Gestión de la calidad de la auditoría de estados financieros
Vigencia a nivel internacional
La NIA 220 (Revisada) fue publicada el 17 de diciembre de 2020 y es aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2022.
Esta norma trata de las responsabilidades específicas del auditor en relación con la gestión de la calidad a nivel del encargo para una auditoría de estados financieros, y las responsabilidades correspondientes del socio del encargo.
Importancia
La revisión de la NIA 220 esclareció y fortaleció los aspectos esenciales de la gestión de calidad en el encargo, enfocándose en el papel fundamental del socio del encargo para asegurar y mantener la calidad del proceso de auditoría. Además de subrayó la relevancia de la calidad para todos los miembros del equipo del encargo.
Principales cambios de la NIA 220 (Revisada) respecto a su versión anterior
Alcance
Se amplió el alcance para incluir no solo al socio del encargo, sino también a todo el equipo del encargo y la firma en cuanto a la gestión de la calidad. Esto refuerza la importancia de la calidad para todos los miembros del equipo de encargo.
Definiciones
Se introdujeron cambios en la definición del “equipo del encargo” para reconocer que existen diferentes estructuras de este y su evolución. Además, se integraron los nuevos conceptos de gestión de la calidad de la Norma Internacional de la Gestión de la Calidad 1 (NIGC 1*).
Dirección, supervisión y revisión
Se proporcionaron directrices más específicas y detalladas sobre cómo el socio del encargo debe dirigir, supervisar y revisar el trabajo del equipo, incluyendo la evaluación continua de la calidad.
Objetivo
El objetivo de la norma se reformuló para enfatizar la necesidad de gestionar la calidad del encargo a lo largo de todo el proceso de auditoría, asegurando que se cumplan los requisitos éticos y de independencia.
Responsabilidad del socio del encargo
Se aclararon y ampliaron las responsabilidades del socio del encargo, enfatizando su papel en la gestión de la calidad del encargo y la responsabilidad final del informe de auditoría.
Documentación
Se ampliaron los requisitos de documentación, especificando la inclusión de evidencia por parte de la dirección, supervisión y revisión del encargo, así como la evaluación de la calidad y la resolución de diferencias de opinión. * NIGC 1 - Gestión de la calidad para firmas de auditoría que realizan auditorías o revisiones de estados financieros u otros encargos de aseguramiento o servicios relacionados
Escalabilidad
Se incluyó material introductorio sobre la escalabilidad que la norma pretende que sea aplicada en función de la naturaleza y circunstancias específicas de cada auditoría.
NIGC 1
Gestión de la calidad en las firmas de auditoría que realizan auditorías o revisiones de estados financieros, así como otros encargos que proporcionan un grado de seguridad o servicios relacionados
Esta norma aborda la responsabilidad de la firma de auditoría para diseñar, implementar y operar un sistema de gestión de calidad para encargos de auditoría, revisiones de estados financieros, otros encargos de aseguramiento o servicios relacionados.
Reemplazó la Norma de Control de la Calidad 1 (NICC1).
Vigencia a nivel internacional
La NIGC 1 fue publicada el 17 de diciembre de 2020 y entró en vigor a nivel internacional a partir del 15 de diciembre de 2022.
Componente del sistema de gestión de la calidad
Determinó que un sistema de gestión de calidad debe abordar ocho componentes: 1) proceso de valoración de riesgos de la firma, 2) gobierno corporativo y liderazgo, 3) requerimientos de ética aplicables, 4) aceptación y continuidad de las relaciones con clientes, y de encargos específicos, 5) realización de los encargos, 6) recursos, 7) información y comunicación, y 8) el proceso de seguimiento y corrección.
Evaluación del sistema
Estableció la obligación de evaluar el sistema de gestión de la calidad, al menos una vez al año, para determinar si este proporciona una seguridad razonable de que se están logrando los objetivos establecidos.
Enfoque
Estableció que la firma de auditoría debe aplicar un enfoque basado en riesgo, lo cual implica establecer los objetivos de calidad, identificar y valorar los riesgos para alcanzar dichos objetivos, y diseñar e implementar respuestas para abordar los riesgos de calidad valorados.
Revisiones del encargo
Introdujo requerimientos de revisiones de calidad del encargo para a) auditorias de estados financieros de entidades cotizadas, b) auditorias y otros encargos por los que alguna ley o regulación exija una revisión de calidad del encargo, y c) auditorías y otros encargos en los que la firma determine que se requiere una revisión en respuesta a un riesgo de calidad.
Escalabilidad
Una firma con clientes que cotizan en bolsa aplicará un sistema de gestión de la calidad más complejo y formalizado, en comparación una firma que solamente realiza revisiones de estados financieros, o encargos de compilación.
Puntos clave de la NIGC 1
NIGC 2
Revisiones de calidad del encargo
Esta norma trata sobre la selección y nombramiento del revisor de calidad del encargo y sus responsabilidades con el desempeño y la documentación de una revisión de calidad.
Vigencia a nivel internacional
La NIGC 2 fue publicada el 17 de diciembre de 2020 y entró en vigor a nivel internacional a partir del 15 de diciembre de 2022.
Puntos clave de la NIGC 2
Objetivo
Mediante la designación de un revisor elegible de calidad del encargo, realizar una evaluación objetiva de los juicios significativos hechos por el equipo del encargo y las conclusiones a las que llegó.
Documentación
Requirió que la firma establezca políticas y procedimientos para asegurar que el revisor de calidad del encargo asuma la responsabilidad de documentar la revisión de calidad.
Revisiones del encargo
Determinó que el revisor de calidad del encargo debe llevar a cabo la revisión de calidad en momentos clave durante el proceso: planificación, ejecución y al momento de informar.
Revisor de calidad del encargo
El revisor de calidad del encargo no puede ser un miembro del equipo del encargo.
Escalabilidad
La NIGC 2 precisó que la naturaleza, oportunidad y extensión de los procedimientos del revisor de calidad del encargo requeridos, varían dependiendo de la naturaleza y circunstancias del encargo o de la entidad.
NIA 315 (Revisada)
Identificación y evaluación de los riesgos de incorrecciones materiales
Vigencia a nivel internacional
La versión revisada de la NIA 315 fue publicada el 19 de diciembre de 2019 y es aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2021.
Esta norma proporciona un marco detallado para los auditores en la identificación y evaluación de riesgos de incorrección material en los estados financieros.
Importancia
La revisión de la NIA 315 mejoró la consistencia en la identificación y evaluación de riesgos. La norma se hizo más escalable y menos compleja mediante requisitos basados en principios, facilitando su aplicación por parte de los auditores a cualquier tipo de entidad. La norma estableció una evaluación de riesgos más robusta y respuestas más precisas, e incorporó orientaciones actualizadas que consideran el entorno en evolución y las tecnologías de la información.
Alcance
Se dio una mayor claridad sobre el alcance de la norma y su aplicación en la auditoría de estados financieros, destacando la importancia de comprender la entidad y su entorno, incluido el control interno, para identificar y evaluar los riesgos de incorrección material.
Evaluación de riesgo
Se separó claramente la evaluación del riesgo inherente y el riesgo de control, y se proporcionaron directrices específicas para cada uno.
Control interno
Se clarificó la naturaleza y el alcance del trabajo necesario para los controles directos e indirectos en el sistema de control interno.
Tecnología
Se incorporaron consideraciones para abordar los beneficios e implicaciones potenciales del uso de herramientas y técnicas automatizadas en una auditoría de estados financieros.
Definiciones
Se introdujeron nuevas definiciones y se revisaron las existentes para dar mayor claridad y precisión. Entre las nuevas definiciones se encuentran "clases significativas de transacciones, saldos de cuentas e información a revelar" y "afirmaciones relevantes", las cuales fueron diseñadas para facilitar la identificación y valoración del riesgo de incorreción material. Además, se añadió el concepto de “espectro del riesgo inherente” para ayudar al auditor a ejercer el juicio profesional al valorar el riesgo de incorreción material.
Escepticismo
Se establecieron requisitos mejorados relacionados con el ejercicio del escepticismo profesional durante el proceso de evaluación de riesgos.
Comprensión de la entidad
Requirió obtener conocimiento de la entidad y su entorno, del marco de información financiera aplicable, y de su sistema de control interno.
NIA 540 (Revisada)
Auditoría de estimaciones contables y de la información relacionada a revelar
Vigencia a nivel internacional
La versión revisada de la NIA 540 se publicó el 3 de octubre de 2018 y es aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2019.
Esta norma trata de las responsabilidades que tiene el auditor en relación con la estimación y la correspondiente información a revelar al realizar una auditoría de estados financieros.
Importancia
La revisión de la NIA 540 modernizó y adaptó el estándar para abordar un entorno en constante cambio, fortaleciendo los requisitos relacionados con la evaluación del riesgo y el juicio profesional y asegurando que las estimaciones contables sean revisadas en la auditoría con un escepticismo más riguroso y una mayor diligencia.
Espectro de riesgo inherente
Con base en los conceptos existentes en la NIA 200*, la NIA 315 (Revisada)** y la NIA 330***, se reconoció de forma explícita el espectro de riesgo inherente, el cual se implementa en la valoración de riesgos y las respuestas a los mismos. Esto ayuda a aplicar la NIA 540 (Revisada) de manera escalable a diferentes situaciones y tamaños de entidades.
Riesgo inherente y de control
Se requirió que el auditor realizara una valoración separada del riesgo inherente y del riesgo de control en relación con las estimaciones contables. Esto permite un enfoque más detallado y específico en la evaluación de riesgos.
Divulgación
Se incorporaron requerimientos de información a revelar mejorados para obtener evidencia de auditoría sobre si la información a revelar relacionada es “razonable”.
* NIA 200 - Objetivos globales del auditor independiente y realización de la auditoría de conformidad con las NIA
** NIA 315 (Revisada) - Identificación y valoración del riesgo de incorrección material
*** NIA 330 - Respuestas del auditor a los riesgos valorados
Factores de riesgo inherente
Se introdujo el concepto de “factores de riesgo inherentes” que incluyen, además de la incertidumbre en la estimación, la complejidad, subjetividad y otros elementos relevantes. Estos factores son importantes para identificar y valorar los riesgos de incorrección material en las estimaciones contables.
Escepticismo
Se requirió que el auditor diseñara y ejecutara procedimientos adicionales de auditoría que no favorezcan la obtención de evidencia corroborativa, ni excluyan evidencia contradictoria.
Documentación
Se requirió que el auditor incluya en sus papeles de trabajo los elementos clave para el conocimiento de la entidad y su entorno (incluido su control interno); la evidencia obtenida en respuesta a aquellos riesgos de incorreción material detectados; la existencia de un posible sesgo de la dirección y la evaluación de sus implicaciones; procedimientos de auditoría para la revisión de hechos posteriores; los juicios utilizados, incluido cómo ha elaborado sus expectativas y su comparación con los estados financieros auditados.
NIA 600 (Revisada)
Consideraciones especiales: auditorías de estados financieros de grupo (incluido el trabajo de los auditores de los componentes)
Vigencia a nivel internacional
La versión revisada de la NIA 600 se publicó el 7 de abril de 2022 y es aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2023.
Alcance
Aclaró el alcance de la norma en relación con los centros de servicios compartidos, entidades con sucursales y divisiones, y las entidades controladas.
Guía
Se incluyó una guía de aplicación, la cual alinea esta norma con la NIGC 1*, la NIA 220 (Revisada)** y NIA 315 (Revisada)***.
Auditores de componentes
Se incluyeron conceptos como la participación de auditores de componentes y la responsabilidad del auditor del grupo. Asimismo, se hizo una distinción entre el trabajo realizado por los auditores de componentes para sus auditorías individuales y el trabajo determinado para cumplir con las necesidades del auditor del grupo.
Comunicación y documentación
Se reforzaron los requisitos para la comunicación exhaustiva y bidireccional entre el auditor del grupo y los auditores de los componentes, incluyendo la documentación relevante.
Esta norma trata de las consideraciones especiales aplicables a las auditorías de grupos, incluidas aquellas circunstancias cuando participan los auditores de los componentes.
Importancia
La revisión de la NIA 600 fortaleció las responsabilidades del auditor relacionadas con el escepticismo profesional, la planificación y la realización de una auditoría de grupo, las comunicaciones de dos vías entre el auditor del grupo y los auditores de los componentes, y la documentación.
Enfoque basado en riesgo
Se introdujo un enfoque basado en riesgo para mejorar la identificación y valoración de los riesgos de incorreción material y la realización de procedimientos de auditoría adicionales en respuesta a los riesgos valorados.
Auditor del grupo
Se requirió centrar la atención del auditor del grupo en identificar, valorar y responder a los riesgos de incorreción material de los estados financieros del grupo, y se enfatizó en la importancia de diseñar y aplicar procedimientos que sean apropiados para responder a los riesgos valorados de incorreción material.
Plafinicación del encargo de auditoría de grupo
Se estableció un marco de referencia que enfatiza consideraciones especiales para determinar la estrategia general y el plan de una auditoría del grupo, además de requerir que el auditor de este establezca la naturaleza, la oportunidad y el alcance de la participación de los auditores de los componentes. Asimismo, se resaltó que los auditores de los componentes pueden involucrarse en todas las fases de la auditoría de grupo.
* NIGC 1 - Gestión de la calidad para firmas de auditoría que realizan auditorías o revisiones de estados financieros u otros encargos de aseguramiento o servicios relacionados
** NIA 220 (Revisada) - Gestión de la calidad de la auditoría de estados financieros
*** NIA 315 (Revisada) - Identificación y valoración del riesgo de incorrección material
NISR 4400
Procedimientos previamente acordados
Vigencia a nivel internacional
La versión revisada de la NISR 4400 fue publicada el 3 de abril de 2020 y es aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 1 de enero de 2022.
Alcance
Se amplió el alcance para incluir procedimientos acordados sobre información financiera y no financiera, lo que proporciona una mayor flexibilidad para adaptar la norma a diferentes tipos de encargos. La versión anterior estaba más centrada en los procedimientos acordados sobre información financiera.
Definiciones
Se actualizó la definición de "procedimientos acordados" para reflejar mejor su aplicación en diferentes contextos y para aclarar que estos procedimientos deben ser acordados entre el auditor y el cliente. Esto incluye la aclaración de que el informe debe referirse explícitamente a los procedimientos realizados y a las conclusiones alcanzadas.
Aceptación de encargo
Se establecieron requisitos para antes de aceptar o continuar un encargo de procedimientos acordados, señalando que el profesional ejerciente deberá obtener un entendimiento del propósito del encargo. De igual forma, se establecieron requisitos para que el profesional ejerciente acepte o continúe el encargo.
Esta norma establece las responsabilidades del profesional ejerciente cuando se le contrata para realizar un encargo de procedimientos acordados, incluyendo su responsabilidad sobre la forma y el contenido del informe de procedimientos acordados.
Importancia
La revisión de la NISR 4400 mejoró la coherencia en la ejecución de los encargos de procedimientos acordados, abordando cuestiones de interés público relevantes.
Juicio profesional
Se enfatizó en el uso del juicio profesional al definir y ejecutar procedimientos acordados, requiriendo una documentación más exhaustiva sobre las decisiones tomadas y cómo estas abordan los objetivos del encargo. Se exige una comunicación clara del juicio aplicado en el informe final y se introduce la necesidad de revisar y evaluar los procedimientos y resultados obtenidos, asegurando así que sean adecuados y bien fundamentados.
Informe
Se introdujeron requisitos más específicos para la forma y el contenido del informe de procedimientos acordados, asegurando que este informe sea más informativo y útil para los usuarios finales. La NISR 4400 (Revisada) proporciona directrices detalladas sobre cómo presentar los resultados de los procedimientos acordados en el informe final.