Uribe (Meta) Acuerdo 0006 de 2017 Compromiso con la paz

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ACUERDO No. 0006 (Febrero 27 de 2017) "POR MEDIO DEL CUAL SE APOYA LA REFRENDACIÓN DEL ACUERDO FINAL PARA LA TERMINACIÓN DEL CONFLICTO Y LA CONSTRUCCIÓN DE UNA PAZ ESTABLE Y DURADERA DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 2016, SE SALUDA Y RESPALDA EL PACTO SOCIAL Y POLÍTICO POR LA RECONCILIACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE PAZ DE LOS URIBENSES, SE DECLARA EL MUNICIPIO DE URIBE-META COMO TERRITORIO DE PAZ, SE ESTABLECE LA SEMANA DE LA RECONCILIACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE PAZ Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE URIBE - META En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 1, 2, 3, 22, 41, 95 y 313 de la Constitución Política, 3 y 32 de la Ley 1551 de 2012 y tomando en cuenta los contenidos del artículo 7 del Decreto 1038 de 2015. CONSIDERANDO a)

Que el Congreso de la República refrendó el Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera suscrito entre el Gobierno Nacional y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia — Ejército del Pueblo, FARC-EP, el 24 de noviembre de 2016 en la ciudad de Bogotá, D.C. b)

Que el numeral 6.6 del citado Acuerdo, indica que éste "deberá ser objeto de refrendación, de acuerdo con el Punto 6 de la Agenda del Acuerdo General. Dicha refrendación podrá efectuarse mediante sistemas de participación ciudadana como son el plebiscito, la iniciativa legislativa, la consulta, el cabildo abierto y otros, o por corporaciones públicas elegidas mediante sufragio sobre cuyos miembros recaiga representación con mandato tales como el Congreso de la República, las asambleas departamentales y concejos municipales".

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TRABAJANDO CON LEGALIDAD Y TRANSPARENCIA POR LAS COMUNIDADES"

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c)

Que según el artículo 1 de la onstitución Política, "Colombia es un Estado social de derecho organizado en form de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territori les, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad umana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general". d) Que de acuerdo al artículo 2 de a Constitución Política, "Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, prc mover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derecho y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en as decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación; defender la independencia nacional, mantener la tegridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden just Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, hpnra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplim ento de los deberes sociales del Estado y de los particulares". e)

Que el artículo 3 de la Constitución Política establece que "La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes". f) Que de acuerdo con el artículo 22 de la Constitución Política, "La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento". g)

Que el artículo 41 de la Constitución Política indica que "En todas las instituciones de educación, oficiales o privadas, serán obligatorios el estudio de la Constitución y la Instrucción CíviCa. Así mismo se fomentarán prácticas democráticas para el aprendizaje de Hos principios y valores de la participación ciudadana. El Estado divulgará la ConStitución". " TRABAJANDO CON LEGALIDAD Y RANSPARENCIA POR LAS COMUNIDADES"

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Que según el numeral 6 del artículo 95 de la Constitución Política, "Propender al logro y mantenimiento de la paz" ese un deber de la persona y del ciudadano. i)

Que el artículo 313, numeral 9, de la Constitución Política estipula que corresponde a los concejos "Dictar las normas necesarias para el control, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio". Que el artículo 3 de la Ley 1551 de 2012, en su numeral 5) establece como j) función del municipio, "Promover la participación comunitaria, la cultura de Derechos Humanos y el mejoramiento social y cultural de sus habitantes". k)

Que la Ley 1551 de 2012, en s artículo 32, numerales 7) y 11) señala como atribuciones del concejo "Velar por la p eservación y defensa del patrimonio cultural" y "Garantizar el fortalecimiento de la emocracia participativa y de los organismos de acción comunal". I)

Que el artículo 7 del Decreto 1038 de 2015, que reglamenta la Cátedra de Paz establecida en la Ley 1732 de 2014, indica los deberes de las entidades territoriales certificadas en educación en materia de capacitación y formación docente para la Cátedra de Paz.

m)

Que el pasado 29 de enero de 017 en nuestro municipio se firmó el Pacto social y político por la reconciliación y construcción de paz de los Uribenses en el que se manifestó el compromiso de múltiples sectores de trabajar y participar activamente en la construcción territori l de la paz, la democracia, la reconciliación, la protección ambiental y la implemertación de los contenidos del Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera. ACUERDA ARTÍCULO PRIMERO. Apoyar la refrlendación concedida por el Congreso de la República al Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una " TRABAJANDO CON LEGALIDAD Y TRANSPARENCIA POR LAS COMUNIDADES"

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paz estable y duradera, suscrito entre el Gobierno Nacional y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia — Ejército del Pueblo, FARC-EP, el 24 de noviembre de 2016 en la ciudad de Bogotá, D.C. ARTÍCULO SEGUNDO. Saludar y respaldar el Pacto social y político por la reconciliación y construcción de paz de los Uribenses firmado el 29 de enero de 2017, así mismo, expresar el interés d e esta Corporación de sumar a los esfuerzos que los habitantes del municipio xpresaron por trabajar activamente en la construcción territorial de la paz, la democracia, la reconciliación, la protección ambiental y la implementación de los contenidos del Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construc ión de una paz estable y duradera. ARTICULO TERCERO: Declárese e Municipio de Uribe-Meta como territorio de paz. ARTÍCULO CUARTO. Como parte • e las acciones municipales orientadas a la promoción de la cultura de paz y de Derechos humanos, adelantar, por una única vez, la Semana de la Reconciliaci'n y Construcción de Paz, del 04 al 10 de junio de 2017, espacio en el que se realizarán jornadas de pedagogía y didáctica del Acuerdo Final, orientadas a la se sibilización y difusión entre los Uribenses de los contenidos del acuerdo y a la e ucación para la construcción de paz y los derechos humanos. ARTÍCULO QUINTO. En el marco dell fortalecimiento de los organismos de acción comunal, durante la Semana de la Reconciliación y Construcción de Paz se adelantará la socialización y difusión del Acuerdo Final entre los directivos de las diferentes Juntas de Acción Comunal existentes en el municipio de Uribe. ARTÍCULO SEXTO. Durante la Serrana de la Reconciliación y Construcción de Paz, se realizarán actividades de capacitación y formación para docentes y directivos docentes para responder a lOs objetivos de la Cátedra de Paz establecida en la Ley 1732 de 2014 y reglamentada mediante el Decreto 1038 de 2015. Las " TRABAJANDO CON LEGALIDAD Y TRANSPARENCIA POR LAS COMUNIDADES"

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actividades de capacitación y formación serán realizadas por instituciones de educación superior y/o por otros organismos (Sena, Esap, Comité Tripartito, Fuerzas Militares y Policía), organilaciones no gubernamentales de derechos humanos de reconocida trayectoria. ARTÍCULO SEPTIMO. La Semana de la Reconciliación y Construcción de Paz tendrá para todos los efectos legales,' el carácter de gasto público social, en tanto en ésta se desarrollarán actividades orientadas al fomento y promoción de la cultura de paz y de los derechos humanos. ARTICULO OCTAVO: Crease el anual de convivencia comunitario, con la participación y aprobación de todas la comunidades del Municipio de Uribe-Meta. ARTÍCULO NOVENO. Envíese copia del presente acuerdo a la oficina jurídica de la Gobernación del Meta para los trám tes respectivos. ARTÍCULO DECIMO. El presente acuerdo rige a partir de su sanción y publicación

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en el Recinto del Honorable Concejo Municipal de Uribe Meta, a los 27 días del mes de febrero de 2017.

MILTO EN QUE MONTEALEGRE Pres' nte Concejo Municipal

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ANA C. ' ''.OMO MESA Secretaria Concejo Municipal

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EL SUSCRITO PRESIDENTE Y SECRETARIA GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DE URIBE - META

CERTIFICAN:

Que el acuerdo N' 0006 (Febrero 27 de 2017) "POR MEDIO DEL CUAL SE APOYA LA REFRENDACIÓN DEL ACUERDO FINAL PARA LA TERMINACIÓN DEL CONFLICTO Y LA CONSTRUCCIÓN DE UNA PAZ ESTABLE Y DURADERA DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 2016, SE SALUDA Y RESPALDA EL PACTO SOCIAL Y POLÍTICO POR LA RECONCILIACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE PAZ DE LOS URIBENSES, SE DECLARA EL MUNICIPIO DÉ URIBE-META COMO TERRITORIO DE PAZ, SE ESTABLECE LA SEMANA DE LA RECONCILIACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE PAZ Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES", fue sometido a los debates reglamentarios (Art. 73 Ley 136 de 1994) Así: PRIMER DEBATE, en la Comisión Segunda el día 23 de febrero de 2017; SEGUNDO DEBATE, en sesión plenaria el día 27 de febrero de 2017. Dado en el Despacho del Honorable Concejo Municipal, a los veintisiete (27) días del mes de febrero de 2017.

• MILTO EN 'QUE MONTEALEGRE NIÑO Presidente Concejo Municipal

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MESA Secretaria Concejo

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2016-2019 SECRETARIA DEL CONCEJO

LA SUSCRITA SECRETARIA GENERAL DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE URIBE - META

CERTIFICA: Que el acuerdo N° 0006 (Febrero 27 de 2017) "POR MEDIO DEL CUAL SE APOYA LA REFRENDACIÓN DEL ACUERDO FINAL PARA LA TERMINACIÓN DEL CONFLICTO Y LA CONSTRUCCIÓN DE LINA PAZ ESTABLE Y DURADERA DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 2016, SE SALUDA Y RESPALDA EL PACTO SOCIAL Y POLÍTICO POR LA RECONCILIACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE PAZ DE LOS URIBENSES, SE DECLARA EL MUNICIPIO DE URIBE-META COMO TERRITORIO DE PAZ, SE ESTABLECE LA SEMANA DE LA RECONCILIACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE PAZ Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"„ fue recibido en esta secretaria a los veintisiete (27) días del mes de febrero de 2017.

Dado en la Secretaria del Honorable Concejo Municipal, a los veintisiete (27) días del mes de febrero de 2017.

A C. PEf OMO MESA Secretaria General Concejo Municipal

" TRABAJANDO CON LEGALIDAD Y TRANSPARENCIA POR LAS COMUNIDADES"

Cra. 6a. No. 5-18 Palacio Municipal Página Web: www.uribe-meta.gov.co Email. Concejo©uribe-meta.gpv.co


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