Boletín Informativo - Medikuaren Berria nº33

Page 1

L A I C SPE

Medikuaren Berria

Boletín Informativo

- Nº 33 - Abril 2011 -

PRESTACIONES PARA LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR y PROFESIONAL AYUDA A PLAZA EN RESIDENCIA DE PERSONAS MAYORES Definición

Ayuda económica destinada a cubrir el coste que origina la estancia en un centro residencial para personas mayores en situación de dependencia

Destinatarios

• • •

Aportación de FPH

Requisitos de Acceso

• •

• • •

Médicos colegiados y cónyuges que se encuentren ingresados en un centro residencial para personas mayores. Familiares de colegiados (cónyuges, padres o suegros), que estén reconocidos como dependientes por la administración pública competente y necesiten ingresar en un centro residencial. Familiares de colegiados (padres o suegros), que siendo dependientes y habiendo solicitado la valoración de la situación de dependencia a la administración pública competente, se encuentran a la espera de la resolución y necesiten ingresar en un centro residencial para personas mayores en situación de dependencia. Médico colegiado/cónyuge: 450€/mes. Padres/suegros: ingresos totales/unidad familiar, según siguiente escalar: Ingresos/año Ayuda FPH/mes Hasta 10.150€/año 450€/mes Hasta 14.000€/año 400€/mes Hasta 21.000€/año 300€/mes Hasta 28.000€/año 150€/mes Hasta pensión máx. anual S. Social 100€/mes Más de la pensión máxima anual de la Seguridad Social NO recibirá nada Realizar ingreso en una residencia para personas mayores posteriormente a la solicitud de la ayuda y durante el año 2011; además: Médico/cónyuge: • 10 años de colegiación ininterrumpida. • No superar el tope de la pensión máxima del Estado. Padres/suegros. • 10 años de colegiación ininterrumpida del médico colegiado titular. • Tener como cuidador principal al médico colegido titular de la prestación, previamente al ingreso en residencia. • Tener reconocido por la administración pública competente el Grado III de Dependencia, o estar tramitando ante la administración pública competente la valoración del grado de dependencia; En ese caso, se presentará informe de salud. • Tener unos ingresos totales, por todos los conceptos, de acuerdo al escalado del apartado anterior.

nº 33

E n í t Bole

Abril 2011

Medikuaren Berria

Boletín Informativo Colegio Oficial de Médicos de Bizkaia Bizkaiko Sendagileen Elkartea

Estimados compañeros: Con fecha 31 de marzo de 2011 se ha celebrado la Asamblea anual del Ilustre Colegio de Médicos de Bizkaia. Como recordareis, el punto 4 del orden del día decía: FUNDACIÓN PATRONATO DE HUÉRFANOS Y PROTECCIÓN SOCIAL DE MÉDICOS “PRÍNCIPE DE ASTURIAS”. PROPUESTA DE FUTURO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL ICOMBi Podéis leer con detenimiento en el informe adjunto, las opciones que se plantearon ante la Asamblea. Os adelantamos que la misma se decantó de forma casi unánime por que a partir de este momento las relaciones entre los colegiados y la Fundación Patronato de Huérfanos y Protección Social de Médicos “Príncipe de Asturias” se regularán en los términos que se describen en el “ESCENARIO 1” de dicho informe. A modo de resumen las acciones que se derivan de esta decisión son: •

Cada colegiado optará de forma libre y voluntaria si mantiene su relación con la Fundación Patronato de Huérfanos y Protección Social de Médicos “Príncipe de Asturias” o no. En caso afirmativo no hay que realizar ninguna acción pero en caso contrario deberás comunicar tu decisión de forma fehaciente al Colegio para que a partir de este momento nos ajustemos a tu elección.

A partir de este momento se emitirán de forma separada, en dos recibos físicos distintos, la cuota colegial y el recibo de la Fundación Patronato de Huérfanos y Protección Social de Médicos “Príncipe de Asturias” .

Esta situación no supone, en ningún caso, pérdida de prestaciones de los compañeros que actualmente la reciben. Obviamente, en caso de renuncia a la relación con la Fundación Patronato de Huérfanos y Protección Social de Médicos “Príncipe de Asturias” se pierden todos los derechos que se tenían hasta ese momento.

El papel del Colegio será el mismo que ha venido realizando hasta el momento, siendo un mero intermediario gestor entre la Fundación Patronato de Huérfanos y Protección Social de Médicos “Príncipe de Asturias” y el médico, facilitando los cobros y gestionando las prestaciones.

De forma excepcional y a fin de que cada uno tenga tiempo a tomar una decisión, se va a retrasar hasta el 1 de mayo la emisión de los recibos que corresponden al 2º trimestre.

Antes de que toméis una decisión os aconsejamos encarecidamente que dediquéis un tiempo a la lectura del catálogo de las prestaciones que proporciona la Fundación Patronato de Huérfanos y Protección Social de Médicos “Príncipe de Asturias” en la seguridad de que os sorprenderán positivamente ya que creemos que en muchos casos existe un desconocimiento a este respecto. Os recordamos que la participación en la misma, no solamente hay que entenderla como una relación individual, sino que, está basado en el concepto de la solidaridad al crear un fondo para ayudar a compañeros que puedan verse necesitados y que gracias a los que no lo necesitan se posibilitan estas prestaciones en momentos difíciles. Os recuerdo las cifras actuales de prestaciones que a día de hoy se entregan en Bizkaia. Son 93 colegiados y familiares los que se benefician de las ayudas concedidas por el Patronato: 11 médicos inválidos, 17 huérfanos inválidos, 50 huérfanos, 1 gran dependiente en residencia asistida, 14 becas concedidas a huérfanos de médicos. Esto supone más de 33.000 € mensuales que hacen un total de más de 400.000€ anuales concedidos en ayudas en Bizkaia, gracias a la solidaridad de todos los médicos. Es por todo ello que, respetando vuestra voluntad, desde esta Junta Directiva os animamos a que mantengáis vuestra aportación solidaria a la Fundación Patronato de Huérfanos y Protección Social de Médicos “Príncipe de Asturias”.


2

Colegio Oficial de Médicos de Bizkaia Bizkaiko Sendagileen Elkartea

Boletín Informativo Medikuaren Berria - Nº 33 - Abril 2011 -

Colegio Oficial de Médicos de Bizkaia Bizkaiko Sendagileen Elkartea

Asamblea General 2011_ Punto nº 4

Asamblea General 2011_ Punto nº 4

Fundación Patronato Huérfanos La Fundación tiene su origen en el Colegio de Huérfanos Príncipe de Asturias de 1917, teniendo como finalidad fundacional inicial la de atender a los huérfanos de médicos, menores de diez años. Posteriormente, el Colegio de Huérfanos vino a ampliar el fin fundacional a otros problemas de protección social relacionados con médicos con dificultades económicas y sociales que, por cuestiones de edad o de incapacidad permanente, no pudieran ejercer su profesión. En 1964 el Colegio de Huérfanos cambia de denominación pasándose a llamarse Patronato de Protección Social, manteniendo como finalidades fundacionales las de ayuda económica a los médicos en situación de dependencia, a sus viudas y huérfanos.

3

Boletín Informativo Medikuaren Berria - Nº 33 - Abril 2011 -

Escenarios

Las instituciones benéficas basadas en el principio de la solidaridad, del tipo del patronato, se han ido adaptando a la realidad social, por un lado, para superar el encorsetamiento legal al que estaban sometidas y, por otro, para ampliar y mejorar las prestaciones que vienen siendo demandadas por los nuevos tiempos.

ESCENARIO 1.- VOLUNTARIEDAD

Así, lo que en 1917 nació como Colegio Príncipe de Asturias es ahora, en el año 2010, tras casi un siglo de evolución, la actual Fundación Patronato de Huérfanos y Protección Social “Príncipe de Asturias”. Y lo que inicialmente era un colegio para hijos de médicos pobres, en la actualidad tiene todo tipo de modernas prestaciones y ayudas como becas, PAIME, ayudas a la dependencia, etc…

• • •

Es el médico el que pertenece y participa en la Fundación, de forma individual, manteniendo todos los derechos y obligaciones que tenía hasta ahora. Las aportaciones económicas a la Fundación las realiza de forma voluntaria e individual. El Colegio gestiona, como en la actualidad, y para la Fundación, el cobro de las cuotas y los pagos de las prestaciones que correspondan. El Colegio emitirá el recibo de la Fundación por separado del recibo de la cuota colegial propiamente dicha, de la siguiente manera: 1. Cuota Colegial, que a partir de la Asamblea y para lo que queda de año, será de 50,75€ trimestrales (cuota mínima establecida por la OMC) 2. Cuota de la Fundación Patronato de Huérfanos por una cuantía de 23, 77 € trimestrales.

ESCENARIO 2.- UNIFICACIÓN DE CUOTAS. OBLIGATORIEDAD En 1998 el Patronato del Colegio de Huérfanos pasa a constituirse en Fundación, manteniendo los fines del antiguo Patronato y ampliando el ámbito de atención social. Tanto el ICOMBi como la OMC tienen previsto en sus Estatutos, entre otras finalidades, la de promover, colaborar y participar en la protección social de los médicos y, en especial, de los jubilados, enfermos e inválidos, viudos/ as, hijos/as, minusválidos físicos y/o psíquicos y huérfanos de médico y otras iniciativas similares. Para el desarrollo de esta finalidad de protección social, los colegiados tradicionalmente hemos venido colaborando, con el antiguo Patronato de Huérfanos y hoy con la Fundación, mediante nuestras aportaciones trimestrales a la misma. El Colegio ha seguido el modelo de gestión directa de las prestaciones que la Fundación ha venido reconociendo a los beneficiarios de las ayudas, actuando de manera delegada, por cuenta y en nombre de ésta, en el cobro y en el abono de las cuantías reconocidas por la Fundación.

Gracias a esta solidaridad, hoy en día, en Bizkaia, cerca de 100 colegiados y familiares se benefician de las ayudas concedidas por el Patronato: 11 médicos inválidos, 17 huérfanos inválidos, 50 huérfanos, 1 gran dependiente en residencia asistida, 14 becas concedidas a huérfanos de médicos. Esto supone más de 33.000 € mensuales que hacen un total de más de 400.000€ anuales concedidos en ayudas en Bizkaia, gracias a la solidaridad de todos los médicos. En el intento de adecuación a los tiempos actuales, tras valorar diferentes posibilidades e intentando preservar el futuro de la Fundación, ésta plantea dos escenarios de relación posibles:

• • • • • •

Es el Colegio, en conjunto, como institución, el que pertenece y participa en la Fundación. Es el Colegio el que se hace cargo y responsable de las prestaciones de la Fundación, gestionando todos los ingresos y los pagos. Los derechos de cada médico se mantienen como hasta ahora. La aportación a la Fundación sería del Colegio, no de cada colegiado. Esto obliga a incluir en la propia cuota colegial, la cuota de la Fundación. La pertenencia a la misma pasaría a ser obligatoria

Valoración Valoración de la Junta Directiva del ESCENARIO 1:

Valoración de la Junta Directiva del ESCENARIO 2:

• •

• •

Es el propio colegiado quién decide si continúa perteneciendo y contribuyendo voluntariamente a la Fundación, o no. No hipoteca el futuro del colegio con prestaciones obligatorias autoimpuestas que le pueden condicionar en el futuro. Es, en la práctica, el mismo sistema que teníamos hasta ahora.

• •

Coarta la libertad de elección de pertenencia o no. El Colegio no debe establecer compromisos que puedan hipotecarle en el futuro. La hipotética ampliación de prestaciones podría ser sólo temporal, con los problemas que acarrearía su posterior eliminación. No es labor del Colegio asumir directamente las coberturas de protección social. Debe delegar esta función en estructuras diseñadas específicamente para ello y que, hasta el momento, han demostrado su competencia.

*(En cualquier caso, para aquellos colegiados que quieran seguir recibiendo las prestaciones y ayudas de la Fundación, el Colegio continuará la gestión con la Fundación como hasta el momento, sin necesidad de realizar ningún tramite por parte del colegiado). *(En caso de resultar elegida la opción del escenario 1: Con carácter excepcional, la emisión del recibo del 2º trimestre se retrasará un mes para dar tiempo, a aquéllos que decidan darse de baja de la Fundación Patronato de Huérfanos, a comunicar al Colegio su decisión y no emitirles el recibo correspondiente a la Fundación. Esta comunicación, obligatoriamente, deberá ser por escrito. Pasado este plazo, el 1 de Mayo se procederá a la emisión de los recibos correspondientes).


2

Colegio Oficial de Médicos de Bizkaia Bizkaiko Sendagileen Elkartea

Boletín Informativo Medikuaren Berria - Nº 33 - Abril 2011 -

Colegio Oficial de Médicos de Bizkaia Bizkaiko Sendagileen Elkartea

Asamblea General 2011_ Punto nº 4

Asamblea General 2011_ Punto nº 4

Fundación Patronato Huérfanos La Fundación tiene su origen en el Colegio de Huérfanos Príncipe de Asturias de 1917, teniendo como finalidad fundacional inicial la de atender a los huérfanos de médicos, menores de diez años. Posteriormente, el Colegio de Huérfanos vino a ampliar el fin fundacional a otros problemas de protección social relacionados con médicos con dificultades económicas y sociales que, por cuestiones de edad o de incapacidad permanente, no pudieran ejercer su profesión. En 1964 el Colegio de Huérfanos cambia de denominación pasándose a llamarse Patronato de Protección Social, manteniendo como finalidades fundacionales las de ayuda económica a los médicos en situación de dependencia, a sus viudas y huérfanos.

3

Boletín Informativo Medikuaren Berria - Nº 33 - Abril 2011 -

Escenarios

Las instituciones benéficas basadas en el principio de la solidaridad, del tipo del patronato, se han ido adaptando a la realidad social, por un lado, para superar el encorsetamiento legal al que estaban sometidas y, por otro, para ampliar y mejorar las prestaciones que vienen siendo demandadas por los nuevos tiempos.

ESCENARIO 1.- VOLUNTARIEDAD

Así, lo que en 1917 nació como Colegio Príncipe de Asturias es ahora, en el año 2010, tras casi un siglo de evolución, la actual Fundación Patronato de Huérfanos y Protección Social “Príncipe de Asturias”. Y lo que inicialmente era un colegio para hijos de médicos pobres, en la actualidad tiene todo tipo de modernas prestaciones y ayudas como becas, PAIME, ayudas a la dependencia, etc…

• • •

Es el médico el que pertenece y participa en la Fundación, de forma individual, manteniendo todos los derechos y obligaciones que tenía hasta ahora. Las aportaciones económicas a la Fundación las realiza de forma voluntaria e individual. El Colegio gestiona, como en la actualidad, y para la Fundación, el cobro de las cuotas y los pagos de las prestaciones que correspondan. El Colegio emitirá el recibo de la Fundación por separado del recibo de la cuota colegial propiamente dicha, de la siguiente manera: 1. Cuota Colegial, que a partir de la Asamblea y para lo que queda de año, será de 50,75€ trimestrales (cuota mínima establecida por la OMC) 2. Cuota de la Fundación Patronato de Huérfanos por una cuantía de 23, 77 € trimestrales.

ESCENARIO 2.- UNIFICACIÓN DE CUOTAS. OBLIGATORIEDAD En 1998 el Patronato del Colegio de Huérfanos pasa a constituirse en Fundación, manteniendo los fines del antiguo Patronato y ampliando el ámbito de atención social. Tanto el ICOMBi como la OMC tienen previsto en sus Estatutos, entre otras finalidades, la de promover, colaborar y participar en la protección social de los médicos y, en especial, de los jubilados, enfermos e inválidos, viudos/ as, hijos/as, minusválidos físicos y/o psíquicos y huérfanos de médico y otras iniciativas similares. Para el desarrollo de esta finalidad de protección social, los colegiados tradicionalmente hemos venido colaborando, con el antiguo Patronato de Huérfanos y hoy con la Fundación, mediante nuestras aportaciones trimestrales a la misma. El Colegio ha seguido el modelo de gestión directa de las prestaciones que la Fundación ha venido reconociendo a los beneficiarios de las ayudas, actuando de manera delegada, por cuenta y en nombre de ésta, en el cobro y en el abono de las cuantías reconocidas por la Fundación.

Gracias a esta solidaridad, hoy en día, en Bizkaia, cerca de 100 colegiados y familiares se benefician de las ayudas concedidas por el Patronato: 11 médicos inválidos, 17 huérfanos inválidos, 50 huérfanos, 1 gran dependiente en residencia asistida, 14 becas concedidas a huérfanos de médicos. Esto supone más de 33.000 € mensuales que hacen un total de más de 400.000€ anuales concedidos en ayudas en Bizkaia, gracias a la solidaridad de todos los médicos. En el intento de adecuación a los tiempos actuales, tras valorar diferentes posibilidades e intentando preservar el futuro de la Fundación, ésta plantea dos escenarios de relación posibles:

• • • • • •

Es el Colegio, en conjunto, como institución, el que pertenece y participa en la Fundación. Es el Colegio el que se hace cargo y responsable de las prestaciones de la Fundación, gestionando todos los ingresos y los pagos. Los derechos de cada médico se mantienen como hasta ahora. La aportación a la Fundación sería del Colegio, no de cada colegiado. Esto obliga a incluir en la propia cuota colegial, la cuota de la Fundación. La pertenencia a la misma pasaría a ser obligatoria

Valoración Valoración de la Junta Directiva del ESCENARIO 1:

Valoración de la Junta Directiva del ESCENARIO 2:

• •

• •

Es el propio colegiado quién decide si continúa perteneciendo y contribuyendo voluntariamente a la Fundación, o no. No hipoteca el futuro del colegio con prestaciones obligatorias autoimpuestas que le pueden condicionar en el futuro. Es, en la práctica, el mismo sistema que teníamos hasta ahora.

• •

Coarta la libertad de elección de pertenencia o no. El Colegio no debe establecer compromisos que puedan hipotecarle en el futuro. La hipotética ampliación de prestaciones podría ser sólo temporal, con los problemas que acarrearía su posterior eliminación. No es labor del Colegio asumir directamente las coberturas de protección social. Debe delegar esta función en estructuras diseñadas específicamente para ello y que, hasta el momento, han demostrado su competencia.

*(En cualquier caso, para aquellos colegiados que quieran seguir recibiendo las prestaciones y ayudas de la Fundación, el Colegio continuará la gestión con la Fundación como hasta el momento, sin necesidad de realizar ningún tramite por parte del colegiado). *(En caso de resultar elegida la opción del escenario 1: Con carácter excepcional, la emisión del recibo del 2º trimestre se retrasará un mes para dar tiempo, a aquéllos que decidan darse de baja de la Fundación Patronato de Huérfanos, a comunicar al Colegio su decisión y no emitirles el recibo correspondiente a la Fundación. Esta comunicación, obligatoriamente, deberá ser por escrito. Pasado este plazo, el 1 de Mayo se procederá a la emisión de los recibos correspondientes).


Colegio Oficial de Médicos de Bizkaia Bizkaiko Sendagileen Elkartea

4

Boletín Informativo Medikuaren Berria - Nº 33 - Abril 2011 -

Colegio Oficial de Médicos de Bizkaia Bizkaiko Sendagileen Elkartea Boletín Informativo Medikuaren Berria - Nº 33 - Abril 2011 -

Fundación Patronato Huérfanos _ Catálogo Prestaciones 2011 PRESTACIONES ASISTENCIALES

Fundación Patronato Huérfanos _ Catálogo Prestaciones 2011 PRESTACIONES ASISTENCIALES PARA HUÉRFANOS DE MÉDICOS

MÉDICO DISCAPACITADO

HUÉRFANO DISCAPACITADO

Definición

Ayuda económica dirigida a apoyar a los/as médicos colegiados que presenten un grado de discapacidad y que carezcan de los recursos económicos suficientes para atender sus necesidades.

Definición

Ayuda económica de carácter mensual, destinada sufragar los gastos derivados de una situación de dependencia.

Destinatarios

Médicos/as colegiados/as con discapacidad reconocida superior al 65%.

Destinatarios

Aportación de FPH

Aportación de FPH Pago de hasta 1.100 € con carácter mensual.

Requisitos de Acceso

• • • • •

10 años de colegiación ininterrumpida. Ser médico/a colegiado/a. Tener una minusvalía reconocida en grado superior al 65 %. Carecer de recursos económicos y patrimoniales suficientes. Tener ingresos inferiores a los topes establecidos anualmente por la Fundación (13.200€/año).

Pago de hasta 416 € con carácter mensual

Requisitos de Acceso

• • • • •

Ayuda económica de carácter mensual destinada a complementar los ingresos durante la jubilación

Destinatarios

Médicos jubilados con ingresos económicos o patrimoniales insuficientes.

Aportación de FPH

Pago de hasta 1.100 € con carácter mensual.

Requisitos de Acceso

• • • •

Huérfanos/as discapacitados/as, hijos/as de médicos protegidos/as por la Fundación, con un grado de minusvalía superior al 65%. Huérfanos/as del personal de la OMC adheridos voluntariamente a la Fundación, con un grado de minusvalía superior al 65%.

Aportación de FPH

MÉDICO JUBILADO Definición

10 años de colegiación ininterrumpida. Ser médico/a colegiado/a. Estar jubilado y no ejercer la profesión. Carecer de ingresos económicos o patrimoniales o que los ingresos sean inferiores al tope establecido por la Fundación (13.200€).

10 años de colegiación ininterrumpida. Ser soltero /a. Tener reconocida una incapacidad permanente física, psíquica o sensorial, de al menos el 65%, que le incapacite para el trabajo. Depender económicamente del colegiado en el momento del fallecimiento de éste. Tener unos ingresos por todos los conceptos, inferiores al tope establecido anualmente por la Fundación (16.827€/año y huérfanos absolutos 37.479 €/año). En el caso de que precisaran ser ingresados, o precisen la ayuda de tercera persona, se arbitrará una ayuda especial que, teniendo en cuenta sus posibilidades y las de la Fundación, les permita hacer frente a esa contingencia.

PRESTACIONES EDUCACIONALES PRESTACIÓN EDUCACIONAL A HUÉRFANOS DE MÉDICOS MENORES DE 21 AÑOS

VIUDEDAD DE MÉDICO Definición

Ayuda económica de carácter mensual, destinada a cubrir las necesidades de los/as cónyuges de colegiados en situación de viudedad.

Destinatarios

Cónyuges de médico colegiado fallecidos, con insuficientes recursos

Aportación de FPH

Pago de hasta 661 € con carácter mensual

Requisitos de Acceso

• • • • • • •

10 años de colegiación ininterrumpida. Ser viudo/a de médico colegiado/a. Tener carencia o insuficiencia de recursos económicos o patrimoniales. Tener ingresos inferiores al tope establecido en ese momento por la Fundación (7.932 €/año). No haber contraído nuevo matrimonio. No ser divorciado/a. En caso de haber más de un/a viudo/a del mismo colegiado, el/la beneficiario/a será el último/a de ellos.

Definición

Ayuda económica de carácter mensual destinada a cubrir gastos educacionales de todos los beneficiarios de la Fundación menores de 21 años.

Destinatarios

Huérfanos de colegiados o hijos de colegiado jubilados o discapacitados, sin recursos y protegidos por la Fundación.

Aportación de FPH

• • •

Pago de 320 € con carácter mensual. Pago de 437 € con carácter mensual para los huérfanos de padre y madre. Pago de 874 € con carácter mensual para los huérfanos de padre y madre, ambos médicos

Requisitos de Acceso

• • •

Ser huérfano de colegiado o hijo de colegiado, sin recursos y protegido por la Fundación. Tener menos de 21 años en el momento de entrar en la Fundación. Ser descendiente directo de médico fallecido hasta el segundo grado, y a la vez huérfano de padre y madre

PRÓRROGA DE ESTUDIOS AL CUMPLIR 21 AÑOS HUÉRFANO MAYOR DE 60 AÑOS Definición

Ayuda económica destinada a cubrir gastos personales.

Destinatarios

Huérfanos/as de médicos/as, mayores de 60 años, que carezcan de recursos económicos o bienes patrimoniales, o estos sean insuficientes.

Aportación de FPH

Pago de hasta 661 € con carácter mensual.

Requisitos de Acceso

• • • • • •

10 años de colegiación ininterrumpida. Ser soltero/a. Tener más de 60 años . Haber dependido económicamente de sus padres de forma ininterrumpida. Tener carencia o insuficiencia de recursos económicos o patrimoniales. Tener ingresos inferiores a el tope establecido anualmente por la Fundación (7.932€).

5

Definición

Ayuda económica destinada a prorrogar la cobertura del coste de la educación de los huérfanos de colegiados hasta finalizar el curso.

Destinatarios

Huérfanos de médicos colegiados que estando realizando estudios oficiales, cumplan 21 años en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de agosto de ese mismo año.

Aportación de FPH

• • •

Requisitos de Acceso

• • •

Pago de 320 € con carácter mensual, hasta septiembre de ese mismo año. Pago de 437 €, con carácter mensual para los huérfanos de padre y madre, hasta septiembre de ese mismo año. Pago de 874 €, con carácter mensual, para los huérfanos de padre y madre, ambos médicos, hasta septiembre de ese mismo año. Ser huérfano de colegiado o de empleado de la OMC (o hijo de colegiado sin recursos y protegido por la Fundación). Cumplir 21 años entre el 1 de enero y el 31 de agosto. Estar matriculado de estudios oficialmente reglamentados, durante ese año y en un curso completo


Colegio Oficial de Médicos de Bizkaia Bizkaiko Sendagileen Elkartea

4

Boletín Informativo Medikuaren Berria - Nº 33 - Abril 2011 -

Colegio Oficial de Médicos de Bizkaia Bizkaiko Sendagileen Elkartea Boletín Informativo Medikuaren Berria - Nº 33 - Abril 2011 -

Fundación Patronato Huérfanos _ Catálogo Prestaciones 2011 PRESTACIONES ASISTENCIALES

Fundación Patronato Huérfanos _ Catálogo Prestaciones 2011 PRESTACIONES ASISTENCIALES PARA HUÉRFANOS DE MÉDICOS

MÉDICO DISCAPACITADO

HUÉRFANO DISCAPACITADO

Definición

Ayuda económica dirigida a apoyar a los/as médicos colegiados que presenten un grado de discapacidad y que carezcan de los recursos económicos suficientes para atender sus necesidades.

Definición

Ayuda económica de carácter mensual, destinada sufragar los gastos derivados de una situación de dependencia.

Destinatarios

Médicos/as colegiados/as con discapacidad reconocida superior al 65%.

Destinatarios

Aportación de FPH

Aportación de FPH Pago de hasta 1.100 € con carácter mensual.

Requisitos de Acceso

• • • • •

10 años de colegiación ininterrumpida. Ser médico/a colegiado/a. Tener una minusvalía reconocida en grado superior al 65 %. Carecer de recursos económicos y patrimoniales suficientes. Tener ingresos inferiores a los topes establecidos anualmente por la Fundación (13.200€/año).

Pago de hasta 416 € con carácter mensual

Requisitos de Acceso

• • • • •

Ayuda económica de carácter mensual destinada a complementar los ingresos durante la jubilación

Destinatarios

Médicos jubilados con ingresos económicos o patrimoniales insuficientes.

Aportación de FPH

Pago de hasta 1.100 € con carácter mensual.

Requisitos de Acceso

• • • •

Huérfanos/as discapacitados/as, hijos/as de médicos protegidos/as por la Fundación, con un grado de minusvalía superior al 65%. Huérfanos/as del personal de la OMC adheridos voluntariamente a la Fundación, con un grado de minusvalía superior al 65%.

Aportación de FPH

MÉDICO JUBILADO Definición

10 años de colegiación ininterrumpida. Ser médico/a colegiado/a. Estar jubilado y no ejercer la profesión. Carecer de ingresos económicos o patrimoniales o que los ingresos sean inferiores al tope establecido por la Fundación (13.200€).

10 años de colegiación ininterrumpida. Ser soltero /a. Tener reconocida una incapacidad permanente física, psíquica o sensorial, de al menos el 65%, que le incapacite para el trabajo. Depender económicamente del colegiado en el momento del fallecimiento de éste. Tener unos ingresos por todos los conceptos, inferiores al tope establecido anualmente por la Fundación (16.827€/año y huérfanos absolutos 37.479 €/año). En el caso de que precisaran ser ingresados, o precisen la ayuda de tercera persona, se arbitrará una ayuda especial que, teniendo en cuenta sus posibilidades y las de la Fundación, les permita hacer frente a esa contingencia.

PRESTACIONES EDUCACIONALES PRESTACIÓN EDUCACIONAL A HUÉRFANOS DE MÉDICOS MENORES DE 21 AÑOS

VIUDEDAD DE MÉDICO Definición

Ayuda económica de carácter mensual, destinada a cubrir las necesidades de los/as cónyuges de colegiados en situación de viudedad.

Destinatarios

Cónyuges de médico colegiado fallecidos, con insuficientes recursos

Aportación de FPH

Pago de hasta 661 € con carácter mensual

Requisitos de Acceso

• • • • • • •

10 años de colegiación ininterrumpida. Ser viudo/a de médico colegiado/a. Tener carencia o insuficiencia de recursos económicos o patrimoniales. Tener ingresos inferiores al tope establecido en ese momento por la Fundación (7.932 €/año). No haber contraído nuevo matrimonio. No ser divorciado/a. En caso de haber más de un/a viudo/a del mismo colegiado, el/la beneficiario/a será el último/a de ellos.

Definición

Ayuda económica de carácter mensual destinada a cubrir gastos educacionales de todos los beneficiarios de la Fundación menores de 21 años.

Destinatarios

Huérfanos de colegiados o hijos de colegiado jubilados o discapacitados, sin recursos y protegidos por la Fundación.

Aportación de FPH

• • •

Pago de 320 € con carácter mensual. Pago de 437 € con carácter mensual para los huérfanos de padre y madre. Pago de 874 € con carácter mensual para los huérfanos de padre y madre, ambos médicos

Requisitos de Acceso

• • •

Ser huérfano de colegiado o hijo de colegiado, sin recursos y protegido por la Fundación. Tener menos de 21 años en el momento de entrar en la Fundación. Ser descendiente directo de médico fallecido hasta el segundo grado, y a la vez huérfano de padre y madre

PRÓRROGA DE ESTUDIOS AL CUMPLIR 21 AÑOS HUÉRFANO MAYOR DE 60 AÑOS Definición

Ayuda económica destinada a cubrir gastos personales.

Destinatarios

Huérfanos/as de médicos/as, mayores de 60 años, que carezcan de recursos económicos o bienes patrimoniales, o estos sean insuficientes.

Aportación de FPH

Pago de hasta 661 € con carácter mensual.

Requisitos de Acceso

• • • • • •

10 años de colegiación ininterrumpida. Ser soltero/a. Tener más de 60 años . Haber dependido económicamente de sus padres de forma ininterrumpida. Tener carencia o insuficiencia de recursos económicos o patrimoniales. Tener ingresos inferiores a el tope establecido anualmente por la Fundación (7.932€).

5

Definición

Ayuda económica destinada a prorrogar la cobertura del coste de la educación de los huérfanos de colegiados hasta finalizar el curso.

Destinatarios

Huérfanos de médicos colegiados que estando realizando estudios oficiales, cumplan 21 años en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de agosto de ese mismo año.

Aportación de FPH

• • •

Requisitos de Acceso

• • •

Pago de 320 € con carácter mensual, hasta septiembre de ese mismo año. Pago de 437 €, con carácter mensual para los huérfanos de padre y madre, hasta septiembre de ese mismo año. Pago de 874 €, con carácter mensual, para los huérfanos de padre y madre, ambos médicos, hasta septiembre de ese mismo año. Ser huérfano de colegiado o de empleado de la OMC (o hijo de colegiado sin recursos y protegido por la Fundación). Cumplir 21 años entre el 1 de enero y el 31 de agosto. Estar matriculado de estudios oficialmente reglamentados, durante ese año y en un curso completo


Colegio Oficial de Médicos de Bizkaia Bizkaiko Sendagileen Elkartea

6

Boletín Informativo Medikuaren Berria - Nº 33 - Abril 2011 -

Colegio Oficial de Médicos de Bizkaia Bizkaiko Sendagileen Elkartea Boletín Informativo Medikuaren Berria - Nº 33 - Abril 2011 -

Fundación Patronato Huérfanos _ Catálogo Prestaciones 2011 PRESTACIONES EDUCACIONALES

Fundación Patronato Huérfanos _ Catálogo Prestaciones 2011 PRESTACIONES PARA LA PRORECCIÓN, PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN DE LA SALUD DEL MÉDICO

EXPEDICIÓN DE TÍTULO OFICIAL

PROGRAMA DE ATENCIÓN INTEGRAL AL MÉDICO ENFERMO (PAIME)

Definición

Ayuda económica dirigida a cubrir los gastos originados por la expedición del título oficial de los estudios realizados.

Definición

Ayuda económica destinada a hacer frente a los gastos originados por el ingreso en centro especializado para el tratamiento de los problemas psíquicos y/o conductas adictivas.

Destinatarios

Huérfanos/as de colegiados que hayan finalizado sus estudios oficiales.

Destinatarios

Aportación de FPH

Reintegro de la cantidad económica correspondiente a la expedición del título.

Médicos colegiados/as en el ejercicio de su profesión, que padecen una enfermedad mental y/o conductas adictivas.

Requisitos de Acceso

• • •

Aportación de FPH

Abono de los gastos de internamiento durante el tratamiento, hasta cubrir el porcentaje no cubierto por convenio existente entre el Consejo Autonómico de Médicos y la Comunidad Autónoma.

Requisitos de Acceso

• • •

Ser huérfano de colegiado o del personal de la OMC de alta en la Fundación. Tener menos de 25 años al entrar en la Fundación. Justificante de pago de los gastos de la expedición del título.

• • • •

BECAS PARA ESTUDIOS OFICIALES Definición

Ayuda económica por curso académico, a recibir hasta en tres cursos, o cuatro en el caso de carreras de seis años, destinada a contribuir a paliar los gastos originados por la realización de estudios oficiales.

• •

Destinatarios

Huérfanos/as, o hijos/as de médicos protegidos por la Fundación o, huérfanos/as del personal de la Organización Médica Colegial adscrito voluntariamente a la Fundación, que se encuentren matriculados de un curso completo, o equivalente en número de créditos (estudios oficiales), tengan más de 21 años y hayan solicitado la beca en el plazo indicado por la Fundación

Aportación de FPH

• • • • •

Un solo pago por curso de 3.272 €, para estudios superiores. Un solo pago de 2.906 €, para estudios medios. Un solo pago de 2.546 € para otros estudios oficiales. Pago de 437 € con carácter mensual, para los huérfanos de padre y madre, (de octubre a septiembre). Pago de 874 € con carácter mensual para los huérfanos de padre y madre ambos médicos (de octubre a septiembre).

Estar dado de alta en la Fundación como huérfano de colegiado o de empleado de la OMC voluntariamente adscrito a la Fundación. Ser hijo/a de colegiado sin recursos y protegido por la Fundación. Ser descendiente directo de médico fallecido hasta el segundo grado, y al propio tiempo huérfano/a de padre y madre. Tener menos de 25años y más de 21 años en el momento de solicitar el alta en la Fundación por primera vez. Tener los estudios ya iniciados antes de los 21 años. Estar matriculado de un curso completo, o su equivalente en créditos (60 créditos mínimo). Para solicitar la segunda beca o sucesivas, estar matriculado de un curso completo o su equivalente en créditos y haber aprobado al menos 30 créditos del curso anterior. Los huérfanos de padre y madre, cumpliendo los requisitos anteriores, seguirán durante este periodo con la prestación mensual que tenían concedida.

Requisitos de Acceso

• • • • • • •

7

Estar en posesión del título de medicina. Estar colegiado y al día en el pago de cuotas. Estar ejerciendo o, como mínimo, haberlo estado en los últimos 3 años, y tener posibilidad de volver a estar activo laboralmente. Tener problemas psíquicos y/o conductas adictivas que puedan disminuir la calidad del ejercicio profesional. Estar inscrito voluntariamente en el programa PAIME. Acceder al programa PAIME a través del Colegio Provincial de Médicos. El Colegio Oficial de Médicos deberá hacerse cargo del posterior tratamiento ambulatorio establecido por el mismo Colegio a través del equipo médico colegial. En el caso de reingreso por trastorno mental, la Fundación atenderá a todos los casos. En los casos de reingreso por adicciones, éstos se analizarán individualmente, siempre que haya transcurrido un mínimo de un año desde el primer ingreso. Aportar informe médico en los dos casos anteriores.

PROGRAMA PARA EL TRATAMIENTO Y REHABILITACIÓN DE LAS ADICCIONES Definición

Ayuda económica destinada a hacer frente a los gastos originados por los servicios de atención para la rehabilitación y reinserción prestados al médico colegiado, o sus hijos, con problemas de drogodependencias, desde la red de Centros Provinciales autorizados de la Asociación Proyecto Hombre.

Destinatarios

Médicos colegiados o sus hijos/as solteros/as con conductas adictivas.

Aportación de FPH

• • •

Requisitos de Acceso

Abono de los gastos durante el tratamiento en régimen de internamiento o ambulatorio mediante la modalidad de copago entre la FPH y el usuario, de acuerdo al siguiente criterio. Régimen *Residencial /tipo de tratamiento (*previa derivación del PAIME) de 300 a 1.200€/mes Régimen *Ambulatorio/tipo de tratamiento (*solo para hijos) de 90 a 360€/mes

Médico: • Ser médico colegiado. • Tener actualizado el pago de las cuotas. • Estar ejerciendo o, como mínimo, haberlo estado en los últimos 3 años, y tener posibilidad de volver a estar activo laboralmente. • Tener problemas de conductas adictivas que puedan disminuir la calidad del ejercicio profesional u otra actividad normalizadora. • Haber sido tratado previamente por el PAIME y se considere conveniente prolongar el tratamiento desde un Centro del Proyecto Hombre, con el compromiso expreso de seguimiento y supervisión del psiquiatra responsable de referencia del PAIME. Hijo/a de medico colegiado: • Tener actualizado el pago de las cuotas de colegiación y las de la Fundación por parte del médico colegiado progenitor causante de la prestación. • Aportar informe médico y social del Centro de Tratamiento del Proyecto Hombre al inicio y a la finalización del tratamiento. • Estar soltero/a Ambos: • Estar inscrito voluntariamente en un Programa de Tratamiento y Rehabilitación/Reinserción de un Centro Provincial Autorizado de la Asociación Proyecto Hombre. • Los casos de reingreso en el Programa tras abandono del tratamiento o recaída en el consumo, se analizarán individualmente (entre PH, Colegio de Médicos y FPH), siempre que haya transcurrido un mínimo de un año desde el ingreso inicial en el Programa. • Determinar por el Centro Provincial de la Asociación Proyecto Hombre la persona responsable del tratamiento, sea en régimen Residencial o Ambulatorio. • Determinar por el Colegio de Médicos la persona de referencia para este programa. • Compromiso de copago: 20% del coste total.


Colegio Oficial de Médicos de Bizkaia Bizkaiko Sendagileen Elkartea

6

Boletín Informativo Medikuaren Berria - Nº 33 - Abril 2011 -

Colegio Oficial de Médicos de Bizkaia Bizkaiko Sendagileen Elkartea Boletín Informativo Medikuaren Berria - Nº 33 - Abril 2011 -

Fundación Patronato Huérfanos _ Catálogo Prestaciones 2011 PRESTACIONES EDUCACIONALES

Fundación Patronato Huérfanos _ Catálogo Prestaciones 2011 PRESTACIONES PARA LA PRORECCIÓN, PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN DE LA SALUD DEL MÉDICO

EXPEDICIÓN DE TÍTULO OFICIAL

PROGRAMA DE ATENCIÓN INTEGRAL AL MÉDICO ENFERMO (PAIME)

Definición

Ayuda económica dirigida a cubrir los gastos originados por la expedición del título oficial de los estudios realizados.

Definición

Ayuda económica destinada a hacer frente a los gastos originados por el ingreso en centro especializado para el tratamiento de los problemas psíquicos y/o conductas adictivas.

Destinatarios

Huérfanos/as de colegiados que hayan finalizado sus estudios oficiales.

Destinatarios

Aportación de FPH

Reintegro de la cantidad económica correspondiente a la expedición del título.

Médicos colegiados/as en el ejercicio de su profesión, que padecen una enfermedad mental y/o conductas adictivas.

Requisitos de Acceso

• • •

Aportación de FPH

Abono de los gastos de internamiento durante el tratamiento, hasta cubrir el porcentaje no cubierto por convenio existente entre el Consejo Autonómico de Médicos y la Comunidad Autónoma.

Requisitos de Acceso

• • •

Ser huérfano de colegiado o del personal de la OMC de alta en la Fundación. Tener menos de 25 años al entrar en la Fundación. Justificante de pago de los gastos de la expedición del título.

• • • •

BECAS PARA ESTUDIOS OFICIALES Definición

Ayuda económica por curso académico, a recibir hasta en tres cursos, o cuatro en el caso de carreras de seis años, destinada a contribuir a paliar los gastos originados por la realización de estudios oficiales.

• •

Destinatarios

Huérfanos/as, o hijos/as de médicos protegidos por la Fundación o, huérfanos/as del personal de la Organización Médica Colegial adscrito voluntariamente a la Fundación, que se encuentren matriculados de un curso completo, o equivalente en número de créditos (estudios oficiales), tengan más de 21 años y hayan solicitado la beca en el plazo indicado por la Fundación

Aportación de FPH

• • • • •

Un solo pago por curso de 3.272 €, para estudios superiores. Un solo pago de 2.906 €, para estudios medios. Un solo pago de 2.546 € para otros estudios oficiales. Pago de 437 € con carácter mensual, para los huérfanos de padre y madre, (de octubre a septiembre). Pago de 874 € con carácter mensual para los huérfanos de padre y madre ambos médicos (de octubre a septiembre).

Estar dado de alta en la Fundación como huérfano de colegiado o de empleado de la OMC voluntariamente adscrito a la Fundación. Ser hijo/a de colegiado sin recursos y protegido por la Fundación. Ser descendiente directo de médico fallecido hasta el segundo grado, y al propio tiempo huérfano/a de padre y madre. Tener menos de 25años y más de 21 años en el momento de solicitar el alta en la Fundación por primera vez. Tener los estudios ya iniciados antes de los 21 años. Estar matriculado de un curso completo, o su equivalente en créditos (60 créditos mínimo). Para solicitar la segunda beca o sucesivas, estar matriculado de un curso completo o su equivalente en créditos y haber aprobado al menos 30 créditos del curso anterior. Los huérfanos de padre y madre, cumpliendo los requisitos anteriores, seguirán durante este periodo con la prestación mensual que tenían concedida.

Requisitos de Acceso

• • • • • • •

7

Estar en posesión del título de medicina. Estar colegiado y al día en el pago de cuotas. Estar ejerciendo o, como mínimo, haberlo estado en los últimos 3 años, y tener posibilidad de volver a estar activo laboralmente. Tener problemas psíquicos y/o conductas adictivas que puedan disminuir la calidad del ejercicio profesional. Estar inscrito voluntariamente en el programa PAIME. Acceder al programa PAIME a través del Colegio Provincial de Médicos. El Colegio Oficial de Médicos deberá hacerse cargo del posterior tratamiento ambulatorio establecido por el mismo Colegio a través del equipo médico colegial. En el caso de reingreso por trastorno mental, la Fundación atenderá a todos los casos. En los casos de reingreso por adicciones, éstos se analizarán individualmente, siempre que haya transcurrido un mínimo de un año desde el primer ingreso. Aportar informe médico en los dos casos anteriores.

PROGRAMA PARA EL TRATAMIENTO Y REHABILITACIÓN DE LAS ADICCIONES Definición

Ayuda económica destinada a hacer frente a los gastos originados por los servicios de atención para la rehabilitación y reinserción prestados al médico colegiado, o sus hijos, con problemas de drogodependencias, desde la red de Centros Provinciales autorizados de la Asociación Proyecto Hombre.

Destinatarios

Médicos colegiados o sus hijos/as solteros/as con conductas adictivas.

Aportación de FPH

• • •

Requisitos de Acceso

Abono de los gastos durante el tratamiento en régimen de internamiento o ambulatorio mediante la modalidad de copago entre la FPH y el usuario, de acuerdo al siguiente criterio. Régimen *Residencial /tipo de tratamiento (*previa derivación del PAIME) de 300 a 1.200€/mes Régimen *Ambulatorio/tipo de tratamiento (*solo para hijos) de 90 a 360€/mes

Médico: • Ser médico colegiado. • Tener actualizado el pago de las cuotas. • Estar ejerciendo o, como mínimo, haberlo estado en los últimos 3 años, y tener posibilidad de volver a estar activo laboralmente. • Tener problemas de conductas adictivas que puedan disminuir la calidad del ejercicio profesional u otra actividad normalizadora. • Haber sido tratado previamente por el PAIME y se considere conveniente prolongar el tratamiento desde un Centro del Proyecto Hombre, con el compromiso expreso de seguimiento y supervisión del psiquiatra responsable de referencia del PAIME. Hijo/a de medico colegiado: • Tener actualizado el pago de las cuotas de colegiación y las de la Fundación por parte del médico colegiado progenitor causante de la prestación. • Aportar informe médico y social del Centro de Tratamiento del Proyecto Hombre al inicio y a la finalización del tratamiento. • Estar soltero/a Ambos: • Estar inscrito voluntariamente en un Programa de Tratamiento y Rehabilitación/Reinserción de un Centro Provincial Autorizado de la Asociación Proyecto Hombre. • Los casos de reingreso en el Programa tras abandono del tratamiento o recaída en el consumo, se analizarán individualmente (entre PH, Colegio de Médicos y FPH), siempre que haya transcurrido un mínimo de un año desde el ingreso inicial en el Programa. • Determinar por el Centro Provincial de la Asociación Proyecto Hombre la persona responsable del tratamiento, sea en régimen Residencial o Ambulatorio. • Determinar por el Colegio de Médicos la persona de referencia para este programa. • Compromiso de copago: 20% del coste total.


L A I C SPE

Medikuaren Berria

Boletín Informativo

- Nº 33 - Abril 2011 -

PRESTACIONES PARA LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR y PROFESIONAL AYUDA A PLAZA EN RESIDENCIA DE PERSONAS MAYORES Definición

Ayuda económica destinada a cubrir el coste que origina la estancia en un centro residencial para personas mayores en situación de dependencia

Destinatarios

• • •

Aportación de FPH

Requisitos de Acceso

• •

• • •

Médicos colegiados y cónyuges que se encuentren ingresados en un centro residencial para personas mayores. Familiares de colegiados (cónyuges, padres o suegros), que estén reconocidos como dependientes por la administración pública competente y necesiten ingresar en un centro residencial. Familiares de colegiados (padres o suegros), que siendo dependientes y habiendo solicitado la valoración de la situación de dependencia a la administración pública competente, se encuentran a la espera de la resolución y necesiten ingresar en un centro residencial para personas mayores en situación de dependencia. Médico colegiado/cónyuge: 450€/mes. Padres/suegros: ingresos totales/unidad familiar, según siguiente escalar: Ingresos/año Ayuda FPH/mes Hasta 10.150€/año 450€/mes Hasta 14.000€/año 400€/mes Hasta 21.000€/año 300€/mes Hasta 28.000€/año 150€/mes Hasta pensión máx. anual S. Social 100€/mes Más de la pensión máxima anual de la Seguridad Social NO recibirá nada Realizar ingreso en una residencia para personas mayores posteriormente a la solicitud de la ayuda y durante el año 2011; además: Médico/cónyuge: • 10 años de colegiación ininterrumpida. • No superar el tope de la pensión máxima del Estado. Padres/suegros. • 10 años de colegiación ininterrumpida del médico colegiado titular. • Tener como cuidador principal al médico colegido titular de la prestación, previamente al ingreso en residencia. • Tener reconocido por la administración pública competente el Grado III de Dependencia, o estar tramitando ante la administración pública competente la valoración del grado de dependencia; En ese caso, se presentará informe de salud. • Tener unos ingresos totales, por todos los conceptos, de acuerdo al escalado del apartado anterior.

nº 33

E n í t Bole

Abril 2011

Medikuaren Berria

Boletín Informativo Colegio Oficial de Médicos de Bizkaia Bizkaiko Sendagileen Elkartea

Estimados compañeros: Con fecha 31 de marzo de 2011 se ha celebrado la Asamblea anual del Ilustre Colegio de Médicos de Bizkaia. Como recordareis, el punto 4 del orden del día decía: FUNDACIÓN PATRONATO DE HUÉRFANOS Y PROTECCIÓN SOCIAL DE MÉDICOS “PRÍNCIPE DE ASTURIAS”. PROPUESTA DE FUTURO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL ICOMBi Podéis leer con detenimiento en el informe adjunto, las opciones que se plantearon ante la Asamblea. Os adelantamos que la misma se decantó de forma casi unánime por que a partir de este momento las relaciones entre los colegiados y la Fundación Patronato de Huérfanos y Protección Social de Médicos “Príncipe de Asturias” se regularán en los términos que se describen en el “ESCENARIO 1” de dicho informe. A modo de resumen las acciones que se derivan de esta decisión son: •

Cada colegiado optará de forma libre y voluntaria si mantiene su relación con la Fundación Patronato de Huérfanos y Protección Social de Médicos “Príncipe de Asturias” o no. En caso afirmativo no hay que realizar ninguna acción pero en caso contrario deberás comunicar tu decisión de forma fehaciente al Colegio para que a partir de este momento nos ajustemos a tu elección.

A partir de este momento se emitirán de forma separada, en dos recibos físicos distintos, la cuota colegial y el recibo de la Fundación Patronato de Huérfanos y Protección Social de Médicos “Príncipe de Asturias” .

Esta situación no supone, en ningún caso, pérdida de prestaciones de los compañeros que actualmente la reciben. Obviamente, en caso de renuncia a la relación con la Fundación Patronato de Huérfanos y Protección Social de Médicos “Príncipe de Asturias” se pierden todos los derechos que se tenían hasta ese momento.

El papel del Colegio será el mismo que ha venido realizando hasta el momento, siendo un mero intermediario gestor entre la Fundación Patronato de Huérfanos y Protección Social de Médicos “Príncipe de Asturias” y el médico, facilitando los cobros y gestionando las prestaciones.

De forma excepcional y a fin de que cada uno tenga tiempo a tomar una decisión, se va a retrasar hasta el 1 de mayo la emisión de los recibos que corresponden al 2º trimestre.

Antes de que toméis una decisión os aconsejamos encarecidamente que dediquéis un tiempo a la lectura del catálogo de las prestaciones que proporciona la Fundación Patronato de Huérfanos y Protección Social de Médicos “Príncipe de Asturias” en la seguridad de que os sorprenderán positivamente ya que creemos que en muchos casos existe un desconocimiento a este respecto. Os recordamos que la participación en la misma, no solamente hay que entenderla como una relación individual, sino que, está basado en el concepto de la solidaridad al crear un fondo para ayudar a compañeros que puedan verse necesitados y que gracias a los que no lo necesitan se posibilitan estas prestaciones en momentos difíciles. Os recuerdo las cifras actuales de prestaciones que a día de hoy se entregan en Bizkaia. Son 93 colegiados y familiares los que se benefician de las ayudas concedidas por el Patronato: 11 médicos inválidos, 17 huérfanos inválidos, 50 huérfanos, 1 gran dependiente en residencia asistida, 14 becas concedidas a huérfanos de médicos. Esto supone más de 33.000 € mensuales que hacen un total de más de 400.000€ anuales concedidos en ayudas en Bizkaia, gracias a la solidaridad de todos los médicos. Es por todo ello que, respetando vuestra voluntad, desde esta Junta Directiva os animamos a que mantengáis vuestra aportación solidaria a la Fundación Patronato de Huérfanos y Protección Social de Médicos “Príncipe de Asturias”.


2011

Capitales Bálticas Helsinki y San Petersburgo

en exclusiva por ser colegiado... Del 18 al 27 de Septiembre

Precio 1962€

Itinerario DÍA 18 de septiembre 2011 - BILBAO - VILNIUS Vuelo de línea regular vía ciudad Europea con destino a Vilnius. Traslado al hotel. Almuerzo. Visita panorámica con guía local. Cena y Alojamiento DÍA 19 de septiembre 2011 – VILNIUS Visita al Museo Guggenheim Hermitage DÍA 20 de septiembre 2011 - VILNIUS – RIGA Llegada al hotel. Cena y Alojamiento DÍA 21 y 22 de septiembre 2011 - RIGA Visita panorámica con guía local de la ciudad. Traslado a TALLIN. Visita al Parque Natural de Gauja. Cena y Alojamiento.

+ tasas aprox. 289€ (en habitación doble)

DÍA 23 de septiembre 2011 - TALLIN Salida a la ciudad, panorámica con guía local y paradas en lugares emblemáticos. Cena y Alojamiento DÍA 24 de septiembre 2011 - TALLIN - HELSINKI Se zarpará desde el puerto rumbo a Helsinki. Cena y Alojamiento DÍA 25 de septiembre 2011 - HELSINKI – SAN PETERSBURGO Traslado en avión. Desayuno. Panorámica de la ciudad. Cena y Alojamiento DÍA 26 de septiembre 2011- SAN PETERSBURGO Visita al Museo Hermitage, museo de mosaicos. Visita al centro histórico. Traslado al Hotel, cena y alojamiento. DÍA 27 de septiembre 2011 - SAN PETERSBURGO - BILBAO Desayuno. Tiempo libre hasta la hora de traslado al aeropuerto. Rumbo a Bilbao vía ciudad Europea

HOTELES 4* o similar

Seguro Barceló Plus incluido

Toda la información detallada en www.icombi.org y en el Colegio (94 435 47 00)


RECORRIDO A 70km

B 18km

28 de Mayo de 2011

XIV Marcha Cicloturista del ICOMBi

Bilbao - Bakio ¡¡Ánimo y sigue nuestra rueda!! Más información en tu Colegio 94 435 47 00 y en www.icombi.org Fecha límite de inscripción 13 de Mayo


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.