Panorama Registral Registral
Año 11, Nº 35 - Diciembre 2015
Javier Cornejo
Las (ex) sociedades de hecho y el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación
Eduardo Mascheroni Sobre la Asignación de Códigos RPA
Marcelo Gallo Sara
A esperar por una nueva partida
ISELA COSTANTINI Antes de asumir en Aerolineas Argentinas,
“Con la DNRPA hemos dado un gran paso en la digitalización de procesos”
María Del Valle Gastaldi La Capacitación, una herramienta de perfeccionamiento continuo
Juan Carlos Pacífico
¿No se quiere llevar algunos?” O cómo encontrar la vida en la vida
Silvia Fasano
El Leasing como herramienta de crédito y la publicidad registral
Mauricio Macri
UNA NUEVA ETAPA NACIONAL www.panoramaregistral.com.ar
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Staff Director Periodístico: Alejandro Puga Coordinación: Cynthia Luna Comunicación Digital: Laura Sánchez Corrección de Estilo Alejandra Colombo Sandra Martínez Síntesis Normativa: Federico Bracamonte Legales Javier Cornejo Eduardo Mascheroni Mercado Automotriz Marcelo Gallo Sara Colaboraron en este número: Juan Carlos Pacífico María del Valle Gastaldi Martín Soto Silvia Fasano Adriana Muslera Gustavo Miraz Karina Zernich Diego Sáramo Dibujos Walter Pacenza E-Mail: panoramaregistral@live.com Facebook: Panorama Registral Twitter: @panoregistral Página Web: www.panoramaregistral.com.ar Registro de la Propiedad Intelectual Nº 662.826 – Ley Nº 11.723
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Indice 3
EDITORIAL: Frente a una nueva etapa nacional
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ISELA COSTANTINI “Los fabricantes necesitan previsibilidad”
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JAVIER CORNEJO: Las (ex) sociedades de hecho y el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación
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EDUARDO MASCHERONI: Asignación de Códigos RPA
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MARÍA DEL VALLE GASTALDI: La Capacitación, una herramienta de perfeccionamiento continuo
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MARCELO GALLO SARA: “Tablas”, y a esperar por una nueva partida
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LAURA SÁNCHEZ: Registral y Digital
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PABLO GRIMBERG, EN SAN MARTIN 5 “Encargado y Psicólogo” GRISELDA HEREDIA, DESDE TINOGASTA: “Toda mi familia está comprometida en el Registro”.
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JUAN CARLOS PACÍFICO: “¿No se quiere llevar algunos?” O cómo encontrar la vida en la vida
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ARGENTINO GALEANO SOBRE VÍCTOR ACUÑA: “Me parecía injusto para mi conciencia no recordarlo”
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SILVIA FASANO – El Leasing
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LA PERLA DEL TANGO: Michelle Rey Saravia
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GRANDES MARCAS: La Fiat
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CRONOGRAMA REGLAMENTARIO: Junio, Julio, Agosto, Septiembre, Octubre y Noviembre de 2015
Editorial
Alejandro Puga
Cuando este número esté en la calle, pocos días faltarán para la asunción de Mauricio Macri como presidente de la Nación, sucediendo en el cargo a Cristina Fernández de Kirchner. Como es ya costumbre en nuestro medio, celebramos la prosecución de un orden democrático cada vez más fuerte —el reciente fue el primer período de gobierno alterno que no debió precipitarse en su desembarco, desde el retorno de la democracia en 1983—. Mediando un balotaje y sin mayorías propias, sabemos que no serán simples para el gobierno sus primeros años de gestión. “Panorama Registral” apoya la elección de las mayorías, y cuenta con el aval de 11 años de existencia en el ambiente registral, sin raigambre estatal ni pertenencia a otros sectores de poder. Esta independencia nos garantizó nuestra libertad de opinión, y nuestro acercamiento a los protagonistas del sistema, más allá de su pertenencia ideológica. Es así como continuamos con nuestra prédica de siempre, y tenemos las puertas abiertas a todos quienes deseen participar de nuestras páginas escritas y espacios digitales. En este número, la presidenta de la Asociación de Fabricantes del Automotor de la República Argenti-
Frente a una nueva etapa nacional na, Lic. Isela Costantini (antes de asumir su nuevo cargo al frente de Aerolíneas Argentinas), nos recibió en su despacho para realizar una evaluación sobre nuestro sector en el año 2015 y las demandas a solucionar por el nuevo gobierno. Desde el plano más técnico, el Dr. Javier Cornejo, Encargado del Registro de Capital Federal Nº 77, trata el tema de las antes llamadas Sociedades de Hecho en el nuevo Código Civil, mientras que el Dr. Eduardo Mascheroni, docente en cursos de capacitación de Mandatarios de todo el país, aborda el supuesto más habitual de asignación de Código RPA o RPM. Ya avanzando las páginas, la Sra. María del Valle Gastaldi, Encargada Suplente del Registro de General Cabrera en Córdoba, elogia la Capacitación continua como herramienta de perfeccionamiento registral, mientras que el Dr. Marcelo Gallo Sara, Interventor del Registro de Henderson, provincia de Buenos Aires, nos ofrece su mirada sobre el comportamiento de la comercialización de automotores durante el año en el país. El Sr. Martín Soto, Encargado Suplente del Registro de Olivos Nº 8, realiza una entrevista al Lic. Pablo Grimberg, Encargado Titular del Registro de San Martín N° 5, donde podremos también encon-
trar varios rostros del otrora sector Normativo de la Dnrpa, como la Dra. Fabiana Cerrutti, hoy Encargada del Registro de Olivos Nº 2. El Dr. Juan Carlos Pacífico, al frente del Registro de Pergamino N° 2, nos regala otro de sus relatos de ficción inspirados en su ciudad natal, mientras que la Escribana Griselda Heredia, Interventora del Registro de Tinogasta, provincia de Catamarca, nos comenta alternativas de registración en su jurisdicción. La Dra. Silvia Fasano, responsable de Capital Federal Nº 49, analiza la herramienta del “Leasing” en la registración de automotores, mientras que el Sr. Argentino Galeano (Encargado del Registro de Corrientes N° 1 recuerda a su colega Sr. Víctor Acuña (ex Encargado de Tres de Febrero N° 2, fallecido en mayo de este año). Galeano y Acuña fueron dos precursores del sistema de registración en nuestro país, allá por el año 1964. Y la Sra. Laura Sánchez, la Sra. Michelle Rey Saravia, la empresa Fiat y nuestro clásico “Cronograma Reglamentario”, con toda la normativa dictada por la Dnrpa durante el último semestre… ¡A disfrutar de este ejemplar! Lic. Alejandro Puga Director Periodístico PANORAMA REGISTRAL • 3
Panorama Nacional Antes de su nombramiento en Aerolíneas…
ISELA COSTANTINI, como presidenta de los fabricantes de autos “Las expectativas del sector automotor son positivas, pero las terminales necesitan previsibilidad” Pocos días antes del ballottaje que decidiera la elección de Mauricio Macri como presidente de la Nación, “Panorama Registral” se entrevistó en exclusiva con la licenciada Isela Costantini —futura presidenta de Aerolíneas Argentinas—, quien evaluó su último año de gestión al frente de la Asociación de Fábricas del Automotor (ADEFA). Isela tiene 44 años, dos hijos y asumió su cargo en la asociación de fabricantes en octubre de 2014, siendo ya presidenta y directora ejecutiva de General Motors de Argentina, Uruguay y Paraguay. Tres semanas atrás fue reelecta para ese cargo por sus otros diez colegas de las automotrices por unanimidad. Es licenciada en Isela Costantini Comunicaciones por la Universidad Pontificia del Paraná, Brasil, con una Maestría obtenida en los Estados Unidos. Con exposición pública alcanzada por el cargo donde fue designada, cobran nueva fuerza las declaraciones de la dirigente, quien subraya que “de mi carrera universitaria, siempre aplico la importancia de los mensajes y de la comunicación en sí. Escuchar, analizar los mensajes verbales y no verbales”. ¿Cómo evalúa la Asociación el brica de Autocomponentes (AFAC) último año de fabricación y venta y la Asociación de Concesionarios de automotores en Argentina? (ACARA), trabajando más en con“El 2015 fue un año comple- junto con la cadena de valor del jo. Difícil. Si bien podría haber sector. En paralelo hemos presensido peor, también podría haber tado nuestras ideas y propuestas sido un año mucho para la mejora de la “Con la Dnrpa mejor. A pesar de la competitividad del hemos dados un caída de la industria sector y en especial, gran paso en la y las exportaciones a nuestras prioridaBrasil pudimos mandigitalización de des para los primetener ciertos niveles ros 90 días de gesprocesos” de empleo y asegutión presidencial. rar, a nuestras redes de conce- Entre los temas de agenda que sionarios, un volumen suficiente aún quedan pendientes se enpara mantener estables las ope- cuentra el desafío de seguir trabaraciones. Estrechamos nuestra jando junto al Gobierno para tener relación con la Asociación de Fá- mayor previsibilidad”. 4 • PANORAMA REGISTRAL
¿Qué futuro prevé para los próximos años? “Hay muchas expectativas positivas. Nos imaginamos un 2016 con un panorama muy similar al de este año. Complejo pero esperamos seguir creciendo para retornar a niveles normales de esta industria que genera un efecto derrame en el resto de la economía de suma importancia” ¿Qué demandas podrían hacerse a la próxima conducción económica nacional? “Necesitamos previsibilidad. Nuestro sector se caracteriza por operar con tiempos muy largos. Es necesario ello para adecuar
Panorama Nacional
volúmenes de producción. Se demora para aumentar el nivel y se sufre rápidamente cuando hay que realizar un recorte, una adecuación. La falta de divisas nos viene generando mucha inestabilidad en este proceso de proyectar. Consecuentemente, es extremamente importante que haya una mejora de los niveles acceso al MULC (Mercado Único y Libre de Cambios) para poder atender la producción y la demanda doméstica de autos. El otro gran desafío es trabajar en un plan de mejora de nuestra competitividad a nivel sector y como bloque/país. Necesitamos contar con herramientas que promuevan inversiones, que habiliten al sector a potenciar su inserción internacional a través de una diversificación de destinos, mayor integración local, y generar más fuentes de trabajo”. ¿Cuánto influye la situación del mercado automotriz mundial y especialmente la de los países del Mercosur en la actividad argentina? “Actualmente, del total producido localmente, un 50% se envía a diversos mercados, sien-
do el brasileño el más representativo con más de 90% de participación en los mismos. Es así que, cualquier impacto económico que se registre en Brasil tiene su correlato directo sobre los niveles de producción y empleo en nuestro país. Es por ello que es necesario trabajar en una mayor inserción internacional y una mayor diversificación de mercados para evitar esa ´Brasil-dependencia”. Siendo la nuestra una publicación especialmente referida a la registración automotor... considera buena la relación de las fábricas con la entidad que regula la materia (la DNRPA)? “Hace muchos años que venimos trabajando, pero especialmente en los últimos hemos tenido importantes avances. Con la Dirección hemos trabajado en temas relacionados al sector y un gran paso en la materia ha sido la mejora en la registración con digitalización de los procesos. Acciones que han redundado en la mejora de los tiempos para el abastecimiento del mercado, costos y servicios para los clientes. Es de destacar que nos han
acompañado en el Salón Internacional del Automóvil de Buenos Aires -uno de los eventos más importantes del sector- a través del ente cooperador ACARA difundiendo sus actividades”. Trabaja usted en General Motors desde 1998... ¿le resulta dificultoso manejarse en un ambiente tradicionalmente considerado “masculino”? “Tengo tres hermanos varones y practiqué mucho atletismo en mi adolescencia... desde muy chica me acostumbré a estar rodeada de hombres. Y en el ambiente profesional, General Motors es una empresa que ya hace más de 20 años viene trabajando y promoviendo la diversidad. Hay más mujeres entrando en las empresas relacionadas al sector automotriz –terminales, concesionarias y autopartistas-. Estamos viviendo un momento de transformación. Y entiendo que soy parte responsable en ayudar a las empresas y sociedad en general para que vean el valor y la importancia de la diversidad”. Siendo Licenciada en Comunicación Social... ¿qué premisas de la carrera aplicó para conducir la Asociación y cuáles cree quedan pendientes? “Más que la carrera estudiantil, fue mi experiencia profesional. Específicamente de la carrera, siempre aplico la importancia de los mensajes y de la comunicación en sí. Escuchar, analizar los mensajes verbales y no verbales, cómo sintetizar un interés común con algunas diferencias de posiciones, acordando un mensaje único y después comunicarlo”. PANORAMA REGISTRAL • 5
Legales
Las (ex) Sociedades de Hecho y el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación
Javier Cornejo
Luego de haberse desempeñado 22 años como funcionario de la Dnrpa, el Dr. Javier Cornejo es actualmente Encargado Titular del Registro de Capital Federal Nº 77. En esta nota, el autor trata el régimen que deberán atender para la registración de automotores las ahora llamadas “sociedades no constituidas”; a la luz de lo establecido por el Nuevo Código Civil y Comercial.
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Antes del 1º de agosto de 2015, la Ley Nº 19.550 regulaba en su artículo 21º y subsiguientes a las sociedades de hecho. El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación ha modificado la referida legislación, y cambiado dicho nombre fijando nuevos recaudos, llamándolas a partir de esa fecha “sociedades no constituidas según los tipos del Capítulo II de la Ley General de Sociedades” Por su parte, el Digesto regula, a las ahora llamadas so-
ciedades no constituidas según los tipos del Capítulo II de la Ley General de Sociedades (ex sociedades de hecho), en el Título I Capítulo I Sección 2ª Artículo 4º y en el Título I Capítulo IV Sección 3ª Artículo 1º inciso 3º (ambos modificados por Disposición D.N. Nº 353/15). En atención a la normativa indicada, podemos sintetizar que desde el 1º de agosto del corriente, y a la luz del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, los
trámites vinculados con dichas sociedades deberán tener en cuenta los siguientes recaudos: 1) Para adquirir, la sociedad debe acreditar su existencia y las facultades de su representante por un acto de reconocimiento de todos los socios. Dicho acto de reconocimiento debe ser instrumentado indefectiblemente en escritura o instrumento privado con firma autenticada por escribano. 2) Al adquirir deben completar una Solicitud Tipo (01, 05, 08 o 17, según el caso) con los datos de la sociedad y su C.U.I.T, la que podrá estar suscripta por cualquiera de los socios. Asimismo, deben
acompañarse como minuta tantas Solicitudes Tipo como número de socios haya. En las mismas, deben consignarse sus datos personales y la proporción en que participan los socios en la sociedad, y pueden estar firmadas por cualquiera de ellos. 3) Cualquiera de los socios representa a la sociedad, de manera indistinta. 4) Pueden los cónyuges integrar entre sí estas sociedades. 5) Continúa siendo de aplicación el criterio interpretativo plasmado en la Circular C.A.N.J. Nº 10/2003, referente a que resulta inoponible a los actos de dispo-
sición de la sociedad, la inhibición de uno de los socios. En tal sentido, establece “Atento que la sociedad es jurídicamente, y al margen de la responsabilidad solidaria de los socios integrantes y de quienes contrataron en nombre de la sociedad, una persona distinta de los socios que la integran, la inhibición de uno o más de sus integrantes no obsta a la transferencia –u otro acto de disposición- que ésta peticiona, aun cuando la Solicitud Tipo correspondiente sea suscripta por la persona inhibida, ya que ésta actúa como representante de la sociedad y no a título personal.”
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Legales
Asignación de Códigos RPA
Eduardo Mascheroni Torrilla
El Dr. Eduardo Mascheroni, docente en cursos de capacitación de Mandatarios en todo el país, y colaborador de nuestra revista desde sus inicios, analiza en este artículo el supuesto más habitual de asignación de código RPA o RPM. Un detallado estudio de todas las normas y procederes que regulan el trámite.
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Entre los temas de consulta en las redes sociales relativas a trámites registrales del automotor, encontramos la asignación de los códigos identificatorios RPA y RPM, en caso de adulteración o ausencia de los códigos identificatorios originales de un motor o chasis de un automotor y la interpretación del Título I, Capítulo VII, Sección 7 y 8 del DNTR. Este trámite se celebra cuando la verificación resulta observada por una discrepancia entre el código identificatorio grabado y la documentación registral (constancias de legajo, Título de Propiedad o Cédula de Identificación) o cuando dicho código está adulterado sin que el perito verificador, perciba una actitud delictiva en la misma, ya sea en forma total o parcial, y generalmente por procesos de corrosión, pérdida de referencia identificatorias, o reparación del chasis o motor que ha afectado a la codificación (Digesto, Título II, Capítulo VII, Sección 2, Artículo 1°) La cuestión es relevante apreciando que los artículos Nºs 1599 y 1902 del Código Civil y Comercial, requieren de la verificación y coincidencia de dichos códigos, para demostrar la buena fe en la adquisición de un automotor y como un medio de publicidad previa a dicha adquisición, transcendiendo a la exigibilidad de la verificación que plantean el artículo 6º del Decreto Nº 335/88, reglamentario del RJA y el Digesto. Así, señalamos lo siguiente, sin que el tratamiento resulte exhaustivo pero con el interés de promover
el análisis del tema, para contribuir a la transparencia del tráfico negocial del automotor. Mediante la Circular CANJ N° 11/05, se analizaban consultas sobre la interpretación que deben merecer las normas del DNTR en la materia, y se destacaba que ante un código RPA o RPM de chasis, motor o cuadro, este es un procedimiento auxiliar sustituto de la verificación, y la presentación de un peritaje especial, en caso de Transferencia de un automotor con el mencionado código, sólo es exigible cuando la misma, lo sea, es decir, se requiere el peritaje especial en lugar de verificación, si esta también fuere exigible (Título I, Capítulo VII, Sección 7, Artículo 2, inciso c), más el Artículo 1, Sección 1, Inciso j). Conforme, debe acreditarse el reemplazo de la parte sustituida donde se había grabado el N° de chasis, con factura de compra de la parte, y del taller que realizó el reemplazo con firmas certificadas ante notario, no siendo menester dicha certificación en facturas emitidas según normas AFIP, exhibiendo el original al Encargado y acompañando copia para su certificación por éste. De transferirse el rodado, se requiere del peritaje especial del código RPA o RPM sólo si éste es exigible, por ejemplo en automotores inscriptos a partir del 1/1/85 o cuando no estén comprendidos en las excepciones del Título I, Capítulo VII, Sección 4, ya comentados por nuestra parte, aquí en Panorama Registral.
De igual manera, se fija que se peticiona dicha asignación ante una verificación observada o ello surge de los documentos obrantes en el legajo del Seccional, ejemplo cuando el motor o chasis carecen de numeración desde su inscripción inicial (acontece con unidades importadas, donde el motor por tener la calidad de “repuesto” en otros países no recibe numeración específica), casos en los cuales la asignación es peticionada conforme a documentación que aporta el peticionario del trámite (mediante Solicitud Tipo N° 02 conexa a transferencia), en pericias practicadas por la planta verificadora o por el peticionario a su pedido y avaladas por dicha planta o mediante decisión tomada en expediente al efecto por la Dirección Nacional, en virtud de la existencia de una observación al trámite, lo que ante la petición de asignación del nuevo código identificatorio RPA o RPM, el Registro emitirá la orden de grabado conforme al Digesto, Título I, Capítulo VII, Sección 8, Artículo 4°, dirigida a la planta verificadora. Realizado dicho grabado, se procesará la transferencia, de no existir otras observaciones, pero se reserva la impresión y expedición del Título de Propiedad y Cédula de Identificación, que es la documentación a entregar al peticionario, hasta tanto se acredite mediante nueva verificación, que se formalizó el grabado citado (recordamos por pedido previo del interesado mediante Solicitud Tipo 02). Esto importa, que la Transferencia se inscribe una vez expedida la orden de grabado,
reiteramos si no median otras observaciones al trámite, aunque no se haya efectivizado la misma, ya que de lo contrario se supedita el trámite principal a uno accesorio, que es el grabado del código RPA o RPM, y su ulterior verificación, no operando la transmisión de dominio, lo que importa un riesgo para el estado dominial del automotor, en cuanto podría ingresar una medida judicial que afecte su transmisión. Ello amén de que la responsabilidad civil por el eventual uso del rodado, sigue siendo del titular, que en realidad, está transmitiendo el dominio, cosa que no puede sujetarse a una gestión de confirmación del código identificatorio o rectificación del mismo, cuando ello no entraña la modificación de la situación registral del automotor, en relación a su transmisibilidad dominial. La duda que pudiera existir sobre la identificación de motor o chasis ya ha sido despejada, por ende, debe operarse la transferencia, sin per-
juicio que luego se “perfeccione” con la entrega de la documental que lo acredita al demostrarse el efectivo grabado del nuevo código identificatorio. Y si, en dicho trámite se opera el Cambio de Radicación por resultar de otra jurisdicción registral el domicilio del adquirente o por guarda habitual. Aquella opera, una vez acreditado el grabado y emitido nuevo Título de Propiedad y Cédula de Identificación, mediante la remisión en su caso del certificado electrónico de dominio para cambio de radicación o del legajo B. Destacamos, lo expuesto no agota otras situaciones que puedan presentarse, simplemente señalamos, el supuesto más común y reglado de asignación de código RPA o RPM y dejamos sentado que la transferencia se inscribe aunque el grabado no se haya acreditado con la verificación ulterior, aunque sin imprimir ni expedir Título y Cédula. PANORAMA REGISTRAL • 9
En los Registros Una herramienta importantísima en este constante cambio
La Capacitación
María del Valle Gastaldi
La Sra. María del Valle Gastaldi es Encargada Suplente del Registro de General Cabrera “A”, en la provincia de Córdoba. Con el tono descontracturado y ameno con el que acostumbra preparar sus escritos, expone en este número un elogio a la capacitación, como herramienta de mejora y perfeccionamiento continua.
10 • PANORAMA REGISTRAL
Como todos sabemos en cualquier ámbito de la vida en donde las actualizaciones y los cambios son constantes “estar capacitado para afrontarlos es muy importante” es más yo diría que “indispensable” para lograr asimilar estos cambios. Como yo siempre digo “nadie nace sabiendo” y el nuestro es un trabajo en donde no sólo se necesita estar actualizado día a día, sino que se necesita incorporar continuamente nuevos conocimientos para realizar mejor nuestra tarea. La Capacitación es un pilar fundamental para que este gran “engranaje” como lo llamo yo funcione, no sólo para realizar mejor nuestro trabajo dentro del Registro sino para que cada parte de este “engranaje” pueda hacer que su aporte sea mejor y más completo. Muchas veces creemos que con leer es suficiente y no es así, lo importante no es saber el Digesto de Normas Técnicos Registrales y todas las Circulares y Disposiciones de memoria. Lo importante es comprender lo que estamos leyendo y poder aplicarlo a la realización de los trámites de forma ágil y eficiente. Aquí es donde tenemos que
implementar una herramienta que es muy muy importante: “los cursos” pero no para algunos, ¡para todos! Que cualquier persona en cualquier parte del país pueda acceder a ellos, que cualquier persona vinculada a nuestra área, ya sean Encargados y Empleados de Registro o los Gestores y Mandatarios puedan hacerlos y enriquecer sus conocimientos. Aunque parezca que no es indispensable lo es, y mucho. Por ejemplo este año tuvimos un cambio muy importante que fue la modificación del Código Civil y Comercial de la Nación, el cual repercutió enormemente en nuestra tarea registral. Y les aseguro aunque nosotros leamos el Código y las Circulares siempre nos quedan dudas, y lo mejor para despejar esas dudas es que alguien que se especialice en eso nos explique, que podamos debatir sobre el tema, intercambiar puntos de vista, todo esto nos enriquece nos ayuda a crecer. Y es importante que el contenido de los cursos sea sobre ejemplos claros aplicables a nuestra tarea registral. Yo recuerdo hace muchos años siempre que había algún cambio en el Registro se hacían reuniones zonales en donde ve-
nía gente de Dirección Nacional y nos explicaba los cambios. A nosotros como Encargados nos servía y mucho, ya que podíamos en esa hora que duraba la explicación sacarnos todas las dudas, no solo preguntando a quien explicaba sino compartiendo experiencias con otros colegas, comparando, sacando conclusiones entre todos. Recuerdo cuando en Córdoba implementaron el Convenio de Rentas, aunque ya teníamos otros convenios y habíamos leído todo, teníamos dudas, lo que creo yo es normal. Entonces vino gente de Dirección Nacional la gente especializada en ese tema y que está
en esa área, incluso el jefe del departamento Rentas el Sr. Ricardo Berger nos dio una charla, una charla que no duró mucho solo unas horas pero que nos sirvió muchísimo para hacer mejor nuestro trabajo. Esto creo yo se debería volver a hacer y ampliar el rango de participación para que también puedan acceder los Gestores y Mandatarios. Cuando hablo de que debe llegar a todo el país quiero decir a cada rincón, a cada ciudad o pueblo por mas chiquito que sea en donde haya un Registro y gente que desempeñe nuestra actividad. Para la gente de interior del país muchas veces se nos hace
imposible acceder a los cursos, y me incluyo, por las distancias y los costos que se suelen ser muy elevados. No porque sean caros los cursos; sino porque tenemos gastos de viaje, hospedaje, etc. que hacen que cada vez sea más difícil acceder a la capacitación. Sería muy bueno si se pudieran arbitrar las herramientas necesarias para que esto no ocurra, para que todos tengamos las mismas oportunidades. Se están desarrollando muchos cambios para mejorar la actividad y el servicio que prestan a la comunidad los Registros, y qué mejor que estar preparado, capacitado para estos cambios.
PANORAMA REGISTRAL • 11
Mercado Automotor
Marcelo Gallo Sara
El Interventor del Registro Seccional Henderson, provincia de Buenos Aires, Dr. Marcelo Gallo Sara, es colaborador de nuestra publicación desde 2011, luego de haber ganado el “Primer Gran Concurso Registral” con una crónica de ficción, titulada “El Sr. y la Sra. Fernández”, donde ejemplicaba aspectos técnicos de registración. Desde entonces colabora con sus escritos periodísticos, habiendo transitado primero la Sección de “Registración y Sociedad”, y ahora la de “Economía Automotriz”. Vamos entonces éste su último artículo, donde analiza el comportamiento del mercado de vehículos en 2015, luego de la crisis que transitara el sector en 2014. 12 • PANORAMA REGISTRAL
“Tablas”, y a esperar por una nueva partida Tal como comentábamos en nuestra anterior entrega, el mercado de los automotores 0km parece que va cerrar el año en alrededor de 600.000 unidades patentadas (y quizás algo por encima de ese número) lo cual en términos ajedrecísticos puede parangonarse a cantar “tablas” por acuerdo de los jugadores. La situación actual de los patentamientos de unidades nuevas, se muestra bastante lejos de los récord que supo marcar la actividad hace tan solo un par de años, pero asimismo dista bastante de los pronósticos agoreros que daban por herida de muerte a la industria automotriz argentina. Máxime si tenemos en cuenta, como decimos siempre y es obligatorio hacerlo, el contexto mundial y regional, con bajas también
pronunciadas, y despidos en algunas plantas fabriles. Las políticas públicas tendientes a desacoplar el mercado interno del externo han dado el resultado previsto, básicamente mantener viva la actividad y así conservar los puestos de trabajo, en cada uno de los eslabones que integran hoy el mercado automotor argentino. Quedará para una próxima gestión de gobierno, arbitrar las herramientas necesarias para consolidar la incipiente recuperación, y volver al camino del crecimiento. “Siguiendo la tendencia de los últimos meses, mostró un crecimiento en octubre del 7,9% en la comparación interanual”, informó ACARA, refiriéndose a los números de patentamientos en octubre de 2015, en la comparación con igual mes de 2014.
Si bien la comparación interanual muestra una mejora, no ocurre lo mismo si comparamos el mes de octubre (2800 unidades patentadas por día) con septiembre de este año (3017 unidades patentadas por día) verificándose una baja ya normal a esta altura del año, por motivos del efecto “modelo-año”. El acumulado de los 10 meses transcurridos del año arrojó una cifra de 560.644 unidades, un descenso del 9% en la comparación contra el acumulado del año pasado en el que se habían patentado 616.437 vehículos hasta esta fecha. Como el mes anterior, la retracción más pronunciada se observó en el segmento de los automóviles, con 11,3%, dado que en la franja de los vehículos comerciales, como pick up, camionetas y también en pesados, como camiones y buses el año se encamina a cerrar con contracciones modera-
das, inferiores de 2% respecto de similar período del año anterior. Pasando a los usados, los altos precios y la demora en la entrega de los 0km hace que las ventas de los usados semi nuevos se mantengan a muy buen ritmo, con lo cual se encamina a ser un año récord en ventas para este tipo de vehículos. En nuestra próxima entrega ya tendremos con seguridad un
panorama completo del total de patentamientos y ventas anuales, y veremos si el advenimiento de un nuevo gobierno elegido por el voto popular —sana costumbre desde hace más de 30 años— va redundar en una mejora para la actividad, la cual no obstante la retracción acontecida los últimos dos años, ha sido y es un importante pilar para la economía del país.
El Renault Fluence GT2, una variante deportiva de la marca presentada en septiembre pasado PANORAMA REGISTRAL • 13
Nuestra Comunicación en Redes
Digital y Registral La Sra. Laura Alejandra Sánchez es la nueva administradora de redes y sitios Web de Panorama Registral. La actual responsable electrónica trabajó 16 años como Encargada Suplente del Registro de Capital Federal N° 73, habiéndose luego desempeñado por períodos más breves en los Seccionales de Capital Federal N° 66, Tres de Febrero N° 2 y N° 6. Vive en Ramos Mejía (provincia de Buenos Aires), es casada y tiene 5 hijas de entre 11 y 19 años... “amén de mi formación registral, ellas son mis grandes profesoras en el manejo del Facebook, Twitter, Instagram, Páginas Web, Blogs y toda la Comunicación Digital…”
De sus 23 años transcurridos en el ámbito de la registración (“dicen que no lo aparento pero sí, ¡ya tengo 42!”) rescata “las relaciones que he establecido y un reconocimiento que trasciende las fronteras del tiempo… al director periodístico de este medio, Alejandro Puga, lo conocí en la ´Mesa de proceso de trámites´ del Registro 2073 hace más de 20 años. Intercambiábamos opiniones sobre asientos registrales… ¡y ahora discutimos sobre titulación Web!”
Laura Alejandra Sánchez
Laura, junto a su marido y sus 5 hijas, “mis grandes profesoras en Nuevas Tecnologíasde Información y Comunicación Digital”
LAS REDES SOCIALES Y UN NUEVO PARADIGMA DE CONOCIMIENTO “Cuando una cantidad cada vez más grande de información se distribuye a una velocidad cada vez más alta, la creación de secuencias narrativas, ordenadas y progresivas, se hace paulatinamente más dificultosa. La fragmentación amenaza con devenir hegemónica. Y esto tiene consecuencias en el modo en que nos relacionamos con el conocimiento, con el trabajo y con el estilo de vida en un sentido amplio.” (de Zygmunt Bauman, en su libro “Sobre la Educación en un mundo líquido”). Zygmunt Bauman es un sociólogo, filósofo y ensayista polaco de 91 años que planZygmunt Bauman tea lo que llama una “modernidad líquida”. Si antes la sociedad se caracterizaba por el sentido de pertenencia del individuo muy marcado entre los distintos estratos sociales, ahora, con el auge de las redes sociales y las TICs, las identidades globales y frágiles, oscilan en forma permanente. Sin embargo, esta identidad escurridiza nos hace cada vez más dependientes del otro, y es ahí donde se encuentra, de acuerdo al autor, la esperanza de crear condiciones de crecimiento en términos de humanidad. 14 • PANORAMA REGISTRAL
PANORAMA REGISTRAL • 15
Griselda Heredia, Interventora en Tinogasta
Griselda del Valle Heredia
La Escribana Griselda del Valle Heredia es desde 2008 Interventora del Registro Seccional Automotor, Motovehículos, Mavi y CP de Tinogasta, al oeste de la provincia de Catamarca. En esta Nota, Griselda nos cuenta las alternativas de registración en su jurisdicción y su propia realidad personal como responsable de Registro.
El “Paso de San Francisco”, único acceso internacional a la ciudad, impactante a nivel paisajístico
16 • PANORAMA REGISTRAL
¿Sos oriunda de Tinogasta? “Nací en San Fernando del Valle, la Capital de mi provincia. Ocurre que, cuando tenía 22 años venía a diligenciar oficios judiciales y me enamoré este pueblo tranquilo, donde se duerme sin poner llave a casas ni autos… Estoy aquí desde que obtuve el Registro Notarial, y luego el Automotor: así es que vivo y trabajo junto a la Cordillera contemplando la majestuosidad de las montañas de varios colores”. Griselda ensaya también una consideración sociológica nada menor, poco ponderada en el ambiente de registración: “La tarea de registrar automotores para la gente reviste gran importancia, ya que para la mayoría de las personas, luego de la salud (que la valoran cuando la pierden) le dan una elevada significación a el auto. Y somos nosotros a quienes nos compete darle seguridad jurídica a ese bien tan preciado para todos”. Griselda tiene dos hijas. La mayor es la Interventora Suplente, la Dra. Fernanda Almada Heredia. La menor, Natalia, estudia Derecho en la provincia de Mendoza y también trabaja en el Registro cuando se toma unos días y en las vacaciones. “Y mi esposo que es médico anestesiólogo, pero hace terapia sacándose el estrés en el Registro! pintando, cambiando focos, ordenando legajos, haciendo rentas y controla que no falten elementos de trabajo, también nos ayuda cuando se rompe una compu o las impresoras. Toda la familia está involucrada en el
Registro, que es parte de nuestra vida”. ¿Cuál creés que es el mayor logro alcanzado por el sistema registral en tu jurisdicción en estos años que llevás de ejercicio? “Creo que fue muy importante la capacitación del personal que trabaja en este Seccional. Fernanda mi hija (la Interventora Suplente) es Abogada y Escribana, con Diplomatura en el Régimen Jurídico del Automotor, y ha concluido de cursar el Doctorado en Derecho. Por mi parte estoy haciendo un curso los fines de semana en Tucumán para estudiar profundamente la Reforma y los contenidos del Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Considero un importante logro del Sistema el avance en el sistema informático que lo hace eficiente, rápido, seguro y con las ventajas de ello trae aparejado, además de la puesta en vigencia en poco tiempo la Cédula del Mercosur. Hay mucha tarea para el próximo año 2016”.
Griselda, de vacaciones junto a sus hijas y su marido,”un médico anestesiólogo que se quita su stress haciendotareas técnicas en el Registro. ¡Toda mi familia está reunidaen el Seccional!”
Lo más leído de nuestra Web
Pablo Grimberg Bernart
Martín Soto
Al encontrarme en un café del barrio Belgrano de la Capital Federal con el Lic. Pablo Grimberg, mi primera impresión es de una muy buena persona de apariencia cálida y predispuesta… El Lic. Grimberg comenzó en el Registro Seccional del cual es Encargado: San Martin N° 5 y Motos letra “A”, provincia de Buenos Aires. ¿Tus comienzos y orígenes? ¿Cuándo fue que empezaste? “El 8 de julio de 1991 empecé en el Registro, ya siendo Encargado. Soy nacido en San Martin y psicólogo… (“¿Qué?” le pregunto, “¿Cómo es eso?”) y sí…soy psicólogo recibido en la UBA y veo mucho el lado humano del lugar que estoy a cargo. Tuve más de seis meses de práctica, arrancando por las motos en el Registro de Víctor Acuña de Tres de Febrero, estuve un mes sin que entre un trámite, en ese momento no era lo que es ahora. Luego estuve varios meses en Capital Nº 19 con la Escribana Ana María Iparraguirre, excelente persona, y también un tiempo en San Martín N° 1 con el prócer Mariano Gentile”. ¿Qué opinión te merece la DNRPA de esa época?
Pablo Grimberg, Titular en San Martin N° 5 Martín Soto, Encargado Suplente de Olivos N° 8, comenzó escribiendo en nuestra revista “aguafuertes registrales”, un compendio de notas de color sobre el devenir de nuestra actividad. Ahora, inicia una serie de encuentros con Encargados donde intercala sus opiniones personales con las del reporteado... Vamos entonces a la lectura su primer encuentro, con el Titular de San Martín N° 5, provincia de Buenos Aires, Lic. Pablo Grimberg Bernart. “Solidaria conmigo desde siempre, cuando necesité algo fueron y son de gran ayuda y más lo son los colegas que hasta el día de hoy mantengo contacto, (´¿te acordás de alguien? le digo´)… cómo no me voy a acordar… Fabiana Cerruti es mi mentora desde el principio, me inicie con ella (´Uff Fabi… una persona sin precedentes´ le digo...), si por supuesto, voy a estar agradecido desde siempre con ella… -prosigue, con voz de saber que Fabiana es una gran persona(¿somos hijos de ella no? le digo) “jajaja…seguro”... me dice con cara de buenos recuerdos. Un aporte a lo que ya tiene el sistema... “Trataría de evitar la burocracia registral. Evitar que se hagan una cantidad de cosas solo por temor a que una auditoría te objete que el sello está torcido, generar un mayor contacto entre la redacción
de normas y la práctica diaria, me gusta el intento del SITE pero deberíamos llegar a que sea algo más que adelantar la forma en que se completa un formulario” ¿Una nueva idea? “En este momento solicitaría se organice un sistema de pagos que permita al Registro desentenderse de manejar tanto volumen de dinero. Podríamos generar un ticket que se pague en el banco, pagomiscuentas o transferencia; pero evitaría el volumen de dinero en el registro, ya sufrí varios robos...”
La muy ponderada en la nota Dra. Fabiana Cerruti, junto a los funcionarios de la DNRPA Dres. Luis Gómez García, Marcelo Valle y Sergio Traiber PANORAMA REGISTRAL • 17
Ficciones
“¿No se quiere llevar algunos?” O cómo encontrar la vida en la vida
Juan Carlos Pacífico
El Dr. Juan Carlos Pacífico es Encargado Titular del Registro de Pergamino N° 2. Amén de su función registral, en nuestra revista nos honra desde hace 7 años con sus escritos de ficción, habitualmente inspirados en momentos vividos en su ciudad. En este caso, un relato de controvertido final, que generará múltiples y diversas interpretaciones… ¡Contanos la tuya! En: panoramaregistral@live.com.
Entró en mi Estudio con su madre, era una adolescente de 17 años con una fuerte personalidad y ganas de saber, ganas de conocer de dónde venía, quienes habían sido sus padres biológicos. Se sentó frente a mí con esa obstinación de los cruzados o conversos, su madre adoptiva la miraba y me miraba, no había angustia sino resignación y confianza, ella sabía que tarde o temprano esto pasaría y se preparó para ello. P.A. llegó a mi vida así, tal como lo cuento, tuvo una dura infancia y una madre soltera que, enferma de tuberculosis, la deja en un orfanato para nunca más regresar por ella, luego sus padres adoptivos la llevarán a su hogar cubriéndola de cuidados y amores necesarios, intervine en el juicio por adopción en su final, y a los diez años de edad P.A. fue legalmente hija de sus padres. Y ahora, siete años después, los interrogantes más profundos del ser humano se despiertan con una voracidad que no puede atenuar nada más que el saber, que el conocer quiénes, cómo y por qué. Recordaba perfectamente el expediente pero no los datos necesarios para responder
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a todas las preguntas, para ganar tiempo convinimos encontrarnos quince días después; presuroso al día siguiente pedí el desarchivo de las actuaciones y memoricé sus partes más importantes, recapacité sobre esa niña que fue dejada en un orfanato a corta edad y todo lo que tuvo que pasar, esas horas rodeadas de niñas en su misma situación en una inmensa soledad acompañada. Cómo repercuten en nuestra mente esas carencias, qué debemos hacer para convivir con ellas y en qué momento se despiertan furiosas y deseosas de saber, de comprender; en qué tiempo el puente hacia un territorio de tranquilidad y equilibrio se edifica para poder vivir ocultando lo que nunca podrá reponerse. A los quince días volvieron y ya con los elementos en mano pude contestar sus preguntas punzantes con datos certeros, apellidos, nombres, direcciones y circunstancias trazaban un dibujo harto conocido: una madre soltera de condición muy humilde, un padre biológico que nunca supo del embarazo, una vida dura en una villa de emergencia, una enfermedad social: tuberculosis que ataca un cuerpo diezmado
por la pobreza y la resignación, la imposibilidad de seguir manteniendo a su hija, la aparición del orfanato como única solución, una recuperación milagrosa y un regreso a su ciudad sin la niña y sin comunicarle de su supervivencia. P.A. me miraba absorta, sus ojos permanecían fijos en mí, su rostro era una mueca dura que nada transmitía y al terminar mi largo relato se erigió raudamente y mirándola a su madre le dijo: quiero ir a verla, tengo necesidad de estar con ella de saber de su vida y el por qué.
Le advertí que sólo teníamos una dirección de vieja data y que por su precaria salud era probable que hubiera fallecido, nada la detuvo, su voluntad la sostuvo y fue entonces cuando mirándome profundamente me dijo: necesito que Ud. me acompañe. Su madre agregó suplicante que era fundamental mi presencia en esa búsqueda hacia ese gran interrogante, hacia un mundo desconocido y misterioso que aún compartiendo con nosotros el interregno, no conocemos no logramos desentrañar. Acepté con
cierto resquemor y convenimos salir en 48 hs. a el último domicilio conocido de esa madre carnal que permanece en la mente y el corazón grabada a fuego eterno a pesar de todo y contra todo. Ese día me levanté con mucha ansiedad con la esperanza de no dar con el paradero, de regresar sin nada pero con el firme convencimiento de que debía finalizar esa odisea para que P.A. se concentre en su vida hoy, en sus padres y escuela, que olvide esas raíces que acalle esas voces y que la música de un hogar feliz termine PANORAMA REGISTRAL • 19
por acunarla. Mi ciudad no está a más de 100 km de la natal de P.A. y allí fuimos por un camino llano que al leer la llanura encuentra un horizonte infinito con tonos de verdes que hacen pensar en la paleta de un pintor. Llegamos en menos de una hora y de pronto nos encontrábamos en medio de un barrio muy humilde con calles de tierras y un inmenso baldío que lo rodeaba cual mar marrón que lo mantenía aislado de la ciudad pavimentada y ordenada, allí todo era caos y basura desparramada, gente mirando, chicos jugando y mujeres con bolsas de supermercado anticipando el almuerzo. Cuando doblamos para tomar la calle señalada P.A. dijo sin hesitación alguna, esa es mi casa… interiormente temblaba pero conservé la calma, su madre nada decía manteniendo una osada tranquilidad, me bajé toqué la puerta una niña me atendió y detrás su madre que preguntaba que buscaba, le pregunté por la familia A.A. y sin duda me espetó: se mudaron hace un año al nuevo barrio, ésta es la dirección, soy la hermana y me dejaron esta casa cuando se fueron, agradecí y nuevamente en el auto nos pusimos en marcha y, esta vez, supe que el objetivo estaba cerca. Llegamos en menos de 15 minutos, toqué y salió una mujer joven, magra, muy envejecida, detrás niños que reían y corrían en una mínima habitación; no supe 20 • PANORAMA REGISTRAL
que decir, en ese momento las palabras no acudían a mi boca, sólo daban vueltas por mi cabeza sin poder tomarlas, ellas jugaban conmigo, el silencio fue eterno, comencé por contarle todo despacio y pronunciando cada palabra como un orfebre trabaja el material, mis manos eran los cinceles que completaban cada frase, la cara de esa madre se fue transformando mientras oía, concentrada mi relato. Donde está, me preguntó, en el auto fue mi respuesta, fue hacia ella la miró y la invitó a bajarse, la madre adoptiva la seguía, conversaron en la puerta, la invitaron a pasar, P.A. se volvió hacia mí y me dijo: por favor en una hora venga a buscarnos; el hielo se había derretido prontamente. Así fue, un café en el centro, un breve paseo sin los desafíos de negocios modernos; al regresar me estaban esperando en la puerta, un saludo protocolar P.A. que besa a su madre y ya en el auto comenzó a hablar pausadamente, tal vez un llanto hablado, sin lágrimas, sin gemidos, palabras que desafiaban el destino, preguntas que no encontraban eco, una compuerta que se abre y un río caudaloso que busca su norte sin obstáculo alguno; ese deshago terminó en un llanto real y silencioso, sin herir con sus tristezas, con la heroicidad de los valientes, con la discreción de los sabios. Su madre la abrazaba sin hablar, eran sus manos las que hablaban cuando le acariciaba el
pelo, cuando le secaba sus lágrimas; así transcurrió el viaje de vuelta, la música dura de un silencio estentóreo y triste. Al regresar a su casa, me agradeció y me dijo: yo pertenezco a este hogar a estos padres a esta ciudad, nada tengo que ver con ellos, ya fueron, ya no serán. Suelo ver muy de vez en cuando a P.A, conversa conmigo sobre sus cosas, sobre su futuro y quiere estudiar abogacía, me cuenta que llama a su madre de sangre cada dos meses, que junta dinero y ropa para sus hermanastros y que no quiere regresar por ahora, no la acusa, no la señala, late sobre ella un perdón no dicho una reconciliación apenas hablada, comprendió las circunstancias, entendió el entorno, se amigó con su vida, ama profundamente a sus padres adoptivos y vive intensamente. Cierta vez y a casi seis meses de ese encuentro llega a mi puerta el actual esposo de la madre de sangre de P.A, lo recibo, es un hombre trabajador de escasa cultura con modales duros, lo interrogo por su visita y mirándome a los ojos me dice: he tenido diez niños, todos viven conmigo y mi trabajo no es el mejor y como vi como estaba P.A. pensé: ¿no se quiere llevar algunos?, me sonreí, le agradecí, lo entendí, miré mi título universitario y me dije a mi mismo que nadie debe juzgar a los otros y resonaron los olvidos o perdones de P.A para con su madre.
Protagonistas del Sistema
Argentino Galeano recuerda a Víctor Acuña El Sr. Argentino Galeano, actualmente Encargado Titular del Registro de Corrientes N° 1, nos envió una nota en la que manifiesta su pesar por el fallecimiento del Sr. Victor Manuel Acuña, Encargado Titular del Registro de 3 de Febrero N° 2, deceso ocurrido en el mes de mayo pasado. Transcribimos en esta página las palabras donde uno de los pioneros de nuestro sistema registral recuerda a un colega de iguales pergaminos. 30 de diciembre de 1973 en el Edificio Central de la DNRPA, “Despedida de Año”. De izquierda a derecha: Miguel Ristori -Jefe de División Funcional-, Argentino Andrés Galeano -Inspector-, Maria Rosa de Garcia -empleada en el Registro estatal de Capital Nº 1-, Raquel “Quela” Facio -empleada en Departamento Interior, con Marcelino Alegre y madre del hoy en día Inspector Roberto Roffo-, Gladys Lizarralde -empleada en Capital Nº1-, y Victor Acuña –en ese momento Inspector a cargo de Capital Nº 1-
“Este colega, compañero y amigo, ejerció antes de ser Encargado del Registro de 3 de Febrero N° 2, innumerables tareas en la Dirección Nacional desde el año 1963 -por cierto, un año antes de la puesta en marcha del actual sistema de patentamientos-. Fue así parte del primer cuerpo de Inspectores, Jefe del Registro Central N° 1 y por su idoneidad, Jefe del Registro Nacional donde renunció para hacerse cargo del Registro del Automotor de Tres de Febrero N° 2 en el año 1984...”
Gustavo Cusa
“Junto al Dr. Horacio Cañavate -hoy Encargado del Registro de Quilmes N° 4, y quien esto escribe, fuimos la primer camada de Inspectores que recorríamos los distintos Registros de país, poniendo en funcionamiento las delegaciones Seccionales, impartiendo directivas y dando apoyo logístico a los Encargados”. “Me parecía injusto para mi conciencia no recordarlo. Es un desahogo, pues no pude ir a despedirlo en su partida, por
haberme enterado tarde. Estas palabras son un recordatorio para alguien sumamente importante por su conducta dentro de la institución que nos cobija, a la cual sirvió desde el año 1963 y hasta su despedida con lealtad”. Agradeceré a esa prestigiosa revista “Panorama Registral” -de la que soy lector desde sus inicios- estas frases sinceras de quien fuera durante muchos años su compañero, colega y amigo”.
Al difundirse el recuerdo de Argentino Galeano a través de nuestro Facebook, el Sr. Gustavo Cusa, de ACARA, comentó “Permítame adherirme al recuerdo del “Negro” Acuña, a quien conocí por 1985 cuando se empezaba a formar el Ente Cooperador, ante mi sorpresa de la noticia, quiero agradecerle por cuantos momentos vividos, cuantas frases suyas que recordaré, cuantas experiencias gratas pero sobre todo cuantas enseñanzas que siempre me servirán en mi vida diaria. Hasta siempre, Maestro” PANORAMA REGISTRAL • 21
El Leasing como herramienta de crédito y la publicidad registral Pareciera ser un contrato asociado al comercio moderno, ágil y dinámico, se me ocurrió asociarlo con la crisis del ´30, el new deal, el impulso comercial en medio de una crisis. Sin embargo, y para mi mayor sorpresa el origen del contrato debe remontarse a 5000 años atrás. Silvia Bibiana Fasano
La Dra. Silvia Bibiana Fasano es Interventora del Registro de Capital Federal Nº 49. Ésta es su primera presentación en nuestra revista, con un detallado y enriquecedor análisis relativo a la nueva opción del Leasing prevista para la registración de automotores.
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Aunque no lo creamos el Leasing tiene sus cimientos en el pueblo sumerios cuya práctica data del año 3,000 a.c, desarrollando contratos de arrendamiento en donde participaban un arrendador, un arrendatario y una opción de compra. También se lo conocía en el antiguo Egipto donde el Faraón todo lo veía y todo lo controlaba.
do así los artículos antes mencionados respecto al contrato de leasing. Dichas leyes le dieron entidad como herramienta de crédito y aportante al tráfico comercial, pero en la actualidad, definitivamente ha sido incorporado al nuevo Código Civil y Comercial de la Nación en el Libro Tercero, Título IV de los Contratos en Particular. El Capítulo V en forma íntegra está dedicado a este contrato.
Por supuesto que no se denominaba leasing, palabra que abreva en el derecho anglosajón, pero nos legó la característica del contrato que, en el año 1952, fue introducido a la economía norteamericana siendo su antecedente inmediato la expansión del ferrocarril a mediados del siglo XIX, en Inglaterra cuando se constituyen las primeras sociedades de responsabilidad limitada que tienen por objeto realizar operaciones de leasing.
Su definición es simple y clara y surge de lo dispuesto por el art. 1227 del CCyCN que expresamente establece que: en el contrato de leasing el dador conviene transferir al tomador la tenencia de un bien cierto y determinado para su uso y goce, contra el pago de un canon y le confiere una opción de compra por un precio. El artículo contiene pues los elementos centrales y determinantes del contrato de leasing: se estipula sobre un bien cierto (muebles, inmuebles, marcas patentes o modelos industriales y software), el dador es el propietario que lo entrega por un canon que debe estar determinado así como la periodicidad de pago. Y la opción de compra que caracteriza indudablemente a este contrato.
En el derecho argentino el contrato de leasing que se encontraba reglado por las disposiciones de la ley N° 24.441 sus artículos 27 - 34. Posteriormente, en el año 2.000, se sanciona la ley N° 25.248 derogan-
Es pues la perfecta combinación entre el contrato de locación y el de compraventa, que son derecho supletorio en materia de Leasing por disposición expresa del Código Civil y Comercial. Dicho cuerpo normativo
especifica en su artículo 1229, que debe fijarse el canon y su periodicidad de pago y el precio del ejercicio de opción conocido comúnmente como valor residual. El uso y goce de la cosa es ejercida por el tomador del leasing quien, demás está decirlo, sobre todo en materia de automotores, no puede disponer de la cosa, venderlo o gravarlo ya que no es el titular registral. El contrato no sólo prioriza la agilidad del tránsito comercial si no que preserva la publicidad como herramienta para que el leasing sea oponible a terceros. Y es allí donde la actividad registral pone al servicio de este instituto todos sus valores que hacen a la seguridad jurídica del mismo. En inmuebles, buques o aeronaves debe instrumentarse mediante escritura pública, respecto al resto de los bienes la instrumentación puede hacerse por instrumento público o privado. Ahora bien el legislador ha impuesto que para que el contrato sea oponible a terceros debe inscribirse en el registro que corresponda según la naturaleza de la cosa objeto del contrato. La inscripción puede hacerse desde la firma del contrato, independientemente de la entrega de la cosa. Para que produzca efectos contra terceros desde la entrega de la cosa, la registración debe solicitarse dentro de los cinco días hábiles posteriores a la entrega de la misma. El artículo aclara también que de no hacerse en dicha forma los efectos se producirán desde que el contrato se presente para la inscripción. Desde lo aquí detallado surge que los efectos son desde la presentación y no desde la registración del contrato. Una lectura atenta de esta norma indica que
nes inmuebles es de 20 años y en el resto de los bienes es de 10 años pudiendo renovarse antes de su vencimiento a pedido del dador o por orden judicial.
el momento inicial de la oponibilidad, es el de la fecha de entrega del bien siempre que la inscripción se solicite en término, concediendo una especie de plazo de gracia de cinco días hábiles posteriores a esa entrega para la presentación del contrato ante el registro para su inscripción y si eso no acaece lo será desde la fecha de la solicitud de inscripción. Inscripto el leasing y partir de la entrega del bien, el contrato es oponible a terceros y los acreedores del tomador de un leasing no podrán perseguir ese bien. Ese es el objetivo final de la publicidad registral que pone de manifiesto que el tomador no posee el bien, sino que es un mero tenedor. Ahora bien el acreedor podrá subrogarse en los derechos del tomador y ejercitar para si la opción de compra. Por otra parte los acreedores del dador, deben respetar la vigencia del contrato de leasing debidamente inscripto. También establece que en el caso de bienes muebles no registrables y software la registración debe hacerse en el Registro de Créditos Prendarios. El plazo de vigencia de la inscripción en bie-
La prórroga del contrato puede estar prevista en el mismo contrato a opción del tomador. Lo llamativo en este orden es que el artículo 1235 establece que a estos bienes no registrables se le aplican las normas legales y reglamentaria de la Ley de Prenda con Registro y con apego a las que rigen el funcionamiento del Registro de Créditos Prendarios, emparentado esto, indudablemente, con el carácter financiero de la operatoria y no así con el régimen de los bienes en sí. El Dador guarda para sí, y como es esperable, la acción reivindicatoria sobre el bien objeto del contrato cuando se encuentre en poder de terceros. La responsabilidad objetiva prevista en el artículo 1757 del CCYC recae exclusivamente en el tomador. La opción de compra la puede ejercer el tomador cuando haya pagado las tres cuartas parte del contrato salvo convención de las partes. La transmisión del dominio nace al momento en que el tomador ejerce la opción de compra, y siempre que pague el valor residual, es un derecho que le asiste el tomador cuando cumpla además con los requisitos que le exija el régimen del bien objeto del leasing. Este pantallazo general, inmerecidamente escueto, desemboca en el interés particular que despierta en el ámbito registral el contrato de leasing y sus particulares connotaciones. El Digesto de Normas Técnico Registrales regula la registración del contrato de LeaPANORAMA REGISTRAL • 23
sing en la Sección Segunda, del Capítulo XVII del Título II. La inscripción del Contrato de Leasing se peticiona mediante la Solicitud Tipo 24 acompañada por el original del contrato y su copia. En materia de automotores sólo procede la inscripción del contrato si el dador es titular registral y la duración del contrato, en concordancia con lo dispuesto CCYC, es de 10 años y la reinscripción del contrato se efectúa por medio de la Solicitud Tipo 02. Esta reinscripción debe ser pedida por el dador o por orden judicial. El tomador también puede pedir la prórroga del contrato, utilizando la Solicitud Tipo 02, pero sólo puede hacerlo si está previsto contractualmente, tarea que deberá corroborar el registrador al momento mismo de la solicitud. La inscripción del leasing no importa una transmisión de dominio, la solicitud de inscripción ni siquiera produce el cambio de radicación, cualquiera sea el domicilio del tomador. Tampoco deberá presentarse en esta instancia verificación policial, ni liquidación de impuesto alguno, salvo el de sellos si en la jurisdicción donde está radicado el automotor se encuentra previsto tal tributo para este contrato. Tampoco se emite cédula a favor del tomador del leasing, cosa que en la práctica y dada la finitud de la vigencia de la misma, deberán acordar las partes sobre su renovación, para evitar así infracciones a la Ley Nacional de Tránsito. Si el dominio se encuentra prendado el registrador debe exigir la constancia de que el acreedor prendario ha sido notificado fe24 • PANORAMA REGISTRAL
hacientemente de la constitución del leasing, y es más, el Digesto específicamente establece que la misma debe efectuarse mediante carta documento. Nada impide tampoco, que el dador enajene el automotor, prenda, o se traben embargos u otras medidas judiciales. Cuando el dador proceda a efectuar la transferencia o constituir prenda, debe acreditar la notificación al tomador de tal circunstancia mediante carta documento. Como habíamos señalado, cumpliendo los recaudos propios previstos en el CCYCN (que se haya pagado el valor residual) al momento de optar el tomador deberá presentar ante el Registro Seccional la Solicitud 08 firmada por él, como adquirente, y el dador. El ejercicio de la opción implica la cancelación del leasing. De acuerdo a ello se deben cumplimentar los requisitos establecidos para cualquier transferencia. Ahora bien, con fecha 5 de octubre de 2015 mediante Disposición D.N Nº 455, que actualiza el contenido de la Solicitud Tipo 24, y agrega el ítem K) a las excepciones de presentar verificación policial previstas en el artículo 1, Sección 4, Capitulo VII Título 1 del Digesto, dicho inciso estableció esa excepción en los casos en que el tomador solicitara la transferencia como consecuencia de haber efectuado la opción de compra y siempre que el contrato de leasing hubiese sido inscripto en forma simultánea con la inscripción a favor del dador. Dicha modificación encuentra su fundamento lógico cual es que el derecho de opción del tomador
tiene como antecedente la inscripción del leasing, sino por la posesión que ostenta en carácter de tomador por lo que se asemeja a los casos exceptuados de presentar verificación policíaca (transferencia entre condóminos, disolución de la sociedad conyugal, etc.). Ahora bien si la transferencia fuera suscripta a favor de un tercero, debe cancelarse previamente el leasing mediante la solicitud 02, para recién proceder a la inscripción de la misma, la que deberá cumplir con la totalidad de los requisitos previstos en el ordenamiento registral incluida la verificación. Por último el Digesto prevé que la cancelación del leasing puede ser peticionada por: 1. Quien está facultado en el contrato, caso contrario por la petición plasmada en la respectiva Solicitud Tipo firmada por el dador y el tomador. 2. Por el dador o el tomador siempre que se presente la documentación que el contrato quedó resuelto por el secuestro del bien de acuerdo a las disposiciones del artículo 1249 del CCYCN, o bien por acta notarial donde conste la restitución voluntaria del automotor por parte del tomador con anterioridad a la finalización del contrato. Ha sido mi intención aportar algo al conocimiento de este viejo/nuez vo contrato, que ha sido incluido en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación que todavía cabalga entre nosotros debidamente acompañado desde el ámbito registral, el que le aporta publicidad y seguridad jurídica teniendo aún mucho para dar en la evolución del crédito en la vida comercial actual.
La Perla del Tango La Sra. Michelle Rey Saravia es agente de la DNRPA desde el año 1993. En esta entrevista, Michelle nos cuenta su transitar por el organismo, para finalizar dándonos a conocer la actividad que la apasiona...
“En marzo de 1993 comencé a desempeñarme como graboverificadora en la Dnrpa, en el edificio de la avenida Independencia al 1200 de la Capital Federal. Allí trabajé cinco años, hasta que pasé a la Central de Fax que funcionaba en la calle San José”. - Y a la Sede Central, ¿en qué año ingresaste? “Comencé a trabajar en la calle Corrientes en el año 2.000, 12 meses antes del “Corralito”… - ¿Qué tareas cumplías en ese entonces? “Trabajaba en la Planta Baja del edificio, recibiendo al público que ingresaba al organismo. Lo recuerdo como uno de mis momentos más duros en la Dnrpa: atendía dos líneas de teléfono y público usuario, no daba abasto. La gente venía además de muy mal humor, un día colgué los teléfonos… y me puse a llorar contra la pared, ¡no podía seguir así!” - ¿Y luego de ese episodio? “Por suerte, pude cambiar de escenario y pasé a la recepción de la Secretaría Privada bajo la gestión del Dr. Jorge Landau… allí estuve alrededor de un año, hasta que en 2003 comencé en Sistemas, donde estuve hasta 2012, cuando tomé el lugar que hasta el día de hoy ocupo, en la Oficina de Viáticos de la Delegación de Gestión Administrativa”
- Bueno, parece que transitaste un camino pleno de alternativas… “Sí, como todos, creo que los cambios son necesarios para cambiar de aire y lograr un empuje diferente!” Michelle es casada, tiene una hija y vive actualmente en el barrio de Flores de la Capital Federal. Es oriunda de Bahía Blanca… “Conocí Buenos Aires a mis 16 años, viajaba cada 15 días para estudiar canto lírico” - ¿Y abandonaste luego el interés en la vocalización? “¡En absoluto! Luego del lírico pasé al melódico, hasta que un buen día, al finalizar un show, se acercó un hombre a ofrecerme cantar folclore y tango en el Centro Cultural General San Martín” - ¿Continuas con esa vocación al día de hoy? “Sí, soy ahora parte del staff de ´Las Perlas del Tango´, que dirige Claudio Antonio Durán. Y tengo el orgullo de haber sido elegida el año pasado ´Perla Revelación 2014´, entre los 600 miembros de su elenco. Durán es un director especialmente dedicado a exaltar a la mujer en este género tan rico, de una riqueza y profundidad increíble” - Finalizando la nota y retomando tu faceta “regis-
tral”... ¿qué cambios te gustaría encontrar en el futuro de la Dnrpa? “Humm... como empleada me gustaría poder contar con un Comedor y un Gimnasio para el personal, con bienestar físico trabajamos con más felicidad y salud! Y por qué no, también creo que debería protegerse un poco más la privacidad de los trabajadores. Ahora trabajamos en salones inmensos sin divisiones, y creo que estaría bueno que cada Oficina estuviera compartimentada del resto. Tal vez este sistema se haya diseñado para garantizar un mejor contralor de nuestra actividad... pero ¿qué garantiza más tranquilidad y eficiencia que encontrarse trabajando a gusto, no?”
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GRANDES MARCAS
La Fiat La empresa Fiat -Fabbrica Italiana Automobili Torino- es una histórica marca fundada en 1899 bajo la cual se comercializan automóviles, camiones, vehículos industriales y componentes. Sus principales mercados son Europa, Latinoamérica y Asia, con fuertes ventas en Brasil e Italia. Su producción es de más de cuatro millones de unidades anuales.
El Fiat 3 y medio HP de 1899, primer automóvil de la fábrica
La filosofía de la empresa nacida en 1899 con la conducción de Giovanni Agnelli fue construir automóviles de fácil mantenimiento y accesibles al gran público. Hoy, a más de 100 años de esa creación, es uno de los principales productores del mundo.
autos de lujo norteamericanos, pero en 1925 se produce otro suceso comparable al del Zero; nace el modelo 509, un utilitario de cuatro plazas. En1936 y 1937 por su parte, se produjeron lanzamientos revolucionarios como los del Topolino y el 1100.
La inauguración oficial de la F.I.A.T. tuvo lugar el 19 de marzo de 1900. La fábrica se construyó en Turín y trabajaban 150 operarios. La empresa se caracterizó durante sus primeros años por aplicar en sus automóviles únicamente soluciones técnicas ya probadas, evitando producir autos demasiado avanzados en relación a la época.
Desde las primeras décadas del siglo XX circularon por Argentina las unidades Fiat. En 1919 se establece en Buenos Aires una sucursal de FIAT de Turín, y 4 años mas tarde en 1923 se constituye Fiat Argentina S.A. para la venta y asistencia técnica de los automóviles y camiones importados de Italia.
En 1910 se iniciaron las pruebas de un prototipo denominado “Tipo Zero”, y el auto fue presentado al público en 1912 bajo el nombre de Fiat Zero: nacieron con el modelo los dos componentes que caracterizaron a Fiat a partir de ese momento; la producción en gran serie y la idea del auto popular.
El 8 de abril de 1960 un Fiat 600 D se convierte en el primer Fiat argentino. Al poco tiempo se agrega a la línea de producción el 1100 completándose entre ambos modelos una producción de 4000 unidades para ese año. En 1963, deja de producirse el Fiat 1100 y se lanza el Fiat 1500 Gran Clase cuya versión familiar se conoce al año siguiente.
El “Super Fiat” de 1922, fue un intento de emular a los grandes
En 1967, Fiat lidera el mercado local con una participación del 23%
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y una producción que supera las 40.000 unidades. Ese mismo año comienzan a producirse los primeros camiones pesados 619 N.En 1970, se lanza la coupé 1600, un desarrollo exclusivo para Argentina. La producción de la empresa siguió creciendo y en 1971 al lanzarse el Fiat 128 superaba las 60.000 unidades anuales. En 1980 se realiza la fusión con Peugeot constituyéndose Sevel S.A. En 1982 se produce localmente el Fiat 147. En 1985 se lanza la línea Regatta y la gama se amplía en 1987 con el Duna y en 1989 con el Uno. En 1995 Fiat Auto decide retomar el control de su filial argentina y se constituye Fiat Auto Argentina; firma bajo la cual se comercializaron el modelo Siena y el Palio, entre otros.Y, en octubre de 2009, Un Fiat Siena HLX se convierte en la unidad 2.000.000 producida por la empresa en nuestro país. Fuentes: www.wikipedia.com www.autohistoria.com.ar www.fiat.com.ar www.autoblog.com.ar
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Síntesis Normativa
Cronograma Reglamentario Reseñamos en estas páginas las novedades normativas más relevantes difundidas por la Dirección Nacional a partir de nuestra última edición impresa. Este es entonces el último semestre reglamentario (Junio a Noviembre 2015), del compendio publicado por Panorama Registral sin interrupciones desde 2005. Recordamos que esta síntesis de 11 años se encuentra siempre disponible en nuestra Página Web: www.panoramaregistral.com.ar; bajo la Tarjeta “Reseña” – “Reseña en Word”.
1. Nuevo Código Civil y Comercial – Modificaciones al DNTR - Disposición D.N. Nº 353 (3/8/15): Sustituyó artículos de diversas Secciones, Capítulos y Títulos del DNTR, en consecuencia a los cambios introducidos por el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación: denominación de las personas y su representación, la capacidad de la persona humana, las modificaciones de las personas jurídicas, el asentimiento conyugal, el régimen patrimonial del matrimonio y los contratos de fideicomiso y leasing; entre otros. 2. Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo – Controles UIF a) Disposición D.N. Nº 351 (30/7/15):Sustituyó el artículo Nº 19 de la Disposición D.N. Nº 293/12 —referido al plazo para realizar el reporte de operación sospechosa (R.O.S.) ante la Unidad de Información Financiera—, toda vez que se advirtió un error de tipeo en su actual redacción. Refirió así las Resoluciones U.I.F. 28 • PANORAMA REGISTRAL
Nºs 3 y 127/12, y las Disposiciones D.N. Nºs 293/12 y 38/14; entre otras normas. b) Circular D.A.N.J. Nº 3 (5/8/15): Actualizó a $ 600.000 anuales, a partir del 14/8/15, el monto previsto para acreditar la adquisición de uno o más automóviles en forma sucesiva o simultánea, cuando alcancen o superen esa suma. Detalló las excepciones a la obligación¸ atendiendo a la Resolución U.I.F. Nº 262/15, modificatoria de su similar Nº 127/12. c) Disposición D.N. Nº 362 (11/8/15): Sustituyó el artículo 5º de la Disposición D.N. Nº 293/12 y sus modificatorias, en atención a los cambios establecidos por la Resolución UIF Nº 262/15, que estableció que sólo debería acreditarse el origen de los fondos involucrados cuando las operaciones practicadas en un mismo año calendario alcancen o superen la suma de $ 600.000. d) Circular D.R.S. Nº 18 (2/9/15): Recordó a los Encargados que —a los fines de permitir
el cumplimiento de los controles requeridos por la Disposición D.N. Nº 293/12— el Sistema Único de Registración de Automotores (SURA) cuenta con una aplicación que brinda información acerca de las operaciones realizadas por una misma persona durante el año calendario en curso. Indicó la forma de acceder a esa información a través del Sistema, destacando que la información resultaba de carácter obligatorio a los fines de determinar la obligación de definir el perfil de usuario en los términos de la Disposición D.N. Nº 293/12. e) Circular D.R.S. Nº 24 (19/10/15): Informó a los Encargados que quedaban exceptuados de la obligación de efectuar la consulta al Sistema Único de Registración de Automotores (SURA), a los fines de determinar el perfil del usuario en los términos de la Disposición D.N. Nº 293/12, en aquellas oportunidades en que el Sistema no se encuentre operativo por razones
técnicas. Indicó que en esos casos se debería realizar la consulta por CUIT o DNI de los usuarios respecto de los demás dominios de su competencia hasta tanto la situación se hubiere regularizado. Refirió la Circular D.R.S. N° 18/15. 3. Resumen de Pago - Disposición D.N. Nº 380 (24/8/15): Estableció a partir del 1/9/15 la utilización del instrumento “Resumen de Pago” en los RRSS Automotor y Motovehículos al momento de retiro del trámite de parte de los usuarios. Indicó que el mismo sería impreso en Hoja Simple, formato A4 y contendría un detalle de todos los rubros abonados en concepto de aranceles registrales, como así también los percibidos por los RRSS en su carácter de agentes de retención de los organismos tributarios correspondientes. Se dictó la medida con el objeto de evitar confusiones, pudiendo los usuarios con esta nueva metodología conocer acabadamente el destino final de las sumas devengadas. Adjuntó así como Anexo I un modelo de resumen que se incorporó al DNTR; cuerpo normativo donde, al igual que en el RINOF, se adecuan apartados. 4. Legalización Digital Notarial - Circular D.R.S. Nº 20 (8/9/15): Comunicó a los Registros Seccionales que, a partir del 1/9/15, se implementó la legalización digital notarial, aprobada por el Tribunal de Justicia de la C.A.B.A. Hizo sa-
ber que el sistema coexiste con la legalización presencial y no la excluye; requiriendo la firma digital del Escribano y cumpliendo con los estándares de seguridad y certeza informática. La nueva legalización puede ser verificada on-line en la página del Colegio que se detalló. 5. Chapa-Patente Mercosur - Disposición D.N. Nº 411 (15/9/15): Estableció que, a partir del 1/1/16, la identificación dominial de automotores y motovehículos estaría compuesta por cuatro letras y tres números. Indicó que la modificación se producía en virtud de que el crecimiento del parque automotor verificado en los últimos años ha generado que las combinaciones alfanuméricas estén próximas a agotarse, y a la creación de la Patente-Mercosur, válida para la circulación, identificación y fiscalización de vehículos por los Estados parte. Difundió como Anexos I, II y III los modelos y especificaciones técnicas de las nuevas Placas.
Solicitud Tipo 24, a los efectos de que contenga información detallada de los contratantes, en concordancia a las últimas modificaciones efectuadas a otras Solicitudes Tipo. Incorporó un inciso k) que se transcribe al artículo 1º, Sección 4ª, Capítulo VII, Título I del DNTR, y adjuntó como Anexo el nuevo modelo de ST 24 que se adjuntó. b) Disposición D.N. Nº 460 (7/10/15): Rectificó el artículo 1º de la Disposición D.N. Nº 455/15; donde se deslizó un error material. c) Circular D.R.S. Nº 25 (29/10/15): Autorizó el uso de la Solicitud Tipo 24 Viejo Modelo hasta agotarse su stock. Indicó que, de presentarse un trámite de inscripción de leasing instrumentado por ese medio, el mismo podría ser registrado aunque las firmas hubieren sido certificadas con posterioridad a la entrada en vigencia de la Disposición D.N. Nº 455/15, debiendo en tales casos adjuntarse un juego de Solicitudes Tipo 24 del modelo vigente como minuta.
6. Leasing – Verificación y Solicitud Tipo 24
7. Solicitud Tipo 01 – Error de Impresión
a) Disposición D.N. Nº 455 (5/10/15):Exceptuó del requisito de la verificación física del automotor a los trámites de Transferencia de dominio a favor del tomador de un contrato de Leasing, debido a que no existe en rigor una entrega de la unidad por parte del vendedor. Actualizó también el diseño de la
- Circular D.N. Nº 7 (8/10/15): Hizo saber que el Ente Cooperador ACARA había informado a la Dirección Nacional de un error de impresión en la partida de Solicitudes Tipo 01 de automotores nacionales, cuya numeración va desdeel 6.640.001 al 6.940.000. Detalló las leyendas erradas e inPANORAMA REGISTRAL • 29
dicó que todas la Solicitudes Tipo deberían tenerse como válidas por no afectar el error las medidas de seguridad ni la trazabilidad del elemento registral. 8. Registros Seccionales – Personal a cargo - Circular D.R.S. Nº 22 (16/10/15): Informó a los Encargados e Interventores de Registro la página a la que deberían ingresar a fin de actualizar los movimientos de Alta, Baja o modificación que registre el cuerpo de colaboradores a su cargo. Solicitó adelantar ese listado a un mail que se consignó antes del 19/10/15; sin excepciones. Comunicó los teléfonos y las direcciones de mail donde evacuar consultas. Se enmarcó así en la Disposición D.N. Nº 294/13. 9. Registros de Mavi y CP – Cambio de Radicación a) Disposición D.N. Nº 548 (19.11.15): Determinó que los Registros de Mavi y CP que cuenten
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con el Sistema de “Asignación de Competencia Electrónica” (ACE) operarían los trámites de Cambio de Radicación de conformidad a las previsiones generales contenidas en los artículos 1º a 18º de la Sección 8va, Capítulo III, Título II del DNTR. La medida obedeció a que se encuentran operativos los procedimientos y sistemas necesarios en la totalidad de los Registros. Se enmarcó así en el DNTR, Título II, Capítulo III, Sección 8va, y la Disposición D.N. Nº 46/12, derogando sus artículos 19º a 25°. b) Circular D.A.N.J. Nº 4 (20.11.15): Informó a los Registros de Mavi y CP, ya incorporados al Sistema ACE, que el Seccional deberá consignar en el rubro “Observaciones” del “Certificado Dominial para Cambio de Radicación Electrónico” el valor de adquisición del bien utilizado para el cálculo del arancel de la Inscripción Inicial. Ello, a fin de que el Registro Seccional requirente pueda proce-
der al correcto cálculo del valor de mercado de la maquinaria para el cobro de los aranceles de Transferencia, de conformidad a los detallados como Nºs 27 y 28; según corresponda. Refierió la Disposición D.N. Nº 548/15. 10. Encargados de Registro – Licencias y Franquicias a) Disposición D.N. Nº 555 (20/11/15): Modificó parcialmente el articulado del Régimen de Licencias mensuales del que podrían hacer uso los Encargados Titulares de Registro. Sustituyó así el artículo 8vo. de la Disposición D.N. Nº 725/05; que reglamentó la licencia para Encargados Titulares estipulada en el inciso f) del artículo 6º del Decreto Nº 644/89. b) Circular D.R.S. Nº 27 (20/11/15): Comunicó a los Encargados e Interventores que por Disposición D.N. Nº 555 se modificó parcialmente el régimen de uso y
goce de las franquicias establecidas para Encargados. Sin perjuicio de ello, advirtió que la Dirección Nacional ejercería un control periódico y exhaustivo del mismo, con el fin de evitar el abuso en el goce de ese derecho. Refirió así la Disposición D.N. Nº 725/05. 11. Aranceles y Emolumentos – Actualización a) Resolución M.J. y D.H. N° 2432/15: Sustituyó los Anexos I, II, III, IV y V de la Resolución M.J. y D.H. N° 314/02 y sus modificatorias por los Anexos I, II, III, IV y V adjuntos, que determinan los aranceles a percibir por los Registros Seccionales Automotor, Motovehículos, M.A.V.I y Créditos Prendarios, a partir del día 1/12/15. Indicó que la actualización encuentra fundamento en la necesidad de mantener un equilibrio económico-financiero entre el valor de los bienes alcanzados y
los aranceles que por los trámites referidos a ellos deben solventar los usuarios. Se enmarcó así en las atribuciones conferidas por el artículo 9° del RJA; entre otros.
las unidades registrales, y garantizar de manera constante la prestación del servicio.
b) Circular D.R.S. N° 29 (26/11/15):Remitió a los Registros Seccionales copia de la Resolución M.J. y D.H. N° 2432/15, mediante la cual se sustituyeron los Anexos I, II, III, IV y V de la Resolución M.J. y D.H. N° 314/02 y sus modificatorias por los Anexos I, II, III, IV y V que se integraron. Subrayó que las modificaciones mencionadas entrarían en vigencia a partir del 1/12/15.
a) Resoluciones M.J. y D.H. N°s 2369, 2370 y 2372 (18/11/15): Establecieron la devolución de sumas abonadas y la percepción excepcional de un arancel de $ 1.- por todo concepto para los trámites de reposición de Placas Metálicas, Duplicado de Cédula de Identificación y Duplicado de Título del Automotor en diversas localidades de la provincia de Tucumán, Córdoba y Buenos Aires que se enumeraron, a raíz de los temporales que azotaran esas zonas durante el año en curso. Las medidas obedecieron a la reparación de pérdidas materiales para los damnificados en las que continúa trabajando el Estado Nacional. Se refirió, entre otras normas, a los Decretos PEN N° 343 y 374/15 y las Resoluciones M.J. y D.H. N° 314/02 y 1981/12.
c) Resolución M.J. y D.H. N° 2430 (20/11/15): Introdujo, a partir del 1/12/15, modificaciones en el sistema de liquidación de Emolumentos de los funcionarios a cargo de los Registros Seccionales, con el objeto de equilibrar la ecuación económico-financiera de
12. Aranceles excepcionales por catástrofes naturales
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