Avance en el Cumplimiento de los Acuerdos de Paz, en materia de justicia

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E,L

No. 75 año 10 marzo - abril 2008

AVAI\CE EN EL CUMPLIMIEINTO DE LOS

Investigador: |avier Monterroso Castillo Asistente de investigación: Elvyn DíazSánchez

udicial J

*

Documento elaborado para la Comisión de Derechos Humanos, Seguridad y Justicia del Conseio Nacional de los Acuerdos de Paz (CNAP).

lnstituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala


TM Directora

Introducción La finalización del conflicto armado interno en 1,996, dejo una sociedad fragmentada y desgarrada por una guerra de 36 años de duración. Durante la misma, el sistema de justicia fue cómplice, por acción u omisión, de los horrores del poder contra la población civil. Sobre este punto la Comisión para el Esclarecimiento Histórico señala: "El sistems judicinl del país, por su ineficacia proaocadn o delibernda, no garantizó el cumplimiento de la ley, tolerando y hasta propiciando ln ztiolencia. Por ontisión o acciórr, el poder judicial contribuyó al agrnaamiento de los conflictos sociales en distintos momentos de ls historia de Guatemala". Los Acuerdos de Paz, fftmados entre el

Gobierno de Guatemala y la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG), consideraron la reforma al sistema de justicia como un eje fundamental para lograr la convivencia pacífica. Como lo expresa Alberto Binder, la transición a la democracia le plantea fuertes demandas al sistema de justicia: "creo necesario tontnr en cuenta la existencia de tres demandas bdsicss, ligadas muy profundamente a la construcción de la democracia, que se ainculan directamente con el problema de Administrnción de lusticia y qLte son lns que han generado ln situnción de crisis que se pretende resolaer con los programas de

transformación judicial."T Para este autor

las demandas que la población y los políticos le exigen a la justicia en el retorno a la democracia son: la protección tanto del poder como del crimen, la certeza de las normas y los procedimientos, y el protagonismo del poder judicial. Es por ello que los Acuerdos de Paz incluyen una agenda de transformación del sistema de justicia enfocada en cinco

Claudia de Paz y Paz BaileY

aspectos fundamentales: el juzgamiento

y sanción de los crímenes cometidos durante el conflicto armado; la

independencia del poder judicial de los sectores militares, políticos y económicos; la eficacia del sistema de justicia para la persecución y sanciones de los delitos de alto impacto social; lograr e1 acceso a la justicia en condiciones de igualdad para las poblaciones marginadas del país; y el reconocimiento y respeto del pluralismo

Consejo Editorial Alejandro Rodriguez Miguel Angel Urbina Luis Ramírez

Edición, Coordinación y Circulación Yvonne Aguilar

Instituto de Estudios

jurídico.

Comparados en Ciencias Penales de

Para lograr estos preceptos, los Acuerdos dePaz plantean la necesidad de reformas constitucionales; reformas

a la legislación ordinaria, ya sea mediante modificaciones a leyes vigentes o la generación de nuevas; la creación de instituciones; la ampliación de cobertura de los servicios de justicia;

la adopción de reformas

Guatemala 5a. Calle

l-49,Zonal

Guatemala, C.A.

Tels.22301841 2220273611 -22325121

Cor¡eo Electrónico: iccpg@iccpg.org.gt web: www.iccpg.org.gt

administrativas; la capacitación y formación de los operadores de justicia; y el fortalecimiento presupuestario del sector.

Esta publicación es posible

e la colaboración de: Organización Intereclesiástica

A doce años de la firma de los Acuerdos

de Paz, es necesario realizar una

medición imparcial sobre el cumplimiento de los mismos, principalmente en un área fundamental para la convivencia democrática como la justicia. Esta evaluación debe generar a srt vez, un debate político con la f

inalidad de encontrar

Para Cooperación al

**E

Desarrollo

nuevas

estrategias para impulsar los cambios propuestos en los Acuerdos, y pana redefinir la ruta de cambio en materia de justicia, pues no cabe duda que, sin olvidar los principios fundamentales de los Acuerdos de Paz, se hace necesaria la adopción de otras reformas e iniciativas que permitan afrontar los

retos que presenta la criminalidad.

EMRAJADA REAL

DI LOS

PAISES tsAJOS

Instituto de Estudios Comprrados en Ciencias

Penales de Ouatemal¿ ?ú

w.4ltutuA4tuyquúra¿

Los articulos filmados

son

responsabilidad de su autor y no necesariamente

I

Binder, Alberb; Política Criminal, cle la formulación a la praxis; Pág. 195.

represente la lineq de pensamiento del ICCPG


En estos doce años, se han realizado varias evaluaciones en reiación al cumplimiento de los

Acuerdos de Paz, tanto desde la comunidad internacional (particularmente los informes de MINUGUA hasta el año 2004), y organizaciones de la sociedad civil, como desde las instituciones

públicas (Procuraduría de los Derechos Humanos). Sin embargo,la emisión en el año 2005 del decreto 52-2005, Ley Marco de 1os Acuerdos de Paz,le otorga la misión al Consejo Nacional de los

Acuerdos de Paz (CNAP), la evaluación del cumplimiento de los Acuerdos de Paz, así como hacer las recomendaciones que estime pertinentes.

Así mismo, las metodologías para la evaluación también se han modificado en estos doce años. De particular importancia resulta el esfuerzo llevado a cabo desde la Procuraduría de los Derechos Humanos en el 2006, con la elaboración de los "Indicadores para la verificación de los Acuerdos de Paz", los cuales fueron utilizados como un insumo fundamental para la elaboración de este estudio. Sin embargo, el mismo documento de indicadores expresa que el desarrollo de los indicadores en

I.

relación al cumplimiento de1 Acuerdo de Fortalecimiento del Poder Civil y Función del Ejército en una Sociedad Democrática es incompleto, por encontrarse aún en etapa de desarrollo, es por ello que parala elaboración del presente trabajo, se tomaron en cuenta también otros indicadores utilizados para la evaluación de la justicia, principalmente los contenidos en el "Observatorio de Justicia Penal", elaborado por el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala (ICCPG), en el 2007.

En relación a las fuentes de información, se utilizaron los estudios más recientes elaborados por organizaciones de la sociedad civil, los datos estadísticos de las instituciones del sector justicia

y entrevistas a expertos en la materia.

Finalmente es importante recordar que "El progreso del Estado de Derecho y de la democracin sustancial, difícil y fatigoso, consiste obaiamente, mtís que en el crecimiento de las promesas, en el desarrollo de las garantías capaces d'e hacerlas realidad2". Sin lugar a dudas una de las principales garantías la constituye un sistema de justicia independiente, efectivo y democrático.

La justicia en los Acuerdos de Paz Organismo ludicial como un instrumento de defensa y protección de los poderosos, que ha reprimido o negado

L.L Antecedentes

Durante el conflicto armado interno, la justicia nunca cumplió con su función de garantizar los

la protección de los

derechos fundamentales,

especialmente de quienes hsn sido oíctimas de graaes

derechos humanos de los habitantes , y fie incapaz de poner freno a las violaciones a los mismos, tal

aiolaciones de derechos humanls3".

como lo plantea la Comisión de Esclarecimiento Histórico: "En general, el Poder ludicial se abstuao de atender los recursos procesales btísicos para controlar al poder público frente a atropellos graues a lq libertad y la seguridad de las personas, como por ejemplo, el hdbeas corpus. Ademtís, en nuftterosss ocasiones los tribunales de justicia actuaron directnmente subordinados al Poder Ejecutizso, aplicando normas o disposiciones legales contrarias al debido proceso u

Es por ello, que el tema de justicia fue un punto importante desde el inicio del proceso de paz, en efecto, ya desde el Acta de Contadora para laPaz y la Cooperación en Centroamérica, del 6 de junio de 1.986, los Estados Centroamericanos reconocían la importancia de la justicia como mecanismo para

omitiendo aplicar las que correspondían. Todo ello colocó a la población en una situación de absoluta indefensión frente a los abusos del poder y le ha hecho percibir al

2 3

garantizar la vigencia de los derechos

fundamentales de los ciudadanos, por 1o que en la sección relativa a los compromisos en materia de derechos humanos se comprometieron a garantizar la independencia de la judicatura en sus respectivos países:

Ferrajoli, Luigi; Derecho y Razón; Pág.857. Guatemala, Memoria del Silencio, Informe de la Comisión de Esclarecimiento Histórico, Tomo III, Pág. 113.

ru


"13. Elaborar y slmeter ante sus órganos internos

del Poder Civil y Función del Ejército en una

competentes,las iniciatioas legislatiuas que tiendan a:

Sociedad Democrática.

a)

Para analizar estos comPromisos podemos

Gsrantizar la independencia y la estabilidad de los titulares del poder judicial, de suerte que puedan actuar al margen de presiones políticas, y garantizar ellos mismos la estabilidad de los funcionarios judiciales.

b) Garantizar la autonomía y la suficiencia

presupuestsria del poder judicial mismo, con el objeto de preseraar su independencia de los otros poderes4 " .

El tema estuvo presente también en el proceso de

negociación entre la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG) y el Gobierno de Guatemala, previo a la firma de los Acuerdos de Paz, por ejemplo, en el planteamiento global de la URNG, de mayo de 7992, se incluye nuevamente el tema de la independencia del poder judicial: "El Organismo ludicial ha de estar dotado s p ar a g ar an t iz

político para encubrir la impunidad. Corresponde al poder Ejecutitso garantizar que ningún organismo del Estado, fuerzas de seguridad o mafias delincuenciales, ejerzan presiones políticas o represiaas en contra de los miembros del Organismo ludicial,limitando o haciendo

nula su función,". L.2

Compromisos en materia de justicia contenidos en los Acuerdos de P az.

El tema de la justicia, se encuentra presente en varios de los Acuerdos dePaz: el Acuerdo Global sobre Derechos Humanos; el Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas; el Acuerdo sobre Aspectos Socioeconómicos y Situación Agraria; el Acuerdo sobre Reformas

Constitucionales y Régimen Electoral;

y,

principalmente, el Acuerdo sobre Fortalecimiento 4 5

dos factores:

a. Por la natruraleza de los hechos criminales cometidos durante el enfrentamiento armado interno, que constituyen delitos graves, e

e

ar I a inrs es ti g a ció n, pr o t e c ción de testigos y autoridades judiciales. Debe tener el suficiente apoyo e iniciatiaa para administrar justicia eficaz, pronta e imparcial. Debe depurarse para eaitar la corrupción, con lo cual también dejard de ser pretexto to

En relación a la rama de la administración de justicia a la que corresponde, además de una serie de reformas globales que atañen a todas las áreas de la administración de justicia, los Acuerdos desarrollan una serie de reformas para algunas ramas específicas de la misma (justicia penal, justicia tributaria, justicia agraria, etc.); en ese sentido, se puede evidenciar que en los Acuerdos de Paz, se privilegiaron las reformas a la justicia penal, por sobre otras ramas de la administración de justicia, esto puede deberse principalmente a

de la suficiente

autoridad, capacidad institucional, medios ins tr um en

clasificarlos de dos formas: de acuerdo a la rama de la administración de justicia al que corresponde y de acuerdo a la naturaleza del compromiso:

b.

incluso delitos de lesa humanidad.

Por la influencia del proceso de Reforma a la ]usticia Penal, iniciado en Guatemala desde el año 1.991., y plasmado en el decreto 5'1,-92, Código Procesal Penal, que entró en vigencia en el añ,o 1.994. Este proceso incluso fue plasmado en las reformas constitucionales de 1993.

Así, si se analizan los acuerdos de Paz de

conformidad con el área de la justicia a la que corresponde el compromiso, tendríamos la siguiente clasificación:

a. ]usticia tributaria 1. Promover una reforma al Código Tributario que establezca mayores sanciones a la evasión,

la elusión y la defraudación tributarias, tanto para los contribuyentes, como para los funcionarios encargados de la administración fiscal. (Acuerdo sobre aspectos socioeconómicos y situación agraria, numeral 50)

Acta dc Contado¡a para 1a Paz y la Cooperación en Ccntroamérica; Compromisos en materia de Derechos Humanos; Panamá, junio de 1986. Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca; Una Paz Justa y Democrática: Contenido de la Negociación; mayo de 1992.


b. ]usticia agraria 1.

3.

Promover la creación de una jurisdicción agraria

y ambiental dentro del Organismo Judicial, mediante la emisión de la ley correspondiente por el Congreso de la República (Acuerdo sobre aspectos socioeconómicos y situación agraria, numeral37). 2.

Poner en marcha una dependencia presidencial de asistencia legal y resolución de conflictos sobre la tierra, con cobertura nacional, y con funciones de asesoría y asistencia legal a los campesinos y trabajadores agrícolas para hacer valer plenamente sus derechos. En el caso de litigios judiciales, otorgar asesoría y asistencia legal gratuita a los campesinos y lo sus organízacíones que lo soliciten. (Acuerdo sobre aspectos socioeconómicos y situación agraria,

los cuales deberán ser severamente penalizados. (Acuerdo sobre fortalecimiento del poder civil

y función del Ejército en una Sociedad Democrática).

4.

Fortalecer las capacidades de la policía en materia de información y de investigación criminal, a fin de poder colaborar eficazmente en la lucha contra el delito y una pronta y eficaz administración de justicia, con énfasis en la coordinación interinstitucional entre 1a Policía Nacional Civil, el Ministerio Público y el Organismo |udicial. (Acuerdo sobre fortalecimiento del poder civil y función del Ejército en una Sociedad Democrática).

5.

Reformas al artículo 219 de la Constitución para

numeral3T)

|usticia penal 1.

Promover las modificaciones legales necesarias en el Código Penal para: la tipificación y sanción, como delitos de especial gravedad, de las desapariciones forzadas o involuntarias, así como las ejecuciones sumarias o extrajudiciales. (Acuerdo global sobre derechos humanos); la discriminación étnica e incorporar las disposiciones de la Convención Internacional de todas las Formas de Discriminación Racial (Acuerdo sobre identidad y derechos de los pueblos indígenas); el acoso sexual y como agravantes en los delitos sexuales el que se cometan contra mujeres indígenas. (Acuerdo sobre identidad y derechos de los pueblos indígenas).

2. Establecer el servicio Público de Defensa Penal para promover asistencia a quienes no puedan

contratar servicios de asesoría profesional privada. Será un ente con autonomía funcional e independencia de los tres Organismos del Estado, que tenga la misma jerarquía en el proceso que el Ministerio Público y que alcance efectiva cobertura nacional. (Acuerdo sobre fortalecimiento del poder civil y función del

Ejército en una Sociedad Democrática)

Promover una reforma en el Código Penal en la que se de prioridad a la persecución penal de aquellos delitos que causan mayor daño social, tome en cuenta las diferencias culturales propias del país y sus costumbres, garantice plenamente los derechos humanos y tipifique como actos de especial gravedad las amenazas y coacciones ejercidas sobre funcionarios judiciales, el cohecho, soborno y corrupción,

modificar la competencia de los tribunales militares para que conozcan exclusivamente de los delitos y faltas tipificados en el Código Militar y en los reglamentos correspondientes. Y para que los delitos y faltas del orden común cometidos por militares sean conocidos y juzgados por la jurisdicción ordinaria. (Acuerdo sobre fortalecimiento del poder civil y función del Ejército en una Sociedad Democrática). Ahora biery si se analizan los Acuerdos en función a la naturaleza del compromiso, se pueden definir los siguientes: 1.. Reformas Constitucionales

2. Reformas Legales 3. Creación de institucionalidad 4. Medidas administrativas 5. Ampliación de cobertura 6. Formación/ capacitación 7. Aumentos de presupuesto


L.

Reformas Constitucionales

a.

Reformar el artículo 203 de la Constitución Política de la República, el artículo deberá contener una referencia inicial a las garantías de 1a administración de justicia y, como tal, incluir: el libre acceso y en el propio idioma; el respeto por el carácter multiétnico, pluricultural y muitilingüe del país; la defensa de quien no

democrática, numeral 72 y Acuerdo sobre reformas constitucionales y régimen electoral, numeral 18). d. Reforma total al artículo 219 constitucional, para limitar la jurisdicción de los tribunales militares, de manera que quede como sigue: "Artículo219.

Tribunales militares. Los tribunales militares conocerán de los delitos y faltas tipificadas en el Código Militar y en los reglamentos correspondientes. Los delitos y faltas del orden común cometidos por militares serán conocidos y ltzgados por la jurisdicción ordinaria. Ningún civil podrá ser juzgado por tribunales militares" (Acuerdo sobre fortalecimiento del poder civil y función del Ejército en una sociedad democrática, numeral 36 y Acuerdo sobre reformas constitucionales y régimen electoral, numeral27).

puede pagarla; la imparcialidad e independencia del juzgador; la solución razonada y pronta de los conflictos sociales y la apertura a mecanismos

alternativos de resolución de los conflictos; (Acuerdo sobre fortalecimiento del poder civil y función del Ejército en una sociedad democrática, numeral 12 y Acuerdo sobre reformas constitucionales y régimen electoral, numeral 16).

los artículos 207, 208 y 209 de la Constitución, los cuales deben referirse a la Ley de la Carrera Judicial, estableciendo como

2. Reformas Legales

sus contenidos:

a.

b. Reformar

Derechos

y responsabilidades de los

jueces,

dignidad de la función y adecuado nivel de remuneraciones; Sistema de nombramiento y ascenso de los jueces con base en concursos públicos, que busquen la excelencia profesional;

Derecho y deber de formación

b. Reformas al Código Penal para tipificar como delito la discriminación étnica e incorporar las

disposiciones de la Convención Internacional de todas las Formas de Discriminación Racial (Acuerdo sobre identidad y derechos de los pueblos indígenas).

y

perfeccionamiento en la función;

Régimen disciplinario, con garantías, procedimientos, instancias y sanciones preestablecidas, así como el principio de que un juez magistrado no puede ser investigado y sancionado sino por quien tiene funciones jurisdiccionales. (Acuerdo sobre fortalecimiento del poder civil y función del Ejército en una sociedad democrática, numeral T2 y Acuerdo

sobre reformas constitucionales electoral, numeral 17). C.

y régimen

Reformar el artículo 210 de la Constitución, eliminando el segundo páruafo pues su contenido sería absorbido por las reformas a los artículos anteriores. (Acuerdo sobre fortalecimiento del poder civil y función del Ejército en una sociedad

Promover las modificaciones legales necesarias en el Código Penal parala tipificación y sancióry como delitos de especial gravedad, las desapariciones forzadas o involuntarias, así como las ejecuciones sumarias o extrajudiciales. (Acuerdo Global sobre Derechos Humanos).

c.

Tipificar como delito el acoso sexual y como agravantes en los delitos sexuales el que se cometan contra mujeres indígenas. (Acuerdo sobre identidad y derechos de los pueblos indígenas)

d. Desarrollo de normas legales que reconozcat:. a las comunidades indígenas el manejo de sus

asuntos internos de acuerdo con sus normas consuetudinarias, siempre que estas no sean incompatibles con los derechos fundamentales definidos por el sistema jurídico nacional o con los derechos humanos internacionalmente reconocidos. (Acuerdo sobre identidad y

derechos de los pueblos indígenas).


e.

f.

Proponer con representantes de las

del poder civil y función del Ejército en una Sociedad Demo crática, numeral 13).

organizaciones indígenas, disposiciones legales para incluir el peritaje cultural (Acuerdo sobre identidad y derechos de los pueblos indígenas).

k. La generalización progresiva de la oralidad

Promover la creación de una jurisdicción agraria y ambiental dentro del Organismo Judicial, mediante la emisión de la ley correspondiente por el Congreso de 1a Repúbiica (Acuerdo sobre aspectos socioeconómicos y situación agraria, numeral

extensivos de los beneficios de la misma a aquellas áreas que aún no cuentan con ella, y la garantía de la inmediación del juez en todos 1os procesos; (Acuerdo sobre fortalecimiento del poder civil y función del Ejército en una Sociedad Democrá tica, numeral 15).

en los procesos judiciales, para hacer

37).

t. o t'

Promover una reforma al Código Tributario que establezca mayores sanciones a la evasión, la elusión y la defraudación tributarias, tanto para 1os contribuyentes, como para los funcionarios encargados de la administración

fiscal. (Acuerdo sobre aspectos

socioeconómicos y situación agraria, numeral 50).

La formulación de contenidos básicos de un proyecto de ley de servicio civil del Organismo Judicial. (Acuerdo sobre fortalecimiento del poder civil y función del Ejército en una Sociedad Democrática, numeral 15).

m. Hacer un diseño de un sistema de selección y nombramiento de magistrados de la corte de apelaciones a través de concursos públicos. (Acuerdo sobre fortalecimiento del poder civil

y función del Ejército en una

h. Promover ante el Congreso de la República el

establecimiento de la Carrera Judicial.

Sociedad

Democrática, numeral 15).

(Acuerdo sobre fortalecimiento del poder civil

y función del Ejército en una sociedad

3.

Creación de institucionalidad

democrática, numeral 13) a. Promover la creación de defensorías indígenas

Establecer el servicio Público de Defensa Penal para promover asistencia a quienes no puedan

y bufetes populares de asistencia jurídica gratuita para personas de bajos recursos

contratar servicios de asesoría profesional

económicos en las municipalidades donde predominan las comunidades indígenas. (Acuerdo sobre identidad y derechos de los pueblos indígenas).

privada. Será un ente con autonomía funcional e independencia de los tres Organismos del Estado, que tenga la misma jerarquía en el proceso que el Ministerio Público y que alcance efectiva cobertura nacional. (Acuerdo sobre fortalecimiento del poder civil y función del Ejército en una Sociedad Democrática numeral

la mujer indígena, que incluya servicios de asesoría jurídica y servicio social. (Acuerdo sobre identidad y

b. Crear una defensoría de

derechos de los pueblos indígenas).

13) t.

Promover una reforma en el Código Penal en la que se de prioridad a la persecución penal de aquellos delitos que causan mayor daño social, tome en cuenta las diferencias culturales propias del país y sus costumbres, garantice plenamente los derechos humanos y tipifique como actos de especial gravedad las amenazas y coacciones ejercidas sobre funcionarios judiciales, el cohecho, soborno y corrupción,

c.

los cuales deberán ser severamente

penalizados. (Acuerdo sobre fortalecimiento

ru

Establecer el servicio Público de Defensa Penal para promover asistencia a quienes no puedan

contratar servicios de asesoría profesional privada. Será un ente con autonomía funcional e independencia de los tres Organismos de1 Estado, que tenga la misma jerarquía en el proceso que el Ministerio Público y que alcance efectiva cobertura nacional. (Acuerdo sobre fortalecimiento del poder civil y función del Ejército en una Sociedad Democrática numeral 13).


d. Integrar

la Comisión de Fortalecimiento de la ]usticia, encargada de producir en un plazo de seis meses, y mediante un debate amplio en torno al sistema de justicia, un informe y un conjunto de recomendaciones susceptibles de ser puestas en práctica a la mayor brevedad. Dicha comisión, que contará con la asesoría de MINUGUA, deberá incluir a representantes

calificados de las diversas instituciones públicas y entidades sociales y privadas con participacióny lo conocimiento en la temática de justicia. (Acuerdo sobre fortalecimiento del poder civil y función del Ejército en una Sociedad Democrática numeral 15).

ambiente, seguridad fronteriza, transito y seguridad vial. (Acuerdo sobre fortalecimiento del poder civil y función del Ejército en una Sociedad Democrática, numeral 26). d. Fortalecer las capacidades de la policía en materia de información y de investigación criminal, a fin de colaborar eficazmente en la lucha contra el delito y una pronta y eficaz administración de justicia, con énfasis en la coordinación interinstitucional entre la Policía Nacional Civil, el Ministerio Público y el Organismo ]udicial. (Acuerdo sobre fortalecimiento del poder civil y función del

Ejército en una Sociedad Democrática,

e.

La creación de la Policía Nacional Civil, con funciones tanto de seguridad pública, como de investigación criminal (Acuerdo sobre fortalecimiento del poder civil y función del

Ejército en una Sociedad Democrática).

numeral 30). 5. a.

Ampliación de cobertura

Promover 1a creación de defensorías indígenas y bufetes populares de asistencia

4.

jurídica gratuita para personas de bajos

Medidas administrativas

recursos económicos en las municipalidades

de mecanismos alternativos de resolución de conflictos;

donde predominan las comunidades indígenas. (Acuerdo sobre identidad y derechos de los pueblos indígenas).

b. Separar las funciones administrativas de las jurisdiccionales en el Organismo ]udicial y en

b. Impulsar servicios de asesoría gratuita para

a. La ampliació. y el reconocimiento

personas de bajos recursos económicos. (Acuerdo sobre identidad y derechos de los pueblos indígenas).

el Ministerio Público, a fin de liberar a juzgadores y fiscales de tareas que recargan

su labor e impiden su dedicación plena a las tareas que les son propias; un sistema que deberá introducir en ambas instituciones una administración moderna y eficiente. (Acuerdo sobre fortalecimiento del poder civil y función del Ejército en una Sociedad Democrática,

numeral c.

15).

Crear dentro de la Policía Nacional Civil, los departamentos especializados necesarios para

c.

Poner gratuitamente a disposición de las

comunidades indígenas intérpretes judiciales, asegurando que se aplique rigurosamente el principio que nadie puede ser juzgado sin haber contado con el auxilio de interpretación en su idioma. (Acuerdo sobre identidad y derechos de los pueblos indígenas).

cumplir con sus funciones, entre otros, combate al narcotráfico y el contrabando,

d. Establecer el Servicio Público de Defensa

control fiscal, aduanal, registro y control de armas, información e investigación criminal, protección del patrimonio cultural y del medio

nacional. (Acuerdo sobre fortalecimiento del poder civil y función del Ejército en una Sociedad Democrática, numeral 13).

Penal, que alcance efectiva cobertura


6.

Formación/capacitación

e.

Impulsar, en coordinación con

poder civil y función del Ejército en una

Sociedad Democrática, numeral 74). las

universidades de Guatemala, las asociaciones profesionales y las organizaciones indígenas, un programa permanente para jueces y agentes del Ministerio Público sobre la cultura y rasgos de identidad de los pueblos indígenas/ en especial en el conocimiento de sus normas y mecanismos que regulan su vida comunitaria (Acuerdo sobre identidad y derechos de los pueblos indígenas). f. El fortalecimiento de la Escuela de Estudios Judiciales y de la Unidad de Capacitación del Ministerio Público, como lugares centrales en la selección y formación continua de jueces, magistrados y fiscales. (Acuerdo sobre fortalecimiento del poder civil y función del Ejército en una Sociedad Democrática, numeral

c. La distribución adecuada de los recursos financieros disponibles para avanzar hacia el fortalecimiento del sistema, teniendo en cuenta la necesidad de mejorar el uso de los recursos. (Acuerdo sobre fortalecimiento del poder civil y función del Ejército en una Sociedad Democrática, nume ral 16). 1.3 Obietivos de los Acuerdos de Paz en materia de Justicia

Haciendo un análisis de los objetivos y fines de las reformas en materia de justicia contenidas tanto en los Acuerdos de Paz, como en las recomendaciones de las comisiones anteriormente citadas, podemos identificar los siguientes ejes de reformas:

16).

a. La persecución y sanción de los crímenes 7.

Aumentos presupuestarios

a.

Dotar al organismo judicial y la Ministerio Público de mayores recursos financieros para avanzar en su modernización tecnológica y para ampliar su cobertura al interior del país, introducir el funcionamiento multilingüe del sistema de justicia en concordancia con el Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas, y aplicar un eficiente plan de protección de testigos, fiscales y colaboradores de la justicia. En este sentido, el Gobierno propone incrementar, pafa el año 2000, el gasto público efectivo destinado al Organismo Judicial y al Ministerio Público, en relación el producto interno bruto (PIB) en 507o rcspecto al gasto destinado en 1995. (Acuerdo sobre fortalecimiento del poder civil y función del Ejército en una Sociedad Democrática, numeral 14).

b. Proveer de los recursos necesarios al Servicio

Público de Defensa Penal para que pueda constituirse e iniciar sus funciones a partir del año 1998 (Acuerdo sobre fortalecimiento del

cometidos durante el enfrentamiento armado

b. La independencia del poder judicial c. La eficiencia y eficacia del sistema de justicia d. El acceso a la justicia de los sectores

e.

marginados El reconocimiento y aplicación del pluralismo jurídico

a. Reformas para permitir la persecució.

y sanción de los crímenes cometidos durante el enfrentamiento armado.

Son parte de estas reformas la tipificación y sanción como delitos de especial gravedad las desapariciones forzadas y las ejecuciones extrajudiciales; y la reforma al artículo 2L9 de la Constitución Política.

b. Reformas orientadas a garantizar la independencia del poder iudicial. Estas reformas buscan independizar la poder judicial de las injerencias de los sectores político, económico y militar, así como protegerlos de las


presiones del crimen organizado; aunque uno de los objetivos es también permitir su imparcialidad y objetividad para juzgar los crímenes cometidos durante el conflicto armado, también protegen la independencia judicial como un fin independiente y necesario para la consecución de la paz. Se

pueden incluir dentro de estas, las reformas

a

los artículos 203, 207, 208, 209 y 279 de la Constitución Política; la emisión de la ley de carrera judicial; tipificar en el Código Penal con

d.

Reformas para permitir el acceso a la iusticia

Estas reformas incluyen tanto la ampliación de

cobertura de instancias de justicia, como mecanismos para permitir el acceso a la justicia de poblaciones marginadas, se incluyen en este aspecto la creación de defensorías indígenas y bufetes populares de asistencia jurídica gratuita; la creación de la defensoría de la mujer indígena; impulsar servicios de asesoría gratuita para

especial gravedad las amenazas y coacciones ejercidas sobre funcionarios judiciales, así como el cohecho, el soborno y Ia corrupción; diseñar un sistema de selección y nombramiento de magistrados a la Corte de Apelaciones a través de concursos públicos; e incrementar el presupuesto del organismo judicial para aplicar un eficiente programa de protección a testigos,

fiscales y colaboradores de la justicia.

personas de bajos recursos económicos y poner a disposición de las comunidades indígenas intérpretes judiciales; otorgar asesoría y asistencia legal gratuita a los campesinos y sus organizaciones en casos de litigios judiciales por tierras; la reforma al artículo 203 de la Constitución; establecer y proveer de recursos al Servicio Público de Defensa Penal y la generalización progresiva de la oralidad en todos los procesos judiciales.

c.

Reformas para hacer más eficiente e[ sistema de justicia

e. Reformas para reconocer el pluralismo

Dentro de esta clasificación se incluyen reformas para agilizar la justicia, reduciendo la duración de 1os procesos, así como para eficientar la investigación y persecución penal de los delitos graves, corresponden a estas reformas: la generalización de la oralidad en todos los procedimientos judiciales; la ampliación y el reconocimiento de mecanismos alternativos de resolución de conflictos; la reforma al artículo 203 constitucional; la separación de las funciones administrativas de las judiciales y fiscales; la elaboración de un proyecto de ley del servicio civil del Organismo ]udicial; el fortalecimiento de la Escuela de Estudios Judiciales y de la Unidad de Capacitación del Ministerio Público; fortalecer las capacidades de la Policía Nacional Civil en materia de investigación criminal; crear dentro de la estructura de la Policía Nacional Civil de los departamentos especializados de combate al narcotráfico y el contrabando, el control fiscal y aduanal, e investigación criminal; y modificar el Código Penal para darle prioridad a la persecución penal de los delitos que causan mayor daño social.

Los Acuerdos de Paz reconocen y alientan el pluralismo jurídico r por 1o que incluyen una serie de compromisos para permitir su pleno respeto y aplicación, tales como: promover ante el Congreso de la República el desarrollo de normas legales que reconozcan a las

jurídico

comunidades indígenas el manejo de sus asuntos

internos de acuerdo con sus normas

consuetudinarias; proponer disposiciones legales

para incluir el peritaje cultural y desarrollar mecanismos que otorguen a las autoridades comunitarias para que señalen las costumbres que constituyen su normatividad interna; impulsar un programa permanente para jueces y agentes del Ministerio Público sobre la cultura y rasgos de identidad de los pueblos indígenas, en especial en el conocimiento de sus normas y mecanismos que regulan su vida comunitaria; reformar el Código Penal para que tome en cuenta las diferencias propias del país y sus costumbres; y la ampliación y el reconocimiento de mecanismos alternativos de resolución de conflictos.


L.4 Otras recomendaciones

Adicionalmente a lo taxativamente establecido en los Acuerdos de Paz, dos de las instancias creadas por los Acuerdos: La Comisión del Esclarecimiento Histórico, y la Comisión de Fortalecimiento de la Justicia, emitieron informes y recomendaciones sobre el sistema de justicia, especialmente en materia de justicia penal.

II.

Si bien las recomendaciones de estas instancias no pueden ser consideradas en el mismo nivel de los Acuerdos, y por lo tanto, el nivel de exigibilidad de su cumplimiento es menor a los definidos anteriormente, constituyen una agenda complementaria para el fortalecimiento y modernización del sistema de justicia en tiempos de paz.

Cumplimiento de los Acuerdos de Paz en materia de ]usticia

2.1,La persecución y sanción de los crímenes cometidos durante el enfrentamiento armado. En relación a las reformas legales, en los años 1995

y 1996 se modificó el Código Penal para tipificar los delitos de ejecución extrajudicial y desaparición forzada, por lo que puede afirmarse que se cumplió parcialmente con lo establecido sobre el efecto en el Acuerdo Global Sobre Derechos FIumanos. Sin embargo, para evaluar el cumplimiento de este aspecto es importante recordar que el objetivo del Acuerdo no es solamente cambiar la legislación, sino que efectivamente se investiguen y sancionen las conductas delictivas, en el mismo sentido se

pronuncia la Procuraduría de los Derechos

enfrentamiento nrmado, la Unidad de Esclarecimiento Histórico. En tres años de existencia, esta unidad fiscal no ha presentado ni unn sola acusación ante los tribunales de los mtís de 760 cssos que inaestiga por delitos graaes del enfrentamiento arm0d07 ".

En relación a los obstáculos que no permiten el cumplimiento de estos objetivos se encuentran la escasez de recursos asignados a la investigación de estos crímenes, (7% del total de recursos del Ministerio Público); problemas de formación de los fiscales y auxiliares fiscales encargados de los casos; poca voluntad del sistema para perseguir y sancionar los casos; abusos en la utilización de amparos y otras medidas dilatorias; deficiencias

en los sistemas de protección de testigos;

Humanos, cuando establece criterios para evaluar los indicadores en este aspecto: "Si es una ley en

debilidades en los sistemas disciplinarios, de supervisión y evaluación del desempeño en las

materia penal se mide cudntas personas son detenidas, procesadas y sentenciadas por los delitos cread0s6".

instituciones de justicia; la persistencia de racismo y discriminación en el sistema de justicia; poca independencia judicial, entre otrass.

Bajo ese criterio, podemos afirmar que el compromiso de perseguir y sancionar los crímenes de lesa humanidad ocurridos durante el enfrentamiento armado, no ha sido cumplido por el Estado de Guatemala, en efecto, de acuerdo a datos de Impunity Watchi "De lss mtís de 600 masacres documentadas por la CEH, el sistema de persecttción penal solamente ha condenado a los responsables materiales de tres de éstas. Desde el año 2005, el MP cuenta con una unidsd fiscal especifica para inaestigar los delitos graaes ocurridos durante el

6 Indicadores para la verificación 7 Impunity Watch; Reconociendo 8 Ibid; Págs.30-34.

En relación a la modificación de la competencia de los tribunales militares, si bien la reforma aI artículo 21,9 de la Constitución se vio frustrada en el proceso de consulta popular de 7999; el decreto 47-96, que modifica el Código Militar y el Código Procesal Penal, restringe la competencia de los tribunales militares a los delitos estrictamente militares y manda a la jurisdicción común los delitos comunes, incluyendo los cometidos durante el enfrentamiento armado interno.

de los Acuerdos de Paz; Procuraduría de los Derechos Humanos; Pág. 14

el pasado: desafíos para combatir la impunidad en Guatemala; Resumen Ejecutivo; Pág. 26


2.2lndependencia del poder judicial En relación a este objetivo, es importante señalar que la reforma a los artículos 203, 207, 208, 209 y 279 de la Constitución Política, ejes fundamentales de los Acuerdos de Paz en esta materia, fue

frustrada en el proceso de consulta popular. En relación a la carrera judicial, el Congreso de Ia República aprobó tanto el decreto 48-99, Ley del Servicio Civil del Organismo Judicial, como el decreto 47-99, Ley de la Carrera Judicial, Ia cual entró en vigencia en el año 2000; sin embargo,

debido a que la Corte de Constitucionalidad declaró inconstitucional el artículo 32 de ia ley, hasta la fecha no se ha podido realizar ningún proceso de evaluación de los magistrados.

Además, los problemas en relación al funcionamiento de la carrera judicial persisten hasta la fecha del presente informe "La carrera judicial es débil y algunos indican que es prrícticamente inexistente, el sistema de eoaluación es intenso pero no responde a pardmetros de certeza y objetiaidad y sólo estd destinado a jueces de paz y de instancia, y hasta la fecha no estrí siendo aplicado a magistrados de corte y de salas de apelaciones. Las comisiones de postulación no se encuentran reglamentadas, y a ello se le suma la injerencia del factor político que uuelae opaco cualquier sistema que se diseñee ".

Sobre este punto, la Comisión Internacional de ]uristas en su visita a Guatemala en junio de 2005 manifestó: "La C\ pudo constatar que en lo que se refiere a las altas esferas de la administración de justicia,la gran mayoría de magistrados, (jueces de la Corte Suprema de lusticia, Corte Constitucional y Cortes de Apelaciones) se identifican con partidos políticos, lo que genera una alta politización y partidización de la justicia. Los magistrados son seleccionados por el Congreso, donde la afiliación

9

política, en lugar de la idoneidad del cnndidato son el criterio dominantelo " . En relación a las amenazas contra miembros del sistema de justicia, mediante la aprobación del decreto 21-2006, Ley Contra la Delincuencia Organizada, se tipificó el delito de obstrucción de justicia, incluyéndolo como uno de los delitos donde se pueden aplicar mecanismos especiales de investigación, al igual que el peculado, el

prevaricato, la malversación y otros delitos relacionados con la corrupción.

Sin embargo, las amenazas, intimidaciones y atentados contra operadores de justicia continúan. Tan solo en eI añ.o 2007, la Unidad de Delitos Contra Operadores de Justicia de la Fiscalía de Sección de Derechos Humanos del Ministerio Público reportó 125 casos de amenazas, atentados y hostigamiento cometidos contra operadores de justicia; para julio de 2008 se contabanT6 casos, incluyendo los asesinatos de un juez de sentencia, un magistrado de la Corte de Apelaciones, cuatro auxiliares fiscales, un fiscal de distrito y varios atentados contra abogados litigantesll. En contraposición, durante el año 2007 ninguna persona fue condenada por el delito de obstrucción de justicia.

Aunque en 1996 fue aprobada la Ley de Protección de Sujetos Procesales y Personas Vinculadas a la Administración de lusticia Penal, fue hasta el 2007 que el Ministerio Público creó la Oficina de Protección de Testigos y Sujetos Procesales para dar cumplimiento a lo establecido en dicha ley12". Otro de los problemas es que no se cuentan con recursos económicos, personales y materiales para la aplicación efectiva de las medidas de protección de los operadores de justicia. Para octubre del 2008, el servicio de protección de testigos sólo atendía un total de 342 testigosl3. "

Ramírez, Silvina; La carrera judicial en Guatemala, sistema de evaluación del desempeño de los jueces y sistema de selección de magistrados; Pág. 3.

10 Comisión Internacional de |uristas (CI)); La Justicia en Guatemala, un largo camino por recorrer;Pág.45. 11 Asociación de Investigación y Estudios Sociales (ASIES); Proceso de fortalecimiento del sistema de justicia; avances y debilidades, julio 2006-octubre 2008;Pá9.9

12 Impunity Watch; Ob. Cit. Pá9. 13 ASIES; Ob. Ctt:Pá9.70

33


2.3Lograr eficiencia y eficacia en el sistema de justicia

exclusiva de juzgar; como consecuencia de la implementación de este reglamento en el departamento de Quetzaltenango, se ha podido

Como se estableció anteriormente, uno de los objetivos de los Acuerdos de Paz es lograr la eficiencia y la eficacia de la administración de justicia, principalmente en la persecución de los delitos de alto impacto social, para lo cual se plantean medidas para la reducción de la duración de los procesos, y la eficacia en la investigación y persecución penal de los delitos graves.

reducir la duración de los Procesos penales hasta en un 65/o,bajando de una duración promedio de nueve meses en la etapa Preparatoria, hasta tres

Hasta la fecha no se ha logrado ningún avance en implementar la oralidad de los procesos judiciales, por 1o que el sistema de justicia penal continúa siendo el único proceso oral. El único intento de

reforma fue la iniciativa de ley número 3131,, presentada al Congreso de la República por la Corte Suprema de Justicia en el año 2004, y que pretendía aprobar el Código Procesal General, sin embargo, la misma recibió dictamen desfavorable de la comisión legislativa de reformas al sector justicia en el 2007. En relación a separar las funciones administrativas de las judiciales y fiscales, a pesar de que se han generado sistemas de gerencias y secretarías tanto

en el Organismo ]udicial, como en el Ministerio Público, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia siguen teniendo injerencia en la designación de puestos administrativos, y los secretarios del Ministerio Público continúan teniendo injerencia en casos penalesla.

meses15.

Sin embargo, este reglamento aún no ha sido implementado en toda la República; otro avance en este aspecto 1o representa el dictamen de la comisión legislativa de Reformas al Sector Justicia a la iniciativa31,25, reformas al Código Procesal Penal, emitido en el año 2007. En materia de capacitación y formación profesional, Ia situación es aún preocupante, la Unidad de

Capacitación Institucional del Organismo Judicial (UCI), aún no cuenta con un reglamento que norme su estructura y funcionamiento, además carece de

docentes de planta contratados a tiempo

completol6. En el caso de la Unidad de Capacitación del Ministerio Público (UNICAP), no se ha implementado el modelo de gestión y estructura administrativa, ni el plan estratégico 2005-2008; los cursos responden a dinámicas dispersas sin contar con diagnósticos formales respecto a las necesidades de capacitaciónl7.

Pero sin lugar a dudas, es en relación a las capacidades en materia de investigación criminal de la Policía Nacional Civil, donde se encuentran las mayores deficiencias. Para octubre de 2008, la Policía Nacional Civil únicamente contaba con 610

El avance más importante en esta materia lo

investigadores activos, de los cuales

constituye el Acuerdo número 24-2005 de la Corte Suprema de justicia, Reglamento Interior de Juzgados y Tribunales Penales, emitido en junio de 2005, el cual delega en el administrador del despacho judicial el manejo de todos los temas administrativos y deja al luez con la función

aproximadamente tn60% no ha aprobado el curso de investigacióry el cual a su vez tiene una duración aproximada de uno a tres meses, lo cual es

74 15

completamente insuficiente; así mismo,

se

presentan carencias de infraestructura, equipo e insumos básicos para 1a investigación18.

CIJ; Ob. Cit; Pág. 30 y ss. García-Robles, Marlon; Anotaciones, avances y resultados del modclo de gestión penal por audiencias implementado en la región de occidente de Guatemala; I'ág. 11

76 ASIES, Ob.

Cit.Pá9.42

17

Ibid;Pá9.72

18

Monterroso Castillo, ]avier; Investigación criminal, estudio comparativo y propuesta de un modelo de Policía de Investigación en Guatemala; Pág. 93 y ss.


Aunque el compromiso de crear departamentos especializados dentro de la estructura de la Policía Nacional Civil se cumplió, la debilidad de los mismos es evidente, por ejemplo, en el caso de

la División de Protección de Puertos

y

Aereopuertos (DIPA), de la PNC, que es el departamento encargado de la prevención e

investigación de 1os delitos tributarios y

aduaneros, paÍa el año 2008 únicamente contaba con 31 elementos, y presencia en solamente dos fronteras (Tecún Umán y Pedro de Alvarado)to. En cuanto a las modificaciones al Código Penal para privilegiar 1a persecución de los delitos de alto impacto social, desde el año 7997 se han agravado considerablemente las penas para los delitos de secuestro y asesinato, así como 1a tipificación de los delitos de la "delincuencia organizada", contenidos en el decreto 2I-2006; así mismo, en el año 2001 se emitieron reformas en el Código Penal para incluir los delitos de defraudación tributaria, caso especial de defraudación tributaria, apropiación indebida de tributos y resistencia a la acción fiscalizadora.

Sin embargo, a pesar de la tipificación de estos delitos, el sistema de justicia aún no es efectivo para la persecución y sanción de los mismos,

prueba de ello es que durante el año 2OO7 únicamente hubieron cinco condenas por 1os delitos de defraudación y contrabando aduaneros, y cinco por los delitos tributarios antes enumerados. Para el año 2007,Ia impunidad en los delitos fiscales alcanza e|92,/r, de los casos20; en ese mismo año, únicamente una persona fue condenada por los delitos establecidos en la Ley Contra la Delincuencia Organizada y ninguna

persona fue condenada por el delito de

discriminación21. Por otra parte el delito de acoso sexual aún no ha sido tipificado en la legislación guatemalteca.

2.4

Acceso a la justicia

En relación al aspecto de acceso a la justicia, si bien se han logrado avances desde la firma de los Acuerdos de Paz, los servicios gratuitos y principalmente en idiomas mayas continúan siendo totalmente insuficientes. En cuanto a la creación de defensorías indígenas, para el año 2006, se contaba únicamente con 10 sedes de defensorías indígenas22 en todo el país, 1o que no representa ni siquiera la mitad de los idiomas mayas.

En el caso del Organismo Judicial, el29'/o de los jueces habla algún idioma maya, sin embargo, si se compara con el total de Ia población maya hablante, se encuentra un déficit importante en relación a la población que habla castellano, así se cuenta con una tasa de 3.49 jueces por cada cien mil habitantes, pero la tasa de jueces que habla idiomas mayas es de dos por cada cien mil habitantes indígenas23. En relación a los intérpretes judiciales, en el caso del Organismo Judicial, se reporta un total de 34 intérpretes, los cuales hablan únicamente 9 idiomas mayas,la situación es aún más grave en el Ministerio Público, donde solamente hay 17 plazas de intérpretes para todo elpaís,los cuales únicamente hablan 6 idiomas mayas2a.

Mediante el decreto 729-97 se crea el Instituto de la Defensa Pública Penal, el cual para el año 2008 cuenta

con un total de 376 defensores, 1o que representa una tasa de 2.75 defensores por cada cien mil habitantes2s, pdÍa el año 2006, el IDPP contaba con sedes departamentales en los 22 departamentos del país, pero únicamente con 12 sedes municipales26. En cuanto a los mecanismos de solución alternativa de conflictos, para octubre de 2008 funcionan 73 centros de mediación de conflictos, que durante el período de 2003 a junio de 2008 atendieron un total de 56,579 casos de distinta naturaleza2T.

19 Monterrosocastillo,Javicr;Laeficienciadelacaptaciónfiscalporlavíajudicial;pág.97.

20 Monter¡oso Castillo, Javier; Ob. Cit. Pág. 116. 21 Centro Nacional de Análisis y Documentación

Judicial del Organismo Judicial (CENADOI); Sentencias condenatodas por delitos varios en los órganos jurisdiccionalcs del r¡mo peñal, airo 2007. 22 Irrstituto de 1a Defensa Pública Penal; Memoria de labores 2006, pág. 57 23 ICCPG; Observatorio de Justicia Penal; Pág. 54

24 lbtd;Pág.57 25

ASIES; Ob. Cit. Pág. 50

26 Instituto

27

de

1a

Defensa Pública Penal; Ob. Cit. pág. 19

ASIES; Ob. Cit. Pá9.34.


2.5 El reconocimiento y aplicación del pluralismo

iurídico Sin lugar a dudas es el reconocimiento al pluralismo

jurídico el compromiso en materia de justicia que ha tenido menos avances; el único avance significativo 1o constituye 1a ratificación en el año 1996, del Convenio 169 de la OIT; "sin embargo, su aplicabilidad ha sido difícil en el país en todos los temas, pero especislmente en los que se refiere n derecho y manejo de territorils y sus respectioos recursls.28" Un avance en ese sentido lo constituye Ia sentencia de casación de la Corte Suprema de Justicia en el expediente 218-2003, donde la Corte establece que la resolución emitida por un órgano comunitario, tiene el carácter de cosa juzgada; hasta el año 2004

habían emitido 24 resoluciones judiciales basadas en el Convenio L692e. se

En relación a los otros compromisos asumidos en referencia a este aspecto, no se ha logrado ningún avance por parte de las autoridades del Estado de Guatemala. El único intento los constituyó la iniciativa de ley 3737, presentada al Congreso de la República por la Corte Suprema de Justicia en el año 2004, y que contenía como causa de justificación el error de prohibición, sin embargo, la misma recibió dictamen desfavorable de la Comisión de Reformas al Sector Justicia en el año 2007, en buena parte debido a que únicamente contenía la parte general del Código Penal.

CONCLUSIONES 7. A doce años de la firma delaPaz,la

acoso sexual; la jurisdicción agraria y ambiental;

agenda de

los Acuerdos de Paz en materia de justicia, presenta graves incumplimientos en todos sus aspectos. El resultado negativo de la consulta popular en 1.999, impidió la consecución de importantes reformas en materia de justicia.

2. En materia de legislación ordinaria se han logrado significativos avances: las

la incorporación de causas de elementos culturales diferenciados en el Código Penal; la regulación del peritaje cultural; la oralización de todos los procesos judiciales, entre otras.

5.

modificaciones al Código Penal para incorporar

los delitos de lesa humanidad, delitos tributarios, y el delito de discriminación; la tipificación del delito de obstrucción de justicia en la Ley Contra la Delincuencia Organizada; la ley de la Carrera Judicial y la creación del Instituto de la defensa Pública Penal, entre otras.

idoneidad la elección de los mismos. 6.

De igual forma, los jueces, fiscales y demás personas que intervienen en los procesos judiciales, continúan siendo vulnerables a ataques e intimidaciones, pese a la tipificación del delito de obstrucción de justicia, persiste la debilidad de los mecanismos de protección y de investigación.

7.

Particularmente preocupante es la situación de la investigación criminal en la Policía Nacional Civil, la cual adolece de graves deficiencias de personal, presupuestarias, de formación y despliegue.

3. No obstante estos avances legislativos, el sistema de justicia continúa siendo ineficaz para enfrentar los delitos del pasado y del presente, la impunidad en los crímenes del conflicto armado interno, en la evasión fiscal, la discriminación y en los delitos de alto impacto es casi absoluta.

4. Sin embargo, aún quedan pendientes importantes puntos en Ia agenda legislativa de justicia, tales como la tipificación del delito de

Persisten grandes debilidades en los sistemas de selección, formación y evaluación del desempeño de jueces y fiscales; en el caso del nombramiento de magistrados no existe independencia judicial, por lo que es necesario avanzar hacia una legislación que regule el funcionamiento de las Comisiones de Postulación, permitiendo dotar de criterios de

28 Velásquez Nimatuj, Irma Alicia; Derechos de los pueblos indígcnas, diversiclad éhrica y cultural, y cohesi<in social en Centroamérica; 29 ProcuradurÍa de los Derechos Humanos; Seguridad y Iusticia en tiempos de paz;Pág.94.

Pág. 22.


servicios jurídicos gratuitos, principalmente es preocupante la escasez de personal de justicia bilingüe, así como de interpretes judiciales.

Además, los departamentos especializados de la Policía Nacional Civil se encuentran debilitados en su gran mayoría, sin capacidad de reacción e investigación. 10. 9.

Aunque han habido avances en materia de acceso a la justicia de los sectores marginados, aún existen importantes rezagos en el despliegue de los

El reconocimiento y aplicación clel pluralismo jurídico continúa siendo un tema pendiente, el incumplimiento de la agenda legislativa en este tema es absoluto.

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