CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

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Confluencia

■ Cuaderno de observación activa 2009

Políticas culturales para un Estado Plural Construcción del Estado Plural desde la interpretación comunitaria de la cultura, los derechos colectivos, el territorio y el poder


CANEK – Observatorio Cultural

POLÍTICAS CULTURALES PARA UN ESTADO PLURAL Confluencia/ Cuaderno de observación activa 2009 Ciudad de Guatemala, Guatemala, C.A. Primera edición, noviembre de 2009 Segunda edición, diciembre de 2009 CANEK – Observatorio Cultural Teléfono (502) 42850522, observacultura@gmail.com; www.canek.info Asociación Centro Civitas Comunicación, Cultura y Desarrollo, con vos y con tu voz 0 C. “A” 30-05, Z. 7, Utatlán I, Ciudad de Guatemala, C.A. Teléfono (502) 2434-6655 y 2434-7694 civitasguate@gmail.com y info@centrocivitas.org Centro Cultural de España en Guatemala Vía 5, 1-23, Z. 4, Ciudad de Guatemala, C.A. Teléfono (502) 2385-9066 / 67 / 70 gestion@ccespana.com.gt; www.centroculturalespana.com.gt Este libro es una realización de CANEK – Observatorio Cultural gracias al apoyo financiero del Centro Cultural de España en Guatemala, entidad que asume todos los gastos de edición y publicación. Se enmarca dentro de la estrategia de Cultura y Desarrollo de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, y por ello es absolutamente gratuito. Queda, por tanto, prohibida su venta. Se autoriza la reproducción total o parcial de esta obra por cualquier medio o procedimiento, conocido o por conocer, comprendidas la reprografía y el tratamiento informático, siempre y cuando se cite adecuadamente la fuente.

Con el apoyo de Asociación Sotz’il. Centro para la Investigación y Planificación del Desarrollo Maya. 4to. callejón Colonia San Rafael zona 2 Chimaltenango, Guatemala. sotzil@sotzil.org – Teléfono (502) 78394477 www.sotzil.org Centro Cultural Casa No’j 7a. calle 12-12 zona 1. Quetzaltenango. Teléfono (502) 7768-3139 http://casanoj.blogspot.com; casanoj@gmail.com


Confluencia

■ Cuaderno de observación activa 2009

Políticas culturales para un Estado Plural Construcción del Estado Plural desde la interpretación comunitaria de la cultura, los derechos colectivos, el territorio y el poder



(…) se hablaron, pensaron, y meditaron; se juntaron y se pusieron de acuerdo en pensamientos y palabras; se quisieron y se amaron bajo esta claridad. RELATO DE LO QUE TODAVÍA ERA SILENCIO, VIBRACIÓN, FERMENTACIÓN. VIBRABA, ESPASMABA, PALPITABA, ES DECIR CUANDO EL CIELO ESTABA VACÍO. Pop Wuj


Baba le seiribei anihen aburemein buma, seremin wamutibu luagun habagari sun wabiri単a waunagubei watiua luagu bareini lu badireirunei urinbani lidagie wabagari luagu afigouhadiwala, lau wasamina luma wagubu. Watiua luagu bubafu, bugudemehabu tuagun lafurugu Marcos Sanchez Diaz hau sun lisudaranigu, babinirunia wasanigu, hasanigu wasanigu hama su girigia ya ubouagu bar端bawa tida banigi gumugua dan, itara la.

Kaj uleu kqatz'on che la pikiwi le kajib' tinimit winaq le jawi kqatawi, kqil wi qib' pa we tinimit amaq' chya b'a la ri saqil, ri ch'ojch'ojil qa chuq'ab'il,qano'j rech uk'amik uq'ab' qab'e pa we qakomon jawi jalajoj taq wi qawach.


7

O ou' kajna' tata'pulay na xandiwinahli yahla ixij nay. O ou' kajna' tata' pulay na naru, na uy, yajla ixij nay. O ou' kajna' tata pulay pari ukxumo, na moohla ta'wu' anima gra'wa, amuhli, jurakhli na ayahli.

Oh Dios, padre y madre de todos los pueblos y culturas, que acompañas a todos los hombres y mujeres y te haces presente en su historia. Nos abrimos a ti como humanidad, a Ti que eres misterio cercano y entrañable, que eres aliento en el camino tortuoso de la vida. Soñamos con una vida plena, cargada de retos y dificultades, para todos los pueblos y etnias. Muchas veces tropezamos en esta historia compleja de la que todos somos gestores y, muchas veces, no nos entendemos con otros pueblos. Contamos con tu aliento para la construcción de una humanidad plural en el diálogo y respeto de las identidades de cada pueblo. Nos acogemos a tu mirada y abrazo de padre y madre. AMEN


8


La construcción de las propuestas que presentamos a continuación, los

Carlos Lacán

Eluvia Margarita Herrera

análisis y la elaboración de diagnósticos comunitarios así como sus

Carlos Z. Sal

Ely López

resultados son fruto de un proceso abierto, participativo y voluntario que se

Catalina Pérez Rivera

Encarnación García

ha realizado durante el año 2009. Por ello, deseamos agradecer las

Catarina Maria Brita Ramírez

Enrique Gordillo

Celestino Martinez Perez

Erika Yesenia Ciego

Celia Ovalle

Ermerindo Gómez

César Hernández

Ernesto Lorenzana

aportaciones de las siguientes personas e instituciones, las cuales constituyen juntas el contenido del documento que tiene en sus manos. Adolfo Santos Ajanel

Augusto Latín

César Joel Bojorquez Curtidor

Erwin Gonzales Bonilla

Aída Velásquez

Augusto Salazar

Claudia Aracely Pérez

Eugenio Col Valle

Alba Gloria

Beatriz Covos

Clementino Baltazar

Evaristo Mena

Albestina Coz

Benito Hernández

Cosme Baltazar

Evelyn Blanck

Alejandro Flores

Benito Morales

Cóstulo González

F. Armando Sarazùa

Alfonso Guárquez Ajquichi

Benjamín García García

Debora Julissa Brizuela Mendez

Fabián Gaspar

Alfonso Saquil Sunuc

Berta Englenton

Débora López

Fabiola Morales

Alfredo Cuz

Berta Tuy

Demetrio Cojtí

Faustino Ruiz

Álvaro Castellanos

Bertha E. Rax

Demetrio López de la Cruz

Felix Sarauza Patzan

Álvaro Gabino Galindo Guevara

Blanca Franzua

Diani Cabrera

Flor de María Campos

Ana Chub

Byron Alonso Chicap

Diego Iván

Florentino Gómez

Ana Florinda Xol Pop

Byron González

Domingo Aspuac

Floriano López López

Ana Lucrecia Garcia Guzman

Byron Paredes

Donaldo Anibal Rax

Francisco Castro

Ana Silvia Monzón

Cándido López y López

Dorotco Buch Qualle

Francisco Cut Chán

Anne Marie Gefflaut

Carlos Amílcar López

Edelberto Hernández

Francisco Ramos

Antonia Guantá

Carlos Barrientos

Edgar Rancancoj

Gabriel Caleb

Antonina Sánchez

Carlos Chex

Edson Manuel García Ramírez

Gaspar Mendoza

Antonio Gómez

Carlos E. Mota

Eduardo Sáez

Gemma Gil

Armando René Calel

Carlos Escalante

Eduardo Xia

Gilberto Apen Lopez

Armando Sarazua

Carlos Fuentes

Elida Trinidad Soto de Garcia

Gilda Rosus

Astrid Vanesa Canà Jimenez

Carlos Humberto Sal

Elsa Angélica Blanco

Gladis Rosales


10

Gladis Yunilda Gamboa

Jonatan Ruiz Yoc

Laura Luja

Mario Alfonso Bravo Soto

Glenda Joanna Welherborn

Jorge Castrillón

Lidia Mijangos

Mario Booac

Gloria Buch

José Alberto Chic Cardona

Lino Cos Socoy

Mario Ellington

Gloria Estela García

José Antonio Puac

Luany

Mario Figueroa

Gloria Francisca Salazar

José Aspuac

Lucas Ché Ical

Marta Juana López

Gloria García

José Boc Peren

Lucía Menéndez

Marta Marroquín

Gloria Ixpancoc

José Carmen Díaz

Lucía Xiloj

Marta Saloj Saloj

Gregoria Chile Gallina

José Cruz

Luciana Leonardo

Martín Coc Caal

Gregoria Chin

José del Carmen Ceno

Luís Cruz

Marvin Chirix

Gregorio Sandoval

Juan Antonio Cabán

Luís Fernando Joj Mus

Maynor Caté

Guillermo Pablo Mich

Juan Carlos Estrada

Luís Gerardo Murillo Guillen

Merci Velásquez

Gustavo Chavaz Sicai

Juan Carlos Sánchez

Madelin Ciego

Miguel Angel Lopez

Harleen Priscila Chimilio

Juan Cusanero

Madge Suset Palacios

Miguel Ángel Reyes

Hector García

Juan Elfego Valenzuela Calvillo

Magdalena Jocholá

Miguel Socoy

Hirineo Sal Musinin

Juan Francisco

Magdalena Velasco

Milagro Jolón

Hortensia Simón

Juan Gabriel Calel Roquel

Magdalena Xicay Chicol

Mildred Magaly Myca Guevara

Hugo García Montenegro

Juan Pablo López

Marcia Gladis Algasoto

Miriam Axpuac

Irma Alicia Velásquez

Juan Pérez

Marco Tulio Chancho

Miriam Carmelina Batz Yax

Ixel Mueres Vicente

Juana Esther Pérez

Marco Tulio de la Cruz

Mirza Adela Shol Culul

Jaceline XX

Julia Maria Nimatuj

Marcos González Morales

Mirza Colindres

Jacobo Estrada Hernández

Julián Burgos García

Maria Antonina Sánchez

Nancy Melisa Martinez H.

Jacobo Sicay

Julián Ordóñez

Maria Clementina Funes

Nehemias Yoc Colaj

Janto de Paz Perez

Julio Ruperto Noj

María Cristina Tabico

Nicolás Pacheco

Jaquelyn Galindo

Karen Mishel Gomez Lopez

María del Mar Velásquez

Nitrato González

Jennifer Costanza

Katja Winkler

María Rosalía

Norma Saqtik

Jeremías Emmanuel

Kelita Ordóñez

María Salomé Chocoyo

Notrato Caal Ich

Jerónimo Carias

Kevin Miguel Flores

Maria Sinay

Odilia Chavajay

Jerson Ordóñez

Laura Gabriela Lopez Morales

Mariana Leiva

Okayma Flores


11

Olga Gamboa

Rosa Mucu

Olga Kisquinay

Ruben Gregorio

Olga Marina Azurdia

Saknicté Racancoj

Y el apoyo de las siguientes instituciones

Olga Martínez

Santi Gamboa

Oscar Boj

Santiago Bastos

Asociación Cultura Maya Los Alisos

Sitlaly Cumatz Sinay

Asociación Centro Civitas

Oswaldo R. Cumez

Suly González

Otto René Marroquín

Susan Catalina Galuindo

Asociación Política de Mujeres Mayas Moloj

Oscar Conde

Padre Cirilo

Susana López Ramirez

Patrocinio Martínez Velásquez

Teywi Álvarez

Paula Ávila

Vanesa Karlo Chinchilla Urbina

Paulino Sánchez

Venancio Oliveira

Pavio Hul Pop

Vicente Sis Sis

Pedro Mejía

Víctor Vicente Chávez

Pedro Ortega

Wilfredo Velásquez

Perdo Anibal

Wilses Sinay Corado

Pero Sunnuc Chuy

Yovani Cux

Petrona Cuy Saloj Polanco Rosa López Rafael González Yos Ramiro Batzín Ramiro López Renata Ávila Rigoberto Cuz Caal Rodolfo López Rodrigo Tot Romeo Tiu Rony Mijangos

Bufete Popular de la Universidad Rafael Landívar

Defensoría de la Mujer Indigena Escuela Los Ajanel Grupo de Mujeres de Villa Hermosa Grupo Cajolá Hermandades Garinagu de Livingston Jun Chowen Municipalidad de Acatenango

Cadisogua

Municipalidad de Concepción Chiquichapa

Casa de la Cultura de Chimaltenango

Municipalidad de la Esperanza

Casa de la Cultura Garinagu de Livingston

Municipalidad de Quetzaltenango

Casa No’j

Municipalidad de San Antonio Aguas Calientes

Centro Cultural de España en Guatemala

Municipalidad de San Bartolomé Milpas Altas

COCODE de San Bartolomé Milpas Altas

Representativa Flor del Maíz

COCODE Quetzaltenango Comisión de la Mujer de Concepción Chiquirichapa Comité ADOC La Esperanza Consejo de Ancianos de Concepción Chiquirichapa Consejo Coordinador del Pueblo Xinka de Guatemala Consejo Mam

Sotz’il. Centro para la investigación y planificación del desarrollo maya Tob’nel Tinamit. Defensa Legal Indígena


12


Do cu m de ent ap os oy o

Biblio graf refere ías, ncia y anex s os

9

79 111

3 13 20

9

455

355

255

8

Relaciones institucionales

205

15 5

211

7

21 5

1

55

21

En la s relaci ones co m u nitari as

co n stit Refo uc r m ne iona as ces les ari as

las En nes s io ac ale rel ctur ru est

as En l s e cion rela ativas m nor

En las relaciones institucionales

El co proc las nstru eso d po cci e líti ón cas de

55 5

9

Un sis educativ tema o plural

55

22 1

8

rnos Gobie les a region

9

91 1 05

235

4

=

155 5

241

2

Índice

25 5 5

57

1

9

ía o m la n o a aut em La Guat de n to en ó i c n ra mie e n i Ge noc l co ura pl

35 5 5

24

7

6

9

3

5

45 5 5

4

6

ly r loca Pode zación i organ itaria n u co m

1=

2

4

25

5

3

5

El derecho colectivo a la tierra

260

1

bi o m ca ídico n U jur cial r pa

155

a: est pu pro r el L a bi a cam tema sis

1

255

Un iento acercam o nid al conte

2

3

C de ultu co rech ra y lec o tiv s os His adm toria p de inistr olítico Gu ate ativa ma la Individ u del der alización echo

355

1


2

14

ÍNDICE

15 15

1 UN ACERCAMIENTO AL CONTENIDO DE ESTE DOCUMENTO… 25 LA PROPUESTA: CAMBIAR EL SISTEMA

El proceso de interpretación del tiempo El pueblo xinka , maya, “mestizo” y garinagu

19

El colectivo: construcción social y política del territorio

24

Los derechos colectivos

29

Algunos ejemplos de regionalización desde la interpretación comunitaria del territorio y de los derechos colectivos

32

Marco jurídico legal nacional e internacional sobre la consulta popular: vía para el ejercicio del derecho colectivo a la autodeterminación

Q’ANIL 1

La importancia de interpretar el tiempo desde la comunidad

33 36

Marco jurídico nacional Marco jurídico internacional

38 Casos en la región mesoamericana sobre el reclamo y ejercicio de los derechos colectivos

2 CONSTRUCCIÓN SOCIAL Y POLÍTICA DEL TERRITORIO DESDE LA INTERPRETACIÓN COMUNITARIA

38 39 40 41 42

9

CULTURA, DERECHOS COLECTIVOS, TERRITORIO, Y DISTRIBUCIÓN DEMOCRÁTICA DEL PODER ANTE LA DESIGUALDAD ESTRUCTURAL Síntesis de memorias de trabajo 2009 10

La cultura como forma de vida, como sistema de relaciones regulado por una comprensión íntima del tiempo

43

El Estatuto de Kuna Yala Consideraciones relevantes para el ejercicio de autonomía y el autogobierno en los Estados Federados Mexicanos La experiencia mexicana del régimen multimunicipal en el marco de los Acuerdos de San Andrés El reclamo por la aprobación del proyecto de ley de desarrollo autónomo de los pueblos de Costa Rica El Estatuto de Autonomía de las dos regiones de la costa atlántica de Nicaragua La cooperación intermunicipal o intermunicipalidad en Guatemala

45 La relevancia de las estructuras en la regulación del tiempo 46 El capitalismo y el sometimiento del tiempo comunitario 49 La desigualdad estructural 56 Conclusiones: La estructura piramidal del poder


3

57

HISTORIA DE CONQUISTA Y EXPLOTACIÓN EN LA

79

MECANISMOS DE INDIVIDUALIZACIÓN DEL

CONSTRUCCIÓN POLÍTICO-ADMINISTRATIVA DE

DERECHO EN ÁMBITOS LOCALES Y SU REPERCUSIÓN

GUATEMALA

EN LA SUBSISTENCIA Y DESARROLLO DE SUJETOS

Por Enrique Gordillo 59

Introducción

COLECTIVOS Por Byron Paredes

62

El período colonial: la definición de los primeros territorios

80

Introducción

63

Conquista y definición de primeras fronteras: los derechos de conquista

82

Mecanismos del Estado para el sometimiento y asimilación de la organización local

64

La implantación de la autoridad real: las leyes nuevas de 1542 y la creación de la audiencia de los confines

66

Instituciones político-administrativas menores: ayuntamientos, corregimientos, alcaldías mayores y gobernaciones

68

Las reformas político administrativas del siglo XVIII: el régimen de intendencias

69

La primera experiencia ciudadana: el período de las Cortes de Cádiz y la ciudadanía española, 1808-1814

91

82

Mecanismos de descentralización del Estado

84 84 85

Mecanismos legales Mecanismos económicos Mecanismos políticos

89

Conclusiones

89

Byron Paredes

EL RECLAMO DEL DERECHO COLECTIVO A LA

70

El peso histórico de las regiones

TIERRA: EL CASO DE EXPROPIACIÓN DE TERRENOS

71

La independencia y el periodo nacional: la primera constitución guatemalteca y la nueva administración político-territorial

ANCESTRALES PROPIEDAD DE LA COMUNIDAD

74

Territorios perdidos por el Estado de Guatemala después de la independencia

74

La fragmentación del territorio nacional

75

El impacto del café

76

XINKA DE JUMAYTEPEQUE Por Odilia Chavajay 1 95

Datos históricos de la comunidad xinca de Jumaytepeque Introducción a la problemática sobre reclamos como derecho colectivo del caso xinca

Ferrocarriles y bananos

96

Exposición general del caso

77

Reflexiones finales

96

78

Enrique Gordillo Castillo

La titulación supletoria, principal mecanismo de despojo de las tierras xincas


4

97

Fundamento legal

97

Cronología de los mecanismos legales y políticos utilizados

100

Resultas del proceso penal

100

Resultas del proceso civil

100

Acción constitucional de amparo

101

Apelación de la sentencia de amparo

101 102 103 104

Mecanismos de diálogo adoptados para la resolución final Medidas adoptadas en la negociación Concluye el conflicto de tierras en la comunidad indígena de Jumaytepeque Conclusiones e interrogantes

104

Odilia Chavajay Pérez

120 122

123

Debate y convergencia sobre autonomía y otros temas El acuerdo de identidad

El contexto del multiculturalismo cosmético del post-conflicto (1997-2007) 123 124

Las comisiones paritarias La ausencia de la demanda autonómica en la Guatemala multiculturalizada

126

¿El inicio de una nueva fase?

127

Las diferentes versiones de la demanda autonómica

132

127 128

La acción política: de la autonomía al reconocimiento La ausencia de lo local en las demandas autonómicas

129

Los avatares de la autonomía territorial: entre la nación guatemalteca y el pueblo maya

Santiago Bastos Amigo

105 LA EXPERIENCIA DE PODER LOCAL Y ORGANIZACIÓN COMUNITARIA EN LOS 48 CANTONES DE TOTONICAPÁN. ENTREVISTA CON ROMEO TIU 111 LA (AUSENCIA DE LA) DEMANDA AUTONÓMICA EN GUATEMALA Por Santiago Bastos 113

Introducción

114

El entorno de la revolución posible (1976-1985) 114 115

117

El avance desde la izquierda Las propuestas soberanistas indígenas

El momento de la paz y el reclamo de participación (1986-1996) 117

La autonomía en el surgimiento del movimiento maya

133 LAS COMUNIDADES EMERGENTES DE CONOCIMIENTO: GENERACIÓN DE CONOCIMIENTO PLURAL AL SERVICIO DEL CAMBIO Síntesis de memorias de trabajo 2009 134

La generación de conocimiento plural y su aplicación práctica para la transformación de la realidad: Las comunidades emergentes de conocimiento 134 137

149

¿Qué son las CEC’s? La CEC Jun K'olib'al Kech Achlaxinem Pa Qano'jib'al

La creación de un sistema de indicadores para la observación comunitaria de los derechos colectivos 149 151

¿Qué es un sistema de indicadores? Claves para evaluar y mejorar el sistema


5

161

153 154 156

Mapa general del sistema de indicadores El proceso de búsqueda y recolección de información La configuración del sistema según la realidad cultural comunitaria

157

La plataforma web de gestión de indicadores para sistematizar, relacionar y comparar datos y generar gráficas

El sistema de indicadores 161 165 175 187

Indicadores marco Indicadores de la cultura simbólica Indicadores de la cultura material Indicadores de la cultura social política

3 POLÍTICAS CULTURALES 201 EL PROCESO DE LAS POLÍTICAS CULTURALES

4 CAMBIOS CONSTITUCIONALES Y DEL MARCO JURÍDICO LEGAL 221 REFORMA CONSTITUCIONAL PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN ESTADO PLURAL Por Elsa Blanco 222

Algunos antecedentes sobre la reforma constitucional en Guatemala 1982- 1985

224

Los Acuerdos de Paz

225

Las reformas constitucionales y la consulta popular en Guatemala

225

El modelo pluralista de la década de los noventa

226

Propuesta de reforma constitucional para la construcción de un Estado Plural

234

Elsa Angélica Blanco

205 EN LAS RELACIONES INTERPERSONALES (COMUNIDAD) 211 EN LAS RELACIONES INSTITUCIONALES (COMUNIDAD – REGIÓN) 215 EN LAS RELACIONES NORMATIVAS

235 CAMBIOS

(ESTADO)

PARA

ESTABLECER

UN

SISTEMA EDUCATIVO PLURAL Por Benito Morales 236

¿Educación propia que responda a principios y valores, cosmovisión, lengua, historia y forma de ver y entender el mundo de los Pueblos Indígenas?

237

Los Acuerdos de Paz y el No a la reforma constitucional

(REGIÓN – ESTADO) 219 EN LAS RELACIONES ESTRUCTURALES

NECESARIOS


6

250

Repaso de las memorias de la asamblea nacional constituyente de 1985 desde distintas ópticas de la comisión de redacción

252

Un cambio estructural parcial pero posible, sin cambiar la constitución

255

Algunos caminos hacia un Estado Plural

255

Estructura propuesta y pasos a seguir

PUEBLOS

257

Conclusión

Por Lucía Xiloj

258

Renata Ávila

239

¿Qué hacer?: Reforma constitucional

240

Conclusiones

240

Benito Morales

241 CONSOLIDACIÓN DE GOBIERNOS REGIONALES QUE PERMITAN

LA

AUTODETERMINACIÓN

DE

LOS

242

Resumen

242

Introducción

243

Fortalecimiento de los espacios de participación de pueblos indígenas en los consejos de desarrollo urbano y rural y las mancomunidades, como un camino para la construcción de un gobierno regional autónomo

246

Propuesta de consolidación de un gobierno regional para la promoción y respeto de los derechos individuales y colectivos de los pueblos indígenas

247

Conclusiones

247

Lucía Xiloj

249 UN CAMBIO ESTRUCTURAL PARCIAL PERO POSIBLE, SIN CAMBIAR LA CONSTITUCIÓN Por Renata Ávila 250

Resumen

250

Introducción

1 KAME 259 DOCUMENTOS DE APOYO 260 BIBLIOGRAFÍAS, REFERENCIAS Y ANEXOS 260

Bibliografía general

277

Referencia I: El consejo jurídico interinstitucional interpretación y asistencia a los derechos colectivos

283

Referencia II: CANEK – Observatorio Cultural

286

Anexo I: Mapas del proceso histórico de división departamental de Guatemala de 1824 a 1985

de


7

Q’ANIL 1

Un acercamiento al contenido de este documento‌

2

La propuesta: cambiar el sistema


8


UN ACERCAMIENTO AL CONTENIDO DE ESTE DOCUMENTO… El desafío de la interculturalidad es solamente al monopolio de una sola cultura como patrimonio universal de la humanidad. Diana de Vallescar1

Guatemala posee una rica y profunda diversidad cultural. Ésta, lejos de lo deseado, sigue cautiva en el ámbito inmediato de lo doméstico y comunitario ya que las estructuras que sostienen el actual Estado guatemalteco, construidas desde una lógica occidental y sobre un proceso colonial que no termina, impiden la apertura suficiente para que florezca y tenga un alcance institucional organizado regional y estatal. Las expresiones que le son permitidas son el folclor y los símbolos de identidad, expresiones fácilmente convertibles en producto que convienen para el desarrollo del capital/Estado. La mercantilización de la diversidad cultural impulsa su paulatina inmersión en un proceso completo de asimilación. Quedan por ello excluidas sus formas propias de organización sociopolítica de los espacios clave de toma de decisiones. Su pleno ejercicio supondría la emergencia de nuevos puntos de poder y la (re)construcción de nuevas estructuras que cambiarían, sin duda, las relaciones actuales de exclusión y desigualdad.

1

De Vallescar, Diana. Cultura, multiculturalismo, interculturalismo. Hacia una racionalidad intercultural. P.S. Editorial. Madrid, 2000.


2

CANEK – Observatorio Cultural, junto a la Asociación Centro Civitas y al Centro Cultural de España, inició en el 2008 un proceso de trabajo dedicado a la diversidad cultural en Guatemala. Este proceso se inició y continúa planteándose hoy como una conversación plural y horizontal en la que, a la luz de datos estadísticos de primera mano obtenidos en contextos comunitarios, se pueda ir construyendo, poco a poco y de abajo hacia arriba, un Estado verdaderamente plural. En esta conversación en múltiples vías, pero siempre de ida y vuelta, de decir para escuchar y aprender, se han sumado hasta la fecha numerosos actores sociales y políticos que constituyen parte de la profunda y rica diversidad cultural del país. El trabajo de CANEK no ha sido el de decir y el de proponer, el de analizar y decidir, ni el de reflexionar y accionar, sino que se ha centrado en hacer posible que surjan las voces y decidan qué y cómo decir, proponer y hacer desde su interpretación del mundo y desde su propia comprensión del curso que tiene que seguir su destino. Para entender la magnitud de este proceso es preciso tener en cuenta cuán dolorosa deviene la experiencia de tomar la palabra en Guatemala. Con estas inquietudes, desde CANEK hemos creído poco sensato (si no es que poco honesto) pensar que el trabajo del observatorio sea el de observar, sobre todo cuando el ámbito de observación es la cultura, sus relaciones y el ejercicio de los derechos colectivos. Sostenemos que cada colectivo debe emerger desde su interior, interpretándose a sí mismo y sin aplicar ningún molde. Por ello, hemos creído más razonable comprender el observatorio por su condición (la de facilitar la observación) y no por su función (la de observar). Desde esta lógica, CANEK se ha ido construyendo poco a poco durante estos dos años como una casa donde muchos (diversos), comunicados por los medios que hoy nos ofrecen las nuevas tecnologías, se observan a sí mismos y observan al sistema dominante donde están inmersos, cada uno desde su cosmovisión o cosmovisiones, y de forma sistemática.

No hay peor pobreza que la pobreza de la mente; y no hay peor crimen que silenciar las voces para urdir una sociedad fundamentada en la unidad de un solipsismo alienador. Claros en esto, estos dos años nos hemos sumado a la apertura del diálogo para facilitar la interpretación compleja que precisa un problema complejo. Como dijo Albert Einstein, gran parte de la solución de un problema se encuentra en su correcta formulación, y para ello es imprescindible reunirse, sentarse, reflexionar y dialogar. Políticas culturales para un Estado Plural es un esbozo resumido pero completo que combina interpretación, análisis y propuesta para la construcción política y social, desde el fundamento del derecho y las libertades individuales y colectivas, de un Estado no sólo reconocedor sino ante todo representativo de la realidad plural que compone Guatemala. Las propuestas que incluye pretenden reunir iniciativas para romper con esta dinámica que mantiene a una gran parte de la población excluida y sin voz. Este documento es una encrucijada de muchos caminos donde cerca de 400 personas de todo el país se han encontrado durante el 2009 para aportar sus propuestas acerca de la distribución del poder para el desarrollo de su cultura y de su territorio. El resultado es esperanzador, voces procedentes de los cuatro pueblos de Guatemala discuten y proponen juntas sobre cómo construir un Estado desde la comunidad, que no sea sólo reconocedor sino ante todo representativo de la diversidad de formas de ver, pensar e interpretar su propio destino y el mundo. Se expone un recorrido formulado desde la interpretación comunitaria de la cultura y de los derechos colectivos que vincula la comunidad con su región y ésta con el Estado, de abajo hacia arriba, y finaliza con una serie de propuestas de cambios constitucionales y del marco jurídico legal actual necesarios para sustentar el futuro Estado Plural.


3

Consta de tres partes de contenido, más una de apertura y cierre. La primera, Construcción social y política del territorio, expone las bases teóricas y conceptuales sobre las que se sustentan las propuestas sobre regionalismo y de cambios de los límites político-administrativos del país en base a la interpretación que han hecho algunas comunidades sobre qué significa territorio y cómo deberían emerger sus formas propias de organización y toma de decisiones. Todo ello para asegurar el ejercicio de los derechos colectivos (derechos que sólo se pueden ejercer de forma grupal, como el derecho colectivo al idioma, a la posesión y gestión del territorio y del patrimonio natural o a la autodeterminación, por ejemplo). En esta primera parte es de especial relevancia el último capítulo, La generación de conocimiento plural, donde se expone el esfuerzo de dos Comunidades Emergentes de Conocimiento en la construcción de un sistema de indicadores con plataforma web que permite a cualquier grupo organizado analizar la situación de los derechos colectivos en realidades culturales muy diversas, hacer comparativas con entre realidades y con ello sustentar políticas comunitarias y regionales para el pleno ejercicio de estos derechos. La segunda parte, Políticas culturales, presenta una serie de estrategias cuya finalidad es crear, desde la comunidad, regiones representativas del sentir comunitario con facultades específicas para crear, finalmente, un Estado Plural donde esté representada la diversidad. Finalmente, en la tercera parte, tres abogadas y un abogado exponen, en base a todas estas propuestas, los cambios necesarios que se deben de hacer a la Constitución Política de la República de 1985 y al marco jurídico legal actual para su legalización y para abrir el camino hacia la pluralidad de estado. El método de trabajo para la elaboración de esta serie de propuestas se ha construido también de forma participativa. En el 2008 CANEK abrió espacios para la construcción de una propuesta intercultural (publicada en el libro

Construcción de la comunicación intercultural aplicada) que nos ha servido de base para trabajar y abrir el tipo de conversación que permitiera relaciones entre iguales con respeto a la diversidad. En base a esta metodología de trabajo, se abrió la discusión en el 2009 para elaborar las propuestas que contiene este documento. Entre los espacios que se abrieron destacan los ciclos intergeneracionales de debate, la creación y desarrollo de Comunidades Emergentes de Conocimiento (encargadas de interpretar los derechos colectivos y hacer consultas comunitarias) y los ciclos de trabajo, con extensa participación de personas de todo el país, que se llevaron a cabo en Ciudad de Guatemala, Chiquimulilla y Livingston. El resultado de este proceso amplio de trabajo es un documento contradictorio. No hemos pretendido en ningún momento atenuar o anular la contracción, más bien la hemos fomentado. Ser capaces de hacer emerger la belleza y el poder de lo diverso se encuentra precisamente en nuestra capacidad (la de todos) de situar la contradicción en el epicentro de la propuesta y que ésta no vuele en pedazos, sino que se mantenga sólida y unida por múltiples voces firmemente entrelazadas, como si se tratara de un petate. Nuestra preocupación ha sido entonces más bien la de propiciar espacios donde la diferencia fuera respetada y en donde formas diferentes de pensar pudieran convivir y construir conjuntamente, sin por ello anularse bajo una homogeneización alienante. Creemos que la consiguiente creación de un Estado Plural pasará por la capacidad de crear mecanismos que permitan precisamente sostener la contradicción como forma de trabajo y de construcción de una sociedad justa y equitativa; una sociedad donde la igualdad y la diferencia se mantengan en equilibrio gracias a la cooperación armoniosa entre diversos. Creemos firmemente también que la lógica del sistema actual debe dejar de ser la igualdad formal ante una realidad que es desigual y diversa. Ante tan obvia realidad plural, el actual sistema no tiene más opción que la de desaparecer.


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Es importante señalar que la consideración conceptual y teórica que se presenta aquí alrededor de cultura, territorio, poder, colectivo y derechos colectivos no está vinculada única y exclusivamente a los Pueblos Originarios. Los derechos colectivos no son los llamados derechos de los pueblos indígenas, porque no son derechos de grupos específicos, del mismo modo que los derechos individuales no son sólo para unos individuos, sino que son universales. La vinculación crítica que fundamenta este documento no es la relación colectivo – étnia, sino la de colectivo – territorio con diversidad de pueblos organizados en una institucionalidad compartida. Para CANEK resulta imperante profundizar en el desarrollo de la teoría política, económica, jurídica y social referente a la colectividad en Guatemala desde el prisma de la cultura y el fundamento de la pluralidad. Ello facilitará sin duda la ruptura de procesos de colonización como lo es la reiterada perpetuación de lo indígena y lo ladino, palabras y conceptos de origen netamente colonial. Sin duda, la mayor conquista del colonialismo ha sido colonizar la mente de los sometidos, hablar por su boca. El triunfo del colonialismo ha sido la construcción mental del otro prescindible y atroz, del inexistente, del fracaso del diálogo entre distintos. Su cenit se encuentra en su expresión más terrible: la colonización del pensamiento. Éste es el catalizador a partir del cual se reproduce la lógica del divisionismo entre personas, comunidades, iniciativas y pueblos; cristalizado en principios en la elaboración de políticas: la discriminación, la exclusión, el individualismo y el racismo; un país fragmentado y dividido donde la más cruda explotación surca con estruendo las hendiduras de sus cortes y tajaduras. Si vemos de cerca esta lógica de la separación, cimentada para asegurar la perpetuación y la relevancia de conflictos de carácter étnico sobre problemas estructurales de fondo (como lo son la concentración de la riqueza, de la tierra y del poder político, ideológico y bélico), nos daremos cuenta que la condición plural se extingue y se propone de manera uniforme, desde los más diferentes

bandos, la segregación y la brutalidad mística de la pureza. Sumémosle a esto el financiamiento externo de infinidad de proyectos unitarios sin noción de conjunto y reducidos al ámbito comunitario de lo inmediato, que disipa aún más la condición vinculante, organizativa y de relación amplia que precisa la construcción de colectivos. Sin duda, referirse a la colectividad por su vinculación territorial, en base a las relaciones, y superando (pero no borrando) el principio étnico por la institucionalidad compartida (propuesta fundamental nacida de entornos comunitarios que sitúa al pluralismo en el mero centro del debate y de la propuesta política) saldará esta problemática, siempre y cuando la conformación sociopolítica y de representación del colectivo responda a la realidad comunitaria y a las necesidades de la colectividad desde la participación local, es decir, desde las bases, hacia lo regional y de ahí hacia al Estado. Avanzamos entonces en la ruptura de los procesos de colonización (y de colonización del pensamiento sobre todo) aún hoy plenamente vigentes en el país.

Equipo CANEK Guatemala, diciembre de 2009


LA PROPUESTA: CAMBIAR EL SISTEMA

Uniones, federaciones, confederaciones y hasta consociaciones son otros tantos sistemas políticos desarrollados en el mundo occidental para circunstancias occidentales. Las circunstancias de Sudáfrica son tan diferentes... que ninguno de esos sistemas podría trasladarse con éxito a estas partes del mundo sin notables adaptaciones. Por eso estamos en el proceso de diseñar y desarrollar nuestro sistema particular en Sudáfrica, un sistema que sin duda incorpora algunos de los rasgos de alguno o todos esos sistemas, pero no responderá a la descripción de ninguno de ellos en particular. Desarrollaremos nuestro propio sistema de acuerdo a los requerimientos de nuestras propias circunstancias. Dejemos después que los teóricos sueñen un nombre para ello Palabras de Stoffel van der Merwe en 1986 al referirse al proceso de transformación constitucional de Sudáfrica1

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Citado en Albó C., Xavier y Barrios, Franz. Por una Bolivia plurinacional e intercultural con autonomías. Bolivia: Cuaderno de Futuro 22. Informe sobre desarrollo humano. Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). 1ª edición. Bolivia, 2007.


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La propuesta general, fruto de la apertura de múltiples espacios de discusión y debate en el 2009, se expone de la siguiente forma:

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PRIMERO

Reconstruir la historia de los pueblos y su temporalidad para que, desde su interpretación de la realidad y del mundo, decidan su propio destino y se constituyan como sujetos históricos. Para ello es imperante construir un Estado compuesto, es decir que rompa con el actual monopolio del poder legislativo concentrado en un solo órgano, con el fin de consolidar un modelo matricial del poder y la construcción de tantos puntos de poder como sujetos colectivos se consoliden, sustentados éstos en la interpretación y ejercicio de los derechos colectivos, en la horizontalidad, la ascendencia del poder y el desarrollo de la ciudadanía diferenciada.

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colectivo y por lo tanto con capacidad para ejercer derechos colectivos; basado en una espiritualidad sustentada en principios y valores solidarios y de respeto y armonía con la naturaleza, entre personas y comunidades y el cosmos. Ubicamos el territorio natural que abarca la construcción del Estado Plural aquí planteado como el territorio que han ocupado históricamente los pueblos originarios de Mesoamérica (sur de México-Chiapas, Guatemala, Belice, Honduras, El Salvador, Nicaragua y el nor-occidente de Costa Rica).

Como elementos principales para la construcción del Estado Plural, se toman en cuenta los siguientes elementos, siempre desde el espacio mesoamericano: Desarrollo de la estructura social y política propia, forma de organización libre y autónoma. Recuperación de la armonía entre las relaciones histórico-culturales (arte, idiomas, dietas alimenticias, costumbres y tradiciones, desarrollo político y económico, etc.) y las relaciones cosmogónicas, las cuales vinculan nuestra cultura a una posición geográfica particular y a la biodiversidad que existe en ella.

SEGUNDO

Guatemala, su forma de Estado y sus límites político – administrativos son producto del proceso colonial iniciado hace más de 500 años. Por ello, rechazamos esta forma de Estado y estos límites que fragmentan nuestro espacio vital de relación y de construcción social y política del territorio. Entendemos por territorio el espacio natural, socio político y simbólico en el que transcurre (en el tiempo) la existencia de un grupo humano con formas organizativas nacidas de su propia experiencia, constituido como sujeto

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TERCERO

Entendemos por cultura como el sistema de relaciones simbólicas (de significación), materiales (con la naturaleza) y sociopolíticas (entre personas y comunidades) que dan sentido de unidad y comunidad a una población. Entendemos por colectividad como la expresión comunitaria y regional de la cultura. Hablar de colectivo implica hablar de un sistema de relaciones culturales anclado a un territorio, con estructuras organizativas y de representación


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propias, y capaz de generar instituciones donde la realidad plural, a todo nivel, esté representada. Nos referimos a colectivo como aquella organización territorial de individuos que poseen y reclaman una ciudadanía diferenciada; demandan ser considerados como ciudadanos con igualdad de derechos ante el Estado, pero capaces también de expresar como colectivo humano su alteridad y su derecho a ser diferentes colectivamente dentro de su territorio. En consecuencia, cada sujeto colectivo es singular y sólo puede identificarse y emerger desde su interior.

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Creación de una institución educativa pública propia de nuestra región que responda a nuestros principios y valores, a nuestra cosmovisión, a nuestras lenguas, historia y forma de ver y entender el mundo, y capaz de crear una universidad autónoma propia.

Creación de un órgano regional con facultades de regulación económica que permita desarrollar propuestas de reforma agraria para la consolidación de una mejor equidad económica y de posesión del territorio apto para el cultivo, así como de implementación de políticas públicas para el desarrollo de la soberanía alimentaria.

Generar un proceso de cambio constitucional y del marco jurídico-legal actual que abra las puertas a la generación de relaciones plurales y que permita la constitución de sujetos colectivos unidos en un solo Estado Plural.

CUARTO

Para la construcción del Estado Plural es preciso desarrollar las siguientes políticas desde el interior de cada sujeto colectivo:

Consolidación de una propuesta de región autónoma con su propio ordenamiento territorial cuya implementación permita interpretar y ejercer los derechos colectivos.

Desarrollar espacios de decisión política comunitaria y regional que permitan el desarrollo de las instituciones políticas propias tanto locales como regionales, y la construcción desde la comunidad y la región de instituciones estatales de representación.

Desarrollo de un órgano regional que autorregule y administre el marco jurídico y el reglamento legal en función de la realidad cultural plural, de sus instituciones propias y de sus propios principios y valores. Creación de unas finanzas públicas regionales por un órgano fiscal propio que permita la autogestión financiera y el desarrollo de las propias instituciones y la ejecución de las propias políticas públicas.

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QUINTO

Los principios que se usarán en la construcción de nuevas estructuras que permitirán el desarrollo del sujeto colectivo y su legalización son:

El pluralismo: el sujeto colectivo no es un sistema étnico de dominación sino que permite la expresión de la diversidad.

La soberanía: El poder ejercido por el pueblo y administrado por sus representantes.

La autonomía: Autodeterminación, autogestión, autogobierno y autorregulación del sujeto colectivo mediante sus estructuras organizativas y de representación.


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La legitimidad: Autoridades y representantes tradicionales, originarios con prestigio, ética, credibilidad y reconocimiento a nivel local. Debe existir una representación real de la población en todos los espacios de relación, de manera que no excluya o exponga a represalias los diferentes puntos de vista y formas de pensar. La representatividad: Real en función de los intereses y las necesidades reales del colectivo, desde su propia historia y experiencia. El Estado (reconstruido) con toda su estructura e institucionalidad fundamentada en la perspectiva plural del reconocimiento y representación de la diversidad. Organismos construidos con el principio de representatividad real, con base en los criterios señalados anteriormente Formas tradicionales: No únicamente políticas, sociales o simbólicas, sino también de producción, porque aunque pertenecen más a la esfera de la cultura material, su desarrollo permiten tanto el desarrollo de la cultura simbólica como la cultura social y política.

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SEXTO

Por ello, proponemos: PRIMERO Generar un proceso amplio de consulta que permita identificar a los sujetos colectivos y con ello reconfigurar el mapa político administrativo de la región desde la interpretación comunitaria del territorio. SEGUNDO Crear un consejo territorial en cada sujeto colectivo (conformado por los consejos, representantes y autoridades propios de cada sujeto colectivo y respectivos de cada una de las esferas de la cultura), que permita avanzar en un nuevo ordenamiento territorial nacido desde las bases y la construcción de

nuevos órganos de poder regional desde la comunidad, con atribución específica de facultades según lo estipulado en los derechos colectivos y la interpretación que hacen de ellos las comunidades. Este consejo territorial debe permitir la distribución horizontal y real del poder, facilitar el intercambio y apoyo entre regiones, situar la cosmovisión de los pueblos como vértebra para la construcción y desarrollo de las instituciones y de sus formas de organización. Formado por representantes electos por las comunidades sin pago de salario. Con respeto a la pluralidad ideológica, consensuando alternativas para un bienestar común.


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CONSTRUCCIÓN SOCIAL Y POLÍTICA DEL TERRITORIO DESDE LA INTERPRETACIÓN COMUNITARIA 1

Cultura, derechos colectivos, territorio y distribución

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democrática del poder ante la desigualdad estructural

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Historia de conquista y explotación en la construcción

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La

(ausencia

de

la)

demanda

autonómica

en

Guatemala Mecanismos de individualización del derecho en ámbitos locales y su repercusión en la subsistencia y desarrollo de sujetos colectivos

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comunitaria en los 48 Cantones de Totonicapán. Entrevista con Romeo Tiu

político-administrativa de Guatemala

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La experiencia de poder local y organización

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Las Comunidades Emergentes de Conocimiento: generación de conocimiento plural al servicio del cambio

El reclamo del derecho colectivo a la tierra: El caso de expropiación de terrenos ancestrales propiedad de la comunidad xinka de Jumaytepeque


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Síntesis de memorias de trabajo 2009

CULTURA, DERECHOS COLECTIVOS, TERRITORIO Y DISTRIBUCIÓN DEMOCRÁTICA DEL PODER ANTE LA DESIGUALDAD ESTRUCTURAL ÍNDICE La cultura como forma de vida, como sistema de relaciones regulado por una comprensión íntima del tiempo El colectivo: construcción social y política del territorio desde la comunidad Los derechos colectivos Algunos ejemplos de regionalización desde la interpretación comunitaria del territorio y de los derechos colectivos La importancia de interpretar el tiempo desde la comunidad El proceso de interpretación del tiempo El pueblo xinka , maya, “mestizo” y garinagu La relevancia de las estructuras en la regulación del tiempo El capitalismo y el sometimiento del tiempo comunitario La desigualdad estructural La estructura piramidal del poder


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LA CULTURA COMO FORMA DE VIDA, COMO SISTEMA DE RELACIONES REGULADO POR UNA COMPRENSIÓN ÍNTIMA DEL TIEMPO De vez en cuando Camino al revés: Es mi modo de recordar Si caminara sólo hacia delante, Te podría contar Como es el olvido. Humberto Ak’abal1

En su sentido más clásico y abstracto, la cultura es la expresión del ser de la sociedad, es decir, de grupos humanos que comparten elementos de identidad fundamentados en el idioma, las emociones, una historia compartida, un territorio con el que se identifican, las simbologías, los significados y sus producciones materiales y sociopolíticas. Al posmodernismo se le atribuye haber reconstruido esta visión de cultura y considerarla no sólo como una mera producción y reproducción de formas de ser y de ver la vida, sino también como la generación de relaciones entre los individuos, con la naturaleza y el cosmos. Ésta última es una consideración occidental al respecto de la cultura en un intento por rescatar su propia forma de pensamiento. Ante la angustia que 1 Citado en Visquerra, Sergio. Tiempo y emancipación. Mijaíl Bajtín y Walter Benjamín en la Selva Lacandona. F&G Editores. Cuadernos del presente imperfecto Nº 3. Guatemala, enero de 2008

genera en la filosofía occidental presentir (si no declarar ya abiertamente) el fin de la historia, dado el impacto que el capitalismo ha generado en la interpretación del tiempo, del progreso y, en consecuencia, del desarrollo; la interpretación que plantean los pueblos originarios de estas latitudes puede dar una visión más sustantiva sobre la cultura, al menos más viva. La cultura, definitivamente, se considera también como un sistema de relaciones, como una forma de vida completa que no se conoce sólo por los elementos que la componen sino por la relación que hay entre ellos. Su diferencia estriba de la occidental en que la consideran siempre gravitando sobre una temporalidad enraizada en un sujeto histórico, capaz por sí mismo de interpretar, generar, transformar y rejuvenecer el tiempo. En consecuencia, la inexorable línea recta que fundamenta la idea de progreso en las relaciones culturales del pensamiento occidental, se tuerce y se arremolina en las culturas precolombinas. Aunque con sus múltiples diferencias, en el interior de su diversidad todas son determinantes en que el ser humano es una metáfora del universo que refleja en su ser individual la imagen de una unidad cósmica colectiva, universal y fundamentalmente diversa. Esta(s) cosmovisión(es) de las culturas precolombinas tiñe las relaciones de temporalidad, de vida. Es desde esta interpretación íntima del tiempo que se da sentido y contenido al espacio, al territorio, y a todo lo que en él existe. Si observamos con este pensamiento, la cultura no se ve como un cúmulo de rasgos distintivos sino que se concibe como un sistema integrado de relaciones regulado por un continuum propio, es decir una temporalidad marcada por un latido que se escucha y se siente en toda forma. Por consiguiente, todo está interconectado en un mismo pulso sanguíneo que marca el desarrollo del tiempo en una pauta y un código de relación compartidos. El sistema de relaciones está marcado por este compás, por esta interpretación del tiempo que se expresa en la forma con la que el ser humano está vinculado con la naturaleza, el cosmos y en sociedad. Esta temporalidad (re)genera un ciclo de vida que comparten todos los seres animados e inanimados. En la cosmovisión propia de cada cultura se


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narra precisamente la creación del tiempo y en consecuencia de ella se desprende la forma propia que tiene cada cultura de ver y entender el mundo. Los ancestros viven junto a nosotros, vivimos con ellos. Cuando los garífunas nos juntamos, nos reunimos, no sólo consultamos a los vivos, también a los muertos, porque ellos conocen el pasado, el origen, y pueden guiarnos mejor. Intergeneracional, 06/09

Los nawales en la cultura maya, por ejemplo, unen a cada uno de los individuos al flujo temporal de su calendario, es decir, enlazan a la persona con el sistema de relaciones propio de su cultura y unen el latido de cada uno de sus corazones al del universo. El tiempo, entonces, es hacedor de vida porque da sentido a la persona en su comunidad y en la historia de su pueblo. Esta comprensión del tiempo es la base con la que se interpretan los símbolos de la vida de cada uno de los miembros de la cultura maya y la forma en la que se compone y se desarrolla la estructura de su sistema organizativo, tanto social como político, espiritual y productivo. Para elegir autoridades se toma en cuenta la espiritualidad; el nawal de la persona, para determinar qué cargo puede ocupar. Según el calendario, se fijan fechas de reunión y de selección de autoridades, y su número idóneo y sus cargos. La espiritualidad y la cosmovisión abarcan muchos aspectos de la vida, ocupa aspectos sociales, de salud, y de naturaleza política... La identidad es mucho más que folclor, es organización, es vida. Por eso nuestra lucha. Sin identidad estamos muertas. Intergeneracional, 06/09

Podemos entender ahora la importancia que tiene en la cultura maya el ombligo y el cordón umbilical, y el profundo simbolismo que se les otorga: la unión con una memoria compartida (la historia del pueblo maya) mediante la relación del ser humano con la Madre Tierra; tiempo y espacio entrelazados. Es por ello que, siguiendo la tradición, al nacer se entierra el ombligo en el lugar de origen,

porque se sigue percibiendo alimento pero no de la madre, sino de la tierra; dañar la naturaleza es como envenenar la placenta. La tierra no es nuestra. Nosotros somos de la tierra. CEC Jun K'olib'al Kech Achlaxinem Pa Qano'jib'al. 04/09

El tiempo en la cultura maya muere y renace cada cierto periodo, tal y como lo hacen los seres vivos, regenerándose de esta forma la historia y el marco ecológico de relaciones en el que se sostiene su cultura. Aquí entreabrimos ya el desastre que supone, para los ecosistemas en los que están inmersos los pueblos que componen la diversidad cultural del mundo, la imposición de una sola forma de entender el tiempo y la destrucción cultural que implica la obligación de vivir una comprensión aliena del proceso de relación entre personas, con la naturaleza y con el cosmos, el cual impacta directamente y destroza su organización social, económica, política y espiritual. La destrucción de nuestro medio por la industria azucarera destruye también nuestra cultura. Nuestra razón de ser, nuestra forma de organizarnos y de vivir como pueblo xinka, está en cómo cambian los árboles, los animales, los insectos, y el tiempo, que ahora no conocemos, porque, por ejemplo, no llueve cuando debe, y cuando lo hace, por la falta de bosques, todo se inunda y destruye, derribando nuestras casas y matando nuestra fauna. No hablemos ya de lo que nos afecta la quema de la caña. Ciclo Chiquimulilla, 09/09

Como veremos más adelante en este capítulo, el capitalismo se ha enraizado en el núcleo regulador de relaciones, y desarrolla una temporalidad marcada por una velocidad desbocada, que descompone las interacciones de los sistemas culturales de relación ya que excluye al sujeto de su realidad temporal y lo remite a una interacción fundamentada en el lucro desenfrenado y la explotación empresarial, bases de significación de su realidad invasora. «Como lo dice S.


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Tombazos (en Bensaid, 2003, 144): “El capital es justamente una organización conceptual del tiempo. No es ni una cosa, ni una simple relación social, sino una racionalidad viva, un concepto activo, la abstracción in actu” »”2. Carente de sustrato vital, el capitalismo obtiene su sustento existencial absorbiendo la temporalidad de los múltiples sistemas de relación que componen la diversidad cultural. El resultado es el desarrollo de “una misma dinámica económica que nos engloba a todos y nos uniformiza culturalmente”3. Los principales responsables de la pérdida de nuestra cultura somos nosotros mismos. Luego las iglesias, los terratenientes y grandes familias de este país. El gobierno. Ahora, además, las empresas y los narcos. Sólo nosotros solos podemos salir de esto, que ya dura demasiado. Estamos siendo gobernados con un Estado tipo finca, donde se utiliza la violencia (represión) como mecanismo naturalizado de control. CEC Moloj Naoj Kaqchikel, 09/09

La filosofía occidental, cristalizada la mayor de las veces en la teoría científica, a la vista de las consecuencias que ha generado en el mundo este tiempo abstracto y depredador del capitalismo, ha hecho increíbles esfuerzos por rejuvenecer su propio tiempo, detener la explosiva homogeneización y centralización que produce su pensamiento y regenerar así su cultura con el propósito de construir una nueva historia. Al respecto es admirable el trabajo de Daniel Matul, referencia de la intelectualidad maya actual, que hace admirables vínculos entre la milenaria cultura maya y la teoría científica occidental de las últimas décadas4.

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Citado en Visquerra, Sergio. Tiempo y emancipación. Mijaíl Bajtín y Walter Benjamín en la Selva Lacandona. F&G Editores. Cuadernos del presente imperfecto Nº 3. Guatemala, enero de 2008 3 Noëlle Chamoux, Marie y Contreras, Jesús. La gestión comunal de los recursos. Economía y poder en las sociedades locales de España y América Latina. Icaria. Institut Català d’Antropologia. Barcelona, 1993. 4 Véase Matul, Daniel. La emergencia de las ciencias contemporáneas y Una fecundidad insospechada en CANEK – Observatorio Cultural (2008). Construcción de comunicación

Profundicemos ahora en esta visión de la cultura y veámosla como una forma de vida colectiva que se desarrolla gracias a las relaciones que generan las personas que la conforman. Desde este punto de vista, la cultura deja de ser un conjunto de elementos estáticos o de rasgos distintivos; deja de ser algo eminentemente paralizado para convertirse en un sistema de relaciones dinámico, vivo, complejo, íntimamente interrelacionado, holístico y en constante transformación del presente y hacedora del futuro gracias a la interpretación que hacen sus miembros de su propia historia. Si la cultura no es una unidad fija e inmutable sino que se encuentra en constante transformación, un análisis profundo sobre sus niveles de desarrollo o degradación no puede basarse en el método científico tradicional, es decir, no podemos diseccionar sus partes y examinar sus componentes. Dado que, desde esta perspectiva, la cultura no está compuesta por unidades sino por relaciones impulsadas por un marco temporal propio, para comprender su estado es preciso entender las transformaciones que se dan en ese conjunto de relaciones que le dan vida. Muy a conveniencia de esta línea de análisis se encuentra la perspectiva con la que Xavier Albó y Franz Barrios abordan la problemática social, económica y política de Bolivia en su libro Por una Bolivia plurinacional e intercultural con autonomías.5 Establecen tres esferas o dimensiones de relaciones estrechamente interrelacionadas: la material, la social o política y la simbólica. En la cultura material ubicamos las relaciones con la naturaleza, en otras palabras, lo relacionado con la producción, la ciencia y tecnología, la vivienda, la intercultural aplicada. Guatemala: Centro Cultural de España en Guatemala, Ediciones Librovisor. Guatemala, 2008. 5 Albó C., Xavier y Barrios, Franz (2007). Por una Bolivia plurinacional e intercultural con autonomías. Bolivia: Cuaderno de Futuro 22. Informe sobre desarrollo humano. Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). 1ª edición, pp. 75-77.


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alimentación y todos aquellos vínculos que se generan con los elementos naturales existentes en el territorio. La cultura social y política se refiere a las relaciones entre personas y grupos como la familia, la comunidad y la política (obviamente no sólo partidista). En la cultura simbólica se desarrollan las relaciones que dan sentido al conjunto y que conforman la cosmovisión propia de cada cultura, por eso en ella se ubica el lenguaje, los valores, el arte, los medios de comunicación (modernos y ancestrales), la educación y la espiritualidad. Estas tres esferas no se desarrollan de forma separada sino que se encuentran estrechamente vinculadas. Un cambio en una de ellas afecta a las demás. Por ejemplo, cambiar el tipo de vivienda o la alimentación (esfera de la cultura material) redunda en un cambio en las relaciones intrafamiliares y en las decisiones sobre qué producir (esfera social o política) y en un cambio en las relaciones de lenguaje y de valores (esfera simbólica). Ninguna de las partes es más prominente ni más importante. Todas integran un sistema mayor a la suma de sus partes: la cultura. Todas juntas dan vida a la cultura. Con ello queremos decir que entender una de sus partes implica necesariamente conocer el conjunto de relaciones con las que se sustenta. En otras palabras, significa entender su cosmovisión, y ésa es la forma con la que el grupo de individuos que conforman una cultura demuestran, mediante el tipo de relaciones que mantienen, cómo interpretan la vida y el mundo. Por ello, como dijimos, toda relación es integral. Otro ejemplo: las decisiones que toma un colectivo respecto al ejercicio de su colectividad se dan en un lugar emblemático, con unas personas y de una forma particular, con un protocolo determinado y en un idioma o idiomas específicos. Como vemos en este segundo ejemplo las tres esferas también se dan al mismo tiempo. Con ello queremos dar un salto cualitativo a la comprensión de la cultura: pasamos de verla sólo como expresión artística o de símbolos de identidad, lo que la reduce a un mero producto, a ahondar en la profundidad, totalidad y complejidad (e implicaciones) que significa verla como un sistema de relaciones gravitando dentro de un marco temporal propio, que marca el compás de sus signos vitales.

LA CULTURA COMO FORMA DE VIDA, COMO SISTEMA DE RELACIONES REGULADO POR UNA COMPRENSIÓN ÍNTIMA DEL TIEMPO

Esfera de relación significadora que da sentido al conjunto

Cultura simbólica Lenguaje, valores, religión, arte…

Tiempo Cultura material Producción, alimento, vivienda…

Esfera de relación con la naturaleza

Cultura social o política Familia, comunidad, política…

Esfera de relación entre personas y grupos


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LA IMPORTANCIA DE INTERPRETAR EL TIEMPO DESDE LA COMUNIDAD La utopía basada en la instauración del cuerpo colectivo que surge con su propio lenguaje (…). Este es el lenguaje de la autonomía, en tanto cultura con su propia expresividad y su propia temporalidad. Sergio Tischler Visquerra Si profundizamos en cómo un pueblo entiende el tiempo, descubriremos los principios que regulan las relaciones sobre las que se sostiene su cultura. Esta comprensión del tiempo es lo que da contenido cultural al territorio porque, obviamente, las relaciones se dan en un espacio concreto. En otras palabras, el tiempo comunitario da sentido y contenido al espacio vital donde se habita. En esta comprensión se manifiesta el código (estructura) a partir del cual se regulan las relaciones que dan sentido de pertenencia a un grupo de personas en el lugar donde habitan. La interpretación del tiempo (o la síntesis de cómo está relacionada nuestra visión del pasado, del futuro y del presente) y los valores que guían su uso establecen nuestros principios de desarrollo. Es decir, entender qué es desarrollo para cada pueblo es entender la forma y el uso que cada uno de ellos hace de su temporalidad. En consecuencia, desarrollar la comprensión que las comunidades tienen del tiempo implica que éstas generen su propio destino, es decir, que éstas tejan su propio tiempo y escriban su propia historia. Supone, entonces, ver a las comunidades como sujetos históricos. Eso sucede cuando las comunidades son capaces de agruparse, organizarse y recoger la memoria de sus ancestros, de desarrollar su comprensión moderna de la historia y de decidir sobre el futuro de sus miembros. Por eso damos tanta importancia a la interpretación comunitaria del tiempo: cuando uno siente que forma parte del

tiempo en el que vive, se genera un enorme sentimiento de pertenencia, ya que se tiene un sentido integral de relación con todo lo que está vinculado al tiempo en el que se vive y a todo aquello que lo representa. Cuando los pueblos escriben su propia historia es porque dirigen su propio destino. Preguntémonos ahora, ¿quién ha escrito la historia de Guatemala? ¿Qué historia aprenden los niños y las niñas? ¿Qué sucedería si los diferentes sujetos históricos de Guatemala, construidos desde la comunidad, fueran poseedores de su propio tiempo y contaran su propia historia con su propia voz? Me sorprende que los jóvenes de hoy no sepan que vivimos una guerra hace apenas 10 años. Ahora hay violencia en las calles, antes había violencia política. Reunirse y hablar estaba perseguido. Intergeneracional, 05/09 Hay una gran brecha intergeneracional. El pueblo maya padece una pérdida muy grave de la memoria. Las relaciones que unía el conocimiento de nuestra historia, nuestra historia compartida, se desvanecen. Intergeneracional, 06/09

Podemos afirmar que vivir la propia concepción del tiempo (lineal, circular, espiral…) implica decidir sobre cómo se recuerda el pasado, sobre cómo se comprende la actualidad y sobre cómo debería de ser el futuro. Eso nos muestra que la cosmovisión de cada pueblo se sustenta en una comprensión particular del tiempo como sistema regulador de relaciones simbólicas, materiales y sociopolíticas, es decir, de la persona con su comunidad y con su territorio. Vivir la propia concepción del tiempo es, en última instancia y como dijimos, establecer y planificar el propio proceso (sucesión del tiempo) de desarrollo. Apropiarse del tiempo es restablecer el sentido mismo de la propia existencia: la interrelación entre sistema de relaciones y territorio, entre tiempo y espacio, genera el marco de vida definidor de relaciones múltiples de las personas y grupos que concreta el marco ecológico de su existencia.


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EL PROCESO DE INTERPRETACIÓN COMUNITARIA DEL TIEMPO

Gracias al apoyo del Consejo Coordinador del Pueblo Xinka de Guatemala y del Proyecto Fomento y Salvaguarda de la cultura Garífuna, se elaboró un ciclo de debate en el 2009 que llevó por nombre Construcción de un Estado Plural desde la interpretación comunitaria del territorio. En este ciclo, compuesto de tres reuniones, se reunieron más de 200 personas de todo el país con representación etnolingüística casi completa y, entre muchas otras cuestiones, se profundizó en la interpretación comunitaria del tiempo, base de significación para entender más tarde el espacio y, con él, el territorio. En la realización de los debates se utilizaron las formas propias de reunión, consenso y representación de los pueblos xinka y garinagu, que exponemos en el capítulo Políticas culturales en el apartado El proceso de construcción de las políticas culturales. Mostramos a continuación los resultados de este diálogo entre los cuatro pueblos de Guatemala respecto a la interpretación comunitaria del tiempo.

Como expusimos anteriormente, entender cómo los pueblos interpretan y miden el tiempo nos dará las claves sobre cómo éstos entienden las relaciones que fundamentan su cultura y, en consecuencia, cómo comprenden el desarrollo. Este concepto de desarrollo lo contrastaremos más adelante en el contexto de desigualdades estructurales para saber si pueden o no pueden llevarlo a cabo como sujetos históricos y qué propuestas existen para recuperarlo. Los pasos que se siguieron para este ejercicio fueron los siguientes:

PRIMERO: Observar el contexto de prácticas y relaciones Reflexionar sobre Factores determinantes que inciden en la interpretación del tiempo en cada esfera de la cultura. Factores con que se mide y actores que miden el tiempo por esfera de la cultura. Factores estructurales que no permiten el desarrollo del tiempo comunitario en cada esfera de la cultura. SEGUNDO: Escribir el texto del discurso Reflexionar sobre ¿Qué pensamos del análisis del tiempo que se ha hecho antes? ¿Por qué creemos que sucede y qué crítica tenemos ante esta realidad? TERCERO: Determinar acciones organizadas para lograr el cambio del contexto Reflexionar sobre ¿Qué podemos hacer conjuntamente para cambiar esta realidad? Los resultados que hemos sintetizado de las conversaciones que se sostuvieron:

EL PUEBLO XINKA El tiempo “es el espacio inmaterial o ciclo de vida que permite convivir, expresar, armonizar, relacionarse con todos los elementos de la cultura y realizar acciones con medida y exactitud en un lugar determinado para que el hombre logre sus objetivos”. “El tiempo es el ciclo de vida que Dios le da a cada ser viviente y es el conocimiento de las formas ancestrales de vida.” “Como valores dados en el tiempo hay el respeto a la naturaleza, valor a las personas, sentido comunitario, ayuda mutua y el respeto a la palabra dada”. “El tiempo es la base para organizarnos y buscar proyectos productivos”. “El tiempo propio de la


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comunidad surge cuando nos adaptamos a la naturaleza y en base a ella podemos trabajar, porque somos parte de la naturaleza”. “La forma de entender el tiempo es algo que se ha transmitido de generación en generación”. Los factores que son determinantes en la interpretación del tiempo y que permiten medirlo son “la forma de trabajo comunitario y uso de la tierra”, “el conocimiento de los abuelos respecto a la relación con el hombre y la naturaleza”. Los signos de la naturaleza son fundamentales para interpretar el tiempo, por lo que hay una relación muy estrecha, ya que “los efectos o fases de la luna indican el tiempo en el que debemos cortar madera para la elaboración de instrumentos. También lo es la entrada del invierno que nos indica el tiempo de siembra de los productos”. “La posición de los astros como orientación para hacer nuestras cosas. Por ejemplo, los movimientos lunares para siembra o cosecha. En la mujer juega un papel importante también la fase lunar”. Al respecto de los fenómenos atmosféricos, “la ubicación de nubes o de donde llueve para saber si es o no buena el agua”. La relación con la naturaleza es básica, “el agua, luna, animales, sol, día, noche. La cosmovisión encierra un sentir de cada uno de las cosas que existen dentro del contexto”. “Los animales como presagio de acciones buenas o malas que pueden suceder”. Por ejemplo, “cuando la hormiga cambia de un lugar a otro más seguro es porque el invierno se acerca”. “Cuando va a ser mal tiempo o se aglomera, la hormiga saca sus huevos a otro lugar más seguro”. “Cuando truena más y relampaguea fuerte los cangrejos del río se salen de las cuevas, buscan un lugar seguro para que la corriente no los arrastre”. “También según nuestra creencia

cuando a las primeras aguas sale a media lluvia el escarabajo quiere decir que el invierno va a ser malo”. La naturaleza regula los tiempos de producción. “Invierno siembra, verano cosecha” y ello regula “las acciones de las personas en su comunidad”. Implica que “dentro de las juntas directivas comunitarias tengamos ciertos tiempos de desarrollo de las actividades”. Así “fueron enseñados nuestros abuelos”. “Los abuelos y abuelas determinaban diferentes tiempos para realizar cualquier actividad y sabían cuándo, por ejemplo con los cambios de la luna que era hora de cortar madera. De esta forma y muchas más se medía el tiempo”. “Un factor que no permite la relación con nuestro tiempo es la tala de árboles para la siembra de caña, que altera el clima y toda nuestra relación con la naturaleza” y la “contaminación”. Tampoco lo permite el hecho de que “no hay unidad”, y de que existe “desunión colectiva en nuestra comunidad. La poca atención e información de cómo estamos organizados. También es importante en ello nuestra historia de sumisión y esclavitud” y la “auto discriminación”. En consecuencia “se pierde la cosmovisión de los ancestros”. “Perdemos nuestra tradición porque somos como el hombre quiere y no como la naturaleza quiere”. “Nuestros antepasados cuidaban las montañas, las que hoy destruimos. Tenemos poco conocimiento de nuestra cultura en la escuela, que no la conocen ni las autoridades que nos gobiernan, y por eso ni piensan en ponerla en práctica”. Otros factores son “los electoreros, la conquista y colonia, los económicos, la no aceptación y reconocimiento de las comunidades, la deforestación y destrucción de la tierra por la mano del ser humano”. Es importante “adaptarnos a la naturaleza y en base a ella poder trabajar porque somos parte de la naturaleza”. Y “recuperar en las escuelas, puestos de salud y gobierno la presencia y el conocimiento de nuestros abuelos y abuelas”.


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EL PUEBLO MAYA “Sabemos que ya perdimos el concepto de vida y por eso es que a veces no podemos dar el concepto de tiempo, ya que parece que la vida ya no nos interesa. Nos interesa ganar más. Ahora todo es monetario y mercantilista, es por eso que perdemos la razón de toda nuestra cultura cuando las cuatro culturas son ricas, en experiencia y conocimiento y para seguir evolucionando en la vida”. El tiempo “es el círculo de la vida que une a la naturaleza, al cosmos y a nosotros los seres humanos”. “Nuestros ancestros manejaban el tiempo en su siembra, en la naturaleza, en el espacio y en la formación de la vida. El tiempo se conoce mediante el conocimiento de la cosmovisión”. “Se trata de un sistema donde el pasado, presente y futuro están relacionados”, “es la madre en gestación constante”. “Estar en armonía con la naturaleza es ser consciente de nuestra propia identidad y de nuestro propio tiempo”. En definitiva, “el tiempo es un elemento fundamental en la vida del ser humano para manejarse en la convivencia armoniosa y equilibrada con la madre naturaleza”. “A veces no se quiere aceptar que las mujeres descubrieron el tiempo, pero así es, porque ellas eran las recolectores de los primeros alimentos, y con el pastoreo de los animales también se dieron cuenta del ciclo sagrado de vida, descubrieron con los cerdos cuanto tiempo duraba el embarazo. Así es cómo se descubren los calendarios sagrados a través del trabajo de las mujeres. Esa es la aportación más grande que tienen las mujeres ante la humanidad en la civilización maya: ellas descubrieron el tiempo. Esta sabiduría se trasladó a los contadores de tiempo, científicos que construyeron los calendarios que regulan nuestra vida. Para nosotros los mayas el tiempo es la energía, es la fuerza del nawal que nos une en un solo pueblo. Pero ahorita después de la firma de la paz, solo nos entretienen con talleres, capacitaciones y seminarios. Es hora de que despertemos de nuestra realidad y aquí es bueno empezar por desarrollar de una vez nuestro tiempo, nuestra historia. Sentémonos y construyamos nuestra consciencia para volver a encontrar nuestro espíritu. Aprendamos a leer el tiempo en el 2012: el universo

ha llegado a su vejez, todo está en contra de nosotros, la radio, los medios de comunicación, el consumismo y la repartición que se hizo del universo. Necesitamos disciplina para romper este cerco de opresión que nos han impuesto y nos imponemos”. Nuestra crítica ante la situación actual es que hemos descuidado nuestra cultura, nuestros valores, y que nos hemos vuelto consumistas y que hemos aceptado la invasión de otras culturas. “Se da el desconocimiento porque existe un rechazo a la propia cultura”. Los factores que no permiten el desarrollo de nuestro propio tiempo son la “globalización, la minería, el TLC y los productos químicos”, así como “la comercialización de productos extranjeros” y los que “cultivan nuestra riqueza la venden en el extranjero”. También repercute “la falta de participación de las comunidades en la toma de decisiones ante las autoridades”. También influye el “sistema estructural de gobierno y estado, que genera una educación, un sistema judicial, y una política económica y social en la que no está representado nuestro pueblo”. “Somos minorías porque estamos divididos. Con un plan unido seremos mayoría”. En consecuencia, “unifiquemos esfuerzos entre las organizaciones para accionar ante la problemática”. Por ello, “la comunidad debe establecer el rumbo a seguir partiendo del uso que se le da a los recursos humanos y materiales en base al análisis de nuestra historia”. “Es muy importante entonces tomar en cuenta el conocimiento ancestral para rectificar las acciones del presente”. Es preciso generar propuestas que “respeten la cultura de cada uno de los pueblos y que exista una representación equitativa de cada pueblo”, es decir “crear propuesta colectivas en beneficio de los pueblos, de acuerdo al contexto coyuntural y de necesidades”.


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EL PUEBLO “MESTIZO” “El tiempo es una cadena de eventos o sucesos que se entrelazan y que a veces chocan en donde ocurren cambios, transformaciones, evolución o involución”. “El tiempo es lineal, donde todo tiene un inicio y un final. Los factores con que se mide son los procesos históricos, la tecnología que va evolucionando, el desarrollo y el capital, entendido como trabajo y autonomía. Hoy en día nos encontramos que parece que nunca hay tiempo para nada, que todo va muy rápido. Para la mejora de las relaciones proponemos un reencuentro con la naturaleza y sus tiempos. Para ello creemos necesario dejar a un lado el consumismo y buscar la autarquía, es decir producir lo que se va a consumir, en donde cada individuo o familia debe buscarse una forma autónoma de vivir y no depender de elementos externos. También la autodeterminación individual (elegir por nosotros mismos) y colectivo, igualdad (jornada de trabajo, económica y de oportunidades), el respeto (entre etnias y culturas), y amor”.

EL PUEBLO GARINAGU “Dan liguia” “Lida le lere leiba guduna ahen busenbubei bachuluru ni hin lu bei bachulura hosubidi. Libe saguanda runi ligía adugubei lun lada rasaru wawanseru kei garinagu lun waduguni lanina lunina. Wasamina luagu dan ligira hama binadu waguburigu gasaminara ditiame ha laumeha harihini we ru subudi hamali kaladan bei harihi meha luagutugudi gañi subudi hamali lau buidu harula”. “Ladugu hondaru garinagu sagu hati lun gawarala lichugu subudi hon garinagu luagu awanseruni. Lida katañadiwala halion badiwala keisi garinagu. Suame lumutiwa wasamina luagu linaru le wanibei keisi garinagu ibagaragei. Mabu leida wamei saruoü”.

“El tiempo” Cuando la corriente del agua es muy fuerte y quieres llegar a tu destino debes de ir por la orilla. “La idea que nos trae la vida de nuestros ancestros en aquellos tiempos guiada por sus conocimientos astrológicos, pronosticaban el correr del tiempo con los movimientos de la naturaleza. El calendario occidental marca el tiempo, pero culturalmente para medir el tiempo los antepasados se concentraban en elementos como el desplazamiento del sol en el día y de la luna por la noche, las alertas que dan los animales, la dirección del viento, la posición, forma y color de las nubes; etc. En el sol, la luna, los ciclos de la naturaleza y el canto de los gallos para saber cuánto tiempo transcurría. Hoy el pueblo se ha adoptado a las jornadas oficiales de educación y de trabajo, con lo que se ha roto con la organización social propia”. “Con el tema de las modas se ha abandonado mucho el uso de los trajes regionales o típicos; incluso la comida ya no se elabora de forma tan artesanal, con la introducción de aparatos tecnológicos y productos procesados, se ha modificado la elaboración de alimentos, que nos congregaba, incluso se ha adoptado el consumo de muchos productos no locales. Con ello, se ha destruido el tiempo doméstico, el tiempo de la familia en la elaboración de nuestro propio sustento, y con ello la pesca, que genera las relaciones que nos sostienen como pueblo y nos unen con la naturaleza. Se ha destruido el tiempo espiritual, que nos relacionaba con los ancestros. Se ha destruido el tiempo social, que nos reunía en comunidad para tratar los problemas que nos afectan y así hablar con nuestros muertos. El tiempo está destruido, el tiempo está mudo, ya no se le oye, y por eso estamos divididos”.


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EL COLECTIVO: CONSTRUCCIÓN SOCIAL Y POLÍTICA DEL TERRITORIO DESDE LA COMUNIDAD La colectividad es la expresión comunitaria y regional de la cultura; es decir es su expresión territorial. Hablar de colectivo implica hablar de un sistema de relaciones anclado a un territorio (vea la definición anterior de cultura y sistema de relaciones en La cultura como forma de vida). Esta acotación territorial es fundamental para dar sentido a lo comunitario y a lo regional desde una lógica cultural de construcción y desarrollo ascendente, es decir, de abajo hacia arriba, con consideración de la pluralidad, y no de dominación descendente, de arriba hacia abajo, con consideración monista (de una sola cultura). Entendamos esta doble personalidad del sujeto colectivo: tiene una personalidad inmediata, expresada en el ámbito territorial de lo comunitario, y otra personalidad mediata, expresada en el ámbito territorial de una región. Vendría a ser algo así como “yo soy de esta comunidad, en la que vivo, y pertenezco a esta región, en la que me identifico porque en ella desarrollo las relaciones propias de mi cultura”. La cultura entonces no queda reducida al ámbito doméstico de la familia y de la comunidad, sino que tiene un alcance territorial amplio. En esta doble personalidad del sujeto colectivo vamos entreviendo, poco a poco, la construcción de un Estado Plural desde la comunidad.

Pero volvamos antes a la definición de colectivo. La consideración de lo colectivo como expresión territorial de la cultura, como construcción social del territorio desde la interpretación comunitaria, tiene además un propósito de carácter jurídico, legal y político: como veremos más adelante, podemos vincular las tres esferas de la cultura con los derechos colectivos. Esta capacidad por derecho de ejercer la colectividad, y en última instancia de ejercer la cultura con toda su complejidad en un territorio específico, tiene implicaciones políticas, ya que por derecho los colectivos, —dentro del territorio que consideran como espacio vital para desarrollar su cultura— tienen el derecho de autodeterminarse, de decidir su propio destino (es decir recuperar su memoria y re-construir su propia historia). Como podemos ver, aquí estamos vinculando la cultura al concepto de colectivo mediante la variable “construcción social y política del territorio”, lo que confiere a la diversidad cultural, en última instancia, una voz, un cariz político,6 y no, como es usual, una expresión meramente folklórica y carente del sustento social, económico y organizativo que es en realidad lo que da vida a estas expresiones. Definamos colectivo desde esta perspectiva. Nos referimos a colectivo como aquella organización territorial de individuos que poseen y reclaman una ciudadanía diferenciada; demandan ser considerados como ciudadanos con igualdad de derechos ante el Estado, pero capaces también de expresar como colectivo humano su alteridad y su derecho a ser diferentes colectivamente dentro de su territorio.

Lo local está más circunscrito a la concepto estatal de municipio, tiene una connotación que lo vincula a lo municipal, y lo comunitario posee otra connotación menos viciada por el sistema; más bien el sistema rechaza lo comunitario, lo ha abandonado. El ejercicio comunitario es más legítimo y vinculado a la colectividad y a su territorio, al derecho colectivo y a su ejercicio, desde esta interpretación de cultura fundamentada en relaciones y a la comprensión original del tiempo.

La colectividad posee la característica de grupo humano organizado, con un sentimiento de pertenencia e identidad CEC Colectiva I Un colectivo es un Conjunto de habitantes que pertenecen a un territorio en el que existe convivencia con armonía, confianza entre habitantes,

CEC Jun K'olib'al Kech Achlaxinem Pa Qano'jib'al. 04/09 6

Díaz Polanco, Héctor (2007). La Rebelión Zapatista y la autonomía. México: Siglo veintiuno editores.


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donde se persigue el objetivo de la unidad, tomando sus propias decisiones con sus formas propias de organización. CEC Moloj Naoj Kaqchikel, 09/09 Un colectivo puede definirse a partir del hecho de si las personas que lo componen comparten un territorio, una organización y un sentimiento de identidad, pero se cuestiona sobre la condición del idioma como criterio único, debido a la diversidad, donde grupos etnolingüísticamente diferentes están unidos en un mismo territorio, superando el factor lingüístico como único principio de relación; obviamente es importante tenerlo en cuenta, pero creemos que son más determinantes los lazos sociales y políticos nacidos de la comunidad en esta comprensión de territorio más amplia, regional y compleja. Ciclo Guatemala, 02/09 Se considera colectivo a un grupo de personas con determinada territorialidad e intereses en común. Enfatizando que el concepto de territorio no se reduce a un espacio geográfico, más bien se construye una relación simbiótica unida a la identidad, el sentimiento de pertenencia y la organización que pueda generar las condiciones apropiadas para que cada persona pueda desarrollarse y alcanzar una realización plena, tanto individual como social. (…) Inclusive, cuando ocurren desplazamientos o migraciones, es posible reivindicar los derechos colectivos, fundamento normativo de la colectividad, partiendo por el reconocimiento por parte del Estado de la existencia de una ciudadanía diferenciada, independientemente de la zona geográfica. Ciclo Livingston, 11/09

Pongamos un ejemplo de ciudadanía diferenciada: todas las personas tienen derecho por igual a un servicio público, de calidad y gratuito de educación y de salud, porque todos somos ciudadanos con igualdad de derechos. Ahora bien, la salud y la educación son concebidas, con toda certeza, de forma muy distinta por un garífuna, un mam o un xinka. ¿Quién, cómo, dónde, cuándo y qué se educa, se sana o se previene la enfermedad? Necesariamente, cada cultura debe de tener la potestad de responder estas preguntas y (re)construir con ellas sus propias

relaciones (simbólicas, materiales y sociopolíticas). Incluyamos un ejemplo más, preguntémonos ¿qué entiende un garífuna, un mam y un xinka (para seguir con el ejemplo anterior) por representación, por gobierno, por territorio y, en última instancia, por desarrollo? Como vemos aquí, la ciudadanía diferenciada posee una clara cadencia hacia la autodeterminación. Los colectivos, para sostenerse y desarrollarse, poseen una estructura organizativa propia, es decir, una institucionalidad que permite la representación y el desarrollo de las relaciones propias de su ser colectividad, de su propia cultura o, como veremos más adelante, alianza de culturas en su territorio. El respeto por la ciudadanía diferenciada significa que el colectivo puede crear y desarrollar sus propias instancias de representación, instituciones públicas (sociales, económicas, jurídicas y políticas) y mecanismos de tributación o autogestión financiera afines a sus diferencias culturales que permiten financiar su ser colectividad. Dicho de otro modo: pueden crear las políticas públicas comunitarias y regionales adecuadas para el correcto desarrollo de sus relaciones. Esto implica que estas instituciones propias, junto con el territorio y sus recursos naturales, sean gestionadas política y administrativamente de forma autónoma por los representantes del colectivo dentro de un mismo Estado. Debemos hacer hincapié en que aquí no nos referimos a colectivo como grupo de individuos relacionados por un tema prioritario (mujer, niñez, campesinado, juventud, orientación sexual, entre muchos otros catalogados normalmente como grupos sociales), que reclaman la igualdad política para ser tratados con los mismos derechos que el resto de la población. Un colectivo posee entonces tres elementos fundamentales: un territorio, una población con uno o varios sistemas culturales de relación (completos y aliados), y una institucionalidad que permite la representación de los miembros del colectivo y la toma de decisiones para su autogobierno (según sus formas


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propias de relación). Un colectivo consolidado es capaz de desarrollar su ciudadanía diferenciada porque posee el poder de desarrollar su diferencia dentro de su territorio. Entendemos por territorio el área geográfica que posee una población de diversas culturas que se encuentran unidas por sus idiomas, espiritualidades, costumbres, música, tradiciones, visión y unión, que están organizados. (…) El territorio es el área geográfica donde llega la competencia, jurisdicción y capacidad de ser una colectividad. CEC Moloj Naoj Kaqchikel, 04/09

En base a esta definición, hemos identificado la condición que aparece como la más elegible para identificar colectivos: la existencia de instituciones propias que representan al colectivo dentro de su territorio. Su estudio, además, nos permite identificar cuál es su jurisdicción: qué espacio territorial representan y sobre qué ordenamiento territorial se regulan. Los criterios de idioma y símbolos de identidad —denominados tradicionalmente como “culturales”— son los que prevalecen normalmente para identificar a colectivos. No obstante, tras una serie de conversaciones con representantes comunitarios, estos criterios demostraron no tener consistencia suficiente para determinar a un colectivo. Esto se debe principalmente a: En algunos casos debido a su fuerte degradación. De hecho, es preciso revitalizarlos para entrelazar nuevamente su sistema de vida. Partir de un criterio lingüístico o de expresión de símbolos de identidad dejaría fuera, por ejemplo, a individuos que ya no hablan el idioma, pero que comparten la vida cultural de la comunidad. En otros, debido al factor de diversidad etnolingüística que puede componer un colectivo. La riqueza cultural que existe en Guatemala no puede ser usada para dividir grupos humanos que conviven en un mismo espacio territorial y que se encuentran entrelazados por múltiples relaciones, más allá del

lingüístico. Es decir, la distribución del poder que se encuentra en la espina dorsal de los derechos colectivos no debe de ser pretexto para reproducir el sistema de desigualdad y dominación en el que se encuentra la diversidad cultural de Guatemala hoy en día. Además, aunque los derechos colectivos se formulan en singular, sustentan la posibilidad de un colectivo por tener idiomas, espiritualidades, formas de representatividad distintas… Partir de un criterio lingüístico para determinar a un colectivo puede fraccionar su identidad como pueblo y crear subdivisiones dentro de un colectivo unificado por encima de las diferencias de relación significadora y simbólica, pese a que éstas deben de estar adecuadamente reconocidas y representadas. A eso le podemos agregar las migraciones internas, como consecuencia de la guerra o la búsqueda de oportunidades, que no pueden redundar en el ejercicio de derechos colectivos de unos en detrimento de otros. A partir de estas consideraciones previas, la condición que aparece como parámetro básico para considerar que un colectivo ejerce su colectividad es el ejercicio de la libre determinación, es decir, su libre capacidad para decidir su estatus político. Esto implica: La capacidad de organizarse según sus propios principios, valores, tradiciones

e interpretación, no necesariamente reconocidos por el Estado como instancias “oficiales” de decisión política. La auto-identificación como reconocimiento y comprensión de sí y su

pertenencia, representatividad y relación con sistemas superiores de organización política: de la comunidad a la región y de la región al Estado. La autonomía o capacidad para elegir su sistema de gobierno, sus gobernantes

y representantes, sus propias formas de derecho y poder legislativo y judicial (separación del poder desde una lógica occidental que puede tener otras formas desde percepciones culturales diferentes).


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De estos tres puntos podemos deducir que el factor clave para identificar a los colectivos es, definitivamente, la comprensión del territorio como variable que cohesiona la colectividad como sujeto diferenciado. La identidad del colectivo reside entonces en la interpretación (ancestral e histórica) y la capacidad de gestión del territorio a partir de sistemas propios de representación y de toma de decisiones, así como en la protección y desarrollo de sus estructuras organizativas. Podemos afirmar entonces que un colectivo, más allá de sus diferencias internas, se caracteriza por concentrarse alrededor de una institucionalidad o ente rector propio (comunitario o regional) que regula las relaciones y representa a los individuos y a los grupos que lo componen dentro de un espacio territorial. Para definirlo es preciso considerar y reconocer:

El proceso histórico de su constitución y los principios cosmológicos y ancestrales que le han dado forma y lo relacionan con el territorio.

Los procesos comunitarios de consulta, representación, gobernabilidad, resolución de conflictos, formación de consejo y transmisión de valores y de la identidad colectiva.

Las múltiples formas que toma la organización comunitaria y regional en las distintas zonas del país.

Dicha institucionalidad no acepta criterios estándares, sobre todo debido a la rica y compleja diversidad que compone el país: se trata de una expresión singular y particular de la colectividad comunitaria y regional hacia su territorio. Es decir, la fórmula de libre determinación y su operatividad no puede ser dada ni interpretada desde el exterior sino que debe se ser originada, formulada y gestionada desde el interior de la comunidad y de la región, lo cual implica procesos de reflexión comunitaria mediante cauces comunitarios propios (valga la redundancia) de generación de consejo, negociación y toma de decisiones.

En Guatemala a pesar de que hay tantos convenios internacionales, éstos no funcionan porque en las comunidades los conceptos no encajan (…) Hay que ir con las comunidades para ver cuál es el concepto que ellos utilizan. Hay qué investigar de dónde salió eso. Cómo lo denominan, qué significado le dan, cómo lo ejercen (…) A nosotros nos interesa basarnos en cómo entienden las colectividades los distintos términos. Es fundamental un proceso de interpretación comunitaria, con la dimensión plural que ello significa. (…) Si yo tengo que hacer un monitoreo de justicia social, por ejemplo, es sencillo porque hay procesos, estados de los casos, medidas, sentencias, procedimiento. Pero en el tema de las formas propias en comunidad, no es lo mismo siempre su accionar, como en Sololá, Chichicastenango, pues ahí es muy difícil poner una guía para ambos casos, y hay que estudiarlos por separado, pues aunque existan patrones comunes, siempre existen diferencias determinantes. Ciclo Guatemala, 02/09 El Estado lo pone a uno a chocar con su mismo grupo y costumbres sociales (…) crea polos opuestos generando confrontación, división. (…) ¿Si un país como éste ha negado los derechos de los distintos grupos, puede en realidad considerarse como un país democrático? Yo diría que no… Nosotros a veces caemos en la tarea de deslegitimarnos. Eso favorece al Estado. Cuando nosotros con otra organización planteamos un amparo en el caso de un lugar sagrado, los tribunales nos preguntaron sobre la personería jurídica, y ello implica hacer un trabajo para poder demostrarlo y llevar el proceso, cuando un lugar sagrado, obviamente, no se ajusta, no encaja con la idea de personería jurídica como lo entiende el derecho oficial. El significado de propiedad es radicalmente distinto, son dos realidades diferentes. Es en este proceso, cuando nos acoplamos al sistema imperante y nos esforzamos en cumplir su ley, que nos deslegitimamos, y muchas veces no nos damos cuenta. El Estado pretende salirse con lo más fácil, y nosotros permitimos a veces que eso suceda. Hay que buscar procesos previos para saber a quién acudir, con quien consultar, a quién preguntar, pues es bastante complicado hacer la defensa de derechos colectivos: para hacerla tenemos que regresar a la comunidad, interpretar y hablar desde la comunidad como comunidad. Ciclo Guatemala, 02/09


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No son pocos los casos en los que el territorio de un colectivo se encuentra dividido entre tres o más límites de la administración política oficial actual. Esto se debe a que, en muchos casos, el límite municipal y departamental no responde a la lógica comunitaria sino a la lógica colonial de división y reproducción del sistema de centralización y dependencia administrativa y política. La estructura administrativa que crea la división política actual del país es incoherente y alejada de las estructuras organizativas comunitarias. La división territorial actual de Guatemala no responde a otra lógica que la de fragmentar y descomponer los colectivos y su interrelación interna regional, manteniendo su espacio vital reservado únicamente en la comunidad (ambos mecanismos son una consecuencia colonial) para hacer operativa la explotación económica y el divisionismo, mediante la ruptura de posibles instancias de decisión regional propias de los pueblos, instancias que podrían permitir la organización y la defensa colectiva ante el saqueo y la dominación. Eduardo Gordillo, en el capítulo Historia de conquista y explotación en la construcción político-administrativa de Guatemala, hace un análisis minucioso al respecto.

Guatemala un proceso de construcción intercultural (interculturalidad7 entendida como proceso de construcción conjunta de relaciones horizontales entre culturas, y de relaciones sociopolíticas, simbólicas y materiales) que permita la construcción no sólo de relaciones interpersonales (que se encuentran en un plano comunitario-individual), sino también de relaciones institucionales, normativas y estructurales (de carácter colectivo). Abrir espacios de reflexión para este tipo de construcción social y política del territorio desde la comunidad permitiría la posibilidad de avanzar en el establecimiento de un Estatuto epistemológico del colectivo como sujeto de derechos, base fundamental para la construcción de un Estado Plural fruto de una decisión colectiva desde la comunidad.

Podemos concluir que para identificar los sujetos colectivos es preciso abrir espacios que permitan (re)construir conceptos y prácticas de representación a partir de los códigos de comunicación propios de cada espacio comunitario (ver los experiencias de interpretación comunitaria del territorio y de los derechos colectivos que mostramos más adelante). Un ejemplo es la forma de representatividad y desarrollo de las autoridades de los pueblos originarios, que son diferentes, en muchos casos, de una zona a otra. Por tal motivo, en consideración a la pluralidad, hay que tratar cada caso de forma singular, para detectar las similitudes y las diferencias, y poder, cuando sea posible, establecer patrones comunes mínimos. Esta construcción de patrones, incluso de la misma conciencia colectiva dentro del propio colectivo, implica en un país como

7 Ver CANEK – Observatorio Cultural (2008). Construcción de comunicación intercultural aplicada. Guatemala: Centro Cultural de España en Guatemala, Ediciones Librovisor.


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LOS DERECHOS COLECTIVOS Dado que el ser humano es eminentemente social, si entendemos la cultura como una forma de vida colectiva, como un sistema de relaciones, ésta tiene tanto valor como la vida individual de cada ser humano. Sin relaciones sociales, políticas, materiales y simbólicas el sentido mismo de ser humano se pierde. Por eso, junto a los Derechos Humanos Fundamentales, referidos al individuo y que se ejercen de forma individual (el derecho a la vida, por ejemplo), existen los Derechos Humanos Fundamentales referidos al colectivo (el derecho al idioma, por ejemplo) que, obviamente, sólo se pueden ejercer de forma colectiva.

identificación territorial que defina los diferentes colectivos que existen en Guatemala. El marco jurídico y legal en el que se fundamentan los derechos colectivos es el siguiente8: CONVENIO 169 DE LA OIT SOBRE PUEBLOS INDÍGENAS Y TRIBALES EN PAÍSES INDEPENDIENTES

Primer instrumento internacional referido íntegramente a la protección y defensa de los derechos de Pueblos Indígenas.

Como podemos ver en el cuadro que incluimos más adelante, hemos vinculado los derechos colectivos a cada esfera de relación de la cultura. Los derechos colectivos se sustentan también sobre su interdependencia e inseparabilidad. No podemos hablar de un derecho colectivo sin hacer mención al cumplimiento e interrelación del conjunto. Por ejemplo, tener derecho a la educación sin tener acceso al derecho a la ciencia y tecnología, a la autosuficiencia y al territorio, es decir, a su aplicación práctica en relación con la naturaleza, ni tener acceso al derecho a participar en la vida política como colectivo para regular las instituciones educativas públicas es como no tener derecho a la educación. Una educación que traduce la educación oficial y que no reconoce la historia contada por el colectivo no es una educación de la colectividad, aunque esté en su idioma. En conclusión, todos los derechos están vinculados y se hace precisa una visión integral para ser capaces de ejercerlos también de forma integral.

El convenio es el resultado final de discusiones, debates, votaciones y consensos (habidos entre 1986 y 1989) que decidieron la revisión parcial del Convenio No. 107 y desembocaron en el texto del Convenio No. 169 que aprobó la Conferencia Internacional del Trabajo en su septuagésima sexta reunión realizada en Ginebra en 1989.

Es un instrumento de carácter vinculante, es decir, un tratado a través del cual el Estado, con la ratificación, soberanamente, adquiere o acepta obligaciones y/o compromisos internacionales con respecto a los pueblos indígenas que viven dentro de su territorio geográfico-administrativo internacionalmente reconocido; es decir, el Estado que ratifica “se obliga” a cumplir todas y cada una de las disposiciones contenidas en el Convenio.9

Adoptado el 27 de junio de 1989, en Ginebra, Suiza, por la Conferencia General de la Organización Internacional de Trabajo.

Con la finalidad de que cada derecho colectivo que se presenta en el cuadro siguiente tuviera sustento jurídico y legal, nos hemos basado en las siguientes declaraciones y convenios internacionales que comprometen al Estado a ofrecer los mecanismos necesarios para la aplicación de cada uno de ellos. Para su ejercicio se hace necesario primeramente su interpretación comunitaria y la

Ratificado por Guatemala el 5 de Junio de 1996.

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Para una exposición amplia y detallada de estos instrumentos legales y otros vinculados, vea los Documentos de apoyo expuestos en el apartado Kame de esta publicación. 9 Mario Ibarra – “Notas Sobre Algunos Instrumentos, Documentos y Actividades Internacionales para una Discusión e Implementación del Derecho de Libre Determinación de los Pueblos Indígenas”, Ensayo, Primera Impresión, Guatemala, Año, 2007; Pág. 360


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Otorgó una nueva dimensión a la importancia e interpretación a los Acuerdos de Paz que tuvieron lugar ese mismo año.

Posteriormente a su ratificación, se ha llevado el proceso de implementación y aplicación en cuanto a los compromisos que implica dicho convenio, otorgando mayor importancia a la actuación de las organizaciones de pueblos indígenas.

DECLARACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

Su ratificación originó recomendaciones y esfuerzos por eliminar formas de discriminación, sobre todo teniendo en cuenta a la población indígena de Guatemala.

CONVENIO SOBRE DIVERSIDAD BIOLÓGICA

Es el primer acuerdo mundial enfocado en la conservación y uso sostenible de la biodiversidad.

Este documento es clave para los pueblos indígenas porque en él se afirman y se reconocen las contribuciones de estos pueblos al mantenimiento de la diversidad biológica del planeta y la importancia de sus conocimientos tradicionales.

Constituye un importante instrumento que precisa sobre derechos colectivos e individuales de los pueblos indígenas

El documento final es el resultado de negociaciones y votaciones (en Consejo de Derechos Humanos y en la Asamblea General) de Estados miembros de la ONU.10

Implica entre sus objetivos a la conservación de la diversidad biológica, el uso sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa de los beneficios resultantes de la utilización de los recursos genéticos.

Aprobado el 13 de Septiembre de 2007 en Nueva York, Estados Unidos, por la Asamblea General de las Naciones Unidas

Adoptado el 5 de Junio de 1992 en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo, denominada “Cumbre de la Tierra”.

Ratificado por Guatemala el 14 de junio de 1995.

Constituye un elemento adicional en el marco jurídico guatemalteco que corresponde a biodiversidad y temas relacionados con recursos naturales, en un país donde tales objetos de atención son de gran importancia, tanto por su condición medioambiental como política.

CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN RACIAL

Conforma uno de los principales tratados en materia de Derechos Humanos, con énfasis a principios de igualdad y no discriminación.

Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 21 de Diciembre de 1965.

DECLARACIÓN DE NYÉLÉNI

Ratificada por Guatemala el 18 de Enero de 1983.

10 Mario Ibarra – “Notas Sobre Algunos Instrumentos, Documentos y Actividades Internacionales para una Discusión e Implementación del Derecho de Libre Determinación de los Pueblos Indígenas”, Ensayo, Primera Impresión, Guatemala, Año, 2007; Pág. 84

Importante instrumento en materia de soberanía alimentaria, con la intervención de delegados de grandes proveedores de alimentación de varios pueblos de más de 80 países del mundo.


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Derivado del foro para la soberanía alimentaria con lugar en Sélingué, Malí, el 27 de febrero de 2007.

Describe a la soberanía alimentaria como “el derecho de los pueblos a alimentos nutritivos y culturalmente adecuados, accesibles, producidos de forma sostenible y ecológica, y su derecho a decidir su propio sistema alimentario y productivo”.

Derecho colectivo a la espiritualidad

Derecho colectivo al patrimonio cultural y a los símbolos de identidad

Derecho colectivo a la educación

Los derechos colectivos colectivos Como la cultura, los derechos colectivos están firmemente relacionados. Por ejemplo, tener acceso a al derecho colectivo a la espiritualidad, sin tener derecho colectivo a la propiedad y posesión del territorio donde están asentados los lugares sagrados ni tener acceso al derecho colectivo a la participación en la vida política para su regulación, es sencillamente como no tener acceso al derecho colectivo a la espiritualidad.

Derecho colectivo al idioma

Cultura simbólica Lenguaje, valores, religión, arte… Esfera de relación significadora

Derecho colectivo a los medios de comunicación

CULTURA Derecho colectivo a la propiedad y posesión del territorio y del patrimonio natural

Cultura material Producción, alimento, vivienda… Esfera de relación con la naturaleza

Cultura social o política Familia, comunidad, política… Esfera de relación entre personas y grupos

Derecho colectivo a la ciencia y tecnología

Derecho colectivo a la autosuficiencia y al desarrollo de la industria autóctona

Derecho colectivo a la autonomía, autodeterminación, autogobierno, autorregulación y libre ejercicio de la soberanía

Derecho colectivo a la participación en la vida política

Derecho colectivo a libertad, paz y seguridad


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Entreabramos ahora un poco las implicaciones profundas y estructurales que supone ejercer estos derechos colectivos: implica reconfigurar al Estado, para que no esté al servicio de un solo grupo de poder sino con diversos puntos de poder, tantos como sujetos colectivos se establezcan; un poder cuya distribución horizontal proviene, primero, de la comunidad, y después, de la región que representa el sujeto colectivo con sus derechos y que se consolida en un Estado representativo de la diversidad que lo compone. Como vemos, ejercer los derechos colectivos significa, en última instancia, una reconfiguración radical de las estructuras que sustentan el Estado actual. Dado que este cambio no se ha dado, tenemos un Estado que reconoce los derechos colectivos, pero que es incapaz de hacerlos operativos dada su configuración centralista donde las decisiones se toman de arriba hacia abajo. Profundizaremos en estas inquietudes más adelante, cuando hablemos de las desigualdades estructurales. En cuanto al Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas, es muy importante recordar que quedaron fuera de consideración los aspectos sobre Libre Determinación, Territorio y Autonomía. Ciclo Guatemala, 02/09 La pregunta sale sola: ¿qué camino (cuál sistema) es el más viable para ejercer los derechos colectivos? Tengamos en cuenta que la unión es seguramente la más grande debilidad en esta nuestra realidad guatemalteca. Reestructurar el Estado implica involucrar como ejes centrales la participación representativa, los derechos colectivos y las formas originarias de interpretar el mundo y la realidad. Implica ver a las personas como ciudadanos y fomentar espacios para la participación ciudadana desde la diferencia, la diversidad de formas de participar. Ciclo Livingston, 11/09 Un grupo de consejo de guías espirituales, hoy es una asociación de vecinos en San Juan Sacatepéquez. A veces se convierten en COCODES11. Eso es terrible. Ciclo Guatemala, 02/09 11

Consejos Comunitarios de Desarrollo.

El revalorizar la organización comunitaria no consiste en cambiarle el nombre y registrarla como COCODE. Las organizaciones tradicionales responden a un sistema de cargos y reconocimiento comunitario. Ciclo Livingston, 11/09 Desde los COCODES es posible priorizar las formas de organización y de autoridades tradicionales y genuinas. Los valores culturales de solidaridad, el respeto y la colectividad no deben ser absorbidos por los nuevos valores del sistema capitalista. Pero muchas veces los COCODES quedan sólo como entes de ejecución, mas no de planificación que es donde se ven las relaciones de poder. Los intereses personales y políticos de las personas que integran la municipalidad ejercen cierta presión en los COCODES. Ciclo Livingston, 11/09

Veamos ahora una síntesis de cada uno de los derechos colectivos; resumen procedente únicamente del Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes (recordemos su condición vinculante) por su gran importancia al respecto de los derechos colectivos, aunque no es el único. Invitamos a la revisión de todos los instrumentos legales relacionados con los derechos colectivos, sistematizados en Documentos de apoyo en el apartado Kame de esta publicación. Como reiteramos anteriormente, se hace precisa su interpretación comunitaria.

DERECHOS COLECTIVOS REFERIDOS A LA CULTURA SIMBÓLICA Derecho colectivo al idioma C169OIT - Art. 28: 1. Siempre que sea viable, deberá enseñarse a los niños de los pueblos interesados a leer y a escribir en su propia lengua indígena o en la lengua que más comúnmente se hable en el grupo a que pertenezcan. (…) 3. Deberán adoptarse disposiciones para preservar las lenguas indígenas de los pueblos interesados y promover el desarrollo y la práctica de las mismas.


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Derecho colectivo a la espiritualidad C169OIT – Art. 5: Al aplicar las disposiciones del presente Convenio: a. deberán reconocerse y protegerse los valores y prácticas sociales, culturales, religiosos y espirituales propios de dichos pueblos (…). Derecho colectivo al patrimonio cultural y a los símbolos de identidad C169OIT – Art. 1: (…) 2. La conciencia de su identidad indígena o tribal deberá considerarse un criterio fundamental para determinar los grupos a los que se aplican las disposiciones del presente Convenio (...). Derecho colectivo a la educación C169OIT – Art. 26: Deberán adoptarse medidas para garantizar a los miembros de los pueblos interesados la posibilidad de adquirir una educación a todos los niveles, por lo menos en pie de igualdad con el resto de la comunidad nacional. C169OIT – Art. 27: (…) 3. Además, los gobiernos deberán reconocer el derecho de esos pueblos a crear sus propias instituciones y medios de educación (…). Derecho colectivo a los medios de comunicación C169OIT – Art. 30: 1. Los gobiernos deberán adoptar medidas acordes a las tradiciones y culturas de los pueblos interesados, a fin de darles a conocer sus derechos y obligaciones (…) 2. A tal fin, deberá recurrirse, si fuere necesario, a traducciones escritas y a la utilización de los medios de comunicación de masas en las lenguas de dichos pueblos. DERECHOS COLECTIVOS REFERIDOS A LA CULTURA MATERIAL Derecho colectivo a la autosuficiencia C169OIT – Art. 23: 1. La artesanía, las industrias rurales y comunitarias y las actividades tradicionales y relacionadas con la economía de subsistencia de los pueblos interesados, como la caza, la pesca, la caza con trampas y la recolección, deberán reconocerse como factores importantes del mantenimiento de su cultura y de su autosuficiencia y desarrollo económicos (…).

Derecho colectivo a la ciencia y tecnología C169OIT – Art. 11: 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a practicar y revitalizar sus tradiciones y costumbres culturales. Ello incluye el derecho a mantener, proteger y desarrollar las manifestaciones pasadas, presentes y futuras de sus culturas, como lugares arqueológicos e históricos, utensilios, diseños, ceremonias, tecnologías, artes visuales e interpretativas y literaturas (…). C169OIT - Art. 24: 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a sus propias medicinas tradicionales y a mantener sus prácticas de salud (…). Derecho colectivo a la propiedad y posesión del territorio y patrimonio natural C169OIT – Art. 14: 1. Deberá reconocerse a los pueblos interesados el derecho de propiedad y de posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan (...). C169OIT – Art. 15: 1. Los derechos de los pueblos interesados a los recursos naturales existentes en sus tierras deberán protegerse especialmente (…).

DERECHOS COLECTIVOS REFERIDOS A LA CULTURA SOCIAL O POLÍTICA Derecho colectivo a la representatividad y participación en la vida política C169OIT – Art. 6: 1. Al aplicar las disposiciones del presente Convenio, los gobiernos deberán: a) consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente b) establecer los medios a través de los cuales los pueblos interesados puedan participar libremente, por lo menos en la misma medida que otros sectores de la población, y a todos los niveles en la adopción de decisiones en instituciones electivas y organismos administrativos y de otra índole responsables de políticas y programas que les conciernan (…).


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Derecho colectivo a la libertad, paz y seguridad C169OIT – Art. 3: 1. Los pueblos indígenas y tribales deberán gozar plenamente de los derechos humanos y libertades fundamentales, sin obstáculos ni discriminación (…). C169OIT – Art. 24: Los regímenes de seguridad social deberán extenderse progresivamente a los pueblos interesados y aplicárseles sin discriminación alguna. Derecho colectivo a la autonomía, autodeterminación, autogobierno C169OIT – Art. 7: 1. Los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo (…). C169OIT – Art. 27: 3. Además, los gobiernos deberán reconocer el derecho de esos pueblos a crear sus propias instituciones y medios de educación (…).

ALGUNOS EJEMPLOS DE REGIONALIZACIÓN DESDE LA INTERPRETACIÓN COMUNITARIA DEL TERRITORIO Y DE LOS DERECHOS COLECTIVO La conciencia colectiva es un ejercicio permanente, es decir, no es un fin ni un resultado de la acción individual en grupo, sino que forma parte de un proceso cíclico en el que se encuentra entrelazada la conciencia individual. El ser colectivo es un proceso de retroalimentación constante. Al mismo tiempo se es colectivo y se es individual. CEC Jun K'olib'al Kech Achlaxinem Pa Qano'jib'al. 06/09

En el seno de este ciclo de retroalimentación constante se encuentra la vinculación de identidad con un territorio, entendida dicha vinculación como elemento que cohesiona las partes y hace de los individuos algo más grande y

con mayor poder de acción que la mera suma de sus capacidades individuales. Esta identidad como colectivo parte de saber quién es uno, de dónde viene, a qué pueblo pertenece, con qué otros pueblos convive y de poder verse representado en las instituciones que regulan las relaciones que se dan en el territorio. Lo colectivo deviene, en última instancia, de la capacidad para poder expresar la propia identidad y verla aceptada y representada en la colectividad. Por eso, lo colectivo es inherente al ser humano, ya que no es únicamente un medio de defensa, de resolución de conflictos o de maximización de la cobertura de necesidades y eficiencia de recursos; se trata del pilar en el que se fundamenta a su vez la conciencia y la identidad individual. Entonces, el ejercicio del derecho por parte de un colectivo surge de una decisión puramente individual. Lo que afecta al individuo afecta al colectivo y viceversa. De esta manera, a la persona individual no le resultará posible ejercer derechos de manera individual siempre y cuando su colectivo tampoco pueda ejercer derechos de manera colectiva y viceversa. La capacidad de acción colectiva, que ampara al individuo porque éste se encuentra representado en la colectividad, se convierte finalmente en un derecho. Así, el fomento del derecho colectivo, desde una interpretación y ejercicio comunitario en un territorio determinado, es fundamental para revitalizar tanto la colectividad como la individualidad. Sin pretender profundizar aquí sobre el proceso histórico de la formulación y ratificación por el Estado de los derechos colectivos12, así como los elementos del debate que sigue hoy abierto entre derecho colectivo y derecho individual13, es

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Al respecto recomendamos la lectura de Ibarra, Mario. Notas Sobre Algunos Instrumentos, Documentos y Actividades Internacionales para una Discusión e Implementación del Derecho de Libre Determinación de los Pueblos Indígenas. Ensayo, Primera Impresión, Guatemala, 2007. 13 Al respecto recomendamos la lectura de Ansuátegui Roig, Francisco Javier (diversos autores). Una discusión sobre derechos colectivos. Instituto de Derechos Humanos “Bartolomé de las Casas”. Universidad Carlos III de Madrid. Dykinson, 2001.


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importante no perder de vista que un aspecto de reflexión fundamental es que los derechos individuales se ejercen siempre en sociedad, dentro de alguna colectividad. Es muy importante entender que el derecho no es una atribución exclusivamente individual debido a su fundamento de regulación social. Ciclo Guatemala, 02/09

El sujeto colectivo poseedor de derechos está vinculado a un territorio cuya administración política está a cargo de las instituciones propias de las personas que habitan en él. En conclusión, para que el pleno ejercicio de los derechos colectivos se haga efectivo desde la comunidad, hay dos aspectos principales que hay que tomar en consideración: La adaptación del lenguaje y la interpretación comunitaria de los derechos colectivos, así como su articulación regional, para que lo comunitario deje de ser un fin en sí mismo y participe en la construcción de un Estado Plural.

LA COMUNIDAD EMERGENTE DE CONOCIMIENTO JUN K'OLIB'AL KECH ACHLAXINEM PA QANO'JIB'A Partimos de un aspecto cosmogónico para entender qué es un territorio. Partimos de la idea de que la tierra no es nuestra sino que somos de la tierra. Por ello lo definimos como: nuestro territorio colectivo es el espacio de vida en el cual se generan relaciones económicas, sociales, políticas y culturales. Desde nuestra visión holística esta convivencia se da entre el ser humano, la naturaleza y el cosmos. Partimos de los siguientes principios para delimitar nuestro territorio: Históricamente se define como área comarcal que agrupa distintos municipios más allá del criterio cultural y de los límites políticos impuestos por el Estado monista. Este principio pretende hacer frente a los procesos de asimilación y división– segregación de los pueblos. Se parte del contexto del cosmos y de la naturaleza en la ubicación geográfica de asentamientos humanos y lugares espirituales.

La compresión del territorio y la generación de relaciones intercomunitarias entre instituciones propias con la finalidad de dar forma y contenido al sujeto colectivo. A continuación mostramos dos ejemplos de interpretación comunitaria del territorio en base a los derechos colectivos. Éstos fueron elaborados por los integrantes de las Comunidades Emergentes de Conocimiento de Moloj Naoj Kaqchikel y Jun K'olib'al Kech Achlaxinem Pa Qano'jib'al. En el mapa vemos los sujetos colectivos dentro del área punteada en rojo. Para conocer a profundidad el proceso de interpretación comunitaria, vea los capítulos Las comunidades emergentes de conocimiento: generación de conocimiento plural al servicio del cambio y El proceso de construcción de las políticas culturales.

Fuente: Mapas elaborados a partir de los ofrecidos en http://www.googlemaps.com


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LA COMUNIDAD EMERGENTE DE CONOCIMIENTO MOLOJ NAOJ KAQCHIKEL Área geográfica que posee una población de diversas culturas que se encuentran unidas por sus idiomas, espiritualidades, arte, costumbres y tradiciones. Los principios que guían nuestra comprensión del territorio son: La solidaridad – Kuch es nuestro principio de cohesión. Lo que confiere unidad a nuestros miembros es el pensamiento cosmogónico maya. Por ello, delimitamos nuestro territorio en donde se ubican los 49 municipios kaqchikeles

Principios de relación entre sujetos colectivos para para la conformación conjunta de un Estado Plural El ejercicio pleno de los derechos colectivos permitiría crear un Estado desde la interpretación comunitaria del territorio y del poder, consolidada en sujetos colectivos. A continuación presentamos una propuesta de principios de relación entre sujetos colectivos para la conformación de un Estado Plural. Ésta está tomada del marco ético que presentó CANEK en el 2008 en la propuesta intercultural como parte de su declaración normativa. Como señalamos entonces, con la finalidad de dar más consistencia a los tres principios que tradicionalmente se asocian a la interculturalidad, los hemos desglosado según orientaciones textuales que Xavier Albó y Franz Barrios abordan en Por una Bolivia plurinacional e intercultural con autonomías.1 Principio de ciudadanía o de igualdad: poder vivir una vida plena en sociedad. Horizontalidad: igualdad de derechos, oportunidades y responsabilidades. Solidaridad: cooperación en busca del bien común, quienes tienen mejores oportunidades apoyan y se preocupan por los que tienen más necesidades. Participación: distribución democrática del poder. Principio de pluralismo o de diferencia: derecho a la alteridad, a ser diferente y a ser respetado como tal. Subsidiaridad: una estructura social de orden superior no debe de interferir en la vida interna de un grupo social de orden inferior. Bien común concurrente: lo que es necesario para todos y que se hace y cumple mejor desde arriba no debe pasarse a niveles inferiores. Empatía: valorar la diversidad para el conocimiento y el crecimiento propio. Principio de armonía o de convergencia: unidad en la diversidad. Reciprocidad: correspondencia entre el cumplimiento de obligaciones y la exigencia de derechos. Proporcionalidad: los medios que se proponen no deben ser excesivos si las metas pueden obtenerse con menos esfuerzo. Hay que ponderar el peso relativo de los diversos factores en juego sin enfatizar sólo uno en desmedro de los demás. Interacción positiva: hay un todo distinto a la suma de sus partes que permite la convivencia en armonía sin el menoscabo de ninguna de las partes.

Fuente: Mapas elaborados a partir de los ofrecidos en http://www.googlemaps.com

Principio de construcción cíclica: consecuencia. Aprendizaje: es imprescindible conocer el pasado y recuperar el recuerdo y la memoria histórica para sabernos consecuencia y para fundamentar el presente y el futuro. Crecimiento integral: es imprescindible fundamentar las acciones presentes para un cambio a largo plazo e integral y no para una retribución a corto plazo y parcial de resultados. Retorno: las acciones que se realizan en el presente regresan tarde o temprano en el futuro.


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AUTONOMÍA INDÍGENA Artículo de Estuardo Zapeta.. Publicado en Siglo XXI. ERA LIBERTARIA. Guatemala, 12 de junio 09 Las clases tienen sentido en el contexto del Estado monista, no en uno que refleje una Nación diversa. Propongo repensar el Estado de Guatemala en Autonomías Indígenas, o no les digamos Indígenas sino Regionales. La crítica del Movimiento Indígena al Estado, guatemalteco en nuestro caso, es que éste ha sido excluyente, racista, centralista, y que con base en esas características —además de su sistema de Justicia monista— ha servido para garantizar privilegios y protecciones a grupos de poder que tienen su mejor representación en el sistema de partidos políticos, en la dizque propiedad privada, y que buscan seguir una relación de explotador-explotado como sistema económico. (Lo sé, esto suena como el regreso a aquellos oscuros años del conflicto armado, y a la discursividad fosilizada, muy lejos de la dinámica global, pero, nos guste o no, esa es la crítica poco evolucionada, porque, debe admitirlo, tampoco el Estado, en sus versión latinoamericana, ha evolucionado). Sin embargo, me parece una sonora contradicción que cuando propongo el tema de Autonomía Indígena todos mis interlocutores indígenas, con quienes me gustaría tener un debate en esta línea, me acusen de separatista y balcanizador, desestabilizador, y también de racismo por antirracismo. El problema fundamental para los líderes indígenas al rechazar de entrada el argumento de la Autonomía Indígena está en que muchos fueron formados dentro de las filas de la ex guerrilla, o dentro de un marxismo light, y por lo tanto jamás aceptarían un Estado no unitario que les impida el control central, clave de su persecución del poder en la otrora lucha de clases, y por lo tanto la repartición y redistribución —esa palabreja surge con frecuencia— en la solidificación, pero de ellos, en el poder. Autonomía significa ceder poder y recursos centralizados.

MARCO JURÍDICO LEGAL NACIONAL E INTERNACIONAL SOBRE LA CONSULTA POPULAR, VÍA PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO COLECTIVO A LA AUTODETERMINACIÓN Un eje lo constituiría el derecho colectivo a la consulta, el cual aglutina en función de cuestiones comunes al territorio (…) la consulta dirige al ejercicio del derecho colectivo a la libre determinación. Ciclo Livingston, 11/09

A diferencia de otros países, en la legislación nacional no existe una definición propiamente dicha del término “consulta popular”. Sin embargo, se considera acertada la definición contenida en la Ley 134-94 de Colombia14, referente a las normas sobre mecanismos de participación ciudadana: "La consulta popular es la institución mediante la cual, una pregunta, de carácter general sobre un asunto de trascendencia nacional, departamental, municipal, distrital o local, es sometida por el Presidente de la República, el gobernador o el alcalde, según el caso, a consideración del pueblo para que éste se pronuncie formalmente al respecto. En todos los casos la decisión es obligatoria. Cuando la consulta se refiera a la conveniencia de convocar una asamblea constituyente, las preguntas serán sometidas a consideración popular mediante ley aprobada por el Congreso de la República”

De hecho, las clases tienen sentido sólo en el contexto del Estado monista, no en un Estado que refleje una Nación diversa que pueda coexistir dentro del imaginario Guatemala, y que localmente pueda tomar decisiones para puntualizadas colectividades sin tener que recurrir “al centralismo racista, excluyente, ¡ah! sí, y también monista”, y el rosario de adjetivos que mucho de los cuales comparto. Para mí, hasta hoy, el argumento indígena contra el Estado es sólo una protesta que se basa en una ideología que ha probado estar equivocada, y que ante la prueba de la Autonomía —una especie de prueba de ácido— se cae. El otro proceso de cambio sería una revolución, pero a eso —y correctamente—renunciaron tanto el Movimiento Indígena, como la ex guerrilla, así como los mismos entes militares que soñaban alcanzar el poder por esos medios arcaicos y poco aconsejables, como el golpe de Estado. Entonces propongo repensar el Estado guatemalteco en Autonomías Indígenas, vaya pues, no les digamos indígenas sino Regionales, sin un ente central y racista, en el cual las comunidades de manera independiente tomen sus decisiones aún de aplicación de Justicia, sea pertinentemente cultural, autosostenible, y que se reinvente a sí mismo sin centro.

En el caso de Guatemala, efectivamente la consulta popular podrá ser convocada, además del Tribunal Supremo Electoral Respectivo, por el Presidente de la República y el Congreso y, además, se reconoce legalmente como sistema de participación a nivel municipal según las regulaciones del Código respectivo, al mismo tiempo que le incluye un sentido más local, pues reconoce a los Consejos de Desarrollo como conducto provisional de consulta. A

Los primeros en oponerse son mis líderes indígenas; le siguen los izquierdistas estatistas y centralistas, y de la mano con esos dos, no se ría, los derechistas librecambistas y mercantilistas que también usan el Estado central para privilegios y protecciones, y maman de esa vaca central.

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Quién lo creería, ¿verdad?

Ley 134-94, Congreso de Colombia, República de Colombia, Gobierno Nacional, 1994


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la vez, la ley establece el carácter obligatorio de la consulta en asuntos de reformas constitucionales.

MARCO JURÍDICO NACIONAL CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA La Constitución15 se refiere al procedimiento de consulta en su artículo173, el cual fue adicionado por las reformas constitucionales del año 93 (Acuerdo Legislativo 18-93). Artículo 173. (Adicionado). Procedimiento consultivo. Las decisiones políticas de especial trascendencia deberán ser sometidas a procedimiento consultivo de todos los ciudadanos. La consulta será convocada por el Tribunal Supremo Electoral a iniciativa del Presidente de la República o del Congreso de la República, que fijarán con precisión la o las preguntas que se someterán a los ciudadanos. "La Ley Constitucional Electoral regulará lo relativo a esta Institución".

La Constitución contempla 2 casos específicos en que el resultado de una consulta es obligatorio: A) La ratificación de las reformas constitucionales aprobadas por el Congreso; y B) La aprobación del acuerdo definitivo que resuelva la situación de los derechos de Guatemala respecto a Belice. Artículo 19. Belice. El Ejecutivo queda facultado para realizar las gestiones que tiendan a resolver la situación de los derechos de Guatemala respecto a Belice, de conformidad con los intereses nacionales. Todo acuerdo definitivo deberá ser sometido por el Congreso de la República al procedimiento de consulta popular previsto en el artículo 173 de la Constitución. (…) Artículo 280. Reformas por el congreso y consulta popular. Para cualquier otra reforma constitucional, será necesario que el Congreso de la 15 “Constitución Política de la República de Guatemala” - Asamblea Nacional Constituyente, Guatemala, 1985

República la apruebe con el voto afirmativo de las dos terceras partes del total de diputados. Las reformas no entrarán en vigencia sino hasta que sean ratificadas mediante la consulta popular a que se refiere el artículo 173 de esta Constitución. Si el resultado de la consulta popular fuere de ratificación de la reforma, ésta entrará en vigencia sesenta días después que el Tribunal Supremo Electoral anuncie el resultado de la consulta.

Existen otras disposiciones en la Carta Magna que no se encuentran relacionadas de manera directamente concerniente a la consulta, pero sí son importantes para la aplicación de otras disposiciones pertinentes: Artículo 46.- preeminencia del derecho internacional. Se establece el principio general de que en materia de derechos humanos, los tratados y convenciones aceptados y ratificados por Guatemala, tienen preeminencia sobre el derecho interno. Artículo 66.- protección a grupos étnicos. Guatemala está formada por diversos grupos étnicos entre los que figuran los grupos indígenas de ascendencia maya. El Estado reconoce, respeta y promueve sus formas de vida, costumbres, tradiciones, formas de organización social, el uso del traje indígena en hombres y mujeres, idiomas y dialectos. Artículo 253.- autonomía municipal. Los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde: a. Elegir a sus propias autoridades; b. Obtener y disponer de sus recursos; y c. Atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios. Para los efectos correspondientes emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos.


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CÓDIGO MUNICIPAL Al tratar los derechos y obligaciones de los vecinos de un municipio, el Código Municipal16 reconoce el derecho a la consulta popular: Artículo 17. Derechos y obligaciones de los vecinos. Son derechos y obligaciones de los vecinos: (…) j) Participar en las consultas a los vecinos de conformidad con la ley. (…) k) Pedir la consulta popular municipal en los asuntos de gran trascendencia para el municipio, en la forma prevista por este Código.

En la parte dedicada a la Creación o Modificación de Municipios, el Código Municipal señala, en ese sentido, un proceso de consulta a los pobladores en su artículo 31. Artículo 31. Procedimientos consultivos. Si el Congreso de la República lo considerase necesario podrá someter a consulta de las poblaciones del o de los municipios o departamentos afectados, cualquier asunto dirigido a dividir o modificar su circunscripción, antes de emitir la ley que lo decida.

En el capítulo relativo a la información y participación ciudadana, se regulan aspectos importantes sobre la consulta a los vecinos, estableciendo 3 clases de consulta distintas: Artículo 63. Consulta a los vecinos. Cuando la trascendencia de un asunto aconseje la conveniencia de consultar la opinión de los vecinos, el Concejo Municipal, con el voto de las dos terceras (2/3) partes del total de sus integrantes, podrá acordar que tal consulta se celebre tomando en cuenta las modalidades indicadas en los artículos siguientes.

municipio. Los resultados serán vinculantes si participa en la consulta al menos el veinte por ciento (20%) de los vecinos empadronados y la mayoría vota favorablemente el asunto consultado. Artículo 65. Consultas a las comunidades o autoridades indígenas del municipio. Cuando la naturaleza de un asunto afecte en particular los derechos y los intereses de las comunidades indígenas del municipio o de sus autoridades propias, el Concejo Municipal realizará consultas a solicitud de las comunidades o autoridades indígenas, inclusive aplicando criterios propios de las costumbres y tradiciones de las comunidades indígenas.

LEY DE CONSEJOS DE DESARROLLO URBANO Y RURAL Se considera importante el señalamiento que hace La Ley de Consejos de Desarrollo17 al respecto de su incidencia en la participación de la población en gestión pública: Articulo 1. Naturaleza. EJ Sistema de Consejos de Desarrollo es el medio principal de participación de la población maya, xinca y garífuna y la no indígena, en la gestión pública para llevar a cabo el proceso de planificación democrática del desarrollo, tomando en cuenta principios de unidad nacional, multiétnica, pluricultural y multilingüe de la nación guatemalteca.

La Ley de Consejos de Desarrollo reconoce la necesidad de la emisión de una Ley de Consulta a Pueblos indígenas en su artículo 26, y se refiere a un sistema provisional en ese sentido:

Artículo 64. Consulta a solicitud de los vecinos. Los vecinos tienen el derecho de solicitar al Concejo Municipal la celebración de consultas cuando se refiera a asuntos de carácter general que afectan a todos los vecinos del municipio. La solicitud deberá contar con la firma de por lo menos el diez por ciento (10%) de los vecinos empadronados en el

Artículo 26. Consultas a los pueblos indígenas. En tanto se emite la ley que regule la consulta a los pueblos indígenas, las consultas a los pueblos Maya, Xinca y Garífuna sobre medidas de desarrollo que impulse el

16 “Código Municipal” - Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República, Guatemala, 2002

17 “Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural” - Decreto 11-2002 del Congreso de la República, Guatemala, 2002


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Organismo Ejecutivo y que afecten directamente a estos pueblos, podrán hacerse por conducto de sus representantes en los Consejos de Desarrollo.

SOBRE EL PROYECTO DE LEY DE CONSULTA A PUEBLOS INDÍGENAS Al respecto de los antecedentes de esta ley, se presenta de manera seguida un extracto de una entrevista al director Ejecutivo del Consejo de Organizaciones Mayas, Ricardo Cajas, contenida en un Boletín del Centro de Investigaciones Regionales de Mesoamérica:18 “La ley de consulta de pueblos indígenas de Acuerdo al Convenio 169 de la OIT, tiene antecedentes desde el año 2006 y fue el Consejo de Organizaciones Mayas de Guatemala COMG, quien presentó un anteproyecto de ley de consulta de pueblos indígenas, el cual se logró a través de una sociabilización que se hizo a nivel de organizaciones, con la Asesoría del Licenciado Emilio Sequén. En 2007 se da la segunda versión y allí hay participación de una coordinadora interinstitucional de ONG’s indígenas y la Comisión de Comunidades indígenas del Congreso de la República. Más reciente se decidió redactar una versión mejorada en el año 2008, y para ello recogimos todas las iniciativas anteriores, para luego socializarlo con varias instituciones del Estado y sociedad civil. En este proceso se contó con la participación de un equipo consultor de la Fundación CEDIM y del Mecanismo de Apoyo de Pueblos Indígenas de Oxlajuj Tz´ikin. En noviembre del 2008 se llevó a cabo un Foro Nacional sobre la consulta, donde participaron más de 35 organizaciones y también comunidades donde se han realizado consultas. Este foro fue interesante porque por primera vez hubo una articulación entre los parlamentarios indígenas del Congreso, organizaciones civiles y organizaciones comunitarias. Este Proyecto de iniciativa de Ley ha sido respaldado por: La Comisión de Pueblos Indígenas del Congreso de la República. El Foro Indígena Parlamentario. 18

“Derecho Maya” – Boletín Electrónico, Centro de Investigaciones Regionales de Mesoamérica (CIRMA), Guatemala, 2009

Diversas Organizaciones Indígenas de la Sociedad Civil. Diferentes entidades públicas.”

Al respecto del objeto de la iniciativa, el señor Cajas se pronuncia de la siguiente manera: “El objeto de la ley es establecer la obligatoriedad de la observancia del Convenio 169, así como establecer no solo la reglamentación sino preceptos y procedimientos apropiados para el ejercicio del derecho de consulta. Lo que significa que no habrá una sola forma de hacer la consulta sino que tendrá que ser en las formas propias de las comunidades, es decir que hay comunidades en las que sólo se consulta a los principales, otros levantando la mano, otros participando a una voz en una reunión y en otros casos por representante de cada una de las comunidades o de las aldeas, y debe ser en el propio idioma de la comunidad y de buena fe.”

Por su parte, una publicación de la Comisión de Pueblos Indígenas del Congreso de la República19, al tratar las generalidades de dicha iniciativa explica: “La presente iniciativa de Ley de Consulta a los Pueblos Indígenas tiene por objetivo llenar un vacío en la legislación del país referente a los pueblos indígenas, y busca contribuir a resolver un impasse vigente en la sociedad, cual es la validez y el alcance de las consultas a la población indígena sobre decisiones y medidas adoptadas por el Estado que pudieran perjudicar sus intereses y su integridad étnica, cultural, económica y social. La elaboración de la misma ha tenido como sujetos a dos actores, uno público como la Comisión de Comunidades Indígenas del Congreso y uno civil como las organizaciones e instituciones civiles indígenas interesadas en el avance de la legislación indígena. El proceso y la coordinación de estos actores contaron con la facilitación del Programa de Valores Democráticos y Gerencia Política de la Organización de los Estados Americanos (OEA), con el auspicio de las embajadas de Suecia y de Noruega en Guatemala. 19 “Iniciativa de Ley de Consulta a Pueblos Indígenas” – Comisión de Comunidades Indígenas del Congreso de la República, Programa Valores Democráticos y Gerencia Política OEA, Guatemala, 2007


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La elaboración de la iniciativa de ley implicó diferentes etapas: a) Inventario de los anteproyectos de ley elaborados y presentados a distintas Comisiones del Congreso. b) Priorización del anteproyecto de ley de Consulta en función de su importancia y urgencia para el país. c) Inventario de los anteproyectos de ley existentes en materia de Consulta y Participación de Pueblos Indígenas con el objeto de integrarlos en uno sólo. d) Análisis comparado de la legislación vigente en la materia tanto en Guatemala como en otros países de América Latina. e) Conocimiento de las propuestas de armonización legal que ya se habían realizado entre la legislación nacional y los preceptos del Convenio 169. En el marco de una colaboración técnica, un equipo de abogados indígenas proporcionó asistencia en la formulación de la ley, en puntos álgidos de la consulta a pueblos indígenas. Mediante una consultoría específica se integraron las diferentes iniciativas de ley preexistentes y se elaboró la versión articulada de la misma. Un borrador fue distribuido para consulta y retroalimentación sobre el contenido. Los aportes quedaron registrados en un documento que sistematizó dichas observaciones, las que se refirieron a diferentes aspectos de la ley en cuestión. La iniciativa de Ley consta del Estudio de Antecedentes, de la Exposición de Motivos y de la Iniciativa de Ley propiamente dicha.”

MARCO JURÍDICO INTERNACIONAL El principal instrumento internacional relacionado con la consulta popular a pueblos indígenas es el Convenio 169 de la OIT. Este Convenio incluye en sus primeros artículos lineamientos para su observancia general basadas en la participación de los pueblos: Artículo 2. 1. Los gobiernos deberán asumir la responsabilidad de desarrollar, con la participación de los pueblos interesados, una acción coordinada y sistemática con miras a proteger los derechos de esos pueblos y a garantizar el respeto de su integridad. (..) Artículo 5. Al aplicar las disposiciones del presente Convenio: (…) c) deberán adoptarse, con la participación y cooperación de los pueblos

interesados, medidas encaminadas a allanar las dificultades que experimenten dichos pueblos al afrontar nuevas condiciones de vida y de trabajo.

En la parte de política general de este Convenio20, se establecen algunas consideraciones sobre la consulta que debe hacerse a los pueblos para aplicar las disposiciones de ese instrumento: Artículo 6. 1. Al aplicar las disposiciones del presente Convenio, los gobiernos deberán: a) consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente; b) establecer los medios a través de los cuales los pueblos interesados puedan participar libremente, por lo menos en la misma medida que otros sectores de la población, y a todos los niveles en la adopción de decisiones en instituciones electivas y organismos administrativos y de otra índole responsables de políticas y programas que les conciernan; c) establecer los medios para el pleno desarrollo de las instituciones e iniciativas de esos pueblos, y en los casos apropiados proporcionar los recursos necesarios para este fin. 2. Las consultas llevadas a cabo en aplicación de este Convenio deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas.

En la sección correspondiente a tierras, el instrumento hace alusión a procesos de consulta a los pueblos: Artículo 15. 1. Los derechos de los pueblos interesados a los recursos naturales existentes en sus tierras deberán protegerse especialmente. Estos derechos comprenden el derecho de esos pueblos a participar en la utilización, administración y conservación de dichos recursos. 2. En caso de que pertenezca al Estado la propiedad de los minerales o de los recursos del subsuelo, o tenga derechos sobre otros recursos existentes en las tierras, los gobiernos deberán establecer o mantener procedimientos con 20 “Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes” – Organización Internacional de Trabajo. Año 1989 * Ratificado por Guatemala el 5 de Junio de 1996.


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miras a consultar a los pueblos interesados, a fin de determinar si los intereses de esos pueblos serían perjudicados, y en qué medida, antes de emprender o autorizar cualquier programa de prospección o explotación de los recursos existentes en sus tierras. Los pueblos interesados deberán participar siempre que sea posible en los beneficios que reporten tales actividades, y percibir una indemnización equitativa por cualquier daño que puedan sufrir como resultado de esas actividades. Artículo 17. 1. Deberán respetarse las modalidades de transmisión de los derechos sobre la tierra entre los miembros de los pueblos interesados establecidas por dichos pueblos. 2. Deberá consultarse a los pueblos interesados siempre que se considere su capacidad de enajenar sus tierras o de transmitir de otra forma sus derechos sobre estas tierras fuera de su comunidad. 3. Deberá impedirse que personas extrañas a esos pueblos puedan aprovecharse de las costumbres de esos pueblos o de su desconocimiento de las leyes por parte de sus miembros para arrogarse la propiedad, la posesión o el uso de las tierras pertenecientes a ellos.

Se considera que en el contenido del artículo séptimo, al tratar las disposiciones relativas a la aplicación de ese instrumento, se tratan puntos importantes sobre la participación de los pueblos: Artículo 7. 1. Los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural. Además, dichos pueblos deberán participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente. 2. El mejoramiento de las condiciones de vida y de trabajo y del nivel de salud y educación de los pueblos interesados, con su participación y cooperación, deberá ser prioritario en los planes de desarrollo económico global de las regiones donde habitan. Los proyectos especiales de desarrollo para estas regiones deberán también elaborarse de modo que promuevan dicho mejoramiento. 3. Los gobiernos deberán velar por que, siempre que haya lugar, se efectúen estudios, en cooperación con los pueblos interesados, a fin de evaluar la incidencia social, espiritual y cultural y sobre el medio ambiente que las actividades de desarrollo previstas puedan tener sobre

esos pueblos. Los resultados de estos estudios deberán ser considerados como criterios fundamentales para la ejecución de las actividades mencionadas. 4. Los gobiernos deberán tomar medidas, en cooperación con los pueblos interesados, para proteger y preservar el medio ambiente de los territorios que habitan.

En la parte que corresponde a formación profesional, artesanía y artes rurales, a pesar de no referirse a un procedimiento formal de consulta propiamente dicho, se menciona el ejercicio de consulta a los pueblos al respecto de estudios sobre los programas especiales de formación. Artículo 22. 1. Deberán tomarse medidas para promover la participación voluntaria de miembros de los pueblos interesados en programas de formación profesional de aplicación general. 2. Cuando los programas de formación profesional de aplicación general existentes no respondan a las necesidades especiales de los pueblos interesados, los gobiernos deberán asegurar, con la participación de dichos pueblos, que se pongan a su disposición programas y medios especiales de formación. 3. Estos programas especiales de formación deberán basarse en el entorno económico, las condiciones sociales y culturales y las necesidades concretas de los pueblos interesados. Todo estudio a este respecto deberá realizarse en cooperación con esos pueblos, los cuales deberán ser consultados sobre la organización y el funcionamiento de tales programas. Cuando sea posible, esos pueblos deberán asumir progresivamente la responsabilidad de la organización y el funcionamiento de tales programas especiales de formación, si así lo deciden.

Se habla de consulta a los pueblos, en la parte de educación y medios de comunicación, al tratar la creación de instituciones y sistemas de educación; y la adopción de medidas para enseñar a los niños de los pueblos en su propia lengua: Artículo 27. 1. Los programas y los servicios de educación destinados a los pueblos interesados deberán desarrollarse y aplicarse en cooperación con éstos a fin de responder a sus necesidades particulares, y deberán abarcar su historia, sus conocimientos y técnicas, sus sistemas de valores y todas sus demás aspiraciones sociales, económicas y culturales. 2. La autoridad


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competente deberá asegurar la formación de miembros de estos pueblos y su participación en la formulación y ejecución de programas de educación, con miras a transferir progresivamente a dichos pueblos la responsabilidad de la realización de esos programas, cuando haya lugar. 3. Además, los gobiernos deberán reconocer el derecho de esos pueblos a crear sus propias instituciones y medios de educación, siempre que tales instituciones satisfagan las normas mínimas establecidas por la autoridad competente en consulta con esos pueblos. Deberán facilitárseles recursos apropiados con tal fin. Artículo 28. 1. Siempre que sea viable, deberá enseñarse a los niños de los pueblos interesados a leer y a escribir en su propia lengua indígena o en la lengua que más comúnmente se hable en el grupo a que pertenezcan. Cuando ello no sea viable, las autoridades competentes deberán celebrar consultas con esos pueblos con miras a la adopción de medidas que permitan alcanzar este objetivo. 2. Deberán tomarse medidas adecuadas para asegurar que esos pueblos tengan la oportunidad de llegar a dominar la lengua nacional o una de las lenguas oficiales del país. 3. Deberán adoptarse disposiciones para preservar las lenguas indígenas de los pueblos interesados y promover el desarrollo y la práctica de las mismas.

CASOS EN LA REGIÓN MESOAMERICANA SOBRE EL RECLAMO Y EJERCICIO DE LOS DERECHOS COLECTIVOS EL ESTATUTO DE KUNA YALA El pueblo Kuna Yala está constituido sobre el territorio de Panamá y porción de Colombia. El capítulo segundo de la Ley Fundamental de Kuna Yala21, referente a su Gobierno y Administración, contiene disposiciones relevantes en el tema de su autonomía. En ese sentido, el artículo 3 se refiere al régimen especial al que se encuentran sujetos: Art. 3: La Comarca Kuna Yala constituye una división política, cuya organización, administración y funcionamiento estarán sujetos a régimen especial, establecido en esta Ley y en el Estatuto de la Comarca. Para los efectos de este artículo se consideran sujetas a este régimen especial las comunidades de Puerto Obaldía, la Miel y sus alrededores, salvo en aquellos aspectos etno-culturales propios de sus pobladores.

Los siguientes artículos se refieren a las autoridades propias que poseen: Art. 4: Las comunidades de la Comarca Kuna Yala estarán sujetas a sus autoridades propias, las cuales son: a. Congreso General de la Cultura Kuna; b. Congreso General Kuna; c. Saila Dummagan; d. Congreso Local; e. Saila. Estas autoridades ejercerán sus funciones según las disposiciones de esta ley y conforme a las normas y costumbres kunas. Además de estas autoridades, cada comunidad podrá tener otras cuyas facultades desarrollará el Estatuto de la Comarca. Art. 5: El Estado reconoce la existencia y la jurisdicción de los Congresos y autoridades mencionados en el artículo anterior como organismos y representantes de carácter religioso, cultural, y político-administrativo de la 21

“Ley Fundamental de Kuna Yala” – Aprobada por delegados de todas las comunidades de la Comarca Kuna Yala, Kuna Yala, 1995


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elección, remoción y ejercicio de sus funciones se realizarán de acuerdo a las prácticas sociales y religiosas propias.

Comarca, cada uno en su respectivo nivel y facultades que establece esta ley y el Estatuto de la Comarca.

Se trata la existencia de un Congreso que promueve aspectos culturales además del Congreso General en asuntos de política, como máximos órganos de representación en cada materia: Art. 7. El Congreso General de la Cultura Kuna es el máximo organismo de expresión religiosa, de protección, conservación y divulgación del patrimonio histórico-cultural del Pueblo. Art. 9. El Congreso General Kuna es el máximo organismo políticoadministrativo de deliberación y decisión de la Comarca; sus pronunciamientos y resoluciones serán de cumplimiento obligatorio para todas las autoridades y comunidades de la Comarca, a partir de su divulgación. El incumplimiento de los mismos será sancionado de acuerdo con las normas que fije el Estatuto de la Comarca.

CONSIDERACIONES

PARA

EL

EJERCICIO

DE

AUTONOMÍA Y EL AUTOGOBIERNO EN LOS ESTADOS FEDERADOS MEXICANOS El artículo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos22 vigente garantiza las bases para la libre determinación de los pueblos y su autonomía en materia política. Artículo 2o. La Nación Mexicana es única e indivisible.La Nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas.La conciencia de su identidad indígena deberá ser criterio fundamental para determinar a quiénes se aplican las disposiciones sobre pueblos indígenas. Son comunidades integrantes de un pueblo indígena, aquellas que formen una unidad social, económica y cultural, asentada en un territorio y que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres. El derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación se ejercerá en un marco constitucional de autonomía que asegure la unidad nacional. El reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas se hará en las constituciones y leyes de las entidades federativas, las que deberán tomar en cuenta, además de los principios generales establecidos en los párrafos anteriores de este artículo, criterios etnolingüísticos y de asentamiento físico. A. Esta Constitución reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación y, en consecuencia, a la

En materia política, existen figuras especiales denominados Saila Dummagan, que describe la ley de la siguiente manera: Art. 15: Se reconocen tres Saila Dummagan en Kuna Yala, quienes serán representantes y portavoces del Congreso General y de la Comarca ante el Estado, autoridades públicas y privadas y organismos internacionales. Su elección, mecanismo de representación, sanciones y el periodo de su gestión comarcal serán establecidos en el Estatuto de la Comarca.

Se trata a congresos locales para las comunidades en Kuna Yala, a la vez que se refiere también a figuras denominadas “Sailagan” como sus autoridades respectivas. Art. 21: El Congreso Local es el máximo organismo de expresión religiosa, cultural y político-administrativa de una comunidad; sus decisiones son de cumplimiento obligatorio para las autoridades y miembros de esa comunidad y demás personas que se encuentren en ella. Art. 22: Los Sailagan de las comunidades son las legítimas autoridades en sus respectivos pueblos. En cada comunidad o pueblo hay un Saila principal, que es la primera autoridad de la misma, y otros subalternos. Su

RELEVANTES

22

“Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos” - Constitución publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917, Última Reforma: 1-06-09, Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, México, 1917


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autonomía para: I. Decidir sus formas internas de convivencia y organización social, económica, política y cultural. (…) B. La Federación, los Estados y los Municipios, para promover la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminar cualquier práctica discriminatoria, establecerán las instituciones y determinarán las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, las cuales deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos. (…)

LA EXPRIENCIA MEXICANA DEL RÉGIMEN MULTIMUNICIPAL EN EL MARCO DE LOS ACUERDOS DE SAN ANDRÉS Los Acuerdos de San Andrés son el resultado de la primera mesa de discusión sobre el diálogo por la paz entre el Ejercito Zapatista de la Liberación Nacional y el Gobierno de México. 4 Documentos firmados el 16 de febrero de 1996 por los representantes de las partes antes relacionadas, así como de la Comisión de Concordia y Pacificación (COCOPA) y la Comisión Nacional de Intermediación (CONAI) integraron dichos instrumentos. Ese trabajo tuvo como base al Convenio No. 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, que para entonces constituía el máximo instrumento en materia de derechos indígenas, ratificado por México en 1990. En base a los acuerdos, la Comisión Nacional de Intermediación elaboró una propuesta de ley donde se pretendía el reconocimiento constitucional de las comunidades y pueblos indígenas como entidades de derecho público, brindando la posibilidad que por primera vez en la historia éstos pudieran elegir libre y democráticamente a sus representantes, en el pleno ejercicio de su Autonomía y buscando su reivindicación. En ese sentido, las organizaciones afectadas han manifestado: “La reivindicación de los derechos indígenas es condición mínima para la reconstitución de los pueblos originarios y un modelo

de desarrollo alternativo a la globalización del pensamiento único, la destrucción de la naturaleza y la crisis agrícola de nuestro país.”23 Sin embargo, la propuesta aludida terminó sin recoger en su totalidad a los acuerdos, y sólo de esa manera los legisladores se habrían involucrado en la misma, ante su negativa sobre el abordaje de ese tema en dicha propuesta de manera más extensa, y aprobando un material que no reconocía los derechos básicos que se pretendían hacerse valer desde un principio, con los acuerdos. De esa manera, el tema fue abandonado por el Estado pero no por el pueblo indígena, surgiendo a lo largo del territorio mexicano diversidad de experiencias de autonomía, siendo muestra de ello las Justas de Buen Gobierno y los Caracoles creadas por los zapatistas en el esfuerzo por la implementación de los acuerdos de San Andrés. A 13 años de su aprobación, los acuerdos de San Andrés han constituido una base para distintas clases de manifestaciones indígenas, en aspectos como la economía (con cooperativas de artesanía y café), educación, salud, tecnologías apropiadas y en medios de comunicación. Existe actualmente, una Campaña de Origen Europeo en la que se conmemora la firma de éstos Acuerdos y su vigencia en la lucha de los pueblos indígenas de México, en la que se busca la aportación de ideas e iniciativas para buscar acciones con propósito de conseguir que el Gobierno de México comience a cumplirlos, reconocerlos y respetarlos.24 Al hablar de una propuesta de reforma a la Constitución Mexicana, específicamente del artículo 15, en vista de cumplir con lo comprometido en los 23

“Acuerdos de San Andrés sobre Derechos y Cultura Indígena” – Bufete Jurídico Tierra y Libertad AD, sección de Derechos Indígenas, Lic. Bárbara Zamora, México D. F., 2009, http://www.geocities.com/tierraylibertad_ac/Indigenas/acsnandres.htm 24 Ver página web www.europazapatista.org que sirve de contexto intangible para el movimiento aludido.


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(…) “Ésta debería de estar orientada a modificar el régimen del municipio libre que es universal para todos los municipios del país y establecer, a cambio, un régimen multimunicipal que dé cabida a la diversidad municipal de México. Esta reforma permitiría, por lo menos, hacer realidad el autogobierno indígena, al hacer posible que el ayuntamiento se integre de acuerdo a las características sociopolíticas del municipio, y no con la obligatoriedad de que lo haga por presidente, síndico y regidores”. (…)

a la diversidad que existe al interior de los pueblos indígenas, que por cierto se caracterizan por su "diversidad en la diversidad". Un régimen multimunicipal contiene adicionalmente un plus democrático para todo el país, ya que con él no serían beneficiados solo los indígenas, sino todos los municipios mexicanos. Con un régimen multimunicipal no se intentaría reconocer solamente la diversidad de las formas de gobierno local indígena, sino la de todos los municipios de México. La diversidad cultural no es patrimonio exclusivo de los pueblos indios; ellos tienen el mérito de insistir en el reclamo, pero sus beneficios pueden irradiar a todos los municipios del territorio nacional. Un régimen multimunicipal reconocería la diversidad como un valor polisémico y no solo étnico”.

Tratando a la misma reforma aludido, ese artículo se refiere al régimen multimunicipal al pronunciarse sobre los beneficios que implicaría aquélla:

EL RECLAMO POR LA APROBACIÓN DEL PROYECTO DE

Acuerdos de San Andrés al respecto del reconocimiento constitucional de los derechos de libre determinación y autonomía indígena, un artículo de una revista digital25 hace referencia al régimen multicipal de la siguiente manera:

(…) “con tal reforma se abrirían nuevos caminos para la constitucionalización de las formas de organización sociopolítica, de autogobierno y de renovación de la autoridad local, abriendo puertas al círculo vicioso en el que se ha entrampado la interpretación de los Acuerdos, aprendiendo lecciones de otros países, como Venezuela, que han avanzado en este sentido. Además, un régimen multimunicipal beneficiaría a todos los indígenas de México y no solo a aquellos que viven en los "municipios indígenas", en zonas culturalmente compactas. En la actualidad miles de indígenas en el país no habitan en territorios en donde ellos sean mayoría, sino en espacios territoriales multiétnicos. En un régimen multimunicipal los indígenas que viven en esa situación podrían crear nuevos tipos de municipios como por ejemplo el "municipio pluriétnico". Un régimen multimunicipal alentaría la creatividad indígena para la innovación en las instituciones y formas de gobierno local democráticas, que ahora se encuentran impedidas por los pobres alcances de la reforma constitucional del artículo 2º que sólo reconoce las formas de gobierno indígena por "usos y costumbres", que no siempre dan respuesta

LEY DE DESARROLLO AUTÓNOMO DE LOS PUEBLOS EN COSTA RICA En el mes de marzo de 2009, representantes de los 8 pueblos indígenas en Costa Rica manifestaron su exigencia frente al Congreso por el envío de parte del presidente Arias al Legislativo para que éste conozca el Proyecto de Ley de Desarrollo Autónomo de los Pueblos Indígenas, el cual instrumentaliza la aplicación del Convenio 169 de la OIT, ratificado por Costa Rica desde 1992, pero que no se aplica por falta de una ley interna. Pretenden dicha propósito buscando el respeto principalmente de sus derechos colectivos que conciernen a la autonomía, cultura, y sobre tierras. De hecho, éstos representantes motivan a los habitantes de ese país y a las organizaciones y grupos sociales, así como comunidades e Iglesias, a apoyarles para mantenerse en el reclamo por la aprobación de esa ley, pues declaran que no regresarán a sus pueblos de origen sino hasta lograr dicho objetivo.26

25

Extracto del artículo Reformar el municipio: autogobierno indígena y régimen multimunicipal, de Araceli Burguete Cal y Mayor. Publicado en Enlace - Expresiones de la Sociedad Civil: Revista Digital de la Unidad para la Atención de las Organizaciones Sociales. Nueva Época, año 4, número 3, Chiapas, México, 2006. Consulta de junio 2009. http://www.organizacionessociales.segob.gob.mx/UAOS-Rev4/autogobierno_indigena.html

26

“Pueblos Indígenas de Costa Rica reinician la Lucha por sus Derechos” – Agencia Latinoamericana y Caribeña de Comunicación, Buenos Aires, Argentina, 2009, http://www.alcnoticias.org/interior.php?codigo=13582&format=pulpito&PHPSESSID=c6bb8c d90f517f8afb29a


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EL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE LAS DOS REGIONES DE LA COSTA ATLÁNTICA DE NICARAGUA, LEY NO. 28 Entre los principios fundamentales contenidos en el primer capítulo del Estatuto27, destacan los siguientes. El artículo 1 se refiere al Estatuto como creador del Régimen de Autonomía respectivo: Arto. 1. El presente Estatuto establece el Régimen de Autonomía de las Regiones en donde habitan las comunidades de la Costa Atlántica de Nicaragua y reconoce los derechos y deberes propios que corresponden a sus habitantes, de conformidad con la Constitución Política.

El artículo Cuarto se refiere al Régimen de Autonomía del que gozan las comunidades de la Costa Atlántica: Arto. 4. Las Regiones en donde habitan las Comunidades de la Costa Atlántica gozan, dentro de la unidad del Estado Nicaragüense, de un Régimen de Autonomía que les garantiza el ejercicio efectivo de sus derechos históricos y demás, consignados en la Constitución Política.

En cuanto al Régimen Político, el artículo sexto divide en dos regiones al territorio de las Comunidades de la Costa Atlántica, para el ejercicio de su autonomía: Arto. 6. Para el pleno ejercicio del derecho de Autonomía de las Comunidades de la Costa Atlántica, se establecen dos Regiones Autónomas-en lo que comprende el Departamento de Zelaya: 1. "La Región Autónoma Atlántico Norte" tiene su jurisdicción sobre el territorio de la Zona Especial I, y las Islas y Cayos adyacentes. Su sede administrativa es la ciudad de Puerto Cabezas". 2. "La Región Autónoma Atlántico Sur" tiene su jurisdicción sobre el territorio de la Zona Especial II, y las islas y Cayos adyacentes. Su sede administrativa es la ciudad de Bluefields." En circunstancias

27

“Estatuto de Autonomía de las Dos Regiones de la Costa Atlántica de Nicaragua” – Ley No. 28, Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, Nicaragua

extraordinarias las administraciones regionales podrán funcionar en otras partes de sus respectivos territorios.

El artículo séptimo se refiere a la división municipal y administrativa de cada Región Autónoma: Arto. 7. El territorio de cada Región Autónoma se dividirá para su administración en municipios, que deberán ser establecidos, hasta donde sea posible, conforme a sus tradiciones comunales y se regirán por la ley de la materia. La subdivisión administrativa de los municipios será establecida y organizada por los Consejos Regionales correspondientes, conforme a sus tradiciones.

En cuanto a su administración regional, el Título Segundo contiene las disposiciones pertinentes, y describe al Consejo y Coordinador Regionales como las autoridades superiores en las Regiones Autónomas: Arto. 15. En cada una de las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica funcionarán, sujetos a la Constitución Política de Nicaragua y a este Estatuto, los siguientes órganos de administración: 1.- Consejo Regional. 2.- Coordinador Regional. 3.- Autoridades Municipales y Comunales. 4.- Otros correspondientes a la subdivisión administrativa de los municipios. Arto. 16. El Consejo Regional y el Coordinador Regional serán, en sus respectivas esferas, las autoridades superiores de la Región Autónoma correspondiente.

El estatuto regula también al presupuesto de las Regiones Autónomas: Arto. 32. El Consejo Regional elaborará en coordinación con el Ministerio de Finanzas, el proyecto de presupuesto de su Región Autónoma para el financiamiento de los proyectos regionales, el que estará conformado por: 1.- Los impuestos regionales de conformidad con el Plan de Arbitrios que incluirá gravámenes sobre los excedentes de las empresas que operan en la región. 2.- Fondos provenientes del Presupuesto General de la República.


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fórmulas operativas de plantearse, concretarse y producirse esos contactos y, a partir de allí, aparecen las correspondientes técnicas de multiplicación de sus expresiones y evaluación de sus resultados para el mejoramiento del comportamiento hacia la búsqueda de nuevas oportunidades de intercambio y la consolidación de las ya existentes (es decir, las fórmulas de contacto impregnadas con un objetivo central de eficiencia).” 28

LA COOPERACIÓN INTERMUNICIPAL O INTERMUNICIPALIDAD EN GUATEMALA Los casos de reclamo de los derechos colectivos en Guatemala son múltiples. En este mismo libro analizamos varios de ellos en los siguientes capítulos, sobre todo en El reclamo del derecho colectivo a la tierra: el caso de expropiación de terrenos ancestrales propiedad de la comunidad xinka de Jumaytepeque y en La experiencia de poder local y organización comunitaria en los 48 Cantones de Totonicapán. Aquí pero deseamos hacer especial hincapié en las iniciativas de regionalismo nacidas de ámbitos locales, expresadas en el esfuerzo de cooperación entre algunas municipalidades en la conformación de regiones que respondan a criterios comunitarios y que significan el ejercicio de su ser colectividad.

Por otra parte, un documento en línea denominado “La Cooperación Intermunicipal en Guatemala: Un perfil de nuevas formas de Gestión del Desarrollo Local”, al tratar iniciativas de cooperación intermunicipal en Guatemala y la manera en que éstas se han manifestado bajo el contexto del proceso de descentralización, expone: En Guatemala se han impulsado diversas formas organizativas intermunicipales tales como: empresas intermunicipales, asociaciones de municipalidades a nivel departamental, mancomunidades de municipios, asociaciones de municipios fronterizos, asociaciones gremiales de tesoreros y jueces de asuntos municipales y redes intermunicipales. (…) No obstante que la mayoría de estas entidades impulsan proyectos de infraestructura, algunas se plantean como objetivos apoyar y fomentar el desarrollo económico (así aparece en los estatutos) de sus respectivas microrregiones o regiones; (…) Por lo tanto, esta nueva institucionalidad del sector público municipal empieza a conscientizarse sobre la necesidad de promover el desarrollo económico local de sus territorios. Con la idea de visualizar la importancia que en los últimos años han tenido estas formas de cooperación intermunicipal con orientación a fomentar el desarrollo económico local y otros temas.29

En la obra “La intermunicipalidad y el despertar del municipalismo iberoamericano”, se hace referencia a la intermunicipalidad de la siguiente manera: “La intermunicipalidad implica, en su esencia, el contacto estable y con propósito de profundización para el conocimiento de las realidades singulares de cada comunidad. (…) Junto a ello, la intermunicipalidad también supone una abierta intencionalidad de intercambio para el mejoramiento común de las condiciones de solidez institucional y funcionalidad de las entidades locales, en sus responsabilidades públicas, que comportan no solamente la prestación de servicios comunales, sino también -lo que es tal vez más trascendente y significativo- la configuración del espacio primario de convivencia social, de expresión civilizada de la vida política, en fin, de coexistencia pacífica y constructiva en el espacio público, a través de la fórmula esencial de la democracia, que radica en la práctica efectiva del reconocimiento y el respeto absoluto e irrestricto a las diferencias, dentro de las pautas propias de la civilidad. Como se ha dicho, se trata de un contacto estable, sostenido, ordenado, no eventual, lo que lo transforma en un sistema, susceptible de organizarse bajo criterios de intencionalidad racionalizada. Con ello, es factible perfilar metodologías,

28

“La intermunicipalidad y el despertar del municipalismo iberoamericano” – Armando Rodríguez García, Valladolid en América: El Municipalismo y su proyección Iberoamericana, Universidad Central de Venezuela, Venezuela, 2007, http://ar.vlex.com/vid/intermunicipalidaddespertar-iberoamericano-41777900. Consulta: 19 de junio de 2009 29 “La Cooperación Intermunicipal en Guatemala: Un perfil de nuevas formas de Gestión del Desarrollo Local” – Rolando Alonzo Gutiérrez, Reestructuración Económica y Transformaciones Institucionales en Centroamérica y México, Revista Pueblos y Fronteras Digital, Número 1, Universidad Autónoma de México, México, 2006, http://www.pueblosyfronteras.unam.mx/a05n1/art_03.html. Consulta: 19 de Junio de 2009.


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El mismo documento se refiere a las limitaciones de las cooperaciones intermunicipales en Guatemala:

como nuevas formas de cooperación internacional. En ese sentido, el Código Municipal31 reconoce la asociación de municipios:

En el caso de las Mancomunidades de Municipios, estas limitaciones se concretan (…), primero porque la legislación actual es insuficiente para normar la conformación y funcionamiento de las Mancomunidades y diversas modalidades de cooperación intermunicipal; (…) solamente aparecen seis artículos en el Código Municipal relacionados a Mancomunidades y Asociaciones de Municipalidades. (…) Por otra parte, en el artículo 49 del Código Municipal, se define a la Mancomunidad como una Asociación de Municipios constituida “...para la formulación común de políticas públicas municipales, planes, programas y proyectos, la ejecución de obras y la prestación eficiente de servicios de sus competencias” (INFOM:2002: 28). En este caso, la Mancomunidad debería entenderse como un instrumento de gestión pública municipal (enfoque funcional) cuyas finalidades es cumplir en forma más eficiente y efectiva las competencias municipales que son primordialmente la prestación de servicios públicos. En este caso, la mancomunidad se encargaría de gestionar una o más competencias municipales (pero no todas) delegadas mediante acuerdos municipales y estatutos por los mismos municipios. Sin embargo, en la práctica y en la operativización de las Mancomunidades, se ha dado una mezcla de ambos enfoques. Así, la mayoría de mancomunidades en Guatemala se han propuesto objetivos muy amplios y diversos, que implica en cierta medida sustituir al municipio y sus competencias. (…) Por otro lado, otra limitación del movimiento de cooperación intermunicipal, es la ausencia de capacidades institucionales de entidades públicas que estén orientadas a la asesoría y asistencia técnica al sector municipal. (…)“.30

Articulo 49. Definición. Las mancomunidades de municipios son asociaciones de municipios con personalidad jurídica, constituidas mediante acuerdos celebrados entre los concejos de dos o más municipios, de conformidad con la ley, para la formulación común de políticas públicas municipales, planes, programas y proyectos, la ejecución de obras y la prestación eficiente de servicios de sus competencias. Articulo 50. Asociación de municipios en mancomunidades. Los municipios tienen el derecho de asociarse con otros en una o varias mancomunidades. Las mancomunidades tendrán personalidad jurídica para el cumplimiento de sus fines y se regirán por sus propios estatutos. Las mancomunidades no podrán comprometer a los municipios que la integran más allá de los límites señalados en el estatuto que les dio origen. En los órganos directivos de la mancomunidad deberán estar representados, todos los concejos municipales de los municipios que la integran.

Al respecto de las experiencias en la conformación de mancomunidades, es destacable el caso de la Mancomunidad de la Cadena Volcánica Central Kaqchikel, o MANKAQCHIKEL. “En marzo del año 2008, Sotz´il plantea la idea de integrar a los municipios de Chimaltenango y Sacatepéquez en una mancomunidad para resolver problemas de interés regional, promover el desarrollo social, económico y ambiental en beneficio de los municipios de la región kaqchikel; promoviendo la gestión y ejecución de proyectos de beneficio para los municipios que integran la mancomunidad en materia de prestación de servicos y obras de infraestructura sin descuidar el uso y manejo sostenible de los recursos naturales; teniendo de esta manera una visión a largo plazo y con la finalidad de que la mancomunidad sea siempre de utilidad para quienes la integran.

Por otro lado, el mismo texto explica que entre los cambios relevantes que implicó la reforma del marco legal de la descentralización en Guatemala del año 2002, se encuentra el reconocimiento de las mancomunidades de municipios 30

“La Cooperación Intermunicipal en Guatemala: Un perfil de nuevas formas de Gestión del Desarrollo Local” – Rolando Alonzo Gutiérrez, Reestructuración Económica y Transformaciones Institucionales en Centroamérica y México, Revista Pueblos y Fronteras Digital, Número 1, Universidad Autónoma de México, México, 2006, http://www.pueblosyfronteras.unam.mx/a05n1/art_03.html; Consulta: 19 de Junio de 2009.

31

“Código Municipal” – Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República, Guatemala, Año 2002


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El 15 de noviembre de 2008 se realizó un acta constitutiva de conformación de la mancomunidad en el municipio de Patzún y el 4 de febrero de 2009 se constituye legalmente la mancomunidad de la cadena volcánica central kaqchikel MANKAQCHIKEL, protocolo de escritura número veintiuno (21) siendo los municipios integrantes de esta mancomunidad: Tecpán Guatemala, Acatenango, Chimaltenango, Zaragoza, Patzicia, Patzún, Santa Apolonia, Santa Cruz Balanyá, San Martín Jilotepeque, San José Poaquil y Comalapa, estos del departamento de Chimaltenango. Este proceso ha contado con el acompañamiento de insituciones gubernamentales y no gubernamentales: Sotz´il, INAB, Proyecto PARPA, MARN y MAGA”.32

LA RELEVANCIA DE LAS ESTRUCTURAS EN LA INTERPRETACIÓN Y EJERCICIO DE LOS DERECHOS COLECTIVOS DESDE LA COMUNIDAD Ahora enfrentemos la teoría, los conceptos y los derechos colectivos expuestos a la realidad de Guatemala y pensemos ¿cómo son las relaciones entre personas y grupos en Guatemala? ¿Son desiguales? ¿O son horizontales y equitativas? ¿Por qué son así y no de otra manera? Entender cuál es el tipo de relaciones que se dan en Guatemala es descubrir el tipo de código, de normatividad, sobre las que se desarrollan.

Como anotamos anteriormente, el código se rige por la comprensión del tiempo que da forma a las relaciones. Cuando este código está establecido socialmente, es decir, cuando en la sociedad se dan un tipo de relaciones de forma sistemática, hablamos de estructura. Las estructuras constituyen el andamiaje normativo: los principios y valores que regulan el funcionamiento de los sujetos colectivos y repercuten en cómo las personas y los grupos se relacionan entre sí. En resumidas cuentas, son el código a partir del cual se fundamenta el funcionamiento de los sujetos colectivos. Donde hay personas, hay sociedad; donde hay sociedad debe haber normatividad de relaciones, sobre la base de las normas y consejos que han existido desde hace mucho tiempo, herencia de los abuelos y abuelas y que hoy en día, aun se practican en distintas comunidades mayas.33

Una estructura es algo que uno no puede ver con los ojos, es algo que sólo puede verse con la mente. Son las reglas que organizan la vida en sociedad; en otras palabras, son las reglas sociales, económicas, jurídicas y políticas que regulan nuestra vida en sociedad en la comunidad, en la región y en el país. Pongamos un ejemplo de cómo esta construcción mental tiene repercusiones en nuestra vida cotidiana: podemos afirmar que el paisaje de Chiquimulilla es resultado de la estructura económica que rige las relaciones materiales, sociopolíticas y simbólicas en Guatemala y en el mundo entero: el comercio internacional, en ese lugar en concreto, expresado en la producción extensiva de caña de azúcar. Recordemos que en la definición inicial de cultura dijimos que un cambio en una esfera de relaciones implica cambios en todas las relaciones del sistema. Entonces preguntémonos: ¿qué impacto supone en las relaciones culturales de los xinkas el hecho de que se extienda de forma intensiva el cultivo de caña de azúcar en su territorio?

32

Para conocer más sobre su conformación, estrategias y acciones, les recomendamos consultar los siguientes vínculos web. Sobre el historial de conformación de la mancomunidad, http://www.box.net/shared/3qijlxv9y9, sobre su información institucional, http://www.box.net/shared/o568y4o7vc, para información actualizada de sus acciones, http://mankaqchikel.blogspot.com

33 Pú Cach, Higinio.Sistema de cargos y funciones de las autoridades indígenas. Defensoría Indígena Wajxaquib’ No’j. Guatemala, 2008.


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Como podemos comprobar, en las estructuras encontramos el código que establece cómo se debe construir y desarrollar la sociedad. Vendría a ser como el ADN del sistema sobre el que se construye y se desarrolla el Estado. Ahora bien, ¿quién decide la construcción de las estructuras en Guatemala? La cuestión es plantearnos si las estructuras actuales están creadas desde la comprensión del tiempo de la comunidad, desde esa comprensión íntima de desarrollo que regula las relaciones, si las estructuras nos conducen a través de un proceso de desarrollo propio y si se puede participar de su (re)construcción. En una actividad había un 95% de jóvenes graduandos de distintas comunidades lingüísticas de idioma no español. Me acuerdo que se les preguntó sobre cuántas veces habían sido citados, tratados y se les había impartido capacitación como jóvenes pertenecientes a distintos grupos lingüísticos por parte del Ministerio de Educación. Contestaron que ninguna vez. También dijeron que dentro de su pensum no se ha incluido nada al respecto. La realidad diversa queda aplastada bajo una imposición de igualdad, de igualarse al ladino. Eso afecta al joven, no llevan formación a la hora de regresar a sus comunidades y en sus comunidades sucede el rechazo. Y no se trata sólo del idioma: la forma en la que se educa es esencial. Por ejemplo, entre los garífunas siempre tiene que haber un anciano. Ahora el anciano ha perdido toda legitimidad. Ahora ya no son ancianos, personas de conocimiento, ahora son simplemente viejos. Ciclo Guatemala, 02/09

En definitiva, lo que realmente queremos ver es hasta qué punto las estructuras, tal y como han funcionado y funcionan, impactan o no en los colectivos comunitarios y regionales, y en qué medida destruyen o no la diversidad cultural en pro de una forma única y centralizada de ver y entender el mundo. Esto nos conduce a un nuevo concepto: la desigualdad estructural. Cuando existe desigualdad estructural es porque un grupo de personas, amparadas por el sujeto colectivo —en este caso el Estado—, es capaz de determinar el destino y la vida en común de otros grupos y relegarlos de la posibilidad de participar en la construcción estructural.

Como veremos más adelante, las estructuras en Guatemala están diseñadas para que sólo un grupo pueda desarrollar su propia concepción del tiempo, su cultura. Y la repercusión de las estructuras es profunda: dado que tienen un factor normativo, es decir, son lo que debe ser, se da por sentado que las otras formas de desarrollo no son válidas. De esta manera se excluye, de facto, cualquier otra forma de ver y entender el mundo que no sea la que rigen las estructuras establecidas. Entonces, reflexionemos: ¿Cuál es la comprensión del tiempo sobre la que se han construido las estructuras que hoy rigen las relaciones en Guatemala? Los sistemas democráticos han sido construidos con intereses económicos y sus marcos legales se crean para servir a estas economías. Los derechos colectivos van a chocar con estos sistemas democráticos donde el Estado se sustenta sobre la lógica del capital. Además, hay sistemas democráticos inconclusos, lo que ocasiona conflictos más severos. Ello también impide procesos de diálogo para buscar soluciones. No es raro encontrar diversos problemas en pueblos indígenas debido a esos choques. Ciclo Guatemala, 02/09

EL CAPITALISMO Y EL SOMETIMIENTO DEL TIEMPO COMUNITARIO Capitalismo y colonialismo son dos caras de un mismo sistema que ha desempeñado y desempeña hoy un papel fundamental en la construcción y mantenimiento de estructuras en todo el mundo. Aquí partimos de una visión compleja del capital donde éste no está sólo referido a la posesión y mensuración de productos, ya sean físicos o intangibles, como el conocimiento, sino a la posesión y mensuración del tiempo. Nos referimos a mensurar no sólo en su acepción de medir, sino también de juzgar y


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valorar. El capitalismo, muy lejos de considerarse un sistema económico, constituye un sistema de relaciones completo pero, a diferencia de la cultura, estéril en la generación tiempo. Existe depredando tiempo. El capital es, ante todo, una relación social vacía que se sostiene mediante la generación de artificios de temporalidad. Ello lo realiza a partir de la aplicación de valor, es decir mediante la transformación de los sujetos y sus relaciones (constelaciones de tiempo) en mercancías, y su consecuente transformación en dinero. La base sobre la que se fundamenta el desarrollo capita es el de poder disponer del tiempo de las personas a cambio de dinero para invertir dicho tiempo en acciones para generar ganancia. El capitalismo es un sistema de relaciones en el que se compra y vende tiempo de vida de las personas, y cuanto más rápido es el retorno del tiempo más aumenta la ganancia. Por eso, la velocidad deviene en virtud, y disponer del tiempo de las personas, poder. Cuánto mayor es la reducción del proceso de inversión, más explotación se ejerce sobre el proceso de trabajo y mayor creación de valor y plusvalía. Así, para desarrollar el sistema, es preciso que cada vez haya mayor velocidad y mayor volumen de tiempo al servicio de la producción, el cual se absorbe, obviamente, de las relaciones no capitalistas. En conclusión, la disposición del tiempo en forma exponencial de las personas para la generación de ganancia supone, en último término, pérdida significativa de la apreciación de las personas sobre su propia cultura, ya que el capital ejerce control sobre su tiempo de trabajo activo (propiamente de producción) y sobre el tiempo de trabajo pasivo (el de consumo). El capitalismo genera desarrollo capitalista pero, ante su insaciable depredación de tiempo, produce subdesarrollo cultural, es decir, humano. Deshace las relaciones que generan el tiempo propio de los pueblos e inserta a sus miembros en un solipsismo alienador. La base de su increíble desarrollo reside en su origen: el colonialismo. Capitalismo y colonialismo comparten un mismo origen histórico y ambos

subsisten de la base hipócrita del sistema que juntos conforman, porque precisan de: De sociedades capitalistas de consumo sobre las que rotar el capital y poner como únicos modelos posibles de desarrollo, es decir, de interpretación y gestión del tiempo. De sociedades sometidas a la explotación del proceso de trabajo para abaratar costos, a las que expone a la velocidad y, por ende, a la depredación con el fin de generar vías artificiosas hacia su modelo de desarrollo que generen ambición por acercarse al modelo de las sociedades capitalistas de consumo. Su evolución, no obstante, es imposible, ya que el capitalismo depende precisamente de extensas sociedades sometidas para sustentar pequeñas sociedades con gran capacidad de consumo. El modelo de riqueza del capitalismo se fundamenta en la existencia de enormes capas de pobreza. El capitalismo no puede sobrevivir sin el sometimiento de los pueblos. Por eso, aquí observamos que, por un lado, el capitalismo es un sistema completo porque posee su propio modelo de desarrollo, a expensas de la pluralidad de modelos de desarrollo; y, por el otro, que hoy no ser sujeto de consumo significa no formar parte del sistema y, como tal, no formar parte de la historia, actualmente escrita por las sociedades capitalistas. Por consiguiente, el capitalismo genera sociedades paralelas sin historia oficial que conforman la historia subalterna de los sometidos, de los que no existen, a los que se les extrae el tiempo mediante el establecimiento del binomio capital/Estado (construcciones políticas evolucionadas del colonialismo). Lo nuevo, como temporalidad emergente, implica una lucha entre constelaciones de poder no superadas y la insurgencia de otras. En su forma liberal, la autonomía es parte de una constelación burguesa del poder. Pensada como categoría crítica, la autonomía es un movimiento de negación de la hegemonía en tanto categoría de dominación consustancial a la forma capital/Estado. En ese sentido, la autonomía es un proceso de rebasamiento


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de la dominación que se mueve produciendo una temporalidad de emancipación; esto es, un modo de organización del tiempo radicalmente diferente a la temporalidad abstracta y vacía del capital y de las instituciones definidas por la forma valor. Sergio Tischler Visquerra34

En Guatemala observamos claramente el mantenimiento de procesos de colonización tan necesarios para mantener activo el sistema capitalista. Vemos la colonización interna, liderada por la oligarquía, y externa, liderada por las transnacionales y las organizaciones internacionales del capital, que prefieren: • Exportar e importar productos para el perfeccionamiento de un solo modelo de desarrollo, antes que generar estabilidad económica y soberanía alimentaria interna, porque la estabilidad generaría sujetos colectivos y ciudadanos de pleno derecho que reclamarían su propia historia y liderar su propio destino. • Reducción a su mínima expresión del Estado (privatizando servicios públicos, reducción de impuestos al proceso de desarrollo capitalista), porque un Estado fuerte generaría ciudadanos de pleno derecho capaces de crear sujetos colectivos con su propio tiempo y su propia interpretación de desarrollo. Ésta es la base a partir de la cual se construyen las estructuras en Guatemala, cuyo mantenimiento permite: • Orientar el proceso de desarrollo de los pueblos hacia una sola visión del mundo y de la vida, que supone por ende su destrucción. • Mantener una estructura que reduce los pueblos a mano de obra poco cualificada y, por ello, barata.

34

Tischler Visquerra, Sergio. Tiempo y emancipación. Mijaíl Bajtín y Walter Benjamín en la Selva Lacandona. F&G Editores. Cuadernos del presente imperfecto Nº 3.Guatemala, enero de 2008

• Mantener a gran parte de la población como engranajes del proceso de producción. Ante esta exposición observamos claramente la consumación del racismo estructural en el código mismo que regula las relaciones entre personas y grupos en Guatemala debido a que, a raíz del colonialismo, se han construido las estructuras en pro de una sola forma de relacionarse y en detrimento de todas las demás. Como vimos en la interpretación del tiempo que hacían anteriormente los diversos pueblos de Guatemala, la ruptura de sus relaciones, causadas por la ruptura de su temporalidad, genera, ante todo, divisionismo, precisamente por la destrucción de sus relaciones complejas propias de su sistema cultural. El capitalismo, y su constitución política en capital/Estado genera, en última instancia, homogeneización y exterminio de la diversidad cultural. El área ixil ha sido objeto de malas experiencias en relación a la ayuda externa obtenida. Hay una sospecha que planea sobre nuestra conciencia comunitaria. Si nuestra fuente de financiamiento no viene de la comunidad sino del exterior, de la cooperación internacional y los programas sociales paternalistas y existenciales para ser claros, ¿no estamos siendo algo hipócritas con nuestras demandas? Recibiendo apoyo externo estamos matando la verdadera raíz de la organización comunitaria. En el área ixil hemos tratado de incrementar la autoayuda, la autogestión. Eso genera comunidad, eso nos hace hablar entre comunidades, pero es complicado ante tanta ong y agencia de cooperación. La cooperación internacional ha funcionado para que nuestras iniciativas pierdan autonomía en su desenlace, rivalicen para obtener el dinero, pierdan contacto con la realidad y se marchite la cooperación entre comunidades, fuente de trabajo que en realidad debería de ser la principal promotora y sostenedora de los procesos de nuestro desarrollo. Nos tratan como beneficiarios y no como usuarios con capacidad de decisión, con voz. Aquí para ellos sólo somos pobres necesitados de ayuda. La corrupción, aunque no es una consecuencia solo suya, es su resultado más claro, y con ella la debilidad de nuestras instituciones. Intergeneracional, 06/09


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LA DESIGUALDAD ESTRUCTURAL Existe un desequilibrio cada vez menos favorable en la sociedad guatemalteca, y es que la incoherencia entre los planes de gobierno y la estructura del Estado (sujeto colectivo) ante la realidad plural dificulta grandemente que los colectivos que lo componen puedan ejercer sus derechos colectivos y exigir que se cumplan. Las estructuras del Estado se reproducen en lo comunitario mediante fuertes mecanismos de alienación que fragmentan la colectividad e inducen a una comprensión de la diversidad cultural desligada de cualquier raíz de reivindicación política y territorial, es decir, la desnudan de toda capacidad de transformación y la presentan como mera expresión artística y folklórica con el fin de convertirla en mercancía. La diversidad cultural queda anclada al pasado, estática y muerta, aun pese al reconocimiento de los derechos colectivos y la planificación de soluciones (de escasa o nula implementación). El impacto de las desigualdades estructurales en la formación y desarrollo de colectivos en Guatemala es un hecho. Realizar un análisis profundo de su forma de operar y sus expresiones tanto a nivel comunitario como regional y estatal, así como sus repercusiones en las relaciones interpersonales, institucionales, normativas y estructurales, puede ayudarnos a conocer el grado de pluralismo o monismo con el que se fundamenta y se desarrolla el Estado. Este aspecto es crucial para hacer dos cosas: primero, para visualizar hasta qué punto el Estado es o no en realidad un órgano etnocida y monista cuyas estructuras operan como un sistema integral y complejo que fragmenta los colectivos culturales e individualiza la acción de sus miembros; y segundo, para visualizar cómo opera este sistema y construir de forma colectiva acciones alternativas para la reconstrucción plural del Estado desde lo comunitario, en base a la diversidad cultural, a la realidad de las bases y a partir de la generación de conciencia colectiva.

A lo largo del 2008, y a partir de una serie de mesas de debate, foros, entrevistas e investigaciones, se analizaron, con la participación de académicos, miembros de organizaciones civiles, de la cooperación internacional, de la administración pública e investigadores, las relaciones que a nivel estructural se dan en los ámbitos económico, jurídico, político, social y cultural en Guatemala. El objetivo era establecer cuáles eran los mecanismos que imposibilitan el desarrollo de colectivos así como su capacidad para interpretar y ejercer sus derechos. En base a este objetivo, se concretó una definición de desigualdad estructural:35 Desigualdad Desigualdad estructural Reproducción sistemática de relaciones asimétricas por parte del Estado con la finalidad de mantener la hegemonía de grupos de poder. Excluye otras visiones y no responde a la realidad plural del país.

En el proceso de análisis se identificaron las desigualdades estructurales, sus efectos, mecanismos, dinámicas y causas. Este proceso de consulta y debate se volvió a abrir en el 2009. Se redefinieron, constatando lo siguiente. Las desigualdades estructurales son: DDEE1. El Estado está organizado para garantizar la concentración de la riqueza de los medios productivos y del sistema financiero en manos de una minoría para perpetuar la hegemonía económica, actualmente bajo la forma del sistema económico neoliberal. No existe acceso al uso político y administrativo del territorio más para los que detentan el poder político, económico y militar. DDEE2. El Estado se caracteriza por ser etnocéntrico, hecho que se observa en la aplicación monista del derecho de participación política y de

35

CANEK – Observatorio Cultural (2008). Construcción de comunicación intercultural aplicada. Guatemala: Librovisor. Ediciones alternativas del del Centro Cultural de España en Guatemala.


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igualdad de oportunidades en una realidad que es plural y desigual. Esto implica la perpetuación de un sistema que centraliza y concentra las decisiones en la formulación de políticas públicas, las cuales son sesgadas, incompletas, mono-culturales e insostenibles, ya que responden a los intereses de las élites, que ideológicamente son conservadoras y neoliberales. Las pocas políticas que se refieren a la consideración positiva de la diversidad cultural no son implementadas plenamente y son tratadas de forma superficial. DDEE3. El desigual acceso a los medios de comunicación y de difusión se expresa en la defensa de los intereses de los sectores dominantes y en la criminalización o silenciamiento de las reivindicaciones de los movimientos sociales. DDEE4. Existe una hegemonía de la lógica occidental, patriarcal y del español como lengua oficial y franca que no responde a la diversidad lingüística ni a la pluralidad de formas de pensamiento, de organización y de expresión del país. Los efectos de las desigualdades estructurales afectan a la capacidad individual para construir relaciones interpersonales horizontales. En su identificación se tomaron en cuenta los fenómenos que impiden actitudes y conductas individuales y colectivas de aceptación tanto de la propia identidad cultural como del culturalmente distinto. También se tomaron en cuenta los fenómenos que impiden establecer, mantener y fomentar la comunicación destinada al conocimiento mutuo, a la interacción positiva entre culturas y a la toma de decisiones de forma conjunta. Se identificaron los siguientes efectos: E1. Concentración de la riqueza. Se reproduce la estructura de desigualdad mediante la distribución sin equidad del recurso financiero, la tierra, la tecnología y los medios de producción. E2. Agravamiento del desempleo.

E3. Agravamiento de la pobreza y de la extrema pobreza. E4. La carga tributaria privilegia a ciertos sectores de poder y no hay regreso del impuesto para el desarrollo local. E5. No existe un proyecto nacional que convoque a todos y a todas. En consecuencia, lo local se convierte en un fin en si mismo. E6. No hay acceso a servicios sociales y públicos que cubran las necesidades esenciales básicas y que tengan en cuenta la realidad plural. E7. Aunque la mayoría de actos de discriminación y racismo están tipificados por la ley, éstos siguen impunes. E8. Se niega el acceso a la justicia impartida por los pares y se mantiene la brecha entre organización político-jurídica y la realidad plural. E9. Se niega el ejercicio de la ciudadanía por ser indígena y/o pobre. E10. Eliminación y enajenación del y la ciudadana. E11. Los servicios sociales reproducen la visión de que el indígena forma parte de una cultura monolítica y atrasada. E12. El sistema estructural se fundamenta en el racismo, y propicia la discriminación y la desconfianza en el espacio público local. E13. Las instituciones cambian, pero se mantiene el esquema de reproducción de relaciones sociales desiguales y, por ello, perdura la represión de la organización local. E14. La migración interna y externa aumenta. Existe un aumento de la movilidad humana en busca de mejoras en la calidad de vida, con la fragmentación social que ello implica a nivel local. E15. Politización de la justicia y generación de leyes y reglamentos para intereses particulares. El sistema de justicia y el sistema de partidos políticos responden al modelo económico. E16. Paulatina ruptura del sistema local étnico de dominación y del modelo de propiedad (paso de propiedades de ladinos a indígenas) en el marco de un mimetismo político que no permite cambios reales de fondo.


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E17. Se procede a la alienación36 cultural: negación de lo propio para acceder al sistema. Para existir es preciso insertarse en el espacio público y para ello es necesario obviar la cultura y despojarse de los rasgos de identidad. El resultado es el exterminio de mentes y el fascismo colectivo. E18. Existe una escasa capacidad para generar una renovación generacional y hay ausencia de liderazgos orgánicos. E19. Los movimientos sociales solo aparecen en los medios de difusión cuando acontecen actos de violencia. Se niega su acceso para la construcción de historias alternas al discurso oficial. E20. El movimiento social está fragmentado y dividido. En su interior se reproduce la ideología dominante. E21. En todo trámite ante una instancia pública la documentación y el proceso se realizan estrictamente en español, hecho que excluye a una parte importante de la población que no entiende o domina totalmente el idioma oficial. E22. Se aplica un sistema de educación mono cultural que no permite el desarrollo de la identidad local. Hay una gran carencia de gente capacitada, es decir, de profesionales, formada según sus propios cánones culturales. E23. Los operadores de justicia no responden a las necesidades de la población y no están articulados con las instituciones locales/comunitarias de justicia. E24. El dominio del idioma oficial genera elitismo en las esferas de poder de los ámbitos locales. E25. El etnocentrismo y los intereses particulares imperan en el diseño e implementación de políticas públicas.

36

Alienación [cultural]: La alienación cultural consiste, en esencia, en la interiorización espontánea o inducida de un pueblo de la conciencia y de la ideología de otro, correspondiente a una realidad que les es extraña y a intereses opuestos a los suyos. Darcy. Dilema de América Latina. Siglo XXI, México 1971 (en: Revista Confluencia, año 1, invierno 2003. Mendoza, Argentina).

Los mecanismos de las desigualdades estructurales afectan a la construcción conjunta de relaciones institucionales plurales. En su identificación se tomaron en cuenta los fenómenos que impiden las transformaciones institucionales internas necesarias para un cambio de paradigma de lo monista a lo plural. También se tomaron en cuenta los fenómenos que impiden a todos los actores individuales y colectivos de poder vivir en sociedad y de poder converger en una unidad que permita su convivencia pacífica sin menoscabo de ninguno de ellos. Se identificaron: M1.

Mantenimiento subdesarrollado de las capacidades de conciencia y práctica ciudadana.

M2.

Imposición de modelos de consumo que son externos, alienantes y deshumanizadores.

M3.

Distribución incoherente y sin pertinencia del presupuesto público. Disminución y mal uso del gasto público.

M4.

El privilegio que concede el Estado a los intereses del capital nacional monopólico y a la inversión extranjera antes que la posesión y administración local del territorio.

M5.

Uso del sistema económico para determinar el sistema político.

M6.

Los movimientos sociales empujan avances económicos y políticos, pero no empujan cambios ideológicos a nivel estructural.

M7.

La aplicación del terror y el miedo.

M8.

El análisis jurídico: aplicación sesgada del Derecho para garantizar los intereses de las elites económicas y militares.

M9.

La operación de instituciones públicas y el ofrecimiento de servicios básicos carecen de una visión de la realidad plural y de una práctica consecuente.

M10. Manipulación según intereses particulares de las políticas públicas. M11. Privatización de servicios públicos. M12. La limitación e inadecuación de las consultas populares.


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M13. Inserción forzada y desigual en la globalización.

D4.

Existe un fuerte centralismo estatal que se encuentra desarticulado de la realidad local. En consecuencia no hay garantías de que la participación local permita la incidencia y la participación nacional.

M15. La ausencia de medios de comunicación alternativos y la generación de desinformación, información falsa y naturalización de la desigualdad por parte de los medios de difusión, los cuales criminalizan la defensa de derechos y territorios.

D5.

Se aplica la igualdad formal en un contexto plural y desigual.

D6.

El Estado y sus instituciones carecen de legitimidad debido al monismo cultural que fundamenta sus estructuras y al no reconocimiento de sistemas jurídicos y de representación local alternos.

M16. Las negociaciones y sus acuerdos se realizan estrictamente en español.

D7.

M17. Incoherencia de la enseñanza monista del Derecho ante una realidad plural.

Los partidos políticos no responden ni a la voluntad colectiva de la localidad ni de los movimientos sociales nacionales.

D8.

El mimetismo político induce a la reproducción del sistema imperante.

D9.

La primacía del poder económico permite a las elites el control y monopolio del poder político, el cual margina la pluralidad ideológica.

M14. La declaración de Estado de Prevención se utiliza para disuadir reuniones de los movimientos sociales.

M18. El sistema educativo y los medios de difusión son los principales reproductores de la ideología dominante. Las dinámicas de las desigualdades estructurales afectan a la construcción conjunta de relaciones normativas plurales. En su identificación se tomaron en cuenta los fenómenos que impiden nuevas transformaciones o síntesis culturales resultantes de intercambios culturales, y de los principios, valores y leyes que establecen. Se tomaron en los fenómenos que impiden generar normativa fundamentada en la realidad plural y con legitimidad. También se tomaron en cuenta los fenómenos que impiden situar la diversidad como principio constituyente vertebrador de la sociedad, es decir de considerar decisiones colectivas y la plena distribución democrática del poder. Se identificaron: D1.

Se prioriza una economía nacional abocada a la exportación antes que la consolidación de una política de seguridad alimentaria para los más desprotegidos.

D2.

Se privilegia el pacto capitalista por encima del factor trabajo.

D3.

Se antepone la comprensión de la tierra como un bien de producción antes que la comprensión de territorio de la localidad.

D10. La práctica monista es reiterada en el diseño de políticas públicas. Existe el control e imposición de un pensamiento único. D11. Existe una escasa capacidad para la formación de nuevos liderazgos. D12. Las agencias de cooperación internacional generan una política de Estado de dependencia tanto financiera como política. D13. El monopolio de los medios de difusión. D14. Se impone el concepto de democracia funcional y participativa del modelo dominante. D15. El ejercicio de poder es en extremo vertical y jerárquico. D16. La doctrina y la legislación sin carácter plural. Las causas de las desigualdades estructurales afectan a la construcción conjunta de relaciones políticas y estructurales plurales. En su identificación se tomaron en cuenta los fenómenos que impiden la adquisición de nuevas modalidades en las instituciones y estructuras estatales. Se tomaron en cuenta los fenómenos que impiden a todos los actores colectivos de poder vivir en sociedad y de poder converger en una unidad que permita su convivencia pacífica sin menoscabo de ninguno de ellos. Se identificaron:


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C1. La economía de privilegios y la inequidad en el sistema tributario. C2. Herencia de un Estado racista y colonial excluyente y discriminador que mantiene procesos de colonización interna y que permite la concentración y centralización del poder económico, político, religioso, ideológico, social y cultural en manos de la oligarquía.

Sistema de relación de las desigualdades estructurales (DDEE)

Efectos de las DDEE

C3. El androcentrismo no permite un cambio generacional ni ideológico.

Mecanismos de las DDEE

C4. El miedo fragmenta la sociedad: genera división y una visión de la otredad deformada y amenazadora, lo que implica la incapacidad de ver al otro y a la diversidad cultural como riqueza.

Dinámicas de las DDEE Causas de las DDEE

C5. La división política y administrativa del país.

Los efectos, mecanismos, dinámicas y causas de las desigualdades estructurales no son fenómenos diferenciados: se trata de cuatro dimensiones, cuatro formas de ver las desigualdades estructurales según el nivel de observación que adoptemos. Si observamos los efectos estamos viendo el impacto y la influencia de las desigualdades estructurales a nivel comunitario, en las relaciones entre personas; en los mecanismos estamos viendo su impacto e influencia en las instituciones; en las dinámicas estamos viendo su impacto e influencia en la generación y ejecución de la normatividad, es decir de la parte legal; y en las causas estamos viendo su impacto e influencia en las decisiones políticas a nivel estructura. Estas cuatro dimensiones muestran una verdadera radiografía del tipo de sistema que opera en Guatemala en todas sus vertientes y niveles de relación. Como ejemplifica el gráfico siguiente, estas cuatro dimensiones de las desigualdades estructurales están interrelacionadas y se sostienen entre sí.

Todos los fenómenos que expusimos anteriormente están interrelacionados, es decir no operan de forma individual sino en conjunto y una acción sobre ellos debe ser también integral para ser eficaz. Con la finalidad de analizar con más precisión su impacto en la capacidad de los colectivos para desarrollarse y transformar su realidad, y la manera en que afectan al ejercicio de los derechos colectivos, los agrupamos de las siguientes áreas de incidencia, para saber cómo afectan en: Los aspectos económicos Los aspectos de acceso a servicios del Estado Los aspectos de acceso a la justicia Los aspectos sociopolíticos y de organización Los aspectos de expresión y transmisión de valores Los aspectos de racismo y discriminación Mostramos seguidamente los resultados del análisis:


54 EN LOS ASPECTOS ECONÓMICOS Los derechos colectivos directamente afectados son: El derecho colectivo a la propiedad y posesión del territorio y del patrimonio natural El derecho colectivo al desarrollo de la ciencia y la tecnología El derecho colectivo a la autosuficiencia y al desarrollo de la industria autóctona La esfera de la Cultura material está afectada por

Desigualdades Estructurales (DDEE) DDEE 1 DDEE 2 DDEE 4

Causas (C)

Dinámicas (D)

C1 C5

D1 D3 D4 D9

Mecanismos (M) M1 M2 M3 M7

M 11 M 12 M 13 M 16

EN LOS ASPECTOS DE ACCESO A SERVICIOS DEL ESTADO

Efectos (E) E1 E2 E3 E4 E 14

Los derechos colectivos directamente afectados son: El derecho colectivo a la representatividad y participación en la vida política El derecho colectivo a la paz, la libertad y la seguridad El derecho colectivo a la autonomía, a la autodeterminación, al autogobierno, a la autorregulación y al libre ejercicio de la soberanía La esfera de la Cultura social o política está afectada por

Desigualdades Estructurales (DDEE)

Causas (C)

DDEE 1 DDEE 2 DDEE 4

C1 C2 C5

Dinámicas (D) D1 D2 D3 D7

D9 D 10 D 14 D 15 D 17

EN LOS ASPECTOS DE ACCESO A LA JUSTICIA

Mecanismos (M) M1 M2 M3 M5 M6 M8

M9 M 11 M 13 M 16 M 17

Efectos (E) E6 E 11 E 21 E 22

Los derechos colectivos directamente afectados son: El derecho colectivo a la representatividad y participación en la vida política El derecho colectivo a la paz, la libertad y la seguridad El derecho colectivo a la autonomía, a la autodeterminación, al autogobierno, a la autorregulación y al libre ejercicio de la soberanía La esfera de la Cultura social o política está afectada por

Desigualdades Estructurales (DDEE)

Causas (C)

DDEE 1 DDEE 2 DDEE 4

C1 C2 C4

Dinámicas (D)

Mecanismos (M)

D2 D3 D4 D5 D6

M1 M2 M5 M6 M7

D7 D 10 D 13 D 16

M8 M 10 M 13 M 16 M 17

Efectos (E) E7 E8 E 15 E 23


55 EN LOS ASPECTOS SOCIOPOLÍTICOS Y DE ORGANIZACIÓN Los derechos colectivos directamente afectados son: El derecho colectivo a la representatividad y participación en la vida política El derecho colectivo a la paz, la libertad y la seguridad El derecho colectivo a la autonomía, a la autodeterminación, al autogobierno, a la autorregulación y al libre ejercicio de la soberanía

La esfera de la Cultura social o política está afectada por

Desigualdades Estructurales (DDEE)

Causas (C)

DDEE 1 DDEE 2 DDEE 3 DDEE 4

C2 C3 C4

Dinámicas (D)

Mecanismos (M)

D2 D3 D4 D7 D8 D9

M4 M5 M6 M7 M8 M 10

D 10 D 11 D 14 D 15 D 16 D 17

M 12 M 13 M 14 M 15 M 16 M 17

Efectos (E) E5 E9 E 18 E 19 E 20

EN LOS ASPECTOS DE EXPRESIÓN Y TRANSMISIÓN DE PRINCIPIOS Y VALORES Los derechos colectivos directamente afectados son: El derecho colectivo al idioma El derecho colectivo a la espiritualidad El derecho colectivo al patrimonio cultural y a los símbolos de identidad El derecho colectivo a la educación El derecho colectivo a los medios de comunicación

La esfera de la Cultura simbólica está afectada por

Desigualdades Estructurales (DDEE)

Causas (C)

DDEE 1 DDEE 2 DDEE 3 DDEE 4

C2 C4

Dinámicas (D)

Mecanismos (M)

D3 D5 D6

M1 M2 M3 M6 M7

D 10 D 13 D 14 D 17

M 11 M 12 M 13 M 16 M 17

Efectos (E) E 10 E 16 E 17

EN LOS ASPECTOS DE RACISMO Y DISCRIMINACIÓN Los derechos colectivos directamente afectados son: El derecho colectivo al idioma El derecho colectivo a la espiritualidad El derecho colectivo al patrimonio cultural y a los símbolos de identidad El derecho colectivo a la educación El derecho colectivo a los medios de comunicación

La esfera de la Cultura simbólica está afectada por

Desigualdades Estructurales (DDEE)

Causas (C)

DDEE 1 DDEE 2 DDEE 3 DDEE 4

C2 C4

Dinámicas (D)

Mecanismos (M)

D3 D5 D6

M2 M5 M6 M7 M8

D 10 D 13 D 17

M 12 M 13 M 16 M 17

Efectos (E) E 12 E 13 E 24 E 25


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CONCLUSIONES: LA ESTRUCTURA PIRAMIDAL DEL PODER En base a estas desigualdades estructurales el actual Estado de Guatemala se sostiene sobre un sistema de poder piramidal en el que se concentran las decisiones, donde impera una sola forma de ver y entender el mundo que rechaza la pluralidad y en el que sólo un grupo poder centraliza las decisiones. Las consecuencias de este tipo de Estado han sido identificadas por Héctor Díaz Polanco en su libro La Rebelión Zapatista y la autonomía37:

Mantenimiento del proceso colonial: el Estado mono-cultural, centralizado y etnocida.

Colonialismo externo: funcionamiento del comercio internacional bajo la lógica del saqueo.

Colonialismo interno: construcción de un modelo de sociedad considerado el único válido, entidad políticamente centralizada y culturalmente homogénea.

Desconsideración de la organización comunal misma como patrimonio cultural que se debe preservar y desarrollar y extrema ponderación de factores culturales simbólicos (lenguas, vestimenta, arte…) que congela el sistema de relaciones que los produce.

Fractura de la identidad espacial.

Recreación de la comunidad: reducción del territorio al espacio vital de la comunidad y destrucción de pisos superiores de organización socioeconómica, cultural y política.

Vinculación directa de la comunidad con el Estado sin capacidad de generar un ordenamiento territorial más amplio ni una autoridad supracomunal.

37

Díaz Polanco, Héctor. La Rebelión Zapatista y la autonomía. Siglo veintiuno editores. México, 2007.

Atomización de los habitantes originales en infinidad de comunidades, herencia que dificulta poner en práctica proyectos de desarrollo integral para organizar su movimiento y consolidar políticamente su fuerza regional frente al Estado.

Esta estructura piramidal del poder sostiene un Estado:

Capaz de reconocer la diversidad cultural.

Capaz de reconocer derechos colectivos.

Siempre y cuando no implique transformaciones políticas relativas a la distribución del poder y a la organización del Estado ni cambios en el modelo económico.

Incapaz de hacer operativos dichos derechos colectivos porque no está preparado ni diseñado para ello.

Capaz de reverenciar la pluriculturalidad mientras ataca el fundamento mismo de la cohesión comunal: la organización socio política comunitaria y supracomunal.

En un esfuerzo por romper con este sistema, generador de exclusión y destrucción de la diversidad cultural, de pobreza y muerte, se han construido en el 2009, mediante procesos de trabajo y discusión plural, una serie de Políticas culturales que pretenden ofrecer guías mínimas para la construcción desde las bases de un Estado Plural reconocedor y representativo de la realidad diversa de Guatemala. Exponemos antes un análisis histórico que sustenta lo expuesto en este capítulo, tres experiencias en el reclamo y ejercicio de los derechos colectivos en Guatemala y un sistema de generación de conocimiento plural, esencial para crear nuevos puntos de poder y romper con la lógica del pensamiento único y centralizado que actualmente rige las estructuras de relación social, económica, política, jurídica y simbólica de Guatemala y de gran parte del mundo.


Enrique Gordillo Castillo

HISTORIA DE CONQUISTA Y EXPLOTACIÓN EN LA CONSTRUCCIÓN POLÍTICOADMINISTRATIVA DEL TERRITORIO DE GUATEMALA ÍNDICE El período colonial: la definición de los primeros territorios Conquista y definición de primeras fronteras: los derechos de conquista La implantación de la autoridad real: las leyes nuevas de 1542 y la creación de la audiencia de los confines Instituciones político-administrativas menores: ayuntamientos, corregimientos, alcaldías mayores y gobernaciones Las reformas político administrativas del siglo XVIII: el régimen de intendencias La primera experiencia ciudadana: el período de las Cortes de Cádiz y la ciudadanía española, 1808-1814


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El peso histórico de las regiones La independencia y el periodo nacional: la primera constitución guatemalteca y la nueva administración político-territorial Territorios perdidos por el Estado de Guatemala después de la independencia La fragmentación del territorio nacional El impacto del café Ferrocarriles y bananos Reflexiones finales Mapas del proceso histórico de división departamental de Guatemala de 1824 a 1985 Bibliografía Enrique Gordillo Castillo


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INTRODUCCIÓN El 13 de noviembre de 1995, un año antes de la firma de los Acuerdos de Paz, Rigoberto Quemé Chay ganó las elecciones para la alcaldía de Quetzaltenango. El hecho fue relevante, y no solamente por haber triunfado el único candidato k’iche’ entre los diez participantes, ni por haber sido el primero de esa etnia en asumir el más alto cargo edil en la segunda ciudad de Guatemala en más de un siglo. Fue el triunfo simbólico de una organización política local. No fue un logro obtenido bajo el ala de los partidos políticos anclados en Ciudad de Guatemala, el triunfo del Comité Cívico Xel-jú era el resultado de dos décadas1 de organización local. El acontecimiento no estuvo libre de polémica. A los seis meses de haber llegado a la municipalidad, Quemé ya era objeto de una oposición activa desde los medios locales. Sin embargo, el Comité Cívico Xel-jú participó en las elecciones municipales de Quetzaltenango para el período 2000– 2004 y nuevamente ganó.2 A pesar de que durante mucho tiempo no se reconoció oficialmente, Quetzaltenango ha tenido una tradición de organización social muy fuerte. Ante la supresión de la Alcaldía Indígena en 1894, por ejemplo, los antiguos Principales crearon la Sociedad El Adelanto para promover los derechos políticos, sociales, étnicos y económicos de los pueblos indígenas del área. Independientemente de los debates que se han desarrollado sobre la gestión de Rigoberto Quemé, el triunfo de Xel-jú evidenció que la organización social local se había fortalecido, lo que constituye uno de los cambios más notables de los últimos años: el arraigo de diversas formas de organización local en ámbitos que

1

Velásquez Nimatuj, Irmalicia. “Rigoberto Quemé Chay: Quemé es hijo de una familia de artesanos”, en El Periódico, 9 de julio de 2007. 2 Barrios, Lina (1998). La alcaldía indígena en Guatemala: de 1944 al presente. Guatemala: Universidad Rafael Landívar, Instituto de Investigaciones Económicas y Sociales; (2001). Tras las huellas del poder local: La alcaldía indígena en Guatemala, del siglo XVI al siglo XX. Guatemala: Universidad Rafael Landívar, Instituto de Investigaciones Económicas y Sociales.

incluyen lo político y lo municipal. En la actualidad cabe destacar el esfuerzo orientado a buscar una redefinición de lo regional desde las lógicas locales. El conflicto armado interno fue una experiencia terrible para Guatemala. No obstante, la dinámica de la guerra, el período de transición hacia la democracia y el proceso de las negociaciones de paz sacaron a la luz no sólo los grandes problemas históricos de desigualdad en el país, sino la posibilidad de promover acciones para revertirlos. A principios de los años ochenta Luis Alvarado Constenla y Carol Smith analizaron los desequilibrios territoriales de Guatemala partiendo del desarrollo de su sistema urbano. Para ese entonces Ciudad de Guatemala era ya 18 veces más grande que la segunda urbe del país, lo que evidenciaba un sistema con “primacía urbana”. Ambos autores revelaron que el crecimiento del área metropolitana de la capital se debía a migraciones internas y no a un crecimiento natural, e implicaba la excesiva concentración de todo tipo de servicios, instituciones y oportunidades en un lugar.3 A mediados de la década, se empezó a discutir seriamente en diversos sectores políticos y académicos la necesidad de romper con la lógica de una estructura centralizada en Ciudad de Guatemala. Una de las conclusiones evidentes, desde ese entonces, fue que no se podía promover un proyecto de paz y de desarrollo integral sin una democratización territorial. No obstante, el recorrido ha sido difícil porque ha significado enfrentar una tradición de control centralizado, basada en intereses económicos, que ha predominado durante siglos. Teóricamente, las formas de distribución del territorio en Guatemala han sido producto de la conjugación de tres elementos: (1) una ideología de Estado

3 Constenla, Luis Alvarado (1980). El proceso de urbanización en Guatemala. Guatemala: CEUR; Smith, Carol (1984, diciembre). “Desarrollo de la primacía urbana, la dependencia en la exportación y la formación de clases en Guatemala”, en Mesoamérica (Publicación del Centro de Investigaciones Regionales de Mesoamérica, CIRMA). Año 5, no 8, pp. 195-278; Gordillo Castillo, Enrique (2006). Debate teórico sobre el proceso de urbanización, el desarrollo de la primacía urbana y la metropolización en Guatemala. Serie: El proceso de urbanización en Guatemala 1944-2002. Volumen II. Guatemala: CEUR.


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particular, (2) las condiciones imperantes de una forma específica del capitalismo guatemalteco y (3) las dinámicas territoriales.4 En 1986 se emitió la Ley Preliminar de Regionalización (Decreto 70-86), que definió oficialmente las “regiones” de Guatemala. De acuerdo con Jorge Aragón, éstas fueron concebidas como demarcaciones espaciales efectuadas por el Estado con fines de organización territorial y con el objetivo de hacer más eficiente la distribución de la inversión pública y la presencia institucional. El concepto de regionalización fue introducido en los años sesenta mediante los Planes de Desarrollo (PLADES) —que seguían los lineamientos de la Escuela Francesa de Ordenamiento Territorial— gracias a la influencia de la AID y la CEPAL, que prestaron asesoría al gobierno guatemalteco. En ese modelo las regiones se concebían como espacios intermedios entre la administración central y la departamental, es decir, como instancias de coordinación territorial interinstitucional. En términos reales, la regionalización fue vista como una forma de ampliar la presencia estratégica del Estado y de aumentar el control sobre algunos territorios que habían quedado fuera del control oficial. La primera propuesta de regionalización fue elaborada en 1967 por el Ministerio de Comunicaciones y Obras Públicas sobre la base de anteproyectos anteriores realizados por el Congreso de la República (1962) y el Instituto de Fomento Municipal (1966). El proyecto de 1967 se oficializó 18 años más tarde y fue utilizado como base para la elaboración de un anteproyecto de Ley para la Regionalización y Funcionamiento de los Consejos de Desarrollo, y la posterior redacción de la Ley de los Consejos de Desarrollo (2002). Estos esfuerzos estatales han sido criticados porque, precisamente, continúan con la tradición de organizar el territorio desde una lógica centralizada.5

4

Constenla, Op. Cit. Aragón, Jorge Rafael (2008). Análisis del sistema de regiones en Guatemala. La regionalización oficial y otras propuestas 1967-2007. Guatemala: CEUR-USAC. 5

En la década de los noventa se iniciaron varios esfuerzos que buscaban identificar las diversas formas de expresión del poder local y de organización comunitaria. Ya desde entonces, instituciones que trataban de apoyar el proceso de paz plantearon la necesidad de fortalecer el municipalismo y toda forma de organización social local,6 pero sólo recientemente se ha percibido un cambio en la lógica para promover una definición de lo regional-territorial desde esa perspectiva. Aún es temprano para hacer un análisis de este proceso, no sólo por lo pionero, sino por la escasez de estudios específicos y la complejidad que representa la inclusión de todos los esfuerzos y logros. Hasta ahora los estudios disponibles se han centrado en el análisis de la organización territorial desde el Estado. Por su indudable importancia, este trabajo ofrece una síntesis del desarrollo de la organización territorial oficial que se ha creado desde ese ángulo. Esperamos que pronto se lleven a cabo análisis del desarrollo “desde abajo” que permitan analizar globalmente los cambios producidos en los últimos años. Se cuenta con diversos análisis sobre la evolución de la administración políticoterritorial de Guatemala, como el estudio de Flavio Quesada Saldaña y las investigaciones coordinadas por Gustavo Palma Murga y Arturo Taracena Arriola.7 Sin embargo, aún quedan muchas áreas por estudiar, como el desarrollo de la administración municipal. La ardua tarea de hacer una cartografía histórica del desarrollo municipal de Guatemala está aún abierta. Uno de los principales problemas —indicado por Taracena y sus colaboradores— es que en pleno siglo XXI la mayoría de municipios de

6

Ochoa, Carlos et al. (1993). Los contextos actuales del poder local: gobernabilidad y municipalismo. Guatemala: IRIPAZ. 7 Quesada Saldaña, Flavio (1983). Estructuración y desarrollo de la administración política territorial de Guatemala en la Colonia y la época independiente. Guatemala: CEUR; Palma Murga, Gustavo. (Coordinador). (1993). La administración político-territorial en Guatemala: una aproximación histórica. Guatemala: Escuela de Historia, USAC; Taracena Arriola, Arturo; Pira, Juan Pablo; y Marcos, Celia. Los departamentos y la construcción del territorio nacional en Guatemala 1825-2002. Guatemala: ASIES, s.a.


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Guatemala no tienen definidos oficialmente sus límites territoriales.8 Tampoco es posible en este momento trazar el desarrollo de las regiones construidas desde la organización social porque todavía son muy pocos los estudios disponibles. Christopher Lutz y George Lowell han hecho un esfuerzo pionero por tratar de explicar la formación de las regiones “occidental ladina” y “oriental indígena” utilizando las nociones de centro y periferia,9 pero pese a los estudios de Arturo Taracena sobre la formación del “regionalismo altense” y los de Lina Barrios sobre las alcaldías indígenas todavía queda mucho trabajo por hacer.10 Uno de los retos más importantes en el estudio de la evolución de la administración político-territorial de Guatemala ha sido explicar por qué se fraccionó tanto el territorio nacional. Si en 1825 eran solamente siete departamentos, ¿cómo se llegó a los 22 actuales?, ¿cuáles fueron las causas de esa división interna del territorio guatemalteco? Uno de los argumentos ha sido que la fragmentación que hoy conocemos se corresponde con la estructura implantada durante el período colonial, que obedecía a una lógica de control centralizado. La creación, en 1825, de siete departamentos fue un esfuerzo notable por construir una nueva regionalización basada en una distribución equilibrada de recursos económicos y humanos, tomando como modelo la “departamentalización” creada tras la Revolución

8 Taracena, Pira y Marcos. Op. Cit., p. 3. Lutz, Christopher H. y Lowell, George (1991). “Centro y periferia en la Guatemala colonial” en Lutz, Christopher H.; Lowell, George; Taracena, Arturo; y Ortmayr, Norbert. Territorio y sociedad en Guatemala, tres ensayos históricos. Guatemala: Centro de Estudios Urbanos y Regionales. 10 Taracena, Arturo (1991). “El desarrollo económico y las fronteras de Guatemala: El Estado de los Altos 1770-1838” en Lutz et al. Op. Cit.; Taracena, Arturo (2000). Invención criolla, sueño ladino, pesadilla indígena. Los Altos de Guatemala: de región a Estado (1740-1871). 2ª ed. Guatemala: CIRMA; Barrios. Op. Cit.

Francesa. Se trató de un primer proyecto de regionalización que buscaba romper con la estructura centralizada en Ciudad de Guatemala. Entre las razones del fracaso de este proyecto se encuentra, en primer lugar, el desconocimiento de las condiciones de desarrollo de cada uno de los departamentos que se crearon por la escasa información disponible y, principalmente, por la estructura económica vigente. Con el rompimiento del monopolio que los comerciantes de Ciudad de Guatemala ejercían sobre las provincias centroamericanas, el Estado se vio obligado a sobrevivir con sus propios recursos. Heredó una economía basada en el monocultivo de productos como el añil, la grana, el banano y el café con mercados inestables y en condiciones de total dependencia. El sistema funcionaba sobre la base del trabajo forzado, también heredado de la Colonia, que dependía totalmente de la estructura administrativa oficial. Eran los alcaldes quienes suministraban trabajadores —por medio de los mandamientos— a las fincas. Con el desarrollo del cultivo extensivo del café, se necesitaban no sólo grandes extensiones de tierra, sino el suministro permanente de trabajadores. Posteriormente, se desarrollaron otras estrategias alternativas al colonato, como las fincas de mozos, que garantizaban el suministro de trabajadores a las haciendas cafetaleras en momentos específicos sin tener que proveerles de alojamiento ni manutención permanentes en las fincas. Ambos sistemas requerían de controles rigurosos de la población trabajadora, fundamentalmente indígena. El experimento de los siete departamentos creados en 1825 se fue desplomando por la necesidad del Estado y de las élites de controlar las regiones productivas y, fundamentalmente, a las regiones proveedoras de trabajadores forzados. El desarrollo se fue dando de acuerdo con el potencial productivo específico de cada zona. Por otro lado, en el siglo XIX ocurrieron varios acontecimientos políticos que provocaron fraccionamientos del territorio con el objetivo de controlar a la población considerada rebelde. Destaca la creación del Estado de los Altos en 1838, que se separó del Estado, pero que fue finalmente sometido por la fuerza.


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Es también importante mencionar la Rebelión de la Montaña, en el oriente del país, que en 1838 y 1948 presionó fuertemente al gobierno central. De igual forma, el interés por controlar la zona norte se intensificó con el desarrollo de la Guerra de Castas, ocurrida en Yucatán a mediados del siglo XIX. En cuanto al desarrollo de la administración político-territorial oficial de Guatemala pueden identificarse tres grandes períodos. El primero empieza con la llegada de las primeras expediciones de conquista en 1524 y llega hasta la implantación de la autoridad real con las Leyes Nuevas y la redefinición institucional de 1542. Es una etapa de gran inestabilidad política provocada por el carácter que tuvo la conquista, que fue ejecutada por agentes privados. Si bien es cierto que la Corona vigiló en gran parte el proceso, permitió que los conquistadores actuaran con total libertad, utilizando y estimulando su ambición para ocupar rápidamente los territorios. El ámbito geográfico aludido es el del Reino de Guatemala, que abarcaba el territorio completo de la actual Centroamérica y parte del sur de México. Una de las características de este período es la inestabilidad de las primeras delimitaciones fronterizas, tanto por el desconocimiento del territorio como por las pugnas entre los conquistadores. El segundo período inicia en 1542 con la imposición de la autoridad real en el territorio y llega hasta la independencia de 1821. Esta etapa comienza con la promulgación e implantación de un instrumento jurídico (las Leyes Nuevas) emitido por la Corona española para detener los desmanes y arbitrariedades de los conquistadores y recuperar su poder absoluto sobre los territorios ocupados. La institución que se creó para representar el poder real fue la Audiencia, que quedó a cargo de la administración de gobierno y justicia en nombre del rey. El tercer período empieza con la declaración de independencia y llega hasta 1935, cuando se definen los 22 departamentos que integran actualmente el territorio guatemalteco. Esta etapa coincide con la división definitiva de Centroamérica y el reconocimiento oficial de los Estados que la integran en el

presente. En este lapso se produce la pérdida de territorios como Yucatán, Chiapas, Soconusco y Belice, y el surgimiento, en 1838, del Estado de los Altos como sexto miembro de la Federación Centroamericana. El período incluye también las reformas administrativas en Guatemala, de acuerdo con las diversas etapas de desarrollo económico del país (período conservador, o de los treinta años, y período liberal).

EL PERÍODO COLONIAL: LA DEFINICIÓN DE LOS PRIMEROS TERRITORIOS Lo poco que se conoce sobre las delimitaciones territoriales antes de la conquista se basa en documentos indígenas escritos con caracteres latinos en el siglo XVI. De manera muy general, sabemos que la forma de organización social se regía por el sistema de parentesco (patrilinajes) y la división en castas.11 Esta estructura fue total y rápidamente destruida con la llegada de los españoles. La conquista de los territorios americanos se realizó gracias a una cesión otorgada desde España a los agentes privados, aunque una vez consolidada la posesión y dominio la Corona reivindicó su soberanía sobre los nuevos territorios y sus habitantes, unos territorios cuyos límites fueron definidos arbitrariamente por las expediciones de los conquistadores. El proceso de redefinición de los nuevos límites territoriales no estuvo exento de problemas, debido a la coincidencia de tres expediciones (que habían partido desde México, Panamá y Santo Domingo) que reclamaron los derechos de los descendientes de Cristóbal Colón sobre las tierras descubiertas.

11

Barrios, Lina (1996). La alcaldía indígena en Guatemala: época colonial (1500-1821). Guatemala: Universidad Rafael Landívar, Instituto de Investigaciones Económicas y Sociales, pp. 35-38.


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Una vez consolidada la centralización del poder en 1542, los territorios indianos se dividieron en grandes unidades político-administrativas. La actual Centroamérica recibió entonces el nombre de Reino de Guatemala. Una de las primeras definiciones territoriales del istmo se derivó directamente de las Capitulaciones de Santa Fe, sostenidas entre Cristóbal Colón y la Corona. Según este contrato, Colón y sus descendientes tendrían derechos sobre las tierras descubiertas por él; en consecuencia, Diego de Nicuesa, hijo del genovés, reclamó el territorio de Veragua, que iba desde El Golfo de San Blas hasta el de Urabá o Darién.12 En este momento los conquistadores y primeros habitantes, siguiendo principios feudales, pretendían obtener para sí territorios independientes de la monarquía, lo que originó desde el principio problemas de jurisdicción, porque Alonso de Ojeda también reclamó derechos sobre el territorio de Veragua por habérsele otorgado la Gobernación de Nueva Andalucía, en la actual Colombia. Los conflictos de intereses se agudizaron con el nombramiento, en 1513, de Pedro Árias Dávila como gobernador y capitán general de la Audiencia de Tierra Firme. Estos ejemplos evidencian hasta qué punto las reclamaciones sobre la jurisdicción territorial eran arbitrarias.

CONQUISTA Y DEFINICIÓN DE PRIMERAS FRONTERAS: LOS DERECHOS DE CONQUISTA La conquista de Centroamérica se inició, desde el sur, con la expedición de Gil González Dávila hacia Nicaragua. Los conflictos surgieron inmediatamente por la ambición de Pedrarias Dávila, que reaccionó enviando a Francisco Hernández de Córdova desde Panamá para adelantarse en tomar posesión de Nicaragua. En su camino Hernández de Córdova fundó las ciudades de Granada y León e

inició la exploración de los grandes lagos, pero fue posteriormente ejecutado por Pedrarias Dávila por insubordinación. Por haber sido el primero en llegar, Gil González Dávila fue nombrado gobernador de Nicaragua, pero no pudo ejercer el cargo al encontrarse en medio de dos expediciones, la de Cortés, en el norte, y la de Pedrarias Dávila, en el sur, quien acabaría logrando que se le diera el título de gobernador de la Provincia de Nicaragua, que en ese momento no estaba sujeta a ninguna jurisdicción. Una de las características de este período es que los límites territoriales fueron definidos por los mismos conquistadores. En muchos casos estos acuerdos no fueron reconocidos por la Corona, como el arreglo entre Pedrarias Dávila y López de Salcedo en el que se establecieron los límites entre Comayagua y Nicaragua.13 Paradójicamente, las controversias entre los conquistadores, aunque caóticas y muchas veces violentas, aceleraron el proceso de ocupación. La ambición estimuló a muchos aventureros a llegar primero, para tomar posesión de grandes territorios reclamando derechos de conquista. Si bien es cierto que con ello legitimaban su dominio territorial con el objetivo de enriquecerse rápidamente, también es cierto que aceleraron el proceso de integración y administración de los nuevos territorios en beneficio final de la Corona. El caso de la conquista de Nicaragua es un buen ejemplo.14 Contraviniendo las Capitulaciones de Santa Fe, el rey no le otorgó Veragua a Diego de Nicuesa, sino a Felipe Gutiérrez; en todo caso, el territorio original de Veragua se fue reduciendo cada vez más con la definición de la Gobernación de Nicaragua. El objetivo desde la Corte era recuperar paulatinamente el control de los territorios; en consecuencia, en 1540, se otorgó a Diego de Gutiérrez el derecho de conquistar y poblar la Provincia de Cartago (que ocupaba la costa Atlántica de las actuales Nicaragua y Costa Rica). Finalmente fue Juan Vásquez

13 12

Quesada Saldaña. Op. Cit., pp. 23-24.

14

Ibíd., p. 28. Ibíd., p. 29.


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quien logró someter militarmente parte de los territorios de Cartago, con lo que se le otorgó el título de Adelantado de Costa Rica. En 1573 se definieron los límites de esa provincia y la jurisdicción de Nicaragua. Esta división territorial se mantuvo durante todo el período colonial.15 A la Audiencia de Tierra Firme o de Panamá, creada en 1538, se le dio jurisdicción sobre todos los territorios hacia el sur y sobre las provincias de Nicaragua (que incluía a Costa Rica y Panamá), en otras palabras: desde Nicaragua hasta el Estrecho de Magallanes. La conquista de los territorios del norte del istmo centroamericano fue más rápida que en el sur. Una de las razones fue que los habitantes de estas regiones integraban sociedades sedentarias y tenían un amplio desarrollo agrícola, lo que los expuso más fácilmente a los conquistadores. Otra de las razones que facilitó la invasión fue que las expediciones estuvieron al mando de un solo conquistador, Hernán Cortés, quien fue más hábil políticamente que Pedrarias Dávila y mantuvo la lealtad de sus capitanes, de ahí que hubiera cierta homogeneización y que se evitaran los enfrentamientos y litigios. En suma, la conquista de esta parte del istmo fue más organizada y se caracterizó por una dirección centralizada: cada conquistador obtuvo la asignación de un territorio de acción para dominar y poblar. El proceso se desarrolló con mucha celeridad, lo cual permitió la apropiación rápida de territorios y dio como resultado que, a pesar de haber llegado tardíamente a la región, la dominación concluyera más o menos al mismo tiempo que la conquista y ocupación desde el sur.

Iximché, que tres años más tarde se trasladó al Valle de Almolonga. Con este gesto se definió el centro de dominación y legitimación de los territorios conquistados y por conquistar. Las provincias de Chiapas, Soconusco, Yucatán, Cozumel, Guatemala y Honduras quedaron bajo la jurisdicción de la Audiencia de México, creada en 1527, por haber sido conquistadas por la misma expedición originaria. Pedro de Alvarado gobernó la Provincia de Guatemala hasta su muerte en 1541. Apenas unos meses después, la ciudad de Santiago fue destruida por un deslave del Volcán de Agua, con lo que se volvió a trasladar, esta vez al Valle de Panchoy (hoy Antigua Guatemala). Al igual que en Nicaragua, en Honduras hubo conflictos por la confluencia de varias expediciones y por la sublevación de Cristóbal de Olid. En términos administrativos, y por el origen de las expediciones, la Audiencia de Santo Domingo tuvo jurisdicción sobre Honduras hasta la creación de la Audiencia de México. Finalmente, Alvarado negoció la cesión del territorio de Honduras a cambio de Chiapas. Las provincias de Guatemala, Chiapas, Soconusco, Yucatán y Cozumel entraron a formar parte de la Audiencia de México.16

LA IMPLANTACIÓN DE LA AUTORIDAD REAL: LAS LEYES NUEVAS DE 1542 Y LA CREACIÓN DE LA AUDIENCIA DE LOS CONFINES

Hernán Cortés envió dos expediciones hacia el sur. Una por tierra, al mando de Pedro de Alvarado, y otra por mar, al mando de Cristóbal de Olid. Alvarado sometió rápidamente a los kaqchikeles y se dirigió hacia el territorio del actual El Salvador. El 25 de julio de 1524 fundó la Ciudad de Santiago de Guatemala en

La primera etapa de la conquista militar se caracterizó no solamente por el saqueo y el despojo de las riquezas de los territorios sino también por la total tolerancia de la Corona. El ofrecimiento de tierras e indígenas en forma de repartimiento y encomienda fueron el estímulo para promover la rápida

15

16

Ibíd., p. 34.

Ibíd., pp. 42-43.


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expansión y el control sobre las nuevas tierras.17 Inicialmente la Corona legitimó estos derechos definiendo y redefiniendo sus extensiones territoriales, resolviendo litigios y arbitrando las diferencias. Si bien es cierto que esto se hizo para regular parcialmente el proceso, el interés principal era tomar posesión de las mayores extensiones territoriales en nombre de los reyes de España. Al consolidarse la conquista se inició una nueva etapa en la que se crearon las instituciones necesarias para que la Corte recuperara su dominio sobre hombres y territorios. Esto se hizo con la promulgación de las Leyes Nuevas, emitidas en Barcelona el 20 de noviembre de 1542. Este instrumento jurídico fue la primera disposición emitada por la Corona para recuperar su soberanía. El contenido de dichas leyes se resume en tres aspectos: 1) la abolición de todo tipo de esclavitud, declarando que los indígenas eran vasallos tributarios del rey; 2) la reducción de los indígenas a pueblos, estableciendo un patrón de asentamiento y organización territorial para su protección, explotación y control tributario 3) la instauración de la Audiencia como aparato administrativo con jurisdicción territorial, de gobierno y justicia. En otras palabras los reyes controlaron y usufructuaron el nuevo orden, relegando el poder de los conquistadores a un segundo plano. La primera jurisdicción de la Audiencia de los Confines fue la siguiente: por el norte, Yucatán, Cozumel, Chiapas, Tabasco, Guatemala y Honduras; y por el sur, Castilla del Oro, Nicaragua y Cartago, quedando en el centro la Provincia de Honduras y, en ella, la capital de la Audiencia.18 El nuevo orden incluyó una división de la población con criterios étnicos que se denominó el sistema de las dos repúblicas. Con este mecanismo se pretendía proteger a los indígenas aislándolos de los españoles. Dentro de la Audiencia, el 17

A la cesión de grandes extensiones territoriales se le llamó repartimiento y al acto por el cual se “encomendaron indios para su cristianización” se le llamó encomienda. Ambas fueron las primeras instituciones utilizadas como incentivos para promover que los conquistadores tomaran posesión de nuevos territorios. En un primer momento la Corona toleró todos los vejámenes y abusos cometidos por los conquistadores, incluso la esclavitud de los indígenas. Para esto se utilizó el recurso del requerimiento, que era un documento que se leía a los nativos advirtiéndoles de que, de no someterse voluntariamente, serían sujetos de esclavitud. 18 Quesada Saldaña. Op. Cit., p. 49.

territorio quedó dividido en ciudades, villas y pueblos. Las dos primeras, ciudades y villas, fueron destinadas para el asentamiento de españoles y castas (república de españoles), y los pueblos fueron destinados para asentamiento de los indígenas (república de indios). A varios nobles indígenas se les reconocieron sus derechos y se les concedieron privilegios.19 Las comunidades indígenas participaron en la reestructura ordenada por las Leyes Nuevas, no solamente en la provisión de fuerza de trabajo para la construcción de las edificaciones necesarias, sino también en la decisión sobre la mejor ubicación para asentar los nuevos pueblos que ellos mismos ocuparían. La reducción de los pueblos de indios tomó alrededor de diez años. Con el traslado de la Audiencia de Gracias a Dios (Honduras) a la Ciudad de Santiago de Guatemala se dieron algunas modificaciones en cuanto a su jurisdicción, como la anexión de Soconusco en 1555. Las provincias de Yucatán, Cozumel y Tabasco fueron reincorporadas a la jurisdicción de la Audiencia de México en 1560. De manera que a la Audiencia de Guatemala quedaron supeditadas las provincias de Chiapas, Soconusco, Guatemala, Honduras, Castilla del Oro, Nicaragua y Cartago.20 Algo notable es que también en 1560 se restableció el sistema de gobernaciones, y se crearon cuatro: Honduras, Soconusco, Nicaragua y Costa Rica, que estuvieron vigentes hasta 1786, cuando se instituyó el Régimen de Intendencias. Las gobernaciones eran jurisdicciones territoriales político-administrativas intermedias. En 1563 Felipe II ordenó que la Audiencia de los Confines fuera trasladada a Panamá y que el territorio quedara dividido en dos: las provincias de Chiapas, Soconusco, Guatemala y Honduras quedarían agregadas a la Audiencia de México, y las de Panamá, Nicaragua, Cartago y Castilla del Oro integrarían la Audiencia de Tierra Firme. Inmediatamente se hicieron los reclamos por lo que implicaba trasladarse a cuatrocientas o quinientas leguas de distancia para poder acceder a la justicia,21 de tal forma que el 28 de junio de 1568 Felipe II ordenó que la Real Audiencia volviera a residir en Guatemala. Sin embargo, hasta 1570 no llegaron a Santiago el presidente y los oidores portando el Sello Real.

19

Barrios. Op. Cit., pp. 54-62. Quesada Saldaña. Op. Cit., p. 57. Ver gráfica 7. 21 Ibíd., p. 60. 20


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A la Audiencia de Guatemala se le suprimió la Provincia de Castilla del Oro, con lo que la nueva jurisdicción se redujo a las provincias de Chiapas, Soconusco, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Costa Rica.22 A partir de este momento se estabilizaron las demarcaciones territoriales. Se superó la primera etapa de conformación político-administrativa del Reino de Guatemala y se inauguró un nuevo período en el que se centralizó la atención real en el fraccionamiento político-administrativo de cada provincia en unidades territoriales menores, movimiento derivado de la necesidad de ejercer un control total sobre la fuerza de trabajo. Las Leyes Nuevas suprimieron temporalmente el sistema de gobernaciones provinciales.

INSTITUCIONES POLÍTICO-ADMINISTRATIVAS MENORES: AYUNTAMIENTOS, CORREGIMIENTOS, ALCALDÍAS MAYORES Y GOBERNACIONES Los ayuntamientos fueron la primera forma organizativa instaurada por los conquistadores y primeros pobladores españoles en Guatemala. En términos generales, su primera función histórica fue la de salvaguardar los intereses comunes de los primeros pobladores, así como legitimar las nuevas expediciones hacia territorios inexplorados. Teóricamente los ayuntamientos representaban la autoridad real. De acuerdo con la tradición, en ausencia del rey, la soberanía recaía en el pueblo, que se organizaba en ayuntamientos y gobernaba en su nombre en busca del bien común.23 Entre 1524 y 1542 los ayuntamientos fueron la única institución representativa de los intereses reales, por lo que adquirieron un poder político absoluto sobre los nuevos dominios. 22

Ibíd., p. 61. Ver gráfica 8. El ayuntamiento es la institución; la acción de reunión que ejecutan se llama cabildo, por eso se tiende a confundir ambos términos. Lina Barrios afirma que en Guatemala el término ayuntamiento se utilizó para las villas y ciudades, mientras que cabildo se usó para referirse a los pueblos de indios.

De este modo, el ayuntamiento era el organismo que normaba, regulaba y controlaba la vida económica y política, así como la explotación de los territorios conquistados. Regulaban los oficios artesanales, hacían nombramientos, resguardaban los intereses comunes, solicitaban exoneraciones a la Corona, otorgaban la posesión, ocupación y venta de tierras o solares, disponían sobre la construcción de edificios y la realización de obras, además de conocer y resolver conflictos. Su poder quedó disminuido y subordinado al instaurarse la Audiencia de los Confines; entonces entraron en una segunda etapa de su funcionamiento, en la que ejercieron las funciones delegadas por el rey para impartir gobierno y justicia en primera instancia, pero subordinados a la audiencia, que funcionaba como un órgano de gobierno superior y como tribunal de segunda instancia. Con las Leyes Nuevas se creó también el régimen de alcaldías o ayuntamientos en los pueblos de indios, en los que se reconoció la autoridad de los antiguos caciques dentro del nuevo orden. En cada pueblo había un número de funcionarios (alcaldes, regidores, alguaciles) que dependía de su tamaño e importancia. Todos los puestos eran repartidos entre caciques e indios principales.24 Las alcaldías indígenas fueron concebidas como instituciones de administración de gobierno y justicia a nivel local, vinculadas y subordinadas directamente a la audiencia. Los alcaldes indígenas también representaban la autoridad del rey para impartir gobierno y justicia en primera instancia, pero con la creación de estas alcaldías surgió la necesidad de establecer una instancia intermedia para la administración de unidades regionales mayores y para eso se crearon, en 1545, los corregimientos que actuaban entre la audiencia y los ayuntamientos que tenía bajo su jurisdicción un número de pueblos indígenas, originalmente encomendados. En esta segunda etapa los pueblos pasaron a ser

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Ibíd., pp. 98-107.


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tributarios del rey, quien a su vez podía ceder una parte a los encomenderos y sus descendientes. Además de los corregimientos, las Leyes Nuevas crearon también las alcaldías mayores como unidades de administración territorial intermedias. Éstas fueron establecidas para la administración de gobierno y justicia en las comarcas “realengas”, en otras palabras, aquellas que no habían sido otorgadas en encomienda. Varias alcaldías mayores tenían bajo su jurisdicción zonas estratégicas de extracción de metales y puertos. Los corregidores y alcaldes mayores tenían la potestad de conocer civil y criminalmente de todo lo que se ofreciese en sus distritos, tanto entre españoles, como entre españoles e indígenas y entre indígenas, así como de los agravios que recibieran los indígenas de sus encomenderos.25 Las gobernaciones se convirtieron en las extensiones político-administrativas mayores. Éstas fueron restablecidas entre 1560 y 1565 de manera definitiva. A finales del siglo XVI, existían 32 jurisdicciones político-administrativas: “De éstas, cuatro tenían título de gobierno, que eran Comayagua (Honduras), Nicaragua, Costa Rica y Soconusco: nueve alcaldías mayores, San Salvador, Ciudad Real, Tegucigalpa, Sonsonate, Verapaz, Suchitepéquez, Nicoya, Amatique, y las minas de San Andrés de Zaragoza: 18 eran corregimientos: Totonicapán, Quezaltenango, Atitlán, Tecpanatitlán o Sololá, Escuintla, Guazacapán, Chiquimula, Acasaguastlán, El Realejo, Matagalpa, Monimbo, Chontales, Queselguaque, Tencoa, Quepo, Chirripo, Pacaca y Ujarraz; y el Valle de Guatemala que con título de Corregidores, gobernaban los alcaldes ordinarios de esta ciudad”.26

Los corregimientos se establecieron en los lugares poblados por indígenas encomendados. De esta forma, el mayor número de corregimientos —nueve en total— fueron instaurados en la Provincia de Guatemala, abundantemente habitada por indígenas. Le siguió la de Nicaragua, con cinco, la de Costa Rica con cuatro y la de Honduras con uno.27 Las alcaldías mayores fueron establecidas en lugares en los que existía relativa riqueza, o bien un interés estratégico particular. Como se ha señalado, hubo nueve alcaldías mayores en el Reino de Guatemala. Las más importantes eran otorgadas para su administración directamente por la Corona, al igual que las cuatro gobernaciones. Los alcaldes mayores de menor rango y la totalidad de los corregidores eran nombrados por la Audiencia de Guatemala. La administración y gobierno del Valle de Guatemala le correspondía a un corregimiento que tenía varias funciones administrativas únicas. La audiencia no estaba autorizada para nombrar corregidores; más bien el ayuntamiento de la Ciudad de Santiago nombraba a sus alcaldes ordinarios, que ejercían el oficio de corregidores del valle durante seis meses cada uno.28 A finales del siglo XVII la división político-administrativa del Reino de Guatemala quedó dividida en 11 corregimientos que eran Atitlán, Tecpanatitlán o Sololá, Escuintla, Guazacapán, Acasaguastlán, Chiquimula, El Realejo, Matagalpa, Totonicapán, Quezaltenango y el Valle de Guatemala; nueve alcaldías mayores (que eran las mismas de fines del siglo XVI) Suchitepéquez, Nicoya, Tegucigalpa, Ciudad Real, San Salvador, Sonsonate, Verapaz, Amatique y Minas de Zaragoza; y las mismas cuatro gobernaciones de la tercera parte del siglo XVI: Nicaragua, Comayagua u Honduras, Costa Rica y Soconusco.29

25

García Peláez, Francisco de Paula (1934). Memorias para la historia del antiguo Reino de Guatemala. Tomo I. Guatemala: Sociedad de Geografía e Historia de Guatemala, p. 147. 26 Juarros, Domingo (1938). Compendio de la historia de la Ciudad de Guatemala. 3ª ed. Guatemala: Tipografía Nacional, pp. 38-39.

27

Quesada Saldaña. Op. Cit., p. 73. Juarros. Op. Cit., p. 39. 29 Quesada Saldaña. Op. Cit., p. 81. Ver gráfica 10. 28


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En las primeras décadas del siglo XVII disminuyó el interés de la Corona por algunas de las alcaldías. A esto se sumó el descenso de la población que provocó la depresión de varias regiones, por tanto la Corona emitió disposiciones para integrar poblados dentro de unidades mayores. Se dispuso, por ejemplo, la anexión de Amatique al corregimiento de Chiquimula y el de Minas de Zaragoza a la jurisdicción de Comayagua. Esta región había sufrido una depresión poblacional y económica, por lo que no se justificaba el gasto público que implicaba el mantenimiento de alcaldías mayores en la jurisdicción.30 En 1760 la Corona dispuso unir a Chiquimula el corregimiento de Acasaguastlán. Con la recuperación de la economía en las primeras décadas del siglo XVIII empezaron a adquirir importancia las regiones productoras de añil, lo cual motivó una recomposición en el control de poblados. Los corregimientos de Guazacapán y Escuintepeque adquirieron mayor protagonismo. La Corona decidió entonces unir ambos distritos y convertirlos en la alcaldía mayor de Escuintla. De igual forma, se unieron los corregimientos de Atitlán y Tecpanatitlán o Sololá, formando la Alcaldía Mayor de Sololá. El corregimiento del Valle de Guatemala fue dividido en dos para formar las alcaldías mayores de Sacatepéquez y Chimaltenango, lo que creó un grave conflicto de poder entre el ayuntamiento de la ciudad de Guatemala y la Real Audiencia.31 La división político-administrativa del Reino de Guatemala hasta mediados del siglo XVIII incluía cinco corregimientos (Chiquimula, El Realejo, Matagalpa, Totonicapán y Quezaltenango), 12 alcaldías mayores (Suchitepéquez, Sololá, Escuintla, Verapaz, Chimaltenango, Sacatepéquez, Tuxtla, Ciudad Real, Tegucigalpa, Nicoya, Sonsonate y San Salvador) y cuatro gobernaciones (Nicaragua, Comayagua u Honduras, Costa Rica y Soconusco).32

30 31 32

Ibíd., p. 84. Ibíd., pp. 84-85. Ibíd., p. 86. Ver gráfica 11.

LAS REFORMAS POLÍTICO ADMINISTRATIVAS DEL SIGLO XVIII: EL RÉGIMEN DE INTENDENCIAS Con el ascenso de la dinastía de los Borbones al trono español en el siglo XVIII se inició una era de cambios profundos. A mediados de siglo comenzaron las llamadas Reformas borbónicas, que abarcaron todas las instancias sociales y económicas, y que tuvieron repercusiones en lo político-administrativo. De ahí en adelante, los esfuerzos de la Corona se concentraron en hacer más eficiente el control administrativo de sus dominios, buscando extraer mayores riquezas y hacer rentables sus posesiones. En el ámbito que nos atañe, lo más importante fue la implantación del Régimen de Intendencias como nuevo sistema de administración territorial. Con este sistema se perseguía, en primer lugar, centralizar, uniformar, racionalizar y mejorar el gobierno de la monarquía española. En segundo lugar, se deseaba eliminar el sistema de alcaldías mayores y corregimientos, sustituyendo a los funcionarios respectivos por subdelegados de intendentes pagados por la Corona. A partir de este momento, las intendencias serían las circunscripciones territoriales intermedias y las subdelegaciones o partidos serían las circunscripciones menores. En tercer lugar se buscaba eliminar la venta de los cargos de corregidores y alcaldes mayores. Los subdelegados de intendentes serían pagados con un porcentaje (5%) de los tributos recaudados en el distrito, con lo que se buscaba resolver el problema de la mala administración de los territorios indianos derivada de la venta de los cargos mencionados. En el caso de Guatemala todas estas medidas trataban de romper con el monopolio que ejercían los comerciantes de Ciudad de Guatemala sobre el resto del territorio con el apoyo de alcaldes mayores y corregidores.33

33 Samayoa Guevara, Héctor (1978). Implantación del Régimen de Intendencias en el Reino de Guatemala. Guatemala: Editorial Piedra Santa; Quesada Saldaña. Op. Cit., pp. 92-93.


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A partir de 1764 se implantan intendencias en todos los territorios americanos de España. En 1785 se comenzó a crearlas en Guatemala, con las mismas ordenanzas creadas para Buenos Aires. La primera intendencia del istmo centroamericano fue la de San Salvador, creada por real cédula de 17 de septiembre de 1785 y con jurisdicción sobre San Salvador, San Vicente y San Miguel. La segunda intendencia (creada por cédula de 20 de septiembre de 1786) fue la de Ciudad Real, con jurisdicción sobre las provincias de Chiapas, Tuxtla y Soconusco. La tercera fue la de Nicaragua, también conocida como la Intendencia de León, erigida por cédula de 23 de diciembre de 1786 con jurisdicción sobre el gobierno de Nicaragua, y finalmente, por real cédula de 23 de diciembre de 1786 se creó la Intendencia de Honduras o Comayagua.34

Yucatán había quedado totalmente al margen de los movimientos independentistas surgidos en 1810 en la Nueva España (algunos sectores yucatecos incluso se habían manifestado en contra de cualquier proyecto independentista), lo que combinado con su relativo aislamiento geográfico, dada la distancia que la separaba de la capital, motivó su anexión temporal a Guatemala por real cédula de 16 de octubre de 1814.37

Las intendencias se crearon en las provincias que habían sufrido el sometimiento de los poderosos comerciantes de la capital y en el que habían participado los corregidores y alcaldes mayores provincianos. En la Provincia de Guatemala el sistema no fue aplicado por dos razones. Por un lado, desde inicios del dominio español la provincia poseía una comunicación comercial directa con la metrópoli. Por otro, la Corona pretendía únicamente romper con la estructura sobre la cual funcionaba el monopolio comercial, por lo que una vez logrado no había razón para entrar en conflictos con la élite de Ciudad de Guatemala.35

Los sucesos ocurridos en España en 1808, a raíz de la abdicación forzada de Carlos IV, la invasión francesa bajo las órdenes de Napoleón Bonaparte y la posterior captura y traslado de Fernando VII a Francia, provocaron una crisis en todos los territorios españoles. Inicialmente se dieron manifestaciones de apoyo a la resistencia en España, pero muy pronto los reinos americanos reclamaron sus derechos como partes integrantes de la monarquía en condiciones de igualdad y no como colonias subordinadas a la península. Tras una serie de discusiones se concluyó que los territorios de ultramar tenían los mismos derechos y jerarquías que los de la península. Se convocaron las Juntas de Cádiz que, con diputados electos en cada una de las provincias españolas, redactaron la Constitución de 1812, promulgada por las Cortes Generales de España el 19 de marzo de 1812. Ésta fue la primera experiencia de monarquía constitucional y tuvo vigencia hasta el 24 de marzo de 1814 con el retorno de Fernando VII al trono. Durante el período de vigencia de la constitución se declaró al monarca rey in absentia, y se crearon Juntas de gobierno provisionales en los reinos americanos para administrar en su nombre. De acuerdo con la tradición, en ausencia del rey la soberanía la ejercía el pueblo, por lo que se convocó a integrar

La división político-administrativa del Reino de Guatemala, después de la aplicación del régimen de intendencias y hasta antes de la independencia, fue la siguiente: cuatro intendencias (San Salvador, Ciudad Real, Nicaragua y Honduras), una gobernación (Costa Rica), ocho alcaldías mayores (Suchitepéquez, Sololá, Escuintla, Sonsonate, Verapaz, Totonicapán, Chimaltenango y Sacatepéquez), y dos corregimientos (Chiquimula y Quetzaltenango).36

LA PRIMERA EXPERIENCIA CIUDADANA: EL PERÍODO DE LAS CORTES DE CÁDIZ Y LA CIUDADANÍA ESPAÑOLA, 18081814

34

Ibíd. Quesada Saldaña. Op. Cit., p. 94. 36 Ibíd., p. 95. Ver gráfica 12. 35

37

Ibíd. p. 97.


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ayuntamientos constituciones en todos los territorios que contaran con más de mil habitantes. La Constitución de Cádiz otorgó la ciudadanía española a todos los varones originarios de territorios españoles. En otras palabras: los indígenas americanos fueron declarados ciudadanos y se les otorgó legalmente el derecho de elegir a los diputados a las Cortes, aunque en realidad esto no ocurrió en Guatemala.38 Paradójicamente muchos ladinos fueron excluidos de la ciudadanía por tener orígenes africanos (al margen de los territorios españoles). La Constitución de 1812, con su estructura de ayuntamientos constitucionales, entró nuevamente en vigencia en 1820 y fue el escenario sobre el cual se desarrollaron los movimientos independentistas latinoamericanos.

EL PESO HISTÓRICO DE LAS REGIONES Las tres regiones históricas que se conformaron en el período colonial fueron la de Los Altos (en el occidente de Guatemala), la del Oriente y la Región Central. Ésta se construyó alrededor de las ciudades de Santiago de Guatemala y, posteriormente, Nueva Guatemala de la Asunción, y ha tenido un papel hegemónico desde el siglo XIX tras el fin de la Federación. En términos territoriales, el resultado de la política española tuvo un impacto que ha trascendido hasta el siglo XXI. El aporte de Lutz y Lovell ha sido notable en el análisis de cómo esta política definió una diferencia entre la composición

38

Éste es uno de los temas que no se han estudiado aún en Guatemala. Hubo distintas experiencias a lo largo del continente. En algunos casos, como en el Ecuador, los indígenas ejercieron efectivamente el voto, al extremo de que el diputado electo para las Cortes de Cádiz fue un indígena. En Guatemala, como en otros lugares, se sabe que los comicios fueron manipulados y que los indígenas ni siquiera se enteraron de que había habido elecciones.

social y étnica del Occidente y el Oriente guatemaltecos.39 Ambos autores se basan en el aporte pionero de Murdo MacLeod sobre la división entre un Oriente “ladino” y un Occidente “indígena”, utilizando las nociones teóricas de centro y periferia (un “centro desarrollado” y una “periferia subdesarrollada”).40 Lutz y Lovell abordan el tema analizando la percepción de los recursos de los nuevos territorios, los patrones de tenencia de la tierra y de asentamientos y las características más sobresalientes de la vida económica y social. De acuerdo con esto, los españoles evaluaron la base de los recursos que encontraron según sus propios patrones culturales. Por el carácter empresarial de la conquista y la colonización, obviamente, preferían los lugares que les ofrecían mayores posibilidades de enriquecimiento, así como los que se parecían más a los lugares de donde provenían. Por eso, tuvieron preferencia por las que estaban al sur y al oriente de la capital. De esta forma, el “centro” quedó definido por la capital y la región bajo su jurisdicción (el corregimiento del Valle, al que correspondían los actuales Sacatepéquez, Chimaltenango y Guatemala) y las tierras orientales de Jalapa y Chiquimula, las tierras bajas del sur, a lo largo de la costa del Pacífico desde el Soconusco hasta Sonsonate. La “periferia” abarcaba una extensa región desde la sierra de los Cuchumatanes (los actuales Huehuetenango y El Quiché), la Sierra de Chamá (parte de Alta Verapaz, hasta la Sierra de la Santa Cruz, actual Izabal), además de las tierras bajas del norte, bañadas por los ríos Ixcán, Xaclbal, Chixoy y los afluentes superiores del río La Pasión. Una mayor presencia española, junto a una tasa acelerada de despoblación indígena, dio como resultado una región predominantemente mestiza,41 mientras que en la región occidental hubo poca presencia española, no sólo por las limitaciones legales, sino por las pocas posibilidades de enriquecimiento. 39

Lutz y Lovell (1991). Op. Cit., pp. 9-37. MacLeod, Murdo (1973). Spanish Central America: A Socioeconomic History, 1520-1720. Berkeley, Los Angeles: University of California Press. 41 Lutz y Lovell utilizan el término ladino como equivalente a mestizo o como personas con ascendencia maya, africana y española. 40


Lutz y Lovell afirman que la Corona fracasó en el intento de crear una “república de españoles” que coexistiera armoniosamente con una “república de indios”.

LA INDEPENDENCIA Y EL PERIODO NACIONAL: LA PRIMERA CONSTITUCIÓN GUATEMALTECA Y LA NUEVA ADMINISTRACIÓN POLÍTICO-TERRITORIAL La independencia de los territorios que formaron al antiguo Reino de Guatemala se desarrolló sobre la base de la estructura políticoadministrativa instituida por la Constitución de Cádiz, puesta nuevamente en vigencia en 1820. En uso de las facultades que se les otorgaron, varios ayuntamientos constitucionales optaron por adscribirse al Plan de Iguala, o Plan de las Tres Garantías, por medio del cual Agustín de Iturbide declaró la independencia de México en febrero de 1821. Ante la presión ejercida por los ayuntamientos de Chiapas, que circularon su declaración de adhesión al Plan de Iguala, el ayuntamiento y los notables de la Ciudad de Guatemala se vieron obligados a declarar una independencia provisional el 15 de septiembre de 1821. Por medio de la misma acta, se convocó la elección de diputados para integrar un Congreso que se reuniría en marzo de 1822 en Ciudad de Guatemala para decidir sobre una independencia absoluta. La presión porque el reino se anexara al Imperio Mexicano se hizo cada vez más fuerte.

Fuente: Lutz, Cristopher y Lovell, George (1991). “Centro y periferia en la Guatemala colonial”, en Territorio y sociedad en Guatemala: Tres ensayos históricos. Guatemala: CEURUSAC, pp. 9-37.

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Los productores provincianos se opusieron a la anexión porque veían que tras ella estaba la pretensión de conservar el statu quo; es decir, mantener a Guatemala como la capital del reino y a los guatemaltecos como los privilegiados del sistema. Las ciudades y regiones donde se asentaban los productores (Granada, San José, Tegucigalpa, San Salvador) se declararon partidarios de la independencia absoluta tanto de España, como de México y Guatemala. Por otra parte, los provincianos terratenientes conservadores eran partidarios de la anexión, pues veían la posibilidad de negociar el recorte de los privilegios hegemonistas de Guatemala. Entre estos últimos se encontraban las élites de las


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ciudades de Comayagua, León y Cartago. Finalmente, la élite guatemalteca también se declaró partidaria de la anexión, pero con la pretensión de que el Imperio Mexicano llenara el vacío dejado por España y respetara los privilegios que habían disfrutado por siglos los capitalinos. A pesar de las oposiciones, el 5 de enero de 1822 Gabino Gaínza declaró la anexión al proyecto de Agustín de Iturbide. Surgieron inmediatamente los primeros movimientos rebeldes para resistir la anexión, particularmente de los salvadoreños, que sufrieron la invasión militar de su territorio. Sin embargo, las aspiraciones imperiales se derrumbaron rápidamente, y a los pocos meses se instauró la República de México. Ante los acontecimientos, se convocó a las provincias centroamericanas a integrar el congreso previsto en el Acta del 15 de septiembre. Este congreso decretó la independencia absoluta de España, de México y de cualquier otro poder del Viejo Mundo el 1 de julio de 1823, formando las Provincias Unidas del Centro de América. La anexión al Imperio Mexicano había durado 18 meses.42 Cada uno de los nuevos Estados centroamericanos promulgó su propia constitución entre 1825 y 1826. Territorialmente Guatemala quedó conformada de la siguiente manera: Guatemala, con lo que hasta antes de la independencia fueron las alcaldías mayores de Suchitepéquez, Sololá, Escuintla, Verapaz, Totonicapán, Chimaltenango, los corregimientos de Chiquimula y Quezaltenango. Guatemala perdió la Alcaldía Mayor de Sonsonate, la cual estuvo bajo su jurisdicción provincial durante toda la Colonia.43 Las jurisdicciones de los nuevos Estados centroamericanos coincidieron con las intendencias creadas en el siglo XVIII. Esta división, expresada territorialmente en cinco Estados, fue el resultado de los intereses encontrados de las élites de

42 43

Quesada Saldaña. Op. Cit., pp. 101-103. Ibíd., p. 103.

cada provincia. Está claro que, en el fondo, se encontraba el resentimiento en contra de los comerciantes monopolistas de Guatemala y el anhelo por desarrollar sus propios vínculos comerciales con el exterior. En 1825, la Asamblea del Estado de Guatemala estableció que su territorio quedaba dividido en siete departamentos: Verapaz, Chiquimula, GuatemalaEscuintla, Suchitepéquez-Sololá, Sacatepéquez-Chimaltenango, QuetzaltenangoSoconusco y Totonicapán-Huehuetenango. El término departamento surgió como unidad de división territorial republicana durante la Revolución Francesa en 1789. Se basaba en los principios de distribución territorial en departamentos, distritos y municipios en función de la riqueza de la población, los medios de comunicación y las administraciones existentes. El vocablo empezó a aplicarse en Guatemala en 1824 con la creación de la república federal. La Constitución del Estado de Guatemala de 1825 indicaba que el país estaba dividido en diez distritos que se integrarían en siete departamentos. Los términos departamento y distrito se usaron ambiguamente hasta 1866, cuando el gobierno dispuso que se adoptara solamente la denominación de departamentos para designar las diferentes divisiones políticas de la república.44 En términos teóricos podemos decir que estos primeros esfuerzos estaban dirigidos hacia la construcción de un Estado Nacional que, en abierta oposición a la estructura del Antiguo Régimen, se basaba en el reconocimiento de las diferencias entre los distintos estamentos sociales y buscaba la homogeneización de la población por medio del otorgamiento de los derechos ciudadanos. En primer lugar, el proyecto incluía la definición de las fronteras nacionales y la organización interna del “territorio nacional”. Consistía, además, en la oficialización de una única “cultura nacional”, la oficialización del español como 44

Taracena, Pira y Marcos. Op. Cit.


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único “idioma nacional”, así como un cuerpo de leyes comunes aplicable por igual a todos los ciudadanos y derivado de la Constitución Política. En términos étnicos, la construcción de un Estado Nacional implicaba la imposición de los valores de una sola etnia, que adquiría una jerarquía nacional frente a las demás, que quedaban ignoradas. Si bien es cierto que en Guatemala se reconoció tempranamente la ciudadanía universal a todos los habitantes del territorio (incluyendo a los extranjeros), muy pronto se fue limitando por razones económicas y étnicas (conviene recordar que hasta 1944 no se otorgó la ciudadanía a las mujeres y a los analfabetos). Para la oficialización de los departamentos creados en 1825 se tomó en cuenta la importancia administrativa que habían tenido en el período colonial los partidos y alcaldías mayores, es decir, se partió de la división territorial colonial que se había desarrollado sobre la territorialidad surgida de la conquista de las diversas etnias indígenas y su reducción a pueblos, las condiciones económicas de producción para el consumo interno y el cultivo del añil destinado al exterior. A esto se sumaban las características físicas de cada territorio; por ejemplo, el departamento de Sacatepéquez-Chimaltenango unía dos valles de importancia económica indudable, productores de alimentos y granos para abastecer Ciudad de Guatemala. También la inclusión de Escuintla, Santa Rosa y Jutiapa como partes del departamento de Guatemala obedecía a la intención de la élite capitalina de controlar la producción de añil. La creación del departamento de Chiquimula, de gran extensión, vinculaba al Estado de Guatemala con el Caribe y el océano Atlántico.45

Quetzaltenango. El mismo Estado de Los Altos dio a Suchitepéquez la categoría de departamento en 1839, con lo cual el nuevo Estado estuvo conformado por cuatro departamentos. Este acontecimiento redujo el Estado de Guatemala, que se vio obligado a redefinir, en septiembre de 1839, su división política en siete departamentos y dos distritos dependientes del poder central. Guatemala quedó definida por los departamentos de Guatemala, Sacatepéquez, Chimaltenango, Escuintla, Mita, Chiquimula y Verapaz, y los distritos del Petén e Izabal.46 En el siglo XIX los criterios económicos y políticos fueron los principales elementos para ejercer control sobre ciertos departamentos. Los territorios de la costa del Pacífico (Escuintla y Santa Rosa) perdieron importancia económica al decaer la demanda internacional de añil, de modo que su subordinación al departamento de Guatemala dejó de ser importante. Por otro lado, con el auge de la grana o cochinilla, Sacatepéquez se convirtió en un departamento de importancia por su papel como centro productor y exportador del nuevo producto. A esto se sumó su protagonismo político en el triunfo liberal de 1829 y posteriormente en el derrocamiento de Mariano Gálvez. El territorio de Petén, adscrito hasta entonces al departamento de la Verapaz, adquirió importancia por la tensión fronteriza con México, tras la desintegración de la República Federal de Centro América. Izabal adquirió también mayor peso por la prioridad de vincular al país con el Atlántico.47 Además, otros acontecimientos políticos determinaron las redefiniciones territoriales: el Estado de Guatemala se vio obligado a reconocer un territorio a los insurrectos del Oriente en 1837-1838 (Los montañeses, liderados por Rafael Carrera) con lo que se creó el departamento de Mita.

La división territorial de 1825 estuvo vigente hasta 1838. El primer rompimiento se dio con la separación del Estado de Los Altos, en febrero de 1838, como Estado soberano de la Federación Centroamericana que incluía los departamentos de Sololá-Suchitepéquez, Totonicapán-Huehuetenango y 46 45

Ibíd., p. 3.

47

Ibíd., p. 4. Ibíd., p. 3.


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TERRITORIOS PERDIDOS POR EL ESTADO DE GUATEMALA DESPUÉS DE LA INDEPENDENCIA Con los acontecimientos anteriores y posteriores a la independencia, Guatemala perdió varios territorios. Los primeros fueron los de Yucatán, Chiapas y Soconusco. Yucatán había sido anexada temporalmente a la Audiencia de Guatemala en 1814 durante las luchas independentistas en México, pero se adscribió al Plan de Iguala de 1821, y a partir de ese momento quedó nuevamente integrado a México. Algo similar ocurrió con Chiapas y Soconusco, que también se adhirieron al Plan de Iguala y tras la caída del imperio de Iturbide decidieron permanecer como parte de México. En el primer mapa oficial del territorio de Guatemala, elaborado por Miguel Rivera Maestre en 1832 y publicado por el Jefe del Estado Mariano Gálvez, así como en los decretos de la Asamblea desde 1825, no aparece la Provincia de Chiapas como parte del territorio guatemalteco, ni los partidos de Sonsonate y Ahuachapán (unidos al Estado de El Salvador en mayo de 1824). No obstante, sí aparecen Belice y la parte oriental del partido de Soconusco, que eran percibidos como partes del Estado guatemalteco. El Soconusco fue perdido definitivamente en 1842 tras su incorporación a México con la campaña militar ordenada por el General Antonio López de Santa Anna; y Belice, con el Tratado Aycinena-Wyke de 1859. Guatemala mantuvo su reclamo sobre una parte del territorio del Soconusco, pero finalmente lo cedió en 1877 con la firma de un tratado en Nueva York, con lo que también se definieron los límites de Petén.48

LA FRAGMENTACIÓN DEL TERRITORIO NACIONAL Con la reincorporación del Estado de Los Altos en 1840, el Estado de Guatemala quedó dividido en 11 departamentos y dos distritos dependientes del poder central. El 8 de marzo de 1847, Rafael Carrera decretó la fundación de la República de Guatemala, rompiendo definitivamente con la Federación Centroamericana. En 1850 la división departamental guatemalteca se redujo con la supresión del departamento de Mita y su reincorporación al de Chiquimula, que recuperó asimismo la Villa de Gualán y sus inmediaciones. Escuintla también recuperó algunos de los pueblos que había perdido con la creación de Mita en 1839. Arturo Taracena ha interpretado que esta supresión fue un gesto de centralismo político ocasionado por una nueva insurrección en la región de “La Montaña” (la insurrección de Los Lucios), que amenazaba con aliarse a El Salvador. Guatemala quedó integrada entonces por 12 departamentos y dos distritos. En 1852, superada la crisis de la rebelión de Los Lucios, se restauró el departamento de Mita, pero dividido en dos; así nacieron los departamentos de Santa Rosa y Jutiapa. El primero fue integrado con municipios que pertenecían anteriormente a Guatemala y Escuintla; mientras que el segundo fue conformado por el territorio de la antigua Mita, salvo su extremo más suroccidental, los municipios de Cuajiniquilapa, Santa Rosa, Casillas, Mataquescuintla y Oratorio que pasaron a ser parte de Santa Rosa. Los límites entre ambos departamentos quedaron definidos en 1864.49

49 48

Ibíd.

Ver gráfica 17.


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EL IMPACTO DEL CAFÉ En la década de 1860-1870, el cultivo de café ya había alcanzado importancia económica para Guatemala. Los primeros departamentos en los que empezó a cultivarse fueron Santa Rosa, Guatemala, Suchitepéquez, Quetzaltenango, San Marcos, Sololá, Verapaz e Izabal. Estas regiones adquirieron mucha importancia y dinamismo, lo cual hizo más compleja su administración, particularmente por la necesidad del suministro de trabajadores. El primer cambio se dio con la solicitud, en 1866, del distrito de San Marcos —supeditado hasta entonces al departamento de Quetzaltenango— de ser elevado a la categoría de departamento. A partir de entonces, empezó a considerarse la importancia económica que estaban adquiriendo algunas regiones como Izabal, Petén y Amatitlán, y las dificultades que iban surgiendo para su administración. En consecuencia, por decreto del 8 de mayo de 1866, el presidente de la república acordó que los territorios de San Marcos, Huehuetenango, Petén, Izabal y Amatitlán tendrían la categoría de departamentos.50 Por otra parte, con el desarrollo del cultivo del café, surgió la necesidad de grandes extensiones de tierra y grandes cantidades de trabajadores. Esto fue lo que guió el programa de reformas lanzado por los gobiernos liberales a partir de 1871. En términos político-administrativos, el territorio nacional guatemalteco se fraccionó en un mayor número de departamentos a fin de ejercer un mejor control. El 10 de noviembre de 1871, para hacer más eficaz “la acción de las autoridades” en una gran extensión se fraccionó en dos Chiquimula; así se crearon los departamentos de Chiquimula y Zacapa. De igual forma, en decreto 50

“Habiendo tomado en consideración la solicitud hecha por la Municipalidad de San Marcos para que el Distrito de este nombre fuese elevado al rango de departamento (y) atendiendo a que el nombre de ‘distrito’ que llevan hasta el día de hoy algunas de las divisiones territoriales de la República tuvo su origen en un sistema que ya no existe” decide acordar, “que los territorios de San Marcos, Huehuetenango, Petén, Izabal y Amatitlán, que han conservado la denominación de ‘distrito’ se les dé en lo sucesivo la de departamentos (…) sin que ninguno de ellos conserve dependencia de otro en su régimen político y administrativo”. Quesada Saldaña. Op. Cit., pp. 123-124. Ver gráfica 18.

de 12 de agosto de 1872 se tomaron porciones de los departamentos de Sololá y Totonicapán para formar el departamento de El Quiché. Por decreto del 24 de noviembre de 1873, y por considerarse la extensión de Jutiapa muy grande, lo cual “dificulta la vigilancia de las autoridades en todos los puntos de su comprensión”, se segregó el distrito de Jalapa para conformar el departamento del mismo nombre y “hacer una eficaz acción administrativa”.51 De nuevo, las razones económicas y políticas fueron fundamentales para anexar municipios de un departamento a otro, fundamentalmente con el objetivo de ejercer un control y vigilancia eficaces. Tal fue el caso de los pueblos de Telemán y Panzós, disgregados de Izabal para ser integrados a Verapaz, como parte de la estrategia para desarrollar una salida fluvial al café producido en la región a través del río Polochic. Tomando en cuenta la “ineficaz acción de las autoridades” y la conveniencia de “atender mejor el servicio público de aquellos pueblos” se creó el departamento de Quiché en agosto de 1872. Taracena interpreta que en este caso lo que privó fue el control de la fuerza de trabajo forzado hacia las fincas de café por el sistema de las habilitaciones. Apenas un año después, se creó el departamento de Jalapa con municipios desagregados de Jutiapa y de Guatemala, con lo que se llegó a 20 departamentos. Una vez más se argumentó que la región era muy grande, lo cual dificultaba que las autoridades pudieran vigilar “todos los puntos de su comprensión”. El municipio de Sanarate, por decisión propia de sus habitantes, fue reincorporado al departamento de Guatemala en abril de 1874. En 1877 el gobierno de Justo Rufino Barrios decidió aumentar a 22 el número de departamentos con la división en dos departamentos de la Verapaz y de Suchitepéquez, con lo que se origina Retalhuleu.52 De nuevo, el argumento fue de carácter económico, basado 51

Ibíd., p. 128. El 4 de marzo de 1877, considerando que la “extensión y crecido número de habitantes de Verapaz y el incremento que en los últimos años ha tomado allí la agricultura, dificulta el régimen gubernativo de ese importante departamento por medio de una sola jefatura política (…) se divide el territorio que hoy comprende Verapaz en dos departamentos, que se 52


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en el creciente número de habitantes y en el incremento que había tenido la agricultura y el comercio del café. Hubo otros cambios en los límites departamentales provocados por el desarrollo del café, como el del traslado del municipio de Coatepeque del departamento de San Marcos a Quetzaltenango, en 1885. Para Taracena, la medida parece haber estado dirigida a consolidar la región cafetalera conocida como Costa Cuca.53 En resumen, hacia finales de la década de 1870-1880, Guatemala contaba con 22 departamentos: Suchitepéquez, Retalhuleu, Quiché, Sololá, Escuintla, Guatemala, Amatitlán, Chiquimula, Izabal, Zacapa, Santa Rosa, Jutiapa, Jalapa, Alta Verapaz, Baja Verapaz, Petén, Totonicapán, Huehuetenango, Quetzaltenango, San Marcos, Chimaltenango y Sacatepéquez.54

FERROCARRILES Y BANANOS Uno de los factores económicos que condicionó el desarrollo de la administración política territorial de Guatemala fue la construcción de ferrocarriles y el auge de la producción bananera. Esto influyó claramente en la creación del departamento de El Progreso —con los municipios de Cabañas, Acasaguastlán, Morazán, Sanarate, San Antonio La Paz, San José del Golfo, Guastatoya, Sansaria y las aldeas al noroeste de Chiquimula. El argumento fue claramente asociado con el ferrocarril (empezando por la elección del nombre El Progreso, que simbólicamente se representaba con un ferrocarril): distinguirán respectivamente con los nombres de ALTA y BAJA VERAPAZ”. Con Suchitepéquez, zona también cafetalera, sucede otro tanto, pues en decreto del 18 de octubre de 1877 se declara que “con motivo del incremento que han tomado en los últimos años el comercio y la agricultura del departamento de Suchitepéquez, se hace difícil su administración por medio de una sola jefatura política”; por lo que se manda establecer con una parte del territorio de dicho departamento el de Retalhuleu. 53 Taracena, Pira y Marcos. Op. Cit., pp. 6-7. 54 Quesada Saldaña. Op. Cit. pp. 128-129. Ver gráfica 19.

(…) la actividad comercial suscitada en los puntos donde la vía férrea interoceánica pasa requiere la más próxima vigilancia de las autoridades no sólo para conservar el orden, sino para encauzar las causas de las diversas corrientes del adelanto a un fin común.55 Con el decreto del 3 de abril de 1934 del último dictador cafetalero, Jorge Ubico, se restableció El Progreso. Con éste, Guatemala quedó dividida en 23 departamentos. En 1919, se le cambió el nombre por el de Estrada Cabrera, argumentando que eran los propios habitantes quienes lo habían solicitado en muestra de agradecimiento y afecto al “Señor Presidente”. Tras el derrocamiento del dictador en 1920, con el decreto número 756 de 9 de junio de 1920, se suprimió el departamento y se reintegraron los municipios que lo formaban a sus anteriores dependencias. Sin embargo, en 1934, la Asamblea Legislativa decretó una vez más la creación de El Progreso, en respuesta a los deseos de la United Fruit Company; de hecho, los intereses de las compañías bananeras llegaron al extremo de provocar problemas fronterizos entre Guatemala y Honduras que tuvieron que resolverse por medio del Tratado de Arbitraje Salazar, Silva Peña-Vásquez y del Laudo Arbitral de 1930. La frontera quedó definida como estaba anteriormente, por lo que no hubo ninguna consecuencia interna, más que la ratificación de la soberanía guatemalteca sobre el territorio. La actual división político administrativa del territorio nacional de Guatemala quedó establecida en 1935. El 29 de abril se suprimió el departamento de Amatitlán, que quedó absorbido por el circuito de la capital.56 Éste fue el último cambio en aspectos territoriales del período liberal. Se anexaron los municipios de Palín y San Vicente Pacaya al departamento de Escuintla, y los de Villa Nueva y Amatitlán al de Guatemala. Esto se dio como consecuencia de la declinación económica con la desaparición total del cultivo de la grana, que no hacía 55 56

Taracena, Pira y Marcos. Op. Cit., p. 7. Quesada Saldaña. Op. Cit., p. 133. Ver gráfica 20.


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justificable la existencia de un aparato administrativo para un departamento tan pequeño. El último cambio fue el traslado del municipio de Mataquescuintla del departamento de Santa Rosa al de Jalapa. Con esto quedó definida la división de la República de Guatemala en los departamentos que se mantienen hasta el presente. Han sido pocos los cambios, como el ocurrido en 1985, en que se segregaron territorios de municipios de Chajul y Uspantán del departamento del Quiché y del municipio de Barillas (Huehuetenango) para crear el municipio de Ixcán dentro de la jurisdicción de El Quiché, lo que se ha asociado con la estrategia contrainsurgente en la región. Por lo tanto, con la supresión del departamento de Amatitlán, Guatemala quedó dividida en los 22 departamentos que mantienen su vigencia: Suchitepéquez, Retalhuleu, El Quiché, Sololá, Escuintla, Guatemala, Izabal, Zacapa, Chiquimula, Jutiapa, Santa Rosa, Jalapa, El Progreso, Petén, Alta Verapaz, Baja Verapaz, Huehuetenango, Totonicapán, Quetzaltenango, San Marcos, Chimaltenango y Sacatepéquez.57

REFLEXIONES FINALES Detrás de la creación de los departamentos se encontraba un anhelo por trasladar a los territorios la noción de igualdad entre ciudadanos impulsada por la Revolución Francesa. Esto suponía el reconocimiento de la soberanía trasladada a los territorios y de la potestad de los habitantes de elegir a sus administradores. Se realizó un esfuerzo racional que buscaba instaurar un sistema equilibrado de regiones en términos de superficie, población y recursos. El modelo rápidamente derivó en el centralismo, ya que fue el propio Ejecutivo el que nombró a los funcionarios encargados de los departamentos. En Guatemala la figura fue denominada jefe político o gobernador. A la larga, por el

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Ibíd., p. 135. Ver gráfica 21.

sentido general de las acciones, orientadas a satisfacer intereses económicos y de control y vigilancia de la población, el sistema promovió las prácticas dictatoriales que llegaron hasta el siglo XX. Con la creación y fragmentación en departamentos se profundizó la división de los territorios originales anteriores a la conquista y colonización. Con esto también se desestructuraron las regiones históricas (Los Altos, el Oriente o La Montaña y la Región Central) surgidas después de la independencia. Las dinámicas locales y regionales vinculadas a los procesos demográficos, la colonización agrícola, la expansión del trabajo forzado y el crecimiento económico también contribuyeron a la evolución del proceso de departamentalización; un proceso que se dio en base a seis dinámicas (1) las económicas: producción de grana, café y banano, control de fuerza de trabajo y de la tierra, construcción de infraestructura vial; (2) la desestructuración del poder de las regiones históricas de Occidente y Oriente contrapuestas al poder centralizado en Ciudad de Guatemala; (3) la defensa de la soberanía nacional (Petén, Izabal); (4) la racionalidad administrativa por el crecimiento demográfico y económico, así como las demandas locales (Retalhuleu, Zacapa); (5) los tratados de límites internacionales (San Marcos, Huehuetenango, Quiché y Petén); y (6) la lógica contrainsurgente del Estado guatemalteco (límites entre Quiché y Huehuetenango: Ixcán). En palabras de Arturo Taracena, el criterio que ha predominado en la división territorial guatemalteca ha respondido a fenómenos económicos, políticos y sociales, casi nunca a fenómenos étnicos y culturales. El espíritu que animó la departamentalización fue el centralismo, no la democratización basada en equilibrios territoriales y económicos. La administración territorial de Guatemala se fue haciendo cada vez más compleja con el ascenso de los liberales a finales del siglo XIX. Con el objetivo de hacer más eficiente y dinámica la


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administración se crearon seis nuevos departamentos en apenas siete años (entre 1871 y 1878).58 Con la crisis mundial del café en 1897, decayó momentáneamente el interés por este cultivo en el país y empezó a plantearse seriamente la necesidad de promover la diversificación agrícola. Hacia 1904, la United Fruit Company, que había llegado a principios de siglo, ya tenía grandes plantaciones en las márgenes del río Motagua. El dinamismo que adquirió la zona como enclave bananero y la construcción de la vía férrea motivaron la fundación de El Progreso. En 1935, Guatemala estaba dividida en 23 departamentos, incluyendo el de Amatitlán. En muy poco tiempo, éste perdió su importancia económica y cayó bajo la influencia de la actividad económica de la capital. Con el decreto 2081 de 1935 fue abolido y sus municipios se integraron al de Guatemala, con lo que quedó instaurada la actual división político administrativa.

Mapas del proceso histórico de división departamental de Guatemala de 1824 a 1985 Al final de este libro, en el capítulo Bibliografías, referencias y anexos, en la parte Q’ANIL – KAME, página 178, les adjuntamos 22 mapas regionales en los que se muestra el proceso de división departamental de Guatemala de 1824 hasta la situación actual. Éstos forman parte de la compilación elaborada por Flavio Quesada Saldaña en Estructuración y desarrollo de la administración política territorial de Guatemala en la colonia y la época independiente. (Guatemala: Centro de Estudios Urbanos y Regionales de la Universidad de San Carlos de Guatemala, 1983). 58

Ibíd., p. 147.

ENRIQUE GORDILLO CASTILLO Licenciado en Historia por la Universidad de San Carlos de Guatemala. Cuenta con una maestría y un doctorado en Historia en la Universidad de Tulane, Nueva Orleans (Estados Unidos). Como investigador ha trabajado en las siguientes instituciones: el Centro de Investigaciones Regionales de Mesoamérica (CIRMA); el Centro de Estudios Urbanos y Regionales (CEUR); y la Dirección General de Investigación (DIGI). Ha sido docente en varios programas de posgrado, entre ellos, la Maestría Centroamericana en Ciencias Sociales de FLACSO y la Maestría en Historia de la Escuela de Historia. Actualmente es jefe del departamento de investigación de la división de desarrollo académico. Es coautor, entre otras publicaciones, de: (2002). Etnicidad, Estado y Nación en Guatemala. Serie “¿Por qué estamos como estamos?”. Guatemala: Cirma. (2001). Historia intelectual de Guatemala. Guatemala: USAC-CEUR. (2000). La patria del criollo treinta años después. Guatemala: Editorial Universitaria.


Byron Paredes

MECANISMOS DE INDIVIDUALIZACIÓN DEL DERECHO EN ÁMBITOS LOCALES Y SU REPERCUSIÓN EN LA SUBSISTENCIA Y DESARROLLO DE SUJETOS COLECTIVOS ÍNDICE Introducción Mecanismos del Estado para el sometimiento y asimilación de la organización local Mecanismos de descentralización del Estado Mecanismos legales Mecanismos económicos Mecanismos políticos Conclusiones Byron Paredes Tiul


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INTRODUCCIÓN Para establecer los mecanismos de individualización del derecho que afectan a los ámbitos locales y comunitarios y que, de forma directa o indirecta, generan fracturas en la cosmovisión colectiva de pueblo y comunidad de los pueblos indígenas es necesario hacer primero una diferenciación entre los derechos individuales y los derechos colectivos, y situarse en el contexto histórico y la coyuntura en la que se enmarca su demanda y reivindicación. Sin duda, el hito histórico fundamental del que emergen formalmente estos derechos fue la aprobación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948, los dos pactos colectivos referentes a los derechos sociales, económicos y culturales, y los acuerdos políticos y civiles de 1966. De ellos se desprenden sus principales elementos: el derecho a la autodeterminación de los pueblos, como fundamento de los derechos colectivos, y las libertades individuales, como fundamento de los derechos individuales.

humanos define como único destinatario a la persona; debido a ese carácter individualista estos derechos, los colectivos, no pueden aplicarse a los pueblos que han practicado y practican formas de organización social y política diferentes a la liberal y basadas en una cosmovisión y unas prácticas comunitarias que no pueden ser individualizadas. También es importante exponer que, mientras los derechos individuales poseen un sujeto totalmente definido, la persona, la principal crítica a los derechos colectivos es su supuesta titularidad difusa. Es decir, se arguye que no existe una persona individual a quien se pueda acreditar como poseedora de los derechos colectivos, ya que éstos se ejercen en colectividad. El derecho colectivo no se relaciona con un sujeto concreto físico porque no podemos encontrar quien pueda adquirir e integrar un patrimonio colectivo, si no es un pueblo; sería, por ejemplo, el caso del derecho a un ambiente ecológicamente equilibrado o el derecho a los bienes culturales.

Su consistencia radica en gran medida en su correspondencia. Por ejemplo, en el artículo 27 de la Convención de los Derechos Civiles y Políticos (1966) se hace referencia a los derechos del uso del idioma propio y a la libertad de religión y cultura. Estos derechos se refieren a libertades individuales, es decir, son otorgados a la persona en particular, pero obviamente su práctica se da de manera colectiva dentro de los miembros de la comunidad de una misma cultura o pueblo.

Un mecanismo de individualización nos llevaría a definir acciones institucionales específicas, públicas o privadas, dirigidas a fragmentar la conciencia colectiva como tal —y todos su fundamentos como sujeto de derechos— y a concebir a la persona como único titular de derechos. Los mecanismos de individualización son, en suma, dispositivos institucionales cuyo fin es la desintegración comunitaria y la destrucción misma del sentimiento colectivo de los pueblos. Se trata de medidas que se enmarcan dentro de las políticas de colonización interna y que se infiltran en lo local para corroer desde dentro los procesos de cohesión comunal.

Desde las diferentes formas de interpretar el sujeto de derecho, el individual y el colectivo, se desarrollan opiniones contrapuestas sobre la conciliación, reconocimiento y operatividad de ambos planos en un mismo sistema. Por un lado, encontramos la idea de que los derechos colectivos son especiales, discriminatorios y afectan directamente a la libertad individual ante las decisiones del colectivo. Por otro lado, la concepción clásica de los derechos

La pluriculturalidad es una propuesta que pretende hacer equitativa la relación entre el sistema occidental y el de los pueblos indígenas; y esto traería como consecuencia positiva el reconocimiento y respeto de dos sujetos con muchas diferencias entre sí, pero ambos con derechos.


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En Guatemala, como en otros países de Latinoamérica, los pueblos indígenas han sido sometidos a una estructura jurídica y política que impide el alcance pleno del ejercicio de sus derechos individuales y colectivos, debido a los distintos niveles de discriminación relacionados con su origen, cultura e idioma. Como otros sectores pobres que conforman la nación, son objeto de tratos y condiciones desiguales e injustas por su condición étnica, económica y social.

que contemple las diferencias y que atienda la diversidad real del país. Cinco son los valores esenciales que dan forma a los derechos colectivos:

La Constitución Política de la República de Guatemala indica que todas las personas que habitan el país son libres e iguales en dignidad y derechos y obligaciones,1 lo que nos lleva a unas reglas del juego democrático formalmente iguales para todos. Además, el Estado ha aprobado y ratificado con anterioridad varios instrumentos jurídicos internacionales de reconocimiento, promoción y defensa de derechos humanos de los habitantes en general, de los cuales también son nominalmente destinarios los pueblos indígenas.

El derecho a su dignidad El respeto a la dignidad de los pueblos indígenas implica el reconocimiento de los derechos colectivos que los asisten; la no discriminación, el no ser explotado, la personalidad jurídica y la identidad, nacionalidad y seguridad jurídica.

Alcanzar una sociedad justa representada en un Estado Plural depende del equilibrio entre los unos y los otros; y la falta de equilibrio puede devenir de dar más importancia al derecho individual que al colectivo. La historia del país relata un hecho recurrente: se tiende a favorecer los derechos individuales del sector no indígena o empresarial con la premisa o excusa de que tienen el legítimo derecho de “invertir y producir”; aunque esto ocasione innegablemente la vulneración de derechos colectivos como el acceso a la tierra o la sostenibilidad del ambiente, por mencionar algunos. Hay una cuestión que debe quedar clara: los pueblos indígenas y sus derechos existen sin necesidad de ser declarados, aunque es necesario su reconocimiento y articulación con el derecho occidental u oficial para crear un sistema nacional

1

Artículo 4 de la Constitución Política de la República de Guatemala (Derecho de Libertad e Igualdad).

El derecho a la diferencia Cada persona tiene características propias que lo definen y lo hacen irrepetible, pertenezcan o no a un pueblo indígena. Esta diferencia se expresa también como grupo sociocultural, es decir, como la pertenencia a un pueblo.

El derecho a la autodeterminación Todo pueblo pueda determinar libremente su estatus político, económico y social. La autodeterminación fundamenta los derechos de autonomía que se traducen en la posibilidad de elegir un sistema de gobierno, escoger sus propios representantes y establecer una organización social, cultural, política, económica y jurídica propia; además del derecho a la libertad de elección y organización. Reconocer la posibilidad de decisión de un pueblo no es romper la unidad, sino construirla con respeto a la pluralidad, tolerancia y justicia. La unidad peligra en tanto provenga de la imposición y no de un consenso, derecho íntimamente ligado con el derecho a la consulta estipulado en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo. El derecho a la igualdad: Todos los pueblos indígenas tienen derecho a la igualdad formal y real. A gozar de iguales posibilidades de promoción y desarrollo, así como de protección y garantía jurídica frente a un peligro o contra un riesgo, es decir, no estamos hablando de la igualdad común, sino del reconocimiento de una verdadera justicia, así como el acceso individual y/o colectivo a la jurisdicción del Estado.


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El derecho al etnodesarrollo: Es el derecho de los pueblos indígenas al bienestar social, cultural, político y económico. Para que todo lo anterior se cumpla es necesario que exista buena voluntad estatal para descubrir los elementos de coherencia y contradicción entre el sistema jurídico propio de los pueblos y el sistema jurídico oficial; y que todos estos puntos estén contemplados en las nuevas regulaciones jurídicas.

ciudadana y en su beneficio, se mejore la acción Estado en la producción de bienes y servicios, además de cubrir las necesidades productivas. El órgano de gobierno o administrativo designado o responsable de la descentralización es la Secretaria de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia de la República, que programa, dirige y supervisa su ejecución. Los órganos de la administración pública coordinan únicamente la elaboración de políticas, planes y programas de desarrollo integral de conformidad con las políticas nacionales, supervisando, además, que la prestación de servicios que surgen en virtud de la descentralización cumpla los siguientes criterios de eficacia y eficiencia:

MECANISMOS DEL ESTADO PARA EL SOMETIMIENTO Y ASIMILACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN LOCAL

Cercanía y oportunidad en la presentación de los servicios públicos hacia las comunidades.

MECANISMOS DE DESCENTRALIZACIÓN DEL ESTADO

Mejoramiento de la calidad de los servicios.

Descentralización ejecutiva

Aumento de la cobertura de servicios.

La descentralización del Estado, y la del organismo ejecutivo, se debe afrontar como una reforma mediante la cual se transfieran competencias, responsabilidades, decisiones, capacidades, recursos y poder político desde el gobierno central a instancias de gobierno territoriales cercanas a la población; en el caso de Guatemala pueden ser las municipalidades, las mancomunidades de municipios y los consejos de desarrollo urbano y rural.2

Mejoramiento sustancial de la redistribución del ingreso y la asignación de los recursos.

Reducción de los costos de operación e inversión.

Aumento de la rentabilidad social mediante la participación ciudadana.

A las referidas entidades se les dota de una competencia atribuida por descentralización. Según disposición legal, tales instancias están dotadas de independencia y legitimidad política propia a fin de que, con la participación

Aumento de la equidad económica y social e inclusión del enfoque de género en el proceso de descentralización del Organismo Ejecutivo.

Aumento del esfuerzo local propio en la recaudación de ingresos y en el mejoramiento del gasto público municipal.

2

Con los consejos de desarrollo urbano y rural nos referimos a los consejos comunitarios de desarrollo urbano y rural (COCODE), los consejos municipales de desarrollo urbano y rural (COMUDE) y los consejos departamentales de desarrollo urbano y rural (CODEDE).


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Efectiva auditoria social sobre la gestión de los programas y proyectos descentralizados.

han hecho esfuerzos de desconcentración de la jurisdicción, creando juzgados de paz comunitarios, centros de mediación o de resolución de conflictos.

Coordinación entre la administración pública central y municipal.

El artículo 66 de la Constitución Política de la República de Guatemala indica que: “El Estado reconoce, respeta y promueve sus formas de vida, costumbres, tradiciones, formas de organización social, el uso del traje indígena en hombres y mujeres, idiomas y dialectos”.

Para el procedimiento de descentralización de competencias como tal, el reglamento de la ley de descentralización solamente plantea dos formas: 1) por decisión del Organismo Ejecutivo y 2) como resultado de la solicitud de los municipios o mancomunidades de municipios conforme a la política de descentralización del Organismo Legislativo.

Por otra parte, dentro de las formas de organización social y las tradiciones de los pueblos indígenas se administra justicia. En otras palabras, la coexistencia de sistemas jurídicos en el país es un hecho innegable y reconocido legalmente, pero que no se destaca en la práctica jurisdiccional.

Descentralización judicial Según la Constitución Política de la República de Guatemala, el impartir justicia corresponde exclusivamente al organismo judicial, ésta es la llamada potestad jurisdiccional, sin embargo se debe reconocer que en Guatemala las autoridades indígenas, aunque no tienen esa potestad jurisdiccional, administran justicia. La gobernabilidad en su acepción democrática significa las capacidades de los poderes del Estado para procesar los conflictos, para abrir canales, espacios, mecanismos e instituciones para la participación de la sociedad civil y de sus organizaciones, y procesar sus demandas. Supone la inclusión o exclusión de actores en el sistema político. La estabilidad de este sistema se deriva de su capacidad para enfrentar y solucionar adecuadamente los conflictos propios de toda sociedad para permitir su continuidad, por lo que está directamente relacionada con el problema de la reproducción del orden social, que es un tema eminentemente político. En ese sentido, se puede decir que no ha habido ninguna forma de descentralización en las funciones del sistema jurídico oficial, pues solamente se

Descentralización legislativa No vamos a profundizar en el terreno de la descentralización legislativa, pues en un país republicano como el nuestro no se puede concebir ningún mecanismo de descentralización de este poder; un caso muy diferente es de los estados federados, como México y Estados Unidos. Aun así es importante señalar que esta ausencia de descentralización es en sí misma un mecanismo de individualización y sujeción al poder centralizado del Estado, ya que no permite en ningún modo la conformación de órganos regionales con facultades legislativas que permitan la autorregulación de los pueblos según sus propios principios y valores; es decir, no permiten a los pueblos regular sus propios intereses y su destino según su propia ley. Esto representa, en última instancia, una barrera para iniciar procesos de consolidación de regiones autónomas que puedan hacer operativo el derecho colectivo a la autodeterminación. Cabe decir, para finalizar, que el Congreso de la República, único órgano que actualmente posee facultades legislativas en el país, está compuesto sólo por un


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12% de mayas (sin ninguna participación garífuna y xinka) y que son diputados que no han sido elegidos por sistemas propios de elección y representatividad según los procedimientos de los pueblos interesados.

La asimilación de la organización local se ha dado justamente en el sistema de consejos de desarrollo urbano y rural, pero hay que advertir que solamente algunas autoridades indígenas han llegado a ejercer la doble función que los liga al Estado mientras mantienen sus cargos tradicionales.

MECANISMOS LEGALES

Lo lamentable de la situación es que en algunos casos el Estado, mediante la ley de descentralización, ha identificado a personas para que se conviertan en alcaldes comunitarios que nada tienen que ver con las autoridades tradicionales; esto, en determinados casos, ha incrementado la conflictividad en las poblaciones indígenas.

El tema jurídico no deja de ser complejo, debido a que la normativa nacional únicamente otorga independencia jurisdiccional al Organismo Judicial; aunque en la realidad las poblaciones indígenas, por medio de sus autoridades, ejercen o administran justicia en beneficio, por supuesto, de la gobernabilidad del país. Como mecanismo de sometimiento de las autoridades indígenas, el Estado, para desmeritar la administración de justicia que realizan dichas autoridades, se vale de lo que preceptúa el artículo 203 de la Constitución Política de la República, que indica: “La justicia se imparte de conformidad con la Constitución y las leyes de la República. Corresponde a los tribunales de justicia la potestad de juzgar y promover la ejecución de lo juzgado”. En ese mismo sentido, la ley del organismo judicial indica lo mismo en cuanto a la aplicación de justicia, así en el artículo 57 se indica: “La función jurisdiccional se ejerce con exclusividad absoluta por la Corte Suprema de Justicia y por los demás tribunales establecidos por la ley, a los cuales les corresponde la potestad de juzgar y promover la ejecución de lo juzgado. La justicia es gratuita e igual para todos”. Con esas premisas legales se ha deslegitimado a la autoridad indígena y sus decisiones para establecer el orden comunitario, aunque ahora existe un elemento muy importante: el Estado guatemalteco ha ratificado algunas convenciones, tratados y acuerdos internacionales que otorgan respaldo a las autoridades indígenas.

Si nos damos cuenta, la lógica estatal es la de generar mecanismos dirigidos a minimizar la práctica y administración de justicia por parte de un colectivo diferente, y que se desarrolla dentro del mismo territorio y nación.

MECANISMOS ECONÓMICOS Se puede determinar que el Estado fácilmente puede utilizar un mecanismo para el sometimiento o asimilación de la organización local a través del presupuesto general de ingresos y egresos, usado con el propósito de limitar el desarrollo local y regional. Es importante destacar que la mayoría de las instituciones públicas presentan y confrontan grandes problemas, lo que se traduce en debilidad. Algunas de ellas presentan debilidades internas y otras externas, es decir, derivadas de problemas ajenos; en ese sentido, trataremos de puntualizar los más recurrentes.


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Debilidad institucional. Escasez de procesos internos

Gestión de recursos

Se traduce en la inexistencia de procedimientos internos de validación y evaluación de las políticas del Estado para el cumplimiento de sus obligaciones, tomando en cuenta que es su deber ser eficaces y responder a las necesidades locales de las poblaciones indígenas.

En Guatemala hay serias dificultades financieras y administrativas para responder a la problemática social, así como para la programación, seguimiento, control y coordinación, pues los sistemas de consejos de desarrollo urbano y rural y las municipalidades dependen de los recursos financieros que les asigna el Estado.

Esta situación también se refleja en el sistema de consejos de desarrollo urbano y rural porque, si bien es cierto que tienen un marco referencial de trabajo, no poseen un método que permita visualizar la forma en que se alcanzan las metas y objetivos; en consecuencia, no se pueden medir los resultados. Esto se traduce en la falta de planificación y monitoreo por parte del Estado. En ese sentido también habría que verificar que los sistemas de consejos de desarrollo urbano y rural tuvieran la posibilidad de administrar y supervisar no solamente proyectos de infraestructura sino proyectos de desarrollo comunitario.

Insuficiente desarrollo de las funciones gerenciales La mayoría de (por no decir todos) los consejos de desarrollo urbano y rural carecen de destrezas y conocimientos gerenciales suficientes para complementar efectivamente los programas y las tareas o actividades necesarias a favor de los pueblos indígenas. El problema radica en la deficiente asignación presupuestaria, que no permite contratar recursos humanos con la formación adecuada para el cumplimiento de los fines u objetivos identificados.

Lo ideal es que el Estado cubra las necesidades financieras de las entidades públicas para la satisfacción de los programas y proyectos a favor de los pueblos indígenas, por lo que es importante emprender una lucha conjunta de las instancias públicas y los pueblos indígenas para que se incremente el presupuesto que asigna el Estado (tomando en cuenta que hay algunos departamentos que requieren más recursos financieros que otros).

MECANISMOS POLÍTICOS El sistema político de Guatemala tiende siempre a desatender las necesidades de los pueblos indígenas, pese a que los partidos políticos prometen mejoras a las poblaciones indígenas especialmente durante sus campañas electorales. Por ejemplo, el partido que llevó a la presidencia al ingeniero Álvaro Colom prometió dar a la gestión gubernamental un rostro maya, propósito que a la fecha no se puede descubrir en qué ámbito de la administración se plasmó, pues si se revisa el presupuesto de ingresos y egresos del Estado para el ejercicio fiscal 2009 en comparación con el del año 2008, se redujeron algunas partidas presupuestarias de oficinas, direcciones o unidades que atienden la problemática de pueblos indígenas.


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Los espacios de participación política para los líderes indígenas son muy reducidos, lo que deja al descubierto la poca voluntad política de inclusión en puestos de decisión a las autoridades indígenas. Se puede determinar también que no existe consenso entre los distintos actores sobre la descentralización y sus objetivos. El reglamento de la Ley de Descentralización del Estado tiene muchas lagunas en cuanto a las formas de descentralización y la distribución del recurso. La mejora de la administración de justicia debe ser, en todo caso, la descentralización del órgano de gobierno judicial, lo que perfeccionará el sistema cuanto más se aleje del esquema centralista ensayado hasta el momento. Jueces para la Democracia se manifiesta específicamente en contra de modelos de gobierno centralistas en tanto que tienden a concentrar el poder, no sólo en el caso concreto del poder judicial, sino también en el ámbito legislativo y ejecutivo.

Cómo se convierten estos mecanismos en forma de sometimiento y

municipio y el departamento. El poder local es, a su vez, una noción de dos facetas, pues por una parte toma en cuenta lo indicado (es decir, el deseo de participar de los ciudadanos), y por otra parte se deriva de la apertura que los gobiernos conceden a sus ciudadanos para que esa participación sea eficaz. No obstante, hablando en términos prácticos, hasta ahora los modelos y prácticas conocidas de descentralización fueron diseñados no para que la sociedad gobierne, sino para ser gobernada. No para participar en la búsqueda de su bienestar, sino para esperar que éste venga de un gobierno “paternalista”, y de acuerdo con lo que ese gobierno haya asumido como conveniente para la colectividad; este sistema de cohesión social ha funcionado en países desarrollados de Europa porque en la mayoría existen espacios de auditoría social que pueden desarrollarse sin ser criminalizados ni reprimidos. El Estado se ha convertido en paternalista, pues ha preferido implementar un plan de gobierno de cohesión social que deja serias dudas en cuanto al manejo de los fondos por parte de la Secretaria de Obras Sociales de la Esposa del Presidente (SOSEP). También se ha convertido en una forma de sumisión de los pueblos indígenas y sus autoridades.

asimilación del poder local El “poder local” es una cuestión a la que se hace constante referencia, y que se define como la capacidad que tienen y deberían tener los pueblos indígenas para crear su propio destino de forma integral.3 Es, por tanto, un tema de la mayor relevancia, por cuanto se relaciona con la participación a que se está disponiendo a la sociedad guatemalteca para buscar la resolución de sus problemáticas, tanto sociales como económicas y políticas; y esa participación se hace más visible y consistente desde lo local, partiendo de la comunidad, el 3

Tomando en cuenta valores previstos en la cosmovisión maya, así como otros elementos integrales de la persona, como la educación, la salud, la espiritualidad y el respeto de las autoridades indígenas que aplican el sistema jurídico propio de los pueblos.

Asimismo, el Estado ha mostrado una gran habilidad para aprobar las reformas económicas y políticas, así como el ajuste estructural, sin generar inestabilidad social y creando conformismo; y eso a pesar de que el nuevo fundamento de gobernabilidad requiere de una reconceptualización y una redistribución del poder, y no cabe duda de que la promoción del auténtico bienestar colectivo tiene que darse a través de la participación ciudadana y desde la dimensión de lo local. Esta modalidad permitiría tomar en cuenta las características propias de cada comunidad, de cada municipio. En este sentido, el asunto de la reforma del Estado y la descentralización debe orientarse a promover el desarrollo local con la participación de toda la


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ciudadanía. Conviene, eso sí, advertir que el poder local no significa en exclusiva la autoridad municipal ni la de ningún grupo en particular, sino la auténtica participación de los pueblos indígenas, que activan la vida ciudadana y que, desde dentro de la legalidad, plantean y promueven sus demandas. Es necesario promover la participación a nivel local, siempre y cuando los habitantes de un departamento o municipio, empresarios, trabajadores, cooperativistas o autoridades representativas de las comunidades puedan definir mejor las medidas que los benefician o los afectan. Se debe adoptar un conjunto de instrumentos que institucionalicen la descentralización de la decisión socioeconómica, con transferencia real de recursos económicos gubernamentales y de capacidad para discutir y decidir localmente la asignación de recursos, la forma de ejecutar los proyectos, las prioridades y las características de los programas o de las acciones gubernamentales. De esta forma, los órganos gubernamentales podrán basar sus acciones en las propuestas que emanen de la conciliación de intereses entre las diferentes expresiones de la sociedad. Entendemos la participación ciudadana como la interrelación de la ciudadanía con su gobierno, con el fin de incidir en su constitución, vía elecciones libres y democráticas, de exigir derechos, cumplir obligaciones, controlar su gestión e influenciar los procesos decisorios locales, nacionales o globales que impactan el espacio local y su vida cotidiana. En toda decisión para satisfacer una necesidad hay en menor o mayor medida un problema de escasez. Una de las más importantes es la escasez de recursos monetarios. Precisamente éste es un problema recurrente con el que se enfrentan todas las instituciones del Estado, y de manera particular las municipalidades.

En un sentido amplio, el Estado representa, dirige y regula la vida de la sociedad, que es la encargada de garantizar la satisfacción de sus necesidades públicas, así como de facilitar y vigilar el adecuado suministro de los bienes privados. Expresada la naturaleza del Estado en tales términos, el gobierno en todos sus niveles debe velar por el bienestar social, considerando como principio fundamental la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad. Esto implica, entonces, que la eficacia de las acciones de gobierno debe evaluarse, fundamentalmente, en función a su “impacto” en el bienestar de la sociedad.

Mecanismos de representación y decisión local para el desarrollo y fortalecimiento del sujeto colectivo Según la ley vigente guatemalteca, cualquier instancia de participación debe contar con un marco definido: el sentido de la participación, los principios en que se sustentan los ritmos, criterios y mecanismos de funcionamiento. Para ello se podrá establecer una mínima normatividad que se irá haciendo más compleja al definirse características cualitativamente más profundas: representación, toma de decisiones, control de gestión, decisión en la asignación de presupuestos a prioridades consensuadas, normatividad y legislación. A su vez, la reglamentación propia incluirá lo relativo al funcionamiento e integración de los órganos de representación y conducción, los procesos de toma de decisiones, el manejo de los recursos; la relación con las autoridades municipales, formas, procedimientos y mecanismos; qué tipo de relación podría establecerse con agentes externos al municipio (otros niveles de gobierno, apoyos especializados, ONG, articulaciones municipalistas, intercambios internacionales, etcétera). Un aspecto sustancial es el relacionado con los procedimientos y los sistemas de comunicación dentro de los órganos de participación, que requerirán de sólidos


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canales de información, consulta, toma de decisión interna y evaluación, condiciones indispensables para garantizar la expresión de las demandas e intereses de la población, es decir, para garantizar una sana incorporación de la participación en la construcción de conductas ciudadanas. Hablando de los recursos, la permanencia y consolidación de una instancia de esta envergadura dependerá del impulso que se le imprima por parte de la ciudadanía, pero también del gobierno local, por lo que es necesario no escatimar los apoyos convenientes para que pueda operar. Es recomendable destinar un apoyo permanente e institucionalizado para garantizar su funcionamiento autónomo.

En realidad, no se encuentran definidos los mecanismos de representación y decisión local, pero esto no se reduce únicamente al establecimiento de canales de participación social sino que requiere disponer lo correspondiente en la contraparte. En el caso de Guatemala, los alcaldes de todos los municipios desempeñan un papel muy importante al delegar funciones y competencias municipales a los alcaldes comunitarios o auxiliares; pero también se requiere un cambio en la estructura técnico-administrativa del cuerpo de gobierno municipal y, sobre todo, en la visión de gobernar, para hacerlo junto a la sociedad.

Algunos elementos que los mecanismos de representación y decisión local deberán considerar para el desarrollo de la colectividad son los siguientes:

Consolidar órganos supracomunales, es decir, de representación de diversas comunidades unidas en una región ante los órganos superiores del Estado, que permitan desarrollar órganos con facultades legislativas, judiciales y ejecutivas con la forma, principios y valores de las comunidades. 4

Estímulo a la generación de instancias de participación social y respeto a las estructuras y formas de organización propias de la población,4 ya que en algunos casos los alcaldes comunitarios electos no son forzosamente autoridades indígenas; situación que no se da con algunas autoridades indígenas que también son alcaldes comunitarios y miembros del sistema de consejos de desarrollo urbano y rural. Establecer un órgano de promoción social (dirección o departamento), dentro de la propia estructura municipal, que se encargue del apoyo a la participación y la capacitación de las autoridades indígenas, y de proyectar la delimitación territorial y la consolidación de la estructura participativa mediante una clara actitud descentralizadora para el desarrollo local, con proyectos no solamente estructurales, sino productivos. Contar con órganos de planeación, evaluación y estudios técnicos que coadyuven al tratamiento de las necesidades de las comunidades y aporten soluciones apropiadas. Fortalecer los sistemas de información y comunicación según lo que determina la ley del libre acceso a la información, recientemente aprobada. Capacitar y sensibilizar a los funcionarios y empleados de todas las dependencias públicas del Estado, por medio del desarrollo de campañas y procesos de formación sobre todo dirigidas a aquellos funcionarios que tienen contacto directo con la población; así como facilitar un traductor en los lugares donde no existe funcionario de la localidad. Promover la institucionalización de los sistemas de participación mediante la firma de acuerdos y el pleno respeto de los derechos colectivos consagrados a nivel nacional e internacional, específicamente al derecho de consulta establecido en el Convenio 169 de la OIT.

Hablando de las auténticas autoridades indígenas que realizan labores de resolución de conflictos sociales y fortalecimiento de los valores y principios cosmogónicos de la cultura indígena.


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CONCLUSIONES Es importante tener en cuenta que, aunque el Estado haya planteado sus mecanismos de inclusión de los pueblos indígenas como sistema de sometimiento y discriminación, se debe crear el espacio y buscar la participación efectiva dentro del Estado para que:

1 2

El mismo Estado cuente con la voluntad política del gobierno. Las políticas se lleven a cabo con fundamento legal y con consentimiento de los distintos sectores sociales.

En lo nacional, los pueblos indígenas pueden optar por participar en los tres poderes del Estado, cumpliendo con lo que establece la Constitución, la Ley de servicio civil y la normativa jurídica de cada dependencia de los tres organismos del Estado guatemalteco. En lo regional, la Constitución permite formar distritos económicos, políticos y sociales dentro del país, con administración descentralizada y desconcentrada, según establece la ley y el reglamento de descentralización, de modo que se reflejen los criterios culturales, lingüísticos y ambientales (cuyos principios y valores conforman la base de su exigencia). Es también importante integrar el sistema de Consejos de desarrollo urbano y rural con la realidad comunitaria y desligarlos de la politización que padecen. En lo departamental, es legal conformar un consejo con los alcaldes de todos los municipios y representantes de los sectores público y privado, presidido por el gobernador departamental con el fin de promover el verdadero desarrollo local. En lo municipal, la participación social está legitimada en el acuerdo de identidad que reconoce “el papel que corresponde a las comunidades, en el marco de la autonomía municipal, para el ejercicio del derecho de los pueblos indígenas para decidir sus propias prioridades en el proceso de desarrollo”. Eso

es lo que corresponde pelear a los pueblos indígenas, pues el sometimiento y la asimilación del poder local seguirá su curso si los pueblos lo permiten; lo grave del problema que incluye la negación de derechos, discriminación y violencia se ha plasmado en el Informe de Desarrollo Humano, editado por el Sistema de Naciones Unidas de Guatemala, el cual concluye que existen cinco áreas de exclusión:

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La diferencia entre lo urbano y lo rural. La diferencia de los ingresos presupuestarios del Estado. La gran brecha existente entre indígenas y no indígenas. Las distinciones de género. Distintos grados de participación política y exclusión de indígenas.

BYRON PAREDES TIUL Es asesor jurídico del Centro para la defensa legal de los derechos de los pueblos indígenas. Tiene estudios universitarios en la licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC). Además cuenta con estudios a nivel de maestría en Derecho Indígena avalados por la Universidad Nacional Autónoma de México. Fue miembro de la Junta directiva de la Asociación de estudiantes “El Derecho” de la USAC.


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Odilia Chavajay

EL RECLAMO DEL DERECHO COLECTIVO DE LA TIERRA: EL CASO DE EXPROPIACIÓN DE TERRENOS ANCESTRALES PROPIEDAD DE LA COMUNIDAD XINCA DE JUMAYTEPEQUE ÍNDICE Datos históricos de la comunidad xinca de Jumaytepeque Introducción a la problemática sobre reclamos como derecho colectivo del caso xinca Exposición general del caso La titulación supletoria, principal mecanismo de despojo de las tierras xincas Fundamento legal Cronología de los mecanismos legales y políticos utilizados


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Resultas del proceso penal Resultas del proceso civil Acción constitucional de amparo Apelación de la sentencia de amparo Mecanismos de diálogo adoptados para la resolución final Medidas adoptadas en la negociación Concluye el conflicto de tierras en la comunidad indígena de Jumaytepeque Conclusiones e interrogantes Bibliografía Odilia Chavajay Pérez


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DATOS HISTÓRICOS DE LA COMUNIDAD XINCA DE JUMAYTEPEQUE

Hicieron prisioneros a muchos de ellos y los marcaron con hierro candente con el objeto de identificarlos como esclavos.

La aldea de Jumaytepeque fue fundada en el año 1520 por 220 indígenas xincapipiles de ambos sexos y de diferentes edades denominados por el cacique Tonaltet o Tonantel, cuyo nombre significa Piedra del Sol.

En 1740 la Justicia Mayor del partido de Escuintla, por medio de don Alonso Crespo, escribió una relación geográfica haciendo referencia a su distancia del pueblo de los esclavos “Pueblo de Jumay”, distante a tres leguas al rumbo del norte. En lo alto del cerro habitaban 220 indígenas de ambos sexos y de todas edades. Sus cosechas eran de maíz y trigo. Fueron administrados por un cura clérigo en lengua singua. Los indígenas tenían una mina de oro muy rica y se dedicaron a la siembra de trigo en el valle de Jumay.

Según la tradición oral, el nombre Jumaytepeque tiene origen tolteca: “tepeq, significa cerro y jumay significa altura, (...) y como aquí vino gente que se metió del norte (se refieren a migraciones provenientes del actual México), o sea, nosotros, los xincas tenemos más rato que los de allá (...) esta gente se vino de allá para acá, por eso somos diferentes a los mayas”.1 No se encontraron referencias escritas sobre la existencia de Jumaytepeque antes de la época colonial. Sin embargo, existen fuentes de la época en las que se menciona que el lugar pertenecía al departamento de Santa Rosa, donde se efectuó el primer enfrentamiento de los pueblos originarios que se alzaron contra los españoles. Los indígenas de Jumaytepeque, durante mucho tiempo, ofrecieron resistencia a la invasión española colonial; pero, a consecuencia de la gran cantidad de muertos y heridos, decidieron retirarse a las montañas, situación que fue aprovechada por los colonizadores para tomar el pueblo y posteriormente incendiarlo. La historia registra que, después de unos días, los indígenas de Jumaytepeque se encontraban reponiéndose de sus heridas a la orilla del río Cuajiniquilapa cuando fueron apresados por los españoles, que les cayeron por sorpresa.

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Entrevistas llevadas a cabo en el comunidad xinca de Jumaytepeque entre 2003 y 2005.

La población de Jumaytepeque se sitúa a poco más de 28 kilómetros de la cabecera departamental de Cuilapa, en la parte oriental de Guatemala. Se puede afirmar que “es sitio fértil y provisto de todas las cosas y con vecindad no muy distante de los pueblos de Ixguatlán, Comapa, los Esclavos y Jalpatagua y sus sendas frecuentes para el comercio son los dos ríos peligrosos de Aguacapa y los Esclavos”. Jumaytepeque es un pueblo antiguo de indígenas xincas, que nació por real cédula del 6 de junio de 1752 dictada por el Oidor juez privativo del Real Derecho de Tierras, doctor Jacobo de Huerta, (certificación de Título Real: 1910:2). La superficie definida en ese título es de 6,760 hectáreas (150 cab, 56 mz, 5,650 v2). Luego, por acuerdo del 13 de mayo de 1879 del general Justo Rufino Barrios, se sumaron a estas tierras 583 hectáreas (13 cab, 134 cuerdas y 1.821,5 v2), ubicadas en el lugar denominado Estanzuela y la Cofradía de la Virgen. Ambos títulos carecían de especificación de linderos. Por eso, en 1916 se efectuó una nueva medición de tierras que permitió la inscripción en el Registro General de la Propiedad de 5,689 hectáreas (126 cab, 64 mz, 475 v2), como consta en la


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inscripción número 6931, folio 104, libro 58 de Santa Rosa del 31 de mayo de 1916. Por acuerdo gubernativo del 25 de mayo de 1921, se fijó el arreglo de límites de Jumaytepeque y Nueva Santa Rosa, pero el municipio fue suprimido por un nuevo acuerdo gubernativo del 2 de octubre de 1935 dictado por el presidente Jorge Ubico, y quedó catalogado como aldea de Nueva Santa Rosa. De acuerdo a las tradiciones locales, a finales del siglo XVIII, las comunidades xincas de esta región se integraban en seis cofradías. La historia oral se refiere a la vida desde la etapa colonial como un sufrimiento. Hacia 1800 “la Corona española exigía muchos tributos a los xincas, no así a los ladinos, que no pagaban sus tributos y ellos tenían que sembrar cacao y arroz para pagarlos. Fue tanta la presión que tuvieron que refugiarse en las montañas para que las autoridades no los siguieran explotando”. El Archivo General de Centroamérica, en un boletín impreso, mencionó a Jumaytepeque con el nombre de Tucumaitepeque, perteneciente al entonces curato de Santiago de Mataquescuintla en la alcaldía mayor de Escuintla. El Estado de curatos del arzobispado de Guatemala del Tribunal y Audiencia de Contaduría de Cuentas del 8 de julio de 1806 menciona haber tenido 93 tributarios sin proporcionar el número total de sus habitantes. El actual municipio de Nueva Santa Rosa es el que posee los terrenos de la comunidad de Jumaytepeque; y sólo existen referencias históricas de que, en 1916, los ladinos lograron la segregación de una parte del territorio para formar el nuevo municipio. También “en tiempos del presidente Ubico, éste les prometió que regresaría la parte del territorio de Nueva Santa Rosa para que Jumaytepeque se convirtiera en municipio, pero los habitantes dijeron que no porque en Jumay solo había como unos 20 ranchos de paja”.

Según versiones de los comuneros, que en estos tiempos sufrían mucho y no podían progresar, sus padres pasaban los días trabajando en las carreteras.2 “No sólo éramos excluidos del desarrollo sino también despreciados como indígenas”. En el momento en que se constituyó formalmente el municipio de Nueva Santa Rosa, las autoridades locales trataron de arrebatar los títulos reales a los comuneros. Por eso, según la tradición, los títulos fueron escondidos durante un largo período hasta que fueron entregados a la municipalidad para su resguardo. Posteriormente los comuneros debieron emprender una lucha legal para recuperarlos. Cuando lo lograron, constituyeron la Junta Directiva de la Comunidad agrícola de Jumaytepeque, que es la entidad responsable del resguardo, cuidado y tenencia del título del pueblo. En los momentos en que se perdió la posibilidad de que Jumaytepeque se convirtiera en un municipio independiente, se escuchaban afirmaciones como lo siguiente: “Se llevaron el municipio pero no se llevaron el título de propiedad, el síndico que lo tenía se refugió en la montaña para proteger el título (...); pues como se dijo, ese título era pretendido por ladinos del lugar, debido a que el lugar es muy atractivo visualmente y porque el interés primordial era la posesión de esas tierras y del cerro; es decir, que la intención estaba enfocada a distribuirse las tierras por medio de la figura legal de la titulación supletoria (...); además agregaban que los xincas no merecíamos las tierras porque éramos indios”. El 14 de agosto de 1960, la comunidad de Jumaytepeque obtiene su personería jurídica con el nombre de Comunidad agrícola de Jumaytepeque por acuerdo gubernativo del entonces presidente Ydigoras Fuentes. Esto posibilitaba que se

2

Durante el período de Jorge Ubico se aplicaba la Ley de Vialidad, que obligaba a los hombres a trabajar dos semanas al año en la construcción de edificios públicos y carreteras.


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empezara a trabajar por unas mejoras económicas y sociales de los comuneros, así como en el desempeño y solicitud de planes y proyectos de mejora en la infraestructura del lugar. A partir de entonces, la comunidad tiene su propio territorio de 127 caballerías con tres cuartos de caballería, es decir, un poco más de 56 km2 que colindan al norte con el municipio de Casillas, al sur con el de Cuilapa, al oriente nuevamente con Casillas y Cuilapa y al occidente con el de Nueva Santa Rosa, al cual pertenece y del que dista ocho kilómetros.

Uno de los problemas más recurrentes de la comunidad es la usurpación de sus tierras por personas que no reconocen la posesión comunal. El principal conflicto ha sido una disputa de linderos con los dueños de la finca El Jute, que es colindante. El propietario reclama como suyas cerca de 180 hectáreas (cuatro caballerías) en el sector llamado Los Papeles, y acusa de usurpadores a los comuneros. Sin embargo, esta finca rústica aparece registrada en el Registro de la Propiedad por titulación supletoria. No aparece ninguna desmembración del título ancestral de la comunidad, lo cual evidencia que se traslapó un nuevo registro sobre las tierras comunales de la comunidad xinca de Jumaytepeque; tierras que es evidente que la comunidad ha tenido en posesión durante cientos de años, pues ahí justamente es donde históricamente ha estado

INTRODUCCIÓN A LA PROBLEMÁTICA SOBRE RECLAMOS COMO DERECHO COLECTIVO DEL CASO XINCA “Los pueblos indígenas, en general, se caracterizan por la tenencia comunal de la tierra. En el caso específico de la comunidad xinca o Comunidad agrícola de Jumaytepeque, que ancestralmente ha luchado por mantener el régimen comunal de tenencia de la tierra mediante real cédula y posterior título ancestral, ha sido víctima de graves violaciones a sus derechos colectivos como pueblos indígenas”. Estas violaciones ocurren cuando el Estado de Guatemala no cumple su función de garantizar, respetar, promover y proteger los derechos humanos de todos sus habitantes y, en este caso particular, la garantía de proteger los derechos colectivos de la comunidad xinca de Jumaytepeque, que por muchos años ha luchado por preservar y proteger las tierras que le pertenecen de forma colectiva. La extensión de tierra que explota cada comunero es variable y se reduce con el paso del tiempo. Esto se debe, por un lado, a la compraventa de derechos entre comuneros y, por otro, a la atomización de las parcelas, que son dadas en herencia a los hijos e hijas en partes iguales.

asentado este coletivo de personas. La población afectada en esta disputa es de, aproximadamente, 200 familias, con quienes es importante realizar programas de divulgación e información sobre los derechos colectivos indígenas y la obligación del Estado de garantizar el respeto de los mismos. Sólo si estas familias conocen sus derechos podrán exigir, defender y monitorear que el Estado de Guatemala les dé cumplimiento. De esa manera, la comunidad xinca de Jumaytepeque inicia un litigio por las tierras comunales ante los tribunales de justicia y reivindica los derechos de propiedad colectiva mediante distintos procesos. Ante las dificultades encontradas en los tribunales, la comunidad inicia una lucha política en distintas instancias del Estado, como la Dependencia Presidencial de Asistencia Legal y Resolución de Conflictos sobre la Tierra (CONTIERRA), y solicita apoyos solidarios a organizaciones indígenas para establecer alianzas y estrategias de negociación para la resolución del problema por medio de mecanismos alternativos. Este documento trata sobre la sistematización de la problemática y las vías utilizadas para reclamar el territorio como un derecho colectivo; de esa manera,


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EXPOSICIÓN GENERAL DEL CASO

Este caso ha sido el más significativo que ha afrontado la comunidad respecto a sus tierras ancestrales y ha conducido a procesos legales que demuestran las dificultades para reclamar el derecho a la tierra por parte de una comunidad indígena. A pesar de que el título ancestral está inscrito en el Registro de la Propiedad, ha sido difícil que llegue a ser reconocido por el poder judicial.

La comunidad xinca de Jumaytepeque se encuentra en el municipio de Nueva Santa Rosa del departamento de Santa Rosa. Según el censo de población del año 2002, la población del municipio es de 28,653 habitantes, de los cuales aproximadamente el 8% es indígena. La aldea de Jumaytepeque está poblada por 2,266 personas (49.5% son hombres y el 50.5%, mujeres). El colectivo se encuentra organizado políticamente para la administración comunal de la tierra.

Como se planteó anteriormente, el dueño de la finca el Jute, el señor Fausto Fernando de Jesús Aguilar Sarg, emprendió demandas legales para reclamar cerca de 180 hectáreas (cuatro caballerías) en el sector llamado Los Papeles y ha acusado de usurpadores a los comuneros. Esta porción de tierra nunca ha sido desmembrada del título real, según verificaciones realizadas en el Registro de la Propiedad.

se pretende coadyuvar a las futuras sistematizaciones de los casos de violación a los derechos colectivos de los pueblos indígenas de Guatemala.

Para los efectos de gestión territorial, la Comunidad agrícola de Jumaytepeque se organiza de acuerdo a unos estatutos que definen a la Asamblea General como su máxima autoridad, pero es su Junta Directiva la encargada de representar a la comunidad tanto interna como externamente. Ésta tiene la obligación de administrar la propiedad comunal y las parcelas que trabajan los comuneros, y de intervenir en todos los conflictos de tierra que se dan entre los mismos comuneros y/o personas ajenas a la comunidad. Los miembros de la Junta Directiva pueden ser removidos si no cumplen con las funciones establecidas, o por la comisión de faltas que ameriten su expulsión o destitución. Existen delegados en cada una de las aldeas que cumplen funciones de vocales auxiliares. Desde 1997, las tierras comunales se encuentran en litigio ante los tribunales por la reivindicación de los derechos de propiedad colectiva, motivo por el que han intervenido distintas instituciones públicas y privadas con la finalidad de resolver el conflicto. En ese sentido, CONTIERRA ha desempeñado un papel importante.

LA TITULACIÓN SUPLETORIA, PRINCIPAL MECANISMO DE DESPOJO DE LAS TIERRAS XINCAS Los territorios xincas tienen su origen en concesiones hechas por la Corona y el gobierno. Al fundarse el Registro General de la Propiedad, los xincas se vieron en la necesidad de inscribir sus tierras para cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente de la época. Pese a cumplir con esta inscripción, las comunidades xincas fueron objeto de usurpación y despojo mediante titulaciones supletorias por parte de particulares. El procedimiento para estas titulaciones fue establecido en el decreto número 261 del 15 de septiembre de 1880. Este mecanismo legal consistía en denunciar, ante el jefe político o secretario de gobernación, la posesión de tierra baldías (aquellas que no están destinadas por la autoridad a un uso público, ni pertenecen en propiedad, con título legítimo, a particulares o corporaciones), para eso se tenía que demostrar esta situación por medio de la presentación de las características generales del terreno denunciado. Si el denunciante no podía


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demostrar que el terreno era baldío, debía presentar por lo menos tres testigos para posteriormente publicar la denuncia con carteles en lugares públicos y en el diario oficial. Tras este trámite, se nombraba un experto medidor que verificaba las características generales del terreno presentadas por el denunciante o los testigos. Por último, se extendía un certificado para pasar a su inscripción ante el Registro General de la Propiedad.

De la misma forma, la Constitución Política de la República se refiere a la protección de grupos étnicos, así como a la protección de las tierras indígenas y pone especial énfasis en las tierras pertenecientes a las comunidades indígenas;3 el Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas y los estatutos de la comunidad aprobados por acuerdo gubernativo el 10 de agosto de 1961 establecen su derecho de gestión y administración de las tierras comunales.

Este mecanismo ha sido utilizado hasta nuestros días, ahora por medio de la Ley de Titulación Supletoria (decreto 49-79), que en el fondo presenta las mismas características (denuncia, medida y ratificación), con la variante de que se traslada la potestad de autorizar a los Juzgados de Primera Instancia del Ramo Civil Departamentales y la ratificación corre a cargo de la municipalidad en que se encuentre situado el inmueble.

También, la legislación internacional, que en Guatemala tiene un rango constitucional, como el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales (ratificado por el Congreso de la República en 1996) destaca el derecho de las comunidades indígenas a sus tierras y territorios ancestrales.

FUNDAMENTO LEGAL El problema legal ocurre cuando existen dos inscripciones registrales sobre un mismo espacio territorial, una a nombre de la finca El Jute (cuya inscripción se encuentra bajo el número 278, folio 378, libro 39 del departamento de Santa Rosa) y otra a título de la comunidad de Jumaytepeque (que posee una inscripción registral que data del siglo XVIII, y que se encuentra bajo al número 6931, folio 104, libro 58 del departamento de Santa Rosa).

En el presente caso, lo más relevante es que se posee una normativa jurídica que subraya que la comunidad indígena posee derechos primarios de propiedad debidamente inscritos; sin embargo, existe una problemática creada por el mismo Estado al haber reconocido la propiedad a una persona distinta sobre este mismo territorio indígena.

CRONOLOGÍA DE LOS MECANISMOS LEGALES Y POLÍTICOS UTILIZADOS

En ese sentido, el restablecimiento de derechos parte de un principio que indica que “el primero en registro es el primero en derecho”, y también de lo que estipula el artículo 1130 del Código Civil: “la primera inscripción será la del título de propiedad y sin ese requisito no podrá inscribirse otro título o derecho real relativo al mismo bien”. 3

Como primer antecedente de la problemática, el 29 de abril de 1994, el juez de paz del municipio de Nueva Santa Rosa realizó un acta de reconocimiento judicial en la que indica que, según la inscripción que aparece en el Registro General de la Propiedad de la zona central, esas tierras pertenecen efectivamente a los comuneros de Jumaytepeque.

Estos derechos sociales se encuentran detallados en los artículos 66, 67 y 68 de la Constitución Política de la República de Guatemala.


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En el año de 1997, el representante legal de la finca El Jute, señor Fausto Fernando de Jesús Aguilar Sarg, presentó una solicitud dirigida a la CONTIERRA para conciliar el conflicto de tierras con la comunidad xinca de Jumaytepeque, a la que acusaba de ocupar terrenos de su propiedad.

Primera demanda: Dentro de esta primera acción jurídica, se formaliza una demanda civil de desocupación en contra del señor Antonio González Sánchez, comunero de Jumaytepeque. Esta acción conduce el juicio ordinario número 48-97 para la reivindicación de propiedad y posesión. El 9 de julio de 1995, el juez a cargo del proceso resuelve a favor de Antonio González Sánchez, dejando íntegros los derechos de posesión en forma legítima de las 128 manzanas en disputa.

Segunda demanda: El 7 de abril de 1997, el señor Fausto Fernando de Jesús Aguilar Sarg inicia un segundo juicio ordinario civil que se identificó con el número 88-98 y que conoció el Juzgado Segundo de la Primera Instancia de Santa Rosa. En éste se reivindicaron los derechos de propiedad. Dentro de dicho proceso, el 29 de enero de 1998, el demandante hace una unificación de fincas e inscribe dos escrituras con los números 76 y 87.

El 10 de noviembre de 1997, el señor Aguilar Sarg solicita al Juzgado de Primera Instancia Coactivo de lo Económico del municipio de Cuilapa, departamento de Santa Rosa, el reconocimiento judicial de los archivos de la comunidad de Jumaytepeque, con la finalidad de que los comuneros de Jumaytepeque le mostraran el título de propiedad sobre las tierras en conflicto.

En 1999, el representante legal de la finca el Jute desiste en el propósito de que la mediación del conflicto se ejerza a través de CONTIERRA, lo que habilita la exclusividad en la resolución del conflicto a los tribunales de justicia del país.

El 10 de enero de 2000, el presidente de la Junta Directiva de la comunidad de Jumaytepeque presentó un memorial al Juzgado de Primera Instancia Civil del departamento de Santa Rosa en que expuso la necesidad de que el Instituto Geográfico Nacional (IGN) realizara la definición de límites municipales, ya que los linderos de las fincas en cuestión coinciden con los límites entre los municipios de Santa Rosa y Casillas.

El 16 de marzo de 2000, el IGN informó al juez encargado del proceso que la información del área databa del año 1977, por lo que había necesidad de un nuevo estudio registral y catastral, cuyos costos debía sufragar la parte solicitante.

El 27 de marzo del año 2000, el ingeniero Rolando Caballeros rinde un informe al juez de primera instancia del municipio de Cuilapa, departamento de Santa Rosa, que indica que en el tomo II del Diccionario geográfico de Guatemala, específicamente en la página 878, aparece que los territorios en conflicto pertenecen a una montaña de Nueva Santa Rosa, municipio en el que efectivamente aparecen en el Registro General de la Propiedad.

Con la finalidad de indilgar la comisión de delitos en materia forestal y ambiental a los comuneros de Jumaytepeque, el 16 de mayo de 2000, el Instituto Nacional de Bosques (INAB), a solicitud del representante legal de la finca El Jute, presentó al Ministerio Público de Cuilapa un informe de avalúo forestal indicando que el área en litigio había sido objeto de tala y quema de bosques naturales que habían sido reforestados con recursos de la finca, y que el daño económico ocasionado a los bosques de la región ascendía a 150,641.28 quetzales (oficio número 091-2000-DRS-IV-2, INAB).


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El 28 de mayo de 2000, la Junta Directiva de la Comunidad de Jumaytepeque presentó una denuncia formal ante el Ministerio Público, en dicho documento se expone que el día 26 de ese mismo mes y año, el propietario de El Jute en compañía de cuatro miembros de la Zona Militar de Cuilapa, Santa Rosa, realizó disparos al aire con el fin de intimidar a los comuneros y desalojarlos de forma violenta. Dentro del proceso penal existen fotografías que prueban estos hechos.

Acción constitucional de amparo: El 21 de junio del 2000, se presentó acción constitucional de amparo, que se hizo valer por varios comuneros, en la que se planteaba concretamente que se habían violentado derechos constitucionales individuales y colectivos como el derecho de defensa, el debido proceso y protección a grupos étnicos, a las tierras y a las cooperativas agrícolas indígenas.

El 9 de septiembre de ese mismo año se notifica al ingeniero Rolando Caballeros para que practique una inspección ocular de los terrenos en conflicto. Dicho profesional rindió un dictamen en el que expresa que se ha medido la totalidad de la tierra en conflicto. El dictamen fue refutado por el abogado defensor de los comuneros debido a que no se midió la totalidad del terreno.

El 14 de septiembre de 2000, en las oficinas de CONTIERRA, se llevó a cabo una reunión de conciliación entre las partes. El objetivo fue promover el cese de las acciones violentas y la tala de árboles, pero la situación no mejoró.

El señor Aguilar Sarg, el 14 de septiembre de 2000, pide al IGN un nuevo dictamen donde se indiquen los datos reales de la ubicación de estas tierras.

Dentro del proceso civil, el 22 de junio de 2000, el juez de primera instancia civil de Santa Rosa solicitó al Instituto Geográfico Nacional una copia de los planos de archivo en los que se detalla la división territorial de los municipios de Casillas y de Nueva Santa Rosa.

El 19 de septiembre del año 2000, el ingeniero Jorge Arévalo efectúa una nueva inspección ocular de lugar del conflicto acompañado del Señor Aguilar Sarg. En esa ocasión, sí se midió todo el territorio, por lo que el juzgado dio valor probatorio a este último informe profesional.

El 30 de julio de 2000, la Junta Directiva de la comunidad presentó un memorial al juez de paz de Nueva Santa Rosa, denunciando que animales de tiro propiedad de El Jute se encontraban en la zona en litigio, causando daños a los cultivos de café. Al mismo tiempo, denunciaron que el día 22 del mismo mes se habían llevado a cabo disparos al aire, presumiblemente por una patrulla de la Policía Nacional Civil.

El 23 de septiembre de 2000, CONTIERRA visitó el área, constatando que el área tenía uso agrícola por comuneros que producían cultivos de subsistencia y café.

El 6 de octubre, el juez nombró un ingeniero independiente que realizó una inspección de campo para definir el geoposicionamiento de los linderos de la finca El Jute.

El 10 de diciembre del 2000 en el Juzgado de Paz de Nueva Santa Rosa, se presentaron declaraciones testimoniales de varios comuneros de los límites sobre las colindancias de la comunidad.

El 12 de agosto de 2000, la Corte Suprema de Justicia, cámara civil constituida como tribunal de amparo, señala audiencia para una vista pública en la que se presentaron todos los alegatos y argumentos en cuanto a los derechos constitucionales y legales violados.


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El 21 de diciembre del año 2000, hay un reconocimiento judicial en el Registro de la Propiedad.

RESULTAS DEL PROCESO CIVIL

El 29 de octubre de 2001, el juez Ovidio Estrada Marroquín falla en contra de Antonio González Sánchez y de la comunidad de Jumaytepeque.

Después se apeló el fallo ante la Sala Quinta de Qpelaciones con sede en Jalapa, impugnando dicho fallo.

Se solicitó una vista pública ante la honorable Corte de Apelaciones de Jalapa, donde también se presentaron todos los argumentos de la comunidad (pero no fueron tomados en cuenta).

Según resolución de la Sala Quinta de Apelaciones con sede en Jalapa, con fecha 20 de mayo de 2002, los magistrados confirman el fallo en contra de la comunidad; es decir, Jumaytepeque perdió el caso y los comuneros debían abandonar las tierras.

RESULTAS DEL PROCESO PENAL

A 12 de julio del año 2002, el señor Fausto Aguilar presenta una denuncia en contra del Señor Santos Latín Hernández, (entonces presidente de la comunidad), Antonio González Sánchez, Leónidas Gonzáles Sánchez, Bernardo Dimas Pivaral y Ezequiel Gómez Pérez. En la denuncia se les señala de usurpar, talar y haber provocado un incendio en su finca a finales de febrero del 2000.

El 8 de agosto de 2002, el señor Santos Latín presenta un memorial pidiendo que se revoque el punto VI de la resolución del 7 de junio de 2002, donde se ordenaba la suspensión de las actividades agrícolas a todos los comuneros de la comunidad de Jumaytepeque.

El 10 de mayo de 2002, la comunidad solicitó un reconocimiento judicial para verificar los mojones que dividen e indican los límites de la finca del señor Aguilar. Lamentablemente, el juez de Nueva Santa Rosa no pudo dar un informe imparcial debido a la prepotencia del señor Aguilar.

Este proceso penal terminó indicando que los comuneros de Jumaytepeque debían ser desalojados del territorio y que las tierras correspondían en propiedad a la finca El Jute.

En ese sentido, se inició un recurso de casación, pues se estaban vulnerando derechos colectivos y el derecho social es superior al derecho individual. Este recurso fue declarado sin lugar, con lo que este juzgado avaló la sentencia de primera instancia.

ACCIÓN CONSTITUCIONAL DE AMPARO Tras denegarse el recurso de casación #158-2002 promovido por la Comunidad agrícola de Jumaytepque, en el que se solicita adjuntar al expediente la incorporación de la certificación de los derechos reales que constan en la certificación extendida por el Registro General de la Propiedad el 9 de mayo del 2003, se presentó una acción constitucional de amparo ante la Corte Suprema de Justicia de la ciudad capital. Este órgano jurisdiccional, tras las etapas procesales del amparo, deniega el recurso, lo que confirma el fallo.


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APELACIÓN DE LA SENTENCIA DE AMPARO El 10 de julio del año 2003 se presentó una apelación de la sentencia de amparo ante la Corte de Constitucionalidad en la que se refiere que la Corte Suprema de Justicia, cámara civil, no resolvió conforme a derecho, toda vez que se negó a la comunidad de Jumaytepeque la posibilidad de demostrar la propiedad del territorio comunal mediante la certificación del Registro General de la Propiedad (resolución 1934). El 12 de julio 2003, la Corte de Constitucionalidad confirma el fallo de la Corte Suprema de Justicia, constituida en tribunal de amparo, indicando que la acción de amparo no puede llevarse en ningún momento para la revisión de hechos ya tratados en los procesos instalados en el país (expediente 1121 presentado por el señor Arnulfo Vásquez Ortiz). Se debe tomar en cuenta y hacer las consideraciones correspondientes, en el sentido de que, terminadas todas las diligencias legales, el aparato jurídico nacional resolvió de forma desfavorable para la comunidad de Jumaytepeque, por lo que se optó por otras vías para la resolución del conflicto.

MECANISMOS DE DIÁLOGO ADOPTADOS PARA LA RESOLUCIÓN FINAL Durante todo el proceso de litigio del presente caso se utilizaron mecanismos alternativos de resolución de conflictos, como consta en la cronología presentada anteriormente. Habiendo culminado el proceso penal que ordena el desalojo, el representante legal de la Comunidad agrícola de Jumaytepeque solicita apoyo a varias organizaciones indígenas para plantear la estrategia de negociación, en la que participa el Parlamento del Pueblo Xinca, Defensa Legal

Indígena y CNP tierra. Asimismo, se solicitó a CONTIERRA, facilitar y apoyar la solución conciliatoria del conflicto generado de la pugna simultánea por el derecho de posesión o propiedad de la tierra. La vía consistió en convocar a todas las instituciones administrativas del Estado, con la cual se instala una mesa de diálogo, el 5 de octubre de 2004, teniendo como sede y coordinación la Gobernación Departamental de Cuilapa. La mesa se conformó por las siguientes instituciones: gobernador departamental de Santa Rosa, CONTIERRA, MAGA, Procuraduría de los Derechos Humanos, COPREDEH, representantes de la Unidad Técnica Jurídica (catastro nacional), Parlamento del Pueblo Xinca, Defensa Legal Indígena, CNP tierra, y las partes: Comunidad agrícola de Jumaytepeque y el representante legal de la finca el Jute, señor Aguilar Sarg, quien no se presentó a la primera reunión. El 12 de noviembre del año 2004, se llevó a cabo la segunda reunión de la mesa de diálogo. En este encuentro se establecieron las normas de diálogo, porque se contaba con la presencia de las partes en disputa. Se lograron compromisos para garantizar su permanencia y, en cierto modo, respetar un ambiente de tolerancia y respeto. Tras establecer el interés de las partes por resolver este conflicto mediante una mesa de diálogo como mecanismo de solución, se planteó, en un primer momento, la reflexión y el análisis minucioso de las causas del conflicto. Tras el cruce de opiniones, se puso en evidencia que tanto la familia Aguilar Sarg como la Comunidad agrícola de Jumaytepeque presentaban documentos legales sobre la propiedad de la tierra. La mesa concluye que el responsable de esta confrontación es el Estado, debido a que traslapó un nuevo registro sobre las tierras comunales de la comunidad xinca de Jumaytepeque. En consecuencia, debe ser el Estado el que por los mecanismos institucionales gubernamentales debe dar solución a este caso. Por


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parte de la mesa, se acordó que en representación del Estado de Guatemala las gestiones fueran asumidas por CONTIERRA, el MAGA y la Gobernación Departamental de Santa Rosa. A solicitud de la comunidad xinca de Jumaytepeque el Estado debe comprar el área en conflicto y restituir el derecho colectivo de la comunidad, a fin de que el título ancestral no sufra modificaciones; o en otras palabras, a fin de que no se vulnere el régimen de propiedad colectiva. El Estado asume su responsabilidad y las gestiones las coordina CONTIERRA, entidad que se encarga de dar seguimiento a los acuerdos de la mesa y a la negociación del área en conflicto. Se dispuso negociar por las cinco caballerías en disputa. Luego de avanzar en el diálogo, se planteó una nueva dificultad: Aguilar Sarg no quería vender una parte de la finca (que tiene un manantial de agua que utiliza la comunidad y que es el área que solicita que se desaloje). Este punto de discordia, se trató en otra reunión realizada en CONTIERRA, el 20 de mayo del 2005. Estuvieron presentes el señor Aguilar Sarg, la Junta Directiva de la Comunidad y Defensa Legal Indígena. En esta reunión, el finquero muestra una postura firme: no está de acuerdo en negociar sobre las 20-25 manzanas de bosque y el manantial de agua que es útil a la comunidad. Se realiza una segunda reunión en CONTIERRA el 11 de julio del 2005, donde se trató de negociar con el finquero nuevamente. Participaron la Junta Directiva de la Comunidad, el ingeniero Mario Flores de CONTIERRA, Fausto Aguilar Sarg y Defensa Legal Indígena. No obstante, Aguilar no cambia de opinión y aclara que no entrará en negociación ni por el manantial ni por la parte de la finca. La comunidad tendrá que desalojar la zona. Como consecuencia, se solicitó tiempo para reunir a la comunidad y consultar si existía otro medio para seguir negociando.

Se llegó a la conclusión de que se realizaría una asamblea en la comunidad de Jumaytepeque, donde estaría presente el ingeniero Flores de CONTIERRA. En esta reunión la comunidad decidió que no podía desalojar, ya que en esta área se encontraban sus cultivos y la fuente de agua en la que sustentan su subsistencia. Por esta razón, se pide a CONTIERRA que se encargue de hacer una remedición de las cinco caballerías en disputa. Para el efecto, se conformó una comisión que fue coordinada por CONTIERRA y los representantes de la Unidad Técnica Jurídica (catastro nacional) con el acompañamiento y observación de los miembros de la mesa.

MEDIDAS ADOPTADAS EN LA NEGOCIACIÓN La propuesta de negociación del caso de litigio de la Comunidad agrícola xinca de Jumaytepeque, contempló los siguientes puntos: Legitimidad: Durante el proceso se realizaron consultas comunitarias que avalan la negociación de la tierra en conflicto Compromiso político estatal: Se estableció que el Estado se comprometiera formalmente a solucionar el caso, sin dejar secuelas que en el futuro ocasionaran enfrentamientos o problemas entre las partes. Posesión de la propiedad: Se solicitó que la negociación fuera clara y transparente, que se respetaran los derechos ancestrales e históricos que los comuneros indígenas tienen sobre las tierras sin olvidar su forma de administrar las mismas, el derecho consuetudinario, sus costumbres y sus formas de organización. Tierra y territorio indígena: Se pidió que no se desmembrara el título ancestral que les acreditaba como dueños verdaderos de la finca, ya que es un territorio


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autónomo y las comunidades gozan de protección según el Convenio 169 de la OIT ratificado por el Estado de Guatemala.

organizaciones civiles e indígenas que desean participar en la mesa de negociación, siempre y cuando su objetivo sea acompañar y aportar a la solución del problema.

Certeza jurídica: Se pidió al Estado de Guatemala que enmiende los errores registrales que existen en los asientos del Registro General de la Propiedad. Nuevos informes: Se solicitó la realización de nuevos estudios de CONTIERRA para establecer el área a resarcir, para que a partir de los resultados el señor Fausto Fernando de Jesús Aguilar Sarg traspase inmediatamente las escrituras a favor de la comunidad indígena xinca de Jumaytepeque, y que a través de instituciones gubernamentales dedicadas al catastro se le dé un tratamiento a las tierras en conflicto para definir linderos y mojones que establezcan con claridad los límites de las tierras comunales de Jumaytepeque. Valuador propuesto por la mesa de negociación: Los comuneros, por el derecho posesorio e histórico y el derecho que los títulos reales les confieren, han hecho mejoras a las tierras en conflicto, por lo que se propone que estas mejoras no sean tomadas en cuenta dentro de la negociación de compra del Estado a Fausto Aguilar Sarg. Litigio de siete años, costos procesales, asesoría y comuneros: Se pide una indemnización para la Comunidad agrícola xinca de Jumaytepeque por los daños y prejuicios causados por el mismo Estado de Guatemala, mediante la aprobación de un proyecto de carretera asfaltada de ocho kilómetros hasta la cabecera municipal de Nueva Santa Rosa. El proyecto traerá el desarrollo a esta comunidad que tiene un potencial netamente agrícola, especialmente en la producción del café. La solicitud ha sido planteada en años anteriores, sin obtener respuesta durante los gobiernos pasados. Inclusión de actores de gobierno, sociedad civil y organizaciones indígenas: Se solicita que sean tomadas en cuenta todas las instituciones gubernamentales,

CONCLUYE EL CONFLICTO DE TIERRAS EN LA COMUNIDAD INDÍGENA DE JUMAYTEPEQUE Después de largas décadas de conflicto legal por la posesión de una porción de terreno de la finca El Jute, jurisdicción de la aldea Jumaytepeque, municipio de Nueva Santa Rosa, 130 familias fueron beneficiadas con la entrega del título de propiedad colectiva, respetando el ordenamiento jurídico que por siglos ha regido en la comunidad. De 1997 a 2004, existió un proceso legal en los tribunales de justicia, donde los protagonistas fueron los representantes legales de la comunidad de Jumaytepeque y el supuesto propietario de la finca el Jute, el señor Fausto de Jesús Aguilar Sarg. En el año 2004, representantes de CONTIERRA y la Gobernación Departamental ante la mesa de negociación, asumieron el compromiso de gestionar ante el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación los recursos para la compra de cuatro caballerías y 57 manzanas en disputa. Concluidos los trámites legales y establecidos los acuerdos, el MAGA procedió a autorizar la compra del terreno. El 15 de junio de 2005, el Presidente de la República, Óscar Berger, en acto público y acompañado de representantes de instituciones que conformaron la mesa de diálogo, entregó el título de propiedad colectiva a los líderes de la comunidad. Santos Latín Hernández, primer vocal de la Junta Directiva de la comunidad de Jumaytepeque y actor principal del reclamo y defensa del derecho colectivo, agradeció esta compra y la entrega del título de propiedad, pues con ello se pone fin a uno de los problemas sufridos por los comuneros durante varias décadas.


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CONCLUSIONES E INTERROGANTES La preocupante situación de la administración de justicia es la eficacia y eficiencia del servicio que brinda. Es importante que todos los habitantes no sólo tengan acceso a la justicia sino que ésta sea expedita, transparente y cumplida, permitiendo un acceso efectivo. En ese sentido, durante el litigio legal la comunidad desconfió de las autoridades judiciales que llevaron el caso y alegó que el sistema de justicia no favorecía los derechos de los indígenas pobres cuando la disputa es con “personas adineradas”.Este caso, además, plantea las siguientes preguntas: 1) Si la definición de terrenos baldíos contenida en las citadas leyes refiere que no se pueden titular aquellas que pertenezcan con título legítimo a particulares o corporaciones, ¿por qué el Estado avaló titulaciones sobre terrenos inscritos y registrados a favor de comunidades xincas? 2) ¿Cuáles fueron las pruebas presentadas por los denunciantes para declarar las tierras como baldías?, ¿fueron presentados los testigos requeridos por la ley? 3) En la actualidad, ¿cuáles son los criterios que los funcionarios tienen que aplicar a la hora de dar certificaciones para inscribir las tierras denunciadas? 4) ¿Cuáles son las acciones que encaminará el Estado a fin de solventar su responsabilidad histórica en estos casos? Éstas son algunas de las irregularidades que se presentan a la hora de realizar el procedimiento establecido en la normativa vigente, siendo causa de contradicciones, ya que no toma en cuenta lo establecido en las leyes vigentes, convenios, acuerdos nacionales e internacionales. Estas irregularidades se hacen manifiestas a través de: i) titulaciones sobre propiedades plenamente inscritas y registradas (es decir, se ha propiciado una doble titulación); ii) la usurpación y despojo de tierras comunales indígenas. Finalmente, lo trascendental de este

caso es que se establecieron mecanismos de reclamo del derecho colectivo de pueblos indígenas mediante una resolución alternativa de conflictos, a pesar de los resultados judiciales en contra de la comunidad. Se logró la resolución del caso pacíficamente y no se trastocó el título ancestral de la comunidad. No se violentó su forma de organización ni sus normas administrativas de repartición y control del territorio.

ODILIA CHAVAJAY PÉREZ Maya tz’utujil. Cuenta con una licenciatura en Relaciones Internacionales en la Universidad de San Carlos de Guatemala. Desde 2009 es secretaria ejecutiva de Defensa Legal Indígena y miembro de la Mesa de Trabajo de Acceso a la Justicia, Dirección de Derechos Humanos, Ministerio de Relaciones Exteriores. Es miembro fundador de Tob’nel Tinamit (Defensa Legal Indígena, 2003). Entre 2003–2007 fue defensora regional de Pueblos Indígenas de la Procuraduría de los Derechos Humanos y representante de la Institución del Procurador de los Derechos Humanos (IPDH) en reuniones para impulsar la agenda de los derechos humanos de las mujeres indígenas. Ha sido coordinadora del equipo de investigación “Poder local desde la perspectiva maya”, ejecutado por CIRMA y la Municipalidad de Chimaltenango (2000) y consultora de la Asociación MOLOJ (diseño del proyecto para la Lucha Contra el Racismo y Discriminación Racial y seguimiento e instalación del Tribunal de Conciencia contra el Racismo y la Discriminación Racial, 2002)


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LA EXPERIENCIA DEL PODER LOCAL Y LA ORGANIZACIÓN COMUNITARIA EN LOS 48 CANTONES DE TOTONICAPÁN ENTREVISTA CON ROMEO TIU

Romeo Tiu es abogado y notario oriundo de Totonicapán. Se ha desempeñado durante más de diez años como juez y oficial en diferentes municipios del país, principalmente en los departamentos de Totonicapán, Sololá y Quiché. Laboró en la Misión de las Naciones Unidas para Guatemala y como coordinador de la Comisión Presidencial Contra la Discriminación y el Racismo, entre otras instancias públicas y de la cooperación internacional. Ha realizado una larga labor de trabajo comunitario, principalmente en Totonicapán, asesorando a la organización comunitaria en la elaboración de reglamentos internos e investigaciones sobre la gestión de bosques comunales y alcaldías indígenas. El acceso y el cumplimiento de la justicia ha sido siempre la línea principal de su trabajo. La presente entrevista se llevó a cabo el 2 de junio de 2009 en el Centro Cultural de España en Guatemala.


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CANEK – Observatorio Cultural (CANEK): ¿En qué medida la centralización del poder político y de la administración pública afecta a la organización comunitaria? Romeo Tiu (RT): Son muy escasas las iniciativas que trabajan con organizaciones comunitarias, que suelen estar arrinconadas y no son reconocidas por el centralismo. Normalmente las agencias de cooperación internacional y los órganos del Estado trabajan con personas y ONG radicadas en la capital. Estas personas muchas veces han perdido el vínculo con sus comunidades; de modo que los asuntos que se discuten en Ciudad de Guatemala son diferentes de los que se discuten en las comunidades, donde hay una relación real con los problemas que afrontan los indígenas.

CANEK: Sí, el año pasado abrimos una serie de debates en la capital y, aunque se consiguió la participación de personas originarias de diversos municipios, nos quedó la sensación de no estar afrontando la realidad. Aun así los resultados fueron muy interesantes y fueron publicados. En el 2009, iniciamos nuestra labor desde la perspectiva de los derechos colectivos, pero tratando de abordarlos desde la interpretación local. Los derechos colectivos son la base sobre la que se fundamenta el poder local y la organización comunitaria, pero su ejercicio parece obstaculizado porque la interpretación de lo colectivo que hace el marco jurídico no coincide con la interpretación local. En conclusión, si no coinciden las interpretaciones sobre qué es el sujeto colectivo parece imposible ejercer los derechos que se vinculan al concepto; en otras palabras: la interpretación es fundamental. RT: Eso es importante porque a los abogados en Guatemala no se les brinda formación para interpretar, se les da solamente una base teórica. Yo he tenido el privilegio de estar 17 años dentro de los tribunales y eso ha facilitado que, en vez

de volverme mecánico, sea interpretativo. Lo que me preguntas va más allá de quedarnos en afirmar que existen los derechos colectivos. Es excelente que se hayan plasmado en instrumentos nacionales e internacionales, pero ¿cómo hacer para que esos derechos se puedan ejercer? Si tomamos, por ejemplo, un derecho colectivo clásico, el derecho a la tierra, seguro que encontramos muy pocos abogados que se animen a defenderlo, a discutirlo, por los parámetros existentes en la legislación nacional. Si nos atenemos a la jurisprudencia existente, menos todavía. A partir de este planteamiento de territorio podemos hablar de otro derecho colectivo: el idioma. Existe, en muchos casos, una conjugación territorial e idiomática, pero esta unión, esta identificación entre territorio e idioma, escapa bastante, creo yo, de la interpretación que se hace en las leyes del país. En Guatemala, cuando se habla de derechos colectivos, normalmente se hace referencia únicamente a los derechos culturales, quedando desligados y ocultos los derechos sociales, políticos y económicos, en este orden. Pero si los interpretamos de forma conjugada y articulada se nos abre otro espacio en el que aparecen temas como el autogobierno, la libre determinación de los pueblos y la gestión de los recursos naturales. A partir de aquí surgen debates de interpretación muy fuertes, especialmente complejos porque la legislación en algunos casos se contradice. En la universidad te dicen que la ley es de una manera, pero después uno ve que las convenciones internacionales dictan otras reglas. En definitiva, hay que hacer un largo trabajo para la comprensión de estos derechos.

CANEK: La estructura jurídica de un país está sumamente relacionada con su estructura política y económica, tal como vemos en el caso de Guatemala. Debido al proceso histórico de su constitución, el Estado está capacitado para reconocer los derechos colectivos pero no para hacerlos operativos, como


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consecuencia, sobre todo, del centralismo administrativo y político. Por eso, la experiencia de Totonicapán nos parece muy relevante, por su formulación de un autogobierno desde las experiencias locales. En este sentido ¿nos puede explicar el origen de los 48 cantones de Totonicapán y el tipo de gestión que realizan paralelamente a las estructuras oficiales como la municipalidad, los COCODES y el COMUDE? RT: Un análisis de la investigación que se hizo de los 48 cantones indica que muchos de los elementos que todavía sostiene esta asociación son prehispánicos. Aunque tras la conquista hubo una mezcla entre autoridades indígenas y autoridades del Estado, especialmente municipales, como corregidores, gobernadores y alcaldes, en la actualidad hay una separación entre el alcalde ladino y alcalde indígena. En la alcaldía de Xela4 sólo quedó la figura del corregidor cuarto, que es al que llamaban alcalde indígena y que generalmente estaba en un lugar separado de la alcaldía municipal. Sin embargo, esta misma figura ha sido la que ha sostenido, en cierta medida, la presencia de las autoridades indígenas. Su presencia se consolidó durante el periodo autoritario que vivió el país con Justo Rufino Barrios, quien promovió la usurpación de tierras comunales para su cesión a particulares. Ante eso, la gente trató de preservar sus tierras bajo la figura de la autoridad comunitaria. Ésa es la razón por la que las alcaldías indígenas han estado muy relacionadas, precisamente, con las tierras comunales. Además, la posición de esa autoridad como defensora y gestora de las tierras comunitarias fue lo que permitió su actual solidez y fortaleza. La asociación de los 48 cantones gira alrededor de tres elementos esenciales: consolidar la autoridad comunitaria propia de la organización local para la gestión del bosque comunal, el agua y la tierra comunitaria productiva. Como

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Cabecera departamental de Quetzaltenango.

podemos ver los tres aspectos están íntimamente relacionados. En Totonicapán, además, se ha añadido otro elemento: el de los tributos. Otro punto que me parece muy interesante: antes, los alcaldes comunales de Totonicapán no tenían la fuerza que tienen ahora, porque no había organizaciones ni personas locales que les respaldaran. De ahí surge el trabajo para apoyarlos en la sistematización de su experiencia. La intención era visualizar su capacidad organizativa y su autoridad. Esto es importante porque a partir de ese momento hay una creciente apropiación y concienciación por parte de la comunidad. Todo eso sucedió hace aproximadamente 12 años, y sigue creciendo.

CANEK: ¿Surgió, entonces, en el marco de los Acuerdos de Paz? RT: No exactamente, fue más bien una iniciativa interna, como un despertar. Ante la situación local, aunque circunscrita en los cambios que estaba viviendo el país, nos dijimos veámos dónde estamos, veámos si realmente podemos erigir nuestra forma propia de gobierno. A partir de esa reflexión surgieron las que hoy son las fortalezas de la institución. Por ejemplo, aunque ahora parezca inverosímil se abandonó la idea de que este cargo es un castigo. Una de las creencias, extendidas durante el tiempo de la guerra, pero presente incluso durante la Colonia, era que el cargo comunitario era un castigo. Una vez desechada esa creencia, la elección de las autoridades es realmente fenomenal. En noviembre siempre hay una elección de la junta directiva de los 48 cantones y se juntan más de mil personas entre autoridades e invitados. Eso quiere decir que previamente las comunidades se han reunido para escoger a las autoridades que los van a representar. Hoy este trabajo se valora de forma muy positiva.


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CANEK: A eso hay que añadir que las estructuras oficiales comienzan a tomar conciencia de la existencia de una fuerza en Totonicapán. Por ejemplo, en algunos documentos del Congreso de la República se hace saber de forma expresa a los diputados que en cualquier tema relacionado con el manejo del agua y de la tierra se tiene que consultar a los miembros de los 48 cantones. RT: Ése es un buen parámetro para ver que realmente se tiene la fuerza para ser consultado. Y aquí viene una discrepancia entre el discurso, bastante superficial, que hacen algunos líderes indígenas que hablan sobre el derecho de consulta y lo que realmente es la práctica específica de los 48 cantones, que hacen un trabajo permanente, constante y que va más allá de denunciar que no se están haciendo las consultas populares. Creo, además, que la administración debe de pasar a otro ámbito de discusión, a otro nivel, y no quedarse únicamente en los recursos naturales, sino pasar a lo que rodea su manejo. Por ejemplo, el agua no puede llegar simplemente gratis a las casas. La mayor parte de la gente centra su atención en este asunto, cuando la discusión debería ser otra. Debe haber una forma propia de administración tributaria y de legislación en aspectos que atañen a nuestra comunidad. En Totonicapán es fácil enfermarse por consumir agua contaminada y, con toda seguridad, gastamos muchísimo más en curarnos que en buscar la manera de tratar el agua desde un principio. Si no hay una ley de aguas que regule claramente eso en Guatemala, especialmente en Totonicapán, vamos a seguir con casos muy fuertes de enfermedades intestinales graves, entre otras consecuencias. Por eso se necesitan recursos propios y una legislación apropiada.

CANEK: Una de las características que define a una comunidad en el ejercicio de su colectividad consiste en contar con medios propios de tributación, ya sean o no oficiales; es decir, es preciso que exista una contribución por parte de la

comunidad para que su estructura se mantenga y para que pueda regular aspectos como los que menciona. En el caso de los 48 cantones, ¿existen mecanismos de tributación propios? RT: Sí, existen, pero me parece que tampoco son los adecuados para la realidad social, económica y jurídica de Totonicapán. Lo que no está valorado es el trabajo que realiza cada persona. Un día estaba platicando con ellos, y me dijeron que el Estado había destinado un millón y medio de quetzales para un proyecto y ellos decían que habían puesto noventa mil. Entonces les hice el cálculo de cuánto costaba el jornal de cada uno de ellos y se dieron cuenta de que, en realidad, habían aportado más que el gobierno. Entonces, mi reclamo fue: “¿Por qué hacen toda esta fiesta para ellos cuando la deberían hacer para ustedes mismos?”.

CANEK: El trabajo comunitario no se cobra. Es voluntario. RT: Y no se valora precisamente por eso. Es como el caso de las amas de casa. Todo esto es resultado de una visión muy centralizada del ingreso de los tributos y de su función. Vemos comunidades, por ejemplo, que sólo tienen una escuela para niños mientras que en la capital, en una sola cuadra, puede haber hasta dos o tres. Ésa es una desigualdad bastante marcada, pero cuya solución mediante sistemas propios de tributación no es una preocupación en las comunidades… Educación sí, claro, pero ¿cómo?

CANEK: La negociación entre las formas propias de gobierno y las estructuras oficiales del Estado es determinante, sobre todo en lo referente a las nacidas a partir de la aprobación de las leyes de descentralización, pero han sido criticadas como organizaciones que fiscalizan y neutralizan la organización local.


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RT: Claro, ése es otro ejemplo de la falta de cohesión entre el discurso de la gente de la capital y lo que sucede en las comunidades. Esas leyes fueron perjudiciales para expresiones como los 48 cantones de Totonicapán. Las leyes crearon otras figuras y la estructura de dentro de las comunidades se fue debilitando. Los mismos integrantes de la organización local han pedido, para no perder su fuerza, estar en las nuevas instancias. Dicho de otro modo, se crearon figuras oficiales paralelas que deslegitimaron a las locales y dejaron fuera todo el trabajo organizativo que se había hecho. Se rompió, también, con el planteamiento integral de los 48 cantones. Hay, por ejemplo, comités específicos para la introducción de agua potable, otros para hacer caminos, otros para hacer que sean evaluados por la propia comunidad. El COCODE5 significó otra organización que rompió con lo local, rompió con los esquemas existentes, que no me atrevo a decir si son tradicionales pero desde luego son expresiones propias de los pueblos indígenas. La Ley de Consejos de Desarrollo designa presupuestos para el Consejo Nacional, para el Consejo Regional, para el Departamental. El alcalde puede decidir sobre el presupuesto municipal, pero los COCODES, aunque pueden presentar propuestas de desarrollo comunitario, no tienen competencias sobre su financiamiento. Es un problema serio, porque al Consejo Comunitario se le obliga a inscribirse ante el sistema de tributación y ellos no son ejecutores como tales de los fondos sino facilitadores; y aquí hay una confusión en cuanto al manejo de presupuestos, porque ¿cómo manejar fondos si no se los dan? En definitiva, hay una asimilación de todas estas autoridades indígenas. Lo más grave es que su presencia en los Consejos Departamentales es, en realidad, muy débil. Tomemos como ejemplo el caso de Huehuetenango: ahí hay un total de nueve comunidades lingüísticas; hay nueve representantes indígenas dentro del Consejo Departamental de Desarrollo, y cuando se reúnen llega, por ejemplo, el 5

Consejo Comunitario de Desarrollo.

Consejo de Salud y su opinión es igual o superior a la de un representante de una comunidad lingüística completa. Hay un desequilibrio en cuanto al manejo político de la voz y del voto que se tiene en el Consejo de Desarrollo. Todo esto viene provocado más por el Reglamento que por la Ley de Descentralización misma, porque la ley no especifica que esos representantes tengan voz y voto. El origen de esta grave disfunción nace de la forma en que se comenzó a aplicar la ley, que no siguió un orden lógico. Empezaron a funcionar los Consejos Departamentales antes que los Municipales, luego algunos Consejos Comunitarios y finalmente se integró el Consejo Nacional. Fue un desorden completo. Se podía haber hecho de esta manera: crear los Consejos Comunitarios de Desarrollo, que de ellos surgieran los Municipales, y de los Municipales los Departamentales, y así para arriba. Ésa habría sido la única forma de que hubiera una representación clara y bien medida. Ése es el caso de los alcaldes comunales de Totonicapán: la junta directiva no toma decisiones si no se ha consultado a las comunidades. Y a ellos no les corresponde decidir sobre cuestiones de gran trascendencia, aunque quisieran hacerlo no se lo permiten. Se lleva a cabo una reunión cada quince días. En la sesión se planea, por ejemplo: “Miren, señores, tenemos en el Congreso la presentación de la Ley de Aguas y queremos que ustedes consulten a su comunidad si están de acuerdo”. Si la gente dice que no, aunque el alcalde quiera decir que sí, se queda como no. También es importante trabajar con quienes facilitan la información, porque pueden esconder o tergiversar algunas cosas. No sé si todo esto es realmente efectivo en Totonicapán. Los problemas suelen surgir cuando se tratan aspectos fiscales. Es fundamental decir las cosas como son y especialmente debe informarse a la gente de cuáles son los beneficios reales que se tienen en el asunto. Me temo que la información, en el caso de haber llegado, no haya sido muy clara en algunas situaciones. Por otro lado, las leyes que se han presentado tampoco se caracterizan por su claridad.


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CANEK: ¿Es posible que se aúnen otras experiencias similares a la de Totonicapán para generar un movimiento nacional? ¿Qué peligros afrontan estas organizaciones? RT: No creo que hasta ahora se haya logrado hacer un movimiento nacional, aunque existen reuniones sobre, por ejemplo, ordenamiento de tierras o de recursos naturales. De todos modos, estos intentos no siempre son congruentes, así muchas veces estas discusiones se centran en la defensa de los recursos naturales, pero al mismo tiempo se está permitiendo que avance la deforestación. Yo creo que eso pasa porque quienes dirigen no se comprometen con los objetivos que subyacen en las organizaciones. Esto sucede en Totonicapán: a pesar de existir una organización sobre las tierras comunales se está perdiendo la parte que queda en Quiché. Entonces, para qué sirve una organización que no halle elementos de cohesión para poder lograr, precisamente, una organización mayor. Veámoslo de otra manera. Muchas de las organizaciones que hay, a las que podríamos llamar “similares”, tienen muchos vínculos religiosos, especialmente con la Iglesia Católica, y con las ONG. Totonicapán no escapa a esta dinámica. Hasta hace pocos años no había ninguna ONG que apoyara a los 48 cantones. Ahora hay unas 15 detrás de la gestión de esos alcaldes, lo cual no es malo, pero tiene repercusiones, porque no se está reforzando el sistema organizativo, sino que, incluso, debido a la presión para captar fondos, se han reformulado sus reglamentos, han aparecido casos de corrupción y algunos directivos han tenido problemas judiciales. Estos casos podrían generar el colapso de las organizaciones, y en el caso de Totonicapán sería un desastre.

CANEK: Entonces, ¿cuál es el impacto de las ONG? RT: Las ONG no son malas. La cuestión es que se centran casi exclusivamente en la capacitación, pero no se adaptan todavía, en su lugar y momento, a la forma organizativa propia del lugar. Las obras y las capacitaciones están muy bien, pero la gente sigue muriéndose de hambre. Como te comenté, el problema radica en gran parte en el escaso desarrollo de los derechos sociales, políticos y económicos. Puede haber gente capacitada, pero sin capacidad para poner en práctica su conocimiento debido a que no hay acceso a los encajes políticos y económicos. Hay que hacer un ejercicio mucho más fuerte de acercamiento, de comprensión de las necesidades de Totonicapán. No se trata sólo de poner un centro de salud, sino de adaptarlo al lugar con la gente del lugar y la medicina del lugar. La capacidad de autogestión es primordial. La escasez de oportunidades para aplicar el conocimiento local minimiza la estructura organizativa local y desintegra el tejido social que nos une como comunidad. Con lo que respecta a las ONG también es importante señalar que es una gran irresponsabilidad abrir la discusión sobre los derechos para luego abandonar a la comunidad en el proceso de su exigencia, y eso es algo que sucede demasiado a menudo.


Santiago Bastos

LA (AUSENCIA DE LA) DEMANDA AUTONÓMICA EN GUATEMALA*

ÍNDICE Introducción El entorno de la revolución posible (1976-1985) El avance desde la izquierda Las propuestas soberanistas indígenas El momento de la paz y el reclamo de participación (1986-1996) La autonomía en el surgimiento del movimiento maya Debate y convergencia sobre autonomía y otros temas El acuerdo de identidad

*

Ponencia para el seminario “Construyendo el Estado multiétnico desde sitios múltiples. Regímenes de autonomía en América Latina”. Quito, 27 y 28 de noviembre del 2008. CERLAC-Universidad de York / FLACSO Ecuador / GTZ.


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El contexto del multiculturalismo cosmético del post-conflicto (1997-2007) Las comisiones paritarias La ausencia de la demanda autonómica en la Guatemala multiculturalizada ¿El inicio de una nueva fase? Las diferentes versiones de la demanda autonómica La acción política: de la autonomía al reconocimiento La ausencia de lo local en las demandas autonómicas Los avatares de la autonomía territorial: entre la nación guatemalteca y el pueblo maya Bibliografía Santiago Bastos Amigo


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INTRODUCCIÓN Cuando se habla de cuestiones relacionadas con la autonomía indígena, los mayas de Guatemala son un caso extraño. Por un lado, son conocidos por el importante proceso de movilización política a través del Movimiento Maya, tras la experiencia del genocidio sufrido en manos del ejército a principios de los años 80 del siglo XX y por el vigor de las propuestas políticas desarrolladas por sus “intelectuales”; pero, por otro lado, el tema de la autonomía apenas ha ocupado lugar en ese desarrollo teórico y político. De hecho, ésta ha sido una pregunta recurrente en los corrillos y conversaciones con los colegas de otros países: “¿Por qué en Guatemala no se han desarrollado demandas relacionadas con la autonomía del tipo mexicano, por ejemplo?”. El tema se intenta responder relativizando en lo posible esa supuesta ausencia —“no es tan claro, algo hay”— y haciendo referencia a varios factores, como la proporción de la población indígena en Guatemala, el desarrollo del proceso de paz, etc. Voy a aprovechar este espacio para avanzar y poner orden en estas ideas, intentando aportar a la comprensión del caso guatemalteco en el contexto de las demandas de autonomía política desarrolladas en las últimas décadas por el movimiento indígena en América Latina. Para ello, me voy a basar en una revisión de las principales propuestas políticas hechas sobre el tema indígena desde los años 70 por diversos actores, buscando referencias explícitas al tema autonómico y a temas o propuestas relacionadas. Evidentemente, la exposición va a ser siempre selectiva, pues la cantidad de documentos es mucho más grande de lo que se puede abarcar en este texto y la riqueza de temas, análisis y opiniones de los que tratan estos documentos, mucho más amplia de lo que acá se reseña. Podemos distinguir tres (o cuatro) momentos en la producción de ideas sobre la autonomía. Todos coinciden con etapas de la historia política reciente de los

indígenas en Guatemala, cuyo desarrollo incide precisamente en las formulaciones que encontramos. Sólo en uno de estos tres (o cuatro) momentos encontramos una ausencia casi total de la demanda autonómica en el debate político, pero coincide con el periodo —el cambio de siglo— de mayor avance político. Ésta es la etapa en la que esa demanda está más presente en países como Bolivia o Ecuador, razón por la cual el caso guatemalteco llama más aún la atención. De todas maneras, la producción y el debate sobre la autonomía también muestra vacíos y características que lo diferencian de otros desarrollos como, por ejemplo, el mexicano. Para mostrar esta especificidad de la forma en la que se plantea la demanda autonómica en Guatemala, voy a desarrollar el texto a partir de estos tres (o cuatro) momentos, viendo las condiciones que van haciendo que se avance y consoliden diferentes formas de (no) entender la autonomía indígena en Guatemala. Para acotar un término tan amplio, y a veces ambiguo, podemos hablar de tres niveles en que se utiliza (o no) este concepto. En primer lugar estaría el derecho a la acción autónoma de los mismos actores indígenas en la arena política, elemento reclamado, pero sobre todo actuado. Después estaría la autonomía local, como el reclamo o reconocimiento de una situación de un poder históricamente creado o políticamente reclamado a este nivel que ha actuado o actúa de forma “paralela” al poder estatal. Finalmente estaría la autonomía de base territorial, como una forma de ejercer el control político en un área del país relacionada con la cuestión de la nación-nacionalidad y su grado o derecho de soberanía. En las conclusiones se retomará esta clasificación, que se pondrá en relación con los conceptos de reconstitución, resistencia, autodeterminación y reconocimiento propuestos por Araceli Burguete (2008).


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EL ENTORNO DE LA REVOLUCIÓN POSIBLE (19761985) La segunda mitad de los años 70 conocieron un importante desarrollo político de los indígenas en Guatemala (Arias, 1985; Cojtí, 1997; Bastos y Camus, 2003, Hale, 2007, MacLeod, 2008), que llevó de la mano un debate en torno a su papel en la conformación social del país. Así, se iban consolidando experiencias como los seminarios indígenas y se maduraban propuestas de participación política como la que condujo a la redacción, en 1978, de la constitución del Frente Indígena de Integración Nacional (FIN), abanderado por dos diputados mayas que actuaban como tales en el Congreso (ver Falla, 1978); ese mismo año aparece públicamente el Comité de Unidad Campesina (CUC), conformado sobre todo por indígenas del altiplano (Arias, 1985; Menchú y CUC, 1992). Al mismo tiempo, en 1970, surgen dos obras que analizan el papel del indígena en la formación histórica de Guatemala, sobre todo en la época colonial: “La patria del criollo”, de Martínez Peláez y “Guatemala: una interpretación histórico-social”, de Guzmán Böckler y Herbert. Ambas colocan a los indígenas en el centro de la problemática de la construcción social y nacional guatemalteca (Taracena, 2004; Pinto Soria, 2003). Dada la deriva revolucionaria de la izquierda en toda Latinoamérica y sobre todo en Centroamérica durante esta década, estas obras se constituirán en el centro de un debate ideológico sobre el papel del indígena en la revolución que está en marcha… Una revolución a la que el Ejército responderá con el mayor ejercicio de represión y masacres de la historia reciente de este continente (ODHAG, 1998; CEH, 1999)

EL AVANCE DESDE LA IZQUIERDA En este contexto se da el desarrollo político de dos posturas que avanzan a lo largo de media década y cristalizan en dos documentos producidos al calor de la

tensión represión-revolución de los años 1982-1984. Hacia 1978 existe cierto debate en el país sobre la calidad política de los indígenas, pues durante la campaña electoral de Francisco Villagrán Kramer, candidato a la vicepresidencia, se habla de las “nacionalidades indígenas en Guatemala” (Falla, 1978: 437).1 Comentando esta declaración, Falla comienza por el esquema de las nacionalidades de la URSS para plantearse la posibilidad de aplicar tal categoría a los indígenas guatemaltecos; pero termina desechándola, pues no cree que tengan desarrollo político propio como para llegar a esta categoría, ya que el capitalismo les ha insertado en la formación social guatemalteca (1978: 438-440). Ésta es una idea muy propia del desarrollo que se hará desde la izquierda guatemalteca (no indígena, habría que señalar) durante estos años, y se caracteriza por un avance en la conceptualización de lo étnico muy acorde con el papel que los indígenas estaban tomando en la lucha revolucionaria.2 El enfoque puede parecer evidente pero merece ser destacado: lo indígena se piensa desde la nación guatemalteca, conformada por indígenas y ladinos, en una desigualdad inserta en la conformación de clases. Esta versión de lo indígena como parte de lo guatemalteco aparece en la gama de posturas que va desde los planteamientos clásicos del PGT y las FAR, donde lo étnico sólo es visto como una “contradicción secundaria”, hasta las ideas más avanzadas del momento. Incluso el trabajo de Guzmán Böckler y Herbert (1970) está desarrollado desde la idea de un país en cuya conformación los indígenas fueron colonizados, pero para la solución de los problemas no piensan sólo en ellos sino en el conjunto de 1

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Este político socialdemócrata fue compañero de fórmula del general Romeo Lucas, que era el ministro de defensa en el anterior gobierno y por tanto ganó las elecciones. El FIN se alió con esta fórmula, esperando así logar su legalización, pero la mayoría de sus promotores habían muerto para finales del cuatrienio (Hale, 2007). La preocupación por lo indígena está presente en la izquierda guatemalteca desde sus inicios (ver Reyes, 1986; Taracena et al, 2004; Pinto Soria, 2003). Como antecedente necesario para el viraje de los 70, hay que mencionar el “documento de marzo de 1968”, redactado en La Habana por Rolando Morán y considerado documento “fundacional” de lo que después sería el EGP.


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todo el país (Falla, 1978: 440; Reyes, 1986: 6). El texto “Racismo” de ORPA se hace desde la idea de una nación que está conformada desde el racismo, con el que hay que acabar precisamente para lograr la unidad de “un pueblo partido en dos” (1978: 103). En la proclama de formación de la Unidad Revolucionaria de Guatemala (URNG) entre las cuatro organizaciones mayoritarias, el tema indígena parece con estas características: “La Revolución garantizará la igualdad entre indígenas y ladinos, terminando con la opresión cultural y con la discriminación” (citado en Reyes, 1986: 12). El texto que tiene un mayor desarrollo de estas propuestas, y que podemos considerar como el culmen y más representativo para lo que nos interesa, es “Los pueblos indígenas y la revolución guatemalteca”, escrito por Mario Payeras y publicado en la revista Compañero, del EGP, en 1982.3 Díaz Polanco (1997: 7) comenta cómo en su momento supuso un acto de “heterodoxia audaz” por la “búsqueda de conexión entre lo étnico y lo nacional”. En él se parte de la idea de que Guatemala fue un “país multinacional”, pero cuyo desarrollo capitalista borró las nacionalidades indígenas (Payeras, 1997: 74) al mismo tiempo que las marginaba del desarrollo y de la nación. Esta “contradicción étnico-nacional” se resolverá “con la gran unidad indígena-ladino” que dará lugar a “la nueva patria multinacional” (ibíd: 82-84). El reconocimiento de los indígenas como sujetos políticos lleva al “derecho a la autonomía política local” como forma de ejercer el “derecho a la autodeterminación” y a su “participación plena a nivel nacional” (ibíd: 87-88). Así, pese a la negación de un carácter nacional, Payeras llega a una propuesta que Díaz Polanco considera “un virtual régimen de autonomías”

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Mario Payeras es uno de los mas influyentes intelectuales revolucionarios de Guatemala. Formado en las FAR, fue fundador del EGP a inicios de los 70; rompió con esta organización en 1984, como consecuencia de las derrotas de 1980-82, pero siguió activo hasta su muerte a mediados de los 90. Escribió textos diversos a lo largo de su trayectoria, algunos testimoniales como “Los días de la selva” o “El trueno en la ciudad” y otros de reflexión política como “Los fusiles de octubre” y “La latitud de la flor y el granizo” (ver Díaz Polanco, 1997).

(1997: 7).4 Pese a estas avanzadas ideas, o quizá gracias a ellas, el tema de la autonomía no se desarrolla más a nivel orgánico ni aparece en la proclama fundacional de la URNG.

LAS PROPUESTAS SOBERANISTAS INDÍGENAS Al mismo tiempo que se iban dando estos planteamientos, la politización entre los indígenas va llevando a desarrollos muy variados: desde los más culturalistas y preocupados por el idioma (Fisher, 1999), hasta los que se vincularon más a las organizaciones revolucionarias por sus planteamientos campesinos, pasando por los que buscan integrarse al sistema político vigente para abrirlo “desde dentro”. Entre ellas, se desarrolla una línea claramente política que se piensa en términos de “naciones indias”, en la línea que se desarrolla en América del Sur por pensadores como Fausto Reynaga (ver Bonfill Batalla, 1981), y que se apoya en textos como la Declaración de Barbados o la experiencia kuna en Panamá (Ukux Be, 2005: 33). La revista Ixim, que se publica en la segunda mitad de la década (Bastos y Camus, 2003), es un foro para estas posturas, entre muchas otras. Según Ukux Be (2005) y MacLeod (2008), a finales de los 70 toma forma una línea que desarrolla sus escritos desde una perspectiva que combina posturas de izquierda con lo que ellos llaman “el nacionalismo maya”. No son los únicos que desarrollan esta idea “nacional” —la misma mención del candidato a vicepresidente en 1978 y la forma en que se separan de “los indianistas” lo muestran—, pero lo hacen con una gran potencia intelectual que se plasma, a principios de los 80, en varios escritos firmados por organizaciones que responden a nombres como el Movimiento Indio Nacionalista, el Movimiento

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La ambigüedad entre lo nacional guatemalteco y lo nacional indígena se manifiesta en las formas de denominar a estos últimos a lo largo del documento: “grupos étnico-nacionales”, “grupos étnicos-culturales”, “pueblos indígenas”…


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Revolucionario Indígena o el mítico Movimiento Indio Tojil (Bastos y Camus, 2003; Ukux Be’, 2005; Hale, 2007, MacLeod, 2008).5 El máximo exponente de esta línea de pensamiento es el famoso texto “Guatemala: de la República Centralista Burguesa a la República Popular Federal”, que ya desde el título declara sus intenciones. Escrito en 1984 (o en 1981) podría ser considerado como el desarrollo más acabado de esta línea; Reyes lo considera “el primer plateamiento propiamente indio que se publica en el país” (1986: 10).6 Además de unos planteamientos de izquierda y el uso, como antes Falla, de la teoría de las nacionalidades, lo que nos interesa en este caso es la frase de que “si de inmediato se interpretan aquí las relaciones indio-ladinas en término de nacionalidades, es porque es el enfoque correcto de la realidad política guatemalteca” (MAYAS, 1990: 45). Congruentes, su planteamiento es formar “una República Popular Maya federada a una posible República Criolla”, aunque otras veces se nombra como una “Federación de Repúblicas Mayas confederadas a una República Criolla” . Esta idea, que se repite a veces de forma literal en otros documentos, muestra la característica de esta corriente de pensamiento en comparación con la de la izquierda no indígena: no se sitúa desde la nación guatemalteca, sino desde el pueblo o nación indígena (más tarde llamado maya), que se considera colonizado por el pueblo o nación ladina.

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MacLeod (2008: 225-254) hace la reconstrucción más completa que conozco de este periodo. Ella plantea que podría tratarse de un mismo colectivo que va cambiando de nombre e imagen para sobrevivir en la clandestinidad de un entorno cada vez más represivo. La repetición de ideas e incluso frases completas en los textos hablaría de esta idea. En la sesión del Tribunal Russell en Rotterdam, en 1980, esta organización ya había presentado un documento titulado “La violación de los derechos indígenas en Guatemala”, en el que se habla de un “Estado colonial que practica la represión hacia las naciones indígenas” (citado en Bastos y Camus, 2003: 68), y MacLeod data el documento “Posturas Políticas” de Tojil en 1977 (2008: 225).

Por tanto, la diferencia es de base: la idea de “la nación guatemalteca” es una falacia. Lo que existe en común es un Estado, no una nación. Por eso, la solución que se plantea no se da a nivel local o regional, no se trata de cómo obtener un encaje “autonómico” dentro de una nación. La unidad de análisis es el pueblo o nación, y el objetivo es lograr un pacto entre diversas naciones dentro de un solo Estado que sea satisfactorio para todas ellas. En estos documentos aparece ya un elemento que marcará el desarrollo posterior de este pensamiento: la tensión entre el “Pueblo Maya” o la “nación india” y los posibles “pueblos mayas” definidos por sus idiomas. Pese a los problemas de definición, es verdad que el criterio lingüístico será fundamental en las propuestas operativas posteriores. Visto de otra forma, el texto “Nacionalismo maya y marxismo” plantea que “la actual unidad de la nación guatemalteca (después del aniquilamiento de la clase burguesa) podría mantenerse tal vez si se establece el bilingüismo perfecto (maya-castellano) en todo el territorio. De lo contrario las naciones monolingües (ladina e indígena) sólo podrán coexistir mediante el federalismo” (Anónimo, sin fecha: 12). La respuesta de la guerrilla, ya unificada en la URNG, fue clara. Por un lado, desautoriza los planteamientos: “No es de extrañar, entonces, que en América Latina esta tendencia no sea perseguida o rechazada por los sectores opresores y explotadores (…) Tampoco es extraño, pues, que instituciones norteamericanas vinculadas directamente o indirectamente con la CIA o el Departamento de Estado (…) estén promoviendo desde hace algunos años el etnicismo etnopopulista”; por otro lado, de una forma prolija, hace su propia propuesta, de la que rescatamos dos ideas: “Sin ninguna duda, Guatemala constituye una nación (…) lo que corresponde para solucionar la cuestión nacional es replantear la nación, no negar su existencia”, de lo que se concluye que “se pueden resolver esas demandas indígenas sin necesidad de recurrir a un esquema de ‘naciones’ indígenas y sin plantear repúblicas propias o autodeterminación. En lugar de autodeterminación (fundamento de la nación),


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autonomía sociocultural puede servir de base para responder a esas demandas” (URNG, sin fecha: 1-4). Además de la aparición explícita del concepto de autonomía, este texto deja entrever algo que está ocurriendo en estos momentos: la “ruptura política” entre las posiciones de los indígenas que se han insertado en la URNG y aquellos que no lo hacen, tanto porque no apoyan las ideas sobre cultura y derechos específicos de los indígenas, como porque dentro de las organizaciones revolucionarias mantienen comportamientos racistas contra ellos. Así aparece citado en el propio texto. Lo que se está reclamando es lo ganado en esta década: la capacidad de acción autónoma de los mayas como actores políticos con capacidad para defender sus propios intereses y proyectos En resumen, en este periodo se da un gran desarrollo analítico, conceptual y político sobre la situación de los indígenas en Guatemala, se plantean posibles formas de solucionar esa injusticia histórica que nadie cuestiona. De acuerdo a cómo se conciba la relación entre lo indígena —ya lo maya— y lo guatemalteco encontramos dos líneas de desarrollo político: una habla del encaje de unos indígenas, que no llegan a la categoría de nacionalidades, en la nación guatemalteca, y lo hace, como mucho, en unos términos que al final son conocidos como “autonomía”, es decir, una cuestión de manejo de poder a nivel local y regional. La otra línea no habla de autonomía sino que propone una transformación radical del Estado que supere lo territorial-administrativo y modifique su propia concepción: un Estado multinacional. Éste es el momento en el que se sueña al calor de la revolución que se avizora en el horizonte cercano, y por eso se piensa en los modelos de esa Guatemala ideal.

EL MOMENTO DE LA PAZ Y EL RECLAMO DE PARTICIPACIÓN (1986-1996) Como todos sabemos, la revolución nunca llegó. Fue ahogada en sangre por medio de una estrategia de tierra arrasada que, entre 1981 y 1984, supuso la culminación de la historia represiva del Estado guatemalteco, y que alcanzó las características de genocidio contra los indígenas (CDEH, 1999). Con ello, el ciclo de movilización política iniciado a mediados de los 70 llegaba a su fin abruptamente. Las comunidades indígenas quedaron sujetas a una militarización que impedía su participación política (Schrimer, 1999). Parecería, de este modo, que se había logrado que los indígenas no tuvieran la capacidad para participar como actores políticos cuestionadores en la “reconstrucción” de la democracia guatemalteca, que comienza a partir de 1984 controlada de cerca por el Ejército (Jonas, 2000; Brett, 2006).

LA AUTONOMÍA EN EL SURGIMIENTO DEL MOVIMIENTO MAYA Sin embargo, no es así. Los espacios que comienzan a abrirse en esta nueva “democracia” son aprovechados por múltiples actores que denuncian tanto la brutalidad que se ha ejercido contra ellos como la militarización e impunidad que siguen presentes. Entre ellos, destaca la cantidad de indígenas que van conformando el “núcleo del bloque popular” (Jonas, 1994: 201) que, en buena parte, es responsable de que la estrategia militar de la Estabilidad Nacional tenga que adaptarse y deje paso, después de 1991, a la formalización de un proceso de paz que culminará en 1996, y en el que se reconoce que “la identidad y derechos de los indígenas” es uno de los fundamentales en la base del conflicto, por lo que ha de tratarse en el proceso de paz de forma específica.


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Éste es el contexto en que se da la consolidación de lo que empieza a denominarse Movimiento Maya en la década de los 90. La forma de tratar las demandas relacionadas con la autonomía, que vamos a ver ahora, están marcadas por la ruptura que se dio en los momentos más álgidos de la revolución y la represión contra los mayas organizados. Esta ruptura supuso que las organizaciones revolucionarias no siguieran avanzando en el desarrollo de una forma propia de entender esa autonomía, ni los derechos de autogobierno que habían aparecido esbozados en el texto de Payeras de 1982, y que tiene una gran discusión en Centroamérica y México a partir de la controversia sobre los miskitos en la Nicaragua sandinista y la promulgación de la Ley de Autonomía en 1987. No aparece mención alguna en los documentos de la URNG. Otras posturas de la izquierda, como CEIDEC, que no tienen mucha audiencia, tampoco desarrollan el concepto. Habría que mencionar a Octubre Revolucionario, disidencia del EGP liderada por Mario Payeras, que sí desarrolla las ideas de autonomía a partir de una estrecha relación con Héctor Díaz Polanco. El carácter que se le otorga queda patente en un documento de 1987 donde se habla del “reconocimiento de la autonomía local y regional de los Pueblos Indígenas (…) oponiéndonos a la federación y la descentralización” (Payeras, 1997: 114). Por su parte, las organizaciones de víctimas de la represión —viudas, desplazados, refugiados, etc.— que surgen en estos años de manera pública y las llamadas “organizaciones populares indígenas” (Smith, 1991: 29; Bastos y Camus, 1993: 58), que son las aliadas de la URNG en esta nueva fase, se identifican como víctimas de la represión previa y la que continúa. Lo étnico está presente, pero unido a lo campesino y a la calidad de víctimas. No aparece apenas mención alguna a los derechos culturales o políticos como indígenas; ni nada que pueda tener que ver con autogobierno o autonomía (Bastos y Camus, 2003, Brett, 2006). De hecho, sus documentos dejan ver cómo se lucha desde una

concepción de nación guatemalteca y no desde la de un pueblo indígena con derechos a soberanía. 7 No obstante, la autonomía se va a convertir en una de las puntas de lanza de las nuevas organizaciones mayas o mayanistas (Bastos y Camus, 1993; Cojtí, 1997) que aparecen durante la transición política para reclamar su reconocimiento como Pueblo Maya y el respeto a sus formas culturales, empezando por los idiomas. Estos grupos provienen de esas iniciativas que habían reclamado/mantenido su autonomía con respecto a la URNG; y ahora buscan insertarse en la política desde su condición étnica como Pueblo; y lo hacen desde una praxis de acción autónoma respecto a los demás actores nacionales. Entre las primeras cosas que reclaman, y logran, está la creación de la Academia de Lenguas Mayas (ALMG) como ente autónomo del Estado guatemalteco, que lo reconoce, avala y financia (Bastos y Camus, 1993). Se reúnen en el Consejo de Organizaciones Mayas de Guatemala (COMG), ente que lidera esta postura política en los siguientes años. Conforme se consolida el proceso de paz, estas organizaciones son las que más claramente reclaman una participación propia como mayas en las negociaciones de paz: “ya no queremos más métodos de inconsulta y manipulación (…) NOS ASISTE EL DERECHO A SER ESCUCHADOS ” (COMG, 1991: 7, con mayúsculas en el original). Todos éstos son rasgos de algo que aunque no se explicita así es básico en esos momentos: un derecho a la acción autónoma, a la autodeterminación en la acción política, podríamos decir. Además, entre sus reclamos políticos, el término autonomía está presente continuamente. El Rujunamil ri Mayab’ (“Derechos Específicos del Pueblo Maya”) es el documento que aparece en 1991, en el contexto del proceso de paz

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Según Cojtí estas organizaciones “no podían ser consideradas como parte del Movimiento Maya pues no reivindicaban derechos indígenas” (1997: 106).


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como enumeración de las demandas de todo este sector que cada vez está logrando mayor visibilidad política y coherencia argumental. Pese a su brevedad y carecer normativo, se convertirá en el texto de base para todas las propuestas y debates que se desarrollan posteriormente. En él se habla de “reconocer derechos territoriales por ser los legítimos pobladores” y de “reconocer una autonomía de tipo territorial”. Más tarde, se reclama “la autonomía política del Pueblo Maya”, que debe ser “reconocida constitucionalmente”, así como la “oficialización de los idiomas mayas” y el “derecho a la autonomía cultural” y el desarrollo de una “economía autogestionaria” (COMG, 1991). Así, entre 1982 y 1992, se ha dado un enroque discursivo: ahora el término autonomía lo manejan quienes antes no lo querían ver porque reclamaban un arreglo multinacional. Pero las circunstancias políticas han cambiado, y en vez de soñar una Guatemala utópica, hay que pensar en soluciones posibles en la Guatemala que reconstruye su democracia en un contexto en que la diversidad va teniendo cada vez más legitimidad, aunque aún mantiene fuertes raíces racistas. Así lo plantea clara y abiertamente Cojtí, que es el intelectual que más desarrolla esta línea de pensamiento. Plantea que Guatemala es un país multinacional y que los Mayas como Pueblo tienen derecho “a la autodeterminación interna o externa” (1994: 28-29). Y que, dadas las circunstancias políticas, se decanta por “la solución autonómica” al colonialismo interno, como un paso en la “evolución hacia la solución federal”, pero que debe contener competencias legislativas, ejecutivas y judiciales (ibíd: 30). A partir de ahí, desarrolla la justificación de las demandas contenidas en el Rujunamil como “demandas inmediatas” entendidas como “derechos específicos faltantes” (ibíd: 33). En su desarrollo concreto, existe alguna confusión, pues si la autonomía “sobre base territorial” se refiere a “competencias culturales y de orden público”, (40), la autonomía política implicaría un “gobierno propio en lo regional” con reconocimiento de las “formas propias de gobierno” (43), y el reconocimiento constitucional de la autonomía se refiere a “la policía, educación, sanidad, industria, comercio, agricultura y asistencia social” (ibíd: 40, 43, 50).

En definitiva, tenemos una propuesta que rebaja la demanda de autogobierno desde lo federal a lo autonómico, pero que además mantiene una ambigüedad que hace posible reagrupar diferentes sensibilidades y grados de radicalidad en lo que puede implicar ese pensarse como Pueblo Maya en relación con el Estado guatemalteco. De esta forma, en la primera mitad de los 90, el término de la autonomía se incorpora al vocabulario y al debate político, e identifica a una de las partes en disputa, la que se piensa a sí misma en términos de Pueblo Maya. Además de las menciones en los textos y apariciones públicas, la autonomía parece implícitamente en los mapas lingüísticos que empiezan a proliferar de la mano de la ecuación bilingüe y del mismo trabajo de la ALMG, donde de nuevo se piensa continuamente en un grupo de 22 comunidades lingüísticas que forman el Pueblo Maya. La autonomía también aparece en la propuesta que hace el gubernamental Fondo de Desarrollo Indígena de Guatemala (FODIGUA), que se crea en el continente en el contexto de los Fondos Indígenas en 1992 (Bastos y Camus, 1995: 146-149). Esta agencia dispone una “regionalización operativa” para su trabajo que distribuye las comunidades lingüísticas con nombres mayas: “B’alam A’ab’, Maju K’utaj, Ik’i B’lam y B’alam K’itze’” (ibíd: 147). Pese a que fue retomada más tarde por el grupo de notables reunidos en Kamal Be’, la propuesta nunca se desarrolló operativamente.8 Esta proliferación de artículos, mapas, libros y conferencias en los que se habla de la autonomía no reduce la ambigüedad del término: se sabe que hay una referencia territorial, pero no se sabe qué contenidos se le otorgarían; aunque no por eso deja de provocar suspicacias en el contexto de las luchas surgidas con el desmembramiento del bloque soviético, la guerras africanas, y el 8

Actualmente, en el link “Geografía” de la web de FODIGUA aparece un mapa de los departamentos de la república sin ninguna mención a las comunidades lingüísticas. (http://www.negociosenguatemala.com/ebusiness/FODIGUA/Pagina%20de%20Fodigua/in dex.htm)


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fundamentalismo islámico. Empiezan a oírse alusiones como “balcanización”, “exYugoslavia”, “Kosovo”, “ayotallahs mayas”, que muestran el recelo ante esta consolidación de una propuesta que va en contra de los intereses de unos cuantos y de la idelogía —racista— de la mayoría. No voy a desarrollar más este punto, pero es necesario tenerlo presente al hablar de los desarrollos de la política maya en Guatemala.

DEBATE Y CONVERGENCIA SOBRE AUTONOMÍA Y OTROS TEMAS Así, en el inicio de los 90, “el tema indígena” o “lo maya” toma fuerza en el debate político en Guatemala de la mano de la contracelebración del V Centenario en 1992 y de su inclusión en la agenda de la paz. Ambos procesos crean espacios en que “lo maya” va tomando legitimidad y los mayas van logrando tener una voz propia. Los indígenas populares se piensan, cada vez más, como “mayas” y la URNG quiere estar presente en los espacios que los indígenas han conseguido que se les abran como tales. Como consecuencia, se crea la Coordinadora Maya Majawil Q’ij y se inicia una fase marcada por la pelea por esos espacios, pero también de confluencia de discursos.9 De forma similar a lo que ocurre en toda América Latina, las organizaciones campesinas indígenas van incluyendo cada vez más planteamientos culturales y políticos que provienen de la tradición del “nacionalismo maya” que cuestionaban en los 80 (Brett, 2006; Burguete, 2007).10 9

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Estas luchas por los espacios políticos encontraron un marco en la Campaña 500 años de resistencia, en concreto en el II Encuentro de la campaña, desarrollado en Quetzaltenango en octubre de 1991 (Bastos Camus, 1993; Cojtí, 1997; Warren, 1998; Burguete, 2007) y en el proceso de paz. A partir de 1992 se vive una extraña paradoja, por la que en el exterior la URNG es la defensora de lo maya, mientras que en la política nacional se pelean los espacios con quienes defienden esa opción. Para entender mejor las complicadas relaciones entre los mayas y los revolucionarios, y los mayas revolucionarios (ver Bastos y Camus en prensa). De hecho, Cojtí (1997) considera que, a partir de 1993, las organizaciones populares ya pertenecen al Movimiento Maya.


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El resultado de esta dinámica es que en el proceso de paz, el tema de la autonomía acaba siendo defendido por todas las organizaciones mayas. Pero no es algo automático ni producto de una negociación fácil, pues los populares siguen rechazando la idea y el término mismo de “la autonomía”. El primer esfuerzo por lograr una postura común de los mayas de cara a estas negociaciones es la Mesa Maya que entre 1992 y 1993 reúne a las diversas tendencias como parte de la Coordinadora de Sectores Civiles (Bastos y Camus, 2003; Ukux Be, 2005). El intento de unidad fracasa y finalmente los delegados del COMG se retiran dejando solos a los populares de Majawil Q’ij en la redacción del documento final. Reflejando esta ausencia, pero también los cambios, aparece el reclamo de “autonomía para las organizaciones del poder local y regional”, “autonomía para planificar, decidir y ejecutar proyectos de desarrollo” y respeto a las “instituciones propias y autónomas de los pueblos indígenas para los derechos indígenas (Mesa Maya, 1993: 2, 5, 7). Un año más tarde, no obstante, los mayas logran que se les tenga en cuenta como actores diferenciados dentro de la Asamblea de la Sociedad Civil que se crea durante el proceso de paz. De esa manera, se llega por fin al reconocimiento de la autonomía de acción tanto tiempo reclamada. Se crea, de este modo, la Coordinadora del Pueblo Maya de Guatemala (COPMAGUA), que en los próximos años recogerá todas las tendencias ideológicas del Movimiento Maya, incluyendo a la URNG cuando se legalice (Bastos y Camus, 2003). Lo primero que han de hacer es presentar una propuesta común de contenidos de cara al Acuerdo de Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas que el Gobierno y la URNG van a negociar. En estas condiciones se impone un “acuerdo obligado” entre las partes, y los populares acaban aceptando que la autonomía entre a formar parte de las demandas básicas que hacen como mayas. Según Esquit, este tema fue de los más debatidos “no porque estuvieran en desacuerdo, sino por sus implicaciones en la negociación (…) la sociedad no indígena y el Estado la verían como algo radical” (2003: 19). Bastos y Camus (1995: 63) también lo afirman, acompañado del siguiente razonamiento de un actor:

“(…) estamos conscientes de que la autonomía es necesaria, pero conocemos la sociedad… Planteábamos los elementos de la autonomía, pero no decir la palabra, que da miedo (…). Al fin avalamos que se quedara autonomía, pero era por cuestión de forma, de estrategia”. Y así se refleja en el documento de consenso que se presenta en mayo de 1994. Entre los “derechos políticos” se reclama “reconocer la autonomía política del Pueblo Maya” y “el derecho a decidir nuestro destino como Pueblo”, todo lo cual se concretaría en “una autonomía de tipo territorial delimitada por criterios históricos y lingüísticos” (COPMAGUA, 1994: 9). No está tan desarrollado como en el Rujunamil, pero aparecen los elementos básicos del derecho de autodeterminación y su operacionalización de una forma territorial. Se cierra, así, otro ciclo, el que comenzó en los 80, cuando los grupos revolucionarios cerraron la puerta a toda discusión sobre una posible autonomía maya. Ahora todas las opciones de los mayas organizados asumen la defensa de la autonomía como principio de acción política y como forma deseada de relación política del Pueblo Maya —desde el que parten sus ideas— con el Estado guatemalteco. Los que antes no la aceptaban ahora imponen prudencia, y el resultado es que el consenso general se logra sobre la base más posibilista, pero que se acepte la formulación desde el Pueblo Maya.11 En estos años también va tomando forma otra característica de los planteamientos mayas sobre la autonomía: es un concepto que se vincula sólo a la categoría de pueblo —normalmente el Pueblo Maya, a veces el Pueblo K’iche’ o el Pueblo Q’anjobal— como categoría de referencia; pero no se desarrolla apenas nada alrededor de la base municipal. Esto es un reflejo de la desconexión doctrinaria y organizativa de la política maya con lo local, de la que sólo se escapa el Comité Cívico Xel-jú en Quetzaltenango (Cajas, 1998). 11

En general, en toda la negociación que siguió a la firma de la paz, los cuadros de la URNG manejaron posturas mucho más posibilistas y negociadoras que los que venían de la sociedad civil.


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EL ACUERDO DE IDENTIDAD Paradójicamente, este momento de máximo consenso y desarrollo entre los mayas organizados es el preludio del momento en que pierden el monopolio sobre su destino y con ello parte de la capacidad de decidir sobre su futuro. El éxito de lograr el reconocimiento como actores políticos se revela parcial, pues no son ellos finalmente quienes van a firmar el acuerdo que les afecta. En primer lugar, la propuesta de derechos indígenas presentada por COPMAGUA es discutida en la Asamblea de Sectores Civiles (ASC), donde reaparecen viejos temores y mecanismos de dominación étnica. Solares, presente en las discusiones, comentaba en su momento cómo el debate de este acuerdo: “Ha puesto al desnudo las fuertes discrepancias que se dan en torno a determinados aspectos de las relaciones interétnicas en Guatemala (...) Cuando se trata de ciertas reivindicaciones culturales, la aceptación o la indiferencia es la respuesta (...) pero la discusión de los problemas derivados de las relaciones de desigualdad (...) se convierte en una discusión emotiva que apela a argumentos de alta sensibilidad (…) Entre los puntos escabrosos cabe mencionar el relativo a la tierra y territorios, así como lo relacionado de una u otra forma a la autodeterminación o la autonomía” (1994: 10-11). El resultado más evidente es que el documento de la ASC retorna a una visión desde Guatemala, y se da en tal grado que prácticamente anula la posibilidad de una opción de autonomía ni siquiera entendida dentro de este cuerpo político, como había propuesto COPMAGUA. El término explícito desaparece y, muy a tono con el Convenio 169 de la OIT, se habla del derecho a “la posesión, uso y administración de los territorio habitados por las comunidades lingüísticas mayas” a través de una “profunda descentralización, desconcentración y revisión de la regionalización del Estado”, con el derecho a participar en unas “instancias locales, regionales y nacionales de decisión” que no se aclaran (citado en Bastos y Camus, 1995: 69).

Con este antecedente, no es de extrañar que en el Acuerdo de Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas (AIDPI), que finalmente firman el Gobierno y la URNG en México el 30 de abril de 1995, tampoco haya apenas referencia explícita a la autonomía territorial o política como reclamaban los mayas organizados. Los redactores afirman que se usó el Convenio 169 de la OIT como base de este Acuerdo (Bastos, en prensa). Así se puede ver en la concepción de los Pueblos Indígenas como sujetos políticos y en el reconocimiento de la diversidad intrínseca de la nación guatemalteca, pero no en las formas políticas de llevarlo a cabo, como la obligación de consulta o el derecho sobre territorio y recursos naturales. Lo que es evidente es que, como han reclamado continuamente los mayas organizados, ni la URNG ni el Gobierno ven el problema como mayas, por lo que la visión es claramente desde la idea de la Nación guatemalteca, que se define como “de unidad nacional, multiétnica, pluricultural y multilingüe” (MINUGUA, 1995: 13). En el texto del AIDPI no aparece el término “autonomía”, pero sí menciones de algunas cuestiones que se podrían considerar como mecanismos para poner en marcha algunas facetas de una relación basada en ella. Por un lado, sí queda bastante definida la autonomía de acción política y la necesidad de participación de actores indígenas en la toma de decisiones. La mayor expresión es la propuesta de una serie de comisiones “paritarias” y “específicas” en que los representantes de las organizaciones mayas se sentarán a negociar con los delegados gubernamentales las reformas legales en campos como la reforma educativa, la oficialización de los idiomas indígenas, los lugares sagrados, la participación “a todos los niveles” y las tierras comunales.

Pero a nivel territorial, en cambio, la cuestión es más ambigua. Por un lado, sólo se hace mención a una “regionalización, descentralización, desconcentración, en la administración de servicios educativos, de salud y de cultura”, basada en criterios “económicos, sociales, culturales lingüísticos y ambientales” (1995: 14);


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por otro, se menciona la necesidad de “institucionalizar la representación de los Pueblos indígenas en los niveles local regional y nacional” (ibíd: 15). En cambio, se desarrollan bastante —en comparación— los contenidos de lo que podrían ser mecanismos para una “autonomía local y regional” a través del reconocimiento de las “autoridades tradicionales”, la propuesta de reformas al Código Municipal para el respeto del derecho consuetudinario y la propuesta de “formas para la asociación de comunidades en la defensa de sus intereses” (ibíd), que podrían ser una invitación para construir desde abajo esa autonomía. Parece como si, desde la izquierda revolucionaria, se hubiera retomado aquella idea de la autonomías locales y regionales que aparecía en los primeros documentos y se hubieran puesto algunas bases para llegar a ello. Pero lo que está claro es que el sujeto de la participación indígena no es “el pueblo” en el sentido que le dan los mayanistas —y por eso no se reconoce territorialmente—, sino quizá “la comunidad” entendida en su forma clásica y localmente definida. Esta insistencia puede ser otra razón para que los mayanistas se alejen de la idea de este espacio como locus de autonomía.

EL CONTEXTO DEL MULTICULTURALISMO COSMÉTICO DEL POST-CONFLICTO (1997-2007) El AIDPI y la firma de la Paz Firme y Duradera suponen el inicio de una nueva etapa en la política guatemalteca en la que cambian muchas menos cosas de las que se esperaba; no obstante, para los mayas organizados se abre una nueva época con la posibilidad de intervenir en la formulación de las políticas públicas. Se iniciará con la puesta en marcha de las Comisiones Paritarias, en que se centrará prácticamente toda la acción política entre 1997 y 2000 (Bastos y Camus, 2003); y se continuará con la presencia de prominentes figuras mayas en puestos de responsabilidad en los siguientes gobiernos y la apertura de espacios

específicos en el Estado y la cooperación internacional (Esquit, 2003; Bastos y Brett, en prensa). Esta atención en el presente hace que, sin embargo, se olvide el futuro: a efectos prácticos se da por terminada la producción conceptual sobre política maya. Ésta es la etapa en que “la autonomía” casi desaparece del mapa político y discursivo de los mayas organizados.

LAS COMISIONES PARITARIAS En los primeros años después de la firma de la paz, las energías de revolucionarios y de mayanistas se vuelcan en sacar adelante el trabajo en las comisiones paritarias y específicas. Es la “época de oro” de la movilización maya, cuando todos trabajan juntos en la Coordinación de Organizaciones del Pueblo Maya de Guatemala, con financiamiento y atención internacional y con reconocimiento del Gobierno. Pero la fórmula tiene sus límites, tanto por la escasa voluntad gubernamental de sacar adelante verdaderas reformas, como por las dificultades que conlleva esa ansiada “unidad maya”. COPMAGUA desaparece en 2001, después del fracaso de la Consulta Popular y del triunfo del FRG en 1999 (ver Bastos y Camus, 2003). La mencionada falta de voluntad gubernamental hace que, año tras año, el AIDPI aparezca como un acuerdo en el que apenas hay avances, lo que va llevando a un cambio en la acción y la presión política. Si el acuerdo era, al principio, “una buena base para ir más allá”, ahora se queda en “aquello que hay que lograr que se cumpla”, con lo que las metas por las que se pelean disminuyen de forma considerable. Por ello no ha de extrañar que en estas negociaciones no se avance en el desarrollo de la regionalización administrativa de las áreas propuestas —que


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siguen igual que siempre—, ni en la autonomía local.12 Después de mucho trabajo, ya en 2003, la Comisión de Participación a Todos los Niveles anunció la propuesta de unas reformas al Código Municipal y la Ley de Descentralización que, además de mencionar que Guatemala es un país multilingüe, reconocían a los alcaldes auxiliares como “alcaldes comunitarios” y aseguraban la presencia de representantes de los pueblos indígenas en los Consejos de desarrollo comunitarios, municipales y departamentales; sin embargo, no se avanzó en el campo del derecho indígena ni en el reconocimiento de autoridades, ni mucho menos en las propuestas de “asociación de comunidades” que aparecían en el AIDPI. La derrota de la Consulta Popular que debería oficializar las reformas constitucionales que se desprendían de los Acuerdos de Paz es una muestra de que la sociedad guatemalteca no había hecho suyos los acuerdos (Azpuru, 1999). Mucha de la campaña en su contra se basó en levantar el miedo ante las posibles consecuencias del reconocimiento de los derechos indígenas. En artículos de prensa y debates públicos, un sector volvió a sacar el fantasma de la división y el separatismo indígena e incluso de “la vuelta a la tortilla” (ver Warren, 2003). Quizá por ello, nos atrevemos a conjeturar, los gobiernos que vienen después y ponen en marcha la “normalización post-paz” (Bastos, 2007a) no se arriesgan mucho en su política étnica. No es algo que les interese más allá de obtener el visto bueno y el apoyo económico de la cooperación internacional y de una serie de embajadas.

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La COMG realizó un estudio con una propuesta de regionalización por criterios lingüísticos, pero no se llegó más allá.

LA AUSENCIA DE LA DEMANDA AUTONÓMICA EN LA GUATEMALA MULTICULTURALIZADA Una vez agotado el primer impulso de la paz, a partir del año 2000, se pone en marcha un “multiculturalismo cosmético” (Bastos y Camus, 2003), basado en el uso del discurso de la diversidad y la instalación de dependencias y programas sobre “pueblos indígenas” que son gestionados por mayas; pero no se cuestionan las bases del poder oligárquico ni el modelo de inserción económica que refuerza la desigualdad. Lo “maya” queda apenas reducido a su dimensión cultural, que es el campo en que se ponen en marcha las políticas de reconocimiento. En esta situación, la plana mayor de los mayas organizados que habían estado presentes en las negociaciones previas optan por entrar a esos nuevos espacios para alcanzar al menos uno de sus objetivos: estar presentes en la toma de decisiones que les afectan (ver Bastos y Brett en prensa).13 Así, el listón de “lo deseable” vuelve a bajar: ya no se trata sólo de reclamar las cosas que sería posible negociar, sino de dar cuerpo y sacar adelante las responsabilidades de cada uno de los (pequeños) espacios que se gestionan. En este contexto, en esta década, la producción de pensamiento maya va cambiando. Existe un gran desarrollo de lo que implica “ser maya” desde lo cultural, y sobre todo de los valores y la cosmovisión (Bastos, 2007). Es parte y consecuencia del desarrollo de un “soberanismo” indígena que se va profundizando en todo el continente y se basa en la idea de la otredad intrínseca de los “pueblos indígenas” respecto a la civilización occidental, y que se expresa en ese núcleo cultural que es la cosmovisión (y a veces la espiritualidad). A cambio, se reduce bastante la producción de pensamiento político en el sentido

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Éste es el contexto político en que Hale (2002, 2004, 2007) desarrolla sus ideas del “multiculturalismo neoliberal” y del “indio permitido”.


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de plantear y argumentar fórmulas de manejo del poder que se deriven de esas bases soberanas, como la autodeterminación, por ejemplo.14 Por todas estas razones, en esta última década la cuestión autonómica desparece del debate sobre la etnicidad y la política étnica. Cojtí señala que dentro del Movimiento Maya existen “autonomistas relativos”, que buscan “cambios en el reordenamiento étnico permaneciendo en el seno del Estado”, y “autonomistas absolutos o independentistas”, para quienes “el desarrollo como Pueblo sólo puede darse a través de la separación o desmembramiento del Estado colonial que los subordina” (1997: 41). Con ello reconoce que la generalización del término autonomía supuso la aceptación de la necesidad de cambios en el “ordenamiento étnico”, pues se mantienen las diferentes formas de entender la relación entre el Pueblo Maya y Guatemala. Lo que es importante en comparación con el inicio de la década es que “en la actualidad, por razones de factibilidad, la tendencia independentista casi no se ha desarrollado”, mientras que el AIDPI ha hecho que “la tendencia del autonomismo relativo tenga más desarrollo”, pues consagra el enfoque del “poder compartido” (ibíd). Así, no es que no se escriba sobre autonomía, es que no está incluida en el debate como antes; y las menciones son más hacia el “relativismo” que hacia el “independentismo”. Las demandas se centran en poner en marcha la regionalización que se presentaba en el AIDPI y que tampoco se acaba de desarrollar. Un ejemplo es el seminario nacional organizado para presentar diferentes iniciativas de las “regiones sociolingüísticas para la descentralización del currículo” (2001). Otra buena muestra de esta situación es la Agenda Maya recogida por el Comité por el Decenio del Pueblo Maya después de una consulta entre diversas organizaciones y activistas. Se dedica, sobre todo, a recoger propuestas sobre “acciones operativas”. Entre sus “temas sustantivos” (la cursiva 14

La combinación de la actuación a base de “políticas públicas” con la culturización del ser maya se plasma en la idea de la “pertinencia cultural” de estas políticas como eje de la actuación étnica del Estado (ver SEPAZ–FONAPAZ–Embajadora de Buena Voluntad, 2005).

es mía) aparece la demanda de que “las políticas de descentralización y desconcentración del Estado sean en función de las características étnicas, culturales y lingüísticas de Guatemala” (2002: 17), es decir, casi en los mismos términos que en el AIDPI. La autonomía aparece en el último apartado del documento, titulado “Anexo. Contexto histórico”, como “el nivel superior del proyecto político maya” y “depende de un proceso largo de lucha y compromiso de las actuales generaciones y las que vienen en el futuro” (ibíd: 26). En estos momentos aparecen también otras propuestas que muestra la diversidad de posturas. Así, la Asamblea de Representantes del Pueblo Maya, promovida por organizaciones que vienen de la izquierda revolucionaria habla de “un Estado y una nación para todos (…) una nación pluricultural y multilingüe (…) cuya identidad se ha desarrollado en respeto a la diversidad cultural” (2003: 6). Mientras, en 2001 CONIC presenta su Propuesta de Ley de Nacionalidades Indígenas, empujada en cierto modo por lo que está ocurriendo en Ecuador con el cambio de milenio. Con ella se pretende abrir un debate que pueda llevar a cambios constitucionales; sin embargo, la misma falta de respuesta ante una iniciativa por comenzar un diálogo político muestra el cambio de foco. Lo que llama la atención en esta propuesta es la recuperación del vocabulario “independentista”, pues utiliza el término “nacionalidades”, desaparecido en los años 80. En su capítulo 21, “Derechos de Libertad Política”, el artículo 107 plantea una formulación que se acerca mucho al de la autonomía “relativa” de la que hablaba Cojtí: “AUTONOMÍA. El Estado guatemalteco reconoce, respeta y contribuye al proceso de construcción del Derecho de Autonomía Política e Integral que tienen las nacionalidades indígenas, tomando en cuenta las fronteras lingüísticas. Esto implica elección de autoridades miembros de las nacionalidades indígenas a los cargos públicos en los niveles local, regional


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y nacional. Tendrán como objetivo gestionar el desarrollo integral de las nacionalidades indígenas en cooperación con funcionarios del Estado guatemalteco” (2001: 26). Sin embargo, esta idea da un paso más hacia el “independentismo” en la propuesta del artículo 108: “LIBRE DETERMINACIÓN. El Estado guatemalteco reconoce el derecho de libre determinación que tienen las nacionalidades indígenas. Por tal razón puede crear libremente su condición política y desarrollar su política económica, social, y cultural con libertad, es decir, sin intrusión de otros, puede disponer libremente de la riqueza existente en el territorio. Ningún grupo o sector social podrá privar a las nacionalidades indígenas de su derecho a sus propios medios de subsistencia y autosostenibilidad”. No hay mucho más que decir al respecto en esta época. El desarrollo político de estos años llega a hacer dudar de que realmente todos aquellos que dicen trabajar por el Pueblo Maya lo hagan desde la idea de la autodeterminación como base y objetivo final de la relación política, como parecía haber sido el consenso en 1994. Podemos plantear que con el reconocimiento estamos ante la puesta en marcha de un modelo de gestión de la diferencia que de alguna manera es una opción a las planteamientos autonomistas: no se trata de poner en marcha políticas multiculturales —o multiétnicas— en una porción del territorio nacional, sino de multiculturizar toda la política, y con ello toda la sociedad. En este caso, eso se hace a base de acotar la participación en la toma de decisiones y de restringir lo étnico a “lo culturalmente diferente”.

¿EL INICIO DE UNA NUEVA FASE? La situación descrita se desarrolla a lo largo del cambio de siglo, pero en la segunda mitad de la década algo empieza a cambiar, quizá para dar lugar a un nuevo contexto político en el que se desarrolla la temática relacionada con la autonomía. Algunas organizaciones y personas empiezan a ver las consecuencias políticas de alejarse de las bases y hacer sólo políticas públicas desde espacios limitados dentro del Estado. De este modo, se empiezan a repensar las iniciativas que se están dando a nivel local, y que muestran que algo se ha movido durante estos años, aunque pasara desapercibido desde el centro. A partir de 2005 comienza una serie de consultas contra las concesiones mineras, la mayoría en el extremo occidental del país, en el área maya (Mérida y Krenmayr, 2008; Castillo; 2008, Camus, en prensa). Están organizadas sobre todo por integrantes o antiguos integrantes de la URNG sin apenas contacto con esta dirigencia ni con la maya; y se hacen amparándose en el Convenio 169 de la OIT. En ellas se habla de la defensa del territorio y los recursos naturales. Esto supone el inicio de los reclamos sobre los recursos desde un punto de vista asociado a la soberanía, que es la última generación de la lucha indígena en América Latina, muy vinculada a la dinámica antineoliberal global. Al mismo tiempo, se van dando una serie de iniciativas que retoman y revitalizan —a veces resucitan— a las alcaldías indígenas y otras instancias locales desde la perspectiva mayanista, pero insertas en las luchas locales. Estas actuaciones hacen a los actores críticos volver la vista hacia “la comunidad”, hacia los espacios locales. Por un lado, buscan en estos comportamientos y valores “comunitarios” la base de “lo maya” y de la actuación política maya (ver Castillo, 2008 y Ajxup, Hurtado y Rogers, en prensa); por otro, se empiezan a interpretar estas instituciones históricas en clave de autonomía. En este contexto, la llegada de Evo Morales a la presidencia de Bolivia refuerza la capacidad política de quienes han estado cuestionando el formato de


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participación restringida en el Estado y pone sobre el tapete el rezago de Guatemala en cuanto a organización y situación social de los indígenas. En 2007, Naciones Unidas presenta la Declaración Universal de Derechos de los Pueblos Indígenas, con referencias concretas a la autodeterminación. De esta manera, resurgen las ideas que abogan por una crítica más evidente al modelo neoliberal y que cuestionan el statu quo político. La autonomía vuelve a estar en boca de muchos mayas organizados como panacea para salir de la situación actual. En el norte de Huehuetenango se pone en marcha el “Parlamento Q’anjobal” (ver Camus y Castillo, en prensa). Cojtí publica el texto “Elementos para un modelo guatemalteco de Estado multinacional” en el libro Nuevas perspectivas para la construcción del Estado multinacional, con el objetivo de “superar algunas de las actuales limitaciones que tiene la lucha indígena y las políticas del Estado con respecto al tratamiento de los Pueblos Indígenas” (2007: 92). Al mismo tiempo, se ponen en marcha unos seminarios sobre federalismo y Waqib Kej se une a una iniciativa de reflexión sobre la autonomía organizada por Hivos a nivel latinoamericano, y en la que CONIC pretende rescatar su propuesta de ley.

LAS DIFERENTES VERSIONES DE LA DEMANDA AUTONÓMICA Tras este repaso centrado en la producción política alrededor del tema de la autonomía en Guatemala, ya tenemos más elementos para entender la situación que dio origen a este texto. El mínimo análisis realizado muestra que aún hay mucho que reseñar y desentrañar, por lo que acá se escribe con un carácter

provisional a fin de fomentar las pesquisas y debates sobre este tema, si es que se quiere reconstruir estas demandas sobre bases sólidas.15 Para ello, vamos a recuperar los tres niveles de los que se habló al inicio, y que se han ido rastreando con desigual fortuna en las páginas previas. Una primera conclusión es que, en Guatemala, cuando los actores indígenas u otros se han referido a “la autonomía” apenas se han referido a las dos primeras acepciones, lo han hecho sobre todo —o casi exclusivamente— para referirse a la última, y lo que se ha avanzado en el tema de la autodeterminación ha sido más de la mano de la construcción de una propuesta del “ser maya” en el siglo XXI, que de la forma en que se articularía con el Estado guatemalteco.

LA ACCIÓN POLÍTICA: DE LA AUTONOMÍA AL RECONOCIMIENTO La primera acepción de la que podemos hablar es la que se refiere a las demandas y al mismo proceso para lograr una autonomía de acción como actores políticos por parte de las organizaciones, instituciones y personajes mayas. Sería parte de un proceso más amplio de lo que Burguete denomina la reconstitución del sujeto indígena, que se refiere en concreto a los actores políticos que reclaman y ejercen la agencia como tales indígenas. Es un derecho que se ejerce con la formación del FIN en 1978 —aunque su trayectoria no llegue a mucho más— y es lo que reclaman el Movimiento Indio Tojil, MAYAS y otros grupos a la URNG a inicios de los 80: que ninguno hable por ellos, pues los mismos mayas tienen y demuestran la capacidad para articular sus propias demandas, que no tienen por qué coincidir con las de otros actores. 15

Nos han faltado, entre otras cosas, el escaso debate suscitado en la prensa, con los escasos pero interesantes aportes de algunos no indígenas que han argumentado en los medios a favor de la solución autonómica en Guatemala.


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Esta autonomía de acción política se convierte en uno de los reclamos básicos en el periodo de la transición (y es ganado a pulso) a partir de la conformación de organizaciones que se definen como mayas. Se logra con el reconocimiento de COPMAGUA como “el” interlocutor indígena en 1994; y toma forma con el trabajo de las Comisiones Paritarias en los años siguientes; aunque en esta fase siempre se dé una intromisión de la URNG en un espacio que sigue considerando en buena parte suyo. Podríamos considerar que el grado máximo de esta autonomía se da cuando, tras el año 2000, un buen sector de los mayas organizados se ponen al frente de los espacios estatales que se encargan de los temas mayas. Sin embargo, lo ocurrido en este periodo más bien muestra los límites de la autonomía cuando entra en relación con el reconocimiento como política estatal (y como contraparadigma, según Burguete). Al lograr ser reconocidos como actores aceptan las reglas del juego y pierden —o se pone en riesgo— una buena parte de la capacidad de acción autónoma que tenían cuando estaban fuera. En el caso guatemalteco, el proceso político ligado a la paz lanzó a las organizaciones y a los actores a ocupar espacios, pero lo hizo a expensas de perder el contacto con las bases a las que decían representar.16 Con ello, el reconocimiento se logró a costa de quedarse sin la capacidad de presionar al sistema político para logar los objetivos del movimiento. Parece que en los últimos tiempos esta actitud está cambiando y se busca una mayor autonomía respecto al Estado. No obstante, el logro de esta autonomía — y de la reconstitución como pueblo— puede ser más complicada de lo que parece. Al analizar las reacciones de los no indígenas ante las demandas de los mayas se advierte que muchas veces el recelo no es tanto contra las propuestas,

16 Éste no es un problema sólo de los mayas, sino de buena parte de los “actores civiles” y organizaciones sociales que participaron en el proceso de paz (Bastos, 2006).

como contra el hecho de que fueran los mismos mayas los que las presentaran como un reclamo (Bastos, 2007b).

LA AUSENCIA DE LO LOCAL EN LAS DEMANDAS AUTONÓMICAS Hay un elemento que no aparece en las demandas mayas hasta la fase que parece estar abriéndose ahora, y es el considerar los comportamientos políticos que se dan en las comunidades como una forma de autonomía que se ha dado de hecho. Como en otras partes de América, en las localidades mayas de Guatemala se fueron creando desde la colonia y la república unas instituciones y unos usos políticos que han funcionado en paralelo a los estatales (ver Barrios, 1996; Carmack, 1995; Esquit, 2002). Esas instituciones se mantienen en muchos lugares con diversa fortuna, pero en general con una gran legitimidad local.17 Pueden verse como una forma histórica de resistencia según la acepción de Burguete, en la que los indígenas han mantenido a nivel local una autonomía de hecho frente a las estructuras de poder estatales.18 Desde el Movimiento Maya, sin embargo, apenas se ha interpretado la riqueza de estas experiencias históricas y locales de gobierno local, paralelo o alternativo, como formas de autonomía a partir de las cuales se pueda construir lo que ahora llamaríamos “buen gobierno”. Apenas se han desarrollado los contenidos de 17

Totonicapán es el lugar donde la estructura de gobierno indígena funciona de forma más compleja y a la vez actualizada, muy ligada al control de los recursos naturales (Reyes, 1998; Ekern, 2006). Además aún hay Alcaldías Indígenas activas en lugares como Chichicastenango, San Juan Sacatepéquez o Sololá, y prácticamente en todas las comunidades hay cofradías, comités, alcaldes auxiliares e incluso los recién formados COCODES, que actúan de acuerdo a este patrón de gobierno paralelo. 18 La paradoja es que esta autonomía se ha logrado en buena parte porque las instituciones que la ejercían servían como intermediarias ante estos poderes, por lo que también pueden verse como las que permitieron la sujeción étnica. Así lo entendieron los jóvenes mayas que en los años 70 lucharon contra el sistema de cargos en sus comunidades como un paso para su emancipación como indígenas (ver Britnall, 1979 y Wilson, 1999).


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base local incluidos en el AIDPI, ni se ha buscado avanzar hacia lo regional desde la articulación desde abajo. Las lecturas sobre las autoridades tradicionales, por ejemplo, se han hecho más en clave de los valores mayas que sustentan su trabajo (ver Oxlajuj Ajpop, 2001; Ajxup et al, en prensa), más insertas en el proceso de reconstitución como pueblo que en el de autogobierno. Esta ausencia se debe a varios factores que han actuado conjuntamente. Por un lado, el desarrollo político de la identidad indígena en este último medido siglo se ha basado en la idea del “pan-mayismo” como unidad de todos y todas los mayas (Smith, 1991; Warren, 1998). En buena medida, esto se deriva de la idea de Pueblo como sujeto de la reconstitución, pero también ha sido una forma de contrapesar la fortaleza de las identidades locales y la forma comunitaria de entenderse como indígenas, que se entiende como una construcción colonial. En apoyo a este recelo hacia lo local como espacio de la política maya encontramos la insistencia desde el mundo no indígena (la URNG, la ASC, el mismo AIDPI) de que la “unidad política” de los derechos indígenas sea “la comunidad” local y nunca el “pueblo” con una territorialidad más amplia. Por otro lado, como consecuencia del proceso de empoderamiento político y social de algunos sectores mayas, desde los años 70 y sobre todo en los 90, tras la represión, muchas de las municipalidades de localidades mayoritariamente compuestas por mayas están gobernadas por mayas (Adams y Bastos, 2003). Eso sí, se trata de indígenas que no están insertos en el proceso de reclamar su autodeterminación ni pensarse siquiera como “mayas” (Bastos, 2007b).19 Esto ha causado que durante mucho tiempo se haya dado un divorcio entre lo local y ese nivel de Pueblo al que se aspira, y explicaría la otra cara de por qué las municipalidades tampoco han aprovechado el recurso de la “asociación desde

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Por su parte, excepto Quetzaltenango y otros casos aislados, los mayanistas apenas han competido por el poder municipal. La experiencia de Winaq en la últimas elecciones es la primera que busca de forma articulada una presencia mayanista en las municipalidades.

abajo” propuesto en el AIDPI: no ha habido visión de “pueblo” desde las autoridades municipales.20 Como se ha dicho, esta distancia entre la reconstitución como Pueblo y la resistencia local es una de las brechas que parece estar rompiéndose en la última época, pues las movilizaciones populares alrededor de la minería y otros recursos naturales se interpretan como una forma de defender y crear soberanía indígena frente al Estado y las empresas multinacionales. De la misma forma, en varios lugares las experiencias de aplicación del derecho indígena entendido como tal son las que están sirviendo de base para la rearticulación de las instituciones locales como las alcaldías indígenas.

LOS AVATARES DE LA AUTONOMÍA TERRITORIAL: ENTRE LA NACIÓN GUATEMALTECA Y EL PUEBLO MAYA Finalmente, podemos decir que en estas últimas décadas, cuando los actores indígenas u otros se han referido a “la autonomía” lo han hecho sobre todo —o casi exclusivamente— para referirse a la autonomía de base territorial, a una forma de ejercer el control político relacionado con la cuestión de la naciónnacionalidad y su grado/derecho de soberanía. Por lo que hemos estado viendo en los textos mostrados en este artículo, al referirse a este asunto, se pueden detectar dos líneas de pensamiento que se entrecruzan en el tiempo y que parten de dos maneras diferentes de entender la relación entre lo indígena y el Estado, o de la calidad nacional de lo indígena y lo estatal en Guatemala. En términos de Araceli Burguete, mostrarían la disputa entre el paradigma de la autonomía como autodeterminación y el de la asimilación desde la nación. A pesar de que existe un debate entre estas dos 20 Las mancomunidades que se han construido en las últimas décadas han respondido a otras voluntades e intereses (Castillo, 2008).


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posturas, apenas podemos hablar de que haya una discusión conceptual o política sobre todas estas cuestiones que pretenda profundizar en el por qué de unas u otras soluciones. La primera línea, la que aparece nítidamente mostrada en el primer texto de MAYAS, parte de la idea de un Pueblo o Nación indígena que, en el ejercicio de su derecho de autodeterminación, reclama un reconocimiento a su soberanía dentro del Estado guatemalteco, para lo que propone un tipo de asociación con referente territorial en iguales condiciones con los ladinos. Desde este punto de vista, la autonomía se entiende como una forma posibilista de esa asociación que no llega al nivel necesario de igualdad, pero que sí conlleva autogobierno, supone un paso hacia la equidad étnica (Cojtí, 1994). La segunda forma de entender la autonomía parte de la idea de una nación guatemalteca que reconoce una diversidad sociocultural que amerita un tipo de reconocimiento de autonomía a nivel local o regional en algunas áreas. Supondría el grado máximo de una descentralización que podría llegar a tener contenidos de autogobierno. Así, aunque el resultado final puede llegar a ser similar al de la postura previa, la base conceptual y el punto de arranque son muy distintos. Lo que es propio del desarrollo de la idea autonomista en Guatemala, y que en parte ayuda a explicar la imagen de una falta de desarrollo como demanda política, es la paradoja de que, conforme la línea ideológica que partía de la existencia de un Pueblo Maya que sufría una situación colonial en Guatemala — la primera versión— fue obteniendo cada vez más peso dentro de la movilización política maya y frente al Estado, se fueron disminuyendo las demandas relacionadas con el nivel de autogobierno, hasta llegar a las formas de la segunda opción. Se trata de un proceso en que parece que la pragmática de la práctica política va dando forma a las aspiraciones, en vez de lo contrario; así, lo

que en un momento es un medio se acaba convirtiendo en un fin. Esto se aprecia al comparar los documentos más importantes que hemos visto en este artículo:

Para MAYAS la soberanía es el fin y el federalismo se concibe como medio.

Para COMG el federalismo es el fin y la autonomía, el medio.

Para COPMAGUA la autonomía es el fin y la regionalización, el medio.

En el AIDPI (y el CDPM), la regionalización es el fin y las políticas sectoriales son el medio. El texto de Cojtí (2008) podría representar el final de esta tendencia, pues se reconoce esta situación y se vuelve a situar el federalismo como finalidad y la autonomía como el mejor medio para salir de la condición de sujeción colonial.

Este comportamiento no es casual, y responde a varios procesos que han actuado simultáneamente, llegando a la situación de asumir que “en Guatemala no hay demandas autonómicas”. En primer lugar deberíamos hablar de un conjunto de factores que podríamos denominar “estructurales” y que tienen que ver con la relación de los mayas con Guatemala: al menos la mitad de la población, en un país tan pequeño (100 mil km2), es maya; que la mitad del territorio nacional sea indígena ha motivado que cualquier mención a una posible autonomía se vea por parte de quienes ejercen el poder como una amenaza a la existencia misma del país. Por eso, todo el proceso de lucha maya por sus derechos ha estado acompañado de la presión continua de ciertos sectores que han usado todas las fuerzas, y no sólo las discursivas, para oponerse. Podemos interpretar el genocidio de los 80 del siglo XX como una reacción “preventiva” ante el proceso de reconstitución de los indígenas (Bastos, en prensa); de la misma manera, buena parte de las


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campañas que se desarrollaron con ocasión de la Consulta Popular de 1999 estaban basadas en un “miedo al indio” que nacía de un posible reconocimiento de los derechos indígenas —mínimos— propuestos para la Constitución. En este contexto de racismo presente, el peso poblacional y la presencia geográfica, han llevado a pensar en la posibilidad y la necesidad de acceder a las políticas, instituciones y el poder central directamente, sin tener que comportarse como minorías que necesitan un espacio específico para su desarrollo político. Esto ha dado más vuelo a las propuestas de participación que de autonomía, como ocurrió en los gobiernos posteriores al 2000. Como contraparte a esta concentración territorial y social, la gran variedad de idiomas, 22, en un territorio tan pequeño dificulta la puesta en marcha de propuestas concretas de una territorialización que se piensa, sobre todo, en términos idiomáticos. Para terminar, hace al menos medio siglo comenzó a darse una dispersión territorial de los indígenas fuera de sus espacios históricos (Camus, 20002), y que ya llega hasta los Estados Unidos (Dardón, 2007; Camus, 2008), lo que hace más difícil aún la delimitación de los posibles territorios. Hay otra serie de elementos que provienen del mismo proceso histórico en que se ha enmarcado la evolución de las demandas mayas, y que ha dado más fuerza a quienes defendían una inserción —diferenciada pero inserción— en lo estatal, más que un autogobierno maya. En un primer momento, podemos suponer que la polarización de posiciones entre la izquierda revolucionaria y las iniciativas “indianistas” desde los 80 (Bastos y Camus, en prensa) está en la base del abandono de la idea de autonomía por parte de la URNG una vez que fue asumida por los segundos en el contexto de la transición.21 Así, se perdió la oportunidad de un debate sobre los diferentes sentidos que se daba al término.

21

A ello habría que añadir cómo la misma lógica militar fue ganando terreno a finales de los 70 e inicios de los 80 y la producción de pensamiento político en la URNG se resintió.

Como consecuencia, la autonomía quedó asociada a las posiciones que la veían desde lo maya como el conjunto nacional de referencia, mientras que quienes lo veían desde lo guatemalteco se quedaron sin este recurso político para plantear propuestas concretas. Cuando la URNG retoma el tema en el contexto de las negociaciones de paz, se suma al multiculturalismo triunfante y hace sus propuestas desde la lógica del reconocimiento y no de la autonomía. En otro nivel, como consecuencia del genocidio cometido por el Ejército de Guatemala contra los mayas (CEH, 1999) y su continuación en la militarización de las comunidades, las organizaciones y activistas mayas no tenían mucha capacidad de presión cuando se abrió la oportunidad en el proceso de paz, y tuvieron que privilegiar la negociación por encima de la oposición. Su aliado en este proceso, la comunidad internacional, favorecía soluciones de tipo multicultural más que autonómicas. Por eso, los mayanistas fueron rebajando de contenido sus demandas conforme se fue acercando la posibilidad de la gestión de ciertas políticas. Cuando se llegó a la negociación directa con el Estado a nivel central, se pusieron en marcha políticas de base multicultural que en la mayoría de los casos no han contado con un referente territorial claro que apunte siquiera a la transformación de la estructura administrativa del país. Por el contrario, este formato de gestión de la diferencia ha estado basado en la idea del Pueblo Maya como un colectivo culturalmente definido y diferenciado, dejando de lado el asunto de la soberanía y la autodeterminación que conlleva el concepto de Pueblo y desarrollando unas políticas de reconocimiento de esa especificidad cultural. Como consecuencia, las políticas multiculturales puestas en marcha por el Estado han conseguido que el escabroso tema de la territorialidad y de la diferencia étnica no se desarrolle más allá de la descentralización de ciertos servicios; mientras que la formas de actuar de los mayas organizados no ha favorecido la búsqueda de autonomías de hecho a nivel local.


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Además, este contexto favoreció que, en el proceso de reconstitución de los mayas como Pueblo, se reforzara la parte de la otredad civilizatoria que está en la base del ser indígenas, originarios, pre- y no-occidentales frente a la búsqueda de una autodeterminación de base política. Quizá por ello, en una buena parte del discurso “hegemónico” entre los mismos mayas, el “ser maya” esté compuesto por unos valores y una cosmovisión propia, pero apenas aparece mención alguna a su agenda política, al hecho de que hace 30 años protagonizaron una rebelión para terminar con las condiciones de miseria y racismo en que vivían (Bastos, Hernández y Méndez, 2008). Parece, sin embargo, que hay cosas que están cambiando y están terminando con la forma de entender la política sólo como búsqueda de reconocimiento por el Estado. Las iniciativas de unas comunidades que se suman al reclamo cada vez más importante de una gestión soberana de los recursos naturales contra la depredación neoliberal, el ejemplo de los avances de los pueblos indígenas en Sudamérica y los límites del modelo intentado en Guatemala están promoviendo un cambio hacia formas mas autónomas de actuar como movimiento, más soberanas de entenderse como Pueblo y más ligadas a las experiencia de resistencia desarrolladas en la comunidades.

SANTIAGO BASTOS AMIGO Español de origen, se licenció en Historia Contemporánea por la Universida Autónoma de Madrid y tiene un doctorado en Antropología Social por el Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social (CIESAS). Entre 1998 y 2008 fue investigador de FLACSO-Guatemala, donde realizó investigaciones sobre la realidad étnica del país desde diferentes ángulos. En la actualidad es profesor investigador de CIESAS, en su Unidad Occidente en Guadalajara, México, y continúa colaborando como investigador asociado de FLACSO y de CIRMA (Guatemala). Entre sus últimas publicaciones destacan Entre el mecapal y el cielo: desarrollo del Movimiento Maya en Guatemala, con Manuela Camus; Relaciones étnicas en Guatemala 1944-2000, con Richard Adams; la colección Mayanización y vida cotidiana, la ideología multicultural en la sociedad guatemalteca, coordinada con Aura Cumes; y el volumen El Movimiento Maya en la década después de la paz, coordinado con Roddy Brett.


Las comunidades emergentes de conocimiento

GENERACIÓN DE CONOCIMIENTO PLURAL AL SERVICIO DEL CAMBIO ÍNDICE La generación de conocimiento plural y su aplicación práctica para la transformación de la realidad: Las comunidades emergentes de conocimiento ¿Qué son las CEC’s? La CEC Jun K'olib'al Kech Achlaxinem Pa Qano'jib'al La creación de un sistema de indicadores para la observación comunitaria de los derechos colectivos ¿Qué es un sistema de indicadores? Usos y aplicaciones Mapa general del sistema de indicadores La configuración del sistema según la realidad cultural comunitaria El proceso de búsqueda y recolección de información Claves para evaluar y mejorar el sistema La plataforma web de gestión de indicadores para sistematizar, relacionar y comparar datos y generar gráficas El sistema de indicadores Indicadores marco Indicadores de la cultura simbólica Indicadores de la cultura material Indicadores de la cultura social política


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LA GENERACIÓN DE CONOCIMIENTO PLURAL Y SU APLICACIÓN PRÁCTICA PARA LA TRANSFORMACIÓN DE LA REALIDAD: LAS COMUNIDADES EMERGENTES DE CONOCIMIENTO (CEC’s)

¿QUÉ SON LAS CEC’S?

“La clasificación, a diferencia de la desclasificación, desvela un mundo al precio de ocultar todos los demás. Clasificamos desde una posición cuyas coordenadas han sido predeterminadas por una lógica dominante. (…) La maquinaria de la clasificación ha operado eficazmente, en la Modernidad, como escuadrón de ocupación que sucede al asalto —o a la represión— con espadas y fusiles. Y desde la irrupción ilustrada, la enseñanza de la clasificación de la realidad, el programa de domesticación humana del que habla Nietzsche, se ha apoderado del espacio educativo y social desde la niñez.” Antonio García Gutiérrez, en Desclasificados1

Sin duda, pretender generar conocimiento plural cuando siguen vivos (y tan fuertes) procesos de colonización (del pensamiento sobre todo) es un desafío colosal. Se nos ha enseñado ha descalificar – desechar toda realidad que nuestra 1

García Gutiérrez, Antonio. Desclasificados. Pluralismo lógico y violencia de la clasificación. Anthropos. Serie Comunicación y periodismo. Barcelona, 2007.

lógica no pueda clasificar. Decimos: esto es inaceptable, ¿cómo puede ser esto si esto así no es? Todo lo que nuestro pensamiento no puede clasificar deviene inútil, sin valor, y se rechaza, o se oculta si no es que resulta del todo invisible ante nuestros ojos. La lógica de nuestra clasificación sólo ve una realidad, la que nos han enseñado. La radicalización del pensamiento único, en la expansión de lo homogéneo como única expresión posible de la vivencia del tiempo, va incluso un paso más allá: todo aquello que contradiga la lógica del sistema de nuestro pensamiento es altamente peligroso, nocivo, y por ello es necesario anularlo, porque conduce a la duda y al desequilibrio del sistema que domina nuestras mentes. Para el pensamiento único es preciso anular toda duda, todo acto de dudar, ya que ante la duda aparece el presentimiento de que quizá sí es posible que existan otros mundos en este mundo, de que quizá sí es posible convivir con otra verdad, incluso con otras verdades. Para el pensamiento único es fundamental distraer la mente, hacerla ociosa, para que no vea más allá. Ser capaces de pensar que hay otras formas de pensar, otras formas de ver e interpretar la realidad, de organizarse y actuar, es aceptar la contradicción como base epistemológica posible de nuestra racionalidad. Un sistema plural debe de aceptar la contradicción en su seno y permitir que se generen sobre ella relaciones contrastadas pero horizontales entre diversidad de formas de pensamiento. Como dice García, el conocimiento plural es altamente desclasificador, tanto que descompone por completo los cimientos sobre los que se asienta la razón única que sólo conoce una verdad, la suya, y desconoce las demás. La generación de conocimiento plural supone necesariamente el inicio de un proceso de descolonización del pensamiento. Este proceso implica un enorme esfuerzo personal (pensar por uno mismo, desarrollar una pensamiento crítico propio) y colectivo (re-generar un sistema completo de pensamiento y de relaciones propios). La generación de conocimiento plural se enfrenta a un sistema implacable. Pero este no es el mayor de los desafíos: el mayor obstáculo es su aceptación. Como diría Lanza del Basto, la lucha no es contra el opresor,


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“un modo de conectar y relacionar las múltiples luchas en un campo común que va construyendo su propia historia. Ese campo está constituido por los distintos tiempos de las luchas particulares y, a su vez, por el tiempo común que va surgiendo de esa experiencia colectiva. (…) El tiempo común nace de la confluencia y la autonomía de los distintos tiempos particulares, en un proceso abierto. No es un tiempo general que se impone a los demás como norma de poder.”

sino contra la aceptación del oprimido, contra esa innoble sabiduría que se llama pasividad. Con estas inquietudes, desde CANEK hemos creído poco sensato (si no es que poco honesto) pensar que el trabajo del observatorio sea el de observar, sobre todo cuando el ámbito de observación es la cultura, sus relaciones y el ejercicio de los derechos colectivos. Sostenemos que cada colectivo debe emerger desde su interior, interpretándose a sí mismo y sin aplicar ningún molde. Por ello, hemos creído más razonable comprender el observatorio por su condición (la de facilitar la observación) que por la de su función (la de observar). CANEK se ha ido construyendo poco a poco como una casa donde muchos (diversos), comunicados por los medios que hoy nos ofrecen las nuevas tecnologías, se observan a sí mismos y observan al sistema dominante donde están inmersos, cada uno desde su cosmovisión o cosmovisiones y de forma sistemática. Partiendo de esta idea, a inicios del 2009 se propuso a dos organizaciones con representación comunitaria (Casa No’j en Quetzaltenango y Sotz’il en Chimaltenango) la creación de Comunidades Emergentes de Conocimiento (CEC’s). El propósito: crear espacios autónomos, interrelacionados y autoorganizados que interpreten la realidad y generen información desde la comunidad (y una vez procesada, conocimiento) sobre el desarrollo de su sistema de relaciones culturales, sobre su capacidad de ejercicio de los derechos colectivos y sobre su ser colectividad. Desde esta perspectiva es como se propone generar conocimiento plural. Pareciera que Sergio Tischler Visquerra habla de las CEC’s cuando dice (él refiriéndose al zapatismo)2:

2 Tischler Visquerra, Sergio. Tiempo y emancipación. Mijaíl Bajtín y Walter Benjamín en la Selva Lacandona. F&G Editores. Cuadernos del presente imperfecto, nº 3. Guatemala, enero de 2008.

Vamos entonces en búsqueda de la generación de una constelación de CEC’s, cada una con el nombre y forma que le otorguen sus miembros, que permita regenerar el tiempo comunitario, como el reflejo de estrellas unidas en el firmamento, y hacer emerger al sujeto colectivo. Este proceso debería de permitir:

1

Abrir un espacio que permita la interpretación comunitaria del territorio (espacio vital para el desarrollo de su cultura o, en otras palabras, el espacio donde desarrollan sus relaciones), esencial para determinar el sujeto colectivo y, por ende, el área donde se realizará la observación activa.

2

Interpretar los derechos colectivos desde la lógica comunitaria, para sustentar la perspectiva con la que se realizará la observación activa.

3

Re-generar el tiempo comunitario. Ello implica la re-construcción de formas propias de organización y la consecuente emergencia de la temporalidad que da forma y sentido a sus relaciones simbólicas, materiales y sociopolíticas de su ser colectividad.

4

Observar qué factores simbólicos, materiales y sociopolíticos cohesionan y cuáles desarticulan su ser colectividad.

5

Enfrentar el poder de asimilación cultural que suponen las fuentes de información estadística del Estado, cuyos resultados se usan posteriormente para la elaboración y ejecución de políticas públicas, o para justificarlas. Qué se observa y cómo se observa, con qué herramientas y quién hace las herramientas y cómo se relacionan los datos son entonces factores


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fundamentales para ocultar o descubrir la realidad. La CEC deviene entonces una fuente y centro alternativo de generación de información y conocimiento en función de su propia interpretación del tiempo.

6

Visualizar y comparar las formas propias del ser colectividad del sujeto colectivo al que pertenece la CEC con las formas oficiales del Estado actual.

7

Abrir un espacio (puede haber varios en una misma región) de documentación y comunicación del conocimiento que sustente la emergencia del sujeto colectivo y con ello elaborar iniciativas estratégicas pertinentes, integrales y coherentes que cohesionen la colectividad, siempre a la luz de los datos recabados y de las consultas comunitarias.

En base a esta propuesta, se abrieron dos procesos3 de trabajo:

1

2

3

El inicio de un diagnóstico, cuyas herramientas fueran elaboradas por los miembros de la CEC, que ofreciera datos para la consecuente elaboración de planes estratégicos para la cohesión del colectivo. El diagnóstico se planteó también como un proceso de recolección de datos que permitiera analizar el impacto de las desigualdades estructurales en la comunidad y en la región del colectivo. La realización del diagnóstico implicó la construcción de un sistema de indicadores que surgió de la interpretación de la cultura y de los derechos colectivos. Éste se presenta detalladamente en las siguientes páginas. La apertura de espacios de reflexión paralelos al proceso de diagnóstico, que dio como resultado el análisis de cuatro ámbitos de relación: el de relaciones entre personas (comunidad), el de relaciones entre instituciones (comunidad – región), el de relaciones normativas (región – Estado) y el de relaciones estructurales (Estado).

Ambos procesos se desarrollaron en base a los cambios que los miembros de las CEC’s hicieron a la propuesta de Construcción de Comunicación Intercultural Aplicada, que CANEK desarrolló a partir de la apertura de espacios de construcción participativa en el 2008. Ver CANEK – Observatorio Cultural, La Construcción de Comunicación Intercultural Aplicada, CCE/G, Libro Visor, Guatemala, 2008.

Estos dos procesos están interrelacionados: la información del diagnóstico se convierte en conocimiento en los espacios de reflexión y en su posterior devolución, ya procesada, a la comunidad. El proceso de toma de decisiones surge entonces de la interrelación de ambos procesos. Ésta puede tener múltiples formas, tantas como CEC’s existan, pero gráficamente creemos interesante compartir el proceso expuesto por Roberto Escuder y Salvador Carrasco: 1 Realidad actual

2 Observación

TERRITORIO Sistema

Transformación de la realidad 10

3

4

5

Generación de información

Medida

Datos

USUARIOS

Decisiones

9

Socialización de la información

Análisis

8

7

Indicadores

6

Fuente: Escuder Vallés, Roberto y Carrasco Arroyo, Salvador. Proceso de toma de decisiones en un sistema de información. La observación y el análisis entre dos realidades en Cultura. V Congreso Internacional. Cultura y Desarrollo – Ciudad de La Habana. Junio de 2007.

La CEC constituye entonces un centro de diálogo y generación de conocimiento capaz de generar información estadística para la elaboración adecuada de políticas comunitarias y regionales desde su propia interpretación de los derechos colectivos. Ello con el fin de desarrollar el proceso de emergencia de su sujeto colectivo. La CEC interrelaciona experiencias comunitarias y se interrelaciona con otras CEC’s. Para tener más claridad sobre el proceso de creación y desarrollo de una CEC, se expone a continuación el caso práctico de la CEC JUN K'OLIB'AL KECH ACHLAXXINEM PA QANO'JIB'AL creada con el soporte de Casa No’j en Quetzaltenango.


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LA COMUNIDAD EMERGENTE DE CONOCIMIENTO JUN K'OLIB'AL KECH ACHLAXXINEM PA QANO'JIB'AL Por Carlos Escalante y Saknicté Racancoj, representantes de la CEC Síntesis del proceso de conformación de la CEC en el 2009 Vivimos en una sociedad en donde bajo el pretexto de la globalización se cree y se acepta que la cultura y el bienestar vienen de afuera. Afortunadamente, la globalización no solamente implica lo económico sino también la comunicación y el conocimiento. Redes de comunicación y de intercambio de conocimiento y experiencias han contribuido a crear redes de cooperación a lo interno y a lo externo; dejando al descubierto la importancia de la cultura. Los vertiginosos cambios globales dejan en evidencia la urgente necesidad de reducir la brecha de desigualdades y de dar un paso hacia adelante en el reconocimiento del otro y del entorno. Convencidos de la fuerza de la cultura para desarrollar inéditas formas de relaciones de convivencia en el municipio de Quetzaltenango, el Consejo de la Cultura de Quetzaltenango y la Municipalidad de Quetzaltenango, a través del Centro Cultural Casa No'j, y con el acompañamiento de CANEK, inician en el 2009 un estudio para conocer la realidad plural de varios municipios del departamento: La Esperanza, San Juan Ostuncalco, Concepción Chiquirichapa, Cajolá y Quetzaltenango. El estudio se centra en descubrir cómo las desigualdades estructurales afectan a las esferas de relación simbólica, material y socio-política. El proceso inicia por la conformación de un equipo facilitador denominado “Kalpul”, el cual está integrado por personas de cada municipio. El Kalpul o equipo facilitador se fundamenta en la recuperación, el aprendizaje y la escucha profunda del pueblo; así como en el conocimiento ancestral y contemporáneo de la cultura para

reivindicar la práctica de la comunicación comunitaria intercultural por medio de la convivencia espiritual, generacional y cultural. El compromiso e identificación de los participantes del Kalpul, así como respaldo institucional de las organizaciones mencionadas, permitió implementación de la segunda fase del proyecto. Esta fase permitiría construcción de una propuesta de trabajo con el propósito de descolonizar conocimiento y el pensamiento.

el la la el

Esta fase se fundamenta en la memoria colectiva, la cual nos permite decodificar y re-codificar los pensamientos de la comunidad a través de su diario vivir o cotidianeidad; a través de su sentir, ver, oír, hablar, pensar, intuir y accionar. Estos elementos culturales construyen la comunicación intercultural, la cual aplicamos a procesos de organización local. Esta comunicación incide en el contexto mediato de desigualdades estructurales que viven las distintas comunidades. En esta segunda etapa se desarrollan diferentes procesos de trabajo, los cuales constituyen los fundamentos del estudio y que permiten la comprensión de los resultados.

TIEMPO I. INTEGRACIÓN DE LA CEC (KALPUL MAYOR) La coordinación Cultural de Casa No’j tuvo el especial cuidado de elegir las personas del grupo facilitador ya que este grupo debía ser el “idóneo” en términos de identidad cultural, comunicación y aportación comunitaria e interrelación fraternal con los pobladores de cada comunidad. Asimismo, se tuvieron en cuenta las edades, experiencias, la conexión con los orígenes, la profesión u oficio, la conciencia individual en relación a la conciencia colectiva, el idioma, la espiritualidad y su colaboración humanitaria, así como la sabiduría, entre otras cualidades, que son fundamentales para el servicio al otro y para cumplir la misión que todos tenemos como seres cósmicos.


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Para iniciar la construcción de conceptos, en relación a las diferentes esferas de estudio, se conformaron grupos de trabajo en base a la forma de organización Maya K’iche’ conocida como Kalpul o reunión de pensamientos.

Recuperación de formas de organización propias: el Kalpul Kalpul El Centro Cultural Casa No’j constituye una singular reivindicación ciudadana del desarrollo cultural en Quetzaltenango. Significa además la primera experiencia clara en Guatemala de democratización cultural, donde la municipalidad ha descentralizado la gestión cultural en un consejo formado por instituciones de la sociedad civil. Carlos Escalante y Saknicté Racancoj, ambos miembros del Centro Cultural Casa No’j, impulsaron y en gran parte sostuvieron el proceso de creación de la CEC JUN K'OLIB'AL KECH ACHLAXXINEM PA QANO'JIB'AL. La experiencia de un Ajq'ijab y la determinación de una estudiante en ciencias jurídicas se unieron para rescatar y desarrollar en la CEC el sistema propio de organización k’iche’: el Kalpul. Su origen y funcionamiento se presenta a profundidad en las entrevistas que pueden escucharse en:

La experiencia tanto individual como colectiva en relación a las esferas de estudio e indicadores previstos de los integrantes “seleccionados” es importante en la conformación de los Kalpules, los cuales quedaron conformados de la siguiente manera: Kalpul Mayor Kalpul menor de la Cultura Simbólica

Kalpul menor de la Cultura Material

Kalpul menor de la Cultura Social-Política

Oscar Boj Ely Lopez Basilia Colop Gladys Delgado

Carlos Escalante Julia María Nimatuj Yovani Cux Saknicte Ishchel Racancoj Sierra

Adolfo Santos María Antonina Sánchez Méndez Edgar Racancoj Rony Mijangos Sergio Pisquiy Wilfredo Velásquez

Después de este primer tiempo, se dio inicio al desarrollo de reflexión, comprensión y definición del concepto de territorio y colectivo.

http://www.youtube.com/watch?v=qyGh1sTBDu8 http://www.youtube.com/watch?v=J5LiVApLnQg http://www.youtube.com/watch?v=KKUYSmmjp90

7a. calle 12-12 zona 1. Quetzaltenango. Teléfono: 7768-3139 http://casanoj.blogspot.com. casanoj@gmail.com


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TIEMPO II. COMPRENDIENDO EL CONCEPTO TERRITORIO Y COLECTIVO Antes de iniciar esta etapa, se reconoció la necesidad de generar nuevas formas de caminar en donde se unificaran las ideas que en K’iche’ se dice “chujb'in Ku'k wokomtaq chomanik”. Un nuevo caminar desarrollando nuevos entendimientos y una mejor comprensión del territorio y de lo colectivo para decodificar y re codificar nuestras concepciones en relación a estos temas.

resolución de conflictos, transmisión de valores, formación de consejo y con una identidad colectiva formada por múltiples identidades comunitarias. Ubicamos nuestro territorio, es decir nuestro sujeto colectivo, en el siguiente espacio geográfico:

El Colectivo-Territorio Cuando hablamos de colectivo nos referimos a un sistema de relaciones (la cultura) que se caracteriza por estar vinculado a un territorio, el cual le da sentido a lo comunitario y a lo regional. Para entender qué es un territorio, se partió de un aspecto cosmogónico fundamental: la tierra no es nuestra sino que somos de la tierra. Desde nuestra visión holística, la convivencia se da entre el ser humano, la naturaleza y el cosmos. La reconexión con los orígenes significa reencontrarse con uno mismo, como persona, como familia, como grupo, como pueblo, como humanidad. Por eso es necesario aprender de los ciclos pasados y respetar los ciclos presentes para continuar unidos la vibración evolutiva de la tierra. A partir de esta visión holística, para definir el territorio, se tomó en cuenta que históricamente se ha definido como área comarcal a aquella que agrupa distintos municipios más allá de los límites políticos impuestos por el Estado. Este principio pretende hacer frente a los procesos de asimilación, división y segregación de los pueblos. Además, esta comprensión del territorio parte del contexto del cosmos y de la naturaleza en la ubicación geográfica de asentamientos humanos y lugares espirituales. Entendemos a nuestro sujeto colectivo como un colectivo plural, donde confluyen diferentes culturas y étnias que se encuentran entrelazadas por procesos históricos de relación (simbólica, material y sociopolítica) y por procesos comunitarios y regionales de consulta, representación, gobernabilidad,

Fuente: Mapas elaborados a partir de los ofrecidos en http://www.googlemaps.com


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Este espacio territorial lo denominamos JUN K'OLIB'AL KECH ACHLAX NEM PA QANO'JIB'AL, que en el idioma k’iche’ significa Espacio de Convivencia Cultural. Los municipios que integran la región de nuestro sujeto colectivo son, en base a los actuales departamentos:

Huhuetenango

San Marcos

Totonicapán

Quetzaltenango

Retalhuleu

El Quiché

Aguacatán Chiantla Colotenango Concepción Huista Cuilco Jacaltenango La Democracia La Libertad Malacatancito Nentón San Antonio Huista San Gaspar Ixchil San Juan Atitán San Juan Ixcoy San lldelfonso Ixtahuatán San Mateo Ixtatán San Miguel Acatán San Pedro Necta San Pedro Soloma San Rafael La Independencia San Rafaél Petzal San Sebastián Coatán San Sebastián Coatán Santa Ana Huista Santa Bárbara Santa Cruz Barillas Santa Eulalia Santiago Chimaltenango Tectitán Todos Santos Cuchumatán

Ayutla Tecún Umán Catarina Comitancillo Concepción Tutuapa El Quetzal El Tumbador Esquipulas Palo Gordo Ixchiguán La Reforma Malacatán Nuevo Progreso Ocos Pajapita Río Blanco San Antonio Sacatepequez San Cristobal Cucho San José El Rodeo San José Ojetenan San Lorenzo San Marcos San Miguel Ixtahuacan San Pablo San Pedro Sacatepéquez San Rafael Pié de la Cuesta Sibinal Sipacapa Tacaná Tajumulco Tejutla

Momostenengo San Andrés Xecul San Bartolo Aguas Calientes San Cristobal Totonicapán San Francisco el Alto Santa Lucía La Reforma Santa María Chiquimula Totonicapán

Almolonga Cabricán Cajolá Cantél Coatepeque Colomba Concepción Chiquirichapa El Palmar Flores Costa Cuca Genóva Huitán La Esperanza Olintepeque Palestina de los Altos Quetzaltenango Salcajá San Carlos Sija San Francisco La Unión San Juan Ostuncalco San Martín Sacatepequez San Mateo San Miguel Siguilá Sibilia Zunil

Champerico El Asintal Nuevo San Carlos Retalhuelu San Andrés Villa seca San Felipe Retalhuleu San Martín Zapotitlán San Sebastián Santa Cruz Mulúa

Canillá Chajul Chicamán Chiché Chinique Cunén Joyabaj Pachalúm Patzité Playa Grande - Ixcán Sacapulas San Andrés Sajcabajá San Antonio Ilotenango San Bartolomé Jocotenango San Juan Cotzal San Miguel Uspatán San Pedro Jocopilas Santa Cruz del Quiché Santa María Nebaj Santo Tomás Chichicastenango Zacualpa


El tiempo uno y dos nos permitieron establecer las bases para luego realizar el trabajo de diagnóstico.

TIEMPO III. TRABAJO DE DIAGNÓSTICO O K´AWILO- XJELB´IL (INTEGRACIÓN DEL COLECTIVO Y MUNICIPIOS MUESTRA) Es oportuno resaltar el aporte de miembros del Kalpul Mayor, quienes a través de su experiencia personal como integrantes de instituciones comunitarias, brindaron su aporte para la obtención del ahora denominado “chujb'in k'uk wokomtaq chomanik”.

Para el camino de la información se diseñaron módulos basados en la metodología eminentemente participativa, que parte del conocimiento y prácticas cotidianas. El diagnostico se ubicó dentro de un proceso sistemático de trabajo organizativo que permitió conocer y comprender lo que nos plantea la realidad. Su ejecución nos proporcionó el conocimiento necesario para planificar acciones viables y relacionadas con las necesidades, interés y problemas sentidos de la comunidad. El diagnóstico participativo constituyó un espacio democrático en donde también se respetó el equilibrio entre las esferas culturales -simbólica, material y socio-política.

El diagnóstico se apoyó en parte de la metodología de educación popular, la cual difunde la transmisión de conocimientos y la estimulación de actitudes positivas para promover la participación de las personas a partir del fortalecimiento de su identidad; y a partir de allí genera una conciencia crítica de su realidad cotidiana para luego incidir positivamente en ella. La metodología de la educación popular se entrelazó con la Danza de la Palabra con la cual cultivamos las relaciones familiares, vecinales, comunitarias, locales, regionales y nacionales. La palabra se convierte en diálogo, conversaciones, en ternura en el actuar y en el decir; la suavidad de la palabra y de las acciones expresan firmeza de esencia y paz del espíritu.

La primera participación comunitaria dio a entender la necesidad de participar en los diferentes procesos de la vida y el desarrollo de los pueblos. Esto despertó mucho interés por conocer cómo desde las autoridades comunitarias surgen propuestas con contenido legítimo. El diagnóstico incluyó la creación de un sistema de planeación estratégica con tres planes fundamentales: programas, presupuestos y políticas; y cuyos propósitos son crear el futuro deseable, anticipar, responder apropiadamente al ambiente cambiante, y examinar honestamente las fortalezas y dificultades del contexto. Entrelazar la Danza de la Palabra con las tres esferas de la cultura permitió obtener conocimiento sobre toda la estructura de cada municipio. Esta herramienta permitió conformar un cuadro de la situación actual del municipio y así de esta manera obtener un diagnóstico útil para la toma de decisiones.

Esto nos acercó a las comunidades de estudio, quienes nos abrieron las puertas logrando transmitirles la información que cada uno llevaba. Se buscó compartir e iniciar la construcción de un primer peldaño piramidal de movilización de los talentos humanos y así comprender la situación de la población de cada municipio. Llegando a un consenso en el Kalpul Mayor, se decidió tomar como municipios muestra del diagnóstico a: Quetzaltenango, Concepción Chiquirichapa, San Juan Ostuncalco, Cajolá y La Esperanza.

Los integrantes del Kalpul Mayor obtuvieron la información para evaluar los procesos de cambio a generar y así formular estrategias que tiendan a mejorar las desigualdades estructurales de la región de estudio. La preparación del conjunto de herramientas estuvo diseñada acorde a las capacidad de los integrantes del Kalpul (la participación es siempre voluntaria). La construcción y el aprendizaje en el uso de herramientas para la generación de información estadística se realizaron de manera colectiva; moviendo la conciencia, la


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voluntad y la energía para desarrollar la identificación, el convencimiento y la responsabilidad que este estudio implicó. El diagnóstico significó finalmente poder consultar a las comunidades sobre nuestras propuestas sobre territorio y sobre la interpretación que hacíamos de los derechos colectivos. De este modo se enriqueció el proceso de reflexión, se legitimó y se pudo absorber el sentir de la comunidad. Este proceso en general permitió observar, indagar e investigar los pasos recorridos de los pueblos en el pasado; y así comprendimos nuestro presente. Con el entendimiento del pasado y el presente visualizamos el futuro, como un camino en construcción de un Estado Plural. El diagnóstico comunitario sobre derechos colectivos e impacto de las desigualdades estructurales en los municipios muestra (cuyo sistema de indicadores se presenta en su totalidad más adelante en este capítulo) se completó en un 80%.

Percepción social y política desde la interpretación comunitaria de los derechos colectivos Dentro de todo el proceso del diagnóstico, se elaboraron una serie de preguntas para conocer la percepción social y política de los municipios de Cajolá, Quetzaltenango, San Juan Ostuncalco, La Esperanza y Concepción Chipirichapa. La CEC elaboró un informe que se puede descargar en http://www.box.net/shared/vb8pdnrytv

CONVIVENCIAS GENERACIONALES Retomando la vida cotidiana de los pueblos participantes en la propuesta intercultural, las convivencias se realizaron tomando como elemento fundamental la comunicación entre generaciones. A través de oír a personas de

diferentes edades, las cuales se expresaron ya sea en su idioma o en castellano, nos dimos cuenta de la forma como cada persona conocía su lugar de origen, su propia cultura comunal, local, regional y nacional. Las personas mayores relataron la historia vivida de su comunidad, del caserío, aldea o pueblo. Fue todo un traslado de conocimientos a las generaciones jóvenes que asistían, y toda una reflexión. Se sistematizaron los relatos de los mayores en relación a los procesos de las actividades diarias, la composición de las familias, los trabajos, los cuidados de los recursos naturales, el respetos dentro del círculo comunal, las asignaciones de tareas, la autoridad familiar, la autoridad comunal, las ayudas vecinales, la relación espiritual en la vida, y la comparación de cómo se vivía y cómo se vive actualmente.

La Danza de la Palabra Proponemos que los encuentros para el intercambio del conocimiento se constituyan en autenticas danzas de palabras; es decir pláticas que fundamenten la armonización estética de nuestras perspectivas, esperanzas, conceptos y categorías respecto al desarrollo y la cultura. En esta danza de la palabra aspiramos a que suceda la complementariedad entre ciencias, artes y espíritu. Asumiendo con dignidad que nuestro sentir, ver, oír y accionar son confiables fuentes de conocimiento; concretamos en nuestras palabras que nuestras relaciones son holísticas. Recurriremos a iluminadores, enseñadores del conocimiento ancestral para que desde sus propias visiones nos ayuden a la expresión comprensible en el quehacer cotidiano y, de este modo, abrir un proceso de descolonización del pensamiento. Para alcanzar acuerdos, elaborar definiciones, plantear criterios se hace necesario aplicar métodos propios del nivel comunitario para converger en encuentros de diálogos (la danza de la palabra) y acuerdos basados en técnicas y didácticas, para obtener la luz del conocimiento ancestral vertido en diferentes especialidades, que permita converger encuentros con comadronas, tertuleros, aj’quijabs, guías espirituales, rosquiteras, curanderas y otras figuras centrales en el mantenimiento de nuestras relaciones como comunidad y como expresiones de nuestra historia, guardas de nuestra interpretación y vivencia del tiempo.


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Con toda esta base histórica, se discutió cómo se desarrollaría el estudio; cuestionándonos también sobre los beneficios que se tendrían en el futuro. Las horas de pláticas abrieron el pensamiento de cada persona e hizo un recuento sobre lo grandioso que es la vida cuando se vive en armonía, en equilibrio; lo cual propicia un futuro lleno de alegría, de sueños. La construcción de una democracia donde se garantice el amor a la dignidad, la paz y reencontrase nuevamente para generar nuevas formas de convivencias es el sueño de todos; un sueño donde todos contribuyamos a resolver los distintos problemas que nos amarran cada día. Llegando al cierre de un ciclo en que se compartió a través de la Danza de la Palabra y se recodificaron pensamientos, más que un resultado que se pueda palpar materialmente, se hizo realidad el más grandioso principio en la vida de la comunidad: la reorganización de aquellas formas de vida en que se reconocen las bondades de convivencia armónica y equilibrada dentro de una sociedad; donde también se tienen presentes los aspectos de comprensión óptima de la cultura, y de nuevas visiones de vida; que si bien es cierto se tienen desde siglos anteriores, también es cierto que se pueden aplicar en las épocas de contemporaneidad del colectivo actual.

LA TRANSFORMACIÓN DE LA REALIDAD PARA EL DESARROLLO DE NUESTRA INTERPRETACIÓN DEL TIEMPO Y DEL SUJETO COLECTIVO A continuación presentamos un muy breve resumen de las medidas que adoptará la CEC para el desarrollo y emergencia del sujeto colectivo. Partimos de las tres esferas de la cultura y su interrelación como eje central de las propuestas elaboradas en el 2009. Las estrategias de incidencia de la CEC están relacionadas con los indicadores del diagnóstico.

Análisis de situación y estrategias por esfera de la cultura tomando en cuenta las amenazas, debilidades, oportunidades y fortalezas en la región Debilidades y amenazas En la esfera de la Cultura Simbólica Prejuicios, racismo Falta de conciencia discriminación y por falta de pobreza. formación. Auto discriminación La práctica de la Religiones alienantes espiritualidad se ha convertido en un para Comercialización de la práctica espiritual. concentrar riqueza. Pérdida de la identidad. En la esfera de la Cultura Material No hay capacidad de Poco recurso producir alimentos de económico para consumo interno. diversificar la La educación cultiva producción del un ser individualista colectivo. desarraigado de los Falta de organización conocimientos de sus para aprovechar los ancestros. métodos ancestrales y las nuevas tecnologías. En la esfera de la Cultura Social Política Falta de Enajenación. comunicación. Ya no existen medios de Asimilación de comunicación propios pensamientos. de la comunidad.

Estrategia A través de la formación de conciencia intergeneracional de transmisión y práctica de la espiritualidad se rescata la identidad y se disminuyen prejuicios que tiene la sociedad. Estrategia Atender las necesidades sociales y económicas a través de la recuperación de las prácticas ancestrales conjunta con las nuevas tecnologías, diversificando y ampliando la producción material para lograr un nuevo nivel de calidad de vida. Estrategia Crear una organización en la que se fomente los valores y principios del colectivo y sea un ente que regule la transmisión de mensajes a través de los distintos medios de comunicación para evitar la enajenación.


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Debilidades y oportunidades En la esfera de la Cultura Simbólica Falta de participación y Las organizaciones organización del comunitarias que colectivo para el sostienen la cultura desarrollo de cada (Lugares Sagrados, comunidad en ACAM, Grupo Cajolá, educación (falta de Consejo MAM). interés de los padres de familia dentro de la comunidad educativa) La fuga de talentos humanos internos y externos (por situaciones social y económico se emigra, dentro y fuera del país En la esfera de la Cultura Material Aprovechamiento de Falta de políticas todas la funciones y sociales Económicas programas que tienen culturales, ambientales las organizaciones y tecnológicas nacidas gubernamentales y de la comunidad y ONGS dirigidas al sujeto Coordinación de Ong’s colectivo. e instituciones de Falta de participación gobierno para mejorar del colectivo para el sus diversas desarrollo de cada proyecciones en la vida comunidad en del colectivo educación (falta de interés de los padres de familia dentro de la comunidad educativa).

Estrategia Conformación de red de instituciones propias del colectivo para crear alianzas estratégicas con instituciones públicas y privadas. Es decir, generar la base organizativa suficiente para sostener instituciones propias que generen las relaciones propias de nuestras culturas.

Estrategia Crear una red solidaria del colectivo e instituciones estatales para mejorar las diversas proyecciones en la vida de los colectivos

En la esfera de la Cultura Social Política Es importante conocer Carencia de e interpretar por sistematización de los nosotros mismos la conocimientos mayas en Ley de Consejos de todo el contexto de la Desarrollo y el Código culturaMunicipal para ver Ver a los cocodes como cómo podemos parte de la fortalecer nuestras municipalidad. formas propias de organización. Fortalezas y amenazas En la esfera de la Cultura Simbólica Influencia de otras sectas Consejo de Ancianos religiosas que rompen Guías espirituales y su nuestra relación con lo articulación de niños, espiritual. jóvenes y ancianos Comercialización de lo (transmisión espiritual y de la cultura. intergeneracional) Los medios de Organización comunicación, en su comunitaria, que gran mayoría, presentan aunque a veces débil y uso la cultura maya aún sostiene nuestro como producto para la propio sistema de venta. relaciones – ACAM, Grupo Cajolá, Consejo Mam, Kamalbe. En la esfera de la Cultura Material Hay propuestas de ley que pretenden desarrollar nuestra ciencia y tecnología y crear un nuevo ordenamiento territorial.

Falta de voluntad política de los congresistas para aprobar as iniciativas de leyes de los colectivos

Estrategia Involucrar a los COCODES para la recuperación de los conocimientos ancestrales al respecto de organización y representatividad.

Estrategia Promover campaña de información sobre la normativa sobre la que se sustentan los derechos colectivos (Acuerdos de Paz, Convenio 169 de la OIT, entre otros) y nuestra interpretación del sujeto colectivo en las comunidades con el fin de rescata y entrelazar nuevo el tejido social Estrategia Crear mesas de diálogos con los congresistas Fomentar la creación de un congreso propio de la región


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En la esfera de la Cultura Social Política La educación no Existen propuestas responde a la concretas por parte composición plural de del colectivo para la Guatemala. elaboración de una Estructura y sistema del reforma Estado monista constitucional que La globalización de los permita emerger medios. Es nuestro sujeto prácticamente colectivo. imposible escapar de Existe armonía ellos y nosotros no política a través de la tenemos ninguna espiritualidad maya influencia en ellos.

Fortalezas y oportunidades En la esfera de la Cultura Simbólica El nuevo curricula se Conciencia colectiva respecto nuestro espacio basa en el que se territorial vital sobre el incluye el idioma que desarrollar nuestras K’iche’, y enseñanza de culturas. artes propias del colectivo y espiritualidad. La educación debiera de guiarse por el calendario maya y coordinarse con el calendario gregoriano.

Estrategia Generar representatividad política dentro del contexto propio de nuestro colectivo (transformar la ley de partido), lo que conllevará al libre ejercicio de la soberanía, permitiendo realizar propuestas en el sistema educativo, desarrollo de nuestra ciencia y tecnología y gestión de nuestro territorio, con el fin restablecer las relaciones propias de nuestras culturas.

Estrategia Reconstruir nuestra vida en base al calendario maya coordinado con el gregoriano, para así expresar en nuestras relaciones con la naturaleza, la comunidad y el cosmos el sentir temporal de nuestras culturas.

En la esfera de la Cultura Material Existe una potencia que Hay instituciones, nacionales civiles e sostiene a nuestro internacionales a favor colectivo y que de implementar contribuye a procesos de desarrollo fundamentar la base de los colectivos. económica del país.

En la esfera de la Cultura Social Política Tenemos que conocer Los curanderos, e interpretar para el consejos de ancianos, beneficio de nuestras ajquijab, kamalbe, formas propias de consejo de ancianos, organización la ley de comadronas, tejedoras descentralización, la continúan ley de consejos de representando en gran Desarrollo, Código medida a las Municipal, Acuerdos comunidades ya que de paz y Acuerdos confieren armonía internacionales. política a través de la Existen pensamientos espiritualidad maya. ideológicos Las organizaciones son progresistas consientes del sentir contextualizados colectivo. Tenemos propuestas de Conocimiento de la Legislación Indígena cambio constitucional. en la Universidad San Carlos - Occidente

Estrategia Unificar a las instituciones gubernamentales, civiles e internacionales para desarrollar una voluntad ciudadana que conlleve a constituir nuestro territorio para poder ejercer nuestros derechos colectivos. Estrategia Generar relaciones entre autoridades ancestrales para que se genere una fuerza de lo comunitario a lo regional con el fin de consolidar un consejo regional capaz de demandar la autonomía de nuestro territorio para el ejercicio pleno de los derechos colectivos.


Estructural (Estado)

Normativa (Región – Estado)

Institucional (Comunidad – región)

Interpersonal (Comunidad)

Estrategias por ámbito de relación y esfera de la cultura Estrategias por esfera de la cultura Cultura Simbólica A través de la formación de conciencia intergeneracional e intercultural de transmisión y práctica de la espiritualidad se valora la identidad y se disminuyen prejuicios que tiene la sociedad.

Conformación de red de instituciones del colectivo creando alianzas estratégicas con instituciones públicas y privadas de la región, para fortalecer la organización, sensibilización y participación como colectivo unido en la diversidad.

Promover campaña de formación e información sobre normativas que sustentan los derechos colectivos y sobre el ser colectividad referida a la gestión del territorio para valoración del tejido social. Incidir en la aprobación e implementación de las propuestas de protección de lugares sagrados, fortalecimiento de programas de educación bilingüe intercultural del colectivo fundamentados en la cosmovisión de los pueblos.

Cultura Material Impulsar un proceso de educación formal e informal constante de los colectivos para poder hacer conciencia y sensibilizar a la población sobre las necesidades sociales y económicas a través de la recuperación y aplicación de las prácticas ancestrales, nuevas tecnologías, diversificando y ampliando la producción. Crear una red solidaria regional del colectivo integrada por actores e instituciones estatales y formas propias de producción que trabajan y promueven la autosuficiencia y el desarrollo de la ciencia, industria y tecnología autóctona, en mejorar las diversas producciones materiales bajo el concepto colectivo de lo que es desarrollo. Implementar políticas autoregulatorias del territorio sobre el uso de la ciencia y tecnología , promoción de la industria autóctona y administración de facultades a los representantes comunitarios reunidos en consejo regional para la gestión y uso del patrimonio natural, Promover una propuesta de reestructuración territorial y patrimonio natural para la autosuficiencia (Ciencia y tecnología y desarrollo de la industria autóctona) del colectivo.

Cultura Social-Política Fortalecer el tejido social comunitario por medio del fomento de valores y principios del colectivo (en las relaciones de personas y colectivos), a través de la transmisión de mensajes en los distintos medios de comunicación para disminuir la enajenación políticasocial y fortalecer las relaciones interpersonales sobre la base de los derechos colectivos. A través de la organización de un consejo regional integrado por los diferentes sectores sociales con autodeterminación que garantice el espacio de representatividad política, social y cultural. Generar propuestas desde la comunidad sobre cómo crear un consejo plural de la región desde los saberes ancestrales. A través de la recuperación y sistematización de los conocimientos ancestrales de los pueblos originarios, se promueven nuevas propuestas de ley que permitan al colectivo normar según su entendimiento de lo que es desarrollo económico, político, social y cultural. Consultar a las comunidades sobre el espacio territorial del colectivo e incidir para que sirva de base estratégica de unión para todas las organizaciones de la región.


Las anteriores estrategias están interrelacionadas y se respaldan unas a otras. El hilo que cose las estrategias de las tres esferas de la cultura en cada ámbito de relación es: Interpersonal

Institucional

Normativo

Estructural

Promoción, sensibilización de la aplicación de la interculturalidad como medio de diálogo para la construcción de pluralidad.

Fortalecimiento institucional para iniciar los cambios en los diversos servicios que se prestan a la población.

Formulación de propuestas y políticas desde lo local a lo regional y estatal para contribuir en los procesos de construcción intercultural.

Promover el desarrollo del ordenamiento territorial con el sustento de saber que proviene de nuestros ancestros.

nos dará finalmente, organizados ya, un Qué, una voz colectiva original y legítima nacida desde abajo, desde las comunidades.

RESULTADO OBTENIDOS DEL PROCESO EN EL 2009

Recuperación del sistema organizativo Kalpul. Es preciso profundizar más en la investigación sobre el sistema pop y el calendario maya para fundamentar los ciclos de trabajo. A partir de febrero 2010, antes de fin de año maya, se establecerá la estructura de trabajo y representación del siguiente modo: un Kalpul Menor por municipio cuyo número de miembros se coordine con el calendario maya (4, 7, 9 ó 13). Por Kalpul Mayor se entenderá el consejo de representación de toda la región del colectivo, cuya representatividad y temporalidad se formará por múltiples de 13. La temporalidad y el contenido que expresan los días del calendario maya fijarán la organización, planificación y objeto de función temporal tanto de los Kalpules Menores como del Kalpul Mayor.

Conocimiento, interpretación y apropiación de los Derechos Colectivos.

Definición de Territorio y Colectivo desde la interpretación comunitaria.

Elaboración de indicadores cuantitativos y las herramientas para la recolección de datos.

Información general sobre el uso de herramientas y adaptación al nuevo vocabulario.

Recolección de información cuantitativa para el diagnóstico en los municipioS de San Juan Ostuncalco, La Esperanza, Concepción Chiquirichapa, Cajolá y Quetzaltenango. Desarrollo del diagnóstico en un 80%.

Incorporación del Ciclo Intergeneracional de debate sobre Colectividad y derechos Colectivos en todos los municipios.

Cohesión entre los y las participantes de la CEC

Primeros pasos del chujb'in k'uk wokomtaq chomanik.

Conformación de la organización local que le dará seguimiento al chujb'in k'uk wokomtaq chomanik.

Integración de equipos a nivel de municipios muestra.

Mediante la integración de acciones que fundamenten en lo Interpersonal

Institucional

Normativo

Estructural

Convivencias comunitarias en escuela y con padres de familia. Convivencias generacionales.

Construcción intercultural de la institucionalidad.

Interpretar los derechos colectivos para sustentar las propuestas de base normativa de nuestro colectivo.

Aplicación de los conocimientos ancestrales entrelazados con las nuevas tecnologías.

Las estrategias en las relaciones interpersonales nos permitirán hacer frente a los efectos de las desigualdades estructurales en la comunidad; el fortalecimiento de nuestras institituciones comunitarias permitirá disminuir sus mecanismos en la comunidad y en la región; el desarrollo de procesos normativos propios en la región solventará sus dinámicas; y, finalmente, con la acción política resultante de carácter estructural, podremos hacfer frente a sus causas. Con esta estrategia es importante destacar que no empezamos con un Qué queremos, que decida de arriba hacia abajo, sino que iniciamos con un Cómo somos, Cómo hacemos; y el desarrollo de este Cómo


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MIRAMOS EL FUTURO: IDENTIFICACIÓN DE ESCENERAIO Se consideran interrelacionadas, y no acciones independientes Cultura Simbólica Respecto al idioma Año 2010: Generar conciencia sobre el sujeto colectivo, su territorio y derechos a través de todos los medios de comunicación disponibles. Año 2012: Presencia de la cosmovisión maya como base para la elaboración del pensum educativo de niños y niñas en todos los centros educativos, tanto privados como públicos, para que la regulación individual y colectiva de la vida tenga sentido. Respecto a la espiritualidad Año 2010: Establecer los primeros enlaces entre representantes espirituales de las diferentes comunidades para dar contenido espiritual a la región. Año 2012: Organización regional de “Ajquijab” que esté bien fortalecida para que constituyan el marco de relaciones materiales, simbólicas y sociopolíticas de la región mediante la interpretación del calendario. Respecto al patrimonio Año 2010: Proceso de Identificación de Lugares Sagrados en todos los municipios de Quetzaltenango. Año 2012: Que las organizaciones de Ajq'ijab y autoridades locales administren y tengan el control sobre los lugares sagrados, por hecho o por derecho. Respecto a la educación Año 2010: Que los catedráticos u alumnado conozcan el significado y la importancia de la cosmovisión maya con toda su complejidad. Año 2012: Que los alumnos dominen su idioma materno oral, escrito y un segundo o tercer idioma dependiendo del nivel.

Respecto a los medios de comunicación Año 2010: Que los medios de comunicación tomen en cuenta la cultura (en toda su complejidad) como base fundamental de la comunicación del pueblo. Año 2012: Democratización de los medios mediante la generación de medios de comunicación públicos y masivos. Cultura Material Respecto a las relaciones entre personas en la comunidad 2010: Sensibilización sobre la necesidad de producir y consumir los alimentos y productos básicos propios de la región. 2012: Aplicación de practicas ancestrales tecnológicas para desarrollar el potencial colectivo de la utilización de tecnología. Respecto a las relaciones institucionales en la comunidad y la región 2010: Fortalecimiento institucional par promover la autosuficiencia. 2012: Aplicación de tecnología ancestral en la generación de industria. Respecto a las relaciones normativas de la región en el Estado 2010: Realización de las propuestas auto-regulatorias del territorio sobre el uso de la ciencia y tecnología así como de gestión del patrimonio natural. 2012: Aplicación de las propuestas y políticas. Respecto a las relaciones estructurales a nivel de Estado 2010: Proporcionar una restructuración territorial con actores integrales del colectivo. 2012: Aplicación a nivel local y regional. Cultura Sociapolítica

2010: Consolidación de consejos comunitarios con enlaces a nivel regional. 2012: Consolidación del consejo regional.


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LA CREACIÓN DE UN SISTEMA DE INDICADORES PARA LA OBSERVACIÓN COMUNITARIA Y REGIONAL DEL EJERCICIO DE LOS DERECHOS COLECTIVOS La CEC Jun K'olib'al Kech Achlaxinem Pa Qano'jib'al y la CEC Moloj Naoj Kaqchikel elaboraron mediante el vínculo de CANEKun sistema de indicadores amplio y complejo. Este recoge una gran cantidad de elementos de medición que permiten calcular la capacidad de ejercicio de los derechos colectivos así como el impacto de las desigualdades estructurales en sus comunidades. El sistema está fundamentado en la interpretación de las tres esferas de la cultura y sus relaciones. Permite analizar realidades culturales mono o pluriculturales diferentes con toda su complejidad o tomando una sola esfera de la cultura, siempre partiendo de la variable territorio que dirige el análisis hacia la región del sujeto colectivo. Este sistema de indicadores nos permite:

1 Entender cómo las desigualdades estructurales afectan directamente a la conformación y desarrollo de colectivos. Ello es fundamental para comprender que lo comunitario no se encuentra aislado sino que se halla íntimamente relacionado con las estructuras del Estado y que, necesariamente, debe de actuar sobre sus mecanismos de alienación para poder autodeterminarse y desarrollarse según sus propios principios y valores y sus formas propias. 2 Brindar herramientas para que los colectivos de Guatemala puedan medir, por un lado, sus niveles de autogestión territorial que cubre su colectividad; por el otro, los niveles de desarrollo de las relaciones de cada una de las esferas de la cultura que, en consecuencia, nos darán información sobre la capacidad de ejercicio de los derechos colectivos. Todo ello con la finalidad de crear planes estratégicos sustentados en información generada desde la

comunidad para su fortalecimiento e incidencia comunitaria, regional y estatal.

3 Generar bases estadísticas desde la comunidad que permitan sustentar planes estratégicos de desarrollo. 4 Facilitar la generación de procesos de reflexión y análisis durante la elaboración del diagnóstico y la recolección de datos que permitan la construcción de conciencia colectiva, la recuperación de formas propias de organización y la interpretación y ejercicio de los derechos colectivos.

¿QUÉ ES UN SISTEMA DE INDICADORES Y QUÉ ELEMENTOS TIENE? Sistema de indicadores. Un sistema de indicadores es una unidad articulada e interrelacionada de herramientas de medición (los indicadores) que tiene por objeto conocer la realidad para poder representarla numéricamente y tener orientaciones para transformarla. Un sistema de indicadores no es una lista de indicadores. La clave de un sistema se encuentra precisamente en las (inter)relaciones que existen entre sus indicadores y, en consecuencia, entre los fenómenos que se desean medir. La información que aporta un sistema de indicadores permite abrir un camino seguro a seguir para la construcción de una estrategia de acción y reflexión que permita elaborar proyectos que impacten y transformen la realidad observada. Lo que ofrece el sistema es la interrelación y ponderación (de mayor impacto a menor impacto en las esferas de la cultura) de fenómenos que ayudan a construir los indicadores (cuantitativos o cualitativos) que permitirán ir haciendo el ejercicio de medición de la realidad concreta que se quiere transformar. Por tanto, un sistema de indicadores no es una batería de fórmulas


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estadísticas. Para que un sistema de indicadores sea capaz de transmitir de manera correcta la información debe cumplir con criterios mínimos como:

1

2

Sostenibilidad: el Sistema debe ser aplicable a partir de los recursos económicos, de las capacidades técnicas (informáticos, fuentes de información, etc.) y que sea utilizable en procesos continuos. Legitimidad: la información que proporciona es valiosa (al decir valiosa nos referimos a que es útil al análisis porque representa efectivamente en alguna medida la evidencia de relaciones entre fenómenos y permite la ponderación de los mismos), confiable y rigurosa.

3

Comunicable: la información que el sistema proporciona es fácilmente socializable, ágil y flexible.

4

Coordinable: permite la fácil coordinación entre las instituciones involucradas.

¿Qué es un indicador? Un indicador es la “identificación de una magnitud numérica referida a un evento [fenómeno] que pone en evidencia la intensidad, situación o evolución del mismo. De su tratamiento es posible establecer la explicación, evolución y predicción de un fenómeno estudiado”131. Sin ánimo de complicar los conceptos ni las definiciones, diremos que un indicador es una herramienta que nos sirve para medir, ya sea con números o con percepciones cualitativas (por ejemplo, cuando valoramos algo diciendo que está mal, bien, muy bien…), aquello que sucede en nuestra realidad. Los indicadores nos ayudan a tener medidas de comparación, para saber si estamos mejorando lo que estamos haciendo, si estamos alcanzando nuestras metas o, si de lo contrario, estamos fallando. Para definir indicadores en nuestro caso, indicadores capaces de decirnos nuestra capacidad y avance en el ejercicio de los derechos colectivos, existe todo un trabajo previo de análisis (la identificación de desigualdades estructurales, su árbol de problemas, el concepto de cultura y su relación con el concepto de colectivo y de derechos colectivos) que contribuyen a determinar cuáles son esos números o esas características que nos darán las claves de lo que nos interesa medir. Con el propósito de hacer tan sencillo como fuera posible la construcción de indicadores, porque obviamente éstos deben de ser reformulados y adaptados a la realidad local por los miembros de la CEC, hemos elaborado esta ficha, que contiene elementos imprescindibles para su formulación. 131

Resumen: Metodología para la formulación de indicadores para el Seguimiento y Evaluación. Alcaldía Mayor Bogotá D.C., Secretaría Desarrollo Económico 2007.


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¿Qué es un índice? Un índice es una medida que para nuestro caso de diagnóstico es estándar, es decir no la creamos aquí sino que vamos a las fuentes documentadas a que nos digan cuales son los números o categorías ideales bajo las cuales los indicadores deberían estar y nos ayudan a hacer los cálculos respectivos para identificar las características propias de nuestro interés. ¿Qué es una variable? Una variable es una categoría o fenómeno que está presente en el niverso estudiado y que cambia de acuerdo al contexto en el que se identifique. Por ejemplo, la variable principal del diagnóstico a realizar es la de territorio. El territorio es un factor que cohesiona a las colectividades, es un espacio físico concreto sobre el cual se ejercen los derechos colectivos y es un elemento del que su uso y aprovechamiento se obtienen diferentes interpretaciones dependiendo del contexto en el cual se estudie. ¿Qué es el universo de estudio? Un universo de estudio es la unidad total sobre la cual haremos nuestra investigación. Por ejemplo, el universo que interesa a la investigación es la población que cubre el territorio del colectivo, de ese universo haremos delimitaciones temporales y espaciales. A partir de estas definiciones seleccionamos la muestra. ¿Qué es la muestra? Una muestra es la pequeña fracción de la población que es representativa del universo y que nos dará los insumos necesarios para definir aquello que estemos investigando, en este caso los fenómenos que componen nuestros indicadores.

Los indicadores culturales “Partimos de la hipótesis de que el verdadero banco de pruebas de una cultura consiste en determinar si favorece o no el fortalecimiento de las cualidades humanas y si contribuye a ampliar el abanico de elecciones que se ofrecen a cada individuo (y a la colectividad). Una evaluación de estas características tendría que incluir varias dimensiones importantes. No se trata de evaluar el ‹‹desarrollo cultural›› o, dicho de otra manera, no se busca determinar sí una cultura esta más ‹‹desarrollada›› que otra. Puesto que admitimos que las culturas son únicas y diversas, sería ilusorio tratar de medirlas con un único rasero. Lo que queremos evaluar es su contribución al bienestar humano, el cual posee las suficientes características comunes a todas las culturas para que sea posible comparar la situación entre los diferentes países”. Terry McKinley, Informe Mundial sobre Cultura, UNESCO, 1998.

CLAVES PARA EVALUAR Y MEJORAR EL SISTEMA Antes de pasar a ver los indicadores, proponemos una serie de elementos del indicador para que sean evaluados y, de ser necesario, reformulados. En su elaboración se procuró que los indicadores fueran: Planteados con claridad Relevantes y significativos para los fines propuestos Fáciles de medir con los recursos económicos y tecnológicos disponibles Validables y observables Con suficientes bases y fuentes para ser medibles. Presentamos a continuación una serie de preguntas que pueden ayudar y a reformular el sistema:


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Instrumento de validación del sistema y de indicadores132 Sí

No

De coordinación

Del sistema de indicadores De legitimidad

La información permite la socialización entre las instituciones involucradas

Cuenta con un marco teórico que permita una visión global sobre el tema

La información permite la discusión entre las instituciones involucradas De los indicadores Tienen los indicadores elementos relevantes (oportunos) que puedan vincularse a objetivos posibles en materia de cultura o en su defecto de cada esfera de la cultura

La información que proporciona es valiosa La información es confiable (de fuentes legítimas y válidas) La información es rigurosa (profundamente analizada y concretizada) De Sostenibilidad El sistema permite su implementación considerando las capacidades económicas del proyecto y de las y los participantes Es perdurable en el tiempo (utilizable para mediciones en diferentes momentos y universos culturales) Existen los recursos técnicos necesarios para su realización Existen las capacidades técnicas y humanas indispensables para su aplicación Permite el monitoreo del proceso del diagnóstico Establece posibles relaciones entre indicadoresEs sostenible desde lo económico De comunicación La información es comprensible por quien la lee La información es transmisible con términos prácticos a la colectividad La información es fácil de manejar a efecto de generar insumos a partir de sus fuentes

132 Adaptación CANEK con base en Metodología para la formulación de Indicadores para el Seguimiento y la Evaluación. Alcaldía Mayor Bogotá D.C. Secretaría Desarrollo Económico. 2007.

Es digno de confianza, es decir que no permite sesgos Es sostenible en el tiempo (en recursos, aplicabilidad, tecnología) Los datos y las técnicas estadísticas son sólidos y los productos estadísticos reflejan adecuadamente la realidad Se puede aplicar a otras realidades culturales Involucra en el proceso de obtención a todos los actores relevantes, con el fin de asegurar su legitimidad Existe una proporcionalidad de los costos para su obtención y la utilidad de los datos y en consecuencia de la información obtenida Es fácilmente comprensible, claro y entendible para poder ser analizado por cualquier persona Permite realizar un seguimiento sobre el fenómeno cultural observado Permite realizar una evaluación del fenómeno cultural observado


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MAPA GENERAL DEL SISTEMA DE INDICADORES El sistema de indicadores consta de los siguientes grupos, indicadores y componentes. INDICADOR MARCO IMR - Territorio del colectivo C1133 - Concepto y delimitación del territorio del colectivo C2 - Extensión territorial de la región del colectivo

IM1 - Población y territorio por municipio C3 - Extensión territorial del municipio C4 – Características de la población del municipio

INDICADORES DE LA CULTURA SIMBÓLICA CS1 - Medios de difusión que facilitan la promoción social del contenido de los derechos colectivos C1 – Número y tipo de medios televisivos. C2 - Cantidad de población que usa los medios televisivos y su tipo. C3 - Número y tipo de medios radiales. C4 - Cantidad de población que usa los medios radiales y su tipo. C5 - Número y tipo de medios de difusión escritos. C6 – Cantidad de población que usa los medios escritos y su tipo. C7 - Número y tipo de medios de difusión alternativos. C8 - Cantidad de población que usa los medios alternativos y su tipo.

CS2 - Recursos educativos que el Estado emplea efectivamente para la promoción, formación y ejercicio de los derechos colectivos C1 - Cantidad de establecimiento educativos públicos en el territorio del colectivo por municipio. 133

La C significa Componente del indicador.

C2 - Cantidad de recurso humano que enseña en los establecimientos educativos públicos. C3 - Cantidad de horas de enseñanza por año escolar. C4 - Cantidad de personas en edad escolar por ciclo escolar. C5 - Cantidad de alumnos por ciclo escolar. C6 - Grado de problemática estudiantil C7 - Nº de cursos extracurriculares de promoción social dedicados a los contenidos de los derechos colectivos del total de ciclos escolares. C8 - Nº de horas por año dedicadas a cursos extracurriculares de promoción social dedicados a los contenidos de los derechos colectivos del total de ciclos escolares. C9 - Cantidad de presupuesto asignado a la educación pública en el territorio del colectivo por municipio. C10 - Cantidad de personas por ciclo escolar que dominan un idioma de los pueblos originarios inscritos en el territorio del colectivo.

CS3 – Gestión y desarrollo de lugares en los que se práctica la espiritualidad C1 - Nº de centros ceremoniales propicios para celebraciones espirituales por municipio. C2 - No. de guías espirituales residentes en el territorio por religión. C3 - Censo de propiedad de los centros ceremoniales de los pueblos originarios. C4 - Porcentaje de presupuesto asignado al mantenimiento y preservación de lugares sagrados de los pueblos originarios inscritos en el territorio.

INDICADORES DE LA CULTURA MATERIAL CM1 – Recursos económicos que el Estado emplea efectivamente para mejorar el desarrollo económico y del mantenimiento y protección del medio ambiente en el territorio del colectivo C1 - Presupuesto del Estado asignado anualmente a servicios de desarrollo económico y protección y mantenimiento del medioambiente C2 - Grado de problemática económica y medioambiental C3 - Impuestos recaudados por instituciones públicas en el espacio territorial del colectivo


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CM2 - Autosuficiencia en el manejo de los recursos del territorio C1 - Extensión territorial por clase de suelo C2 - Extensión de tierra privada propicia para su desarrollo productivo C3 - Extensión de tierra comunal propicia para su desarrollo agrícola C4 - Extensión de tierra comunal reforestada, bosque natural y en protección C5 - Cantidad de tierra C6 - Extensión de tierras comunales gestionada por organizaciones externas y pertenecientes a estructuras oficiales del Estado por categorías. C7 - Extensión de tierras comunales gestionada por organizaciones propias del colectivo por categorías. CM3 - Autosuficiencia económica del colectivo C1 - Nº de trabajadores por tipo de organización productiva C2 - Población económicamente activa C3 - Destino de la producción por sector productivo C4 - Salario mínimo por persona C5 - Ingresos y gastos promedio de la familia C6 - Precio y origen de los productos de la canasta básica vital

INDICADORES DE LA CULTURA SOCIAL O POLÍTICA CSP1 - Eficacia de la inversión de recursos económicos del Estado en programas de desarrollo social en base al grado de problemática socio-política que afrontan C1 - Ingresos públicos totales C2 - Asignación presupuestaria anual del Estado para cada municipio C3 - Presupuesto de organismos estatales asignado anualmente para desarrollo social C4 - Presupuesto de la municipalidad asignado anualmente para desarrollo social C5 - Grado de servicio voluntario a la comunidad en materia de desarrollo social C6 - Grado de percepción de la problemática social

CSP2 - Grado de desarrollo del ordenamiento territorial del colectivo desde las lógicas locales de representación C1 - Grado de desarrollo de la ciudadana diferenciada, directa y orgánica C2 - Ingresos anuales obtenidos mediante formas propias de tributación o contribución económica, usados para el autofinanciamiento de estructuras

organizativas propias dedicadas a la definición, ejecución, control y evaluación de la gestión pública para el mejoramiento de la comunidad C3 - Grado de distribución territorial del poder para el efectivo ejercicio de los derechos colectivos

Dado el tipo de investigación que se lleva a cabo, los miembros de las CEC decidieron elaborar unos gafetes que permitieran identificarlos. Un ejemplo de la CEC Moloj Naoj Kaqchikel

M. DAVID CHIRIX SOTZ Delegado CEC Moloj Naoj Kaqchikel CANEK Observatorio Cultural Investigación Desarrollo cultural 0 calle “A” 30-05, zona 7, Utatlán I. Guatemala. 4to callejón final casa 195 Colo. San Rafael z. 2 Chimaltenango Tel. 2434-6655, 78394477

EL PROCESO DE BÚSQUEDA Y RECOLECCIÓN DE INFORMACIÓN Para recabar los datos del sistema de indicadores, debido a su amplitud y complejidad, es preciso realizar primero un análisis de los indicadores y de la información que se requiere. Posteriormente planificar el proceso de recolección de datos. Para la planificación general del proceso, proponemos el siguiente cuadro: Etapa

Presupuesto Tiempo I

Diseño Ejecución Revisión de resultados Relación con estrategias Validación con comunidad Comunicación de resultados

Planificación Tiempo II Tiempo…


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Dada la cantidad de componentes y, por consiguiente, de información que precisan algunos indicadores, las CEC elaboraron la siguiente herramienta de planificación para la recolección de datos a utilizarse para cada uno de los indicadores.

Ejemplo

Nombre del indicador: C Actores clave 1 2 3 … Municipalidades Tesorería Oficina de planificación presupuestaria

Fuentes

Informe presupuestario anual municipal

Técnica

Visita personal Internet

Instrumentos

Boleta, computadora, copias, CD

Tareas

Investigación personal en instituciones locales Responsable: por representante de municipio

Muestra

Total de presupuesto por municipio

Fechas

Costo

8 al 20 de junio recopilación de datos Y 20 al 30 de junio llena de boletas

Q.20x5= Q.100.00

El proceso de recolección de datos fue complejo y, en ciertos indicadores, muy dificultoso. Algunos comentarios de los miembros de las CEC’s al respecto de la recolección de datos fueron:

Es muy importante realizar reuniones periódicas de los miembros de la CEC para compartir ideas sobre los datos obtenidos y dificultades que han encontrado en su recolección. El proceso es muy tardado, es importante simplificar.

Se tiene que prever mejor la amplitud del diagnóstico.

En las cabeceras departamentales a veces es casi imposible obtener información.

Las boletas se han considerado complicadas, aunque existe el pensamiento que éstas ayudarán a determinar la realidad cultural de las comunidades.

La municipalidad, cuanto más pequeña, menos problemas.

Las instituciones (tanto públicas como privadas, inclusió de proyección social) han sido, en muchos casos, conservadoras en cuanto a ofrecer información. Existe recelo de organizaciones civiles que han trabajado procesos de diagnóstico parecidos, para dar información. Piensan que se les va a robar la información

Es muy importante popularizar y adecuar el lenguaje de las boletas.

Es importante tener en cuenta que habrán ciertos datos imposibles de obtener ya que aún no existen las fuentes, por lo que es preciso crearlas.

La gente está molesta de que se le hagan consultas y encuestas y que nunca conozcan después sus resultados. Se ha sabido de delincuentes que se hacen pasar por encuestadores. Es preciso involucrarlas desde el inicio del proceso y regresar cuanto antes los resultados para vean el uso y aplicación de la información.

En muchas instancias públicas no reciben por el hecho de ser mujer. Hagan una solicitud antes de llegar las instituciones públicas, sino irán por gusto. La ley de acceso a la información no es ley en todas partes, y hay donde se tiene incluso que pagar.


LA CONFIGURACIÓN DEL SISTEMA SEGÚN LA REALIDAD CULTURAL COMUNITARIA Antes de iniciar el proceso de recolección de datos es importante responder a las siguientes preguntas para que los indicadores se configuren según la realidad cultural. Preguntas de personalización del sistema

Indi.

I

¿Cómo se llama su Comunidad Emergente de Conocimiento (CEC)?

Entrada

II

¿Cuál es (o cuáles son) los municipios que integran la CEC?

IMR

C 1

¿Cómo se llama nuestra región? ¿Qué municipios integran nuestra región? ¿Qué entendemos por territorio? ¿Qué principios nos guían en la definición de los límites de nuestro territorio? ¿Cuáles son los territorios colindantes al nuestro en el sur, en el norte, en el oeste y en el este? ¿Qué entendemos por comunidad? III

¿Cuáles son los idiomas maternos que se hablan en los municipios representados en la CEC?

IM1

2

IV

¿Qué medios de difusión existen que sean propios de los municipios representados en la CEC? Por ejemplo, voceros, pregones, radios de circuito cerrado en parques y mercados, etcétera.

CS1

7y8

V

¿Cuáles son las formas de religión y espiritualidad más representativas en los municipios representados en la CEC? Por ejemplo, la espiritualidad maya, la religión católica, evangélica, mormona, etcétera.

CS3

1y2

VI

¿Cuáles son las formas propias de organización productiva en los municipios representados en la CEC alternativas a las que permite legalizar el Estado? Por ejemplo, en Chimaltenango son propias las formas Al partir y el Kutch. En Totonicapán existe la forma organizativa Pop. Tales sistemas organizativos no son cooperativas ni empresas ni asociaciones, sino que son formas propias e históricas del lugar. Algunas veces favorecen la cooperación y otras, precisamente, logran lo contrario: la persistencia de formas locales de explotación que guardan muchas similitudes con el feudalismo, como Al partir.

CM3

1

VII

¿Qué autoridades y/o representantes locales son propios de los municipios representados en la CEC? En la definición de estas autoridades y representantes locales tengan en cuenta criterios históricos y ancestrales, además de si están en modo alguno constituidos como instituciones protectoras de la cosmovisión, principios y valores propios de la comunidad y de si son representantes legítimos. Tengan en cuenta, también, las autoridades y representantes locales que imparten justicia en su comunidad, aunque no estén facultados oficialmente. Por ejemplo, guías espirituales, cofradías, comadronas, consejos de ancianos, tertuleros, representantes comunitarios y cantonales, etcétera. Utilicen el nombre local por el que son conocidas tales autoridades y representantes.

CSP2

1C, 1D, 1E, 3A, 3B

VIII

¿Qué espacios de decisión comunitaria, tanto oficiales como no oficiales, son propios de los municipios representados en la CEC? Utilicen el nombre local por el que son conocidos estos espacios de reunión y decisión comunitaria.

CSP2

1F, 3A, 3B

IX

¿Qué institución(es) o espacios propios de decisión, tanto oficiales como no oficiales, existen a nivel regional (que cubra el territorio definido por el colectivo) y donde participen las autoridades y/o representantes locales identificados anteriormente? Utilicen el nombre local por el que son conocidos estos espacios de reunión y decisión regional.

CSP2

1F, 3A, 3B


157 Especificaciones de la plataforma web

LA PLATAFORMA WEB DE GESTIÓN DE INDICADORES PARA SISTEMATIZAR, RELACIONAR Y COMPARAR DATOS Y GENERAR GRÁFICAS Con la finalidad de optimizar el proceso de sistematización de los datos recabados durante el diagnóstico, y con el propósito de facilitar la relación necesaria entre ellos para obtener resultados estadísticos y gráficas en los indicadores, se creó, una vez las CEC’s finalizaron el sistema de indicadores, una plataforma web. Ernesto Lorenzana, Cesar Joel Bojorquez Curtidor, Erwin Gonzales Bonilla, Cesar Hernández Mendoza y Francisco Castro Fernandez, ingenieros informáticos egresados de la Universidad de San Carlos de Guatemala, con el apoyo técnico de Diani Cabrera y Luís Cruz, adaptaron el sistema de indicadores completo en un programa informático de acceso vía Internet. Esta plataforma, de uso totalmente gratuito, permite:

Uso sin costos de un programa abierto a cualquier grupo organizado que desee generar planes estratégicos relacionados con los derechos colectivos y precisen de un sistema de indicadores que les proporcione orientación en la elaboración de políticas comunitarias y regionales, evaluar el desempeño de sus acciones en la tgransformación de la realidad y situación de los derechos colectivos en su región.

El programa se personaliza según la realidad cultural del lugar y permite hacer comparaciones, por ejemplo podremos conocer el grado de percepción social y política de representatividad de los consejos de ancianos mayas y de hermandades garífunas ante espacios de decisión política oficiales, partidos políticos e incluso de la cooperación internacional.

Personalización del sistema. No es necesario usar todo el sistema si no se desea sino que éste se ajusta al tipo de investigación que se realiza agrupando y relacionando los componentes que nos interesa comparar. Por ejemplo, podemos analizar únicamente si el desarrollo de organizaciones comunitarias y de los elementos de idioma y espiritualidad están vinculados al grado de posesión del territorio y capacidad de autogestión que tienen los diferentes actores del territorio y hacer comparativas, por ejemplo, entre la realidad de Quetzaltenango, Cobán y Chiquimulilla.

Generar fuentes de información y reportes estadísticos y gráficos desde la comunidad que pueden ser consultadas en todo el mundo vía web. Generar canales de comunicación entre CEC’s y con el mundo para compartir información multimedia mediante páginas web propias para cada una de ellas.

Sitio http://www.canek.info/plataforma Navegadores Soportados Mozilla Firefox 3.* (versiones 3.0 - 3.5) Chrome Internet Explorer 7, 8 Datos del Servidor Sistema Operativo: Linux Servidor Web: Apache Corre utilizando PHP versión 5. Base de Datos: Mysql Versión 5, bajo licencia GPL La parte informativa del sitio web está desarrollada sobre Joomla versión 1.5

Asegurar la correcta sistematización y guardo de la información, así como la generación de memorias y de gráficas.

Relacionar datos de los diferentes indicadores del sistema.

Software libre La plataforma web está elaborada en software libre. El software libre es la denominación del software que respeta la libertad de los usuarios sobre su producto adquirido y, por tanto, una vez obtenido puede ser usado, copiado, estudiado, cambiado y redistribuido libremente. Se refiere a cuatro libertades de los usuarios del software: la libertad de usar el programa, con cualquier propósito; de estudiar el funcionamiento del programa, y adaptarlo a las necesidades; de distribuir copias, con lo cual se puede ayudar a otros, y de mejorar el programa y hacer públicas las mejoras, de modo que toda la comunidad se beneficie. GNU General Public Licence (GPL) La plataforma web posee licencia GPL. La Licencia Pública General de GNU o más conocida por su nombre en inglés GNU General Publical License o simplemente su acrónimo del inglés GNU GPL, es una licencia creada por la Free Software Foundation en 1989 (la primera versión), y está orientada principalmente a proteger la libre distribución, modificación y uso de software. Su propósito es declarar que el software cubierto por esta licencia es software libre y protegerlo de intentos de apropiación que restrinjan esas libertades a los usuarios.


158

PASOS PARA INICIAR EL USO DE LA PLATAFORMA WEB134 Ingreso Para ingresar a la aplicación debe escribir en su navegador preferido la dirección del sitio: http://www.canek.info/plataforma En la siguiente ventana deberá ingresar el nombre de la nueva Comunidad Emergente de Conocimiento (CEC) que se está creando, cuando haya terminado deberá dar clic en el botón registrar.

Configuración de Región – territorio del sujeto colectivo Luego de haber ingresado los datos del inicio de sesión (para obtener una clave, solicítela escribiendo a observacultura@gmail.com), la página principal desde donde podrá crear una nueva región, este es el paso previo para poder agregar Comunidades Emergentes del Conocimiento. En el menú desplegado en la parte superior del sitio se debe elegir la opción “Región”

Esta opción desplegará una ventana donde aparecerán todas las regiones que se tienen agregadas, para crear una nueva región deberá dar clic en el icono en la parte superior derecha de la pantalla que tiene el texto “Nuevo” 134 Para obtener el manual completo de la plataforma web, solicítelo escribiendo a observacultura@gmail.com.

Aparecerá una ventana donde se indica que la nueva región fue ingresada satisfactoriamente y además solicitará los primeros datos relacionados con la región que se ingresó.


159

Aparecerá una pantalla donde deberá ingresar parámetros adicionales de la configuración de la región (nombre, comprensión del territorio y comunidad, ubicación de la región y principios que guían la definición de los límites del territorio). Cuando haya terminado de ingresar la información podrá dar clic en el botón registrar para que los valores de la región queden almacenados satisfactoriamente.

Aparecerá una pantalla con el detalle de las Comunidades Emergentes de Conocimiento, para agregar una nueva, debe elegir la opción “Nueva Comunidad”.

Comunidad Emergente de Conocimiento (CEC) Para crear una nueva comunidad Emergente de Conocimiento debe elegir la opción “Región” del menú superior.

Seleccione la opción “Región”, aparecerán todas las regiones ingresadas en el sistema. Para poder ingresar una nueva Comunidad Emergente de Conocimiento, elija la primera columna de íconos, relacionada con la región que donde pertenezca la CEC.

Ingresar el nombre de la nueva Comunidad Emergente de Conocimiento. En la fila de arriba aparece el nombre de la Región a la que pertenecerá.


160

Luego de Ingresar los datos y oprimir el botón registrar, se desplegarán todas las comunidades emergentes de conocimiento que están creadas en esa.

Descargue el manual de usuario de la plataforma web El manual de usuario completo ¡para la inscripción de proyectos de investigación o CEC’s, generación de bases de datos, reportes y gráficas puede descargarse en

Finalmente, la plataforma web se configura según la realidad cultural de la CEC (ya sea mono o pluricultural). Se realizan una serie de preguntas respecto a la realidad cultural (simbólica, material y sociopolítica) del municipio o municipios que integran la CEC.

La personalización del sistema según la realidad cultural comunitaria se establece mediante la inscripción en el sistema de indicadores de los idiomas propios del lugar, medios de difusión propios, religión y espiritualidad, organización productiva, autoridades comunitarias, espacios comunitarios y espacios regionales tanto de decisión política como de administración de justicia.

http://www.box.net/shared/vfyi5ls0iu


161

EL SISTEMA DE INDICADORES INDICADORES MARCO Ficha de los indicadores, matrices y boletas para la recolecci贸n de datos IMR

Territorio del colectivo

IM1

Poblaci贸n y territorio por municipio


IMR –TERRITORIO DEL COLECTIVO Permite observar las características territoriales y demográficas del colectivo.

Definición del Indicador Componentes (C)

Sigla

Unidad de medida

1

Concepto y delimitación del territorio del colectivo

Cdt

Cualitativo

2

Extensión territorial de la región del colectivo.

Te

Nº total de km2 de la región

Aspectos a tener en cuenta en el cálculo del indicador El elemento clave que va a determinar todo el diagnóstico del colectivo es el factor territorio. Se tiene que tener en cuenta que el territorio del colectivo no necesariamente está vinculado al departamento, sino que tiene que ser resultado del análisis en el que se encuentran expresadas, representadas y vinculadas las tres esferas de la cultura en el territorio. La extensión total del territorio lo denominamos región. En lo posible, es importante la elaboración de un mapa administrativo – político y geográfico propio del colectivo. Fuentes sugeridas

Estadísticas del INE, Oficina Municipal de Planificación, registros históricos (mapeo de la distribución política del territorio), Informe de Desarrollo Humano del 2005.

Boleta de recolección de datos para el indicador:

IMR –TERRITORIO DEL COLECTIVO

Responsable

Fecha recolección

Nº de boleta

Componente 1: Concepto y delimitación del territorio del colectivo ¿Cómo se llama nuestra región?

Pregunta II.a de personalización del sistema

¿Qué municipios integran nuestra región?

Pregunta II.b de personalización del sistema

¿Qué entendemos por territorio?

Pregunta II.c de personalización del sistema

¿Qué principios nos guían en la definición de los límites de nuestro territorio?

Pregunta II.d de personalización del sistema

¿Qué entendemos por comunidad?

Pregunta II.e de personalización del sistema

¿Cuáles son los territorios colindantes al nuestro en el sur, en el norte, en el oeste y en el este? En el sur

En el norte

En el oeste

En el este

Componente 2: Extensión territorial de la región del colectivo. ¿Cuál es la extensión total en km2 del territorio del colectivo?

Km2

Fuente

Fecha dato


163

IM1 – POBLACIÓN Y TERRITORIO Permite observar las características territoriales y demográficas del colectivo.

Definición del Indicador Componentes (C)

Sigla

Unidad de medida

1

Extensión territorial de cada municipio de la comunidad emergente de conocimiento.

Tem

Nº total de km2

2

Población de cada municipio de la comunidad emergente de conocimiento

Ps

Nº total de habitantes.

Aspectos a tener en cuenta en el cálculo del indicador El elemento clave que va a determinar todo el diagnóstico del colectivo es el factor territorio. Se tiene que tener en cuenta que el territorio del colectivo no necesariamente está vinculado al departamento, sino que tiene que ser resultado del análisis en el que se encuentran expresadas, representadas y vinculadas las tres esferas de la cultura en el territorio. La extensión total del territorio lo denominamos región. En lo posible, es importante la elaboración de un mapa administrativo – político y geográfico propio del colectivo. Fuentes sugeridas

Estadísticas del INE, Oficina Municipal de Planificación, registros históricos (mapeo de la distribución política del territorio), Informe de Desarrollo Humano del 2005.

Boleta de recolección de datos para el indicador: IM-1 POBLACIÓN Y TERRITORIO POR MUNICIPIO (Pregunta II.1 de personalización del sistema) Responsable Municipio

Fecha recolección Nº de boleta

Componente 1: Extensión territorial del municipio ¿Cuál es la extensión territorial del municipio?

Km2

Fuente

Fecha dato

Componente 2: Población del municipio ¿Cuál es el total de población por género?

Hombres

¿Cuál es el total de población por franja generacional?

N135

¿Cuál es el total de población por idioma materno existente en el territorio de la CEC?

Pregunta

135

N: Niño/a, de 0-15 años J: Jóven, de 16-25 años 137 A: Adulto/a, de 26-50 años 138 AM: Adulto/a mayor, de 51 años en adelante 136

Mujeres J136 III.1

personalización sistema

Fuente A137

de

Pregunta

del

personalización sistema

III.2

Fecha dato

AM138

Fuente

de

Pregunta

del

personalización sistema

III.3

de del

Fuente

Fecha Fecha d.


164


165

INDICADORES DE LA CULTURA SIMBÓLICA Ficha de los indicadores, matrices y boletas para la recolección de datos CS1

Medios de difusión que facilitan la promoción social del contenido de los derechos colectivos

CS2

Recursos educativos que el Estado emplea efectivamente para la promoción, formación y ejercicio de los derechos colectivos

CS3

Gestión y desarrollo de lugares en los que se practica la espiritualidad


CS1 - MEDIOS DE DIFUSIÓN QUE FACILITAN LA PROMOCIÓN SOCIAL DEL CONTENIDO DE LOS DERECHOS COLECTIVOS Definición indicador

del

Permite observar el uso que hace el colectivo de los medios de difusión que tienen presencia en el territorio. El uso se refiere a la capacidad de informar, comunicar y generar opinión referente a la promoción social en torno al contenido de los derechos colectivos.

Componentes (C)

Sigla

Unidad de medida

1

Número de medios televisivos

Ccc

Nº de medios

2

Cantidad de población de la comarca que usa los medios televisivos

PCcc

% de personas de la muestra

3

Número de medios radiales

Cpc

Nº de medios

4

Cantidad de población que usa los medios radiales

PCpc

% de personas de la muestra

5

Número de medios de difusión escritos

Cce

Nº de medios

6

Cantidad de población que usa los medios escritos

PCce

% de personas de la muestra

7

Número de medios de difusión alternativos

Cpe

Nº de medios

8

Cantidad de población que usa los medios alternativos

PCpe

% de personas de la muestra

Aspectos a tener en cuenta El criterio de qué medios de difusión que son externos o son medios de difusión propios del colectivo debe de consensuarlo el mismo colectivo, más allá de criterios lingüísticos que (1) puedan fomentar la segregación dentro de una misma colectividad, (2) puedan descartar medios locales minoritarios por ser exclusivos de un municipio o (3) que incluso, por el hecho de valorar únicamente si éstos están traducidos o no a los idiomas locales, puedan llevar a incluir medios que emiten mensaje alienantes. Por lo tanto, en la boleta de selección múltiple se debe de incluir la pregunta si tal o cual medio de difusión cohesiona o no y si es propio del colectivo. Listar todas las subcategorías de medios de difusión que existen dentro del territorio del colectivo, tanto las externas como los más locales. De cada una de las categorías se listan todos los medios que existan y sean accesibles en el territorio. El término promoción social está referido a los contenidos de los derechos colectivos. Lo comercial se refiere a aquellos mensajes directos o subliminales que sirven para vender un producto, un servicio, una idea o para hacer proselitismo. En la ficha de categorías por componente de este indicador, los medios de difusión alternativos son los de carácter informal no masivos (radios-móviles, radio-mercado, megáfonos municipales, mítines públicos, voceros, instrumentos –campana, tambor, matraca, chirimilla y el tum-, etcétera). En medios escritos del colectivo entran tanto masivos como no masivos como, por ejemplo, boletas, volantes, mosquitos, etcétera. A la hora de realizar la investigación, es preferible primero conocer el número de medios de difusión por categoría (componentes 1, 3, 5 y 7) y posteriormente llevar a cabo las encuestas. Las subcategorías de medios de difusión deben de incluir únicamente aquellos que aparecen en el municipio de forma periódica. Fuentes sugeridas

Ministerio de Educación, estaciones de emisión radial, programación de TV, periódicos, revistas y boletines locales o que circulen en el territorio del colectivo, encuestas directas.


Boleta de recolección de datos para el indicador: CS1 Medios de difusión que facilitan la promoción social del contenido de los derechos colectivos Responsable Municipio

Fecha recolección Nº de boleta

Componente 1: No de medios televisivos ¿Cuál es el número de medios televisivos? Fuente Nº IC139 Nº IPS140 Nº EC141 Nº EPS142 Televisión abierta Televisión por cable Componente 2: Cantidad de población de la comarca que usa los medios televisivos Niños 0-15 Jóvenes 16-25 Adultos 26-50 Adultos Mayores 51-… ¿Qué cantidad de población Nº Nº Tipo Nº Nº Tipo Nº Nº Tipo Nº total Nº IPO usa los medios de difusión Tipo total IPO143 total IPO total IPO televisivos? IC: IC: IC: IC: Televisión abierta

Televisión por cable

IPS:

IPS:

IPS:

IPS:

EC:

EC:

EC:

EC:

EPS:

EPS:

EPS:

EPS:

IC:

IC:

IC:

IC:

IPS:

IPS:

IPS:

IPS:

EC:

EC:

EC:

EC:

EPS:

EPS

EPS:

EPS:

o

Componente 3: N de medios radiales ¿Cuál es el número de medios radiales? Fuente Medios de difusión radial Componente 4: Cantidad de población que usa los medios radiales Niños 0-15 Jóvenes 16-25 ¿Qué cantidad de población Nº Nº Tipo Nº Nº usa los medios de difusión Tipo total IPO total IPO radiales? IC: IC: Medios de difusión radial

Nº IC

Nº IPS

Nº EC

Adultos 26-50 Tipo

Nº total

Nº IPO

Nº EPS

Adultos Mayores 51-… Tipo

IC:

IC:

IPS:

IPS:

IPS:

IPS:

EC:

EC:

EC:

EC:

EPS:

EPS

EPS:

EPS:

Nº total

Nº IPO

o

Componente 5: N de medios de difusión escritos ¿Cuál es el número de medios escritos? Periódicos Revistas Boletines

139

IC: Internos comerciales. IPS: Internos de promoción social. 141 EC: Externos comerciales. 142 EPS: Externos de promoción social. 143 IPO: En idiomas de los pueblos originarios. 140

Fuente

Nº IC

Nº IPS

Nº EC

Nº EPS


168

Componente 6: Cantidad de población que usa los medios escritos Niños 0-15 Jóvenes 16-25 ¿Qué cantidad de población Nº Nº Tipo Nº Nº usa los medios de difusión Tipo total IPO total IPO escritos? IC: IC: Periódicos

Revistas

Boletines

Adultos 26-50 Tipo

Nº total

Nº IPO

Adultos Mayores 51-… Tipo

IC:

IC:

IPS:

IPS:

IPS:

IPS:

EC:

EC:

EC:

EC:

EPS:

EP:

EPS:

EPS:

IC:

IC:

IC:

IC:

IPS:

IPS:

IPS:

IPS:

EC:

EC:

EC:

EC:

EPS:

EP:

EPS:

EPS:

IC:

IC:

IC:

IC:

IPS:

IPS:

IPS:

IPS:

EC:

EC:

EC:

EC:

EPS:

EPS

EPS:

EPS:

Nº total

Nº IPO

o

Componente 7: N de medios de difusión alternativos ¿Cuál es el número de medios alternativos? Fuente Respuesta IV.1 de personalización del sistema Pregunta IV.2 de personalización del sistema Pregunta IV.3 de personalización del sistema Componente 8: Cantidad de población que usa los medios alternativos Niños 0-15 Jóvenes 16-25 ¿Qué cantidad de población Nº Nº Tipo Nº Nº usa los medios de difusión Tipo total IPO total IPO alternativos? IC: IC: Pregunta IV.1 de IPS: IPS: personalización del sistema

Pregunta IV.2 de personalización del sistema

Pregunta IV.3 de personalización del sistema

Nº IC

Nº IPS

Nº EC

Adultos 26-50 Tipo

Nº total

Nº IPO

Nº EPS

Adultos Mayores 51-… Tipo

IC:

IC:

IPS:

IPS:

EC:

EC:

EC:

EC:

EPS:

EPS:

EPS:

EPS:

IC:

IC:

IC:

IC:

IPS:

IPS:

IPS:

IPS:

EC:

EC:

EC:

EC:

EPS:

EPS:

EPS:

EPS:

IC:

IC:

IC:

IC:

IPS:

IPS:

IPS:

IPS:

EC:

EC:

EC:

EC:

EPS:

EPS:

EPS:

EPS:

Nº total

Nº IPO

Observaciones:________________________________________________________________________ ___________________________________________________________________________________ ___________________________________________________________________________________ ___________________________________________________________________________________ ___________________________________________________________________________________


169

ENCUESTA PARA LA BOLETA DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN CS-1 Encuestador/a:

Fecha:

Municipio:

[ ] Hombre [ ] Mujer [ ] Vive área urbana [ ] Vive área rural Idioma materno:____________________

Franja de edad: [ ] Niño/a (hasta 15 años)

[ ] Joven (De 16 a 25 años)

[ ] Adulto/a (De 26 a 50 años)

[ ] Adulto/a mayor (De 50 años en adelante)

----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------¿Qué canales de televisión ve más habitualmente? ¿Cuántos son en su idioma materno?

¿Qué radio escucha más habitualmente? ¿Cuántos son en su idioma materno?

¿Qué periódicos lee más habitualmente? ¿Cuántos son en su idioma materno?

¿Qué revistas lee más habitualmente? ¿Cuántos son en su idioma materno?

¿Qué boletines lee más habitualmente? ¿Cuántos son en su idioma materno?

¿Qué radios de mercado o parque escucha más habitualmente? ¿Cuántos son en su idioma materno?

¿Qué radios móviles escucha en su municipio más habitualmente? ¿Cuántos son en su idioma materno?

¿Qué tipo de pregón y vocero escucha en su municipio más habitualmente? ¿Cuántos son en su idioma materno?

¿Qué otros medios de difusión propios y producidos en su comunidad escucha, lee o ve más habitualmente? ¿Cuántos son en su idioma materno?


CS2 - RECURSOS EDUCATIVOS QUE EL ESTADO EMPLEA EFECTIVAMENTE PARA LA PROMOCIÓN, FORMACIÓN Y EJERCICIO DE LOS DERECHOS COLECTIVOS

Permite observar el nivel de aplicación de la legislación vigente en materia de educación pluricultural y multilingüe, ello como medio para identificar las posibilidades del colectivo de interpretar, educar en y ejercer sus derechos colectivos en materia de cultura simbólica, material y social o política.

Definición del indicador

Componentes (C)

Sigla

Unidad de medida

1

Cantidad de establecimiento educativos públicos en el territorio del colectivo por municipio

E

Nº de escuelas

2

Cantidad de recurso humano que enseña en los establecimientos educativos públicos

Re

Nº de personas

3

Cantidad de horas de enseñanza por año escolar

H

Nº de horas

4

Cantidad de personas en edad escolar por ciclo escolar

Pee

Nº de personas

5

Cantidad de alumnos por ciclo escolar

Pce

Nº de personas

6

Grado de problemática estudiantil

Gpe

% de problemática

7

Nº de cursos extracurriculares de promoción social dedicados a los contenidos de los derechos colectivos del total de ciclos escolares

D

8

Nº de horas por año dedicadas a cursos extracurriculares de promoción social dedicados a los contenidos de los derechos colectivos del total de ciclos escolares

Mi

9

Cantidad de presupuesto asignado a la educación pública en el territorio del colectivo por municipio

Pe

10

Cantidad de personas por ciclo escolar que dominan un idioma de los pueblos originarios inscritos en el territorio del colectivo

R

Nº de cursos Nº de horas Valor monetario Nº de personas

Aspectos a tener en cuenta en el cálculo del indicador En el componente 2, la categoría Recursos Humanos Externos (vea la boleta de recolección de datos para este indicador) se refiere a las personas que enseñan en los establecimiento educativos públicos del colectivo pero que no son residentes en el territorio. Con ello se pretende observar la capacidad del colectivo por contar con profesionales de la educación originarios de su territorio. Los cursos extracurriculares se refieren a todos aquellos que están fuera del pensum de estudios oficial. En las categorías del componente 9 (vea la boleta de recolección de datos para este indicador), referidos al presupuesto asignado, se tiene que tener en cuenta que tanto el Estado, mediante el MINEDUC, como las municipalidades gestionan financiamiento de la cooperación. Estos fondos deben de desglosarse e incluirse, precisamente, en la categoría de la cooperación internacional. Otra vía agregada para identificar el presupuesto que la cooperación internacional asigna a la educación es obteniendo el dato de los recursos económicos de asociaciones – ONG u otros organismos que operan en el área con fondos de estas agencias. Fuentes sugeridas

Estadísticas del MINEDUC, encuestas directas en los centros educativos.


171

Boleta de recolección de datos para el indicador: CS2 Recursos educativos que el Estado emplea efectivamente para la promoción, formación y ejercicio de los derechos colectivos Responsable Municipio Componentes 1 2.1 2.2 3 4 5 6.1 6.2 6.3 7 8

9.1 9.2 9.3

10.1 10.2

Fecha recolección Nº de boleta Fuente

Fecha dato

M144

Pre145

Pri146

Se147

Div148

Cantidad de establecimiento educativos públicos Cantidad de recurso humano externo que enseña en los establecimiento educativos públicos Cantidad de recurso humano residente que enseña en los establecimiento educativos públicos Cantidad de horas de enseñanza al año Cantidad de personas en edad escolar Cantidad de alumnos Grado de problemática estudiantil, % ausentismo Grado de problemática estudiantil, % repitencia Grado de problemática estudiantil, % abandono Nº de cursos extracurriculares de promoción social dedicados a los contenidos de los derechos colectivos Nº de horas al año dedicadas a cursos extracurriculares de promoción social dedicados a los contenidos de los derechos colectivos Cantidad de presupuesto municipal asignado a la educación pública

Nº Nº

Q

En el total de ciclos escolares

Cantidad de presupuesto nacional asignado por el MINEDUC para la educación pública en el municipio Cantidad de presupuesto procedente de la cooperación internacional asignado a la educación pública en el municipio Cantidad de personas por ciclo escolar que hablan un idioma de los pueblos originarios Cantidad de personas por ciclo escolar que saben escribir y leer en un idioma de los pueblos originarios

Q

En el total de ciclos escolares

Q

En el total de ciclos escolares

Nº Nº Nº Nº % % % Nº

No No No

Nº Nº

No

Observaciones:____________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________________________

144

M: Unidad de medida del componente. Pre: Preescolar (de 0 a 5 años). 146 Pri: Primaria (de 6 a 12 años). 147 Sec: Secundaria (de 13 a 15 años). 148 Div: Diversificado (de 16 a 17 años). 145


CS3 – GESTIÓN Y DESARROLLO DE LUGARES EN LOS QUE SE PRACTICA LA ESPIRITUALIDAD Definición del indicador

Permite observar el ejercicio del derecho a practicar la espiritualidad y elementos de identidad del colectivo y de cómo el Estado contribuye para que los medios sean accesibles y estén en óptimas condiciones para su uso.

Indicadores marco relacionados

Población - IM1 / C3 / total de población

Componentes (C)

Sigla

Unidad de medida

1

Nº de centros ceremoniales propicios para celebraciones espirituales por municipio

Le

Nº de lugares

2

Nº de guías espirituales residentes en el territorio por religión

Ge

Nº de guías

3

Censo de propiedad de los centros ceremoniales de los pueblos originarios

Cpls

% de propiedad

4

Porcentaje de presupuesto asignado al mantenimiento y preservación de lugares sagrados de los pueblos originarios inscritos en el territorio

Em

% de presupuesto asignado Valor monetario

Aspectos a tener en cuenta en el cálculo del indicador

Como centros ceremoniales nos referimos al lugar específico de la práctica religiosa (iglesia, sinagoga, templo, altar, etcétera).

La autonomía en el uso y gestión de los centros ceremoniales de los pueblos originarios se calcula mediante su censo de propiedad. El análisis del acceso se deriva entonces del nivel de propiedad de dichos centros por parte del colectivo. En las categorías del componente 4 “Porcentaje de presupuesto asignado…”, cuando se indague sobre el presupuesto del Estado y del propio municipio en el mantenimiento y protección de lugares sagrados, se tiene que tener en cuenta que éstos en ocasiones utilizan fondos de la cooperación internacional, monto que debe de ser separado del fondo público y sumado a la su categoría respectiva, precisamente de cooperación internacional. Otra vía agregada para identificar el presupuesto que la cooperación internacional asigna al mantenimiento y preservación de lugares sagrados de los pueblos originarios es obteniendo el dato de los recursos económicos de asociaciones – ONG u otros organismos que operan en el área con fondos de estas agencias. Entonces, como lugar sagrado nos referimos a aquellos “espacios vitales para la vida espiritual, social, cultural, científica y productiva de los pueblos originarios, también

son fuente de gran riqueza de diversidad biológica. Los lugares sagrados pueden ser naturales o construidos para fines especiales de acuerdo con el sagrado calendario maya”.149 Fuentes sugeridas

149

Informe de lugares sagrados de CODISRA, encuestas directas, entidades dedicadas a la aplicación y observancia de la Ley de de lugares sagrados de los pueblos indígenas.

Congreso de la República Guatemala, C.A. Dirección legislativa. Control de iniciativas. Número de registro 3835. 17 de junio de 2008. http://www.seedeguatemala.com/oxlajujajpop/images/documentos/iniciativaley.pdf


Boleta de recolección de datos para el indicador: CS3 Gestión y desarrollo de lugares en los que se practica la espiritualidad Responsable Municipio

Fecha recolección Nº de boleta

Componente 1: Nº de centros ceremoniales propicios para celebraciones espirituales ¿Cuántos centros ceremoniales propicios para celebraciones espirituales Fuente por municipio? Respuesta V.1 de personalización del sistema Respuesta V.2 de personalización del sistema Respuesta V.3 de personalización del sistema Otros Componente 2: No de guías espirituales ¿Cuántos guías espirituales residentes en el territorio por religión? Fuente

Fecha dato

Fecha dato

Respuesta V.1 de personalización del sistema Respuesta V.2 de personalización del sistema Respuesta V.3 de personalización del sistema Otros Componente 3: Censo de propiedad de lugares sagrados de los pueblos originarios ¿A quién pertenecen y cuánta extensión cubren los Fuente Fecha dato Nº Extensión lugares sagrados de los pueblos originarios? total m2 Estatal Propiedad privada accesible al colectivo Propiedad privada no accesible al colectivo Componente 4: Presupuesto asignado al mantenimiento y preservación de lugares sagrados de los pueblos originarios ¿Cuál es el presupuesto asignado al mantenimiento y preservación de Fuente Fecha dato Quetzales lugares sagrados de los pueblos originarios inscritos en su municipio? Procedente de la municipalidad Q Procedente de instituciones estatales Q Procedente de la cooperación internacional Q Organizaciones privadas Q

Observaciones:______________________________________________________________________________ ___________________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________________



175

INDICADORES DE LA CULTURA MATERIAL Ficha de los indicadores, matrices y boletas para la recolecciรณn de datos CM1

Recursos econรณmicos que el estado emplea efectivamente para mejorar el desarrollo econรณmico, el acceso a medios de producciรณn y al desarrollo sostenible

CM2

Autosuficiencia en el manejo de los recursos del territorio

CM3

Autosuficiencia econรณmica del colectivo


176

CM1 – RECURSOS ECONÓMICOS QUE EL ESTADO EMPLEA EFECTIVAMENTE PARA MEJORAR EL DESARROLLO ECONÓMICO, EL ACCESO A MEDIOS DE PRODUCCIÓN Y AL DESARROLLO SOSTENIBLE Permite observar la distribución y aplicación efectiva de los recursos económicos del Estado destinados al desarrollo económico, al acceso a Definición del indicador medios de producción y al desarrollo sostenible Componentes (C) Sigla Unidad de medida Ingresos públicos totales Irp Monto en Q 1 Asignación presupuestaria anual del Estado para cada municipio Pem Monto en Q 2 Presupuesto de organismos estatales asignado anualmente a servicios de desarrollo económico, acceso a medios de producción Pee Monto en Q 3 y al desarrollo sostenible Presupuesto de la municipalidad asignado anualmente a servicios de desarrollo económico, acceso a medios de producción y al Pme Monto en Q 4 desarrollo sostenible Grado de problemática económica, de acceso a medios de producción y medioambiental Gpe % 5 Aspectos a tener en cuenta en el cálculo del indicador Por acceso a medios de producción nos referimos a acceso a tres elementos: al capital (créditos y subsidios), al trabajo y a la tierra. Por desarrollo sostenible entendemos “el desarrollo que satisface las necesidades del presente sin comprometer la de las generaciones futuras. (…) Es el uso de recursos naturales renovables de tal manera que no se agoten o degraden”.150 En la parte de categorías mostramos fuentes de información, en su mayoría oficiales y de organismos internacionales. Los datos oficiales ofrecen datos sesgados en cuanto a la desigualdad estructural ya que, aunque en algunos casos aportan información en cuestión de género, la diversidad cultural queda relegada a una diferenciación étnica entre “indígena y no indígena” que poca validez da a los datos. Una buena auditoría social debería emplear las mismas clasificaciones de indicadores pero profundizar en esta variable y en la que se refiere a la localización de la población, si en espacio urbano o rural, ambas variables de especial relevancia en Guatemala. Este aspecto, que aquí señalamos en los indicadores relacionados con aspectos económicos, se debe de asumir tanto en el diseño de boletas como en la definición de categorías y subcategorías en el resto de esferas de la cultural si se lleva a cabo una recolección total de datos por parte de la CEC y no se toman como referencia los datos oficiales. Por espacio rural entendemos “la parte de un municipio que no está clasificada como Área Urbana o de Expansión Urbana —son áreas no urbanizadas al menos en su mayor parte o destinadas a la limitación del crecimiento urbano, utilizadas para actividades agropecuarias, agroindustriales, extractivas, de silvicultura y de conservación ambiental—, incluye también las zonas dedicadas a otros usos (residenciales, industriales, de transporte o de servicios) en los municipios clasificados previamente como rurales al no sobrepasar los 10,000 habitantes, incluso contando con todos los servicios requeridos por una ciudad.” E espacio urbano “se concreta por sus funciones, su alta densidad de población y su extensión, así como por ser emisor de servicios y estar perfectamente dotado de infraestructuras. Siendo propio de los núcleos urbanos o ciudades, definidos numéricamente en el caso de Guatemala desde 10,000 habitantes o ciudades funcionales (ciudad industrial, ciudad de servicios, incluso agrociudades). En Guatemala algunos centros poblados considerados ciudades y por ende zonas urbanas son: Ciudad de Guatemala, la Ciudad de Quetzaltenango, Antigua Guatemala, Chimaltenango, Cobán, Escuintla, Puerto Barrios, Jutiapa y cualquier centro poblado de más 10,000 habitantes”.151 Ver acceso a datos en el cuadro de categorías de cada componente en la página siguiente. Encuestas directas. Fuentes sugeridas

150 151

Moreno, Ángel. Insumos para el desarrollo sustentable. Monografía. http://www.monografias.com Referencias encontradas en http://diegobacha.wordpress.com/2009/06/23/urbana-vs-rural/


177

Boleta de recolección de datos para el indicador: CM1 Recursos económicos que el estado emplea efectivamente para mejorar el desarrollo económico, el acceso a medios de producción y al desarrollo sostenible Responsable Municipio

Fecha recolección Nº de boleta

Componente 1: Ingresos públicos totales152 ¿Cuál es el ingreso anual público en cada Fuente Fecha municipio? Ingresos tributarios Ingresos no tributarios Recursos de capital Componente 2: Asignación presupuestaria anual del Estado para cada municipio Fuente

Fecha

Organismos estatales Q

Municipalidad Q

Asignación de presupuesto en Q

¿Cuál es el presupuesto del Estado asignado al municipio?

Componente 3: Presupuesto de los organismos estatales asignado anualmente a servicios de desarrollo económico, acceso a medios de producción y al desarrollo sostenible en el municipio153 ¿Cuál es el presupuesto asignado por organismos estatales en su municipio en…? Trabajo y previsión social Ciencia y tecnología Agua y saneamiento Vivienda Medio ambiente Minería e hidrocarburos Energía Comunicaciones Programas de transporte Industria y comercio Turismo Agropecuario Financieras y seguros Otras actividades de económicos

Fuente

Fecha

Nº de Programas

Nº beneficiarios C. Urbano C. Rural H M H M

Gastos F&A154

servicios

152 Datos disponibles en http://portal.sat.gob.gt/sitio/index.php/esat/estadisticas/47-estadicas-tributarias/334-recaudacion-tributaria2009.html; y en http://www.minifin.gob.gt 153 Datos disponibles en http://www.minifin.gob.gt 154 Gastos F&A: Gastos administrativos. 155 Gastos E&I: Gastos en ejecución e inversión física.

Gastos E&I155


178

Componente 4: Presupuesto de la municipalidad asignado anualmente a servicios de desarrollo económico, acceso a medios de producción y al desarrollo sostenible en el municipio156 Nº de Nº beneficiarios Gastos Gastos ¿Cuál es el presupuesto asignado por Fuente Fecha Programas F&A E&I C. Urbano C. Rural la municipalidad en…? H

M

H

M

Trabajo y previsión social Ciencia y tecnología Agua y saneamiento Vivienda Medio ambiente Minería e hidrocarburos Energía Comunicaciones Programas de transporte Industria y comercio Turismo Agropecuario Financieras y seguros Otras actividades de servicios económicos

Componente 5: Grado de problemática económica, de acceso a mercados y medioambiental ¿Cuál es el grado de problemática económica en cada municipio de la muestra? Nivel de pobreza157 Fuente Fecha Nº pobres Nº pobres extremos H M H M Nivel de migración anual derivada de la búsqueda de mejores condiciones laborales y por franja de edad158 Nivel de contaminación ambiental159 Ver cuadro siguiente

Nº emigrantes Fuente

Fecha

Casco urbano H

Fuente

Fuente

Nivel desnutrición infantil161

Fuente

2

3

M

De alto riesgo ambiental 3

2

Fecha

8

9

4

5

2

Nº niños

3

4

5

% Normal

6

7

8

9

10

11

Estado nutricional % moderado

12

13

Datos disponibles en http://www.minifin.gob.gt Datos disponibles en http://www.ine.gob.gt/descargas/ENCOVI2006/-INE-ENCOVI_2006.zip 158 Datos disponibles en http://www.oim.org.gt/. También en http://www.mintrabajo.gob.gt/org/informacion-y-estadisticas/encuesta-sector-informal 159 Datos disponibles en http://www.ine.gob.gt/index.php/ambiente 160 Datos disponibles en http://www.ine.gob.gt/index.php/ambiente 161 Datos disponibles en http://www.sica.int/busqueda/Noticias.aspx?IDItem=32637&IDCat=3&IdEnt=115&Idm=1&IdmStyle=1 157

14

% severo

Categoría de vulnerabilidad

156

10

De riesgo ambiental moderado 1

Fecha

H

Orden de prioridad del problema 4 5 6 7

Fecha 1

Fuente

Casco rural M

Fecha 1

Número de industrias de riesgo ambiental por actividad160 Ver cuadro siguiente de

Nº no pobres H M

15


179

Nivel de contaminación ambiental El Instituto Nacional de Estadística contempla los siguientes problemas de contaminación ambiental. Como anotamos anteriormente, existe la posibilidad de incluir los datos oficiales o realizar una encuesta o reunión local para tener una fuente directa. Incluir en la boleta la codificación en una prioridad de 1 a 10. Problema ambiental Deforestación Drenajes Desechos sólidos Escasez de agua Contaminación de ríos Contaminación del aire Contaminación por ruido

Código Problema ambiental Df Sequía Dr Desastres naturales Agua contaminada para consumo Ds humano Ea Erosión de suelos Cr Plaguicidas Ca Incendios forestales Cru Aguas residuales

Código Sq Dn Ac Es Pl If Ar

Número de industrias de riesgo ambiental por actividad El Instituto Nacional de Estadística contempla las siguientes, divididas en alto riesgo ambiental y riesgo ambiental moderado. De nuevo, un censo local daría información más fiable que la recogida en los datos oficiales. Incluir el número de ellas que existen en el municipio de la muestra:

Nº 1 2 3 4 5

Industria alto riesgo ambiental Curtientes Sustancias y productos químicos Papel Beneficios café Ingenios

Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15

Industria riesgo ambiental moderado Bebidas Esmaltes y pinturas Caucho Textiles Grasas Jabón y detergentes Metal / Mecánica Rastros Cal y cemento Taller mecánico Reg. aceite usado Refinerías Gen. Térmica Otras Antenas de telefonía celular


CM2 - AUTOSUFICIENCIA EN EL MANEJO DE LOS RECURSOS DEL TERRITORIO Permite observar el poder de decisión del colectivo sobre su territorio basado en la certeza de la propiedad y capacidad de gestión y Definición del indicador administración de la tierra y de los recursos naturales que se hallan en ella Componentes (C) Sigla Unidad de medida Extensión de tierra por cobertura y uso de la tierra Ct Nº de hectáreas 1 Formas de tenencia de la tierra Ftt. Nº de personas y m2 2 Destino de los beneficios económicos de la explotación de recursos energéticos y minerales Rre Nº de recursos y monto en Q 3 Aspectos a tener en cuenta en el cálculo del indicador Minifundio: “(De mini- y -fundio, segundo elem. de latifundio). 1. m. Finca rústica que, por su reducida extensión, no puede ser objeto por sí misma de cultivo en condiciones remuneradoras”.162 “Finca rústica de dimensiones tan reducidas que impiden alcanzar una escala de explotación eficiente. Así como el latifundio, su tamaño debe contextualizarse en el espacio geográfico en el que se halle, pues la escala eficiente dependerá de la fertilidad o la tecnología, entre otros factores. Minifundista es toda explotación incapaz de ofrecer a su explotador un flujo de renta suficiente para permitir el mantenimiento de la unidad familiar, dado el nivel medio de necesidades y la remuneración a los factores en un momento y lugar. Son explotaciones familiares orientadas al autoconsumo, de precario nivel técnico, sin posibilidad de destinar recursos a su mejora, y con una economía complementada con trabajos en otras explotaciones. Suelen estar asociados a latifundios, generando condiciones económicas, políticas y sociales que bloquean el desarrollo económico. Otro problema con consecuencias similares es la sobreparcelación, muy común en España: la explotación puede tener un tamaño reducido, pero viable, y, sin embargo, está parcelada de forma que la unidad técnica está rota”.163 Latifundio: “(Del lat. latifundĭum). 1. m. Finca rústica de gran extensión”.164 ”Explotación agraria de gran extensión, caracterizada por el ineficaz uso de los recursos disponibles. El concepto ‘gran extensión’ debe enmarcarse en las características físicas, sociales y territoriales del espacio geográfico en que se encuentre: en Europa puede tener algunos cientos de hectáreas, mientras que en Latinoamérica superará con facilidad las diez mil. El latifundio está asociado a ciertas características: bajos rendimientos, subutilización de la tierra, baja capitalización, bajo nivel tecnológico, explotación de la mano de obra y bajo nivel de vida de los trabajadores. Es una pieza más en un engranaje social complejo, y a su alrededor suelen aparecer minifundios y campesinos sin tierra, en una sociedad estratificada y con dificultades para el desarrollo económico. Se han ensayado distintas fórmulas para solucionar este problema, con claras implicaciones políticas, sociales, económicas y territoriales, que van desde el cambio en la estructura de la propiedad hasta la modernización de la explotación”.165 Fuentes sugeridas

162

Registro de la propiedad de la Municipalidad, Oficina Municipal de Planificación, Programas de inversión del MAGA, MINFIN, MINECOM, SEGEPLAN, Mapeos institucionales de la sociedad civil, Informes de AGEXPRONT. Ministerio de Agricultura, Ministerio de Medio Ambiente. Ministerio de energía y minas

Fuente: http://www.rae.es Fuente: http://www.es.encarta.msn.com 164 Fuente: http://www.rae.es 165 Fuente: http://www.es.encarta.msn.com 163


181

Boleta de recolección de datos para el indicador: CM2 - Autosuficiencia en el manejo de los recursos del territorio Responsable Municipio Componente 1: Extensión de tierra por tipología ¿Cuál es la extensión de tierra por tipología?166 Superficie con cultivos anuales o temporales Superficie con cultivos permanentes y semi permanentes Superficie con pastos Superficie con bosques naturales Área protegida Cuerpos de agua Componente 2: Formas de tenencia de las tierras ¿Cual es el número y extensión de las tierras por su forma de tenencia y uso?167 Estatal Municipal Propiedad privada minifundio Propiedad privada latifundio Tierras comunales gestionadas por organizaciones externas y/o pertenecientes a organismos del Estado Tierras comunales gestionadas por organizaciones propias del colectivo Tierras comunales gestionada por organizaciones mixtas Desigualdad en el acceso a la tierra por municipio172

Fecha recolección Nº de boleta Fuente

Fecha

m2: Fuente

Fecha

Fuente

Fecha

m2

Nº Pro.168

Componente 3: Destino de los beneficios económicos de la explotación de recursos renovables y no renovables ¿Cuál es el destino de los Fuente Fecha Nº beneficios económicos Para Para generados por la explotación de empresa empresa Nca174 Caa175 Can176 recursos naturales? 173 extranjera nacional Mineras Hidroeléctricas Carboneras Refinerías gas Geotérmicas Solar Eolítico Biocombustibles (Etanol) Forestales Otros 166

Hectáreas

m2 Oc.169

m2 Pr.170

m2 Na.171

Índice de Gini

Valor en Q Para empresa local

Para Estado

Para Municipio

Datos disponibles en http://www.ine.gob.gt/index.php/ambiente/43-medioambiente/82-estadisticasambientalesmunicipales2004 Las columnas en gris se refieren a datos muy interesantes para el análisis, pero debido a la dificultad que supone su recolección los colocamos como alternativos. 168 Nº Pro.: Número de propietarios. 169 Oc.: Tierra ociosa, es decir, propicia para su desarrollo agroforestal pero no explotada. 170 Pr.: Tierra productiva explotada. 171 Na.: Tierra de área protegida o de bosque natural o reforestado no explotado. 172 “La desigualdad en el acceso a la tierra por municipio a través del índice de Gini, se refiere a la concentración de la tierra en cada uno de los municipios de Guatemala. Su valor estará entre cero y uno. Cuanto más próximo a uno sea el índice de Gini, mayor será la concentración de la tierra; cuanto más próximo a cero, más equitativa es la distribución. Su cálculo se realizó a partir de los datos de tenencia de la tierra reportados por el IV Censo Nacional Agropecuario 2003”. Fuente: http://www.perfilambiental.org.gt/perfam2006/PERFAM2006.pdf 173 Datos disponibles en http://www.ine.gob.gt/index.php/ambiente/43-medioambiente/82-estadisticasambientalesmunicipales2004 174 Nca: No consultada a la comunidad. 175 Caa: Consultada a la comunidad y aprobada. 176 Can: Consultada a la comunidad y no aprobada. 167


CM3 - AUTOSUFICIENCIA ECONÓMICA DEL COLECTIVO Permite observar la capacidad de autosuficiencia económica del colectivo

Definición del indicador Componentes (C)

Sigla

Unidad de medida

1

Nº de trabajadores por tipo de organización productiva

Top

Nº de trabajadores

2

Población económicamente activa

Pea

Nº de personas

3

Destino de la producción por sector productivo

Psp

Valor monetario

4

Salario mínimo por persona

Pcbv

Valor monetario

5

Ingresos y gastos promedio de la familia

Smp

Valor monetario

6

Precio y origen de los productos de la canasta básica vital

Igf

Valor monetario

Aspectos a tener en cuenta en el cálculo del indicador Se relacionan con los gastos mensuales de los hogares concernientes a: vivienda, productos de limpieza y aseo personal, educación, salud, servicios sociales, lavandería, comunicaciones, transporte, animales domésticos, membresías, alojamiento, servicio doméstico y facturas vendidas por servicios de la vivienda y pago de deudas. “El subsector informal puede describirse como un conjunto de unidades dedicadas a la producción de bienes y servicios con la finalidad primordial de generar empleo e ingresos para las personas implicadas. Estas unidades se caracterizan por funcionar con un bajo nivel de organización, con poca o ninguna división entre el trabajo y el capital en cuanto a factores de producción y a pequeña escala. Las relaciones laborales, cuando existen, se basan generalmente en el empleo ocasional, en el parentesco o en las relaciones personales o sociales, y no en acuerdos contractuales que supongan garantías formales”.177 La población económicamente activa incluye tanto a aquella gente que se encuentra efectivamente empleada, como la desempleada. Fuentes sugeridas

177

Instituto Nacional de Estadística (INE), Población Económicamente Activa (PEA), Censo Municipal, Plan Estratégico Municipal, Estrategia de Reducción de la Pobreza

INEGI (2002). Cuentas por sectores institucionales, cuenta satélite del subsector informal de los hogares, metodología. México, p. 8.


Boleta de recolección de datos para el indicador:

CM3

Autosuficiencia económica del colectivo

Responsable Municipio Componente 1: Nº de trabajadores por tipo de organización productiva ¿Qué cantidad de trabajadores hay por organización Fuente productiva? Sociedad anónima Cooperativa Microempresa Respuesta VI.1 de personalización del sistema Respuesta VI.2 de personalización del sistema Sector informal Componente 2: Población económicamente activa ¿Cuál es la distribución de la población Fuente económicamente activa por sector productivo? Agrícola Forestal Ganadería Artesanía Comercio Industria Servicios Componente 3: Destino y valor de la producción por sector productivo ¿Cuál es el destino de la producción por sector Fuente productivo y su valor en Q al año?

Fecha recolección Nº de boleta

Fecha

Nº de organismos Internos178 Externos179

Nº trabajadores

No No No Fecha Infantil180

Fecha

Ocupada H

Venta a mercado local Valor en Q

M

Venta a mercado nacional Valor en Q

Desocupada H M

Venta a mercado internacional Valor en Q

Agrícola Forestal Ganadería Artesanía Comercio Industria Servicios

178

Internos, es decir, organismos fundados y gestionados por miembros del colectivo. Externos, es decir, organismos fundados y gestionados por miembros que no son del colectivo. 180 Se considera trabajo infantil aquél realizado por niños de 5 a 14 años. La Organización Internacional del Trabajo lo define del siguiente modo. “El trabajo infantil que debe abolirse. El trabajo infantil al cual nos referimos y cuya eliminación es la meta común de los 175 Estados Miembros de la OIT corresponde a alguna de las tres categorías siguientes: • Un trabajo realizado por un niño o niña que no alcance la edad mínima especificada para un determinado trabajo y que, por consiguiente, impida probablemente la educación y el pleno desarrollo del niño o de la niña. • Un trabajo que se denomina trabajo peligroso porque, ya sea por su naturaleza o por las condiciones en que se realiza, pone en peligro el bienestar físico, mental o moral de adolescentes o niños y niñas que están por encima de la edad mínima para trabajar. • Cualquiera de las incuestionablemente peores formas de trabajo infantil, que internacionalmente se definen como esclavitud, trata de personas, servidumbre por deudas y otras formas de trabajo forzoso, como el reclutamiento forzoso de niños para utilizarlos en conflictos armados, explotación sexual comercial y pornografía, y actividades ilícitas”. 179


184

Componente 4: Salario mínimo por persona ¿Cual es salario mínimo por persona?

Fuente

Fecha

Oficial Q

Real Q Casco urbano

Casco rural

H

H

M

M

Para actividades agrícolas Para actividades no agrícolas Para industria de maquila Componente 5: Ingresos y gastos promedio de la familia ¿Cual es el total de gastos básicos promedio mensuales en el hogar?

Fuente

Fecha

Valor en Q Casco urbano Prod. extern.181

Casco rural

Prod. inter.182

Prod. extern.

Prod. inter.

Alimentos Servicios Vestuario Salud Educación Vivienda Recreación Inversión y ahorro ¿Cuál es el total de ingresos promedio mensuales por familia183?

Fuente

Fecha

Valor en Q Casco urbano H

M

Casco rural H

M

Proveniente del salario Proveniente de otras actividades no formales ¿Cuál es el nivel de dependencia de las familias de remesas del extranjero?184

Fuente

Fecha

Volumen en $ al año

Familias que reciben remesas

181

Exter.: Productos externos, no producidos dentro del territorio del colectivo. Inter.: Productos internos, producidos dentro del territorio del colectivo. 183 http://www.ine.gob.gt/descargas/ENCOVI2006/Resultados_Departamentales.pdf 184 Datos disponibles en http://www.remesasydesarrollo.org 182

Receptor(a) de la remesa en la familia Casco urbano Nº H

Nº M

Casco rural Nº H

Nº M


185

Componente 6: Precio y origen de los productos de la canasta básica vital ¿Cuánto valen los productos de la canasta básica alimentaria?

Fuente

Fecha

Medida185

Precio en Q de la medida uni

Crema fresca sin envasar

58.28

Litro

Queso fresco

34.46

Libra

Leche pasteurizada

201.21

Litro

Leche en polvo

26.97

Libra

Pollo con menudos

135.59

Libra

Hueso con carne de res

127.85

Libra

Huevos medianos

135.11

Libra

Frijoles negros

339.71

Libra

Arroz de segunda

166.59

Libra

Tortillas de maíz

2,214.77

Libra

Pan francés corriente

235.40

Libra

Pan dulce

92.30

Libra

Pastas para sopa

110.93

Libra

Azúcar blanco granulado

452.06

Libra

Grasas - Margarina

18.95

Libra

Aceite corriente

80.70

Litro

Güisquil

320.11

Libra

Ejote

38.35

Libra

Tomate

169.85

Libra

Cebolla

62.58

Libra

Papas

182.92

Libra

Bananos maduros

209.82

Libra

Plátanos maduros

164.00

Libra

Café tostado y molido

53.80

Libra

Sal común de cocina

53.80

Libra

Bebida gaseosa

191.77

Litro

185 186

total

¿Es un producto PyP186 en el municipio?

Si no, ¿es un producto PyP en el territorio del colectivo?

Cantidad diaria consumida, en gramos, por una familia de 5.38 integrantes. Fuente INE, http://www.ine.gob.gt PyP: Producido y procesado.

Si no, ¿es un producto PyP en el resto del país?



187

INDICADORES DE LA CULTURA SOCIAL O POLÍTICA Ficha de los indicadores, matrices y boletas para la recolección de datos CSP1

Eficacia de la inversión de recursos económicos del estado en programas dirigidos al desarrollo social en base al grado de problemática sociopolítica que afrontan

CSP2

Grado de desarrollo del ordenamiento territorial del colectivo desde las lógicas locales de representación


CSP1 - EFICACIA DE LA INVERSIÓN DE RECURSOS ECONÓMICOS DEL ESTADO EN PROGRAMAS DIRIGIDOS AL DESARROLLO SOCIAL EN BASE AL GRADO DE PROBLEMÁTICA SOCIOPOLÍTICA QUE AFRONTAN Definición del indicador

Permite observar la distribución y aplicación efectiva de los recursos económicos del Estado destinados al desarrollo social para afrontar aquellas problemáticas que fragmentan el tejido social.

Componentes (C)

Sigla

Unidad de medida

1

Ingresos públicos totales

Irp

Monto en Q

2

Asignación presupuestaria anual del Estado para cada municipio

Pem

Monto en Q

3

Presupuesto de organismos estatales asignado anualmente a servicios de desarrollo social

Peds

Monto en Q y beneficiarios

4

Presupuesto de la municipalidad asignado anualmente a servicios de desarrollo social

Pmds

Monto en Q y beneficiarios

5

Grado de percepción de la problemática social

Gps

%

Aspectos a tener en cuenta en el cálculo del indicador

Los componentes de este indicador son eminentemente de percepción ciudadana, por lo que es preciso realizar encuestas. Tenga en cuenta que es posible hacer reuniones comunitarias para agilizar el proceso de recolección de datos, además de que puede servir para abrir el debate sobre la cuestión social y política en su comunidad y generar más inquietud, participación y conocimiento a la población que las entrevistas individualizadas. Entiéndase desarrollo social como la evolución positiva de las relaciones entre personas, grupos e instituciones de una sociedad y la capacidad de los distintos grupos sociales y étnicos que conforman el país para tener acceso equitativo a servicios sociales básicos (educación, vivienda, salud, entre otros) conforme a su cultura.

Fuentes sugeridas

Ministerio de Finanzas Públicas, alcaldías, autoridades e instituciones locales, encuestas directas.


Boleta de recolección de datos para el indicador: CSP1

Eficacia de la inversión de recursos económicos del estado en programas dirigidos al desarrollo social en base al grado de problemática sociopolítica que afrontan

Responsable Municipio Componente 1: Ingresos públicos totales187 ¿Cuál es el ingreso anual público en cada municipio? 1. Ingresos tributarios 2. Ingresos no tributarios 3. Recursos de capital

Fecha recolección Nº de boleta

Fuente

Fecha

Componente 2: Asignación presupuestaria anual del Estado para cada municipio ¿Cuál es el presupuesto del Estado asignado a cada Fuente Fecha municipio? 1. Municipio de la muestra

Organismos estatales Q

Municipalidad Q

Asignación de presupuesto en Q

Componente 3: Presupuesto de los organismos estatales asignado anualmente a servicios de desarrollo social188 Cuál es el presupuesto asignado por Fuente Fecha Nº de Nº Beneficiarios organismos estatales en su municipio Programas C. Urbano C. Rural en… H M H M 1. Salud y asistencia social

Gastos F&A189

Gastos E&I190

Gastos F&A

Gastos E&I

2. Trabajo y previsión social 3. Educación 4. Arte y expresiones culturales 5. Deportes 6. Seguridad interna 7. Defensa 8. Otras actividades de servicios sociales Componente 4: Presupuesto de la municipalidad asignado anualmente a servicios de desarrollo social191 Cuál es el presupuesto asignado por la Fuente Fecha Nº de Nº Beneficiarios municipalidad en… Programas C. Urbano C. Rural H M H M 1. Salud y asistencia social 2. Trabajo y previsión social 3. Educación 4. Arte y expresiones culturales 5. Deportes 6. Seguridad interna 7. Otras actividades de servicios sociales

187 Datos accesibles en http://portal.sat.gob.gt/sitio/index.php/esat/estadisticas/47-estadicas-tributarias/334-recaudacion-tributaria-2009.html; y en http://www.minifin.gob.gt 188 Datos accesibles en http://www.minifin.gob.gt 189 Gastos F&A: Gastos administrativos 190 Gastos E&I: Gastos en ejecución e inversión física 191 Datos accesibles en http://www.minifin.gob.gt


190

Componente 5: Grado de percepción de la problemática social ¿Cuál es el grado de percepción de la problemática social en su municipio? A. Violencia en el ámbito privado192 Puntúe del 1 al 4, reprensentando el 1 cuando crea que no ocurre y el 4 cuando crea que es un problema muy grave y generalizado en su municipio. 5 no sabe o no responde. 1. Maltrato infantil

2. Tráfico de personas

Fecha

2. Violencia intrafamiliar

3. Abuso sexual

B. Violencia en el ámbito público Puntúe del 1 al 4, reprensentando el 1 cuando crea que no ocurre y el 4 cuando crea que es un problema muy grave y generalizado en su municipio. 5 no s/r 1. Violencia colectiva 193

Fuente

3. Robos

4. Crímenes y asesinatos

5. Secuestros

6. Extorsiones

7. Violacio nes

Fecha

8. Robo de niños

Fuente

C. Percepción de seguridad. Marque con una X su percepción. Muy seguro/a (-1)

Fuente

Seguro/a (0)

9. Tráfico y venta de drogas

10. Otro

Fecha

Inseguro/a (+1)

Muy inseguro/a (+2)

1. En su casa por la noche se siente 2. Al transitar de noche por su comunidad, se siente 3. Ante los miembros de seguridad pública, le da la sensación de estar 4. Respecto el año pasado se siente D. ¿Cuáles son los principales actores que no permiten el desarrollo social en su

Fuente

Fecha

municipio? Puntúe del 1 al 4, siendo 1 cuando crea que no afectan y 4 cuando crea que su efecto en el municipio sea muy grave. 5 no s/r 1. Funcionarios de nuestro municipio

2. Funcionarios administración central

3. Miembros de otra comunidad étnica

4. Miembros de otra comunidad religiosa

5. Miembros de la seguridad pública

E. Discriminación y racismo Puntúe del 1 al 4, siendo 1 cuando crea que no ocurre en absoluto y 4 cuando crea que es un problema muy grave y generalizado en su municipio. 5 no s/r Existe discriminación en Por cuestión de

1. La alcaldía

2. Los centros de salud

6. Ladrones comunes y pandillas

7. Narcotraficantes

Fuente

3. El trabajo

8. Sectores tradicionales de poder económico194

Fecha

4. La escuela

5. Los operadores de justicia (Juzgados, MP y PNC)

Género Edad Condición económica Étnia Religión

192

La violencia en el ámbito privado es el que se ejerce dentro de la familia. Ejemplos de violencia colectiva son linchamientos, extorsiones y ajusticiamientos que se realizan por parte de grandes grupos de la comunidad. 194 Por sectores tradicionales de poder económico entendemos finqueros, terratenientes, patrones y familias que tradicionalmente han gozado del poder económico y han influido en las políticas públicas y en el mantenimiento hegemónico del poder. 193

9. Otros actores


191

F. Percepción de fenómenos que impiden el desarrollo social Puntúe del 1 al 4 la percepción que tiene al respecto, siendo 1 cuando está totalmente de acuerdo y 4 cuando esté totalmente en desacuerdo. 5 no s/r

Fuente

Fecha

1. La pobreza es resultado de la concentración del poder económico, social y cultural en manos de muy pocos 2. La pobreza es resultado de la herencia de un Estado racista y colonial que genera procesos de colonización interna que no permiten el desarrollo social ni económico de nuestra comunidad 3. La pobreza es resultado de la escasa iniciativa de nuestra comunidad para encontrar soluciones 4. Los delitos no se detienen porque el sistema actual de justicia favorece la impunidad 5. La diversidad cultural es la causa de la desintegración social 6. La diversidad religiosa es la causa de la desintegración social 7. Una de las causas principales de la desintegración social es la invisibilización y opresión de las mujeres 8. Existe una fractura entre generaciones, es decir, hay muy pocos o nulos espacios de conversación e intercambio de ideas entre jóvenes, adultos y ancianos 9. Los jóvenes conocen / conocemos muy poco o nada nuestras formas propias e históricas de organización, representación y autoridad comunitaria 10. Los jóvenes conocen / conocemos muy poco o nada la historia de nuestra propia comunidad y de nuestro pueblo 11. El hecho de que no se conozca la realidad de nuestras comunidades se debe a que hay un monopolio en los medios de comunicación 12. La ayuda que ofrece la cooperación internacional y las ONG’s hacen que el Estado no cumpla con sus obligaciones 13. La mayoría de las personas de nuestra comunidad no tiene acceso a los programas sociales públicos (educación, salud, vivienda, entre otros) porque los diseñan y los llevan a cabo personas que no conocen nuestra realidad 14. Existe muy escasa o nula relación entre las instituciones públicas oficiales y nuestras autoridades y representantes comunitarios 15. La pérdida del conocimiento de la espiritualidad de los pueblos originarios195 y su práctica, con todo lo que implica a nivel de relaciones y respeto entre personas y con la naturaleza, es una de las causas principales de la desintegración social de nuestra comunidad 16. Escriba, si lo hay, otro fenómeno que impida el desarrollo social de su comunidad u observaciones que tengan al leer las afirmaciones anteriores G. Calidad de los servicios públicos Puntúe del 1 al 4, siendo 1 muy bueno, 2 bueno, 3 malo, 4 muy malo y 5 cuando no exista el servicio público en su municipio. 1. Escuelas

2. Hospitales y centros de salud

3. Transporte público

H. ¿Cuántos son los casos de fallecimientos

4. Operadores de justicia196

Fuente

5. Unidades de socorro (Bomberos)

6. Luz

Fuente

7. Agua

Fecha

anuales por las siguientes causas? 1. Mortalidad infantil 2. Mortalidad por causa violenta 3. Mortalidad materna

195

Nos referimos a los pueblos originarios o a los también llamados pueblos indígenas. Juzgados, MP y PNC 197 Construcción y mantenimiento de espacios públicos de convivencia no comerciales 198 H: Hombre. 199 M: Mujer. 196

Fecha

8. EP no comerciales197

9. Drenajes

Casco urbano Nº de H198

Nº de M199

10. Carretera s

11. Recogida tratamiento de basura

Casco rural Nº de H

Nº de M


CSP2 - GRADO DE DESARROLLO DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL COLECTIVO DESDE LAS LÓGICAS LOCALES DE REPRESENTACIÓN Permite observar el grado de autogobierno y autonomía del colectivo en cuanto a la calidad de su representación en instancias de decisión política local, regional y Definición estatal y al grado de desarrollo de la conciencia ciudadana en referencia a las capacidades reales de ejercer la ciudadanía diferenciada. Este indicador permite analizar la del capacidad del colectivo para desarrollar sus formas propias de organización local y regional a través de sus instituciones sociales, económicas, espirituales, jurídicas y indicador políticas propias ante la injerencia de las estructuras del Estado, el crimen organizado y la influencia de la cooperación internacional. La equidad étnica, generacional y de género es aquí, también, un factor importante para analizar aquí si se reproducen o no las desigualdades estructurales en la conformación y emergencia de los colectivos. Componentes (C) Sigla Unidad medida Dcd % 1 Grado de desarrollo de la ciudadana diferenciada, directa y orgánica % y Q. 2 Ingresos anuales obtenidos mediante formas propias de tributación o contribución económica, usados para el autofinanciamiento de estructuras Ifa organizativas propias dedicadas a la definición, ejecución, control y evaluación de la gestión pública para el mejoramiento de la comunidad Dot % 3 Grado de distribución territorial del poder para el efectivo ejercicio de los derechos colectivos Aspectos a tener en cuenta en el cálculo del indicador Vea en los pies de página la definición de algunas palabras y la exposición de los derechos colectivos. En este indicador es muy importante tener claros cuáles son los espacios propios y tradicionales de toma de decisión comunitaria y cuáles son las autoridades y representantes locales y regionales propias, más allá de las oficiales como la alcaldía y los consejos comunitarios, municipales y regionales de desarrollo. Por ello, es importante investigar cuáles son estas instituciones propias, cómo funcionan y cómo están compuestas. Aún y tener hoy en día poca capacidad de incidencia, es muy importante tenerlas en cuenta en el diagnóstico porque nos darán cuenta de la verdadera capacidad de incidencia de la comunidad en espacios regionales y estatales a partir de las instituciones propias, es decir fuera del marco institucional oficial regido por el Estado mono-cultural. También nos darán cuenta de la capacidad de construcción de un Estado plural desde las lógicas locales y no desde la lógica centralista y capitalina que hoy en día rige el país. La ciudadanía diferenciada se refiere a las relaciones sociales, económicas, jurídicas y políticas representativas que dan sentido de pertenencia y de unidad territorial a un grupo humano, ya sea éste pluri o mono cultural, frente a otras formas de relación propias de otros grupos humanos que conforman el resto de unidades territoriales dentro de un mismo Estado. La ciudadanía diferenciada implica entonces, necesariamente, la capacidad de ejercicio del derecho colectivo a la autonomía y al autogobierno debido a que, para que sea real, los tres poderes del Estado deben de encontrarse descentralizados y desconcentrados, en mayor o menor grado, en regiones autónomas, es decir en la jurisdicción que el colectivo delimita como su territorio. La ciudadanía directa y orgánica “políticamente hablando es la expresión de la unidad del poder, la proyección de las potencias de los sujetos, totalidad definida como vida (en cuanto que la alegría supone una afirmación de la vida, de la potencia vital), como articulación siempre abierta, interna y dinámica, de un conjunto orgánico (…) Esto es un peculiar doble movimiento encerrado en el Estado como estructura política que lo convierte en un cuerpo orgánico y dinámico donde el reflejo del derecho natural sobre el derecho común no significa más que la identidad de ambos: el ejercicio del poder (natural) de la multitud, como un derecho inalienable a ésta, es al mismo tiempo que poder constituyente la expresión del poder constituido, sin que ello rompa el carácter dinámico y constructivo del Estado. No es que haya dos movimientos, uno desde la multitud hacia el Estado (el constituyente) y otro del Estado hacia la multitud (afirmación de este poder constituyente como poder constituido), sino que esos dos sentidos o movimientos se dan simultáneamente en la acción de la multitud como una afirmación de su singularidad”.200 Encuestas directas. Fuentes sugeridas

200

Escribano, Miguel (2008). Estudio del régimen político de la aristocracia centralizada. En el tratado político de B. Espinoza. España: Cuadernos de Materiales.


193

Boleta de recolección de datos para el indicador: CSP2

Grado de desarrollo del ordenamiento territorial del colectivo desde las lógicas locales de representación

Responsable Municipio

Fecha recolección Nº de boleta

Componente 1: Grado de desarrollo de la ciudadana diferenciada, directa y orgánica ¿Pueden los y las ciudadanas del municipio participar en espacios de representación y auditoria social ante la administración pública y recibir los servicios públicos en su idioma y según la cosmovisión de su propio pueblo? Fuente

A. Acceso a servicios sociales de su municipio acordes a las necesidades, a los idiomas y a la

Fecha

cosmovisión de los habitantes. Puntúe del 1 al 9, siendo 1 cuando crea que son totalmente apropiados a su idioma y cultura y 9 cuando no lo sean en absoluto. En la puntuación tenga en cuenta, además, los criterios siguientes: (1) si las personas que ofrecen el servicio público son de su propio municipio, (2) si son de su propia comunidad etnolingüística, (3) si la papelería que solicitan y ofrecen está en todas las lenguas de su municipio. 10 no sabe o no responde. 1. Centros de salud

2. Escuelas públicas

3. Universidad pública

4. Municipalidad

5. Centros de la PNC201

B. Percepción de inseguridad política, corrupción y hechos de violencia política. Puntúe del 1 al 4 la percepción que tiene al respecto, siendo 1 que está totalmente de acuerdo y 4 cuando esté totalmente en desacuerdo. 5 no sabe o no responde.

6. Juzgados

Fuente

7. Ministerio Público

Fecha

1. Participar en movimientos políticos para el mejoramiento de la comunidad es peligroso, ya que puede haber represión 2. Hacer uso de nuestro derecho ciudadano a hacer auditoria social y criticar la función del gobierno y la municipalidad es peligroso, ya que puede haber represión 3. El hecho de que nos organicemos fuera de los espacios que brinda el Estado para debatir sobre los problemas de nuestra comunidad y proponer soluciones es peligroso, ya que puede haber represión 4. El uso de la violencia está justificado si se usa como instrumento para conseguir fines sociales, económicos y políticos para la comunidad de forma más rápida que mediante el uso de los canales políticos convencionales 5. La corrupción está justificada si permite conseguir fines sociales, económicos y políticos de forma más rápida que mediante el uso de los canales políticos convencionales 6. La diversidad cultural impide el desarrollo social, económico y político de Guatemala. Por ello es preciso excluir sus formas propias de organización y evitar su participación en los espacios de decisión política 7. Los consejos comunitarios y municipales de desarrollo son espacios políticos de decisión cuya finalidad es eliminar las formas propias de organización local y sustituirlas por formas propias del Estado 8. La corrupción afecta gravemente a los funcionarios de nuestro municipio 9. La corrupción afecta gravemente a los funcionarios de la administración central C. Percepción de representatividad. Puntúe del 1 al 4, siendo 1 cuando se sienta totalmente representado y 4 cuando no se sienta representado en absoluto. 5 no s/r 1. Comités de Vecinos o Promejoramiento

201

2. Municipalidad

PNC: Policía Nacional Civil.

3. Consejo comunitario de desarrollo

4. Consejo municipal de desarrollo

5. ONG

Fuente

6. Gobierno central actual

Fecha 7. Respuesta VII.1 de personalización del sistema

8. Respuesta VII.2 de personalización del sistema


194

Fuente

D. Percepción de veracidad de la información ofrecida al ciudadano. Puntúe del 1 al 4, siendo 1 cuando crea que la información que brindan es siempre totalmente cierta y 4 cuando crea que la información que dan casi siempre es falsa. 5 no s/r 1. Comités de Vecinos o Promejoramiento

2. Municipalidad

3. Consejo comunitario de desarrollo

4. COMUDE

5. ONG

6. Gobierno central actual

2. Municipalidad

3. Consejo comunitario de desarrollo

4. Consejo municipal de desarrollo

5. ONG

F. Participación ciudadana. Puntúe del 1 al 4, siendo 1 cuando participa una vez a la semana, 2 una o dos veces al mes, 3 una o dos veces al año y 4 nunca. 5 no s/r 1. En un comités de Vecinos

2. En una organización religiosa

3. En una asociación de padres de familia

4. Ap y/o P202

5. En un sindicato

7. Respuesta VII.1 de personalización del sistema

Fuente

E. Percepción de capacidad de comunicación y diálogo con autoridades y representantes. Puntúe del 1 al 4, siendo 1 cuando crea que la comunicación es muy buena y se puede acudir siempre y 4 cuando crea que no hay garantías mínimas para dialogar, presentar demandas ni expresar necesidades. 5 no s/r 1. Comités de Vecinos o Promejoramiento

Fecha

6. Gobierno central actual

8. Respuesta VII.2 de personalización del sistema

Fecha

7. Respuesta VII.1 de personalización del sistema

Fuente

8. Respuesta VII.2 de personalización del sistema

Fecha

6. En un partido o movimiento político

7. Respuesta VIII.1 de personalización del sistema

8. Respuesta IX.1 de personalización del sistema

Componente 2: Ingresos anuales obtenidos mediante formas propias de tributación o contribución económica A. ¿Existe un sistema de tributación o procedimiento de contribución económica en

Sí □ No □

el municipio o regional que abarque su municipio? Nombre del sistema de tributación o procedimiento de contribución económica Espacio de decisión comunitaria que gestiona y administra los fondos203 ¿Las personas que gestionan y administran los fondos perciben salario?

Sí □ No □

¿La gestión y administración de los fondos implica mecanismos de consulta popular?

Alcance municipal

Sí □ No □

Alcance regional

Sí □ No □

Nº de personas que gestionan y administran los fondos

No □ Sí, pero sólo se consulta qué proyectos es preciso realizar □ La comunidad puede participar de la realización de los presupuestos □

Número de contribuyentes de la comunidad

Fecha

Cantidad total recaudada al año

Fecha

Procedencia de los ingresos (aproximación %) 1. Aportaciones periódicas de personas de la comunidad

202

Nº municipios

2. Recaudación por sanciones

Fuente 3. Por impuestos sobre la renta204

4. Por impuestos sobre bienes y servicios205

Fecha 5. Por impuestos sobre la propiedad206

6. Aportaciones externas

Asociación profesional y/o productiva Nos referimos a organizaciones locales y regionales paralelas a las oficiales del Estado que recaudan aportaciones o impuestos para el desarrollo del municipio. 204 Impuestos individuales y de sociedades sobre la renta, beneficios y ganancias de capital. 205 Impuestos sobre producción, venta, transferencias, arrendamiento y distribución de bienes y prestación de servicios. Impuestos sobre uso o permiso de uso o desarrollo de actividades relacionadas con bienes específicos (licencias). Impuestos sobre bienes y servicios específicos. 206 Impuestos periódicos sobre la propiedad inmobiliaria. Impuestos sobre herencias, sucesiones y donaciones. Impuestos sobre transacciones financieras y de capital. Impuestos no periódicos. 203

7. Otros


195

B. ¿Cuál es el uso que se le da a estos ingresos en programas de desarrollo de los derechos colectivos en…? 1. Trabajo y previsión social 2. Ciencia y tecnología 3. Agua y saneamiento 4. Vivienda 5. Medio ambiente 6. Minería e hidrocarburos 7. Energía 8. Comunicaciones 9. Programas de transporte 10. Industria y comercio 11. Turismo 12. Agropecuario 13. Financieras y seguros 14. Salud y asistencia social 15. Educación 16. Arte y expresiones culturales 17. Deportes 18. Seguridad interna 19. Otras actividades

Fuente

Fecha

Nº de Programas

Monto asignado Q


Componente 3: Grado de distribución territorial, de género y étnica del poder para el efectivo ejercicio de los derechos colectivos A. ¿Cómo están compuestas las formas organizativas e institucionales presentes en su

Fuente

Fecha

municipio? Organizaciones e instituciones

Nº total aprox.

Nº total encuestado

Políticas públicas relacionadas con los derechos colectivos (ver cuadro siguiente)

Nº integrantes Nivel superior207 H I210

M E211

I

E

Nivel medio-bajo208 IMPO209

1. Municipalidad 2. Juzgados 3. Fiscalía 4. Centros PNC 5. COCODE 6. COMUDE 7. Comités vecinos 8. ONG 9.

Respuesta VII de

personalización sistema

del

10. Respuesta VIII de personalización del sistema

11. Respuesta IX de personalización del sistema

207

Nivel superior: integrantes con capacidad de tomar decisiones y/o que forman parte del consejo de toma de decisiones de la organización. Nivel medio-bajo: integrantes con funciones administrativas, en capacitación, auxiliares de apoyo y subalternos. 209 IMPO: Integrantes que hablan un idioma de los pueblos originarios. 210 I: Internos, es decir, personas residentes en el municipio. 211 E: Externos, es decir, personas no residentes en el municipio. 208

H I

M E

I

E

IMPO


Códigos de los derechos colectivos Códi go 1 2 3

Los derechos colectivos son La representatividad y participación del colectivo en la vida política local, regional y estatal La libertad, paz y seguridad El fortalecimiento de la autonomía, autodeterminación y autogobierno del colectivo La autosuficiencia económica de los habitantes del colectivo El desarrollo de la ciencia y tecnología ancestral e histórica propia del colectivo

4 5 6

La gestión de la propiedad y posesión del territorio de forma colectiva La gestión y administración del patrimonio natural Los idiomas locales y su educación en escuelas públicas según los principios, valores y cosmovisión de los miembros La espiritualidad como marco de regulación de relaciones interpersonales, institucionales, normativas y políticas La protección, mantenimiento y desarrollo del patrimonio cultural y de los símbolos de identidad La generación de medios de comunicación propios La organización o institución pública no lleva a cabo ninguna política pública relacionada con los derechos colectivos B. Percepción del grado de influencia en espacios clave de regulación social,

Fuente

económica, política y jurídica de su localidad y región. Puntúe del 1 al 4, siendo 1 cuando crea que la influencia del actor es nula y 4 cuando crea que su injerencia y capacidad de decisión es muy fuerte. 5 no s/r

Fecha

Actor

Decisión política. Influencia en nuestra comunidad

Influencia en de nuestra región

Influencia en nuestro país

Influencia en la administración de justicia

7 8 9 10 11 12

Influencia en el ordenamiento legal y jurídico

1. Transnacionales 2. Sectores tradicionales de poder económico del país212 3. Sindicatos 4. ONG 5. COCODE 6. COMUDE 7. Municipalidad 8. Comités de vecinos o pro mejoramiento 9. Organizaciones religiosas 10. Cooperación internacional 11. Crimen organizado 12. Respuesta VII de personalización del sistema

13. Respuesta VIII de personalización del sistema

14. Respuesta IX de personalización del sistema 212 Por sectores tradicionales de poder económico entendemos finqueros, terratenientes, patrones y familias que tradicionalmente han gozado del poder económico y han influido en las políticas públicas y en el mantenimiento hegemónico del poder.


198

C. Percepción sobre el desarrollo de la autonomía política de la región. Puntúe del 1 al 4 la percepción que tiene al respecto, siendo 1 que está totalmente de acuerdo y 4 cuando esté totalmente en desacuerdo. 5 no s/r

Fuente

Fecha

1. Una de las principales causas de la pobreza social, política y económica en nuestra región es el racismo generalizado de las instituciones públicas que no respetan ni permiten el desarrollo de nuestras instituciones, autoridades y representantes locales y de nuestras formas propias de gobernarnos, juzgarnos y regularnos 2. La actual división política del país en departamentos no permite el desarrollo de nuestra comunidad ni de nuestra región porque no responde a nuestra realidad social y cultural ni la participación de nuestros representantes comunitarios 3. Gran parte de los problemas que tenemos podrían resolverse si pudiéramos decidir de forma autónoma y por nosotros mismos el curso de nuestra comunidad sin interferencia del Estado y según nuestros principios, valores, tradiciones e instituciones históricas No hay garantías de que la participación local genere cambios importantes porque las decisiones cruciales se toman en otros espacios 4. -Mostrar mapa del territorio del colectivo y definiciones- Existe un fuerte sentimiento de sujeto colectivo con el que me identifico y que está representado en este espacio territorial 5. El establecimiento de estos límites políticos permitiría un mejor desarrollo de nuestra comunidad porque permitiría una mejor representación de nuestras propias instituciones y nuestras autoridades locales 6. Es más efectivo hacer demandas al gobierno central y esperar que se que intentar organizarnos y solucionar los problemas prescindiendo de la intervención estatal 7. Existe divisionismo y enfrentamientos dentro de la comunidad y entre comunidades que impiden que nos organicemos para solucionar nuestros problemas y los de la región de forma conjunta 8. Por cómo están pensados que funcionen, los espacios de decisión política que ofrece el Estado no nos permiten participar según nuestros principios, valores y cosmovisión 9. Las consultas populares son medios eficaces que garantizan que los políticos acaten e implementen las decisiones de la comunidad 10. Es prioritario desarrollar en nuestro municipio un sistema de poder compartido213 con representatividad regional, es decir, un espacio de decisión política local y regional que permita el desarrollo de nuestras instituciones políticas con el mismo poder de decisión que los espacios oficiales como la municipalidad, los COCODES, COMUDES, CODEDES

213

[El régimen de multimunicipal como forma de implementación del poder compartido en espacios municipales] “permitiría, por lo menos, hacer realidad el autogobierno indígena, al hacer posible que el ayuntamiento se integre de acuerdo a las características sociopolíticas del municipio, y no con la obligatoriedad de que lo haga por presidente, síndico y regidores. Quedaría pendiente la reforma electoral (nacional y en los estados) que permita que la renovación del ayuntamiento pueda realizarse mediante mecanismos alternos a la de los partidos políticos (…). Un régimen multimunicipal beneficiaría a todos los indígenas (…) y no sólo a aquellos que viven en los ‘municipios indígenas’, en zonas culturalmente compactas. En la actualidad miles de indígenas en el país no habitan en territorios en donde ellos sean mayoría, sino en espacios territoriales multiétnicos. En un régimen multimunicipal los indígenas que viven en esa situación podrían crear nuevos tipos de municipios como por ejemplo el ‘municipio pluriétnico’. Un régimen multimunicipal alentaría la creatividad indígena para la innovación en las instituciones y formas de gobierno local democráticas, que ahora se encuentran impedidas por los pobres alcances de la reforma constitucional del artículo 2º que sólo reconoce las formas de gobierno indígena por ‘usos y costumbres’, que no siempre dan respuesta a la diversidad que existe al interior de los pueblos indígenas, que por cierto se caracterizan por su ‘diversidad en la diversidad’ (…). Un régimen multimunicipal contiene adicionalmente un plus democrático para todo el país, ya que con él no serían beneficiados sólo los indígenas, sino todos los municipios mexicanos. Con un régimen multimunicipal no se intentaría reconocer solamente la diversidad de las formas de gobierno local indígena, sino la de todos los municipios de México. La diversidad cultural no es patrimonio exclusivo de los pueblos indios; ellos tienen el mérito de insistir en el reclamo, pero sus beneficios pueden irradiar a todos los municipios del territorio nacional. Un régimen multimunicipal reconocería la diversidad como un valor polisémico y no sólo étnico”. Por Cal y Mayor, Araceli Burguete, Reformar el municipio: autogobierno indígena y régimen multimunicipal. Publicado en http://www.organizacionessociales.segob.gob.mx/UAO S-Rev4/autogobierno_indigena.html en el número de enero–marzo de 2006.


199

y otros espacios de decisión política tanto locales y regionales como estatales 11. Es prioritario desarrollar un órgano regional con facultades legislativas que permita agilizar las propuestas para transformar el marco jurídico actual y el reglamento legal en función de nuestra realidad cultural, de nuestras propias instituciones y de nuestros principios y valores 12. Es prioritario desarrollar un órgano regional con facultades judiciales que permita el desarrollo de cuerpos de seguridad y operadores de justicia provenientes de nuestros propios municipios y capaces de administrar justicia según nuestras formas propias y nuestros principios y valores 13. Es prioritario crear una hacienda pública regional que permita el desarrollo de nuestras propias instituciones y la ejecución de nuestras propias políticas públicas 14. Es prioritario crear una universidad pública propia de nuestra región que responda a nuestros principios y valores, a nuestra cosmovisión, a nuestra lengua, historia y forma de ver y entender el mundo 15. Es prioritario crear un órgano regional con facultades de regulación económica que permita desarrollar propuestas de reforma agraria para la consolidación de una mejor equidad económica y de posesión del territorio apto para el cultivo, así como de implementación de políticas públicas para el desarrollo de la soberanía alimentaria214 16. Es prioritario consolidar un proyecto de región autónoma cuya implementación nos permita interpretar y poder ejercer nuestros derechos colectivos y poder vivir en un Estado verdaderamente plural de acuerdo con nuestra diversidad cultural 17. Existe una organización local y regional suficientemente fuerte como para poder llevar a cabo el establecimiento de un ordenamiento territorial con propuestas que consoliden los puntos anteriores. 18. Es muy probable que en un plazo máximo de cinco años se consoliden y hagan realidad en la región propuestas relacionadas con los puntos 10

11

12

13

14

15

16

19. Las propuestas de regiones autónomas son un atentado contra la unidad del Estado

214 “La soberanía alimentaria es el derecho de los pueblos a alimentos nutritivos y culturalmente adecuados, accesibles, producidos de forma sostenible y ecológica, y su derecho a decidir su propio sistema alimentario y productivo. Esto pone a aquellos que producen, distribuyen y consumen alimentos en el corazón de los sistemas y políticas alimentarias, por encima de las exigencias de los mercados y de las empresas”. Declaración de Nyéléni del 27 de febrero de 2007. Nyéléni, Sélingué, Malí. El texto completo de la declaración se puede consultar en http://www.taller.org.ar/menu/archivos/DeclaracionNyeleni.pdf



202

POLÍTICAS PO CULTURALES 1

El proceso de construcción de las políticas culturales

2

Políticas culturales en las relaciones interpersonales (comunidad)

3

Políticas culturales en las relaciones institucionales (comunidad – región)

4

Políticas culturales en las relaciones normativas (región – Estado)

5

Políticas culturales en las relaciones estructurales (Estado)


203


EL PROCESO DE CONSTRUCCIÓN DE LAS POLÍTICAS CULTURALES CANEK abrió múltiples espacios de discusión y debate a lo largo del 2009 con la finalidad de concretar una serie de políticas culturales que pudieran conducir a acciones estratégicas conjuntas hacia la identificación y emergencia de los sujetos colectivos y a la construcción desde las base de un Estado Plural. El proceso de construcción de las políticas culturales está compuesto por tres elementos:

1

El árbol de problemas que nos conduce a generar políticas culturales y sus dimensiones.

2 3

Las fases en la construcción de las políticas culturales. El método con el que se formulan las políticas culturales.

Reflexión sobre la problemática por dimensión

DESIGUALDADES ESTRUCTURALES (DDEE)

DEL ÁRBOL DE PROBLEMAS Y SUS DIMENSIONES A LAS POLÍTICAS CULTURALES Para elaborar políticas culturales consecuentes con la realidad, es imprescindible partir de su análisis y reflexión. Como expusimos en el primer Cultura, derechos colectivos, territorio y distribución democrática del poder ante la desigualdad estructural, existen una serie de desigualdades estructurales que no permiten la conformación y desarrollo de colectivos en Guatemala, el ejercicio de sus derechos colectivos y la transformación social política, económica, jurídica y simbólica de su realidad y su territorio. Esta serie de desigualdades estructurales son la base de reflexión cual se construyen las políticas culturales. Derivamos de mecanismos, dinámicas y causas las dimensiones de acción organizada de las políticas culturales. Gráficamente se expone modo:

a partir de la sus efectos, estratégica y del siguiente

Políticas culturales por dimensión

Efectos de las DDEE

Políticas culturales en las relaciones interpersonales (comunidad)

Mecanismos de las DDEE

Políticas culturales en las relaciones institucionales (comunidad – región)

Dinámicas de las DDEE

Políticas culturales en las relaciones normativas (región – Estado)

Causas de las DDEE

Políticas culturales en las relaciones estructurales (Estado)

Partimos de un Cómo

Para definir un Qué


202

LAS FASES EN LA CONSTRUCCIÓN DE LAS POLÍTICAS CULTURALES

1

INTERPRETACIÓN Primero, se interpretan los derechos colectivos y se definen los criterios para identificar su sujeto, es decir la persona que posee estos derechos colectivos. Recordemos que el sujeto colectivo está muy relacionado con la construcción social y política del territorio desde las comunidades.

2

TIEMPO Para entender cuál es la comprensión que tienen las comunidades de su territorio, primero comprendemos cuál es su interpretación del tiempo comunitario, es decir qué principios y valores guían sus procesos propios de desarrollo, de organización comunitaria y de relación entre personas, con la naturaleza y con el cosmos.

3

DESIGUALDAD ESTRUCTURAL Una vez conocemos qué significa para las comunidades desarrollo y qué factores inciden en su sentimiento como comunidad y como unión de individuos, nos ponemos en contexto, es decir en la realidad de desigualdades estructurales que el Estado genera y que no permiten que se desarrolle la comunidad según su propia cultura y sus derechos colectivos.

A partir de aquí, una vez conocemos cómo las desigualdades estructurales afectan a la comunidad, empezamos a construir, a tejer un nuevo Estado de abajo hacia arriba, eso es desde la comunidad a la región y de la región al Estado.

7

ESTADO Para acabar de tejer el petate, finalmente debatimos sobre cómo estas regiones representativas de las comunidades y de los pueblos de Guatemala pueden interrelacionarse y crear un Estado Plural.

6

REGIÓN – ESTADO Una vez sabemos cuál es el espacio territorial vital donde se desarrollan las instituciones propias, es decir qué espacio ocupa el sujeto colectivo, definimos qué facultades debería de tener para mantener su autonomía y ser capaz de definir el destino de sus miembros sin interferencias externas.

5

COMUNIDAD – REGIÓN Se analizan las relaciones entre las instituciones oficiales del Estado y las propias y se hacen propuestas para mejorar aquellas que son afines al concepto de desarrollo de la comunidad. Aquí se define qué espacio territorial administran y representan las instituciones propias.

4

COMUNIDAD Se analizan las relaciones entre personas en la comunidad y se hacen propuestas según los principios y valores expuestos antes.

8

LEGALIDAD Con la finalidad de darle legalidad a las propuestas, se analiza el marco jurídico actual y se establecen propuestas sobre los cambios constitucionales y legales necesarios para tener un marco jurídico y un pacto social y político acorde y representativo a la realidad plural y a la diversidad cultural de Guatemala, así como a las demandas de las comunidades. Esta fase se expone en el siguiente capítulo Cambios constitucionales y del marco jurídico legal, donde cuatro abogados analizan todas las propuestas (conceptuales, teóricas y políticas) de este documento.


203

EL MÉTODO CON EL QUE SE FORMULAN LAS POLÍTICAS

LA ADECUACIÓN DE LOS DEBATES A LAS FORMAS PROPIAS DE

CULTURALES

ORGANIZACIÓN Y A LAS TRES ESFERAS DE LA CULTURA

LA INTERCULTURALIDAD COMO BASE DE TRABAJO

La adecuación del debate y las jornadas de trabajo se realizan según las formas propias del lugar donde se realiza el encuentro. Por ejemplo, en Livingston, en el tercer ciclo nacional de discusión y debate sobre derechos colectivos, resumidamente, se configuró del siguiente modo:

El método de trabajo para la elaboración de esta serie de políticas culturales se ha construido de forma participativa. En el 2008 CANEK abrió espacios para la construcción de una propuesta intercultural (publicada en el libro Construcción de la comunicación intercultural aplicada) que nos ha servido de base para trabajar y abrir el tipo de conversación que permita relaciones entre iguales con respeto a la diversidad. En base a esta metodología de trabajo, se abrió la discusión en el 2009 para elaborar las propuestas que contiene este documento. Entre los espacios que se abrieron destacan los ciclos intergeneracionales de debate, la creación y desarrollo de Comunidades Emergentes de Conocimiento (encargadas de interpretar los derechos colectivos y hacer consultas comunitarias) y los ciclos de trabajo, con extensa participación de personas de todo el país, que se llevaron a cabo en Ciudad de Guatemala, Chiquimulilla y Livingston.

Se integraron grupos de 12 personas; esto porque ese número es muy importante para la población garífuna pues es la cantidad de personas que se asentaron por primera vez en Livingston. Los dos grupos (adamuri) fueron identificados con símbolos importantes para la cultura garífuna: Tambor (garau) y Bastón (badu). Adamuri mi garau y adamuri mi badu. Las personas encargadas de representar al grupo y trasladar las conclusiones a la general, se denominaron “Buyei” que en garífuna significa “guía espiritual” y que se caracteriza por ser el enlace con Dios y la divinidad, poseen mucho conocimiento. Buyei es un medio, es decir, la persona que está más cerca de Dios para comunicarse con nuestros ancestros. También el don de las visiones y presentimientos para saber lo bueno y lo malo que va a ocurrir. Ciclo Livingston, 11/09

En los debates abrimos tres mesas de debate, llamadas, por lo general, Consejos, siguiendo la disposición de las tres esferas de la cultura. De este modo los participantes se situán según su experiencia y conocimiento en el Consejo de la Cultura Material, en el Consejo de la Cultura Simbólica y en el Consejo de la Cultura Social y Política. El debate en cada Consejo se centra en un mismo ámbito de discusión, como vimos más arriba en Las fases de construcción de las políticas culturales: interpretación del tiempo – comunidad – institución – región - Estado. A medida que se finaliza la discusión por ámbito, se expone y discute en plenaria los resultados en el Consejo Colectivo. Las propuestas de política cultural por ámbito de relación que se presentan más adelante están


204

entonces divididas en las tres esferas de la cultura. Es importante no verlas por separado sino integradas e interrelacionadas.

Primero Diálogo: Observar el contexto de prácticas y relaciones. Aquí pretendemos saber cómo son las relaciones en cada esfera de la cultura por cada ámbito de relación. Se genera conocimiento desde la realidad y conocimiento comunitarios y de las prácticas cotidianas respecto el ejercicio de los derechos colectivos. Se observa la situación concreta en la que están inmersos los sujetos involucrados y sus relaciones en el contexto de desigualdades estructurales. Se elaboran preguntas críticas para reflexionar sobre la situación. Se identifican ideas, palabras clave y se generan preguntas. Segundo Negociación: Escribir el texto del discurso. Aquí pretendemos saber qué pensamos sobre estas relaciones y qué hacemos o dejamos de hacer para que se mantengan o se cambien. Se da respuesta a las preguntas generadas y reflexionamos críticamente sobre el por qué se dan las relaciones identificadas. Desde la interpretación comunitaria, se definen los conceptos que aparecen en las preguntas. Se interpretan las intenciones de los sujetos involucrados. Se definen conceptos clave y se relacionan.

LA EDUCACIÓN POPULAR COMO MÉTODO DE DIÁLOGO, NEGOCIACIÓN Y CONSENSO Fundamentamos la metodología del debate en el método de educación popular, cuyos principales elementos tomamos de las enseñanzas del pedagogo guatemalteco Carlos Aldana Mendoza, principalmente de su libro El educador popular en Guatemala215. De esta manera, en cada Consejo y durante la discusión en cada ámbito, se siguen los siguientes pasos:

215

Aldana Mendoza, Carlos. El educador popular en Guatemala. Serviprensa Centroamericana, Guatemala 1997.

Tercero Consenso: Determinar acciones organizadas (políticas culturales) para lograr el cambio. Aquí pretendemos definir cómo deberían de ser las relaciones del ámbito que estamos trabajando y qué acciones organizadas es posible hacer. Se definen pautas de desarrollo y acciones organizadas concretas para transformar la realidad desde el conocimiento y prácticas comunitarias. También se identifican los actores implicados. Se propone qué relaciones se tienen que dar con el resto de esferas de la cultura para generar una propuesta integral.


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POLÍTICAS CULTURALES EN LAS RELACIONES INTERPERSONALES (COMUNIDAD)

En este ámbito de relación, los participantes se agruparon en los tres Consejos representativos de cada esfera de la cultura según su experiencia y mayor conocimiento, conformando mesas de discusión interculturales: en el Consejo de la Cultura Material, en el Consejo de la Cultura Simbólica y en el Consejo de la Cultura Social y Política. Teniendo en cuenta que la construcción de un sujeto colectivo se fundamenta en las relaciones, en el debate se discutió sobre qué tipo de relaciones se dan entre personas en la comunidad y cuáles permiten o no permiten el desarrollo de la interpretación comunitaria del tiempo de cada uno de los pueblos. En base al análisis colectivo, se generaron propuestas relacionadas con los derechos colectivos respectivos de cada Consejo. Se tomó en cuenta si existe o no la capacidad de establecer, mantener y fomentar la comunicación destinada al conocimiento mutuo entre personas y generaciones, a la interacción positiva entre los individuos y a la toma de

decisiones de forma conjunta con la finalidad de crear y desarrollar un sujeto colectivo. También se discutió sobre qué lo propicia y qué no. La reflexión conjunta fue dirigida a saber si existe o no un código que sirva para autorregular la forma de comunicarse, de manera que todos los actores de la comunidad, sin menoscabo de ninguno, puedan comunicarse y participar de forma conjunta en el desarrollo de cada esfera de la cultura. Las palabras clave propuestas fueron las palabras propias de cada esfera de la cultura y sus respectivos derechos colectivos, así como desarrollo, cosmovisión, colectivo, comunidad, espacio comunitario, memoria, recuerdo, comunicación, tiempo, historia compartida.


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EXPOSICIÓN DEL CONSEJO DE LA CULTURA SIMBÓLICA

La tradición oral no sólo es la enseñanza del idioma, sino de la espiritualidad

Recordemos, respecto a la cultura simbólica…

Estela de la cuatriedad, significa conocer el entorno cosmogónico de la

que mantiene viva nuestra interpretación del tiempo.

Relación significadora: Lenguaje, valores, espiritualidad, arte… Derechos colectivos directamente vinculados: Derecho colectivo al idioma, Derecho colectivo a la espiritualidad, Derecho colectivo al patrimonio natural y a los símbolos de identidad, Derecho colectivo a la educación, Derecho colectivo a los medios de comunicación.

cultura, en todo el accionar de la vida natural. Respecto al idioma: El idioma nos identifica con nuestro pueblo. Su pérdida significa en gran medida la pérdida de nuestra identidad cultural, siendo la educación formal la principal causante de su interrupción. Restaurar el idioma sería restaurar nuestra comprensión del tiempo y, en

En base a la pregunta qué relaciones interpersonales se dan en la comunidad para el desarrollo de la interpretación de la comunitaria del tiempo en el ámbito comunitario, en la esfera de la cultura simbólica se identificó lo siguiente. Respecto a la espiritualidad: El ejercicio del tiempo desde la comprensión comunitaria está contenido dentro la espiritualidad y es la forma de ponerse en contacto con el creador del universo en las múltiples formas de relación que existen. La espiritualidad confiere equilibrio a la vida de todo lo que nos rodea y sirve de vehículo para la transmisión de conocimientos. Hoy la espiritualidad solo se reconoce dentro de la comunidad en grupos religiosos que pertenecen a la iglesia católica o evangélica, entre otros. Observamos por eso que los guías espirituales en muchos casos ocultan esta práctica propia de nuestros pueblos por temor a ser rechazados o discriminados incluso dentro de la comunidad. Vemos que hay pocas mujeres en la práctica de guías espirituales. Aún así, la práctica en el diario vivir en muchas comunidades permite la transmisión del conocimiento de generación en generación, y con él la espiritualidad, por ejemplo observamos el manejo y uso de la lectura del tiempo (kajpul) en relación a la siembra y cosecha de cultivo (cabañuelas).

consecuencia, de nuestra comprensión de lo que es desarrollo. Respecto a la comunicación y a los instrumentos originarios: La comunicación principalmente se realiza en la comunidad mediante el toque del campanario, de nuestra iglesia o bien por medio de instrumentos musicales de la región con el fin de comunicar los acontecimientos en la comunidad. Los medios masivos de comunicación serían un gran aliado si partieran de lo comunitario con el fin de promover información sobre la situación de nuestras comunidades. Se hace necesaria una regulación pública de los medios. Respecto al patrimonio cultural y símbolos de identidad: Nos identifican en cualquier parte como pueblo indígena o como pueblo mestizo, sin expresar las diferencias que existen en su interior. Es importante fomentar a los valores de nuestra cultura, a través del Centro Cultural y aprovechando las TICS. En los símbolos de identidad se guarda el conocimiento que se ha perdido en la reducción del uso de nuestros idiomas. Revalorarlos significa revitalizar nuestra la identidad.


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Respecto a la educación: Los procesos de educación rebasan la mera educación formal. Fomentar y dar seguimiento a la educación informal es el principio para recuperar nuestra comprensión y uso del tiempo. Esta educación inicia en el hogar desde la misma concepción y el nacimiento de una nueva vida. Es importante la educación familiar, ya que en ella se encuentra la base primordial para enraizar las costumbres, recuperar nuestra memoria colectiva

Respecto al entorno cosmogónico y a la lectura del tiempo: Significa la forma de ver e interpretar determinado lugar o región basándonos en la forma propia de relacionarnos de nuestra cultura. Implica la capacidad o habilidad de poder predecir de manera aproximada el tiempo basándose en la astronomía que guarda la ciencia de nuestros ancestros.

y nuestra historia, así como la recuperación de la tradición que inicia en el

Se consideran necesarias las siguientes acciones para el desarrollo del tiempo: La cuestión es desarrollar relaciones en base a nuestra concepción del tiempo.

conocimiento de nuestro origen.

Desarrollar de forma integral las propuestas anteriores entre la familia y la

En esta educación informal se deben de dar como valores el respeto, la valorización y la practica comunitaria del tiempo como un ciclo de vivencia

comunidad (a nivel comunitario) y entre los sujetos de nuestro pueblo (a nivel regional).

de relación entre personas y con la naturaleza. En el tiempo existe el espacio

Las acciones deben de generar a través de sus objetivos específicos

inmaterial para exteriorizar, convivir, relacionarse, armonizar y crear –

convivencias e intercambio de experiencias para organizar y reconstruir las

concebir, es decir dar vida según nuestra cultura a todo, es decir dar

relaciones.

significado a lo que nos rodea. La educación debe iniciar en el hogar y luego amarrarla por medio de los centros educativos, siendo los Principales, quienes formulan los ciclos educativos formales, ya en la enseñanza y aprendizaje, según las costumbres que nos heredaron nuestros antepasados. Ello permitirá el traslado de experiencias, conocimientos, vivencias, valores y principios a las nuevas generaciones, dando así realidad a la cultura. La educación debe de ser sistemática en la promoción de la práctica del idioma materno como base y partiendo de los valores culturales y la cosmogonía para interpretar todos los elementos de la educación.

Relación de actores y espacios comunitarios para llevar a cabo las acciones propuestas: De la familia a la escuela y de la escuela a la familia. Entre alcaldes auxiliares, guías espirituales e iglesias (expresado la mayor de las veces en las cofradías), la organización comunitaria, hoy llamado por el Estado COCODE y COMUDE, y grupos organizados propios de cada esfera de la cultura.


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EXPOSICIÓN DEL CONSEJO DE LA CULTURA MATERIAL Recordemos, respecto a la cultura material… Relación con la naturaleza: Producción, vivienda, alimento… Derechos colectivos directamente vinculados: Derecho colectivo a la propiedad y posesión del territorio y del patrimonio natural, Derecho colectivo a la ciencia y tecnología, Derecho colectivo a la autosuficiencia y al desarrollo de la industria autóctona. En base a la pregunta qué relaciones interpersonales se dan en la comunidad para el desarrollo de la interpretación de la comunitaria del tiempo en el ámbito comunitario, en la esfera de la cultura material se identificó lo siguiente: La comunidad se sustenta en el apoyo entre personas desprotegidas y la cooperación, así como el sentimiento de pertenencia mediante el cuidado y mantenimiento del trabajo comunal. El intercambio de semillas de campesino a campesino, por ejemplo. Agrupación por cooperativa (uno solo no se debe de echar el peso de todo sino que hay que hacerlo en grupo). La organización comunitaria se sustenta en base a la organización para el trabajo agrícola. Aquí vemos la relación integral de la cultura, donde el trabajo de la tierra se sustenta en la organización social y política de la comunidad sobre la base del idioma y la espiritualidad, expresada en una celebración, en un agradecimiento a la tierra. El hecho que haya familias completas que se dedican a la producción agrícola fomenta el tejido internacional en relación al tiempo. Una comunidad planifica el tiempo para la producción (siembra, cosecha, y la venta al mercado, lo hace de una forma colectiva, luego reparten las utilidades en forma equitativa). La colectividad se descompone ante la realidad del comercio internacional. Una reorganización ante la problemática de acceso a la tierra cultivable en forma colectiva daría respuesta a las exigencias del mercado con una repartición equitativa, tanto del trabajo como de las ganancias.

La individualidad ha generado la venta de tierras a externos, la privatización en el acceso a la tierra y, en consecuencia, la dependencia, el egoísmo y la rivalidad. Ello implica la existencia y fortalecimiento de los terratenientes (persona que maneja todo, dueño de la tierra) y del tipo de producción de alimentos, muchas veces regido por las necesidades del mercado internacional y no de las de la comunidad. La propiedad privada es con fines de ganancia económica y no espiritual. Es una actividad laboral individual que cada quien busca su propio desarrollo con enfoque a la producción y de desarrollo capitalista, y no el propio de nuestra cultura. La exigencia del mercado internacional conduce a la utilización de abono químico, que está matando a la tierra porque ya no le dará fertilidad por sí sola, sino solo con más y más abono químico. Para la revitalización de la cultura material se precisa el concierto y relación de Campesinos, autoridades comunitarias, consejos de ancianos, comadronas, guías espirituales y COCODES. Ellos son conocedores del tipo de relación con la naturaleza propio de la cultura comunitaria. Entrelazar relaciones entre estos actores supondría la generación de un seguro agrario y un restablecimiento de las relaciones con la naturaleza propio de nuestra interpretación del tiempo. Además, permitiría crear una autoridad comunal capaz de regular las relaciones mediante la generación de tecnologías limpias, la rotación de campesinos y tierras y la consecución de la propiedad de la tierra mediante la construcción social y política del territorio.


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EXPOSICIÓN DEL CONSEJO DE LA CULTURA SOCIAL O POLÍTICA Recordemos, respecto a la cultura social o política… Relación entre personas y grupos: Familia, comunidad, política…) Derechos colectivos directamente vinculados: Derecho colectivo a la representatividad y participación en la vida política, Derecho colectivo a la libertad, paz y seguridad, Derecho colectivo a la autonomía, autodeterminación, autogobierno, autorregulación y al libre ejercicio de la soberanía. En base a la pregunta qué relaciones interpersonales se dan en la comunidad para el desarrollo de la interpretación de la comunitaria del tiempo en el ámbito comunitario, en la esfera de la cultura social o política se identificó lo siguiente: La discusión giró principalmente alrededor de la figura que ha tomado la organización comunitaria en Guatemala: los COCODES. Hay que reconocer que hasta hace poco daba miedo hablar de política. En la mayoría de los casos, la organización social y política de las comunidades, según sus principios y valores, ha quedado estancada debido a la inserción de los COCODES, los cuales les han restado poder, como por ejemplo a los Consejos de Ancianos, que poco a poco desaparecen. En consecuencia, debido al partidismo, todo se está politizado y se generan fracturas internas y más divisionismo donde antes no lo había. Los COCODES, en muchos casos, se acoplan a las exigencias de los diferentes partidos políticos. Ello no permite el desarrollo desde la interpretación comunitaria, sino que se acatan órdenes procedentes de fuera de la comunidad. En consecuencia, los poderes económicos nacionales e internacionales tienen un impacto directo e indirecto muy fuerte en la comunidad Hoy pareciera que si no hay COCODES no hay proyectos. En resumen, se trata de un tema político partidista.

En muchos casos, los COCODES y los alcaldes solo ven por su conveniencia y no ven el bien de la comunidad, por lo que el conocimiento de nuestros ancestros pierde la posibilidad de aplicarse en la relación entre personas y grupos y en la elaboración de proyectos de relación con la naturaleza. La necesidad de tener una forma legal imposibilita que las expresiones comunitarias sociales y políticas no tengan legalidad ni peso en la exigencia y demanda para tratar nuestras necesidades según nuestra cosmovisión. Estas y otras situaciones hacen difícil que los compañeros participen en política sin ensuciarse las manos. Una buena decisión comunitaria debería tener como mínimo la aceptación de 200 familias, y su gestión mediante representantes elegidos por un proceso propio de la comunidad. Hay que conocer nuestras raíces y revalorizar las formas propias de toma de decisiones sustentadas en la espiritualidad que, por lo general, implican la participación de la comunidad según su tradición y la elección de representantes legítimos. Sólo así conseguiremos participación ciudadana real y la incidencia política necesaria para empezar a generar la autonomía desde la misma comunidad. Es importante ver cómo podemos lograr la construcción desde el interior de cada uno de los pueblos, con sus diferencias y con igualdad de oportunidades, ya que fuera del contexto de nuestra propia cultura no podemos argumentar, más bien nos convertimos en marionetas. Esta base cultural es la que debemos desarrollar para entender el autogobierno y la autorregulación propia de los pueblos. Interpretar nuestro territorio social y políticamente daría pautas de qué desarrollo deseamos. Debemos hacer soberana la participación ciudadana mediante la construcción de relaciones comunitarias. Es importante compartir lo que se aprende con nuestros hijos.


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POLÍTICAS CULTURALES EN LAS RELACIONES INSTITUCIONALES (COMUNIDAD – REGIÓN) En el segundo ámbito de relación, en el que se vio la relación de la comunidad con su región, el sujeto de atención pasó de ser la relación entre personas a la relación entre instituciones; ello con el fin de conocer cómo se construyen, cómo generan representatividad y, a final de cuentas, en qué territorio se encuentran y ejercen su papel regulador. Este paso fue esencial para poder establecer, en el siguiente y último ámbito, el espacio territorial donde se ubican los sujetos colectivos desde la interpretación comunitaria mediante la comprensión de la institucionalidad y su jurisdicción. La pregunta con la que se inició la discusión fue: ¿qué instituciones propias propician el desarrollo de la interpretación comunitaria del tiempo en cada esfera de la cultura y representan a la comunidad en su región? Se tomó en cuenta si existe la capacidad por parte de todos los actores individuales y colectivos de poder vivir en sociedad y de poder construir instituciones propias donde sentirse representados. Se analizó también si existen instituciones que ofrezcan igual acceso a oportunidades y en donde poder verse

representados y respetados por igual. El fin último fue saber qué propicia su desarrollo y qué no. La pregunta fue dirigida a conocer el tipo de principios y valores que orientan el desarrollo de las relaciones institucionales en cada esfera de la cultura. Es decir, a esclarecer el tipo de contacto que se establece entre actores en el momento de crear y desarrollar instituciones propias. Las palabras clave propuestas fueron pueblo, tierra, territorio, región, representación, autoridad, desarrollo, institución, nación, ciudadanía, política, legitimidad, consulta popular, federación.


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EXPOSICIÓN DEL CONSEJO DE LA CULTURA SIMBÓLICA En base a la pregunta qué instituciones propias propician el desarrollo de la interpretación comunitaria del tiempo en cada esfera de la cultura y representan a la comunidad en su región, en la esfera de la cultura simbólica se identificó lo siguiente:

La institucionalidad del ser colectivo inicia en la familia, que propicia la organización comunitaria y, finalmente la generación de consejo y la creación de asociaciones civiles paralelas a las que permite la estructura del Estado, las cuales permiten la fiscalización de las instituciones y la auditoria social. De este modo, los principios y valores de cada cultura se trasladan a las decisiones sobre trabajo comunitario, con el fin de regular la producción y obtener bienestar común. Toda esta integración genera desarrollo desde la propia interpretación comunitaria. La familia constituye la unidad mínima de convivencia donde se desarrolla la vida cotidiana y la generación de relaciones que luego se representan en el espacio social. Las asociaciones civiles prestan servicio de manera directa e indirecta a las instituciones que regulan la comunidad para lograr un bienestar de la vida de las poblaciones. La organización comunitaria supone la institucionalización y base fundamental de regulación de las primeras relaciones entre personas. Los consejos son las instituciones comunitarias compuestas por personas mayores con experiencia y conocimiento de los ancestros, que orienta y guía la comunidad para alcanzar el desarrollo. El trabajo comunitario es la expresión que hace práctica el ejercicio de los principios y valores propios de la cultura, que significa la interrelación de los miembros de la comunidad para la realización de beneficios a las familias. Con éste, se obtiene el bienestar común, armonía que alcanza la comunidad en sus relaciones interpersonales, obtenido a partir de la producción, es decir

de todo el beneficio material que obtiene la comunidad después de generar su trabajo. Este conjunto de acciones generan desarrollo integral, tanto simbólico, como material y sociopolítico. El fortalecimiento de la institucionalidad comunitaria y la formación de liderazgo comunitario genera una visión de región, es decir el espacio geográfico constituido por la mancomunidad de instituciones comunitarias que poseen relaciones en las tres esferas de la cultura. En definitiva, su desarrollo permite la construcción social y política del territorio que transforma un espacio geográfico específico en espacio vital de nuestra existencia. La política que rige estas relaciones institucionales está fundamentada por la visión propia de la vida y del mundo que tiene cada comunidad respecto su cultura o diversidad de culturas. Para que este proceso de relaciones se dé es preciso que haya representatividad según los propios principios y valores, haya igualdad de oportunidades y conocimiento del contexto en el que está inmerso la comunidad. La organización desde el interior, siendo la familia su núcleo básico, supone entonces el aspecto crítico y fundamental: restablecer las relaciones culturales.


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EXPOSICIÓN DEL CONSEJO DE LA CULTURA MATERIAL En base a la pregunta qué instituciones propias propician el desarrollo de la interpretación comunitaria del tiempo en cada esfera de la cultura y representan a la comunidad en su región, en la esfera de la cultura material se identificó lo siguiente: La institución tiene que ser del pueblo y no de otros que vienen al pueblo y se instalan, porque ellos no tienen conocimiento de las necesidades del pueblo. Los actores implicados en la generación de relaciones institucionales capaces de interpretar el territorio son: Los acaldes comunitarios y los líderes de la comunidad. Los COCODES y los comités de vecinos. Consejos de ancianos, los que dan consejos y guían a la comunidad, las cofradías y las comadronas. Abogados capaces de interpretar la propia ley. El desarrollo de un nuevo registro de la propiedad. El desarrollo de un nuevo fondo de tierra diseñado desde la comunidad. Las personas y organizaciones informales que trabajan con eficiencia a nivel de la comunidad. Las acciones para desarrollar institucionalidad en base a la cultura material van dirigidas a fortalecer la ciencia y tecnología propia de los pueblos, que implica: El conocimiento profundo del emplazamiento y disposición de los lugares sagrados. La valoración de conocimientos ancestrales. El reconocimiento de los centros de medicina natural. Soberanía alimentaria. Estudios de impacto ambiental desde los principios y valores de la cultura o culturas existentes en la comunidad

Ello con el fin de generar reformas agrarias, administrativas y políticas a nivel territorial en base a las directrices de las instituciones propias de cada comunidad, con el fin de: Establecer un ordenamiento territorial que respete la organización ancestral con consultas comunitarias efectuadas por las organizaciones de la comunidad. Una repartición de las tierras fértiles con coherencia al sistema de relaciones propio de cada cultura y su legitimidad. El manejo de las aguas negras y de la contaminación. Aprovechamiento del agua de forma colectiva. Cuidar las infraestructuras y auditar su construcción. Construcción de viviendas, edificios públicos y escuelas de acuerdo a la zona climática y geográfica, y según la disposición que orienta nuestra espiritualidad. Construir junto a las nuevas generaciones. Restablecer la institucionalidad comunitaria permitirá: Reconocimientos de las autoridades y organizaciones ancestrales como modelo político para la regulación del territorio. Respeto a las consultas populares para la gestión del territorio y ordenanzas legales generadas por la misma región mediante un órgano legislativo propio. Regulación de las leyes de medio ambiente en beneficio de los pueblos. Centros educativos culturales con identidad propia. Reciclaje de la basura, manejo de desechos, protección del medio ambiente, educación ambiental y reducción en el uso de los químicos. Proteger los bosques y los ríos y compartir nacimientos de aguas. La regulación del mercado enfocado a la soberanía de la comunidad y la región, abriendo terrenos de gestión comunitaria. Poder reflexionar sobre el destino a nivel individual y colectivo en base a la sabiduría ancestral.


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EXPOSICIÓN DEL CONSEJO DE LA CULTURA SOCIAL O POLÍTICA En base a la pregunta qué instituciones propias propician el desarrollo de la interpretación comunitaria del tiempo en cada esfera de la cultura y representan a la comunidad en su región, en la esfera de la cultura social o política se identificó lo siguiente.

Es preciso desarrollar las acciones y las relaciones que las sustentan en la desconcentración del Estado en regiones con facultades autónomas que den la capacidad a los sujetos colectivos de autodeterminarse y ejercer el libre ejercicio de su soberanía. Los principios y valores que guían la participación ciudadana en la construcción de instituciones propias de la comunidad son la armonía, la espiritualidad, el equilibrio, el respeto, la igualdad, la equidad, y la obediencia. Ello con dignidad y con respeto a los ancianos, solidaridad, responsabilidad, honestidad, lealtad y honorabilidad. Entonces, el fortalecimiento de las instituciones comunitarias propias debe de permitir la construcción social y política de un ordenamiento territorial donde la comunidad pueda desarrollarse de acuerdo a sus costumbres y propia composición social y étnica, ya sea compacta o plural. Para el desarrollo de las instituciones propias y el financiamiento interno de políticas públicas comunitarias y regionales, es decir para generar administración pública y auto gobuierno, que verdaderamente pudieran liderar la aplicación de un ordenamiento territorial y de reforma agraria para el ejercicio pleno de los derechos colectivos, es imprescindible crear un órgano de administración tributaria o autogestión financiera propio.

Los problemas identificados a solventar para la regeneración de relaciones en la comunidad que puedan dar forma a una institucionalidad regional son: Intereses particulares, el divisionismo y el individualismo que busca el beneficio propio. Racismo y la discriminación en las estructuras del Estado, que deslegitiman la organización social y política como patrimonio cultural a preservar y desarrollar. La exclusión. Los altos niveles de corrupción generadores de impunidad. La utilización de lo “indígena” y de lo “campesino” para fines partidistas. La irresponsabilidad en la que ha caído en muchos casos la gente de la comunidad. La desigualdad y la intolerancia. El uso del terror y el miedo y la desinformación que margina las comunidades y las deja a su suerte y abandonadas.


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POLÍTICAS CULTURALES EN LAS RELACIONES NORMATIVAS (REGIÓN – ESTADO) El núcleo central del debate giró alrededor de la distribución y democratización estructural del poder. Se estableció que el territorio, desde esta perspectiva de construcción desde las bases, se convierte en un espacio relacionado con reglas propias vinculantes (posee un factor normativo y por ende, posee un órgano con facultades legislativas). Tiene una jurisdicción y un ordenamiento territorial propio. En un Estado Plural cada sujeto colectivo se sustenta por sus propios órganos supracomunales (estructura matricial de poder, es decir tantos puntos de poder como sujetos colectivos se consoliden desde las bases). Para el desarrollo del sujeto colectivo, se identificaron primeramente una serie de aspectos para los que es preciso garantizar condiciones de desarrollo: Desarrollo de un espacio de decisión política. Creación de un órgano normativo (legislativo). Creación de una institución educativa propial Creación de un órgano regional con facultades de regulación económica. Consolidación de una propuesta de región autónoma con su propio ordenamiento territorial. Corresponde a la participación de las comunidades en el tema de la auditoría social promover la fiscalización de esta nueva estructura, sus representantes y las autoridades comunitarias y regionales. Tiene que existir apropiación de la misma población, voluntad de involucrarse y apoyar en los procesos desde los distintos espacios de incidencia y de generación de desarrollo.

Desde los COCODES es posible priorizar las formas de organización y de autoridades tradicionales y genuinas, los valores culturales de solidaridad, el respeto y la colectividad no deben de ser absorbidos por los nuevos valores del sistema capitalista. Esto parte por una convicción y conocimiento de la propia cultura para identificar qué elementos y propuestas conviene adoptar y qué no. Es necesario rescatar la legitimidad y representatividad, más allá del aspecto legal. Muchas veces los COCODESs quedan sólo como entes de ejecución, mas no de planificación que es donde se ven las relaciones de poder. Eso se evidencia en el Listado Geográfico de Obras.


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En base a estas consideraciones preliminares, se generaron las siguientes preguntas: ¿Bajo qué criterios deberían construirse nuevas estructuras que permitieran el desarrollo del sujeto colectivo y su legalización? El pluralismo: el sujeto colectivo no es un sistema étnico de dominación sino que permite la expresión de la diversidad. La soberanía: El poder ejercido por el pueblo y administrado por sus representantes. La autonomía: Autodeterminación, autogestión, autogobierno y autorregulación del sujeto colectivo mediante sus estructuras organizativas y de representación. La legitimidad: Autoridades y representantes tradicionales, originarios con prestigio, ética, credibilidad y reconocimiento a nivel comunitario. Debe existir una representación real de la población en todos los espacios de relación, de manera que no excluya o exponga a represalias los diferentes puntos de vista y formas de pensar. La representatividad: Real en función de los intereses y las necesidades reales del colectivo, desde su propia historia y experiencia. El Estado (reconstruido) con toda su estructura e institucionalidad fundamentada en la perspectiva plural del reconocimiento y representación de la diversidad. Organismos construidos con el principio de representatividad real, con base en los criterios señalados anteriormente Formas tradicionales: No únicamente políticas, sociales o simbólicas, sino también de producción, porque aunque pertenecen más a la esfera de la cultura material, su desarrollo permiten tanto el desarrollo de la cultura simbólica como la cultura social y política.

¿Qué instituciones deberían fortalecerse (o qué nuevas instituciones deberían crearse) para dar vida al sujeto colectivo? Dado que actualmente no existen instituciones regionales de este tipo, es preciso crear consejos regionales a partir de un proceso amplio de consulta popular que legitime la interpretación comunitaria del territorio. Nos podemos apoyar en las redes comunitarias y mancomunidades que han surgido en los últimos años como medios de presión para la defensa de los recursos naturales y la lucha contra la minería. ¿Qué facultades deberían tener estas instituciones para poder desarrollar al sujeto colectivo y así iniciar un proceso de ejercicio de los derechos colectivos? Autonomía. Representación del sujeto colectivo desde la cosmovisión o cosmovisiones que integren el sujeto colectivo. Generar relaciones interpersonales e interinstitucionales que hagan converger los esfuerzos comunitarios en la emergencia del sujeto colectivo. Capacidad para crear propuestas de ley y de cambios constitucionales que favorezcan la transición del sistema centralista y mono étnico actual a un sistema matricial y plural. Reconocimiento, desarrollo y legitimidad en la construcción de los órganos autónomos destinados al desarrollo del sujeto colectivo y a su capacidad para ejercer derechos colectivos. Llevar a la práctica y obedecer el mandato de las asambleas, sistemas de consejos o representaciones comunitarias. Proponer, consultar e implementar acciones que garanticen el ejercicio de los derechos colectivos. Establecer y fortalecer mecanismos de comunicación y retroalimentación de esas acciones y propuestas. Prevenir y mitigar acciones o situaciones que afecten o vulneren los derechos y las garantías colectivas.


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Detener y sancionar prácticas y actividades que perjudiquen o atenten el ejercicio de los derechos colectivos, respetando la propuestas de sanción y reparación de daños originarias. Tansformación de las prácticas cotidianas (individuales o colectivas), que atenten contra el medio ambiente y los recursos naturales.

¿Qué acciones organizadas debemos hacer para generar relaciones que hagan emerger al sujeto colectivo? Reestructurar el Estado involucrando como ejes centrales la participación representativa, el espíritu de los derechos colectivos y las formas originarias de interpretar el mundo. Ejecutar acciones de manera conjunta, más allá de los propósitos individuales de cada persona o grupo, con el fin común de desarrollar el sujeto y la conciencia colectiva, encontrando su expresión de las múltiples organizaciones que llevan a cabo proyectos en la región. Crear alianzas con organizaciones que apoyen el proceso. Impulsar una ley y cambio constitucional de autonomía de los pueblos indígenas que permita el desarrollo del Convenio 169 de la OIT. Crear normativas de relación entre pueblos, que sean las mismas para todos y que permitan una relación horizontal, tanto entre personas como entre instituciones y sujetos colectivos. Respecto a la cultura simbólica Fortalecer el sistema de Consejos y las formas originarias de organización existentes en las comunidades, a través de procesos de conocimiento, reconocimiento, investigación, revaloración y socialización. Generar círculos de dialogo con instituciones gubernamentales y no gubernamentales que generen procesos de relación. Generar procesos de investigación y comunicación de los conocimientos sobre historia, organización y representación de todos los pueblos contada por nosotros mismos, y demandar su inclusión en los pensums educativos.

Debemos centrar la educación en el marco de la espiritualidad y regresar al uso de nuestro calendario, para que éste vuelva a girar y a generar nuestro tiempo. Respecto a la cultura material Generar un proyecto de reforma constitucional que permita la autonomía en el desarrollo de reforma agraria en base al desarrollo de los órganos autónomos del sujeto colectivo. Unir los conocimientos propios de ciencia y tecnología, de industria autóctona y de gestión y desarrollo agrario con la esfera de la cultura simbólica (para su comunicación, investigación y enseñanza y estructuración según la espiritualidad de los pueblos) y con la esfera de la cultura social o política (para la correcta gestión del territorio, la aplicación del conocimiento y la recuperación tanto de lugares sagrados como de los recursos naturales). Respecto a la cultura social o política Construir un perfil de representantes de acuerdo con la cosmovisión de cada pueblo y la interpretación comunitaria de lo que es un representante y qué significa representar a la comunidad. Promover y facilitar la organización y participación comunitaria. Fortalecer el sistema de Consejos y las formas originarias de organización existentes en las comunidades, a través de procesos de generación de conocimiento, reconocimiento, revaloración y socialización. Fiscalizar y auditar a las entidades actuales encargadas de garantizar los derechos colectivos y prever el proceso de transición del poder hacia los espacios de decisión propios del colectivo. Generar círculos de diálogo con instituciones gubernamentales y no gubernamentales. Crear políticas de participación y desarrollo desde las necesidades de los pueblos. Establecer mecanismos de participación en la toma de decisiones.


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Realizar una ley de reforma de los partidos pol铆ticos que se sustente en los sujetos colectivos, sus derechos y sus formas propias de representaci贸n y formaci贸n de autogobierno. Fortalecimiento y reconocimiento de las autoridades legitimas de la comunidad. Crear consejos para que se puedan plantear sus propias propuestas en defensa de los derechos colectivos. Crear un parlamento de pueblos originarios con su propia autonom铆a.


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POLÍTICAS CULTURALES EN LAS RELACIONES ESTRUCTURALES (ESTADO) Se determinó: Reconstruir la historia de los pueblos y su temporalidad para que, desde su interpretación de la realidad y del mundo, decidan su propio destino y se constituyan como sujetos históricos. Para ello es imperante construir un Estado compuesto, es decir que rompa con el actual monopolio del poder legislativo concentrado en un solo órgano, con el fin de consolidar un modelo matricial del poder y la construcción de tantos puntos de poder como sujetos colectivos se consoliden, sustentados éstos en la interpretación y ejercicio de los derechos colectivos, en la horizontalidad, la ascendencia del poder y el desarrollo de la ciudadanía diferenciada. Guatemala, su forma de Estado y sus límites político – administrativos son producto del proceso colonial iniciado hace más de 500 años. Por ello, rechazamos esta forma de Estado y estos límites que fragmentan nuestro espacio vital de relación y de construcción social y política del territorio. Entendemos por territorio el espacio natural, socio político y simbólico en el que transcurre (en el tiempo) la existencia de un grupo humano con formas organizativas nacidas de su propia experiencia, constituido como sujeto colectivo y por lo tanto con capacidad para ejercer derechos colectivos; basado en una espiritualidad sustentada en principios y valores solidarios y de respeto y

armonía con la naturaleza, entre personas y comunidades y el cosmos. Ubicamos el territorio natural que abarca la construcción del Estado Plural aquí planteado como el territorio que han ocupado históricamente los pueblos originarios de Mesoamérica (sur de México-Chiapas, Guatemala, Belice, Honduras, El Salvador, Nicaragua y el nor-occidente de Costa Rica). Como elementos principales para la construcción del Estado Plural, se toman en cuenta los siguientes elementos, siempre desde el espacio mesoamericano: Desarrollo de la estructura social y política propia, forma de organización libre y autónoma. Recuperación de la armonía entre las relaciones histórico-culturales (arte, idiomas, dietas alimenticias, costumbres y tradiciones, desarrollo político y económico, etc.) y las relaciones cosmogónicas, las cuales vinculan nuestra cultura a una posición geográfica particular y a la biodiversidad que existe en ella. Para la construcción del Estado Plural es preciso desarrollar las siguientes políticas desde el interior de cada sujeto colectivo: Consolidación de una propuesta de región autónoma con su propio ordenamiento territorial cuya implementación permita interpretar y ejercer los derechos colectivos. Desarrollar espacios de decisión política comunitaria y regional que permitan el desarrollo de las instituciones políticas propias tanto locales como regionales, y la construcción desde la comunidad y la región de instituciones estatales de representación. Desarrollo de un órgano regional que autorregule y administre el marco jurídico y el reglamento legal en función de la realidad cultural plural, de sus instituciones propias y de sus propios principios y valores. Creación de unas finanzas públicas regionales por un órgano fiscal propio que permita la autogestión financiera y el desarrollo de las propias instituciones y la ejecución de las propias políticas públicas.


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Creación de una institución educativa pública propia de nuestra región que responda a nuestros principios y valores, a nuestra cosmovisión, a nuestras lenguas, historia y forma de ver y entender el mundo, y capaz de crear una universidad autónoma propia. Creación de un órgano regional con facultades de regulación económica que permita desarrollar propuestas de reforma agraria para la consolidación de una mejor equidad económica y de posesión del territorio apto para el cultivo, así como de implementación de políticas públicas para el desarrollo de la soberanía alimentaria. Generar un proceso de cambio constitucional y del marco jurídico-legal actual que abra las puertas a la generación de relaciones plurales y que permita la constitución de sujetos colectivos unidos en un solo Estado Plural.

Los principios que se usarán en la construcción de nuevas estructuras que permitirán el desarrollo del sujeto colectivo y su legalización son: El pluralismo: el sujeto colectivo no es un sistema étnico de dominación sino que permite la expresión de la diversidad. La soberanía: El poder ejercido por el pueblo y administrado por sus representantes. La autonomía: Autodeterminación, autogestión, autogobierno y autorregulación del sujeto colectivo mediante sus estructuras organizativas y de representación. La legitimidad: Autoridades y representantes tradicionales, originarios con prestigio, ética, credibilidad y reconocimiento a nivel local. Debe existir una representación real de la población en todos los espacios de relación, de manera que no excluya o exponga a represalias los diferentes puntos de vista y formas de pensar. La representatividad: Real en función de los intereses y las necesidades reales del colectivo, desde su propia historia y experiencia. El Estado (reconstruido) con toda su estructura e institucionalidad fundamentada en

la perspectiva plural del reconocimiento y representación de la diversidad. Organismos construidos con el principio de representatividad real, con base en los criterios señalados anteriormente. Formas tradicionales: No únicamente políticas, sociales o simbólicas, sino también de producción, porque aunque pertenecen más a la esfera de la cultura material, su desarrollo permiten tanto el desarrollo de la cultura simbólica como la cultura social y política.

Por ello, proponemos: PRIMERO Generar un proceso amplio de consulta que permita identificar a los sujetos colectivos y con ello reconfigurar el mapa político administrativo de la región desde la interpretación comunitaria del territorio. SEGUNDO Crear un consejo territorial en cada sujeto colectivo (conformado por los consejos, representantes y autoridades propios de cada sujeto colectivo y respectivos de cada una de las esferas de la cultura), que permita avanzar en un nuevo ordenamiento territorial nacido desde las bases y la construcción de nuevos órganos de poder regional desde la comunidad, con atribución específica de facultades según lo estipulado en los derechos colectivos y la interpretación que hacen de ellos las comunidades. Este consejo territorial debe permitir la distribución horizontal y real del poder, facilitar el intercambio y apoyo entre regiones, situar la cosmovisión de los pueblos como vértebra para la construcción y desarrollo de las instituciones y de sus formas de organización. Formado por representantes electos por las comunidades sin pago de salario. Con respeto a la pluralidad ideológica, consensuando alternativas para un bienestar común.


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CAMBIOS CONSTITUCIONALES Y DEL MARCO JURร DICO LEGAL 1

Reforma constitucional para la construcciรณn de un Estado Plural

2

Cambios

necesarios

para

establecer

un

sistema

educativo plural

3

Consolidaciรณn de gobiernos regionales que permitan la autodeterminaciรณn de los pueblos

4

Un cambio estructural parcial pero posible, sin cambiar la Constituciรณn


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Elsa Angélica Blanco

REFORMA CONSTITUCIONAL PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN ESTADO PLURAL ÍNDICE

Algunos antecedentes sobre la reforma constitucional en Guatemala 19821985 El proceso constituyente Dos principios básicos que completan la fórmula política de la constitución Los Acuerdos de Paz Las reformas constitucionales y la consulta popular en Guatemala El modelo pluralista de la década de los noventa Propuesta de reforma constitucional para la construcción de un Estado Plural Elsa Angélica Blanco


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ALGUNOS ANTECEDENTES SOBRE LA REFORMA CONSTITUCIONAL EN GUATEMALA 1982- 1985 EL PROCESO CONSTITUYENTE El ejército proclamó el golpe de Estado el 23 de marzo de 1982. Las circunstancias que lo motivan son: El abuso de prácticas electorales fraudulentas. El fraccionamiento de las fuerzas democráticas. El desorden y corrupción en la administración pública. El General Efraín Ríos Montt toma el control de la situación e inicia una gestión marcada por el genocidio y la imposición de políticas moralizantes de corte protestante (su religión). A partir de la línea de apertura a la democracia, tres leyes claves se convirtieron en origen del proceso de transición y recomposición constituyente: El decreto ley 30-83, Ley Orgánica del Tribunal Supremo Electoral. El decreto ley 31-83, Ley del Registro de Ciudadanos. El decreto 32-83, Ley de Organizaciones Políticas. Este andamiaje jurídico institucional permitió transitar el regreso al orden constitucional. Ríos Montt fue depuesto el 8 de agosto de 1983 por el alto mando del ejército y sustituido por su ministro de defensa, el General Oscar Mejía Víctores. Mejía continuó con el proceso de retorno al orden constitucional: Se desarrolla el proceso de empadronamiento de electores. El 19 de enero de 1984 se emitió el decreto -ley 3-84, Ley Electoral, para la elección de una Asamblea Nacional Constituyente encargada de elaborar la nueva Constitución y dos leyes constitucionales, la Electoral y la de Garantías Constitucionales, constituidas por la Ley de Amparo, Exhibición Personal y

Constitucionalidad. Se fijó la fecha del primero de julio de 1984 para realizar la elección de diputados constituyentes, que serían 88 (23 electos por lista nacional y el resto por listas distritales según el modelo alemán del doble voto). Se integró un cuerpo constituyente legítimo con representación de muchos partidos y corrientes que obligó a una negociación abierta y constante. Esta Asamblea Nacional Constituyente concluyó su trabajo promulgando la nueva Constitución el 31 de mayo de 1985, la cual entró en vigencia de acuerdo a un artículo transitorio, del 14 de enero de 1986, cuando quedó instalado el Congreso de la República. Además, se dictó la Ley Electoral y la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, antes de disolverse.

La Constitución de 1985 es un carta magna muy desarrollada, con 281 Artículos y 22 disposiciones transitoria y finales, que necesita para funcionar adecuadamente la emisión de más de cuarenta leyes complementarias, de las cuales no todas se han dictado. Esta remisión a leyes ordinarias y secundarias ha sido el recurso más socorrido para alcanzar el consenso histórico que permita lograr la reconciliación de una sociedad escindida. Dado que fue promulgada en el tránsito de un gobierno autoritario sumamente duro y sanguinario a otro de carácter democrático, la obsesión por la garantía de los derechos humanos constituye su preocupación central. Aparece, incluso en el mismo Preámbulo, un texto que decreta, dentro del espíritu constituyente, “impulsar la plena vigencia de los derechos humanos dentro de un orden institucional estable, permanente y popular, donde gobernantes y gobernados procedan con absoluto apego al derecho”, con lo cual modifica la estructura general de la tradición constitucional anterior, y pone como contenido de sus dos primeros títulos, los de "La persona humana, fines y deberes del Estado" y "Derechos Humanos", además de incluir un titulo especial, el VI, sobre "Garantías constitucionales y defensa del orden constitucional". La igualdad es un valor que se afirma expresamente en el Artículo 4º, al establecer que en Guatemala todos los seres humanos son libres e iguales en dignidad y derechos. Ello se proyecta y desarrolla en todos los derechos y libertades que garantiza, sin embargo es importante tener en cuenta que se refiere


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a una igualdad formal ante la ley. La Constitución establece la seguridad jurídica, entendida como el principio general que establece que toda persona tenga certeza de sus derechos y obligaciones y de las consecuencias de sus actos, y que las resoluciones judiciales están sujetas a la ley, son objetivas e imparciales.

Las leyes que violen o tergiversen los mandatos constitucionales serán nulas ipso jure"; y el 204, donde se establece que "los tribunales de justicia en toda resolución o sentencia observarán obligadamente el principio de que Constitución de la República prevalece sobre cualquier ley o tratado".

La justicia proyecta sobre el articulado constitucional dedicado, todo el capítulo IV del titulo IV, que se refiere al "Organismo judicial", y al que hay que agregar también el titulo VI, que recoge el sistema de la justicia constitucional y que se titula "Garantías constitucionales y defensa del orden constitucional". Establece al Organismo Judicial como un poder del Estado independiente, imparcial y sujeto únicamente a la Constitución y al ordenamiento jurídico, con garantías específicas: independencia funcional, independencia económica y garantía del ejercicio de la función, que convierte al juzgador en un verdadero "tutor" de los derechos consagrados en la Constitución.

Pluralismo Político La estructura social de Guatemala es por naturaleza heterogénea, y se expresa como suma de muchas realidades económicas, sociales, profesionales, étnicas, las cuales muchas veces genera intereses contrapuestos. Un estado moderno post conflicto es un espacio idóneo para asentar las bases de un sistema democrático legítimo. El pluralismo significa el reconocimiento de la diversidad cultural y la canalización de su expresión a través de instituciones intermedias que realicen las funciones clásicas de articulación y agregación de las demandas sociales, así como su consiguiente responsabilidad de representación y mediación. La negación de esa realidad plural y el bloqueo de la expresión de esos intereses contrapuestos en un sistema abierto de competencia, produce un régimen de exclusión que deviene en un régimen autoritario. Al reconocer la legitimidad del conflicto y establecer un régimen realmente democrático en el cual se acepta el conflicto, se reconoce el pluralismo político y social, se organiza una sociedad abierta con un gobierno responsable dentro de un régimen de pluralidad. En base a este principio se establecen mecanismos de intermediación y representación, canales de conciliación y formación de consenso, instrumentos de movilización y participación de los miembros de la comunidad para incluir en la organización política.

DOS PRINCIPIOS BÁSICOS QUE COMPLETAN LA FÓRMULA POLÍTICA DE LA CONSTITUCIÓN La Supremacía Constitucional: Se considera a la Constitución como derecho fundamental, lo que determina la supremacía constitucional. Hans Kelsen formuló la idea de la concepción unitaria del ordenamiento jurídico. Este no sería un sistema de normas coordinadas a un mismo nivel, sino una estructura jerárquica de preceptos jurídicos desarrollados en el proceso de creación y aplicación, que viene desde la norma constitucional pasando por las leyes ordinarias que la desarrolla, y los reglamentos, hasta llegar a las sentencias judiciales y a los negocios jurídicos. La supremacía de la Constitución tiene su origen en la fuente espacialísima de donde proviene el poder constituyente, y esto es lo que le da el carácter de superior sobre toda otra clase de norma. Este principio se recoge con gran claridad y énfasis en tres artículos de la Constitución: el 44, que indica que "serán nulas ipso jure las leyes y disposiciones gubernativas o de cualquier otro orden que disminuyan, restrinjan o tergiversen los derechos que la constitución garantiza"; el 174, donde se afirma que "ninguna ley podrá contrariar las disposiciones de la Constitución.

En este contexto, los partidos políticos (institución de derecho público) constituyen un elemento necesario de la vida democrática, como instrumentos a través de los cuales se realizan, finalmente, los valores del pluralismo democrático y donde es factible la participación ciudadana. De acuerdo a la constitución vigente en Guatemala, llama la atención la creación de tres instituciones, que en última instancia tiene relación con el régimen especial de protección de los derechos humanos que inspira todo el texto y con el que se consolida el régimen democrático. Estas tres instituciones son:


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Tribunal Supremo Electoral; Corte de Constitucionalidad; Procurador de los Derechos Humanos. El sistema democrático adoptado se expresa estructuralmente a través del reconocimiento de los canales de participación de los ciudadanos en el proceso de poder. En el Artículo 140, se establece que Guatemala es "un Estado libre, independiente y soberano", y que su sistema de gobierno es "republicano, democrático y representativo". En el artíuclo 137 se indica que son derechos políticos "de los ciudadanos", "elegir y ser electo", "optar a cargos públicos" y "participar en actividades políticas". 216 Tomando en cuenta todo el proceso constituyente, la convocatoria a elecciones, el retorno a la democracia, las reformas constitucionales y consecuentemente la promulgación de la Constitución Política de la república de Guatemala de 1985, el tema de los derechos de los pueblos indígenas es tomado en cuenta dentro del contenido de la Constitución, ya que la misma recoge los derechos humanos como derechos fundamentales de la persona humana. Por lo tanto; todas las normas constitucionales son aplicables a todos los habitantes de la República, Asimismo, en el Capitulo II, Derechos Sociales; Sección Segunda, se regula todo lo relativo a la Cultura de las personas integrantes de comunidades indígenas, la protección al patrimonio cultural, al arte, folklore y artesanías tradicionales, promoviendo su cultura en sus distintas manifestaciones; y en la Sección Tercera regula los derechos de las Comunidades Indígenas con respecto a la protección a sus tierras y las cooperativas agrícolas indígenas, y la protección a los distintos grupos indígenas de ascendencia maya, estableciendo en una de sus normas -el Artículo 70- que una Ley específica regulará lo relativo a estas poblaciones. Lo que significa que es una herramienta para los pueblos indígenas a efecto de normar en una ley ordinaria todo lo relativo a sus derechos ya mencionados. Asimismo, se norma la importancia de la educación de los pueblos indígenas

216 Procuraduría de los Derechos Humanos. García Laguardia, Jorge Mario. Política y Constitución en Guatemala. La Constitución de 1985. Págs. de la 46 a la 69. Octubre de 1993. (Extractos del documento)

con relación a la asistencia económica y la enseñanza bilingüe. Todas las normas antes mencionados son tutelares y representan, desde la Constitución Politíca de la Reública de Guatemala, el reconocimiento a su diversidad étnica y cultural y la tutelaridad constitucional de los derechos de los pueblos indígenas. Esta tutelaridad atribuida a las comunidades indígenas es proteccionista, con el fin de proteger y garantizar la inclusión y el cumplimiento de los derechos antes consignados, por lo que es una protección discriminatoria positiva a favor de los pueblos indígenas.

LOS ACUERDOS DE PAZ A partir de 1962 y en diferentes momentos históricos, se organizaron grupos armados revolucionarios, comandados por ex oficiales del Ejército, intelectuales de izquierda y estudiantes universitarios. Ante las iniciativas de organización social y con el propósito de neutralizar la participación de los movimientos guerrilleros, se implementaron por parte del Estado políticas contrainsurgentes para combatir la “influencia del comunismo del país”, entrando en el contexto de la guerra fría que imperaba en la época. Estas políticas desembocaron en acciones de represión generalizada y violencia selectiva, a través de masacres de comunidades enteras. El marco de esta política de Estado se le llamó “tierra arrasada”. El conflicto armado interno, la guerra, se prolongó por casi 37 años y dejó más de 200.000 víctimas, la gran mayoría de ellas población civil ajena a la guerra. Se generaron varios acuerdos entre los cuales está El Acuerdo de Cronograma para el Cumplimiento de los Acuerdos de Paz y El Acuerdo para las Reformas Constitucionales. Este prolongado conflicto armado interno finalizó con la firma de los Acuerdos de Paz entre el Gobierno de Guatemala y la URNG, con el auspicio de las Naciones Unidas y de países amigos.


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LAS REFORMAS CONSTITUCIONALES Y LA CONSULTA POPULAR EN GUATEMALA El 26 de octubre de 1998, el Congreso de la República aprobó las Reformas Constitucionales que tienden a la reestructuración del Estado de Guatemala y al cumplimiento de los Acuerdos de Paz, reformas que fueron sometidas a la aprobación del pueblo mediante Consulta Popular, como condición previa para que entraran en vigencia. En el debate de prensa, resaltaron fundamentalmente dos puntos. Uno, el temor de un importante sector de la población ladina de que las reformas constitucionales alteraran la balanza de poder en Guatemala, iniciándose hacia un peligroso movimiento al reconocerse el peso mayoritario de la población maya con sus valores culturales, su espiritualidad, su derecho consuetudinario y sus lenguas. Debajo de este temor se oculta el racismo que siempre ha prevalecido en la cultura de los ladinos y los criollos guatemaltecos. Un racismo que nunca fue tan radical como para proscribir el mestizaje, y que no fue inscrito en leyes discriminatorias o segregacionistas del tipo “apartheid”, pero que sí se encuentra inscrito en nuestros textos jurídicos, generalmente por omisión. Por ejemplo, se omite el derecho de una persona de identidad maya a expresarse en su lengua cuando tenga que litigar o defenderse en juicio. Principalmente, este racismo se encuentra inscrito en la lengua del ladino y del criollo. Se trata de un racismo inconfesable, pero omnipresente. En el debate que acompañó la Consulta Popular, este racismo aparecía cuando se afirmaba que las reformas “nos van a dividir”, o que no se pueden “dar privilegios” en la Constitución a unas etnias sin dárselos a otras, siendo así que, en la práctica, cualquier ladino, incluso el más pobre, ha considerado siempre que podía mirar de arriba a abajo a cualquier indígena. Aparecía cuando se afirmaba que nombrar especialmente a las etnias mayas en la Constitución sería quebrar el reconocimiento de "la igualdad de todos ante la ley" El otro punto que resaltó el debate periodístico era bastante legítimo. Era el temor de que, a través de un decreto legislativo y de una consulta popular con muy poca asistencia, se siguiera cambiando la Constitución, cuando todas estas reformas necesarias le correspondería hacerlas a una Asamblea Constituyente en

la que se delegaría la representación popular con tiempo y espacios para reflexionar y formular mejor los cambios. El temor estaba fundamentado en el planteamiento que al fin eligió el Congreso para proponer las reformas: 50 reformas, muchas de ellas sin conexión temática entre sí, realmente difíciles de asimilar. Fue muy difícil opinar sobre su conveniencia o inconveniencia, y comunicarlas a la población, a la que se le presentaron con procedimientos de información obsoletos -reducidos a la simple lectura-, obviando otras metodologías masivas, radiales y visuales, u otros foros con debates cara a cara. No puede interpretarse ni el abstencionismo ni el "triunfo" del NO, diciendo que a la gente le fue indiferente el contenido de las reformas o que la gente carece de capacidad política. Al contrario. Lo que la gente "dijo" es que le hacía falta información. La empresa encuestadora Borge y Asociados, de Costa Rica, realizó varias encuestas en el país. Son interesantes los resultados de su segunda encuesta, realizada después de la Consulta Popular. Se preguntó a la gente "¿Por qué cree que ganó el NO? La respuesta más mayoritaria, con un 30.3%, fue: “Por falta de información”. A esta respuesta hay que sumar, muy probablemente, la del 35.9% agrupado en “no sabe o no responde”, por estar privada de información. Sólo un 9.2% escogió la respuesta "dura": el NO ganó “porque el pueblo no quiere cambio”. Un 7.1% respondió que “por falta de credibilidad”. Otro 4.5% dio una respuesta equivalente a “las leyes son a favor del gobierno” Si la falta de información fue determinante para que el NO ganara, es claro lo muy determinante que fue el peso de los votos de la ciudad capital en el resultado final. En la capital, el NO casi triplicó al SÍ (en la capital vive el 26% del electorado nacional

EL MODELO PLURALISTA DE LA DÉCADA DE LOS NOVENTA La década del noventa representa para Latinoamérica un periodo marcado por cambios constitucionales muy importantes. Los países andinos reconocen el carácter pluricultural y multiétnico de la conformación de la Nación y el Estado,


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y, en consecuencia, reconoce una amplia gama de derechos a las comunidades y pueblos indígenas, oficialización sus idiomas y reconociendo el derecho indígena consuetudinario. También ratifican el Convenio 169 de la OIT sobre Derechos de los Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes. Durante la última década en Guatemala se firman los Acuerdos de Paz y se ratifica el Convenio 169 de la OIT, los cuales constituyen una obligación jurídica del Estado guatemalteco. En ambos casos, se reconocen los derechos e identidad de los Pueblos Indígenas. Los Acuerdos de Paz reconocen la conformación multiétnica, pluricultural y multilingüe de la Nación y el Estado, la oficialización de los idiomas indígenas y plantean el reconocimiento del derecho consuetudinario o indígena. Las recomendaciones del Informe de la Comisión del Fortalecimiento de la Justicia, emanada de los Acuerdos de Paz, hablan expresamente del reconocimiento del Pluralismo legal. La propuesta de Reforma constitucional de los Pueblos Indígenas, presentado por COPMAGUA con cinco mil firmas, recogiendo tal espíritu propone el reconocimiento del derecho indígena. Las recomendaciones del Informe de la Comisión de Esclarecimiento Histórico refuerzan las hechas por la Comisión de Fortalecimiento de la Justicia.

En el marco del modelo pluralista, se propone un modelo de justicia plural:

La concreción de este modelo todavía está pendiente en Guatemala. Se trata de un compromiso político que no ha cuajado en cambio constitucional ni legal, salvo la ratificación del Convenio 169 de la OIT. Las ideas pluralistas, el respeto a la diferencia y el reconocimiento de los pueblos indígenas, todavía tiene mucho camino que recorrer, hasta encarnarse en normas, cobre forma institucional, prácticas sociales y cultura cívica.”217 El pluralismo jurídico es un hecho en Guatemala: la Constitución Política de la Republica reconoce y fundamenta el derecho de los Pueblos indígenas.

PROPUESTA DE REFORMA CONSTITUCIONAL PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN ESTADO PLURAL Tomando en cuenta el marco histórico de aprobación y propuestas para la realización de cambios a la Constitución de la República de Guatemala de 1985, y habiendo analizado las propuestas para la construcción de un Estado Plural recabadas en espacio abiertos de participación por parte de CANEK – Observatorio Cultural, se presentan a continuación las reformas constitucionales necesarias para que las relación plurales constituyan el núcleo del pacto social y político que deviene la aprobación de una Constitución.

1 Que la justicia estatal respete el carácter multiétnico, pluricultural y multilingüe de la población; garantice la consideración de los valores culturales y el peritaje cultural, como el acceso a la justicia en idiomas indígenas.

2 El reconocimiento del Derecho Consuetudinario Indígena con sus propias normas, valores, procedimientos, instituciones y autoridades para regular la convivencia social y resolver conflictos, mientras no viole los derechos humanos.

3 El reconocimiento y ampliación de mecanismos alternativos de resolución de conflictos.

Los cambios constitucionales que se presentan han sido elaborados confrontando las propuestas a la actual Constitución de la República de Guatemala. Cuando es preciso, si la Constitución no las sostiene, se hacen propuestas de cambio constitucional y, para finalizar propuestas de reforma o desarrollo de leyes ordinarias.

217

Irigoyen Fajardo, Raquel. Pautas de coordinación entre el derecho indígena y el derecho estatal. Págs. 50 y 51. Fundación Myrna Mack. 1ra. Edición, Guatemala, agosto de 1999. 1ra. Reimpresión, Guatemala, noviembre 2003


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Contenido de la Constitución Política de la Republica de Guatemala 1985

Propuesta recabadas en el proceso de consulta de CANEK

El problema radica en que los Derechos Colectivos no están desarrollados de manera sistemática en la Constitución. Están desarrollados claramente los Derechos Humanos Individuales y Derechos Sociales, los cuales se basan en la protección de la persona Humana, sin especificar el sentido de persona humana Individual o persona Humana Colectiva.

La cultura y los derechos colectivos están firmemente relacionados. Lo referido a la cultura simbólica son: Derecho Colectivo al Idioma. Derecho colectivo a la Espiritualidad. Derechos Colectivos al Patrimonio Cultural y a los símbolos de identidad. Derechos Colectivos a la Educación. Derechos Colectivos a los Medios de Comunicación. (Convenio 169)

Los derechos siguientes están entre los Derechos Sociales: Artículo 57: Derecho a la cultura. Toda persona tiene derecho a participar libremente en la vida cultural y artística de la comunidad, así como a beneficiarse del progreso científico y tecnológico de la Nación. Artículo 58: Identidad cultural. Se reconoce el derecho de las personas y de las comunidades a su identidad cultural de acuerdo a sus valores, su lengua y sus costumbres. ( Arts. 57 al 65) Comunidades Indígenas ( Arts. 66 al 70)

Crear una institución educativa pública propia de nuestra región que responda a nuestros principios y valores, a nuestra cosmovisión, a nuestra lengua, historia y formas de ver y entender el mundo, capaz de crear una Universidad Autónoma propia. Desarrollo de un Espacio de decisión política comunitaria y regional que permita el desarrollo de las instituciones políticas propias tanto locales como regionales, y la construcción desde la comunidad y la región de Instituciones Estatales

Reforma constitucional Para tener un Estado Plural es necesario realizar una reformar estructural en la Constitución Política de la República de Guatemala, de esa manera visualizar Los Derechos Colectivos del conglomerado nacional. Esto permitiría el desarrollo de normas encaminadas a desarrollar leyes ordinarias que permitan la creación de instituciones propias de la colectividad.

Reforma o desarrollo de leyes ordinarias La Constitución vigente en Guatemala Capitulo II, Derechos Sociales. Sección tercera de comunidades Indígenas artículo 70 dice: Ley Específica. Una Ley específica regulará a las materias de esta sección. En el Congreso de la República existe una iniciativa de Ley en la materia, la cual esta siendo impulsada por los congresistas Indígenas, sin embargo son minoría, y la falta de voluntad política de los diferentes, manifestaciones tácitas de discriminación y racismo que persisten no dejan la posibilidad de que avance.


Contenido de la Constitución Política de la Republica de Guatemala 1985

Propuesta recabadas en el proceso de consulta de CANEK

Entre los Derechos Sociales encontramos: La Familia, La cultura, Las comunidades indígenas, Educación, Deporte, Salud, Seguridad y Asistencia Social, Trabajo, Trabajadores del Estado y el Régimen Económico y Social. Éstos están comprendidos en los Artículos que van del 118 al 134. Uno de los puntos importantes en esta sección es el de la Descentralización y Autonomía. Estos se fundamentan en la justicia social.

Los Derechos Colectivos referidos a la Cultura Material son: Derecho colectivo a la Autosuficiencia. Derecho Colectivo a la Ciencia y Tecnología. Derecho Colectivo a la Propiedad y Posesión del Territorio y Patrimonio Natural.

No puede haber Justicia Social cuando no se reconocen los Derechos Humanos Colectivos y cuando la administración de los recursos del Estado y las decisiones políticas esta centralizadas. No puede hablarse de Autonomía cuando las instituciones no generan sus propios recursos y son subsidiadas por el Estado a favor de la minoría y en perjuicio de la mayoría.

Crear una institución educativa pública propia de nuestra región que responda a nuestros principios y valores a nuestra cosmovisión, a nuestra lengua, historia y formas de ver y entender el mundo, capaz de crear una Universidad Autónoma propia. Desarrollo de un Espacio de decisión política comunitaria y regional que permita el desarrollo de las instituciones políticas propias tanto locales como regionales, y la construcción desde la comunidad y la región de Instituciones Estatales.

Reforma constitucional Reformar el Régimen económico y Social de los Artículos 121, 124, al 131. Agregar un último párrafo, por ejemplo: Se tomará en cuenta que las poblaciones afectadas deben ser consultadas a efecto de no afectar su territorio y sus derechos humanos colectivos. En todo caso los beneficios deben dirigirse exclusivamente al fortalecimiento de sus instituciones propias, quienes tendrán autonomía en las dediciones y en la administración de sus recursos. Agregar un último párrafo al artículo 122. Por ejemplo: Por ningún motivo estos territorios deben ser concesionados, enajenados, ser posesionados ni adquirirlos en propiedad. Son de dominio público y deben ser protegidos por el Estado y las colectividades territoriales que las limitan. Reformar el Artículo 134. Descentralización y autonomía. También son descentralizados y autónomos los sujetos colectivos desde sus lógicas comunitarias con sus instituciones que representan a su población, además de respetar su formas propias de representación y regulación pública,

Reforma o desarrollo de leyes ordinarias Reformar las siguientes Leyes: Código Municipal Ley General de Descentralización. Ley de los consejos de Desarrollo Urbano y Rural. Ley de Parcelamientos Urbanos, Ley y Reglamento de las áreas de reservas territoriales del Estado de Guatemala. Ley de Titulación Supletoria. Y otras leyes afines al tema.


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Contenido de la Constitución Política de la Republica de Guatemala 1985

Propuesta recabadas en el proceso de consulta de CANEK

Los Artículos 4, 5, 28, 33, 34, 35, 36, 42, y los Derechos Colectivos referidos a la Cultura Social o siguientes: Política: Derechos y Deberes Cívicos y Políticos: Entre Derecho Colectivo a la Representatividad y estos derechos y deberes esta el Derecho de Participación en la vida Política. Petición en materia Política. Atr. 137. Estos Derecho Colectivo a la Libertad, Paz y derechos y deberes dan el parámetro a todas Seguridad. y todos los guatemaltecos del ejercicio pleno Derecho Colectivo a la Autonomía, Autodeterminación, Autogestión. (Convenio de la ciudadanía. Con relación al Estado y su 169) forma de Gobierno: artículo 143 Idioma. No es posible que en un Estado multiétnico, multilingüe y pluricultural no se reconozcan Desarrollo de un Espacio de decisión política los idiomas y se tomen como lenguas comunitaria y regional que permita el desarrollo vernáculas marginándosele de la oficialidad. de las instituciones políticas propias tanto locales como regionales, y la construcción desde la comunidad y la región de Instituciones Estatales Con relación al Ejercicio del Poder Público, Organismo Legislativo: Congreso de la República: Artículo 160. Autorización a diputados para desempeñar otros cargos. El ciudadano elige a sus diputados para legislar y no para desempeñar otros cargos.

Desarrollar un órgano regional que auto regule y administre el marco jurídico actual y el reglamento legal en función de la realidad cultural plural, de sus instituciones propias y de sus propios principios y valores.

Reforma constitucional Artículo 173. Procedimiento Consultivo Agregar otro párrafo después del segundo que estipule lo siguiente: Las decisiones políticas de especial trascendencia que afecten a un territorio o región determinado, deberán ser sometidas a procedimientos consultivos del colectivo que lo conforman, dicha consulta deberá ser convocada por el Tribunal Supremo Electoral a iniciativa de autoridades locales, que fijarán con precisión la o las preguntas que se someterán a sus habitantes. Artículo 157. Potestad legislativa e integración del Congreso de la República Buscar la forma de legislar a favor de que haya un Organismo Legislativo en el territorio de cada sujeto colectivo y que su presidente conforme el regional. Se trata de romper con el monopolio del poder legislativo que actualmente se concentra en el Congreso de la República y que no permite una correcta representatividad ni interpretación legislativa desde la comunidad.

Reforma o desarrollo de leyes ordinarias Reformar: Ley Electoral y de Partidos Políticos. Ley Orgánica del organismo Legislativo.


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Contenido de la Constitución Política de la Republica de Guatemala 1985 Organismo Ejecutivo: Ministros de Estado. Artículo 193. Para el despacho de los negocios del Organismo Ejecutivo, habrá los ministerios que la Ley establezca, con las atribuciones y competencia que las mismas señalen.

Propuesta recabadas en el proceso de consulta de CANEK Desarrollar un órgano regional con facultades para administrar y gobernar el municipio y la región. Desarrollo de un Espacio de decisión política comunitaria y regional que permita el desarrollo de las instituciones políticas propias tanto locales como regionales, y la construcción desde la comunidad y la región de Instituciones Estatales Creación de unas finanzas Públicas regionales por un órgano fiscal propio que permita la autogestión financiera y el desarrollo de las propias instituciones y la ejecución de la Políticas Públicas. Crear una institución educativa pública propia de nuestra región que responda a nuestros principios y valores a nuestra cosmovisión, a nuestra lengua, historia y formas de ver y entender el mundo, capaz de crear una Universidad Autónoma propia. Creación de un órgano regional con facultades de regulación económica que permita desarrollar propuestas de reforma agraria para la consolidación de una mejor equidad económica y de posesión de territorio apto para el cultivo así como de implementación de políticas públicas para el desarrollo de la soberanía alimentaría.

Reforma constitucional Organismo Ejecutivo: Ministros de Estado. Agregar otro artículo que estipule que: Cada sujeto colectivo tendrá la capacidad de generar un gobierno propio. Esto con el objeto de descentralizar el organismo Ejecutivo.

Reforma o desarrollo de leyes ordinarias Reformar: Ley del Organismo Ejecutivo.


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Contenido de la Constitución Política de la Republica de Guatemala 1985

Propuesta recabadas en el proceso de consulta de CANEK

Organismo Judicial: Corresponde a los tribunales de justicia la potestad de Juzgar y promover la ejecución de lo juzgado. Art. 203.

Desarrollo de un Espacio de decisión política comunitaria y regional que permita el desarrollo de las instituciones políticas propias tanto locales como regionales, y la construcción desde la comunidad y la región de Instituciones Estatales. Tener un marco jurídico y un pacto social y político acorde y representativo a la realidad plural y a la diversidad cultural de Guatemala, así como a las demandas de las comunidades. Proveer asistencia legal a casos específicos donde se vean violados los convenios internacionales que hacen expreso al Estado la defensa y desarrollo de los pueblos constituidos en sujetos colectivos.

Reforma constitucional

Organismo Judicial: Agregar un artículo que estipule: Para tratar las necesidades de justicia se deberán crear los mecanismos necesarios para equiparar los derechos colectivos y conformar los juzgados que refleje claramente las expresiones comunitarias sociales y políticas que se demandan, de acuerdo a su cosmovisión y cultura; siempre y cuando no se violenten derechos humanos. Estos Juzgados deberán estar bajo el control y supervisión del Organismo Judicial. Las sentencias emanadas de dicho ente serán tomadas como cosa juzgada.

Reforma o desarrollo de leyes ordinarias Reformar: Ley del Organismo Judicial. Desarrollar una Ley especifica.


Contenido de la Constitución Política de la Republica de Guatemala 1985

Propuesta recabadas en el proceso de consulta de CANEK

Reforma constitucional

Reforma o desarrollo de leyes ordinarias

Régimen de Control y fiscalización: Contraloría General de Cuentas. Atr. 232.

Desarrollo de un Espacio de decisión política comunitaria y regional que permita el desarrollo de las instituciones políticas propias tanto locales como regionales, y la construcción desde la comunidad y la región de Instituciones Estatales

Descentralizar la Contraloría General de Cuentas. Debe haber una Contraloría en el territorio de cada sujeto colectivo y sub. Contralorías Municipales.

Reformar: La Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas.

Régimen Financiero: Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado. Art. 237

Creación de un órgano regional con facultades de regulación económica que permita desarrollar propuestas de reforma agraria para la consolidación de una mejor equidad económica y de posesión de territorio apto para el cultivo así como de implementación de políticas públicas para el desarrollo de la soberanía alimentaría.

Los territorios de cada sujeto colectivo generarán sus propios ingresos, los cuales distribuirán de manera prorrateada de acuerdo a los ingresos y egresos de cada Municipio.

La Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado.

Creación de unas finanzas Públicas regionales por un órgano fiscal propio que permita el auto gestión financiera y el desarrollo de las propias instituciones y la ejecución de la Políticas Públicas.


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Contenido de la Constitución Política de la Republica de Guatemala 1985

Propuesta recabadas en el proceso de consulta de CANEK

Reforma constitucional

Reforma o desarrollo de leyes ordinarias

Ministerio Público Y Procuraduría General De La Nación: Ministerio Público. Artículo 251 Procuraduría General de la Nación. Art. 252.

Proveer asistencia legal a casos específicos donde se vean violados los convenios internacionales que hacen expreso al Estado la defensa y desarrollo de los pueblos constituidos en sujetos colectivos.

Sin necesidad de reformar

Reformar: Ley Orgánica del Ministerio Publico. Ley Orgánica de la Procuraduría general de la Nación.

Régimen Municipal: Autonomía Municipal. Art.253 Gobierno Municipal. Art. 254 Recursos Económicos del Municipio Art. 255. Asignación para las Municipalidades. Art. 256.

Tener un marco jurídico y un pacto social y político acorde y representativo a la realidad plural y a la diversidad cultural de Guatemala, así como a las demandas de las comunidades.

Sin necesidad de reformar

Reformar: El Código Municipal.

Desarrollo de un Espacio de decisión política comunitaria y regional que permita el desarrollo de las instituciones políticas propias tanto locales como regionales, y la construcción desde la comunidad y la región de Instituciones Estatales


CONCLUSIONES 1

En Guatemala, existen desigualdades estructurales que afectan al conglomerado social, y que impactan en el desarrollo de la ciudadanía diferenciada.

2

La estructura política y administrativa del Estado de Guatemala no responden a las necesidades de los territorios y personas que la habitan. Los Derechos Colectivos no están desarrollados de una manera sistemática en la Constitución Política de la República de Guatemala. Están desarrollados claramente los Derechos Humanos Individuales y los Derechos Sociales, que se basa en la protección de la persona Humana, sin especificar el sentido de persona humana Individual y persona Humana Colectiva.

3

Las decisiones políticas, económicas y sociales son tomadas desde la superestructura social y no de la estructura, siendo que a ella se debe el Estado para su funcionamiento. La concreción de un Estado Plural todavía está pendiente en Guatemala. Se trata de un compromiso político que no ha cuajado en cambio constitucional ni legal. Las ideas al respecto del pluralismo, el respeto a la diferencia y el reconocimiento de los pueblos indígenas todavía tiene mucho camino que recorrer, hasta encarnarse en normas, instituciones, prácticas sociales y culturales.

RECOMENDACIONES 1

Se debe reformar la Constitución Política de la República de Guatemala a efecto de conformar un Estado verdaderamente incluyente plural, en donde las personas sean consideradas como ciudadanos y ciudadanas con igualdad de derechos ante el Estado así como de ser reconocidos como colectivo humano que posee un territorio y una estructura organizativa propia.

2

Es necesario desarrollar los Derechos Colectivos en la Constitución Política de la República de Guatemala a efecto de que la administración pública sea coherente con las características multiétnica, pluricultural y multilingüe del Estado, confiriendo a todo colectivo categoría política para su desarrollo, de manera descentralizada y autónoma.

3

Las personas en lo individual y colectivo, concientes de sus derechos y obligaciones y siendo la base del Estado, son llamadas a ejercer su ciudadanía plena, es decir a participar en todo lo que compete a la refundación del Estado de Guatemala. Para eso es necesario estar informados, organizados y con lineamientos concretos de manera pro-activa, presentando las propuesta necesarias para la conformación de un Estado Plural.

ELSA ANGÉLICA BLANCO Abogada y notaria garífuna, licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales USAC. Ha laborado en Acción Ciudadana, en la Red de observación Mirador Electoral, y en la Fundación Myrna Mack, en el área de participación ciudadana. Asistente de Defensor Público en la Defensa Pública Penal. Voluntaria Nacional de Transición en la Misión de Verificación de Naciones Unidas Para Guatemala MINUGUAZacapa. Derechos Humanos y Justicia. Coordinadora de la Defensoría Auxiliatura de los Derechos de los Derechos de la Mujer


Benito Morales

CAMBIOS NECESARIOS PARA ESTABLECER UN SISTEMA EDUCATIVO PLURAL Ensayo elaborado en base a la propuesta

CREACIÓN DE UNA INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA PROPIA DE NUESTRA REGIÓN QUE RESPONDA A NUESTROS PRINCIPIOS Y VALORES, A NUESTRA COSMOVISIÓN, A NUESTRA LENGUA, HISTORIA Y FORMA DE VER Y ENTENDER EL MUNDO, CAPAZ DE CREAR UNA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA PROPIA.

ÍNDICE ¿Educación propia que responda a principios y valores, cosmovisión, lengua, historia y forma de ver y entender el mundo de los Pueblos Indígenas? Educación en la Constitución Política de la República DIGEBI Los Acuerdos de Paz y el No a la reforma constitucional La Consulta Popular de 1999 ¿Qué hacer?: Reforma constitucional Conclusiones Benito Morales


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¿EDUCACIÓN PROPIA QUE RESPONDA A PRINCIPIOS Y VALORES, COSMOVISIÓN, LENGUA, HISTORIA Y FORMA DE VER Y ENTENDER EL MUNDO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS?

EDUCACIÓN EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA

El tema de la educación regulado, obviamente, en la Constitución Política de la República, al igual que otros grandes temas como la salud, el idioma, la justicia, etc.; responde fielmente a un modelo de Estado excluyente. Veamos: En el artículo 71, al tratar el derecho a la educación, se afirma que se garantiza la libertad de enseñanza y de criterio docente, y en el 72 se regula que los fines de la educación son el desarrollo integral de la persona humana, el conocimiento de la realidad y cultura nacional y universal. Hasta aquí, se podría pensar en la posibilidad de una educación propia, autónoma, basada en el principio de libertad de enseñanza, pero en el artículo 73, la misma Constitución, al tratar sobre la libertad de educación, se afirma, que todos los centros educativos privados funcionarán bajo la inspección del Estado y están obligados a llenar, por lo menos, los planes y programas oficiales de estudio. Obviamente, los centros estatales también, con mayor motivo, deberán llenar los mismos planes y programas oficiales. ¿Dónde queda la libertad de enseñanza y el criterio docente? Quizá, solamente en la forma de impartir las distintas materias, de explicar, etc; pero siempre bajo el “yugo” de los planes y programas oficiales.

Sin embargo, la Constitución abre la puerta de la educación bilingüe, y en su artículo 76, regula que en las escuelas establecidas en zonas de predominante población indígena, la enseñanza deberá impartirse preferentemente en forma bilingüe. La forma oficial de poner en práctica este artículo fue la Dirección General de Educación Bilingüe Intercultural -DIGEBI-, que en la actualidad está regida por el Viceministerio de Educación Bilingüe e Intercultural.

EL VICEMINISTERIO Y LA DIGEBI

La Dirección General de Educación Bilingüe Intercultural fue creada como Dependencia Técnica Administrativa del Ministerio de Educación, mediante el Acuerdo Gubernativo No. 726-95, el 21 de diciembre de 1995, un año antes de la firma de los Acuerdos de Paz. Posteriormente y conforme el Acuerdo Gubernativo 526-2003 fue creado el Viceministerio de Educación Bilingüe e Intercultural con la atribución de definir y regir las políticas de educación bilingüe, pasando la DIGEBI a una función más operativa del proceso de Educación Bilingüe Intercultural –EBI-, de las comunidades lingüísticas Maya, Xinka y Garífuna. Su filosofía se sustenta en la coexistencia de varias culturas e idiomas del país, orientada a fortalecer la unidad en la diversidad cultural. El proceso de Educación Bilingüe Intercultural –EBI- está basado en algunos principios que conviene tener en cuenta. Por ejemplo: Se entiende por educación bilingüe intercultural al enfoque educativo orientado al refuerzo del conocimiento propio y de la autoestima del individuo, sobre la base del aprendizaje, enseñanza y uso escolar de dos o más lenguas: la primera y la segunda.


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El reconocimiento y aceptación oficial del saber y de los conocimientos propios, incluidas la o las lenguas del educando, que constituyen la base para la selección crítica y selectiva de elementos culturales pertenecientes a otros pueblos y culturas del país y del mundo. La EBI reinscribe en el proceso educativo formal los modos y formas de aprender y enseñar propios de los pueblos indígenas, para a través de ellos enriquecer la visión pedagógica de la escuela y de la educación. Así, de la confluencia de modos y formas distintos de aprender y enseñar y de la complementariedad que se busca entre los mecanismos propios y aquellos que provienen de otras tradiciones pedagógicas, como la occidental, se construye también una pedagogía desde y en la diversidad; es decir, una pedagogía intercultural. En Guatemala, la EBI es sobre todo una propuesta educativa estatal dirigida a la atención exclusiva de la población indígena.

vínculos entre naturaleza y del hombre con el hombre.

Según esta visión, se trataría de una educación para la resistencia cultural y para, simultáneamente, contribuir a la construcción de una nación justa e incluyente, pluricultural, multiétnica y multilingüe.

Pero, ¿cómo lograr una nación justa e incluyente, pluricultural, multiétnica y multilingüe, si la propia Constitución de la República no define así a nuestro país?

LOS ACUERDOS DE PAZ Y EL NO A LA REFORMA CONSTITUCIONAL

El Consejo Nacional de Educación Maya (CNEM) entiende por educación maya un sistema educativo alternativo propuesto en respuesta a la situación que, según sus líderes, caracteriza a la educación guatemalteca actual, incluida la –EBI-.

La educación maya busca superar la exclusión en la toma de decisiones en materia educativa, y propende a la transformación de la educación para superar la discriminación, el paternalismo, el asimilacionismo y la alienación que atentan contra la continuidad cultural y la supervivencia de la sociedad maya.

Los Acuerdos de Paz pudieron ser el camino para el arranque de una educación, al menos con pertinencia cultural y en el propio idioma, pues en ellos se planteaba el “ el uso de todos los idiomas indígenas en el sistema educativo, a fin de permitir que los niños puedan leer y escribir en su propio idioma o en el idioma que más comúnmente se hable en la comunidad a la que pertenezcan, promoviendo en particular la educación bilingüe e intercultural e instancias tales como las Escuelas Mayas y otras experiencias educativas indígenas218”; y se proponía como sistema educativo uno que fuera “descentralizado y regionalizado a fin de que se adapte a las necesidades y especificidades lingüísticas y culturales; donde las comunidades y a las familias, como fuente de educación, cumplieran un papel protagónico en la definición de las currícula y del calendario escolar y la capacidad de proponer el nombramiento y remoción de sus maestros a fin de responder a los intereses de las comunidades educativas y culturales; que integrarás las concepciones educativas maya y de los demás pueblos indígenas, en sus componentes filosóficos, científicos, artísticos, pedagógicos, históricos,

La educación maya es entendida como endógena, formativa, práctica y humana. Fortalece los valores éticos, estéticos y morales, así como los

218 Acuerdo sobre identidad y derechos de los pueblos indígenas, apartado III, inciso A, referente al idioma, Derechos Culturales. México, D.F. a 31 de marzo de 1995.

Las críticas a la –EBI- llegaron principalmente del Consejo Nacional de Educación Maya -CNEM-, y principalmente consistió en una propuesta de Educación Maya frente a la –EBI-, basándose, fundamentalmente, en:


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lingüísticos y político-sociales, como una vertiente de la reforma educativa integral219”. Estos ideales, peticiones, exigencias, se fueron al traste con la Consulta Popular, realizada el día dieciséis de mayo de mil novecientos noventa y nueve, en la que la posición ganadora fue la desfavorable a la ratificación de la totalidad de las reformas constitucionales aprobadas por el Congreso de la República el día dieciséis de octubre de mil novecientos noventa y ocho. En consecuencia, las reformas constitucionales decretadas y aprobada por el Congreso de la República el día dieciséis de octubre de mil novecientos noventa y ocho no tuvieron vigencia220.

tradiciones; el uso del traje indígena en hombres y mujeres y sus distintas formas de espiritualidad, idiomas y dialectos y el derecho a transmitirlos a sus descendientes. Para los fines y en los términos del último párrafo del artículo 203 de esta Constitución, el Estado reconoce a las autoridades tradicionales de las autoridades tradicionales de las comunidades indígenas, prevaleciendo la unidad de la Nación, la integridad del territorio y la indivisibilidad del Estado de Guatemala. También reconoce, respeta y protege su derecho a usar, conservar y desarrollar su arte, ciencia y tecnología así como el derecho de acceso a lugares sagrados de dichos pueblos, bajo las modalidades que establezca la ley. O también, frente al actual, Artículo 143.Idioma oficial. El idioma oficial de Guatemala, es el español. Las lenguas vernáculas, forman parte del patrimonio cultural de la Nación, se propuso:

LA CONSULTA POPULAR DE 1999 Este NO a las reformas constitucionales que planteaba la consulta popular de 1999, truncó grandes posibilidades de cambios. Por ejemplo: Frente al actual Artículo 66. Protección a grupos étnicos. Guatemala está formada por diversos grupos étnicos entre los que figuran los grupos indígenas de ascendencia maya. El Estado reconoce, respeta y promueve sus formas de vida, costumbres, tradiciones, formas de organización social, el uso del traje indígena en hombre y mujeres, idiomas y dialectos, se proponía: Artículo 66. Identidad y espiritualidad de los pueblos indígenas. El Estado reconoce, respeta y protege el derecho a la identidad de los pueblos Maya, Garífuna y Xinca; sus formas de vida, organización social, costumbres y

219 Ídem, apartado II, inciso G, Reforma Educativa. 220 Acuerdo 229-99 del Tribunal Supremo Electoral, de fecha 21 de mayo de 1999, sobre la validez de la Consulta Popular.

Artículo 143. Idioma. Son idiomas oficiales del Estado: El Español para todo el territorio nacional y los idiomas indígenas que establezca la ley, fijando su ámbito de aplicación material de acuerdo a criterios técnicos, lingüísticos y territoriales. El Estado reconoce, respeta y promueve los siguientes idiomas indígenas: Achi', Akateko, Awakateko, Chalchiteko, Ch'orti', Chuj, Itzá, Ixil, Popti', Kaqchikel, K'iche', Mam, Mopan, Poqoman, Poqomchi, Q'anjob'al, Q'eqchi', Sakapulteko, Sipakapense, Tekiteko, Tz'utujil, Uspanteko, Garifuna y Xinka. En las cuatro preguntas que se realizaron en la consulta popular el NO resultó mayoritario. Por ejemplo, en la pregunta 1, que incluía la definición de la nación guatemalteca como una y solidaria y a la vez multicultural, plurilingüe y multiétnica, el NO obtuvo el 9.03% de los empadronados y el SÍ el 8.08%. En los resultados, el mapa de Guatemala quedó perfectamente partido en dos mitades. En trece departamentos del Norte, el Oriente, el Centro y el Sur, ganó el NO. La mayoría de ellos, con predominio de población ladina, con excepción de Quetzaltenango, Suchitepéquez y Sacatepéquez (donde se encuentra La Antigua


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Guatemala) y el propio departamento de Guatemala -con la capital-, por los grandes desplazamientos migratorios de indígenas en los años 80. En nueve departamentos del Occidente y el Norte ganó el SÍ. Todos con fuerte predominio indígena, menos El Petén.

También, esta iniciativa propone, en su artículo 6, principios, en su inciso 9, la autonomía, “debido a que es un derecho inherente a las comunidades lingüísticas y los pueblos del país, decidir sobre su propio idioma, cultura y su sistema educativo...”.

Fue en los departamentos donde ganó el SÍ donde la guerra estuvo más presente y fue más dura durante los años 80 y 90. En los departamentos donde ganó el NO la guerra se hizo más presente en la década de los 60.

Esta iniciativa, que cabe la pena señalar, aún no cuenta con dictamen, ni favorable ni desfavorable, es un buen paso a dar, aunque bien pudiera ser tachada de inconstitucional al no contemplar para el estudio el idioma español, el oficial, pues si leemos bien el artículo 3, señalado anteriormente, se habla en primer lugar del idioma materno (por ejemplo, el achí), en segundo lugar otro idioma nacional, que según la ley de idiomas nacionales, podría ser perfectamente el k'iche', y después un extranjero. Seguramente, esta iniciativa termine engavetada por problemas tanto legales como por el nulo interés político en entrar a estros temas, aunado que esta reforma supondría un incremento cuantioso para la educación, lo cual en principio parece más que improbable.

Entonces, por ejemplo, si constitucionalmente el idioma español es el oficial y el resto son lenguas vernáculas, que solamente forman parte del patrimonio cultural, y si los idiomas mayas no son reconocidos por la Carta magna, ¿cómo poder hablar de una educación o de un ente público capaz de responder a principios, valores, cosmovisión, etc., de los Pueblos Indígenas?

¿QUÉ HACER?: REFORMA CONSTITUCIONAL Aunque las grandes dificultades que supone el texto constitucional dificultan enormemente las aspiraciones legítimas de los Pueblos Indígenas, hay alguna esperanza en iniciativas de ley, como la número 3913 del año 2008, que propone una Ley de generalización bilingüe multicultural e intercultural. En dicha iniciativa, en su artículo 3, generalización de educación bilingüe, “se establece la obligatoriedad de la educación bilingüe en idiomas nacionales como política lingüística nacional, la cual tendrá aplicación para toda la comunidad educativa de los sectores público y privado. El primer idioma para el aprendizaje de cada persona es el materno, el segundo es otro idioma nacional y, el tercer debe ser un idioma extranjero”.

Sin dejar a un lado estas iniciativas válidas, en parte de su propuesta, creemos que el camino para allanar los obstáculos y realmente dar cabida a los anhelos de los Pueblos Indígenas en materia de educación es una reforma constitucional, que en principio redefina al Estado y una vez redefinido tome en cuenta las demandas de los Pueblos Indígenas.


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CONCLUSIONES

El marco constitucional vigente de la educación dificulta la creación de una institución educativa pública propia que responda a los principios, valores, cosmovisión, lengua, historia, etc., de los pueblos que cohabitan el territorio de lo que se denomina Guatemala.

El camino para allanar los obstáculos y realmente dar cabida a los anhelos de los Pueblos Indígenas en materia de educación es una reforma constitucional, que redefina primero al Estado y una vez redefinido tome en cuenta las demandas de los Pueblos Indígenas.

BENITO MORALES Abogado y Notario. Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales. Ejercicio profesional de la Abogacía (Junio 2000 a la fecha) Abogado litigante, con énfasis en materia penal y violaciones de derechos humanos, a través de Bufete Jurídico Asociado. Abogado director y asesor de diversas entidades de sociedad civil, de derechos humanos y pueblos indígenas. Consultor de diversas entidades de Naciones Unidas, de Cooperación Internacional y organizaciones sociales en temas de justicia en general, discriminación racial y étnica, pueblos indígenas y litigio estratégico. Conferencias dictadas221: sobre racismo y discriminación, sistema jurídico propio de los pueblos indígenas, pluralismo jurídico, jurisdicción universal y crímenes contra la humanidad, obligaciones internacionales de Estado de Guatemala en materia de pueblos indígenas, erradicación del racismo, etc. Publicaciones: Sobre acceso a la Justicia en el Propio Idioma y temas relacionadas con conferencias dictadas. Edición y publicación de mi tesis de grado “El Acceso a la Justicia en el Propio Idioma” al considerarla relevante, por el Instituto para el Avance de las Ciencias Sociales en Guatemala, AVANCSO. Nombrado “personaje destacado” del año 2005 por El Periódico. Reconocimiento por haber logrado la primera sentencia condenatoria en el primer caso por discriminación étnica en la historia de la justicia guatemalteca y de América Latina.

221 En Guatemala y el extranjero.


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Lucía Xiloj

HACIA LA CONSOLIDACIÓN DE GOBIERNOS REGIONALES QUE PERMITAN LA AUTODETERMINACIÓN DE LOS PUEBLOS Resumen Introducción Fortalecimiento de los espacios de participación de pueblos indígenas en los consejos de desarrollo urbano y rural y las mancomunidades, como un camino para la construcción de un gobierno regional autónomo Generalidades Marco jurídico Ley preliminar de regionalización, decreto 70-86 del Congreso de la República La Constitución Política de la República de Guatemala Propuesta de consolidación de un gobierno regional para la promoción y respeto de los derechos individuales y colectivos de los pueblos indígenas Conclusiones Lucía Xiloj


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RESUMEN

INTRODUCCIÓN

Una de las principales demandas de los Pueblos Indígenas es que el Estado reconozca su derecho de libre determinación, que implica decidir sus propias formas de gobierno, perseguir su desarrollo económico, social y cultural y estructurarse libremente, sin injerencias externas. Lo cual intrínsecamente lleva a la necesidad que todo esto se haga en un ámbito espacial determinado. La Constitución Política de la República actualmente hace una división territorial del país, tomando aspectos administrativos pero no toma en cuenta las estructuras propias de organización de los Pueblos Indígenas.

El territorio guatemalteco tiene una extensión de 109,000 kilómetros cuadrados donde se estima que viven actualmente 13,600.000 habitantes para una densidad aproximada de 125 habitantes por kilómetro cuadrado. El 56% de la población guatemalteca es pobre y el 16% es extremadamente pobre. La pobreza en personas indígenas es del 74% y 38% en ladinos. El 54% de guatemaltecos viven en el área rural y el 46% en el área urbana222.

Sin embargo, a pesar de las dificultades, en el marco jurídico vigente existen algunos espacios que pueden ser aprovechados por los Pueblos Indígenas para lograr una modificación de esta división territorial, mediante una reforma constitucional que debe ser exigido desde estos espacios. Por ejemplo, los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural y las mancomunidades, pueden identificar aspectos de interés común entre los municipios y las comunidades lingüísticas que allí se encuentran para crear un gobierno regional que en algún momento puedan reclamar su autonomía con un respaldo fuerte y legítimo.

Esto evidencia un total desinterés del Estado de Guatemala –refiriéndonos a quienes ejercen el poder delegado- por satisfacer las necesidades de los pueblos indígenas en las áreas rurales. Este desinterés tiene causas de tipo social, económico y político. Dentro de las causas de tipo social, podemos mencionar la discriminación histórica a la que han sido sometidos los pueblos indígenas, que incluso ha llevado al Estado a considerar a los pueblos indígenas como personas de segunda categoría, sin derecho a recibir servicios básicos como salud y educación en condiciones satisfactorias. El tema económico tiene varias ramificaciones que repercuten directamente en contra de los pueblos indígenas y que se utilizan para seguir manteniendo sometidos a estos pueblos, para que haya mano de obra barata para los grandes empresarios guatemaltecos, para permitir la explotación de recursos naturales de manera irracional a través de megaproyectos de capital extranjero, entre otras. Igualmente en el ámbito político, interesa que los servicios públicos estén concentrados porque permite su utilización para fines partidistas y de

222 Samuel, Sydney. Gestión Territorial. Proyecto Municipios Democráticos, Guatemala, 2008.


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corrupción, para ello también el poder debe estar concentrado en el grupo social que generalmente ha sido el mismo desde la época colonial. Todo lo anterior justifica que entre las principales demandas de los Pueblos Indígenas se encuentra la necesidad de que el Estado reconozca su derecho de libre determinación, que implica decidir sus propias formas de gobierno, perseguir su desarrollo económico, social y cultural y estructurarse libremente, sin injerencias externas. Lo cual intrínsecamente lleva a la necesidad que todo esto se haga en un ámbito espacial determinado.

FORTALECIMIENTO DE LOS ESPACIOS DE PARTICIPACIÓN DE PUEBLOS INDÍGENAS EN LOS CONSEJOS DE DESARROLLO URBANO Y RURAL Y LAS MANCOMUNIDADES, COMO UN CAMINO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN GOBIERNO REGIONAL AUTÓNOMO GENERALIDADES La gran diversidad geográfica y cultural de Guatemala, necesita de una organización política administrativa que refleje dicha diversidad. Aquí es cuando surge la pregunta ¿será posible el establecimiento de una región con su propio ordenamiento territorial cuya implementación permita interpretar y poder ejercer los derechos colectivos y poder vivir en un Estado verdaderamente plural de acuerdo con la diversidad cultural?

Se ha discutido, principalmente, desde las demandas sociales la necesidad de que haya gobiernos regionales que reflejen más fielmente la necesidad del respeto de la cultura, idioma, organización de los pueblos indígenas, lo que podría lograrse con la creación de regiones autónomas, la creación de una república federal, o el fortalecimiento de un Estado descentralizado en cuanto al poder político. Sin embargo, estas ideas causan en quienes han detentado el poder ciertas molestias y rápidamente surgen voces que señalan que con estas propuestas lo que se quiere es dividir al Estado de Guatemala a través de crear un Estado Indígena, cuando todos somos guatemalteco, afirman estas personas. De esta cuenta -por el momento y para que pueda ser viable- es importante utilizar el marco legal existente para lograr la creación de un gobierno regional que luego podría repercutir en una propuesta de reforma Constitucional.

MARCO JURÍDICO La Constitución Política de la República de Guatemala En el Capítulo II, Régimen Administrativo, de la Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 224, encontramos que se establece que el territorio de la República, se divide para su administración en departamentos y éstos en municipios. Como es sabido, actualmente existen 22 departamentos y 333 municipios.

Si bien es cierto que entre estos 22 departamentos es fácil determinar en donde se ubican mayoritariamente los pueblos indígenas; también es cierto que cada uno de estos departamentos no se identifica específicamente con una


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comunidad lingüística o un pueblo indígena determinado; contrario a lo que sucede en las históricas comunidades autónomas de España, por ejemplo. Esto empieza a generarnos dificultades al momento de querer consolidar un gobierno regional con un propio ordenamiento territorial, ya que no hay claridad sobre qué aspectos comunes se deben tomar en cuenta para la creación de dicho espacio regional: ¿se deberá tomar en cuenta la ubicación geográfica de las comunidades indígenas independientemente de su comunidad lingüística; debe ser el idioma un factor determinante para crear una región autónoma; o un interés común como la defensa de los recursos naturales será lo que permita la creación de esta región autónoma? Esta situación se agrava si observamos que desde las instituciones del Estado se ha intentado hacer un ordenamiento territorial sin tomar en cuenta la diversidad de la sociedad guatemalteca, es decir, sin tomar en cuenta aspectos sociales y culturales; tal como lo podemos evidenciar con la Ley Preliminar de Regionalización.

Ley Preliminar de Regionalización, Decreto 70-86 del Congreso de la República De acuerdo a los considerandos, esta ley, que data del año 1986, se creó para impulsar el desarrollo urbano y rural del país, a fin de lograr el bienestar de la población; asimismo promover y garantizar la participación de la población en la identificación de problemas y soluciones, y en la ejecución de programas y proyectos de desarrollo. Su objeto principal es la descentralización de la administración pública para lograr que las acciones de gobierno se lleven a cabo conforme a las necesidades de la población. Sin embargo, estas regiones oficiales son únicamente demarcaciones espaciales efectuadas por el Estado con fines de organización territorial, buscando

fundamentalmente la eficiencia de la inversión pública y la presencia de instituciones públicas, no para operativizar y respetar la autodeterminación de los pueblos indígenas, porque de acuerdo a dicha ley la división que se propone se realiza para incentivar regiones de desarrollo, de ahí que la división como podemos observar no toma en cuenta aspectos culturales:

1

Región Metropolitana: integrada por el departamento de Guatemala.

2

Región Norte: integrada por los departamento de Alta y Baja Verapaz.

3

Región Nororiente: integrada por los departamentos de Izabal, Chiquimula, Zacapa y el Progreso.

4

Región Suroriente: integrada por los departamentos de Jutiapa, Jalapa y Santa Rosa.

5

Región Central: integrada por los departamentos de Chimaltenango, Sacatepéquez y Escuintla.

6

Región Suroccidente: integrada por los departamentos de San Marcos, Quetzaltenango, Totonicapán, Sololá, Retalhuleu y Suchitepéquez.

7

Región Noroccidente: integrada por los departamentos de Huehuetenango y Quiché.

8

Región Petén: integrada por el departamento de Petén.

Esta forma de regionalización del territorio nacional no ha funcionado, quizá porque realmente no hay puntos de interés entre los departamentos que conforman estas regiones oficiales porque no se tomaron en cuenta por ejemplo, relaciones culturales e idiomáticas entre estos departamentos. De ahí que en el año 2005 la Comisión Paritaria de Reforma y Participación conjuntamente con la Secretaría de Planificación Estratégica contemplaron una nueva distribución geográfica por regiones de la siguiente manera223: 223 Secretaria General de Planificación. Modelo de Regionalización, Guatemala, 2005.


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REGIÓN

DEPARTAMENTOS

ÀREAS LINGUÍSTICAS

Guatemala, Sacatepéquez y Chimaltenango

Poqoman, Kiche, Kaqchikel, y Español

II Norte

Alta Verapaz Verapaz

Queqchi, Poqomchi, Kaqchikel, y Español

III Vertiente del Atlántico

Izabal

Queqchi, Garífuna y Español

IV Oriental

Jutiapa, Jalapa, El Progreso, Chiquimula y Zacapa

Xinca, Poqomam, Español

V Vertiente del Pacífico

Retalhuleu, Suchitepéquez, Escuintla y Santa Rosa

Kiche, Mam, Tzutujil, Kaqchikel, Poqomam, Xinca y Español

VI NorOccidental

Sololá, Totonicapán, Quetzaltenango, San Marcos, Huehuetenango y Quiché

Kiché, Uspanteko, Queqchi, Poqomchi, Sakapulteco, Ixil, Mam, Awakateco, Chalchiteko, Akateko, Chuj, Popti, Qanjobal, Tektiteko, Sipakapense, Kaqchikel, Tzutujil y Español

I Central

VII Petén

El Petén

y

Baja

Achi,

Chortí,

y

Mopán, Itzá, Queqchi y Español

Es necesario recalcar que la norma constitucional mencionada anteriormente también contempla la posibilidad de que cuando convenga a los intereses de la Nación, el Congreso podrá modificar la división administrativa del país, estableciendo un régimen de regiones, departamentos y municipios, o cualquier otro sistema, sin menoscabo de la autonomía municipal. Esta norma también es desarrollada por la Ley Preliminar de Regionalización, que indica que a propuesta de los Consejos de Regionales y del Consejo Nacional de Desarrollo Urbano y Rural, se podrá proponer al Congreso de la República la modificación de la integración y número de regiones cuando así convenga a los intereses de la Nación. Con este marco legal, podríamos encontrar una ruta a seguir con el objeto de ir fortaleciendo la participación de los pueblos indígenas para lograr tener una modificación en la división administrativa y política del Estado de Guatemala, con la salvedad de que es un camino que no permite la desaparición de los municipios y los departamentos como hasta ahora están concebidos porque así lo establece la Constitución Política de la República, en el segundo párrafo del Artículo 224 mencionado anteriormente, al indicar que “La administración será descentralizada y se establecerán regiones de desarrollo con criterios económicos, sociales y culturales que podrán estar constituidos por uno o más departamentos para dar un impulso racionalizado al desarrollo integral del país”.

Esta nueva distribución está elaborada en el sentido de incentivar programas de desarrollo del gobierno con el fin de descentralizar los servicios públicos, y no constituyen en sí formas para propiciar el respeto de los Derechos de los Pueblos Indígenas, principalmente el derecho a la auto determinación fundamental para crear un espacio real de respeto a las formas de organización propias de los Pueblos Indígenas.

Hay que hacer énfasis en que la forma en la que se ha concebido la división territorial del país es simplemente administrativa, no toma en cuenta como se mencionó anteriormente, aspectos de identidad cultural de las comunidades que habitan en este país, ni muchos menos la posibilidad de que sean los propios pueblos indígenas quienes decidan qué gobierno quieren, qué tipo de desarrollo


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económico y social necesitan para la satisfacción de sus necesidades y consecución de sus aspiraciones como pueblos.

PROPUESTA DE CONSOLIDACIÓN DE UN GOBIERNO REGIONAL PARA LA PROMOCIÓN Y RESPETO DE LOS DERECHOS INDIVIDUALES Y COLECTIVOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS De acuerdo a lo anterior, sí sería necesario que se adoptara una nueva Constitución Política de la República o por lo menos una reforma de la misma, en el sentido de permitir la modificación o incluso la eliminación de las figuras de departamentos y municipios con las demarcaciones territoriales que actualmente tienen. Mientras que esta adopción de una nueva Constitución o su modificación no sea definida y ejecutada, se podría utilizar el marco jurídico actual que abre una pequeña posibilidad de participación directa de los pueblos indígenas y para ello quiero hacer referencia a la experiencia de los municipios del occidente del país. Como lo mencionaba anteriormente, aún no hay claridad de las bases sobre las cuáles se puede partir para hablar de una región autónoma con la facultad de gobernar, impartir justicia, impulsar proyectos de desarrollo, etc. Sin embargo, en la actualidad, existe una fuerte demanda por la instalación de megaproyectos principalmente en comunidades indígenas. De ahí que los pueblos indígenas del occidente del país han encontrado un punto de coincidencia para trabajar de manera coordinada por la defensa de los recursos naturales de la tierra y territorios que les pertenecen. Para ello, principalmente en Huehuetenango, se ha impulsado la realización de consultas comunitarias de Buena Fe, que ha tenido el apoyo de los Consejos

Comunitarios de Desarrollo, autoridades que se han convertido en un referente fuerte para las comunidades. De ahí ha surgido el Consejo de los Pueblos de Occidente integrados por los departamentos de Quiché, Totonicapán, Quetzaltenago, Huehuetenango y San Marcos. En este espacio participan miembros de los Consejos Comunitarios de Desarrollo y otras personas pertenecientes a organizaciones sociales que han logrado influir en las actividades de las autoridades locales electas mediante sufragio universal. Es decir, que uno de los caminos que se podría seguir para lograr consolidar un gobierno regional autónomo, es ubicar en primer lugar un interés común entre las distintas comunidades indígenas de un espacio geográfico determinado. Posteriormente, la creación de un espacio que de manera directa conozca las necesidades de cada comunidad. Siendo que este espacio es fuerte en coordinación e incidencia puede influir en la conformación de los Consejos Regionales, por medio de los cuales se puede hacer la propuesta de modificación de la división territorial del país, creando así las regiones que tienen un interés común. De acuerdo a la forma en que estos espacios regionales funcionen, se podrá solicitar con más respaldo una reforma Constitucional para que esas regiones sean declaradas autónomas y tengan la facultad de decir lo relativo a la forma en que debe ser impartida la educación y en general la prestación de servicios. Por otro lado, la figura de las mancomunidades, es otra vía importante que permite abrir espacios de coordinación y fortalecimiento entre municipios que tienen intereses similares en cuanto cultura, idioma y protección de recursos naturales; lo que en algún momento determinado también podría permitir la modificación de la división territorial del Estado.


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CONCLUSIONES Es importante partir de las experiencias que han surgido de las propias comunidades, fortalecer esas experiencias, y no impulsar leyes como por ejemplo la Ley General de Pueblos Indígenas que pretende desarrollar los principios constitucionales e internacionales relacionados con Pueblos Indígenas, pero que no contempla un mecanismo claro de aplicación e implementación de los Derechos que en dicha propuesta de ley se enumeran. Con el marco jurídico actual, se puede ir trabajando en la consolidación de un espacio regional que analice primero los puntos en común que tienen las distintas comunidades indígenas, para que de la práctica se demande el reconocimiento de una forma de organización territorial diferente a la que actualmente tenemos. Con estas experiencias, impulsar una reforma constitucional que modifique la división territorial del país en razón de aspectos culturales, idiomáticos y protección de recursos naturales, lo que conlleva incluso el desaparecimiento de las instituciones departamentales tal y como actualmente las conocemos.

LUCÍA XILOJ Lucía Inés Xiloj Cuin, maya kiche, Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogada y Notaria, pénsum cerrado de Maestría de Derecho Constitucional en el 2009, ambas por la Universidad de San Carlos de Guatemala. Abogada litigante en Derecho Penal, Civil y Administrativo. Actualmente abogada en el área de Derechos Humanos de la Fundación Rigoberta Menchú Tum. Consultora en investigaciones relacionadas con Derechos de los Pueblos Indígenas, específicamente en Derecho a la Consulta, aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y el Convenio 169 de la OIT.


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Renata Ávila

UN CAMBIO ESTRUCTURAL PARCIAL PERO POSIBLE, SIN CAMBIAR LA CONSTITUCIÓN ÍNDICE

Resumen Introducción Repaso de las memorias de la asamblea nacional constituyente de 1985 desde distintas ópticas de la comisión de redacción Un cambio estructural parcial pero posible, sin cambiar la constitución Algunos caminos hacia un Estado Plural Estructura propuesta y pasos a seguir Conclusión Bibliografía


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Renata Ávila

RESUMEN Esta propuesta toma como punto de partida las discusiones de la constituyente que redactó la norma máxima del ordenamiento jurídico guatemalteco entre los años 1984 y 1985 y hace un breve acercamiento a las discusiones de los constituyentes respecto de la estructura de Estado que debería adoptar Guatemala. Detalla además las posibilidades de autogestión y ejercicio del poder que tiene una comunidad organizada, dentro del ordenamiento jurídico vigente y sin tener que reformar la constitución. Una vez descritas las posibilidades que a una comunidad le permite la constitución y la legislación guatemalteca, se describirán brevemente distintos procesos de reestructuración del Estado hacia una pluralidad de sujetos colectivos llevados a cabo en Nicaragua, México, Bolivia y Costa Rica. La última parte es una invitación al diálogo, proponiendo las vías posibles hacia la construcción de un Estado plural en Guatemala, haciendo énfasis en la importancia del ejercicio de una ciudadanía activa desde las instituciones que existen hoy. Es un llamado urgido a ocupar los espacios dados para activar los cambios desde lo básico, desde lo interno de las comunidades e intervenir desde dentro las estructuras del Estado.

INTRODUCCIÓN La crisis de gobernabilidad que ha aquejado durante la última década a una porción importante del territorio nacional plantea la necesidad de analizar cuán efectivamente se ha aplicado el marco legal que existe para facilitar todos los espacios de diálogo y participación social que permitiría ejercer un poder local real. En Guatemala la capacidad de consumo más alto es veintidós veces más alta que la capacidad de consumo más baja. Esas profundas desigualdades, al analizar la distribución geográfica, hace notoria la centralización no solo de los entes gubernamentales, sino del ingreso, del consumo, de la inversión pública y de los

problemas sociales urgentes de la población. El presente documento analiza, en primer lugar, cuál es ese marco legal y sus principales características. En el período comprendido desde la Reforma Liberal hasta 1985 se descompuso la forma de organización comunitaria colonial, las cofradías, cajas de la comunidad y hasta la forma de vida habitual de la mayoría de la población cambiaron radicalmente al enfrentarse con las demandas de la industrialización y la agro exportación. Además de la concentración geográfica del bienestar resultado de los nuevos procesos de generación de riqueza, también se centralizó el desarrollo de la infraestructura social. Las principales instituciones educativas, culturales y de gobierno se situaron en los principales centros urbanos. Junto con esto el proceso de decisiones y el Estado mismo se centralizó en la Ciudad de Guatemala.

REPASO DE LAS MEMORIAS DE LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE DE 1985 DESDE DISTINTAS ÓPTICAS DE LA COMISIÓN DE REDACCIÓN Para la aprobación de la actual Constitución Política de la República de Guatemala, se contó con el trabajo de una comisión redactora integrada por treinta diputados de la Asamblea Nacional Constituyente, quienes someterían un proyecto discutido y preaprobado del articulado constitucional a la Asamblea Nacional, para su aprobación. Al haber leído el intercambio entre los miembros de las comunidades, casi un cuarto de siglo después de la promulgación de nuestro ordenamiento jurídico máximo, resulta interesante detenerse en esos aspectos comunes que preocupan a las comunidades hoy, para las cuales los constituyentes trataron de plasmar en el texto constitucional los mecanismos que ellos consideraban adecuados para resolver problemas que persisten a la fecha y que fueron discutidos por los redactores de la constitución. Sobre el centralismo el representante Amando Vides Tovar recordaba durante la discusión sobre la organización administrativa del Estado, que ya desde 1871,


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con la creación del Estado Liberal y la consolidación de la economía agro exportadora, se provoca la centralización de las funciones administrativas, políticas, sociales y económicas en la Ciudad de Guatemala, y que entonces la desconcentración de recursos llevaría un cambio en la estructura agraria, lo cual difícilmente se realizaría sin producir una perturbación en el ya frágil equilibrio de 1985. También recordaba que la asignación de funciones que en 1944 se les otorgó a las municipalidades, a través de la autonomía municipal, no llegó a concretarse ya que el Estado le otorgó poca participación a éstas como generadoras del desarrollo en su propio mecanismo de decisión, además añadía que se concentraba en la Ciudad de Guatemala la dotación de los mejores servicios, revirtiendo algunos de los pocos beneficios a ciudades del interior y por lo general, por razones de índole política y no de interés nacional. Cabe señalar que durante esta discusión no se tocó el tema de la pluralidad de los sujetos que componían una región, más bien se redujo el tema a aspectos técnico-legales enfocados a la descentralización administrativa y económica. No obstante lo anterior, entre los representantes del área rural, surgió la posibilidad de gestionar recursos y ejercer ciertas funciones desde lo rural ya que era fundamental para un cambio real en sus localidades. Así lo expresaba el Representante Téllez al decir “Habría que pensar en una regulación administrativa funcional, que propicie el desarrollo de los pueblos abandonados de la República. Es conveniente la regionalización y la descentralización administrativa. Los diputados provincianos la propiciamos”. La regionalización fue también apoyada por quien llegara a ocupar la Presidencia de la República años después, el representante Ramiro De León Carpio: “Si algo necesita Guatemala, si no a nivel de programa de gobierno, como un distinguido Diputado lo mencionara, a nivel de norma Constitucional, es la descentralización del país, desde el punto de vista administrativo, político y financiero”. Aún con la importancia que le fue dada en el texto constitucional al poder local y a la descentralización, no hubo acuerdo ni uniformidad en el contenido que cada representante de la Comisión de los Treinta le daba a cada concepto incluido en el texto constitucional. Para el diputado Scheel la regionalización era ”...una estrategia de planificación para agrupar espacios

territoriales que presentan características homogéneas de clima, vocación en el uso del suelo, recursos, cultura, etcétera. Esto permite optimizar la aplicación de planes naturales de desarrollo urbano y regional”. Es decir, la cultura como elemento de cohesión social era nada más un aspecto dentro de una estrategia de planificación más bien enfocada a lo económico y administrativo. Esa idea era compartida por la representante Soberanis, que señalaba: “La idea, por eso, no es crear una esfera de autonomía; la idea no es darle una regionalización de tipo político, sino una regionalización de tipo administrativo”, posición que difería de la expresada por el representante De León Carpio, que resaltaba la importancia de lo político. Especial atención merece la definición del constituyente González Quezada, para quien “la región se define por los lazos existentes entre sus habitantes, los cuales proveen comprensión, que es una característica de coherencia y organización”. Es esta definición la más cercana a la discusión facilitada por CANEK. Durante las sesiones de la comisión que redactó la constitución, fueron especialmente los representantes de los departamentos más pobres del país los que consistentemente abogaron por la inclusión de posibilidades a futuro para descentralizar y localizar el poder, para pedir una justa distribución de los recursos, para que el beneficio quede en el territorio donde se genera la riqueza y se defendió la posibilidad de ser actores directos desde lo local, por medio del sistema de consejos de desarrollo, tanto en la ejecución como en la auditoría social de los planes y programas de desarrollo y ordenamiento territorial. Es importante recordar que la discusión de la Constitución se dio en un contexto de lucha contrainsurgente, donde la estabilidad del país era más bien frágil y donde los espacios a los diversos pueblos que forman el Estado Guatemalteco aún era un escaño por subir.


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UN CAMBIO ESTRUCTURAL PARCIAL PERO POSIBLE, SIN CAMBIAR LA CONSTITUCIÓN Las posibilidades que la Constitución Política de la República de Guatemala le otorga a una comunidad organizada no han sido exploradas ni materializadas. Además, leyes específicas aprobadas después de los Acuerdos de Paz brindan la posibilidad, dentro del marco constitucional, de nuevas formas de administrar y ordenar los territorios, instituciones propias y diferenciadas en cada región o división administrativa. Hay flexibilidad constitucional para proponer formas novedosas de administración de los recursos que se encuentran en cada territorio, y para reconfigurar la división administrativa del Estado mismo, su sistema educativo, económico y financiero. Un cambio estructural del Estado centralista y monocultural no solo es posible, sino que es congruente con los deberes del Estado y con los fines últimos para los cuales el Estado fue creado. Entre los deberes del Estado que enuncia la Constitución está el deber de garantizar el desarrollo integral de la persona224. El Régimen económico y social de Guatemala225 obliga al Estado a orientar la economía nacional para lograr la utilización de los recursos naturales y el potencial humano, para incrementar la riqueza y tratar de lograr el pleno empleo y la equitativa distribución del ingreso nacional. A este enunciado debe dársele la importancia que merece ya que sería entonces en contra del régimen económico y social que manda el ordenamiento constitucional aquel diseño social que tienda a lograr una distribución desigual del ingreso nacional y que no desarrolle el potencial social del país. Las obligaciones fundamentales del Estado de Guatemala que deben resaltarse para efectos de este análisis y para someter a escrutinio las leyes que se analizarán con posterioridad, son las contenidas en el artículo 119 Constitucional, especialmente el inciso b) que obliga al Estado a promover en forma sistemática la descentralización económica administrativa, para lograr un adecuado desarrollo regional del país, la c) que obliga adoptar las 224 Artículo 2. Deberes del Estado. Constitución Política de la República de Guatemala (y su interpretación por la Corte de Constitucionalidad). Corte de Constitucionalidad (2002) 225 Artículo 118. Ibid.

medidas que sean necesarias para la conservación, desarrollo y aprovechamiento de los recursos naturales en forma eficiente así como el i) impedir el funcionamiento de prácticas excesivas que conduzcan a la concentración de bienes y medios de producción en detrimento de la colectividad. Es decir, la Constitución se orienta hacia la equidad en distribución de los ingresos, al desarrollo regional, a la desconcentración de bienes y medios de producción y a una sistemática descentralización. Paralelo a ello resalta la importancia de la conservación y uso eficiente de los recursos naturales, que como muchas buenas prácticas lo prueban, solo puede concretarse si se gestiona por la comunidad donde se encuentran éstos. La autonomía y la descentralización están reguladas en la Constitución. La autonomía puede ser concedida en aquellos casos en que ésta se considere indispensable para la mayor eficiencia y mejor cumplimiento de ciertos fines, requiriendo para la aprobación una mayoría calificada del Congreso y debiendo, luego de ser concedida a cierta entidad, mantener estrecha coordinación con el órgano de planificación del Estado, remitir información al Organismo Ejecutivo y Legislativo así como ser fiscalizable y documentar adecuadamente su gestión. Cualquier órgano de la Administración Pública, de acuerdo al ordenamiento constitucional guatemalteco, se puede crear, modificar o extinguir por medio de una ley así como se pueden trasladar las competencias que se soliciten por una comunidad o por un órgano desde el gobierno central, si así se desarrolla esta competencia de una forma más eficiente, para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. Sobre la estructura y organización del Estado para la división administrativa del mismo, en el artículo 224 la Constitución indica que la administración del Estado será descentralizada, estableciéndose regiones de desarrollo con criterios económicos, sociales y culturales, que podrán estar constituidos por uno o más departamentos, es decir, es facultativa la conformación de regiones siguiendo el criterio de la división administrativa del Estado vigente. Es más, la Constitución establece dentro del mismo artículo que si conviene a los intereses nacionales se puede modificar cualquier sistema, siempre que no se menoscabe la autonomía municipal. La autonomía municipal que se debe respetar es la que tiene cada


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municipio de elegir sus autoridades, obtener y disponer de sus recursos, los servicios públicos locales (que puede delegar), y el ordenamiento territorial de su jurisdicción (que debe ser formulado por el Consejo Nacional de Desarrollo Urbano y Rural). Sin embargo, existen una serie de competencias y funciones que actualmente ejerce el gobierno central que podrían trasladarse a órganos regionales con autonomía para ejercicio de dichas funciones. La división administrativa del Estado tal cual se encuentra hoy regulada es solo una de las muchas posibilidades que la Constitución permite, siempre que no menoscabe la autonomía del Municipio. Una acotación importante es la siguiente: aunque se protege la autonomía del municipio, no se establece como la única forma de administración desde lo local. No hay provisión alguna en la Constitución Política de la República de Guatemala que impida una forma paralela de organización de los territorios. Sería interesante explorar la posibilidad de constituir a territorios que pertenezcan a determinada comunidad como entidades autónomas, actuando por delegación del Estado y estableciéndose en los mismos regímenes especiales de administración, que ya existen en otros cuerpos legales para temas específicos, pero es importante señalar que existe ya cierta identificación de los sujetos por su pertenencia municipal, especialmente en el área rural, más que la identificación que pudiera existir a nivel departamental o regional, por lo que sería complicado crear una estructura que se asemeje. Considero pues que para un exitoso rediseño del Estado Guatemalteco es el municipio la pieza de rompecabezas, el elemento indivisible del cual se puede partir y con el cual se podría empezar para armar nuevas estructuras tanto por su autonomía como por las posibilidades que ofrece desde la realidad nacional. La potestad legislativa es exclusiva del Congreso de la República de Guatemala, tal como está contemplado por el artículo 157 constitucional. Para modificar el poder legislativo y desconcentrarlo en órganos regionales sí sería necesaria una reforma constitucional y sería un paso necesario previo para poder modificar el sistema tributario y la asignación de los recursos a las distintas localidades.

A continuación se describe brevemente el desarrollo legislativo posterior a la promulgación de la Constitución Política de la República de Guatemala y se describen las posibilidades que abre cada una de estas normativas a una comunidad organizada.

a) Decreto 70-86 “Ley Preliminar de Regionalización”, la posibilidad de una nueva división regional. El objetivo de este cuerpo normativo es el de descentralizar la administración pública y lograr que las acciones del gobierno se lleven a cabo conforme las necesidades de la población. Es importante resaltar la definición de Región que da dicha ley, describiéndola como “la delimitación territorial de uno o más departamentos que reúnan similares condiciones geográficas, económicas y sociales, con el objeto de efectuar acciones de gobierno en las que junto o subsidiariamente con la administración pública participen sectores organizados de la población”. Faculta en su artículo 4 a los Consejos Regionales para proponer vía el CONADUR al Congreso de la República de Guatemala la modificación de la integración y número de regiones. Dicha Ley es un instrumento para que se pueda modificar la división regional del Estado y se potencie el objeto de la Región, que es efectuar acciones de gobierno con la participación de la población.

b) Decreto 12-91 Ley de Educación Nacional y Acuerdo Gubernativo 13-77 “Reglamento a la Ley de Educación”, la posibilidad de llevar la voz de los pueblos a la mesa de decisión de las políticas públicas de educación. De acuerdo al artículo 12 de la Ley Nacional de Educación, el Consejo Nacional de Educación es un órgano multisectorial educativo encargado de conocer, analizar y aprobar conjuntamente con el Despacho Ministerial, las principales políticas, estrategias y acciones de la administración educativa, tendientes a mantener y mejorar los avances que en materia de educación se hubiesen


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logrado. Dentro de dicho Consejo hay representantes de todos los pueblos que forman el país, por lo que sería importante desde lo comunitario canalizar las aspiraciones comunitarias en materia educativa. Por ejemplo, una estrategia nacional para mejorar los avances educativos puede plantearse como una gestión autónoma o rediseño de los contenidos educativos y los métodos aplicados por los educadores en determinada comunidad o región. Este Consejo, a pesar de tener la obligación de reunirse una vez al mes, y de estar integrado por los diversos representantes de los pueblos que componen el Estado, no ha logrado aprovechar el espacio y el mandato legal del cual es titular.

c) Decreto No. 14- 2002 “Ley General de Descentralización” y Acuerdo Gubernativo 312-2002 “Reglamento de la Ley General de Descentralización” como el vehículo para trasladar competencias Es el instrumento legal que permite trasladar las competencias administrativas, económicas, políticas y sociales del Organismo Ejecutivo a otras instituciones, incluyendo las comunidades organizadas, siempre y cuando se participe desde la Municipalidad que corresponda. Se puede transferir hacia las comunidades el poder de decisión, la titularidad de competencia, las funciones, los recursos de financiamiento y hasta el ejercicio del control social sobre la gestión gubernamental y el uso de los recursos del Estado. Es una ley de orden público y aplicación general, por lo que prevalecería sobre otros ordenamientos. Los principios que deberían orientar el proceso incluyen la solidaridad social, la eficiencia, el respeto a las distintas culturas e idiomas, el diálogo, la equidad, el desarrollo humano integral, la erradicación de la exclusión social, la conservación del equilibrio ambiental y la participación ciudadana. Además, la ley otorga a las comunidades organizadas facultades de fiscalización y auditoría social de los programas de descentralización que se lleven a cabo en sus localidades. De conformidad con la Ley, una comunidad podría solicitar a la Contraloría General de Cuentas la práctica de una auditoría a los ejecutores. Para el traslado de una competencia hacia una comunidad organizada basta con un Acuerdo Gubernativo del Organismo Ejecutivo, siempre que éste sea solicitado por los destinatarios.

Estas leyes junto al cuerpo legal fundamental para la conformación y participación de los sujetos colectivos, el Decreto 11-2002 “Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural” abren una gama de posibilidades para organizarse y participar de forma activa en la ejecución y fiscalización del desarrollo integral del país. Este grupo de leyes no solo permite diseñar estrategias desde lo local para aliviar las necesidades inmediatas, sino también participar en lo político. Estos espacios deben ser aprovechados para una construcción participativa de las políticas públicas, el sistema nervioso de la estructura del Estado. Estos espacios son necesarios para dirigir a las instituciones para los propósitos que fueron creadas y para contrarrestar la corrupción institucional que ahora orienta al Estado a cumplir fines particulares. Aún si se cambiara la constitución y se aprobara la más perfecta ley de autonomías, sin el elemento previo de la comunidad organizada, entonces seguiría siendo un Estado frágil y disperso, sin capacidad coercitiva ni gobernabilidad. Indica el autor mexicano Díaz Polanco226 que para que funcione un gobierno autónomo es necesario que los colectivos que lo componen sean reconocidos como grupos con identidades propias, puedan elegir su propio gobierno, se demarque su ámbito territorial de actuación, tengan facultades para ejercer poder sobre sus lenguas, usos y costumbres, puedan participar en las instancias locales y nacionales de decisión y puedan decidir sobre sus recursos propios y recibir recursos del gobierno central. Eso necesariamente implica haber llevado una fase previa anterior de reconocimiento y conformación de los colectivos.

226

Héctor Díaz Polanco. “Diez años de autonomía en Nicaragua”. ALAI, América Latina en Movimiento (1997).


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ALGUNOS CAMINOS HACIA UN ESTADO PLURAL Para poder entender las complejidades y distintas vías seguidas durante los últimos años, encaminadas hacia un gobierno de autonomías, es ilustrativo repasar ejemplos cercanos en la región, que por medio de cambios constitucionales, legislación o movimientos sociales, han abierto las puertas a nuevas formas de concebir el Estado. Cada sistema solo es igual a sí mismo y es difícil pensar que un Estado puede copiar fórmulas e implementarlas, pero sí puede aprender de los procesos y experiencias de otros países. El primer ejemplo de proceso autonómico a describir es el de Nicaragua. En Nicaragua fueron creados territorios con un Estatuto autónomo aprobado en 1987. Este proceso fue pedido por la comunidad y facilitado por el gobierno central. Desde hace más de veinte años en cada Región se elige un Consejo y Gobierno Autónomo y los resultados son positivos. Es importante notar que las comunidades miskitas ya ejercían control sobre sus territorios, estaban organizadas y en resistencia en un momento bastante complejo de la historia nicaragüense. A pesar de reformas constitucionales y desarrollos legislativos posteriores, se ha respetado y reforzado dicha autonomía y es la mejor forma para gobernar dichos territorios de la Moskitia227. Otra vía es la insurgente y así surge en 1994 en el Estado Mexicano de Chiapas, el movimiento zapatista, que hasta la fecha busca una reforma fundamental del Estado Federal. El movimiento zapatista ejerce un poder autonómico en 30 "Municipios autónomos" gobernados por 5 "Juntas de Buen Gobierno", pero aún no se han concretado sus demandas originales. En Bolivia el agente que activó los cambios en la estructura del Estado desde la base fue la Ley de Participación Popular (1994) que descentraliza al Estado con la municipalización de todo el territorio nacional. Esta reforma transfirió a la ciudadanía amplias competencias para participar en las decisiones sobre las 227

Marlen Ivette Llanes. “El Proceso de Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica Nicaragüense.” Editorial Envío. Instituto Histórico Centroamericano. 1995.

inversiones locales y para controlar la gestión local. Esta descentralización incluyó una importante transferencia de recursos estatales a favor de los municipios, para que pudieran enfrentar sus nuevas competencias. El proceso boliviano de descentralización por la vía municipal fue especialmente valioso, en la medida en que potenció la participación social, encaminándola hacia el ejercicio ciudadano, y avanzó en la construcción de una institucionalidad democrática. Actualmente se discute un paso más a dar: el de la autonomía y se enfrenta el reto de la unidad nacional228. Por las similitudes entre los países discutidos y por la pluralidad de los territorios que conforman el Estado guatemalteco, considero que el paso adecuado sería de un municipalismo hacia un regionalismo-federalismo, una vez haya sido revitalizada esa participación de cada ciudadano en los colectivos que conforman el Estado, empezando por la participación en la política local.

ESTRUCTURA PROPUESTA Y PASOS A SEGUIR A continuación describiré la serie de pasos a completar para que las demandas recogidas en las memorias proporcionadas por CANEK se materialicen e implementen en forma gradual, que satisfaga las necesidades y demandas concretas desde cada comunidad. Me atrevo a afirmar que cualquier intento autonómico sin la conformación de una base comunitaria organizada está destinado al fracaso, aún cuando se cuente con una nueva constitución. La base comunitaria organizada debe ser el punto de partida, luego vendrá la autonomía. La clave fundamental para responder a la interrogante de qué puede hacer, dentro del andamiaje legal guatemalteco, una comunidad organizada se encuentra en el Decreto 11-2002 “Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural”. Considero que, conforme a lo plasmado las comunidades plurales organizadas como un punto de partida hacia la construcción de un Estado

228 Renata Hoffmann y Martín Pérez “Participación Ciudadana en el Proceso de Descentralización de Bolivia. FLACSO.


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Plural. En esta sección detallaré las posibilidades que tiene una comunidad organizada dentro del ordenamiento jurídico guatemalteco. La figura que mejor encaja en las discusiones facilitadas por CANEK es la del Consejo Comunitario de Desarrollo, que puede ser el vehículo que los lleve a materializar el Estado Plural al que aspiran. Cada Consejo Comunitario de Desarrollo tiene por objeto que los miembros de una comunidad interesados en promover y llevar a cabo políticas participativas, se reúnan para identificar y priorizar los proyectos, planes y programas que beneficien a su comunidad. Al integrarse determinada comunidad y cada vez que haya que decidir algo, se realiza una Asamblea Comunitaria, la cual es el órgano de mayor jerarquía del Consejo, compuesta por todos los integrantes. Las decisiones en el Consejo deben tomarse por consenso y solo excepcionalmente, por mayoría de votos. Esto quiere decir, de acuerdo a la definición del Diccionario de la Real Academia Española, que debe haber acuerdo entre todos los miembros de la comunidad. Las políticas para un Estado Plural que se proponen pueden ser puestas en práctica a través del Sistema de Consejos de Desarrollo, ya que desde la Asamblea Comunitaria pueden:

Decidir quiénes coordinarán a su comunidad organizada y por cuánto tiempo. Esto lo pueden hacer de acuerdo a sus propios principios, valores, normas y procedimientos de cada comunidad. No tiene que ser de acuerdo a una forma estandarizada. Desde un Consejo Comunitario se puede promover, facilitar y apoyar la participación efectiva de sus miembros para establecer qué es lo más importante para ellos como necesidades comunitarias, qué problemas enfrentan como comunidad y cuáles son las soluciones que proponen para lograr un desarrollo integral. También son la herramienta para coordinar entre las autoridades comunitarias, las organizaciones que ya existan en la comunidad y las instituciones públicas y privadas. Son el mecanismo idóneo para

comunicarse desde la comunidad hacia éstas como un sujeto colectivo representado y no desde lo individual.

A través de la organización de un consejo comunitario es posible promover políticas, programas y proyectos diseñadas por la propia comunidad y dirigidos hacia grupos priorizados de la misma, como son niños, adolescentes, jóvenes y mujeres.

El Consejo Comunitario tiene la posibilidad de:

Proponer Políticas Públicas, Planes, programas y proyectos diseñados desde la Asamblea Comunitaria hacia el Consejo Municipal de Desarrollo, para que éste lo incorpore en las políticas del municipio.

Dar seguimiento a la ejecución de las políticas, programas y proyectos de desarrollo comunitario y hasta proponer medidas correctivas al Consejo Municipal de Desarrollo o a la entidad que los ejecute. Ésta función es muy importante en términos de auditoría social cooperativa.

Evaluar la ejecución, eficacia e impacto de los proyectos de desarrollo.

Tienen la potestad de promover la obtención de financiamiento para programas y proyectos de desarrollo a la comunidad. Pueden además aportar insumos a la política fiscal a seguirse por el gobierno central.

Tienen una labor de denuncia importante: pueden reportar sobre el desempeño de los funcionarios públicos con responsabilidad sectorial en la comunidad.

Aunque la misma ley delimita la posibilidad de crear COCODES por los residentes de una misma comunidad, el Reglamento de la Ley limita la posibilidad de integración de los COCODES a solamente aquellos residentes dentro de una misma aldea. Sin embargo, la modificación de dicho reglamento depende enteramente del Organismo Ejecutivo y es mucho más fácil modificarlo y adaptarlo a las necesidades específicas de cierta comunidad.


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Considero que dentro del Sistema de Consejos de Desarrollo, la comunidad, a través de su participación activo, y respaldada por los otros cuerpos normativos ya detallados, puede materializar y dotar de contenido y acción a estas políticas:

1

Desarrollo de un espacio de decisión política comunitaria y regional que permita el desarrollo de las instituciones políticas propias tanto locales como regionales, y la construcción desde la comunidad y la región de instituciones estatales.

2

Desarrollo de un órgano regional con facultades para administrar y gobernar el municipio y la región (con las limitantes ya descritas supra en el tema legislativo).

3

Creación de un órgano regional con facultades de regulación económica que permita desarrollar propuestas de reforma agraria para la consolidación de una mejor equidad económica y de posesión del territorio apto para el cultivo, así como de implementación de políticas públicas para el desarrollo de la soberanía alimentaria.

4

Consolidación de una propuesta de región autónoma con su propio ordenamiento territorial cuya implementación permita interpretar y poder ejercer los derechos colectivos y poder vivir en un Estado verdaderamente plural de acuerdo con a la diversidad cultural.

El objetivo de participación representativa, espíritu de los derechos colectivos y las formas originarias de interpretar el mundo, puede darse dentro del Consejo Comunitario. Permite adaptarlo a las prácticas originarias pero además hacer que éstas se adapten para incluir a otros miembros de la comunidad, y esto a su vez abre la puerta para plantearse objetivos comunes y ejecutar acciones de manera conjunta, más allá de los propósitos individuales de cada persona o grupo. También permite crear alianzas con organizaciones que apoyen el proceso. El Consejo Comunitario no debería ser paralelo a los Consejos tradicionales, sino una forma de fortalecer el sistema de Consejos y las formas originarias de organización existentes en las comunidades. Desde los Consejos

Comunitarios y hacia los Consejos Municipales, Departamentales y Regionales de Desarrollo existen las vías para generar círculos de diálogo con instituciones gubernamentales y no gubernamentales, para diseñar las políticas públicas que la comunidad quiere. Pero para ello se necesita la participación y el compromiso de cada miembro que compone la comunidad. El Sistema de Consejos de Desarrollo debe ser estudiado con detenimiento y explorado en la práctica por las comunidades, independientemente de que ya existan estas instancias en sus comunidades, ya que en su correcta aplicación debería facilitar los aspectos culturales y políticos que la comunidad busca para configurar un Estado Plural, la construcción de un perfil de representantes de acuerdo con la cosmovisión de cada pueblo, la promoción y facilitación de la organización y participación comunitaria, y la auditoria social a las entidades encargadas de garantizar los derechos colectivos así como los distintos y particulares mecanismos de participación en la toma de decisiones y el fortalecimiento de las autoridades legítimas de la comunidad. Reitero que las decisiones por consenso que promueve el Sistema de Consejos de Desarrollo son de suma utilidad ya que permiten la apertura al diálogo, discusión y participación de todos los miembros de la Asamblea Comunitaria. Propicia escuchar al otro, debatir, cambiar el rumbo de la mayoría hacia un camino para todos. Esto solo se puede lograr asumiendo el compromiso personal del ejercicio de una ciudadanía activa e informada.

CONCLUSIÓN El fin que buscan alcanzar las comunidades reunidas es el de “Construir un Estado compuesto, es decir que rompa con el actual monopolio del poder legislativo concentrado en un solo órgano, con el fin de consolidar un modelo matricial del poder, es decir la construcción de tantos puntos de poder como sujetos colectivos se consoliden, que permita la horizontalidad y el desarrollo de la ciudadanía diferenciada”


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La participación social está ligada por definición a la descentralización y viceversa. Es un aspecto que fue discutido extensivamente por los redactores de la Constitución del año 1985. Es innegable que el continuar un sistema centralista donde las desigualdades sociales son a su vez desigualdades de ciudadanía que impiden el ejercicio de los derechos colectivos no es la vía correcta. Es un tema en torno al cual existe consenso académico y político pero que, contradictoriamente no avanza hacia una nueva dirección. Mientras la problemática nacional avanza, el Estado se hace más ineficiente y débil. Sin una ciudadanía activa y ejercida en forma colectiva y desde lo local, la población es altamente susceptible de ser convencida por proyectos clientelistas y paternalistas, atomizados y sin relación. Esto no solo reduce la capacidad de auditoria social sino además neutraliza la posibilidad de actuar como colectivo para la participación en la solución de sus problemas. La percepción de inequidad y el no tomar parte en las decisiones que importan a la comunidad incrementa la desconfianza al interior de los grupos sociales reduciendo la formación de capital social y la operación en redes, esencial para las nuevas formas de desarrollo territorial. Aunque en este documento sugiero que es necesario que previamente o paralelamente al planteamiento de una refundación del Estado (una nueva constitución) o de una Reforma a la actual, se desarrolle, fortralezca y aprovechen los espacios y las facultades que la actual Constitución otorga a las comunidades organizadas, también creo que es un paso modesto. No basta para la construcción de un Estado Plural pero es el punto de partida. Guatemala, para avanzar hacia otra etapa, necesita reformar su sistema de partidos políticos. Por la historia y las condiciones sociales actuales, únicamente una organización política que se base en las alianzas de estas comunidades organizadas puede tener el apoyo de base y la claridad para lograr metas comunes y el necesario acomodo de las élites locales que tendrían que aprender a compartir el ejercicio del poder, ya no centralizado en un territorio y en un sistema plural. Compartir el poder y descentralizar su ejercicio son las vías que quedan para liberar a las instituciones estatales de la corrupción institucional

que las aqueja, del tráfico de influencias que ha distorsionado y deslegitimado ante los ojos de la ciudadanía lo público, y la credibilidad que lo público tiene ante la comunidad y que va más allá de meros favores o sobornos. Para poder lograrlo es necesario primero participar para luego neutralizar las economías de influencia, la corrupción institucional que corroe todas las instituciones, desde las locales hasta las nacionales y regionales. Eso solo lo logra una ciudadanía activa e incluyente, que espacios como CANEK busca facilitar y construir.

RENATA ÁVILA Es Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales, cuenta con una Maestría en Propiedad Intelectual (Universidad de Turín), asistió a la Academia de Derecho Internacional en La Haya, Holanda. Fue pasante en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, trabajó como investigadora y litigante en casos de acceso a la justicia de los pueblos indígenas en Guatemala, publicando diversos estudios de justicia transicional. Ha participado en la investigación de Global Integrity Report 2008, Privacy and Human Rights del Electronic Privacy Center en Washington . Actualmente trabaja como analista de políticas públicas para Fundación Guatemala 2020 y colabora como consultora independiente para la iniciativa OpenNet, un proyecto de cuatro universidades, liderado por el Centro Berkman de la Universidad de Harvard. Es la encargada del Proyecto de Creative Commons Guatemala, y autora de Guatemala para Global Voices Online.


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KAME

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Documentos de apoyo

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CrĂŠditos


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DOCUMENTOS DE APOYO SOBRE DERECHOS COLECTIVOS Y MARCO JURÍDICO DE LOS DERECHOS COLECTIVOS Disposiciones internacionales relativas a sistemas de autogobierno http://www.box.net/shared/dcx1eznsad Marco legal de la consulta popular en Guatemala http://www.box.net/shared/uiqaqx5x6p El papel de la corte y comisión interamericanas de derechos humanos: presentación de generalidades y análisis del modo en que abordan el tema de derechos colectivos en el ejercicio de sus funciones http://www.box.net/shared/z1cpctp8y1 Los movimientos de protesta sobre derechos colectivos y acuerdos derivados http://www.box.net/shared/urv3xtob2n Acciones relevantes y recientes bajo el contexto de los derechos colectivos en los países de Latinoamérica http://www.box.net/shared/bmmbjmzp14

El marco jurídico sobre la descentralización en Guatemala http://www.box.net/shared/o8ssbrvmjv Entidades con visión de defensa y promoción de intereses sociales y derechos colectivos en Guatemala y Mesoamérica http://www.box.net/shared/dnkuk6q7qh Instrumentos internacionales con importancia para la aplicación y defensa de los derechos colectivos en Guatemala http://www.box.net/shared/2i9vjak85k Disposiciones del Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes que ocupan a los derechos colectivos en relación a las esferas de la cultura http://www.box.net/shared/ypqbdvn8jh Ciclo de entrevistas sobre diversidad cultural y desigualdad estructural en el ámbito de relación social, política, económica y jurídica en Guatemala. Entrevistas con Daniel Matul, Edgar Esquit, Aroldo Camposeco, Irma Alicia Nimatuj, Mario Roberto Morales, Martín Arévalo, Miguel Ángel Reyes, Míriam Bolaños, Reny Bake, Ricardo Zapeda y Susana Gauster http://www.box.net/shared/du9epk1qa8 La construcción de comunicación intercultural aplicada. Propuesta intercultural y sistema de indicadores para la adecuación de proyectos, programas y políticas a la realidad plural de Guatemala, y su incidencia en las desigualdades estructurales de carácter cultural http://www.box.net/shared/qsxigk70qu El sistema de multimunicipalidad, intermunicipalidad y autogobierno http://www.box.net/shared/uqglnu4eyz


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BIBLIOGRAFÍAS, REFERENCIAS Y ANEXOS BIBLIOGRAFÍAS

Espacio de debate, Radio Conciencia Colectiva 106.9 FM ¿Qué es la colectividad y cómo se genera la conciencia colectiva? ¿Cómo lo interpretan las mujeres como ciudadanas y como movimiento social y político?, 6 de mayo Imaginarios sociales e identidad colectiva. 20 de mayo. Autodeterminación del colectivo mediante los mecanismos de consulta popular: El caso de san Juan Sacatepéquez. 3 de junio. Soberanía alimentaria y reforma agraria en el acceso a los derechos colectivos a la tierra y a la autosuficiencia. 1 de julio.

CULTURA, DERECHOS COLECTIVOS, TERRITORIO Y DISTRIBUCIÓN DEMOCRÁTICA DEL PODER ANTE LA DESIGUALDAD ESTRUCTURAL

Racismo, derechos colectivos y medioambiente. 22 de julio de 2009.

BIBLIOGRAFÍA I

La Constitución de 1985 ante la realidad plural guatemalteca. 2 de diciembre Políticas culturales para un Estado Plural. 9 de diciembre

MEMORIAS DE TRABAJO DE LOS ESPACIOS DE DEBATE ABIERTOS POR CANEK EN EL 2009 DE LAS CUALES SE HA ELABORADO ESTE CAPÍTULO Foros nacionales Criterios de elegibilidad para determinar a un colectivo como sujeto poseedor de derechos. 5 de febrero de 2009, Centro Cultural de España en Guatemala. Redefinición territorial de los límites administrativo políticos de Guatemala desde la interpretación comunitaria de los derechos colectivos. Del 9 al 11 de septiembre, en Chiquimulilla. Formulación de bases de política cultural para la distribución y democratización estructural del poder. Del 2 al 6 de noviembre, en Livingston.

Territorio y representatividad comunitaria. 2 de septiembre.

Ciclo intergeneracional de debate sobre colectividad y derechos colectivos ¿Qué entienden los jóvenes, los adultos y los ancianos por colectivo y conciencia colectiva? 16 de mayo de 2009. ¿Qué propuestas existen de los jóvenes, adultos y ancianos de los cuatro pueblos de Guatemala para construir una ciudadanía plena, donde todos nos sentamos útiles, partícipes y representados en las instituciones públicas y civiles? 27 de junio de 2009, ¿Cuál ha sido, es y debería de ser el poder de los colectivos locales y el compromiso intergeneracional en la construcción de nuevas instituciones públicas? 1 de agosto de 2009.


261

Consultas comunitarias sobre territorio y derechos colectivos La Esperanza, 1 de octubre.

BIBLIOGRAFÍA II LIBROS Y DOCUMENTOS EN LÍNEA CONSULTADOS

San Juan Ostuncalco, 7 de octubre. Quetzaltenango, 8 de octubre. Cajolá, 11 de octubre.

Comisión Interamericana de Derechos Humanos. ¿Qué es la CIDH? Organización de los Estados Americanos –OEA-, http://www.cidh.oas.org/que.htm

San Bartolomé Milpas Altas, 13 de octubre. Concepción Chipirichapa, 14 de octubre. San Antonio Aguas Calientes, 15 de octubre. Acatenango, 17 de octubre. Chimaltenango, 23 de octubre. Comunidad Emergente de Conocimiento Jun K'olib'al Kech Achlaxinem Pa

Albó C., Xavier y Barrios, Franz. Por una Bolivia plurinacional e intercultural con autonomías. Bolivia: Cuaderno de Futuro 22. Informe sobre desarrollo humano. Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). 1ª edición. Bolivia, 2007. Amaya Banegas, Jorge Alberto. Reimaginando” la nación en Honduras: de la “nación homogénea” a la “nación pluriétnica”. Los negros garífunas de Cristales, Trujillo. Honduras, septiembre 2005.

Qano'jib'al, centro de reuniones en Casa No’j, Quetzaltenango 25 y 26 de marzo, 28 y 29 de abril, 27 y 28 de mayo, 22 y 23 de julio, 19 y 20 de agosto, 28 y 29 de octubre

Comunidad Emergente de Conocimiento Moloj Naoj Kaqchikel, centro de reuniones en la Casa de la Cultura, Chimaltenango 2 y 3 de abril. 7 y 8 de mayo. 4 y 5 de junio. 30 y 31 de julio. 27 y 28 de agosto, 22 y 23 de octubre. Reuniones grupales de las Comunidades Emergentes de Conocimiento 12 y 13 de marzo en Guatemala. 25 y 26 de junio en La Antigua Guatemala. 12 y 13 de noviembre en Quetzaltenango.

Ansuátegui Roig, Francisco Javier (diversos autores). Una discusión sobre derechos colectivos. Instituto de Derechos Humanos “Bartolomé de las Casas”. Universidad Carlos III de Madrid. Dykinson, 2001. Burguete Cal, Araceli. Reformar el municipio: autogobierno indígena y régimen multimunicipal. Enlace - expresiones de la Sociedad Civil: Revista Digital de la Unidad para la Atención de las Organizaciones Sociales, Nueva Época, Año 4, Número 3, Chiapas, México, 2006. CANEK – Observatorio Cultural (2008). Construcción de comunicación intercultural aplicada. Guatemala: Centro Cultural de España en Guatemala, Ediciones Librovisor. Guatemala, 2008.


262

Carlsen , Laura. Autonomía Indígena y usos y costumbres: la innovación de la tradición. Revista Chiapas, México, 2005, http://www.prodiversitas.bioetica.org/nota26.htm.

Convención Internacional sobre todas las Formas de Discriminación Racial. Resolución 2106 A (XX), Asamblea General de las Naciones Unidas, 21 de Diciembre de 1965 * Ratificada por Guatemala el 18 de Enero de 1983.

Carta de la Organización de los Estados Americanos. Secretaría General de la Organización de Estados Americanos, Colombia, Año 1948.

Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes. Organización Internacional de Trabajo. Año 1989.

Caso Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni, Corte Interamericana de Derechos Humanos, sentencia de 31 de agosto de 2001. Serie C No. 79.

Darcy. Dilema de América Latina. Siglo XXI, México 1971 (en: Revista Confluencia, año 1, invierno 2003. Mendoza, Argentina).

Código Municipal. Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República, Guatemala, 2002.

De León Terrón, María Cecilia. Principios Constitucionales en Materia Tributaria y su Aplicación en el Régimen Municipal Guatemalteco. Tesis de grado, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad Mariano Gálvez de Guatemala, Guatemala, 2004. De Vallescar, Diana. Cultura, multiculturalismo, interculturalismo. Hacia una racionalidad intercultural. P.S. Editorial. Madrid, 2000.

Cojtí, Demetrio; Son Chonay, Elsa; Rodríguez Guaján, Raxche’. Nuevas perspectivas para la Construcción del Estado Multinacional. Fundación Cholsamaj. Guatemala, 2007. Constitución Política de la República de Guatemala. Asamblea Nacional Constituyente, Guatemala, 1985. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Constitución publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917, Última Reforma: 1-06-09, Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, México, 1917. Convención Americana sobre Derechos Humanos. Conferencia Interamericana Especializada sobre Derechos Humanos, Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos, San José, Costa Rica, Año 1969.

Declaración de Iximché: III Cumbre Continental de Pueblos y Nacionalidades Indígenas de Abya Yala. Archivo Abya Yala, Guatemala, 2007. http://www.cumbrecontinentalindigena.org/quien_guate.php Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Asamblea General de las Naciones Unidas, Año 2007. Declaración Universal de los Derechos Humanos” – Resolución 217 A (III), Asamblea General de las Naciones Unidas, París, 1948. Derecho Maya. Boletín Electrónico, Centro de Investigaciones Regionales de Mesoamérica (CIRMA), Guatemala, 2009.


263

Díaz Polanco, Héctor. La Rebelión Zapatista y la autonomía. Siglo veintiuno editores. México, 2007. Dirección General de Inmigración, Cooperación de Desarrollo y Voluntariado. Observatorio de las migraciones y de la convivencia intercultural de la ciudad de Madrid. Apuntes metodológicos, teóricos y prácticos para el análisis de la participación social en contextos de diversidad cultural. Municipalidad de Madrid. España, 2006. Estatuto de Autonomía de Catalunya. Aprobado por las Cortes Generales de España, Cataluña, 2006.

Económica y Transformaciones Institucionales en Centroamérica y México, Revista Pueblos y Fronteras Digital, Número 1, Universidad Autónoma de México, México, 2006, http://www.pueblosyfronteras.unam.mx/a05n1/art_03.html Heckt, Meike. Guatemala, pluralidad, educación y relaciones de poder. Educación intercultural en una sociedad étnica dividida. Asociación para el Avance de las Ciencias Sociales (AVANCSO), Ciudad de Guatemala, 2004. Historia de la Constitución de Guatemala. Mil y una Lunas, Guatemala, 2008, http://milyunalunasmp.blogspot.com/2008/08/historia-de-laconstitucin-de-guatemala.html.

Estatuto de Autonomía de las Dos Regiones de la Costa Atlántica de Nicaragua. Ley No. 28, Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, Nicaragua. Estatuto de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Asamblea General de la Organización de Estados Americanos, Bolivia, Año 1979; Art. 1 y 2.

Honduras: II Conferencia Nacional de Solidaridad. Ciencias Sociales Centroamericanas, Enlace Académico; http://www.enlaceacademico.org/pizarrainformativa/eventos/honduras-ii-conferencia-nacional-de-solidaridad

Foro Andino, Ambientalistas y Pueblos Indígenas por la Justicia Climática, Noticias, Censat Agua Viva, Amigos de la Tierra, Colombia, 2009, http://www.censat.org/noticias/2009/2/6/19-Mar-2009-Ambientalistasy-Pueblos-Indigenas-en-alianza-por-la-Justicia-Climatica/

Ibarra, Mario. Notas Sobre Algunos Instrumentos, Documentos y Actividades Internacionales para una Discusión e Implementación del Derecho de Libre Determinación de los Pueblos Indígenas. Ensayo, Primera Impresión, Guatemala, 2007.

Foster, Hal y Baudrillard, J. La posmodernidad. Editorial Cairos. 1985.

III Foro Social Américas. Foro Social Américas, Guatemala, 2008. http://www.forosocialamericas.org/guate.php

García Gutiérrez, Antonio. Desclasificados, Pluralismo lógico y violencia de la clasificación. Fondos Europeos de Desarrollo Regional –FEDER- España, 2007. Gutiérrez, Rolando Alonzo. La Cooperación Intermunicipal en Guatemala: Un perfil de nuevas formas de Gestión del Desarrollo Local. Reestructuración

Indígenas de el Salvador Exigen Reconocimiento Oficial de sus Derechos. Noticias, Radio La Primerísima, Nicaragua, 2009, http://www.radiolaprimerisima.com/noticias/10210


264

Iniciativa de Ley de Consulta a Pueblos Indígenas. Comisión de Comunidades Indígenas del Congreso de la República, Programa Valores Democráticos y Gerencia Política OEA, Guatemala, 2007. José Aylwin O. Derechos Humanos y Pueblos Indígenas. Tendencias Internacionales y Contexto Chileno, Instituto de Estudios Indígenas / Universidad de la Frontera, Primera Edición, Chile, 2004, Pag. 34. Ley 134-94, Congreso de Colombia, República de Colombia, Gobierno Nacional, 1994. Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural. Decreto 11-2002 del Congreso de la República, Guatemala, 2002. Ley electoral y de partidos políticos. Decreto 1-85, Asamblea Nacional Constituyente, Guatemala, 1985. Ley Fundamental de Kuna Yala. Aprobada por delegados de todas las comunidades de la Comarca Kuna Yala, Kuna Yala, 1995. Los Derechos Indígenas, una discusión que ya dura más de 400 años. Diario de Yucatán y Periódico Por Esto, Yucatán: Identidad y Cultura Maya, Universidad Autónoma de Yucatán, México, D. F., 2008 http://www.mayas.uady.mx/breves/sep2008.html Marco de la descentralización. Por una política efectiva de Descentralización, El marco legal de la descentralización: ¿facilitador u obstaculizador del proceso?, Primera edición, Cetro de Investigaciones Económicas Nacionales, Guatemala, 2003. Nicaragua: Relator especial aplaude titulación de territorio de comunidad Indígena. Centro de Noticias ONU, Naciones Unidas,

http://www.un.org/spanish/News/fullstorynews.asp?newsID=14359&cri teria1=Nicaragua&criteria2=indigenas Noëlle Chamoux, Marie y Contreras, Jesús. La gestión comunal de los recursos. Economía y poder en las sociedades locales de España y América Latina. Icaria. Institut Català d’Antropologia. Barcelona, 1993. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Resolución 2200 A (XXI), Asamblea General de las Naciones Unidas, Año 1966 * Adhesión de Guatemala el 5 de mayo de 1992. Panamá: Visita de Relator de ONU. Noticias, Prensa Indígena, México, 2009, http://www.prensaindigena.org.mx/nuevositio/2009/02/07/panamavisita-de-relator-de-onu/ Paz, Octavio. La búsqueda del comienzo. Espiral, ensayo. Editorial Fundamentos. Madrid, 1980. PNUD Guatemala. Diversidad Étnico – Cultural: La ciudadanía en un Estado Plural. Informe Nacional de Desarrollo Humano 2005. PNUD Guatemala, 2006. Por una política efectiva de descentralización. Reforma del Estado, Publicaciones, Centro de Investigaciones Económicas Nacionales – CIEN, Guatemala, 2008. http://www.cien.org.gt/index.aspx?menu=80&indice=89 Presentan Texto sobre Derechos Indígenas (Mérida). Noticias, Yucatán a la Mano.com, México, D. F., 2009, http://yucatanalamano.com/noticia/presentan-texto-sobre-derechosindgenas-mrida


265

Programa de Capacitación para Mujeres en los Consejos de Desarrollo Urbanos y Rurales de la Secretaría Presidencial de la Mujer. La Descentralización, Base de la Democracia Local. Secretaría Presidencial de la Mujer, Guatemala, 2009.

Tob’nel Tinamit. Defensa Legal. Pueblos indígenas y Derechos Colectivos. Sistematización y cuadernos populares. Organización Internacional del Trabajo. Proyecto fortalecimiento de la capacidad de defensa legal de los pueblos indígenas en América Central. Guatemala, mayo 2006.

Pú Cach, Higinio.Sistema de cargos y funciones de las autoridades indígenas. Defensoría Indígena Wajxaquib’ No’j. Guatemala, 2008.

Torbisco Casals, Neus. Minorías culturales y derechos colectivos: un enfoque liberal. Tesis doctoral. www.tesisenxarxa.net/TESIS_UPF/AVAILABLE/TDX.../tntc1de1.pdf

Pueblos Indígenas de Costa Rica reinician la Lucha por sus Derechos” – Agencia Latinoamericana y Caribeña de Comunicación, Buenos Aires, Argentina, 2009, http://www.alcnoticias.org/interior.php?codigo=13582&format=pulpito &PHPSESSID=c6bb8cd90f517f8afb29a

Torres-Rivas, Edelberto. Las Izquierdas, Rigoberto Menchú, la Historia. Cuadernos del presente imperfecto. Nº 1. FyG Editores. Guatemala, 2007.

Rivera Dorado, Miguel. La Ciudad Maya. Un escenario Sagrado. La mirada de la historia. Editorial Complutense. España, 2001.

VII Congreso de Estudios Mayas. Democracia Multicultural Blogspot, Guatemala, 2009, http://democraciamulticultural.blogspot.com/2009/03/vii-congreso-deestudios-mayas.html

Rodríguez García, Armando. La intermunicipalidad y el despertar del municipalismo iberoamericano. Valladolid en América: El Municipalismo y su proyección Iberoamericana, Universidad Central de Venezuela, Venezuela, 2007, http://ar.vlex.com/vid/intermunicipalidaddespertar-iberoamericano-41777900

Villaverde Menéndez, Ignacio. Los datos en un estado plural: proteger datos en el Estado de las Autonomías. Agència Catalana de Protecció de Dades. Barcelona, 2006.

Sandoval, Miguel Ángel. De Iximché a Iximché. El recorrido reciente de las luchas indígenas. Cuadernos del presente imperfecto. Nº 7. FyG Editores. Guatemala, 2008. Sanford, Victoria. Guatemala: del genocidio al feminicidio. Cuadernos del presente imperfecto. Nº 5. FyG Editores. Guatemala, 2008.

Visquerra, Sergio. Tiempo y emancipación. Mijaíl Bajtín y Walter Benjamín en la Selva Lacandona. F&G Editores. Cuadernos del presente imperfecto Nº 3. Guatemala, enero de 2008 X Reunión Extraordinaria de la Comisión de Pueblos Indígenas y Etnias. Actas, Pueblos Indígenas, Parlamento Latinoamericano, Panamá, 2009, http://www.parlatino.org/web/es/comisiones-permanentes/pueblosindigenas/actas/816-x-reunion-extraordinaria-de-la-comision-depueblos-indigenas-y-etnias.html


266

HISTORIA DE CONQUISTA Y EXPLOTACIÓN EN LA CONSTRUCCIÓN POLÍTICO-ADMINISTRATIVA DEL TERRITORIO DE GUATEMALA ------- (1998). La alcaldía indígena en Guatemala: de 1944 al presente. Guatemala: Universidad Rafael Landívar, Instituto de Investigaciones Económicas y Sociales. “Artículo de la Constitución del Estado de Guatemala de 11 de octubre de 1825, declarando los pueblos que componen el territorio del Estado” y “Decreto de la Asamblea Constituyente del 4 de noviembre de 1825, dividiendo el territorio del Estado en siete departamentos”, en Pineda de Mont, Manuel (1869). Recopilación de las Leyes de Guatemala… Tomo I. Guatemala: Imprenta de la Paz. Barrios, Lina (1996). La alcaldía indígena en Guatemala: Época colonial (15001821). Guatemala: Universidad Rafael Landívar, Instituto de Investigaciones Económicas y Sociales. Del Valle, José Cecilio (1930). “Descripción geográfica del Estado de Guatemala”, en Valle, José del; y Valle Matheu, Jorge del. (Compiladores). Obras de José Cecilio del Valle. Tomo II. Guatemala: Tipografía Sánchez y De Guise, 1930. García Peláez, Francisco de Paula (1851). Memorias para la historia del antiguo Reyno de Guatemala. Guatemala: Levantamiento Tipográfico de L. Luna. Juarros, Domingo (1938). Compendio de la historia de la Ciudad de Guatemala. 2 volúmenes, 3ª ed. Guatemala: Tipografía Nacional.

Lutz, Christopher H. y Lowell, George (1991). “Centro y periferia en la Guatemala colonial,” en Lutz, Christopher; Lowell, George; Taracena, Arturo; y Ortmayr, Norbert (1991). Territorio y sociedad en Guatemala, tres ensayos históricos. Guatemala: Centro de Estudios Urbanos y Regionales (CEUR). Morales Urrutia, Mateo (1961). La división política y administrativa de la República de Guatemala. Con sus datos históricos y de legislación. 2 tomos. Guatemala: Editorial Iberia-Gutenberg. Palma Murga, Gustavo. (Coordinador). (1993). La administración políticoterritorial en Guatemala: una aproximación histórica. Guatemala: Escuela de Historia, USAC. Pinto Soria, Julio César (1987). El Valle Central de Guatemala (1524-1821): Un análisis acerca del origen histórico económico del regionalismo en Centroamérica. Guatemala: CEUR. Quesada Saldaña, Flavio (2005). Estructuración y desarrollo de la administración política territorial de Guatemala en la Colonia y la época independiente. 3ª ed. Guatemala: Editorial Universitaria, USAC. CEUR. Rubio Sánchez, Manuel (1973). Comercio terrestre de y entre las Provincias de Centro América. Guatemala: Editorial del Ejército. Samayoa Guevara, Héctor (1978). Implantación del Régimen de Intendencias en el Reino de Guatemala. Guatemala: Editorial Piedra Santa. Taracena Arriola, Arturo (1991). “El desarrollo económico y las fronteras de Guatemala: El Estado de los Altos 1770-1838” en Lutz, Christopher; Lowell, George; Taracena, Arturo; y Ortmayr, Norbert. Territorio y sociedad en Guatemala, tres ensayos históricos. Guatemala: CEUR.


267

Taracena Arriola, Arturo (2000). Invención criolla, sueño ladino, pesadilla indígena. Los Altos de Guatemala: de región a Estado (1740-1871). 2ª ed. Guatemala: CIRMA.

Constitución Política de la República de Guatemala, 1985.

Taracena Arriola, Arturo; Pira, Juan Pablo; y Marcos, Celia. Los departamentos y la construcción del territorio nacional en Guatemala 1825-2002. Guatemala: ASIES, s.a.

Reglamento de la Ley General de Descentralización, 2002.

Torres Moss, José Clodoveo (1979). La administración de justicia en la Indias. Tesis de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales. Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. Universidad Mariano Gálvez.

Código Municipal, 202

Villacorta, José Antonio (1942). Historia de la Capitanía General de Guatemala. Guatemala: Tipografía Nacional.

MECANISMOS DE INDIVIDUALIZACIÓN DEL DERECHO EN ÁMBITOS LOCALES Y SU REPERCUSIÓN EN LA SUBSISTENCIA Y DESARROLLO DE SUJETOS COLECTIVOS

Ley General de Descentralización, 2002.

Ley de Consejos de desarrollo urbano y rural, 2002.

EL RECLAMO DEL DERECHO COLECTIVO DE LA TIERRA: EL CASO DE EXPROPIACIÓN DE TERRENOS ANCESTRALES PROPIEDAD DE LA COMUNIDAD XINCA DE JUMAYTEPEQUE Boletín Informativo del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación MAGA no 38 año 1997. Constitución Política de la República de Guatemala.

Cupil López, Alfredo (1999). El libro de la palabra. Proyecto de Educación, Maya Intercultural. Guatemala: Ministerio de Educación - Cooperación Alemana, GTZ.

Convenio169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes.

Sacalxot, Martín (2002). “Las generaciones de los Derechos Humanos”. Documento tutelar de derechos colectivos y específicos de los pueblos indígenas. Defensoría Indígena, PDH.

Estatutos de la Comunidad agrícola de Jumaytepeque. Expediente del Caso. Defensa Legal Indígena. Año 2003 al 2005.

Sistema de Naciones Unidas (2005). Informe de Desarrollo Humano, Guatemala la fuerza incluyente del desarrollo Humano, Guatemala.

(2000). Investigación socio-cultural con la comunidad Educativa. Guía del docente y etnografía preliminar de Santa Rosa con énfasis en la cultura xinca.

Gall, Francis (1981). Diccionario geográfico de Guatemala. Tomo II. Guatemala.


268

Sifontes, Polo y Guillermo Corado, Guillermo (1984). Monografía de Cuilapa. Guatemala: Francis. Editorial CENALTEX, José de Pineda Ibarra. Ministerio de Educación. INE (2003). Población y locales de habitación particulares censados según departamento y municipio, 2002. Guatemala. MINUGUA. Tierra, identidad y conflicto en Guatemala. Dinámicas Agrarias Tomo 5.

LA (AUSENCIA DE LA) DEMANDA AUTONÓMICA EN GUATEMALA

populares en Centroamérica. San José de Costa Rica: FLACSO, UNU, Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM. Asamblea de Representantes del Pueblo Maya (2003). “Kemom Tzij. Un Estado y una nación para todos”. Guatemala: Defensoría Maya, Programa educativo Kaji’E, ASIES, ASCODIMAYA, Oxlajuj Ajpop, Progarma de Derechos Indígenas de CALDH, CITI. Documento. Azpuru, Dinorah (1999). “La consulta popular: un voto dividido”, en La consulta popular y el futuro de Guatemala. Cynthia J. Arson, ed. Documento de trabajo nº 243. Washington, D.C: Woodrow Wilson International Center for Scholars. Barrios, Lina (1996). La alcaldía indígena en Guatemala. Época colonial (15001821). Guatemala: Universidad Rafael Landívar.

Adams, Richard y Bastos, Santiago (2003). Relaciones étnicas en Guatemala, 1944-2000. Guatemala: Centro de Investigaciones Regionales de Mesoamérica.

Bastos, Santiago (2000). Cultura, pobreza y diferencia étnica en ciudad de Guatemala. Tesis doctoral. Doctorado en Ciencias Sociales. CIESAS-U de G, Guadalajara.

Ajxup, Virgina; Hurtado, Juan José y Rogers, Oliver (en prensa). “El Movimiento Maya al fin del Oxlajuj B’aqtun: retos y desafíos”, en Bastos, Santiago y Brett, Rodderick (compiladores). El Movimiento Maya de Guatemala en la década después de la paz. Guatemala: FyG Editores.

------

(2006). “Prólogo: Los actores sociales en una década olvidada”, en Movimiento social, etnicidad y democratización en Guatemala 19851996. Brett, Rodderick. Guatemala: FyG Editores.

------

(2007a). “La construcción de la identidad Maya como un proceso político”, en Mayanización y vida cotidiana. La ideología multicultural en la sociedad guatemalteca. Volumen 1: Introducción y análisis generales. Bastos, Santiago y Cumes, Aura (coordinadores). Guatemala: FLACSO Guatemala / CIRMA Cholsamaj.

Anónimo (sin fecha). “Nacionalismo maya y marxismo”. Guatemala: documento. Arias, Arturo (1985). “El movimiento indígena en Guatemala: 1970-1983”, en Menjívar, Rafael y Camacho, Daniel (coordinadores). Movimientos


269

------

------

(2007b). “La ideología multicultural en la sociedad guatemalteca”, en Mayanización y vida cotidiana. La ideología multicultural en la sociedad guatemalteca. Volumen 1: Introducción y análisis generales. Bastos, Santiago y Cumes, Aura (coordinadores). Guatemala: FLACSO Guatemala / CIRMA / Cholsamaj. (En prensa). “La política maya en la Guatemala post-conflicto” en Bastos, Santiago y Brett, Rodderick (compiladores). El Movimiento Maya de Guatemala en la década después de la paz. Guatemala: FyG Editores.

Bastos, Santiago; Hernández Ixcoy, Domingo; y Méndez, Leopoldo (2008). “Resarcimiento y reconstitución del Pueblo Maya en Guatemala: entre la acción autónoma y el reconocimiento estatal”, en Gobernar (en) la diversidad: experiencias indígenas desde América Latina. Caminando hacia la investigación descolonizada. Leyva, Xochitl; Burguete, Araceli; y Speed, Shannon (coordinadoras). CIESAS / FLACSO Guatemala / FLACSO-Ecuador. Bastos, Santiago y Brett, Rodderick (compiladores); (en prensa). El Movimiento Maya de Guatemala en la década después de la paz. Guatemala: FyG Editores.

------

(2003). Entre el mecapal y el cielo. Desarrollo del Movimiento Maya en Guatemala. Guatemala: FLACSO-Guatemala / Cholsamaj.

------

(en prensa). “La difícil complementariedad. Relaciones entre el Movimiento Maya y el revolucionario entre 1980 y 2000” en Nelson, Diana y McAllister, Carlota (coordinadoras). Harvest of Violence Revisited. Duke University Press.

Bonfill Batalla, Guillermo (compilador). (1981). Utopía y revolución. El pensamiento político contemporáneo de los indios de América Latina. México: Editorial Nueva Imagen. Brett, Rodderick (2006). Movimiento social, etnicidad y democratización en Guatemala 1985-1996. Guatemala: FyG Editores. Brintnall, D. (1979). Revolt Against the Dead, The Modernization of a Mayan Community in the Highlands of Guatemala, New York: Gordon and Breach. Burguete Cal y Mayor, Araceli (2007). “Cumbres indígenas en América Latina. Resistencia y autonomía”, en Memoria, nº 220, junio 2007. ------

Bastos, Santiago y Camus, Manuela (1993). Quebrando el silencio. Organizaciones del Pueblo Maya y sus demandas (1986-1992). Guatemala: FLACSO-Guatemala. ------

(1995). Abriendo caminos. Las organizaciones mayas desde el Nobel hasta el Acuerdo de Derechos Indígenas. Guatemala: FLACSO-Guatemala.

(2008). “El paradigma autonómico y las luchas indígenas”, ponencia presentada en el seminario internacional Construyendo el Estado multiétnico desde sitios políticos múltiples: Regímenes de autonomía en América Latina. Universidad de York / FLACSO-Ecuador / UNICEF / GTZ, Quito, 27 y 28 de noviembre de 2008.

Cajas, Ricardo (1998). Lógica local de participación política maya: la experiencia de Xel-jú en Quetzaltenango. Tesis de la maestría en Gerencia para el


270

Desarrollo Sostenible. Quetzaltenango: Universidad Autónoma de Madrid / Instituto Chi-Pixab. Camus, Manuela (2002). Ser indígena en ciudad de Guatemala, Guatemala: FLACSO-Guatemala.

Cojtí, Demetrio (1994). Políticas para la reivindicación de los mayas de hoy (Fundamentos de los derechos específicos del Pueblo Maya). Guatemala: SPEM / Cholsamaj. ------

------ (2008) La sorpresita del Norte. Migración internacional y comunidad en Huehuetenango. Guatemala: INCEDES / CEDFOG ------

(en prensa). “La movilización indígena en Huehuetenango”, en Bastos, Santiago y Brett, Rodderick (compiladores). El Movimiento Maya de Guatemala en la década después de la paz. Guatemala: FyG Editores.

Carmack, Robert (1995). Rebels of Highland Guatemala, The Quiche-Mayas of Momostenango. Norman: University of Oklahoma Press. Castillo, Iván (2008). Descolonización territorial, del sujeto y la gobernabilidad. Examen crítico del discurso restringido de la inclusión (individual) del indígena maya en el sistema de partidos políticos. Guatemala: Instituto de Gerencia Política, Universidad Rafael Landívar. ------

(en prensa). “En torno a especificidades observables en movimientos indígenas de lucha contra la acumulación global en el altiplano occidental guatemalteco”, en Bastos, Santiago y Brett, Rodderick. El Movimiento Maya de Guatemala en la década después de la paz. Guatemala: FyG Editores.

CEH (1999). Guatemala, memoria del silencio. Informe presentado por la Comisión de Esclarecimiento Histórico, Guatemala.

(1997). Ri Maya’ Moloj pa Iximulew. El Movimiento Maya (en Guatemala). Guatemala: IWGIA / Cholsamaj.

Cojtí, Demetrio; Son Chonay, Ixtz’ulu’ Elsa; y Rodríguez Guaján, Raxche’ (2007). Nuevas perspectivas para la construcción del Estado Multinacional. Propuestas para superar el incumplimiento del Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas. Guatemala: Waqib’ Kej – Cholsamaj. COMG (1991). Rujunamil ri Mayab’ Amaq’. Derechos Específicos del Pueblo Maya. Guatemala: Rajpopi’ ri Mayab’ Amaq’- Consejo de Organizaciones Mayas de Guatemala. Comité para el Decenio del Pueblo Maya (2002). Agenda Política Maya. Guatemala: CDPM, CECI. CONIC (2001). “Anteproyecto de ley de las nacionalidades indígenas, para el debate nacional”. Guatemala: Coordinadora Nacional Indígena y Campesina. Documento. COPMAGUA (1994). “Qasaqalaj Tziij, Qakemoom Tziij, Qpach’uum Tziij. Propuesta para las negociaciones de paz Gobierno-URNG”. Guatemala: Coordinadora de Organizaciones del Pueblo Maya de Guatemala. Documento. Dardón, Jacobo (2007). “Pueblos indígenas, regiones excluidas y globalización en Guatemala: de peones acasillados a clientes consumidores”, en


271

Machado, Rafael. (Coordinador). Guatemala: Globalización y pueblos indígenas. Granada: Universidad de Granada.

Fisher, Edward R. y R. McKenna Brown (editores). Rujotaiyixik ri Maya’ B’anob’al. Activismo Cultural Maya. Guatemala: Cholsamaj.

Díaz Polanco, Héctor (1997). “Prólogo. Etnicidad y autonomía en el pensamiento de Mario Payeras”, en Payeras, Mario. Los pueblos indígenas y la revolución guatemalteca. Ensayos étnicos 1982 1992. Guatemala: Luna y Sol / Magna Terra Editores.

Guzmán Böckler, Carlos y Herbert, Jean-Lup (1970). Guatemala: Una interpretación histórico social. México: Siglo XXI.

Ekern, Stener (2006). Making Government: Community and Mayan Leadership in Guatemala. Tesis doctoral en Antropología. Noruega: Universidad de Oslo.

Hale, Charles (2002). “Does Multiculturalism Menace Governance?: Cultural Rights and the Politics of Identity in Guatemala”, en Journal of Latin American Studies, no. 34. ------

(2004). “Re-pensando la política indígena en la época del ‘indio permitido’ Ponencia para la conferencia, “Construyendo la paz: Guatemala desde un enfoque comparado”, organizado por la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Guatemala (MINUGUA), 27-29 de octubre.

------

(2007). “Más que un indio”. Ambivalencia racial y multiculturalismo neoliberal en Guatemala. Guatemala: Asociación para el Avance de las Ciencias Sociales en Guatemala.

Esquit, Edgar (2002). Otros poderes, nuevos desafíos. Relaciones interétnicas en Tecpán y su entorno departamental (1871-1935). Guatemala: Universidad de San Carlos de Guatemala. Instituto de Estudios Interétnicos. ------

(2003). “Caminando hacia la utopía. La lucha política de las organizaciones mayas y el Estado en Guatemala”, en Reflexiones. Año 4, no 4. Enero 2003. Guatemala: Universidad de San Carlos de Guatemala. Instituto de Estudios Interétnicos. ------ (2008). La superación del indígena. La política de la modernización entre las élites indígenas de Comalapa, siglo XX. Tesis doctoral en Ciencias Sociales. Zamora: El Colegio de Michoacán. Falla, Ricardo (1978). “El movimiento indígena”, en Estudios Centroamericanos nº 356/357 San Salvador: Universidad Centroamericana Simeón Cañas. Fisher, Edward F. (1999). “El cambio cultural inducido como una estrategia para el desarrollo socioeconómico. El Movimiento Maya en Guatemala”, en

Hale, Charles; Anderson, Mark y Gordon, Edmund T. (2001). “Indigenous and Black Organizations of Central America: Struggle for Recognition and Resources”. Fundación Ford. Informe no publicado. Jonas, Susanne (1994). La batalla por Guatemala. Rebeldes, escuadrones de la muerte y poder estadounidense. Caracas: FLACSO-Guatemala / Nueva Sociedad. ------

(2000). De centauros y palomas. El proceso de paz guatemalteco. Guatemala: FLACSO-Guatemala.


272

MacLeod, Morna (2008). Luchas político-culturales y auto-representación maya en Guatemala. Tesis doctoral en Estudios Latinoamericanos. México D.F.: Universidad Nacional Autónoma de México.

Oxlajuj Ajpop (2001). Uxe’al pixab’ re k’iche’ amaq’. Fuentes y Fundamentos del Derecho de la Nación Maya-K’iche’. Guatemala: Conferencia Nacional de Ministros de la Espiritualidad Maya Oxlajuj Ajpop.

Martínez Peláez, Severo (1970). La patria del criollo. Guatemala: Editorial Universitaria de Guatemala.

Payeras, Mario (1997). Los pueblos indígenas y la revolución guatemalteca. Ensayos étnicos 1982 1992. Guatemala: Luna y Sol / Magna Terra Editores.

MAYAS (1990). “Guatemala: de la República burguesa centralista a la República popular federal”, en Guatemala. Seminario sobre la realidad étnica vol II. México: Centro de Estudios Integrados de Desarrollo Comunal, Editorial Praxis. Menchú, Rigoberta y CUC (1992). El clamor de la tierra. Luchas campesinas en la historia reciente de Guatemala. Donostia: Tercera Prensa, Gakoa Liburuak.

Pinto Soria, Julio César (2003). El debate sobre la cuestión étnica en Guatemala (1944-1970). Cuadernos Pedagógicos nº 27. Guatemala: Ministerio de Educación. Reyes, Miguel Ángel (1986). “El indio en la lucha ideológica”, en Polémica. Revista Centroamericana de Ciencias Sociales. nº 5, mayo-agosto 1986.

Mérida, Cecilia y Krenmayr, Wolfgang (2008). “Sistematización de experiencias. Asamblea departamental por la defensa de los recursos naturales renovables y no renovables de Huehuetenango”. Guatemala: Informe.

Reyes, Virgilio (1998). Poder local y bosques comunales. Cuadernos Debate nº 43, FLACSO-Guatemala, Guatemala. Schirmer, Jennifer (1999). Las intimidades del proyecto político de los militares en Guatemala. Guatemala: FLACSO-Guatemala.

Mesa Maya (1993). “Identidad y Derechos Indígenas. Planteamientos y demandas en el proceso de negociaciones Gobierno-Ejército y URNG” Guatemala: Documento.

Seminario nacional regiones sociolingüísticas para la descentralización del currículo. Relatoría Informe final. Guatemala: MINEDUC / SIMAC / DIGEBI / MI-CCRE / CNEM / ALMG.

MINUGUA (1995). Acuerdo de Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas. Guatemala: Misión de las Naciones Unidas para Guatemala.

SEPAZ – FONAPAZ – Embajadora de Buena Voluntad, 2005: “Agenda pública hacia los pueblos indígenas en le marco de los Acuerdos de Paz. 20052012”. Guatemala: Documento de trabajo.

ODHAG (1998). Guatemala. Nunca más. Informe del Proyecto Interdiocesano de Recuperación de la Memoria Histórica (REMHI). 4 volúmenes. Guatemala: Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala.

Smith, Carol A. (1991). “Maya Nationalism”, en Report on the Americas. Volume XXV, nº 3.


273

Solares. Jorge (1994) “Lo étnico en las pláticas de paz”, en Boletín del Instituto de Estudios Interétnicos. Guatemala, junio-julio 1994. Taracena, Arturo; Gordillo, Enrique; y Sagastume, Tania (2004). Etnicidad, Estado y Nación en Guatemala 1808-1944, volumen II. Colección “¿Por qué estamos como estamos?” Guatemala: Centro de Investigaciones Regionales de Mesoamérica. Uk’u’x B’e (2005). El Movimiento Maya. Sus tendencias y transformaciones (1980-2005). Guatemala: Asociación Maya Uk’u’x B’e. URNG (sin fecha). Comentarios sobre el texto “Guatemala: de la republica burguesa centralista a la republica popular federal”. Documento.

LA GENERACIÓN DE CONOCIMIENTO PLURAL Y SU APLICACIÓN PRÁCTICA PARA LA TRANSFORMACIÓN DE LA REALIDAD: LAS COMUNIDADES EMERGENTES DE CONOCIMIENTO (CEC’s) Albó C., Xavier y Barrios, Franz. Por una Bolivia plurinacional e intercultural con autonomías. Cuaderno de Futuro 22. Informe sobre desarrollo humano. Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en Bolivia, 1ª edición, Bolivia, 2007.

Warren, Kay (1998). Indigenous Movements and their Critics. Pan-Maya Activism in Guatemala. Princenton: Princenton University Press.

Alcaldía Mayor Bogotá D.C., Secretaría Desarrollo Económico. Metodología para la formulación de indicadores para el Seguimiento y Evaluación. Colombia, 2007.

------

Ben, Luis. Indicadores de evaluación en cultura, Seminario: Buenas prácticas en el ámbito de la gestión y cooperación cultural del desarrollo. AGENCIA ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL (AECI), ORGANIZACIÓN DE ESTADOS IBEROAMERICANOS (OEI) Guatemala, 2007.

(2003) “Voting against Indigenous Rights in Guatemala: Lessons from the 1999 Referendum”, en Kay B. Warren and Jean E. Jackson (editores). Indigenous Movements, Self-Representation, and the State in Latin America. Austin: University of Texas Press.

Wilson, Richard (1999). Resurgimiento maya en Guatemala. Experiencias q’eqchi’es. Antigua: Plumsock Mesoamerican Studies / CIRMA.

Bonet i Agustí, Lluís. “Reflexiones a propósito de indicadores y estadísticas culturales”, en Boletín GC: Gestión Cultural nº 7, abril de 2004. Portal Iberoamericano de Gestión Cultural, en www.gestioncultural.org. CANEK – Observatorio Cultural. La construcción de comunicación intercultural aplicada. Libro Visor. Publicaciones alternativas del Centro Cultural de España en Guatemala. Guatemala, 2008.


274

Carrasco Arroyo, Salvador. “Medir la cultura. Una tarea inacabada”. Revista para el análisis de la cultura y el territorio Periférica, nº 7. Vicerrectorado de Extensión Universitaria. Universidad de Cádiz. Cádiz, 2007.

Guiu, Lluís. “El microcosmos inventó el código abierto. Inteligencia compartida V0.1”. Autonomía situada. Independent research center, en http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.0/deed.ca

Cerver, Gil. Las organizaciones horizontales. Escuela Superior de Administración y Dirección de Empresas. Barcelona, 2000.

Johnson, Steven. Sistemas emergentes, o qué tienen en común hormigas, neuronas, ciudades y software. Fondo de Cultura Económica, México, 2001.

Dirección General de Inmigración, Cooperación de Desarrollo y Voluntariado. Observatorio de las migraciones y de la convivencia intercultural de la ciudad de Madrid. Apuntes metodológicos, teóricos y prácticos para el análisis de la participación social en contextos de diversidad cultural. Municipalidad de Madrid. España, 2006. Escalante, Ana Cecilia; Peinador, María del Rocío. Ojos que ven… corazones que sienten. Indicadores de equidad. Módulo 6. Unión Mundial Para la Naturaleza, Fundación Arias para la Paz y el Progreso Humano, Países Bajos, 1999. Escuder Vallés, Roberto y Carrasco Arroyo, Salvador. Proceso de toma de decisiones en un sistema de información. La observación y el análisis entre dos realidades en Cultura. V Congreso Internacional. Cultura y Desarrollo – Ciudad de La Habana. Junio de 2007. García Gutiérrez, Antonio. Desclasificados, Pluralismo lógico y violencia de la clasificación. Fondos Europeos de Desarrollo Regional –FEDER- España, 2007. González, Javier. Cómo crear una organización horizontal. Facultad Regional de Buenos Aires, Universidad Tecnológica Nacional, Buenos Aires, 2006.

López G., Loreto y Pobrete M., Paula. “Indicadores para el sector cultural en Chile”, en Boletín GC: Gestión Cultural nº 7, abril de 2004. Portal Iberoamericano de Gestión Cultural, en www.gestioncultural.org. Pfenniger, Mariana. “Indicadores y estadísticas culturales: un breve repaso conceptual”, en Boletín GC: Gestión Cultural nº 7, abril de 2004. Portal Iberoamericano de Gestión Cultural, en www.gestioncultural.org. Piedras, Ernesto. ¿Cuánto vale la cultura? Contribución de las industrias protegidas por el derecho de autor en México. Conaculta, México DF, 2004. Romano, María del Carmen. “Indicadores culturales”, en Boletín GC: Gestión Cultural nº 7, abril de 2004. Portal Iberoamericano de Gestión Cultural, en www.gestioncultural.org. Roselló Cerezuela, David. Diseño y evaluación de proyectos culturales. Editorial Ariel, España, 2004. Ruiz Jordi, Pascual i. Redes y conocimiento: estrategias territoriales para la cultura, Documento 2. Programa de Formación Internacional en Gestión y Política Culturales, 3ª edición, postgrado Universidad de Girona. Cátedra UNESCO. España, 2005.


275

Sanz Luque, Belén. ¿Es posible evaluar la política cultural exterior como una política pública? Documento de Trabajo, Real Instituto Elcano de estudios Internacionales y Estratégicos, Madrid, 2004.

UN CAMBIO ESTRUCTURAL PARCIAL PERO POSIBLE, SIN CAMBIAR LA CONSTITUCIÓN

Secretaría de Desarrollo Social de la presidencia. Indicadores Sociales, bases para la instrumentación de políticas. Editorial Espacio, Argentina, 1998.

Acuerdo Gubernativo 13-77 “Reglamento a la Ley de Educación”

Servicio de gestión y control de la calidad. Manual de diseño de procesos. Universidad Miguel Hernández, Santiago de Chile, 2005. Servicio de mediación social intercultural. Fundamentos, dimensiones y ámbitos de la acción mediadora (2ª parte). Municipalidad de Madrid, Madrid, 2006. Sistema administrativo de la Universidad Autónoma de Nayarit (UAN). Taller sobre construcción de indicadores y parámetros para las instituciones de educación superior. Módulo III. UAN, México, 2007. Tischler Visquerra, Sergio. Tiempo y emancipación. Mijaíl Bajtín y Walter Benjamín en la Selva Lacandona. F&G Editores. Cuadernos del presente imperfecto, nº 3. Guatemala, enero de 2008. UNESCO. Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural. Artículo 6. Adoptada por unanimidad por la Conferencia General en su 31a reunión el 2 de noviembre de 2001 en París, Francia.

Acuerdo Gubernativo 312-2002 “Reglamento de la Ley General de Descentralización” Acuerdo Gubernativo 461-2002 “Reglamento de la Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural”. Alvaro García Linera. “Autonomías Indígenas y Estado Multicultural”. Comisión de los treinta. ANTEPROYECTO DE CONSTITUCIÓN ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE SESIONES ORDINARIAS: TOMO IV Nº 91 Guatemala, lunes 8 de abril de 1985 Comisión de los treinta. ANTEPROYECTO DE CONSTITUCIÓN ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE SESIONES ORDINARIAS: TOMO IV Nº 92 Guatemala, martes 9 de abril de 1985 DIARIO DE LAS SESIONES ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE. SESIONES ORDINARIAS TOMO III Guatemala, martes 26 de marzo de 1985. No. 57 Constitución Política de la República de Guatemala (y su interpretación por la Corte de Constitucionalidad). Corte de Constitucionalidad (2002) Decreto 11-2002 “Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural” Decreto 114-97 “Ley del Organismo Ejecutivo” Decreto 12- 2002 Código Municipal Decreto 12-91 Ley de Educación Nacional Decreto 70-86 “Ley Preliminar de Regionalización” Decreto No 42-2001 “Ley de Desarrollo Social”


276

Decreto No. 14- 2002 “Ley General de Descentralización” Decreto No. 266 “Ley de Derechos de Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de Oaxaca” (1998) Estatuto de Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica Nicaragüense. Ley No. 28 Oficina de Desarrollo de la Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica Nicaragüense. Héctor Díaz Polanco “La autonomía y la Reforma Constitucional en México”. Héctor Díaz Polanco. “Diez años de autonomía en Nicaragua”. ALAI, América Latina en Movimiento 1997-09-17 Ivan Briscoe. “A Criminal Bargain: the State and Security in Guatemala.” FRIDE (2009) Mark Gibson “Possibilities for Progress: Citizen Participation and Guatemala’s Development Council System” Marlen Ivette Llanes. “El Proceso de Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica Nicaragüense.” Editorial Envío. Instituto Histórico Centroamericano. 1995. Mathias Rull Jan “Rompiendo mitos y barreras: la participación indígena en los procesos electorales de Guatemala”. Povos Indígenas, Constituições e Reformas Políticas na América Latina Renata Hoffmann y Martín Pérez “Participación Ciudadana en el Proceso de Descentralización de Bolivia. FLACSO.


277

REFERENCIAS EL CONSEJO JURÍDICO INTERINSTITUCIONAL DE INTERPRETACIÓN Y ASISTENCIA A LOS DERECHOS COLECTIVOS El inicio de una experiencia de cooperación intercultural e interinstitucional para sustentar jurídicamente la emergencia de sujetos colectivos en Guatemala: Breve diálogo para la constitución del consejo

INTRODUCCIÓN El lunes 18 de mayo de 2009, CANEK – Observatorio Cultural organizó, gracias al apoyo del Licenciado Benito Morales de la Fundación Rigoberto Menchú Tum, la primera reunión para la posible creación en el 2010 de un Centro jurídico interinstitucional de interpretación y asistencia de los derechos colectivos.229 Esta iniciativa surgió inicialmente ante la necesidad por parte del observatorio de contar con asistencia legal ante la posibilidad de que surgieran conflictos en el 229

El nombre que se utilizó entonces fue Centro de atención legal de derechos colectivos, pero siendo la propuesta más de carácter jurídico que legal al abrir la iniciativa de una cambio de paradigma para la inclusión de los derechos colectivos, con las repercusiones políticoadministrativas que ello implica, quedó, por el momento como propuesta preliminar a consensuar en la segunda reunión con el grupo, como Consejo jurídico interinstitucional de interpretación y asistencia de los derechos colectivos.

proceso de interpretación local y demanda de derechos colectivos; proceso que actualmente se está desarrollando en el área de Chimaltenango y Quetzaltenango. Un análisis preliminar del marco jurídico-legal del país, realizado en el 2008, reveló que las estructuras actuales del Estado están en condiciones de reconocer dichos derechos pero que no están diseñadas ni preparadas para hacerlos operativos, ni para abrir el espacio para que los diversos sujetos colectivos del país emerjan, los interpreten y hagan uso de ellos. Por ello, ante la implicación seria y profunda que supone un real ejercicio de los derechos colectivos, sobre todo por el carácter de libre determinación que conlleva, y con la pretensión de ir más allá de la puntual asistencia de casos reales, CANEK solicitó la asistencia de representantes de diversas instituciones (tanto públicas como privadas) para iniciar la reflexión sobre la posible creación interinstitucional, es decir de colaboración compartida, de un centro dedicado a, por un lado, la generación de reflexión, debate e interpretación de los derechos colectivos, con la finalidad de absorber las distintas posturas; por el otro, a la formulación de iniciativas de cambio del marco jurídico-legal y constitucional y a la asistencia de casos específicos en los que se violan de los derechos colectivos. La propuesta, en definitiva, es la creación de un espacio múltiple capaz de conformarse como plataforma jurídica de las propuestas políticas relacionadas con los derechos colectivos que, en última instancia, devienen en iniciativas de reestructuración de las condiciones administrativo-políticas del país. Mostramos a continuación el detalle de la propuesta, aún en estado embrionario muy prematuro aún incluso para llamarla propuesta pero base para iniciar un proceso de cooperación interinstitucional, y las observaciones de los y las participantes en esta primera reunión.


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PRESENTACIÓN

ASISTENTES Nombre Benito Morales Álvaro Castellanos Norma Sactic Magdalena Jocholá Evelyn Blanck Carlos Chex José Antonio Puac Marta Juana López Carlos Lacán Mario Figueroa Isaac de los Reyes

Organización Fundación Rigoberta Menchú Tum RACSA Comisión Pueblos Indígenas (CR) CODISRA Asociación Centro CIvitas Sotz’il ODHAG Oxlajuj Ajpop Tob’nel Tinamit CANEK CANEK

Durante la reunión del lunes 18 de mayo se presentó al inicio a grandes rasgos las características de la propuesta. Posteriormente, mediante una serie de preguntas, se fueron presentando sus rasgos más importantes. Antes de mostrar el detalle de la propuesta y las observaciones de los participantes, preferimos mostrarles las preguntas que se hicieron, para que la reflexión se realice del mismo modo. Éstas fueron: Las preguntas que se realizaron ¿A qué sujeto asistiría el consejo? ¿Es necesario crear el sujeto de atención o ya existen tanto el sujeto como las condiciones para asistirlo? ¿Es preciso crear un nuevo centro o es preferible reforzar procesos ya existentes? ¿Qué implicaciones y alcances tendría un consejo de este tipo? Las preguntas que quedaron en el tintero pero que es preciso reflexionar ¿Es posible una coordinación interinstitucional público-privada para constituirlo o es preferible crear una entidad autónoma e independiente? ¿Cómo operaría el consejo para incluir el pluralismo desde su misma base? Inclusión de la espiritualidad en la concepción de territorio y gestión del tiempo en el proceso. En base a la pregunta anterior, ¿qué pasos tenemos que seguir para la constitución del consejo?


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PRIMER BOSQUEJO DE LA PROPUESTA

CONSIDERACIONES Han existido iniciativas sobre pluralismo jurídico pero, al parecer, todas se enmarcan en un sistema centralizado. Por su parte, el observatorio se encuentra interesado en buscar la manera en que el pluralismo jurídico sustente las estructuras del Estado y sirva de plataforma para las propuestas políticas dirigidas a la implementación de los derechos colectivos en dichas estructuras.

Consejo jurídico interinstitucional de interpretación y asistencia a los derechos colectivos

Plataforma para desarrollar el marco jurídico-legal de las propuestas políticas dirigidas a la implementación de los derechos colectivos en las estructuras del Estado

Propuestas políticas para la transformación estructural del Estado en base a la pluralidad y a la ascendencia (de lo local a lo regional y a lo estatal

Se pretende la creación de un consejo capaz de dar asistencia a la problemática que ha derivado de las consideraciones de colectivo, tomando en cuenta que cubrir esta clase de derechos es algo totalmente distinto a trabajar con garantías individuales Se pretende consolidar un consejo que genere iniciativas de cambio a nivel de estructura. El consejo trataría los aspectos de consulta y reflexión, tomando en cuenta la generación de debate, la interpretación de colectivo en el derecho y un área de formación. Además de la asistencia de casos reales también procuraría iniciativas de reformulación del marco legal para la aplicación de derechos colectivos.

Áreas del consejo Partir del CÓMO

Para definir el QUÉ

Área de consulta, reflexión e interpretación comunitaria

Área de incidencia, asistencia y aplicación práctica

Investigación y estudio de los derechos colectivos respecto al marco constitucional y jurídico-legal actual. Apertura de espacios de diálogo para la identificación y desarrollo de sujetos colectivos. Generación de formación y debate en derechos colectivos. Interpretación local, regional y estatal de los derechos colectivos: implicaciones y alcances Socialización del contenido de los derechos colectivos. Articulación de y con propuestas políticas Emergencia del sujeto colectivo según sus propios principios en base a la interpretación comunitaria de los derechos colectivos

• Formulación e incidencia de iniciativas de

reformulación del marco constitucional y jurídico – legal • Asistencia y acompañamiento de casos relacionados con los derechos colectivos

Acompañamiento jurídico al sujeto colectivo en el ejercicio de sus derechos colectivos y en la denuncia de casos en que éstos son violados


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MEMORIA DEL DIÁLOGO A partir de la pregunta ¿realmente es necesario crear el sujeto de atención o ya existen condiciones suficientes para hacer plataformas de este tipo? se dio lugar a una serie de observaciones y planteamientos: Marta Juana López (Oxlajuj Ajpop) se cuestionó sobre la existencia de un sujeto constituido sino más bien en vías de emerger. Lo importante es considerar la naturaleza de las poblaciones en Guatemala. En base a ello surgió la cuestión de si se pretende fortalecer un espacio de atención legal cuya finalidad esté relacionada con los derechos colectivos, o más bien que esté relacionada con los derechos indígenas. Al respecto de este último comentó que la Defensoría Legal Indígena ha hecho un gran tgrabajo al respecto y agregó que la Defensoría trabaja en el modo de fortalecer los espacios creados. Álvaro Castellanos (RACSA) sugirió que, si se pretende seguir con una línea como la planteada, se cambie del nombre la calificación “legal” y se cambie por “jurídica”, en tanto el tema de legalidad en Guatemala no ha sido planteado de la mejor manera, abriendo el espacio a la posibilidad de crear interpretaciones erróneas. Consideró que deben de establecerse las líneas de atención y formular iniciativas. Resulta necesario agregar el tema de sociología jurídica, pues consideró que solamente de esa manera es posible comprender la legitimidad de las normas. Enfatizó que, sin duda, los fines del Consejo deben de ser mejor definidos. Explicó que una diferencia trascendental de otros centros y bufetes populares con este proyecto es que éste velaría por intereses públicos. Finalmente, observó que la parte de acompañamiento de casos constituiría la que provocaría un mayor grado de interés, pero que restaría mucho tiempo de interpretación y generación de información y socialización de los derechos colectivos, aspectos también muy importantes, por lo que se tiene que encontrar un equilibrio.

Carlos Lacán (Tob’nel Tinamit), consideró que un centro como el propuesto sería más operativo si se le otorgara la pertinencia cultural del pueblo indígena. Aclaró que esa idea no era planteada en un sentido excluyente sino realista, tomando en cuenta la importancia de la relación del indígena con el colectivo. Agregó que en un plano real de operación, el centro de trabajo tendría cientos de casos y situaciones qué atender, por lo que trataría cosas muy generales y desviaría la atención de lo específico. Remarcó de nuevo, como hizo Álvaro Castellanos, la necesidad de encontrar un equilibrio. Compartió la idea planteada por CANEK, sobre la manera en que el “cómo” ilustra el “qué”, es decir la importancia de partir de las formas propias de la comunidad para elaborar la parte de acción política. Sobre el quehacer del proyecto consideró que, eventualmente, el tema de moda sería el litigio estratégico, el cual va más allá de atender casos y se refiere a hacer paradigmáticos casos que demuestren el modo en que el Estado reacciona cuando hay demandas de derechos colectivos. Resaltó que los principios de construcción del consejo sean los que permitan dar forma al pluralismo jurídico como experiencia práctica. Finalmente recalcó que una organización por sí misma no puede realizar los fines planteados, ya que se necesita una serie de herramientas, estudios y peritajes, entre otros, por lo que sugirió que se hablase de una posible unificación con la mayor cantidad posible de actores con consideración a la diversidad. Carlos Chex (Sotz’il) sugirió que las propias organizaciones se pueden encargar de crear la tarea legal de asistencia mientras que el consejo puede generar la interpretación y vincularla a las organizaciones para que éstas orienten sus casos de una u otra manera. Así se conseguiría unión y cooperación. Benito Morales (Fundación Rigoberta Menchú Tum), compartió la opinión de Álvaro Castellanos en el sentido que el nombre apropiado no es “Centro de Asistencia Legal”. Expresó que entendió lo planteado como un espacio de reflexión, a diferencia de un centro meramente de asistencia. De esa manera,


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explicó que los espacios de reflexión son indispensables en Guatemala, pues las personas entienden de distinto modo el concepto de derechos colectivos o de derechos indígenas, por lo que no existe claridad sobre el tema. Consideró que los pueblos indígenas, así como cualquier grupo social, tienen derechos colectivos. En ese sentido, explicó que a la propuesta debe vérsela de modo estratégico, ya que no hay que desatender el hecho que la demanda de derechos colectivos e individuales proviene de una realidad diversa y muy compleja. Expresó que en la medida en la que puedan atenderse las demandas colectivas, y se genere con ello mayor conciencia colectiva, se favorecerá la tolerancia entre culturas diferentes y la capacidad de cooperación y trabajo conjunto. Consideró que es importante hacer aún más complejas y profundas las reflexiones sobre derechos colectivos, para no encontrar experiencias negativas u obstáculos que puedan obstaculizar la idea. Marta Juana López (Oxlajuj Ajpop) expresó su inquietud para revisar las implicaciones políticas que tendría trabajar en el contexto guatemalteco la corriente de la ciudadanía diferenciada, para no repetir con los resultados de la corriente del multiculturalismo en el país. Expresó que quienes participaron en el movimiento indígena emergente a inicios de los ’90 nunca hablamos de esta corriente. Ahora ya hay estudios que registran la existencia de un movimiento en Guatemala del multiculturalismo. Esto tiene una connotación política grave para las luchas de los pueblos indígenas. Manifestó que espacios de reflexión como el que se pretende crear son efectivos y que en ellos debe orientar su trabajo la cooperación internacional. Carlos Lacán (Tob’nel Tinamit). Aclaró que al mencionar que los derechos colectivos están engarzados en los derechos indígenas, no negaba la existencia de otros grupos que poseen distintas garantías, y se refería a la necesidad de establecer un objetivo específico y definir una línea de trabajo para obtener resultados. Aludió a la situación de acceso a la justicia, y a la intención de que existan intérpretes y jueces indígenas que registren las actuaciones en el

idioma local, como una posibilidad del Estado, aunque no es suficiente porque la ley que se aplica es la ley de la etnia dominante. Norma Sactic (Comisión Pueblos Indígenas - CR), coincidió con lo planteado al respecto de la manera de iniciar un proceso enfocándose en los actores más que en las líneas de trabajo, para determinar el modo de acercarse a la línea de defensa de derechos colectivos. Expresó que existen procesos que pueden quedarse sin ser tomados en cuenta, por falta de entendimiento acerca de su enfoque étnico. Consideró importante generar reflexiones e iniciativas en el marco jurídico - legal. Magdalena Jocholá (CODISRA), compartió su observación al respecto que en las universidades no se enseña profundamente el tema de los derechos colectivos y que se instruye, sobre todo, en cuanto a los casos individuales. Consideró importante que la primera fase del consejo sea de investigación, en la que debe de definirse el entendimiento sobre derechos colectivos e identificar los que serán tomados en cuenta, relacionándolos especialmente con el tema de derechos indígenas. Al respecto de las consideraciones de territorio y sobre ciudadanía diferenciada, expresó que éstas le provocan la idea que se trata especialmente del derecho de autodeterminación, sobre lo cual hay que definir los límites de los avances que pueden realizarse al respecto, tomando en cuenta las limitaciones que impone el Estado para el ejercicio de dicha garantía. Concluyó expresando la necesidad de determinar cuáles son los instrumentos nacionales e internacionales que pueden tomarse en cuenta para los estudios relacionados. José Antonio Puac (ODHAG), consideró positivo colocar ideas, como las planteadas, tanto frente a personas y organizaciones de renombre como a la realidad comunitaria, para ver también qué tan lejos el ejercicio profesional está desligado o cercano a la realidad comunitaria. Manifestó que a falta de una ley específica, considera que debe velarse por su creación. Agregó que deben cambiarse leyes y formas tradicionales de juzgar. Aludió a varios


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centros en Guatemala de naturaleza similar, pero señaló la necesidad de tener presente que la cantidad y magnitud de las necesidades es mayor. Carlos Chex (Sotz’il), consideró necesario avanzar con la discusión al respecto del cambio de nombre. Manifestó que es importante determinar lo que se puede avanzar en el sentido de la búsqueda de respuestas afirmativas por parte del Estado para el ejercicio de los derechos indígenas. Expresó que la tolerancia es un aspecto más importante para el pueblo ladino, en contraste con el indígena, dados los sistemáticos actos de discriminación y racismo que este pueblo infringe al resto. Señaló diferencias de la concepción legal de ciudadanía con la que se tiene en muchos pueblos indígenas. Ejemplificó dicho pensamiento con el caso en que un menor se case a los 14 años, pues ello sería mal visto en la ciudad, pero constituiría algo común dentro de la comunidad indígena.

CONCLUSIONES PARA EL AVANCE DEL DIÁLOGO Las conclusiones del diálogo para avanzar en la formulación de la propuesta son las siguientes: Es preciso hacer la diferenciación entre derechos de los pueblos indígenas y derechos colectivos. No existen sujetos colectivos plenamente constituidos pero sí están en proceso de emerger. La temporalidad del centro. La constitución del centro no es coyuntural ni eventual. Tanto el proceso de reflexión e interpretación como la formulación de iniciativas de cambios en el marco jurídico legal y su accionar, y obviamente la misma asistencia de casos reales, precisan de una seguridad de participación a largo plazo.

Es importante agregar el tema de sociología jurídica. Los propósitos y fines deben de definirse de forma compartida, con carácter interinstitucional y mediante proceso intercultural. Una diferencia trascendental de otros centros y bufetes populares con el proyecto es que éste velaría por intereses públicos. Los principales actores deben de ser constituidos por la gente, y no sólo por los abogados y jueces. Es preciso iniciar un proceso enfocándose en los actores. Es fundamental partir de la base para constituir el “qué” del centro, ello para incluir el pluralismo desde el inicio y garantizar la complejidad de la reflexión. Debe de evitarse la conformación del centro en un espacio sólo de asistencia, aspecto que desviaría la atención y la interpretación de los derechos colectivos y la misma emergencia del sujeto colectivo. Una propuesta es que las propias organizaciones se encarguen de la tarea legal de asistencia legal y acompañamiento. Es imprescindible elaborar una agenda compartida.


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CANEK – OBSERVATORIO CULTURAL

Quetzaltenango, con la coordinación de Casa Noj de la Cultura, y en Chimaltenango, con la coordinación de la Asociación Sotz’il.

CANEK - Observatorio Cultural es una coproducción de la Asociación Centro Civitas y del Centro Cultural de España. La primera fase (2008 – 2009) estuvo comprometida en la construcción teórico – conceptual del observatorio, la elaboración participativa del Plan Estratégico, la constitución de las dos primeras Comunidades Emergentes de Conocimiento, situadas en Quetzaltenango y Chimaltenango, y, finalmente, en la coordinación de 87 autoridades y representantes comunitarios de todo el país y procedentes de todas las comunidades lingüísticas en la planificación de la segunda fase del Plan Estratégico. Esta segunda fase (2010 – 2012), implica:

Acciones

Transformar el contexto de mecanismos de alienación cultural y el carácter natural-, centralista y monista del orden político, social, jurídico y económico establecido, resultantes de las desigualdades estructurales, en un entramado de relaciones plurales, interculturales, legítimas, ascendentes, horizontales y creativas que opere por decisión de los pueblos xinka, garífuna, maya y “ladino”, consolidados en sujetos colectivos, y sin menoscabo de ninguno de ellos.

PROGRAMAS PROGRAMA I: Acompañar, desde la interpretación comunitaria de los derechos colectivos, la construcción de comunicación intercultural aplicada en procesos de generación de conocimiento y organización comunitario - regional para fomentar la incidencia social y política de la comunidad y de su región en el contexto mediato de desigualdades estructurales de carácter cultural. Resultado esperado: Se han creado 2 nuevas Comunidades Emergentes de Conocimiento (CEC) y se han consolidado las CEC ya creadas en el 2009 en

Acción I: Desarrollo técnico, gestión y de acompañamiento de las CEC de febrero a marzo. Acción II: Sesión de coordinación, mejora y adecuación a la realidad de cada comunidad del Plan de Constitución de Comunidades Emergentes de Conocimiento. Acción III: Creación y desarrollo de 2 nuevas Comunidades Emergentes de Conocimientos y consolidación de las dos creadas en el 2009, dos publicaciones sobre los resultados de sus investigaciones en base al Sistema de Indicadores para la observación comunitaria del impacto de las desigualdades estructurales en el ejercicio de los derechos y de sus Planes Estratégicos para el ejercicio de los derechos colectivos y la formulación de políticas culturales comunitarias y regionales. Acción IV: Actualización, mejora y mantenimiento de la plataforma tecnológica para la comunicación vía Internet de las Comunidades Emergentes de Conocimiento y la digitalización de datos del Sistema de Indicadores Cuantitativos para la observación comunitaria del impacto de las desigualdades estructurales en el ejercicio de los derechos colectivos, y la posterior generación de gráficas.

Acompañamiento en la creación comunitaria e interrelación de comunidades emergentes de conocimiento. Para que la información sea fidedigna y tenga aplicación real para transformar la realidad, CANEK facilita la reconstrucción de estructuras organizativas locales capaces de generar información estadística y conocimiento por sí mismas, llamadas por ello comunidades emergentes de


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conocimiento, capaces de analiza la situación del colectivo y el impacto en sus comunidades de las desigualdades estructurales. El observatorio las interrelaciona para generar retroalimentación y redes de trabajo. La información y el conocimiento, en definitiva, vienen de abajo y no de arriba, es decir no procede de fuentes oficiales sino de la misma comunidad. Se trabaja entonces por procesos en unidades conectadas con un fin común: el ejercicio de los derechos colectivos y la construcción de un Estado plural desde la base. Este programa consta de las siguientes fases: (I) Creación de comunidades emergentes de conocimiento (CEC). (II) Diagnóstico local cuantitativo del impacto de las desigualdades estructurales de carácter cultural en la conformación y desarrollo de colectivos locales. (III) Generación de conocimiento local sobre colectividad e interpretación de derechos colectivos a partir de los Ciclos locales de generación de conocimiento e incidencia local y regional. (IV) (Re) formulación de políticas culturales comunitarias mediante proceso de construcción intercultural: plan estratégico de incidencia comunitaria y regional en base a la interpretación de los derechos colectivos.

PROGRAMA II: Generar y fortalecer medios alternativos de comunicación, retroalimentación e incidencia que permitan la construcción ascendente, descentralizada y conjunta de sujetos políticos dedicados a la formulación, implementación y seguimiento de políticas culturales para la construcción desde lo comunitario y lo regional de un Estado plural. Resultado esperado: Se ha generado espacios de incidencia comunitaria, regional y estatal sobre Derechos Colectivos y Políticas Culturales para el desarrollo cultural de los pueblos de Guatemala que permite el debate, interpretación, formación y seguimiento de ejercicio de políticas sobre derechos colectivos, desarrollo y construcción de Estado Plural, así como ciclos comunitarios de conversación radial e intergeneracional sobre aspectos que de estos temas se desprenden, con la debida sistematización y publicación de

resultados. Se ha obtenido finalmente el mapa desde la interpretación comunitaria del territorio y una propuesta consolidada de consejos regionales Acciones Acción I: Desarrollo del programa de radio comunitario Conciencia Colectiva, con IGER – red de radios comunitarias en aire cada dos semanas desde enero de 2009. Acción II: Realización del Ciclo Intergeneracional de Debate sobre Colectividad y Derechos Colectivos, en aplicación desde enero de 2009 dos veces al mes. Realización del Congreso Nacional sobre Derechos Colectivos y Políticas Culturales para el desarrollo cultural de los pueblos de Guatemala, de 80 representantes y autoridades comunitarias durante 4 días. Acción III: Publicación de resultados del Congreso Nacional sobre Derechos Colectivos y Políticas Culturales para el desarrollo cultural de los pueblos de Guatemala. Acción IV: Asistencia en la incidencia de cambios constitucionales para el legalización de sujetos colectivos. Construcción intercultural a partir de la interpretación local y el ejercicio ascendente de los derechos colectivos. Éste programa absorbe información Comunitaria y regional que sirve para establecer las líneas estratégicas de acción y concretar el marco teórico-conceptual y político de CANEK en base a la consideración de representantes locales de todo el país. Es decir, CANEK no decide cómo observar, dónde y qué, sino que lo establecen las bases. La información se traduce en conocimiento cuando ésta es interpretada y aplicada en las CEC. Consta de las siguientes componentes: Ciclo radial de conversaciones sobre derechos colectivos y su interpretación local en radios comunitarias. Ciclo de entrevistas a consejos locales de representación y decisión colectiva para la sistematización de procesos de organización comunitaria y


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ejercicio de los derechos colectivos. Ciclo intergeneracional de conversatorios sobre derechos colectivos y colectividad. Mesas nacionales de debate con representantes y autoridades locales, que permiten establecer políticas culturales a nivel regional nacional y establecer pautas de cooperación y coordinación de las distintas étnias del país para su ejecución.

PROGRAMA III: Generar un espacio de interpretación de los derechos colectivos y de asistencia legal a casos específicos donde se vean violados los convenios internacionales que hacen expresa la defensa y desarrollo de los pueblos constituidos en sujetos colectivos. Resultado esperado: Se ha creado el Centro Jurídico Interinstitucional de Interpretación, Formación y Asistencia en Derechos Colectivos.

Acciones Acción I: Realización de 5 mesas de trabajo para la formulación interinstitucional y de convergencia del Plan Estratégico del Centro a partir de los diversos centros de atención legal que operan individualmente en Guatemala en defensa de los Derechos Colectivos de los Pueblos. Acción II: Curso en formación e interpretación de los derechos colectivos y políticas culturales en el marco jurídico nacional e internacional, con vistas a la formación de abogados y notarios de los pueblos originarios y publicación del curso. Acción III: Recursos para gastos de ley y procedimientos administrativos en la asistencia a casos específicos donde se violan los derechos colectivos.


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ANEXOS MAPAS DEL PROCESO HISTÓRICO DE DIVISIÓN DEPARTAMENTAL DE GUATEMALA DE 1824 A 1985 A continuación mostramos una serie de mapas que muestran los cambios que han sufrido los límites político-administrativos a lo largo de los dos últimos siglos. Éstos forman parte de la compilación elaborada por Flavio Quesada Saldaña en Estructuración y desarrollo de la administración política territorial de Guatemala en la colonia y la época independiente. (Guatemala: Centro de Estudios Urbanos y Regionales de la Universidad de San Carlos de Guatemala, 1983). Los números que aparecen tanto a la par de las leyendas como en los mapas son nuestros. Las fuentes de los mapas son las siguientes: Mapa 1, 1824. Miguel Rivera Maestre, Carta del Estado de Guatemala en Centro– América, 1832 Constitución Federal de Centro América, 7 de noviembre 1824 “Decreto de la Asamblea Constituyente, 4 de noviembre de 1825” en Manuel Pineda de Mont Recopilación de Leyes de Guatemala. Tomo I, 1869 pp. 463-470. Mapa 2, 1825. Miguel Rivera Maestre, op.cit. 1832 Carta del Estado de Guatemala, 11 de octubre de 1825 “Decreto de la Asamblea Constituyente, 4 de noviembre de 1825” en Pineda de Mont, I: 463-470. Mapa 3, 1838. “Decreto de la Fundación del Estado de Los Altos 2 de Febrero 1838” Quetzaltenango: Imprenta de Los Altos, 1838.

Mapa 4, 1840. “Decreto de Gobierno, 26 de febrero 1840”, Pineda Mont, I: 48-49. Mapa 5, 1842. Gaceta de Guatemala, 13 y 25 de noviembre 1842. Mapa 6, 1844. “Decreto de Gobierno, 20 de noviembre 1844”, Pineda Mont, I: 475. Mapa 7, 1850. “Decreto de Gobierno, 9 de octubre 1850”, Pineda Mont, I: 475-477. Mapa 8, 1852. “Decreto de Gobierno, 8 de mayo 1852”, Pineda Mont, I: 477-478. Mapa 9, 1859. “Convención relativa a los límites con Belice. Aycinena-Wyke, 30 de abril 1859” en Gaceta de Guatemala, 19 de septiembre 1859. Mapa 10, 10 1866. “Acuerdo de Ministerio de lo interior” en Gaceta de Guatemala, 16 de mayo 1866. Tomo XV N. 15 Mapa 11, 11 1871. “Decreto No. 30 de noviembre 1871” en Recopilación de lãs Leyes emitidas por el Gobierno de Guatemala, desde el 13 de junio 1871, hasta 30 de junio 1881. Tomo I Guatemala: Tipografía El Progreso 1881. p.56. Mapa 12, 12 1872. “Acuerdo de Gobierno, junio 13, 1872” en Recopilación de Leyes; I: 120 “Decreto 72, 12 de agosto 1872” en op.cit., I:132. Mapa 13, 13 1873. “Decreto No. 107 de 24 de noviembre 1873” Recopilación de Leyes; I:233.


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Mapa 14, 14 1874. “Acuerdo de Gobierno de abril 1874” Recopilación de Leyes; I:276277. Mapa 15, 15 1877. “Decreto No. 181, 4 de mayo 1877” en Recopilación de Leyes; II: 107 No. 194, 16 de octubre 1877 op.cit., II:155-56. Mapa 16, 16 1882. “Tratado definitivo de limites de Guatemala – México, HerreraMariscal, 27 de septiembre 1882” en Recopilación de Leyes; III: 447. El Guatemalteco, 425, 26 de diciembre 1883. Fuente: “Mapa de la República de Guatemala”, 12 de enero 1895 en El Mensajero de Centro-América. Cuestiones entre Guatemala y Mejico. Guatemala Tipografía Moderna, 1895. Mapa 17, 17 1885. “Decreto Ejecutivo del 9 de enero de 1885” en Instituto Geográfico Nacional, Diccionario Geográfico de Guatemala. Tomo I. Guatemala: Tipografía Nacional, 1976. pag. 439. Mapa 18, 18 1908. “Decreto 863, 15 de abril de 1908” en El Guatemalteco, Tomo LXIV, No. 38. Mapa 18, 18 1920. “Decreto Gubernativo de 25 de diciembre de 1919” en El Guatemalteco, Tomo XCIV No. 14 y “Decreto No. 756 de 9 de junio de 1920” en El Guatemalteco, Tomo XCV No. 13. Mapa 19, 19 1934. “Decreto de la Asamblea Legislativa del 3 de abril de 1934” en Diario de Centro América, Tomo X, No. 23. Mapa 20, 20 1935. “Decreto Legislativo No. 2081 de 29 de abril de 1935” en Diario de Centro América, Tomo 14, No. 171.Mapa 21, 21 1985. “Acuerdo Gubernativo 722-85 de 21 de agosto de 1985” en Diario de Centro América de 21 de agosto de 1985.


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CANEK – Observatorio Cultural

POLÍTICAS CULTURALES PARA UN ESTADO PLURAL Directora Asociación Centro Civitas Evelyn Blanck Director Centro Cultural de España en Guatemala Jorge Castrillón Equipo consultor Benito Morales Byron Paredes Elsa Blanco Enrique Gordillo Lucía Xiloj Odilia Chavajay Renata Ávila Con la colaboración de Romeo Tiu Santiago Bastos Asistencia en la construcción de indicadores Diani Cabrera Luís Cruz

Asistencia técnica CCE/G Laura Luja

Asistencia logística Mirza Colindres Pedro Ortega

Coordinación Comunidad Emergente de Conocimiento Moloj Naoj Kaqchikel Sotz’il. Centro para la investigación y planificación del desarrollo maya Armando Sarazua Marvin Chirix Coordinación Comunidad Emergente de

Asistencia legal Mario Figueroa Asistencia tecnológica César Hernández Cesar Joel Bojorquez Curtidor Ernesto Lorenzana Erwin Gonzales Bonilla Francisco Castro

Conocimiento Espacio de Convivencia Cultural Casa No’j Carlos Escalante Saknicte Racancoj Consejo Coordinador del Pueblo Xinka de Guatemala, Chiquimulilla Demetrio López

Asistencia pedagógica Eduardo Sáez

Casa de la Cultura Garínagu, Livingston Teywi Álvarez

Edición Gemma Gil

Impresión y encuadernado a cargo de Claudia

Diseño Equipo CANEK

Coordinador general Isaac De los Reyes


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CANEK – Observatorio Cultural Confluencia

■ Cuadernos de observación activa 2009


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