Revista de responsablidad y mas fabiola santos (2)

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La noción de responsabilidad civil radica en una concepción de derecho natural conocida desde muy antiguo y que sirve de norma fundamental de la vida del hombre en sociedad: la de que nadie debe causar un daño injusto a otra persona, y en caso de causarlo, dicho daño debe ser reparado. CARACTERISTICAS Es una situación eminentemente patrimonial, persigue el resarcimiento o la compensación del daño causado mediante la reparación del mismo La responsabilidad civil tiene como finalidad primordial la reparación del daño causado y no el castigo para el causante del daño. ClASES dE RESponSAbIlIdAd CIvIl Según la naturaleza de la conducta incumplida Responsabilidad civil contractual: Es la obligación de reparar un daño proveniente del incumplimiento culposo de una obligación derivada de un contrato. Responsabilidad civil delictual. Es la obligación de reparar un daño proveniente del incumplimiento culposo de una conducta o deber jurídico preexistente, que si bien el legislador no determina expresamente

Responsabilidad Civil Según que la obligación de reparar provenga o no de la gente Responsabilidad civil subjetiva: Es la responsabilidad civil tradicional, según la cual solo deben ser reparado los daños que el agente cause por su propia culpa. Responsabilidad civil objetiva: La responsabilidad civil objetiva parte de la idea de que todo daño debe ser reparado independientemente de que el agente actué o no con culpa en el momento de causarlo. Gerencia para abogados Volumen 1, nº 1 Responsabilidad Administrativa y disciplinaria del Abogado

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Procedimiento disciplinario

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Gerencia para Abogados

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Programación Neuro­ Lingüística

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Optimización en el uso de lenguaje

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Bioética y Bioderecho

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CONTENIDO:

Gerencia para abogado

La responsabilidad administrativa es aquella en que incurren las personas que despliegan sus actividades en un órgano de la Administración del Estado, incumpliendo bien sea una obligación o infringiendo una prohibición propias de su cargo o función, en cuya consecuencia se impone una medida disciplinaria. En cuanto a la Responsabilidad disciplinaria, se tiene que a este tipo de responsabilidad, pertenecen aquellos actos o hechos de un funcionario o empleado, que sin tipificarse como un delito, son hechos y actos que perturban el normal, cabal y adecuado cumplimiento de las funciones asignadas a la persona. Es la consecuencia jurídica de la violación de la ley, realizada por quien siendo imputable o inimputable, lleva a término actos previstos como ilícitos, lesionando o poniendo en peligro un bien material o la integridad física de las personas.

Características La responsabilidad penal no busca resarcir o compensar a la víctima del delito, sino que esa será una responsabilidad civil independiente y derivada del acto delictivo. Sería un tipo de responsabilidad civil extracontractual por producir un acto lesivo para otra persona.

Clases de responsabilidad Penal Común: cuando el delito cometido puede ser realizado por cualquier individuo (robo, violación, asesinato).

Especial: cuando el delito es cometido por un funcionario público aprovechándose de su condición. Las partes deben suministrar a sus apoderados lo suficiente para expensas. Si no lo hicieren, no podrán ellas exigir responsabilidad al apoderado que hubiere dejado de hacer algo que ocasione gastos.


Así mismo las partes y sus apoderados tienen el deber de abstenerse de emplear en sus diligencias y escritos expresiones o conceptos injuriosos o indecentes

Responsabilidad de terceros en el proceso

Los terceros intervinientes en el proceso a través de quienes igualmente se busca la actuación de la ley. Responsabilidad Administrativa y Disciplinaria del Abogado

Responsabilidad penal Responsabilidad de las partes y de los Apoderados Las sanciones serán graduales según la gravedad de la falta, y de las consecuencias de esta 2

Causas que lo Originan

El empleado que infringiere sus obligaciones o deberes funcionarios podrá ser objeto de anotaciones de demérito en su hoja de vida o de medidas disciplinarias

Tribunal Disciplinario Es el órgano rector competente en Venezuela para conocer de oficio, por denuncia y decidir todos los casos de violación a las normas legales y reglamentarias que regulan el ejercicio del abogado, sancionando las faltas cometidas. Importancia Es importante ya que se encarga de tramitar las formalidades que debe observar la Administración en el ejercicio de sus poderes disciplinarios. Es un procedimiento administrativo interno, que se desarrolla de oficio, e implica

regular

el

ejercicio

de

los

poderes

disciplinarios

de

la

Administración respecto a sus agentes, con el fin de conservar el buen orden en el desarrollo de la función pública 1. Destitución e Inhabilidad General: La Destitución consiste en la terminación de la relación del servidor público con la Institución Policial; la Inhabilidad General implica la imposibilidad para ejercer la función pública en cualquier cargo o función, por


el término señalado en el fallo, y la exclusión del escalafón o carrera. 2. Suspensión e Inhabilidad Especial: La Suspensión consiste en la cesación temporal en el ejercicio del cargo y funciones sin derecho a remuneración; la Inhabilidad Especial implica la imposibilidad de ejercer funciones públicas en cualquier cargo, por el término señalado en el fallo. 3. Multa: Es una sanción de carácter pecuniario, que consiste en imponer el pago de una suma de dinero del sueldo básico devengado al momento de la comisión de la falta. 4. Amonestación Escrita: Consiste en el reproche de la conducta o proceder, por escrito, que debe registrarse en la hoja de vida”.

El Procedimiento Disciplinario Tipos de Sanciones Disciplinario 3 4 El Abogado debe tener buena presencia cuando acude a un tribunal.

Gerencia para Abogados AUTOESTIMA La autoestima es la valoración que hacemos de nosotros mismos sobre la base de las sensaciones y experiencias que hemos ido incorporando a lo largo de la vida. Nos sentimos listos o tontos, capaces o incapaces, nos gustamos o no. Cabe resaltar que esta autovaloración es muy importante, dado que de ella dependen en gran parte la realización de nuestro potencial personal y nuestros logros en la vida

LIDERAZGO El Liderazgo son las cualidades de una persona que abarca la capacidad y personalidad que van a favorecer el control de cada quien. La persona que desempeña este rol, debe saber desenvolverse como administrador, ya que será el que lleve las riendas de una empresa. Este es el cargo que lleva un director en un lugar de trabajo, es el que va a supervisar todo lo referente a sus empleados, como hace su trabajo, como trata al personal, etc. El abogado en ejercicio debe prestar atención a todos sus trabajos con igual importancia para cada uno y dedicar suficiente tiempo todo, hasta llegar a resolverlos. Por lo tanto un buen Abogado como gerente debe llegar a la solución del conflicto de todos sus casos y ocuparse de todos sus clientes. Formación Integral del Abogado

Estudiar para Abogado no es solo conocer minuciosamente la Ley, es también tener una gama de valores en los cuales resalta la Ética, ya que esta es la imagen que va a tener el Abogado durante su carrera.


Imagen del Abogado Es todo aquello que se materializa para dar representación al Abogado. El profesional del Derecho debe guardar cuidado en su imagen, ya que esta será la que le de promoción a sus servicios.

Importancia de la Imagen del Abogado en su Actividad Profesional La imagen del abogado no es solo lo que se proyecte, sino el desenvolvimiento que puede tener como persona y como profesional ante un número determinado de personas, que van a conocer no solo por la calidad profesional, sino por la apariencia. 5

Programación Neuro-Lingüística UTILIZACION INTERNA DE LOS SENTIDOS Los sentidos juegan un papel importante a que hay un mundo de sensaciones y solo habremos de percibir una pequeña parte de ellas. Se puede decir que tenemos filtros que nos hacen percibir una realidad propia, incluso podemos desconocer verdades de un mundo que nos rodea esto es que podemos estar tan enfrascados en nuestra propia realidad que nos negamos a ver que existe otra OPTIMIZACION EN EL USO DE LENGUAJE Uno de los primeros descubrimientos del PNL incorporo fue que el comunicador competente utiliza el lenguaje para crear un clima de confianza y entendimiento con los oyentes. La buena comunicadora marca la diferencia porque posee la habilidad intuitiva de adaptar su estilo de comunicación al de la persona que le escucha. Es decir que para ser un buen comunicador se debe utilizar se debe utilizar de forma natural el estilo que mejor encaje con las preferencias de su interlocutor, al menos inicialmente. Técnicas de Negociación para lograr acuerdos exitosos en situaciones difíciles (MARC)

1. Tener una actitud ganador/ganador. 2. Mostrar un interés auténtico por las necesidades de la otra parte. 3. Ser flexible en el enfoque 4. Ser duro en el fondo y suave en la forma. 5. Tolerar bien los conflictos. 6. Buscar y analizar a fondo las propuestas. 7. Ser paciente. 8. No tomarse a pecho los ataques personales. 9. Identificar rápidamente los intereses de la otra parte. 10. Practicar la escucha activa


La programación neurolingüística (PNL) es el estudio de los factores que influyen sobre nuestra forma de pensar, de comunicarnos y comportarnos. Es un modo de codificar y reproducir la excelencia y nos permite obtener de manera consistente los resultados que decíamos en nuestra vida, trabajo o empresa. Importancia

Su importancia radica que por ser un plan de acción con varias alternativas da como fin encontrar la que mejoras en nuestro propósito natural de conservarnos vivos y ser mejores y este proceso lo realizamos por nosotros mismos a través del lenguaje y otros sistemas no verbales que le permiten al cerebro codificar, ordenar e interpretar la información. 6

Importancia de la juridizacion de la Bioética

Bioética y Bioderecho Principios fundamentales de la Bioética y los Aportes del Bioderecho La bioética, como estrategia y fundamentación de tipo moral y ética es la exigencia del Consentimiento Informado, derecho importante que tienen los individuos, cuyo valor se inserta en el principio de autonomía, al tomar en cuenta la libertad y creencias de las personas en el proceso de toma de decisiones y exige que los actores sociales tengan una comprensión amplia del propósito, procedimientos, riesgos y beneficios de las intervenciones, para que puedan tomar decisiones libres relacionadas con su participación. La bioética es formalmente una rama o subdisciplina del saber ético, del que recibe el estatuto epistemológico básico y con el que mantiene una relación de dependencia justificadora y orientadora. En cuanto al bioderecho, es la cuestión relativa al título y a los criterios que confieren al derecho la capacidad de intervenir en las cuestiones bioéticas no es un tema pacífico. También a nivel fáctico, se advierte una cierta reticencia en los juristas para adentrarse en problemas que, a primera vista, pueden parecer más propios de los científicos o de los filósofos morales.

Principio de justicia. Es el principio que corresponde debidamente a una persona, dar el beneficio máximo posible, poner en disposición del enfermo nuevas alternativas terapéuticas, para sus dolencias.


Principio de Autonomía se refiere a la potestad que tiene cada persona de acordar, consentir, hacer escogencia, de tomar sus propias decisiones con absoluta libertad, sin coacción. Este principio está consagrado en la Constitución de la República de Venezuela. De este principio se deriva el consentimiento válidamente informado. Por ejemplo Las personas pueden rechazar transfusiones de sangre y derivados sanguíneos. Principio de la Beneficencia se refiere al beneficio buscado en cada actuación humana para con su semejante. Principio de No Benificencia es la obligación de no ser negligente o imprudente, ya que ambas actitudes suelen ir en detrimento del enfermo. 7

Análisis de los problemas mas relevantes del bioderecho de cara a la globalización

Limites y discusiones ético-jurídicos sobre los derechos de las personas La libertad de investigación científica y su responsabilidad ético-jurídica Existe una cuestión de cierta importancia que ate la estructura y a la práctica de la bioética, que pertenece a ese orden de cosas, y es que las opiniones de los juristas muestran una tendencia a hacer converger ambas formas de acción y pensamiento, es decir, parece confundir los esquemas mentales en bioética con los que prevalecen en la práctica clínica. El derecho a la vida no es un derecho absoluto que no pueda ser limitado. Si se entiende que la vida humana es un valor supremo e intocable, también es necesario tener en cuenta que se trata de un valor marcado por el tiempo, que todos, antes o después, tenemos que morir. Los derechos fundamentales como el derecho a la vida, a la libertad religiosa, a la libertad de pensamiento, de expresión… a los cuales la sociedad actual le confiere particular y justa relevancia tienen su fuente no en las decisiones fluctuantes de los poderes legislativos de la época sino en la estructura misma del ser humano y del justo orden que debe reinar en la convivencia social. Por esta razón el reconocimiento de estos derechos significa reconocer que existe un orden objetivo de las relaciones humanas fundadas en el orden natural. Quien tiene vida humana es persona humana. Siempre se ha sabido que lo que el hombre ha de hacer en cada una de sus situaciones no es perfectamente comprensible de antemano. Mas el desarrollo de la sociedad moderna, en el ámbito de la naturaleza transformada en grandes proporciones por obra de la acción humana acumulada en las sucesivas


generaciones, ha creado series de elementos donde las incógnitas se multiplican y se oscurecen progresivamente. Las cualidades de la acción humana más acertada han de residir en la capacidad de asumir objetivos más el costo de su realización. Mas actualmente, tanto el conocimiento como la estima de los valores transcienden intersubjetivamente a su propio autor, y por ello su origen y sus consecuencias fluyen entre sujeto y sociedad, a través de la entidad personal intersubjetiva del propio autor.

Estructura del Procedimiento disciplinario

•Escrito, Reglado y Secreto •El fiscal deberá tener igual o mayor grado o jerarquía que el funcionario que aparezca involucrado en los hechos. Si no fuera posible aplicar esta norma, bastará que no exista relación de dependencia directa. Además Contempla las instancias de defensa necesarias, para asegurar un debido proceso. •Etapas: Indagatoria, Acusatoria, Resolutiva. •Plazos de días hábiles, Recusación y Designación de actuario. •En el curso del sumario el Fiscal puede suspender preventivamente a un funcionario • Notificaciones (regla general: personal, excepción: carta certificada) • Vencidos los plazos de instrucción de un sumario y no estando éste afinado, la autoridad que lo ordenó deberá revisarlo, adoptar las medidas tendientes a agilizarlo y determinar la responsabilidad del fiscal •El fiscal tendrá amplias facultades para realizar la investigación y los funcionarios estarán obligados a prestar la colaboración que se les solicite COMO HACER REUNIONES EFECTIVAS Para realizar reuniones efectivas es necesario que la comunicación sea enriquecida y así despertar la motivación y el compromiso. Esto implica a la vista, el oído y los sentimientos de los interlocutores, y por eso te permitirá acaparar su atención y asegurarte de que te entiendan. Página 8 Página 8 6 7

Integrantes: -Fabiola Santos -Luis Vargas -Yofreimy Martinez -Emily Martinez -Pedro Noguera -Oriannnys Barrientos “Valora lo que es realmente es


Importante para ti. No despresdicies nunca energía, Tiempo o dinero con aquellos que es Intrínsecamente inútil.” Dr. Lair Ribeiro Emily Martinez Pedro Noguera Luis Vargas Fabiola Santos Yofreimy Martinez Oriannys Barrientos


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