LAS NORMAS QUE REGULAN NUESTRA CONVIVENCIA ESCOLAR
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LAS NORMAS QUE REGULAN NUESTRA CONVIVENCIA ESCOLAR
Los centros docentes, en el marco de su autonomía, elaborarán sus NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO, que deberán incluir los criterios, objetivos y procesos que garanticen la elaboración y el desarrollo del Plan de Convivencia.
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LAS NORMAS QUE REGULAN NUESTRA CONVIVENCIA ESCOLAR DECRETO QUE REGULA LA CONVIVENCIA EN EL ÁMBITO EDUCATIVO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS.
LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN. (LOE) CULTURA DE PAZ EL PROYECTO EDUCATIVO (PE) CON SU PLAN DE CONVIVENCIA.
LA NORMATIVA DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO (NOF) 3
REFERENTE EN NUESTRO PAÍS Ley 27/2005, de 30 de noviembre, de fomento de la educación y
la cultura de la paz “Corresponde al Gobierno promover en todos los niveles del S.E. las asignaturas se impartan de acuerdo con los valores propios de una cultura de paz, y la creación de asignaturas especializadas en cuestiones relativas a la educación para la paz y los valores democráticos” (…) - - -
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LA CONVIVENCIA EN LA LOE 47 artículos que hacen referencia de manera específica a la convivencia. Contemplada en sus fines y principios. La convivencia es tratada en todo momento como parte integrante del proceso de enseñanza y aprendizaje en el que la competencia social y ciudadana supone la columna vertebral que integra y sostiene todo el cuerpo del conocimiento y el desarrollo de la convivencia. Reconoce la atribución de los directores de las competencias para “favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación e imponer las medidas disciplinarias que correspondan”.
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La mejora de la convivencia es una de las prioridades de nuestros centros educativos. De hecho, los fines de la educación son, entre otros: "(c) la educación en el ejercicio de la tolerancia y la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia, así como en la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos. (e) la formación para la paz, en el respeto a los derechos humanos (...)”. Estos fines son los principios fundamentales de la Cultura de Paz.
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CONVIVENCIA C O N F L I C T O
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La Convivencia • La mayor parte de los conflictos se resuelven sin mayor importancia, cada uno se pone en el lugar del otro y las diferencias en la forma de ver y sentir las cosas se comprenden y se respetan.
• Pero a veces… 7
No somos capaces de gestionar de forma adecuada los conflictos, y generamos violencia. En ocasiones, todos los protagonistas del conflicto se sienten perjudicados. Otras veces, una de las partes asume una postura de poder, imponiĂŠndose, y la otra parte se siente dĂŠbil y amenazada. 8
El conflicto es un hecho inherente a la interacci贸n humana porque la diferencia de opiniones, deseos e intereses son inevitables entre las personas.
PRINCIPIO BÁSICO PARA LA RESOLUCIÓN PACÍFICA DE CONFLICTOS
EL DIÁLOGO • Como alternativa a otras posibles respuestas menos constructivas, como son las de agresión y violencia o las de huida o sumisión. 10
El enfoque para educar en convivencia positiva Oportunidad: educar para la convivencia no es renunciar a la existencia de conflictos sino utilizarlos como una oportunidad para educar.
Proactivo: la convivencia es un objetivo fundamental y leg铆timo del proceso educativo, y se trabaja de forma intencionada.
Preventivo: se promueve la creaci贸n de un espacio y un clima que previene la aparici贸n de fen贸menos disruptivos o violentos.
Comunitario: para mejorar la convivencia es importante el compromiso de todos. 11
MODELO DE CONVIVENCIA PROACTIVA
MODELO DE CONVIVENCIA REACTIVA
•
Actúa a priori, se anticipa a los problemas.
•
Actúa a posterior, sigue a los problemas.
•
Intenta resolver el futuro.
•
Intenta resolver el pasado.
•
Considera el orden como un medio para facilitar el aprendizaje.
•
Considera el orden como un fin en sí mismo.
•
Busca saldar cuentas, dejar saldos a cero.
•
Busca construir la convivencia.
•
Ve los conflictos como una ocasión.
•
Ve los conflictos como un problema.
•
Ve los conflictos como algo natural y positivo.
•
Ve los conflictos como algo extraordinario y negativo.
•
“Esto merece ser analizado para que no vuelva a ocurrir”
•
“Esto merece un castigo”
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Para actuar con justicia窶ヲ
Miguel テ]gel Santos Guerra
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Para prevenir la violencia‌
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Para incluir e integrar‌
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Para mirar al conflicto‌
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… COMO UNA OPORTUNIDAD PARA CRECER
" Porque es parte de las relaciones humanas. " Porque tiene una base importante de emociones y sentimientos. " Porque surge en una situación de desacuerdo porque hay diferentes intereses, necesidades, deseos o valores.
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La cultura de la mediaci贸n Un modo de entender la convivencia
conflictos:
Una forma de actuar, de relacionarnos con los y las dem谩s
La herramienta de la
Competencias para
Una manera de gestionar los
mediaci贸n
convivir
COMUNIDAD EDUCATIVA 18
La cultura de mediación ” “Las s e n o i L cree o qu oc … m s e ncia o e s m p i a t e L nsam s” “ en s e u os… Lo q Nuestros principios y valores
“Las acciones” Lo que hacemos… 19
EL CONFLICTO RELACIONAL en la cultura de mediación Los Protagonistas: - Primarios: entre los que surge el malestar - Secundarios: “…más protagonistas, mayor problema…” Las Historias:“...la verdad única no existe…” - El componente emocional es determinante en el conflicto. La Gestión del conflicto: - Autogestión apoyada: participación democrática - Responsabilidad y reparación del daño causado SOLUCIÓN: “...el todo no es igual a la suma de las partes…” • Transformación de la historiaà Eliminación del malestar 20
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¿Cuántos hay?
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Las 12 típicas (Juan Carlos Torrego) • • • • • •
Mandar/Dirigir Amenazar Sermonear Dar Lecciones Aconsejar Consolar/Animar
• Aprobar • Desaprobar • Insultar/Despreciar
• Interpretar • Interrogar • Ironizar
Lo que no hace el mediador… 23
¿CÓMO AFRONTAMOS LOS CONFLICTOS EN EL CENTRO?
COM
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COMPR
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E S O D N É OMETI 24
Estilos de enfrentamiento al conflicto • ESTILO COMPETITIVO: Responde a los intereses personales sin pensar en los intereses de los demás. Actitud: se hace uso del poder y genera en el otro “indefensión aprendida”: el otro aprende que yo soy poderoso/a. Ejemplos: yo no me achanto, mejor golpear primero, yo estoy aquí para ganar…
à Resultado: ganador-perdedor 25
Estilos de enfrentamiento al conflicto
• ESTILO EVITATIVO: No se afronta el problema, no se tiene en cuenta a uno mismo ni a los demás. Actitud: evitar o posponer los conflictos. Ejemplos: ya lo arreglaré luego, total no vale la pena hacer nada, yo no quiero problemas..
àResultado: perdedor-perdedor 26
Estilos de enfrentamiento al conflicto • ESTILO ACOMODATIVO: Se renuncia a atender a los sentimientos e intereses personales. Actitud: ceder a los puntos de vista de los otros. Ejemplos: lo que yo diga no importa, si le llevo la contraria no me querrá, es mejor que te acepten que estar solo…
à Resultado: perdedor-ganador 27
Estilos de enfrentamiento al conflicto • ESTILO COMPROMETIDO: Se buscan soluciones de mutuo acuerdo, negociando a costa de la renuncia parcial a los intereses personales. Actitud: dar y recibir buscando una solución al menos parcialmente satisfactoria para ambos. Ejemplos: Si tu me das algo de razón nos entenderemos, negociemos aunque perdamos algo los dos, ni para ti ni para mi…
à Resultado: los dos ganan algo – los dos pierden algo 28
Estilos de enfrentamiento al conflicto • ESTILO COLABORATIVO/COOPERATIVO:
Incorporación de unos y otros en la búsqueda de un objetivo común. Actitud: explorar el desacuerdo, generando alternativas que satisfagan a ambos. Soluciones creativas, diferentes incluso a las de ambos. Ejemplo: Ahora comprendo tu punto de vista, ya veo que no quisiste hacerme daño, esa solución es mejor que las nuestras, ahora somos mejores amigos que antes….
à Resultado: ganador - ganador 29
El adulto significativo àAUTORIDAD MORAL… El alumno/a le confiere legitimidad: “le permite influir en su comportamiento” …que se construye…
ü Con la fidelidad a determinados principios. ü Con un estilo educativo autorizado/democrático (integra control y afecto). ü Con un estilo comunicacional basado en la escucha activa (evita “las 12 típicas”). ü Con habilidades para la gestión pacífica de los conflictos: estilo cooperativo. ü Con vínculos sanos. ü Con seguridad: “saber ser y saber estar” como… 30
DECRETO 114/2011, de 11 de mayo, por el que se regula la convivencia en el ámbito educativo de la Comunidad Autónoma de Canarias BOC Nº 108, jueves 2 de junio de 2011 TÍTULO I: DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL TÍTULO II: DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
TÍTULO III: PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA TÍTULO IV: CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA Y MEDIDAS APLICABLES
TÍTULO V: ÓRGANO DE DEFENSA DEL ALUMNADO
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Decreto de Convivencia
OBJETO:
AMBITO DE APLICACIÓN:
TÍTULO I: DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL
Regular en los centros docentes: - las relaciones entre los miembros de la comunidad educativa - sus derechos y deberes, - las normas de convivencia - procedimientos para la resolución de conflictos.
A todos los Centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma.
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DEFINICIONES
CONVIVENCIA ESCOLAR: interrelación entre los miembros de la comunidad educativa ACOSO ESCOLAR: intimidación y maltrato entre escolares de forma repetida y mantenida en el tiempo, con la intención de humillar y someter abusivamente a una persona indefensa VIOLENCIA de GÉNERO: toda acción física, psíquica o sexual, directa o indirecta, sobre las mujeres, no deseada por estas.
DISCIPLINA: situación que se da cuando no se respetan las normas CONFLICTO de CONVIVENCIA: situación que se produce entre dos o más miembros de la C.E. cuando al menos una de las partes implicadas percibe y/o está dañada física y/o moralmente por la actuación de la otra.
CONDUCTA DISRUPTIVA: conducta del alumno/a que altera la disciplina o convivencia escolar imposibilitando o entorpeciendo el proceso de enseñanza/aprendizaje MEDIACIÓN: procedimiento para gestionar conflictos. Se basa en el diálogo entre las partes implicadas y la persona mediadora. El acuerdo alcanzado debe ser satisfactoria para ambas partes 33
PRINCIPIOS GENERALES
La educación en el ejercicio de los valores que favorezca la responsabilidad, la tolerancia, la igualdad y el respeto"
La corresponsabilidad de todos los miembros de la C.E. para conseguir un clima escolar adecuado"
El respeto por los derechos y deberes de todos los componentes de la C.E. y la garantía El reconocimiento de la autoridad del profesorado para un correcto desarrollo del de su protección y defensa" proceso educativo"
Igualdad: todos el alumnado tiene los mismos derechos y deberes básicos "
La relevancia de los órganos colegiados y de los equipos directivos en el impulso de la convivencia "
El desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje en un clima de respeto mutuo" La inclusión e integración de culturas"
La importancia de la acción preventiva"
La colaboración con los centros de las instituciones y agentes sociales"
La autogestión de conflictos como una oportunidad de formación
El compromiso de la Administración educativa de establecer líneas de colaboración y coordinación con otras Adminstraciones"
La participación de la C.E. en la elaboración, control del cumplimiento y evaluación de las normas de convivencia"
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PRINCIPIOS en los PROCEDIMIENTOS PARA GESTIONAR CONFLICTOS
Un cambio de paradigma. FINALIDAD DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS
ESENCIALMENTE EDUCATIVA
CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS
DESARROLLO DE COMPETENCIAS BÁSICAS
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INTERVENCIÓN MÍNIMA
SUPERIOR INTERÉS DEL ALUMNADO
GRADUACIÓN PRINCIPIOS DE LA GESTIÓN DE CONFLICTOS
OPORTUNIDAD
PROPORCIONA LIDAD
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Yaritza es una alumna de 1º de la ESO que padece un trastorno de control de los impulsos. En los primeros días de curso manifestó alguna conducta agresiva pero, tras comenzar un tratamiento psicológico y encontrarse en el programa de tutorías afectivas del centro (5 meses), no ha protagonizado incidencias con agresividad ni violencia. Ante un conflicto con otro alumno de su clase (Enrique), ella le agrede empujándolo contra una mesa y dándole un fuerte cachetón y una patada fruto de la ira y de la incapacidad de controlarse. Acto seguido, Yaritza muestra sincero arrepentimiento y le pide disculpas. Enrique acepta las disculpas y le perdona la acción pero le pide que se comprometa a no volver a hacerlo. Esta conducta contraria a la norma es considerada como grave según el Plan de Convivencia de ese centro y podrían por ello aplicarle diferentes medidas. Reunido el Equipo de Gestión de Convivencia y, tras analizar este caso, han valorado: el trastorno que padece la alumna (principio de interés de la menor). que ha sido una conducta aislada, que ha mostrado en los últimos meses una gran mejoría en su comportamiento y que se esfuerza diariamente por mejorar (principio de oportunidad). que como atenuantes ha mostrado inmediato arrepentimiento y ha pedido disculpas (principio de graduación). que ambos han mostrado interés por resolverlo entre ellos (principio de intervención mínima). Tras esta valoración acuerdan derivar este conflicto a mediación y, si llegan a un acuerdo y éste se cumple, no aplicar 37
Decreto de Convivencia
TÍTULO II: DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
DERECHOS DEL ALUMNADO • Recibir una educación integral: respeto a los principios democráticos y a la igualdad entre hombres y mujeres, aprendizaje de métodos no violentos en la resolución de conflictos,… • Derecho al respeto: protección contra toda agresión, la no discriminación, confidencialidad en sus datos,… • Evaluación objetiva del aprendizaje: conocimiento de los criterios de evaluación, calificación, promoción y titulación, información a las familias del proceso de aprendizaje, derecho a reclamar las decisiones y calificaciones académicas,… • Participar en el funcionamiento y en la vida del centro: a través de los delegados/as, representantes en el Consejo escolar y asociaciones. • Derecho a la manifestación de la discrepancia: el plan de convivencia lo regulará, las decisiones colectivas de inasistencia a clase sólo podrán afectar al alumnado a partir de 3º (no se sancionará si se comunica previamente a la dirección), …. • Atención inmediata al alumnado menor: prevención de situaciones de riesgo y de desamparo. • Igualdad de oportunidades. 38 • Protección social.
DEBERES DEL ALUMNADO
•
• • • •
Deber de estudio y asistencia a clase: actitud participativa y atenta sin interrumpir las clases, traer material necesario, respetar el derecho de estudio de sus compañeros, realizar las actividades encomendadas por el profesorado,.. Respeto al profesorado: reconocer su autoridad, tanto en su labor docente como en la de organización y funcionamiento del centro. Respeto a la comunidad educativa. Respetar las normas de convivencia. Colaborar en la obtención de información por parte del centro: datos necesarios para el ejercicio de la labor educativa. 39
DERECHOS DE LAS FAMILIAS
•
•
•
Participar en los procesos educativos de sus hijos/as: información sobre el aprendizaje de sus hijos, reclamaciones formuladas y sobre los procesos de resolución de conflictos. Ser oídos en las decisiones que afecten a sus hijos/as: orientación personal, académica y profesional y solicitar al Consejo escolar la revisión de las resoluciones adoptadas sobre ellos. Participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro: a través del Consejo escolar.
DEBERES DE LAS FAMILIAS • Deber de compromiso: • Colaborar con el centro en el proceso de enseñanzaaprendizaje de su hijo/a, si no lo hace, la dirección del centro avisará de ello a la Administración educativa. • Asistir a las reuniones o facilitar la comunicación con el centro. • Conocer y participar en la evolución académica de sus hijos/ as: obligación de estimular a sus hijos/as hacia el estudio, garantizar la asistencia a clase y a las actividades e implicarse en la mejora y rendimiento del alumno/a. • Respeto a las normas del centro: obligación de hacer respetar a sus hijos las normas y facilitar los datos 40 personales.
DERECHOS DEL PROFESORADO
DEBERES DEL PROFESORADO
•
• Derecho al respeto personal. • • Autonomía: tomar las decisiones necesarias para mantener un adecuado clima de convivencia. • Formación permanente. • • Consideración de autoridad pública. • Protección legal y defensa jurídica. • •
Cumplimiento de las normas de convivencia y demás normativa del centro. Contribuir a la mejora de la convivencia escolar: mantener la disciplina, corregir comportamientos e informar de las conductas contrarias a la convivencia. Colaborar e informar a las familias: sobre las normas de convivencia, los incumplimientos de éstas y medidas correctoras. Deber de formarse: Sobre resolución de conflictos y el uso adecuado de las TICS. 41 Sigilo profesional.
El otorgamiento de la condición de autoridad pública al conjunto del profesorado supone que: • El profesor gozará de la presunción de veracidad en la constatación de los hechos acaecidos en el ejercicio de sus funciones. Así, en el caso de conflicto con alumnos o familiares, éstos soportarán la carga de la prueba y deberán aportar testigos o cualquier otro medio válido. • La agresión y otras conductas graves contra el profesor serán consideradas delito de atentado contra la autoridad, que de añadirá a la existencia de otras posibles infracciones penales (falta o delito de lesiones).
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DERECHOS PERSONAL ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS
DERECHOS PERSONAL ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS
• Colaboración y comunicación
• Respeto personal. • Defensa jurídica.
• Cumplir la legislación de protección de datos de carácter personal, seguridad laboral y de propiedad intelectual. • Custodia y sigilo profesional.
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Decreto de Convivencia
TÍTULO III: PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA
NORMAS DE CONVIVENCIA • Son pautas sociales reconocidas como necesarias por la Comunidad Educativa para mantener un clima de convivencia escolar adecuado. • Indican las formas en que se debe y se puede actuar para relacionarse de forma positiva. • Serán de obligado cumplimiento para toda la Comunidad Educativa. • Se concretarán en el Plan de Convivencia. • Elaboradas a partir de las aportaciones de todos los sectores de la Comunidad Educativa. • Aprobadas por Consejo Escolar. • Se publicarán y difundirán, garantizando su conocimiento por toda la Comunidad Educativa.
la u A e d s a Norm
Normas
genera
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INSTRUMENTOS PARA FAVORECER LA CONVIVENCIA
Proyecto Educativo de Centro
Equipos de Mediación Formación específica.
Junta de Delegados y Delegadas
Plan de Convivencia
Normas de Aula Innovación y Formación
Asociaciones de Alumnado y Familias
Aulas de Convivencia Tratamiento puntual del alumnado que, como consecuencia de una medida correctora, se vea privado de su derecho a participar en las actividades lectivas. Criterios y condiciones para que el alumnado sea atendido en dicha aula.
Plan de Acción Tutorial Tutores: Conocerán las medidas tomadas por el profesorado y será el interlocutor entre profesorado, alumnado y familias. 45
No son negociables pero sĂ revisables
Normas de Aula
Se hacen cumplir y se conoce y respeta la consecuencia del incumplimiento
s o m ce a h Las s a d o t y
os d o t e r t n e
SeĂąalan lo que se debe hacer de forma clara 46
Equipo de Mediación • Para el tratamiento de los conflictos. • Funciones establecidas en el Plan de Convivencia. • Constituidos por cualquier miembro de la comunidad educativa, legitimado y acreditado. • Tendrán formación específica en materia de mediación. • El alumno/a menor de edad deberá contar con autorización de su representante legal.
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DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS
Equipo Directivo
Director/a
• Favorecer la convivencia e impulsar el Plan de Convivencia. • Aplicar las medidas, que podrá delegar en: Jefatura de estudios, tutor/a, o en el Equipo de gestión. • Garantizar el ejercicio de la mediación y otras medidas. • Incoar expedientes sancionadores y aplicar las medidas
Jefatura de estudios
• Coordinar y dirigir las actuaciones de tutores y profesorado. • Garantizar por delegación del director, las medidas correctoras, la mediación. 48
Equipo de gestión de la convivencia
• Supervisado por el Consejo escolar, presidido por el director o jefatura de estudios e integrado por los miembros de la comunidad escolar a propuesta del director. • Competencias: ayudar a la dirección a prevenir la violencia y a mejorar la convivencia, tratamiento de los conflictos mediante los procedimientos establecidos y elaborar un informe anual.
Profesorado • Cumplir y hacer cumplir este plan. • Informar de las normas de convivencia, conocer la resolución de conflictos así como las sanciones propuestas y proponer medidas para favorecer la convivencia. 49
Consejo Escolar
• Supervisar la constitución del Equipo de gestión de la convivencia. • Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente. • A instancia del representante legal podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas (sólo por conductas que perjudiquen gravemente la convivencia del centro) • Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia. • Aprobar y evaluar el Plan de convivencia.
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Decreto de Convivencia
Tร TULO IV: CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA Y MEDIDAS APLICABLES
Las conductas que no respetan las normas de convivencia se clasifican en:
TIPOS DE CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA
Conductas contrarias a la convivencia de carรกcter leve Conductas contrarias a la convivencia de carรกcter grave Conductas que perjudican gravemente la convivencia
Se mencionan de forma expresa las conductas contrarias a la convivencia realizadas fuera del centro, indicรกndose que podrรกn aplicarse medidas correctoras, siempre que repercutan en la vida escolar y afecten al alumnado.
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CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA DE CARÁCTER LEVE MEDIDAS CORRECTORAS • § § §
Conducta de carácter leve: Prescriben a los 15 días. Falta injustificada de puntualidad o de asistencia (absentismo moderado: hasta un 15%, grave: entre el 15% y el 50% y muy grave: más del 50%) . Actitudes, gestos o palabras desconsideradas contra los miembros de la comunidad educativa. Conducta disruptiva aislada, siempre que no sea reiterativa
Ø Medidas correctoras: Serán aplicadas de forma inmediata por el profesorado, y en particular por el que imparte docencia directa al alumnado. Se podrá informar a las familias después de aplicarlas. Pueden ser: § Reflexión sobre la conducta inadecuada en un lugar apartado del aula. § Reconocimiento de la inadecuación de la conducta, ante las personas perjudicadas por ella. § Realización de actividades de aprendizaje e interiorización de pautas de conductas correctas. § Realización de alguna tarea relacionada con dicha conducta. § Compromiso escrito entre alumnado y profesorado. § Apercibimiento verbal, comunicándolo a la jefatura de estudios y a las familias. § Apercibimiento escrito con orientaciones para la superación del conflicto. § Realización de trabajos educativos o tareas que contribuyan a la reparación de los daños materiales causados, en horario no lectivo. § Privación del tiempo de recreo. A propuesta del tutor/a
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CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA DE CARÁCTER GRAVE. MEDIDAS CORRECTORAS (1) • §
Carácter grave: Prescribirán al mes. Desobediencia que vaya acompañada de actitudes o expresiones insultantes, despectivas, desafiantes o amenazadoras. § Insultos o amenazas contra cualquier miembro de la comunidad educativa. § Reiterada y continuada falta de respeto al ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros/as. § Alteración del orden en el centro, transporte escolar o en las actividades fuera del centro. § Discriminación. § Grabación, publicidad o difusión no autorizada de miembros de la comunidad educativa. Ø Medidas correctoras: Las aplicará la dirección o el equipo de gestión de la convivencia en un plazo no superior a 3 días lectivos. Comunicación a las familias antes de aplicarlas. Podrán ser: § Cambio de grupo (temporal o definitivo). § Suspensión del derecho de asistir a algunas clases y actividades extraescolares o complementarias, hasta entrevistarse con las familias. No puede exceder de tres días. § Suspensión del derecho a participar en actividades extraescolares o complementarias fuera del centro, siempre que el alumno/a sea atendido dentro del centro (sin sobrepasar el final del trimestre, y si ha ocurrido al final del mismo, el final del trimestre siguiente). § No utilizar el transporte escolar (si la conducta ha tenido lugar en él). § No utilizar ningún aula específica (biblioteca, informática, ..) si la conducta ha tenido lugar en 53 el alguna de ellas (sin sobrepasar el final del trimestre, y si ha ocurrido al final del mismo, final del trimestre siguiente).
CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA DE CARÁCTER GRAVE MEDIDAS CORRECTORAS (2) v Si se dan circunstancias agravantes, se podrán aplicar las siguientes: § Suspensión del derecho de asistir a algunas clases o al centro por un periodo de tres a diez días lectivos (sin pérdida de evaluación continua y con tareas encomendadas). § Realización de servicios a la comunidad, en horario lectivo o fuera de él, para reparar daños causados. Debe autorizarla la familia. § Suspensión del derecho a beneficiarse de una medida de compensación, cuando la conducta haya tenido lugar en la utilización de dichos servicios (sin sobrepasar el final del trimestre, y si ha ocurrido al final del mismo, el final del trimestre siguiente). § Mantenerse alejado de quien ha sido víctima de acoso. v Se garantizará el ofrecimiento de mediación, si se acepta se paraliza cualquier medida, cumpliendo el acuerdo alcanzado. v Si el alumno presenta graves problemas de conducta, éste se derivará hacia un programa establecido en el plan de convivencia, afrontándolo conjuntamente con la familia. Si es necesario se requerirán recursos externos (salud mental, servicios sociales, …) 54
CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA QUE PERJUDICAN GRAVEMENTE LA CONVIVENCIA MEDIDAS CORRECTORAS (1) • § § § § § § § § § § § §
Perjudican gravemente la convivencia en el centro: Prescribirán a los 2 meses. Actos explícitos de indisciplina o insubordinación incluida la negativa a cumplir las medidas correctoras impuestas. Expresiones que sean consideradas gravemente ofensivas, verbales, por escrito o por medios audiovisuales, informáticos o de telefonía. Acoso escolar. Agresión física o la instigación de ella Incitación a actuaciones muy perjudiciales para la salud (consumo de drogas y bebidas alcohólicas) así como la posesión o comercio de dichas sustancias. Provocar o involucrarse en altercados violentos que impliquen riesgo grave de provocar lesiones. Cometer intencionadamente actos que causen desperfectos en instalaciones o bienes. Alteración del orden en el centro, transporte escolar o en las actividades fuera del centro que creen situaciones de riesgo. Grabación, publicidad o difusión no autorizada de miembros de la comunidad educativa, en el caso de agresiones o conductas inapropiadas. Suplantación de personalidad y la firma en actos y documentos oficiales. Dañar o modificar un documento o registro escolar. Cualquier otra conducta que suponga incumplimiento alevoso de los propios deberes cuando atente al derecho a la salud, integridad física, libertad de expresión, discriminación,….. 55
CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA QUE PERJUDICAN GRAVEMENTE LA CONVIVENCIA MEDIDAS CORRECTORAS (2) Ø Medidas: Aplicadas por el director, que puede ser asistido por el equipo de gestión de la convivencia o equipo de mediación, en un plazo no superior a 5 días lectivos. Comunicación a las familias antes de aplicarlas. Podrán ser: § Las aplicadas en las conductas de carácter grave. § Suspensión del derecho de asistir al centro por un periodo de once a veinte días lectivos (sin pérdida de evaluación continua y con tareas encomendadas). § Suspensión del derecho a participar en actividades extraescolares o complementarias fuera del centro, o a utilizar el transporte cuando la conducta haya tenido lugar en ellas. La duración puede ser hasta la finalización del curso. § Inhabilitación para cursar estudios en el centro. § Inhabilitación definitiva para cursar estudios en el centro.
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Para construir la convivencia que queremos, nos hacen falta todas las manos‌
Gracias por su atenciĂłn
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