Global Justice y Justicia Transicional. Unidad XII Mtro. Gonzalo FarreraS
Global Justice
La justicia global es un concepto en la filosofía política que nace de la preocupación ante el hecho de que "no vivimos en un mundo justo".1 Las diferencias entre los seres humanos son abismales: muchas personas son extremadamente pobres, mientras que otras son extremadamente ricas. Muchos viven subyugados bajo regímenes tiránicos; muchos son vulnerables a la violencia, enfermedades y a morir de inanición de manera prematura.
Global Justice Tres preocupaciones centrales (el alcance de la justicia, la justicia distributiva y las instituciones) estructuran el debate sobre la justicia global. Las posiciones principales en tal debate —realismo, particularismo, nacionalismo, la tradición estatalista y el cosmopolitanismo— pueden ser distinguidas por sus diferentes aproximaciones a las preguntas sobre cómo se pueden entender y responder estos hechos, qué se deben los habitantes del mundo los unos a los otros, qué instituciones y que estándares éticos deben ser reconocidos y aplicados en todo el mundo.
Global Justice El amplio contexto filosófico del debate sobre la justicia global, tanto en sus formas contemporáneas como históricas, es el tema de la imparcialidad. Muchas personas creen que tienen mayores y más importantes deberes con los miembros de su familia, sus amigos y compatriotas que con las personas extrañas y los extranjeros. Los cosmopolitas, incluyendo al griego Diógenes de Sinope, se han descrito a sí mismos como "ciudadanos del mundo. Pensadores, como el anarquista utilitarista William Godwin, han argumentado que todos tienen un derecho imparcial de hacer el mayor bien que puedan, sin preferencia por ningún ser humano sobre otro.
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El contexto político del debate es el conflicto de larga duración entre las instituciones más o menos locales: tribus contra Estados, pueblos contra ciudades, comunidades locales contra imperios, estados nación contra las Naciones Unidas. Desde la Edad Moderna hasta el siglo XX, la institución política preeminente fue el Estado, que es soberano, reclama el monopolio del uso legítimo de la violencia en su territorio y existe en un sistema internacional de otros Estados soberanos. En el mismo período, el interés de los filósofos políticos en la justicia se centró casi exclusivamente en los temas domésticos: cómo deben tratar a sus ciudadanos los Estados y qué se deben los conciudadanos el uno al otro. La justicia en las relaciones entre los Estados y entre individuos del otro lado de las fronteras estatales fue puesto en segundo plano como un asunto secundario o dejado para los teóricos de las relaciones internacionales
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Desde la Primera Guerra Mundial, sin embargo, el sistema de Estados ha sido transformado por la globalización y por la creación de instituciones políticas y económicas supranacionales, tales como la Sociedad de Naciones, las Naciones Unidas y el Banco Mundial. En el mismo período y, especialmente, desde la década de 1970, la justicia global se convirtió en un tema importante en la filosofía política. En el debate contemporáneo sobre justicia global, el tema general de la imparcialidad se centra en el significado moral de los límites de la ciudadanía y de la ciudadanía compartida. Los realistas, particularistas, nacionalistas, miembros de la tradición de la sociedad de Estados y los cosmopolitas toman posiciones encontradas con respecto a estos problemas.
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Tres preguntas relacionadas son centrales en el problema de la justicia global: el alcance de la justicia, la justicia en la distribución de la riqueza y otros bienes y las instituciones responsables de la justicia. Los universalistas morales argumentaban que existían estándares éticos objetivos que aplican a todos los seres humanos, sin importar su cultura, raza, género, religión, nacionalidad y otras características distintivas. Eran rebatidos por el relativismo moral, según el cual los estándares éticos solo aplicaban en contextos limitados, tales como la cultura, nación, comunidad o asociaciones voluntarias.
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Justicia distributiva Pobreza y Justicia social. 2,8 mil millones de personas (ó el 46% de la humanidad) viven por debajo de la línea de la pobreza de 2 dólares por día. Surgen, entonces, las preguntas sobre si la "distribución" de la riqueza y otros bienes es justa, cuál es la causa que origina la pobreza o si existen injusticias sistemáticas en la economía mundial. Asimismo, se cuestiona si los ricos tienen una obligación de ayudar a los pobres o si se trata de un asunto de caridad y, por tanto, es admirable, pero no moralmente requerido. De otra parte, si los pobres deben ser ayudados, cuánta ayuda es necesaria: solo lo suficiente para que puedan cubrir sus necesidades básicas o para que puedan surgir como seres humanos.
Global Justice Derecho al Desarrollo Profesor Sen , Cambridge University Después de estudiar varias catástrofes en la India, Bangladesh y el Sahara desde los años cuarenta, Sen descubrió que las hambrunas se han producido incluso cuando la provisión de alimentos no era diferente de años anteriores y que, en algunas áreas afectadas por el hambre, se habían exportado alimentos. Para Sen, concurren en el fenómeno factores sociales y económicos que afectan a los diferentes grupos de la sociedad, y que influyen sobre la elección de oportunidades. Comprobó que la hambruna de Bangladesh en 1974 se debía en parte a que las inundaciones de ese año habían hecho subir los precios de alimentos, al tiempo que los obreros agrícolas carecían de trabajo, con el consiguiente descenso de su poder adquisitivo.
Global Justice Sen consiguió esclarecer la relación entre la llamada curva de Lorentz, que mide la desigualdad en ingresos, y la distribución de diferentes activos por parte de la sociedad. Una norma habitual para medir el bienestar de una sociedad es el porcentaje de sus habitantes que se encuentra por debajo de lo que se califica de antemano índice de pobreza, pero esta teoría ignoraba los diversos grados de pobreza entre los menos favorecidos. Para solucionar esta deficiencia, Sen elaboró un índice para medir la pobreza, teniendo en cuenta el bienestar de los individuos, que ha sido utilizado desde entonces por muchos investigadores.
Global Justice Uno de los problemas que se encuentran al comparar el bienestar de diferentes sociedades es que los indicadores habituales, como los ingresos per capita, solo tienen en cuenta la ''situación media'' de la población. Amartya Sen ha señalado que los principios éticos bien fundados suponen la igualdad entre los individuos, pero como la habilidad para aprovechar la igualdad de oportunidades varía con cada persona, el problema de la distribución de bienestar nunca podrá resolverse del todo.
Global Justice Bibliografía profesor Sen
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Choice, Welfare and Measurement por Amartya Kumar Sen On Economic Inequality por Amartya Sen y James E. Foster Poverty and Famines : An Essay on Entitlement and Deprivation por Amartya Sen Commodities and Capabilities por Amartya Sen Hunger and Public Action (Wider Studies in Development Economics) por Jean Dreze y A On Ethics and Economics por Amartya Sen Employment, Technology and Development por Amartya Sen Commodities and Capabilities por Amartya Sen
La TeorĂa de la Justicia de Sen https://www.youtube.com/watch? v=Xs_lDwuAVNs
Justicia Transicional
La justicia transicional se refiere al conjunto de medidas judiciales y políticas utilizadas como reparación por las violaciones masivas de derechos humanos» De esta forma, se busca confrontar los abusos a los derechos humanos de sociedades fracturadas como componente estratégico de una política de transformación para la restauración de la justicia, la reconciliación y el mantenimiento de la paz
Justicia Transicional La justicia transicional se refiere a aquellos procesos de transición de una dictadura a una democracia o de un conflicto armado a la paz, en los que es necesario equilibrar las exigencias jurídicas (garantía de los derechos de las víctimas a la verdad, justicia, reparación y garantía de no repetición) y las exigencias políticas (la necesidad de paz) que requieren dichas transiciones. Los procesos de justicia transicional se caracterizan por una combinación de estrategias judiciales y no judiciales, tales como la persecución de criminales, la creación de comisiones llamadas de la verdad y otras formas de investigación del pasado violento, la reparación a las víctimas de los daños causados, la preservación de la memoria de las víctimas y la reforma de instituciones tales como las dedicadas al servicio secreto, la policía y el ejército, con el firme propósito de prevenir futuras violaciones o abusos. Este enfoque surgió a finales de los años 80 y principios de los 90, principalmente como respuesta a cambios políticos y demandas de justicia en América Latina y en Europa oriental.
Justicia Transicional "Una rama de la justicia que enuncia un enfoque diferente al contravencional, asumido por las sociedades para hacer frente al legado de violaciones generalizadas y sistemáticas de los derechos humanos. Este proceso tiene efecto mientras se lleva a cabo el tránsito de un período de conflicto violento u opresión hacia la paz, la democracia, el Estado de derecho y el respeto de los derechos individuales y colectivos."3 El origen del término se remonta al período de Postguerra de la Segunda Guerra Mundial (1945-1947) con la creación del Tribunal Militar Internacional de Nuremberg y los juicios de los soldados japoneses, concepto que ganó fuerza y coherencia en la década de 1980 y en adelante, comenzando con los juicios de ex miembros de las juntas militares en Grecia (1975) y Argentina (Juicio a las Juntas, 1983). El enfoque de la justicia de transición en los años 1970 y 1980 fue en la justicia penal con énfasis en la promoción de los derechos humanos y el derecho humanitario. Estos sucesos provocaron el aumento progresivo de defensa de los derechos humanos que culminaron en el establecimiento de convenciones internacionales. Aunque probablemente sus orígenes se remonten a épocas muy distantes, como en Atenas, después de la derrota con Esparta en el 404 a.C. y su posterior restauración democrática en el 403 a.C.
Justicia Transicional Para la Organización de las Naciones Unidas (ONU), se señala que por programa de justicia restaurativa se entiende "todo programa que utilice procesos restaurativos e intente lograr resultados restaurativos". Por proceso restaurativo, "se entiende todo proceso en que la víctima, el delincuente y, cuando proceda, cualesquiera otras personas o miembros de la comunidad afectados por un delito, participen conjuntamente de forma activa en la resolución de cuestiones derivadas del delito, por lo general con la ayuda de un facilitador".5 A finales de 1980 y principios de 1990 se produjo un giro en el enfoque de la justicia transicional alimentado por la ola mundial de democratización, surgiendo como un nuevo campo de estudio de la democratización. La justicia transicional amplió su ámbito de aplicación del estrecho campo del derecho a las consideraciones políticas de desarrollo de instituciones democráticas estables y la renovación de la sociedad civil.
Justicia Transicional
Los estudios realizados por expertos sobre la transición de regímenes autoritarios a los democráticos, incluidas las de Samuel Huntington, O'Donnell y Schimiter, han integrado el marco de justicia transicional en el examen de los procesos políticos inherentes a un cambio democrático. Los desafíos de la democratización en los períodos de transición son muchos: la solución de las cuentas del pasado sin descarrilar el progreso democrático, el desarrollo judicial o movimientos capaces de resolver los conflictos, la reparaciones de daños, e incluso el desarrollo de programas educativos para la conservación de la memoria histórica de una nación.
Justicia Transicional Comisiones de la Verdad Una de las innovaciones en particular es la aparición de comisiones de la verdad. Empezando con Argentina en 1983, Chile en 1990, y el más popular, Sudáfrica, en 1995. Las comisiones de la verdad se han convertido en un símbolo de la justicia transicional, que aparece en las sociedades en transición en América Latina, África, Asia, Europa del Este. En los últimos años se han visto las propuestas de comisiones de verdad y reconciliación en zonas de conflicto del Medio Oriente y es probable que estas instituciones de justicia transicional que algún día tendrá un lugar central en Israel y en Palestina, Irak, Líbano y las regiones kurdas. Asimismo, las guerras en los Balcanes y Ruanda, junto a la posterior creación de tribunales internacionales para tratar las violaciones masivas de derechos humanos ocurridas, propiciaron la incorporación del Derecho Internacional al campo de la Justicia Transicional. En este campo, los procesos de paz surgidos durante los noventa han encontrado herramientas esenciales para la construcción y el mantenimiento de la paz.
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