Ergonomía “aplicada”
Gestión de la prevención de los TME
Ergonomía “aplicada”
Gestión de la prevención de los TME
Edita: Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales Diseño y Maquetación: Tresalia Comunicación Autor: Tomás Sancho Figueroa y Mónica Gonzalo Terente Depósito Legal: AS 01852-2016 Imprime: Gráficas Eujoa
Índice INTRODUCCIÓN.....................................................................................................................05 1.- ESTADO DE LA CUESTIÓN..........................................................................................09
1.1.- Accidentes laborales con baja en jornada de trabajo.................................. 14
1.1.1.- Evolución de los accidentes por sobreesfuerzo............................... 16
1.1.2.- Consideraciones respecto a los datos............................................. 18
1.2.- Enfermedades profesionales (EEPP)........................................................... 20
1.2.1.- Enfermedades causadas o agravadas por el trabajo (PANOTRATSS) España. Año 2013................................................. 23 2.- PROYECTO DE ACTUACIÓN DEL IAPRL................................................................27
2.1.- Programa de visitas................................................................................... 28 3.- PREVENCIÓN “FORMAL”.............................................................................................31 4.- PREVENCIÓN...................................................................................................................33
4.1.- Identificación de riesgos............................................................................. 34
4.1.1.- “Ausencia de identificación”............................................................ 34
4.1.2.- “Inadecuada categorización”........................................................... 34
4.2.- Evaluación de riesgos................................................................................ 36
4.3.- Planificación preventiva.............................................................................. 39 5.- CASOS DE EVALUACIÓN................................................................................ 41 6.- FORMACIÓN E INFORMACIÓN...................................................................... 57
¿Quién imparte dichas acciones formativas?...................................................... 57
¿En qué consiste dicha formación?.................................................................... 57
¿Duración de las acciones formativas?............................................................... 58
¿Contenidos de la formación?............................................................................ 58
¿Respecto a la Información?.............................................................................. 59 7.- UN ANÁLISIS DEL MÉTODO DE EVALUACIÓN...................................................61 8.- CONCLUSIONES............................................................................................................67 9.- CONSIDERACIÓN FINAL.............................................................................................73
10.- EFICACIA Y/O CONSECUENCIAS DERIVADAS DE LOS INFORMES..............................................................................77
I
INTRODUCCIÓN
Introducción La ergonomía aplicada en el ámbito de la prevención de riesgos laborales abarca, como es sabido, un número significativo de áreas de especialización. Desde el ambiente físico, hasta todo lo relacionado con la organización del trabajo y la carga mental. Así, en las actuales normas técnicas, figura su definición como: Ergonomía (o estudio de los factores humanos) es la disciplina científica que trata de las interacciones entre los seres humanos y otros elementos de un sistema, así como, la profesión que aplica teoría, principios, datos y métodos al diseño con objeto de optimizar el bienestar del ser humano y el resultado global del sistema. Dentro de este amplio espacio de actuación, merece un interés diferenciado la actuación de la ergonomía en todo lo referido a la gestión y/o actuación en lo relativo a los precursores o riesgos susceptibles de generar los denominados trastornos musculoesqueléticos (TME). En este sentido, es de especial significación el hecho de que el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo dedicó hasta
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fechas recientes un portal temático exclusivo para TME, diferenciado del portal temático de Ergonomía. El Área de Ergonomía y Psicosociología Aplicada del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales (IAPRL), sin ser ajeno a la relevancia de esta cuestión, ha venido desarrollando a lo largo de los tres últimos años una serie de actuaciones en este campo. Este informe ha sido elaborado para describir dicha actuación, que en definitiva podría responder a la pregunta ¿Cómo se gestiona la Ergonomía en las empresas del Principado de Asturias? Gestión entendida en sentido preventivo y más concretamente en el área de especialización referido a los TME. El informe está estructurado en tres secciones principales: • La primera, referida a la justificación de la actuación del IAPRL, que subyace en los primeros párrafos de la introducción. En ella, aparte del estado actual de la cuestión, se desarrollan los datos de siniestralidad referidos a los TME que situarán al lector. Asimismo, se efectuarán unas consideraciones respecto a los mismos.
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Ergonomía Aplicada. Trastornos musculoesqueléticos
INTRODUCCIÓN
• La segunda, en la que se describe la actuación o proyecto propiamente dicho. Ésta describirá la aplicación de la ergonomía por parte de las empresas y servicios de prevención; señalando fundamentalmente aquellos aspectos que consideramos de interés y que en definitiva son la base de la actuación preventiva. Aspectos primarios como son la identificación y evaluación de riesgos. Se describirán en esta parte toda una serie de ejemplos (casos) extraídos de los informes realizados como consecuencia de las visitas a las empresas.
• La tercera, en la que se señalan una serie de conclusiones, sin perjuicio de las que el lector pueda extraer de la lectura del mismo.
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ESTADO DE LA CUESTIÓN
ESTADO DE LA CUESTIÓN La justificación de cualquier acción encaminada a minimizar el impacto de los TME sobre la salud de los trabajadores es sobradamente conocida en el ámbito de la Prevención y, en particular, en el de la Ergonomía. Por tanto, y aún considerando innecesario abundar en este aspecto, citaremos algunas referencias y datos actuales con el ánimo de situar y otorgar un marco de referencia a un lector que por primera vez se aproxime a esta cuestión con la única lectura de este informe. Como expresamos en la introducción, el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT), centro de referencia nacional en lo que concierne a Seguridad y Salud en el Trabajo, poseía en su página web un portal exclusivo sobre TME. Las razones, entre otras, se expresan en el texto que transcribimos a continuación, extraído de dicho portal: “Los trastornos musculoesqueléticos (TME) son el problema de salud relacionado con el trabajo más común en España y en Europa (…)
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Los TME son causa de gran preocupación ya que afectan a la salud de los trabajadores, y elevan los costes económicos y sociales de las empresas y de los países (…) Así pues, en materia de salud y seguridad en el trabajo, los TME constituyen una prioridad y fruto de ello surge la idea de crear, por parte del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT), un portal específico que sirva de punto de información y difusión del conocimiento sobre este tipo de trastornos (…)” En el año 2000 la Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo (EU-OSHA) llevó a cabo una Campaña con el lema “Da la espalda a los trastornos musculoesqueléticos”. En el año 2007 la EU-OSHA llevó a cabo una Campaña con el lema “Aligera la carga (trastornos musculoesqueléticos)”. En el año 2011, el Grupo Parlamentario Socialista presentó en el Congreso una Proposición no de Ley “para la adopción de un plan de acción que permita reducir los trastornos musculoesqueléticos derivados del trabajo”. Según EU-OSHA, el 62 % de los trabajadores de la EU-28 está expuesto durante una cuarta parte del tiempo o más a movimientos repetitivos de manos y brazos, el 46 % a posturas dolorosas o extenuantes y el 35 % transportan o mueven cargas pesadas. Los TME son el problema de salud relacionado con el trabajo más común en Europa y por tanto una prioridad. Sin entrar en el enorme coste que suponen los TME para los estados, por algunos calculado entre 1,5 a 2 veces el producto interior bruto; es preciso señalar que el problema es de especial e igual gravedad para todos los estados miembros y que las cifras en cuanto a siniestralidad por TME se refiere son en todos ellos semejantes y, en cierto modo, alarmantes.
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Ergonomía Aplicada. Trastornos musculoesqueléticos
ESTADO DE LA CUESTIÓN
Para finalizar estas referencias que justifican la necesidad de una adecuada práctica ergonómica, citaremos algunas conclusiones extraídas de las últimas Encuestas Nacionales desarrolladas por el Instituto nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
VII Encuesta Nacional de Condiciones de Trabajo. INSHT: Año 2011(1) En el resumen ejecutivo de esta encuesta, dirigida a los trabajadores, se destacan, entre otros, los siguientes resultados que transcribimos literalmente: “- Otros indicadores de enorme impacto, por su magnitud y consecuencias asociadas, son los relacionados con los requerimientos físicos de la tarea. Las exigencias físicas más habituales son: repetir los mismos movimientos de manos o brazos (59 %) y adoptar posturas dolorosas o fatigantes (36 %). En ambas circunstancias la frecuencia de exposición de las mujeres es superior a la de los hombres. En conjunto, el 84 % de los trabajadores señala sentir alguna molestia que achaca a posturas y esfuerzos derivados del trabajo que realiza. También, en general, la frecuencia de quejas por molestias músculoesqueléticas es significativamente superior entre las mujeres. - Por último, más de siete de cada diez ocupados tiene algún problema de salud. Para la mayoría de ellos, sus problemas de salud están relacionados (originados o agravados) por el trabajo que realizan, en particular quienes presentan algún trastorno musculoesquelético, pero también los que manifiestan sufrir cansancio y agotamiento, y estrés. - Así, la percepción de los trabajadores sobre los riesgos a que están expuestos apenas sufre cambios en lo que se refiere a los riesgos tradicionales tales como los de accidente, contaminación de origen químico o exposición a agentes físicos. Por el contrario, los datos referidos a las exigencias http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/FICHAS%20DE%20PUBLICACIONES/ EN%20CATALOGO/OBSERVATORIO/Informe%20(VII%20ENCT).pdf 1
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físicas de los puestos de trabajo y los problemas de salud asociados a ellas muestran una incidencia creciente, al igual que ocurre con los indicadores relativos a las exigencias de carácter mental (…)”
Encuesta Nacional de Gestión de la Seguridad y Salud en las Empresas (ENGE). INSHT. Año 2009 (2) Respecto a esta encuesta, dirigida a las empresas, parece de interés proporcionar un dato que, aunque no haga referencia directa a aspectos de salud y daño a los trabajadores, proporciona un indicador importante de la integración de la seguridad en las empresas. Es preciso señalar que el concepto “integración de la prevención” es de extraordinaria relevancia en el ámbito de la prevención desde la entrada en vigor de la Ley 31/1995, concepto al que posteriormente se le otorgó una mayor trascendencia por la modificación establecida en la Ley 54/2003. Tal modificación se refleja en el artículo 31.3.a de la Ley 31/1995 en el que se dice: “3.- Los servicios de prevención deberán estar en condiciones de proporcionar a la empresa el asesoramiento y apoyo que precise en función de los tipos de riesgo en ella existentes y en lo referente a: a.- El diseño, implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales que permita la integración de la prevención en la empresa”. Este dato deriva de una de las preguntas efectuadas a las empresas sobre la disponibilidad de datos sobre los costes económicos producidos por los accidentes. Es obvio inferir que si no disponen de dichos datos, no realizan dicho análisis de costes. Es significativa la cifra de que el 87,7 % de las empresas no disponen de dicha información. Transcribimos a continuación la tabla extraída del informe de la encuesta. http://www.insht.es/Observatorio/Contenidos/InformesPropios/Desarrollados/Ficheros/Informe_%20 ENGE%202009.pdf 2
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Ergonomía Aplicada. Trastornos musculoesqueléticos
ESTADO DE LA CUESTIÓN
Disponibilidad de datos sobre los costes económicos anuales producidos por los accidentes según tamaño de plantilla y rama de actividad Datos en % Menos de 10 10 a 49 Tamaño de plantilla 50 a 249 Más de 249 Agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca Ind. manufacturera y extractiva Química Metal Otras industrias Construcción Comercio y Hostelería Rama de actividad Transporte y Comunicaciones Intermediación financiera, actividades inmobiliarias y de alquiler Adm. pública y Educación
SÍ 8,2 14,1 20,7 26,9
NO 91,8 85,9 79,3 73,1
TOTAL 100,0 100,0 100,0 100,0
8,9
91,1
100,0
8,2 23,1 11,8 17,8 14,9 5,4 17,4
91,8 76,9 88,2 82,2 85,1 94,6 82,6
100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0
15,7
84,3
100,0
9,1
90,9
100,0
Act. Sanitarias y veterinarias; Servicios sociales
30,8
69,2
100,0
Otras actividades sociales y personales
5,4
94,6
100,0
12,3
87,7
100,0
TOTAL
Base: Centros de trabajo que han tenido accidentes en los dos últimos años (N= 1.087)
Es de señalar en este sentido que son numerosos los estudios y documentos que se han elaborado en torno a los costes de la prevención en general y algunos sobre los costes de “no aplicar” la Ergonomía, en particular. Un ejemplo de este último es el proyecto europeo CyberManS3, llevado a cabo entre los años 2006 a 2008 en el que se desarrolló, entre otras, una herramienta que analiza el coste-beneficio de la intervención ergonómica y que tiene como principal objetivo detectar problemas relacionados con la exposición a aquellos ries3
http://www.crfproject-eu.org/
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gos capaces de generar TME. Dicha herramienta, en hoja de cálculo, puede ser obtenida en el enlace4. Aparte de las referencias aquí señaladas, existe un elevado número de documentos y/o estudios elaborados por mutuas, servicios de prevención, organismos públicos, tanto nacionales como internacionales; organizaciones sindicales, organizaciones empresariales, dedicados a tratar el problema de los TME. Consideramos que todo ello pone de relieve la dimensión del problema. A continuación y como cierre de esta “justificación”, expondremos los últimos datos de siniestralidad, tanto en España como en la Comunidad Autónoma de Asturias, que de alguna forma objetivan la relevancia de los TME.
1.1.- Accidentes laborales con baja en jornada de trabajo Los datos que presentamos han sido extraídos de la declaración electrónica de trabajadores accidentados (DELTA) del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y concretamente del campo “Forma o contacto”. En este sentido, es preciso señalar y describir los códigos que se reflejan en las tablas que se mostrarán:
Tabla 1.- Códigos del campo “forma o contacto” del parte de accidente (DELTA) Códigos Forma o contacto
4
14
7
Sobreesfuerzo, trauma psíquico, radiaciones, ruido, etc. (Este código a un dígito agrupa a los códigos a dos dígitos)
71
Sobreesfuerzo físico sobre el sistema musculoesquelético
72
Exposición a radiaciones, ruido, luz o presión
73
Trauma psíquico
79
Otro contacto conocido del grupo 7 pero no mencionado anteriormente (A efectos de accidentes por sobreesfuerzo, este código puede ser sumado al código 71)
http://www.crfproject-eu.org/ProgettiCRF/Sito/sites/CYBERMANS/Cost-Benefit%20Tool.xls
Ergonomía Aplicada. Trastornos musculoesqueléticos
ESTADO DE LA CUESTIÓN
A continuación se representan los datos sobre accidentes en jornada de trabajo con baja. Tabla 2.- Accidentes en jornada de trabajo (JT) con baja, por forma o contacto. España. Año 20135 Leves
7 (Total del Grupo)
157.563
143
157.706
71
153.800
130
153.930
72
339
1
340
73
422
5
427
79
3.002
7
3.009
156.802
137
156.939
71+796 (Sobreesfuerzos)
Graves
Porcentaje Respecto a (*)
Código “forma o contacto”
Total
Total accidentes en JT España. 2013 (leves+graves+mortales)
39,00 %
38,81 % 404.284
Tabla 3.- Accidentes en jornada de trabajo con baja, por forma o contacto. Asturias. Año 20137 Código “forma o contacto”
Leves
Graves
Porcentaje Respecto a (*)
Total
7 (Total del Grupo)
4.046
71
3.877
3.877
72
11
11
73
10
10
79
148
1
149
4.025
1
4.026
71+79 (Sobreesfuerzos)
Total accidentes en JT Asturias. 2013 (leves+graves+mortales)
1
4.047
40,50 %
40,29 % 9.992
Fuente: Página web del Ministerio de Empleo y Seguridad Social. A efectos de este informe son considerados los datos agrupados de los códigos 71 y 79, que son los relacionados con los trastornos musculoesqueléticos. 7 Observatorio de condiciones de trabajo del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales, para los datos de la Comunidad Autónoma de Asturias. 5 6
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Puede apreciar el lector un exceso de datos, que no son relevantes hablando de TME (véanse los Grupos 72 y 73). La razón de expresarlos así es que, habitualmente, las estadísticas de accidentes se presentan agrupadas a un dígito (en nuestro caso el 7) al que corresponde el siguiente texto “sobreesfuerzo, trauma psíquico, radiaciones, ruido, etc.” Esto, naturalmente, puede inducir a confusión y no solo por el hecho de unir “sobreesfuerzo” a “trauma psíquico” (véase tabla 1); sino porque el lector puede preguntarse si el dato referente a accidentes por sobreesfuerzo puede estar magnificado por los otros. Lo cierto es que puede apreciarse que nada más lejos de la realidad. En ambos casos, los accidentes por sobreesfuerzo representan el 99,5 % y además es siempre así en el caso del Grupo 7. Aclarada esta cuestión, Las tablas 2 y 3 son suficientemente elocuentes para demostrar la dimensión del problema de los TME, en cuanto a accidentes de trabajo se refiere. Restringiéndonos a los sobreesfuerzos, causa principal de los TME, los datos son muy significativos, llegando representar 38,81 % y 40,29 % (Nacional y Asturias respectivamente) del total de accidentes con baja en jornada de trabajo, incluidos los calificados como leves y graves.
1.1.1.- Evolución de los accidentes por sobreesfuerzo Presentamos con el gráfico 1 la evolución de este tipo de accidentes a lo largo de los últimos 14 años8. Tal evolución es significativa por dos razones: • Primera: la diferente tendencia que se observa a partir del año 2007 del porcentaje de accidentes: - Incremento progresivo del porcentaje de accidentes por sobreesfuerzo respecto del total de accidentes. Fuente: Informe “Accidentes de trabajo por sobreesfuerzos”. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Noviembre de 2014. 8
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ESTADO DE LA CUESTIÓN
- Descenso del número total de accidentes por sobreesfuerzo. Aunque no están aquí representados, el total de accidentes con baja en jornada de trabajo ha descendido según la misma tendencia. - Descenso del índice de incidencia9
• Segunda: lo significativo del año 2007 como punto de inflexión. En este caso brindamos al lector la posibilidad de establecer sus hipótesis al respecto. Hasta el momento, desconocemos estudios que hayan analizado y/o explicado tal circunstancia. Se manejan hipótesis como el descenso de la actividad empresarial, el aumento del desempleo, la “infradeclaración” de accidentes, tanto por las empresas como por el temor de los trabajadores a ver en riesgo su empleo al pasar a situación de incapacidad temporal, etc. Pero sin restar importancia a estas tendencias, la evolución de este tipo de accidentes y los datos actuales siguen siendo reseñables. Gráfico 1.- Evolución de los accidentes por sobreesfuerzo. Años 2000 a 2013. % ATJT por sobreesfuerzos sobre el total de ATJT Nº ATJT por sobreesfuerzos Índice de incidencia ATJT por sobreesfuerzos
Año 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013
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Índice de incidencia por sobreesfuerzos por 100.000 afiliados.
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1.1.2.- Consideraciones respecto a los datos Parece oportuno realizar, al menos, tres consideraciones a tener en cuenta a la hora de “interpretar” los datos: • Primera: “Leve” versus “Grave”. Los datos en este caso son devastadores. Solo el 0,08 % y 0,02 % (Nacional y Asturias respectivamente) de los accidentes por sobreesfuerzo, son graves. Consideramos en este caso que por la tipología y/o diagnósticos clínicos “tipo” de los TME, tal calificación está infravalorada, no siendo, tal vez, tan pequeño el número de accidentes calificados como graves. Lo que, ciertamente, y aparte de cuestiones de más trascendencia, redundaría en aumentar la relevancia del problema de los TME. La calificación de la gravedad en el parte de accidente es la otorgada por el facultativo médico, calificación otorgada sin criterios objetivos definidos. Y no es esta una cuestión baladí ya que en más de una ocasión ha sido puesta de relieve y considerada a muchos efectos, entre los que se encuentran los preventivos. El lector interesado en esta cuestión puede consultar algunos documentos, como “Resolución del defensor del pueblo andaluz”10 el “ERGA@Online nº 134”11 de abril de 2014, muy ilustrativo ya que en sus páginas 2 y 3 efectúa un análisis, además de referenciar varios estudios y documentos al efecto. Así mismo, pueden ser consultados los recientes “ERGA@ Online nº 137 y 138”, de agosto y septiembre de 2014 respectivamente.
Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz relativa a “Investigación de accidentes de trabajo calificados como leves” http://www.defensordelpuebloandaluz.es/node/927 10
11
Erga@Online nº 134. Abril 2014
http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/PUBLICACIONES%20PERIODICAS/ Erga_online/2014/ErgOnline-n134NEW.pdf
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Ergonomía Aplicada. Trastornos musculoesqueléticos
ESTADO DE LA CUESTIÓN
• Segunda: Relación TME-Ergonomía. Cuando se analizan de forma más exhaustiva (si es posible) los partes de accidente DELTA y concretamente en el campo “descripción del accidente”, es apreciable que no todos los accidentes por sobreesfuerzo tendrían, en sentido estricto, un enfoque causal desde la ergonomía o al menos desde la ergonomía contemplada en su sentido preventivo, es decir, tal vez un número no despreciable de ellos no tendrían una explicación desde las metodologías más comúnmente utilizadas en el ámbito de la prevención de riesgos laborales y, por consiguiente, desde las medidas preventivas derivadas de la aplicación de las mismas. Algunos de estos responden a situaciones puntuales, que se producen por gestos, movimientos, acciones casuales, etc. También es cierto que analizados estos de forma más profunda tendrían, en cierta medida, una explicación “ergonómica”; pero más indirecta, más relacionada con el diseño de equipos, procedimientos de trabajo y malas prácticas. En este sentido, no resulta del todo justo “cargar en la cuenta” de la práctica y/o gestión ergonómica todos los accidentes por sobreesfuerzo.
• Tercera: Otra cuestión a considerar es que algunos casos de TME pueden tener un origen extralaboral, aunque coincide la comunidad técnico-científica en que dichos trastornos son, generalmente, agravados por la práctica profesional. No obstante, consideramos que son los profesionales de la salud los que, a la vista de las evaluaciones elaboradas por los servicios de prevención y la historia clínica del trabajador, determinen con mayor o menor precisión cuál es la relación causal más determinante. Pero es indudable, en cualquiera de los casos, que la acción de la Ergonomía es precisa, necesaria y obligada en el tratamiento y gestión de los riesgos que son causa de TME. Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales
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1.2.- Enfermedades profesionales (EEPP) “De acuerdo con la información proporcionada a través de las aplicaciones CEPROSS (Comunicación de Enfermedades Profesionales en la Seguridad Social) y PANOTRATSS (Comunicación de patologías no traumáticas causadas por el trabajo), en el año 2013 se han producido un total de 23.656 patologías causadas por el trabajo, 16.796 expedientes de enfermedades profesionales y 6.860 expedientes de patologías no traumáticas causadas o agravadas por el trabajo. En 2013 se comunicaron 16.796 partes de enfermedades profesionales incluidas en el listado como tales y que van asociadas al desarrollo de una actividad económica, y se han reconocido 1.142 lesiones permanentes no invalidantes. Del total de los partes de enfermedades profesionales, algo más del 45 %, concretamente 7.599 tuvieron baja laboral y 9.197 se cerraron sin baja laboral”12. Del mismo modo que cuando hablamos de accidentes de trabajo, al analizar las EEPP, el número más elevado pertenece a aquellas patologías relacionadas con los TME. Los datos expresados a continuación explican con rotundidad tal afirmación. Existen 6 grupos de enfermedad, estando las EEPP relacionadas con los TME en el Grupo 2 “Enfermedades causadas por agentes físicos”. A su vez, el Grupo 2 se divide en 13 agentes (de “A” a “M”), de los cuales, los agentes de “C” a “G” son patologías relacionadas con TME: C: Enfermedades provocadas por posturas forzadas y movimientos repetitivos en el trabajo; enfermedades de las bolsas serosas debidas a la presión, celulitis subcutáneas. Observatorio de enfermedades profesionales (CEPROSS) y de enfermedades causadas o agravadas por el trabajo (PANOTRATSS). Informe 2013 12
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Ergonomía Aplicada. Trastornos musculoesqueléticos
ESTADO DE LA CUESTIÓN
D: Enfermedades provocadas por posturas forzadas y movimientos repetitivos en el trabajo; enfermedades por fatiga e inflamación de las vainas tendinosas, de tejidos peritendinosos e inserciones musculares y tendinosas. E: Enfermedades provocadas por posturas forzadas y movimientos repetitivos en el trabajo; Arrancamiento por fatiga de las apófisis espinosas. F: Enfermedades provocadas por posturas forzadas (PF) y movimientos repetitivos en el trabajo; parálisis de los nervios debidos a la presión. G: Enfermedades provocadas por posturas forzadas y movimientos repetitivos en el trabajo; lesiones del menisco por arrancamiento y compresión asociadas, dando lugar a fisuras o roturas completas.
Con las tablas 4 y 5 queda evidenciada la alta incidencia de los TME en el conjunto de las EEPP comunicadas en España y que causaron o no baja laboral. Representan las tres cuartas partes del total y casi el 95 % de las patologías del Grupo 2. Tabla 4.- Partes comunicados de enfermedades profesionales. España. Año 201313 Partes comunicados
Partes comunicados con baja
TOTAL (todos los Grupos)
16.796
7.599
Grupo 2
13.753
5.985
2C, 2D, 2E, 2F y 2G Post. Forzadas y Mov. Repetitivos (Excluido vibraciones)
11.995
5.650
EEPP año 2013. España
Informe 2013 del Observatorio de enfermedades profesionales (CEPROSS) y de enfermedades causadas o agravadas por el trabajo (PANOTRATSS). 13
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Tabla 5.- Porcentajes comunicados respecto al total y al grupo 2. España. Año 2013
EEPP año 2013. España 2C, 2D, 2E, 2F y 2G Post. Forzadas y Mov. Repetitivos (Excluido vibraciones)
Partes comunicados Respecto Respecto TOTAL Grupo 2 71,4 %
87,2 %
Partes comunicados con baja Respecto Respecto TOTAL Grupo 2 74,3 %
94,4 %
En las tablas 6 y 7 se muestra la evidencia anterior para la Comunidad autónoma de Asturias. En 2013 se comunicaron 395 partes de enfermedades profesionales. Del total de los partes de enfermedades profesionales, el 54 %, concretamente 213 tuvieron baja laboral, de las cuales hombres 98 y mujeres 115.
Tabla 6.- Partes comunicados de enfermedades profesionales. Asturias. Año 201314 Partes comunicados
Partes comunicados con baja
TOTAL (todos los Grupos)
395
213
Grupo 2
249
2C, 2D, 2E, 2F y 2G Post. Forzadas y Mov. Repetitivos (Excluido vibraciones)
214
EEPP año 2013. Asturias
Informe 2013 Observatorio de condiciones de trabajo del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales. 14
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Ergonomía Aplicada. Trastornos musculoesqueléticos
ESTADO DE LA CUESTIÓN
Tabla 7.- Porcentajes comunicados respecto al total y al grupo 2. Asturias. Año 2013 EEPP año 2013. Asturias 2C, 2D, 2E, 2F y 2G Post. Forzadas y Mov. Repetitivos (Excluido vibraciones)
Comunicados Respecto TOTAL Respecto Grupo 2 54,2 %
85,9 %
Respecto a los partes de EEPP comunicados, las cifras son semejantes a las nacionales, siendo también muy significativa la incidencia de este tipo de patologías.
1.2.1.- Enfermedades causadas o agravadas por el trabajo (PANOTRATSS) España. Año 201315 “El artículo 115.2 de la Ley General de la Seguridad Social referente a la consideración de contingencias profesionales, en sus apartados e) y f), hace mención expresa a las enfermedades, no incluidas en la relación de enfermedades profesionales, que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución del mismo. Así mismo, se consideran contingencias profesionales las enfermedades o defectos padecidos con anterioridad por el trabajador, que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente”. A tal efecto, se ha elaborado un listado de patologías agrupadas en 17 categorías, de las cuales una es: “Enfermedades del aparato locomotor” que a su vez agrupa 3 tipos:
- c: Enfermedades de la columna vertebral y de la espalda.
- e: Osteopatías y condropatías.
- n: Otras enfermedades del aparato locomotor.
Observatorio de enfermedades profesionales (CEPROSS) y de enfermedades causadas o agravadas por el trabajo (PANOTRATSS). Informe 2013 15
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23
Este tipo de patologías pueden ser un indicativo más o menos directo de patologías relacionadas con TME. Los datos referidos a 2013 son los representados en la tabla 8 Tabla 8.
PANOTRATSS España. 2013
Enfermedad causada por el trabajo Aparato Total locomotor 5.317
3.351 (63 %)
Enfermedad agravada por el trabajo Aparato Total locomotor 1543
1.147 (74,3 %)
En este caso, también se puede apreciar un porcentaje muy significativo del tipo de patologías a que hace referencia este informe. En definitiva, y aparte de otro tipo de consideraciones, la exposición de estos actuales datos, tanto de accidentes como de EEPP, explica por sí misma la necesidad de emprender acciones encaminadas a minimizar, al menos, tan elevada incidencia. Muchas acciones han sido llevadas a cabo a lo largo de los últimos años y a algunas hemos hecho referencia en este informe. Del resultado de todas ellas es indudable que se ha generado un gran cuerpo de conocimiento respecto al diagnóstico del problema, a las actividades prioritarias y en las que más incidencia tienen los TME, en cuanto a metodologías ergonómicas de análisis fruto de innumerable investigación, en cuanto a soluciones prácticas para la planificación preventiva, tanto de carácter técnico como organizativo. A su vez, se ha generado una importante cantidad de información y difusión, tanto desde las distintas administraciones como de las organizaciones empresariales y organizaciones de trabajadores. Información transmitida a través de campañas, congresos, jornadas técnicas, documentos, estudios, portales web de los distintos órganos citados y de asociaciones profesionales, etc. Sin embargo, 24
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ESTADO DE LA CUESTIÓN
parece que todo este desarrollo y esfuerzo no se ve compensado con los resultados deseados. La perdida de salud y horas de trabajo es de una gran dimensión. Por tanto cabe deducir que, con todo este desarrollo y conocimiento, la causa de la elevada incidencia de TME no debería estar relacionada con el “desconocimiento”. Siendo esto cierto, ¿cabe pensar que pueda estar relacionada con su práctica y gestión? En este sentido, el Área de Ergonomía y Psicosociología del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales ha desarrollado en los últimos años una actuación encaminada a establecer dicho diagnóstico. Para ello, se ha establecido un programa de visitas a empresas con el objetivo de conocer cuál es la práctica y cómo se gestiona, tanto por las empresas como por sus servicios de prevención.
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PROYECTO DE ACTUACIÓN DEL IARPL
PROYECTO DE ACTUACIÓN DEL IAPRL La actuación del Área de Ergonomía y Psicosociología del IAPRL consistió en un plan de visitas a empresas asturianas con el objetivo de analizar cuál era la práctica y gestión ergonómica de aquellos riesgos precursores de generar TME. Las mismas, se realizan a empresas seleccionadas en base a la incidencia, por grupos CNAE a dos dígitos. Las visitas consistieron en un análisis y revisión exhaustiva de la gestión (en el más amplio sentido) de la Ergonomía por parte de la empresa y por parte del servicio de prevención correspondiente. Fundamentalmente, se revisaron la Planificación preventiva y las acciones realizadas por la empresa en relación a los TME. Aunque partimos de la base que la Identificación y Evaluación de riesgos, a estas alturas, debería ser algo ya bien realizado, al menos en el aspecto formal; se revisaron las mismas con el objeto de comprobar su concordancia con la situación real y la acción posterior de Planificación de la actividad preventiva. Para ello, durante el transcurso de las visitas, se observaron los distintos puestos de trabajo de forma que se puedan
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objetivar las evaluaciones comprobadas (desde un punto de vista formal) y las deficiencias, si las hubiera. Finalmente se elaboró el informe correspondiente de cada empresa visitada, informe que se remitió a cada una de ellas y en el que se describía la actuación realizada con las conclusiones extraídas y las recomendaciones preventivas en base a la gestión observada.
2.1.- Programa de visitas Durante los meses de febrero a agosto de 2014, se visitaron 30 empresas de la Industria manufacturera. Códigos 10 a 33 del CNAE09. Partes de accidente (códigos 71 y 79) de 2012, en el que se produjeron en Asturias 4.101 accidentes leves con baja en jornada de trabajo. Cantidad que representa el 39,5 % del total de accidentes leves con baja. Se establece contacto telefónico con la empresa en el que se les comunica la visita y se concierta una fecha y hora para la misma. Es la empresa o la persona con la que se establece el contacto la que determina quién o quiénes actuarán de representantes. Se les recuerda la necesidad de comunicar la visita a los representantes de los trabajadores, si los hubiere. En algunos casos asiste a la visita algún técnico del Servicio de Prevención. La visita en cuestión se realiza habitualmente en un día y fundamentalmente consta de dos fases: • Una primera fase, en la que se mantiene una entrevista semiestructurada en la que, durante el transcurso de la misma, se comprueba la gestión preventiva desde un punto de vista formal. Se solicita la evaluación de riesgos, la planificación preventiva, protocolos de vigilancia de la salud aplicados, protocolo de investigación de accidentes, si lo hubiere y formación. A la vista de lo observado en los documentos, se man-
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PROYECTO DE ACTUACIÓN DEL IARPL
tiene la entrevista aclarando los pormenores o circunstancias que se van observando. • Una segunda fase en la que se visita la instalación del centro de trabajo y en la que se observan los distintos puestos de trabajo, procediendo a una somera identificación de riesgos, con la que se establece un análisis comparativo con lo observado en la documentación que se ha ido analizando a lo largo de la entrevista. En muchos casos se nos entrega alguna documentación a nuestro requerimiento. En la mayoría de los casos, la correspondiente a la identificación, evaluación y planificación, únicamente referida al ámbito ergonómico. Es necesario e importante señalar que las conclusiones y/o diagnóstico reflejados en este informe no derivan exclusivamente de la actuación realizada durante el año 2014. A lo largo de los últimos años, el Área de Ergonomía y Psicosociología del IAPRL viene realizando dicha actuación y se ha podido constatar que la gestión de los riesgos asociados a TME sigue siendo exactamente igual que en años anteriores; por tanto, aquellas posibles “bondades” y/o “deficiencias” siguen siendo las mismas y aunque la acción se ha desarrollado en los grupos de actividad C “Industria manufacturera” y G “Comercio al por mayor”, se aprecia con claridad que dicho diagnóstico trasciende al grupo y a cualquier otra variable considerada. Esta cuestión puede tener una explicación: gran parte de las empresas tienen concertada su actividad preventiva con servicios de prevención ajenos y una parte significativa, tanto de los problemas como de las “bondades” detectados/as, pueden estar en relación con la actuación de los mismos, sin perjuicio de los defectos detectados en lo que respecta a las propias empresas y sus obligaciones. Dicho lo anterior, se debe considerar que las conclusiones aquí reflejadas se extraen de la actuación realizada sobre 102 empresas que afectan a 17.000 trabajadores aproximadamente. Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales
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PREVENCIÓN “FORMAL”
PREVENCIÓN “FORMAL” Resulta, desde el punto de vista “legal / formal”, que el grado de cumplimiento de la Ley 31/95 es máximo, como cabe esperar después de 20 años de entrada en vigor de la misma. Por tanto y por razones obvias, prescindiremos en este informe de los habituales gráficos sobre organización preventiva y similares ya que el 100 % de las empresas cumplen con los requisitos legales de carácter formal y organizativo. • La totalidad de las empresas visitadas disponen de la estructura preventiva adecuada. Bien sea Servicio de Prevención Ajeno, Propio o Mancomunado. • Disponen de Comité de Seguridad y Salud todas aquellas que les afecta por número de trabajadores. Incluso algunas, que debido a la actual coyuntura, han reducido en gran medida su plantilla, continúan disponiendo del mismo. • Un número significativo de ellas disponen de Delegados de Prevención. • Todas aquellas que tienen como modelo un Servicio de Prevención Ajeno disponen de un representante en la empresa que coordina y es interlocutor con dicho servicio. • Algunas de ellas están certificadas en OHSAS 18001. Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales
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PREVENCIÓN
PREVENCIÓN Resulta complicado elaborar un informe sobre los resultados obtenidos en esta acción, llevada a cabo por el Área de Ergonomía y Psicosociología Aplicada. La situación puede calificarse como paradójica, pues resulta difícil y fácil a la vez: Difícil porque suele ser habitual que un informe de estas características sea, en términos cuantitativos, de una extensión “media”, generosa, etc; sin embargo, estamos ante un caso en el que, el análisis de los datos obtenidos en el transcurso de las visitas, no precisa de herramientas ni instrumentos (estadísticos, por ejemplo) que “enriquezcan” el mismo y que sean precisos para extraer conclusiones. Fácil, ya que la calificación de paradoja resuelve de forma obvia el asunto; es decir, con las mismas razones que explican lo difícil explicamos lo fácil, de modo que con pocas líneas quedaría resuelto. No obstante, dicho lo anterior y aunque las conclusiones, por obvias, queden resueltas en una pequeña extensión, enriqueceremos el informe con ejemplos que explicarán dichas conclusiones y con los que el lector sea capaz de extraer las suyas.
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Como conclusión de lo visto a través de nuestras visitas se puede decir que la gestión de los riesgos ergonómicos en general y los relativos a TME en particular, puede calificarse como insuficiente en la gran mayoría de las empresas. A continuación, efectuamos una primera y elemental división de dicha gestión en identificación de riesgos, evaluación de riesgos y planificación de la acción preventiva.
4.1.- Identificación de riesgos En la gran mayoría de los casos, la identificación que se realiza de aquellos riesgos que pueden derivar en TME es una identificación absolutamente genérica, de forma que no se puede discernir si se trata de riesgos de manipulación manual de cargas o posturas forzadas, por poner un ejemplo. Respecto a esta deficiente identificación observamos, como regla general, dos variantes:
4.1.1.- “Ausencia de identificación” La primera es la no identificación de un determinado riesgo que nosotros sí identificamos en el transcurso de la visita y que resulta relativamente evidente; bien porque los criterios técnicos para su identificación no están claros o bien porque el técnico no lo identifica, sin más. Resulta obvio que, cuando no se identifica la existencia de algo, no resulta necesaria explicación alguna. Simplemente no existe.
4.1.2.- “Inadecuada categorización” La segunda deriva de una inadecuada categorización de estos riesgos. Es de uso habitual y admitido por todos el delimitar estos riesgos en las siguientes categorías: “manipulación manual de cargas”, “posturas forzadas”, “movimientos repetitivos” y “empujes y arrastres”. También es cierto que tal categorización puede ser útil de la forma que 34
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lo hace el INSHT estableciendo subcategorías dentro de la “manipulación manual de cargas”, a saber: levantamiento de cargas, transporte de cargas, empujes y arrastres. En cualquier caso, la utilización indistinta de estas u otras similares se considera necesaria con el objeto de precisar la información y determinar futuras evaluaciones específicas para cada una de ellas. Dicho esto, en la práctica hemos observado que es habitual utilizar el término genérico de “sobreesfuerzos” en el que son incluidos, sin explicación alguna, todos los anteriores. Partiendo de esta inadecuada identificación de riesgos, difícilmente se puede abordar la siguiente fase de Evaluación. En este sentido, recordemos lo que dice la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales: Artículo 14: Derecho a la protección frente a los riesgos laborales Apartado 2. [...] El empresario desarrollará una acción permanente de seguimiento de la actividad preventiva con el fin de perfeccionar de manera continua las actividades de identificación, evaluación y control de los riesgos que no se hayan podido evitar [...] Artículo 16: Plan de prevención de riesgos laborales, evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva Apartado 2.- Los instrumentos esenciales para la gestión y aplicación del plan de prevención de riesgos, que podrán ser llevados a cabo por fases de forma programada, son la evaluación de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva. Dicho lo anterior y para dar cumplimiento a lo que obliga el anterior texto legal, es condición necesaria una adecuada y precisa identificación de aquellos riesgos que no se hayan podido evitar, como así se dice en los dos primeros principios de la acción preventiva descritos en el artículo 15 de la citada ley. Una vez realizada una adecuada Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales
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y precisa identificación, el servicio de prevención está en disposición de abordar la fase de evaluación para finalizar con el objetivo de la planificación preventiva, si resulta necesaria.
4.2.- Evaluación de riesgos Respecto a la evaluación de riesgos, siguiente fase una vez efectuada una adecuada identificación, hemos detectado, en términos generales (en la gran mayoría de los casos), que las mismas son muy genéricas, obedeciendo a criterios poco objetivos. No descartamos la posibilidad que en algunos casos claros y evidentes sea suficiente el criterio del técnico que realiza la evaluación, casos en los que, como dice el artículo 5.2 del RD 39/1997, “[...] la directa apreciación profesional acreditada permita llegar a una conclusión sin necesidad de recurrir a mediciones, análisis o ensayos [...]”; pero resulta difícil aceptar que esto se pueda dar en la inmensa mayoría de las situaciones. De hecho hemos constatado, en muchos casos, que la utilización de este experto criterio no se corresponde con la realidad del puesto de trabajo analizado. Ilustraremos este informe con algunos ejemplos. Naturalmente, también presentaremos buenos ejemplos que ponen de relieve algunas excepciones. Antes de continuar, señalaremos una práctica general y habitual que de alguna manera explica y/o justifica este modo de actuar de los servicios de prevención. Es lo que podríamos denominar “Evaluación” y “Evaluación específica”. • “Evaluación” versus “Evaluación específica” En el transcurso de las visitas hemos observado que en muchos casos se dice en la evaluación: “Es necesario efectuar una evaluación específica”. Desconocemos esta diferencia entre evaluación y evaluación específica que, en principio, no viene reflejada en la normativa de desarrollo de la Ley 31/1995. En este sentido se hace necesario recordar cómo se define
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la “evaluación de riesgos” en el artículo 3 del RD 39/1997: “La evaluación de riesgos laborales es el proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse, obteniendo la información necesaria para que el empresario esté en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas y, en tal caso, sobre el tipo de medidas que deben adoptarse”. No existe ni en la definición ni en el resto del artículo mención y/o referencia alguna a los términos “evaluación” y “evaluación específica”. Bien es cierto que, a la vista de lo observado, se puede inferir lo que subyace. Se puede entender que “evaluación” sin más es la “apreciación experta” del técnico y “evaluación específica” es la que surge de la aplicación de una “metodología concreta” aplicable a un riesgo concreto. No obstante, la mera apreciación experta está avalada o explicada con una metodología que vamos a denominar “simplificada y/o general” y que trataremos de ilustrar a continuación. Dicho lo anterior, pasaremos a comentar y describir cuál es la denominada “metodología general” utilizada para la Evaluación Ergonómica. El método utilizado es el propuesto por el INSHT en 199616, método que estima el nivel del riesgo en cinco categorías a partir de tres niveles de probabilidad de que ocurra el daño y tres niveles de severidad del mismo (ver figura 9). Es necesario señalar que en muchos casos los términos que definen dichos niveles han sido modificados; existiendo casos realmente ilustrativos como definir niveles de probabilidad como “posible”, “poco posible”; los de consecuencias como “seria”, “importante”, y magnitud del riesgo como “riesgo posible”, “riesgo notable”. Hemos detectado, en este sentido, un considerable número de variantes. 16
Evaluación de riesgos laborales, 1996. Autor: Gómez-Cano, M [et al]. Estado: descatalogado
http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/TextosOnline/Guias_Ev_Riesgos/Ficheros/Evaluacion_riesgos.pdf
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En definitiva, llama la atención que en una disciplina preventiva como la Ergonomía, en la que existe un significativo nivel de desarrollo en cuanto a metodologías de evaluación del riesgo se refiere, se utilice casi exclusivamente la metodología citada.
¿Cómo es utilizada esta metodología? Con “… la directa apreciación profesional acreditada…” Como ya expresamos anteriormente, tal vez en algunos casos sea suficiente; pero en otros muchos echamos en falta, al menos, una explicación de cómo se han llegado a establecer los citados niveles de “consecuencias” y “probabilidad”. Esto sin perjuicio de que en determinadas situaciones fuese necesario, sin más, la utilización de metodologías específicas en base a la naturaleza del riesgo identificado. Es preciso señalar que la aplicación de esta metodología (que intuimos que es la denominada “evaluación” por los servicios de prevención) se hace extensiva al resto de riesgos, sean estos de Seguridad o Higiene. Figura 9
Niveles de riesgo Consecuencias
Probabilidad
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Ligeramente Dañino LD
Dañino D
Extremadamente Dañino ED
Baja B
Riesgo trivial T
Riesgo tolerable TO
Riesgo moderado MO
Media M
Riesgo tolerable TO
Riesgo moderado MO
Riesgo importante I
Alta A
Riesgo moderado MO
Riesgo importante Riesgo intolerable I IN
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PREVENCIÓN
4.3.- Planificación preventiva El artículo 3.2 del R. D. 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprue ba el Reglamento de los Servicios de Prevención dice: “Los instrumentos esenciales para la gestión y aplicación del Plan de prevención de riesgos laborales son la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva, que el empresario deberá realizar en la forma que se determina en el artículo 16 de la Ley 31/1995”. En este documento dedicamos un epígrafe al que denominamos prevención “formal” y en el que se afirma que el 100 % de las empresas cumplen con los requisitos legales de carácter formal y organizativo. No se cumple tal requisito en el caso de la planificación, ni si quiera lo que pudiéramos denominar planificación “formal” ya que, entre otros motivos, dicho proceso es intrínsecamente práctico y operativo, en el que se indican fechas, recursos y responsables de las actividades preventivas a ejecutar. Por otro lado, y a la vista de las evaluaciones, no caben derivarse acciones de ningún tipo ya que los riesgos ergonómicos son calificados en la inmensa mayoría de las ocasiones como riesgos “tolerables” o “moderados”. Solamente en un número limitado de casos son propuestas medidas preventivas en la columna correspondiente de las evaluaciones, que son expresadas generalmente en formato tabular. Como excepción cabe señalar la existencia de planificación en lo que se refiere a las acciones formativas, aunque no estrictamente documentada. En muchos casos conocemos de dicha planificación por las manifestaciones de los responsables de la prevención en el curso de las entrevistas.
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CASOS DE EVALUACIÓN
CASOS DE EVALUACIÓN Expondremos, a continuación, una serie de ejemplos de evaluación obtenidos de los informes de nuestras visitas, con el objeto de que sea el propio lector quien extraiga conclusiones. Naturalmente son una síntesis de dichos informes, en los que se omiten datos que pudieran identificar a las empresas y servicios de prevención. A través de ellos podrán observarse aquellas características peculiares y las comunes a todos ellos. Es preciso señalar que la mayoría de las evaluaciones analizadas incluyen, en mayor o menor medida, las mismas características que la muestra aquí descrita. Iremos realizando un análisis cualitativo de cada caso con el ánimo de ayudar a entender que es lo que deseamos transmitir con la exposición de estos ejemplos. Nuestra propuesta es que el lector de este informe extraiga sus propias conclusiones, que no tienen porqué coincidir con las nuestras. En alguna ocasión, plantearemos preguntas con el interés de suscitar el análisis.
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Caso 1 Se han detectado, en un número de casos significativo, cuestiones concretas como la siguiente: en una evaluación de riesgos en la que se van identificando/evaluando los mismos, se plantean preguntas como “¿El movimiento manual de cargas puede ser evaluado con la Guía del INSHT?” La respuesta siempre es “NO” y, a partir de ahí, ya no se hace nada más, la cuestión queda sin resolver. ¿Se agota la evaluación del movimiento manual de cargas con la metodología propuesta en la Guía del INSHT?
Caso 2 Nos referiremos aquí a la inadecuada utilización de las herramientas de análisis de que disponen los técnicos de prevención. Un caso concreto en el que, para evaluar movimientos repetitivos, se acude al protocolo de vigilancia sanitaria específica con alguno de los ítems que éste contiene en su “Anexo: Historia clínico-laboral”. Como se explica en la “presentación” de los protocolos de vigilancia sanitaria específica, estos “…proporcionan a los profesionales implicados en la prevención de riesgos laborales, especialmente a los sanitarios, una guía de actuación para la vigilancia sanitaria específica…”. Resulta implícito que tales protocolos no pueden sustituir a las distintas metodologías de evaluación de riesgos. Ni siquiera son válidos para una evaluación del riesgo. Ni qué decir tiene que estos han sido elaborados fundamentalmente para ser utilizados por los profesionales médicos.
Caso 3 Detectamos en alguna ocasión confusión de términos y/o conceptos que dificultan la evaluación y menoscaban la planificación preventiva. Este es el caso de un puesto de producción en el que su evaluación 42
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CASOS DE EVALUACIÓN
dice: “atendiendo a los ciclos de trabajo, a las posturas y gestos realizados y a la organización del trabajo, se observa riesgo de sobreesfuerzo por movimientos repetitivos”, identificando el riesgo como “posible” y como medida preventiva “realizar un estudio específico”. Dicho estudio específico no se realiza. Son bastante habituales este tipo de frases, que a nuestro entender son incorrectas: 1º.- ¿Qué significa identificar un riesgo como “posible”?. Entendemos que un técnico de prevención debe de llegar algo más lejos que el sentido común. Un riesgo se identifica o no se identifica. 2º.- Se confunde una medida preventiva con una propuesta de evaluación. Resulta una obviedad: decir que es necesario realizar un estudio específico no es medida preventiva alguna ¿en qué forma previene esto el riesgo identificado?
Caso 4 Caso en el que, como en la gran mayoría de las ocasiones, la evaluación es genérica identificando “sobreesfuerzos” y “carga física”, valorando todo como “tolerable” o “sin estimación”. En el caso de nivel de riesgo calificado “sin estimación” el servicio de prevención dice: “requiere valoración potencial / estudios específicos, para lo que será necesaria la información solicitada a la empresa”. Así, el día de la visita, el trabajador del puesto de trabajo de “rebaba” estaba manejando una amoladora suspendida y trabajando sobre una pieza de grandes dimensiones. Para ello, estaba subido a una plataforma de trabajo y con ambas manos sujetando y dirigiendo el volante de la amoladora sobre la pieza. El trabajador tenía que adoptar una postura casi tumbada de cuerpo entero con los brazos extendidos por encima del hombro, actividad que desarrolla durante toda la jornada laboral.
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No se entiende muy bien que algo que requiere un estudio específico para su valoración sea valorado previamente como “tolerable”. Se ha observado que en muchos casos las evaluaciones confunden más que explican, teniendo en cuenta que estas deben ser leídas por trabajadores y empresarios y en este sentido deben ser de lectura comprensible. Consideramos más oportuno que en estos casos quedase determinada la identificación del riesgo y a continuación se dijera, por ejemplo, “pendiente de evaluación”. Por otro lado, y a la vista de lo observado en este caso particular, calificar el riesgo como “tolerable” nos pareció, al menos, arriesgado.
Caso 5 Continuando con lo genérico de las evaluaciones y de las recomendaciones preventivas, siendo en muchos casos poco operativas y claras, comentamos a continuación una evaluación de riesgos, muy genérica, que identifica riesgos tales como “fatiga física por bipedestación y/o sentado”, “sobreesfuerzos por manipulación manual de cargas” o “sobreesfuerzos por movimientos repetitivos de miembros superiores” en distintos puestos de trabajo del taller, valorándolos siempre como “tolerables”. Cuando identifican un riesgo ergonómico, las medidas preventivas que se proponen son recomendaciones genéricas de higiene postural. Cuando identifican el riesgo de “sobreesfuerzos por movimientos repetitivos” se propone como medida preventiva “siempre que sea posible utilizar herramientas de mano de accionamiento eléctrico o neumático en lugar de herramientas manuales para evitar movimientos repetitivos en las muñecas y codos. Organizar el trabajo, siempre que sea posible, facilitando la rotación”. Consideramos que decir “Siempre que sea posible [...]” es excesiva simplificación.
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CASOS DE EVALUACIÓN
¿Conoce el técnico que realiza la evaluación si existen tales herramientas neumáticas o eléctricas? Si no existen, de nada sirve la recomendación. Si existen, se debe indicar que se utilicen. El puesto de trabajo de “soldadura de cátodo de aluminio en robot”, en la evaluación de riesgos vienen identificados los riesgos de “sobreesfuerzo por postura inadecuada o forzada” y “sobreesfuerzos por manipulación manual de cargas”, valorados ambos como “tolerables”. El día de la visita, el trabajador que ocupaba este puesto estaba preparando láminas de aluminio para luego soldarlas, tarea que iba a realizar durante toda la jornada. Para ello, el trabajador la cogía con ambas manos del palé donde estaban dispuestas y la colocaba en la máquina rayadora. Cada lámina pesaba unos 10 Kg, el palé de donde las cogía estaba ubicado a unos 75 cm de altura y a continuación de la máquina. El trabajador depositaba la misma sobre la máquina. La lámina ya preparada salía por el otro lado de la rayadora. El trabajador la volvía a coger con ambas manos y la depositaba en un palé ubicado a nivel del suelo y dispuesto delante de la máquina teniendo que girar el cuerpo, caminar dos pasos y depositarla a nivel del suelo. El trabajador preparaba 60 piezas a la hora, cada pieza tenía que manipularla en dos ocasiones y estaba prevista la preparación de 590 piezas durante la jornada. A la vista de la descripción de esta tarea: ¿Se considera acertada la valoración de “tolerable” sin más explicación? Téngase en cuenta que esto es muy habitual, por no decir generalizado. Calificaciones de tolerable y moderado sin explicación alguna, cuando se valoran tareas o procedimientos en los que resulta bastante evidente que la calificación admite dudas razonables; por lo menos ante el conocimiento experto de un técnico de prevención.
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Caso 6 Estamos ante un nuevo caso de evaluación muy genérica, proponiendo las mismas medidas preventivas genéricas con independencia del puesto que se trate y siempre con probabilidad de ocurrencia “baja”. Proponiendo, además, medidas de control e instrucciones poco operativas, haciendo responsable de determinar las mismas al propio trabajador. A continuación, dos tablas de la evaluación representando los puestos de trabajo del director y un soldador de la empresa. Puesto de trabajo: Director
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Riesgo puesto de trabajo
PB
SV
GR
Medidas de control / instrucciones
SOBREESFUERZOS - Manejo manual inadecuado de paquetería, movimientos repetitivos, posturas forzadas
B
M
B
- Anteponer uso de de medios mecánicos. - Al levantar pesos, el tronco debe estar lo más recto posible - Etc
EEPP PRODUCIDA POR AGENTES FÍSICOS: - Mecanografiado de textos - Movimientos de cuello y cervical para lectura de textos
M
B
M
- Realizar descansos periódicos alternando tareas - Procurar utilizar portadocumentos a la altura de los ojos
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Equipos protección
CASOS DE EVALUACIÓN
Puesto de trabajo: Soldador Riesgo puesto de trabajo
PB
SV
GR
Medidas de control / ins- Equipos trucciones protección
SOBREESFUERZOS - Manejo manual inadecuado de cargas - No utilización de medios de elevación - Manejo y transporte de equipos de soldadura
M
B
M
Los trabajadores no deben sobrepasar su capacidad de manejar cargas o realizar esfuerzos - Colaboración entre compañeros - Emplear, siempre que sea posible, medios mecánicos para elevación de cargas
SOBREESFUERZOS: TME POR MOVIMIENTOS REPETITIVOS
B
M
B
Realizar descansos periódicos alternando distintos trabajos - Procurar una organización adecuada de los trabajos
PB: Probabilidad. SV: Severidad. GR: Gravedad (nivel de riesgo) M: Moderado/a. B: Bajo/a
Brindamos al lector (experto o inexperto) la posibilidad de analizar los cuadros de evaluación precedentes. Debe tenerse en cuenta que estos cuadros son los que figuran en la evaluación, sin explicación más alguna. ¿Existe coherencia entre la evaluación del puesto de director y el puesto de soldador? ¿Puede ser considerada una medida de control proponer: “los trabajadores no deben sobrepasar su capacidad de manejar cargas o realizar esfuerzos”?
Caso 7 Es relativamente frecuente que no se efectúen unas mínimas descripciones de la actividad desarrollada en el centro de trabajo ni de los puestos de trabajo. Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales
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En este caso, la evaluación no contiene ni una breve descripción de la actividad de la empresa ni de los puestos de trabajo. Agrupa en códigos los diferentes riesgos, siendo el “130 sobreesfuerzos”. Si bien es cierto que cuando identifica este riesgo señala si es debido a manipulación manual de cargas o a otro riesgo, hace sinónimos los riesgos asociados a posturas forzadas y a movimientos repetitivos de miembros superiores como si se tratasen de un mismo riesgo. El riesgo de manipulación manual de cargas lo identifica, en unas ocasiones, de forma diferenciada y, en otras, haciéndolo sinónimo a sobreesfuerzos. A continuación, una tabla de la evaluación representando el puesto de trabajo de solador/calderero. RIESGOS DE ERGONOMÍA. Puesto: Soldador/calderero Condición anómala detecRiesgo ValoraMedida correctada ción tora Molestias osteomusculares Posturas y Medio - La zona de derivadas de posiciones movimientos trabajo debe incómodas o forzadas penosos / disponer de a la hora de realizar la repetitivos espacio libre soldadura, movimientos suficiente… repetitivos… - Alternar las zonas de - En piezas de elevadas trabajo… dimensiones debe accederse a puntos alejados para realizar la soldadura SOBREESFUERZOS: TME POR MOVIMIENTOS REPETITIVOS
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Manipulación de cargas
Bajo
- Evitar la manipulación manual de cargas pesadas… - Recomendaciones para la manipulación manual de cargas: agacharse doblando las rodillas…
Planificación
CASOS DE EVALUACIÓN
Este es un caso en el que, aparte de otras cuestiones, resulta evidente la confusión: identifica una condición anómala como “sobreesfuerzo por movimientos repetitivos” y al riesgo lo denomina de “manipulación de cargas”. Se valora como riesgo “bajo”, sin más explicación. En este caso se prescinde hasta del método simplificado, en base a probabilidad y consecuencias. Es, evidentemente, un caso en el que implícitamente se invoca al artículo 5.2 del R. D. 39/1997 en el que se da por válida la “directa apreciación profesional” como medio de evaluación y/o valoración. Esta tabla representa toda y la única información sobre los riesgos ergonómicos de un puesto de trabajo de soldador/calderero. Si como hemos dicho anteriormente, no existe una descripción del puesto de trabajo: ¿Se puede considerar la información como relevante, práctica y operativa a efectos preventivos?
Caso 8 Otro caso éste en el que se conjugan una serie de defectos: en la identificación, en las medidas preventivas, etc. La evaluación de riesgos es excesivamente genérica, por lo que las medidas preventivas que recomienda son también genéricas. Concretamente, formación e información. En ocasiones, ni siquiera están identificados los riesgos ergonómicos a los que están expuestos los trabajadores. Como ejemplo de lo genérico de la evaluación de riesgos, en el puesto de trabajo de una plegadora, la evaluación de riesgos identifica el riesgo de manipulación manual de cargas calificándolo como “aceptable” y estableciendo que “las tareas implican manipulación manual de cargas de más de 3 kg, de forma significativa o la aplicación de fuerzas elevadas de empuje o arrastre” y añade que “la situación no requiere evaluación complementaria”, estableciendo como medida preventiva “formación e información”.
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El día de la visita, un operario de la plegadora estaba manejando chapas planas de 10 kg de peso y plegaba entre 500 y 600 chapas por jornada de trabajo. Otro ejemplo es el puesto de la máquina de corte por láser. Para este puesto de trabajo, la evaluación de riesgos establece que existe riesgo asociado a la manipulación manual de cargas pero que la situación “no requiere una evaluación específica” de riesgos, recomendando también como medida preventiva la “formación y la información”. El día de la visita, el operario de esta máquina de corte por láser estaba manipulando chapas de 40 kg una vez que la chapa ya estaba cortada, el operario se subía a la mesa de la máquina, cogía la chapa a mano para voltearla 180º y separaba la chapa de los recortes, se bajaba de la mesa, hacía palanca con un pico para separar la chapa de la mesa, la cogía con ambas manos y la colocaba sobre un palé situado a más de 1 m de distancia y a una altura de aproximadamente 1 m una vez colocadas las chapas, cogía con las manos los retales de diferentes pesos y tamaños, pero de más de 3 kg cada uno de ellos, y los depositaba en contenedores específicos destinados a tal efecto. La evaluación de riesgos establece que estos puestos de trabajo “no requieren de una evaluación específica de riesgo por manipulación manual de cargas” y que “no pueden ser evaluados por el método de la Guía Técnica del Real Decreto 487/1997”. Con una rápida lectura y en base a estos resultados de evaluación y a lo observado por nosotros en los puestos evaluados: ¿Se aprecia coherencia entre lo evaluado y las tareas descritas?
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CASOS DE EVALUACIÓN
Caso 9 Desde un punto de vista ergonómico, la evaluación de riesgos es muy genérica y para determinados puestos de trabajo no identifica el riesgo asociado a movimientos repetitivos de miembro superior cuando éste está presente. Así, en el puesto de “maquinista de inyección”, identifica el riesgo asociado a manipulación manual de cargas. Riesgo que evalúa con el método de evaluación propuesto por la guía técnica del R. D. 487/1997 y cuyo resultado es “no tolerable”; no obstante, y a pesar de obtener este resultado, en la ficha de evaluación del puesto califica este riesgo como “moderado” y propone como medidas preventivas “formación y la información”. Durante la visita, se pudo identificar en este puesto de trabajo la existencia de movimientos repetitivos de miembros superiores, riesgo que estaba sin identificar en la evaluación de riesgos. El trabajador, con un cazo, cargaba aluminio fundido, que pesa unos 300 gr, y lo vertía en un contenedor. A continuación, entraba el pistón de la máquina para introducir el aluminio fundido en el molde. Al cabo de unos segundos, se abría una compuerta de la máquina y el trabajador sacaba con la mano la pieza y la introducía en un bidón con líquido para enfriarla. Seguidamente, el trabajador enfriaba la estructura con una pistola de aire, después sacaba la pieza del bidón y la introducía en la prensa para quitar los sobrantes. Finalizada la pieza, la situaba en un contenedor. Estas operaciones las realizaba unas 60 veces a la hora, dato que variaba en función del tipo de piezas que estuvieran fabricando. Este es un caso bien ilustrativo en el que se conjugan dos errores (uno de ellos generalizado): el que nosotros indicamos como “ausencia de identificación” y uno menos habitual, en el que utilizando un método específico de evaluación (que en muy pocas ocasiones ocurre) resulta que se hace caso omiso a su resultado convirtiendo la valoración de “no tolerable” en “moderado” para proponer, como siempre, “formación e información” como única medida preventiva.
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Caso 10 Se realiza una identificación genérica en la que los riesgos, tanto de manipulación manual de cargas, como de posturas forzadas, son siempre valorados como “tolerables” o “moderados”, en función del puesto, y como medidas preventivas se proponen formación e información. Cuando el riesgo que identifican es el de manipulación manual de cargas, este no se evalúa afirmando que “la manipulación manual de cargas no puede ser evaluada con el método de la guía técnica del Real Decreto 487/1997”. Respecto a movimientos repetitivos de miembros superiores no se identifican y durante la visita a las instalaciones pudimos comprobar su existencia. El día de la visita, en el puesto de trabajo de operario de producción, estaba colgando unas pequeñas piezas para galvanizar. Piezas de 4 kg de peso, que manipulaba de dos en dos y colocaba en unos ganchos ubicados a más de 1,80 m de altura. En total estaba previsto que colgase dos pulperas, o lo que es lo mismo, 2000 piezas en el turno. Para este puesto de trabajo, en la evaluación de riesgos únicamente venía identificado el riesgo asociado a la manipulación manual de cargas, sin indicar el tipo de cargas que se manipulaban, ni el peso, ni la frecuencia de la manipulación… Además de la manipulación manual de cargas, en este puesto de trabajo también estaban presentes los riesgos asociados a posturas forzadas de cuello y extremidades superiores cuando realizaban el colgado de piezas, y el de movimientos repetitivos de miembros superiores. Un caso similar a los anteriores, en el que la mera lectura de la evaluación y la descripción pueden ayudar a formar opinión sobre el mismo.
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CASOS DE EVALUACIÓN
Buenas prácticas Describiremos a continuación algunos buenos ejemplos y/o buenas prácticas de evaluación; casos estos que se dan en escasas ocasiones.
Caso 11 Consideramos este un caso de buenas prácticas por el hecho de haber utilizado las metodologías al servicio de la Ergonomía y haber trascendido la evaluación al simple criterio experto del técnico y al denominado “método simplificado”. Lo calificamos como “buena práctica” por el hecho de ser un caso excepcional y muy poco habitual. Aunque es un caso en el que, en general, se valora como “tolerable” o “moderado”, en el 2011 realizaron cuatro estudios ergonómicos específicos en tres puestos de trabajo, sobre manipulación manual de cargas y posturas forzadas; estudios que fueron encargados al SPA, quien aplicó la metodología OWAS para evaluar el riesgo asociado a posturas forzadas y NIOSH para manipulación manual de cargas. Como consecuencia de los resultados de estas evaluaciones se introdujeron cambios en los puestos evaluados, aparte de formación e información. Respecto a la investigación de accidentes, la empresa dispone de un protocolo y se investigan todos con independencia de que causen o no baja. Estas investigaciones, salvo que se trate de accidentes graves, son realizadas por la empresa, estando descritos los accidentes musculoesqueléticos de manera operativa y propuestas medidas preventivas.
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Caso 12 La evaluación de riesgos es una evaluación continua que, además de ser revisada cuando aparecen daños a la salud de los trabajadores o con motivo de un accidente de trabajo, cada tres años es revisada en su totalidad. Cada año actualizan unos treinta y tres puestos de trabajo. La empresa cuenta con un procedimiento de evaluación de riesgos y todos los puestos están evaluados teniendo en cuenta, para cada uno de ellos, las tareas del puesto así como su periodicidad. Además, para cada tarea de cierto riesgo, existe un procedimiento de trabajo seguro que indica cómo debe realizarse la misma. Teniendo en cuenta toda la información del puesto, realizan una identificación de los riesgos siguiendo la metodología del INSHT y agrupándolos en códigos, siendo el código 13 el relativo a sobreesfuerzos. Identificado el riesgo de sobreesfuerzo, en otra ficha indican si es debido a manipulación manual de cargas, a posturas forzadas y/o a movimientos repetitivos de miembros superiores, así como el peso de las cargas y las frecuencias. Con todos estos datos, y después de acudir al puesto, realizan la evaluación en la que describen los riesgos y proponen medidas preventivas específicas. Si el puesto de trabajo cuenta con un estudio ergonómico específico, en la evaluación de riesgos remiten a él. Antes de 2010, la empresa había realizado estudios ergonómicos en distintos puestos de trabajo en los que estos riesgos eran relevantes. Para la evaluación del riesgo asociado a manipulación manual de cargas utilizan la guía del INSHT y la ecuación NIOSH; para evaluar posturas forzadas REBA y en ocasiones OWAS; y para movimientos repetitivos de miembros superiores CHECK LIST OCRA. Además de estas evaluaciones, filman en vídeo los puestos de trabajo para utilizar estos en actividades formativas específicas sobre temas posturales. En la actualidad, tiene veintinueve puestos de trabajo con estudios ergonómicos específicos y grabados con vídeo que son utilizados para la formación específica del puesto de trabajo.
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CASOS DE EVALUACIÓN
Respecto a la vigilancia de la salud, el área de Medicina del Trabajo del servicio de prevención propio revisa anualmente los protocolos específicos de vigilancia de la salud a aplicar en el puesto de trabajo, en base a datos epidemiológicos y a la revisión de las evaluaciones de riesgos, existiendo coherencia entre los riesgos identificados en la evaluación de riesgos y los protocolos específicos de vigilancia de la salud aplicados. Respecto a la investigación de accidentes los investigan todos, con y sin baja, incluidos los musculoesqueléticos, contando para ello con el trabajador accidentado, la línea de mando, los delegados de prevención y los técnicos de prevención.
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FORMACIÓN E INFORMACIÓN
FORMACIÓN E INFORMACIÓN Describimos a continuación las características de la formación e información propuesta por las empresas y servicios de prevención que han sido visitadas.
¿Quién imparte dichas acciones formativas? Con carácter general dicha formación es impartida por los propios técnicos de las empresas, sean o no técnicos de prevención, y por los técnicos de los servicios de prevención indistintamente.
¿En qué consiste dicha formación? Existen fundamentalmente dos modalidades denominadas “formación de inicio” o “formación y/o manual de acogida” y “formación específica”. En algunos casos dicho manual de acogida es real, en soporte papel y en algunos casos se acompaña de material informativo y divulgativo, también en soporte papel. Un caso excepcional y particular fue una empresa visitada en la que todos los trabajadores disponían del curso básico de 50 horas.
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¿Duración de las acciones formativas? En este caso hay que distinguir también dos tipos de acción: la que se realiza en el proceso de incorporación de un nuevo trabajador y la que suele ser denominada “formación específica” y que se imparte a lo largo del año. Respecto a la formación de nueva incorporación es prácticamente impartida por la totalidad de las empresas visitadas, oscilando su duración entre los 20 y 120 minutos. La duración de la formación denominada específica oscila entre 60 y 360 minutos.
¿Contenidos de la formación? Dicha formación es de carácter general y en relación a la totalidad de los riesgos del puesto de trabajo en cuestión, tanto ergonómicos como higiénicos como de seguridad. En un número de casos significativo se acompaña la evaluación del puesto de trabajo considerado. Algunas empresas desarrollan lo que denominan “formación específica” a lo largo del año y para todos los trabajadores. En cuanto a formación en ergonomía se refiere, se restringe prácticamente a riesgos relativos a manipulación manual de cargas y en limitadas ocasiones a movimientos repetitivos y posturas forzadas. En algunos casos esta formación es denominada “formación en sobreesfuerzos”. En ocasiones esta formación forma parte de una formación “integral” en la que se conjuga formación especializada de manejo de maquinaria (por ejemplo de carretillas, equipos de elevación, equipos de trabajo en general, etc.) con formación en prevención de riesgos laborales. En algunos casos también se conjuga la formación en prevención con contenidos relativos a medio ambiente y calidad.
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FORMACIÓN E INFORMACIÓN
Se identificó un caso particular en el que, semanalmente, realizan notas internas de prevención que acompañan con charlas en el puesto de trabajo y antes de comenzar el turno.
¿Respecto a la Información? En algunas empresas se desarrollan campañas informativas sobre determinados riesgos específicos considerados más relevantes, bien por su elevado riesgo, bien por las peculiaridades de la actividad de la empresa. Campañas informativas elaboradas a través de carteles, trípticos, paneles, etc.
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UN ANÁLISIS DEL MÉTODO DE EVALUACIÓN
UN ANÁLISIS DEL MÉTODO DE EVALUACIÓN Comprobado que los servicios de prevención utilizan de forma generalizada la metodología que nosotros hemos denominado “simplificada y/o general”17, a la que hacemos alusión en el epígrafe 4.2.1 de este informe, realizamos unas consideraciones respecto a la utilización del mismo. Existen en Ergonomía (y en Psicosociología) un significativo número de metodologías de análisis y/o evaluación destinadas a valorar cuantitativa y cualitativamente todos aquellos riesgos de carácter ergonómico; riesgos que han sido categorizados con cierta precisión en el ámbito académico, técnico y científico. Así, es generalizadamente admitida la clasificación de los riesgos ergonómicos susceptibles de generar TME en: - Riesgos por manipulación manual de cargas. - Riesgos por posturas forzadas. - Riesgos por movimientos repetitivos de miembros superiores. - Riesgos por empujes y arrastres. Evaluación de riesgos laborales, 1996. Autor: Gómez-Cano, M [et al]. Estado: descatalogado http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/TextosOnline/Guias_Ev_Riesgos/Ficheros/Evaluacion_riesgos.pdf 17
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Más recientemente, comienzan a diferenciarse y categorizarse los riesgos generados por movimiento y manipulación de enfermos y personas dependientes como una “subcategoría” del movimiento manual de cargas. En definitiva, la riqueza teórica y metodológica que caracteriza, explica, valora y propone medidas de actuación para todos aquellos riesgos relacionados con los TME es difícilmente superable por otras disciplinas preventivas. Tal desarrollo encierra cierta complejidad (no excesiva) en la aplicación de dichos métodos, fundamentalmente en el momento de objetivar y dar valor a un considerable número de variables, que en definitiva serán el criterio que explicará y justificará el valor finalmente otorgado al riesgo en cuestión. Variables como: - Masas y/o pesos elevados, manipulados. - Masas y/o pesos transportados, empujados. - Distancias alcanzadas. - Pesos de referencia según población comparada. - Variaciones angulares de segmentos corporales. - Fuerza ejercida y/o esfuerzo percibido. - Precisión de manipulación. - Tiempo de trabajo. - Distribución de pausas. - Acciones técnicas. - Frecuencia de movimientos. - Consumo metabólico. - Exhaustiva categorización postural. - Etc.
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UN ANÁLISIS DEL MÉTODO DE EVALUACIÓN
Son estas variables y otras muchas no enumeradas las que deben ser consideradas en el momento de valorar el riesgo previamente identificado. Hasta aquí, las “herramientas” de las que el técnico de prevención dispone y que a la vista de nuestras comprobaciones no son consideradas. La pregunta resulta obvia. Si todas estas variables no son consideradas ¿qué “herramientas” y/o criterios son utilizados en la evaluación? No queda más opción, en este informe, que describir las mismas y establecer una comparación entre unas y otras. El primer nivel de comparación resulta obvio y se puede establecer mediante una pregunta: ¿Cómo es posible sintetizar todas estas variables descritas en dos únicas variables: probabilidad y consecuencias? Permítase la metáfora, pero es como si después de todo el desarrollo alcanzado en medicina con pruebas objetivas de diagnóstico (de imagen, marcadores, etc.) los profesionales de la salud utilizaran, de forma generalizada y exclusiva, el fonendoscopio y la entrevista clínica como única herramienta de diagnóstico. Comprobemos, mediante un sencillo análisis, el método al que hacemos referencia. Tal método, descrito en una tabla de doble entrada con dos variables a tres niveles, aporta nueve posibilidades de valoración del riesgo. Sin perjuicio de cambios de denominación (cuestión bastante habitual) estos se resumen en 5 grados: - Riesgo trivial. - Riesgo tolerable. - Riesgo moderado. - Riesgo importante. - Riesgo intolerable.
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Podría admitirse como adecuada la utilización exclusiva de este método cuando la conclusión es de “riesgo trivial” (un solo caso posible). Tal vez, en algún caso siempre justificado, cuando la valoración resultase “riesgo tolerable” (dos casos posibles). Pero aún quedan 6 grados de riesgo más con la calificación de “moderado”, “importante” e “intolerable”. Se ha de tener en cuenta que el menor de estos tres (“moderado”) ya dispone, en dos de tres casos, del nivel más elevado de las variables CONSECUENCIA y PROBABILIDAD; por tanto resulta obvio que tal calificación debe ser tenida en cuenta en su justa medida; sin embargo el término “moderado” es considerado en la práctica como riesgo “no existente” o “controlado”. Respecto a los dos niveles más severos, “importante” e “intolerable” no se dan en la práctica. En ninguna de nuestras intervenciones hemos visto tales calificaciones en una evaluación, lo que no deja de ser, al menos, llamativo. Lo habitual es el reparto, a partes iguales, de los dos primeros y más leves niveles de riesgo. Tales calificaciones dejan al riesgo identificado como “inexistente” o “controlado” para justificar, o al menos explicar, como exclusiva medida preventiva la FORMACIÓN e INFORMACIÓN. En definitiva, no es nuestro interés el descartar del todo la utilización de este método; pero tal uso lo enmarcaríamos y restringiríamos a lo que dice el artículo 5.2 del R. D. 39/1997 en cuanto a que “la directa apreciación profesional permita llegar a una conclusión” sin más. Dejamos, por tanto, abierta esta cuestión con el ánimo de invitar a un análisis más profundo y exhaustivo que concluya con la necesidad o no de mantener dicha práctica en todos los casos.
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UN ANÁLISIS DEL MÉTODO DE EVALUACIÓN
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CONCLUSIONES
CONCLUSIONES Todas las conclusiones descritas a continuación son muestra de lo observado en la mayoría de las empresas visitadas. Son muy pocas las empresas que gestionan, al menos la ergonomía, de forma mínimamente aceptable. Aunque técnicamente la muestra no pueda justificarse como representativa de las empresas asturianas, dadas las características observadas, estaríamos en disposición de afirmar (o al menos plantear una hipótesis) que las conclusiones extraídas podrían hacerse extensivas, con carácter general, a la totalidad de las empresas. Naturalmente que existen “honrosas excepciones” y buenas prácticas que deben ser consideradas en su justa medida. Buenas prácticas que surgen del buen hacer de las empresas y servicios de prevención y que no son fruto de programas de buenas prácticas expresamente diseñados y fruto de acciones subvencionadas por Entidades y Organismos públicos, acciones estas con las que estamos a favor y que son una forma más de promocionar y fomentar una buena Prevención.
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Dicho lo anterior, pasamos a exponer las conclusiones a que hemos llegado: • En significativas ocasiones, no es descrita, a modo de introducción en las evaluaciones, la actividad de la empresa. Se entiende que una descripción de esta índole ofrece información acerca de los riesgos generales y determinados riesgos y tareas más específicas que le son comunes por la propia actividad desarrollada. • Del mismo modo que en el punto anterior, muchas de las evaluaciones carecen de una mera descripción de los puestos de trabajo. Una descripción de cada puesto permitiría, en muchos casos, la identificación de potenciales riesgos. • En general, tampoco son descritas determinadas tareas que pueden ser realizadas con independencia del puesto de trabajo que se ocupe. Un ejemplo sería el manejo de equipos de trabajo comunes a varios puestos, como puede ser el manejo de pequeños equipos de elevación y transporte. • En cuanto a la identificación de riesgos, como ya se ha señalado en apartados anteriores, es muy genérica, sin un establecimiento explícito de los criterios que justifican dicha identificación; siendo la omisión de identificación y la inadecuada categorización de los riesgos identificados las deficiencias más comúnmente observadas. En algún caso se identifican riesgos por “sobreesfuerzo” como riesgos propios de de Seguridad en el trabajo. • De igual forma que en el caso anterior, se pueden describir las deficiencias en las evaluaciones, dándose el caso de riesgos evaluados no previamente identificados o de riesgos identificados que a continuación no so evaluados. Como ya señalamos anteriormente en este informe, es utilizada con exclusividad la metodología por nosotros denominada “general y/o simplificada”; metodología que no aporta ninguna información 68
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CONCLUSIONES
sobre los riesgos evaluados, salvo la experta apreciación profesional del evaluador. • Enlazando con lo anterior, los documentos de evaluación suelen ser documentos elaborados en formato tabular sin descripción ni comentario alguno sobre cómo el evaluador ha llegado a determinadas conclusiones para evaluar el riesgo ¿cómo se justifica o se ha llegado a la conclusión de que la probabilidad de que se materialice un riesgo es alta, baja o media? ¿cómo se justifica o se ha llegado a la conclusión de que las consecuencias de que se materialice un riesgo sean ligeramente dañinas, dañinas o extremadamente dañinas? Consideramos que si se utiliza un método tan simplificado debería, al menos, aportarse esta mínima información. Véanse ejemplos de evaluación en formato tabular en el epígrafe 5 de este informe. • Ausencia generalizada de planificación preventiva propiamente dicha. Solamente se indican como medida preventiva la “formación e información”. En muy contadas ocasiones (que las hay) las medidas preventivas tienen un carácter operativo ya que van más allá del mero consejo de buena práctica. • Otras medidas preventivas distintas de las anteriores son, por ejemplo: “Los trabajadores no deben sobrepasar su capacidad de manejar cargas o realizar esfuerzos” para minimizar o evitar el riesgo por manejo manual de cargas. Sería algo así como si para evitar el riesgo de caída de altura le indicamos al trabajador “que procure no caerse”. Consideramos la bondad del sentido común; pero en muchos casos la propuesta del experto debe de tener algo más de alcance que dicho sentido. • Con carácter general, falta de coherencia entre los riesgos identificados y/o evaluados y los protocolos de vigilancia sanitaria específica aplicados. Hemos observado en un número Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales
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de casos significativo la aplicación de protocolos no estandarizados, de protocolos que no son los editados en su día por el Ministerio de Sanidad y Consumo. • Respecto a la formación, consideramos muy relevante esta cuestión ya que es, en el 90 o 95 % de los casos, la única medida preventiva considerada y propuesta por los servicios de prevención para evitar y/o minimizar aquellos riesgos identificados y evaluados. En este sentido, sería esta una interesante línea de investigación futura para determinar y/o demostrar la efectividad y eficacia de la misma; o por el contario mejorarla si no se demostrase su bondad. Una medida preventiva de uso tan exclusivo y generalizado no hay que obviarla ni desdeñarla. Naturalmente, lo que en este documento hemos descrito respecto a la formación observada en nuestras visitas obedece simplemente a la información aportada por nuestros interlocutores en el transcurso de las entrevistas. En momento alguno hemos tenido la posibilidad de comprobar los contenidos y la forma en que esta formación se imparte. Bien es cierto que es esta una cuestión que tampoco nos habíamos planteado. De ahí que lo planteemos como una vía de investigación y/o análisis futura. • En relación a la Investigación de accidentes, esta es una cuestión que tiene muchas variantes a lo largo de las empresas visitadas. - Empresas que disponen de un protocolo de actuación. - Empresas que no disponen de protocolo alguno, aunque esto no impide que investiguen accidentes. - Empresas que solamente investigan los accidentes graves; con lo cual los accidentes por sobreesfuerzo quedan excluidos ya que si observamos las tablas 2 y 3 70
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CONCLUSIONES
de este informe los accidentes graves por sobreesfuerzo representan tan solo el 0,08 y el 0,02 % en España y en Asturias respectivamente. - Empresas que los investigan todos. - Empresas en que la investigación consiste en la mera cumplimentación del parte de accidente para su comunicación DELTA. - Investigaciones propiamente dichas. - Investigaciones que se limitan a describir cómo se produjo el accidente. - Investigaciones realizadas por los técnicos del servicio de prevención. - Investigaciones realizadas por mandos intermedios de la empresa. - Investigaciones con colaboración o no de los representantes de los trabajadores.
En definitiva, se puede apreciar una enorme discrecionalidad en lo que respecta a esta obligación empresarial. Tal vez, esta también podría ser una futura línea de investigación, encaminada a la unificación de criterios y metodologías a la hora de abordar una cuestión de tanta relevancia.
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CONSIDERACIÓN FINAL
CONSIDERACIÓN FINAL Como consideración final e importante, es preciso señalar que de la lectura de este informe se podría inferir, desde nuestro punto de vista equivocadamente, que los elevados datos de siniestralidad descritos en la primera sección del mismo derivan directa y exclusivamente de la gestión observada de la Ergonomía y que aquí hemos tratado de mostrar. Desde este punto de vista sería injusto limitar la responsabilidad del problema de los TME a las empresas y respectivos servicios de prevención, simplificando así el análisis. Consideramos que el asunto es mucho más complejo y aún pensando que los servicios de prevención son “actores principales” en la cuestión, no es menos cierto que existen otros muchos factores y variables que conforman el problema; prueba de ello es que la cuestión de los TME trasciende a las fronteras nacionales y se extiende a toda la Europa de los 28. Circunstancia esta que ha quedado parcialmente referida en el “estado de la cuestión”.
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Se considera que la “alarmante” conclusión que se deriva de los datos de siniestralidad (accidentes de trabajo por exceso y enfermedades profesionales por defecto) en los que se basan y justifican exclusivamente todas las acciones emprendidas en el ámbito de la Ergonomía, debería ser tamizada con líneas de investigación más específicas que nos aproximasen a todas las raíces del problema, a saber: - La supuesta infradeclaración de enfermedades profesionales, que contrasta numéricamente con los accidentes leves con baja en jornada de trabajo. - Énfasis en la vigilancia colectiva de la salud, en la que se ponga de manifiesto la acción multidisciplinar de la medicina del trabajo y las áreas técnicas de los servicios de prevención. - La posible supradeclaración de accidentes. Un análisis cualitativo de los datos, aunque difícil, tal vez nos aproximaría a la conclusión de que una significativa parte de los mismos no serían evitados desde la exclusiva acción de la Ergonomía. - Trastornos agravados por la actividad laboral; pero que no tiene su origen o principal causa en la misma. - Cuestiones, más de carácter general, como son las actividades extralaborales, la actitud ante determinados riesgos (supuestamente de carácter leve), la asunción del problema de salud como algo “estructural” admitiendo el asumir ciertos daños como intrínsecos e inseparables de la propia actividad laboral. - Determinación adecuada de la contingencia. En muchas ocasiones el trabajador acude exclusivamente al médico de familia o a los servicios de urgencias debido, entre otras razones, a que el síntoma del daño se manifiesta fuera del centro de trabajo.
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CONSIDERACIÓN FINAL
- Deterioro paulatino y natural de las condiciones físicas debido al envejecimiento de la población trabajadora.
No obstante, que el problema sea complejo y deba de ser abordado desde múltiples vertientes, no impide que pongamos énfasis en mejorar aquellos aspectos que vamos descubriendo como deficientes e inadecuados. Sería simplificar la cuestión y descabellado pensar que con la única mejora de la actuación de los servicios de prevención, el problema de los TME pasaría a ser historia.
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EFICACIA Y/O CONSECUENCIAS DERIVADAS DE LOS INFORMES EMITIDOS
EFICACIA Y/O CONSECUENCIAS DERIVADAS DE LOS INFORMES Una vez extraídas las conclusiones y consideraciones finales que figuran en este informe, se planteó la necesidad de comprobar la eficacia y/o consecuencias derivadas de las actuaciones realizadas y de los informes emitidos y enviados a las empresas en relación con las visitas efectuadas. Fueron seleccionadas treinta empresas a las que se visitaría por segunda vez a lo largo de 2015. Dichas visitas fueron realizadas de igual modo que las primeras; es decir, concertando las mismas previamente a través de contacto telefónico. El objetivo consistía en comprobar si la primera actuación del Área de Ergonomía del IAPRL, en la que se emitió y envió un informe a la empresa, había tenido como respuesta alguna acción relevante de cambio en la práctica ergonómica relacionada con los TME por parte de dichas empresas y/o servicios de prevención. Acciones como cambios significativos en la evaluación de riesgos, planificación, vigilancia de la salud, investigación de accidentes, etc.
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En términos generales, el resultado final no puede ser calificado de satisfactorio. Una gran mayoría de las empresas continúan realizando la misma gestión de la Ergonomía en cuanto a TME se refiere. Todos los entrevistados manifiestan haber comunicado el resultado del primer informe a sus servicios de prevención no sabiendo explicar, en la mayoría de los casos, que opinión daban los mismos al respecto. En una ocasión se manifiesta explícitamente que el servicio de prevención consideró que su actuación era la correcta y adecuada y que el informe elaborado por el IAPRL era excesivamente exigente. En algunos casos manifiestan cambios en base a nuestro informe, cambios que no se objetiva en documento alguno y a la vista de las evaluaciones efectuadas con posterioridad a nuestra actuación. En definitiva, se puede llegar a la conclusión que el cambio de actitud y/o práctica en cuanto a la gestión ergonómica de los trastornos musculoesqueléticos tiene que ser provocado por acciones distintas. El Área de Ergonomía y Psicosociología del IAPRL participa activamente el Grupo de Trabajo TME de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Este grupo tiene prevista la realización de un Plan de acción a nivel nacional en el que participarán todas las Comunidades Autónomas. En dicho grupo tienen participación las distintas representaciones empresariales y sindicales nacionales así como la Administración General del Estado, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Cabe esperar que una acción derivada del acuerdo de todos estos órganos se manifieste más eficaz que las acciones llevadas hasta ahora por los distintos organismos de las Comunidades Autónomas.
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Ergonomía “aplicada”
Gestión de la prevención de los TME
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