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Víctimas de Tortura Página
►el derecho al acceso a los tribunales; ►el derecho a la libertad de circulación dentro del territorio, ►y el derecho a emitir documentos de identidad y de viaje.
Algunos derechos básicos, incluido el derecho a ser protegidos contra la devolución, se aplican a todos los refugiados. Un refugiado adquiere el derecho a otros derechos cuanto más tiempo permanezcan en el país anfitrión, derecho basado en el reconocimiento de que cuanto más tiempo permanecen en calidad de refugiados, más derechos necesitan.
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Fuente: https://www.un.org/es/observances/ refugee-day
26 de Junio Día Internacional en Apoyo de las Víctimas de la Tortura
Tortura: un crimen de lesa humanidad
La tortura destruye la personalidad de la víctima y desprecia la dignidad intrínseca de todo ser humano. A pesar de la prohibición absoluta de la tortura según el derecho internacional, la tortura persiste en todas las regiones del mundo. Las preocupaciones sobre la protección de la seguridad nacional y las fronteras se utilizan cada vez más para permitir la tortura y otras formas de trato cruel, degradante e inhumano. Sus consecuencias generalizadas a menudo van más allá del acto aislado sobre un individuo, ya que puede transmitirse de generación en generación y conducir a ciclos de violencia.
Las Naciones Unidas han condenado desde sus comienzos su práctica por ser uno de los actos más aborrecibles que los seres humanos cometen contra sus semejantes.
La tortura se considera un crimen en el derecho internacional. Está absolutamente prohibida en todos los instrumentos internacionales y no puede justificarse en ninguna circunstancia. Esta prohibición forma parte del derecho internacional consuetudinario, lo que significa que es vinculante para todos los miembros de la comunidad internacional, aun si un Estado no ha ratificado los tratados internacionales en los que se prohíbe explícitamente. Su práctica sistemática y generalizada constituye un crimen contra la humanidad.
El 12 de diciembre de 1997, la Asamblea General, en su resolución 52/149, proclamó el 26 de junio Día Internacional de las Naciones Unidas en Apoyo de las Víctimas de la Tortura, con vistas a la erradicación total de la tortura y a la aplicación efectiva de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (resolución 39/46), que entró en vigor el 26 de junio de 1987.
El 26 de junio es una oportunidad para pedir a todos los interesados, los Estados Miembros de las Naciones Unidas, la sociedad civil y los particulares, que se unan en apoyo de los cientos de miles de personas que en el mundo entero han sido víctimas de torturas o que todavía hoy son torturadas.
Para recuperarse de la tortura se requieren programas especializados de rápida actuación. El trabajo de los centros de rehabilitación y de las organizaciones especializadas de todo el mundo han demostrado que las víctimas pueden hacer la transición desde el horror a la curación. ElFondo de Contribuciones Voluntarias de las NacionesUnidas para las Víctimas de la Tortura , administrado por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Ginebra es una herramienta humanitaria única y universal que proporciona asistencia directa a las víctimas de la tortura y a sus familiares dondequiera que se produzca la tortura. El Fondo, creado en 1981 con el mandato de apoyar a las víctimas de la tortura y a sus familias, celebra este año su cuadragésimo aniversario. El Fondo canaliza contribuciones voluntarias a organizaciones de la sociedad civil que prestan servicios jurídicos, sociales, humanitarios, psicológicos y médicos. Los beneficiarios incluyen a defensores de los derechos humanos, personas privadas de libertad, niños, niñas y adolescentes, personas