Número 7
Abril 2003
FLASH DEONTOLÓGICO Artículo 37 “El médico está obligado a promover la calidad y la excelencia de la institución en que trabaja. Secundará lealmente las normas que tiendan a la mejor asistencia de los enfermos. Pondrá en conocimiento de la dirección del centro las deficiencias de todo orden, incluidas las de naturaleza ética, que perjudiquen esa correcta asistencia. Y si no fueran corregidas las denunciará ante el Colegio de Médicos o a las autoridades sanitarias, antes de hacerlo a otros medios. Las normas de la institución respetarán la libertad profesional del médico y señalarán que éste ejerce, en el área de su competencia, una autoridad efectiva sobre el personal colaborador.”
AVISO A NAVEGANTES Osakidetza ha sancionado a dos compañeros de Alava con DOS AÑOS de suspensión de empleo y sueldo, en aplicación de la resolución de expediente disciplinario incoado a ambos en el que se les imputan dos faltas graves y se les aplica la máxima sanción prevista para cada una de ellas, un año, como consecuencia de su actitud negativa a la centralización de los datos clínicos de sus pacientes en el programa Osabide, sin el consentimiento expreso de éstos. Sin entrar a valorar las causas que han motivado este expediente sancionador, presuponiendo que el procedimiento administrativo está ajustado a derecho y que la existencia de sanción sea procedente, la magnitud de la sanción nos causa auténtica sorpresa al ser, si no la más, de las mas elevadas que jamás se han aplicado en Osakidetza.
Esto sólo se puede entender como un “aviso a navegantes”. Se trata de una sanción ejemplarizante para que el personal vaya tomando nota. A la vista de esta actitud, aterra pensar en la posibilidad de un futuro, si se aplica la libre colegiación, por ejemplo, en el que Osakidetza se pueda convertir en el ente que dicte los Códigos de Buena Práctica Clínica y las Normas Éticas, que las supervise y que las sancione. Juez y parte. ¿Será que sólo tendremos dos opciones? ¿“Adhesión inquebrantable al régimen” o “palo y tente tieso”?. ¡Virgencita que me quede como estoy¡ Pero no todo son malas noticias: parece al menos, que lo del Sindicato Vertical para Osakidetza no tiene ningún fundamento. ¡Vaya alivio!
LIBRE COLEGIACIÓN: LA CONSEJERIA DE SANIDAD DA MARCHA ATRAS Con fecha 17/03/02 se nos comunica oficialmente que la Consejería de Sanidad ha decidido aplazar la aprobación del Proyecto de Decreto por el que se declara no exigible el requisito de colegiación para los Profesionales Médicos y de Enfermería al servicio de la Administración Pública. La Noticia ha sido recibida con alegría en este colegio sobre todo porque creemos que el trabajo realizado, las argumentaciones esgrimidas desde este Colegio ha tenido un peso importante en este cambio de decisión
2
Boletín Informativo
Abril 2003
Aula de Informática Los cursos de informática previstos para los meses de Mayo y Junio de 2003 que se impartirán en El Colegio Oficial de Médicos de Bizkaia son los siguientes:
TODOS LOS CURSOS SE IMPARTIRÁN DE LUNES A JUEVES. 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30
MICROSOFT ACCESS AVANZADO WINDOWS XP WINDOWS XP WINDOWS XP WINDOWS XP WINDOWS XP INTERNET INTERNET INTERNET INTERNET INTERNET MICROSOFT WORD XP MICROSOFT WORD XP MICROSOFT WORD XP MICROSOFT WORD XP MICROSOFT WORD XP MICROSOFT EXCEL XP MICROSOFT EXCEL XP MICROSOFT EXCEL XP MICROSOFT EXCEL XP MICROSOFT EXCEL XP MICROSOFT ACCESS XP MICROSOFT ACCESS XP MICROSOFT ACCESS XP MICROSOFT ACCESS XP MICROSOFT ACCESS XP MICROSOFT POWERPOINT XP MICROSOFT POWERPOINT XP DISEÑO DE PAGINAS WEB DISEÑO DE PAGINAS WEB
9 horas 8 horas 8 horas 8 horas 8 horas 8 horas 8 horas 8 horas 8 horas 8 horas 8 horas 16 horas 16 horas 16 horas 16 horas 16 horas 16 horas 16 horas 16 horas 16 horas 16 horas 16 horas 16 horas 16 horas 16 horas 16 horas 16 horas 16 horas 16 horas 16 horas
Del 28/04/03 al 30/04/03 Del 05/05/03 al 08/05/03 Del 05/05/03 al 08/05/03 Del 05/05/03 al 08/05/03 Del 05/05/03 al 08/05/03 Del 05/05/03 al 08/05/03 Del 12/05/03 al 15/05/03 Del 12/05/03 al 15/05/03 Del 12/05/03 al 15/05/03 Del 12/05/03 al 15/05/03 Del 12/05/03 al 15/05/03 Del 19/05/03 al 29/05/03 Del 19/05/03 al 29/05/03 Del 19/05/03 al 29/05/03 Del 19/05/03 al 29/05/03 Del 19/05/03 al 29/05/03 Del 02/06/03 al 12/06/03 Del 02/06/03 al 12/06/03 Del 02/06/03 al 12/06/03 Del 02/06/03 al 12/06/03 Del 02/06/03 al 12/06/03 Del 16/06/03 al 26/06/03 Del 16/06/03 al 26/06/03 Del 16/06/03 al 26/06/03 Del 16/06/03 al 26/06/03 Del 16/06/03 al 26/06/03 Del 30/06/03 al 10/07/03 Del 30/06/03 al 10/07/03 Del 30/06/03 al 10/07/03 Del 30/06/03 al 10/07/03
18:00-21:00 9:30-11:30 11:30-13:30 15:30-17:30 17:30-19:30 19:30-21:30 9:30-11:30 11:30-13:30 15:30-17:30 17:30-19:30 19:30-21:30 9:30-11:30 11:30-13:30 15:30-17:30 17:30-19:30 19:30-21:30 9:30-11:30 11:30-13:30 15:30-17:30 17:30-19:30 19:30-21:30 9:30-11:30 11:30-13:30 15:30-17:30 17:30-19:30 19:30-21:30 9:30-11:30 15:30-17:30 11:30-13:30 17:30-19:30
Actividades de Formación Para realizar un programa adecuado de actividades, nos sería de ayuda que nos enviases por fax ,correo electrónico ... cuales son las necesidades de formación detectadas por ti y que no se encuentran actualmente cubiertas por las actividades de FMC a las que acudes , así como todas las sugerencias que te parezcan oportunas. Contacto: Dra. Belén 944354700.
Fernández. Responsable Formación. Osasun
Ikaskuntza Fundazioa. Tlfno:
REAL DECRETO 1753/1998, de 31 de julio, sobre acceso excepcional al título de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria y sobre el ejercicio de la Medicina de Familia en el Sistema Nacional de Salud. ( Acceso a documento completo en nuestra página web www.icombi.org)
Abril 2003
Boletín Informativo
ESTATUTO DEL MEDICO INTERNO RESIDENTE En la Vocalía de Médicos Postgraduados estamos trabajando, junto con el resto de las autonomías, para la creación del Estatuto del Médico Interno Residente que recoja y defina claramente los aspectos en Materia Docente e Investigadora así como en materia Laboral-Asistencial que el Médico Especialista en Formación debe realizar. Pero, ¿de dónde surge la necesidad de crear el Estatuto de los Médicos Internos Residentes? Es de sobra conocido aunque pocas veces reconocido que el Medico Interno Residente ejerce durante su periodo de formación una doble función: se está formando como futuro especialista y a la vez desempeña una labor asistencial esencial para todo el SNS . Dada esta doble naturaleza del MIR y las consideraciones legales que sobre él se pueden disponer es necesario abordar con detenimiento nuestra peculiar situación y crear una norma jurídica propia que recoja las singularidades del periodo de formación MIR y que solventen las posibles deficiencias y dudas que durante el periodo formativo se puedan dar. En el Estatuto tratamos dos aspectos fundamentales: el laboral y el docente. En materia laboral-asistencial abordamos los diferentes aspectos de la actividad asistencial del MIR> definición del papel que debe tener el Medico Interno Residente en el servicio como medico en formación, el porcentaje de tiempo dedicado a las tareas asistenciales, docentes e investigadoras, las características de las guardias así como el aspecto salarial durante el periodo formativo. Respecto a la materia docente-investigadora abordamos la necesidad de la revisión y actualización de los Programas de Formación que deben ser cumplidos en su integridad y en los plazos previstos. Así mismo debe haber una definición más precisa de la asunción progresiva de responsabilidades, y definimos la supervisión necesaria durante el periodo formativo. Tratamos también sobre la necesidad de habilitar los mecanismos y recursos necesarios para que la realización de Comisiones de Servicio (Rotaciones Externas) y otras actividades de formación que no pueden verse obstaculizada por motivos asistenciales, El documento definitivo que hemos elaborado lo presentaremos en la próxima Asamblea de la Organización Medica Colegial para posteriormente presentarlo en el Ministerio de Sanidad.
HOMOLOGACIÓN MEDICINA FAMILIAR Y COMUNITARIA
BECA DE INVESTIGACION EN ECONOMIA DE LA SALUD.
Ha finalizado ya la inscripción para el curso a distancia organizado por la OMC de Actualización en Medicina General y de Familia. Ya podéis recoger la documentación del curso (1 de 2).
Convocada por la Asociación de Economía de la Salud y financiada por Química Farmacéutica BAYER S.A. con una dotación de 12.000 euros. Fecha límite de solicitudes 11 de Abril de 2003. Disponemos de bases en el Colegio de Médicos. Más información:
El año pasado un número importante de colegiados realizasteis el mismo curso, con la consiguiente obtención de la Certificación de las Actividades de Formación Complementaria ,que es uno de los requisitos necesarios para el acceso al titulo de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria. Desconocemos si posteriormente habéis realizado las gestiones precisas para la presentación a la prueba de evaluación. Para aquellos que no lo hayáis hecho, disponemos en el Colegio y la web(www.icombi.org) información con los requisitos ( Real Decreto 1753/98 ) y el modelo de evaluación (ECOE ) obtenido de la pagina de la Semfyc.
Asociación de Economía de la Salud. C/ Cerdeña, 229-237, 6º 4ª 08013 Barcelona www.aes.es
INFORMACIÓN DE CURSOS EXTERNOS. Nos han llegado varios programas de actividades de diferentes instituciones: o Curso de verano del IISJ – Oñati Ciudadanía y Derechos Sociales. 7- 11 de Julio. o Programa de actividades docentes 2003. Escuela Nacional de Sanidad. Instituto de Salud Carlos V.
3
4
Boletín Informativo
Abril 2003
Firma del Convenio de Colaboración entre el ICOMBi y NHS inglés El pasado día 12 de Marzo tuvo lugar en la sede del Colegio la firma del Convenio de Colaboración entre el National Health Service(NHS) inglés y el Colegio Oficial de Medicos de Bizkaia a través de sus representantes: Giles Dickson, Primer Secretario de la embajada británica en Madrid y nuestro Presidente Dr. Cosme Naveda, en una rueda de prensa a la que asistieron además representantes de ambas instituciones y el Cónsul británico en Bilbao. El objetivo de dicho convenio, pionero entre las instituciones profesionales en el Estado será la participación activa y continuada del ICOMBi en el proceso de captación de profesionales para trabajar en Inglaterra de manera que el propio Colegio pueda informar y ayudar a nuestros compañeros que decidan iniciar la aventura profesional y vital de trabajar allí. La firma del convenio supone un compromiso, no solo del Colegio sino también de las administraciones británicas, que traspasan a papel las condiciones, algunas exclusivas para los .
colegiados en Bizkaia, que el NHS inglés a estado ofreciendo entre diferentes asociaciones e instituciones a través de medios de comunicación en los últimos meses y de las que hemos oído abundantemente. En estos momentos, el ICOMBi está capacitado para informar de forma exhaustiva, ayudar a reunir toda la documentación y si se dan las condiciones necesarias organizar reuniones en nuestra sede de Bilbao con las autoridades del NHS. El convenio podéis consultarlo en su totalidad, como es habitual, en nuestra página web, www.icombi.org., animando a todos aquellos compañeros a consultar en vuestra casa, el Colegio, para información adicional.
Momento de la firma del Convenio Sabemos que esto no soluciona en absoluto el problema laboral de tantos compañeros que sufren diariamente el problema de la incertidumbre de la precariedad pero al menos de “esta puerta” disponemos en estos momentos de “llave” y no nos gustaría que ninguno perdiese una oportunidad por falta de información
CAMBIO DE LA DENOMINACIÓN/ CLASIFICACIÓN/ SUPRESIÓN DE DETERMINADAS ESPECIALIDADES MÉDICAS. (Real Decreto 139/2003 del 7 de Febrero)( Extracto)
1. Las Especialidades Médicas de Cirugía Maxilo-Facial; Cirugía Plástica y Reparadora; Rehabilitación y Traumatología y Cirugía Ortopédica, que figuran en el Apartado Primero del Anexo del Real Decreto 127/1984, de 11 de enero, por el que se regula la formación médica especializada y la obtención del título de Médico Especialista, pasan a denominarse, respectivamente, Cirugía Oral y Maxilo-Facial; Cirugía Plástica, Estética y Reparadora; Medicina Física y Rehabilitación, y Cirugía Ortopédica y Traumatología. 2. La Especialidad Médica de Hidrología, que figura en el Apartado Tercero del Anexo del Real Decreto 127/1984, pasa a denominarse Hidrología Médica. 3. La Especialidad Médica de Medicina del Trabajo pasa a figurar en el Apartado Segundo, “Especialidades que no requieren básicamente formación hospitalaria”, del Anexo del Real Decreto 127/1984. 4. Queda suprimida la Especialidad Médica de Medicina Espacial, que figuraba en el Apartado Tercero del Anexo del Real Decreto 127/1984,pasando a integrarse en Medicina del Trabajo.
Abril 2003
Boletín Informativo
Extracto del Acta del informe de presidencia en la Asamblea General Ordinaria, celebrada el 27 de Marzo de 2.002, a las 20 horas, en el Salón de Actos AREILZA Colegio Oficial de Médicos de Bizkaia. “Durante el año 2002 el Colegio de Médicos ha continuado en la línea de trabajo marcada desde el inicio de la actual legislatura que, os recuerdo, se basaba en dos grandes líneas de actuación: 1. 2.
La promoción de la profesión médica y del Colegio, recuperando para éste un papel protagonista. La orientación del Colegio como una empresa de servicios.
Para ello se han discutido asuntos “calientes” en su momento y se han emitido y publicado informes sobre los mismos (conflicto plásticos/estéticos, confidencialidad de datos, etc..), se han desarrollado diversos proyectos que luego mencionaré, se ha incrementado la actividad docente y la profesional con un grado de ocupación de los salones de actos inédito hasta ahora... Hemos elaborado y presentado para su aprobación por parte de Gobierno Vasco, los nuevos estatutos del Colegio Oficial de Medicos de Bizkaia que fueron aprobados en la Asamblea Extraordinaria del pasado 26 de Diciembre, convocada al efecto, mediante los cuales nos adaptamos a la nueva Ley Vasca de Colegios Profesionales y modernizamos la estructura y agilidad de los mismos. Hemos constituido oficialmente el Consejo Médico Vasco, aprobado sus estatutos y comenzado a funcionar como tal. Ya ha elaborado informe y presentado recurso contra el proyecto de decreto por el que se regularía la identificación del personal sanitario y contra el proyecto de supresión de la disposición adicional segunda de la Ley Vasca de Colegios Profesionales mediante el cual se posibilitaría la colegiación voluntaria de aquellos médicos que trabajasen en exclusiva para la administración, convirtiéndose ésta en juez y parte de la actividad profesional médica. Ese informe ha contribuido en gran manera para que ambos proyectos hayan sido paralizados por parte de la Administración. En este momento se está trabajando para regular la llamada “Atención Farmacéutica” y evitar que se aplique en Euskadi de la forma que se ha comenzado a aplicar en otras Comunidades Autónomas. Hemos puesto en funcionamiento la página web del Colegio como elemento fundamental de comunicación y de información a los colegiados. Como ejemplo sirva la memoria detallada de las actividades realizadas por el Colegio a lo largo del año 2002 que “cuelga” de ella. Hemos desarrollado a lo largo del 2002 Osasun Ikaskuntza Fundazioa-Fundación de Estudios Sanitarios del Colegio de Médicos de Bizkaia como elemento específico del propio Colegio para la coordinación, optimización y acreditación de toda la actividad en materia de Formación, así como para ser un foro permanente de discusión y estudio de temas sanitarios y socio-sanitarios. Pretende, incluso, en función de sus posibilidades futuras, conceder becas de estudio y de investigación. Esta Fundación a sido “presentada en sociedad” el pasado día 24 de Marzo de 2003. Otro proyecto desarrollado durante el pasado año ha sido el convenio de colaboración con el Ministerio de Sanidad Inglés que especifica las condiciones en las que colegiados vizcaínos pueden incorporarse a trabajar para el Sistema Nacional de Salud inglés y la labor de control de esas condiciones por parte del Colegio. Aunque la captación de profesionales sanitarios por parte del National Health Service se extiende a todo el Estado Español, únicamente tienen firmado convenio con el Ministerio de Sanidad español y con el Colegio Oficial de Medicos de Bizkaia. Por otra parte debemos felicitarnos por la positiva evolución de nuestras unidades de negocio Segurmec y Médicos de Bizkaia SL. En el caso de esta última debemos resaltar la excelente opinión que tienen en la Diputación, para quien trabaja, de la labor realizada y del volumen de trabajo que ha sacado adelante. Esta consideración es importante para posibles futuras acciones con la propia Diputación, a la vez de que se erige como una fuente de financiación externa del Colegio, nada desdeñable.
5
6
Boletín Informativo
Abril 2003
En la labor de promoción social del Colegio se ha potenciado la aparición en medios de comunicación, generales y profesionales, por parte de diferentes miembros de la Junta Directiva. Aunque ya se informó ampliamente en la Asamblea General del año pasado, y posteriormente en el Boletín Informativo de Mayo 2002, en la Junta Directiva del Patronato de la Caja de Socorros Ayuda Colegial, de fecha 17 de Abril de 2002, se tomó el acuerdo de disolver la misma, suspender la entrada de nuevos miembros con derecho a cobro a partir del 31 de Diciembre de 2002 y reajustar las prestaciones de los que ya las cobraban. He querido transmitir a grandes rasgos, la frenética, a veces, actividad desarrollada por el Colegio a lo largo del año pasado y esto no habría sido posible sin la ilusión, el compromiso y el esfuerzo de mis compañeros en la Junta Directiva. Gracias en mi nombre y en el de toda la colegiación. Espero que el próximo año podamos presentar ante la Asamblea un currículo como el de este año.”
ALERTA ANTE LA APARICIÓN DE UNA NUEVA LEY QUE REGULA LA RELACIÓN MÉDICO-PACIENTE El Colegio Oficial de Médicos de Bizkaia ofrece charlas informativas con soluciones para una ley que afectará a la custodia del historial clínico de los pacientes. Alerta, alerta es el estado en el que deben, debemos, estar los médicos. Hasta fechas bien recientes, el profesional médico se ha regido por la “ley natural” de su criterio (digámoslo así, por no usar aquello tan manido del arco del triunfo...) que, en un colectivo tan extenso como el nuestro, es dispar y variopinto. Como muchos sabéis, a lo largo de la Historia no ha existido una regulación jurídica seria de la Historia Clínica de los pacientes, se ha funcionado con la vara de la jurisprudencia y un toque de sentido común, en ocasiones el menos común de los sentidos... Durante un largo tiempo se ha reclamado una normativa de Historia Clínica. Pues bien, al fin llega. Pero no por felicitarnos por la aparición de una ley tanto tiempo esperada vamos a pensar que esto es la panacea. Quiere decirse que los historiales médicos, muchas veces empolvados, van a ver la luz. Esto supone poner al aire nuestros éxitos y nuestras vergüenzas, nuestro tino y nuestros fracasos. Y este oreo es tan beneficioso como peligroso, no lo olvidemos... La ley tiene un carácter básico estatal. Traducido, esto supone que afecta a todo el Estado, por encima de la normativa autonómica. Además, alcanza a todo tipo de establecimientos, incluidas las consultas, con
lo cual iguala a todos los médicos y obliga a la “gimnasia” de estar preparados para el bombardeo de preguntas, de lo que algunos tildan, no nos engañemos, de “incómodas” preguntas. La nueva normativa que entra en vigor a la vuelta de la esquina del calendario, es decir, el 16 de mayo, habla también del consentimiento y la información. En ella se redacta qué documentos se han de manejar en la Historia Clínica de la consulta y qué derechos tiene el paciente. ¿Hemos dicho derechos? Sí, derechos. A partir de ahora cualquier paciente podrá reclamar los datos de su historia clínica. En algunos casos, la ley es beneficiosa, en otros simplemente reglamenta los procedimientos y, en general, llega con el zurrón cargado de cambios. Por citar un ejemplo: en el tema del menor introduce un cambio bastante radical y acomoda a la ley lo que antes fue la normativa de la Ley Básica reguladora de los Derechos del Menor. A partir de esta promulgación, el menor, sin límite mínimo de edad, ya puede dar su consentimiento para una intervención quirúrgica. Basta con que el médico le vea intelectual y emocionalmente capacitado para entender lo que se le dice–¡es tan sencillo!y las implicaciones que acarrea la citada intervención.
Abril 2003
Boletín Informativo
Atentos, porque la nueva norma confiere una serie de derechos a pacientes e incluso a terceras personas. El texto otorga derechos a personas que estén vinculadas al paciente, por razones familiares o de hecho. Pero ¿Qué son personas vinculadas? ¿Un sobrino nieto es familiar, un vecino está vinculado de hecho? Son cuestiones planteadas sobre el papel timbrado de la ley que una vez vean el aire a buen seguro traerán consigo el polvo negro de la polémica. El asunto de la custodia es otra guerra (¡ay, Dios mío! He dicho “guerra”...) a librar. La ley concede derechos a parientes del paciente una vez fallecido éste e impone obligaciones de custodia, con un tiempo mínimo de la misma. Hasta la fecha no existía un plazo determinado y la normativa vasca, por ejemplo, hablaba de un año sólo para hospitales y clínicas. Todo ha cambiado y la nueva ley habla de una custodia de cinco años desde el alta del paciente, en cualquier caso, entienden, incluidas las consultas. A vuelta con las hipótesis, antaño si un médico se jubilaba no había otra obligación que la impuesta por el propio código deontológico. A partir de ahora, el plazo de custodia, se insiste, es de cinco años y no hay excepciones por jubilación. Se preguntará el lector cómo se regula esto. En realidad, el documento legal no establece más régimen sancionador que el general de la Ley Sanitaria. Es decir, no se establecen multas y castigos sino deberes y derechos repartidos en una proporción muy “justa”: deberes para la autoridad sanitaria y derechos para los pacientes. Pero no se descuiden se incumple un
deber y de ese incumplimiento se deriva un perjuicio habrá una condena. Para hacer frente a esta revolución con aires de Ché Guevara, el Colegio Oficial de Médicos de Bizkaia ofrece unas charlas detalladas sobre la nueva ley, amparada y basada en una normativa oficial del 7 de noviembre de 2002, amparo que al parecer la exime de que la autoridad competente ofrezca una información detallada. Las charlas, con igual contenido todas ellas, que se realizarán los días 6,8,13 y 15 de
mayo a las 19,30 horas en los salones colegiales, darán a conocer la ley, interpretarán
lo que dice la nueva norma e intentarán anticipar los problemas que en su aplicación se pueden dar, espolvoreando algunos consejos. Es menester considerar que se trata de una ley necesitada de desarrollo y que, por lo tanto, el problema se plantea al cuestionarse qué ocurre hasta que se dé ese desarrollo. Sobre este periodo se alerta.
Ten cuidado. Desde la promulgación de la Ley General de Sanidad del año 86 no se ha dictado una norma más importante a nivel de asistencia sanitaria y relación médico paciente. En su trayecto afecta a la información y el consentimiento informado, la historia clínica y también a lo que se llama voluntades anticipadas e instrucciones previas. Así las cosas, el profesional médico deberá aprenderse esta norma de cabo a rabo para conocer qué obligaciones y derechos le vienen derivados porque de nada le servirá alegar un desconocimiento.
Responsabilidad Civil Profesional Ante la incertidumbre creada desde el final del pasado año como consecuencia de que varias Compañías Aseguradoras estén anulando las Pólizas de Responsabilidad Civil Profesional Médica, queremos recordaros la obligatoriedad de todos los colegiados con actividad privada de tener contratada una póliza de Responsabilidad Civil Profesional que cubra su especialidad. Recordaros que en el Colegio tenemos una póliza colectiva de Responsabilidad Civil Profesional que permite asegurarse a todos los colegiados que lo deseen.
7
8
Boletín Informativo
Abril 2003
REFORMA DE LA FORMACIÓN CONTINUADA Siguiendo con el proyecto de renovación paulatina pero constante de las estructuras colegiales, la Junta Directiva del ICOMBi decidió la contratación de un RESPONSABLE DE FORMACIÓN para asumir la organización del área de formación continuada del Colegio hasta ahora en las manos voluntariosas de los miembros de la Junta. La creación de la Fundación para la Formación en Bizkaia, ya una realidad por la que esta Junta Directiva ha apostado seriamente, exigirá un ambicioso proyecto de formación continuada basada en la acreditación y la calidad y pon tanto una figura profesionalizada que cumpla con estas expectativas. Tras un meticuloso proceso de publicitación a la colegiación, preselección y entrevistas personalizadas, la Junta Directiva del ICOMBi decidió el nombramiento, de la doctora Dña. BELEN FERNÁNDEZ GONZÁLEZ, especializada en Medicina Familiar y Comunitaria, como Responsable del Área de Formación Continuada de la Fundación. Este cambio representa una inversión a medio plazo pero también una gran responsabilidad que adquiere esta Junta Directiva ante sus colegiados en un área considerada hasta ahora deficitaria. Asimismo la Junta quiere agradecer a todos los compañeros que interesados en este nuevo proyecto presentaron su candidatura para el cargo, asegurándoles que todos y cada uno de ellos fueron considerados tanto desde el punto de vista del currículo como del perfil profesional. Suerte y mucho trabajo le deseamos a la nueva responsable.
VI MARCHA CICLOTOURISTA ICOMBi 2003 Pedaleando, pedaleando, el 31 de Mayo va llegando. Y en esa fecha volveremos a reunirnos, para por el entorno de la muga cántabro-astur, con centro de operaciones en San Vicente de la barquera, celebrar por sexto año consecutivo nuestra IV Marcha Cicloturista. Las mentes pensantes-pedaleantes de la Comisión Cicloturista del Colegio, han trazado dos recorridos: Recorrido “A” (largo). Para los de la “lycra”, con salida y llegada en San Vicente de la Barquera, y con la única “facilidad montañosa” del Collado Carmona, que desde Puentenansa nos dará acceso al Valle de Cabuérniga, y con un recorrido total de 72,3 km. (que dicho así parece más y sabemos que os hace ilusión). Recorrido “B” (menos largo), que comenzando en Bárcena Mayor, afrontará un suave y prolongado descenso por el valle de Cabuérniga hasta alcanzar Cabezón de la Sal, y continuar hasta San Vicente de la Barquera, totalizando 47,3 km. Os recordamos que la fecha elegida es, como siempre el último sábado de Mayo, que este año coincide con el último día del mes, el 31 de Mayo. Para ir organizando todo, necesitamos vuestra imprescindible colaboración. Te debes inscribir a la mayor brevedad y NUNCA después del 16 de Mayo, llamando al 94.435.47.00 y preguntando por Leire, o vía correo electrónico a: colegio@icombi.org. Os recordamos, que aunque la participación es gratuita, al igual que en la pasada edición, se os realizará un “cargo a depósito” de 18 “pavos” que tras la participación será devuelto, y es con el fin de tratar de evitar lo que se producía con demasiada frecuencia, y era que diez ó quince nos dejaban colgados, con lo que a efectos organizativos esto supone. Este año contamos con nuevo patrocinador. Por primera vez, el Igualatorio Médico Quirúrgico (IMQ) colabora en nuestra Marcha Cicloturista. Bienvenidos. Ah! Se nos olvidaba! AVISO A PEDALEANTES. Los eventos de la Cicloturista del Colegio de Médicos de Bizkaia, son UNICA Y EXCLUSIVAMENTE, para los Colegiados. La comisión no se cree muy lista, pero de eso a chuparse el dedo dista un largo trecho. Por el tema de la armonía y no dar la nota, el año pasado nos callamos, pero rogamos encarecidamente a esos que son “más listos que los demás”, que se abstengan de trucos y triquiñuelas, esperando que comprendan que todos tenemos íntimos amigos, hermanos, hijos o parientes txirrindularis, y que tampoco los llevamos. Con esto nos despedimos, y os recordamos
VI CICLOTOUR ICOMBi 2003 Sábado, 31 de Mayo de 2003 San Vicente de la Barquera Inscripciones hasta el 16 de Mayo.