Aparición imprevista de amianto en obras. ICASEL

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AÑO: 2021 Ins tuto Canario de Seguridad Laboral

DTI - 11 Documento técnico ICASEL

Aparición imprevista de amianto en obras

Redactora Olivia Isabel Vega Moreno Jefa de Sección Área Técnica de Higiene en el Trabajo La aparición imprevista de amianto en las obras puede implicar importantes problemas. ¿Qué incumplimientos y consecuencias pueden asociarse a esta situación? ¿Qué es el estudio previo de localización e iden ficación de materiales con amianto? ¿Existe riesgo de fibras en el ambiente? ¿Qué pos de empresas pueden re rar estos materiales? ¿Qué garan$as de seguridad y salud aportan?

1.

¿Puede haber amianto en mis instalaciones?

El amianto o asbesto es un agente cancerígeno de primera categoría (A1) que se considera peligroso cuando sus fibras son respiradas por las personas. Un material con amianto cuyo estado de deterioro o degradación implique un desprendimiento de fibras al ambiente puede generar daños en la salud de las personas.

Se consideran materiales friables aquellos que pueden ser disgregados o reducidos a polvo con la sola acción de la mano. Los materiales con amianto en estado friable suponen un importante peligro para la salud de las personas.

El amianto fue ampliamente u lizado en materiales de construcción durante el siglo XX. El periodo comprendido entre 1960 y 1984 se considera el de mayor u lización de estos materiales en España. A par r del año 2002 se alcanzó la prohibición total para instalar y comercializar amianto, pero los materiales que ya habían sido instalados pudieron seguir usándose hasta la finalización de su vida ú l.

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La erradicación del amianto es un obje vo de la Unión Europea y actualmente se están desarrollando normas y planes de actuación a este respecto. Sin embargo, todavía sigue estando permi do que los materiales con amianto (MCA) que fueron instalados en el pasado, puedan seguir manteniéndose en uso mientras dure su vida ú l.

Para poder considerar que un material con amianto sigue manteniendo su vida ú l es necesario que siga conservando su funcionalidad y no emita fibras al ambiente. Por ejemplo, no deberíamos conservar materiales con amianto sin uso determinado, ni tener residuos con amianto acumulados, ni materiales que estén deteriorados (pues podrían emi r fibras y resultar peligrosos).

Para poder asegurar que un material con amianto (MCA) sigue manteniendo su vida ú l tendríamos que haberlo tenido iden ficado y localizado además de haber implantado un plan de vigilancia y ges ón del riesgo. Estas actuaciones han sido contempladas en norma va y guías del ámbito laboral pero no en otros ámbitos, como en edificaciones de uso residencial. En cualquier caso, estas actuaciones pueden haber sido deficientes o simplemente no haberse implantado. Hoy en día resulta posible que la presencia del amianto sea desconocida por personas responsables o usuarias de lugares, vehículos, equipos e instalaciones afectadas por este riesgo.

2.

Aparición imprevista de amianto. Aspectos de interés de la norma%va laboral.

Cuando se contrata una obra se genera una ac vidad laboral y se crean centros de trabajo temporales (propios de la obra) resultando de aplicación la norma va laboral.

En el ámbito laboral, el Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo por el que se establecen las disposiciones mínimas aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto (RD 396/2006) contempla requisitos de especial interés en caso de apariciones imprevistas de amianto en las obras. Para aquellos aspectos que no estuvieran suficientemente desarrollados en este RD 396/2006, existen normas o guías que aportan criterios técnicos en esta materia y resulten conforme con el ar$culo 5.3 del RD 39/1997, de 17 de enero.

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En la siguiente tabla se destacan determinados aspectos de interés:

ASPECTO DE INTERÉS

OBSERVACIONES

ESTUDIO DE LOCALIZACIÓN E IDENTIFICACIÓN de materiales con amianto (MCA) antes de acometer la ejecución de las obras.

Antes de comenzar obras de demolición o mantenimiento (donde puede aparecer amianto) debe disponerse de un documento de localización e iden ficación (o descarte) de MCA (ar$culo 10.2 RD 396/2006) que resulte conforme a una metodología específica (por ejemplo, UNE-171370-2).

Norma va legal:

La aparición imprevista de MCA en las obras sin que se disponga de este po de estudios de por sí implica un incumplimiento del ar$culo 10.2 del RD 396/2006.

RD 374/2001 (art.3) y RD 396/2006 (Art.10.2).

Esta situación se puede ver agravada si además se generara un riesgo de exposición por emisión de fibras al ambiente.

Criterios técnicos destacados: UNE 171370-2 (año 2021) INSCRIPCIÓN PREVIA EN EL RERA. Inscripción en el registro de empresa con riesgo de exposición por amianto (RERA). Requisito necesario pero insuficiente. Norma va legal:

Es necesario que una empresa esté inscrita en el RERA para realizar las ac vidades con amianto del ar$culo 3.1 del RD 396/2006 entre las que se encuentran las re radas y mantenimientos de materiales con amianto (entre otras). Sin embargo, que una empresa se encuentre inscrita en el RERA no implica que se cumplan los requisitos de la norma. Además de la inscripción en el RERA es necesario que los trabajos se realicen conforme a un plan de trabajo previamente aprobado por la Dirección General de Trabajo.

RD 396/2006 (Art.17).

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ASPECTO DE INTERÉS

OBSERVACIONES

PLANES DE TRABAJO DE AMIANTO.

Para realizar trabajos afectados por el ar$culo 3.1 del RD 396/2006 es necesario disponer de un plan de trabajo con resolución aprobatoria.

Aprobación de planes de trabajo. TIEMPO DE TRAMITACIÓN. Norma va legal:

El plazo para la aprobación de un plan de trabajo es de 45 días hábiles, pero este periodo puede incrementarse por dis ntos mo vos: posibles suspensiones de plazo, requerimientos de subsanación, etc. Si además el plan resultara desfavorable el proceso tendría que volver a iniciarse.

RD 396/2006 (Art.11, 12 y 18).

ACTUALIZACIÓN DE REQUISITOS. Cumplimiento de requisitos del RD 396/2006 en el proceso de aprobación de planes de trabajo. Periodos de vigencia. Norma va legal:

Como se ha indicado anteriormente, la inscripción en el RERA no conlleva la comprobación del cumplimiento de requisitos sobre la seguridad y salud de los trabajos, estos se comprueban por medio del proceso de aprobación de planes de trabajo, que a su vez es condición necesaria para poder desempeñar ac vidades del ar$culo 3.1 del RD 396/2006 (re radas, mantenimientos, etc.). Sin embargo, determinados requisitos enen periodos de vigencia limitados: formación periódica, vigilancia de la salud anual, etc.

RD 396/2006 Criterios técnicos destacados: UNE 171370-1

Dependiendo del empo transcurrido desde la úl ma vez que se presentó y/o ejecutó el úl mo plan de trabajo (por ejemplo, si se hubiera superado el año) pueden haber dejado de estar en vigor determinadas exigencias del RD 396/2006. En relación con guías o normas que traten aspectos implicados en la seguridad de los trabajos, se informa que la norma UNE 171370-1 aporta criterios de cualificación en empresas que trabajan con materiales con amianto.

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ASPECTO DE INTERÉS

OBSERVACIONES

PLANES ÚNICOS DE CARÁCTER GENERAL (PUG).

En general sería necesaria la aprobación de un plan de trabajo específico por cada obra que se lleve a cabo, salvo que se trate de obras ejecutadas bajo planes únicos de carácter general (PUG) conformes al ar$culo 11.4 del RD 396/2006.

Para operaciones de corta duración con presentación irregular o no programables con antelación. Por ejemplo, ante apariciones imprevistas de MCA que implican actuaciones urgentes. Norma va legal: RD 396/2006 (Art.11.4).

Los PUG permiten ejecuciones múl ples (de obras dis ntas) bajo un mismo plan de trabajo, no habría que pasar por un proceso de aprobación por cada obra, pero para ello ha de cumplirse con el ar$culo 11.4 del RD 396/2006. Las ac vidades bajo un PUG han de ser de corta duración con presentación irregular o bien no programables con antelación (art.11.4 RD 396/2006). Si en las obras aparecieran materiales con amianto no previstos inicialmente (no detectados en el estudio de localización e iden ficación) que requieran de una intervención urgente, se podría acudir a empresas que cuente con estos PUG para una pronta intervención. Las empresas inscritas en el RERA pueden solicitar la aprobación de un PUG para los trabajos que pretenda acometer y sean conformes al art.11.4 RD 396/2006. Los PUG también se pueden usar como planes de referencia de futuros planes sucesivos para las situaciones que no se ajusten al ar$culo 11.4.

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ASPECTO DE INTERÉS

OBSERVACIONES

MEDICIONES HIGIÉNICAS

Existen dos pos de mediciones ambientales de fibras de amianto de interés:

Mediciones ambientales de fibras de amianto en aire.

x

Las mediciones personales dinámicas en la población laboral.

Norma va legal:

x

Las mediciones está cas en punto fijo ya sean mediciones de control (durante los trabajos, cuando resulten necesarias) o mediciones finales del índice de descontaminación. Estas mediciones son de u lidad para comprobar el riesgo de exposición de terceras partes tales como ocupantes o usuarias de edificios.

RD 396/2006 (Art.5, anexo I).

La aparición imprevista de amianto en obras puede implicar la necesidad de efectuar mediciones para comprobar el nivel de riesgo de exposición generado o la ausencia de contaminantes. Además, para el caso de empresas inscritas en el RERA que hayan ejecutado trabajos anteriormente (bajo planes de trabajo), puede resultar de interés conocer que los resultados de mediciones higiénicas de estos trabajos anteriores fueron seguras tanto para la población laboral (mediciones dinámicas) como para la población no laboral (mediciones está cas). EXCEPCIONES del ar$culo 3.2 del RD 396/2006.

En el RD 396/2006 se contempla la excepción en la aplicación de determinados ar$culos del RD 396/2006 para ac vidades con exposiciones esporádicas de bajo nivel de riesgo que cumplan los requisitos del ar$culo 3.2. En obras donde es previsible que aparezca amianto, no se jus fica que pueda asegurarse la condición de carácter esporádico resultando de aplicación la totalidad de la norma va.

Ejecuciones por autónomos. Sin norma va específica que asegure su seguridad y la de terceras personas.

Los autónomos sin personal a su cargo quedan fuera del ámbito del RD 396/2006, por lo que en estos casos sería necesario establecer medidas adicionales para la protección de la seguridad y salud de las población laboral y no laboral.

Siglas empleadas: 6


RD 396/2006

Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto. Ver también los comentarios de la Guía Técnica del INSST sobre el RD 396/2006 sobre las partes y ar"culos mencionados.

RD 374/2001

Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. Ver también los comentarios de la Guía Técnica del INSST sobre el RD 374/2001 sobre las partes y ar"culos mencionados

UNE 171370-1

UNE 171370-1:2014 (Versión corregida en fecha 2016-03-02). Amianto. Parte 1: Cualificación de empresas que trabajan con materiales con amianto.

UNE 171370-2

UNE 171370-2:202. Amianto. Parte 2: Localización y diagnós co de amianto.

Nota aclaratoria: en este apartado solo se mencionan determinadas referencias a la norma)va legal y técnica rela)va al amianto. En el proceso de revisión y aprobación de planes de trabajo está implicada una mayor can)dad de normas, guías y documentos divulga)vos. Se destaca especialmente las guías técnicas publicadas por el INSST de los RD indicados. 1.

Ac%vidades preven%vas y jus%ficación documental de interés.

Las medidas y ac vidades preven vas indicadas en el apartado anterior se pueden encontrar en dis ntas partes de la documentación del sistema preven vo. Se destaca lo siguiente: x

Estudio de localización e iden%ficación (o descarte) de materiales con amianto (MCA) (por ejemplo, por UNE 171370-2 o similar) antes de comenzar las obras. Por ejemplo, a través del servicio de prevención (si el estudio va a formar parte de una evaluación de riesgos) o con en dad especializada al respecto (según requisitos del método).

x

Inscripción en el registro de empresas con riesgo de exposición por amianto (RERA).

x

Disponer de un plan único de carácter general aprobado y actualizado para los trabajos de la obra asociados a urgencias (conformes al art.11.4 del RD 396/2006) incluyendo apariciones imprevistas

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de materiales con amianto (no detectadas en el estudio de localización e iden ficación). Este plan también podrá usarse como referencias de planes sucesivos de obras no urgentes. Se destaca: -

Que disponga de resolución aprobatoria por la Autoridad Laboral (Dirección General de Trabajo).

-

Que los trabajos que se pretendan llevar a cabo estén contemplados en el plan.

-

Que las ac vidades preven vas implicadas se hayan mantenido en vigor o estén en vigor antes de la fecha prevista de comienzo de los trabajos.

Los siguientes aspectos también resultan de interés, pero implican disponer de una experiencia previa en trabajos con amianto: x

Experiencia en trabajos con amianto bajo planes de trabajo anteriores previamente aprobados. En Canarias, el medio preferente de acreditación de la experiencia en trabajos con amianto es mediante jus ficantes de haber remi do a la Autoridad Laboral (Dirección General de Trabajo), las fichas de datos sobre exposición de trabajos1 según anexo IV del RD 396/2006 de los planes ejecutados.

x

Disponer de mediciones higiénicas personales (dinámicas) por debajo del valor límite (VLA). Por ejemplo, mediante informe del servicio de prevención donde se especifique: las fechas, el po de trabajo, los resultados obtenidos y las conclusiones con respecto al valor de referencia considerado. En caso de superación de valores de referencia o resultados anómalos, indicación de las actuaciones desempeñadas y jus ficación al respecto. Declaración expresa de que no se han omi do resultados (desfavorables o anómalos).

Por úl mo, se recuerda que la norma va específica de amianto (RD 396/2006) contempla la comprobación de requisitos de seguridad y salud a través del proceso de aprobación de planes de trabajo, referido a las obras o trabajos que se pretendan llevar a cabo. Determinados aspectos generales pueden quedar fuera de este sistema de comprobación. Auditorías internas, lugares de almacenamiento de equipos y materiales, controles, revisiones y ensayos; registros y procedimientos internos, etc., son algunos ejemplos a este respecto. La norma UNE 171370-1 sobre cualificación en empresas que trabajan con amianto, incluye, entre otros, requisitos y criterios de po administra vo, jurídico, económico, organiza vo y técnico en un ámbito más amplio al de los planes de trabajo de amianto (rela vo solo a determinadas ac vidades y 1

Ficha para el registro de datos de la evaluación de la exposición en los trabajos con amianto (anexo IV del RD 396/2006, de 31 de marzo). 8


obras). Las empresas que hayan implantado estos requisitos y criterios técnicos podrán jus ficar un mayor nivel de seguridad y salud a este respecto.

1.

Conclusiones

La aparición imprevista de amianto en obras puede repercu r en la salud de la población tanto laboral como no laboral. La prevención de estos daños es el obje vo principal de este documento. Además de lo anterior, resulta necesario tener en cuenta otros posibles efectos nega vos en caso de que se detecte la presencia de amianto en las obras: incumplimientos legales, alarmas sociales, denuncias, retrasos o paralizaciones de obras, etc. En los apartados 2 y 3 de este documento se destacan aspectos y medidas de especial interés asociadas a las apariciones imprevistas de amianto en obras.

Se hace constar que cualquier propuesta o medida indicada en este documento técnico podrá verse afectada por precisiones, modificaciones o cambios derivadas de las peculiaridades de los trabajos, de cambios en normas de referencias o de futuros acuerdos de grupos de trabajo.

2.

Bibliogra;a:

x

Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales. BOE núm. 269, de

10 de noviembre de 1995. Jefatura del Estado. enlace

x

Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los

Servicios de Prevención. BOE núm. 27, de 31/01/1997. Ministerio de Trabajo y asuntos sociales. enlace

x

Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones

mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto. BOE núm. 86, de 11/04/2006. Ministerio de la Presidencia. enlace

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x

Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con la

exposición al amianto - Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo. BOE nº 86, de 11 de abril. Ins tuto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST). enlace

x

Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre protección de la salud y seguridad de los

trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. BOE núm. 104, de 01/05/2001. Ministerio de la Presidencia. enlace

x

Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con la

exposición a agentes químicos - Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, BOE núm. 104, de 01/05/2001. Ins tuto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST). enlace

x

UNE 171370-1:2014 (Versión corregida en fecha 2016-03-02). Amianto. Parte 1:

Cualificación de empresas que trabajan con materiales con amianto. AENOR. x

UNE 171370-2:202. Amianto. Parte 2: Localización y diagnós co de amianto. AENOR.

x

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Erradicar el amianto en la UE»

(2015/C 251/03). Comité Económico Social Europeo. enlace.

x

Reglamento (CE) nº 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de

diciembre de 2006, rela vo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH), por el que se crea la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas. (Apendice7, Anexo XVIII). Parlamento europeo. enlace.

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