Informes de gestión PP Sevilla (Comentado)

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INFORME DE EJECUCIÓN DEL PLAN PARCIAL SEVILLA


AMBITO

UAU

TOTAL APROVECHAMIENTOS COMERCIO GRAN FORMATO COMERCIO DE MEDIANO FORMATO COMERCIO DE PEQUEÑO FORMATO

VIVIENDA

164.656

COMERCIO SERVICIOS

53.710 19.504 18.203 1.5930

93.284

TOTAL

% PARTICIPACION

311.650

100%

Aprovechamientos del P.P PARTICIPACIÓN DE USOS DENTRO DEL POLÍGONO SERVICIOS 30%

VIVIENDA 53%

COMERCIO 17%

Ámbitos residenciales N‐S Ámbito Ciencia y Tecnología Ámbito Salud


Ejecuci贸n UAU 18. Promotora Bosque Plaza Centro comercial Bosque Plaza


INDICADORES GENERALES Predios

( 16 hectáreas) 155.934 m2 392

UAU

20 y 3 AMES

UAU EJECUTADA

1. Centro Comercial Bosque Plaza (UAU 18)

Área polígono

Área construida proyectada 311.650 m2 Vivienda Comercio

164656 m2 ‐ 53% 53710 m2 ‐ 17%

Servicios Índice de construcción Número de Viviendas Espacio público Adicional

93284 m2 ‐ 30% Pasa de 1.00 a 4.00 Pasa de 820 a 2000 aprox. 35.952 m2


PERIODO 2012 – 2015 RECURSOS EDU INVERTIDOS EN PLAN PARCIAL SEVILLA

ACTIVIDAD GESTIONADA

RECURSO EDU

CONVENIO

CENSO

CONVENIO RUTA N

AVALÚOS DE REFERENCIA PARA ANUNCIO DE PROYECTO

ANUNCIO DE PROYECTO CONJUNTO CON DISTRITO MEDELLINNOVATION

$300´000.000


AVANCES EN GESTIÓN Nombramiento EDU Operador Urbano de Sevilla.

Resolución 003 de 2014

Declaración de urgencia por motivos de utilidad pública e Resolución 062 de 2014. interés social, la ejecución y desarrollo de Sevilla. Diseño de redes de acueducto y alcantarillado externas para todo el polígono de intervención y gestión ante EPM (Recursos de operación urbana) Gestión para la financiación de infraestructura

Levantamiento topográfico, invetario de redes de acueducto y alcantarillado y diseños TIF, otros instrumentos y EPM

Convenio con Ruta N. ‐ Censo y Anuncio de proyecto (protección a moradores)

259 de 14

Administración de recursos de cargas y obligaciones

$1673 millones (redes, vias, equipamiento, ep)

LO QUE SIGUE Gestión de recursos para las compensaciones a los moradores, y ajuste de las mismas al Decreto 543 de 2013. Gestión de recursos para financiar la infraestructura de servicios públicos y Espacio Público. Continuar Convenio con RutaN y EPM para el desarrollo del Distrito de la Innovación y la Tecnología. Iniciar la Gestión social y predial. (2 UAU)





edu ASOCIADOS:

CONVENIO DE ASOCIACIÓN

NÚMERO 259 DE 2014 (13 DE NOVIEMBRE)

EMPRESA DE DESARROLLO URBANO-EDU· CORPORACIÓN RUTA N MEDELLiN CENTRO DE INNOVACIÓN Y NEGOCIOS NIT 900323466-1

OBJETO:

CONVENIO DE ASOCIACIÓN PARA AUNAR ESFUERZOS TÉCNICOS, ADMINISTRATIVOS, SOCIALES, JURIDICOS Y FINANCIEROS, PARA LA FORMULACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN MAESTRO DISTRITO MEDELLINNOVATION Y SUS DEMAS INSTRUMENTOS DE PLANIFICACIÓN, GESTIÓN Y FINANCIACIÓN, CON LA INTENCIÓN DE GARANTIZAR SU ADECUADA ARTICULACIÓN CON LAS DISPOSICIONES DEL PLAN PARCIAL SEVILLA.

VALOR:

TRESCIENTOS TREINTA MILLONES SETECIENTOS NOVENTA MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS M.L. ($330.790.436), DISCRIMINADOS DE LA SIGUIENTE MANERA: A.

APORTES DE LA EDU: OCHENTA MILLONES DE PESOS M.L.

($80.000.000) APORTES DE RUTA N: DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES SETECIENTOS NOVENTA MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS M.L. ($250.790.436)

B.

PLAZO:

HASTA El 31 DE DICIEMBRE DE 2015

Entre los suscritos, MARGARITA MARIA ÁNGEL BERNAL, identificada con cédula de ciudadanía Nº 21.386.058, en calidad de representante legal de la EMPRESA DE DESARROLLO URBANO -EDU-, en su condición de Gerente General de la Entidad, nombrada mediante el Decreto Municipal Nº

0001

del

01

de

enero 2012, quien para efectos de este convenio se denominará LA EDU , de una parte, y de otra parte, JUAN

CAMILO GÓMEZ JIMÉNEZ, identificado con la cédula de ciudadanía Nº 71.753.074, quien en su condición de Director Ejecutivo Suplente, actúa en calidad de representante legal suplente de CORPORACION RUTAN MEDELLIN CENTRO DE INNOVACI ÓN Y NEGOCIOS, designado mediante Extracto de Acta No 9 del 17 de diciembre de 2010, de la Junta Directiva, registrada en Cámara de Comercio el 14 de febrero de 2011, en el libro 1, bajo el número 399, quien para efectos de este convenio se denominará RUTA N, han acordado

suscribir el presente convenio interadministrativo de asociación, regulado en el articulo 95 de la Ley 489 de 1998, previas las siguientes:

CONSIDERACIONES A.

Que el artículo 113 de la Constitución Política señala que los diferentes órganos del Estado tienen nciones separadas, pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines.

A {(

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Linea de atención al cliente: 018000410926- Fax: 5718693 HomePage: www.edu.gov.co- E-mail: info@edu.gov.co - Medellín. Colombia


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edu B.

CONVENIO DE ASOCIACIÓN NÚMERO 259 DE 2014 (13 DE NOVIEMBRE)

Que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con

fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad y las autoridades administrativas deben coordinar sus actividades para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado, acorde con el Artículo 209 de la Constitución Política.

C.

Que el Articulo 95 de la Ley 489 de 1998 señala que las entidades públicas podrán asociarse con el

fin de cooperar en el cumplimiento de funciones administrativas o de prestar conjuntamente servicios que se hallen a su cargo, mediante la celebración de convenios interadministrativos o la conformación de personas juridicas sin ánimo de lucro.

D. Que el Plan de Desarrollo 2012-2015 ·un hogar para la vida", en su Línea 3: Competitividad para el Desarrollo Económico con equidad se plantea el Programa: Distrito Cientifíco, Tecnológico y de Innovación. Se establece como responsable el Departamento Administrativo de Planeación Municipal (DAPM) y corresponsables a la Corporación Runa N, Articulación Alianza Medellin Antioquia AMA y Empresa de Desarrollo Urbano-EDU-.

E.

Que el programa Distrito Científico, Tecnológico y de Innovación pretende la creación de una

plataforma normativa y urbana en una porción del territorio para que impulse el desarrollo económico de la ciudad a través del asentamiento de actividades económicas basadas en Ciencia, Tecnologia e Innovación, y que además responda a la demanda continua de empresas locales, nacionales e internacionales que están requiriendo espacios para asentarse en esta zona de la ciudad.

F.

El primer paso de este programa es la formulación del Plan Maestro del Distrito de la innovación, el

cual comprende la definición de las estrategias que se aplicarán para lograr la atracción de las actividades económicas a este territorio comprendido entre los barrios Sevilla, Jesús de Nazareno y Chaguala al Norte de Medellín, tal y como lo indica el Plan de Desarrollo Municipal, en el cual se pretende consolidar en este sector el corazón de la innovación en la ciudad, en un ambiente digital, donde la diversidad y la inclusión reflejen la idiosincrasia y soporten el surgimiento y crecimiento de las nuevas industrias del Siglo XXI.

G.

Que mediante el Decreto 0674 d e 2010 se adoptó el Plan Parcial Sevilla para el polígono de tratamiento de redesarrollo segundo grupo Z1-RED-3. El articulo 5 en su inciso 5 del mismo decreto señala que: "Las intervenciones a realizar dentro de estos ámbftos propenderá por la consolidación de la vocación del Barrio, definida en el Plan de Ordenamiento Territorial como un área especializada en Salud, Ciencia y Tecnología, sin olvidar el uso residencial de tradición y su convivencia con el comercio y los servicios de escala barrial, con un elevado estándar de calidad en los espacios públicos urbanos (.. y (NFT).

H.

Que RUTA N Medellin es una corporación creada por la Alcaldía de Medellín, UNE y EPM, con

patrimonio 100% público, que tiene por objeto el direccionamiento, participación, coordinación, consolidación, organización, fomento, desarrollo, difusión y operación de la política y las actividades de ciencia, tecnología, innovación y emprendimiento de base tecnológica, para promover el desarrollo de negocios innovadores basados en tecnología, que incrementen la competitividad de la ciudad y de la región.

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CONVENIO DE ASOCIACIÓN NÚMERO 259 DE 2014 (13 DE NOVIEMBRE)

l. Que RUTA N Medellín es la entidad encargada de direccionar las estrategias de desarrollo económico basado en innovación y de formular el Distrito Científico, Tecnológico y de Innovación como proyecto estratégico para la ciudad. J. Que la-EDU-, es una empresa Industrial y Comercial del Estado del nivel descentralizado del Municipio de Medellín, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera, que tiene como objeto principal la gestión y operación urbana

e inmobiliaria, el desarrollo, la ejecución, la

asesoría y la consultoría de planes, programas y proyectos urbanos e inmobiliarios en los ámbitos municipal, departamental, nacional e internacional.

K.

Que la EDU, es la entidad encargada de ser operador urbano del Plan Parcial Sevilla, de

conformidad con la Resolución No. 003 de Enero 17 de 2014.

L.

Que el Plan Parcial Sevilla tiene incidencia directa en el desarrollo del Programa Distrito Científico,

Tecnológico y de Innovación por tratarse de alguna parte del mismo territorio, por lo que se hace necesario suscribir un convenio interadministratívo de asociación, para aunar esfuerzos entre las entidades públicas para la ejecución del Programa Distrito Científico, Tecnológico y de Innovación y por ende el desarrollo inmobiliario de la vocación de salud, ciencia y tecnología del Plan Parcial Sevilla.

M.

Que el inciso final del artículo 3 de la Resolución JD-05 de 2013 "Por medio de la cual se adopta el

Manual Interno de Contratación de la Empresa de Desarrollo Urbano -EDU-", establece que la EDU podrá celebrar los convenios de asociación que la entidad estime necesarias para la ejecución de su objeto social.

N.

Que, por su parte, al amparo del artículo 5, numeral 1.1. de la Resolución JD 005 de 2013, el

presente convenio se suscribe como producto del proceso de selección llevado a cabo bajo la modalidad de Contratación Directa, en razón a que el presupuesto oficial estimado para el objeto a contratar es superior a quinientos (500) salarios mínimos legales mensuales vigentes, contemplando la sumatoria de los eventuales aportes económicos de cada uno de los asociados.

O.

Que, además, como la EDU es una Empresa Industrial y Comercial del Estado -entidad

descentralizada-, del orden municipal, y la Corporación Ruta N es una entidad descentralizada indirecta (arts. 71 y 227, Decreto 1364 de 2012), el presente es también un convenio interadministrativo, al tratarse de un acuerdo entre dos entidades públicas, y, por tal razón, estuvo precedido del procedimiento de contratación directa, de acuerdo con el numeral 1.1.3. del articulo 5° de la Resolución JD 005 de 2013. P.

En cumplimiento de lo establecido en el numeral 8° de la Resolución GG 635 del 6 de mayo de 2013,

el proceso de selección de RUTA N, bajo la modalidad de contratación directa, fue aprobado en Comité de Contratación de la EDU, según consta en Acta Nº 77 del 12 de noviembre de 2014.

Q.

Que de acuerdo a lo anterior, las partes acuerdan suscribir el presente convenio interadministrativo de asociación, que se regirá por las siguientes:

CLÁUSULAS

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edu

CONVENIO DE ASOCIACIÓN NÚMERO 259 DE 2014 (13 DE NOVIEMBRE)

ESFUE RZOS TÉCNICOS, ADMINISTRATIVOS, SOCIALES, JU RIDICOS Y FINANCIE ROS, PARA LA FORM ULACI ÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN MAESTRO DISTRITO MEDELLINNOVATION Y SUS DEMAS INSTRUMENTOS DE PLANIFICACIÓN, GESTI ÓN Y FINANCIACI ÓN, CON LA INTENCIÓ N DE GARANTIZAR SU ADECUADA AR TICULACIÓN CON LAS DISPOSICIONES DEL PLAN PARCIAL SEVILLA. ASOCIACIÓN

PARA AUNAR

PRIMERA. OBJETO:

CONVENIO

SEGUNDA. ALCANCE:

En observancia del objeto y los compromisos de cada una de las partes, se

DE

adelantarán las actividades que seguidamente se mencionan, y las que se relacionen con el cumplimiento del

los fines que guían la presente asociación, dentro del marco de los aportes económicos de ambas entidades: 1.

La EDU, corno el operador urbano del Plan Parcial Sevilla, deberá realizar las labores que están descritas en el Decreto 0674 de 2010 y su documento técnico de soporte en consonancia con la filosofía de desarrollo del distrito MEDELLINNOVATION .

2.

RUTA N, como la entidad encargada de direccionar las estrategias de desarrollo económico del distrito MEDELLINNOVATION corno proyecto estratégico para la ciudad, deberá coordinar sus labores con La EDU, para la ejecución del Plan Parcial Sevilla.

3.

RUTA N y la EDU se comprometen a elaborar o contratar un estudio de caracterización terrijorial de los aspectos cuantitativos y cualitativos de las dinámicas de la población que habita en el polígono del Plan Parcial Sevilla, el cual permitirá identificar la estructura y particularidades de los grupos familiares, las condiciones habítacionales y la especificidad de las unidades económicas de carácter formal e informal allí ubicadas, al igual que elaborar el perfil social y demográfico de los propietarios, habitantes y trabajadores de dichas unidades, e identificar la población vulnerable objeto de la protección a moradores.

TERCERA. COMPROMISOS

DE LA ED U. Durante la ejecución del presente convenio ínteradministrativo de asociación, son compromisos de la EDU, los siguientes:

1. 2. 3.

Brindar colaboración en asuntos técnicos, administrativos, sociales, ambientales y jurídicos a RUTA Nen la formulación Distrito MEDELLINNOVATION, en función de lo establecido para el polígono de intervención del Plan Parcial Sevilla. Definir los mecanismos de gestión para la habilitación del suelo que requieran las empresas invitadas por RUTAN para establecerse en el polígono del plan parcial Sevilla. Plantear alternativas inmobiliarias y volumétricas de desarrollo de las Unidades de Actuación Urbanísticas (UAU) mediante ámbitos de desarrollo por usos de acuerdo con las estrategias definidas por el Decreto 674 de 2010.

4.

Convocar promotores inmobiliarios e inversionistas constructores para la ejecución de proyectos para la venta o alquiler de los espacios requeridos por las empresas interesadas e invijadas por

5.

Administrar, actualizar y velar por el cumplimiento del reparto de cargas y beneficios del Plan Parcial

6.

Sevilla. Recibir o trasladar los recursos económicos aportados por RUTA N o la EDU, según el caso, con el fin de adelantar las gestiones necesarias para la ejecución del programa de gestión social conforme

RUTAN.

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Alceld•• de t.Ae<tclUn

lo establece el Decreto 0674 de 2010 del área de intervención del plan parcial Sevilla, de acuerdo con las necesidades de la EDU y RUTAN.

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CONVENIO DE ASOCIACIÓN NÚMERO 259 DE 2014 (13 DE NOVIEMBRE)

7.

Recibir o trasladar los recursos económicos aportados por RUTA N o la EDU según el caso. con el fin de adelantar los estudios conjuntos de carácter técnico, ambiental, financiero y juridico para el desarrollo y ejecución del plan parcial Sevilla, de acuerdo con las necesidades de la EDU y RUTA N.

8.

Gestionar el desarrollo

del suelo de las UAU a intervenir en el Plan Parcial Sevilla, para la

participación de los propietarios individuales en forma aislada por grupos de propietarios asociados voluntariamente o de manera obligatoria a través de unidades de actuación urbanistica en la ejecución de las mismas.

9.

Plantear esquemas de negociación de predios y alternativas de pago de los mismos con los actuales propietarios que dinamice la ejecución del proyecto plan parcial Sevilla.

1 O. Solicitar la documentación de las UAU ante el DAPM, cuando se requiera, para la ejecución del Plan Parcial Sevilla. 11. Modelar la estructuración financiera de los proyectos inmobiliarios del Plan Parcial Sevilla a la luz del reparto de cargas y beneficios contemplados en el decreto 0674 de 2010 ó el que lo notifique. 12. Proponer y estructurar los mecanismos de administración y financiación conteíll)lados en el decreto

0674 de 2010 y el documento técnico de soporte por cada UAU.

13.

Realizar, con cargo a las cargas del plan, los estudios técnicos que requiere el Plan Parcial Sevilla tales como levantamiento topográfico, investigación de redes hidrosanitarias y diseño de redes externas de acueducto y alcantarillado.

14.

Coordinar con las empresas prestadoras de servicios públicos los diseños y aprobaciones

necesarias para la puesta en marcha y operación de cada una de las UAU del Plan Parcial. 15. Elaborar los proyectos de delimitación de las UAU cuando aplique, y su respectivo trámite ante el DAPM. 16. Contar con personal idóneo y disponible para la ejecución de este convenio de asociación.

17. Designar un funcionario para adelantar las labores de supervisión de las activdades del convenio, quién además de supervisar tendrá entre otras las siguientes funciones:

b.

Asesorar al comité interinstltucional de seguimiento a este convenio Preparar informes de las gestiones adelantadas en virtud del objeto del presente convenio

c.

Citar como minimo a dos reuniones mensuales y a las que sean necesarias, para informar y

a.

analizar los lineamientos, directrices y todo lo concerniente a la ejecución del programa de gestión social, incluyendo las labores que se adelanten antes, durante y después con los diferentes actores de acuerdo con las necesidades de la EDU y RUTAN.

CUARTA. COMPROMISOS DE RUTA

N:

Durante la ejecución del presente convenio interadministrativo de

asociación, son compromisos de RUTA N, desarrollar los siguientes:

1.

Adelantar las actividades necesarias para la formulación y adopción del Plan Maestro del Distrito Í MEDELLNNOVATION, en aplicación de lo dispuesto en los planes de Desarrollo y Ordenamiento

2.

Gestionar la vinculación de empresas de Ciencia, Tecnologia e Innovación a los proyectos

Territorial Municipal.

3.

identificados en el plan parcial Sevilla de acuerdo con su vocación. Recibir o trasladar los recursos económicos aportados por La EDU o RUTA N, según sea el caso, con el fin de adelantar las gestiones necesarias para la ejecución del programa de gestión social conforme lo establece el Decreto 0674 de 2010 del área de intervención del Plan Parcial Sevilla, de acuerdo con las necesidades de la EDU y RUTA N.

Alcaldle de rAedellln

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CONVENIO

4.

DE

ASOCIACIÓN NÚMERO 259 DE 2014 (13 DE NOVIEMBRE)

Recibir o trasladar los recursos económicos aportados por La EDU o RUTA N, según sea el caso, con el fin de adelantar los estudios conjuntos de carácter técnico, social, ambiental, financiero y jurídico para el desarrollo del Plan Parcial Sevilla, de acuerdo con las necesidades de la EDU y

5.

6.

RUTAN. Hacer la promoción del Distrito Científico, Tecnológico y de Innovación y del Plan Parcial Sevilla a los clientes potenciales. Identificar potenciales inversionistas interesados en asentarse en el polígono del Distrito Científico, Tecnológico y de Innovación y en el polígono del Plan Parcial Sevilla.

7.

Apoyar la consolidación del modelo de gestión inmobiliaria para la ejecución del Plan Maestro del Distr�o y del Plan Parcial Sevilla, de acuerdo con las dinámicas del mercado.

8. 9.

Contar con personal idóneo y disponible para la ejecución de este convenio de asociación.

10.

Presentar informes mensuales que den cuenta de la inversión de los aportes y no destinarlos a la generación de honorarios, utilidad o emolumento alguno.

11.

Designar un funcionario para adelantar las labores de supervisión de las actividades del convenio,

Destinar los aportes económicos exclusivamente a la ejecución de las actividades que hacen parte del convenio de asociación.

quién además de supervisar tendrá entre otras las siguientes funciones: a. Asesorar al comité interinsrnucional de seguimiento a este convenio b. c.

Preparar informes de las gestiones adelantadas en virtud del objeto del presente convenio Citar como mínimo a dos reuniones mensuales y a las que sean necesarias, para informar y analizar los lineamientos, directrices y todo lo concerniente a la ejecución del programa de gestión social, incluyendo las labores que se adelanten antes, durante y después con los diferentes actores de acuerdo con las necesidades de la EDU y RUTAN.

QUINTA. LUGAR DE EJECUCIÓN: El lugar de ejecución del presente convenio es el Barrio Sevilla, comuna 4, Ciudad de Medellín, localizado en suelo urbano en el polígono de tratamiento de Redesarrollo Segundo grupo Z1-RED-3.

SEXTA. APORTES: RECURSOS DEL C ONVEN IO: El valor del presente convenio de asociación es de TRESCIENTOS TREINTA MILLONES SETECIENTOS NOVENTA MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS M.L. ($330. 790.436), constituido por los recursos aportados por LA EDU y por los recursos aportados por RUTAN discriminados de la siguiente manera:

A. APORTES DE LA EDU: OCHENTA MILLONES PESOS M.L.

($80.000.000).

B. APORTES DE RUTA N: DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES SETECIENTOS NOVENTA MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS M.L.

($250.790.436). Los valores de los aportes serán invertidos según el presupuesto presentado y aprobado por La EDU y RUTA N, y de acuerdo a las condiciones de contratación del proceso de contratación directa Nº 35 de 2014, adelantado en la EDU.

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edu

CONVENIO DE ASOCIACIÓN NÚMERO 259 DE 2014 (13 DE NOVIEMBRE)

PARÁGRAFO

1: Estos recursos únicamente serán destinados para gastos que tengan como finalidad el cumplimiento del presente Convenio.

PARAGRAFO 2: El valor de los aportes fue tasado, de manera proporcional, al número de encuestas para los

predios estimados en el polígono de planificación donde se encuentra el Plan Parcial Sevilla, y a los beneficios que se obtendrán por los estudios complementarios que se harán para el Distrito Medellinnovation del cual hace parte integral el barrio Sevilla, los cuales arrojarán un análisis y posible soluciones a situaciones sociales, que servirán de insumo para la EDU en la formulación de estrategias para avanzar en la gestión y ejecución del Plan Parcial Sevilla. En el caso de que al momento de realizar los estudios, los predios encontrados puedan ser más o menos de los contemplados en el documento técnico de soporte del Plan Parcial, se estudiará la viabilidad de una adición a los aportes de ambas entidades.

SÉPTIMA. IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: El cumplimiento de los compromisos será atendido con cargo a los recursos de cada entidad, en el marco de sus competencias y de acuerdo con los procedimientos legales que se deba surtir para ello, así: APORTES EDU: Respaldados en la disponibilidad presupuesta! No.1614 y CP No. 3302-259. AP ORTES RUTAN: Respaldados en la disponibilidad presupuesta! No.315. Cada asociado será responsable de mantener la apropiación presupuesta! suficiente, para la atención de los compromisos pactados en el presente convenio de asociación.

OCTAVA: DESEMBOLSO DE LOS RECURSOS:

LA EDU entregará a RUTA N los

recursos que constituyen

el aporte de aquélla al convenio de asociación, de la siguiente manera: OCHENTA MILLONES DE PESOS

M.L. ($80.000.000), correspondientes

a la totalidad de los aportes por parte de la EDU, una vez suscrito por ambas partes el presente convenio de asociación y presentación de la cuenta de cobro o documento equivalente.

PARÁGRAFO: RUTAN deberá informar a la EDU la cuenta bancaria de ahorros, abierta a su nombre, en la cual le serán consignados o transferidos electrónicamente, los aportes que por este convenio le efectúe la EMPRESA DE DESAR ROLLO URBANO -EDU-. Estos aportes económicos, al igual que los de RUTAN, se deberán utilizar exclusivamente para el desarrollo de las actividades que componen el objeto del convenio de asociación que se suscriba y en ningún caso constituirán utilidad para ninguno de los asociados. En caso de que sobren recursos o se produzcan rendimientos sobre los aportes de la EDU, se reintegrarán a esta. En el evento de que no se continúe con la ejecución del proyecto, RUTA N deberá reembolsar a la EDU los recursos que sobren, en proporción al porcentaje que se haya ejecutado del convenio.

Para todos los efectos, el presente convenio es de asociación, y en consecuencia no genera utilidades para ninguno de los asociados. Si las partes lo acuerdan, RUTA N podrá trasladar aportes económicos a la EDU, para que esta atienda compromisos propios del convenio.

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Alceldia de Modollu\

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Linea de atención al cli ente : 018000410926- Fax: 5718693 HomePage: www.edu.gov.co- E·mail: info@edu.gov.co - Medellln - Colombia

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edu

CONVENIO DE ASOCIACIÓN N ÚM ERO 259 DE 2014 (13 DE NOVIEMBRE)

NOVENA. PLAZO Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente convenio interadministrativo de asociación 31 DE DICIEMBRE DE 2015, y se comenzará a ejecutar a partir de su

tendrá una duración hasta el perfeccionamiento.

DÉCIMA: CONFORMACIÓN DE COMITÉ INTERINSTITUCIONAL DE SEGUIMIENTO AL PROCESO: Dada la naturaleza de interés público del proceso, que por medio de este convenio se atiende, las partes acuerdan conformar un Comité de Seguimiento al Convenio, el cual estará integrado por las siguientes entidades: 1.

Representante Legal de La Empresa de Desarrollo Urbano - EDU- o su delegado.

2.

Representante Legal de RUTAN o su delegado.

PARÁGRAFO. FUNCIONES DEL COMITÉ INTERINSTITUCIONAL DE SEGUIMIENTO AL PROCESO: Entre otras, las siguientes serán funciones del Comité de Seguimiento.

1.

Hacer seguimiento permanente de la gestión realizada de cada Entidad y ofrecer

3.

Apoyar en el ámbito que le corresponde el desarrollo de las actividades del convenio. Convenir los lineamientos, metodologías, directrices, decisiones y actividades a realizar con

recomendaciones, alternativas de actuación frente a posibles dificultades que se presenten. 2. Evaluar la necesidad de introducir modificaciones en el convenio para garantizar resultados satisfactorios del mismo. 4.

los diferentes actores, que intervengan o puedan intervenir en el Plan Parcial Sevilla y/o en la formulación del Plan Maestro del Distrito Medellinnovation en virtud del presente convenio. 5. Todas las demás necesarias para la buena marcha del proceso.

DECIMA PRIMERA: PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente conve11io de asociación se considerarán perfeccionado con la suscripción de las partes.

PARÁGRAFO: El presente convenio se publicará en el SECOP si alguna de las entidades está obligada a publicar sus contratos en dicho portal y en la página web de las respectivas entidades.

DECIMA SEGUNDA: EXCLUSIÓN DE OBLIGACIONES LABORALES: Con la suscripción del presente convenio de asociación no se establece ningún tipo de vinculación laboral entre La EDU y RUTA N o entre el personal vinculado a cada una respecto de la otra entidad; actúan de manera independiente, utilizando sus propios medios y con total autonomía profesional y administrativa, sin que medie subordinación de carácter laboral respecto de cualquiera de sus funcionarios. En consecuencia, los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones a que haya lugar en relación con el personal empleado ó contratado para cumplir el objeto del presente convenio, serán de cargo exclusivo de la entidad o entidades a la cual estén vinculados.

DECIMA TERCERA: SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL: Las partes manifiestan con la firma del presente convenio que se encuentran a paz y salvo con sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y parafiscales y que continuarán a Paz y Salvo por este concepto durante la ejecución del presente convenio.

DECIMA CUARTA: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: LA EDU y RUTA N, declaran bajo la gravedad del juramento, el cual se entiende prestado con la suscripción del presente convenio, que no se Carrera 49 44-94 Parque de San Antonio - Conmutador: 5767630

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CONVENIO DE ASOCIACIÓN NÚMERO 259 DE 2014 (13 DE NOVIEMBRE)

hallan incursos en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad previstas en la Constitución Política y la Ley.

DECIMA QUINTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Las partes acuerdan que en el evento de presentarse diferencias en razón de la celebración, ejecución, desarrollo y terminación del presente convenio de asociación procederán a realizar la conciliación prejudicial o extrajudicial antes d e iniciar cualquier acción judicial.

DECIMA SEXTA: PROHIBICIÓN DE CESION: El presente convenio de asoc1ac1on se celebra en consideración a las calidades de EDU y RUTAN; por to tanto, no podrá cederse a persona o entidad alguna diferente.

DECIMA SÉPTIMA: TERMINACIÓN: El presente convenio de asociación se dará por terminado por las siguientes causales: a) Por vencimiento del plazo establecido en este convenio, b) Cuando se dé cabal cumplimiento al objeto establecido en él, c) Por mutuo acuerdo entre las partes, d) Por la imposibilidad técnica, administrativa o legal para continuar con la ejecución del convenio, e) Por las demás causales que señale la Ley.

DÉCIMA OCTAVA: CONFIDENCIALIDAD. LA EDU y RUTA N se comprometen a mantener la confidencialidad de la información que en ejecución de este convenio interadministrativo de asociación compartan, especialmente de los procesos operativos, técnicos, legales, sociales, de mercado, financieros y en general de cualquier información que conozcan con relación a la otra entidad. Para tal efecto, acuerdan que la confidencialidad de la información relacionada con el presente convenio tendrá una vigencia indefinida.

DÉCIMA NOVENA: MODIFICACIONES Y PRÓRROGAS: Cualquier modificación, adición, prórroga o suspensión del presente convenio de asociación, deberá constar por escrito debidamente firmado por las partes. En todo caso, no podrá adoptar decisiones que impliquen la modificación de tos términos y condiciones previstas en el presente convenio de asociación, las cuales únicamente podrán ser adoptadas por los representantes legales de las partes debidamente facultados, mediante la suscripción de las correspondientes modificaciones.

VIGÉSIMA. PROPIEDAD INTELECTUAL, DERECHOS DE AUTOR: La propiedad intelectual relacionada con los derechos de autor y la propiedad industrial de los estudios técnicos, jurídicos, sociales, administrativos y financieros serán propiedad de quienes hubiesen sido elaborados, y por lo tanto, en ningún momento la otra parte podrá disponer de los mismos, ni entregarlos para su consulta a terceros sin previa autorización expresa y escrita de su autor, salvo los estudios que son financiados de forma conjunta por RUTA N y EDU, donde

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ambos serán los titulares de la propiedad intelectual relacionada con los derechos de autor y la propiedad industrial.

A· � l!W

Alcaldia de t.Acdclhn

5767630 018000410926- Fax: 5718693

Carrera 49 44.94 P arqu e de San Antonio - Conmutador: Linea de atención al cliente:

HomePage: www.edu.gov.co- E-mail: info@edu .gov.co - Medellin. Colombia


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CONVENIO DE ASOCIACIÓN NÚMERO 259 (13 DE NOVIEMBRE)

VIGÉSIMA PRIMERA: DOCUMENTOS Y ANEXOS: DOCUMENTOS Y ANEXOS:

DE

2014

Hacen parte integrante

del presente convenio: Los estudios previos elaborados por cada uno de las entidades firmantes. Código de Ética y Buen Gobierno de la EDU.

Las condiciones de contratación y demás documentos que hacen parte del proceso de contratación directa Nº

35 de 2014, adelantado por la EDU.

VIGESIMA SEGUNDA: DOMICILIO:

Para los efectos legales las partes fijan como domicilio la ciudad de

Medellín.

Para constancia se firma en Medellín a los trece (13) dias del mes de noviembre del año dos mil catorce (2014).

�(JJrLJ �o &/'t#'"$" <['. A

JU N CAMILO GÓMEZ JIMÉNEZ Director Ejecutivo Suplente Corporación RUTA N Medellín

0,o\'io}t\O'YlD 0Jn�'le,1. l

GLORIA MARIA GONZÁLEZ Z.

Sugerente de Planeación Estratégica EDU

-t.\J l UAf>. MARIA PAULINA VILLA

Gerente Distrito Medellinnovation

-

RUTAN.

Proyectó:

���í1�t Abogado SGC.

IMl UIU

AlcaJdia de ModclUn

Carrera 49 44-94 Parque de San Antonio

Conmutador: 5767630 Línea de atención al cl iente: 018000410926 Fax: 5718693 HomePage: www.edu.gov.co E-mail: info@edu.gov.co - Medellín - Colombia -

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