Proyecto educativo 2017 2018 (borrador)

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(BORRADOR) 1. INTRODUCCIÓN Y MARCO LEGAL…………………………………………………………………………………2 2. ANÁLISIS DEL CONTEXTO. HISTORIA DEL JERÓNIMO GONZÁLEZ. ENTORNO ESCOLAR ........................................................................................................... 4 3. COLABORACIÓN CON LOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA……………………9 4. OBJETIVOS. ................................................................................................. 11 5. PROGRAMAS y PROYECTOS ...........................................................................125 5.1. PROGRAMAS PRESCRIPTIVOS .................................................................125 5.2. OTROS PROGRAMAS …………………………………………………………………………………………..24 6. NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMENTO ............................................ 40 7. CONCRECIÓN CURRICULAR POR ETAPAS ......................................................... 63 7.1 CONCRECIÓN CURRICULAR DE LA ESO ...................................................... 63 7.2 CONCRECCIÓN CURRICULAR DE BACHILLERATO …………………………………………….145 8. PLAN DE MEJORA. ........................................................................................166


1. INTRODUCCIÓN Y MARCO LEGAL. - El proyecto educativo del centro recogerá los valores, los objetivos y las prioridades de actuación. Asimismo, incorporará la concreción de los currículos establecidos por la Administración educativa que corresponde fijar y aprobar al Claustro, así como el tratamiento transversal en las áreas, materias o módulos de la educación en valores y otras enseñanzas. - Dicho proyecto, que deberá tener en cuenta las características del entorno social y cultural del centro, recogerá la forma de atención a la diversidad del alumnado y la acción tutorial, así como el plan de convivencia, y deberá respetar el principio de no discriminación y de inclusión educativa como valores fundamentales, así como los principios y objetivos recogidos en esta Ley y en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación. - En el marco de lo establecido por las Administraciones educativas, los centros establecerán sus proyectos educativos, que deberán hacerse públicos con objeto de facilitar su conocimiento por el conjunto de la comunidad educativa. Asimismo, corresponde a las Administraciones educativas contribuir al desarrollo del currículo favoreciendo la elaboración de modelos abiertos de programación docente y de materiales didácticos que atiendan a las distintas necesidades de los alumnos y alumnas y del profesorado. - Corresponde a las Administraciones educativas favorecer la coordinación entre los proyectos educativos de los centros de educación primaria y los de educación secundaria obligatoria con objeto de que la incorporación de los alumnos a la educación secundaria sea gradual y positiva. - Los centros promoverán compromisos educativos entre las familias o tutores legales y el propio centro en los que se consignen las actividades que padres, profesores y alumnos se comprometen a desarrollar para mejorar el rendimiento académico del alumnado. - Corresponde a las Administraciones educativas promover la especialización curricular de los institutos de Educación Secundaria en función de las alternativas establecidas en esta Ley Orgánica, a fin de que dichas Administraciones puedan programar una oferta educativa ajustada a sus necesidades. Los centros docentes incluirán las singularidades curriculares y de organización y los correspondientes agrupamientos pedagógicos en su proyecto educativo. - El proyecto educativo de los centros docentes con especialización curricular deberá incorporar los aspectos específicos que definan el carácter singular del centro

Véase artículo 121 de la LOE y artículo 119 de la LOMCE El Proyecto Educativo del instituto será aprobado por el Claustro e informado y evaluado por el Consejo Escolar.

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Las leyes básicas que conforman el marco legal que orienta la vida en los centros escolares son: LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. LEY ORGÁNICA 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. REAL DECRETO 82/1996, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria. RESOLUCIÓN del 6 de agosto de 2001, por la que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los institutos. REAL DECRETO 110572014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato. DECRETO 42/2015, 10 de junio, por el que se regula la ordenación y se establece el currículo del Bachillerato en el Principado de Asturias. Resolución de 21 de abril de 2016, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regula el programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento de la educación secundaria obligatoria. RESOLUCIÓN de 22 de abril de 2016, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regula el proceso de evaluación del aprendizaje del alumnado de la educación secundaria obligatoria y se establecen el procedimiento para asegurar la evaluación objetiva y los modelos de los documentos oficiales de evaluación. RESOLUCIÓN de 26 de mayo de 2016, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regula el proceso de evaluación del aprendizaje del alumnado de bachillerato y se establecen el procedimiento para asegurar la evaluación objetiva y los modelos de los documentos oficiales de evaluación. Decreto 249/2007, de 26 de septiembre, por el que se regulan los derechos y deberes del alumnado y normas de convivencia en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos del Principado de Asturias. Resolución de 4 de junio de 2015, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que regula el Programa Bilingüe en centros educativos de enseñanza no universitaria sostenidos con fondos públicos en el Principado de Asturias y se establece el procedimiento de adhesión de nuevos centros al programa. DECRETO de junio de 2007 que regula la participación de la comunidad educativa y los órganos de gobierno de los centros públicos.

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2. ANÁLISIS DEL CONTEXTO. HISTORIA DEL JERÓNIMO GONZÁLEZ. ENTORNO ESCOLAR

El IES JERÓNIMO GONZÁLEZ está situado en Sama, uno de los seis distritos urbanos que forman el municipio de Langreo/Llangreu, en el centro del Principado de Asturias.

Este municipio forma parte de la comarca minera del Valle del Nalón, puesto que se extiende a lo largo de la vega del río Nalón y su actividad económica ha estado estrechamente ligada a la industria del carbón, aunque en la actualidad es prácticamente inexistente.

El desarrollo del municipio ha dependido históricamente de la extracción de carbón y de la industria siderurgia asociada a esa actividad. A mediados de los años sesenta el sector siderúrgico, muy ligado a la producción minera, entra en crisis y se produce un desplazamiento de la producción y de la población a la costa asturiana. Las minas también entran en un proceso de reconversión con jubilaciones de plantilla, cierre de instalaciones…que continúa en la actualidad. Por todo ello la población se ha reducido drásticamente en las últimas décadas, y las cifras actuales están muy alejadas de los casi 70.000 hab. en el año 1965. En la actualidad el descenso de población y la pérdida de la industria siderúrgica y minera intentan ser mitigados con la oferta de establecimiento a nuevas empresas tecnológicas, dada la mejora de las comunicaciones por carretera. Según datos del 2014 Sama está por debajo de los 10.000 habitantes, una población que ha ido disminuyendo desde 1975 de forma progresiva y encabeza hoy los mayores decrecimientos demográficos de la región.

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En cuanto al equipamiento sanitario, cultural y deportivo, Langreo presenta una oferta muy completa. Tras la reconversión, la industria ha experimentado un importante retroceso, y supone un mínimo de empleo frente a la actividad terciaria. Las familias del alumnado residen mayoritariamente en Sama, siendo menor el número de los que vienen de otros núcleos. El IES Jerónimo González fue construido entre los años 1962 y 1963 en la margen derecha del río Nalón, en la localidad de Sama de Langreo. Toma su nombre del magistrado y tratadista de Derecho, Jerónimo González Martínez, nacido en 1875 en Sama de Langreo y fallecido en Somió (Gijón) en 1946, de cuyas publicaciones destacan los publicados en la Revista General de Legislación y Jurisprudencia y en la Revista Crítica de Derecho Inmobiliario.*(1) (1)Trabajos biográficos sobre Jerónimo González: - Cándido F: Riesgo - Blanco, Modesto: Ilustres juristas asturianos

En el curso 2016/2017 la formación académica y las profesiones de los padres/madres de nuestro alumnado es la siguiente: ESO: FORMACIÓN ACADÉMICA

PADRES

MADRES

TOTAL

Sin estudios

22

15

37

Titulación Graduado Escolar / ESO

37

42

79

Título de Formación Profesional de Grado Medio

15

22

37

Título de Bachillerato

13

12

25

Título de Formación Profesional de Grado Superior

15

11

26

Diplomatura Universitaria

7

18

25

Licenciatura Universitaria

19

14

33

PADRES

MADRES

TOTAL

Autónomos

18

9

27

Empleados en empresa privada con baja-media cualificación (dependientes, encargados, jefes de almacén, administrativos, etc.)

13

28

41

Funcionarios (sin especificar)

11

15

26

Empleados en empresas privadas con alta cualificación

11

7

18

Pensionistas, jubilados y prejubilados

19

4

23

Trabajadores manuales (minería, metal, construcción, servicios, etc.)

30

14

44

Empresarios

3

1

4

Profesiones liberales (abogados, arquitectos, psicólogos, etc)

3

4

7

Labores de casa

1

35

36

19

13

32

PROFESIONES

En paro

5


BAC: FORMACIÓN ACADÉMICA

PADRES

MADRES

TOTAL

1

1

1

11

16

27

8

2

10

11

10

21

Título de Formación Profesional de Grado Superior

8

9

17

Diplomatura Universitaria

9

10

19

Licenciatura Universitaria

2

3

5

PADRES

MADRES

TOTAL

3

4

7

11

12

23

Funcionarios (sin especificar)

9

10

19

Empleados en empresas privadas con alta cualificación

3

1

4

Sin estudios Titulación Graduado Escolar / ESO Título de Formación Profesional de Grado Medio Título de Bachillerato

PROFESIONES Autónomos Empleados en empresa privada con baja-media cualificación (dependientes, encargados, jefes de almacén, administrativos, etc.)

Pensionistas, jubilados y prejubilados

13

1

14

Trabajadores manuales (minería, metal, construcción, servicios, etc.)

8

0

8

Empresarios

1

1

2

Profesiones liberales (abogados, arquitectos, psicólogos, etc)

0

2

2

Labores de casa

0

13

13

En paro

1

6

7

PADRES

MADRES

TOTAL

Sin estudios

23

16

39

Titulación Graduado Escolar / ESO

48

58

116

Título de Formación Profesional de Grado Medio

23

24

47

Título de Bachillerato

24

22

46

Título de Formación Profesional de Grado Superior

23

20

43

Diplomatura Universitaria

16

28

42

Licenciatura Universitaria

21

17

38

TOTAL: FORMACIÓN ACADÉMICA


PROFESIONES

PADRES

MADRES

TOTAL

Autónomos

21

13

34

Empleados en empresa privada con baja-media cualificación (dependientes, encargados, jefes de almacén, administrativos, etc.)

24

40

64

Funcionarios (sin especificar)

20

25

45

Empleados en empresas privadas con alta cualificación

14

8

22

Pensionistas, jubilados y prejubilados

32

5

37

Trabajadores manuales (minería, metal, construcción, servicios, etc.)

38

14

52

Empresarios

4

2

6

Profesiones liberales (abogados, arquitectos, psicólogos, etc)

3

6

9

Labores de casa

1

48

49

20

19

39

En paro

Los alumnos/as de ESO proceden, en su mayoría, de los centros públicos de la localidad, CP José Bernardo y CP Gervasio Ramos, y de Tuilla, CP Regino Menéndez. La distancia de los domicilios del alumnado hasta el Centro no sobrepasa los 20 minutos, caminando, ni el mismo tiempo, en autobús, para los que vienen de poblaciones cercanas. La población langreana se caracteriza por el alto nivel de asociacionismo, existiendo numerosas agrupaciones deportivas y culturales. Además, la ciudad ofrece servicios de gran interés para la población juvenil: Conservatorio de Música, Teatro, Biblioteca, Polideportivo, parques, cine, centros sociales... La evolución de los datos de matrícula en los últimos años es la siguiente:

1600 1400

Nº de alumnos

1200 1000 800 600 400 200 0

78/79 88/89 98/99 00/01 03/04 06/07 07/08 08/09 Curso

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Fig. 1 y 2 Evoluciรณn de matriculas.

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3. COLABORACIÓN CON LOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Los objetivos del PE están encaminados hacia la mejora en los sistemas de comunicación de todos los sectores que integran la comunidad educativa. En esta línea, tanto la coordinación docente que desarrolla Jefatura como cada uno de los programas institucionales y/o la colaboración con el AMPA, pretenden impulsar la participación de todos los miembros en la vida del centro. El esquema de las áreas de colaboración es el siguiente:

-

Relaciones internas de la comunidad educativa

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-Relaciones externas del centro con el entorno

3.1 Programas de colaboración con familias: Dentro del Proyecto Educativo de centro, se realizan una serie de actividades a desarrollar con los padres y madres de nuestro alumnado. Cada curso académico concretaremos las acciones a desarrollar dentro de este apartado. Se realizan actuaciones en cuatro ámbitos. 1- Charlas organizadas por el Departamento de Orientación en relación a aspectos de interés de carácter general. 2- Desarrollo del programa ―Espacios de Participación‖. 3- Asistencia de las familias que lo deseen a las ―tardes cooperativas‖. 4- Reuniones informativas sobre diversos aspectos del centro o de la etapa educativa.

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4. OBJETIVOS. Los ámbitos básicos para la formulación de los objetivos atienden a las siguientes dimensiones: pedagógica, de gobierno y coordinación, relacional y de gestión y recursos. PEDAGÓGICA 1. Definir la coordinación docente como objeto principal del proyecto educativo y generadora de la excelencia académica. 2. Dinamizar la participación del centro en varios proyectos educativos. 3. Adecuar el plan de atención a la diversidad a las necesidades específicas del alumnado. 4. Realizar un proyecto educativo de centro práctico y ajustado a la realidad del centro. DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN 5. Desarrollar estrategias de colaboración con los colegios adscritos y otros centros orientadas a facilitar la transición de Primaria a Secundaria. 6. Establecer un plan de evaluación interna como punto de partida hacia la mejora en la organización del centro. RELACIONAL 7. Formular objetivos comunes con la Asociación de padres y madres que se concreten en actuaciones coordinadas. 8. Implicar al conjunto de la comunidad educativa en un proyecto de centro integrador. 9. Recuperar la visión del centro como un referente cultural en Sama. DE GESTIÓN Y RECURSOS 10. Ejecutar un presupuesto económico solvente que garantice el desarrollo de la PGA y dote de infraestructuras y material renovado.

4.1. OBJETIVOS CURSO. En la PGA se concretarán los Objetivos Institucionales, adaptados a nuestro centro, así como los Objetivos Propios del IES, consensuados en el Claustro y Consejo Escolar. También se detallarán los indicadores de logro de dichos objetivos.

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5. PROGRAMAS Y PROYECTOS 5. 1 PROGRAMAS PRESCRIPTIVOS. 1- Plan de Orientación educativa y profesional El Departamento de Orientación presenta la siguiente programación como propuesta de ―Plan de Acción Tutorial‖. La 1. 2. 3.

Acción Tutorial tenderá pues, a: Favorecer la integración y participación de los alumnos/as en la vida del centro. Realizar el seguimiento personalizado de su proceso de aprendizaje. Facilitar la información y la toma de decisiones respecto a su futuro académico y profesional. 4. Prevenir dificultades de aprendizaje o problemáticas psicosociales. ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS TUTORÍAS  Habrá una reunión semanal coordinada por el orientador.  En los grupos de la ESO participará la PTSC  Existirán unos objetivos consensuados al comienzo de curso por parte de los tutores de nivel y orientación que serán luego de obligado cumplimiento y desarrollo.  Se facilitarán actividades semanales que cubran dichos objetivos.  Se levantará acta semanal de las reuniones que serán custodiadas en el DO. LINEAS PRIORITARIAS DE ETAPA Y CURSO Se consensuarán en la primera reunión de tutores, quedarán reflejadas en acta. Se reflejan en el apartado referido a cada nivel educativo en esta programación una vez ya consensuadas. ACTUACIONES ENCAMINADAS A LA MEJORA DEL CLIMA DE CONVIVENCIA Se fomentará la mediación. Tendrán cabida dentro del PAT la resolución de conflictos entre iguales. SEGUIMIENTO DEL ABSENTISMO ESCOLAR Y PROCEDIMEINTO DE CONTROL LINEAS DE ACTUACIÓN CON EL ALUMNADO, PROFESORADO, FAMILIAS Y AGENTES EXTERNOS DESTINADAS A MANTENER UNA COMUNICACIÓN FLUIDA EN INTERCAMBIAR INFORMACIÓN Y PROMOVER LA COOPERACIÓN: Actuaciones generales:  Se dinamizará la línea de actuación de ―escuela de padres‖ ya indicada en cursos anteriores.  Se tendrán dos tardes para atender al alumnado y a las familias.  Se dispondrá de los recreos para la recepción del alumnado que desee acceder a hablar con nosotros sin perder tiempo lectivo.  El orientador y la PTSC participarán en todos los Equipos Docentes de la ESO.  Colaboraremos con los agentes externos vinculados a objetivos de trabajo del IES y DO. Plan de orientación para el desarrollo de la carrera: Se entiende este plan como incardinado en el Plan de Acción Tutorial de forma que muchas de las actuaciones previstas en este plan están contempladas para ser realizadas por los tutores/as, otras lo serán por los miembros del DO.

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Este plan ha de tener especial relevancia cuando el alumno debe escoger entre materias optativas y en aquellos momentos en los que la elección entre distintas opciones puede condicionar en gran medida el futuro académico y profesional de los estudiantes. OBJETIVOS 1. Facilitar que los tutores/profesores puedan asesorar a los alumnos y padres en el proceso de toma de decisiones, de modo que conozcan y valoren de una forma ajustada sus capacidades, aptitudes, motivaciones e intereses. 2. Facilitar información suficiente a los tutores para que puedan informar a su alumnado sobre las distintas opciones educativas o laborales relacionadas con cada etapa educativa y de manera especial sobre aquellas que se ofrecen en el entorno. 3. Posibilitar el contacto y la inserción del alumno con el mundo laboral. ACTUACIONES: Actuaciones dirigidas al asesoramiento de alumnos y padres en el proceso de toma de decisiones, estas actuaciones se centrarán en todos los cursos, pero fundamentalmente se incidirá en 3º y 4º de la ESO y en 1º y 2º de Bachillerato o en los programas específicos. A su vez se le informará de las distintas opciones educativas y profesionales que se le presentan a los alumnos/as al finalizar 4º de la ESO. Actuaciones que pueden facilitar información a los alumnos/as sobre las distintas opciones educativas o laborales relacionadas con cada etapa educativa y de manera especial, sobre aquellas que se ofrezcan en su entorno. Estas actuaciones se realizarán fundamentalmente dentro del Plan de Acción Tutorial proporcionando a los tutores materiales e información disponible sobre. Itinerarios educativos, información de la Universidad, ciclos formativos en la Comunidad Autónoma para facilitar o promover información sobre todos aquellos aspectos de orientación académicoprofesional que pudiesen ser de interés y que estén dentro de las posibilidades de gestión del Departamento de Orientación (Charlas de diferentes profesionales, visitas a empresas, visitas a Universidad…). 2- Plan Integral de Convivencia El Reglamento vigente en el IES fue aprobado en el Consejo Escolar el día 4 de mayo de 2006. Conforme a la Resolución de 6 de agosto de 2001 incluye:  La concreción de las normas de organización y participación de todos los miembros de la comunidad educativa.  La concreción de los mecanismos favorecedores del ejercicio de los derechos del alumnado y sus deberes.  La concreción de las correcciones que correspondan para las conductas contrarias a las normas de convivencia.  Los mecanismos de comunicación con la familia, concretando los instrumentos para informar sobre la evaluación y el absentismo.  Las normas para el uso de las instalaciones. La actualización del RRI de acuerdo a la norma se produjo durante el curso 2009/10.

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Con respecto a la aplicación de medidas correctoras, el reglamento debe seguir las indicaciones del Decreto 249/2007. Funcionamiento del plan desarrollado parte de Jefatura de Estudios en colaboración con el Departamento de Orientación para la atención de aquellos alumnos/as a los que se les priva, por parte de Jefatura de Estudios, de la asistencia a determinadas clases. Dicho alumnado estará atendido por profesorado de guardia y se seguirá el protocolo confeccionado a tal efecto. El profesorado, al final de cada evaluación, grabará en el programa SAUCE, junto con las calificaciones de las distintas materias, la actitud del alumnado para información del propio alumnado y de sus familias. Plan de reuniones y de actuación de la Comisión de Convivencia: 1º trimestre Diciembre

2º trimestre 3º trimestre Marzo Junio Funciones de la Comisión de Convivencia Canalizar las iniciativas de todos los sectores Conocer y valorar el cumplimiento efectivo de las correcciones Proponer al Consejo medidas de mejora de la convivencia Nuestro centro se caracteriza por la baja presencia de conflictos. No obstante, como venimos señalando los últimos cursos, un Plan de Convivencia no responde tan solo ante la conflictividad sino que se orienta a la promoción de la cultura de la paz. Por ello continuaremos desarrollando diversas actuaciones a lo largo del curso, con el objetivo de crear un entorno saludable para el aprendizaje y una comunidad constructiva ante el conflicto. 3- Plan de lectura, escritura e investigación: El Plan Fomento de la Lectura se entiende como un proyecto de intervención educativa de centro (está integrado en el Proyecto Educativo), que persigue el desarrollo de la competencia lectora, escritora e investigadora del alumnado, así como el fomento del interés y el desarrollo del hábito lector y escritor, consecuencia de una actuación planificada y coordinada del profesorado. Debe incluir principios generales que impulsen cambios en la programación didáctica de cada área curricular, así como actuaciones globales que involucren a todo el centro. Objetivos generales: El desarrollo de la competencia lectora, escritora e investigadora es un proceso a largo plazo, que debe apoyarse en actividades habituales integradas en el currículum. Para su desarrollo y puesta en práctica nos planteamos los siguientes objetivos, que serán evaluados a final de cada curso y que ayudarán también a la adquisición de las competencias clave: - Promover la enseñanza de la lectura y el hábito lector desde todas las áreas curriculares y todos los niveles - Desarrollar la comprensión lectora y escritora de los alumnos del centro para que sean capaces de:

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     

Leer con la fluidez y entonación adecuadas. Comprender distintos tipos de textos adaptados a cada edad. Utilizar la lectura como medio para ampliar vocabulario y fijar la ortografía. Buscar, obtener, procesar y comunicar información y transformarla en conocimiento. Apreciar el valor de los textos literarios y utilizar la lectura como medio de conocimiento y fuente de placer. Expresar oralmente y por escrito de forma correcta y adecuada conocimientos, ideas y diversos tipos de información.

- Potenciar la utilización de diversas fuentes de información y documentación y formar a los alumnos en alfabetización documental. - Impulsar la utilización de la Biblioteca Escolar como fuente de recursos de formación e información e integrar su uso en la práctica docente. Por su parte la biblioteca, a través de su proyecto anual, diseña y realiza actividades y estrategias formativas e informativas para atraer a los alumnos, suscitar su interés, desarrollar su imaginación, preparando el camino para conseguir el placer a través de la lectura. - Utilizar las tecnologías de la información y la comunicación como recurso didáctico para fomentar el hábito lector y desarrollar la competencia lectora. - Organizar programas de refuerzo que incidan en mejorar la competencia de lectura y escritura, y en el fomento del hábito lector en alumnos con desfase curricular (Alumnos de Atención a la Diversidad: Refuerzos, PMAR, NEES, etc.) - Diseñar actividades y propuestas para sensibilizar e implicar a un tiempo a toda la comunidad educativa (profesores, alumnos y familias). Actividades como:     

Organizar planes lectores de centro. Plantear jornadas específicas de sensibilización y de formación. Intercambiar experiencias con otros docentes. Elaborar con ayuda de la Biblioteca del centro materiales con orientaciones prácticas. Apoyos a los actuales Planes de Biblioteca, etc.

Al favorecer el intercambio de criterios y experiencias en torno a la lectura, se propicia el análisis y reflexión sobre los procesos didácticos 4- Programa Anual de Actividades Complementarias y Extraescolares: CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES- VIAJES Dada la gran cantidad de actividades extraescolares propuestas, se acuerda restringir: - El número de días lectivos empleados a un máximo de 5 por alumno/a. - El número de viajes por departamento a uno al año. - En caso de coincidir en las mismas fechas dos viajes, la elección la hará el alumnado. Se respetará el acuerdo del CE según el cual, siete días antes de las evaluaciones no se permiten actividades complementarias y/o extraescolares. El número máximo de actividades por departamento y profesor/a será 3. En un trimestre, un grupo de alumnos/as, no puede tener más de dos actividades el mismo día de la semana.

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ACUERDO SOBRE EL GASTO DEL CENTRO EN ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Criterios de selección de actividades propuestas por los Dptos. Actividades gratuitas Actividades que supongan gasto

Hasta 300 € por Dpto.

Programación de actividades complementarias y extraescolares. Aquellas actividades que propongan los Dptos. fuera de este Programa, serán estudiadas y aprobadas por Jefatura, siempre que cumplan los requisitos anteriores 5. 2 OTROS PROGRAMAS. Se describen las cuestiones fundamentales de cada programa que se desarrollarán y concretarán cada curso en la PGA y en la programación correspondiente. 1- Programa Bilingüe: El Programa Bilingüe pretende la mejora de las competencias lingüísticas del alumnado, mediante la implantación y desarrollo de proyectos de innovación educativa relacionados con el aprendizaje de otras lenguas, impartiendo contenidos curriculares en una lengua extranjera. Creemos que el bilingüismo aporta a los alumnos y alumnas un mayor desarrollo de la capacidad de aprender y de análisis crítico, una mayor facilidad para la utilización de nociones abstractas y prepara al alumnado para que le resulte más sencillo estudiar una tercera lengua. Una educación bilingüe, además, ofrece al alumnado la oportunidad de desarrollar y ampliar sus horizontes, no sólo a nivel intelectual, sino también cultural y socialmente, facilitando su movilidad y una futura inserción laboral.

2- Programa TIC-TAC: Dentro del Programa TIC-TAC, nos planteamos desarrollar el uso y la implantación de las nuevas tecnologías en el centro 3- Programa de Biblioteca: Se pretende conseguir que la Jerobiblio sea un espacio integrador de la acción educativa, un recurso imprescindible para la consecución de las CCBB, para el fomento de la lectura y la escritura, un elemento de difusión cultural, de conocimiento, de entretenimiento, un agente de compensación social y un punto de encuentro; un lugar donde la creatividad y la imaginación tengan su propio espacio, donde el alumnado aprenda a utilizar y transmitir la información de modo libre, crítico, reflexivo y responsable, un lugar que favorezca el deseo de aprender a aprender y la autonomía dentro de un ambiente de cooperación y trabajo en equipo. Y todo ello porque consideramos que la Biblioteca escolar debe contribuir activamente a la formación de futuros ciudadanos y ciudadanas libres, solidarios-as, comprometidos-as, abiertos-as y respetuosos-as con lo ofrecido por otros mundos, otras culturas y otros pensamientos, y suficientemente formados-as para ser capaces de elegir con libertad ante las distintas situaciones de la vida. Y para ello nos planteamos distintos ámbitos de actuación encaminados a conseguir

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objetivos realistas y factibles.

4- Programas de colaboración con familias: Diferentes actuaciones encaminadas a acercar a las familias al centro y procurar que se sientan identificadas con el mismo. 5- Programa de Educación afectivo-sexual: Participamos en la iniciativa de Educación y Promoción de la Salud en la Escuela (EPS) con el programa Ni ogros ni princesas. 6- Educación y promoción de la salud: Seguiremos trabajando en el campo de la salud en diferentes ámbitos, que se concretarán cada curso en diferentes iniciativas. 7- Programa Sostenibilidad: Actuaciones: Realizar las acciones oportunas para fomentar el reciclaje en el centro. 8- Programa de préstamos y reutilización de libros de texto: Impulsado por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, que tiene como finalidad la creación de un fondo de libros de texto y materiales en los centros educativos. 9- JTV, creando TV educativa: JTV. Programa destinado a facilitar la comunicación oral y escrita del alumnado, así como hablar en público al participar en programas de televisión creados por ellos desde diferentes departamentos y trabajos dentro y fuera del aula. MensaJERO. Revista de actualidad, los alumnos trabajan noticias relacionadas con el centro y con su entorno. Se busca mejorar la expresión escrita, analizar hechos y situaciones de su entorno y comunicarlas de forma neutral y objetiva.

10- Programa de atención a la diversidad: El Departamento de Orientación desarrolla el Programa de Integración (apoyo especializado) y el Programa de PMAR, ambos dentro de la atención a la diversidad. El centro atiende a través del profesorado de PT y AL alumnado con NEE. Actuaciones establecidas para dar respuesta a la diversidad: 11- Programa de prevención del abandono escolar: Objetivos: 1. Intentar reducir el absentismo escolar temprano con el fin de disminuir el

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porcentaje de alumnos que abandonan sin conseguir el graduado en ESO y aumentar así las tasas de promoción y titulación. 2. Intervenir directamente o indirectamente en los casos de absentismo de manera sistemática, coordinada y continuada. 3. Coordinar actuaciones y líneas de trabajo en la vía de la prevención. 12- Programa de colaboración con Jefatura de Estudios. Se pretende la colaboración con jefatura de estudios de determinado profesorado con disponibilidad horaria y voluntad de trabajo en cuestiones relativas, especialmente a la convivencia, desde el ámbito de las actuaciones de la Jefatura de Estudios. 13- Recreos activos. Englobado dentro del Plan de Convivencia del centro, se pretende dotar de varias actividades al tiempo de recreo tales como campeonatos deportivos y torneos de juegos de mesa, entre otros. 8. PROGRAMA DE FORMACIÓN DEL PROFESORADO. El plan de formación del profesorado se plantea partiendo de los objetivos generales del centro para cada curso.

Máster Universitario de Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional organizado por la Universidad de Oviedo.

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6. NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMENTO

TÍTULO I: INTRODUCCIÓN CAPÍTULO I: Principios educativos y finalidad de este reglamento.

-

La calidad de la educación para todo el alumnado independientemente de sus

condiciones y circunstancias. -

La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades para el pleno desarrollo

de la personalidad a través de la educación, la inclusión educativa, la igualdad de derechos y oportunidades que ayuden a superar cualquier discriminación y la accesibilidad universal a la educación, y que actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que se deriven de cualquier tipo de discapacidad. -

La transmisión y puesta en práctica de valores que favorezcan la libertad

personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, en el respeto y la justicia, así como que ayuden a superar cualquier tipo de discriminación. -

La concepción de la educación como un aprendizaje permanente, que se

desarrolla a lo largo de toda la vida. -

La flexibilidad para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses,

expectativas y necesidades del alumnado, así como a los cambios que experimentan el alumnado y la sociedad. -

La orientación educativa y profesional de los estudiantes, como medio necesario

para le logro de una formación personalizada, que propicie una educación integral en conocimiento, destrezas y valores. -

El esfuerzo individual y la motivación del alumnado.

-

El

esfuerzo

compartido

por

alumnado,

familias,

profesores,

centros,

administraciones, instituciones y el conjunto de la sociedad. -

El reconocimiento del papel que corresponde a los padres, madres y tutores

legales como primeros responsables de la educación de sus hijos. -

La autonomía para establecer y adecuar las actuaciones organizativas y

curriculares en el marco de las competencias y responsabilidades que corresponden al Estado, a las Comunidades Autónomas, a las corporaciones locales y a los centros educativos. -

La participación de la comunidad educativa en la organización, gobierno y

funcionamiento de los centros docentes.

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-

La educación para la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los

mismos, así como para la no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social, y en especial en el del acoso escolar. -

El desarrollo, en la escuela, de los valores que fomenten la igualdad efectiva

entre hombres y mujeres, así como la prevención de la violencia de género. -

La consideración de la función docente como factor esencial de la calidad de la

educación, el reconocimiento social del profesorado y el apoyo a su tarea. -

El fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la

innovación educativa. -

La cooperación y colaboración de las Administraciones educativas con las

corporaciones locales en la planificación e implementación de la política educativa. -

La libertad de enseñanza, que reconozca el derecho de los padres, madres y

tutores legales a elegir el tipo de educación y el centro para sus hijos, en el marco de los principios constitucionales.

La finalidad del presente documento de normas de organización y funcionamiento se establece en la LOMCE en su artículo Artículo124. tal como sigue: - Los centros elaborarán un plan de convivencia que incorporarán a la programación general anual y que recogerá todas las actividades que se programen con el fin de fomentar un buen clima de convivencia dentro del centro escolar, la concreción de los derechos y deberes de los alumnos y alumnas y las medidas correctoras aplicables en caso de su incumplimiento con arreglo a la normativa vigente, tomando en consideración la situación y condiciones personales de los alumnos y alumnas, y la realización de actuaciones para la resolución pacífica de conflictos con especial atención a las actuaciones de prevención de la violencia de género, igualdad y no discriminación. - Las normas de convivencia y conducta de los centros serán de obligado cumplimiento, y deberán concretar los deberes de los alumnos y alumnas y las medidas correctoras aplicables en caso de incumplimiento, tomando en consideración su situación y condiciones personales. Las medidas correctoras tendrán un carácter educativo y recuperador, deberán garantizar el respeto a los derechos del resto de los alumnos y alumnas y procurarán la mejora en las relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa. Las medidas correctoras deberán ser proporcionadas a las faltas cometidas. Aquellas conductas que atenten contra la dignidad personal de otros miembros de la comunidad educativa, que tengan como origen o consecuencia una discriminación o acoso basado en el género, orientación o identidad sexual, o un origen racial, étnico, religioso, de creencias o de discapacidad, o que se realicen contra el alumnado más vulnerable por sus características personales, sociales o educativas tendrán la calificación de falta muy grave y llevarán asociada como medida correctora la expulsión, temporal o definitiva, del centro. Las decisiones de adoptar medidas correctoras por la comisión de faltas leves serán inmediatamente ejecutivas. - Los miembros del equipo directivo y los profesores y profesoras serán considerados autoridad pública. En los procedimientos de adopción de medidas correctoras, los hechos constatados por profesores, profesoras y miembros del equipo directivo de los centros docentes tendrán valor probatorio y disfrutarán de presunción de veracidad

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«iuris tantum» o salvo prueba en contrario, sin perjuicio de las pruebas que, en defensa de los respectivos derechos o intereses, puedan señalar o aportar los propios alumnos y alumnas. - Las Administraciones educativas facilitarán que los centros, en el marco de su autonomía, puedan elaborar sus propias normas de organización y funcionamiento. CAPÍTULO III: Divulgación, uso y ámbito de aplicación El Equipo Directivo adoptará las medidas para que este Reglamento de Régimen Interno sea conocido y consultado por todos los miembros de la Comunidad Educativa. El ámbito de aplicación del presente documento abarca a todos los miembros, órganos y servicios de la Comunidad Educativa de este Centro.

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TÍTULO II: DE COORDINACIÓN

LOS

ÓRGANOS

DE

GOBIERNO,

PARTICIPACIÓN

Y

CAPÍTULO I: Órganos de Gobierno Ver Capítulo III y IV del Título V de la LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y sus modificaciones en la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. CAPÍTULO II: Órganos de coordinación Ver Capítulo III y IV del Título V de la LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y sus modificaciones en la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. CAPÍTULO III: Órganos de participación del alumnado 1. La Junta de Delegados A. Los delegados de grupo: 1. Cada grupo de estudiantes elegirá, por sufragio directo y secreto, durante el primer mes de clase, un delegado/a de grupo, que formará parte de la Junta de Delegados. 2. Se elegirá también un subdelegado, que sustituirá al delegado en caso de ausencia o enfermedad y lo apoyará en sus funciones. 3. Obtendrán el nombramiento de delegados electos aquellos candidatos que obtengan el apoyo de la mayoría de sus compañeros. 4. Las elecciones de delegados serán organizadas y convocadas por el Jefe de Estudios, en colaboración con el Departamento de Orientación y con los tutores de los grupos. 5. Los delegados y subdelegados podrán ser revocados, previo informe razonado dirigido al tutor, por la mayoría absoluta de los alumnos del grupo al que pertenecen. En tal caso se procederá a la convocatoria de nuevas elecciones en el plazo máximo de 15 días. B. Funciones de los delegados de grupo 1. Asistir a las reuniones de la Junta de Delegados y participar en sus deliberaciones. 2. Exponer las sugerencias y reclamaciones del grupo al que representan. 3. Fomentar la buena convivencia entre los alumnos del grupo y del Centro. 4. Colaborar con el tutor y la junta de profesores del grupo en su buen funcionamiento. 5. Cuidar de la adecuada utilización del material e instalaciones del Instituto. 6. Colaborar con los profesores en el buen funcionamiento del Instituto. C. La Junta de Delegados. Constitución y funcionamiento. 1. La Junta de Delegados del Instituto está constituida por los delegados de los grupos. En ausencia del delegado, asumirá la representación del grupo el subdelegado. 2. La presidencia de la Junta de Delegados está formada por: un presidente elegido entre sus miembros, que coordina a los miembros de la Junta de Delegados, ostenta su representación ante los Órganos de Gobierno del Centro, convoca y preside las

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reuniones. Cuatro vocales, elegidos entre los delegados o los representantes de alumnos de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Ciclos Formativos. Uno de los vocales actuará como Secretario de la Junta. 3. En los casos en que una reunión sea convocada y coopresidida por el Jefe de Estudios, éste tendrá voz pero no voto. D. Funciones de la Junta de Delegados 1. Elevar al Equipo Directivo propuestas para la elaboración del Proyecto Educativo del Instituto y La Programación General Anual. 2. Formular propuestas de criterios para la elaboración de horarios de actividades docentes y extraescolares. 3. Elaborar propuestas de modificación del reglamento de régimen interior. 4. Informar a los demás alumnos de sus actividades. 5. Informar a los órganos de gobierno del Instituto en lo que se refiere a: - Celebración de pruebas y exámenes - Desarrollo de actividades culturales, recreativas y deportivas. - Alegaciones y reclamaciones sobre la objetividad y eficacia en la valoración del rendimiento académico de los alumnos. - Cualquier problemática que se presente en un curso o grupo. E. Normativa interna 1. La Junta de Delegados del Instituto se reunirá cuando sea necesario convocado en que sea convocada por su presidencia o por la Jefatura de Estudios con carácter de reunión extraordinaria. 2. De las reuniones que se celebren se levantará acta en la que como mínimo deben figurar: los miembros de la Junta de Delegados participantes en la reunión, los asuntos tratados, los acuerdos adoptados, la forma en que se han acordado. Al principio de cada sesión ordinaria se procederá a la lectura y aprobación del acta anterior. 3. Son materias propias de debate en el seno de la Junta aquellos asuntos de interés general para el Instituto que se relacionan específicamente con el alumnado. 4. La Junta de Delegados también puede actuar como órgano consultivo a petición del Director o del Consejo Escolar del Centro. 5. La Junta de Delegados puede invitar a otros miembros de la Comunidad Educativa a participar en sus reuniones y debates. 6. En su funcionamiento, la Junta se atendrá a los horarios establecidos para tal fin. Se podrá dedicar una hora lectiva para las sesiones ordinarias, garantizando la rotación de esa hora, de modo que no perjudique la asistencia a una misma materia. Estas reuniones deberán convocarse con una semana de antelación como mínimo. 7. Para las reuniones extraordinarias, se deberán respetar las limitaciones de tiempo y disponibilidad de espacios derivada del normal funcionamiento académico. Deberán convocarse con una antelación mínima de 24 horas. 8. Todas las reuniones que convoque la Presidencia de la Junta de Delegados deberá comunicarse a Jefatura de Estudios, que las autorizará si no interfieren con otras actividades, ya sean de carácter académico, extraescolares o complementarias y si se atienen a las condiciones expresadas en esta misma normativa. 9. Los miembros de la Junta de Delegados adquieren un importante compromiso con los compañeros a los que representan, por lo que deben demostrar responsabilidad en su participación y asistencia a las reuniones, efectividad en transmitir a su grupo los

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acuerdos o temas debatidos en la Junta y una adecuada representación de las opiniones de los alumnos de su grupo. 10. La Junta de Delegados debe elaborar un plan de actuación a principio de curso escolar que el Equipo Directivo podrá incluir dentro de la Programación General Anual. 11. Al final de cada curso, la Dirección del Centro solicitará un informe de la Junta de Delegados que formará parte de la Memoria Final. En ella se hará una valoración del año académico y del funcionamiento de la Junta de Delegados. D. Derechos de los miembros de la Junta de Delegados del Instituto. 1. Los miembros de la Junta de Delegados tienen derecho a la libertad de expresión sin perjuicio de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y el respeto que merecen las instituciones de acuerdo con los principios y derechos constitucionales. 2. Los delegados no podrán ser sancionados por el ejercicio de sus funciones como portavoces de los alumnos, en los términos de la normativa vigente. 3. El Jefe de Estudios facilitará a la Junta de Delegados y a su presidencia un espacio adecuado para que pueda celebrar sus reuniones y los medIos materiales para su correcto funcionamiento. 2. La Asociación de Estudiantes Para la constitución, funcionamiento, derechos y normativa interna de las asociaciones de estudiantes se estará a lo dispuesto en la legislación vigente. (Ley Orgánica 8/1985, de 13 de julio). CAPÍTULO IV: Órganos de participación de los representantes legales del alumnado La Asociación de Padres y Madres 1. Las asociaciones de padres y madres de alumnos son órganos de participación y colaboración voluntaria de los padres, madres o representantes legales. 2. Las asociaciones de padres y madres de alumnos dispondrá de un local para depositar sus materiales, atender a sus socios y realizar sus actividades regulares. La Dirección facilitará el uso de otros locales para reuniones y actividades de mayor envergadura, con los únicos límites de su conservación y mantenimiento y la normalidad de las actividades escolares. 3. Podrán constituirse asociaciones de padres y madres de alumnos conforme a lo regulado en la normativa vigente. 4. Las asociaciones de padres y madres del Instituto podrán: • Asistir a las madres, padres o tutores legales en aquello que concierne a la educación de sus hijos e hijas así como en el ejercicio de su derecho a intervenir en el control y gestión de los centros. • Colaborar en las actividades complementarias de los centros. • Organizar actividades extraescolares, culturales y deportivas. • Incentivar la participación de las madres y los padres del alumnado en el centro. • Facilitar la representación y participación de las madres y padres del alumnado en los Consejos Escolares. • Promover programas de formación dirigidos a las familias.

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• Representar a las madres y padres del alumnado en las instancias educativas y otros organismos.

TÍTULO III: NORMAS DE FUNCIONAMIENTO ORGANIZACIÓN GENERAL La organización general del instituto se orientará a la consecución de los fines establecidos en el artículo 2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. En el centro se pueden cursar actualmente estudios de Enseñanza Secundaria Obligatoria y Bachillerato de Ciencias y Bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales. Una particularidad del IES es la impartición del Bachillerato en régimen nocturno. Los horarios respectivos son: DIURNO Primer módulo lectivo 09,25-10,25h Segundo módulo lectivo 10,20-10,35h Recreo

NOCTURNO 17,00-17,55h Primer módulo lectivo 17,55-18,50h Segundo módulo lectivo 18,50-19,05h Recreo

10,35-11,30h

19,05-20,00h

08,30-09,25h

11,30-12,25h 12,25-12,40h 12,40-13,35h 13,35-14,30h 14,30-15,25h

Tercer módulo lectivo Cuarto módulo lectivo Recreo

20,00-20,55h 20,55-21,50h

Tercer módulo lectivo Cuarto módulo lectivo Quinto módulo lectivo

Quinto módulo lectivo Sexto módulo lectivo Séptimo módulo lectivo

La formación de los órganos de gobierno es la siguiente: Miembros del Consejo Escolar Sectores Nombre Cargos directivos Director Gómez Álvarez, Arturo Jefa de Estudios Sevilla Sastre, Susana Secretaria García Bango, Mónica Representantes de los profesores/as Tordable Merino, Cecilio. Álvarez García, Rosa Ana. Fernández Martínez, Graciela. Fernández Melendreras, Clara. Pérez Ron, M. Belén.

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Representantes de padres y madres López Sánchez, Antonio. Ronderos García, Mónica. Reguera González, Mª Jesús. Representantes del alumnado Fernández Espina, Ángela. Marek, Eliza María. Prada Suárez, Enol. Representante del personal Lauriño García, Francisco José. no docente Representante de la Baragaño Baragaño, Luis. Administración local

Miembros de la Comisión de Coordinación Pedagógica Departamentos Bilogía y Geología Dibujo Educación Física Filosofía Física y Química Francés Historia Inglés Latín Lengua Matemáticas Música Orientación Tecnología Actividades Extraescolares

Nombre Francisco Sierra Graciela Fernández Jorge Parra Miguel Ángel Navarro Mónica García Susana Sevilla Mª del Amor Cadenas Clara Fernández M. Rosa González Patricia Lucas Cecilio Tordable Arturo Gómez Manuel Enríquez Rosa Ana Álvarez M. Elena Murillo

El principio que rige el Proyecto Educativo es la sostenibilidad. Sostenibilidad pedagógica, respondiendo con eficacia y eficiencia a las necesidades de nuestro alumnado, sostenibilidad económica, utilizando nuestros recursos con el máximo provecho, estudiando la posibilidad de mejorar los recursos relacionados con las nuevas tecnologías y sostenibilidad como aprendizaje para la vida, integrando el desarrollo sostenible en nuestro sistema de enseñanza. “La educación con miras al desarrollo sostenible pretende promover la educación como fundamento de una sociedad más viable para la humanidad e integrar el desarrollo sostenible en el sistema de enseñanza escolar a todos los niveles. UNESCO intensificará igualmente la cooperación internacional en favor de la elaboración y de la puesta en común de prácticas, políticas y programas innovadores de educación para el desarrollo sostenible”. UNESCO En este objetivo trabaja la comunidad proyectos y programas.

educativa a través del desarrollo de varios

CAPÍTULO I: De los Órganos de Gobierno

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- Presidente 1. En cada órgano colegiado corresponde al Presidente: A) Ostentar la representación del órgano. B) Acordar la convocatoria de las sesiones ordinarias y extraordinarias y la fijación del orden del día, teniendo en cuenta, en su caso, las peticiones de los demás miembros formuladas con la suficiente antelación. C) Presidir las sesiones, moderar el desarrollo de los debates y suspenderlos por causas justificadas. D) Dirimir con su voto los empates, a efectos de adoptar acuerdos, excepto si se trata de los órganos colegiados a que se refiere el número 2 del artículo 22, en que el voto será dirimente si así lo establecen sus propias normas. E) Asegurar el cumplimiento de las leyes. F) Visar las actas y certificaciones de los acuerdos del órgano. G) Ejercer cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Presidente del órgano. 2. En casos de vacante, ausencia, enfermedad, u otra causa legal, el Presidente será sustituido por el Vicepresidente que corresponda, y en su defecto, por el miembro del órgano colegiado de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden, de entre sus componentes. - Miembros: A) Recibir, con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, la convocatoria conteniendo el orden del día de las reuniones. La información sobre los temas que figuren en el orden del día estará a disposición de los miembros en igual plazo. B) Participar en los debates de las sesiones. C) Ejercer su derecho al voto y formular su voto particular, así como expresar el sentido de su voto y los motivos que lo justifican. No podrán abstenerse en las votaciones quienes por su cualidad de autoridades o personal al servicio de las Administraciones Públicas, tengan la condición de miembros de órganos colegiados. D) Formular ruegos y preguntas. E) Obtener la información precisa para cumplir las funciones asignadas. F) Cuantas otras funciones sean inherentes a su condición. Los miembros de un órgano colegiado no podrán atribuirse las funciones de representación reconocidas a éste, salvo que expresamente se les hayan otorgado por una norma o por acuerdo válidamente adoptado, para cada caso concreto, por el propio órgano. En casos de ausencia o de enfermedad y, en general, cuando concurra alguna causa justificada, los miembros titulares del órgano colegiado serán sustituidos por sus suplentes, si los hubiera. - Secretario. 1. Los órganos colegiados tendrán un Secretario que podrá ser un miembro del propio órgano o una persona al servicio de la Administración Pública correspondiente. 2. La designación y el cese, así como la sustitución temporal del Secretario en supuestos de vacante, ausencia o enfermedad se realizarán según lo dispuesto en las normas específicas de cada órgano y, en su defecto, por acuerdo del mismo. 3. Corresponde al Secretario del órgano colegiado:

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A) Asistir a las reuniones con voz pero sin voto si es un funcionario, y con voz y voto si la Secretaría del órgano la ostenta un miembro del mismo. B) Efectuar la convocatoria de las sesiones del órgano por orden de Presidente, así como las citaciones a los miembros del mismo. C) Recibir los actos de comunicación de los miembros con el órgano y, por tanto, las notificaciones, peticiones de datos, rectificaciones o cualquiera otra clase de escritos de los que deba tener conocimiento. D) Preparar el despacho de los asuntos, redactar y autorizar las actas de las sesiones. E) Expedir certificaciones de las consultas, dictámenes y acuerdos aprobados. F) Cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Secretario. - Funcionamiento. Sesiones. 1. Los órganos colegiados se reunirán, en sesión ordinaria, y a lo largo del curso, el mínimo de veces señaladas en los apartados respectivos, y en sesión extraordinaria cuando la convoque el Presidente del órgano colegiado respectiva por su propia iniciativa, o a propuesta del treinta por ciento de los miembros del órgano colegiado respectivo, debidamente suscrita por los promotores de la convocatoria 2. En este último caso, el Presidente del órgano colegiado respectivo deberá convocar dentro de los cinco días siguientes a la recepción de la solicitud, al órgano colegiado respectivo, incluyendo en el orden del día los asuntos propuestos por los promotores de la convocatoria. Convocatoria y orden del orden día. 1. La convocatoria corresponde al Presidente del órgano colegiado respectivo, que fijará el orden del día. 2. Cualquier miembro del órgano colegiado respectivo podrá solicitar la inclusión de asuntos en el orden del día. 3. La convocatoria y el orden del día deberán ser notificados a todos los miembros del órgano colegiado respectivo con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, 4. Las convocatorias deberán determinar con claridad y precisión los asuntos a tratar en la sesión, así como la fecha, hora y lugar de la celebración. 5. El orden del día de las sesiones ordinarias incluirá como último asunto a tratar ruegos y preguntas. 6. El orden del día de las sesiones extraordinarias no requerirá la inclusión de la aprobación del acta de la sesión anterior. 7. La documentación necesaria de los asuntos a tratar en la sesión se pondrán a disposición de los miembros del órgano colegiado respectivo por el Secretario desde el mismo día de la convocatoria. 8. No podrá ser objeto de deliberación o acuerdo ningún asunto que no figure en el orden del día, salvo que estén presentes todos los miembros del órgano colegiado respectivo y sea declarada la urgencia de aquel por el voto favorable de la mayoría. - Constitución 1. Para la válida constitución del órgano colegiado respectivo en primera convocatoria, sería necesaria la presencia de la mitad más uno de sus miembros, debiendo hallarse presentes el Presidente y el Secretario o quienes los sustituyan. 2. Si no existiese quórum, el órgano colegiado respectivo se constituirá en segunda convocatoria media horas después de la señalada para la primera siempre que estén

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presentes la tercera parte de sus miembros, incluidos el Presidente y el Secretario o quienes les sustituyen. 3. Si no existiese quórum en la segunda convocatoria. Habría de realizarse una nueva convocatoria del órgano colegiado respectivo. - Acuerdos. 1. Salvo que la norma de aplicación disponga otra cosa, las decisiones del órgano colegiado respectivo se adoptarán por mayoría simple. 2. Las votaciones podrán ser unanimidad, ordinarias o secretas. 3. Se considerarán aprobadas por unanimidad las propuestas cuando, una vez enunciadas, no susciten ninguna objeción u oposición. 4. En otro caso, se realizará votación ordinaria, levantando la mano primero quienes aprueben, a continuación los que desaprueben y finalmente los que se abstengan, si procede. 5. La votación secreta se realizará mediante papeletas que cada miembro entregará al Secretario, y tendrá lugar en los siguientes casos: en todos los asuntos referidos a la elección de personas, cuando así lo decida el Presidente del órgano colegiado respectivo, a solicitud del veinte por ciento de los miembros presentes. 6. En las votaciones con resultado de empate entre las aprobaciones y desaprobaciones, lo dirimirá el voto de calidad del Presidente del órgano colegiado respectivo 7. El voto será libre personal e indelegable, no admitiéndose el voto delegado, ni el voto anticipado, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa electoral de aplicación. 8. Los acuerdos del órgano colegiado respectivo y sus actos de trámite cualificado no podrán ser impugnados por sus miembros si no afectan a sus propios derechos subjetivos o intereses legítimos. - Actas. 1. De cada sesión que celebre el órgano colegiado se levantará acta por el Secretario, que especificará necesariamente los asistentes, el orden del día de la reunión, las circunstancias del lugar y tiempo en que se ha celebrado, los puntos principales de las deliberaciones, así como el contenido de los acuerdos adoptados. 2. En el acta figurará, a solicitud de los respectivos miembros del órgano, el voto contrario al acuerdo adoptado, su abstención y los motivos que la justifiquen o el sentido de su voto favorable. Asimismo, cualquier miembro tiene derecho a solicitar la trascripción íntegra de su intervención o propuesta, siempre que aporte en el acto, o en el plazo que señale el Presidente, el texto que se corresponda fielmente con su intervención, haciéndose así constar en el acta o uniéndose copia a la misma. 3. Los miembros que discrepen del acuerdo mayoritario podrán formular voto particular por escrito en el plazo de cuarenta y ocho horas, que se incorporará al texto aprobado. 4. Cuando los miembros del órgano voten en contra o se abstengan, quedarán exentos de la responsabilidad que, en su caso, pueda derivarse de los acuerdos. 5. Las actas se aprobarán en la misma o en la siguiente sesión, pudiendo no obstante emitir el Secretario certificación sobre los acuerdos específicos que se hayan adoptado, sin perjuicio de la ulterior aprobación del acta. En las certificaciones de acuerdos adoptados emitidas con anterioridad a la aprobación del acta se hará constar expresamente tal circunstancia. - Del Equipo Directivo.

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1. El Equipo Directivo se reunirá, como mínimo, un día a la semana, en horas que constarán en su horario personal, y cuantas veces lo aconseje la marcha del Centro. - Del Claustro. 1. El claustro se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque el director o lo solicite un tercio, al menos, de sus miembros. Será preceptiva, además, una sesión del claustro al principio del curso y otra al final del mismo. 2. La asistencia a las sesiones del claustro es obligatoria para todos sus miembros. - Del Consejo Escolar. 1. Las reuniones del Consejo Escolar se celebrarán en el día y con el horario que posibiliten la asistencia de todos sus miembros. En las reuniones ordinarias, el director enviará a los miembros del consejo escolar la convocatoria conteniendo el orden del día de la reunión y la documentación que vaya a ser objeto de debate y, en su caso, aprobación, de forma que éstos puedan recibirla con una antelación mínima de una semana. Podrán realizarse, además, convocatorias extraordinarias con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, cuando la naturaleza de los asuntos que hayan de tratarse así lo aconseje. 2. El Consejo Escolar se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque el director o lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros. En todo caso, será preceptiva, además, una reunión a principio de curso y otra al final del mismo. La asistencia a las sesiones del consejo escolar será obligatoria para todos sus miembros. CAPÍTULO II: De la Comisión de Coordinación Pedagógica 1. La Comisión de Coordinación Pedagógica se reunirá como mínimo una vez al mes y celebrará una sesión extraordinaria al comienzo del curso, otra al finalizar éste y cuantas otras se consideren necesarias. De cada reunión se levantará el acta correspondiente. 2. La Comisión de Coordinación Pedagógica deberá tener establecidas las directrices generales para la elaboración y revisión del Proyecto curricular y de las programaciones didácticas incluidas en éste, antes del comienzo de la elaboración de dichas programaciones. Asimismo, la comisión deberá establecer durante el mes de septiembre, y antes del inicio de las actividades lectivas, un calendario de actuaciones para el seguimiento y evaluación de los proyectos curriculares de etapa y de las posibles modificaciones de los mismos que puedan producirse como resultado de la evaluación. CAPÍTULO III: De los Departamentos 1. Para el ejercicio de sus competencias los departamentos didácticos celebrarán reuniones semanales que serán de obligada asistencia para todos sus miembros. La Jefatura de Estudios, al confeccionar los horarios, reservará un período complementario semanal para estas reuniones, que constará en el horario individual del profesorado. 2. En las reuniones de los departamentos se prestará especial atención a la coordinación y desarrollo de las programaciones didácticas, de los procesos de enseñanza-aprendizaje y de las medidas de atención a la diversidad, así como a la valoración de los resultados de la evaluación del alumnado. 3. Los Jefes de Departamento levantarán acta de los aspectos más significativos del seguimiento de las programaciones y de los procesos de enseñanza-aprendizaje y, al menos una vez al trimestre, de los resultados de la evaluación del alumnado. En estas actas se recogerán las propuestas de modificación, adaptación o mejora que dichos procesos de seguimiento y valoración aconsejen.

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4. Los departamentos didácticos se responsabilizarán de preparar actividades y materiales para ser utilizados por el alumnado en caso de ausencia de un miembro del Departamento. El Jefe o Jefa del Departamento será el responsable de la entrega de estas actividades a la Jefatura de Estudios. 5. Los departamentos elaborarán al finalizar las actividades lectivas un informe en el que se incluirán las valoraciones de los resultados académicos obtenidos por el alumnado, las conclusiones más significativas del desarrollo de las programaciones didácticas y de las medidas de atención a la diversidad, así como de las propuestas de mejora que se formulen para el curso siguiente. Este informe será remitido a la Jefatura de Estudios. CAPÍTULO IV: De las Juntas de Profesores 1. Las Juntas de Profesores constituyen el equipo educativo de cada grupo de alumnos y alumnas y, dada la trascendencia de sus funciones en la coordinación de las actividades de enseñanza-aprendizaje y en la mejora del clima de convivencia del grupo, deberán reunirse al menos dos veces al trimestre en Educación Secundaria Obligatoria, además de las sesiones de evaluación preceptivas. 2. A lo largo del curso, podrán realizarse además otras reuniones de las Juntas de profesorado, cuando la Jefatura de Estudios o los tutores y tutoras lo consideren necesario. 3. A las reuniones de las Juntas del profesorado, que serán coordinadas por el tutor o tutora del mismo, podrá asistir algún miembro del Departamento de Orientación en los casos en que la Jefatura de Estudios así lo determine. CAPÍTULO V: De las actividades complementarias y extraescolares. Actividades complementarias Son aquellas actividades que se establecen dentro del horario de permanencia obligada de los alumnos en el mismo y como complemento de la actividad escolar. Se rigen por las siguientes normas: 1. Son de carácter totalmente gratuito y no deben suponer coste alguno para los alumnos o sus familias. 2. Estas actividades contienen enseñanzas incluidas en la programación docente de cada curso y podrán ser susceptibles de evaluación a efectos académicos de los alumnos. Así mismo podrán incluir contenidos incluidos en el programa de acción tutorial y el programa de orientación académica y profesional. 3. En ellas deben participar con carácter obligatorio el conjunto de alumnos del grupo o curso al que van dirigidas. Su no participación supondrá la consideración de tantas faltas de asistencia como periodos lectivos dure la misma. 4. La no participación en estas actividades puede ser considerada una medida correctora para aquellos alumnos que hayan manifestado conductas contrarias a las normas de convivencia del Centro. 5. Los padres o tutores legales de los alumnos notificarán al tutor del grupo al que pertenecen su conocimiento y conformidad con la realización de estas actividades complementarias. 6. Cada departamento propondrá y será responsable de organizar y realizar sus actividades complementarias. Para ello contará con la colaboración del jefe del departamento de actividades complementarias y extraescolares en la organización de las mismas. Las actividades diseñadas dentro del Plan de Acción Tutorial y el Plan de

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Orientación Académica y Profesional serán responsabilidad del Departamento de Orientación. Los Jefes de los Departamentos Didácticos serán los responsables de la organización y coordinación de las actividades complementarias de su departamento, junto con el profesorado de dicho departamento implicado en el desarrollo de las mismas. 7. En todo caso, el Jefe del Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares debe estar informado con la mayor antelación posible antes de realizarse la actividad de: - Alumnos a quien va dirigida - Departamento responsable - Horario de la actividad - Profesores del departamento o del grupo acompañantes. Esta información se pondrá a disposición del profesorado en el tablón de anuncios de la Sala de Profesores, destinada a tal fin. 8. Cada actividad contará con dos profesores acompañantes (salvo excepciones justificadas), a partir de ahí se establece una ratio de 20 alumnos o fracción por profesor acompañante para la realización de cada actividad, 15 alumnos para los grupos de 1º y 2º de ESO, no pudiendo realizarse la misma cuando no se cuente con el número suficiente de profesores acompañantes. 9. Los profesores responsables no percibirán ninguna retribución económica a no ser en concepto de compensación de gastos por desplazamiento. No se admitirá el desplazamiento de alumnos o profesores en vehículo propio. 10. Todas las actividades complementarias deben estar incluidas en la Programación General Anual del Centro, debiendo estar informado el Consejo Escolar y evaluar las mismas. 13. Aquellas actividades complementarias que se quieran introducir a lo largo del curso requerirán así mismo informe y evaluación del Consejo Escolar. 14. En el transcurso y lugar donde se desarrolle la actividad complementaria estará vigente el Reglamento de Régimen Interior del IES en lo relativo a Normas de Convivencia en el Centro. 15. No se podrán programar actividades complementarias los quince días anteriores a la fecha de evaluación ni durante el mes de junio, hasta la realización de la evaluación final. Actividades extraescolares fuera del Centro Son aquellas actividades establecidas por el Centro que se realizan fuera del horario de obligada permanencia de los alumnos en el mismo, o que estableciéndose de manera limitada en el horario de obligada permanencia, tiene su proyección fuera de ese horario. Se rigen por las siguientes normas: 1. Deben tener un contenido educativo evidente y ser coherentes con los principios educativos establecidos en el Proyecto Educativo. Sin embargo, no podrán contener enseñanzas incluidas en la programación docente de cada curso, o en todo caso, no podrán ser susceptibles de evaluación a efectos académicos de los alumnos. Es decir, no se considerarán imprescindibles para la formación mínima, aunque permitan complementarla. 2. Las percepciones por dichas actividades tendrán carácter no lucrativo y servirán, exclusivamente, para sufragar los gastos que genere la actividad. El coste debe ser

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reducido para el alumnado de tal modo que nunca pueda dar lugar a discriminación económica. 3. El Centro no hará ninguna aportación económica a estas actividades, pudiendo sin embargo, contar con otro tipo de ingresos a través de ayudas, subvenciones de organismos o asociaciones y otras formas de autofinanciación. 4. La participación del alumnado en estas actividades tendrá carácter voluntario. 5. La realización de estas actividades no puede ser motivo de discriminación alguna para ningún miembro de la comunidad educativa. 6. La no participación en estas actividades por parte del alumno supondrá su incorporación a las clases correspondientes que tuviera mientras dure la actividad. La no asistencia a clase ni a la actividad será computada como faltas de asistencia. 7. La no participación en estas actividades puede ser considerada una medida correctora para aquellos alumnos que hayan manifestado conductas contrarias a las normas de convivencia del Centro. 8. Los padres o tutores legales notificarán a los profesores responsables de cada actividad su autorización para la realización de la misma, que será obligatoria para que el alumno sea admitido. 9. Cada departamento será responsable de organizar y realizar las correspondientes actividades extraescolares, siendo un miembro del mismo el profesor-responsable de la actividad. Para ello contará con la colaboración del jefe del departamento de actividades complementarias y extraescolares en la organización de la misma. 10. En todo caso, el Jefe del Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares debe estar informado con la mayor antelación posible antes de realizarse la actividad de: - Relación nominal de los alumnos que participan y el grupo al que pertenecen. - Departamento y profesor responsable. - Calendario de la actividad. - Profesores del departamento o del grupo acompañantes. Esta información se pondrá a disposición del profesorado en el tablón de anuncios de la Sala de Profesores, destinado a tal fin. Los profesores cuya tarea docente haya sido completamente afectada por la realización de la actividad permanecerán en el Centro realizando las tareas que le sean encomendadas por Jefatura de Estudios. En caso de que no todos los alumnos del grupo o curso participen en la actividad, los profesores con los que tengan docencia se harán cargo de ellos, realizando tareas de repaso de su materia. 11. Cada actividad extraescolar contará con dos profesores acompañantes (excepto causas debidamente justificadas), a partir de ahí, se establece una ratio de 15 alumnos o fracción por profesor acompañante para 1º y 2º de ESO y 20 para el resto de cursos para la realización de cada actividad. Si la salida es al extranjero la ratio será siempre de 15 alumnos por profesor. 12. Los profesores acompañantes percibirán compensación económica en concepto de gastos derivados de manutención y/o desplazamiento. 13. Se pondrá a disposición de los profesores acompañantes, en caso de actividades de varios días de duración, un teléfono móvil que garantice la comunicación entre estos, el Centro y las familias de los alumnos. 16. Se establece un número máximo de una actividad fuera del Centro por departamento, no pudiendo superar un mismo alumno la cifra de cinco días lectivos para la realización de actividades extraescolares. Las actividades realizadas durante la

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semana de junio, una vez celebrada la evaluación final tendrán una consideración especial, a efectos de no computar dentro de los cinco días citados. 17. No se podrán programar actividades los quince días anteriores a la fecha de evaluación ni durante el mes de junio, hasta la realización de la evaluación final. 18. Todas las actividades extraescolares deben estar incluidas en la Programación General Anual y precisan informe y evaluación por El Consejo Escolar. 19. Aquellas actividades extraescolares que se quieran introducir a lo largo del curso requerirán informe y evaluación del Consejo Escolar. 20. En el transcurso y lugar donde se desarrolle la actividad extraescolar estarán vigentes las Normas de Convivencia del Centro. CAPÍTULO VI: Sobre el uso de instalaciones y medios del Centro. Existen varias aulas tales como las de informática, el aula magna (Silvia García), las aulas de reuniones, el aula de audiovisuales, PDI que precisan de unas normas específicas de funcionamiento que se detallan a continuación: 1. Las aulas no podrán ser utilizadas por los alumnos sin la presencia de un profesor responsable. 2. El criterio general para definir el uso preferente de las aulas de informática dependerá de la inclusión de contenidos relacionados directamente con la informática en sus currículos respectivos. En el resto de los casos Jefatura de Estudios determinará, mediante una reunión con los profesores interesados, la asignación de las horas fijas durante todo el curso a determinados grupos y materias en la utilización de las aulas citadas en el primer párrafo del presente capítulo. Dichas horas estarán enmarcadas en el cuadrante de reserva de las aulas, en el que, además de las de informática, constan las aulas con proyector (aula de reuniones, aula PDI y aula magna (Silvia García), aula de audiovisuales). 3. Al margen de esos casos se podrá reservar la utilización de dichas aulas con antelación para un día concreto en jefatura de estudios. 4. Cada profesor deberá rellenar la ficha de uso del aula correspondiente para que la Coordinadora de Nuevas Tecnologías, esté al corriente de la utilización a la que se destinó el aula, así como de las posibles incidencias que pudiesen surgir. 5. Las llaves de las aulas se encuentran en la conserjería, siendo necesaria su devolución en el mismo lugar, inmediatamente después del uso del aula correspondiente. Las conserjes llevarán un registro de la salida y entrada de las llaves de las aulas específicas. 6. Los grupos de alumnos y los profesores que acudan a estas aulas deben garantizar una correcta utilización de los medios y los espacios y su conservación, dejarán los ordenadores correctamente apagados y el resto del material en las condiciones en que lo hayan encontrado. El profesor es responsable del buen uso y protección de las instalaciones y el material, y de informar de las posibles incidencias. 7. Los alumnos no podrán instalar programas ni variar la configuración de los ordenadores. 8. Otros medios tales como equipos portátiles, cañones de proyección, cámara fotográfica se deberán solicitar a la Secretaria del centro. 9. La biblioteca permanecerá abierta, para la consulta de libros, préstamo o acceso a Internet durante los recreos en horario diurno y a lo largo de una serie de horas, habilitadas a tal efecto, durante el horario nocturno.

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CAPÍTULO VII: Sobre el funcionamiento general del Centro Acceso al Centro A nuestro Centro se accede por la puerta principal que permanecerá cerrada, a partir de los tres minutos siguientes al comienzo de la actividad lectiva, siendo necesario llamar a un timbre para que, desde conserjería, abran la puerta mediante un portero automático. Todas las personas que accedan al centro una vez cerrada la puerta, deberán identificarse en conserjería y dejar constancia del motivo de la visita y, en su caso, de la persona con la que vienen a entrevistarse. Horario de visita del profesorado y Equipo Directivo Todo el profesorado y el Equipo Directivo de nuestro Centro, tienen establecidas unas horas de atención a toda la comunidad educativa. Dicho horario será de conocimiento general. Pagina WEB y pantalla acceso al Centro Tanto en la página WEB como en la pantalla situada en el acceso al Centro, se encuentra información de interés relacionada con la marcha de nuestro instituto, así como documentos de utilidad para toda la comunidad educativa. Fotocopias e impresoras Como norma general, las fotocopias se realizarán en conserjería, para ello cada profesor contará con un código individual de identificación. Los ordenadores de los departamentos y de la sala de profesores imprimen a través de la impresora situada en conserjería, es necesario solicitar a las conserjes los documentos deseados. Tanto en un caso como en otro, debemos esforzarnos en hacer un uso racional de estos medios, intentando minimizar el coste económico y medioambiental que suponen. Guardias Cada tramo horario estará cubierto por profesorado de guardia para garantizar que todos los grupos de alumnos estén acompañados por un profesor. Las ausencias previstas con antelación se comunicarán en jefatura de estudios lo antes posible. Guardias de recreo En los periodos de recreo, del horario diurno, habrá una serie de profesores de guardia destinados a supervisar la convivencia en distintas zonas del Centro, como son los patios, los pasillos y las aulas de bachillerato, en las que los alumnos pueden permanecer durante estos periodos. Uso de la cafetería El alumnado solamente podrá hacer uso de la cafetería del centro durante los periodos de recreo y antes del comienzo de la jornada lectiva diaria y una vez finalizada la misma. TÍTULO IV: PLAN DE CONVIVENCIA

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CAPÍTULO I: Principios Dos son los principios que establecen las bases de nuestro Plan de convivencia:

PRINCIPIOS

COORDINACIÓN

SOSTENIBILIDAD La comunidad educativa del centro la conforman diversos agentes que desarrollan su labor de acuerdo al objetivo común de la excelencia académica. Es imprescindible coordinar cada uno de los esfuerzos individuales en beneficio del éxito escolar. Coordinación de la comunidad educativa

EXCELENCA ACADÉMICA

ALUMNADO: educación de calidad FAMILIAS: compromiso con las actividades educativas PROFESORADO: trabajo en equipo ORGANOS DE GOBIERNO: regulan la participación de la comunidad educativa

DIRECCION: lidera El

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segundo principio persigue alcanzar un desarrollo sostenible que sitúe al centro en la realidad social, cultural y económica actual y dote a sus miembros de las capacidades que exige ser un ciudadano/a preparado para afrontar su futuro. “La educación con miras al desarrollo sostenible pretende promover la educación como fundamento de una sociedad más viable para la humanidad e integrar el desarrollo sostenible en el sistema de enseñanza escolar a todos los niveles. UNESCO intensificará igualmente la cooperación internacional en favor de la elaboración y de la puesta en común de prácticas, políticas y programas innovadores de educación para el desarrollo sostenible”. UNESCO CAPÍTULO II: Derechos y deberes de los empleados públicos. De los Derechos individuales. a) A la inamovilidad en la condición de funcionario de carrera. b) Al desempeño efectivo de las funciones o tareas propias de su condición profesional y de acuerdo con la progresión alcanzada en su carrera profesional. c) A la progresión en la carrera profesional y promoción interna según principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad mediante la implantación de sistemas objetivos y transparentes de evaluación. d) A percibir las retribuciones y las indemnizaciones por razón del servicio. e) A participar en la consecución de los objetivos atribuidos a la unidad donde preste sus servicios y a ser informado por sus superiores de las tareas a desarrollar. f) A la defensa jurídica y protección de la Administración Pública en los procedimientos que se sigan ante cualquier orden jurisdiccional como consecuencia del ejercicio legítimo de sus funciones o cargos públicos. g) A la formación continua y a la actualización permanente de sus conocimientos y capacidades profesionales, preferentemente en horario laboral. h) Al respeto de su intimidad, orientación sexual, propia imagen y dignidad en el trabajo, especialmente frente al acoso sexual y por razón de sexo, moral y laboral. i) A la no discriminación por razón de nacimiento, origen racial o étnico, género, sexo u orientación sexual, religión o convicciones, opinión, discapacidad, edad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. j) A la adopción de medidas que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. k) A la libertad de expresión dentro de los límites del ordenamiento jurídico. l) A recibir protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. m) A las vacaciones, descansos, permisos y licencias. n) A la jubilación según los términos y condiciones establecidas en las normas aplicables. o) A las prestaciones de la Seguridad Social correspondientes al régimen que les sea de aplicación. p) A la libre asociación profesional. q) A los demás derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico. Derechos individuales ejercidos colectivamente. Los empleados públicos tienen los siguientes derechos individuales que se ejercen de forma colectiva: a) A la libertad sindical. b) A la negociación colectiva y a la participación en la determinación de las condiciones de trabajo. c) Al ejercicio de la huelga, con la garantía del mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.

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d) Al planteamiento de conflictos colectivos de trabajo, de acuerdo con la legislación aplicable en cada caso. e) Al de reunión, en los términos establecidos en el artículo 46 de este Estatuto. Derecho a la carrera profesional y a la promoción interna.

1. Los funcionarios de carrera tendrán derecho a la promoción profesional. 2. La carrera profesional es el conjunto ordenado de oportunidades de ascenso y expectativas de progreso profesional conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad. A tal objeto las Administraciones Públicas promoverán la actualización y perfeccionamiento de la cualificación profesional de sus funcionarios de carrera. 3. Las leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo de este Estatuto regularán la carrera profesional aplicable en cada ámbito que podrán consistir, entre otras, en la aplicación aislada o simultánea de alguna o algunas de las siguientes modalidades: a) Carrera horizontal, que consiste en la progresión de grado, categoría, escalón u otros conceptos análogos, sin necesidad de cambiar de puesto de trabajo y de conformidad con lo establecido en la letra b) del artículo 17 y en el apartado 3 del artículo 20 de este Estatuto. b) Carrera vertical, que consiste en el ascenso en la estructura de puestos de trabajo por los procedimientos de provisión establecidos en el capítulo III del título V de este Estatuto. c) Promoción interna vertical, que consiste en el ascenso desde un cuerpo o escala de un Subgrupo, o Grupo de clasificación profesional en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo, a otro superior, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18. d) Promoción interna horizontal, que consiste en el acceso a cuerpos o escalas del mismo Subgrupo profesional, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18. 4. Los funcionarios de carrera podrán progresar simultáneamente en las modalidades de carrera horizontal y vertical cuando la Administración correspondiente las haya implantado en un mismo ámbito. De los Deberes Los empleados públicos deberán desempeñar con diligencia las tareas que tengan asignadas y velar por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, y deberán actuar con arreglo a los siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres, que inspiran el Código de Conducta de los empleados públicos configurado por los principios éticos y de conducta regulados en los artículos siguientes. Principios éticos. 1. Los empleados públicos respetarán la Constitución y el resto de normas que integran el ordenamiento jurídico. 2. Su actuación perseguirá la satisfacción de los intereses generales de los ciudadanos y se fundamentará en consideraciones objetivas orientadas hacia la imparcialidad y el interés común, al margen de cualquier otro factor que exprese posiciones personales, familiares, corporativas, clientelares o cualesquiera otras que puedan colisionar con este principio.

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3. Ajustarán su actuación a los principios de lealtad y buena fe con la Administración en la que presten sus servicios, y con sus superiores, compañeros, subordinados y con los ciudadanos. 4. Su conducta se basará en el respeto de los derechos fundamentales y libertades públicas, evitando toda actuación que pueda producir discriminación alguna por razón de nacimiento, origen racial o étnico, género, sexo, orientación sexual, religión o convicciones, opinión, discapacidad, edad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. 5. Se abstendrán en aquellos asuntos en los que tengan un interés personal, así como de toda actividad privada o interés que pueda suponer un riesgo de plantear conflictos de intereses con su puesto público. 6. No contraerán obligaciones económicas ni intervendrán en operaciones financieras, obligaciones patrimoniales o negocios jurídicos con personas o entidades cuando pueda suponer un conflicto de intereses con las obligaciones de su puesto público. 7. No aceptarán ningún trato de favor o situación que implique privilegio o ventaja injustificada, por parte de personas físicas o entidades privadas. 8. Actuarán de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia, y vigilarán la consecución del interés general y el cumplimiento de los objetivos de la organización. 9. No influirán en la agilización o resolución de trámite o procedimiento administrativo sin justa causa y, en ningún caso, cuando ello comporte un privilegio en beneficio de los titulares de los cargos públicos o su entorno familiar y social inmediato o cuando suponga un menoscabo de los intereses de terceros. 10. Cumplirán con diligencia las tareas que les correspondan o se les encomienden y, en su caso, resolverán dentro de plazo los procedimientos o expedientes de su competencia. 11. Ejercerán sus atribuciones según el principio de dedicación al servicio público absteniéndose no solo de conductas contrarias al mismo, sino también de cualesquiera otras que comprometan la neutralidad en el ejercicio de los servicios públicos. 12. Guardarán secreto de las materias clasificadas u otras cuya difusión esté prohibida legalmente, y mantendrán la debida discreción sobre aquellos asuntos que conozcan por razón de su cargo, sin que puedan hacer uso de la información obtenida para beneficio propio o de terceros, o en perjuicio del interés público. Principios de conducta. 1. Tratarán con atención y respeto a los ciudadanos, a sus superiores y a los restantes empleados públicos. 2. El desempeño de las tareas correspondientes a su puesto de trabajo se realizará de forma diligente y cumpliendo la jornada y el horario establecidos. 3. Obedecerán las instrucciones y órdenes profesionales de los superiores, salvo que constituyan una infracción manifiesta del ordenamiento jurídico, en cuyo caso las pondrán inmediatamente en conocimiento de los órganos de inspección procedentes. 4. Informarán a los ciudadanos sobre aquellas materias o asuntos que tengan derecho a conocer, y facilitarán el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. 5. Administrarán los recursos y bienes públicos con austeridad, y no utilizarán los mismos en provecho propio o de personas allegadas. Tendrán, asimismo, el deber de velar por su conservación. 6. Se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal. 7. Garantizarán la constancia y permanencia de los documentos para su transmisión y entrega a sus posteriores responsables. 8. Mantendrán actualizada su formación y cualificación.

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9. Observarán las normas sobre seguridad y salud laboral. 10. Pondrán en conocimiento de sus superiores o de los órganos competentes las propuestas que consideren adecuadas para mejorar el desarrollo de las funciones de la unidad en la que estén destinados. A estos efectos se podrá prever la creación de la instancia adecuada competente para centralizar la recepción de las propuestas de los empleados públicos o administrados que sirvan para mejorar la eficacia en el servicio. 11. Garantizarán la atención al ciudadano en la lengua que lo solicite siempre que sea oficial en el territorio CAPÍTULO IV: Derechos y deberes del alumnado De los derechos del alumnado — Derecho a la formación 1. El alumnado tiene derecho a recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad. 2. La formación a que se refiere el apartado anterior se ajustará a los principios y fines del sistema educativo establecidos en los artículos 1 y 2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. 3. Todo el alumnado tiene el derecho y el deber de conocer la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias. 4. La organización de la jornada escolar se debe hacer tomando en consideración, entre otros factores, el currículo, la edad, y los intereses del alumnado, para permitir el pleno desarrollo de su personalidad. 5. El alumnado tiene derecho al estudio y, por tanto, a participar en las actividades orientadas al desarrollo del currículo y al logro de las competencias básicas. — Derecho a la valoración objetiva del rendimiento escolar 1. El alumnado tiene derecho a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad. 2. A fin de garantizar la función formativa que ha de tener la evaluación y lograr una mayor eficacia del proceso de aprendizaje de los alumnos y alumnas, los tutores o tutoras y el profesorado mantendrán una comunicación fluida con éstos y sus padres, si son menores de edad, en lo relativo a las valoraciones sobre el aprovechamiento académico del alumnado y la marcha de su proceso de aprendizaje, así como acerca de las decisiones que se adopten como resultado de dicho proceso. 3. El alumnado, o sus padres, contra las decisiones y calificaciones que, como resultado del proceso de evaluación, se adopten al final de un curso o etapa pueden formular reclamaciones en el plazo de dos días lectivos contados a partir del día siguiente a aquel en que tengan conocimiento de las mismas. Estas reclamaciones tienen que fundamentarse en alguna de las siguientes causas: a) Inadecuación de los objetivos y contenidos sobre los que se ha llevado a cabo la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado con los recogidos en la correspondiente programación docente. b) Inadecuación de los procedimientos e instrumentos de evaluación aplicados con lo señalado en la programación docente. c) Incorrecta aplicación de los criterios de calificación y evaluación establecidos en la programación docente para la superación de la materia, asignatura o módulo. d) Incorrecta aplicación de la normativa en materia de promoción o titulación.

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4. Corresponde resolver sobre las reclamaciones formuladas a la persona titular de la dirección del Centro Docente, previo informe del Departamento Didáctico o, en su caso, de la Junta de Evaluación, de acuerdo con la normativa estatal y autonómica reguladora de la organización y funcionamiento de los centros docentes. 5. Contra la resolución adoptada por la persona titular de la dirección de un centro docente público, cabe interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería competente en materia de educación. Contra la resolución adoptada por el titular de la dirección de un centro docente privado sostenido con fondos públicos, cabe interponer, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tengan conocimiento de la misma, reclamación ante la persona titular de la Consejería competente en materia de educación. La resolución del recurso o la reclamación pondrán fin a la vía administrativa y se resolverá previo informe preceptivo del Servicio de Inspección Educativa. —Derecho al respeto de las propias convicciones 1. Los alumnos o alumnas tiene derecho a que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas y sus convicciones morales, de acuerdo con la Constitución. 2. El alumnado, y sus padres si el alumno o la alumna es menor de edad, tienen derecho a estar informados previamente y de manera completa sobre el proyecto educativo o, en su caso, el carácter propio del centro. —Derecho a la identidad, integridad y la dignidad personal 1. El derecho del alumnado a la integridad y dignidad personales implica: a) El respeto de su intimidad. b) La protección contra toda agresión física o moral. c) La disposición de condiciones de seguridad e higiene para llevar a cabo su actividad académica. d) Un ambiente de buena convivencia que fomente el respeto y la solidaridad entre los compañeros y compañeras. 2. El profesorado y el resto de personal que, en ejercicio de sus funciones, acceda a datos personales y familiares o que afecten al honor e intimidad de los menores o sus familias quedará sujeto al deber de sigilo, sin perjuicio de la obligación de comunicar a la autoridad competente todas aquellas circunstancias que puedan implicar maltrato para el alumnado o cualquier otro incumplimiento de los deberes establecidos por las leyes de protección del menor. 3. En el tratamiento de los datos personales del alumnado, recabados por el centro docente como necesarios para el ejercicio de la función educativa, se aplicarán normas técnicas y organizativas que garanticen su seguridad y confidencialidad. La cesión de datos, incluidos los de carácter reservado, necesarios para el sistema educativo, se realizará preferentemente por vía telemática y estará sujeta a la legislación en materia de protección de datos de carácter personal. —Derechos de participación, de reunión y asociación 1. El alumnado tiene derecho a participar en el funcionamiento y la vida del centro en los términos previstos en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación. 2. La participación del alumnado en el Consejo Escolar del centro se regirá por lo dispuesto en la normativa específica. 3. Los alumnos y las alumnas tienen derecho a elegir, mediante sufragio directo y secreto, a sus representantes en el Consejo Escolar y a los delegados y delegadas de grupo en los términos establecidos en la legislación vigente y específicamente en los

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correspondientes Reglamentos Orgánicos de los centros. En los reglamentos de régimen interior de los centros sostenidos con fondos públicos se regulará el sistema de representación del alumnado, mediante delegados y delegadas y el funcionamiento de una Junta de Delegados y Delegadas. El centro ha de fomentar el funcionamiento de la Junta de Delegados y Delegadas. 4. Los miembros de la Junta de Delegados y Delegadas tienen derecho a conocer y consultar la documentación administrativa del centro necesaria para el ejercicio de sus actividades, siempre y cuando no afecte al derecho a la intimidad de las personas. 5. El alumnado tiene derecho a reunirse en el centro. El ejercicio de este derecho se desarrollará de acuerdo con la legislación vigente y teniendo en cuenta el normal desarrollo de las actividades docentes. 6. Los alumnos o alumnas podrán asociarse, en función de su edad, creando organizaciones de acuerdo con la Ley y con las normas reglamentariamente establecidas, y con los fines previstos en el artículo 7.2 de la Ley Orgánica 8/1985, de 13 de julio, reguladora del Derecho a la Educación. La Administración Educativa favorecerá el ejercicio del derecho de asociación del alumnado, así como la formación de federaciones y confederaciones. 7. En el reglamento de régimen interior de los centros se establecerán las previsiones adecuadas para garantizar el ejercicio del derecho de reunión y asociación del alumnado. Asimismo, se establecerá el horario que dentro de la jornada escolar se reserve al ejercicio del derecho de reunión. —Derecho a la manifestación de discrepancias colectivamente 1. El alumnado tiene derecho a manifestar su discrepancia respecto a las decisiones educativas que le afecten. Cuando la discrepancia revista carácter colectivo, la misma será canalizada a través de las personas representantes del alumnado en la forma que determinen las Instrucciones de Organización y Funcionamiento de los Centros Docentes. 2. A partir del tercer curso de la Enseñanza Secundaria Obligatoria y en el Bachillerato, la Formación Profesional y las enseñanzas de régimen especial, en el caso de que la discrepancia a la que se refiere el apartado anterior se manifieste con una propuesta de inasistencia a clase, ésta no se considerará como conducta contraria a las normas de convivencia y, por tanto, no será sancionable, siempre que el procedimiento se ajuste a los criterios que se indican a continuación: a) La propuesta debe estar motivada por discrepancias respecto a decisiones de carácter educativo. b) La propuesta, razonada, deberá presentarse por escrito ante la dirección del Centro, siendo canalizada a través de la Junta de Delegados y Delegadas. La misma deberá ser realizada con una antelación mínima de diez días a la fecha prevista, indicando fecha, hora de celebración y, en su caso, actos programados. La propuesta deberá venir avalada, al menos, por un cinco por ciento del alumnado del Centro matriculado en esta enseñanza o por la mayoría absoluta de los Delegados de este alumnado. En relación con el apartado anterior, la dirección del Centro examinará si la propuesta presentada cumple los requisitos establecidos. Una vez verificado este extremo, será sometida a la consideración de todo el alumnado de Centro de este nivel educativo que la aprobará o rechazará en votación secreta y por mayoría absoluta, previamente informados a través de sus delegados. En caso de que la propuesta a la que se refieren los apartados anteriores sea aprobada por el alumnado, la dirección del Centro permitirá la inasistencia a clase. Con posterioridad a la misma, el Consejo Escolar, a través de su Comisión de Convivencia, hará una evaluación del desarrollo de todo el proceso, verificando que en todo

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momento se han cumplido los requisitos exigidos y tomando las medidas correctoras que correspondan en caso contrario. El director adoptará las medidas oportunas para la correcta atención educativa tanto del alumnado de enseñanza postobligatoria que haya decidido asistir a clase, como del resto del alumnado del centro. 3. La Dirección de los centros debe garantizar el derecho a permanecer en el centro, debidamente atendido, del alumnado que no desee secundar las decisiones sobre la asistencia a clase. —Derecho de información y de libertad de expresión El alumnado debe ser informado de todo aquello que le afecte por parte del centro y de sus responsables y tiene derecho a manifestar sus opiniones, individual y colectivamente, con libertad, sin perjuicio de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y del respeto que, de acuerdo con los principios y derechos constitucionales, merecen las personas y las instituciones. —Derecho a la orientación educativa y profesional El alumnado tiene derecho a una orientación educativa y profesional que estimule la responsabilidad y la libertad de decidir de acuerdo con sus aptitudes, sus motivaciones, sus conocimientos y sus capacidades. —Derecho a la igualdad de oportunidades y a la protección social 1. El alumnado tiene derecho a recibir las ayudas y los apoyos precisos para compensar las carencias y desventajas de tipo personal, familiar, económico, social y cultural, especialmente en el caso de presentar necesidades educativas especiales, que impidan o dificulten el acceso y la permanencia en el sistema educativo. La Consejería competente en materia de educación garantizará este derecho mediante el establecimiento de una política educativa y de ayudas adecuada. 2. El alumnado tiene derecho a protección social en los casos de infortunio familiar o accidente. 3. En caso de accidente o enfermedad prolongada, el alumno tendrá derecho a la ayuda precisa, a través de la orientación requerida, el material didáctico adecuado, y las ayudas imprescindibles para que el accidente o enfermedad no suponga detrimento de su rendimiento escolar. 4. La Consejería competente en materia de educación establecerá las condiciones oportunas para que el alumnado que sufra un infortunio familiar no se vea en la imposibilidad de continuar y finalizar los estudios que esté cursando. El alumnado que curse niveles obligatorios tiene derecho a recibir en estos supuestos la ayuda necesaria para asegurar su rendimiento escolar. Dichas ayudas consistirán en prestaciones económicas y en apoyo y orientación educativa. —Protección de los derechos del alumnado El alumnado o sus padres pueden presentar quejas ante la persona titular de la dirección del centro por aquellas acciones u omisiones, que en el ámbito del centro docente, supongan trasgresión de los derechos establecidos en este Decreto. La persona titular de la dirección, previa audiencia de las personas interesadas y consulta, en su caso, al Consejo Escolar, adoptará las medidas oportunas conforme a la normativa vigente. De los deberes del alumnado —Deber de estudio, asistencia a clase y esfuerzo 1. El estudio y el esfuerzo son deberes básicos del alumnado para conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades. 2. Este deber básico se concreta, entre otras, en las obligaciones siguientes:

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a) Asistir a clase, participar en las actividades formativas previstas en el proyecto educativo y en la programación docente del centro, especialmente en las escolares y complementarias, respetando los horarios establecidos. b) Realizar las tareas encomendadas y seguir las directrices establecidas por el profesorado en el ejercicio de sus funciones docentes. c) Participar y colaborar en la consecución de un adecuado clima de estudio y respetar el derecho de sus compañeros y compañeras a la educación. —Deber de respeto al profesorado El alumnado tiene el deber de respetar al profesorado y de reconocer su autoridad, tanto en el ejercicio de su labor docente y educativa como en el control del cumplimiento de las normas de convivencia y de las de organización y funcionamiento del Centro, así como el de seguir sus orientaciones, asumiendo su responsabilidad de acuerdo con su edad y nivel de desarrollo, en su propia formación, en la convivencia y en la vida escolar. —Deber de respeto a los valores democráticos y a los demás miembros de la comunidad educativa. 1. El alumnado tiene el deber de respeto a los valores democráticos, a las opiniones y a la manifestación de las mismas a través de los cauces establecidos, así como la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales, la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa. 2. Constituye un deber del alumnado la no discriminación de ningún miembro de la comunidad educativa por razón de nacimiento, raza, etnia, sexo o por cualquier otra circunstancia personal o social. —Deber de respetar las normas de convivencia, organización y disciplina del centro docente El respeto a las normas de convivencia, organización y disciplina del centro docente implica: a) Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en el centro, así como conservar y hacer buen uso de las instalaciones del centro y materiales didácticos. b) Permanecer en el recinto del centro escolar durante toda la jornada escolar, siempre que sean alumnos y alumnas menores de edad. En este caso sólo podrán ausentarse del centro por causa justificada y con autorización de sus padres. —Deber de colaborar en la obtención de información por parte del centro 1. El alumnado y sus padres deben colaborar en la obtención por parte del centro docente de los datos personales necesarios para el ejercicio de la función educativa. Dichos datos podrán hacer referencia al origen y ambiente familiar y social, a características o condiciones personales, al desarrollo y resultados de su escolarización, así como a aquellas otras circunstancias cuyo conocimiento sea necesario para la educación y orientación de los alumnos. 2. La incorporación de un alumno a un centro docente supondrá el consentimiento para el tratamiento de sus datos, y en su caso, la cesión de datos procedentes del centro en el que hubiera estado escolarizado con anterioridad, en los términos establecidos en la legislación sobre protección de datos. En todo caso la información será la estrictamente necesaria para la función docente y orientadora, no pudiendo tratarse con fines diferentes del educativo sin consentimiento expreso.

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CAPÍTULO V: Funciones del profesorado y del personal de administración y servicios Funciones del profesorado. a) La programación y la enseñanza de las áreas, materias y módulos que tengan encomendados. b) La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los procesos de enseñanza. c) La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias. d) La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración, en su caso, con los servicios o departamentos especializados. e) La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado. f) La promoción, organización y participación en las actividades complementarias, dentro o fuera del recinto educativo, programadas por los centros. g) La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, de tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en los alumnos los valores de la ciudadanía democrática. h) La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo. i) La coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección que les sean encomendadas. j) La participación en la actividad general del centro. k) La participación en los planes de evaluación que determinen las Administraciones educativas o los propios centros. l) La investigación, la experimentación y la mejora continúa de los procesos de enseñanza correspondiente. 2. Los profesores realizarán las funciones expresadas en el apartado anterior bajo el principio de colaboración y trabajo en equipo. Funciones del Auxiliar Administrativo/Auxiliar Administrativa: Es el trabajador o trabajadora que con el título de técnico o técnica, o nivel académico equivalente, realiza con iniciativa y responsabilidad subordinada a la jefatura de la correspondiente unidad administrativa, trabajos de oficina o despacho de carácter sencillo, tales como correspondencia, mecanografía, archivo, cálculo, confección de documentos, fichas, extractos, registros, y otros semejantes, informa a los usuarios y usuarias y maneja herramientas ofimáticas. Funciones del Ordenanza: Es el trabajador o trabajadora que con el certificado de escolaridad o equivalente realiza funciones de recogida, entrega, franqueo, cierre y cumplimentación de la correspondencia, efectúa notificaciones, vigilancia de puertas y accesos, recados dentro o fuera del centro de trabajo, informe y orientación de visitas, fotocopias y demás trabajos análogos de oficina, que pueden ser complementados con el cuidado y reparaciones menores de inmuebles y oficinas en el supuesto de que no exista personal de mantenimiento, traslado de mobiliario y enseres en el interior de las

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mismas. Se puede ocupar del manejo de una pequeña centralita telefónica si la hubiera. La apertura y cierre de puertas, encendido y apagado de luces y calefacción automática, así como el control de interiores y exteriores de las dependencias serán llevados a cabo prioritariamente por el personal de esta categoría con derecho a vivienda en el centro, caso de coexistir con otro que carezca de este derecho. CAPÍTULO VI: REGLAMENTO Apartado I: Normas de convivencia, faltas y medidas correctivas (El articulado hace referencia al Decreto 249/2007, de 26 de septiembre, por el que se regulan los derechos y deberes del alumnado y normas de convivencia en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos del Principado de Asturias). De las correcciones educativas Artículo 33. —Principios generales 1. Las correcciones educativas que hayan de aplicarse por el incumplimiento de las normas de convivencia habrán de tener un carácter educativo y recuperador, deberán garantizar el respeto a los derechos del resto del alumnado y procurarán la mejora de las relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa. 2. En todo caso, en las correcciones educativas por los incumplimientos de las normas de convivencia deberá tenerse en cuenta lo que sigue: a) El alumnado no podrá ser privado del ejercicio de su derecho a la educación ni, en el caso de la educación obligatoria, de su derecho a la escolaridad. b) No podrán imponerse correcciones educativas contrarias a la integridad física y a la dignidad personal del alumnado. c) La imposición de las correcciones educativas previstas en el presente Decreto respetará la proporcionalidad con la conducta del alumno o alumna y deberá contribuir a la mejora de su proceso educativo. d) En la imposición de las correcciones educativas deberá tenerse en cuenta la edad del alumno o alumna, así como sus circunstancias personales, familiares o sociales. A estos efectos, se podrán recabar los informes que se estimen necesarios sobre las aludidas circunstancias y recomendar, en su caso, a los padres del alumno o alumna, o a las instituciones públicas competentes, la adopción de las medidas necesarias. Artículo 34. —Gradación de las correcciones educativas 1. A efectos de la gradación de las correcciones educativas, se consideran circunstancias que atenúan la responsabilidad: a) El reconocimiento espontáneo de la incorrección de la conducta, así como la reparación espontánea del daño producido. b) La falta de intencionalidad. c) La petición de excusas. d) El ofrecimiento de actuaciones compensadoras del daño causado. e) Los supuestos previstos en el artículo 32.3 del Decreto de Derechos y Deberes de los alumnos. 2. Se consideran circunstancias que agravan la responsabilidad: a) La premeditación y la reiteración.

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b) Cuando la persona contra la que se cometa la infracción sea un profesor o profesora. c) Los daños, injurias u ofensas causados al personal no docente y a los compañeros y compañeras de menor edad o a los recién incorporados al centro. d) Las acciones que impliquen discriminación por razón de nacimiento, raza, etnia, sexo, convicciones ideológicas o religiosas, discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales, así como por cualquier otra condición personal o social. e) La incitación o estímulo a la actuación colectiva lesiva de los derechos de los demás miembros de la comunidad educativa y la publicidad manifiesta de la actuación contraria a las normas de convivencia. f) La especial relevancia de los perjuicios causados al centro o a cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa. g) La grabación y difusión por cualquier medio de las conductas merecedoras de corrección. Artículo 35. —Ámbitos de las conductas a corregir 1. Se corregirán, de acuerdo con lo dispuesto en el presente Decreto, los actos contrarios a las normas de convivencia realizados por el alumnado en el centro, tanto en el horario lectivo como en el dedicado a la realización de las actividades complementarias o extraescolares. 2. Asimismo, podrán corregirse las actuaciones del alumnado que, aunque realizadas por cualquier medio e incluso fuera del recinto y del horario escolar, estén motivadas o directamente relacionadas con el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes como tal. Artículo 36. —Conductas contrarias a las normas de convivencia y su corrección Conductas contrarias a las normas de convivencia y plazo de prescripción 1. Son conductas contrarias a las normas de convivencia las que se opongan a las establecidas por los centros conforme a la normativa vigente y, en todo caso, las siguientes: a) Los actos que perturben el normal desarrollo de las actividades de la clase. b) La falta de colaboración sistemática del alumno o alumna en la realización de las actividades orientadas al desarrollo del currículo, así como en el seguimiento de las orientaciones del profesorado respecto a su aprendizaje. c) Las conductas que puedan impedir o dificultar el ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber de estudiar por sus compañeros y compañeras. d) Las faltas injustificadas de puntualidad. e) Las faltas injustificadas de asistencia a clase. f) El trato incorrecto y desconsiderado hacia los otros miembros de la comunidad educativa. g) Causar pequeños daños en las instalaciones, recursos materiales o documentos del centro, o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa. h) Cualquier otra incorrección que altere el normal desarrollo de la actividad escolar, que no constituya conducta gravemente perjudicial para la convivencia en el centro según el artículo 39 de este Decreto. 2. Se consideran faltas injustificadas de asistencia a clase o de puntualidad de un alumno o alumna, las que no sean excusadas de forma escrita por el alumnado, o sus

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representantes legales si es menor de edad, en las condiciones que se establezcan en el plan integral de convivencia. 3. Sin perjuicio de las correcciones que se impongan en el caso de las faltas injustificadas, los planes integrales de convivencia de los centros establecerán el número máximo de faltas de asistencia por materia, asignatura o módulo y a efectos de aplicación del proceso de evaluación continua. 4. Las conductas contrarias a las normas de convivencia recogidas en este artículo prescribirán en el plazo de un mes contado a partir de la fecha de su comisión, excluyendo los períodos no lectivos y vacacionales establecidos en el calendario escolar. Artículo 37. —Medidas para la corrección de las conductas contrarias a las normas de convivencia. 1. Por la conducta contemplada en el artículo 36.1.a) del presente Decreto se podrá imponer la corrección de suspensión del derecho de asistencia a esa clase de un alumno o alumna. La aplicación de esta medida implicará: a) El centro deberá prever la atención educativa del alumno o alumna al que se imponga esta corrección. b) Deberá informarse a quienes ejerzan la tutoría y la jefatura de estudios en el transcurso de la jornada escolar sobre la medida adoptada y los motivos de la misma. Asimismo, el tutor o tutora deberá informar de ello a los padres del alumnado. De la adopción de esta medida quedará constancia escrita en el centro. 2. Por las conductas a que se refiere el artículo 36 del presente Decreto, distintas a la señalada en el apartado anterior, podrán imponerse las siguientes correcciones: a) Amonestación oral. b) Privación del tiempo de recreo. c) Apercibimiento por escrito. d) Realización de tareas dentro y fuera del horario lectivo que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro, así como a reparar el daño causado en las instalaciones, recursos materiales o documentos de los centros docentes públicos. e) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un plazo máximo de tres días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar en el centro las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo. f) Cambio de grupo o clase del alumno o de la alumna por un período máximo de quince días. g) Excepcionalmente, la suspensión del derecho de asistencia al centro por un período máximo de tres días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo. Artículo 38. —Órganos competentes para imponer las medidas para la corrección de las conductas contrarias a las normas de convivencia 1. Será competente para imponer la corrección prevista en el artículo 37.1 del presente Decreto el profesor o profesora que esté impartiendo la clase. 2. Serán competentes para imponer las correcciones previstas en el apartado 2 del artículo 37 de este Decreto:

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a) Todos los profesores y profesoras del centro para las previstas en las letras a) y b). . b) La persona titular de la jefatura de estudios para las previstas en las letras c), d), e) y f). c) El director o directora para la prevista en la letra g), de lo que dará traslado a la Comisión de Convivencia. Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia y medidas para su corrección Artículo 39. —Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia 1. Se consideran conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro las siguientes: a) La agresión física contra cualquier miembro de la comunidad educativa. b) Las injurias y ofensas contra cualquier miembro de la comunidad educativa. c) Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del centro, o la incitación a las mismas. d) Las vejaciones o humillaciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa, particularmente si tienen una componente sexual, racial o xenófoba, o se realizan contra alumnos o alumnas con necesidades educativas especiales. e) Las amenazas o coacciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa. f) La suplantación de la personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos académicos. g) El deterioro grave de las instalaciones, recursos materiales o documentos del centro, o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa, así como la sustracción de las mismas. h) La reiteración en un mismo curso escolar de conductas contrarias a las normas de convivencia del centro. i) Cualquier acto dirigido directamente a impedir el normal desarrollo de las actividades del centro. j) El incumplimiento de las correcciones impuestas. k) Las conductas atentatorias de palabra u obra contra los representantes en órganos de gobierno o contra el equipo directivo. l) Los atentados a la intimidad, la grabación y la difusión por cualquier medio de reproducción de las restantes conductas merecedoras de corrección. 2. Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro prescribirán a los dos meses contados a partir de la fecha de su comisión, excluyendo los períodos no lectivos y vacacionales establecidos en el calendario escolar. Artículo 40. —Medidas para la corrección de las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia 1. Por las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia recogidas en el artículo 39 del presente Decreto, podrán imponerse las siguientes medidas para la corrección: a) Realización de tareas fuera del horario lectivo que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro, así como a reparar el daño causado en las instalaciones, recursos materiales o documentos de los centros docentes públicos.

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b) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del centro por un período máximo de tres meses. c) Cambio de grupo. d) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases durante un período superior a tres días lectivos e inferior a dos semanas. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción en el proceso formativo. e) Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un período superior a tres días lectivos e inferior a un mes. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo. f) Cambio de centro. 2. Cuando se imponga la medida para la corrección prevista en la letra e) del apartado 1 de este artículo, el director o directora podrá levantar la suspensión de su derecho de asistencia al centro antes del agotamiento del plazo previsto en la corrección, previa constatación de que se ha producido un cambio positivo en la actitud del alumno o alumna, y de esta situación informará al Consejo Escolar. 3. Asimismo, cuando se imponga la medida para la corrección a que se refiere la letra f) del apartado 1 anterior, la Consejería competente en materia de educación garantizará un puesto escolar en otro centro docente. Artículo 41. —Órgano competente para imponer las medidas para la corrección de las conductas gravemente perjudiciales para las normas de convivencia Será competencia del director o directora del centro la imposición de las correcciones educativas previstas en el artículo 40 del presente Decreto, de lo que dará traslado al Consejo Escolar. Procedimiento general para la imposición de las medidas para la corrección Artículo 42. —Procedimiento general 1. Para la imposición de las medidas para la corrección previstas en el presente Decreto será preceptivo, en todo caso, el trámite de audiencia al alumno o alumna. Para la imposición de las medidas para la corrección previstas en las letras d), e) y f) del apartado 2 del artículo 37 del presente Decreto, deberá oírse a los tutores o las tutoras del alumno o alumna. Asimismo, en estos casos también deberá de darse trámite de audiencia a los padres del alumnado. Cuando las medidas para la corrección a imponer sean la suspensión del derecho de asistencia al centro o cualquiera de las contempladas en las letras a), b), c) y d) y e) del apartado 1 del artículo 40 de este Decreto, y el alumno o alumna sea menor de edad, se dará audiencia a los padres del alumnado. No podrá imponerse la medida de cambio de centro contemplada en la letra f) del apartado 1 del artículo 40 del presente Decreto sin la previa instrucción del procedimiento específico regulado en el Capítulo VIII de este mismo Título. Las correcciones previstas en el apartado 2 del artículo 37, a excepción de la letra g), que se impongan serán inmediatamente ejecutivas. La Consejería competente en materia de educación ejecutará las medidas previstas en el artículo 40 y en la letra g) del artículo 37, una vez que hayan adquirido firmeza, bien

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por no haberse interpuesto la reclamación prevista en el artículo 43, bien por haberse desestimado la misma. 2. Los profesores y profesoras del alumno o alumna deberán informar, respectivamente, al tutor o tutora y a quien ejerza la jefatura de estudios de las correcciones que impongan por las conductas contrarias a las normas de convivencia. En todo caso, quedará constancia escrita y se informará a los padres del alumnado de las correcciones educativas impuestas. Artículo 43. —Reclamaciones 1. El alumno o alumna, o sus padres, podrán presentar en el plazo de dos días lectivos contados a partir del día siguiente a aquel en que se tenga conocimiento de las mismas una reclamación contra las correcciones educativas ante quien las impuso. En el caso de que la reclamación fuese estimada, la corrección educativa no figurará en el expediente académico del alumno. El plazo de resolución de la reclamación será de tres días lectivos y el transcurso del mismo sin que se haya dictado y notificado la resolución expresa legitima a la persona reclamante para entenderla desestimada por silencio administrativo. 2. Asimismo, las correcciones educativas adoptadas por el director o directora en relación con las conductas del alumnado a que se refiere el artículo 39 del presente Decreto podrán ser revisadas por el Consejo Escolar a instancia de los padres del alumnado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. A tales efectos, el director o directora convocará una sesión extraordinaria del Consejo Escolar en el plazo máximo de dos días lectivos, contados desde que se presentó la reclamación a la que se refiere el apartado 1, para que este órgano se pronuncie sobre la conveniencia o no de revisar la decisión.

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MEDIDAS CORRECTORAS

MEDIDA (Retraso reiterado)

COMPETENTE

PROCEDIMIENTO

Privación recreo

Jefatura de Estudios

Conserjería: envía a Jefatura al alumno/a Profesor/a: deja constancia por escrito del retraso en el parte Jefatura: informa a los padres y aplica la medida a partir del tercer retraso.

del

tiempo

del

MEDIDA

COMPETENTE

PROCEDIMIENTO

(CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES)

TRAMITE DE AUDIENCIA AL ALUMNO EN TODO CASO

ALGUNA DE LAS SIGUIENTES:

Si la medida es la suspensión del derecho de asistencia al centro o cualquiera de las contempladas en a), b), c) y d) y e), y el alumno es menor de edad, se dará audiencia a los padres del alumnado.

a) Realización de tareas fuera del horario lectivo: contribuir a mejora y desarrollo de las actividades del centro, y a reparar daño (públicos). b) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del centro. Máximo de 3 meses. c) Cambio de grupo. d) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases. Más de 3 días lectivos e inferior a 2 semanas. e) Suspensión del derecho de asistencia al centro. Más de 3 días lectivos y menos de un mes.

f) Cambio de centro.

Director del Centro Dará traslado al Consejo Escolar

En la medida prevista en la letra e), el Director podrá levantar la suspensión de su derecho de asistencia al centro antes del agotamiento del plazo, previa constatación de que se ha producido un cambio positivo en la actitud. Informará al C.E. Para f) instrucción de procedimiento específico. EJECUTA LA CONSEJERÍA. Garantizará un puesto escolar en otro centro.

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MEDIDA

COMPETENTE

(CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA)

PROCEDIMIENTO TRAMITE DE AUDIENCIA AL ALUMNO EN TODO CASO Ejecutividad inmediata de todas las medidas excepto en la G

A definir por el centro condicionado a norma general (para conductas contrarias a las normas establecidas por el centro conforme a la normativa vigente)

A definir por el centro conforme a norma general

A definir por el centro conforme a norma general

Suspensión del derecho de asistencia a una clase

Profesor que imparte esa clase

Informar a tutor y J.E. en el transcurso de la jornada escolar sobre la medida y los motivos . El tutor informará a los padres . Constancia escrita .

a) Amonestación oral. b) Privación del tiempo de recreo.

Profesorado (a y b)

Los profesores informarán al tutor y a J. de E. de las correcciones que impongan . Constancia escrita. Informará a los padres .

Jefatura de Estudios (c,d,e y f)

Para la medida d), e) y f) deberá oírse al tutor del alumno . Asimismo, en estos casos también deberá de darse trámite de audiencia a los padres.

c) Apercibimiento por escrito. d) Realización de tareas dentro y fuera del horario lectivo que contribuyan a la mejora y desarrollo de actividades del centro y/o reparar daño causado. (Centros públicos). e) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases. Máximo 3 días lectivos. f) Cambio de grupo o clase del alumno por un período máximo de 15 días. g) Excepcionalmente, suspensión derecho de asistencia al centro. Máximo 3 días lectivos.

Director

Si el alumno es menor , audiencia a los padres .

Apartado II: Faltas de asistencia, control y modificación del absentismo escolar. Faltas de asistencia y control de las mismas 1- Se consideran faltas de asistencia cada hora lectiva o de actividades complementarias a las que el alumno no asista, independientemente que en lugar del profesor de la materia correspondiente el alumno esté atendido por el profesor de guardia de aula. 2- Los justificantes de faltas de asistencia se entregarán al tutor o en jefatura de estudios, el día en que el alumno se incorporé al Centro. Existe un modelo en la conserjería con tal fin. 3- Cuando la justificación de una falta no sea considerada satisfactoria por parte del tutor, éste podrá solicitar información complementaria tales como partes médicos, confirmación telefónica paterna, etc. 4- Los profesores introducirán las faltas, de su alumnado, en el programa SAUCE y los tutores revisarán la asistencia de su grupo de alumnos. 5-Existe un parte de no asistencia a primera hora, que será debidamente cumplimentado por el profesorado de tal forma que , esa misma mañana, se pueda enviar un mensaje a las familias de los alumnos que no hayan asistido para comunicarles dicha ausencia. 6- En caso de que algún alumno reiteradamente no asista al Centro se comunicará a la profesora de Servicios a la Comunidad a fin de tomar las medidas preventivas correspondientes.

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7- Los alumnos deben permanecer en el recinto escolar, o en lugar donde se esté desarrollando una actividad complementaria, durante toda la jornada escolar y no abandonarlo sin permiso expreso de Jefatura de Estudios. 8- La salida de un alumno, menor de edad, del centro durante el horario escolar sólo estará permitida cuando los padres o tutores legales lo recojan en el documento habilitado a tal fin en la conserjería del Centro, a través de una razón justificada. 9- Si en el transcurso de la actividad lectiva de la mañana, por causas imprevistas, un alumno debiera abandonar el Centro, deberá ser recogido por sus padres o tutores. Si por razones de fuerza mayor les fuera imposible, podría abandonar el Centro a través de autorización oral telefónica expresa a Jefatura de Estudios, que quedará recogida en el justificante que cumplimentará el alumno a su salida. 10- Para los alumnos de Bachillerato existe un documento a rellenar por sus padres o tutores, a principio de curso, a fin de permitir que entren al Centro más tarde de la hora habitual o que lo abandonen antes de la hora habitual, en aquellos casos en que se conozca con antelación la ausencia de un profesor con el que tuvieran docencia a primeras o a últimas horas, respectivamente. De esta forma la ausencia quedará justificada. Modificación del absentismo escolar Las faltas injustificadas de asistencia a clase se consideran conductas contrarias a las normas de convivencia en el Decreto de Derechos y Deberes de los alumnos. Como medidas correctoras a esta conducta tenemos: a) Amonestación oral. b) Privación del tiempo de recreo. c) Apercibimiento por escrito. d) Realización de tareas dentro y fuera del horario lectivo que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro, así como a reparar el daño causado en las instalaciones, recursos materiales o documentos de los centros docentes públicos. e) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un plazo máximo de tres días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar en el centro las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo. f) Cambio de grupo o clase del alumno o de la alumna por un período máximo de quince días. g) Excepcionalmente, la suspensión del derecho de asistencia al centro por un período máximo de tres días lectivos. Serán competentes para imponer estas correcciones previstas: a) Todos los profesores y profesoras del centro para las previstas en las letras a) y b). . b) Titular de la jefatura de estudios para las previstas en las letras c), d), e) y f). c) El director o directora para la prevista en la letra g), de lo que dará traslado a la Comisión de Convivencia. Para aplicar las correcciones citadas se atenderá a la siguiente proporción - Primera falta de asistencia sin justificar: amonestación oral, aviso a los padres, tutores.

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- Segunda falta de asistencia sin justificar: amonestación escrita, privación del tiempo de un recreo. - A partir de la tercera falta de asistencia sin justificar: amonestación escrita, realización de tareas relacionadas con la corrección del absentismo. Alumnos con un alto grado de absentismo La falta a clase de modo reiterado puede provocar la imposibilidad de aplicación correcta de los criterios generales de evaluación. Además de las correcciones que se adopten en el caso de faltas injustificadas, este Reglamento de Régimen Interior establece el número de faltas justificadas o no justificadas a partir del cual los departamentos didácticos reflejarán en sus programaciones los sistemas extraordinarios de evaluación que estimen oportunos.

HORAS SEMANALES MATERIA AUSENCIA HORAS TOTALES CURSO

1 HORA

2 HORAS

3 HORAS

4 HORAS

5 HORAS

7 HORAS

8 HORAS

9 HORAS

10

17

25

30

35

40

45

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El profesor de la materia dejará constancia, por escrito, al tutor cuando un alumno vaya a ser evaluado de esta forma extraordinaria. Jefatura de Estudios, tras ser informada por el tutor, enviará notificación a la familia, así como informará del sistema extraordinario de recuperación. Apartado III: Puntualidad Las faltas injustificadas de puntualidad se consideran conductas contrarias a las normas de convivencia de un centro. A partir de los tres primeros minutos desde que toca el timbre de entrada se considerará falta de puntualidad y se anotará al alumno en el parte de retrasos, si el retraso es injustificado se procederá a lo siguiente: - Dos primeros retrasos se apercibirá oralmente al alumno. - Tercer retraso, realización de trabajos relacionados con la puntualidad durante un recreo. - Cuarto y quinto retraso, apercibimiento oral. - Sexto y cada tres siguientes, realización de trabajos relacionados con la puntualidad durante recreos o en su domicilio.

Apartado IV: Reclamaciones 1. El alumnado tiene derecho a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad. 2. A fin de garantizar la función formativa que ha de tener la evaluación y lograr una mayor eficacia del proceso de aprendizaje de los alumnos y alumnas, los tutores o tutoras y el profesorado mantendrán una comunicación fluida con éstos y sus padres, si son menores de edad, en lo relativo a las valoraciones sobre el aprovechamiento

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académico del alumnado y la marcha de su proceso de aprendizaje, así como acerca de las decisiones que se adopten como resultado de dicho proceso. 3. El alumnado, o sus padres, contra las decisiones y calificaciones que, como resultado del proceso de evaluación, se adopten al final de un curso o etapa pueden formular reclamaciones en el plazo de dos días lectivos contados a partir del día siguiente a aquel en que tengan conocimiento de las mismas. Estas reclamaciones tienen que fundamentarse en alguna de las siguientes causas: a) Inadecuación de los objetivos y contenidos sobre los que se ha llevado a cabo la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado con los recogidos en la correspondiente programación docente. b) Inadecuación de los procedimientos e instrumentos de evaluación aplicados con lo señalado en la programación docente. c) Incorrecta aplicación de los criterios de calificación y evaluación establecidos en la programación docente para la superación de la materia, asignatura o módulo. d) Incorrecta aplicación de la normativa en materia de promoción o titulación. 4. Corresponde resolver sobre las reclamaciones formuladas a la persona titular de la dirección del Centro Docente, previo informe del Departamento Didáctico o, en su caso, de la Junta de Evaluación, de acuerdo con la normativa estatal y autonómica reguladora de la organización y funcionamiento de los centros docentes. 5. Contra la resolución adoptada por la persona titular de la dirección de un centro docente público, cabe interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería competente en materia de educación. Contra la resolución adoptada por el titular de la dirección de un centro docente privado sostenido con fondos públicos, cabe interponer, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tengan conocimiento de la misma, reclamación ante la persona titular de la Consejería competente en materia de educación. La resolución del recurso o la reclamación pondrán fin a la vía administrativa y se resolverá previo informe preceptivo del Servicio de Inspección Educativa. CAPÍTULO VII: Acuerdos del Consejo Escolar relativos a convivencia - 8 de febrero de 2007, se incide en la prohibición de usar móviles y otros aparatos en el centro. - 13 de octubre de 2010, se desaprueba el uso de todo tipo de prendas que cubran la cabeza dentro del recinto del Centro. -13 de octubre de 2010, se desaprueba la salida de alumnos de 2º de bachillerato, durante los recreos, para fumar en la puerta del IES. CAPÍTULO VIII: Acuerdos del Claustro relativos a normas de funcionamiento 29 de marzo de 2017: - Alumnado de 2º BAC que no permanezcan en sus aulas durante el recreo. - Excepto casos debidamente justificados prohibir comer y beber en clase. - Favorecer lo máximo posible la realización de proyectos que incluyen actividades dentro y fuera del horario lectivo que pueden implicar colaboraciones con otras entidades y tener en cuenta las salidas para recoger premios o exponer trabajos en invitaciones a eventos que repercuten favorablemente en el alumnado participante. CAPÍTULO IX: SEGURIDAD E HIGIENE EN EL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO APARTADO I: Plan de evacuación de Centro

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Serรก motivo de evacuaciรณn del edificio cualquier circunstancia que ponga en peligro la vida de los ocupantes de este centro (incendio, amenazas de bombas, escapes de gas, inundaciones, etc.)

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Toda la comunidad educativa participará de manera coordinada, siguiendo las pautas que establece nuestro plan de emergencia:

Participa: Responder al aviso: Evacuación según ubicación en el centro: Organización en las aulas:

PLAN DE EMERGENCIA. Toda la comunidad educativa participará de manera coordinada, siguiendo las pautas que establece nuestro plan de emergencia Alarma del centro suena varias veces (Diferente a la de entrada y salida). Pabellones polideportivos silbatos varios pitidos continuos. Seguir planos anexos.

1. El profesor/a comunica la alarma, cierra las ventanas, ordena el desalojo ordenado, cierra la fila y cierra la puerta del aula. Si tiene que descender de planta se aproximará a la escalera y antes de dar la orden de descender a la planta inferior, comprobará que ésta ha sido desalojada. Una vez en el punto de encuentro, hará el recuento del alumnado e informará al coordinador general. 2. El delegado/a del grupo abrirá la fila de alumnos/as dirigiéndose hacia el punto de encuentro. 3. En el caso de alumnos/as con deficiencias auditivas o visuales, serán ayudados por el compañero/a más cercano. 4. En ningún caso se recogerá el material de trabajo. 5. Se descenderá la escalera con orden, sin romper la fila. 6. El personal se concentrará en los puntos de encuentro del campo de fútbol o la entrada de IES, según plano (verde/rojo). 7. La incorporación a las aulas tendrá lugar en un tiempo máximo de 30 minutos, tras el aviso de la Dirección.

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INSTRUCCIONES PARA EL ALUMNADO • Actuarán conforme a las instrucciones del profesorado. • El alumnado que tenga atribuidas funciones concretas se responsabilizará de cumplirlas y colaborará con el profesor en mantener el orden del grupo. • No recogerán sus objetos personales con el fin de evitar obstáculos y demoras. • El alumnado que se encontrara en los aseos en el momento de la alarma, o en otros locales anexos en la misma planta de su aula, deberá incorporarse con toda rapidez a su grupo (de no poder hacerlo se incorporarán al grupo más próximo). Si se encontrara en planta distinta a la de su aula, se incorporará al grupo más próximo que se encuentre en movimiento de salida. • Todos los movimientos deben realizarse deprisa pero sin correr, sin atropellar y sin empujar a los demás. • Ningún alumno/a deberá detenerse junto a las puertas de salida. • Los alumnos deberán realizar este ejercicio en silencio y con sentido del orden para evitar atropellos y lesiones ayudando a los que tengan dificultades o sufran caídas. • Respetar el mobiliario y equipamiento escolar. • En caso de que en las vías de evacuación exista algún obstáculo que dificulte la salida, será apartado por los alumnos o el profesorado, si fuera posible, de forma que no provoque caídas de las personas o deterioro del objeto. • En ningún caso el alumno deberá volver atrás con el pretexto de buscar a hermanos menores, amigos u objetos personales, etc. En todo caso, los grupos permanecerán siempre unidos sin disgregarse ni adelantar a otros, incluso cuando se encuentren en los lugares exteriores de concentración previamente establecidos, con objeto de facilitar al profesor el control de los alumnos.

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APARTADO II: Los laboratorios 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

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9. 10. 11. 12. 13. 14.

15. 16.

El orden y la limpieza deben presidir todas las experiencias de laboratorio. En consecuencia, al terminar cada práctica se procederá a limpiar cuidadosamente el material que se ha utilizado. Cada grupo de prácticas se responsabilizará de su zona de trabajo y de su material. Antes de utilizar un compuesto hay que fijarse en la etiqueta para asegurarse de que es el que se necesita y de los posibles riesgos de su manipulación. No devolver nunca a los frascos de origen los sobrantes de los productos utilizados sin consultar con el profesor. No tocar con las manos y menos con la boca los productos químicos. Todo el material, especialmente los aparatos delicados, como lupas y microscopios, deben manejarse con cuidado evitando los golpes o el forzar sus mecanismos. Los productos inflamables (gases, alcohol, éter, etc.) deben mantenerse alejados de las llamas de los mecheros. Si hay que calentar tubos de ensayo con estos productos, se hará al baño María, nunca directamente a la llama. Si se manejan mecheros de gas se debe tener mucho cuidado de cerrar las llaves de paso al apagar la llama. Cuando se manejan productos corrosivos (ácidos, álcalis, etc.) deberá hacerse con cuidado para evitar que salpiquen el cuerpo o los vestidos. Nunca se verterán bruscamente en los tubos de ensayo, sino que se dejarán resbalar suavemente por su pared. Cuando se quiera diluir un ácido, nunca se debe echar agua sobre ellos; siempre al contrario: ácido sobre agua. Cuando se vierta un producto líquido, el frasco que lo contiene se inclinará de forma que la etiqueta quede en la parte superior para evitar que si escurre líquido se deteriore dicha etiqueta y no se pueda identificar el contenido del frasco. No pipetear nunca con la boca. Se debe utilizar la bomba manual, una jeringuilla o artilugio que se disponga en el Centro. Las pipetas se cogerán de forma que sea el dedo índice el que tape su extremo superior para regular la caída de líquido. Al enrasar un líquido con una determinada división de escala graduada debe evitarse el error de paralaje levantando el recipiente graduado a la altura de los ojos para que la visual al enrase sea horizontal. Cuando se calientan a la llama tubos de ensayo que contienen líquidos debe evitarse la ebullición violenta por el peligro que existe de producir salpicaduras. El tubo de ensayo se acercará a la llama inclinado y procurando que ésta actúe sobre la mitad superior del contenido y, cuando se observe que se inicia la ebullición rápida, se retirará, acercándolo nuevamente a los pocos segundos y retirándolo otra vez al producirse una nueva ebullición, realizando así un calentamiento intermitente. En cualquier caso, se evitará dirigir la boca del tubo hacia la cara o hacia otra persona. Cualquier material de vidrio no debe enfriarse bruscamente justo después de haberlos calentado con el fin de evitar roturas. Los cubreobjetos y portaobjetos deben cogerse por los bordes para evitar que se engrasen.

APARTADO III: El pabellón deportivo Normas para el uso del polideportivo: 1. Está prohibido acceder a la pista polideportiva con comida. 2. No está permitido mascar chicle cuando se está haciendo uso de la pista.

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3. Las mochilas y demás enseres personales deberán dejarse en los vestuarios. 4. Sólo está permitida la utilización de la pista cuando se use ropa deportiva, quedando expresamente prohibida la utilización de zapatos para la práctica de actividades físicas en el polideportivo. 5. Los vestuarios se utilizarán únicamente para ducharse, asearse y cambiarse de ropa. 6. Los alumnos se responsabilizarán de apagar las luces al salir de los vestuarios. 7. Los alumnos deben evitar malgastar agua cuando se duchen, y deben evitar dejar grifos abiertos. 8. Se deben evitar los gritos en el acceso al polideportivo y durante el uso del vestuario. 9. Especial importancia tiene esta norma cuando coinciden dos cursos en el uso del polideportivo. APARTADO IV: Enfermedad o accidente escolar En caso de que durante la jornada lectiva se presente un caso de indisposición o accidente escolar, el profesor del grupo o profesor de guardia procederá de la siguiente forma: 1. Dar parte del hecho al equipo directivo. 2. Ponerse en contacto telefónico con los padres o tutores legales del alumno, para que pasen a recoger al alumno/a.

TITULO V: RELACIONES INSTITUCIONALES - Con los Centros de Primaria adscritos. Se realizan varias reuniones con los centros de primaria que se detallan a continuación: . Reunión con los Equipos Directivos para consensuar las fechas de las reuniones y los contenidos de las mismas. . Visita del alumnado de 6º de primaria de los centros adscritos a nuestro centro para participar en las actividades de las Jornadas Culturales junto con nuestros alumnos de 1º de la ESO. . Visita de los padres de los alumnos de sexto curso de Primaria a nuestro Centro durante una mañana de funcionamiento habitual. . Reunión informativa en los centros de primaria a los padres de los alumnos de sexto curso, en relación a la oferta educativa de nuestro Centro. . Reunión de los tutores de sexto curso y orientadores de los colegios con el Equipo Directivo, Departamento de Orientación y Jefes de Departamento de nuestro IES. - Con los padres y tutores legales de nuestro alumnado. . Reunión informativa de inicio de curso con los alumnos y familias de todos los alumnos nuevos en el Centro, con independencia del curso en el que empiecen. . Reunión informativa de los tutores con las familias de los alumnos de sus respectivos grupos. . Reuniones informativas referentes a las distintas actividades extraescolares propuestas por cada departamento. . Charlas formativas sobre diferentes cuestiones de interés. - Con la Universidad de Oviedo.

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. Jornadas de Puertas Abiertas de la Universidad. . Charlas de orientación en colaboración con el Vicerrectorado de Estudiantes para los alumnos y familias de 2º de Bachillerato. . Varios de nuestros profesores participan como correctores de las pruebas EBAU. - Con el Ayuntamiento. . A través de la presencia de un Concejal en los Consejos Escolares. . Mediante el convenio de cesión de espacios para actividades deportivas en nuestras instalaciones. . Con los Servicios Sociales, especialmente a través del Departamento de Orientación, abordando mutuamente problemáticas como los casos graves de absentismo. . Con la Policía Local, en su función pedagógica a través de charlas y cursos tales como los relacionados con la educación vial, el consumo de estupefacientes, etc. - Con el Centro de Profesores y Recursos. . Esta relación se lleva a cabo mediante un representante del Claustro que se encarga de transmitir la información en amabas direcciones. . Cesión de nuestras aulas para organización de algunos de sus cursos. - Con la Asociación de Madres y Padres de Alumnos. . Mediante reuniones para abordar todos aquellos temas de interés referentes a nuestra comunidad educativa. . A través de su Presidenta, como representante en el Consejo Escolar.

TITULO VI: REFORMAS, MODIFICACIONES Y APROBACIÓN La modificación total o parcial del presente Reglamento se hará siguiendo un proceso de información y debate entre los distintos sectores de la Comunidad Educativa. El proceso de modificación se iniciará a propuesta del Equipo Directivo o de cualquiera de los sectores de la Comunidad Educativa siempre que cuente con la mayoría absoluta de sus miembros. El Proyecto de Reforma será evaluado por el Consejo Escolar y contará con las aportaciones de la Comunidad Educativa.

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7. CONCRECIÓN CURRICULAR POR ETAPAS 7.1 CONCRECIÓN CURRICULAR DE LA ESO (APROBADA EN LOS CLAUSTROS DE 22 DE MARZO, 21 DE ABRIL Y 9 DE JUNIO DE 2016)

0. INTRODUCCIÓN: EL CURRÍCULO Artículo 8. Concepto y elementos del currículo. De acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, se entiende por currículo la regulación de los elementos que determinan los procesos de enseñanza y aprendizaje para cada una de las enseñanzas. Son elementos integrantes del currículo de la Educación Secundaria Obligatoria, en los términos en que se definen en el artículo 2 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre: a) Objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria, entendidos como los referentes relativos a los logros que el alumnado debe alcanzar al finalizar la etapa, como resultado de las experiencias de enseñanza-aprendizaje intencionalmente planificadas para tal fin. b) Competencias, entendidas como las capacidades para aplicar de forma integrada los contenidos de la etapa de Educación Secundaria Obligatoria, con el fin de lograr la realización adecuada de actividades y la resolución eficaz de problemas complejos. c) Contenidos, o conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que contribuyen al logro de los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria y a la adquisición de las competencias. d) Estándares de aprendizaje evaluables. Son las especificaciones de los criterios de evaluación que permiten definir los resultados de aprendizaje y que concretan lo que el estudiante o la estudiante debe saber, comprender y saber hacer en cada asignatura; deben ser observables, medibles y evaluables y permitir graduar el rendimiento o logro alcanzado. e) Criterios de evaluación, que son el referente específico para evaluar el aprendizaje del alumnado. Describen aquello que se quiere valorar y que el alumnado debe lograr, tanto en conocimientos como en competencias; responden a lo que se pretende lograr en cada asignatura. f) Metodología didáctica o conjunto de estrategias, procedimientos y acciones organizadas y planificadas por el profesorado, de manera consciente y reflexiva, con la finalidad de posibilitar el aprendizaje del alumnado y el logro de los objetivos planteados. En el currículo se incorporan los elementos transversales a los que hace referencia el artículo 6 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre. Artículo 9. Competencias del currículo. 1. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, las competencias del currículo serán las siguientes: a) Comunicación lingüística. b) Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.

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c) Competencia digital. d) Aprender a aprender. e) Competencias sociales y cívicas. f) Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor. g) Conciencia y expresiones culturales. Para una adquisición eficaz de las competencias y su integración efectiva en el currículo, los centros docentes deberán diseñar actividades de aprendizaje integradas que permitan al alumnado avanzar hacia los resultados de aprendizaje de más de una competencia al mismo tiempo. El sentido último de esta concreción curricular es adecuar las prescripciones y orientaciones de la Administración Educativa al contexto del IES Jerónimo González. En el marco de los acuerdos tomados en el Currículo por parte del conjunto del profesorado, organizado en torno a los Departamentos, se elaborarán las Programaciones docentes. El Currículo debe ser un elemento dinámico, sujeto a revisión en todo momento, adaptándose a las circunstancias variables que todo proceso educativo lleva consigo. Artículos 10,11 y 12. Materias.

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1. ADECUACIÓN DE LOS OBJETIVOS GENERALES DE ETAPA AL CONTEXTO SOCIOECONÓMICO Y CULTURAL DEL CENTRO Y A LAS CARACTERÍSTICAS DEL ALUMNADO 1.1. CONTEXTO SOCIOECONÓMICO Y CULTURAL DEL CENTRO Consta al principio del documento. 1.2. CARACTERÍSTICAS DEL ALUMNADO Consta en el Proyecto Educativo del Centro. 1.3. OBJETIVOS GENERALES DE LA ETAPA En el Artículo 4 del Decreto 43/2015, se establecen los fines y objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria. La Educación secundaria obligatoria contribuirá a desarrollar en los alumnos y las alumnas las capacidades que les permitan: a) Asumir responsablemente sus deberes, conocer y ejercer sus derechos en el respeto a los demás, practicar la tolerancia, la cooperación y la solidaridad entre las personas y grupos, ejercitarse en el diálogo afianzando los derechos humanos como valores comunes de una sociedad plural y prepararse para el ejercicio de la ciudadanía democrática. Una de las finalidades primordiales de la Educación Obligatoria es la de posibilitar a los alumnos el acceso a la vida adulta con capacidad e independencia, así como prepararlos para el ejercicio profesional. El conocimiento de la sociedad como conjunto, y de los distintos elementos que la conforman, de las relaciones que se establecen entre ellos y de las normas y reglas por las que se rige, serán recursos útiles para su comprensión. Informarse sobre los derechos o pretensiones a las que las personas pueden aspirar legítimamente, y sobre las obligaciones nacidas del respeto, la convivencia o cualquier otro motivo, permitirá a los alumnos instalarse en la sociedad como ciudadanos dotados de opiniones y normas de actuación, fundamentadas y razonadas. b) Desarrollar y consolidar hábitos de disciplina, estudio y trabajo individual y en equipo como condición necesaria para una realización eficaz de las tareas del aprendizaje y como medio de desarrollo personal. Las personas se van desarrollando a lo largo de su vida en continuo contacto con el mundo que les rodea; todos los sistemas sociales constituyen una red de relaciones interpersonales, y en la calidad de estas relaciones intervienen actitudes como la flexibilidad, la colaboración, el respeto, la cooperación... Estas actitudes se educan, para lo que es importante cultivar la realización de tareas en equipo, teniendo en cuenta que la construcción y el adecuado desarrollo de un grupo constituye un proceso que no sólo requiere espacios y tiempos adecuados; además, para que se trabaje de manera acertada, productiva y eficaz, es necesario que se reúnan condiciones personales idóneas. El trabajo en grupo pone de relieve la controversia que se suscita cuando las ideas de una persona, su información, sus conclusiones u opiniones chocan con las de otra, y ambas tratan de ponerse de acuerdo, en un esfuerzo que propicia la cooperación y la construcción del conocimiento. c) Valorar y respetar la diferencia de sexos y la igualdad de derechos y oportunidades entre ellos y ellas. Rechazar la discriminación de las personas por razón de sexo o por cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Rechazar los estereotipos

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que supongan discriminación entre hombres y mujeres, así como cualquier manifestación de violencia contra la mujer. El desarrollo integral de las personas precisa que, junto con la preparación física e intelectual, se les eduque en una serie de valores básicos de respeto, solidaridad y tolerancia propios de una sociedad plural y democrática. Es necesario, para conseguirlo, que la institución escolar informe a los alumnos sobre las distintas creencias y valores morales y éticos que se han ido consolidando como parte de la tradición, y que como tales se integran en el patrimonio cultural. Además, hay que fomentar en ello capacidades que les permitan razonar, elaborar juicios, ser autónomos, críticos y disponer de elementos que les ayuden a tomar decisiones acerca de la opción que mejor favorezca su desarrollo como personas. Desde todas las áreas se contribuirá a lo expuesto, resaltando la aportación de los contenidos y actitudes de cada una de ellas en la adquisición de los valores. d) Fortalecer sus capacidades afectivas en todos los ámbitos de la personalidad y en sus relaciones con los demás, así como rechazar la violencia, los prejuicios de cualquier tipo, los comportamientos sexistas y resolver pacíficamente los conflictos. A lo largo de esta etapa el alumno debe ir tomando conciencia de sus posibilidades y limitaciones, de su modo de ser, cualidades, facultades y aptitudes, tanto reales como posibles. La aceptación de la identidad personal permitirá aumentar su autoconsideración y el aprecio de sí mismo como ser humano, es decir, favorecerá su autoestima. Todas las áreas curriculares, desde sus conceptos, procedimientos y actitudes, además de ayudar a los alumnos a conseguir la autoestima básica, les facultarán para crear nuevas relaciones, obtener mayor independencia respecto a la familia, mejorar su educación sexual, crear otros vínculos sociales, todo ello con normalidad, sensatez en actos y juicios, cordura y ecuanimidad. Este proceso, naturalmente, no está exento de contrariedades e inconvenientes que el alumnado deberá vencer progresivamente, reconociendo el mérito personal que supone tal superación. El tener una imagen ajustada de sí mismo y un aceptable nivel de autoestima redundarán en el logro de cuanto sea necesario para vivir bien como individuo y como miembro de un grupo. e) Desarrollar destrezas básicas en la utilización de las fuentes de información para, con sentido crítico, adquirir nuevos conocimientos. Adquirir una preparación básica en el campo de las tecnologías, especialmente las de la información y la comunicación. En la actualidad se están creando y perfeccionando continuamente medios que permiten al hombre acumular y difundir toda clase de informaciones, publicidad e incluso propaganda con la máxima rapidez y eficacia. Esta multiplicación de los mensajes obliga a la institución escolar a reflexionar, por una parte, en el servicio que puede prestar esa información como recurso en el proceso de enseñanza-aprendizaje y, por otra, en la necesidad de que los alumnos sepan recibir y discriminar, con independencia y juicio propio, de entre la gran cantidad de noticias e informaciones, las que puedan necesitar en cada momento. Adquirir y entresacar la información de los canales más usuales, de modo personal y crítico, y en función de una idea determinada en cada momento, facilitará a los alumnos el poder comunicarla a los demás de manera coordinada y comprensible. f) Concebir el conocimiento científico como un saber integrado, que se estructura en distintas disciplinas, así como conocer y aplicar los métodos para identificar los problemas en los diversos campos del conocimiento y de la experiencia. La Ciencia y la Técnica constituyen en la actualidad factores fundamentales de funcionamiento y transformación de la sociedad, y es indiscutible su gran influencia en la forma de ser, estar y actuar de los grupos y de las personas. La gran cantidad de información generada en torno a los temas científico-técnicos y su progresiva popularidad gracias a los medios de comunicación, hace necesario que las personas

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estén preparadas para seleccionarla y discernirla. Por esta razón es necesario fomentar en los alumnos actitudes críticas que, tras comparar y valorar distintas informaciones y enfoques sobre un mismo tema, le ayuden a, construir criterios propios sobre la influencia que las actividades científicas y técnicas, encaminadas al bienestar del hombre y a la mejora de su calidad de vida, ejercen en el medio físico y en el medio social, y que le permitan evaluar equilibradamente lo que de beneficioso y perjudicial tienen tales avances. Muchas actividades cotidianas exigen que se razone con frecuencia sobre ellas, se las analice, se las juzgue, se tomen decisiones y se actúe. Del mismo modo, el avance y la profundización en todos los campos del saber implican ir afrontando nuevos interrogantes. Comportarse de forma pertinente, dando respuestas adecuadas, requiere que el alumnado de esta etapa haya pasado por experiencias que le hayan permitido, a través de las distintas áreas, adquirir las capacidades necesarias para resolver los problemas de forma provechosa, y para saber utilizar diversos procedimientos según la situación: la intuición, la razón o la reflexión personal. g) Desarrollar el espíritu emprendedor y la confianza en sí mismo, la participación, el sentido crítico, la iniciativa personal y la capacidad para aprender a aprender, planificar, tomar decisiones y asumir responsabilidades. h) Comprender y expresar con corrección, oralmente y por escrito, textos y mensajes complejos, e iniciarse en el conocimiento, la lectura y el estudio de la literatura, en la lengua castellana y, en su caso, en la lengua asturiana. El lenguaje es un instrumento complejo y básico mediante el cual los humanos se comunican e interpretan la realidad. El lenguaje no sólo se utiliza como medio de intercambio social, sino como herramienta del pensamiento, ya que ayuda a pensar de forma más precisa. La educación escolar debe atender a la necesidad de desarrollar en los alumnos las capacidades que permitan emplear el lenguaje de forma precisa. Gran parte del éxito de la comunicación radica en saber usar el lenguaje con propiedad, conociendo e identificando los distintos mensajes que a uno le llegan. i) Comprender y expresarse al menos, en una lengua extranjera de manera apropiada. La capacidad de comunicarse en una lengua extranjera ayuda de forma relevante a una mejor comprensión y dominio de la propia, a la vez que facilita la relación entre personas de distintos países, el conocimiento de otras culturas y estilos de vida y la comprensión y aceptación de éstas. Asimismo contribuye a educar a los alumnos en el respeto y la tolerancia hacia opciones lingüísticas y culturales distintas a la suya. j) Conocer, valorar y respetar los aspectos básicos de la cultura y la historia propias y de los demás, así como el patrimonio artístico y cultural. Se entiende por patrimonio cultural el conjunto de modos de vida, costumbres, creaciones artísticas, científicas y técnicas de individuos y grupos sociales; conocer tal patrimonio ayuda a valorarlo, respetarlo, mejorarlo y disfrutar de él. La institución escolar debe contribuir a que los alumnos admitan y respeten, como partes integrantes del patrimonio cultural común, las diversas lenguas y dialectos, así como la variedad de manifestaciones culturales. Es importante reconocer como legítimo el derecho de cada individuo y cada grupo a mantener su particular idiosincrasia y expresión. Por tanto, es necesario que los alumnos tomen conciencia de la situación social, económica, geográfica y política de la Comunidad a la que pertenecen, que asuman la historia que ha configurado el carácter y la cultura de su propio pueblo como algo necesario para entender su identidad, y que sepan superar posibles efectos derivados de la emigración (aislamiento o choque de culturas, por ejemplo). k) Conocer y aceptar el funcionamiento del propio cuerpo y el de los otros, respetar las diferencias, afianzar los hábitos de cuidado y salud corporales e incorporar la

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educación física y la práctica del deporte para favorecer el desarrollo personal y social. Conocer y valorar la dimensión humana de la sexualidad en toda su diversidad. Valorar críticamente los hábitos sociales relacionados con la salud, el consumo, el cuidado de los seres vivos y el medio ambiente, contribuyendo a su conservación y mejora. El desarrollo integral de la persona requiere de la salud corporal, mental y afectiva. En este sentido, la salud se reconoce como un bien público y particular que hay que adquirir, conservar y defender progresivamente. Por ello, desde ámbitos diferentes y a través de diversos medios se intenta crear una conciencia general del papel que desempeña la salud en el bienestar individual y colectivo de la sociedad actual. De ahí que sea preciso educar para la salud en el marco escolar. Esta educación no debe restringirse a aspectos informativos sobre el funcionamiento del propio cuerpo y las enfermedades, sino que ha de incidir también sobre actitudes, pautas, conductas y hábitos que no sólo tienen repercusiones a nivel personal, sino que trascienden debido a sus implicaciones sociales, laborales, medioambientales, etc. l) Apreciar la creación artística y comprender el lenguaje de las distintas manifestaciones artísticas, utilizando diversos medios de expresión y representación, desarrollando la sensibilidad estética y la capacidad para disfrutar de las obras y manifestaciones artísticas. m) Conocer y valorar los rasgos del patrimonio lingüístico, cultural, histórico y artístico de Asturias, participar en su conservación y mejora y respetar la diversidad lingüística y cultural como derecho de los pueblos e individuos, desarrollando actitudes de interés y respeto hacia el ejercicio de este derecho. Desde todas las áreas, y a lo largo de toda la etapa, se tratará de alcanzar los objetivos antes mencionados. Ahora bien, este Centro ha decidido hacer especial hincapié en la consecución de los tres objetivos siguientes: 1. Comprender y producir mensajes con propiedad, autonomía y creatividad. 2. Elaborar estrategias de identificación, selección de información y resolución de problemas en los diversos campos del conocimiento y la experiencia. 3. Adoptar una actitud abierta, solidaria y tolerante con los demás. Adoptar una actitud responsable ante el trabajo. 2. CRITERIOS GENERALES PARA LA CONCRECIÓN DEL HORARIO Y PARA EL DESARROLLO DEL CURRÍCULO DE ACUERDO CON LAS CARACTERÍSTICAS PROPIAS DEL CENTRO Y SU ALUMNADO. - El Calendario y horario escolar se establecen en el Artículo 15 del Decreto 43/2015, fijando 175 días lectivos, que concretará anualmente la Consejería competente en materia educativa. - La duración de las sesiones lectivas será de 55 minutos. - El horario de las materias de los diferentes bloques será el establecido en el anexo IV del Decreto 43/2015. - Materias del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica propuestas por el centro.

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Curso 1º ESO 2º de ESO 3º de ESO 4º de ESO

Materia propuesta por el centro Refuerzo Matemáticas e Dpto. Matemáticas e Inglés Inglés Diseño Social Departamento de Dibujo Vivir la Música Departamento de Música Robótica Departamento de Tecnología

- Procedimiento para acreditar conocimientos cuando no se hayan cursado Segunda Lengua Extranjera o Lengua Asturiana y Literatura con anterioridad. Los departamentos implicados elaborarán una prueba de nivel que se incluirá en las correspondientes programaciones didácticas. - Itinerarios en 4º de ESO para orientar al alumnado en la elección de materias troncales de opción y de materias específicas. El centro ha determinado elaborar itinerarios en 4º de ESO para orientar al alumnado en la elección de materias troncales de opción y materias específicas quedando establecidos de la siguiente forma.

Itinerario 1 Biología Física y Química (Materia Específica) (Más demandada por el alumnado y posibilidad de organización por el centro) (Materia Libre Configuración) (Más demandada por el alumnado y posibilidad de organización por el centro)

ITINERARIOS 4º DE ESO Itinerario 2 Itinerario 3 Economía Ciencias Aplicadas Act. Prof. Latín Iniciación Act. Emprendedora (Materia Específica) (Materia Específica) (Más demandada por el (Más demandada por el alumnado y posibilidad alumnado y posibilidad de de organización por el organización por el centro) centro) (Materia Libre (Materia Libre Configuración) Configuración) (Más demandada por el (Más demandada por el alumnado y posibilidad de alumnado y posibilidad organización por el centro) de organización por el centro)

3. DECISIONES SOBRE MÉTODOS PEDAGÓGICOS Y CONTRIBUCIÓN A LAS COMPETENCIAS DEL CURRÍCULO.

DIDÁCTICOS

Y

SU

3.1. PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS. Nos referimos al sistema de enseñanza-aprendizaje que se utiliza en el aula, o mejor, la forma concreta en que se regulan, organizan y relacionan entre sí los diversos componentes que intervienen en el proceso de aprendizaje: objetivos, contenidos, actividades, recursos y especialmente, alumnado, profesorado y comunidad educativa. El profesorado toma a diario decisiones metodológicas distintas unas de otras (diversidad de métodos), que dependen del tipo de aprendizaje a conseguir, pues las

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decisiones relativas a metodología son en buena parte indisociables de las decisiones relativas a los contenidos; con esta mayor variedad de técnicas, elegidas en cada caso concreto y en las diferentes áreas, buscamos las que mejores resultados proporcionan para lograr los diferentes objetivos propuestos. Esto último no solo no impide que establezcamos unas decisiones de carácter general, sino que consideramos importantísimo establecer una líneas metodológicas básicas que sirvan para las programaciones didácticas de las distintas áreas y/o materias y cuya finalidad sea la adquisición de destrezas y conocimientos propios del área, así como el desarrollo de las capacidades definidas en los objetivos de etapa. En atención a la evolución psicopedagógica de los alumnos, a sus características e intereses, a su capacidad para aprender por sí mismos, trabajar en equipo e iniciarles en el conocimiento de la realidad de acuerdo con los principios básicos del método científico, planteamos una serie de criterios metodológicos generales. I.- PARTIR DEL NIVEL DE DESARROLLO DEL ALUMNO: Tener en cuenta el nivel de desarrollo del alumno exige atender simultáneamente a estos dos aspectos: a) Partir de las posibilidades de razonamiento y de aprendizaje del alumno. b) Partir de los conceptos, representaciones y conocimiento que ha construido el alumno. Por lo tanto, lo que el alumno de 12-16 años es capaz de hacer y aprender depende tanto de su nivel de competencia cognitiva como de los conocimientos que ha podido construir en sus experiencias previas de aprendizaje. Este principio orientará la práctica educativa tanto en la evaluación inicial, como al comenzar el desarrollo de cada unidad didáctica, cuando así esté programado, comprobando las capacidades y los conocimientos, acertados o erróneos, que los alumnos presentan sobre la misma. Esta fase se llevará a cabo utilizando los medios e instrumentos más adecuados: evaluación psicopedagógica, expediente del alumno, cuestionarios, resolución de problemas, torbellino de ideas, etc. II.- ASEGURAR LA CONSTRUCCIÓN DE APRENDIZAJES SIGNIFICATIVOS: El aprendizaje constructivo, llamado también aprendizaje significativo y experiencia generalizada, se refiere a la capacidad que tiene el alumno para establecer relaciones significativas y no arbitrarias entre los conocimientos nuevos, que va a aprender, y lo que ya sabe. Para que se dé este tipo de aprendizaje es necesario: a) Que el contenido del nuevo aprendizaje sea claro, coherente y organizado y que, al presentárselo al alumno, favorezca su asimilación. b) Que el alumno tenga una actitud favorable, es decir, que desee aprender. c) Que el alumno desarrolle hábitos de esfuerzo y responsabilidad en el estudio. El alumno, de esta manera, no se limita a la repetición del nuevo aprendizaje, lo que supondría un aprendizaje memorístico y repetitivo, sino que selecciona los conocimientos, los aplica a situaciones nuevas, desarrolla habilidades y estrategias de planificación y regulación de la propia actividad, los revisa, modifica, reestructura, comprende, etc. En estas características radica la significatividad y funcionalidad del aprendizaje. Con esto se conseguirá, no sólo la aplicación práctica del conocimiento adquirido, sino también y sobre todo el hecho de que los contenidos sean necesarios y útiles para llevar a cabo otros aprendizajes y para enfrentarse con éxito a la adquisición de otros contenidos. Los contenidos deberán presentarse con una estructuración clara de sus relaciones planteando la interrelación entre distintos contenidos de un área y de distintas áreas, y diseñando actividades conjuntas en el ámbito de del ciclo y de la etapa.

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III.- FAVORECER LA ACTIVIDAD PROFUNDA DEL ALUMNO: Esta actividad intensa se concibe como un proceso de naturaleza fundamentalmente interna y no simplemente manipulativa. Si después de la manipulación no se produce un proceso de reflexión sobre la acción, no se está llevando a cabo una verdadera actividad intelectual. Es el alumno quien construye, modifica y coordina sus esquemas de conocimiento. Sin embargo, la actividad constructiva que lleva a cabo no aparece como una actividad individual, sino como parte de una actividad interpersonal en la cual él solo es uno de los polos. En la educación escolar hay que distinguir entre aquello que el alumno es capaz de hacer y aprender por sí solo y lo que es capaz de aprender con la ayuda de otras personas. La intervención educativa es un proceso de interactividad, profesoralumno o alumno-alumno, con el fin de favorecer la confrontación y modificación de puntos de vista, la coordinación de intereses, y la toma de decisiones colectivas, la ayuda mutua y la superación de conflictos mediante el diálogo y la cooperación. Todo esto se tendrá en cuenta para favorecer el trabajo cooperativo y para la organización de grupos heterogéneos o grupos flexibles. En este proceso el profesor actúa como guía y mediador para facilitar la construcción de aprendizajes significativos que permitan establecer relaciones entre los conocimientos y experiencias previas y los nuevos contenidos. El profesor debe intervenir, preferentemente, en aquellas actividades que un alumno no es capaz de realizar por sí mismo. IV.- POSIBILITAR QUE REALICEN APRENDIZAJES SIGNIFICATIVOS POR SÍ SOLOS: Es necesario que el alumno tenga una actitud favorable. Hay que ayudar a los alumnos a que sean capaces de aprender a aprender. Como se ha dicho antes, la funcionalidad del aprendizaje no es únicamente la construcción de conocimientos útiles y pertinentes sino también el desarrollo de habilidades y estrategias de planificación y regulación de la propia actividad del aprendizaje, es decir, aquellas relacionadas con el aprender a aprender. Conviene tener en cuenta que todo aprendizaje significativo supone memorización comprensiva y requiere adquisición de estrategias cognitivas de planificación. Cuanto más rica sea la estructura cognitiva donde se almacenan la información y los aprendizajes realizados, más fácil será poder realizar aprendizajes significativos por uno mismo. V.- DIFERENTES RITMOS DE APRENDIZAJE. El profesor debe ajustar la ayuda pedagógica a las diferentes necesidades del alumnado y facilitar recursos o estrategias variadas que permitan dar respuesta a las diversas motivaciones, intereses y capacidades que presentan los alumnos de estas edades. Una de las vías para el tratamiento de la diversidad es el espacio de opcionalidad. A través de las materias optativas que el Centro oferta al alumno, se le ofrece la posibilidad de desarrollar las mismas capacidades de los objetivos generales de la etapa siguiendo itinerarios diferentes de contenidos, itinerarios que, en unos casos, pueden ser más accesibles para determinados alumnos, en otros pueden conectar con posibles opciones futuras, o bien pueden responder a sus gustos y preferencias y que, en definitiva, van a suponer un refuerzo en la motivación y disposición favorable de los alumnos hacia los aprendizajes que se les proponen. Las otras dos vías de atención a la diversidad serán: las adaptaciones curriculares significativas y no significativas y las diversificaciones curriculares. La conveniencia de atender la diversidad del alumnado en el entorno de aprendizaje más estimulante del grupo heterogéneo exige asumir las diferencias en el interior del grupo clase como algo característico del quehacer pedagógico. Ello supone una evaluación individualizada, en la que se fijan las metas que el alumno ha de alcanzar a

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partir de criterios derivados de su propia situación inicial. Esta evaluación inicial, a menudo, supone la necesidad de plantear intenciones y estrategias diferenciadas que, en general, deben traducirse en propuestas de metodología activas y no meramente transmisivas. En otras circunstancias, serán necesarias adaptaciones específicamente dirigidas a determinados grupos de alumnos y alumnas con unas características particulares. Para ello, se podrá adaptar el material didáctico, variar la metodología, proponer actividades de aprendizaje diferenciadas, organizar grupos de trabajo flexibles, acelerar o frenar el ritmo de introducción de nuevos contenidos, organizarlos y secuenciarlos de forma distinta, o dar prioridad a unos bloques de contenido sobre otros, profundizando en ellos y ampliándolos. VI.- TRABAJO EN EQUIPO DEL ALUMNADO. Como metodologías que favorecen el trabajo en equipo del alumnado nuestro centro desarrolla desde hace años el trabajo cooperativo y el trabajo por proyectos en diferentes departamentos y materias. Esta práctica comenzó dentro del ámbito del Contrato Programa en el curso 2011-2012, con la participación de varios profesores y profesoras. La propuesta de trabajo cooperativo entiende la cooperación como una asociación entre personas que van en busca de ayuda mutua en tanto procuran realizar actividades conjuntas, de manera tal que puedan aprender unos de otros. El trabajo en grupo permite que los alumnos se unan y se apoyen mutuamente. El trabajo por proyectos supone una forma de trabajar en la que se construye el aprendizaje entre todos buscando la participación en las ideas principales del mismo, en la forma de afrontarlo, en los retos que nos vamos planteando, en los resultados que vamos obteniendo y en todo el proceso. VII.- METODOLOGÍA ACTIVA Y PARTICIPATIVA. El profesor ha de proporcionar oportunidades para poner en práctica los nuevos conocimientos, de modo que el alumno pueda comprobar el interés y la utilidad de lo aprendido y así consolidar aprendizajes. Por lo tanto, son importantes las actividades de reflexión personal de lo realizado y la elaboración de conclusiones con respecto a lo aprendido. El proceso de enseñanza debe garantizar la funcionalidad de los aprendizajes, asegurando que puedan ser utilizados en las circunstancias reales en que el alumno los necesite, entendiendo por funcionalidad no sólo su aplicación práctica, sino también su utilidad para llevar a cabo otros aprendizajes y enfrentarse a nuevos contenidos y procedimientos. Buscar la interrelación entre distintos contenidos de una misma área y de otras áreas distintas. Dentro de este apartado también cabe señalar el trabajo cooperativo y el trabajo por proyectos como metodologías que fomentan una actuación activa y participativa del alumnado. VIII.- TRABAJO EN EQUIPO DEL PROFESORADO. En las primeras reuniones del mes de septiembre que haga la Comisión de Coordinación Pedagógica, se propondrán temas de interés conjunto para desarrollar durante el tiempo que se determine, en estos temas pueden participar libremente Departamentos o profesores. IX.- ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE INTEGRADAS. Por lo que respecta al diseño de actividades de aprendizaje integradas que permitan al alumnado avanzar hacia los resultados de aprendizaje de más de una competencia al mismo tiempo, cabe señalar una doble actuación. Por un lado los trabajo por proyectos

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que se realizan con la colaboración de varios departamentos y, por otro, la producción de la Televisión Educativa y la Revista del Centro. X.- METODOLOGÍA DE APRENDIZAJE EN LENGUAS EXTRANJERAS. Los Departamentos implicados desarrollan en sus programaciones actuaciones y pautas para el fomento de metodologías que priorizan la comprensión y la expresión oral del alumnado. 3.2. MODELO DE PRÁCTICA EDUCATIVA El modelo de práctica educativa que nos parece más adecuado para la Educación Secundaria Obligatoria fija como objetivo fundamental del aprendizaje escolar la construcción del conocimiento de los alumnos. Esto comporta:  que el alumno es el responsable último de su proceso de aprendizaje.  que la actividad mental constructiva de cada alumno se aplica sobre campos de experiencia -sobre contenidos- ya elaborados socialmente. Se trata, entonces, de una reconstrucción del conocimiento. En consecuencia, la tarea de un profesor ha de orientarse a estimular la actividad constructiva de los alumnos, facilitando los recursos para que pueda establecer las relaciones entre sus propias estructuras conceptuales y el saber colectivo socialmente estructurado. 3.2.1. IMPLICACIONES DIDÁCTICAS. El enfoque del proceso de enseñanza-aprendizaje como una elaboración-reelaboración del conocimiento por parte del alumno, exige que los métodos de enseñanzaaprendizaje han de tener en cuenta: * Los conocimientos previos de los alumnos El nivel de desarrollo operatorio del alumno y sus conocimientos previos pertinentes son condiciones inexcusables para poder llevar a cabo una actividad de enseñanzaaprendizaje de carácter constructivista. Si la educación escolar pretende la modificación de los esquemas de conocimiento de los alumnos, trayéndolo de una situación de equilibrio inicial para llevarlo a un equilibrio posterior a un nivel más elevado, es necesario tener en cuenta su situación de partida. * La responsabilidad de los alumnos en su proceso de aprendizaje Es importante que utilicen su propio lenguaje, el profesor actuará más tarde como guía para pulir sus errores, ayudándoles a expresar sus conocimientos con los códigos y el rigor adecuados a su capacidad cognitiva y a su desarrollo psicológico. La base del progreso personal del alumno es la actividad mental constructiva que realiza, entendida en su sentido amplio, estimulada por el aprendizaje escolar. Construir significados requiere un esfuerzo, y el que está aprendiendo debe ser consciente de lo que está haciendo y organizarse para mejorar sus resultados. Si los alumnos han de llegar a la modificación de sus esquemas de pensamiento, y ésta es una tarea que sólo pueden realizarla ellos mismos, es necesario orientarlos y animarlos para que se responsabilicen de su propio aprendizaje. Han de saber que el aprendizaje es también una actividad planificable, que admite estrategias, y controlable por la persona que la realiza, y que es posible aprender a aprender. “Aprender a aprender”, lo que equivale a ser capaz de realizar aprendizajes significativos por sí solo en una amplia gama de situaciones y de circunstancias, se lleva a cabo mediante actividades tales como hacer trabajos, investigación, etc, así como procurando que los procedimientos sean aplicables a diferentes ámbitos y contextos.

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* Los tipos de contenidos que se ofrecen al alumnado. Los contenidos se deben presentar con coherencia, en coordinación con los otros contenidos del área e interrelacionados con los contenidos de las distintas áreas. Reforzar e incorporar una dimensión práctica en todas las áreas, estableciendo una mayor vinculación de la escuela con el mundo del trabajo. El profesor actúa como guía, y no como presentador de conocimientos acabados; es el mediador entre los materiales, las actividades presentadas y el sujeto. El aprendizaje no se afirma si no es significativo, es decir, si el alumno no puede relacionar la nueva información o campo de experiencias que se le ofrecen con algún elemento de su estructura cognitiva. Para contextualizar las nuevas adquisiciones de los alumnos y relacionar con su entramado cognitivo, la globalización de los aprendizajes es del todo imprescindible. Si pretendemos que el alumno dé significado a la nueva información, generando relaciones con la información que ya tiene acumulada, hemos de facilitarle los materiales y las estrategias adecuadas para que puedan hacerlo. Un aprendizaje significativo es también un aprendizaje funcional, ya que los alumnos que han integrado los nuevos contenidos en sus esquemas de pensamiento y acciónhan de ser capaces de aplicarlos de manera efectiva cuando las circunstancias lo demanden. Que un contenido sea potencialmente significativo es condición necesaria, pero no suficiente para su aprendizaje. Además de su significado, es indispensable que los alumnos /as dispongan de los conocimientos previos que les permitan asumir el nuevo aprendizaje, es decir, que se sientan motivados. * La motivación del alumnado y las estrategias interactivas y de comunicación en el aula. A grandes rasgos, podemos decir que un alumno se siente motivado en la medida en que puede atribuirle un sentido a lo que se le propone. La atribución de sentido a las actividades de aprendizaje que se le proponen tiene que ver con la distancia entre lo que sabe el alumno y lo nuevo que se le propone. De otro lado, el alumno se siente motivado cuando el marco de relaciones interpersonales donde se da el aprendizaje favorece la confianza mutua, la aceptación y el respeto. Es preciso aprovechar las posibilidades educativas de la interacción entre iguales y favorecer el trabajo cooperativo, el intercambio de roles y las tareas colectivas. No se debe olvidar que los procesos de reconstrucción del conocimiento requieren un marco interactivo y, desde este punto de vista, es importante aprovechar la potencialidad investigadora del trabajo en equipo. Finalmente, y como hemos apuntado anteriormente, es preciso traspasar progresivamente la responsabilidad del aprendizaje de los profesores a los alumnos. Estos estarán más motivados en la medida en que adquieran conciencia de sus esquemas conceptuales, de sus habilidades y de sus puntos de vista; que sientan la necesidad de ampliar o rectificar sus concepciones; que descubran que la nueva situación cognitiva que se les ofrece es estimulante y deseable, y que, por tanto, lo que se les pide no está exento de sentido. 3.2.2. LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO. La Educación Secundaria Obligatoria se define como una etapa del sistema educativo que ha de dar respuesta a todos los alumnos hasta los dieciséis años, proporcionándoles una preparación que favorezca su proceso de madurez para que puedan desenvolverse a lo largo de su vida en los diferentes aspectos de su personalidad. De esto se deduce que en una etapa comprensiva e integradora se ha de prever necesariamente un modelo flexible que se adecue a esta mayor diversidad de los alumnos, tanto en lo relativo a los procesos de aprendizaje, como en las actitudes, como a los intereses, etc. Esta flexibilidad, que ha de permitir tener en cuenta la

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diversidad, se refiere a todos los niveles de decisión: organización del Centro, Proyectos Curricular, la práctica docente etc. Pero además de estas medidas, que son fundamentales para contribuir a una adecuada atención a la diversidad, es también fundamental la práctica pedagógica en el aula. Flexibilizar la intervención pedagógica es, por tanto, una condición indispensable para dar respuesta a la diversidad. Esto implica un cambio en la actitud y la manera de pensar del profesorado: ver el proceso de enseñanza-aprendizaje como un proceso de interacción, y la intervención del profesor como una acción encaminada a crear las condiciones en que se desarrollará este proceso. De esta perspectiva, la práctica de una auténtica pedagogía diferenciada resulta imprescindible. Evidentemente es el profesor el que en función de su experiencia profesional y de la epistemología de la materia adoptará los métodos pedagógicos que mejor se adapten a las características de los alumnos. No obstante, habrán de prever que su intervención no será uniforme, sino muy variada y diversificada para que los alumnos encuentren condiciones que favorezcan su aprendizaje. Se pueden definir algunas grandes líneas que orienten al profesorado en la diversificación: 1. Diversificación de los elementos de comunicación del profesor y los alumnos y el grupo. Mediante:  La organización del aula y el agrupamiento de alumnos (según las actividades a realizar, los intereses, las motivaciones, etc.)  La pluralidad de técnicas y modalidades de trabajo (trabajo práctico, de investigación, de observación, de exposición, de debate, en común, individual, autónomo, etc.)  La diversificación de los materiales (orales, escritos, audiovisuales, variación de los momentos y de los tiempos de las actividades de clase, etc.)  La diversificación de las actividades de aprendizaje para la adquisición de un mismo contenido y la diversificación de los contenidos para un mismo objetivo (planteamiento de actividades graduadas, de actividades más o menos guiadas, definición de diferentes grados de consecución de un objetivo, etc.)  La diversificación de los momentos, de las modalidades y de los instrumentos de evaluación coherentes con los objetivos (autoevaluación, evaluación de los conocimientos previos, coevaluación entre alumnos, pruebas de control sobre adquisiciones puntuales, pruebas de síntesis, etc.) 2. Diversificación de la metodología. Si bien es útil presentar a los alumnos una metodología didáctica claramente definida, conviene asociar a esta opción básica dominante, otras prácticas pedagógicas que la completen. Así, por ejemplo:  A una metodología didáctica esencialmente instructiva convendrá asociar una metodología activa por parte de los alumnos.  Una metodología esencialmente basada en el trabajo autónomo deberá completarse con unas prácticas de realización de trabajos colectivos.  Una práctica básicamente expositiva y oral se adquirirá con los usos didácticos de los medios de comunicación. Diversificación de las ayudas y profundizaciones. Paralelamente al trabajo realizado en clase, es necesario prever las actividades de apoyo o de ampliación de determinados contenidos. Por ejemplo:  Actividades de recapitulación sintética de conocimientos anteriores.  Trabajos sobre los errores o dificultades, analizando el error como un paso intermedio, significativo entre los conocimientos previos y las nuevas adquisiciones.  Actitudes de explicitación de los pasos intermedios en un proceso.  Preparación previa de los contenidos a trabajar en clase.  Actividades que faciliten la adquisición de técnicas de estudio y de organización del trabajo personal.

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Entendemos que el fin fundamental de toda intervención educativa es la capacitación de los alumnos, es decir, el que “sepan” y “sepan hacer”, y que para ello las diferentes áreas o asignaturas no constituyen un fin en sí mismas sino unas herramientas para la consecución de los objetivos generales. Consideramos, por tanto, que la metodología, entendida en el sentido del “cómo enseñar”, debe ajustarse a los siguientes principios generales: - Considerar a cada alumno individualmente y a partir de su nivel de desarrollo. - Considerar “el error” como un avance hacia “lo cierto”, no como algo negativo, y propiciar situaciones de aprendizaje que supongan un replanteamiento de los esquemas previos de los alumnos. - Asegurar la funcionalidad de lo aprendido. - Favorecer el trabajo y el descubrimiento personal y la relación entre los alumnos como factor favorecedor del aprendizaje. 4. EL PLAN DE LECTURA, ESCRITURA E INVESTIGACIÓN. 4.1. OBSERVACIONES GENERALES Entendemos el PLEI como un proyecto de intervención educativa del centro (integrado en el Proyecto Educativo), que persigue el desarrollo de la competencia lectora, escritora e investigadora del alumnado, así como el fomento del interés y el desarrollo del hábito lector y escritor, como consecuencia de una actuación planificada y coordinada del profesorado. Este plan de actuación debe incluir principios generales que impulsen la introducción de cambios en la planificación didáctica de cada área curricular, así como actuaciones globales que involucren a ciclos, etapas educativas o a todo el centro. El PLEI puede constituir una herramienta adecuada para favorecer el desarrollo de la competencia lectoescritora e investigadora del alumnado, si se contempla como una oportunidad real para la innovación y la mejora educativa en el ámbito de la lengua escrita y en el desarrollo de las áreas curriculares. 4.2. OBJETIVOS Para el desarrollo y la puesta en práctica de este Plan de lectura nos planteamos los siguientes objetivos generales que serán evaluados al final de cada curso: - Fomentar la enseñanza de la lectura y el hábito lector desde todas las áreas curriculares y todos los niveles. -Desarrollar la compresión lectora y escritora de todos los alumnos del centro para que sean capaces de: -Leer con fluidez y entonación adecuadas. -Comprender distintos tipos de textos adaptados a su edad. - Utilizar la lectura como medio para ampliar el vocabulario y fijar la ortografía -Buscar, obtener, procesar y comunicar información, y transformarla en conocimiento. - Apreciar el valor de los textos literarios y utilizar la lectura como medio de conocimiento y fuente de placer. -Expresar oralmente y por escrito de forma correcta y adecuada conocimientos, ideas y diversos tipos de información. -Potenciar la utilización de diversas fuentes de información y documentación, y formar a los alumnos en alfabetización documental. -Fomentar la utilización de la Biblioteca Escolar como fuente de recursos de formación, información e investigación para todos los alumnos e integrar su uso en la práctica docente de todas las áreas curriculares. La biblioteca escolar a través de su proyecto anual diseña actividades y estrategias formativas e informativas para atraer a los

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alumnos, suscitar su interés, desarrollar su imaginación, preparando el camino para conseguir placer a través de la lectura. -Utilizar las tecnologías de la información y la comunicación como recurso didáctico para el desarrollo de la competencia lectora y el fomento del hábito lector. -Organizar programas de refuerzo que incidan en la mejora de la competencia de lectura y escritura, y en el fomento del hábito lector en el alumnado con desfase curricular. -Diseñar actividades y propuestas para sensibilizar e implicar a toda la comunidad educativa: profesorado, alumnado y familias en el Plan de lectura del centro. 4.3. PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN DIDÁCTICA Entendemos que todas las áreas curriculares deberán facilitar el desarrollo de hábitos de lectura, escritura e investigación en el proceso de enseñanza –aprendizaje, especificando la metodología, estrategias y actividades que llevarán a cabo para conseguir dichos objetivos. Como principios de actuación didáctica que de manera general pueden ser desarrollados por todas las áreas curriculares podemos presentar los siguientes: Valoración y promoción de la lectura y la escritura en el desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje: lectura en voz alta, realización de debates, ponencias, exposiciones, puestas en común, redacciones, relatos escritos, etc. Elaboración de pequeños trabajos de iniciación a la investigación y a la alfabetización documental con el manejo de distintos tipos de fuentes y en diversos soportes: directas, primarias, secundarias, interpoladas, gráficas, audiovisuales, digitales, etc. Propuestas de lecturas de las diversas áreas curriculares con guiones de trabajo y profundización para facilitar una mejor comprensión de las obras y su contexto. Se trataría de acercar a los alumnos al conocimiento de las distintas materias a través de otro tipo de fuentes como son las obras de literatura (de ficción o no) y no restringirnos a los libros de texto. Todas las áreas curriculares deberían incluir en su programación y metodología la lectura comprensiva de textos relacionados con temas curriculares. La tipología de estos textos puede ser muy variada, y su procedencia diversa: libros de ficción, artículos periodísticos, fragmentos de interés extraídos de enciclopedias, libros científicos, Internet, etc. Estos textos deberían incluir diferentes actividades: preguntas sobre el contenido, resúmenes, redacciones sobre aspectos concretos, investigación sobre alguno de los temas que aparezcan, etc. Estas actividades se pueden desarrollar en el aula o en la biblioteca escolar si hay que utilizar enciclopedias, atlas, diccionarios, publicaciones periódicas y recursos multimedia. La lectura se puede hacer en voz alta, entre todos, o individualmente. 4.4. CONCRECIÓN DEL PLEI EN LAS ÁREAS CURRICULARES Cada Departamento concretará sus propias actuaciones en el PLEI en las correspondientes Programaciones Didácticas. 5. MATERIALES CURRICULARES Según aparece en el artículo 36 del Decreto 43/2015, en el ejercicio de la autonomía pedagógica, los centros docentes acordarán los materiales curriculares que se utilizarán en los diferentes cursos de la etapa.

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Deberán adaptarse al rigor científico adecuado a las edades de los alumnos y alumnas y al currículo establecido en el citado decreto. Asimismo, deberán reflejar y fomentar el respeto a los principios, valores, libertades, derechos y deberes constitucionales, así como a los principios y valores recogidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, en el presente decreto, en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y en la Ley del Principado de Asturias 2/2011, de 11 de marzo para la igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género, a los que ha de ajustarse toda la actividad educativa. Los libros de texto adoptados para un determinado curso no podrán sustituirse por otros durante un período mínimo de cinco años. Excepcionalmente y por razones debidamente justificadas, los libros de texto podrán sustituirse antes de los cinco años, previa autorización de la Consejería competente en materia educativa. Para ello, la dirección del centro informará al Consejo Escolar y remitirá la propuesta realizada y el correspondiente informe a la Consejería. Los materiales curriculares que se utilizarán en nuestro centro serán aquellos que determinen los Departamentos Didácticos teniendo en cuenta los siguientes aspectos: -

Los objetivos promovidos por el Centro. Coherencia con los contenidos de las áreas. Acertada progresión de los contenidos y objetivos. Adecuación a los criterios de evaluación del Centro. Variedad de actividades para la atención a las diferencias individuales.

Los distintos Departamentos seleccionarán aquellos materiales, libros de texto, libros de consulta más adaptados a su currículo. En todo caso, consideramos conveniente tener presente los siguientes aspectos: Los materiales curriculares serán diversificados con objeto de adaptarse a las características del alumnado, intentando integrar la realidad y el contexto en las aulas. En este sentido, incluiremos los recursos del entorno, los soportes audiovisuales, las nuevas tecnologías, los medios de comunicación, etc. La diversidad de recursos permitirá el desarrollo de un uso creativo y crítico de los mismos, entendiéndolos siempre como mediadores didácticos al servicio de la consecución de las finalidades educativas y la implantación y desarrollo de los objetivos de la etapa. La selección de los materiales curriculares será adoptada por los diversos Departamentos teniendo presentes un conjunto de criterios coherentes con el modelo didáctico descrito en los apartados anteriores. Dichos criterios girarán en torno a: • Grado de adecuación a las Finalidades Educativas, Proyecto Curricular y peculiaridades del Centro • Manifestación clara de los objetivos o capacidades a desarrollar. • Coordinación y correspondencia entre objetivos, contenidos, finalidades y desarrollo de capacidades propias de su nivel • Selección de contenidos en función de los objetivos • La selección de contenidos está adecuada al nivel de desarrollo y maduración del alumnado • Claridad en la información y las explicaciones de los conceptos. • Presentación de gráficos, esquemas, imágenes, mapas, informaciones gráficas en general, que aportan aclaraciones o ampliaciones al texto • Tiene apoyo de otros recursos que faciliten la actividad educativa.

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• Parte de los conocimientos previos de los alumnos/as • Propicia el aprendizaje significativo • Despierta la motivación y el interés hacia el estudio • Potencia el uso de las técnicas de trabajo intelectual • Presenta actividades de refuerzo y de ampliación • La cantidad de actividades es suficiente • Presenta diversificación de actividades intentando contemplar la atención a la diversidad • Las informaciones son exactas, actuales y científicamente rigurosas • Facilita la memorización comprensiva mediante una adecuada organización de las ideas, destacando las principales sobre las secundarias • El lenguaje está adaptado al nivel

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6. DIRECTRICES GENERALES SOBRE LA EVALUACIÓN DEL ALUMNADO Y LOS CRITERIOS DE PROMOCIÓN. 6.1. EVALUACIÓN DEL ALUMNADO 6.1.1. LEGISLACIÓN Se debe tener en cuenta lo que establece el Capítulo V del Decreto sobre Evaluación, siendo fundamental lo establecido en el artículo 26 “Evaluación del alumnado durante la etapa”, (especialmente el art.26.2 “Los referentes para la comprobación del grado de adquisición de competencias y el logro de los objetivos de la etapa”) y el artículo 27.1 ―Resultados de la evaluación”. Artículo 26.— Evaluación del alumnado durante la etapa 1. La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de la Educación Secundaria Obligatoria, que será realizada por el profesorado, será continua, formativa e integradora y diferenciada según las distintas materias. En el proceso de evaluación continua, cuando el progreso de un alumno o una alumna no sea el adecuado, se establecerán medidas de refuerzo educativo. Estas medidas se adoptarán en cualquier momento del curso, tan pronto como se detecten las dificultades y estarán dirigidas a garantizar la adquisición de los aprendizajes imprescindibles para continuar el proceso educativo. La evaluación de los aprendizajes de los alumnos y las alumnas tendrá un carácter formativo y será un instrumento para la mejora tanto de los procesos de enseñanza como de los procesos de aprendizaje. La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado deberá ser integradora, debiendo tenerse en cuenta desde todas y cada una de las asignaturas la consecución de los objetivos establecidos para la etapa y del desarrollo de las competencias correspondientes. El carácter integrador de la evaluación no impedirá que el profesorado realice de manera diferenciada la evaluación de cada asignatura teniendo en cuenta los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables de cada una de ellas. 2. Los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias y el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continúa y final de las materias son los criterios de evaluación y los indicadores a ellos asociados en cada uno de los cursos así como los estándares de aprendizaje evaluables de la etapa. 3. Se establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de realización de las evaluaciones, incluida la evaluación final de etapa, se adapten a las necesidades del alumnado con necesidades educativas especiales. Estas adaptaciones en ningún caso se tendrán en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas. 4. El equipo docente, constituido en cada caso por el profesorado del alumno o la alumna, con la coordinación del tutor o la tutora y el asesoramiento, en su caso, del o de la especialista en psicopedagogía del Departamento de Orientación del centro docente, actuará de manera colegiada a lo largo del proceso de evaluación y en la adopción de las decisiones resultantes del mismo, en el marco de lo que establece el presente decreto y normas que lo desarrollen. 5. El equipo docente del grupo se reunirá periódicamente en sesiones de evaluación, al menos una vez al trimestre, en cada curso de la etapa, de acuerdo con lo que se establezca en el proyecto educativo y en la programación general anual del centro, evaluando tanto sus procesos de enseñanza como su propia práctica docente. En nuestro centro docente, se ha aprobado por el Claustro de Profesores y Profesoras fijar el número de sesiones de evaluación en tres.

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6. Tras la celebración de las sesiones de evaluación o cuando se den las circunstancias que lo aconsejen, el tutor o la tutora informará por escrito a cada estudiante y a su familia sobre el resultado del proceso de aprendizaje seguido.

Una vez por evaluación, tras las pertinentes reuniones de equipos docentes, se dará información escrita al alumnado y familias de la ESO, a través de unos indicadores relativos a la adquisición de conocimientos de la materia, el trabajo realizado y la actitud del alumnado hacia dicha materia. Al final de la etapa, el tutor o la tutora les informará por escrito sobre el grado de adquisición de las competencias y de los objetivos de la etapa, además del nivel obtenido en la evaluación final de etapa a la que se refiere el artículo 28. 7. Con el fin de facilitar a los alumnos y las alumnas la recuperación de las materias con evaluación negativa, la Consejería competente en materia educativa regulará las condiciones para que los centros organicen las oportunas pruebas extraordinarias y programas individualizados en las condiciones que determinen. 8. Con el fin de garantizar el derecho que asiste a los alumnos y las alumnas a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad, los centros docentes darán a conocer los contenidos, los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje, así como los procedimientos e instrumentos de evaluación y criterios de calificación en las distintas materias, y los criterios de promoción que establezca el proyecto educativo. Para garantizar el derecho del alumnado a una evaluación objetiva, la Consejería competente en materia de educación establecerá el procedimiento de reclamación contra las decisiones y calificaciones que, como resultado del proceso de evaluación, se adopten al final de un curso o etapa. Artículo 27.—Resultados de la evaluación 1. De conformidad con lo establecido en el apartado 2 de la disposición adicional sexta del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, los resultados de la evaluación se expresarán en la Educación Secundaria Obligatoria mediante una calificación numérica, sin emplear decimales, en una escala de uno a diez, que irá acompañada de los siguientes términos: Insuficiente (IN), Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT), Sobresaliente (SB), aplicándose las siguientes correspondencias: Insuficiente: 1, 2, 3 ó 4. Suficiente: 5. Bien: 6. Notable: 7 u 8. Sobresaliente: 9 ó 10. Cuando el alumnado no se presente a las pruebas extraordinarias se consignará No Presentado (NP). 2. La nota media de la etapa será la media aritmética de las calificaciones numéricas obtenidas en cada una de las materias, redondeada a la centésima más próxima y en caso de equidistancia a la superior. La situación No Presentado (NP) equivaldrá a la calificación numérica mínima establecida para la etapa, salvo que exista una calificación numérica obtenida para la misma materia en prueba ordinaria, en cuyo caso se tendrá en cuenta dicha calificación. 3. Se podrá otorgar Matrícula de Honor a los alumnos y las alumnas que hayan demostrado un rendimiento académico excelente al final de la etapa o en la evaluación

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final de Educación Secundaria Obligatoria, de acuerdo con el procedimiento que establezca la Consejería competente en materia educativa. 6.2. CRITERIOS DE PROMOCIÓN Se estará a lo dispuesto en el artículo 29 “Promoción y permanencia del alumnado”. 1. Las decisiones sobre la promoción del alumnado de un curso a otro, dentro de la etapa, serán adoptadas de forma colegiada por el conjunto de profesores y profesoras del alumno o de la alumna concerniente, atendiendo al logro de los objetivos de la etapa y al grado de adquisición de las competencias correspondientes. La repetición se considerará una medida de carácter excepcional y se tomará tras haber agotado las medidas ordinarias de refuerzo y apoyo para solventar las dificultades de aprendizaje del alumno o la alumna. 2. Los alumnos y las alumnas promocionarán de curso cuando hayan superado todas las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo, y repetirán curso cuando tengan evaluación negativa en tres o más materias, o en dos materias que sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea. De forma excepcional, podrá autorizarse la promoción de un alumno o una alumna con evaluación negativa en tres materias cuando se den conjuntamente las siguientes condiciones: a) Que dos de las materias con evaluación negativa no sean simultáneamente Lengua Castellana y Literatura, y Matemáticas. b) Que el equipo docente considere que la naturaleza de las materias con evaluación negativa no impide al alumno o a la alumna seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación y que la promoción beneficiará su evolución académica. c) Y que se apliquen al alumno o la alumna las medidas de atención educativa a las que se refiere el apartado 6 de este artículo, propuestas en el consejo orientador. Podrá también autorizarse de forma excepcional la promoción de un alumno o una alumna con evaluación negativa en dos materias que sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea cuando el equipo docente considere que el alumno o la alumna puede seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación y que la promoción beneficiará su evolución académica, y siempre que se apliquen al alumno o la alumna las medidas de atención educativa propuestas en el consejo orientador. A los efectos de este apartado, sólo se computarán las materias que como mínimo el alumno o la alumna debe cursar en cada uno de los bloques. Las materias con la misma denominación en diferentes cursos de la Educación Secundaria Obligatoria se considerarán como materias distintas. Se contemplará la promoción excepcional siempre que no se considere que se haya abandonado alguna materia. Para determinar si hay o no abandono de materia se tendrán en cuenta los siguientes criterios: Evaluación Ordinaria: -

Entregar regularmente tareas y trabajos.

-

Realizar todas las pruebas de evaluación y no dejarlas en blanco.

-

Actitud positiva: comportamiento e interés hacia la materia en clase.

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-

Llevar a clase los materiales necesarios.

Evaluación Extraordinaria: -Presentación a la prueba de evaluación y no dejarla en blanco. -Entrega de tareas propuesta. 3. Quienes promocionen sin haber superado todas las materias deberán matricularse de las materias no superadas, seguirán los programas de refuerzo que establezca el equipo docente y deberán superar las evaluaciones correspondientes a dichos programas de refuerzo. 4. El alumno o la alumna que no promocione deberá permanecer un año más en el mismo curso. Esta medida podrá aplicársele en el mismo curso una sola vez y dos veces como máximo dentro de la etapa. Cuando esta segunda repetición deba producirse en tercero o cuarto curso, tendrá derecho a permanecer en régimen ordinario cursando Educación Secundaria Obligatoria hasta los diecinueve años de edad, cumplidos en el año en que finalice el curso. Excepcionalmente, podrá repetir una segunda vez en cuarto curso si no ha repetido en los cursos anteriores de la etapa. La escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales en centros ordinarios podrá prolongarse un año más. 5. Las repeticiones se establecerán de manera que las condiciones curriculares se adapten a las necesidades del alumno o de la alumna y estén orientadas a la superación de las dificultades detectadas. Esta medida deberá ir acompañada de un plan específico personalizado, orientado a la superación de las dificultades detectadas en el curso anterior. Los centros organizarán este plan de acuerdo con lo que establezca la Consejería competente en materia educativa. 6. El equipo docente podrá proponer a los padres, las madres, los tutores y las tutoras legales, en su caso a través del consejo orientador al que se refiere el artículo 31, la incorporación del alumno o de la alumna a un programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21, o a un ciclo de Formación Profesional Básica cuando el grado de adquisición de las competencias así lo aconseje y siempre que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 41.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. 6.3. CONSEJO ORIENTADOR 1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 22.7 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, al finalizar cada uno de los cursos de la etapa, tras la sesión de evaluación final ordinaria o, en su caso, extraordinaria, se entregará a los padres, las madres, los tutores y las tutoras legales de cada alumno o alumna un consejo orientador, que incluirá para los cursos 3º y 4º la propuesta del itinerario más adecuado a seguir. 2. Los tutores y las tutoras recabarán de cada alumno y alumna la información sobre sus intereses y expectativas de formación que deberá valorar el equipo docente antes de realizar su propuesta de itinerario formativo. 3. El consejo orientador se realizará conforme al modelo que figura en el anexo V del que se imprimirán y firmarán dos copias, incluyendo una de ellas en el expediente del alumno o de la alumna. Respecto a la valoración del grado de adquisición de las Competencias se ha llegado al siguiente acuerdo de porcentajes de influencia de cada materia en relación a cada competencia:

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1º ESO-COMUNICACIÓN LINGÜÍSTICA MATERIA BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA

% 10

GEOGRAFÍA E HISTORIA

10

LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA

27

MATEMÁTICAS

2,5

PRIMERA LENGUA EXTRANJERA

20

EDUCACIÓN FÍSICA

2,5

RELIGIÓN VALORES ÉTICOS

5

MÚSICA

2,5

EDUCACIÓN PLÁSTICA Y AUDIOVISUAL

5

SEGUNDA LENGUA EXTRANJERA ASTURIANO

15,5

1º ESO-MATEMÁTICA Y CIENCIA Y TECNOLOGÍA MATERIA BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA

% 20

GEOGRAFÍA E HISTORIA

5

LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA

5

MATEMÁTICAS

30

PRIMERA LENGUA EXTRANJERA

5

EDUCACIÓN FÍSICA

5

RELIGIÓN VALORES ÉTICOS

5

MÚSICA

5

EDUCACIÓN PLÁSTICA AUDIOVISUAL SEGUNDA LENGUA EXTRANJERA ASTURIANO

Y

15 5

85


1º ESO-DIGITAL MATERIA BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA

% 10

GEOGRAFÍA E HISTORIA

10

LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA

10

MATEMÁTICAS

10

PRIMERA LENGUA EXTRANJERA

10

EDUCACIÓN FÍSICA

10

RELIGIÓN VALORES ÉTICOS

10

MÚSICA

10

EDUCACIÓN PLÁSTICA Y AUDIOVISUAL

10

SEGUNDA LENGUA EXTRANJERA ASTURIANO

10

1º ESO-APRENDER A APRENDER MATERIA BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA

% 10

GEOGRAFÍA E HISTORIA

10

LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA

10

MATEMÁTICAS

10

PRIMERA LENGUA EXTRANJERA

10

EDUCACIÓN FÍSICA

10

RELIGIÓN VALORES ÉTICOS

10

MÚSICA

10

EDUCACIÓN PLÁSTICA Y AUDIOVISUAL

10

SEGUNDA LENGUA EXTRANJERA ASTURIANO

10

86


1º ESO-SOCIALES Y CÍVICAS MATERIA BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA

% 10

GEOGRAFÍA E HISTORIA

10

LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA

10

MATEMÁTICAS

10

PRIMERA LENGUA EXTRANJERA

10

EDUCACIÓN FÍSICA

10

RELIGIÓN VALORES ÉTICOS

10

MÚSICA

10

EDUCACIÓN PLÁSTICA Y AUDIOVISUAL

10

SEGUNDA LENGUA EXTRANJERA ASTURIANO

10

1º ESO-SENTIDO DE INICIATIVA Y ESPÍRITU EMPRENDEDOR MATERIA BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA

% 10

GEOGRAFÍA E HISTORIA

10

LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA

10

MATEMÁTICAS

10

PRIMERA LENGUA EXTRANJERA

10

EDUCACIÓN FÍSICA

10

RELIGIÓN VALORES ÉTICOS

10

MÚSICA

10

EDUCACIÓN PLÁSTICA AUDIOVISUAL SEGUNDA LENGUA EXTRANJERA ASTURIANO

Y

10 10

87


1º ESO-CONCIENCIA Y EXPRESIONES CULTURALES MATERIA BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA

% 5

GEOGRAFÍA E HISTORIA

15

LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA

10

MATEMÁTICAS

5

PRIMERA LENGUA EXTRANJERA

12,5

EDUCACIÓN FÍSICA

10

RELIGIÓN VALORES ÉTICOS

10

MÚSICA

10

EDUCACIÓN PLÁSTICA Y AUDIOVISUAL

10

SEGUNDA LENGUA EXTRANJERA ASTURIANO

12,5

2º ESO-COMUNICACIÓN LINGÜÍSTICA MATERIA FÍSICA Y QUÍMICA

% 10

GEOGRAFÍA E HISTORIA

10

LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA

27

MATEMÁTICAS

2,5

PRIMERA LENGUA EXTRANJERA

20

EDUCACIÓN FÍSICA

2,5

RELIGIÓN VALORES ÉTICOS

5

MÚSICA

2,5

TECNOLOGÍA

5

SEGUNDA LENGUA EXTRANJERA ASTURIANO CULTURA CLÁSICA DISEÑO SOCIAL

15,5

88


2º ESO-MATEMÁTICA Y CIENCIA Y TECNOLOGÍA MATERIA FÍSICA Y QUÍMICA

% 20

GEOGRAFÍA E HISTORIA

5

LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA

5

MATEMÁTICAS

30

PRIMERA LENGUA EXTRANJERA

5

EDUCACIÓN FÍSICA

5

RELIGIÓN VALORES ÉTICOS

5

MÚSICA

5

TECNOLOGÍA

15

SEGUNDA LENGUA EXTRANJERA ASTURIANO CULTURA CLÁSICA DISEÑO SOCIAL 2º ESO-DIGITAL

5

MATERIA FÍSICA Y QUÍMICA

% 10

GEOGRAFÍA E HISTORIA

10

LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA

10

MATEMÁTICAS

10

PRIMERA LENGUA EXTRANJERA

10

EDUCACIÓN FÍSICA

10

RELIGIÓN VALORES ÉTICOS

10

MÚSICA

10

TECNOLOGÍA

10

SEGUNDA LENGUA EXTRANJERA ASTURIANO CULTURA CLÁSICA DISEÑO SOCIAL

10

89


2º ESO-APRENDER A APRENDER MATERIA FÍSICA Y QUÍMICA

% 10

GEOGRAFÍA E HISTORIA

10

LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA

10

MATEMÁTICAS

10

PRIMERA LENGUA EXTRANJERA

10

EDUCACIÓN FÍSICA

10

RELIGIÓN VALORES ÉTICOS

10

MÚSICA

10

TECNOLOGÍA

10

SEGUNDA LENGUA EXTRANJERA ASTURIANO CULTURA CLÁSICA DISEÑO SOCIAL 2º ESO-SOCIALES Y CÍVICAS

10

MATERIA FÍSICA Y QUÍMICA

10

GEOGRAFÍA E HISTORIA

10

LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA

10

MATEMÁTICAS

10

PRIMERA LENGUA EXTRANJERA

10

EDUCACIÓN FÍSICA

10

RELIGIÓN VALORES ÉTICOS

10

MÚSICA

10

TECNOLOGÍA

10

SEGUNDA LENGUA EXTRANJERA ASTURIANO CULTURA CLÁSICA DISEÑO SOCIAL

10

90


2º ESO-SENTIDO DE INICIATIVA Y ESPÍRITU EMPRENDEDOR MATERIA FÍSICA Y QUÍMICA

10

GEOGRAFÍA E HISTORIA

10

LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA

10

MATEMÁTICAS

10

PRIMERA LENGUA EXTRANJERA

10

EDUCACIÓN FÍSICA

10

RELIGIÓN VALORES ÉTICOS

10

MÚSICA

10

TECNOLOGÍA

10

10 SEGUNDA LENGUA EXTRANJERA ASTURIANO CULTURA CLÁSICA DISEÑO SOCIAL 2º ESO-CONCIENCIA Y EXPRESIONES CULTURALES MATERIA FÍSICA Y QUÍMICA

% 5

GEOGRAFÍA E HISTORIA

15

LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA

10

MATEMÁTICAS

5

PRIMERA LENGUA EXTRANJERA

12,5

EDUCACIÓN FÍSICA

10

RELIGIÓN VALORES ÉTICOS

10

MÚSICA

10

TECNOLOGÍA

10

SEGUNDA LENGUA EXTRANJERA ASTURIANO CULTURA CLÁSICA DISEÑO SOCIAL

12,5

91


3º ESO-COMUNICACIÓN LINGÜÍSTICA MATERIA BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA

% 10

FÍSICA Y QUÍMICA

5

GEOGRAFÍA E HISTORIA

10

LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA

27,5

MATEMÁTICAS

5

PRIMERA LENGUA EXTRANJERA

10

EDUCACIÓN FÍSICA

2,5

RELIGIÓN VALORES ÉTICOS

10

EDUCACIÓN PLÁSTICA Y AUDIOVISUAL

10

TECNOLOGÍA

5

SEGUNDA LENGUA EXTRANJERA ASTURIANO MÚSICA ACTIVA CULTURA CLÁSICA INICIACIÓN A LA ACTIVIDAD EMPRENDERORA

5

3º ESO-MATEMÁTICA Y CIENCIA Y TECNOLOGÍA MATERIA BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA

% 10

FÍSICA Y QUÍMICA

10

GEOGRAFÍA E HISTORIA

5

LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA

5

MATEMÁTICAS

30

PRIMERA LENGUA EXTRANJERA

5

EDUCACIÓN FÍSICA

5

RELIGIÓN VALORES ÉTICOS

5

92


EDUCACIÓN PLÁSTICA Y AUDIOVISUAL

10

TECNOLOGÍA

10

SEGUNDA LENGUA EXTRANJERA CULTURA CLÁSICA ASTURIANO MÚSICA ACTIVA INICIACIÓN A LA ACTIVIDAD EMPRENDERORA

5

3º ESO-DIGITAL MATERIA BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA

% 5

FÍSICA Y QUÍMICA

10

GEOGRAFÍA E HISTORIA

5

LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA

10

MATEMÁTICAS

10

PRIMERA LENGUA EXTRANJERA

10

EDUCACIÓN FÍSICA

5

RELIGIÓN VALORES ÉTICOS

5

EDUCACIÓN PLÁSTICA Y AUDIOVISUAL

10

TECNOLOGÍA

25

SEGUNDA LENGUA EXTRANJERA CULTURA CLÁSICA INICIACIÓN A LA ACTIVIDAD EMPRENDERORA MÚSICA ACTIVA ASTURIANO

5

3º ESO-APRENDER A APRENDER MATERIA BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA

% 10

FÍSICA Y QUÍMICA

10

GEOGRAFÍA E HISTORIA

10

93


LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA

10

MATEMÁTICAS

10

PRIMERA LENGUA EXTRANJERA

10

EDUCACIÓN FÍSICA

5

RELIGIÓN VALORES ÉTICOS

10

EDUCACIÓN PLÁSTICA Y AUDIOVISUAL

5

TECNOLOGÍA

10

SEGUNDA LENGUA EXTRANJERA CULTURA CLÁSICA INICIACIÓN A LA ACTIVIDAD EMPRENDERORA MÚSICA ACTIVA ASTURIANO

10

3º ESO-SOCIALES Y CÍVICAS MATERIA BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA

5

FÍSICA Y QUÍMICA

10

GEOGRAFÍA E HISTORIA

10

LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA

10

MATEMÁTICAS

5

PRIMERA LENGUA EXTRANJERA

10

EDUCACIÓN FÍSICA

10

RELIGIÓN VALORES ÉTICOS

10

EDUCACIÓN PLÁSTICA Y AUDIOVISUAL

10

TECNOLOGÍA

10

94


SEGUNDA LENGUA EXTRANJERA CULTURA CLÁSICA INICIACIÓN A LA ACTIVIDAD EMPRENDERORA MÚSICA ACTIVA ASTURIANO

10

3º ESO-SENTIDO DE INICIATIVA Y ESPÍRITU EMPRENDEDOR MATERIA BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA

% 15

FÍSICA Y QUÍMICA

15

GEOGRAFÍA E HISTORIA

10

LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA

5

MATEMÁTICAS

5

PRIMERA LENGUA EXTRANJERA

5

EDUCACIÓN FÍSICA

5

RELIGIÓN VALORES ÉTICOS

5

EDUCACIÓN PLÁSTICA Y AUDIOVISUAL

5

TECNOLOGÍA

15

SEGUNDA LENGUA EXTRANJERA CULTURA CLÁSICA INICIACIÓN A LA ACTIVIDAD EMPRENDERORA MÚSICA ACTIVA ASTURIANO

15

3º ESO-CONCIENCIA Y EXPRESIONES CULTURALES MATERIA BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA

5

FÍSICA Y QUÍMICA

5

GEOGRAFÍA E HISTORIA

10

LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA

10

95


MATEMÁTICAS

5

PRIMERA LENGUA EXTRANJERA

15

EDUCACIÓN FÍSICA

10

RELIGIÓN VALORES ÉTICOS

15

EDUCACIÓN PLÁSTICA Y AUDIOVISUAL

5

TECNOLOGÍA

5

SEGUNDA LENGUA EXTRANJERA CULTURA CLÁSICA INICIACIÓN A LA ACTIVIDAD EMPRENDERORA MÚSICA ACTIVA ASTURIANO

15

(Las tablas de 4º de ESO están pendientes de revisión durante el presente curso y se incluirán una vez aprobadas en Claustro) Grado de consecución de las competencias: -

Adquirido plenamente: 100 %. Adquirido: 97 al 99 %. En desarrollo: 50 al 96 %. Iniciado: 0 al 49 %.

-

Valoración global: Adquiridas cuando en la valoración individual toda están adquiridas plenamente o adquiridas.

6.4. CONDICIONES DE TITULACIÓN

96


Para considerar si se han alcanzado los objetivos de la etapa y se han adquirido las competencias correspondientes se tendrá en cuenta: 6.5. CRITERIOS Y/O DIRECTRICES PARA LA ELABORACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE REFUERZO PARA EL ALUMNADO QUE PROMOCIONE SIN HABER SUPERADO TODAS LAS MATERIAS Los alumnos/as que no alcanzaron los objetivos al final del curso y promocionaron al siguiente realizarán el plan de recuperación en horario normal de clase y con trabajos individuales fuera del horario escolar bajo la tutela del profesor/a del curso o el Jefe/a del Departamento. Se les propondrá una serie de trabajos y pruebas escritas y prácticas, siguiendo los periodos de evaluación ordinarios, para comprobar la adquisición de contenidos mínimos de la materia del curso anterior. El profesor de la materia no superada realizará un informe donde se refleje los contenidos no superados, una valoración sobre las dificultades que el alumno presenta y sus puntos fuertes. En el supuesto de que un alumno que no haya alcanzado los criterios de evaluación mínimos durante el curso y adopte la decisión de no cursar dicha materia en 4º de E.S.O, para realizar la recuperación, deberá desarrollar actividades propuestas por el Departamento a lo largo del curso relacionadas con los contenidos no superados. Las actividades se desarrollarán y evaluarán en los periodos de evaluación ordinarios. La comunicación con el alumno se realizará vía el tutor y los tablones de anuncios que en el Centro se dispongan a tal fin. 7. DIRECTRICES GENERALES PARA ELABORAR LOS PLANES ESPECÍFICOS PARA EL ALUMNADO QUE PERMANEZCA UN AÑO MÁS EN EL MISMO CURSO En el caso de los alumnos repetidores, el profesor/a tendrá en cuenta aquellos contenidos que el alumno/a superó en el curso anterior incidiéndose en los que no fueron superados. Para ello se le propondrán tareas específicas. Se fomentará una metodología que permita al alumno/a que repite adquirir buenas conductas de nuevos compañeros así como que estos puedan aprovechar la experiencia del alumno/a que repite. El profesor/a de la materia no superada realizará un informe donde se reflejen los contenidos no superados, una valoración sobre las dificultades que el alumno/a presenta y sus puntos fuertes.

97


8. DIRECTRICES Y DECISIONES REFERIDAS A LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO A la hora de establecer las directrices y decisiones referidas a la atención a la diversidad al alumnado, tendremos en cuenta lo que dispone el Decreto 43/2015, de 10 de junio, en: Artículo 2.4: ―La Educación Secundaria Obligatoria se organiza de acuerdo con los principios de educación común y de atención a la diversidad del alumnado. Las medidas de atención a la diversidad en esta etapa estarán orientadas a responder a las necesidades educativas concretas del alumnado y al logro de los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria y la adquisición de las competencias correspondientes y no podrán, en ningún caso, suponer una discriminación que les impida alcanzar dichos objetivos y competencias y la titulación correspondiente‖. Procedimiento para la derivación de alumnado hacia programas de atención a la diversidad:

98


Se oye a los padres

99


Aspectos que se consideren de especial relevancia para articular una respuesta educativa adaptada a las necesidades diversas del alumnado. En relación con la elaboración y desarrollo del Plan de Acción Tutorial.

En relación con la elaboración y el desarrollo del Plan de Orientación Académica y Profesional.

En relación con los criterios para la confección de los horarios.

En relación con los criterios para la distribución de los alumnos por grupos.

En relación con los criterios para la utilización de los espacios.

En relación con la planificación de los desdobles, refuerzos y actividades de recuperación. En relación con el plan de prevención y lucha contra el absentismo.

En relación con otras actividades previstas (especificar cuáles y

100


concretar sus características)

8.1. MEDIDAS DE CARÁCTER ORDINARIO Agrupamientos flexibles SÍ

NO

Asignatura de:_____________________________________________________ Nº de grupos implicados: Nº de alumnos implicados: Criterios para el agrupamiento de alumnos:   Estructura del agrupamiento resultante: Nº de profesores implicados: Objetivo que se persigue: Consideraciones:

Desdobles SÍ

NO

Asignatura de:_____________________________________________________ Grupo/s: Nº de alumnos implicados: Criterios para el agrupamiento de alumnos: Objetivo que se persigue: Consideraciones:

Apoyo en Grupo Ordinario

Grupo/s: Nº de alumnos implicados:

SÍ

NO Criterios para el agrupamiento de alumnos:

101


Objetivo que se persigue: Metodología: Consideraciones:

Docencia compartida SÍ

NO

Asignatura de:__________________________________________________ Grupo/s: Nº de alumnos implicados: Horario: Metodología: Evaluación: Consideraciones:

Programa individualizado para el alumnado que haya de participar en las pruebas extraordinarias SÍ

NO

Grupo/s: Nº de alumnos implicados: Criterios para la incorporación de alumnos a esta optativa: ¿Quién la imparte?: Objetivo que se persigue: Breve descripción de los objetivos y contenidos: Metodología: Seguimiento y evaluación: Consideraciones: Grupo/s:

Agrupamiento de las materias de primer curso en

Nº de alumnos implicados:

102


ámbitos de conocimiento

Criterios para la incorporación de alumnos a esta optativa:

SÍ

¿Quién la imparte?:

NO

Objetivo que se persigue: Breve descripción de los objetivos y contenidos: Metodología: Seguimiento y evaluación: Consideraciones:

8.2. MEDIDAS DE CARÁCTER SINGULAR a) El programa de mejora del aprendizaje y el rendimiento. b) El programa de refuerzo de materias no superadas. Los alumnos/as que no habiendo alcanzado los objetivos de la materia hayan promocionado al curso siguiente y sigan cursándola, realizarán el plan de recuperación en horario normal de clase y/o trabajos individuales fuera del horario escolar bajo la tutela del profesor/a del curso o el Jefe/a del Departamento. Si por el contrario ya no cursan la materia, llevarán a cabo dicho plan con trabajos individuales, prácticas y/o pruebas escritas para comprobar la adquisición de contenidos de la materia del curso anterior. El profesor de la materia no superada realizará un informe donde se reflejen los contenidos no superados, una valoración sobre las dificultades que el alumno/a presenta y sus puntos fuertes. En el supuesto de que un alumno que no haya alcanzado los criterios de evaluación durante el curso y adopte la decisión de no cursar la materia en 4º de ESO, para realizar la recuperación deberá desarrollar actividades propuestas por el Departamento a lo largo del curso relacionadas con los contenidos no superados. Las actividades se desarrollarán y evaluarán en los periodos de evaluación ordinarios. La comunicación con el alumno se realizará vía el tutor y los tablones de anuncios que en el Centro se dispongan a tal fin. c) El plan específico personalizado para el alumnado que no promocione. (Apartado 7) d) El plan de trabajo para el alumnado con problemas graves de salud y la atención en aulas hospitalarias.

103


Objetivos: 

Prestar atención educativa hospitalaria y/o domiciliaria al alumnado de Educación Obligatoria, favoreciendo la continuidad del proceso de enseñanzaaprendizaje y garantizando el derecho a la evaluación y promoción educativa.

Favorecer la inserción e integración socio-educativa del alumnado, incluso en los casos de mal pronóstico. Va dirigido:

A todo el alumnado hospitalizado.

Al alumnado convaleciente de Enseñanza Obligatoria, de centros públicos y concertados

que

justifique

un periodo

de

convalecencia superior

a 45

días, certificado por los servicios públicos de salud. En el caso de enfermedades por Traumatología, debido a la alta incidencia, se establecerá atención domiciliaria en convalecencias superiores a 60 días, siempre que en dicho periodo la reducción de la movilidad impida los desplazamientos fuera del domicilio. Demanda de intervención: El Centro Educativo de procedencia, a través del departamento de orientación o la dirección, cursará la demanda a la coordinadora del Programa de Aulas Hospitalarias. Respuesta educativa: 

Alumnado hospitalizado: Recibe atención recreativa, formativa y escolar.

Alumnado convaleciente: Recibe atención recreativa, formativa y escolar. Cada alumno tendrá asignado un Profesor/Tutor hospitalario, quien supervisará y coordinará las actuaciones educativas con el Profesor/Tutor del Centro Educativo, las Familias y el Personal Voluntario, (si fuera necesaria su intervención), desde que el alumno ingresa en el Programa de Aulas Hospitalarias hasta que recibe el alta. e) La flexibilización para alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. En el caso de los alumnos con dictamen del Departamento de Orientación, el profesor tendrá en cuenta las características propias del alumno/a y se trabajará junto con el Departamento de Orientación para establecer la metodología adecuada. Se adaptarán el currículo de forma personalizada.

104


MEDIDA EXTRAORDINARIA DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD: FLEXIBILIZACIÓN DESCRIPCIÓN (características organizativas, información a la familia, incorporación del alumnado, actuaciones para el desarrollo de la medida, metodología, temporalización, proceso de seguimiento y evaluación…):

ALUMNADO AL QUE SE DIRIGE (características del alumnado al que se dirige esta medida, indicando si existen requisitos concretos):

RECURSOS PERSONALES :

RECURSOS ESPACIALES y MATERIALES:

OTRAS MEDIDAS RELACIONADAS: 

MEDIDAS ANTERIORES

MEDIDAS PARALELAS

MEDIDAS POSTERIORES.

ASPECTOS POSITIVOS:

ASPECTOS NEGATIVOS:

PROPUESTA DE MEJORA PARA ESTA MEDIDA:

105


f) El programa de inmersión lingüística. MEDIDA EXTRAORDINARIA DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD: AULA INTENSIVA DE INMERSIÓN LINGÜÍSTICA DESCRIPCIÓN (características organizativas, información a la familia, incorporación del alumnado, actuaciones para el desarrollo de la medida, metodología, temporalización, proceso de seguimiento y evaluación…):

ALUMNADO AL QUE SE DIRIGE (características del alumnado al que se dirige esta medida, indicando si existen requisitos concretos):

RECURSOS PERSONALES :

RECURSOS ESPACIALES y MATERIALES:

OTRAS MEDIDAS RELACIONADAS: 

MEDIDAS ANTERIORES

MEDIDAS PARALELAS

MEDIDAS POSTERIORES.

ASPECTOS POSITIVOS:

ASPECTOS NEGATIVOS:

PROPUESTA DE MEJORA PARA ESTA MEDIDA:

106


g) La adaptación curricular significativa para alumnado con necesidades educativas especiales. Existen realidades en las que la respuesta educativa adecuada para un alumno plantea la necesidad de que sea exclusivamente suya. Adaptación curricular individual es: Todos aquellos ajustes que se realicen a partir del currículo para proporcionar una respuesta adecuada a todos aquellos aspectos que sean específicos para un alumno y que respondan a sus necesidades. Según el tipo de Adaptación, podemos hablar de tres MODALIDADES: _ Adaptaciones poco significativas de currículo. Son aquellas adaptaciones en los elementos de acceso y / o en los elementos curriculares básicos que implican tomar como referencia los objetivos y contenidos mínimos del ciclo dónde se encuentra el alumno con necesidades educativas especiales. _ Adaptaciones significativas del currículo. Son aquellas adaptaciones en los elementos de acceso y / o en los elementos curriculares básicos que implican tomar como referencia los objetivos y contenidos de ciclos inferiores al ciclo dónde se encuentra el alumno con necesidades educativas especiales, recibiendo ayuda educativa específica para otros aspectos no contemplados en el currículo ordinario. _ Adaptaciones muy significativas del currículo. Son aquellas adaptaciones en los elementos de acceso que implican la utilización de recursos muy específicos y la priorización y / o supresión de objetivos y bloques de contenido del currículo ordinario, para favorecer la adquisición de autonomía personal y social. A continuación se plantean algunas de las adaptaciones posibles en los diferentes elementos curriculares a que pueden ayudar a un mejor desarrollo de la respuesta educativa. Se presentan siguiendo un criterio de menor a mayor significatividad. Es decir, primero aparecen aquellas adaptaciones que suponen un menor distanciamiento de la propuesta curricular del alumno respecto al currículo ordinario y en último lugar, aquellas que implican modificaciones sustanciales del mismo. 1. Adaptaciones en la evaluación. Dar respuesta a la diversidad desde la evaluación implica la utilización de procedimientos de recogida de información que nos permitan obtener datos del alumno y del contexto de aprendizaje referidos a: desarrollo personal y escolar, niveles de competencia, potencialidades, estilos de aprendizaje, intereses y motivaciones en el grupo, recursos existentes y otros aspectos que sean relevantes para la planificación de la respuesta educativa. Algunos de los instrumentos que se pueden utilizar son: registro de observación sistemática, cuestionarios, entrevistas con padres y otros profesionales, diario de clase, guiones de registro de adquisiciones, análisis de las producciones de los alumnos, intercambios orales con los alumnos, pruebas específicas. 2. Adaptaciones en la organización. Los recursos personales y materiales con los que cuenta el centro deben organizarse teniendo en cuenta criterios de rentabilidad económica, utilización racional de los medios y eficacia pedagógica. El trabajo en equipo de los elementos del centro supone la existencia de estructuras tales como Departamentos, Seminarios, Reuniones de Coordinación interdisciplinares, Reuniones por Ciclos,... La organización de los agrupamientos de alumnos no ha de realizarse teniendo en cuenta únicamente el nivel / ciclo que les corresponde, sino que deben barajarse criterios de flexibilidad, niveles de aprendizaje y capacidades, intereses y motivaciones de los alumnos,... 3. Adaptaciones en las actividades.

107


Diversificar las actividades para garantizar la adquisición de un mismo objetivo y / o contenido supone tener en cuenta los siguientes elementos: _ Al inicio de cada actividad conocer lo que los alumnos piensan y como lo piensan, el grado de ajuste a la realidad y las limitaciones de pensamiento de cada uno,... _ Revisar, interpretar, contrastar y estructurar los datos antes de devolverlos al grupo. _ Plantear actividades que fomenten la reflexión personal y grupal para suscitar el debate a partir del conflicto cognitivo donde juega un papel fundamental el docente favoreciendo este conflicto y guiando el desarrollo del proceso. _ Permitir y estimular el esfuerzo de los alumnos, favoreciendo una curiosidad activa. _ Deben ser actividades operativas y funcionales, es decir, han de tender a hacer decrecer la dicotomía existente entre la escuela y la vida. _ Las actividades deben ser globalizadas y / o interdisciplinares atendiendo a que la realidad es una y la división por materias una mera convención. _ Tener muy claro la graduación de dificultades que implica la ejecución de las actividades; no siempre es necesario que los alumnos sigan este proceso de forma lineal, ya que algunos pueden resolver actividades complejas y otros pueden bloquear su proceso de aprendizaje si afrontan las actividades partiendo de vacíos previos en la graduación de dificultades. _ Las actividades educativas han de favorecer el trabajo individual, la interiorización y sistematización, mediante técnicas de trabajo que ayuden a consolidar los hábitos de mecánica y favorecer el estudio y la memoria comprensiva y sistemática. _ El trabajo individual no excluye al que se realiza en grupo ya que la cooperación entre alumnos promueve el conflicto cognitivo. _ Adecuar las actividades a las diversas necesidades educativas presentes en el grupoclase. 4. Adaptaciones en la metodología. Según las necesidades de los alumnos se ha de considerar qué tipo de metodología se ajusta a esta realidad. El proceso puede ser básicamente inductivo (de lo más próximo a lo más lejano) o educativo (formulando hipótesis y comprobando posteriormente). En cualquier caso la metodología debe favorecer el aprendizaje significativo de los alumnos, adecuándola a sus posibilidades y a sus intereses y motivaciones. _ Partir del nivel de conocimientos del alumno _ Tener especial cuidado en relacionar los nuevos aprendizajes - con los conocimientos previos del alumno _ Hacer un resumen previo de lo que se va a trabajar _ Las explicaciones son primordialmente prácticas _ Se aplican las capacidades y conocimientos adquiridos a situaciones diferentes a las enseñadas _ Se ha procurado evitar que se produzcan errores de forma reiterada en su aprendizaje _ Se han adoptado medidas de refuerzo que motiven su aprendizaje _ Se facilitan explicaciones individuales detalladas _ Adaptación del lenguaje de las actividades _ Ubicación adecuada dentro del aula _ Otras 5. Adaptaciones en los objetivos y contenidos. PASOS: _ Determinar el nivel competencial del alumno en la asignatura mediante una prueba inicial. _ Graduar las actividades según su nivel de complejidad. _ Secuenciar las tareas según la dificultad. _ Flexibilizar el nivel de exigencia en las actividades realizadas. _ Evaluar el proceso de aprendizaje del alumno en función de la adaptación hecha. _ Adecuar la adaptación al resultado de esta evaluación.

108


MODELO DE ADAPTACIÓN CURRICULAR INDIVIDUAL ADAPTACIÓN CURRICULAR INDIVIDUAL: Alumno/a:_________________________________ Curso: ________________ Área: _____________________________ Profesor:________________________ Nivel competencial de referencia: _______________________________________ 1. REGISTRO DEL NIVEL COMPETENCIAL: (Especificar el nivel de referencia del alumno en el área.) 2. OBJETIVOS: (Recoger los objetivos del área que se va a trabajar con el alumno en el trimestre/curso que seleccionarán partiendo del nivel competencial de referencia del alumno.) 3. CONTENIDOS: (Referidos a los objetivos seleccionados). 4. CRITERIOS DE EVALUACIÓN: 5. ACTIVIDADES: (Recoger las actividades que el alumno hace en clase). 6. MATERIALES Y RECURSOS: PROCESO DE ELABORACIÓN DE LAS ADAPTACIONES CURRICULARES PASOS A SEGUIR 1. DETECCIÓN DE ALUMNOS/AS (primer trimestre)

2. CONCRECIÓN DE PROBLEMAS ABORDAR (después de la primera evaluación)

A

3. COORDINACIÓN CON LOS DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS CORRESPONDIENTES (a lo largo de todo el proceso)

PROCEDIMIENTOS E INSTRUMENTOS Recogida de información:  Observación directa de profesores y tutores  Información de cursos anteriores  Datos obtenidos en la evaluación inicial Análisis de datos:  Resultados de la Primera evaluación  Información recogida por el Equipo Docente Elementos curriculares a determinar:  Priorizar contenidos según los distintos niveles de aprendizaje  Metodología: - Trabajar a distintos ritmos dentro del aula asegurando que el alumnado con ritmo de aprendizaje más lento consiga los objetivos mínimos - Trabajar al mismo ritmo reforzando individualmente o en grupos pequeños al alumnado con carencias (apoyo individualizado, actividades de refuerzo, etc.)  Evaluación. - Adaptar las actividades de evaluación a los contenidos contemplados a lo largo del proceso de enseñanzaaprendizaje * Seguimiento individualizado del proceso del alumnado susceptible de adaptación curricular

109


h) El enriquecimiento y/o ampliación del currículo para alumnado con altas capacidades intelectuales Para alumnado que presente estas características se llevarán a cabo medidas de profundización y enriquecimiento dirigidas a satisfacer las necesidades del alumno/a, para lo que se tendrá en cuenta sus afinidades, sus estrategias de trabajo y su ritmo de trabajo. En todo caso estas actividades estarán encuadradas en el marco curricular correspondiente al curso académico.

MEDIDA EXTRAORDINARIA DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD: ADAPTACIONES CURRICULARES DE AMPLIACIÓN (ALTAS CAPACIDADES) DESCRIPCIÓN (características organizativas, información a la familia, incorporación del alumnado, actuaciones para el desarrollo de la medida, metodología, temporalización, proceso de seguimiento y evaluación…):

ALUMNADO AL QUE SE DIRIGE (características del alumnado al que se dirige esta medida, indicando si existen requisitos concretos):

RECURSOS PERSONALES :

RECURSOS ESPACIALES y MATERIALES:

OTRAS MEDIDAS RELACIONADAS: 

MEDIDAS ANTERIORES

MEDIDAS PARALELAS

MEDIDAS POSTERIORES.

ASPECTOS POSITIVOS:

ASPECTOS NEGATIVOS:

PROPUESTA DE MEJORA PARA ESTA MEDIDA:

110


i) La atención educativa al alumnado con Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH). OBJETIVOS Y CONTENIDOS. 

Si fuese necesario en función del informe psicopedagógico adecuar los objetivos, contenidos y actividades del currículo establecido.

ACTIVIDADES   

Revisar con frecuencia las actividades encomendadas y que está trabajando. Evitar enunciados muy largos. Al detectar errores, ayudarle de forma positiva a percatarse del mismo y a hacer las correcciones oportunas.

Actividades para casa:  Debe tener una agenda personal donde anote las tareas, trabajos, exámenes que se le proponen en clase. El profesor supervisará que lo ha anotado.  El número de tareas que se le manden para casa deben ser adecuadas a su limitaciones y a sus posibilidades. EVALUACIÓN 

Los exámenes contendrán instrucciones sencillas para que entienda lo que se le pregunta. Evitaremos enunciados largos.

Si fuese necesario podrá tener tiempo complementario para finalizar los exámenes escritos. También pueden plantearse, si fuese preciso, sistemas alternativos y diferentes de evaluación (como pruebas orales u otras…).

INSTRUCCIONES   

Establecer contacto visual cuando se le formulen instrucciones, que serán cortas y directas. Supervisar el seguimiento de la instrucción. Hablar con el alumno en privado cuando haya que hacerlo, negociando si es preciso, compromisos directos por las dos partes.

UBICACIÓN EN CLASE 

Ubicarle en clase en un lugar donde se le pueda supervisar con facilidad.

Ha de trasmitírsele que debe de recurrir a sus profesores cuando tenga problemas o dudas.

Alejar al alumno/a de posibles focos de distracción.

111


ACCIÓN TUTORIAL CON LA FAMILIA 

Establecer colaboración con la familia para implicarla en el seguimiento de las tareas, uso de la agenda, olvidos de material… y lograr que efectúen un seguimiento y supervisión.

ORGANIZACIÓN DEL CENTRO 

Es conveniente que, si las necesidades organizativas del centro los permite, el aula donde hay alumnos con TDAH tenga un número reducido de alumnos y un ambiente positivo de trabajo.

j) Las acciones de carácter compensatorio que eviten desigualdades derivadas de factores sociales, económicos, culturales, geográficos, étnicos o de otra índole, entre ellos los programas de acompañamiento escolar. k) Programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento. Según la Resolución de 21 de abril de 2016, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regula el programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento de la educación secundaria obligatoria. Estos programas están dirigidos a aquellos alumnos y alumnas que presenten dificultades relevantes de aprendizaje. Se desarrollarán a partir del segundo curso de la educación secundaria obligatoria, y en ellos se utilizará una metodología específica a través de la organización de contenidos, actividades prácticas y, en su caso, de materias diferente a la establecida con carácter general, con la finalidad de que los alumnos y las alumnas puedan cursar el cuarto curso por la vía ordinaria y obtengan el título de Graduado o Graduada en Educación Secundaria Obligatoria. El programa se organizará mediante la creación de grupos específicos en los que el alumnado cursará las materias agrupadas en los siguientes ámbitos: a) Ámbito Lingüístico y Social: en el que se incluirán las materias de Lengua Castellana y Literatura y de Geografía e Historia. b) Ámbito Científico y Matemático: en el que se incluirán las materias de Física y Química y de Matemáticas en el segundo curso de la etapa y las materias de Biología y Geología, de Física y Química y de Matemáticas en el tercer curso. c) Ámbito de Lenguas Extranjeras: en el que se incluirá la materia de Primera Lengua Extranjera. El alumnado cursará el resto de materias del currículo y asistirá a la sesión de tutoría en el grupo ordinario de referencia. Alumnado destinatario y duración del programa: a) Alumnado que haya repetido al menos un curso en cualquier etapa, y que una vez cursado el primer curso de educación secundaria obligatoria no esté en condiciones de promocionar al segundo curso. En este caso, el programa se desarrollará a lo largo de los cursos segundo y tercero de educación secundaria obligatoria. b) Alumnado que haya repetido al menos un curso en cualquier etapa y que una vez cursado segundo curso no esté en condiciones de promocionar al tercero. En este caso, el programa se desarrollará a lo largo del tercer curso de educación secundaria obligatoria. Aquellos alumnos y alumnas que, habiendo realizado el tercer curso de educación secundaria obligatoria por primera vez, no estén en condiciones de promocionar al cuarto curso, podrán incorporarse excepcionalmente a un programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento para repetir el tercer curso. En todo caso, la incorporación del alumnado a los programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento requerirá la evaluación tanto académica del equipo

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docente, como psicopedagógica del departamento de orientación y se realizará una vez oídos los propios alumnos o alumnas y con la conformidad de sus padres, madres, tutores o tutoras legales. Durante el tercer trimestre del curso, el equipo docente de cada grupo y el Departamento de Orientación o quien tenga atribuidas sus funciones, a la vista del proceso de evaluación continua y del resultado de las medidas de atención a la diversidad aplicadas, analizará y valorará la situación escolar de cada alumno o alumna que presente dificultades relevantes de aprendizaje. El análisis a que se refiere el apartado anterior quedará recogido en el acta de la sesión del equipo docente y se trasladará al Departamento de Orientación para que inicie la evaluación psicopedagógica del alumno o de la alumna correspondiente y valore la conveniencia de que se incorpore o no al programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento, por ser la medida más adecuada entre las contempladas en el programa de atención a la diversidad del centro. Evaluación del alumnado del programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento. La evaluación del alumnado que curse un programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento tendrá como referente fundamental las competencias y los objetivos de la educación secundaria obligatoria, así como los criterios de evaluación y los indicadores a ellos asociados que figuren en la programación docente de cada uno de los ámbitos. Para la evaluación de las materias que cursa el alumnado en el grupo ordinario de referencia se estará a lo dispuesto en el artículo 3. 2. (Resolución 22 de abril de 2016, evaluación aprendizaje ESO). Dado el carácter específico de este tipo de programa, se considerará que los alumnos o alumnas que, al finalizar el curso, hayan superado cualquiera de los ámbitos, quedarán exentos de recuperar las materias de cursos anteriores correspondientes a dicho ámbito que no hubieran superado, o en su caso, el ámbito correspondiente no superado en el curso anterior. Estas materias no computarán en el cálculo de la nota media de la etapa. El alumnado que tenga pendientes de superación materias que no están integradas en los ámbitos seguirá el correspondiente programa de refuerzo a que hace referencia el artículo 21. 4. La permanencia en el programa estará limitada a un máximo de tres años académicos, siempre que se cumplan los requisitos establecidos con carácter general en el artículo 29.4 del Decreto 43/2015, de 10 de junio. La continuidad del programa conlleva que el alumnado que haya cursado este programa en el segundo curso de la educación secundaria obligatoria promocione directamente al tercer curso dentro del programa. Una vez finalizado el tercer curso de la educación secundaria obligatoria dentro del programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento, el equipo docente podrá determinar la conveniencia de la repetición, teniendo en cuenta tanto los resultados de aprendizaje como las posibilidades del aprovechamiento del alumno o alumna en el curso siguiente. Aquellos centros en los que exista alumnado con discapacidad que participe en estos programas dispondrán de los recursos de apoyo que, con carácter general, se prevean para este alumnado.

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9. CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DE LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ORIENTACIÓN Y ACCIÓN TUTORIAL.

1. Favorecer el desarrollo integral de los alumnos y las alumnas desde que entran a formar parte de nuestra comunidad escolar. 2. Prevenir, detectar y dar respuesta a las necesidades educativas del alumnado a través del trabajo en equipo del profesorado en coordinación con los servicios especializados de orientación cuando sea necesario, con las familias, los agentes comunitarios y la Administración educativa. 3. Posibilitar el seguimiento del proceso educativo de los alumnos y alumnas mediante las coordinaciones oportunas. 4. Impulsar la acción tutorial en la acogida, seguimiento y acompañamiento del alumnado en nuestro IES. 5. Integrar en las acciones educativas valores que fomenten relaciones interpersonales satisfactorias, la igualdad de hombres y mujeres, la no violencia, la cooperación y la solidaridad y el respeto por el entorno físico y medioambiental. 6. Favorecer la participación de las familias y los agentes comunitarios en el proceso educativo del alumnado. 7. Fomentar un clima adecuado que propicie la convivencia, el aprendizaje y la creatividad.

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8. Colaborar acciones y proyectos del centro para la innovación y experimentación educativa.

10. LAS ORIENTACIONES GENERALES PARA INTEGRAR LA EDUCACIÓN EN VALORES Y PARA EL EJERCICIO DE LA CIUDADANÍA Y LOS ELEMENTOS TRANSVERSALES DEL CURRÍCULO La educación de los alumnos, si se desea global e integral, no puede limitarse a las áreas y disciplinas científicas tradicionales. La finalidad última de todo el proceso educativo -que no acaba con la escolarización, sino que debe ser permanente- es formar ciudadanos que intervengan en la sociedad de forma consciente, libre y crítica. La educación en valores tiene pues una gran importancia en la práctica docente puesto que da coherencia a la labor, en ocasiones dispersa, que los departamentos didácticos realizan. Consideramos que es fundamental tener en cuenta, con respecto a los mismos, lo siguiente: 1.- Son temas que deben estar presentes en la actividad docente, pero nunca como una actividad paralela, sino como una dimensión que atraviesa todas las áreas. 2.- No deben verse encerrados o compartimentados en áreas aisladas o en unidades didácticas poco relacionadas entre sí. 3.- No se trata de introducir con ellos contenidos nuevos, no reflejados en el currículo de las áreas, sino de organizar esos contenidos alrededor de un eje determinado. Las características esenciales de los temas transversales son, en función de lo señalado, las siguientes: - Deben ser abordados a lo largo de todas las etapas educativas. - Debe hacerse desde diferentes áreas. - Tienen una relación directa con el conocimiento y la experiencia de los alumnos. - Su tratamiento repercute o incide directamente fuera del aula. - Hacen hincapié sobre todo en contenidos de tipo procedimental y actitudinal. La presencia de este tipo de contenidos obedece a la necesidad que tiene el sistema educativo de dar respuesta a las demandas explícitas, problemas o necesidades fundamentales de la sociedad en un período o contexto concreto. Se trata de contenidos de enseñanza -aprendizaje que no hacen referencia directa a ningún área curricular concreta ni a ninguna edad o etapa educativa sino que deben estar presenten en todas las áreas y a lo largo de toda la escolaridad. Sí identificamos las fuentes que informan el currículum como epistemológicas, psicológicas, pedagógicas y sociales, la fuente epistemológica provoca que el currículum se organice en áreas y materias, las fuentes psicológicas y pedagógicas determinan el modelo Didáctico por el que se establece el proceso de enseñanza aprendizaje mientras que las fuentes sociológicas son las responsables de que la sociedad, sus demandas, sus valores, sus necesidades, sus aspiraciones, su modelo de interrelaciones, impregnen el currículo, se introduzcan en el Centro y ello, a través de los contenidos de carácter transversal. Su importancia, por tanto, es esencial para que la educación cumpla su sentido pleno de contribuir a la formación integral del ser humano para que se incorpore a la sociedad de su tiempo de forma autónoma y participativa. En consecuencia, la planificación de la actividad educativa empapada de estos contenidos no puede quedar a la improvisación de actividades o trabajos puntuales o descontextualizados. Si las necesidades de la sociedad van cambiando, la determinación de estos contenidos no debe ser rígida, inflexible, sino que será nuestra capacidad de analizar las demandas de esta sociedad, quien determine aquellos contenidos más adecuados en un período concreto.

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Por otra parte, entendemos que la contemplación de los contenidos de carácter transversal a lo largo de todo el currículum mediante su integración en las áreas curriculares permite que se desarrollen los valores y actitudes que se contemplan tanto en nuestras Finalidades Educativas como en las capacidades generales a desarrollar en esta etapa educativa como, por ejemplo, el respeto a la diversidad, el pensamiento crítico, la transformación de la realidad, la solidaridad, la tolerancia, la aceptación personal, la democracia, el pluralismo, la autonomía personal, la cooperación, la coeducación, el rechazo al racismo y la xenofobia, el pacifismo... Adoptando como base esta conceptualización, cada Departamento Didáctico incluirá expresamente los temas transversales en sus respectivas programaciones. Igualmente, como también se contempla en el Plan de Orientación y Acción Tutorial, en los programas de intervención del Departamento de Orientación y las tutorías, los temas transversales ocuparán un lugar permanente a la hora de enfocar las diferentes propuestas de trabajo. Como criterios generales para abordar esta presencia de los contenidos de carácter transversal en las áreas curriculares proponemos: - Integración de la temática en el trabajo curricular diario - Impregnación de los objetivos planteados con los principios que emanan de los contenidos transversales: adecuación y priorización de objetivos - Impregnación de los contenidos propios de cada área con los principios que emanan de los contenidos transversales: selección y organización de contenidos - Impregnación de las programaciones de aula y actividades concretas de los valores y actitudes propias de este tipo de contenidos. - Elección de materiales y recursos Didácticos que integren estos contenidos. - Integración de contenidos transversales cuando se elaboren materiales curriculares propios. Para su programación se contará con las posibles sugerencias de toda la comunidad educativa ya que este tipo de contenidos nos comprometen a todos/as. Como norma, los contenidos transversales no se programarán en paralelo al resto de contenidos curriculares sino que estarán inmersos en las actividades diseñadas. Cada Departamento dará prioridad, dependiendo de sus características específicas, a aquellos contenidos transversales que le afecten más directamente. Aunque el modelo de tratamiento que daremos a los contenidos transversales será su integración en las áreas curriculares, seremos también sensibles a un conjunto de conmemoraciones (día de la mujer, día de la paz, día del medio ambiente...) que nos permitirán reforzar nuestra atención y favorecer la sensibilización de toda la comunidad educativa hacía los mencionados contenidos. En este sentido se abordarán:  Realización de actividades expresas en las que los temas transversales sean objeto especial de estudio.  Celebración de actividades extraescolares, complementarias con motivo de efemérides... que afecten directamente a estos temas.  Organizar actividades en las que participen diferentes sectores de la comunidad que se engloben en torno a estos temas.  Elaboración de unidades Didácticas interdisciplinares y/o por áreas que contemplen de modo preferencial este tipo de contenidos.  Inventario de recursos disponibles al respecto y divulgación para su uso entre el alumnado y profesorado. Para el adecuado desarrollo de estas estrategias consideramos muy conveniente tener en cuenta lo siguiente: 1. Establecer una reunión inicial en septiembre entre los departamentos didácticos que consideren dichos temas como integrantes de su currículo. En ella deberán fijarse los

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objetivos, contenidos y propuestas de actuación. Se fijarán también los momentos (distribución temporal) para una actuación más intensa y completa. 2. La actuación se coordinará por medio de una reunión periódica entre jefes de departamento o responsables de la puesta en marcha de la actividad. 3. Al finalizar cada actuación y al finalizar el curso se evaluarán los resultados y se señalarán las modificaciones que se consideren oportunas. Finalmente, para orientar el trabajo de programación de los diferentes Departamentos, procedemos a resaltar los aspectos u objetivos básicos de los contenidos transversales de manera que cada área incida de forma más específica en algunos de ellos. Educación Cívica • Desarrollo de actitudes de educación para la convivencia en el pluralismo y la diferencia • Respeto a la autonomía de los demás • Uso del diálogo como forma de solucionar los conflictos • Educación multicultural e intercultural: rechazo de actitudes racistas y xenófobas • Despertar el interés por conocer otras culturas diferentes a la propia • Desarrollo de actitudes de respeto y colaboración con grupos culturalmente minoritarios Educación para la Paz • Desarrollo de actitudes, estados de conciencia y conductas prácticas que permitan la comprensión internacional, la tolerancia, el desarme, la no violencia, el desarrollo, la cooperación con los países subdesarrollados. • Desarrollo de procedimientos que permitan la solución dialogada de conflictos en el ámbito escolar. Educación para la Salud • Adquisición de un concepto integral de la salud como bienestar físico y mental, individual, social y medioambiental. • Adquisición de conocimientos sobre el cuerpo, sus anomalías y enfermedades, así como su modo de prevenirlas y curarlas. • Desarrollo de hábitos de salud como la higiene corporal y mental, la alimentación correcta, la prevención de accidentes,... Educación para la igualdad entre los sexos • Desarrollo de una actitud que identifique y rechace la discriminación de la mujer y favorezca la educación para la igualdad. • Desarrollo de la autoestima y aceptación del cuerpo como expresión de la personalidad • Análisis crítico de la realidad y corrección de prejuicios sexistas y sus manifestaciones en el lenguaje, publicidad, juegos, mundo profesional y laboral • Adquisición de hábitos y recursos que permitan el desempeño de cualquier tipo de tareas, incluidas las domésticas Educación Ambiental • Adquisición de experiencias y conocimientos que permitan la comprensión de los principales problemas ambientales • Desarrollo de la responsabilidad respecto al medio ambiente global • Adquisición de hábitos individuales de protección del medio ambiente Educación Sexual • Adquisición de formación e información sobre diferentes aspectos de la sexualidad: anatomía y fisiología de ambos sexos, maduración sexual, reproducción humana,

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reproducción asistida, prevención de embarazos, enfermedades de transmisión sexual, manifestaciones diversas de la sexualidad, etc. • Consolidación de actitudes básicas como el respeto, la tolerancia y la naturalidad en el tratamiento de los temas relacionados con la sexualidad. • Elaboración de criterios éticos y morales para interpretar los delitos sexuales, el uso del sexo en la publicidad, la pornografía... Educación del Consumidor • Adquisición de esquemas de decisión que consideren alternativas a los efectos individuales, sociales, económicos, medioambientales de nuestros hábitos de consumo • Desarrollar el conocimiento de los mecanismos del mercado, los derechos del consumidor... • Creación de conciencia de consumidor responsable con una actitud crítica ante el consumismo y la publicidad. Educación Vial • Adquisición de conductas y hábitos de seguridad vial como peatones y conductores • Sensibilización al alumnado sobre los problemas de circulación y accidentes Prevención de la violencia de género, de la violencia contra las personas con discapacidad, de la violencia terrorista y de cualquier tipo de violencia, racismo o xenofobia, incluido el estudio del Holocausto judío como hecho histórico . Se desarrollarán iniciativas a través del Departamento de Orientación y en el marco de la Acción Tutorial, encaminadas a trabajar y concienciar sobre estos aspectos. Manifestándose en la realización de conferencias, talleres, participación en concursos y diferentes actividades en relación a dichos temas. Espíritu Emprendedor • El marco europeo, español y autonómico sitúa el espíritu emprendedor entre las destrezas esenciales que deben ser fomentadas en los sistemas educativos y formativos. Desde un punto de vista educativo es aquel valor que se refiere a las percepciones, actitudes y aptitudes que capacitan a las personas para impulsar el cambio real en su entorno, reaccionar con flexibilidad ante los nuevos retos de la sociedad para contribuir al desarrollo sociocultural y económico sostenible en su entorno local con visión global. El espíritu emprendedor se abordará mediante metodologías concretas como el trabajo por proyectos, la participación en concursos como la Liga Lego, el desarrollo de la TV y revista del centro y mediante actuaciones más concretas concernientes a cada Departamento Didáctico. 11. DIRECTRICES GENERALES PROGRAMACIONES DOCENTES

PARA

LA

ELABORACIÓN

DE

LAS

Las Programaciones Docentes deberán atenerse a lo establecido en la legislación vigente y a los aspectos expuestos en este Currículo PROTOCOLO PARA LA ELABORACIÓN DE LAS PROGRAMACIONES DOCENTES a) Organización, secuenciación y temporalización de los contenidos del currículo y de los criterios de evaluación asociados. b) Procedimientos, instrumentos de evaluación y criterios de calificación del aprendizaje del alumnado, de acuerdo con los criterios de evaluación de la materia y

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los indicadores que los completan en cada uno de los cursos, y con las directrices fijadas en la concreción curricular. c) La metodología, los recursos didácticos y los materiales curriculares. d) Medidas de refuerzo y de atención a la diversidad del alumnado, incluidas, en su caso las adaptaciones curriculares para el alumnado con necesidades educativas especiales o con altas capacidades. e) La concreción de los planes, programas y proyectos acordados y aprobados, relacionados con el desarrollo del currículo, entre los que deberá contemplarse, en todo caso, el plan de lectura, escritura e investigación. f) Indicadores de logro y procedimiento de evaluación de la aplicación y desarrollo de la programación docente. 12. EVALUACIÓN DEL CURRÍCULO Se proponen los siguientes criterios: 1º.- Serán el Equipo Directivo, el Claustro, el Consejo Escolar y los Departamento los principales agentes para la realización de la evaluación. Equipo Directivo evaluará: - Su funcionamiento interno - El funcionamiento general - Los recursos El Consejo escolar evaluará: - El PEC - La PGA - Las actividades extraescolares y complementarias - El rendimiento escolar del alumnado - La eficacia en la gestión de recursos humanos y materiales. El Claustro evaluará: - Los Currículos - El proceso de enseñanza - Aspectos docentes del PEC La CCP evaluará: - Su funcionamiento interno - Los Currículos cuyo resultado presentará al Claustro - El rendimiento escolar del alumnado Los Departamentos: - Programaciones - Su funcionamiento interno - Adecuación del contenido de las programaciones al PEC y a los Currículos. Los alumnos: - Las áreas y materias - Las actividades extraescolares y complementarias - Aspectos generales de organización del centro 2º.- Se realizará una evaluación interna anual coincidiendo con el Tercer Trimestre 3º.- Se establecerán modelos e indicadores de evaluación. Estos indicadores podrán ser cuestionarios, entrevistas, reuniones de órganos, contraste de pareceres, etc. 4º.- La finalidad de la evaluación será revisar las acciones de los distintos órganos y de los profesores con el fin de mejorarlas. 5º.- El alumnado participará en la evaluación de las áreas y/o materias a través de los instrumentos seleccionados o elaborados por los departamentos didácticos correspondientes. Así mismo podrá participar en esta evaluación a través de la Junta de Delegados.

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6º.- El resto de la Comunidad Educativa (Padres/madres y/o representantes legales, Personal de Administración y Servicios y Representante del Ayuntamiento) realizará las observaciones oportunas en el seno del Consejo Escolar. La CCP velará por el cumplimiento y posterior evaluación de los Currículos. Esta evaluación versará sobre la adecuación del proyecto a las necesidades concretas del alumnado del centro, la existencia y calidad de las adaptaciones establecidas y la idoneidad de los métodos empleados. La evaluación de los Currículos deberá incluir, al menos, los siguientes aspectos: - La adecuación de los objetivos a las necesidades y características de los alumnos. - La selección, distribución y secuencia equilibrada de los objetivos y contenidos por ciclo. - La idoneidad de la metodología, así como de los materiales curriculares y didácticos empleados. - La validez de los criterios de evaluación y promoción establecidos. - Las actividades de orientación educativa y profesional. - La adecuación de la oferta de materias optativas a las necesidades educativas de los alumnos. - La efectividad de los programas de diversificación curricular puestos en marcha. - La validez de los criterios aplicados en las adaptaciones del currículo para los alumnos con necesidades educativas especiales. Es la memoria final de curso el documento definitivo que recogerá las propuestas de mejora en los procesos de enseñanza y en la práctica docente del profesorado. No obstante algunos criterios éticos para la evaluación del Centro pueden ser: 1. Negociación entre los participantes (órganos evaluadores señalados más adelante) sobre los límites del estudio acometido, la relevancia de las informaciones y publicación de los informes. 2. Colaboración entre los participantes, garantizándose el derecho a participar en la misma. 3. Confidencialidad tanto con respecto al anonimato de las informaciones, si así se desea, como con respecto a la no utilización de información o documentación que no haya sido previamente negociada y producto de la colaboración. 4. Imparcialidad sobre puntos de vista divergentes, juicios y percepciones particulares. 5. Equidad, de tal manera que la evaluación no pueda ser utilizada como amenaza sobre un particular o un grupo, garantizándose un tratamiento equilibrado y no tendencioso, y preservando siempre la existencia de cauces de réplica y discusión de los informes que se elaboren. 6. Compromiso con el conocimiento, es decir, asumir el compromiso colectivo e individual de indagar hasta donde sea materialmente posible las causas, los motivos y las razones que se encuentran generando y propiciando los acontecimientos estudiados. 7. Objetividad: Para evitar que la evaluación pueda tener un sesgo subjetivo, se tendrán en cuenta los juicios valorativos de todos los participantes en la misma (órganos evaluadores señalados más adelante); orientados en torno a aspectos como: a) Metas a conseguir. b) Identificación de puntos problemáticos a corregir. c) Mejora de la propia formación. d) Elaboración de informes de interés para toda la comunidad educativa e) Recogida de las diferentes perspectivas que pueda presentar una temática.

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En conclusión, evaluar la práctica docente implica considerar nuestra actuación como objeto de reflexión, ya que el profesorado es la pieza angular sobre la que se apoya el sistema educativo, su calidad y su posible mejora. En este sentido, interpretamos este tipo de evaluación absolutamente alejado de cualquier implicación que aluda a un sistema de control, mientras que sí la consideramos como una actividad de reflexión crítica positiva, constructiva, que está dirigida a la mejora de nuestra actividad docente, basándose para ello en el intercambio de puntos de vista, el análisis y adopción de acuerdos dialogados y debatidos por todo el profesorado. Por su parte, los resultados de las evaluaciones del aprendizaje y del proceso de enseñanza servirán para modificar aquellos aspectos de la práctica docente y del Proyecto Curricular que se consideren menos adecuados a las características del alumnado y contexto del Centro. ANEXOS PROCESO DE ENSEÑANZA Y PRÁCTICA DOCENTE CUESTIONARIO DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS: VALORACIÓN FINAL DE CURSO A. GRADO DE CONSECUCIÓN DE LOS OBJETIVOS 1. Claridad en su redacción. 2. Conocimiento por los alumnos. 3. Selección adecuada de objetivos y contenidos. 4. Coherencia entre lo esperado y lo obtenido. 5. Consecución general de los objetivos. SUGERENCIAS

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B. METODOLOGÍA Y RECURSOS DIDÁCTICOS 1. Facilidad en su utilización. 2. Ayuda prestada en el proceso de enseñanza. 3. Favorece la motivación del alumno. 4. Adecuación con el tema abordado. 5. Aplicación de diferentes métodos y recursos. SUGERENCIAS

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C. DISCIPLINA, FUNCIONAMIENTO Y AGRUPAMIENTOS 1. Agrupamientos. 2. Grado de satisfacción en el aula. 3. Actividades que favorecen la integración del grupo. 4. Intervención en la resolución de conflictos. 5. Grado de convivencia en el instituto. SUGERENCIAS

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D. PARTICIPACIÓN DE LOS ALUMNOS 1. En actividades complementarias y extraescolares.

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2. En procesos de evaluación (coevaluación). 3. Como promotores de las actividades. 4. Como creadores de un ambiente gratificante. 5. Como colaboradores en la organización del aula. SUGERENCIAS

E. INTERACCIÓN PROFESORES OTROS MIEMBROS 1. Coordinación entre los profesores del departamento. 2. Coordinación entre los distintos departamentos. 3. Coordinación con otros profesores de su grupo. 4. Relaciones profesor- equipo directivo. 5. Relaciones profesor - tutor - orientador. 6. Relación profesor - alumnos. 7. Relación profesor - padres y madres. SUGERENCIAS

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F. SATISFACCIÓN DE LOS PROFESORES 1. Grado de participación en la toma de decisiones. 2. Elaboración en el departamento de pruebas conjuntas. 3. Elección y elaboración de materiales didácticos. 4. Coordinación entre niveles y ciclos de la etapa. 5. Organización de actividades complementarias y extraescolares. 6. Satisfacción en las actividades programadas por el CPR. SUGERENCIAS

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PROPUESTA DE MEJORA DE LA PRÁCTICA DOCENTE DEPARTAMENTO DE ___________________________________________________ MEJORA

ACTUACIÓN

TEMPORALIZACIÓN

PLAN DE EVALUACIÓN: RENDIMIENTO ESCOLAR A. MATERIAS OPTATIVAS 1. Oferta adecuada en Bachillerato 2. Programación adecuada de las materias optativas por los Departamentos 3. Criterios adecuados para su impartición 4. Adecuada información a los alumnos SUGERENCIAS

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B. ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD 1. Realización de Adaptaciones Curriculares no significativas 2. Colaboración a la integración de ACNEES en el grupo 3. Realización de Adaptaciones Curriculares significativas de ACNEES SUGERENCIAS

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C. ITINERARIOS 1. Ofrecen suficiente información 2. Itinerarios adecuados 3. Coherencia de los itinerarios en relación a lo que conducen SUGERENCIAS

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NIVELES DE VALORACIÓN: 4. MUY BIEN 3. BIEN 2. REGULAR 1. MAL

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7.2 CONCRECIÓN CURRICULAR DE BACHILLERATO (CURRÍCULO DE BACHILLERATO APROBADO EN LOS CLAUSTROS DEL 22 DE MARZO Y 21 DE ABRIL DE 2016)

a) La adecuación de los objetivos de etapa al contexto socioeconómico y cultural del centro y a las características del alumnado, teniendo en cuenta lo establecido al respecto en el propio proyecto educativo.

OBJETIVOS DEL BACHILLERATO El Bachillerato contribuirá a desarrollar en los alumnos y las alumnas las capacidades que les permitan alcanzar los objetivos siguientes: a) Ejercer la ciudadanía democrática, desde una perspectiva global, y adquirir una conciencia cívica responsable, inspirada por los valores de la Constitución española así como por los derechos humanos, que fomente la corresponsabilidad en la construcción de una sociedad justa y equitativa. Conseguir que el alumnado sea plenamente consciente de las posibilidades de realización personal y colectiva que su entorno les brinda. Desarrollar un espíritu de compromiso con la defensa activa del medio ambiente, potenciando actitudes críticas y razonadas sobre las diversas actividades que el hombre desarrolla en el medio en el que nos encontramos y proponiendo soluciones que nos permitan mejorar el entorno. Potenciar la participación responsable del alumnado en las actividades desarrolladas tanto en las aulas como en los órganos colegiados, comprometiéndose en el desarrollo y mejora de la enseñanza. b) Consolidar una madurez personal y social que les permita actuar de forma responsable y autónoma y desarrollar su espíritu crítico. Prever y resolver pacíficamente los conflictos personales, familiares y sociales. Desarrollar una capacidad crítica que permita al alumnado tomar decisiones de forma responsable, autónoma y eficaz, fomentando un espíritu constructivo. Propiciar situaciones que requieran del alumnado la adopción de decisiones que aumenten su madurez y responsabilidad. Fomentar las técnicas de trabajo cooperativo, aportando trabajo y propuestas personales y aceptando y respetando las opiniones del resto de los compañeros. Potenciar modelos de conducta que favorezcan la participación y refuercen la autonomía del alumnado. Respecto a la madurez social y resolución de conflictos, desarrollaremos un programa de mediación en colaboración con el CPR de la zona. Se formará un grupo de mediadores de conflictos entre los integrantes de la comunidad escolar. En referencia a la resolución pacífica de conflictos, se está procediendo a poner en funcionamiento un nuevo plan de convivencia que refuerce los hábitos de conducta positivos y tenga la mediación como base fundamental de actuación.

c) Fomentar la igualdad efectiva de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, analizar y valorar críticamente las desigualdades y discriminaciones existentes, y en particular la violencia contra la mujer e impulsar la igualdad real y la no discriminación de las personas por cualquier condición o circunstancia personal o social, con atención especial a las personas con discapacidad. A través del programa institucional ―Ni ogros ni princesas‖ fomentaremos la igualdad entre hombres y mujeres.

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d) Afianzar los hábitos de lectura, estudio y disciplina, como condiciones necesarias para el eficaz aprovechamiento del aprendizaje, y como medio de desarrollo personal. Se potenciará el Programa de Fomento de la Lectura. Profundizaremos en la dinamización de la biblioteca escolar tanto desde el programa propio, como desde el grupo de trabajo establecido a tal efecto, como forma de estimular el gusto por la lectura. e) Dominar, tanto en su expresión oral como escrita, la lengua castellana y, en su caso, comprender y expresarse con corrección en la lengua asturiana. Comprender, analizar y valorar, de forma crítica, todos los tipos de mensajes (literarios, científicos, administrativos, periodísticos, etc.) que se les presenten a los/as alumnos/as en las distintas fuentes de información. Adquirir un vocabulario básico, variado y adecuado, tanto de carácter general como específico de cada Área de conocimiento. Elaborar y producir mensajes orales y escritos con corrección sintáctica, ortográfica y semántica, de manera que los/as alumnos/as puedan expresar los conocimientos, pensamientos y argumentos de forma correcta, precisa y rigurosa. Relacionado con este objetivo, desarrollaremos una serie de actividades plasmadas en la revista y la televisión educativa del centro. f) Expresarse con fluidez y corrección en una o más lenguas extranjeras. Comprender, al nivel adecuado a bachillerato, textos orales y escritos en las lenguas extranjeras elegidas por los/as alumnos/as. Usar, al menos, una lengua extranjera con fluidez y expresar con corrección mensajes orales y escritos de distinto tipo en el idioma o idiomas extranjeros correspondientes. Potenciar las actividades de intercambios culturales con alumnos nativos de los países cuya lengua extranjera se está impartiendo en el Centro con el propósito de conseguir un afianzamiento y consolidación de lo aprendido en clase, así como un mejor conocimiento de su cultura. También podemos relacionar este objetivo con la realización de viajes y colonias para la profundización en el conocimiento de las lenguas extranjeras. g) Utilizar con solvencia y responsabilidad las Tecnologías de la Información y la Comunicación. Potenciar el uso de todos los recursos tecnológicos como apoyo y complemento al correcto desarrollo del proceso educativo del alumnado. Concienciar al alumnado sobre la necesidad de un uso crítico y racional de los recursos tecnológicos, evitando que su incorrecta utilización signifique una excesiva dependencia y una disminución de su capacidad para desarrollar de forma equilibrada todas sus capacidades y potencialidades. Potenciaremos el uso responsable de estos recursos en varias acciones, tales como su utilización como forma de relación de nuestros alumnos/as con alumnado de centros europeos con el objetivo común de la sostenibilidad o la participación en la página web del IES, para aportar ideas o comentarios relacionados con la educación o el centro.

h) Conocer y valorar críticamente las realidades del mundo contemporáneo, sus antecedentes históricos y los principales factores de su evolución. Participar de forma solidaria en el desarrollo y mejora de su entorno social. Conocer y comprender los principales procesos económicos, sociales, políticos y culturales que configuran la historia reciente, haciendo hincapié en todos aquellos aspectos que influyen directamente en nuestro entorno y utilizando las técnicas adecuadas al nivel del alumnado. Desarrollar el espíritu crítico para construir

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argumentos razonados y coherentes sobre los fenómenos sociales, económicos, científicos y culturales que se dan en el mundo de hoy. Adquirir una visión global del mundo contemporáneo que supere enfoques localistas, facilitando el análisis no partidista de las situaciones y problemas del presente y del pasado. Interpretar críticamente el lenguaje utilizado por los medios de comunicación, así como la intencionalidad de los mensajes, desarrollando ideas y argumentos propios coherentes y razonados. Desarrollar la sensibilidad y el sentido de la responsabilidad ante los problemas sociales, en especial los que afectan a los derechos humanos y a la paz. Estimular el interés de los/as alumnos/as por estar bien informados. i) Acceder a los conocimientos científicos y tecnológicos fundamentales y dominar las habilidades básicas propias de la modalidad elegida. Conocer y comprender los diversos conocimientos propios de cada Área, siendo capaces de utilizar con soltura las diversas técnicas y procedimientos de trabajo propios de cada una de ellas. Tener un grado de conocimiento científico de las materias propias de cada modalidad que permita al alumnado continuar estudios superiores con garantía o incorporarse al mundo laboral en condiciones adecuadas. j) Comprender los elementos y procedimientos fundamentales de la investigación y de los métodos científicos. Conocer y valorar de forma crítica la contribución de la ciencia y la tecnología en el cambio de las condiciones de vida, así como afianzar la sensibilidad y el respeto hacia el medio ambiente. Potenciar en el alumnado su interés por la investigación e inculcarle su importancia. Conocer y comprender las distintas fases que determinan el desarrollo del método científico en el estudio de las diversas materias como único medio válido para facilitar la comunicación y garantizar la validez de los resultados. Utilizar el discurso racional para plantear de forma adecuada los problemas, adquirir rigor en el pensamiento científico, encadenar de forma coherente, crítica y razonada los argumentos y detectar incorrecciones lógicas. Potenciar la capacidad del alumnado para buscar información en diversas fuentes, tratarla de forma adecuada y desarrollar con rigor científico los trabajos de las distintas Áreas de conocimiento, presentándolos de forma correcta y utilizando en cada momento los recursos más adecuados (esquemas, dibujos, etc.). Plenamente relacionado con el medio ambiente se encuentra el Programa de Sostenibilidad que funciona en nuestro Centro en la línea de la concienciación hacia el respeto del medio ambiente. k) Afianzar el espíritu emprendedor con actitudes de creatividad, flexibilidad, iniciativa, trabajo en equipo, confianza en uno mismo y sentido crítico. Este objetivo lo trabajaremos en el desarrollo del trabajo por proyectos en diferentes áreas y en programas y actividades en las que participan diferentes departamentos. l) Desarrollar la sensibilidad artística y literaria, así como el criterio estético, como fuentes de formación y enriquecimiento cultural.

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Conocer las obras de arte en su globalidad como exponente de la creatividad humana, disfrutando y valorando el patrimonio artístico y cultural. Valorar e interesarse por las obras literarias en diferentes lenguas y sus relaciones, tanto en sus contenidos como en sus valores estéticos. Favorecer una visión integradora y totalizadora de los diversos ámbitos del conocimiento y estimular la implicación personal del alumnado en el proceso de enseñanza-aprendizaje con el fin de estimular sus manifestaciones más creativas. Crear las condiciones necesarias desde el Instituto para fomentar y potenciar la participación del alumnado en actividades, concursos, exposiciones, viajes culturales, conciertos, obras de teatro etc., encaminadas a desarrollar las actitudes artísticas de los/as alumnos/as y a completar su formación académica con un enriquecimiento cultural personal. Potenciaremos este objetivo a través de concursos, actividades complementarias y extraescolares, actividades prácticas en la semana cultural en colaboración con el AMPA, conferencias y colaboraciones en la revista y televisión del centro. m) Utilizar la educación física y el deporte para favorecer el desarrollo personal y social. Proporcionar a los/as alumnos/as los conocimientos necesarios sobre las mejoras y beneficios que suponen la Educación Física y el deporte en nuestra salud y, por tanto, en nuestra calidad de vida. Desarrollar y potenciar en los hábitos diarios del alumnado la práctica de la actividad física y deportiva de forma responsable. Potenciar hábitos de conducta saludables, concienciando al alumnado sobre los riesgos derivados de los hábitos perjudiciales (alcoholismo, tabaquismo, etc.). Inculcar la participación en la organización y realización de actividades físicas y deportivas como medio de desarrollo de relaciones sociales. Potenciar el interés por los deportes autóctonos. También los potenciaremos a través del programa de salud citado con anterioridad y a través de las actividades deportivas de los recreos. n) Afianzar actitudes de respeto y prevención en el ámbito de la seguridad vial. Fomentaremos este objetivo como uno de los temas a desarrollar en el programa de salud y a través de conferencias y actividades complementarias y extraescolares. ñ) Conocer, valorar y respetar el patrimonio natural, cultura, histórico, lingüístico y artístico del Principado de Asturias para participar de forma cooperativa y solidaria en su desarrollo y mejora. Conocer las principales aportaciones culturales, (literatura, arte, costumbres, tradiciones...) que nuestra Comunidad y en especial nuestro entorno, nos ofrecen reconociendo su importancia como factores integradores y enriquecedores de nuestra sociedad. Conocer y valorar las principales características y peculiaridades de nuestro patrimonio así como los ejemplos más significativos, concienciando sobre la necesidad de su conservación y recuperación con el fin de conseguir su perpetuación en el tiempo y una utilización racional de todos los recursos que nos proporcionan. Analizar de forma crítica todas las actuaciones humanas que puedan influir sobre nuestro patrimonio, proporcionando, de forma razonada, todas las actuaciones necesarias encaminadas a su mejora y actuando de forma activa en su defensa y recuperación. o) Fomentar hábitos orientados a la consecución de una vida saludable. Plenamente integrado dentro de este objetivo se encuentra el desarrollo del programa de Educación y Promoción de la Salud que se desarrolla en nuestro centro.

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b- Los criterios generales para la concreción del horario y para el desarrollo del currículo de acuerdo con las características propias del centro y de su alumnado. c- La organización de las modalidades, incluyendo las materias de libre configuración autonómica que se ofrecen en el centro.

- El calendario y horario escolar se establecen en el artículo 16 del Decreto 42/2015, que establece 175 días lectivos para los centros sostenidos con fondos públicos, 31 sesiones lectivas semanales, incluido el horario destinado a la tutoría y el horario de las materias de los diferentes bloques se establece en el anexo IV del citado Decreto. - La duración de las sesiones lectivas será de 55 minutos. - Organización de cada uno de los cursos de la etapa:

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- Materias de libre configuración y Proyecto de Investigación:

Curso

Departamento

Materia

Profesor/a

1º BAC Diurno Ambas Modalidades

Dibujo

Cultura Artística

Graciela Fernández

1º BAC Diurno Ambas Modalidades

Filosofía

Proyecto de Investigación I Cine y Filosofía

Miguel Navarro

2º BAC Diurno Ambas Modalidades

Dibujo

Proyecto de Investigación II Patrimonio Artístico y Cultural

Graciela Fernández

2º BAC Diurno Ambas Modalidades

Tecnología

Patrimonio Tecnológico

Rosana Álvarez

Industrial

- Procedimiento para acreditar conocimientos cuando no se hayan cursado Segunda Lengua Extranjera o Lengua Asturiana y Literatura con anterioridad. Los departamentos implicados elaborarán una prueba de nivel que se incluirá en las correspondientes programaciones didácticas.

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A.


d- Las decisiones sobre métodos pedagógicos y didácticos y su contribución a la consecución de las competencias del currículo y las directrices generales para incorporar en las programaciones docentes actividades que estimulen el interés y el hábito de lectura y la capacidad de expresarse correctamente en público, así como el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

DECISIONES DE CARÁCTER GENERAL SOBRE LA METODOLOGÍA PRINCIPIOS METODOLÓGICOS GENERALES La metodología es el sistema de enseñanza-aprendizaje que se utiliza en el aula, o mejor, la forma concreta en que se regulan, organizan y relacionan entre sí los diversos componentes que intervienen en el proceso de aprendizaje. Bien es cierto que el profesorado toma a diario decisiones metodológicas bien distintas unas de otras (diversidad de métodos), que dependen del tipo de aprendizaje a conseguir, pues las decisiones relativas a metodología son en buena parte indisociables de las decisiones relativas a los contenidos; con esta mayor variedad de técnicas, elegidas en cada caso concreto y en las diferentes áreas, buscamos las que mejores resultados proporcionan para lograr los diferentes objetivos propuestos. Esto último no solo no impide que establezcamos unas decisiones de carácter general, sino que consideramos importantísimo establecer una líneas metodológicas básicas que sirvan para las programaciones docentes de las distintas materias y cuya finalidad sea la adquisición de destrezas y conocimientos propios de la materia, así como el desarrollo de las capacidades definidas en los objetivos de etapa. En atención a la evolución psicopedagógica del alumnado, a sus características e intereses, a su capacidad para aprender por sí mismos, y trabajar en equipo, planteamos una serie de criterios metodológicos generales. PARTIR DEL NIVEL DE DESARROLLO DEL ALUMNO: Tener en cuenta el nivel de desarrollo del alumno exige atender simultáneamente a estos dos aspectos: a) Partir de las posibilidades de razonamiento y de aprendizaje del alumno. b) Partir de los conceptos, representaciones y conocimiento que ha construido el alumno. Por lo tanto, lo que el alumno de 16-18 años es capaz de hacer y aprender depende tanto de su nivel de competencia cognitiva como de los conocimientos que ha podido construir en sus experiencias previas de aprendizaje. Este principio orientará la práctica educativa tanto en la evaluación inicial o "evaluación 0", como al comenzar el desarrollo de cada unidad didáctica, cuando así esté programado, comprobando las capacidades y los conocimientos, acertados o erróneos, que los alumnos presentan sobre la misma. Esta fase se llevará a cabo utilizando los medios e instrumentos más adecuados: evaluación psicopedagógica, expediente del alumno, cuestionarios, resolución de problemas, torbellino de ideas, etc. ASEGURAR LA CONSTRUCCIÓN DE APRENDIZAJES SIGNIFICATIVOS: El aprendizaje constructivo, llamado también aprendizaje significativo y experiencia generalizada, se refiere a la capacidad que tiene el alumno para establecer relaciones sustantivas y no arbitrarias entre los conocimientos nuevos, que va a aprender, y lo que ya sabe.

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Para que se dé este tipo de aprendizaje es necesario: a) Que el contenido del nuevo aprendizaje sea claro, coherente y organizado y que, al presentárselo al alumno, favorezca su asimilación. b) Que el alumno tenga una actitud favorable, es decir, que desee aprender. c) Que el alumno desarrolle hábitos de esfuerzo y responsabilidad en el estudio. El alumno/a, de esta manera, no se limita a la repetición del nuevo aprendizaje, lo que supondría un aprendizaje memorístico y repetitivo, sino que selecciona los conocimientos, los aplica a situaciones nuevas, desarrolla habilidades y estrategias de planificación y regulación de la propia actividad, los revisa, modifica, reestructura, comprende, etc... En estas características radica el significado y funcionalidad del aprendizaje. Con esto se conseguirá, no sólo la aplicación práctica del conocimiento adquirido, sino también y sobre todo el hecho de que los contenidos sean necesarios y útiles para llevar a cabo otros aprendizajes y para enfrentarse con éxito a la adquisición de otros contenidos. Los contenidos deberán presentarse con una estructuración clara de sus relaciones planteando la interrelación entre distintos contenidos de un área y de distintas áreas, y diseñando actividades conjuntas en el ámbito del ciclo y de la etapa. FAVORECER LA ACTIVIDAD PROFUNDA DEL ALUMNO: Esta actividad intensa se concibe como un proceso de naturaleza fundamentalmente interna y no simplemente manipulativa. Si después de la manipulación no se produce un proceso de reflexión sobre la acción, no se está llevando a cabo una verdadera actividad intelectual. Es el alumno quien construye, modifica y coordina sus esquemas de conocimiento. Sin embargo, la actividad constructiva que lleva a cabo no aparece como una actividad individual, sino como parte de una actividad interpersonal en la cual él sólo es uno de los polos. En la educación escolar hay que distinguir entre aquello que el alumno es capaz de hacer y aprender por sí solo y lo que es capaz de aprender con la ayuda de otras personas. La intervención educativa es un proceso de interactividad, profesor-alumno o alumno-alumno, con el fin de favorecer la confrontación y modificación de puntos de vista, la coordinación de intereses y la toma de decisiones colectivas, la ayuda mutua y la superación de conflictos mediante el diálogo y la cooperación. Todo esto se tendrá en cuenta para favorecer el trabajo cooperativo. En este proceso el profesor actúa como guía y mediador para facilitar la construcción de aprendizajes significativos que permitan establecer relaciones entre los conocimientos y experiencias previas y los nuevos contenidos. El profesor debe intervenir, preferentemente, en aquellas actividades que un alumno no es capaz de realizar por sí mismo. POSIBILITAR QUE REALICEN APRENDIZAJES SIGNIFICATIVOS POR SÍ SOLOS: Es necesario que el alumno tenga una actitud favorable. Hay que ayudar a los alumnos a que sean capaces de aprender a aprender. Como se ha dicho antes, la funcionalidad del aprendizaje no es únicamente la construcción de conocimientos útiles y pertinentes sino también el desarrollo de habilidades y estrategias de planificación y regulación de la propia actividad del aprendizaje, es decir, aquellas relacionadas con el aprender a aprender. Conviene tener en cuenta que todo aprendizaje significativo supone memorización comprensiva y requiere adquisición de estrategias cognitivas de planificación. Cuanto más rica sea la estructura cognitiva donde se almacenan la información y los aprendizajes realizados, más fácil será poder realizar aprendizajes significativos por uno mismo.

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FOMENTAR EL ESFUERZO Y LA DEDICACIÓN DE LOS ALUMNOS AL ESTUDIO: El proceso de enseñanza aprendizaje debe construirse a través del desarrollo de hábitos de esfuerzo y responsabilidad en el estudio, y debe tener como objetivo capacitar al alumno para conseguir nuevos aprendizajes coherentes con las necesidades derivadas de su proceso de maduración. Se contribuye con ello a desarrollar su autonomía y responsabilidad en las actividades habituales y en las relaciones de grupo, potenciando su implicación creciente en la construcción del aprendizaje, un pensamiento reflexivo y crítico, la elaboración de juicios personales y la creatividad. ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD: Se entiende por atención a la diversidad el conjunto de actuaciones educativas dirigidas a dar respuesta educativa a las diferentes necesidades educativas, ritmos y estilos de aprendizaje, motivaciones e intereses, situaciones sociales, culturales, lingüísticas y de salud del alumnado. El profesor debe ajustar la ayuda pedagógica a las diferentes necesidades del alumnado y facilitar recursos o estrategias variadas que permitan dar respuesta a las diversas motivaciones, intereses y capacidades que presentan los alumnos de estas edades. Una de las vías para el tratamiento de la diversidad es el espacio de opcionalidad. A través de las materias optativas que el Centro oferta al alumno, se le ofrece la posibilidad de desarrollar las mismas capacidades de los objetivos generales de la etapa siguiendo itinerarios diferentes de contenidos. Itinerarios que, en unos casos, pueden ser más accesibles para determinados alumnos, en otros pueden conectar con posibles opciones futuras, o bien pueden responder a sus gustos y preferencias y que, en definitiva, van a suponer un refuerzo en la motivación y disposición favorable de los alumnos hacia los aprendizajes que se les proponen. Las otras dos vías de atención a la diversidad serán: las adaptaciones curriculares y apoyos para el alumnado con necesidades educativas especiales y de altas capacidades intelectuales y los programas de recuperación para el alumnado que promociona a segundo curso con materias pendientes. La conveniencia de atender la diversidad del alumnado en el entorno de aprendizaje más estimulante del grupo heterogéneo, exige asumir las diferencias en el interior del grupo clase como algo característico del quehacer pedagógico. Ello supone una evaluación individualizada, en la que se fijan las metas que el alumno ha de alcanzar a partir de criterios derivados de su propia situación inicial. Esta evaluación inicial, a menudo, supone la necesidad de plantear intenciones y estrategias diferenciadas que, en general, deben traducirse en propuestas de metodología activas y no meramente transmisiva. En otras circunstancias, serán necesarias adaptaciones específicamente dirigidas a determinados grupos de alumnos y alumnas con unas características particulares. Para ello, se podrá adaptar el material didáctico, variar la metodología, proponer actividades de aprendizaje diferenciadas, organizar grupos de trabajo flexibles, acelerar o frenar el ritmo de introducción de nuevos contenidos, organizarlos y secuenciarlos de forma distinta, o dar prioridad a unos bloques de contenido sobre otros, profundizando en ellos y ampliándolos. Los siguientes principios metodológicos de carácter general son válidos para todas las materias de la etapa: 1. La actividad constructiva del alumno es el factor decisivo en la realización de los aprendizajes escolares. En este proceso el profesor actúa como guía y mediador.

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Para que estos aprendizajes sean significativos debemos de partir de sus conocimientos y experiencias previas. En este sentido cobra especial interés la evaluación inicial, ya que da al profesorado información para planificar experiencias de aprendizaje significativo. 2. El profesor ha de proporcionar oportunidades para poner en práctica los nuevos conocimientos, de modo que el alumno pueda comprobar el interés y la utilidad de lo aprendido y así consolidar aprendizajes. Por lo tanto, son importantes las actividades de reflexión personal de lo realizado y la elaboración de conclusiones con respecto a lo aprendido. 3. El proceso de enseñanza debe garantizar la funcionalidad de los aprendizajes, asegurando que puedan ser utilizados en las circunstancias reales en que el alumno los necesite, entendiendo por funcionalidad no sólo su aplicación práctica, sino también su utilidad para llevar a cabo otros aprendizajes y enfrentarse a nuevos contenidos y procedimientos. 4. La forma de presentarse los contenidos influye en gran medida en los aprendizajes que se producen. La organización de contenidos debe respetar la estructura interna del área, adaptarse a los esquemas de conocimiento de los alumnos y buscar la interrelación entre distintos contenidos de una misma materia y de otras materias distintas. 5. En este sentido y antes que los Departamentos hagan sus respectivas programaciones en el mes de septiembre, en las reuniones que haga la Comisión de Coordinación Pedagógica se velará porque haya una coordinación entre las distintas áreas para que no se solapen contenidos y se organice una secuenciación adecuada de ellos. 6. Con el fin de potenciar la interdisciplinaridad y el trabajo conjunto entre profesores de distintas materias, en las primeras reuniones del mes de septiembre que haga la Comisión de Coordinación Pedagógica, se propondrán temas de interés conjunto para desarrollar durante el tiempo que se determine, en estos temas pueden participar libremente Departamentos o profesores. 7. La conveniencia de atender la diversidad del alumnado conlleva que el profesor deba ajustar la ayuda pedagógica a sus diferentes necesidades y facilitarles recursos que permitan dar respuesta a sus diversas capacidades e intereses. MODELO DE PRÁCTICA EDUCATIVA El modelo de práctica educativa que nos parece más adecuado para el Bachillerato demanda un punto de consenso: aceptar que el objetivo fundamental del aprendizaje escolar es la construcción del conocimiento de los alumnos. Esto comporta:  que el alumno es el responsable último de su proceso de aprendizaje.  que la actividad mental constructiva de cada alumno se aplica sobre campos de experiencia -sobre contenidos- ya elaborados socialmente. Se trata, entonces, de una reconstrucción del conocimiento. En consecuencia, la tarea de un profesor ha de orientarse a estimular la actividad constructiva de los alumnos, facilitando los recursos para que pueda establecer las relaciones entre sus propias estructuras conceptuales y el saber colectivo socialmente estructurado.

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El enfoque del proceso de enseñanza-aprendizaje como una elaboraciónreelaboración del conocimiento por parte del alumno, exige que los métodos de enseñanza-aprendizaje han de tener en cuenta: * Los conocimientos previos de los alumnos El nivel de desarrollo operatorio del alumno y sus conocimientos previos pertinentes, son condiciones inexcusables para poder llevar a cabo una actividad de enseñanza-aprendizaje de carácter constructivista. Si la educación escolar pretende la modificación de los esquemas de conocimiento de los alumnos, trayéndolo de una situación de equilibrio inicial para llevarlo a un equilibrio posterior a un nivel más elevado, es necesario tener en cuenta su situación de partida. * La responsabilidad de los alumnos en su proceso de aprendizaje Es importante que utilicen su propio lenguaje, el profesor actuará más tarde como guía para pulir sus errores, ayudándoles a expresar sus conocimientos con los códigos y el rigor adecuados a su capacidad cognitiva y a su desarrollo psicológico. La base del progreso personal del alumno es la actividad mental constructiva que realiza, entendida en su sentido amplio, estimulada por el aprendizaje escolar. Construir significados requiere un esfuerzo, y el que está aprendiendo debe ser consciente de lo que está haciendo y organizarse para mejorar sus resultados. Si los alumnos han de llegar a la modificación de sus esquemas de pensamiento, y ésta es una tarea que solo pueden realizar ellos mismos, es necesario orientarlos y animarlos para que se responsabilicen de su propio aprendizaje. Han de saber que el aprendizaje es también una actividad planificable, que admite estrategias, y controlable por la persona que la realiza, y que es posible aprender a aprender, lo que equivale a ser capaz de realizar aprendizajes significativos por sí solo en una amplia gama de situaciones y de circunstancias. Se lleva a cabo mediante actividades tales como hacer trabajos, investigación, etc., así como procurando que los procedimientos sean aplicables a diferentes ámbitos y contextos. * Los tipos de contenidos que se ofrecen al alumnado Los contenidos se deben presentar con coherencia, en coordinación con los otros contenidos del área e interrelacionados con los contenidos de las distintas áreas. Reforzar e incorporar una dimensión práctica en todas las áreas, estableciendo una mayor vinculación de la escuela con el mundo del trabajo. El profesor actúa como guía, y no como presentador de conocimientos acabados; es el mediador entre los materiales, las actividades presentadas y el sujeto. El aprendizaje no se afirma si no es significativo, es decir, si el alumno no puede relacionar la nueva información o campo de experiencias que se le ofrecen con algún elemento de su estructura cognitiva. Para contextualizar las nuevas adquisiciones de los alumnos y relacionar con su entramado cognitivo, la globalización de los aprendizajes es del todo imprescindible. Si pretendemos que el alumno dé significado a la nueva información, generando relaciones con la información que ya tiene acumulada, hemos de facilitarle los materiales y las estrategias adecuadas para que puedan hacerlo. Es, por tanto, importantísimo, seleccionar los contenidos del aprendizaje en función de su oportunidad psicopedagógica y procurar que las diferentes categorías de contenidos (procedimiento, conceptos y actitudes) estén presentes en las actividades del aprendizaje. Un aprendizaje significativo es también un aprendizaje funcional, ya que los alumnos -que han integrado los nuevos contenidos en sus esquemas de pensamiento y acción-, han de ser capaces de aplicarlos de manera efectiva cuando las circunstancias lo demanden. (Aquí juega un papel importante la memorización comprensiva. En efecto, para que un nuevo aprendizaje sea realmente significativo y funcional es

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preciso que se integre en la red memorística de la persona y que quede guardado para cuando su uso sea requerido.) Que un contenido sea potencialmente significativo es condición necesaria, pero no suficiente para su aprendizaje. Además de su significado es indispensable que los alumnos dispongan de los conocimientos previos que le permitan asumir el nuevo aprendizaje, es decir, que se sienta motivado. * La motivación del alumnado y las estrategias interactivas y de comunicación en el aula A grandes rasgos, podemos decir que un alumno se siente motivado en la medida en que puede atribuirle un sentido a lo que se le propone. La atribución de sentido a las actividades de aprendizaje que se le proponen tiene que ver con la distancia entre lo que sabe el alumno y lo nuevo que se le propone. De otro lado, el alumno se siente motivado cuando el marco de relaciones interpersonales donde se da el aprendizaje favorece la confianza mutua, la aceptación y el respeto. Es preciso aprovechar las posibilidades educativas de la interacción entre iguales y favorecer el trabajo cooperativo, el intercambio de roles y las tareas colectivas. No se debe olvidar que los procesos de reconstrucción del conocimiento requieren un marco interactivo y, desde este punto de vista, es importante aprovechar la potencialidad investigadora del trabajo en equipo. Finalmente, y como hemos apuntado anteriormente, es preciso traspasar progresivamente la responsabilidad del aprendizaje de los profesores a los alumnos. Estos estarán más motivados en la medida en que adquieran conciencia de sus esquemas conceptuales, de sus habilidades y de sus puntos de vista; que sientan la necesidad de ampliar o rectificar sus concepciones; que descubran que la nueva situación cognitiva que se les ofrece es estimulante y deseable, y que, por tanto, lo que se les pide no está exento de sentido.

DIRECTRICES GENERALES PARA INCORPORAR EN LAS PROGRAMACIONES DOCENTES ACTIVIDADES QUE ESTIMULEN EL INTERÉS Y EL HÁBITO DE LECTURA Y LA CAPACIDAD DE EXPRESARSE CORRECTAMENTE EN PÚBLICO, ASÍ COMO EL USO DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN Los Departamentos docentes, a través de sus respectivas programaciones, incorporarán actividades que estimulen el interés y el hábito de lectura y la capacidad de expresarse correctamente en público, así como el uso de las tecnologías de la información y la comunicación. Como directrices generales, se pueden señalar las siguientes: En las programaciones de los diferentes departamentos, se reflejará la manera en la que se trabajará y desarrollará, por parte de cada uno de ellos, el PLEI. Desde el programa institucional de biblioteca se llevarán a cabo durante el año, una serie de actividades de dinamización y fomento del gusto por la lectura. Relacionado directamente con el desarrollo de la capacidad para expresarse en público, se organizará, desde el citado programa diferentes actividades a lo largo del año. 1. Respecto a las actividades que estimulen el interés y el hábito de la lectura:

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* * * *

Lectura Lectura Lectura Lectura

de de de de

obras literarias. obras de divulgación científica, histórica, etc. artículos periodísticos. cómics, etc.

2. Respecto a las actividades que estimulen la capacidad de expresarse correctamente en público: * * * *

Realización de debates. Exposición oral de trabajos realizados por los propios alumnos. Lectura de textos en voz alta. Dramatizaciones, etc.

3. Respecto a las actividades que estimulen el uso de las tecnologías de la información y la comunicación: Trabajamos en la línea de facilitar el acceso a las tics al alumnado y al profesorado y la incorporación en las programaciones de actividades relacionadas con este tema con actuaciones continuadas en la línea de mejorar la conectividad a internet y la mejora de los equipos informáticos. Potenciaremos el acceso a la página web del centro y a los diferentes blogs relacionados con el mismo, a través de diferentes actividades a desarrollar por distintos departamentos a lo largo del curso. Actividades en general: * * * *

Búsqueda de documentación en Internet. Uso de programas informáticos: simuladores, tests en línea, etc. Visionado de documentales. Presentación de trabajos mediante Power Point, etc.

e- Criterios generales sobre la elección de los materiales curriculares que se vayan a utilizar, incluidos, en su caso, los libros de texto.

Según aparece en el artículo 35 del Decreto 42/2015, en el ejercicio de la autonomía pedagógica, los centros docentes acordarán los materiales curriculares que se utilizarán en los diferentes cursos de la etapa. Deberán adaptarse al rigor científico adecuado a las edades de los alumnos y alumnas y al currículo establecido en el citado decreto. Asimismo, deberán reflejar y fomentar el respeto a los principios, valores, libertades, derechos y deberes constitucionales, así como a los principios y valores recogidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, en el presente decreto, en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y en la Ley del Principado de Asturias 2/2011, de 11 de marzo para la igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género, a los que ha de ajustarse toda la actividad educativa. Los libros de texto adoptados para un determinado curso no podrán sustituirse por otros durante un período mínimo de cinco años. Excepcionalmente y por razones debidamente justificadas, los libros de texto podrán sustituirse antes de los cinco años, previa autorización de la Consejería competente en materia educativa. Para ello, la

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dirección del centro informará al Consejo Escolar y remitirá la propuesta realizada y el correspondiente informe a la Consejería. Los materiales curriculares que se utilizarán en nuestro centro serán aquellos que determinen los Departamentos Didácticos teniendo en cuenta los siguientes aspectos: -

Los objetivos promovidos por el Centro. Coherencia con los contenidos de las áreas. Acertada progresión de los contenidos y objetivos. Adecuación a los criterios de evaluación del Centro. Variedad de actividades para la atención a las diferencias individuales.

Los distintos Departamentos seleccionarán aquellos materiales, libros de texto, libros de consulta más adaptados a su currículo. En todo caso, consideramos conveniente tener presente los siguientes aspectos: Los materiales curriculares serán diversificados con objeto de adaptarse a las características del alumnado, intentando integrar la realidad y el contexto en las aulas. En este sentido, incluiremos los recursos del entorno, los soportes audiovisuales, las nuevas tecnologías, los medios de comunicación, etc. La diversidad de recursos permitirá el desarrollo de un uso creativo y crítico de los mismos, entendiéndolos siempre como mediadores didácticos al servicio de la consecución de las finalidades educativas y la implantación y desarrollo de los objetivos de la etapa. La selección de los materiales curriculares será adoptada por los diversos Departamentos teniendo presentes un conjunto de criterios coherentes con el modelo didáctico descrito en los apartados anteriores. Dichos criterios girarán en torno a: • Grado de adecuación a las Finalidades Educativas, Proyecto Curricular y peculiaridades del Centro • Manifestación clara de los objetivos o capacidades a desarrollar. • Coordinación y correspondencia entre objetivos, contenidos, finalidades y desarrollo de capacidades propias de su nivel • Selección de contenidos en función de los objetivos • La selección de contenidos está adecuada al nivel de desarrollo y maduración del alumnado • Claridad en la información y las explicaciones de los conceptos. • Presentación de gráficos, esquemas, imágenes, mapas, informaciones gráficas en general, que aportan aclaraciones o ampliaciones al texto • Tiene apoyo de otros recursos que faciliten la actividad educativa. • Parte de los conocimientos previos de los alumnos/as • Propicia el aprendizaje significativo • Despierta la motivación y el interés hacia el estudio • Potencia el uso de las técnicas de trabajo intelectual • Presenta actividades de refuerzo y de ampliación • La cantidad de actividades es suficiente • Presenta diversificación de actividades intentando contemplar la atención a la diversidad • Las informaciones son exactas, actuales y científicamente rigurosas • Facilita la memorización comprensiva mediante una adecuada organización de las ideas, destacando las principales sobre las secundarias • El lenguaje está adaptado al nivel

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f- Las directrices generales sobre los procedimientos e instrumentos para la evaluación de los aprendizajes.

La evaluación constituye un momento crucial del proceso educativo que concierne no sólo al alumno y que debe servir como instrumento para la mejora de la práctica docente. Objetivos de la Evaluación: a) Valorar el grado de consecución de los objetivos de la etapa y la adquisición de las competencias. b) Examinar la eficacia de los métodos adoptados y el ritmo del proceso y estudiar alternativas. c) Determinar la adecuación del contenido de los programas y revisarlo de acuerdo con su eficacia e interés formativo. d) Comprobar el progreso en el nivel de aprendizaje. e) Acordar las medidas de ayuda, recuperación y adaptación que deban tomarse con los alumnos que lo necesiten. f) Estudiar y apreciar el aprovechamiento y conducta del grupo y de cada uno de los alumnos para ayudarles a orientarse en sus estudios y elección de profesión. g) Descubrir las aptitudes e intereses específicos de cada alumno y alumna para alentar y facilitar su desarrollo y realización. h) Plasmar lo anterior en las sesiones de evaluación, recogiendo las calificaciones y los comentarios y acuerdos; así como las propuestas de mejora que se especifiquen en cada caso. i) Acordar, en función de los criterios establecidos, la superación de cada una de las asignaturas concretas del curso, concluyendo en la promoción o, en su caso, repetición del mismo. Características de la evaluación: Las características que ha de tener la evaluación son las siguientes: a) Progresiva, que permita, a partir de la situación inicial, conocer el progreso del alumno. Se puede realizar al comienzo del curso una prueba de carácter general que nos de algunos indicadores, y otra específica de cada asignatura. Estas pruebas se pueden completar o sustituir por una observación sistemática en un período inicial del curso. Además se debe disponer, a través del tutor, del historial del alumno. Es obvio que la medición del punto de partida tiene sentido sólo si ello va a suponer diferentes tomas de decisiones referentes a los criterios de evaluación que consideren también el aspecto de la progresión. b) Continúa, que suponga una recogida de información e interpretación de forma sistemática y no en momentos aislados, lo que no significa necesariamente llenar la programación de ―controles‖ para tener más notas. La evaluación continua tiene por objeto detectar el momento en que se producen los obstáculos en el aprendizaje para poner los medios correctores. Lo cierto es que en la práctica resulta utópico realizar una evaluación adecuada: muchos alumnos, pocas horas de la materia, etc. Aún así, debemos trabajar desde los departamentos en la búsqueda de los mecanismos adecuados: fichas de seguimiento, listas de control, etc. c) Global. No debe quedar reducida al ámbito de los conceptos (en las asignaturas más ―teóricas‖) o los procedimientos (actividades realizadas, en las asignaturas de tipo más ―práctico‖). Para ello puede ser útil una definición clara de conceptos, procedimientos y actitudes, para poder así observarlos y evaluarlos por separado. Independientemente de que la normativa nos exija emitir tres notas mas una global o

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ésta sólo, nos parece importante la consideración de los tres tipos de contenidos por separado en su evaluación. d) Diversificada. La evaluación debería realizarse mediante diversas técnicas y métodos. Cada asignatura deberá fijar sus instrumentos de evaluación, y basándose en esto diseñar las fichas de seguimiento, tipos de actividades de evaluación, tipos de listas de control, entrevistas, trabajos para fuera del aula, cuestionarios, escalas de clasificación, etc. e) Aun en Bachillerato, la evaluación deberá adecuarse en cierta medida a las posibles características de los alumnos, del contexto, de sus intereses y tomar en consideración los múltiples factores previstos y no previstos, permanentes o transitorios, que condicionan el proceso de enseñanza aprendizaje. La evaluación ha de adoptar, por tanto, criterios flexibles y no rígidos. En la práctica deberíamos disponer, a través del tutor por ejemplo, de la información oportuna sobre las circunstancias a tener en cuenta respecto al grupo clase, o a alumnos concretos, al objeto de considerarla en el proceso de evaluación. f) Transparente. Implica facilitar al alumno, y a sus padres, la información necesaria para que pueda conocer su proceso de aprendizaje, tanto sus avances como sus dificultades, informándole sobre la forma o instrumentos para superarlas. Debemos dar a conocer a los alumnos, de una forma clara, los objetivos, los contenidos, y los criterios de evaluación, tanto con carácter general de área como en las diversas actividades, de manera que los alumnos sean capaces de discernir si su proceso de aprendizaje se acomoda o no a los objetivos prefijados. Por otra parte, parece importante que cuando evaluemos, además de emitir una nota (bien global o de los tres contenidos) ofrezcamos una información al alumno, y a sus padres, del porqué de su calificación. Asimismo, las sesiones de evaluación deberían emitir un informe concreto y acordado en el caso de aquellos alumnos que lo precisen. g) Facilitar la autoevaluación. Es aconsejable hacer participar al alumno en su propia evaluación. A partir de ella creemos que se pueden desarrollar actitudes reflexivas, tanto individuales como de grupo, capaces de actuar sobre las capacidades de razonamiento, de conocimiento personal y de emitir juicios. Parece interesante dedicar algún tiempo a facilitar la autoevaluación tanto de grupo como individual donde se contemple la adquisición de conocimientos, las actitudes, las aptitudes, el esfuerzo personal, etc. h) Recíproca. Es importante conocer la opinión sincera de los alumnos sobre nuestros métodos de enseñanza. Conocerla no significa adaptarnos necesariamente a lo que ellos quieran, pero sí considerarla y actuar en consecuencia. Podemos conocer la opinión de los alumnos de varias formas: la encuesta de tipo anónima, los debates del grupo para preparar la sesión de evaluación, la presencia de alumnos en las sesiones de evaluación. i) Controladora del proceso educativo. Ha de servir para comprobar la validez de las estrategias didácticas empleadas. Se debe determinar de forma sistemática la del grado de cumplimiento de las intenciones educativas, sirviendo para introducir los elementos correctores. Las programaciones por áreas deberían especificar de forma precisa los objetivos, contenidos y criterios de evaluación en función de los objetivos, las estrategias de aprendizaje, etc. Se deben seleccionar las actividades que más se acomoden a los objetivos. Es importante el análisis periódico (al menos una vez al trimestre) desde el profesor, los departamentos, o el propio Claustro, proponiéndose las medidas correctoras que sean necesarias y posibles. Los diferentes análisis, memorias y propuestas deberán quedar escritas y adecuadamente archivadas por interés futuro y no viendo en ellos sólo una obligación de tipo burocrático. Sobre la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de bachillerato tendremos como referencia fundamental lo que prescribe el

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artículo 23 “Evaluación del alumnado durante la etapa” y en especial lo establecido en los apartados 2 y 6 del mismo. 1. La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de Bachillerato será continua, y diferenciada según las distintas materias, se llevará a cabo por el profesorado, tendrá un carácter formativo y será un instrumento para la mejora tanto de los procesos de enseñanza como de los procesos de aprendizaje. 2. Los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias y el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continúa y final de las materias son los criterios de evaluación y los indicadores a ellos asociados en cada uno de los cursos así como los estándares de aprendizaje evaluables. 3. Se establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de realización de las evaluaciones, incluida la evaluación final de etapa, se adapten a las necesidades del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo; estas adaptaciones en ningún caso se tendrán en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas. 4. Los profesores y las profesoras que imparten docencia en un mismo grupo se reunirán periódicamente en sesiones de evaluación, al menos una vez al trimestre, de acuerdo con lo que se establezca en el proyecto educativo y en la programación general anual del centro docente, para realizar el seguimiento y evaluación tanto de los aprendizajes del alumnado como de los procesos de enseñanza y su propia práctica docente. 5. El tutor o la tutora coordinará las reuniones a las que se refiere el apartado anterior y, tras la celebración de las mismas o cuando se den las circunstancias que lo aconsejen, informará por escrito a cada estudiante y a su familia sobre el resultado del proceso de aprendizaje seguido. 6. El profesorado de cada materia decidirá, al término del curso, si el alumno o alumna ha logrado los objetivos y ha alcanzado el adecuado grado de adquisición de las competencias correspondientes, de acuerdo con los referentes establecidos en el apartado 2. 7. El equipo docente, constituido en cada caso por los profesores y las profesoras del alumno o de la alumna, coordinado por el tutor o la tutora y asesorado, en su caso, por el o la especialista en psicopedagogía del Departamento de Orientación del centro docente, valorará su evolución en el conjunto de las materias y su madurez académica en relación con los objetivos del Bachillerato y las competencias correspondientes, de acuerdo con lo establecido en la concreción curricular del proyecto educativo del centro. 8. Con el fin de facilitar a los alumnos y las alumnas la recuperación de las materias con evaluación negativa, la Consejería competente en materia educativa regulará las condiciones para que los centros organicen las oportunas pruebas extraordinarias y programas individualizados en las condiciones que determinen. 9. La Consejería competente en materia de educación establecerá los procedimientos que garanticen el derecho del alumnado a una evaluación objetiva y a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad. Los procedimientos e instrumentos de evaluación tienen que ser las herramientas que permitan valorar lo que el estudiante debe saber, comprender y saber hacer y aplicar en cada materia de acuerdo con los indicadores establecidos en los criterios de evaluación y en los estándares de aprendizaje evaluables. Resultados de la evaluación. Según el artículo 24 del Decreto 42/2015.

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1. De conformidad con lo establecido en el apartado 2 de la disposición adicional sexta del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, en Bachillerato los resultados de la evaluación de las materias se expresarán mediante calificaciones numéricas de cero a diez sin decimales, y se considerarán negativas las calificaciones inferiores a cinco. Cuando el alumnado no se presente a las pruebas extraordinarias se consignará No Presentado (NP). 2. La nota media de la etapa será la media aritmética de las calificaciones numéricas obtenidas en cada una de las materias, redondeada a la centésima más próxima y en caso de equidistancia a la superior. La situación No Presentado (NP) equivaldrá a la calificación numérica mínima establecida para la etapa, salvo que exista una calificación numérica obtenida para la misma materia en prueba ordinaria, en cuyo caso se tendrá en cuenta dicha calificación. 3. Se podrá otorgar Matrícula de Honor a los alumnos y las alumnas que hayan demostrado un rendimiento académico excelente al final de la etapa o en la evaluación final de Bachillerato, de acuerdo con el procedimiento que establezca la Consejería competente en materia educativa. Evaluación final de Bachillerato. Según el artículo 25 del Decreto 42/2015. 1. Los alumnos y las alumnas realizarán una evaluación individualizada al finalizar el Bachillerato, en la que se comprobará el logro de los objetivos de la etapa y el grado de adquisición de las competencias correspondientes en relación con las siguientes materias: a) Todas las materias generales cursadas en el bloque de asignaturas troncales. En el supuesto de materias que impliquen continuidad, a la que se refiere el artículo 33 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, se tendrá en cuenta sólo la materia cursada en segundo curso. b) Dos de las materias de opción cursadas en el bloque de asignaturas troncales, en cualquiera de los dos cursos. Las materias que impliquen continuidad entre los cursos primero y segundo curso sólo computarán como una materia; en este supuesto se tendrá en cuenta sólo la materia cursada en segundo curso. c) Una materia del bloque de asignaturas específicas cursada en cualquiera de los cursos, que no sea Educación Física ni Religión. 2. Sólo podrá presentarse a esta evaluación el alumnado que haya obtenido evaluación positiva en todas las materias. A estos efectos, sólo se computarán las materias que como mínimo el alumno o la alumna debe cursar en cada uno de los bloques, según lo establecido en los artículos 27 y 28 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre. 3. En el caso de alumnos y alumnas que deseen obtener el título de Bachiller por más de una modalidad, podrán solicitar que se les evalúe de las materias generales y de opción de su elección del bloque de asignaturas troncales, correspondientes a las modalidades escogidas. 4. Se celebrarán al menos dos convocatorias anuales, una ordinaria y otra extraordinaria. Las características, diseño y contenido de las pruebas para cada convocatoria serán las que establezca el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para todo el sistema educativo español. 5. La superación de esta evaluación requerirá una calificación igual o superior a 5 puntos sobre 10. Los alumnos y las alumnas que no hayan superado esta evaluación, o que deseen elevar su calificación final de Bachillerato, podrán repetir la evaluación en convocatorias sucesivas, previa solicitud, de acuerdo con el procedimiento que establezca la Consejería competente en materia educativa. Se tomará en consideración

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la calificación más alta de las obtenidas en las convocatorias a las que el alumno o la alumna haya concurrido. Promoción y permanencia del alumnado. Según el artículo 18 de la Resolución de 26 de mayo de 2016, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regula el proceso de evaluación del aprendizaje del alumnado de bachillerato y se establecen el procedimiento para asegurar la evaluación objetiva y los modelos de los documentos oficiales de evaluación. Artículo 18.—Promoción. 1. Al finalizar el primer curso y como consecuencia del proceso de evaluación, el equipo docente tomará las decisiones correspondientes sobre la promoción del alumnado de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.1 del Decreto 42/2015, de 10 de junio. 2. Los alumnos y las alumnas promocionarán de primero a segundo de bachillerato cuando hayan superado las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias, como máximo. A los efectos de la promoción, sólo se computarán las materias troncales generales y de opción cursadas, la materia específica obligatoria y dos de las materias específicas elegidas. Artículo 19.—Programa de recuperación del alumnado que promociona a segundo curso con materias pendientes del primer curso. 1. Quienes promocionen al segundo curso sin haber superado todas las materias del primer curso deberán matricularse de las materias no superadas y seguirán los programas de recuperación a que se hace referencia en el artículo 18.5 a) del Decreto 42/2015, de 10 de junio. 2. Los órganos de coordinación docente responsables de la elaboración de la programación docente organizarán un programa de recuperación para el alumnado que promocione a segundo curso con materias pendientes del primer curso o con análoga consideración, de acuerdo con las directrices generales establecidas en la concreción curricular del Proyecto educativo de centro, en el que figurarán: a) El plan de trabajo y las actividades de recuperación que deba realizar el alumnado. b) El sistema de evaluación y la programación de las pruebas parciales que se organicen para verificar la recuperación de las dificultades que motivaron la no superación de la materia. c) El profesorado responsable del seguimiento, aplicación, evaluación y calificación de la materia no superada. d) Las sesiones lectivas específicas que se destinen a la aplicación del programa de recuperación, si la organización del centro lo permite. 3. Al comienzo del curso escolar, el órgano de coordinación docente, con la colaboración del profesor tutor o de la profesora tutora informará sobre el contenido del programa de recuperación a cada alumno y alumna y a su padre, madre, tutor o tutora legal. 4. El alumnado que siga un programa de recuperación deberá superar las evaluaciones que en él se establezcan. Al menos una vez al trimestre, se informará de los resultados de la evaluación al alumno o alumna y a sus padres, madres o tutores legales. Artículo 20.—Tratamiento de las materias no superadas o de tratamiento análogo a las materias pendientes. 1. La evaluación final, ordinaria o extraordinaria, de las materias pendientes de primer curso o de tratamiento análogo debido a cambios de modalidad o a cursar materias sometidas a prelación, se realizará en el transcurso de la sesión de evaluación final ordinaria o extraordinaria correspondiente al segundo curso. 2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 26.4 del Decreto 42/2015, de 10 de junio, la superación de las materias de segundo curso que se indican en el anexo III del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, estará condicionada a la superación de las correspondientes materias de primer curso indicadas en dicho anexo por implicar continuidad.

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Las materias no calificadas, como consecuencia de estar sometidas a la prelación a que se refiere el apartado anterior, se computarán como pendientes. Esta circunstancia se hará constar en los documentos de evaluación según lo establecido en el artículo 25. 3. El alumnado que al término del segundo curso tuviera evaluación negativa en algunas materias podrá matricularse de ellas sin necesidad de cursar de nuevo las materias superadas u optar por repetir el curso completo. Artículo 21.—Permanencia. 1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del Decreto 42/2015, de 10 de junio, los alumnos y las alumnas podrán permanecer cursando bachillerato en régimen ordinario durante cuatro años, consecutivos o no. Sin superar este plazo máximo para cursar el bachillerato, los alumnos y las alumnas podrán repetir cada uno de los cursos una sola vez como máximo, si bien excepcionalmente podrán repetir uno de los cursos una segunda vez, previo informe favorable del equipo docente. No obstante, el alumnado con necesidades educativas especiales que curse el bachillerato distribuido en bloques, podrá permanecer un máximo de seis años en la etapa. Quienes hubieran agotado ese plazo sin haber superado todas las materias, podrán continuar sus estudios en los regímenes del bachillerato a distancia y del bachillerato nocturno. 2. Con el objeto de no agotar el número de años que se puede permanecer escolarizado en el régimen ordinario, el alumnado podrá solicitar del Director o de la Directora del centro docente público en el que cursen sus estudios, o de aquel al que esté adscrito el centro de titularidad privada donde reciben las enseñanzas del bachillerato, la anulación de la matrícula cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes: enfermedad prolongada; incorporación a otras enseñanzas o a un puesto de trabajo u obligaciones de tipo personal o familiar que impidan la normal dedicación al estudio. 3. Con carácter general, las solicitudes de anulación de matrícula se formularán antes de finalizar el mes de abril, y se acompañarán de los documentos acreditativos de las circunstancias alegadas. 4. Corresponde al Director o la Directora del centro docente público en el que cursen sus estudios, o de aquel al que esté adscrito el centro docente privado donde se reciben las enseñanzas del bachillerato, resolver las solicitudes de anulación de matrícula en el plazo máximo de quince días. Dicha resolución deberá quedar registrada en los documentos oficiales del alumno o de la alumna. Título de Bachiller. Decreto 42/2015, de 10 de junio, recibirá el título de Bachiller, que tendrá validez en todo el territorio nacional y que facultará para acceder a las distintas enseñanzas que constituyen la educación superior establecidas en el artículo 3.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, de acuerdo con los requisitos que se establecen para cada enseñanza. Artículo 23. 7. El equipo docente, constituido en cada caso por los profesores y las profesoras del alumno o de la alumna, coordinado por el tutor o la tutora y asesorado, en su caso, por el o la especialista en psicopedagogía del Departamento de Orientación del centro docente, valorará su evolución en el conjunto de las materias y su madurez académica en relación con los objetivos del Bachillerato y las competencias correspondientes, de acuerdo con lo establecido en la concreción curricular del proyecto educativo del centro. Criterios para valorará la evolución en el conjunto de las materias y la madurez académica en relación con los objetivos del Bachillerato y las competencias correspondientes:

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Artículo 29. 1. De conformidad con lo establecido en el artículo 34 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, para obtener el título de Bachiller será necesaria la superación de la evaluación final de Bachillerato a que se refiere el artículo 25, así como una calificación final de Bachillerato igual o superior a 5 puntos sobre 10. La calificación final de esta etapa se deducirá de la siguiente ponderación: a) Con un peso del 60%, la media de las calificaciones numéricas obtenidas en cada una de las materias cursadas en Bachillerato. b) Con un peso del 40%, la nota obtenida en la evaluación final de Bachillerato. 2. En el título de Bachiller constará al menos la siguiente información: a) Modalidad cursada. En el caso de alumnos y alumnas que deseen obtener el título de Bachiller por más de una modalidad, se harán constar las modalidades que hayan superado en la evaluación final. b) Calificación final de Bachillerato. 3. La evaluación positiva en todas las materias del Bachillerato sin haber superado la evaluación final de esta etapa dará derecho al alumno o a la alumna a obtener un certificado que surtirá los efectos laborales y académicos previstos en los artículos 41.2 b), 41.3 a) y 64.2 d) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. Dicho certificado será emitido por el centro docente en que se haya formalizado la última matrícula, y en él se consignarán, al menos, los siguientes elementos: a) Datos oficiales identificativos del centro docente. b) Nombre y documento acreditativo de la identidad del alumno o de la alumna. c) Fecha de comienzo y finalización del Bachillerato. d) Informe de la junta de evaluación del último curso escolar en el que haya estado matriculado, en el que se indique el grado de logro de los objetivos de la etapa y de adquisición de las competencias correspondientes, así como la formación complementaria que debería cursar para obtener el título de Bachillerato. A estos efectos, la Consejería competente en materia educativa pondrá a disposición de los centros los instrumentos necesarios para realizar este informe. 4. Asimismo, conforme a lo dispuesto en los artículos 44.4 y 50.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, respectivamente, el alumnado que se encuentre en posesión de un título de Técnico o Técnica o de Técnico o Técnica Superior, o de Técnico o Técnica de las Enseñanzas Profesionales de Música o de Danza podrá obtener el título de Bachiller por la superación de la evaluación final de Bachillerato en relación con las materias del bloque de asignaturas troncales que como mínimo se deban cursar en la modalidad y opción que escoja el alumno o la alumna. En el título de Bachiller deberá hacerse referencia a que dicho título se ha obtenido de la forma indicada en el párrafo anterior, así como la calificación final de Bachillerato, que será la nota obtenida en la evaluación final de Bachillerato.

Resolución de 26 de mayo de 2016, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regula el proceso de evaluación del aprendizaje del alumnado de bachillerato y se establecen el procedimiento para asegurar la evaluación objetiva y los modelos de los documentos oficiales de evaluación. Artículo 4.- Equipo Docente. 2. De acuerdo con lo que establece el artículo 22 del Decreto 42/2015 de 10 de junio, los equipos docentes tendrán la responsabilidad de llevar a cabo el seguimiento global del alumnado del grupo, estableciendo las medidas necesarias para la mejora del aprendizaje. Asimismo, conforme a lo establecido en el artículo 23.7 del citado decreto, valorarán la evolución de cada alumno y alumna en el conjunto de las materias y su madurez académica en relación con los objetivos del bachillerato y las competencias correspondientes, así como, al final de la etapa, sus posibilidades

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de progreso en estudios posteriores, de acuerdo con los criterios que al efecto se establezcan en la concreción curricular del proyecto educativo del centro. Artículo 22.—Título de Bachiller y certificaciones. 1. El alumnado que cumpla las condiciones de titulación establecidas en el artículo 29 del Decreto 42/2015, de 10 de junio, recibirá el título de Bachiller, que tendrá validez en todo el territorio nacional y que facultará para acceder a las distintas enseñanzas que constituyen la educación superior establecidas en el artículo 3.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, de acuerdo con los requisitos que se establecen para cada enseñanza. 2. A los efectos de la obtención del título de Bachiller tanto por parte de quienes hayan cursado las enseñanzas de bachillerato, como quienes se encuentren en posesión de un título de Técnico o Técnica o de Técnico o Técnica Superior, o de Técnico o Técnica de las Enseñanzas Profesionales de Música o de Danza, se estará a lo dispuesto en el artículo 29.4 del Decreto 42/2015, de 10 de junio. 3. El alumnado que no obtenga el título de Bachiller, una vez realizada la evaluación final de etapa a la que se hace referencia en el artículo 8, podrá asistir a las enseñanzas de las materias de bachillerato en los centros docentes, siempre que no se supere el número de alumnado por aula en la materia correspondiente, establecido en la normativa vigente, y que el alumno o la alumna asuma el compromiso expreso de asistencia y trabajo que exige el desarrollo normal de los procesos de enseñanza y aprendizaje. En todo caso, a los efectos de control de absentismo y de aplicación de las normas de convivencia, este alumnado tendrá idéntica consideración que el restante alumnado, sin perjuicio de que cada centro docente pueda establecer en su reglamento de régimen interior el número de faltas de asistencia que puedan ocasionar la suspensión definitiva del derecho de asistencia a las clases de las materias. 4. El alumnado que no obtenga el título al que se refiere el apartado 1, recibirá un certificado que surtirá los efectos laborales y académicos previstos en los artículos 41.2 b), 41.3 a) y 64.2 d) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, conforme a lo establecido en el artículo 29.3 del Decreto 42/2015, de 10 de junio. Real Decreto 562/2017, de 2 de junio, por el que se regulan las condiciones para la obtención de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. Para obtener el título de Bachiller será necesaria la evaluación positiva en todas las materias de los dos cursos de Bachillerato. La calificación final de la etapa será la media aritmética de las calificaciones numéricas obtenidas en cada una de las materias cursadas en el Bachillerato, expresada en una escala de 0 a 10 con dos decimales, redondeada a la centésima. Periodicidad de las sesiones de evaluación. La periodicidad de las sesiones de evaluación será una vez al trimestre, por lo que se celebrarán tres sesiones de evaluación y calificación a lo largo del curso, la última de las sesiones tendrá carácter de evaluación final ordinaria. La primera evaluación coincidirá temporalmente en los dos cursos de bachillerato. En segundo curso, la segunda y tercera evaluación se adelantará respecto a las fechas de 1º de bachillerato para igualar lo máximo posible el reparto de número de días lectivos por evaluación. Por lo que respecta a las sesiones de evaluación, el tutor del grupo dirigirá el desarrollo de las mismas de acuerdo al orden del día. Al inicio de ellas podrá asistir el delegado del curso.

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Garantías para la evaluación objetiva, según consta en el artículo 21 del de Decreto 42/2015. 1. Con el fin de garantizar el derecho que asiste a los alumnos y a las alumnas a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad, los centros docentes informarán sobre los objetivos y competencias de la etapa y darán a conocer los contenidos, los criterios de evaluación y los indicadores a ellos asociados en cada uno de los cursos, así como los estándares de aprendizaje evaluables, de las distintas materias. 2. Los alumnos y las alumnas o los padres, las madres, los tutores y las tutoras legales podrán solicitar del profesorado cuantas aclaraciones consideren precisas acerca de las valoraciones que se realicen sobre el proceso de aprendizaje de los alumnos y de las alumnas, así como sobre las calificaciones o decisiones finales que se adopten como resultado de dicho proceso y tendrán acceso a los documentos oficiales de evaluación y a los exámenes y documentos de las evaluaciones que se realicen a sus hijos, hijas, tutelados o tuteladas, pudiendo obtener copia de los mismos. 3. Los alumnos y las alumnas o los padres, las madres, los tutores y las tutoras legales serán informados sobre el derecho que les asiste para formular reclamaciones en los términos establecidos en la normativa vigente. Asimismo los centros docentes informarán sobre el procedimiento que la Consejería competente en materia educativa establezca para posibilitar el ejercicio de este derecho. Instrumentos y estrategias de evaluación. Corresponde a cada Departamento el consignar en su Programación docente los pormenores del proceso de evaluación, los instrumentos a utilizar y las estrategias a seguir. En concordancia con lo expuesto anteriormente, tales pormenores deben ser conocidos por el alumno al comienzo del curso, recibiendo cuantas aclaraciones reclame. Es de gran utilidad desde el tipo de evaluación que proponemos la entrega al alumno de sus pruebas o exámenes convenientemente revisados para que pueda conocer las carencias que presenta, e incluso para comprobar que su evaluación se sujeta a los parámetros previstos. Repercusiones del absentismo en el proceso de evaluación. La falta a clase de modo reiterado puede provocar la imposibilidad de aplicación correcta de los criterios generales de evaluación. Además de las correcciones que se adopten en el caso de faltas injustificadas, en el Documento de Normas de Organización y Funcionamiento del Centro, en lo que respecta al Plan de Convivencia y dentro del Reglamento de Régimen Interior se establecen el número de faltas justificadas o no justificadas a partir del cual los departamentos didácticos reflejarán en sus programaciones los sistemas extraordinarios de evaluación que estimen oportunos a aplicar.

Documentos de evaluación en el bachillerato. 1. De conformidad con lo establecido en la disposición adicional sexta del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, los documentos oficiales de evaluación son: el expediente académico, las actas de evaluación, el informe personal por traslado, y el

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historial académico de Bachillerato. Asimismo, tendrá la consideración de documento oficial el relativo a la evaluación final de Bachillerato a la que se refiere el artículo 25. 2. Los resultados de la evaluación final de cada uno de los cursos se consignarán en los documentos oficiales de evaluación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 y con el procedimiento que establezca la Consejería competente en materia educativa. 3. La Consejería competente en materia educativa establecerá los procedimientos oportunos para garantizar la autenticidad de los documentos oficiales de evaluación, la integridad de los datos recogidos en los mismos y su supervisión y custodia. 4. El historial académico, y en su caso el informe personal por traslado, se consideran documentos básicos para garantizar la movilidad del alumnado por todo el territorio nacional.

g- Las directrices y decisiones referidas a la atención a la diversidad del alumnado.

Introducción. En el artículo 17 del Decreto 42/2015 se dice sobre la atención a la diversidad: 1. Se entiende por atención a la diversidad el conjunto de actuaciones educativas dirigidas a dar respuesta educativa a las diferentes capacidades, ritmos y estilos de aprendizaje, motivaciones e intereses, situaciones sociales, culturales, lingüísticas y de salud del alumnado. 2. La atención a la diversidad tenderá a que todo el alumnado alcance los objetivos y competencias establecidos para el Bachillerato y se regirá por los principios de calidad, equidad e igualdad de oportunidades, normalización, integración e inclusión escolar, igualdad entre mujeres y hombres, no discriminación, flexibilidad, accesibilidad y diseño universal y cooperación de la comunidad educativa. 3. Las medidas de atención a la diversidad estarán orientadas a responder a las necesidades educativas concretas del alumnado de forma flexible y reversible, y no podrán suponer discriminación alguna que le impida alcanzar los objetivos de la etapa y desarrollar al máximo sus capacidades así como obtener la titulación correspondiente. En el artículo 18 del citado Decreto se expone sobre las medidas de atención a la diversidad: 1. Los centros docentes dispondrán de autonomía para organizar las medidas de atención a la diversidad en las condiciones que establezca la Consejería competente en materia de educación. 2. Las medidas de atención a la diversidad podrán ser de carácter ordinario, dirigidas a todo el alumnado, o de carácter singular, dirigidas a alumnado con perfiles específicos y estarán recogidas en el programa de atención a la diversidad del centro docente. 3. Las medidas de carácter ordinario favorecerán la convivencia, la formación y la plena participación del alumnado en el aprendizaje y se organizarán sobre la base del trabajo conjunto y coordinado de los distintos profesionales. 4. El profesorado adoptará medidas de carácter ordinario, adecuando su programación didáctica a las necesidades del alumnado, adaptando actividades,

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metodología o temporalización que faciliten la prevención de dificultades de aprendizaje y favorezcan el éxito escolar del alumnado. 5. Las medidas de carácter singular son aquellas que adaptan las medidas de carácter ordinario a las necesidades y capacidades del alumnado que presenta perfiles específicos y podrán ser, entre otras, las siguientes: a) Programa de recuperación para el alumnado que promociona al segundo curso con materias pendientes. b) Adaptaciones de acceso al currículo y metodológicas para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. c) Distribución del Bachillerato en bloques de materias para el alumnado con necesidades educativas especiales, que podrá cursar el conjunto de materias de cada uno de los cursos del Bachillerato fragmentándolo en bloques anuales, con una permanencia máxima en la etapa en régimen escolarizado diurno de seis años. d) Exención, parcial o total, de alguna materia para el alumnado con necesidades educativas especiales cuando circunstancias excepcionales y debidamente acreditadas así lo aconsejen. e) Enriquecimiento y/o ampliación del currículo de Bachillerato, así como flexibilización de la duración de la etapa para el alumnado con altas capacidades intelectuales. La Consejería competente en materia de educación determinará el procedimiento para la autorización de la flexibilización del alumnado de altas capacidades y para el que presente necesidades educativas especiales. Asimismo, podrá establecer cuantas otras medidas de atención a la diversidad de carácter singular considere necesarias. 6. La Consejería competente en materia educativa determinará el procedimiento para establecer las condiciones de accesibilidad y diseño universal y los recursos de apoyo que favorezcan el acceso al currículo del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo y adaptará los instrumentos, y en su caso, los tiempos y apoyos que aseguren una correcta evaluación de este alumnado. 7. Las medidas de atención a la diversidad que adopte cada centro formarán parte del Programa de atención a la diversidad, que se incluirá en la programación general anual. Carácter ordinario. Agrupamiento del alumnado. Los diversos modelos de agrupamiento que adopta el Centro son una dimensión esencial del Proyecto Curricular. Creemos que utilizar un único modelo de agrupamiento, con independencia de la diversidad de características del conjunto de alumnos y de las actividades de enseñanza-aprendizaje, limita el potencial enriquecedor del proceso educativo. La diversidad de agrupamientos a lo largo de este proceso cumple dos objetivos:  Proporciona una mejor explotación de las actividades escolares.  Constituye un instrumento de adecuación metodológica a las necesidades de nuestros alumnos y alumnas. La selección de los diversos tipos de agrupamiento que se van a articular atiende a los siguientes principios:  Parten del Proyecto Educativo del Centro.  Responden a las posibilidades y recursos, materiales y humanos, del Centro.

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 Son suficientemente flexibles para realizar adecuaciones puntuales en ciertas actividades.  Parten de la observación real de nuestros alumnos y alumnas y de la predicción de sus necesidades.  Mantienen una estrecha relación con la naturaleza disciplinar de la asignatura. Los criterios de distribución del alumnado por aulas deben de obedecer a un análisis sistemático, que recoja aspectos tan importantes como el punto de partida de los alumnos al llegar al inicio del ciclo y de cada curso, las peculiaridades educativas del centro y la naturaleza del área o actividad. La organización de los espacios.   

La distribución de espacios se formula a partir de los siguientes objetivos: Incrementar las posibilidades de interacción grupal. Potenciar en la actividad escolar un grado de autonomía suficiente. Permitir el aprovechamiento de espacios ajenos al aula. El espacio del aula.

El primer bloque de decisiones contempla la adscripción del espacio de aula bien al grupo, bien a la materia impartida. Esta decisión también implica la elección de los materiales integrantes del espacio fundamental de trabajo y su relación con los agrupamientos flexibles y la aplicación de dinámicas de grupo adecuadas a cada contexto y situación de aprendizaje. Además, debe de considerarse el problema de la disposición de las mesas, el lugar ocupado por el profesor en el aula y la relación kinésica del aula. Las decisiones deben de atender a la existencia de diferentes espacios con ritmos distintos de participación, con una zona de acción y una zona marginal (zona posterior, normalmente) y la necesidad de activarlas. En síntesis, algunos de los aspectos a tener en cuenta en el modelo de aula son:  Aula-grupo/Aula-materia.  Materiales integrantes del aula.  Relación con agrupamientos.  Disposición del aula.  Relación espacial profesor-alumnado.  Condiciones generales (iluminación, estado, etc.) Los espacios de uso específico. El segundo ámbito de decisiones referentes a la distribución de espacios se refiere a aquellos que tienen un uso específico en el centro, y que en definitiva son de uso común por parte de todos los alumnos y alumnas. Algunos de estos espacios son:  Biblioteca.  Laboratorios.  Salón de Actos (usos múltiples).  Aulas de Informática.  Aulas de idiomas. La organización del tiempo. La organización del tiempo se contempla desde dos perspectivas claramente diferenciadas: la confección de un horario general, con el correspondiente desarrollo de

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las áreas, acorde con su óptima temporización, y la elaboración de un horario de actividad docente, en el que se plantean las restantes actividades organizativas del Centro. La organización del tiempo escolar debe comportar la reflexión sobre cuatro dimensiones diferentes: calendario, jornada escolar, período de clase y tiempo extraescolar o tiempo relativo que consiste en la ampliación de actividades unidas al tiempo de ocio y en la ocupación del tiempo libre de los alumnos con tareas escolares. A estas vertientes o perspectivas se une en la mayoría de ellas, la de considerar la materia como eje de ordenación del tiempo. Algunos criterios referidos a la organización del tiempo escolar sobre los que se debe reflexionar y consensuar son: – Es necesario valorar la distribución horaria, diaria y semanal que se tiene para encontrar formas más rentables y eficaces de organizar el tiempo. – El tiempo escolar no tiene ni sustancia propia ni existencia autónoma, y si se analiza desde perspectivas diferentes a las previstas en las leyes, se puede incidir en su organización de manera más eficaz y comprensible en el cambio de imagen del centro. – Es preciso comprometerse, en colectivo, a realizar experiencias nuevas de organización y distribución del tiempo y revisar el rendimiento de dichas experiencias de cada curso. – Se hace necesario planificar las salidas al exterior del centro de forma que no trastoquen los diferentes programas de las asignaturas que inciden en un mismo grupo de alumnos /as y también a fin de que no se acumulen en un solo período del calendario escolar. La selección de materiales y recursos. Los criterios de selección de los materiales curriculares que sean adoptados por los equipos docentes han de seguir un conjunto de criterios homogéneos que proporcionen respuesta efectiva a los planteamientos generales de intervención educativa y al modelo didáctico propuesto. De tal modo, se establecen ocho criterios o directrices generales que perfilan el análisis:  Adecuación al contexto educativo del Centro.  Correspondencia de los objetivos promovidos con los enunciados en el Proyecto Curricular.  Coherencia de los contenidos propuestos con los objetivos, presencia de los diferentes tipos de contenido.  La acertada progresión de los contenidos y objetivos, su correspondencia con el nivel y la fidelidad a la lógica interna de cada asignatura.  La adecuación a los criterios de evaluación.  La variedad de las actividades, diferente tipología y su potencialidad para la atención a las diferencias individuales.  La claridad y amenidad gráfica y expositiva.  La existencia de otros recursos que facilitan la actividad educativa. Atendiendo a todos ellos, hemos establecido una serie de pautas concretas que dirigirán nuestra selección y que están plasmadas en la siguiente guía de valoración de materiales curriculares: 1. Se encuadra con coherencia en el Proyecto Curricular. 2. El número de unidades organiza adecuadamente el curso. 3. Los objetivos están claramente explicitados. 4. Los contenidos se han seleccionado en función de los objetivos. 5. La selección de contenidos está adecuada al nivel de desarrollo y maduración de los alumnos y alumnas. 6. Contempla todo tipo de contenidos.

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7. La progresión es adecuada. 8. Parte de los conocimientos previos de los alumnos y alumnas. 9. Asegura la realización de aprendizajes significativos. 10. Despierta la motivación hacia el estudio y el aprendizaje. 11. Potencia el uso de las técnicas de trabajo intelectual. 12. Presenta actividades de refuerzo y de ampliación. 13. La cantidad de actividades es suficiente. 14. Permiten la atención a la diversidad. 15. Las actividades están bien definidas. 16. Las informaciones son exactas, actuales y científicamente rigurosas. 17. La información y las explicaciones de los conceptos se expresan con claridad. 18. Facilita la memorización comprensiva mediante una adecuada organización de las ideas, destacando las principales sobre las secundarias. 19. El lenguaje está adaptado al nivel. 20. Las imágenes aportan aclaraciones o ampliaciones al texto. 21. Se recurre suficientemente a la información gráfica mediante esquemas, tablas, gráficos, mapas, etc. 22. La disposición de los elementos en las páginas aparece clara y bien diferenciada. 23. El aspecto general del libro resulta agradable y atractivo para el alumno. 24. Presenta materiales complementarios que facilitan el desarrollo del proceso docente. Profesor/a de acogida. En nuestro centro contamos, siempre que la disposición horaria lo permite, con la figura del Profesor/a de Acogida y un protocolo para desarrollar en aquellos casos en los que se produzca una incorporación tardía a lo largo del curso académico de algún alumno o alumna. Carácter singular. Programa de recuperación para el alumnado que promociona al segundo curso con materias pendientes. Los Departamentos docentes, a través del Jefe de cada Departamento, asumirán las tareas de apoyo y evaluación de los alumnos de 2º curso que tengan una o dos materias pendientes del curso anterior. A este fin propondrán a los alumnos, a principio de curso, un plan de trabajo con expresión de los contenidos y de las actividades recomendadas, y programarán las fechas de las pruebas parciales. Los procedimientos de calificación de los alumnos con materias pendientes se recogerán en las programaciones de cada departamento. En la elaboración de las listas de alumnos pendientes en cada materia y si es necesario para la coordinación de las fechas de las pruebas de recuperación de estos alumnos, los jefes de departamento contarán con la ayuda de la Jefatura de Estudios. La docencia de recuperación de las materias pendientes se impartirá a séptima hora en el diurno y en el último tramo horario del nocturno y estará supeditada a la disponibilidad horaria de los departamentos. Evaluación A fin de clarificar la evaluación de las materias pendientes, se establece el siguiente procedimiento:

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 Cada Departamento entregará a los alumnos y alumnas a comienzos de curso (no más tarde del 20 de octubre) y por escrito, un plan de trabajo con expresión de los contenidos, las actividades recomendadas, la bibliografía recomendada, el modo de evaluación, los criterios de corrección de los exámenes y la fecha aproximada de realización de las pruebas. Dicho plan vendrá desglosado por temas o unidades y dividido en dos parciales.  La evaluación se llevará a cabo mediante dos parciales cuyas pruebas se efectuarán en la primera semana tras las vacaciones de Navidad y Semana Santa, de modo que no colisionen con el final de las evaluaciones regulares y con el calendario que establezca Jefatura de Estudios. En un plazo de una semana las calificaciones de estas pruebas deben ser entregadas en Jefatura de Estudios para su inclusión en el expediente de cada alumno.  Además de estos parciales se realizará una prueba final durante las pruebas de la evaluación extraordinaria de 2º curso. Necesidades educativas especiales En esta etapa educativa lo habitual es que las necesidades educativas especiales estén detectadas; si es así, la atención educativa se centrará en realizar una nueva adaptación curricular que sirva de base para planificar las ayudas necesarias. La planificación y elaboración de las adaptaciones es responsabilidad del profesorado asesorado por el departamento de orientación y en ellas deben participar todos los profesores que impartan docencia al alumno y cuya materia se vea afectada por la adaptación. En cualquier caso, previa a la realización de la adaptación será necesaria una evaluación psicopedagógica coordinada por el orientador. El objetivo de las adaptaciones curriculares es que el alumnado alcancen las capacidades que subyacen en los objetivos de la etapa. A dicho objetivo se llega cuando el alumno consigue, con flexibilidad, no de forma mecánica, los criterios de evaluación. En el caso que un profesor/a detecte que un alumno/a tiene dificultades en una materia, una vez agotadas todas las medidas ordinarias, deberá poner en conocimiento del tutor/a la situación. Ambos analizarán la información que se tengan del alumno/a y, si lo consideran conveniente, cumplimentarán la hoja de demanda para realizar una evaluación psicopedagógica. En el departamento se analizarán las hojas de demanda recibidas y se pondrá en marcha el proceso evaluador. La evaluación psicopedagógica estará coordinada por el orientador y en ella participarán, al menos: el tutor, todo el profesorado que imparte docencia al alumno/a, los profesores del departamento de orientación y los padres de dicho alumno/a. Las medidas de atención a las necesidades educativas se proponen en el documento de adaptación curricular o en el informe sobre la evaluación psicopedagógica. h- Criterios para la elaboración de los planes y programas de orientación y acción tutorial.

El Decreto 42/2015 establece en sus artículos 19, 20 y 22 lo siguiente: Artículo 19. Principios. 1. La tutoría y orientación educativa y profesional del alumnado forman parte de la función docente. Los centros docentes garantizarán la atención del alumnado de acuerdo con lo previsto en el plan de orientación educativa y profesional incluido en su proyecto educativo.

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Corresponderá a los centros docentes la programación, desarrollo y evaluación de estas actividades, que serán recogidas en los programas de acción tutorial y de orientación dentro de su programación general anual. 2. En la atención a los padres, las madres, los tutores y las tutoras legales participará la totalidad del profesorado, sin perjuicio de las funciones propias del tutor o de la tutora del grupo. Artículo 20. Tutoría y orientación. 1. La acción tutorial y el asesoramiento específico en orientación personal, académica y profesional tendrá un papel relevante en cada uno de los cursos para orientar al alumnado en la elección de su itinerario formativo y en los procesos de transición a los estudios superiores o al mundo laboral al concluir la etapa. 2. Cada grupo de alumnos y alumnas contará con un tutor o una tutora, designado por el Director o Directora del centro docente entre el profesorado que imparta docencia a dicho grupo de alumnos y alumnas, que tendrá la responsabilidad de coordinar al equipo docente que les imparta las enseñanzas, tanto en lo relativo a la evaluación, como a los procesos de enseñanza y de aprendizaje. Asimismo, será el responsable de llevar a cabo la orientación personal del alumnado, con la colaboración del departamento de orientación. Cada tutor o tutora contará en su horario con un tiempo, según establezca la Consejería competente en materia educativa, para desarrollar las funciones propias de la tutoría y la atención a los padres, las madres, los tutores y las tutoras legales de los alumnos y las alumnas. 3. La orientación educativa garantizará, especialmente en el segundo curso de Bachillerato, un adecuado asesoramiento al alumno o a la alumna que favorezca su continuidad en estudios superiores, informándole de las distintas opciones existentes en el sistema educativo. En el caso de que opte por no continuar estudios, se garantizará una orientación profesional sobre el tránsito al mundo laboral. En todo caso, la orientación educativa favorecerá la igualdad efectiva entre mujeres y hombres y fomentará la superación de cualquier tipo de discriminación o estereotipo sexista. 4. Los departamentos de orientación de los centros docentes apoyarán y asesorarán al profesorado que ejerza la tutoría y la orientación educativa en el desarrollo de las funciones que les corresponden. 5. El tutor o la tutora mantendrá una relación fluida y continua con los padres, las madres, los tutores y las tutoras legales de cada alumno o alumna, con el fin de facilitar el ejercicio de los derechos a estar informados sobre el progreso del aprendizaje e integración socio-educativa de sus hijos, hijas, tutelados y tuteladas, y a ser oídos en aquellas decisiones que afecten a su orientación académica y profesional, según se establece en el artículo 4.1 d) y g) de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación. Artículo 22. Actuaciones de los equipos docentes. 1. En relación con el desarrollo del currículo y el proceso educativo de su alumnado, los equipos docentes tendrán la responsabilidad de llevar a cabo el seguimiento global del alumnado del grupo, estableciendo las medidas necesarias para mejorar su aprendizaje. 2. Los equipos docentes colaborarán para prevenir los problemas de aprendizaje que pudieran presentarse y compartirán toda la información que sea necesaria para trabajar de manera coordinada en el cumplimiento de sus responsabilidades. A tales efectos, se habilitarán, dentro del período de permanencia del profesorado en el centro docente, horarios específicos para las reuniones de coordinación.

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En función de lo referido establecemos: Orientación. La orientación académica y profesional es probablemente una de las tareas más importantes encomendadas tradicionalmente a los centros educativos y de modo especial a quienes desempeñan la acción tutorial. Actualmente esta importancia se ha transformado en ineludible necesidad y asunto de especial atención en nuestra sociedad actual en continuo cambio, que incide en todos los terrenos de la vida personal y de las relaciones sociales. A esta situación contribuye la propia complejidad del Sistema Educativo actual, cada vez más diversificado, ya que la variedad de opciones e itinerarios académicos y profesionales justifican y hacen indispensable una cuidadosa orientación académica y profesional. La orientación no debe concebirse como un hecho puntual, sino como un proceso. La finalidad orientadora se refleja en una característica básica del Bachillerato: la transitabilidad de estos estudios. No obstante, esta finalidad ha de materializarse en algo más que en información sobre itinerarios y salidas. La orientación debe permitir que el alumnado llegue al máximo de sus posibilidades, y ha de contribuir a que exista una mayor concordancia entre sus intereses, expectativas y capacidades, y las características que presenta el mundo profesional y laboral así como con las condiciones en que éste se desarrolla. Este proceso implica la toma de decisiones por parte del alumno o alumna, y exige a éste o ésta que integre las representaciones de sí mismo, la representación que posee del mundo sociolaboral y confronte ambos tipos de representaciones. Este proceso formativo debe conducir al alumnado al aprendizaje de los mecanismos y de las estrategias necesarias para la toma de decisiones. Principios generales. El PAT debe estar integrado en el Proyecto Educativo y en el Proyecto Curricular del Centro y, en consecuencia, ser asumido por toda la Comunidad Educativa. La Orientación ha de ser desarrollada en el contexto educativo, y desarrollada por los principales agentes del sistema educativo: alumnado, tutores, profesorado y orientador, y debe considerar la actuación coordinada de otros agentes: familia, sociedad, empresas... El equipo docente que le imparte clase, coordinado por el tutor o tutora y asesorado por el departamento de Orientación, será el máximo responsable y coordinador del proceso orientador. La Orientación no debe considerarse como un hecho puntual, sino como un proceso continuo que permitirá al alumnado tomar decisiones de menor a mayor trascendencia conforme vaya obteniendo la información de sí mismo y de las alternativas educativas y profesionales que se le ofrecen. El proceso de toma de decisiones ha de ser llevado de forma autónoma por el alumnado, nunca suplantado por otros agentes de la comunidad educativa (padres, profesores, tutor, orientador). La orientación académica y profesional debe suponer la superación de hábitos sociales discriminatorios por razón de sexo que puedan resultar condicionantes. La orientación ha de tener un carácter personal y educativo, contribuyendo a la formación integral del alumnado, facilitando su autoconocimiento, autonomía e iniciativa, a la vez que favoreciendo el desarrollo de criterios personales.

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Esta orientación ha de ayudar al alumnado a decidir entre las diferentes opciones que se le presentan, sin prejuicios y con la madurez suficiente, teniendo conocimiento de todas sus posibilidades. Actividades. Las tareas para un óptimo desarrollo de la orientación deben estar centradas en las siguientes actividades: CONOCIMIENTO DE LA ESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVO 1. Estudio de folletos y publicaciones (guía de estudios y carreras). 2. Informar sobre las opciones que se presentan. 3. Localizar ficheros con datos de centros educativos. 4. Conocer folletos informativos con la oferta de nuestro Centro. 5. Visitar centros educativos relevantes si los hubiese, así como la Universidad. 6. Mesa redonda con exalumnos que cursan estudios universitarios. 7. Demandar información a las distintas universidades para que pueda ser consultada por el alumnado en la Biblioteca del Centro. 8. Participar en la revista del Centro, facilitando información relacionada con la orientación. CONOCIMIENTO DEL SISTEMA PRODUCTIVO Y LABORAL 1. Estudio del mercado laboral local y comarcal. 2. Clasificación de profesiones en campos o familias profesionales. 3. Elaboración de monografías profesionales. 4. Observación de distintos puestos de trabajo y confrontación con el perfil profesional. PROCESOS DE INSERCIÓN A LA VIDA LABORAL Y ACTIVA 1. Simulación de entrevistas de selección de personal. 2. Visita a organismos relacionados con la transición a la vida activa. 3. Realización de pruebas psicotécnicas de selección de personal y tipos de exámenes más frecuentes. AUTOCONOCIMIENTO 1. Intereses. 2. Personalidad. 3. Autoconcepto. 4. Aptitudes. 5. Trayectoria escolar. 6. Expectativas. 7. Entrevistas de orientación individualizadas. Plan de Acción Tutorial La acción tutorial es un continuo a lo largo de las diferentes etapas formativas. De esta manera, sería posible delimitar una serie de funciones de la tutoría propias de todas las etapas, aunque más específicas en algunas de ellas: 1. La integración de los alumnos en el grupo-clase. 2. La adaptación y convivencia escolar. 3. La prevención de las dificultades de aprendizaje. 4. La vinculación del centro educativo con la familia. 5. El desarrollo de hábitos básicos y técnicas de estudio. 6. La orientación ante las distintas opciones educativas.

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7. El reforzamiento de los procesos de enseñanza y aprendizaje. 8. La orientación para el desarrollo de la carrera. El Plan de Acción Tutorial afecta a todo el Centro. En él están implicados diferentes agentes: tutores, equipos docentes, Departamento de Orientación, alumnos y padres. Criterios y procedimientos para la organización y funcionamiento del plan de acción tutorial. - El Plan de Acción Tutorial estará incluido en el PCE para asegurar la coherencia educativa que el alumnado recibe por parte de todo el profesorado. - Habrá un tutor por cada grupo de alumnos y alumnas, que desarrollará su acción tutorial durante una hora semanal. - Durante la hora de tutoría se realizarán las actividades contenidas en el presente PAT, u otras propuestas por los tutores y tutoras. - El profesorado tutor realizará las siguientes funciones: Participar en la elaboración del Plan de Acción Tutorial y colaborar con el Departamento de Orientación. Fomentar la integración del alumnado en el grupo, así como su participación en las actividades del Centro. Encauzar las inquietudes del grupo y mediar ante el resto del profesorado y el Equipo Directivo. Informar a las familias de todo lo que concierne al proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado. Facilitar la colaboración entre las familias y el Centro. Coordinar la evaluación de su grupo. - El Departamento de Orientación pondrá a disposición de los tutores y tutoras el material necesario para el desarrollo del PAT - Se coordinará el Departamento de Actividades Extraescolares con las actividades de tutoría. - Se facilitará la reunión periódica del Equipo docente de cada grupo para facilitar el seguimiento del Plan de Acción Tutorial. - Se realizará una evaluación continuada y formativa del Plan de Acción Tutorial, así como una evaluación final del proceso seguido y de sus resultados. - Desde la Jefatura de Estudios se coordinará el trabajo de tutoría a través de reuniones periódicas. Desarrollo del PAT: Objetivos. Estableceremos en primer lugar los objetivos pretendidos para todos los ámbitos de actuación, especificando más adelante los bloques de actividades por niveles y /o etapas. Alumnado. Los objetivos pretendidos respecto a este sector de la comunidad educativa, hacen referencia, al igual que las posteriores actividades, a dos aspectos: desarrollo psicosocial y proceso de enseñanza y aprendizaje. + Facilitar la integración del alumnado en el grupo y en el Centro. + Fomentar en el grupo el desarrollo de actitudes participativas tanto en el aula como en el Centro y en su entorno. + Favorecer el desarrollo de habilidades sociales que faciliten su integración social. + Contribuir a la consecución de una buena autoestima por parte del alumnado.

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+ Conocer las normas generales del Centro que regirán para la clase durante el curso. + Seguimiento global del proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado para detectar las dificultades y las necesidades especiales, al objeto de articular las respuestas educativas adecuadas. + Desarrollar recursos de personalización de la enseñanza. + Asesorar en el proceso de evaluación del alumnado. + Fomentar la participación del alumnado en su proceso de enseñanza y aprendizaje. + Identificar los factores condicionantes de estudio y utilizarlos en beneficio propio. + Fomentar la capacidad de planificar el estudio. + Proporcionar el uso de técnicas de trabajo intelectual e integrarlas en el proceso de aprendizaje. + Facilitar el tránsito a la vida adulta y activa. + Fomentar la educación en valores. + Fomentar el desarrollo de hábitos adecuados de salud. Profesorado. + Obtener información inicial sobre el alumnado, que resulte de utilidad para el desarrollo de las funciones docentes, evaluadoras y orientadoras. + Coordinar, cuando se considere necesario, el ajuste de las programaciones al grupo de alumnos y alumnas. + Coordinar el proceso de evaluación entre los distintos miembros del Equipo docente. + Implicar al profesorado en las tareas orientadoras. + Mediar ante situaciones de conflicto entre el Equipo Docente y el alumnado. Familias. + Contribuir al establecimiento de relaciones fluidas entre las familias y el Centro. + Orientar a los padres y madres respecto a la educación de sus hijos e hijas. + Implicar a las familias en las actividades de apoyo a la orientación y el aprendizaje de sus hijos e hijas. Actividades alumnado. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10.

Jornada de acogida. Explicación de derechos y deberes. Explicación de los criterios de evaluación, promoción y titulación. Elección de delegado/a. Analizar el rendimiento del grupo. Desarrollar temas propuestos por el alumnado. Educación para la Salud: prevención de drogodependencias. Educación para la Salud: igualdad entre sexos. Realizar entrevistas individualizadas. Desarrollar un programa de toma de decisiones.

Profesorado. 1. Realización de una evaluación inicial (evaluación cero). 2. Intentar establecer acuerdos compartidos por el Equipo docente respecto a objetivos, principios metodológicos, contenidos procedimentales comunes, instrumentos y criterios de evaluación y medidas para el tratamiento a la diversidad. 3. Coordinar las sesiones de evaluación. 4. Reuniones puntuales con el profesorado para analizar cualquier conflicto y orientar las posibles vías de intervención por parte del profesor o profesora. 5. Evaluar junto al profesorado el desarrollo de las actividades planificadas.

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Familias. 1. Realizar una reunión colectiva con los padres y madres al principio del curso para tratar temas generales: funcionamiento del Centro, información sobre el grupo-clase, acción tutorial. 2. Reuniones periódicas para solicitar colaboración en relación a diversos temas: técnicas de trabajo intelectual, disciplina, motivación... 3. Entrevistas individuales para el seguimiento del proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado. Procedimientos para el seguimiento y la evaluación del plan de acción tutorial Desde la consideración de que la evaluación es un proceso continuo, estableceremos los siguientes procedimientos para su realización: + Reuniones de coordinación de tutores/as. + Evaluación final dirigida a los tures/as, donde se realiza una evaluación de proceso del alumnado y tutoría (se incluye además la valoración del Departamento de Orientación).

i- Directrices generales para la elaboración de las programaciones docentes.

En el Artículo 34 del Decreto 42/2016 se establece: 1. A partir de la concreción del currículo establecida por los centros, conforme a lo dispuesto en el artículo anterior, los órganos de coordinación docente elaborarán las programaciones docentes de cada curso. 2. Las programaciones docentes deberán contener al menos los siguientes elementos: a) La organización, secuenciación y temporalización de los contenidos del currículo y de los criterios de evaluación asociados en cada uno de los cursos. b) La contribución de la materia al logro de las competencias clave establecidas para la etapa. c) Los procedimientos, instrumentos de evaluación y criterios de calificación del aprendizaje del alumnado, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos para cada materia y los indicadores que los complementan en cada uno de los cursos, y con las directrices fijadas en la concreción curricular. d) La metodología, los recursos didácticos y los materiales curriculares. e) Las medidas de atención a la diversidad y, en su caso, las adaptaciones curriculares para el alumnado con necesidades educativas especiales o con altas capacidades intelectuales. f) Las actividades para la recuperación y para la evaluación de las materias pendientes, de acuerdo con las directrices generales establecidas en la concreción curricular. g) Las actividades que estimulen el interés por la lectura y la capacidad de expresarse correctamente en público, así como el uso de las tecnologías de la información y la comunicación.

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h) Las actividades complementarias y, en su caso, extraescolares propuestas de acuerdo con lo establecido en la programación general anual del centro. i) Indicadores de logro y procedimiento de evaluación de la aplicación y desarrollo de la programación docente. 3. El profesorado desarrollará su actividad docente de acuerdo con lo establecido en la concreción curricular y en las programaciones docentes.

j- Evaluación del Currículo

Se proponen los siguientes criterios: 1º.- Serán el Equipo Directivo, el Claustro, el Consejo Escolar y los Departamento los principales agentes para la realización de la evaluación. Equipo Directivo evaluará: - Su funcionamiento interno - El funcionamiento general - Los recursos El Consejo escolar evaluará: - El PEC - La PGA - Las actividades extraescolares y complementarias - El rendimiento escolar del alumnado - La eficacia en la gestión de recursos humanos y materiales. El Claustro evaluará: - Los Currículos - El proceso de enseñanza - Aspectos docentes del PEC La CCP evaluará: - Su funcionamiento interno - Los Currículos cuyo resultado presentará al Claustro - El rendimiento escolar del alumnado Los Departamentos: - Programaciones - Su funcionamiento interno - Adecuación del contenido de las programaciones al PEC y a los Currículos. Los alumnos: - Las áreas y materias - Las actividades extraescolares y complementarias - Aspectos generales de organización del centro 2º.- Se realizará una evaluación interna anual coincidiendo con el Tercer Trimestre 3º.- Se establecerán modelos e indicadores de evaluación. Estos indicadores podrán ser cuestionarios, entrevistas, reuniones de órganos, contraste de pareceres, etc. 4º.- La finalidad de la evaluación será revisar las acciones de los distintos órganos y de los profesores con el fin de mejorarlas. 5º.- El alumnado participará en la evaluación de las áreas y/o materias a través de los instrumentos seleccionados o elaborados por los departamentos didácticos correspondientes. Así mismo podrá participar en esta evaluación a través de la Junta de Delegados.

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6º.- El resto de la Comunidad Educativa (Padres/madres y/o representantes legales, Personal de Administración y Servicios y Representante del Ayuntamiento) realizará las observaciones oportunas en el seno del Consejo Escolar. La CCP velará por el cumplimiento y posterior evaluación de los Currículos. Esta evaluación versará sobre la adecuación del proyecto a las necesidades concretas del alumnado del centro, la existencia y calidad de las adaptaciones establecidas y la idoneidad de los métodos empleados. La evaluación de los Currículos deberá incluir, al menos, los siguientes aspectos: - La adecuación de los objetivos a las necesidades y características de los alumnos. - La selección, distribución y secuencia equilibrada de los objetivos y contenidos por ciclo. - La idoneidad de la metodología, así como de los materiales curriculares y didácticos empleados. - La validez de los criterios de evaluación y promoción establecidos. - Las actividades de orientación educativa y profesional. - La adecuación de la oferta de materias optativas a las necesidades educativas de los alumnos. - La efectividad de los programas de diversificación curricular puestos en marcha. - La validez de los criterios aplicados en las adaptaciones del currículo para los alumnos con necesidades educativas especiales. Es la memoria final de curso el documento definitivo que recogerá las propuestas de mejora en los procesos de enseñanza y en la práctica docente del profesorado. No obstante algunos criterios éticos para la evaluación del Centro pueden ser: 1. Negociación entre los participantes (órganos evaluadores señalados más adelante) sobre los límites del estudio acometido, la relevancia de las informaciones y publicación de los informes. 2. Colaboración entre los participantes, garantizándose el derecho a participar en la misma. 3. Confidencialidad tanto con respecto al anonimato de las informaciones, si así se desea, como con respecto a la no utilización de información o documentación que no haya sido previamente negociada y producto de la colaboración. 4. Imparcialidad sobre puntos de vista divergentes, juicios y percepciones particulares. 5. Equidad, de tal manera que la evaluación no pueda ser utilizada como amenaza sobre un particular o un grupo, garantizándose un tratamiento equilibrado y no tendencioso, y preservando siempre la existencia de cauces de réplica y discusión de los informes que se elaboren. 6. Compromiso con el conocimiento, es decir, asumir el compromiso colectivo e individual de indagar hasta donde sea materialmente posible las causas, los motivos y las razones que se encuentran generando y propiciando los acontecimientos estudiados. 7. Objetividad: Para evitar que la evaluación pueda tener un sesgo subjetivo, se tendrán en cuenta los juicios valorativos de todos los participantes en la misma (órganos evaluadores señalados más adelante); orientados en torno a aspectos como: a) Metas a conseguir. b) Identificación de puntos problemáticos a corregir. c) Mejora de la propia formación. d) Elaboración de informes de interés para toda la comunidad educativa e) Recogida de las diferentes perspectivas que pueda presentar una temática.

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En conclusión, evaluar la práctica docente implica considerar nuestra actuación como objeto de reflexión, ya que el profesorado es la pieza angular sobre la que se apoya el sistema educativo, su calidad y su posible mejora. En este sentido, interpretamos este tipo de evaluación absolutamente alejado de cualquier implicación que aluda a un sistema de control, mientras que sí la consideramos como una actividad de reflexión crítica positiva, constructiva, que está dirigida a la mejora de nuestra actividad docente, basándose para ello en el intercambio de puntos de vista, el análisis y adopción de acuerdos dialogados y debatidos por todo el profesorado. Por su parte, los resultados de las evaluaciones del aprendizaje y del proceso de enseñanza servirán para modificar aquellos aspectos de la práctica docente y del Proyecto Curricular que se consideren menos adecuados a las características del alumnado y contexto del Centro. ANEXOS Proceso de enseñanza y práctica docente CUESTIONARIO DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS: VALORACIÓN FINAL DE CURSO A. GRADO DE CONSECUCIÓN DE LOS OBJETIVOS 1. Claridad en su redacción. 2. Conocimiento por los alumnos. 3. Selección adecuada de objetivos y contenidos. 4. Coherencia entre lo esperado y lo obtenido. 5. Consecución general de los objetivos. SUGERENCIAS

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B. METODOLOGÍA Y RECURSOS DIDÁCTICOS 1. Facilidad en su utilización. 2. Ayuda prestada en el proceso de enseñanza. 3. Favorece la motivación del alumno. 4. Adecuación con el tema abordado. 5. Aplicación de diferentes métodos y recursos. SUGERENCIAS

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C. DISCIPLINA, FUNCIONAMIENTO Y AGRUPAMIENTOS 1. Agrupamientos. 2. Grado de satisfacción en el aula. 3. Actividades que favorecen la integración del grupo. 4. Intervención en la resolución de conflictos. 5. Grado de convivencia en el instituto. SUGERENCIAS

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D. PARTICIPACIÓN DE LOS ALUMNOS

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1. En actividades complementarias y extraescolares. 2. En procesos de evaluación (coevaluación). 3. Como promotores de las actividades. 4. Como creadores de un ambiente gratificante. 5. Como colaboradores en la organización del aula. SUGERENCIAS

E. INTERACCIÓN PROFESORES OTROS MIEMBROS 1. Coordinación entre los profesores del departamento. 2. Coordinación entre los distintos departamentos. 3. Coordinación con otros profesores de su grupo. 4. Relaciones profesor- equipo directivo. 5. Relaciones profesor - tutor - orientador. 6. Relación profesor - alumnos. 7. Relación profesor - padres y madres. SUGERENCIAS

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F. SATISFACCIÓN DE LOS PROFESORES 1. Grado de participación en la toma de decisiones. 2. Elaboración en el departamento de pruebas conjuntas. 3. Elección y elaboración de materiales didácticos. 4. Coordinación entre niveles y ciclos de la etapa. 5. Organización de actividades complementarias y extraescolares. 6. Satisfacción en las actividades programadas por el CPR. SUGERENCIAS

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2

1

PROPUESTA DE MEJORA DE LA PRÁCTICA DOCENTE DEPARTAMENTO DE ___________________________________________________ MEJORA

ACTUACIÓN

TEMPORALIZACIÓN

PLAN DE EVALUACIÓN: RENDIMIENTO ESCOLAR A. MATERIAS OPTATIVAS 1. Oferta adecuada en Bachillerato 2. Programación adecuada de las materias optativas por los Departamentos 3. Criterios adecuados para su impartición 4. Adecuada información a los alumnos SUGERENCIAS

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3

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1

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B. ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD 1. Realización de Adaptaciones Curriculares no significativas 2. Colaboración a la integración de ACNEES en el grupo 3. Realización de Adaptaciones Curriculares significativas de ACNEES SUGERENCIAS

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C. ITINERARIOS 1. Ofrecen suficiente información 2. Itinerarios adecuados 3. Coherencia de los itinerarios en relación a lo que conducen SUGERENCIAS

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NIVELES DE VALORACIÓN: 4. MUY BIEN 3. BIEN 2. REGULAR 1. MAL

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8. PLAN DE MEJORA. PROYECTO DE AUTOEVALUACIÓN Y MEJORA

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INFORME DE AUTOEVALUACIÓN: FASE I. DETECCIÓN DE PROBLEMAS

1. Alumnado

CORRECCIÓN DE LA ENCUESTA SOBRE CONVIVENCIA ALUMNADO Participación (diurno+nocturno) Resultados 1. Muy a gusto en el centro 2. Me llevo bien con mis compañeros 3. Me llevo bien con mis profesores 4. Alguna vez me he burlado de un compañero 5. Nunca he pegado a un compañero 6. Nunca me han insultado mis compañeros 7. Nunca se han burlado de mi 8. Nunca me han escondido o roto alguna cosa 9. Nunca me han pegado o dado collejas 10. Hay pocos enfrentamientos entre alumnos 11. Se respetan regular las normas del centro 12. Los alumnos/as se insultan nada 13. Los alumnos/as se pelean: nada 14. No hay grupos en clase que se lleven mal 15. No hay discriminación sexual 16. No hay miedo de unos alumnos a otros 17. Las normas de convivencia son muy necesarias 18. Conozco la normativa mucho y regular 19. Es muy necesaria la participación de todos en el Plan de convivencia Conclusiones

En el Plan de convivencia se debe insistir en:

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2. Personal no docente

CORRECCIÓN DE LA ENCUESTA SOBRE CONVIVENCIA PERSONAL NO DOCENTE Personas encuestadas Número de preguntas Total de respuestas Respuestas positivas

ASPECTOS GENERALES DESTACADOS

Respuestas negativas El ambiente y las relaciones dentro del Centro se define positivamente O negativamente y comparativamente con otros centros es buena o mejorable Los encuestados creen que la causa de los problemas que puedan existir radica en ¿La normativa adecuada? y ¿se conoce? Los problemas de convivencia los resuelve el Equipo Directivo o participan ellos y ellas en resoluciones de este tipo Respecto a la conservación del material es adecuada o se puede mejorar Conclusiones

3. Profesorado

CORRECCIÓN DE LA ENCUESTA SOBRE CONVIVENCIA PROFESORADO La participación en la encuesta por parte de los profesores ha sido Después de realizar el vaciado de dichas encuestas se desprende lo siguiente: 1. Lo que podemos considerar como “conductas disruptivas” entre el alumnado (falta de puntualidad, no traer material o usar otro inadecuado y molestar en clase) afectan poco, algo, bastante o mucho al desarrollo de las clases. 2. Las “faltas de respeto al profesorado‖ se dan con poca, bastante o mucha frecuencia y, de éstas, aquellas que tienen que ver con hablar cuando explica el profesor o interrumpirlo en clase o con… 3. En lo que se refiere a “faltas de respeto entre los alumnos”, se detectan de manera infrecuente, regular o de forma cotidiana. 4. En el apartado de “respeto al material” los destrozos y uso inapropiado del material de la clase, de juegos en el recreo y de las aulas específicas son frecuentes, ocasionales o inexistentes. 5. Los “comportamientos antisociales y gravemente perjudiciales” se detectan nada, poco o mucho. 6. Los profesores y profesoras del centro mantienen unas “relaciones con sus compañeros” que definiría cómo……. Destacando como

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positivo…………… 7. 8.

La “relación con el personal no docente” es…………. La relación con el Equipo Directivo es……… Sobre “el Plan de Convivencia” conozco la normativa sobre convivencia 4. Padres/madres/tutores legales ENCUESTA SOBRE CONVIVENCIA PADRES/MADRES/TUTORES LEGALES

Contestaron 52 encuestas. I. NORMAS GENERALES DE CONVIVENCIA 0. ¿Conoce las normas de convivencia del IES?. 1. ¿Le parecen adecuadas?. 2. ¿Considera que las normas de convivencia del centro se respetan?. II. ASPECTOS GENERALES DE CONVIVENCIA EN EL INSTITUTO 3. ¿Tiene información del desarrollo académico y social de su hijo/a?. 4. ¿Considera que sus hijos en este instituto se siente muy a gusto o bastante a gusto?. 5. ¿Considera que en este instituto la convivencia sea un problema?. 6. ¿Está a gusto, en general con el instituto, en cuanto a convivencia y disciplina?. 7. ¿Son invitados a participar en actividades del centro?. III. RELACIONES CON LOS PROFESIONALES DEL IES 8. ¿Considera buena la relación de los padres con el/la tutor/a de su hijo/a?. 9. ¿Respecto al resto del profesorado las relaciones son buenas?. 10. ¿La relación con el Equipo Directivo es buena?. 11. ¿La relación con el Personal de Servicios es considerada buena?. IV. RESPETO A LAS NORMAS Y RELACIONES CON LOS COMPAÑEROS. 12. ¿Considera que sus hijos tienen muchos amigos?. 13. ¿Considera que en el centro hay alumnos/as que se meten con sus compañeros con frecuencia?. V. NORMAS DE CONVIVENCIA Y RELACIONES CON EL PROFESORADO 16. ¿Considera que los profesores/as controlan la disciplina en el aula?. 17. ¿Considera que los profesores están dispuestos a reflexionar y dialogar con sus alumnos?. VI. POSIBLES PROBLEMAS DE CONVIVENCIA DEL IES 18. Los conflictos en clase suelen ser entre compañeros o pandillas. 19. ¿Considera que la opinión del alumno/a se tiene en cuenta frente a un problema?. 20. ¿Creen que el diálogo es fundamental para solucionar los conflictos de convivencia?. 21. ¿Cree que con los alumnos/as que alteran la convivencia se deben tomar medidas disciplinarias?. 22. ¿Si le llegase un parte disciplinario (amonestación) a casa se disgustaría y tomaría alguna medida?.

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PROPUESTAS DE MEJORA. SECTOR ALUMNADO

PROPUESTA

PROFEOSORADO PERSONAL NO DOCENTE

PADRES/MADRES

PLAN DE MEJORA. El Plan de mejora del curso 2017 /2018 el año académico anterior:

parte de los resultados obtenidos al finalizar

- Resultados de promoción y titulación en septiembre 2017 Niveles 1º ESO 2º ESO 3º ESO 4º ESO 1º BAC 2º BAC 1 BLOQ 2 BLOQ 3 BLOQ

Total de alumnos/as

No promocionan

%

- Resultados de promoción y titulación propuestos para septiembre 2018 Niveles 1º ESO 2º ESO 3º ESO 4º ESO 1º BAC 2º BAC 1 BLOQ 2 BLOQ 3 BLOQ

Total de alumnos/as

No promocionan

%

Fase I IDENTIFICACIÓN Y ANÁLISIS DEL AREA DE MEJORA I DEBILIDAD DESCRIPCIÓN ELEMENTOS

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Una vez identificadas las principales áreas de mejora, seleccionamos como ámbitos de actuación: 1. Fase II IDENTIFICACIÓN Y ANÁLISIS DEL AREA DE MEJORA II DEBILIDAD DESCRIPCIÓN ELEMENTOS

Este Proyecto Educativo ha sido elaborado por el Equipo Directivo con la colaboración del profesorado del centro, coordinadores de programas, Departamento de Extraescolares y Departamento de Orientación. Contando con las aportaciones de familias y alumnado. Este Proyecto Educativo se aprobó en la reunión del Claustro del 30 de marzo de 2017 y se informó y dio el visto bueno en la reunión del Consejo Escolar del 30 de marzo de 2017.

En Langreo, a 30 de marzo de 2017

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