Políticas públicas hacia las mujeres trabajadoras de la Subregión Andina

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POLÍTICAS PÚBLICAS HACIA LAS MUJERES TRABAJADORAS DE LA SUBREGIÓN ANDINA Elaborado por: El Instituto de Altos Estudios para la Integración y el Desarrollo Legislativo – IDL República de Colombia - Bogotá D.C.

El documento publicado por el Consejo Consultivo Laboral Andino y la Coordinadora de Mujeres Trabajadoras Andinas (COMUANDE) titulado: “Políticas públicas hacia las mujeres trabajadoras de la subregión andina” contribuye con la información necesaria para conocer la situación laboral y social de las mujeres en la subregión andina. En la primera parte se presenta el marco conceptual, el cual puntualiza los siguientes conceptos claves: el de “política pública” como proceso que engloba un conjunto de interacciones gobierno – sociedad y que puede ir cambiando con el curso del tiempo y son formuladas por el Estado y se proponen impactar en la vida de los ciudadanos; el de “desarrollo” visto como proceso de liberación de restricciones para una sociedad que busca la realización plena de hombres y mujeres; el de “perspectiva de género” asociada a la desigualdad tanto en el poder como en el acceso a las decisiones y los recursos; y el de “trabajo decente” asociado al trabajo de calidad en el empleo y trabajo productivo en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad, en el cual los derechos son protegidos y que cuenta con remuneración adecuada y protección social, así como permite el diálogo social, la libertad sindical, la negociación colectiva y la participación. Como tal, la creación de empleos decentes requiere un conjunto de políticas públicas cuyos objetivos deberían estar en el centro de la economía y del desarrollo económico sostenible. En la segunda parte, se desarrolla el papel del modelo neoliberal y la entrada de los Tratados de Libre Comercio, así como el retraimiento del rol del Estado y la reducción del presupuesto en los sectores sociales, trayendo como consecuencia el deterioro de los niveles de vida de la población en general y la anulación de los derechos básicos, precarizando las condiciones de vida de los Avenida Caracas Nº 70ª – 61 - Piso 4 PBX: (+571) 3483303 – 3142866 e-mail: infoidl@instituto-idl.com www.instituto-idl.com Bogotá, Colombia


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más pobres, especialmente de las mujeres que cargan con nuevas responsabilidades frente a ellas mismas, a su familia y a la comunidad. Uno de los más altos costos sociales estuvo en la flexibilización laboral para lo cual se introdujeron cambios en el marco jurídico laboral ocasionando el surgimiento de diversas modalidades de empleo que afectaron todo el sistema de estabilidad laboral, estableciéndose así una tendencia de desprotección al trabajador y la trabajadora haciendo sumamente precario el trabajo asalariado. Dichas reformas laborales se llevaron a cabo en todos los países de la subregión, excepto en los países de Bolivia y Venezuela, las cuales se orientaron a reducir costos laborales de contratación, modificación de la estabilidad en el empleo y los causales de despido. Como era de esperarse estos cambios impactaron drásticamente en el perfil de las reformas sobre seguridad social (salud y pensiones). En sí, la principal consecuencia de las reformas económicas y laborales en la estructura del mercado laboral, radico en el aumento de la participación de trabajadores en el sector “informal” y la flexibilización laboral en el sector privado y público extendiéndose el trabajo “precario”. La tercera parte, establece que en los países de la subregión andina Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, desde hace décadas constituyeron marcos normativos constitucionales, convenios y pactos internacionales en materia de derechos humanos fundamentales, derechos económicos sociales y culturales, y la Convención por la eliminación de todas las formas de discriminación hacia la mujer (CEDAW), norma fundamental que orientó leyes y planes de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres tendiendo a la equidad y transversalidad de género en las políticas. Como parte de las conquistas de la década de los 90, se impulsaron en la subregión políticas en materia de participación política (ley de cuotas), programas de salud sexual y reproductiva, atención de la violencia familiar y de género, acceso a la educación básica. Sin embargo, hubo escasas propuestas pro equidad hacia las mujeres trabajadoras, mientras, se aplicaba la reforma laboral en los países andinos con una reducción de derechos colectivos e individuales en materia de estabilidad laboral, jornada de trabajo, negociación colectiva y se privatizaba la seguridad social, la salud pública y la educación, incidiendo en una baja calidad del empleo.

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Las reformas implementadas en la subregión se han caracterizado por: -

Reducción del papel del Estado como garante primario del goce del derecho humano a la Seguridad Social.

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Mercantilización de los sistemas de salud, pensiones y riesgos de trabajo.

-

Reducción de la responsabilidad social del empresariado en financiamiento trasladando el peso a los trabajadores y trabajadoras.

-

Reducción de la cobertura de los derechos integrales de la Seguridad Social.

-

Generación de un sistema de estratificación en el disfrute de los derechos, rompiendo con los principios de universalidad, solidaridad, unidad de gestión, oportunidad y eficacia que gobernaban hasta entonces los Sistema de Seguridad Social vigentes.

su

No obstante, la participación de las mujeres en el mercado laboral se ha venido incrementando como consecuencia de los procesos de urbanización, menor fecundidad y escolaridad básica, pero se mantiene la segregación y la segmentación ocupacional, la brecha salarial entre hombres y mujeres, y un limitado acceso a la seguridad social siendo una de sus principales causas la discriminación de género, étnica y generacional. Se dice que en la calidad del empleo hay dos dimensiones fundamentales, Salario y Seguridad Social, sin omitir otras relacionadas directa e indirectamente con el trabajo decente y que tienen estrecha relación con la calidad de vida y el bienestar. El salario es particularmente importante en la subregión porque un alto porcentaje de la población no alcanza el ingreso suficiente para superar la línea de pobreza o completar la canasta básica familiar. El salario es un factor determinante en la desigualdad social y desde la perspectiva de género es uno de los principales elementos de la discriminación de ingresos entre hombres y mujeres, contribuyendo a mantener relaciones de subordinación ante la pareja y escasa autonomía económica para tomar decisiones en diferentes aspectos de la vida de las mujeres.

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Dentro de esta tercera parte del documento se presenta dos temas de importancia para la vida de las mujeres trabajadoras: la equidad salarial, derecho fundamental que, lejos de aplicarse desde el principio de “igual salario por trabajo de igual valor”, cede el paso a criterios que discriminan a las mujeres en las remuneraciones; y el acceso a la seguridad social, donde hombres y mujeres no entran al mercado de trabajo en igualdad de condiciones debido principalmente a la dificultad que tienen las mujeres para conciliar la responsabilidad familiar con la vida laboral. -

En cuanto al primero, concerniente a la equidad salarial entre hombres y mujeres, se establece que la equidad salarial, es un derecho fundamental que significa una medida justa de la remuneración por el trabajo que se realiza, y comprende dos dimensiones: una, referida a igual remuneración por igual trabajo cuando se comparan ocupaciones idénticas y otra en relación a igual remuneración por trabajo de igual valor comparable en trabajos que pueden o no ser idénticos, pero que son de igual valor. El principio de la equidad de remuneración se logra cuando se paga en igualdad el trabajo ejecutado entre dos personas sobre la base de su valor. Esto se basa en la evaluación del contenido del trabajo, no en quién lo ejecuta según el sexo, edad, etnia, nacionalidad o religión, ni cuál ha sido su condición tradicional. La utilización de criterios subjetivos da origen a diferentes formas de discriminación.

Examinar la inequidad salarial hacia las mujeres desde la perspectiva de género tiene relevancia porque evidencia factores no solo de comportamiento individual, sino también condiciones estructurales que generan inequidad, entre hombres y mujeres, entre ellos: la ubicación de la mayoría de mujeres en ramas de actividad económica de baja productividad e ingresos; la subvaloración de las capacidades y aptitudes de las mujeres respecto a ocupaciones asignadas tradicionalmente a los hombres; el menor acceso de las mujeres, principalmente en situación de pobreza a la formación y calificación profesional; la dificultad de calcular los niveles de productividad, en actividades típicamente femeninas vinculadas al cuidado de personas como: las educadoras, enfermeras, trabajadoras del hogar, amas de casa; el limitado acceso y permanencia en el trabajo debido a que se aplican prejuicios sexistas en la selección de personal, la promoción en el empleo, asumiéndose como mayores costos laborales la maternidad o ineficiencia por las responsabilidades familiares.

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Un elemento fundamental a tomar en cuenta en las políticas salariales es el salario mínimo (SM). No se puede hablar de equidad salarial entre hombres y mujeres, si el salario mínimo no satisface condiciones satisfactorias y equitativas para el bienestar del trabajador y su familia, como lo señala el convenio 100 de la Organización Internacional del Trabajo (Convenio relativo a la igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PISDESC). Diferentes gobiernos de la subregión andina han sido reticentes a elevar en términos reales el SM, aún en pleno crecimiento económico, porque se argumenta que tendría un fuerte impacto presupuestario, o por efecto en la inflación. En esta parte del documento se hace una comparación de la equidad salarial en los países de la subregión (Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú), estableciéndose que la desigualdad en la distribución del ingreso, es un problema estructural en la subregión, pues de conformidad a las cifras del Banco Mundial, América Latina tiene las más grandes brechas en la distribución del ingreso. El 20% más rico acapara cerca del 53% del ingreso regional disponible, mientras el 20% más pobre no rebasa el 6% al contar con los recursos de las producciones anuales. De igual forma, se realiza un análisis comparativo en el que se abordan tres aspectos: a) la situación de las mujeres en el mercado de trabajo, b) la normativa constitucional y c) la institucionalidad de género. En cuanto al punto a), la participación de las mujeres en el mercado de trabajo se ha incrementado notoriamente pasando de una tasa de ocupación promedio de 32% hace unas décadas a un promedio de 45%, respecto a los hombres que pasaron de 52% a 75% dependiendo de las características de cada país. Este avance relativo de las mujeres pareciera corresponder a una menor tasa de fecundidad, incremento de las tasas de alfabetización y escolaridad, así como por la precariedad del ingreso familiar que obliga a las mujeres a buscar trabajo cuando los hombres pierden la estabilidad laboral. Difícilmente se puede atribuir a políticas públicas de equidad de género considerando las limitadas medidas al respecto en los diferentes países. No obstante, si bien hay avances, el desempleo femenino siempre es mayor que el masculino en todos los países de la subregión. Se verifica según datos del 2007 un promedio de desempleo abierto de los hombres 7.11% y 9.07% de desempleo de las mujeres, salvo Colombia con niveles de desempleo masculino de 11.4% y desempleo femenino en 18.7%. Como tal, el sector informal está en aumento y la inserción laboral femenina tiene Avenida Caracas Nº 70ª – 61 - Piso 4 PBX: (+571) 3483303 – 3142866 e-mail: infoidl@instituto-idl.com www.instituto-idl.com Bogotá, Colombia


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una gran participación dentro de este sector. En todos los países se ratifica la segregación ocupacional de las mujeres en ramas de ocupación de menor productividad, con remuneraciones y condiciones precarias. Respecto al segundo y tercer punto, se resumen en los siguientes cuadros: b) Normas constitucionales

Algunos elementos comunes respecto al derecho del trabajo y la equidad salarial Principios en la relación laboral Derecho a la igualdad de oportunidades y la No discriminación entre hombres y Mujeres. Derecho al Trabajo El Trabajo es un derecho y un deber en condiciones dignas. Reconocimiento del derecho al trabajo del hogar El Estado reconocerá el trabajo del hogar o de cuidado como actividad económica que crea valor agregado y produce riqueza y bienestar social. Equidad Salarial El Estado garantiza a las Mujeres la misma remuneración que a los hombres por un trabajo de igual valor. Regulación de Salarios La ley regula salarios mínimos generales, sectoriales e incrementos salariales. Protección del Estado Los derechos laborales son irrenunciables e inembargables.

Bolivia Si

Colombia Si

Ecuador Si

Perú Si

Si

Si

Si

Si

No

No

Si

No

Si

Si

Si

Si

Si

Si

Si

Si

Si

Si

Si

Si

c) Institucionalidad de género Países

Ley de Igualdad de Oportunidades.

Plan de Igualdad de Oportunidades

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Mecanismo Institucional de


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Contenido sobre Equidad Salarial Bolivia

Colombia

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Ley No. 823 – 2003

Contenido sobre Equidad Salarial

género

Decreto Supremo 24864 de 1997, por el que se garantiza la igualdad de derechos entre hombres y mujeres en los ámbitos político, económico, social y cultural.

Ministerio de Justicia

Plan Nacional para la Igualdad de Oportunidades. Construyendo la nueva Bolivia para vivir bien”. D. Supremo No. 29850 de 2008. ------

Capítulo II De la Ejecución de las políticas de Género.

Ecuador

Artículo 5: 1) Desarrollar acciones y programas que aseguren la no discriminación de las mujeres en el trabajo y la aplicación del principio de salario igual a trabajo igual. El incumplimiento de este principio dará lugar a la imposición de multas por parte del Ministerio del Trabajo, conforme a lo dispuesto en la legislación laboral. ------

Ecuador adopta como Política de Estado el Plan de Igualdad de Oportunidades 20052009 mediante el Decreto Ejecutivo No. 1207A, R.O. 234 del 22 de marzo de 2006 Política 1

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Viceministerio Igualdad Oportunidades.

de de

Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer.

Consejo Nacional de las Mujeres – CONAMU.


INFORMES EJECUTIVOS INSTITUTO DE ALTOS ESTUDIOS IDL AMG005 • Erradicación de la discriminación ocupacional de las mujeres y las diferencias salariales y de ingresos entre mujeres y hombres. Política 2 • El Estado valora el trabajo reproductivo para el mejoramiento de las condiciones de las mujeres en su acceso al trabajo. Perú

Ley No. 28983 de 2007 Art. 6.Lineamientos del Poder Ejecutivo, Gobiernos Regionales y Locales. Inc. F). Establece: Garantizar el derecho al trabajo productivo, incorporando medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral, entre mujeres y hombres, en el acceso al empleo, en la formación, promoción y condiciones de trabajo, y en una idéntica remuneración por trabajo de igual valor. Se incluye entre los derechos laborales la protección frente al hostigamiento sexual y la armonización de las responsabilidades familiares y laborales.

Plan de Igualdad de Oportunidades 2006 – 2010. Lineamiento 4: Garantizar el ejercicio pleno de los derechos económicos de las mujeres. Objetivo Estratégico No. 4.1. Mujeres y varones acceden, permanecen y se desarrollan en el mercado laboral con equidad de género e igualdad de oportunidades, y tienen una remuneración y prestaciones sociales por un trabajo de igual valor. Acción estratégica: Garantizar el derecho de la mujer y el varón a percibir igual remuneración por un trabajo de igual valor.

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Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social –MIMDES.


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En cuanto al segundo, referente al acceso a la seguridad social, se considera que la Seguridad Social es el derecho fundamental que tienen las personas de recibir protección como miembros de una sociedad, para contrarrestar los riesgos a los que están expuestas durante su ciclo de vida. La seguridad social incluye tanto la protección del trabajador y trabajadora contra el riesgo de perder ingresos, como las políticas redistributivas que buscan aliviar la pobreza crónica.

A partir de 1990 las reformas comenzaron a generalizarse en la región promoviendo cambios en los sistemas de salud y de pensiones, cambios que se hicieron siguiendo recomendaciones de organismos internacionales como el Banco Mundial. Dichas reformas han tenido graves impactos, en el caso de la salud como: reducción del gasto o inversión pública; red asistencial concentrada en grandes centros urbanos con notorios desniveles en la cobertura principalmente en desmedro de la salud rural; ampliación de la inequidad, buena salud para el que paga bien y de menor calidad para el que tiene menores ingresos. En materia de las pensiones, quiebra los principios de solidaridad; elevación de las edades de la jubilación; instauración de sistemas privados de administración de fondos de pensiones y regímenes contributivos basados en aporte exclusivo del trabajador y capitalización individual. La discriminación de la que son objeto las mujeres en el mercado laboral y que luego se traslada a los sistemas de seguridad social, se pone en evidencia con trabajos menos estables, bajos salarios que lleva a menores pensiones o la ausencia de ella, y efectos de situaciones de riesgo y vulnerabilidad social como vejez, invalidez, salud, desempleo, enfermedades y accidentes más acentuados debido a su función reproductiva. En este punto, también se hace una comparación de la seguridad social en los países de la subregión (Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú), de la cual se derivan dos temas claves: la seguridad en las constituciones y la institucionalidad. a) La seguridad social en las constituciones La Seguridad Social es un derecho fundamental e irrenunciable de las

Bolivia Si

Colombia Si

Ecuador Si

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Perú Sólo es un derecho Fundamental.


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personas. Consagra principios de universalidad, solidaridad, equidad, economía, subsidiaridad, suficiencia eficacia. El Estado es protector del derecho a la seguridad social cubriendo contingencias de enfermedad, maternidad, riesgo de trabajo, cesantía vejez, invalidez, discapacidad y muerte.

La seguridad y previsión social es durante todo el ciclo de vida, en todas las contingencias. Reafirman la obligación del Estado de asegurar la efectividad del derecho de la seguridad social a todas las personas. Tendencia al principio de universalidad.

La seguridad social podrá ser prestada con Participación del sector público, privado o mixto.

Si

Si

Si

Abstención en el señalamiento de los principios.

Si

Si

La Ley debe hacer la precisión de contingencias.

Si

No precisa.

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Amplia la Responsabilidad del Estado, a la sociedad y la familia poniendo énfasis en la atención, protección y asistencia de las personas de la tercera edad. La protección y asistencia es fundamentalmente en la vejez. ----

Si

---

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---

“Toda la población urbana y rural”. Si

---

Si

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Si

Si. Además supervisa su eficaz funcionamiento.

b) Institucionalidad de género Países

Bolivia

Ley de Igualdad de Oportunidades Contenido sobre Seguridad Social ----

Plan de Igualdad de Oportunidades. Contenido sobre Seguridad Social Decreto Supremo 24864 de 1997, por el que se

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Ente Rector

Ministerio de Justicia Viceministerio

de


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garantiza la igualdad de derechos entre hombres y mujeres en los ámbitos político, económico, social y cultural.

Igualdad Oportunidades.

de

No considera el tema de Seguridad Social.

Colombia

Ley No. 823 – 2003

Plan Nacional para la Igualdad de Oportunidades. Construyendo la nueva Bolivia para vivir bien”. D. Supremo No. 29850 de 2008. ------

Capítulo II De la Ejecución de las políticas de Género. Artículo 5°: 6) Vigilar y controlar el cumplimiento de las normas sobre seguridad social a favor de las mujeres trabajadoras, e imponer las sanciones legales cuando a ello hubiere lugar.

Consejería Presidencial para la equidad de la Mujer.

Artículo 6º: En desarrollo de los artículos 13 y 43 de la Constitución, el Gobierno estimulará la afiliación al régimen subsidiado de seguridad social en salud de las mujeres cabeza de familia, de las que pertenezcan a grupos discriminados o marginados de las circunstancias de debilidad manifiesta. Ecuador

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Plan de Igualdad de Oportunidades Acción en Pro de la Equidad.2005 – 2009 Decreto Ejecutivo R.D.224- 2006

1207ª

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Consejo Nacional de las Mujeres – CONAMU.


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El tema de Seguridad Social no aparece en el Plan. Perú

Ley No. 28983 de 2007 Art. 6.Lineamientos del Poder Ejecutivo, Gobiernos Regionales y Locales. e) Promover la participación económica, social y política de las mujeres…así como su integración en los espacios de decisión…garantizando su acceso a una remuneración justa, indemnizaciones, beneficios laborales y de seguridad social, de acuerdo a ley, en igualdad de condiciones con los hombres.

Plan de Igualdad de Oportunidades 2006 – 2010.

Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES.

Lineamiento 4: Garantizar el ejercicio pleno de los derechos económicos de las mujeres. Objetivo Estratégico No. 4.1. Mujeres y varones acceden, permanecen y se desarrollan en el mercado laboral con equidad de género e igualdad de oportunidades, y tienen una remuneración y prestaciones sociales por un trabajo de igual valor. Resultados esperados al 2010: Se incrementa la cobertura y mejora la calidad de los sistemas de previsión y seguridad social y ocupacional con igualdad de oportunidades, es decir equidad de género.

En general, se establece la importancia de la participación de la sociedad civil en las reformas de tipo laboral y de seguridad social. Los países andinos a la hora de efectuar dichas reformas no tuvieron en cuenta la participación de estos actores. -

En la cuarta parte del documento, se menciona el papel de la Comunidad Andina con una breve descripción de sus acciones en el camino de la integración y las posibilidades de políticas comunitarias. Este capítulo desarrolla dos temas: la formación y certificación de competencia laboral, muy exigidas actualmente en el mundo competitivo, que reconoce además los saberes y aprendizajes no escolarizados, y la participación y representación de mujeres trabajadoras en la Subregión, identificadas Avenida Caracas Nº 70ª – 61 - Piso 4 PBX: (+571) 3483303 – 3142866 e-mail: infoidl@instituto-idl.com www.instituto-idl.com Bogotá, Colombia


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en la Coordinadora de Mujeres Trabajadoras Andinas (COMUANDE) que viene activando en la subregión la defensa de los derechos laborales con equidad de género. Respecto al primer tema mencionado, en los países andinos existen instituciones que se encargan de certificar las competencias que son definidas como el conjunto de conocimientos, habilidades y actitudes necesarias para desarrollarse con éxito en un ámbito profesional: -

Bolivia: Instituto Nacional de Formación y Capacitación laboral (INFOCAL).

-

Colombia: Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).

-

Ecuador: Del 2005 al 2008 la Federación Nacional de Cámaras Provinciales de Turismo de Ecuador (FENACAPTUR) desarrolló el Proyecto “Sistema de certificación de competencias laborales en el sector turismo”.

-

Perú: El Servicio Nacional de Aprendizaje Industrial (SENATI).

En cuanto al segundo, se aclara que la participación de la ciudadanía en el proceso de integración ha sido limitada, sin embargo, desde el Sistema Andino de Integración (SAI) existen instancias y mecanismos que se encargan de representarla como: el Consejo Consultivo Empresarial (CCE) y el Consejo Consultivo Laboral Andino (CCLA) conformados por delegados de las organizaciones representativas de los sectores empresarial y laboral de cada uno de los países miembros. El CCLA, en vista a promover la participación de las mujeres adoptó el Acuerdo 14/2000 que establece la creación de la Coordinadora de Mujeres Trabajadoras Andinas (COMUANDE) instancia integrada por las representantes de las secretarías de la mujer, departamentos de asuntos femeninos, o comisiones similares de las diferentes centrales sindicales de: Bolivia, Ecuador, Colombia, Perú y Venezuela. -

Por último, en la quinta parte se presentan las conclusiones y recomendaciones, señalando claramente que la mayor participación de las mujeres en el mercado laboral no ha garantizado trabajo decente en los países de la subregión. En el caso de la seguridad social, especialmente en los sistemas de pensiones, se está en clara contradicción con los principios de solidaridad y universalidad, pues dejan se muchas personas, entre ellas a las mujeres, en calidad de no aseguradas o sub-aseguradas. La Avenida Caracas Nº 70ª – 61 - Piso 4 PBX: (+571) 3483303 – 3142866 e-mail: infoidl@instituto-idl.com www.instituto-idl.com Bogotá, Colombia


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participación y representación de las mujeres sigue siendo minoritaria en las organizaciones sindicales, en los órganos consultivos del sistema andino de integración y en otros espacios de concertación entre el Estado y la sociedad civil. Las recomendaciones básicamente señalan la gran tarea que tiene por delante COMUANDE, priorizando los ejes temáticos de su agenda y desarrollando posicionamiento, argumentos y propuestas de equidad de género en espacios nacionales e internacionales. Uno de sus desafíos es la formulación de políticas que busquen mejorar la situación laboral de las mujeres andinas.

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