Contrato eventual discontinuo

Page 1

IGR Business Consulting

En el Registro Oficial No. 892 de 15 de febrero de 2013 se publicó el Acuerdo Ministerial No. 0004 del Ministerio de Relaciones Laborales por medio del cual se expide el Reglamento del Contrato Eventual Discontinuo.

Boletin Informativo Febrero, 2013

Se entiende por contrato eventual aquel que se realiza para satisfacer exigencias circunstanciales del empleador o para atender una mayor demanda de producción o servicios en actividades habituales del empleador. Es importante recordar que el Código Orgánico de la Producción, al reformar el artículo 17 del Código del Trabajo, introdujo la posibilidad de que estos contratos puedan ser continuos o discontinuos.

Suscripción del contrato.- El contrato eventual discontinuo se suscribirá por escrito y una sola vez con el mismo trabajador, sin que su duración sea mayor a 180 días discontinuos dentro de un lapso de 360 días, independiente de que se contrate por períodos menores a 180 días y sin que sea necesario especificar futuras contrataciones, que podrán realizarse sin necesidad de suscribir un nuevo contrato..

En los contratos eventuales continuos o discontinuos, la jornada ordinaria será de hasta 8 horas diarias o 40 horas semanales.

Contacto: Isabel Arguello iarguello@igr-consulting.com Cel: 0999 845219 http://prezi.com/cujstxhg1xbq/untitled-prezi/


IGR Business Consulting Remuneración y pagos de beneficios legales.- La remuneración básica en el contrato eventual tiene un incremento del 35% del valor hora del salario básico del sector al que corresponda el trabajador. En cada pago mensual se deberá incluir el proporcional de la 13ra. y 14ta. remuneraciones, vacaciones y cualquier beneficio adicional al que tenga derecho el trabajador. Para el cálculo del pago de horas suplementarias, extraordinarias y demás beneficios legales, se tomará como base 240 horas al mes. El pago de la remuneración se efectuará a la finalización de cada trabajo o período determinado, según acuerdo de las partes, sin que este exceda de un mes. Los valores pagados constarán de manera pormenorizada en el rol de pagos, el cual deberá estar firmado por el empleador y el trabajador.

Terminación del contrato.- Los contratos eventuales discontinuos terminan sin necesidad de notificar con el desahucio, al finalizar el año calendario, contado desde la fecha de suscripción del contrato; o, cuando se hayan cumplido los 180 días de trabajo dentro del período de un año, desde la suscripción del contrato. Una vez terminada la relación laboral, el empleador deberá suscribir y legalizar el acta de finiquito, presentando los roles de pago suscritos con el trabajador.

Estabilidad.- El contrato de trabajo eventual discontinuo no genera estabilidad; sin embargo, si el trabajador es contratado bajo esta modalidad en más de dos períodos anuales consecutivos, sin considerar el tiempo que efectivamente prestó sus servicios en cada uno de ellos, el contrato se entenderá de temporada. Si la relación laboral se mantiene hasta completar un año, o exceda el tiempo máximo de 180 días calendario, el contrato se entenderá como a plazo indefinido.

Contacto: Isabel Arguello iarguello@igr-consulting.com Cel: 0999 845219 http://prezi.com/cujstxhg1xbq/untitled-prezi/


IGR Business Consulting Remuneración y pagos de beneficios legales.- La remuneración básica en el contrato eventual tiene un incremento del 35% del valor hora del salario básico del sector al que corresponda el trabajador. En cada pago mensual se deberá incluir el proporcional de la 13ra. y 14ta. remuneraciones, vacaciones y cualquier beneficio adicional al que tenga derecho el trabajador. Para el cálculo del pago de horas suplementarias, extraordinarias y demás beneficios legales, se tomará como base 240 horas al mes. El pago de la remuneración se efectuará a la finalización de cada trabajo o período determinado, según acuerdo de las partes, sin que este exceda de un mes. Los valores pagados constarán de manera pormenorizada en el rol de pagos, el cual deberá estar firmado por el empleador y el trabajador.

Terminación del contrato.- Los contratos eventuales discontinuos terminan sin necesidad de notificar con el desahucio, al finalizar el año calendario, contado desde la fecha de suscripción del contrato; o, cuando se hayan cumplido los 180 días de trabajo dentro del período de un año, desde la suscripción del contrato. Una vez terminada la relación laboral, el empleador deberá suscribir y legalizar el acta de finiquito, presentando los roles de pago suscritos con el trabajador.

Estabilidad.- El contrato de trabajo eventual discontinuo no genera estabilidad; sin embargo, si el trabajador es contratado bajo esta modalidad en más de dos períodos anuales consecutivos, sin considerar el tiempo que efectivamente prestó sus servicios en cada uno de ellos, el contrato se entenderá de temporada. Si la relación laboral se mantiene hasta completar un año, o exceda el tiempo máximo de 180 días calendario, el contrato se entenderá como a plazo indefinido.

Contacto: Isabel Arguello iarguello@igr-consulting.com Cel: 0999 845219 http://prezi.com/cujstxhg1xbq/untitled-prezi/


IGR Business Consulting Afiliación y efectos laborales.- La afiliación y el pago de aportaciones se acogerá al mecanismo definido por el IESS para el contrato de jornada parcial permanente. Efectos laborales.- Por la naturaleza no permanente del contrato eventual, el número de trabajadores contratados bajo esta modalidad no se considerarán para el cálculo del porcentaje de contratación de trabajadores con discapacidad establecido en la Ley Orgánica de Discapacidades, de septiembre de 2012 .

Cualquier inquietud no dude en contactarse con nosotros. Atentamente, IGR Business Consulting

http://prezi.com/cujstxhg1xbq/present/?follow=aylcplbshcyj&auth_key=vvelaq2#9 http://

Advertencia: Este boletín no es ni podrá utilizarse como asesoría y peor aún como opinión legal, considerando que su fin es netamente informativo.

Contacto: Isabel Arguello iarguello@igr-consulting.com Cel: 0999 845219 http://prezi.com/cujstxhg1xbq/untitled-prezi/


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.