Acuerdos para evitar la Doble Tributación en América Latina. Análisis de los vínculos entre los impuestos, el comercio y las finanzas responsables.
Resumen ejecutivo
Acuerdos para evitar la Doble Tributación en América Latina. Análisis de los vínculos entre los impuestos, el comercio y las finanzas responsables1 Buenos Aires, 28 de abril de 2013.
Resumen ejecutivo
1 Esta publicación es el Resumen Ejecutivo del libro que lleva el mismo nombre y que ha sido publicado por Latindadd. Toda la información aquí presentada se apoya en los estudios de casos allí publicados. Consultar: www.latindadd.org
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Coordinación del estudio: Esteban Serrani (Latindadd) estebanserrani@yahoo.com.ar Adrián Falco (Fundación SES) der@fundses.org.ar Diagramación y diseño: Kurt Dreyssig Obra pictórica de tapa: “Las manos de la Protesta “ de Oswaldo Guyasamín Impresión: Talleres gráficos Manchita. Buenos Aires, mayo de 2013
Este documento ha sido elaborado con la asistencia financiera de NORAD, Agencia de CooperaciónNoruega. Los contenidos de este documento son responsabilidad de Latindadd y Fundación SES y bajo ninguna circunstancia debe considerarse como la posición que refleja la organización financiadora.
Índice PRESENTACIÓN DEL PROBLEMA. ...................................................................................4 OBJETIVOS DEL ESTUDIO. ...............................................................................................6 IMPACTOS DE LOS AEDT Y RECOMENDACIONES DE POLÍTICAS PÚBLICAS. ..............7 País por país Argentina ...................................................................................................................10 Colombia ....................................................................................................................12 Ecuador ......................................................................................................................14 Nicaragua ...................................................................................................................16 Uruguay .....................................................................................................................18 Venezuela...................................................................................................................20
AUTORES y ORGANIZACIONES .......................................................................................22
PRESENTACIÓN DEL PROBLEMA.
L
os países latinoamericanos han vivido en las últimas décadas enormes vaivenes y momentos económicos críticos que de forma recurrente han conllevado a enormes costos sociales. Su signo más notorio ha sido el aumento de los niveles de desempleo, desigualdad y pobreza, al punto de identificarse como la región que, aún sin ser la más pobre del mundo, tiene la distribución más regresiva del ingreso. En general, es reconocible por las sociedades el rol progresivo o regresivo del gasto público en relación a sus prioridades de inversión, tomando como dimensión de debate la capacidad de la intervención del Estado en la economía. De todas formas, las diferencias no suelen ser tan claras cuando se observan los debates sobre la política fiscal. En forma amplia, existe una clara divisoria ideológica y de posiciones entre países y políticas económicas respecto a la cuestión fiscal. Por un lado, están los países que sostienen la concepción de un “Estado Mínimo”, donde la presión impositiva no debe ser inhibitoria para quienes, teniendo recursos/capitales, se sientan incentivados a invertir. De forma antagónica, están quienes sostienen la idea de un “Estado Activo”, con un sector público que juegue un rol promotor, ordenador y redistribuidor, donde su presión tributaria recae en quienes tienen mayor capacidad contributiva. Resulta notorio que con gobiernos de distinto signo político en la mayor parte de los países de América Latina, incluidos los que se encuentran bajo atención en este estudio, en las últimas décadas las estructuras tributarias crecientemente han estado basadas en la percepción de impuestos indirectos de más fácil recaudación (valor agregado, ventas, ingresos brutos) pero considerados de carácter más regresivo, por tener su significación un peso relativo mayor para los sectores medios y bajos. En tanto, en una tendencia similar en todo el mundo, ha ido disminuyendo la presión tributaria y su peso relativo en la recaudación fiscal, de los impuestos de carácter directo, a los patrimonios o ganancias, que, se reconoce, pueden tener efectos positivos en la redistribución del ingreso bajo el principio: quien más tiene, más paga.
Se reconoce que en los últimos años los gobiernos latinoamericanos más progresistas han puesto el énfasis en redimensionar el gasto público y mejorar la recaudación fiscal, pero no así en la introducción de cambios estructurales en la arquitectura impositiva. La continuidad implica un desequilibrio estructural de las cuentas estatales, con un perverso fenómeno paralelo que imposibilita una distribución más justa de las cargas tributarias y la superación de límites históricos para una acción pública que establezca vínculos
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más equitativos entre el desarrollo económico, las inversiones extranjeras, los impuestos, el comercio y las finanzas responsables. A la persistencia de privilegios fiscales, las excepciones y vacíos normativos se suman fenómenos muy significativos de evasión y elusión. La internacionalización de la economía mundial y los cambios tecnológicos han facilitado notablemente los flujos de mercadería, servicios y las transacciones económicas (financieras y comerciales). En definitiva, las nuevas condiciones también generan límites y desafíos de tributación y fiscalización como ser:
a. ¿Qué actitud deben tener los gobiernos de América Latina en relación al capital extranjero?
b. ¿Qué jurisdicción debe reconocerse para el cobro de impuestos a empresas que operan a nivel internacional?
c. ¿Cómo evitar que las medidas que se tomen para evitar la “doble tributación”, es decir el cobro superpuesto de impuestos en distintos países por el mismo activo económico, se termine convirtiendo en una “doble-no-tributación”?
Dado el sentido y el contexto del desarrollo de los Acuerdos para evitar la Doble Tributación (AEDT) en los distintos países de América Latina, estos representan una importante amenaza para sostener en el tiempo la financiación del desarrollo y las infraestructuras sociales. Y esto se debe, en muchos casos, por la distribución inequitativa de la recaudación, por el (muchas veces) escaso apoyo técnico de la administración tributaria para asegurar la aplicación efectiva de las disposiciones pactadas, y por la posible vinculación de los AEDT con zonas grises de acumulación, como los paraísos fiscales y los fenómenos de elusión fiscal agresiva de las empresas multinacionales. La concentración en la eficiencia productiva y el crecimiento como vía unívoca hacia el mayor desarrollo económico, ha buscado opacar y desprestigiar la importancia de las finanzas públicas y de los ingresos tributarios nacionales para la financiación de un modelo sostenible e incluyente de desarrollo. Así han justificado, al tiempo, la reducción de los impuestos sobre los ingresos del capital, y el traslado de la carga tributaria al consumo interno. Esto ha dado lugar a una mayor regresividad de la política fiscal en la región, que se convierte en un factor que acentúa las desigualdades e inequidades.
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OBJETIVOS DEL ESTUDIO.
E
n líneas generales, el estudio que aquí se presenta tiene como objetivo estudiar los impactos de estos AEDT en el financiamiento estatal y la estructura tributaria en América Latina, y abrir el diálogo para constituir sistemas tributarios más progresivos y justos en la región. De forma específica, el estudio se propuso:
a.
Comprender el contenido de las políticas de los AEDT celebrados por algunos países latinoamericanos, como Argentina, Colombia, Ecuador, Nicaragua2, Uruguay y Venezuela.
b.
Conocer los vínculos de estos AEDT con los acuerdos comerciales y de protección a las inversiones extranjeras.
c.
Analizar los posibles beneficios y las principales desventajas de los AEDT para los países en desarrollo, especialmente los latinoamericanos.
d.
Estudiar cómo la política de los países desarrollados podría garantizar un mejor reparto de los impuestos involucrados en los AEDT para los países en desarrollo.
e.
Generar recomendaciones de políticas públicas desde la perspectiva y los intereses de los países de la periferia, que sirvan para mejorar la base impositiva de los Estados en desarrollo.
2 Si bien Nicaragua no ha firmado ningún AEDT, resultó relevante incluir su estudio para analizar la problemática de la tributación internacional desde otro abordaje complementario.
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IMPACTOS DE LOS AEDT Y RECOMENDACIONES DE POLÍTICAS PÚBLICAS. A nivel general:
I.
Debe reconocerse la inconveniencia de asumir acríticamente el modelo de la OCDE y las contradicciones que establece frente al interés público de un país en desarrollo. Se deben tener en cuenta los desarrollos de la OCDE en cuanto a las denominadas buenas prácticas sobre los precios de transferencia, la competencia fiscal perniciosa, la transparencia e intercambio automático de información pero considerando sus insuficiencias, debilidades y conveniencias para América Latina.
II.
Lo anterior debe dar lugar al reconocimiento de la relevancia y conveniencia del modelo de la ONU. Resulta de gran importancia asumir (críticamente) la producción de recomendaciones y estándares en temas como el establecimiento permanente, la lucha contra la fuga de capitales, la evasión y elusión fiscal, la cooperación internacional en el área fiscal y el fortalecimiento de la capacidad de las administraciones tributarias de países en desarrollo.
III. Debería impulsarse y hacerse efectiva una normatividad regional respecto de la negociación y concreción de AEDT entre los países miembros de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) y también a nivel de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC). Esta podrá definir principios y procedimientos, así como un marco de negociación respaldado en la preparación y capacidad de los equipos tributarios nacionales, dando a este tema la formalidad e importancia que merece. En los mismos, se debería contemplar, primordialmente, el principio fuente en lugar del principio de residencia para el cobro de impuestos.
IV. Se advierte, además, la necesidad de avanzar en un modelo UNASUR de AEDT desde la perspectiva de los países latinoamericanos. De esta manera, se puede repensar la experiencia del modelo del Pacto Andino de la década de 1970, sobre todo en sus fundamentos por contemplar el principio de la fuente como rector de la política tributaria regional. El modelo UNASUR, por ejemplo, podría ser un modelo para superar las limitaciones de los modelos vigentes, terciando entre el modelo de la ONU y el modelo de la OCDE.
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V.
A nivel UNASUR, impulsar la integración y el crecimiento comercial regional, el cual se vea acompañado de esta normativa de tributación intra-regional que no acreciente las asimetrías económicas, sino que tienda a reducirlas, fomentando relaciones comerciales justas.
VI. En este aspecto, es necesario impulsar el tema desde el Grupo de Trabajo sobre Integración Financiera (GTIF) de UNASUR, vinculando los impuestos con la política tributaria regional, el comercio y las finanzas responsables.
VII. Las administraciones tributarias deben propender a una revisión periódica anual de las cláusulas de los AEDT en relación a las estrategias de planificación fiscal que las firmas involucradas desarrollan. Es decir, la revisión periódica del contenido de los AEDT se debe ir ajustando a los resultados efectivos que se derivan de las practicas tributarias, en virtud de que los acuerdos para “evitar la doble tributación” no terminen habilitando una “doble no tributación” o que solamente erosione las bases imponibles de los países en desarrollo.
VIII. La revisión periódica de los impactos de los AEDT en las estructuras tributarias latinoamericanas debe ser entendido como un primer paso para debatir el conjunto de normativas y tratados internacionales que protegen las inversiones extranjeras, como ser la necesidad (o no) de continuar con los TBI, el uso de los controles de movimientos de capitales, y demás legislación sobre IED. De esta manera, se requiere avanzar en una reforma impositiva integral, que revierta la estructura básicamente regresiva que se mantiene y cuya arquitectura general ha seguido sin cambios sustantivos desde la década neoliberal de los ´90.
IX. Es preciso impulsar y coordinar posiciones y acciones en América Latina para exigir una mayor transparencia informativa, impositiva y aduanera sobre operaciones y movimientos comerciales y financieros. Debieran analizarse iniciativas comunes como ser:
i. Coordinar campañas sobre el significado de mecanismos de elusión/evasión tributaria y el debate y difusión de casos concretos,
ii. Vincular la elaboración de propuestas impositivas alternativas con debates más amplios de modelos económicos y de complementación integración regional,
iii. Estudiar la viabilidad de proponer desde los movimientos sociales un modelo de acuerdo de información aduanera
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y tributaria, no sólo con el propósito de ofrecer una alternativa instrumental ante la anulación de los AEDT, sino también superar los notorios límites y restricciones de transparencia informativa.
X. Finalmente, las políticas tributarias y fiscales deben constituirse en instrumentos centrales para los procesos de redistribución de la riqueza y el ingreso, y de financiación del desarrollo y de las infraestructuras sociales; y no en vehículos de mayores niveles de concentración y exclusión que dan lugar a mayores niveles de conflictividad social. Sin embargo, para la generación de cambios y transformaciones es fundamental que exista un ejercicio pleno de la ciudadanía en el campo de la fiscalidad nacional respecto de temas y problemas como la tributación, la política fiscal y la justicia fiscal. Esto implica que se deben asegurar:
i. Las condiciones de transparencia, ii. Acceso a la información, iii. La participación en la construcción de los presupuestos públicos. Estas medidas son condición para el desarrollo de procesos de monitoreo y evaluación efectivos por parte de la sociedad civil y sus formas organizativas, y para la construcción de sistemas fiscales verdaderamente justos y democráticos.
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A Argentina
1) Los cambios recientes en el marco económicofinanciero del país, que ha llevado a la introducción de controles a la transacción de divisas, plantea objetivamente nuevas condiciones y requiere una mayor atención a la utilización de los AEDT. Los Estados deben evitar que los AEDT permitan tanto actividades económicas que involucren paraísos fiscales como maniobras de subfacturación de exportaciones, sobre-facturación de importaciones y planificación fiscal, de fuga de capitales, elusión y evasión fiscal.
2) De
acuerdo a la normatividad existente, las transferencias de fondos desde y hacia Argentina deben ser realizadas de acuerdo a las regulaciones del Banco Central de forma de evitar que los ingresos de fondos desde el exterior tengan destino exclusivamente especulativo, el 30% de los mismos puede llegar a ser congelado como un depósito obligatorio no remunerado (que no devenga intereses) durante un año; requisito que no se plantea cuando se trata de inversiones en activos fijos e inventarios.
3) Argentina
ha abierto una perspectiva para el análisis y el debate de alternativas a los AEDT. La decisión tomada por el gobierno de revisar los acuerdos vigentes con la creación de la “Comisión Evaluadora y Revisora de Convenios para Evitar la Doble Imposición”, determinó la reversión de los AEDT con Austria, Chile, España y Suiza.
4) Sin embargo, no existe en Argentina un sistema informativo ni estudios públicos y/o académicos sistemáticos sobre los efectos de los AEDT en la recaudación fiscal.
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5) En base a la información pública se pudo conocer que la elusión fiscal a través de ingenierías tributarias con Chile representó en 2011 desmedros para el fisco argentino de 75 millones de dólares.
6) Asimismo,
la elusión total utilizando la ingeniería del AEDT de España fue calculada sólo para el año 2011 en más de 60 millones de dólares, representando algo más del 8% de la recaudación anual de ese período del impuesto a los bienes personales.
7) Entre
las empresas que utilizaron la fórmula para eludir el pago de impuestos el informe de la “Comisión” señaló firmas como la francesa Danone, el supermercado estadounidense Wal-Mart, la cadena de supermercados chilena Cencosud, la petrolera brasileña Petrobras, la automotriz General Motors, la cementera suiza Holcim, la química de EE.UU Monsanto y grandes grupos argentinos como la siderúrgica Techint, y la alimenticia Aceitera General Deheza.
8) De todas formas, pese a su positiva contribución en la investigación, la estructura de la “Comisión” es muy limitada (un total tres funcionarios, representando cada uno al Ministerio de Economía, el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Administración Federal de Ingresos Públicos) y además, no posee participación y/o vinculación institucionalizada con otros ámbitos de la sociedad (su único compromiso es la presentación de informes parciales y uno anual, pero tampoco se esclarece si serán públicos).
9) Los movimientos sociales deben exigir mayor transparencia y la apertura de una instancia formal para la canalización de aportes, denuncias y propuestas.
10) Finalmente, un tema central con debate aun pendiente en Argentina, muchas veces anticipado en los últimos años, es el de encarar una reforma impositiva en líneas con los objetivos proclamados de asentar el crecimiento económico y revertir la dinámica regresiva de la distribución del ingreso.
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C Colombia
1) El
avance reciente del proyecto neoliberal en Colombia se ha manifestado en un impulso notable a la concreción de tratados de libre comercio, acuerdos de promoción y protección recíproca de inversiones y acuerdos para evitar la doble tributación. De estos últimos, están vigentes cuatro de carácter integral, con España, Chile, Suiza y Canadá, y el Gobierno de Álvaro Uribe y Juan Manuel Santos han avanzado ya en la concreción de nuevos acuerdos con varios países europeos y asiáticos.
2) Al
tiempo que la economía colombiana alcanza niveles históricos de crecimiento comenzando el siglo XXI (casi un 7% en el 2007), se presentan los mayores índices de desempleo y de concentración del ingreso de las últimas décadas. En 1997, el valor total de la IED representó un 5,2% del PIB colombiano, en 2005 alcanza un máximo histórico del 8,3%; en términos absolutos (y corrientes) esto representa las cifras de 5.562 y 10.252 millones de dólares, respectivamente3. Mientras que entre 1994 y 2002, la inversión representa, en promedio, un 2,7%, del PIB, del 2003 en adelante el promedio asciende a un 4,2%.
3) Por otra parte, la menor proporción de la recaudación de impuestos directos deriva del menor crecimiento relativo de la recaudación del impuesto sobre la renta. Esta tendencia puede destacarse a pesar de la dinámica distinta que se presenta durante la última década: la tasa del 30% en 1990 aumenta a un máximo del 38,5% durante el Gobierno de Álvaro Uribe, como resultado de la sobretasa (del 10%) que se introduce (temporalmente) a la tarifa del 35% ya establecida (que convergería en 33% para el 2008); esto sumado a la introducción (temporal) del impuesto sobre el patrimonio, fundamentalmente orientado a la financiación del voluminoso gasto militar. 3 Desde luego, este comportamiento se explica, principalmente, por los flujos dirigidos hacia el sector petrolero que, en años recientes, han llegado a representar más de la mitad del total de la inversión. Tal condición es un elemento central de la tendencia hacia el afianzamiento de un modelo económico primario-exportador, basado en la producción minera, petrolera y de materias primas para la agroindustria. 12
4) En esta estructura propicia al capital trasnacional, resulta alarmante el hecho de que alrededor de uno de cada tres dólares que entran al país en la forma de inversión extranjera directa, proviene de paraísos fiscales.
5) En la medida en que un país como Colombia, en su condición de importador neto de capitales, ha definido su inclinación por el Modelo de la OCDE como estructura base para el desarrollo de los AEDT (y lo siga haciendo con los que se proyectan), importantes recursos fiscales potenciales están siendo sacrificados, permitiendo que los ingresos del capital sean repatriados a tasas bajas o nulas, y cercenando con profundidad un importante componente de la base gravable nacional: los ingresos del capital.
6) Los AEDT hacen parte de una tendencia generalizada hacia la erosión de la recaudación proveniente de las rentas del capital. El ingreso que deja de percibir el Gobierno Nacional Central en razón del régimen de beneficios tributarios en el impuesto sobre la renta (sin incluir lo referente a las zonas francas), asciende, para el periodo comprendido entre 2004 y 2010, a la voluminosa cifra de 19.400 millones de dólares. A pesar del deteriorado panorama socio-económico que presenta el país, se diseñan políticas que sacrifican importantísimos recursos fiscales, que no son compensados por el mayor crecimiento económico que se afirma.
7) Colombia debe contar con un sistema de información y análisis estadístico que determine las consecuencias y costos fiscales de los tratados tributarios vigentes y probables (y, en general, de todos los tratados y acuerdos referentes al comercio y la inversión), como condición para su correspondiente evaluación.
8) Se
debe propender por la concreción de AEDT que se sometan a evaluaciones y revisiones periódicas. Estas deben permitir redefinir situaciones no convenientes que se hayan generado en su desarrollo, o incluyendo normas transitorias que se hagan vigentes siempre que se presenten determinadas situaciones o cambios adversos previstos.
9) Es decir, si el Gobierno pretende consolidar el actual régimen de beneficios tributarios debería, al menos, establecer mecanismos para evitar su anulación en el contexto de los acuerdos.
10) Las organizaciones de la sociedad civil deben diseñar proyectos de incidencia en las políticas públicas nacionales que permitan canalizar la presión ciudadana a favor de una política tributaria nacional e internacional progresiva y justa.
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E Ecuador
1) Entre
2009 y 2011, el total pagado al exterior fue de 1.184 millones de dólares, de los cuales sólo se pagaron impuestos por el monto de 67 millones, es decir, el 5.69%. Si no se hubiesen firmados los AEDT, la retención hubiese sido de aproximadamente 290 millones. Con esto podemos afirmar que desde el punto de vista tributario, el Ecuador perdió 223 millones de dólares en recaudación de impuestos, lo cual podría servir para diferentes rubros como: educación, salud, seguridad, obras, etc.
2) La Administración Tributaria ecuatoriana, con el afán de reducir la brecha de evasión y elusión fiscal, ha propuesto reformas a las leyes y reglamentos tributarios. Entre uno de sus principales reformas es el impuesto a la salida de divisas, el cual tiene como objetivo, en una economía dolarizada, buscar el equilibrio en el mercado de dinero, tratar de ahuyentar a los especuladores financiero o capitales golondrinas de forma que si quieren retirar sus dineros ahora les generarían un costo al inversor. Este impuesto nació en el 2009 con el 0,5%, luego en el 2010 sube al 1%, en el 2011 este impuesto es del 2% y en el 2012 en adelante se ha mantenido en el 5%. De esta forma se trata de frenar la entrada de capitales especulativos ya que los inversionistas deberían considerarlo en su costo al momento de querer repatriar los fondos a las casas matrices ubicados en los países de residencia.
3) De
los 1.184 millones de dólares que salieron del país acogiéndose a los AEDT, el 55% tributó exclusivamente en el país de residencia del perceptor del ingreso, siendo España el país que recibió la mayor cantidad de ingresos sin que tributen en Ecuador (país de la fuente).
4) En
el Ecuador, la IED ha tenido un comportamiento irregular durante los últimos diez años, presentando un decrecimiento desde el año 2004 hasta el año 2007, para volver a aumentar en el año 2008 y volver a disminuir en los siguientes años. 14
5) Las transferencias de dinero acogidas a AEDT que tributaron parcialmente en el Ecuador, aquellas realizadas a Brasil son las que más han tributado (15 millones de dólares) y representan el 22.51% del total de retenciones de pagos acogidos a AEDT, seguidos por aquellas con destino México y Suiza, de 11 y 7 millones, que representan el 17.22% y 11.09% respectivamente.
6) La carga impositiva real, del total de pagos realizados al exterior, es sumamente baja. De acuerdo a la normativa ecuatoriana, los pagos efectuados al exterior, dentro del marco de los AEDT, son deducibles para el cálculo de la participación de trabajadores (recordemos que es del 15%) y del impuesto a la renta (24% durante el ejercicio económico 2011), sin embargo los pagos al exterior aplicando AEDT sólo han tributado aproximadamente el 5.69%. Pero, ¿qué hubiera ocurrido en caso de no existir este gasto en la contabilidad del contribuyente? Ahí estaríamos hablando de una carga impositiva del 35.40%, no obstante, lo que realmente han recaudado las arcas fiscales es casi seis veces menos.
7) Con esta diferencia, que se podría denominar ahorro, los contribuyentes tienen mayor cantidad de flujo de capitales para poder realizar algún tipo de promoción de precios, de forma tal, que pueda perjudicar a sus competidores que no realizan este tipo de operaciones enmarcadas en los AEDT. Esta situación podría generar: primero, que el contribuyente que sí soporta la carga del 35.4% pueda salir del mercado ante una competencia desleal; o segundo, que el contribuyente que no utiliza estas prácticas lo empiece a hacer de forma que disminuiría la cantidad de dinero que paga al Estado y a los trabajadores.
8) Es por eso que las Administraciones Tributarias deben reformar las leyes, con el propósito de que los contribuyentes eviten eludir los impuestos. De manera similar, las Administraciones Tributarias, deben generar riesgo con controles intensivos y masivos, de forma que los contribuyentes realicen pagos de forma correcta.
9) Una de las principales recomendaciones sería que conforme la economía se vaya dinamizando se deberían revisar los convenios de forma que la distribución de la renta sea equitativa. Por otro lado, se deben revisar las exenciones que otorga la normativa tributaria interna, de forma, que se disminuyan los vacíos legales que son los que permiten la elusión de impuestos.
10) Capacitar a los legisladores de cada jurisdicción, dado que ellos son los que finalmente aprueban dichos documentos jurídicos.
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N
1) La suscripción de AEDT no es necesaria para evitar la doble tributación internacional, toda vez que el sistema de renta mundial contempla en su diseño mismo un mecanismo unilateral para evitar que una misma renta sea gravada tanto en el país de la fuente como en el de la residencia: dicho mecanismo consiste en reconocer créditos por los impuestos pagados en el país de la fuente (método de imputación) o bien exonerar de la renta imponible las rentas obtenidas en el país de la fuente (método de exención).
2) Pero la suscripción de dichos acuerdos no sólo resulta redundante, sino que además los mismos se convierten en un mecanismo de transferencia de recursos de los países en desarrollo hacia los países desarrollados.
3) Por lo tanto, la suscripción de dichos acuerdos
Nicaragua
no sólo resulta innecesaria, sino incluso contraproducente, para países como los nuestros, que experimentan una ingente necesidad de incrementar sus niveles de recaudación para estar en capacidad de financiar la provisión de los bienes públicos indispensables para mejorar los niveles de vida y promover el desarrollo.
4) Nicaragua,
en particular, tiene pendiente el desafío de desmantelar el oneroso sistema de exenciones, exoneraciones y tratamientos especiales que benefician a sectores de la economía en que predominan las empresas más grandes y redituables del país (zonas francas, grandes hoteles, empresas mineras, grandes consorcios agroindustriales).
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5) La verdadera función que cumplen estos acuerdos es desviar ingresos fiscales de los países de la fuente a los países de residencia. Mediante estos acuerdos se limita la potestad del Estado de la fuente de gravar la renta de no residentes generada en su territorio, a través de varios mecanismos.
6) No existe una estimación precisa sobre la pérdida de recaudación derivada exclusivamente de las exenciones y tratamientos especiales que reciben las empresas extranjeras. La estimación oficial arrojó que para el año 2010 dicha pérdida ascendió a 333.3 millones de dólares, equivalentes al 79% de la recaudación total del Impuesto sobre la Renta de ese año.
7) Entre 2008 y 2011, el monto de la renta de la inversión de no residentes remitida al exterior totalizó 1.078 millones de dólares, si se hubiese aplicado una tasa de retención del 25%, esto hubiese representado un monto de 269.5 millones de dólares de recaudación, que para un país como Nicaragua representan un monto apreciable.
8) El problema con los AEDT es similar a los que crean los Tratados de Libre Comercio: dejan atado de manos al país para implementar las políticas que requiere el desarrollo con equidad del país. No se trata ya de una legislación nacional que se puede modificar cualquier día, sino de una red de tratados internacionales que atan los márgenes de acción del país
9) En este sentido, resulta muy importante la presentación del estudio sobre AEDT a las diferentes organizaciones de sociedad civil, entre ellas red de mujeres, sindicatos de maestros, plataforma de jóvenes, universidades nacionales y redes departamentales, etc.
10) Asimismo, desarrollar encuentros con funcionarios de la Dirección General de Ingresos, el Ministerio de Hacienda y crédito Público para la presentación del Estudio que busca generar mejores condiciones para evitar la doble no tributación.
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U
1) La cuestión más significativa en relación a los problemas de evasión y elusión se relaciona con Argentina.
2) Uruguay sigue siendo vía de colocación de capitales argentinos no registrados y maniobras con operaciones de comercio exterior, utilizando las ventajas de diferenciales impositivos y maniobras de subfacturación de exportaciones y sobre-facturación de importaciones al haberse introducido en el último período mayores controles tanto cambiarios como a las operaciones de comercio exterior (y la denuncia de maniobras de facturación con facturas apócrifas).
3) En el año 2012, Argentina y Uruguay llegaron
Uruguay
a un entendimiento inicial para la firma de un acuerdo de intercambio de información tributaria (instrumento que se considera más efectivo y directo hoy en Argentina para la detección de la evasión impositiva extra-territorial). Este tiene características limitadas. La puesta en marcha del acuerdo se prevé a partir del mes de febrero de 2013. Aun siendo que este instrumento es limitado (no será retroactivo, se limitará a causas judiciales penales, no admite su utilización para “barridas impositivas” -fishing expeditions-), puede generar una referencia de significación para organizaciones e individuos denunciando evasiones o maniobras ilícitas. Habrá que hacer un seguimiento del mismo para determinar cuál es el impacto que tiene para detectar acciones económicas que erosionen la tributación de las empresas que comercien entre los países.
4) Uruguay tiene un régimen de total libertad en el movimiento de capitales, divisas y oro desde y hacia el exterior y un sistema cambiario de libre convertibilidad para la moneda nacional. El mantenimiento de un sistema financiero abierto, la liberalización de las transacciones financieras internacionales y el secreto bancario garantizado por ley, han convertido al Uruguay en el mayor centro financiero de la región.
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5) Uruguay destaca el mantenimiento de una política macroeconómica ortodoxa, que combina una política fiscal basada en el logro de superávit primarios consistentes con la sostenibilidad de la deuda pública y una política monetaria cuyo objetivo principal es mantener la estabilidad de precios (metas por inflación)4.
6) Los flujos de IED en Uruguay han aumentado significativamente en los últimos años. Desde 2008 se ha reflejado el período de mayor captación de inversiones extranjeras, que ha recibido desde entonces inversiones promedio de más de 2.000 millones de dólares anuales. En 2011, el stock de IED totalizara 14.859 millones de dólares, implicando que Uruguay presente uno de los más altos ratios de la región cuando se considera el stock de IED en relación al PIB5.
7) Los principales proyectos productivos en los últimos años, vinculados a la industrialización de la producción forestal en pasta celulósica6, minería7 y otros en perspectiva8 vinculados a la exportación, pueden gozar de las ventajas de ser considerados extra-territoriales a efectos impositivos, al brindársele el status del “zona franca”.
8) El avance reciente en los AEDT, es ponderado por su gobierno y sectores económicos dirigentes esencialmente como una vía para generar mayores inversiones del exterior y no para combatir la evasión y elusión impositiva.
9) Es preciso vincular la exigencia de transparencia y justicia impositiva en forma común con otros reclamos similares de movimientos sociales regionales.
10) No
parecería existir en Uruguay un movimiento social que tenga en agenda la revisión de los AEDT. El desafío es demostrar su significación y el efecto negativo tanto en la recaudación impositiva como en ahondar la dependencia de Uruguay a ciclos económicos y comerciales externos, sin un correlato de mayores inversiones.
4 IMF (2011). 5 http://www.uruguayxxi.gub.uy/wp-content/uploads/2011/12/Informe-IED-en-Uruguay-Octubre-2012-URUGUAY-XXI.pdf 6 La inversión realizada por el grupo finlandés Botnia (actualmente UPM) fue de aproximadamente 1.200 millones de dólares y se imputaron en las cifras de IED entre 2005 y 2006. La inversión de la empresa Montes del Plata (unión de las empresas Arauco de Chile y Stora Enso de Finlandia) se estima en aproximadamente 1.900 millones de dólares en la planta y 700 millones en los terrenos. La planta estará operativa en el primer trimestre de 2013. Esta inversión se imputará en la IED de 2011, 2012 y 2013. 7 Extracción de hierro de Minera Aratiri. 8 Puerto de Aguas Profundas, Planta Regasificadora, y una eventual tercer planta de celulosa.
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V Venezuela
1) Los
ingresos fiscales por renta petrolera pasaron de 23.000 millones de dólares en el período 1992-99 a 383.000 millones en el período 19992012, de los cuales 251.000 millones se relacionaron con cambios legislativos y contractuales introducidos a favor del sector público.
2) La expansión del ingreso de divisas y la apropiación de la renta petrolera por parte del Estado (principal fuente de recursos público), permitieron financiar un aumento sostenido del gasto público, que pasó de representar 29% del PIB a 42%, en 2012.
3) Venezuela adoptó como método para evitar la doble imposición jurídica internacional, el método de imputación limitada, al disponer que si un residente en Venezuela debe tributar en Venezuela por las rentas obtenidas a nivel mundial, Venezuela permitirá deducir del impuesto en Venezuela, el monto de impuesto pagado en el otro país, el cual no podrá exceder de la parte del impuesto venezolano calculado antes de otorgada la deducción.
4) A muchos años ya de su introducción, los AEDT no cumplieron el objetivo inicial de “atraer inversiones” que justificó su implementación durante gobiernos aperturistas y pro-mercado.
5) Las opiniones se encuentran aún así dividas de acuerdo a las opiniones altamente polarizadas en relación a las condiciones y resultados que se han desarrollado a lo largo de los años de gobierno de Hugo Chávez.
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6) No existen estadísticas/estimaciones oficiales del significado y costos de los AEDT, pero de acuerdo a estudios de organizaciones sociales independientes reconocidas como la Red Venezolana contra Deuda, el costo para Venezuela en impuestos devengados y no cobrados cobijados bajo los AEDT se ha estimado en 17.875 millones de dólares anuales9.
7) La enorme significación relativa de esta cifra puede ser observada si se considera que para el año 2013, el Presupuesto Nacional de Venezuela ha sido estimado en 92.200 millones de dólares, previéndose 70.000 millones de dólares por “ingresos ordinarios” y 22.200 millones de dólares por “fuentes de financiamiento”.
8) Hasta el momento, no se ha desarrollado en Venezuela un debate significativo en relación a los eventuales beneficios y perjuicios de los AEDT. Ello pudo haber sido diluido ante el hecho que el país vivió en los últimos años un período de expansión del activismo económico público, avalado y financiado por altos precios petroleros, pero por otro lado, porque la atención recurrente de la opinión pública y el debate político estuvo en otros temas prioritarios.
9) Por su importancia tributaria, el análisis y el debate de las condiciones y perspectivas de los AEDT pueden ganar enorme significación. Los movimientos sociales y políticos en Venezuela no parecen tener el tema en sus agendas, ya que mayoritariamente concentran sus análisis en las potencialidades de la generación de recursos públicos a través de la renta petrolera10.
10) La temática de las AEDT debería ser impulsada no sólo a nivel nacional, sino también ser vinculada con posiciones comunes en relación a problemáticas y desafíos compartidos por los países de América Latina tales como la posibilidad de generar una propuesta común de modelo de acuerdo de información y transparencia financiera y tributaria que reemplace a los actuales AEDT que han venido siendo utilizados para evasión y/o elusión fiscal y el drenaje de recursos nacionales.
9 Britto García, Luis: “Cómo nos Roban los Tratados de Doble Tributación” en http://cadtm.org/ Venezuela-Como-nos-roban-con-los 10 http://www.iberoamerica.net/venezuela/prensa-generalista/noticierodigital.com/20121121/noticia. html?id=sn01S66
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AUTORES y ORGANIZACIONES
Coordinación y presentación general del estudio Red Latinoamericana sobre Deuda, Desarrollo y Derechos- Latindadd Está integrada por instituciones, equipos y campañas de países latinoamericanos que trabajan por la solución de los problemas derivados de la crisis sistémica y para crear condiciones que permitan el establecimiento de una economía al servicio de la gente, en la que los derechos económicos, sociales y culturales se hagan vigentes. Latindadd realiza acciones de sensibilización, capacitación, vigilancia de las políticas públicas, análisis críticos, elaboración de propuestas alternativas, cabildeo y movilización desde la sociedad civil y sus movimientos sociales. Web: www.latindadd.org Responsable: Esteban Serrani Contacto: estebanserrani@yahoo.com.ar
Fundación SES - Argentina Es una organización social argentina que se dedica a la promoción y al desarrollo de diferentes estrategias para la inclusión de los adolescentes y jóvenes con menos oportunidades trabajando desde la perspectiva de los derechos de los jóvenes. La sigla que da nombre a nuestra organización (SES), responde a tres valores fundantes de la institución: Sustentabilidad, por su compromiso con las generaciones futuras; Educación, entendida como motor del desarrollo; Solidaridad, elemento básico de la integración social. Web: http://www.fundses.org.ar Responsable: Adrián Falco Contacto: der@fundses.org.ar // adrianfalco05@yahoo.com.ar
Estudio de Acuerdos para evitar la Doble Tributación en Colombia: Corporación de Investigación y Acción Social y Económica, CIASE. Es una organización no gubernamental sin ánimo de lucro, constituida en el año 2005, cuyo propósito es contribuir en la consecución de la paz, la democracia y la realización de la dignidad humana, desde un enfoque de promoción y defensa de los derechos humanos. Tal objetivo se desarrolla mediante actividades de Investigación, apoyo a la gestión comunitaria, consultoría, creación de empresa, y actividades educativas. Una de sus líneas estratégicas de trabajo es "arquitectura económica y derechos humanos y desarrollo" donde se ubican los temas de justicia tributaria, economía social y solidaria, y nueva arquitectura financiera, entre otros. Web: www.ciase.org Autor: Christian A. Moreno Sarmiento. Contacto: christian.moreno.s@gmail.com. 22
Estudio de Acuerdos para evitar la Doble Tributación en Nicaragua: Coordinadora Civil, Nicaragua Es una instancia de coordinación, concertación y articulación de redes territoriales, redes sectoriales, gremios, movimientos sociales, y personas a título individual a través del consenso se proponen objetivos comunes para alcanzar el desarrollo sostenible, apoyar a la construcción de ciudadanía activa y proporcionar propuestas de políticas de transformación social, económica y cultural. Web: http://www.ccer.org.ni/ Autores: Dr. Adolfo José Acevedo Vogl y Lic. Brenda Marvelly Alfaro Ortiz Contacto: acevedo@ibw.com.ni y adolfojose@live.com, bmarvelly88@hotmail.com.
Estudio de Acuerdos para evitar la Doble Tributación en Argentina, Uruguay y Venezuela: Observatorio Internacional de la Deuda: Es un marco de intercambio de conocimiento, análisis e investigación frente a la problemática de la deuda. Su objetivo es proporcionar a los individuos y organizaciones que estudian el mecanismo de la deuda análisis precisos en la mayoría de los dominios que se relacionan con su problemática así como una base de datos estadística única. Web: http://www.oid-ido.org. Autor: Jorge Marchini Contacto: jorgemarchini@gmail.com
Estudio de Acuerdos para evitar la Doble Tributación en Ecuador: Movimiento Jubileo 2000 Red Ecuador Nace en mayo de 1999 y es aprobado por Acuerdo Ministerial No. 8781 el 18 julio de 2007. Es un movimiento social, amplio y pluralista, que en alianza con organizaciones sociales nacionales e internacionales, actúa para concienciar a la población ecuatoriana sobre problemas de inequidad e injusticia en las relaciones económicas y financieras; exigir a los decisores nacionales e internacionales soluciones justas y respetuosas de la soberanía de los Estados. Web: http://www.jubileo2000.ec/ Autores: Evelyn Ceballos y Fausto García Contacto: info@jubileo2000.ec
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