aduanera que, a la fecha, deben considerase seriamente en la operación diaria de comercio exterior.