ETICA E MEDIAÇÃO

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Oscar Franco Lista de títulos Página principal

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En la entrega anterior, el famoso duende que acecha en los periódicos, omitió el segundo aspecto del articulo relacionado con mis reflexiones sobre la frecuencia con que se han mencionado a la conciliación y a la mediación, como los métodos más idóneos para resolver algunos de los graves conflictos que han aquejado al país en las ultimas semanas. Me llama poderosamente la atención la confusión que existe a todos los niveles sobre ambos procesos, veo con preocupación que algunos casos se pensó en imponer mediadores, en otras ocasiones surgieron personalidades con excelentes intenciones, que manifestaron su intención mediadora y expresaron su indignación porque, desde su óptica particular, se estaba cometiendo una injusticia contra la parte en conflicto que goza de su simpatía o porque por el contrario tal o cual grupo había cometido un acto ilegal, pernicioso, doloso o de mala fe, por tanto debía repararse el daño. Otros mediadores, se acercan a las partes motu propio, sin que estas o una de ellas, este dispuestas a utilizar este método para solucionar el conflicto y por ultimo mediadores con soluciones propias para el conflicto. Repito, me preocupa porque se percibe confusión sobre los principios básicos que imperan en la mediación y la conciliación. Estos son la neutralidad e imparcialidad del mediador, la confidencialidad del proceso, el respeto que el mediador debe tener por las partes y el proceso en defensa del principio inalienable de la ética del mediador y dejo para ultimo, sin reflejar que sea menos importante sino todo la contrario, el principio de autodeterminación de las partes, es decir son ellas las cuales deciden cual es la solución del conflicto que satisface sus intereses preservando el concepto de beneficio mutuo. Estas reflexiones tenían la intención de preparar al lector para el tema de este mes, ya que la mediación y la conciliación son medios alternativos de resolución de conflictos muy exitosos en todo el mundo, la inmensa mayoría de los países latinoamericanos, tienen leyes o reglamentaciones especificas que regulan esta materia, en Venezuela, el Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Caracas, apoyado por asesores foráneos y locales, trabaja en un proyecto, bastante adelantado por cierto, de Ley de Mediación. Ambos procesos han tenido excelentes resultados en todos los ámbitos de su aplicación y todo indica que nuestro país no será una excepción, se observa gran interés por parte de diversos sectores, especialmente en el foro judicial, de lo cual tengo experiencia, ya que semanalmente junto con otros colegas especialistas en el área, dictamos talleres y seminarios, en la capital y en Colegios y Delegaciones de Abogados del interior, como Puerto Ordaz, Barcelona y San Cristóbal por mencionar algunos con la asistencia de decenas de abogados sumamente interesados en conocer estos procesos. El punto al que me refiero en este articulo se centra lo referente a la ética del mediador, importantísimo tema indispensable para garantizar el éxito de la mediación y la conciliación. Las responsabilidades del mediador se subsumen en lo que se denomina la ética del mediador, es decir una especie de código deontológico, cuyas normas le rigen. La mediación que forma parte del quehacer diario de todos ya sea de forma individual o colectiva, dentro del seno de nuestras familias, en el trabajo, en nuestras relaciones de amistad, en fin en todas aquellas situaciones donde de la misma dinámica de la interdependencia humana inevitablemente surgen conflictos. Todos estamos preparados intuitivamente para afrontar estas situaciones conflictivas, lo cual no quiere decir que nuestra capacidad para resolver una disputa sea la misma y en muchos casos


el resultado no es el mejor, sin embargo ante la necesidad de desarrollar la dinámica de nuestras vidas, nos vemos en la en la necesidad y en muchos casos en la obligación, de enfrentar la situación ya sea buscando un arreglo cooperativo o acudiendo a instancias y autoridades que diriman la situación o a extremos que pueden resultar en agresiones sicológicas o físicas y por ultimo asumiendo, la muy común posición, de evadir o negar el conflicto. Todo la anterior es aceptable de acuerdo a las características de cada individuo, y mantiene su espacio siempre y cuando la disputa nos involucre o nos afecte directamente. Ahora bien, que sucede cuando se nos llama o inclusive nos ofrecemos o nos postulan como mediadores o conciliadores en una disputa, en esta circunstancia el papel que asumimos es totalmente diferente y esta directamente relacionada con la ética del mediador, la cual se convierte en la piedra angular del proceso. Si el mediador no conoce, no entiende o no respeta los cánones éticos básicos, corre el riesgo de caer en una actitud irresponsable y hasta culposa, ya que en el ejercicio de su actividad de facilitador de la negociación, puede sin saberlo ni queriendo y lo que es inmensamente peor, sabiendo y queriendo, influir para que la solución que tomen los verdaderos dueños del conflicto, que son las partes, lo hagan de forma irresponsable, desventajosa, ilegal, bajo presión o que se amolde a intereses subalternos de los participantes, incluyendo al de un mediador que no este adecuadamente preparado y entrenado para asumir dicha responsabilidad. La mediación es una actividad profesional específica, la cual inclusive forma parte de pensum de estudios de medios alternativos de resolución de conflictos en diversas universidades como por ejemplo la Nova Southeastern University en la Florida USA, en la cual existen estudios de pre y postgrado hasta doctorado en la materia, al igual que en la Argentina. Universalmente se exigen requisitos específicos para la certificación de mediador o de arbitro e inclusive en el caso de los Estados Unidos, cada estado tiene sus propias exigencias para certificar a los profesionales que se dediquen a esta actividad, manteniendo siempre especial atención en que la conducta sea adecuada, a tal efecto en ese país se trabaja arduamente para instaurar el Código Único Nacional de Ética del Mediador. Considero necesario aclarar algunos conceptos que de acuerdo a lo que se ha expresado pudiesen crear confusión, por ejemplo, ¿Es necesario cursar y graduarse en una universidad en la carrera especifica para ser mediador? No, la inmensa mayoría de los mediadores son profesionales en otras áreas que se capacitan específicamente para ser mediadores. ¿Es necesario o imprescindible ser abogado para ser mediador?. No, la mediación no se limita a cooperar en la resolución de conflictos legales, su ámbito de aplicación es inmenso, existe la mediación escolar, vecinal, comunitaria, medica, gerencial, en materia de seguros, en la construcción y paremos de contar, porque donde surge un conflicto hay campo para la mediación. ¿Entonces, si soy abogado, medico, profesor, maestro, constructor, gerente, corredor de seguros o constructor y la vida y mi intuición me ha capacitado para resolver conflictos, puedo ejercer como mediador?. No, bueno de poder, puede. Pero antes de que lo haga, lo invito a que reflexione sobre la inmensa responsabilidad que asume al intervenir en problemas de terceros sin estar debidamente capacitado, ni conocer los principios de neutralidad e imparcialidad del mediador, de confidencialidad de las partes, ni manejar el concepto de autodeterminación, así como equilibrar y controlar el balance de poder entre los que viven el conflicto. Piense en las consecuencias económicas, morales, sicológicas y hasta físicas que pueden surgir de un acuerdo en el cual, Ud. como mediador facilitador de las negociaciones, desconociendo la esencia del proceso, influyo conciente o inconscientemente. Ahora bien, el lector puede preguntarse de que le sirve conocer los principios básicos de la mediación en el ejercicio de la profesión. De mucho, es una herramienta que puede utilizar para cooperar a la solución no adversarial del conflicto de sus clientes, ya que le abrirá las puertas a entender las técnicas de negociación colaborativa en pro, repito, de sus clientes, además si decide junto con su contraparte solicitar los servicios de


un mediador, sabr谩 como prepararse ya que de antemano conoce en que consiste la mediaci贸n, como se realiza, que esperar y muy importante entiende que el objetivo final es lograr un acuerdo satisfactorio y beneficioso para todos los involucrados. Autor: Oscar J. Franco O. Abogado Conciliador Presidente Centro Venezolano de Conciliaci贸n y Mediaci贸n Tel: 7626658-7627775 Fax: 7630454

Mediation Training Institute International Resources for managing workplace conflict


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