Contexto del Código Nacional de Procedimientos Penales

Page 1

SENADO LXII Legislatura Fundación Senadora María Lavalle Urbina

Código Nacional de Procedimientos Penales

Contexto del Código Nacional de Procedimientos Penales El Pleno del Senado aprobó el 5 de diciembre el Código Nacional de Procedimientos

Penales

que

moderniza

las

normas

para

la

investigación, procesamiento y sanción de los delitos cometidos en el territorio nacional del orden penal. Con ello se da una respuesta a una demanda añeja de la sociedad mexicana: acceder al ejercicio de la justicia de manera transparente, respetuosa de los derechos humanos y apegada al debido proceso, para lograr una justicia efectiva. Nuestro país ha padecido de una visión unilateral encaminada a criminalizar y adelantar juicios con la finalidad de mostrar “cifras correctas” como indicador de resultados, privilegiando la cantidad y no la calidad en el ejercicio de la aplicación de la justicia. De acuerdo a la “Primera Encuesta a la Población en Reclusión del Sistema

Penitenciario Federal”1, del Centro de Investigación y Docencia Económica, CIDE, a enero de 2012, en nuestro país se registraba una población penitenciaria de 233 mil 277 internos, en un espacio diseñado para un máximo de 195 mil. De los cuales, 185 mil 211 pertenecen al fuero común y 48 mil 66 al fuero federal, en su mayoría varones -95 por ciento-.

1

http://es.scribd.com/doc/117960761/Reporte-CEFERESOS-Final-2012

1


SENADO LXII Legislatura Fundación Senadora María Lavalle Urbina

Código Nacional de Procedimientos Penales  Estas cifras nos posicionan como la séptima población

penitenciaria más alta del mundo en términos absolutos.  La investigación denominada “La cárcel en México. ¿Para qué?2 realizada por la organización México Evalúa, señala que hasta enero de 2013, el 41.3 por ciento de los internos no contaba con una sentencia condenatoria, lo que implica haber privado a miles de personas de su derecho a permanecer en libertad durante su proceso judicial.  Este es el reflejo de los 418 centros penitenciarios del país, de los que, 306 son del ámbito estatal; 90 municipales; 12 federales y 10 del Distrito Federal.  En el 96.4 por ciento de las sentencias condenatorias en México se estableció la cárcel como pena, esto es, solamente en el 3.6 por ciento de las sanciones se contempló el uso de sanciones alternativas, tales como multas, reparación del daño y los servicios a la comunidad.  El 58.8 por ciento de los internos cumple sentencias menores a tres años de prisión, esto es, fueron privados de su libertad por delitos no violentos ni graves.

2

http://www.mexicoevalua.org/wp-content/uploads/2013/10/MEX-EVA_INDX-CARCEL-MEXICO_10142013.pdf

2


SENADO LXII Legislatura Fundación Senadora María Lavalle Urbina

Código Nacional de Procedimientos Penales  Estos datos refrendan la urgencia de modernizar el marco jurídico para la aplicación de la justicia y brindar las herramientas que permitan al Estado mexicano mejorar su capacidad de persecución con respeto a los derechos humanos.  Con el Código Nacional de Procedimientos Penales, los senadores aseguran al Estado mexicano eficientar los procesos de aplicación de la justicia.

¿Por qué la necesidad del Código? Asomarse al mundo de las cárceles, los ministerios públicos, los jueces y los procesos penales, evidencia el tamaño del problema.  Denuncias ante el Ministerio Público de hasta siete horas.  Desaseo en la incorporación a los expedientes de pruebas

fundamentales como los testigos, los análisis de balística, los dictámenes periciales en medicina forense, en criminalística, etcétera.  Averiguaciones que demandan de manera discrecional recursos financieros para trabajar en el caso.

3


SENADO LXII Legislatura Fundación Senadora María Lavalle Urbina

Código Nacional de Procedimientos Penales

Bondades del Código Nacional Con el Código Nacional de Procedimientos Penales se abrogarán los códigos estatales una vez que los Congresos locales lo aprueben, previa solicitud conjunta del Poder Judicial, la Secretaría de Gobernación y la Procuraduría General de la República, sin que el plazo exceda el 18 de junio de 2016.  Habrá un juez de control para verificar que el imputado reconozca estar debidamente informado de su derecho a un juicio oral y de los alcances del mismo.  Sólo será vinculante para el juez el procedimiento abreviado, en los casos que el imputado expresamente renuncie al juicio oral y haya admitido su responsabilidad.  El arresto sólo procederá cuando haya mediado apercibimiento del mismo y éste sea debidamente notificado a la parte afectada.  El Ministerio Público, ordenará fundada y motivadamente la aplicación de medidas de protección cuando estime que el imputado representa un riesgo inminente en contra de la víctima y ofendido.  Se establecen las medidas precautorias para la restitución de derechos de la víctima.  Se incorporan tiempos para las medidas cautelares y su suspensión.

4


SENADO LXII Legislatura Fundación Senadora María Lavalle Urbina

Código Nacional de Procedimientos Penales  Una gran bondad es que el Ministerio Público podrá solicitar un procedimiento abreviado, en caso de que el imputado no haya sido condenado previamente por delito doloso y el ilícito no exceda los cinco años de prisión.  El Ministerio Público podrá solicitar la reducción de hasta la mitad de la pena en los casos de delitos dolosos y de dos terceras parte en los culposos, de la pena de prisión que le corresponda al delito.  En garantía y certeza de los involucrados en una investigación, se acota que los bienes, instrumentos, objetos o productos del delito, serán asegurados durante el desarrollo de la investigación.  Como instrumentos probatorios, se considerarán los registros de la investigación, los documentos de la carpeta, fotografías, videos con o sin audio, grabaciones de voz, informes y pruebas periciales que obren en cualquier tipo de soportes electrónicos, que la defensa proporcione al Ministerio Público de manera legal.  Se

establecen

tiempos

y

reglas

para

la

obtención

y

presentación de las pruebas, con el apoyo del Ministerio Público.  Se armoniza este Código con la reciente reforma al Código Penal, para que la PGR pueda atraer los casos de delitos del fuero común cometidos contra alguna persona física o moral, así como a las instalaciones, que menoscaben el derecho a la información.

5


SENADO LXII Legislatura Fundación Senadora María Lavalle Urbina

Código Nacional de Procedimientos Penales  Ahora se prohíbe al Juez delegar la práctica de diligencias, debido al uso excesivo de figuras como el exhorto, entre otras, por lo que se elimina la figura del Secretario.  En

atención

a

la

iniciativa

de

los

gobiernos

abiertos

y

transparentes, se armonizan las reglas para la publicidad del proceso. Ahora las audiencias serán públicas a fin de que, tanto las partes, como el público en general puedan presenciarlas.  En el mejor servicio al ciudadano, se incluyó un glosario de términos que facilita su comprensión y utilización.  Las resoluciones judiciales sólo podrán ser autos y sentencias, por lo que se eliminan los decretos.  Serán sujetos procesales el órgano jurisdiccional, el Ministerio Público, la víctima u el ofendido, el defensor, el asesor jurídico, policía y la autoridad ejecutora de medidas cautelares.  Y serán partes el imputado y su defensor, el Ministerio Público, la víctima u ofendido y su asesor jurídico.  Se reglamentan los cateos; intervención de comunicaciones privadas

o

tecnologías

de

la

información;

órdenes

de

aprehensión/detenciones; toma de muestras sin el consentimiento del imputado; inspecciones corporales; entrevistas a testigos; identificación de sospechosos.

6


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.