Quien decide Amazonía

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¿Quién decide

en la amazonía ecuatoriana? La Superposición de Intereses en los Territorios Ancestrales del Centro Sur de la Amazonía Ecuatoriana

Ecuador

FUNDACIÓN PACHAMAMA DICIEMBRE, 2007


Algunos hitos en la Territorialidad Amazónica

Introducción Fortaleciendo la territorialidad amazónica del centro sur Bajo el liderazgo de la CONFENIAE, las nacionalidades y pueblos originarios del Centro Sur de la Amazonía * ecuatoriana vienen reconstruyendo una propuesta política para el reconocimiento de sus territorios y gobiernos autónomos, en base al ejercicio de sus Derechos Colectivos. Esta lucha se hace necesaria ante una relación particular con el Estado Ecuatoriano, cuyas políticas y planes se niegan a reconocer los territorios indígenas como unidades integrales de los pueblos y nacionalidades, imponiendo un proceso sistemático de división de los espacios comunales a favor de individuos indígenas, no indígenas, empresas nacionales y extranjeras, en contra de los Derechos Colectivos de los pueblos indígenas garantizados por los convenios internacionales y normas jurídicas nacionales. A fin de apoyar a la reconstrucción de esta propuesta política amazónica, la Fundación Pachamama elaboró el presente documento. La

información cartográfica y las cifras presentadas aquí, se basan en un trabajo de campo de varios años de las nacionalidades del Centro Sur acompañadas por la Fundación Pachamama y otras ONGs. La información presentada pertenece a las nacionalidades; la Fundación Pachamama es solamente un acompañante de los procesos de uso y manejo de esta información. Una serie de entrevistas realizadas a través de la CONFENIAE con Dirigentes actuales y pasados del Centro Sur también contribuyen a este documento. En las siguientes páginas se muestra, a través de mapas, tablas y textos, la realidad e impactos de esta superposición de intereses en los territorios ancestrales del Centro Sur. También, se resaltan casos específicos del ejercicio de territorialidad ante estas situaciones. Se espera que esta información sirva para avanzar en la conquista de los Derechos Colectivos de un país verdaderamente plurinacional.

* Para esta publicación “Amazonía Centro Sur” corresponde específicamente a las provincias de Pastaza, Morona Santiago y el Sur de Orellana.

Hasta el siglo XX, las nacionalidades y pueblos amazónicos manejaban sistemas de propiedad y territorialidad basados en las relaciones socio-históricas entre sus miembros, en espacios geográficos coherentes con los en que viven actualmente, pero se organizaban e identificaban por familias o comunidades, y no como las nacionalidades que se reconocen actualmente.

La Ley de Colonización y Tierras Baldías de 1956 y la Reforma Agraria del 1964 incentivaron la colonización en la amazonía con promesas de tierras “baldías” en el “Oriente”, desconociendo la presencia de los pueblos indígenas en la zona, promoviendo así la propiedad individual de la tierra e invasión de los territorios ancestrales amazónicos. En 1964, se descubrieron las reservas petroleras de Lago Agrio, en el Nororiente de la Amazonía. Desde 1972, el gobierno militar impulsó la explotación petrolera en la zona con carreteras y otra infraestructura. Diez años más tarde, comienza la ampliación de la frontera petrolera hacia el Centro Sur de la Amazonía, incluyendo territorios Waorani, Kichwa, Zápara, Shiwiar, Achuar y Shuar. Entre los 60s y 80s, los pueblos indígenas empezaron a organizarse bajo federaciones, para titular sus tierras. Esta etapa representa el inicio de la territorialidad y del sentido de nacionalidad que ahora caracteriza el movimiento indígena amazónico.

En 1992, liderado por la OPIP, el movimiento indígena realizó la famosa marcha

“Allpamanda, Kawsaymanda, Jatarishun” (por la Tierra, por la Vida, levantémonos) para exigir el reconocimiento de los territorios ancestrales en forma de títulos colectivos de los Achuar, Kichwa, Zápara y Shiwiar. Como resultado, el Presidente Rodrigo Borja les reconoció parcialmente 19 títulos que equivalían a un 60% del total de los territorios demandados. En 1998, después de haber ratificado el Convenio 169 de la OIT, Ecuador adoptó una nueva Constitución que reconoció por primera vez los Derechos Colectivos de los Pueblos Indígenas. A pesar de ello, garantizar estos derechos ha significado un reto para el Estado que no ha sabido implementar políticas ni legislación adecuada para lograrlo. Un ejemplo claro de esta falla es el caso del derecho de los Pueblos Indígenas a crear Circunscripciones Territoriales Indígenas, como una parte del sistema político-administrativo del Estado. Hasta el momento, no existen normas secundarias para poner en la práctica este derecho. Al repasar estos hitos, se notan la adaptación y fortalecimiento de las estrategias de defensa y consolidación territorial utilizadas por las Nacionalidades y Pueblos originarios amazónicos. Cada etapa representa retos distintos que giran alrededor del territorio: actores ajenos buscan controlar o acceder las tierras y los recursos naturales ubicados en los territorios ancestrales, incluyendo los del subsuelo. Como respuesta a cada etapa y a las amenazas y oportunidades externas, los Pueblos Indígenas generan nuevas estrategias de territorialidad para la defensa, consolidación y control de sus territorios.

Fuentes bibliográficas para esta sección: CONFENIAE, “Territorios”, http://www.ecuanex.net.ec/confeniae; Botero Villegas, LF. “Estado, cuestión agraria y movilización india en Ecuador. Los desafíos de la democracia.” Nueva Sociedad No. 153 Enero-Febrero 1998, pp. 56-72. Chirif T., Alberto y Pedro García H. 2007. Marcando Territorio: Progresos y limitaciones de la titulación de territorios indígenas en la Amazonía. Copenhague: IWGIA.


Derechos Territoriales Los pueblos indígenas del mundo y del Ecuador, hoy en día, gozan de varios Derechos Colectivos que garantizan su auto-determinación y propiedad sobre sus territorios ancestrales.

El Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), ratificado por el Estado Ecuatoriano en 1998, fue la normativa internacional que inspiró la elaboración de los artículos 83 y 84 en la Constitución de 1998:

Constitución de la República del Ecuador, 1998

Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes

Art. 84.- El Estado reconocerá y garantizará a los pueblos indígenas, de conformidad con esta Constitución y la ley, el respeto al orden público y a los derechos humanos, los siguientes derechos colectivos:

2) Mantener, desarrollar y fortalecer su identidad y tradiciones en lo es-

piritual, cultural, lingüístico, social, político y económico. 3) Conservar la propiedad imprescriptible de las tierras comunitarias, que serán inalienables, inembargables e indivisibles, salvo la facultad del Estado para declarar su utilidad pública. Estas tierras estarán exentas del pago del impuesto predial. 4) Mantener la posesión ancestral de las tierras comunitarias y a obtener su adjudicación gratuita, conforme a la ley. 5) Participar en el uso, usufructo, administración y conservación de los recursos naturales renovables que se hallen en sus tierras. 6) Ser consultados sobre planes y programas de prospección y explotación de recursos no renovables que se hallen en sus tierras y que puedan afectarlos ambiental o culturalmente; participar en los beneficios que esos proyectos reporten, en cuanto sea posible y recibir indemnizaciones por los perjuicios socio-ambientales que les causen. 7) Conservar y promover sus prácticas de manejo de la biodiversidad y de su entorno natural. 8) Conservar y desarrollar sus formas tradicionales de convivencia y organización social, de generación y ejercicio de la autoridad. 9) A no ser desplazados, como pueblos, de sus tierras...

Artículo 13.-

1. ...los gobiernos deberán respetar la importancia especial que para las

culturas y valores espirituales de los pueblos interesados reviste su relación con las tierras o territorios, o con ambos, según los casos que ocupan o utilizan de alguna otra manera y en particular los aspectos colectivos de esa relación.

Artículo 14

1. Deberá reconocerse a los pueblos interesados el derecho de propie-

dad y de posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan. Además, en los casos apropiados, deberán tomarse medidas para salvaguardar el derecho de los pueblos interesados a utilizar tierras que no estén exclusivamente ocupadas por ellos, pero a las que hayan tenido tradicionalmente acceso para sus actividades tradicionales y de subsistencia...

Artículo 15

1. Los derechos de los pueblos interesados a los recursos naturales existentes en sus tierras deberán protegerse especialmente. Estos derechos comprenden el derecho de esos pueblos a participar en la utilización, administración y conservación de dichos recursos.


Territorialidad amazónica MAPA 1: Territorios de las nacionalidades en Pastaza, Morona Santiago y sur de Orellana Preparado por: Fundación Pachamama.

La nueva Declaración de la Organización de Naciones Unidas (ONU) sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, aprobada por la Asamblea de la ONU el 13 de Septiembre del 2007, marca un avance importante para los Derechos Colectivos de los Pueblos Indígenas del Ecuador y del mundo:

Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas Artículo 3

Los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación. En virtud de ese derecho determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural.

Artículo 4

Los pueblos indígenas, en ejercicio de su derecho de libre determinación, tienen derecho a la autonomía o el autogobierno en las cuestiones relacionadas con sus asuntos internos y locales, así como a disponer de los medios para financiar sus funciones autónomas.

Artículo 32

1. Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar y elaborar las

prioridades y estrategias para el desarrollo o la utilización de sus tierras o territorios y otros recursos.

2. Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los

pueblos indígenas interesados por conducto de sus propias instituciones representativas a fin de obtener su consentimiento libre e informado antes de aprobar cualquier proyecto que afecte a sus tierras o territorios y otros recursos, particularmente en relación con el desarrollo, la utilización o la explotación de recursos minerales, hídricos o de otro tipo.

TABLA 1: Superficies por Nacionalidad en las provincias de Pastaza, Morona Santiago y sur de Orellana.

Nota: Los territorios indicados en el mapa y superficies calculados en la tabla solo reflejan aquellos que están titulados. Es importante recordar que aún falta titular grandes extensiones de los territorios Kichwa de Pastaza y Shuar de Morona Santiago.


La territorialidad desde una perspectiva amazónica

6 objetivos centrales de la territorialidad amazónica

La territorialidad es el ejercicio del conjunto de prácticas y estrategias que maneja una Nacionalidad o Pueblo para consolidar y controlar su territorio ancestral.1

Actualmente, la territorialidad amazónica busca lograr seis objetivos centrales, 4 de ellos en torno a sus relaciones hacia fuera y dos hacia adentro:

Para las nacionalidades y pueblos originarios amazónicos, este territorio tiene significado social, cultural, político, económico, histórico y espiritual para sus habitantes. Es donde los miembros de la nacionalidad o pueblo se relacionan entre sí, donde desarrollan y reproducen una identidad única en base a su propia cosmovisión y en relación al Estado, sus vecinos, y otros actores externos.

Hacia fuera:

El territorio es imprescindible para la supervivencia de los pueblos indígenas. Los pueblos indígenas adaptan su territorialidad en torno a cambios en su contexto – tanto interno como externo - por lo tanto, la territorialidad que ejercen las nacionalidades y pueblos amazónicos hoy, no es necesariamente la misma que ejercieron ayer ni lo que ejercerán mañana. Esta adaptación continua es un pilar de la resistencia de las nacionalidades ante una relación conflictiva con el Estado y otros actores externos, y a favor de la construcción proactiva del “buen vivir” basado en los valores y costumbres propios.

1. Reconocimiento y respeto hacia los espacios físicos-históricos, los territorios ancestrales, incluyendo el aire, agua, suelo y subsuelo.

2. Reconocimiento y respeto de sus auto-gobiernos, incluyendo sus sistemas jurídicos y administrativos, como autoridades máximas y autónomas sobre sus territorios ancestrales. 3. Reconocimiento y exigibilidad de los Derechos Colectivos garantizados en la normativa nacional e internacional. 4. Participación en los procesos de toma de decisiones del Estado, incluyendo la participación política-administrativa, la participación presupuestaria y la consulta previa.

Hacia adentro: 5. Consolidación y ordenamiento territorial interno como la base pro-

ductiva de las comunidades, incluyendo la elaboración de Planes de Manejo, el rescate de prácticas tradicionales para el manejo territorial, la revitalización de sistemas productivos locales y la generación de ingresos económicos.

6. Fortalecimiento de la gobernabilidad interna, incluyendo procesos

1 2007, “Territorialidad Amazónica: Una sistematización de conceptos, percepciones y propuestas.” Fundación Pachamama. Por publicarse. Quito, Ecuador.

internos de toma de decisiones, la reconstitución de las relaciones socio-culturales internas y el ejercicio político entre el Consejo de Gobierno y las bases.


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11 Mapa 2: Titulación Achuar Mapa del territorio de la Nacionalidad Achuar en el Ecuador

Estudio de Caso: Nacionalidad Achuar del Ecuador (NAE) y la Reconstitución Territorial El territorio Achuar viene siendo titulado fraccionadamente desde la década de los 70. Ejemplos de estas “fracciones” incluyen:

Titulación – fraccionamiento de los territorios amazónicos Desde que el Estado empezó a reconocer la existencia de los pueblos amazónicos, en los 50, el sistema para titular sus territorios se orientó a la colonización y promoción de la propiedad privada individual. Actualmente, existe un rompecabezas de títulos de diversos tipos, tamaños y calidades, por lo tanto, los espacios de vida tradicionalmente ocupados por los indígenas no guardan coherencia con el proceso histórico, socioorganizativo y cultural de sus posesionaros ancestrales.

Las comunidades de Numbay y Charapa tienen su territorio titulado como “comunidades”, una fracción de sus territorios traslapan. La FINAE (organización representativa antes de la NAE) también aparece como adjudicataria. Se aborda la titulación de una fracción a nombre de 3 centros Achuar, Capawari y Mashientz. El Centro Mashumar tiene dos fracciones tituladas a su nombre, una de 12.694,60 y otra de 2.694,60 hectáreas, ambas en 1989; de la primera, no existe copia del título de adjudicación.

La titulación fraccionada debilita la organización y el manejo del territorio, de modo que los Achuar buscan un solo titulo global que junta los actuales títulos para obtener uno solo a nombre de la NAE con su propio gobierno autonomo. Esta propuesta legal se basa en la Constitución, Art. 84 y el Convenio 169 de la OIT. Hacia ese fin, en 2005, se registró en el CODENPE una nueva estructura de gobierno propio – NAE – con posibilidades de ser propietaria de un territorio colectivo. La NAE está por terminar de legalizar todas las fracciones, con el fin de transferirlas a un solo título global de la nacionalidad.

La información de esta sección proviene de las entrevistas de Dirigentes de la NAE; Leal, Deborah. (2006). “Informe sobre los Derechos Económicos, Sociales, y Culturales: Amazonía Ecuatoriana.” Observatorio DESC. Quito, Ecuador; y Beltran, Bolívar. (2006) “Reconstitución de la Nacionalidad y su Territorio.” Quito, Ecuador.


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Territorios y bloques petroleros

B-27 AEC B-11 CNPC B-Tarapoa B Tarapoa

BB-18 Ecuador EEc c TLC

B-29 Petro Noven Nov o a

B-155 Oxy

B-07 Perenco

B-14 Vintage B-16 Repso Repsol YPF

B B-20 PPetro o N Novena a

B-21 B 2 Perenco nco

B-31 Perez Companc

B-ITT Petro o

B-17 Vinatge natge

B-42 Decima B B--2 -228 Triripetrol Trip Tr ipetrol Gas

B-30 -30 30 0D Dec Decima ecimaa ec B-10 Agip Oil B-41 Decima cimaa B B-36 -36 Decima

B-23 CGC B-32 B -32 322 Decima maa B-24 24 4 Burlingto ton to onn o

B-34 Decima Decima

Preparado por: Fundación Pachamama.

MAPA 3: Territorios Ancestrales y Bloques Petroleros en las provincias de Pastaza, Morona Santiago y sur de Orellana

B-38 Decimaa

B-37 B B-3 -37 3 Decima

B-26 B B-2 -2 Decim Decima Decima B-35 Decima

B-25 -25 25 Decima

B-33 Decima

NOTA: No todos los bloques petroleros están activos. De los bloques que han sido concesionados en el centro sur de la amazonía, los bloques 10, 23, 24, y 28 cuentan con acuerdos firmados entre el Estado y empresas petroleras, y solo el bloque 10 está en operación, pues los bloques 23, 24, y 28 se encuentran suspendidos y declarados en “estado de fuerza mayor.” El bloque 31 ha sido concesionado y fue aprobada su licencia ambiental para la explotación. Los bloques aún no concesionados están en los planes futuros del Estado y pueden ser modificados o suprimidos. (Fuente: “Mapa petrolero ecuatoriano”, www.4.petroecuador.com.ec/mapas/catastral/catastral.htm)

El Artículo 84, numeral 5 de la Constitución, reconoce el derecho de los Pueblos Indígenas a ser consultados antes de que se aprueben proyectos de extracción de recursos naturales no renovables en su territorio, el derecho a ser indemnizado por los daños que dichos proyectos puedan provocar y participar de los beneficios.

Estudio de Caso: Pueblo Originario Kichwa de Sarayaku El territorio ancestral del pueblo originario de Sarayaku está cruzado por los Bloques Petroleros 10 y 23. Con el amparo del Estado, las petroleras ARCO y AGIP (Bloque 10) y CGC (Bloque 23) han llevado a cabo prospecciones petroleras en el territorio de Sarayaku, desconociendo la prohibición de actividades petroleras de la Asamblea del Pueblo. Ante este escenario violatorio, Sarayaku ejerce una territorialidad compuesta por varias estrategias complementarias:

TABLA 3: Territorios Ancestrales y Bloques Petroleros en las provincias de Pastaza, Morona Santiago y sur de Orellana en cifras

Movilización y resistencia masiva: Sarayaku, como parte de la OPIP, participó en la Marcha “Allpamanda, Kawsaymanda, Jatarishum” para la titulación de los territorios ancestrales de Pastaza. Participación activa en la elaboración del Plan Amazanga de la OPIP en 1993, el Plan de Autodeterminación de la OPIP en 1996, y la implementción del “Plan de Vida” de la OPIP en 2000, que ratificaban las demandas territoriales de los Kichwa, Zápara y Shiwiar. A partir del 2003, impulsó la construcción de su propio Plan de Vida, para reconstruir su buen vivir (Sumak kawsay) a través del ejercicio de la autodeterminación sobre su territorio y su cultura. Formación de una Red Solidaria con aliados y tecnologías estratégicas. Aprovechamiento de sus recursos jurídicos, incluyendo una denuncia legal ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la cual concedió medidas cautelares para garantizar la integridad como pueblo y exigió la salida de la CGC – y sus explosivos - del territorio.

La información de esta sección proviene de entrevistas con Dirigentes de Sarayaku; y del Plan de Gestión y Administración del Territorio y los Recursos Naturales del Pueblo Originario Kichwa de Sarayaku. (Mayo, 2006) Elaborado por el Pueblo Originario Kichwa de Sarayaku con apoyo técnico de IQBSS, CISA, y Paz y Solidaridad – EUSKADI. Pastaza, Ecuador; y “Relaciones comunitarias entre industrias extractivas y pueblos indígenas en el centro-sur de la Amazonía ecuatoriana,” elaborado por APAR-Fundación Pachamama (Quito, 2007).


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15 MAPA 4: Territorios Ancestrales y Concesiones Mineras en en las provincias de Pastaza, Morona Santiago y sur de Orellana.

Territorios y concesiones mineras Igual que en el caso de los bloques petroleros, el Estado vende el derecho de explotar los minerales del subsuelo de los territorios ancestrales de las nacionalidades y pueblos amazónicos, a través de concesiones mineras que cruzan estos territorios, sin garantizar los Derechos Colectivos (Art. 84) y el Derecho a un Ambiente Sano (Art. 88) debido a los grandes daños socio-ambientales que causan en las comunidades locales.

Estudio de Caso: FICSH La comunidad de Warints, que forma parte de la Federación Interprovincial de Centros Shuar (FICSH) y la Circunscripción Territorial Shuar Arutam (CTSHA), está afectada por una concesión minera actualmente en manos de la empresa, Lowell (EEUU), que se apresta a iniciar una operación a gran escala para explotar a cielo abierto una reserva de cobre. Preparado por: Fundación Pachamama. Fuente de información secundaria: SIISE versión 4.5 Concesiones mineras al 2005.

TABLA 4: Territorios Ancestrales y Concesiones Mineras en las provincias de Pastaza, Morona Santiago y sur de Orellana en Cifras

Desde 1999, la FICSH, la Asociación Nunkui, y comunidades vecinas han opositado las negociaciones entre Warints y las empresas mineras (anteriormente, Burlington Ecuador, Ecuacorriente S.A., y ahora Lowell).

Nota: Es importante recalcar que estas cifras solo se refieren a las concesiones mineras de las provincias de Pastaza, Morona Santiago y Sur de Orellana y no toman en cuenta las extensas concesiones mineras que afectan el territorio Shuar de Zamora

En 2006, la Asamblea de la Comunidad de Warints exigió el retiro de Lowell de su territorio por incumplimiento de lo acordado entre las partes anteriormente, y al no retirarse, Warints, junto con FICSH y la CTSHA, expulsaron a los mineros y retomaron las instalaciones en su territorio. Hasta la fecha, la resistencia sigue, indicando su posición firma de no permitir las actividades mineras en su territorio. La estrategia de defensa territorial de Warints, está compuesta por los siguientes pasos:

Creación de la CTSHA. Asegurar tierras mediante títulos globales. Unidad organizativa desde las bases y con la FICSH. Medidas de hecho. Personerías jurídicas en cada comunidad. Talleres de socialización del impacto ambiental de la minería. Sesiones mensuales de seguimiento. Denuncias a nivel de las federaciones.

La información de esta sección proviene de entrevistas con Dirigentes de la FICSH y del documento, “Relaciones comunitarias entre industrias extractivas y pueblos indígenas en el centro-sur de la Amazonía ecuatoriana,” elaborado por APARFundación Pachamama (Quito, 2007).


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17 MAPA 5: Territorios Ancestrales y Áreas Protegidas en las provincias de Pastaza, Morona Santiago y sur de Orellana.

Bosque protector Área protegida

Territorios y Áreas Protegidas El Estado ecuatoriano estableció el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP) con el fin de conservar las áreas naturales y la biodiversidad para las generaciones presentes y futuras. Todas las tierras que forman parte del SNAP automáticamente se conviertan en propiedad estatal y deberían ser expropiadas2. Existen acuerdos de co-manejo entre el Estado y las comunidades locales, como es el caso de la Reserva Ecológica Cofán Bermejo en el norte de la Amazonía3. En la práctica, las Areas Protegidas y los Bosques Protectores se sobreponen a los territorios ancestrales, limitan el poder de decisión de la Nacionalidad o Pueblo sobre el manejo sus recursos naturales y afectan la titulación de las tierras. Hasta el presente, no existe una categoría de Area Protegida Indígena en Ecuador que reconozca los derechos de propiedad de las nacionalidades y pueblos.

Estudio de caso: Waorani, Parque Nacional Yasuní y Zona Intangible Tagaeri - Taromenane Preparado por: Fundación Pachamama. Fuente de información secundaria: SIISE versión 4.5

Tabla 5: Territorios Ancestrales y Áreas Protegidas en las provincias de Pastaza, Morona Santiago y sur de Orellana en Cifras

BLOQUES SEGÚN TERRITORIOS NACIONALIDADES CENTRO SUR

Bosque protector Área protegida

El Parque Nacional Yasuní fue creado en 1987 y posteriormente fue declarado Reserva de Biósfera. En 1990, una parte del Yasuní fue adjudicada a la Nacionalidad Waorani. Esta área sigue formando parte del SNAP, por ende, el título de propiedad es del Estado, no de los Waorani. Una zona intangible fue creada dentro del Yasuní en 1999 para proteger los pueblos aislados Tagaeri y Taromenane, que fue delimitada en enero de 2007. Según los planes oficiales, el territorio estaría constituido en varias zonas de protección, uso y manejo muy diferentes del patrón de uso ancestral de las culturas indígenas: zona intangible; zona de amortiguamiento/uso tradicional; zona de uso extensivo no tradicional;

zona de uso intensivo comunitario; zona de recuperación; zona de uso especial y; zona externa de amortiguamiento.

2 Ley Forestal, art. 73.; A pesar de que nunca en la historia del Ecuador ocurrió tal expropiación. 3 Texto unificado de la Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, Libro III, del Régimen Forestal, Artículo Sin embargo, el título de propiedad sigue siendo del Estado.


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19 MAPA 6: Territorios Ancestrales y Divisiones Político Administrativas en las provincias de Pastaza, Morona Santiago y sur de Orellana.

Territorios y divisiones político administrativas El Artículo 224 de la Constitución estipula que existirán provincias, cantones, parroquias y circunscripciones territoriales indígenas (CTI) y afroecuatorianas para la administración y representación política descentralizada del país. Hasta la presente fecha, no existe una ley que regule la creación de las CTI, por lo tanto, la estructura política-administrativa se limita a las provincias, cantones y parroquias, las cuales cruzan – y fraccionan - los territorios indígenas.

Estudio de Caso: Circunscripción Territorial Shuar “Arutam” Límite parroquial

Preparado por: Fundación Pachamama. Fuente de información secundaria: SIISE versión 4.5

TABLA 6: Territorios Ancestrales y Divisiones Política-Administrativas en las provincias de Pastaza, Morona Santiago y sur de Orellana en Cifras

Los Shuar de la Cordillera del Cóndor ocupan un territorio que depende de juntas parroquiales y municipios que suelen olvidarse de los intereses y objetivos Shuar. En el 2003, 6 asociaciones decidieron conformar la Circunscripción Territorial Shuar “Arutam” (CTSHA) con el fin de ser un gobierno que podría fortalecer la FICSH y la nacionalidad Shuar en las tomas de decisiones que afectan directamente estas seis asociaciones. La CTSHA fue uno de los primeros experimentos en la aplicación del Artículo 224. La propuesta de ley de la CTI presentada por la CTSHA explica que: 1. La CTI es un gobierno autónomo con el poder de organizarse según sus propias costumbres y normas. 2. La CTI se encuentra al nivel de un municipio. 3. La CTI no abarca a la nacionalidad Shuar; es complementaria a la FICSH. 4. La CTI asumiría las mismas competencias que tienen los gobiernos municipales y recibiría parte del presupuesto estatal para los gobiernos seccionales. Nunca se aprobó esta propuesta porque no logró el apoyo político necesario ni del Presidente ni del Congreso, pues, implica afectar a los 7 municipios que actualmente cruzan la Cordillera del Cóndor y la estructura política-administrativa de todo el país. En 2006, se registraron el gobierno y los estatutos con CODENPE como el “Consejo de Gobierno del Pueblo Shuar Arutam,” y las comunidades ejercen su propuesta de la CTI como un hecho, a pesar de la falta de un reconocimiento formal del Estado. La información de esta sección proviene de entrevistas con Dirigentes de la FICSH y CGSHA, y del Circunscripción Territorial Shuar “Arutam”. (2004). “Guía para dialogar sobre la Circunscripción Territorial Shuar Arutam.” Con el apoyo de la Fundación Natura y la Organización Internacional de las Maderas Tropicales. Quito, Ecuador.

¿Tiene una Coordinación


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21 Mapa 7: Nacionalidades divididas por Fronteras Binacionales (Ecuador-Perú)

Nacionalidades divididas por la frontera entre Ecuador y Perú Todas las nacionalidades del Centro Sur de la Amazonía están divididas por la frontera binacional entre Ecuador y Perú, con comunidades en ambos lados de la frontera. Esta frontera es un límite político, legal, y militar, y fracciona los territorios ancestrales, impone barreras al contacto entre parientes de ambos lados, y dificulta el desarrollo integral de estos pueblos al limitar sus capacidades organizativas y de representación política. Las barreras principales incluyen la “franja de seguridad” con minas y destacamentos militares, la carencia de medios de comunicación, y distintos marcos legales para el reconocimiento formal de los derechos y territorios indígenas. Los derechos territoriales de pueblos “transfronterizos” son reconocidos a nivel internacional, por el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

Límite parroquial

Preparado por: Fundación Pachamama.

Tabla 7: Nacionalidades divididas por Fronteras Binacionales (Ecuador-Perú) ¿Tiene una Coordinación Binacional entre las comunidades de ambos países?

OJO: Por falta de información disponible sobre los procesos históricos de ocupación territorial, es difícil hablar con certeza de “territorios divididos por fronteras binacionales,” por lo tanto, aquí solo habla de “nacionalidades divididas por fronteras binacionales.”

Estudio de Caso: Federación Binacional del Pueblo Zápara de Ecuador y Perú (FEPBZEP) Los Zápara están divididos por la frontera Ecuador-Perú con aproximadamente 200 habitantes ecuatorianos y otros 300 peruanos. En junio 2006 la FEPBZEP se estableció como representante legal de los Zápara de ambos países con un Consejo de Gobierno binacional. A través de un sistema radial y visitas, intercambios y encuentros periódicos, los pueblos se mantienen en contacto y generan propuestas binacionales, por ejemplo en educación, salud, organización, y territorio. En junio 2007 se legalizaron los Estatutos Binacionales de la FEPBZEP bajo CODENPE y el Ministerio de Relaciones Exteriores. Este logro histórico se hizo posible por la declaración del UNESCO en Mayo, 2001 a la nacionalidad Zápara como “Patrimonio Oral e Inmaterial de la Humanidad.” A pesar de este avance importante, aún falta ganar reconocimiento formal de su territorio binacional, para así asegurar una mejor calidad vida para los Zápara según sus tradiciones ancestrales.


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23 MAPA 8: Territorios Ancestrales, bosques y carreteras en las provincias de Pastaza, Morona Santiago y sur de Orellana

Territorios y carreteras Las carreteras representan una de las grandes obras públicas del Estado, así cultivando su presencia en zonas donde normalmente el Estado no existe de otra manera. Las carreteras llevan impactos tantos positivos como negativos. Los beneficios incluyen más facilidades de transportación entre los territorios y las ciudades, y mayor acceso a otros servicios públicos como educación, salud y los mercados. Los impactos negativos en los territorios ancestrales son muy significativos: el fraccionamiento territorial, la colonización, mayor explotación maderera, petrolera y minera, la desintegración social, el debilitamiento de la gobernabilidad indígena, relaciones no-equitativas del mercado y el empobrecimiento amplio de las comunidades.

Vías Intervenido Mosaico Natural

Preparado por: Fundación Pachamama. Fuente de información secundaria: SIISE versión 4.5

La construcción de nuevas carreteras es una decisión “pública” pero los intereses de las nacionalidades y pueblos más afectados pocas veces se toman en cuenta para esta decisión, tampoco existen mecanismos para asegurar ni su participación en la planificación de la obra, ni la indemnización y compensación de las comunidades afectadas por sus impactos negativos, como se estipula la ley (Art. 84).

Estudio de Caso: FIPSE CIFRAS:

El 91% de los territorios ancestrales del Centro Sur son de bosques primarios, es decir, solo el 9% de los territorios están intervenidos. A su vez, alrededor del 80% de las áreas intervenidas en los territorios de las nacionalidades del centro sur (86736 ha.) se localizan dentro de los 5 km. alrededor de las vías, indicando así el fuerte impacto de las carreteras y las actividades asociadas a las mismas en los bosques de los territorios del Centro Sur.

En Octubre 2006, el Estado formalizó la construcción de la carretera MakumaTaisha que cruzará el territorio FIPSE y conectará la franja oriental del Transkutukú con la red vial nacional, ya se construyó la primera parte por Kuchaentsa, donde ya se evidencia la deforestación extensiva y los conflictos territoriales y sociales asociados con las carreteras. La carretera atraviesa también el Bosque Protector Kutukú.

Preparándose para enfrentar los impactos de la carretera, y con el fin de defender su territorio, la FIPSE está construyendo un Plan de Ordenamiento Territorial, basado en la titulación colectiva, la zonificación, el fortalecimiento de su Consejo de Gobierno, la renovación de sus Estatutos y Plan de Vida y la elaboración de reglamentos para el uso y manejo de sus recursos naturales.


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Conclusiones Las organizaciones buscan el reconocimiento formal de sus autogobiernos y de sus territorios. Desde la perspectiva de las nacionalidades amazónicas, su relación con el Estado está limitada por la inequidad en el traspaso de recursos a los territorios y la violación de sus Derechos Colectivos, lo que demuestra una relación de desconocimiento, exclusión, ausencia, sobreposición y conflicto:

Desconocimiento por parte del Estado. Las opciones ofrecidas por el Estado para titular y administrar los territorios desconocen la colectividad e integralidad de la territorialidad indígena amazónica. Exclusión de los beneficios del Estado. Las nacionalidades no ven los beneficios de ser parte del Estado. Sobretodo, sienten excluidos del presupuesto estatal sin ninguna ley que asegure la distribución de los recursos directamente a las nacionalidades, sino solo a través de los gobiernos seccionales donde su participación política también está limitada.

Ausencia del Estado. En el Centro Sur, el Estado se ha manifestado con una presencia mínima a través de los gobiernos locales y obras públicas, sin beneficios reales para las nacionalidades.

Sobreposición. Desde 1830 el Estado estableció una división política-administrativa que rompió los límites ancestrales de los territorios. Aunque las nacionalidades aún reconocen su territorio, se impusieron provincias, cantones y parroquias y un sistema de titulación que violenta la tenencia colectiva.

Relaciones conflictivas del Estado. Cuando el Estado actúa es bajo la imposición de decisiones no consultadas a los pueblos. Su postura ha reflejado que las nacionalidades representan un obstáculo al desarrollo del país.

Hacia la plurinacionalidad y autonomía territorial Las nacionalidades siguen buscando el reconocimiento formal del Estado, la constitución de un país verdaderamente plurinacional y una territorialidad autogestionada y enfocada en el ejercicio de la autonomía cultural para manejar y controlar su territorio – incluyendo los aspectos tangibles (limites, recursos naturales y del subsuelo) y los no tangibles (sociales, espirituales y generacionales). Las nacionalidades buscan ser diferenciadas de los demás ciudadanos ecuatorianos y valorados por esta diferencia, demandan el reconocimiento y respeto de sus territorios ancestrales y gobiernos autónomos y sus aportes únicos al desarrollo del país. Quieren que el Estado las reconozca como parte del mismo, y no como un obstáculo para su desarrollo. En este momento histórico de la Asamblea Nacional Constituyente del Ecuador, las nacionalidades amazónicas, bajo el liderazgo de la CONFENIAE, han juntado fuerzas para elaborar una propuesta política basada en los principios fundamentales de plurinacionalidad, autonomía territorial, y participación real en los procesos y beneficios del Estado. La propuesta de la CONFENIAE se sustenta en los Derechos Colectivos de los Pueblos Indígenas reconocidos a nivel internacional.


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Reflexión: territorios ancestrales, mapas, y poder Preguntas de reflexión 1) ¿Qué otras formas de superposición existen en los territorios ama-

zónicos y qué conflictos generan los planes, proyectos y políticas del Estado?

2) ¿Qué nuevas estrategias podrían implantarse desde una plataforma amazónica (además de las estrategias por pueblo o nacionalidad) para lograr los objetivos comunes?

3) ¿Cuáles son los mecanismos legales actuales que garantizan el derecho al manejo territorial de forma más autónoma por las nacionalidades indígenas?

4) ¿Cómo se reconstituiría la integralidad de los territorios indígenas,

considerando las prácticas productivas y las dinámicas de vida local como un todo?

5) ¿Cómo se superará el problema de la progresiva sedentarización

de las comunidades debido a los sistemas de educación, salud y regímenes parroquiales impuestos a los territorios?

6) En el caso de que las nacionalidades y pueblos reciban el recono-

cimiento de sus territorios y gobiernos autónomos, como circunscripciones territoriales indígenas, ¿cómo se asegura que estas entidades guarden la integralidad de los territorios y pueblos, y a su vez, aesugren la participación real de las bases en la toma de decisión sobre los territorios?

7) ¿Cómo se compara la territorialidad amazónica con la territorialidad serrana? ¿Cuáles son los puntos de encuentro y desencuentro, y cómo se negocian para lograr una propuesta política indígena nacional?

Información es poder. El uso y manejo de información cartográfica sobre los territorios ancestrales es un ejercicio de poder. El buen uso y manejo de información cartográfica podría convertirse a una estrategia importante para fortalecer el reconocimiento formal y la defensa de los territorios ancestrales. ¿Qué se necesita para ejercer correctamente el poder de la información cartográfica sobre los territorios ancestrales? ¿Qué condiciones externas e internas a las nacionalidades son necesarias para un buen uso y manejo de los mapas? En el Centro Sur de la Amazonía ecuatoriana existe poca información actualizada y certera sobre los territorios ancestrales de los pueblos indígenas. Si bien la información cartográfica que se presenta aquí es la más actualizada disponible hasta el momento sobre los territorios del Centro Sur, hemos sentido que aún hay varios “vacíos”. Por ejemplo, aún no se sabe cuántas hectáreas están tituladas por cada nacionalidad, cuántas faltan por titularse; cuántos títulos tiene cada nacionalidad; dónde están los territorios ancestrales en ambos lados de la frontera binacional entre Ecuador y Perú, entre otros temas. Es importante reconocer que todavía no existe un sistema coordinado

para el uso y manejo de la información cartográfica bajo el control y vigilancia de las nacionalidades amazónicas, aunque sí existen espacios para la capacitación de usuarios indígenas de “geo-información” como es el caso de la AmazonGISnet. Por esta razón no mostramos los territorios ancestrales de cada nacionalidad en esta publicación. Mientras no haya claridad respecto a cómo se manejará esta información, consideramos que no es adecuado difundirla. Por otro lado, hay que preguntarse ¿de qué sirve información que nadie conoce? La información que no se usa ¿sigue siendo una fuente de poder?


Base de Datos: Confederación de Nacionalidades Indígenas de la Amazonía Ecuatoriana (CONFENIAE) y Fundación Pachamama.

Recopilación y análisis: Shannah Metz Paola Maldonado Vicky Ortiz Déborah Leal

Edición: Mario Melo Bolívar Beltrán Pablo Ortiz


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