Evite multas por SAGRILAFT y PTEE

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Como hemos evidenciado en recientes decisiones, la Superintendencia de Sociedades está realizando un seguimiento y análisis cada vez más estricto del cumplimiento de las condiciones y obligaciones establecidas en los capítulos 10 y 13 de la Circular Básica Jurídica, los cuales regulan todo lo relacionado con el Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (SAGRILAFT) y el Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE) respectivamente, siendo el incumplimiento de dichas disposiciones la causa más común de procedimientos sancionatorios e imposición de multas millonarias por parte de dicha entidad.

En Holland & Knight realizamos seguimiento permanente a las sanciones impuestas por la Superintendencia de Sociedades para efectos de brindar a su empresa una asesoría integral y estratégica, de conformidad con los parámetros y tendencias identificadas, a efectos de mitigar tanto los riesgos legales propios de su actividad como de potenciales riesgos de sanciones por incumplimientos a la regulación aplicable.

MULTAS POR SAGRILAFT Y PTEE: PRINCIPALES INCUMPLIMIENTOS Y SANCIONES

USO DE MATRICES DE RIESGOS GENÉRICAS O NO APLICABLES A LAS ESPECIFICIDADES DE LA EMPRESA:

Utilizar la matriz de riesgos de SAGRILAFT o PTEE de la casa matriz o grupo empresarial, que no reflejen la situación particular de los riesgos propios de cada empresa, puede resultar en multas de entre COP$30 millones a $200 millones.

FALTA DE NOMBRAMIENTO

DEL OFICIAL DE CUMPLIMIENTO: Implementar PTEE o SAGRILAFT sin que se efectúe el nombramiento o reporte del oficial de cumplimiento puede generar multas de entre COP$100 millones a $150 millones.

FALTA DE IMPLEMENTACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE DEBIDA DILIGENCIA: No implementar los procedimientos específicos para identificar y evaluar riesgos de corrupción y soborno transnacional puede conllevar multas de hasta COP$100 millones.

SANCIONES A LOS REPRESENTANTES LEGALES: Recientemente la Superintendencia de Sociedades ha impuesto multas de más de COP$30 millones a representantes legales por no actuar con la debida prudencia y diligencia en el cumplimiento de las normas y deberes derivados del SAGRILAFT y/o PTEE, especialmente en lo referente a los parámetros de los manuales de cumplimiento de la empresa.

ASPECTOS CLAVE A CONSIDERAR

IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS: Es crucial que las empresas implementen mecanismos adecuados para identificar riesgos específicos de lavado de activos (LA), financiación del terrorismo (FT), financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva (FADM), corrupción y soborno transnacional (C/ST). Sin una correcta identificación, evaluación, monitoreo y tratamiento de los riesgos, no habrá una implementación efectiva del SAGRILAFT y del PTEE que evite potenciales sanciones.

ACTUAR CON DILIGENCIA: Se deben estructurar e implementar efectivamente los procedimientos de debida diligencia al interior de las empresas.

RESPONSABILIDAD DE LOS ADMINISTRADORES: Los representantes legales y demás administradores de una compañía son responsables por la implementación efectiva del SAGRILAFT y del PTEE. Los incumplimientos pueden implicar multas personales a los administradores.

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