CARTILLA para la Formación Sindical de trabajadores/as autonómoc y en la economía informal

Page 1



CARTILLA Para la formaci贸n sindical de trabajadoras/es aut贸nomos y en la econom铆a informal.

Con la cooperaci贸n de:


Créditos Producción: Confederación Sindical de trabajadores y trabajadoras de las Américas – CSA Secretariado Ejecutivo CSA Linda Chávez-Thompson Presidenta Julio Roberto Gómez Presidente Adjunto Víctor Báez Mosqueira Secretario General Amanda Claribel Villatoro Secretaria de Política Sindical y Educación Laerte Teixeira da Costa Secretario de Políticas Sociales Rafael Freire Neto Secretario de Política Economíca y Desarrollo Sostenible Equipo de Publicación Elaboración y redacción Álvaro Orsatti (Asesor) Revisión Isamar Escalona Iván González Martha Ayala Diseño gráfico y diagramación Luiz Moreira Programa de Economía Informal Laerte Teixeira da Costa Secretario de Políticas Sociales Isamar Escalona Responsable Técnica del Programa Esta publicación fue realizada con el apoyo de ISCOD – UGT- AECID Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España.

4


Índice Índice

5

Aspectos conceptuales del trabajo en el marco de la economía informal Causas de la Informalidad del Trabajo Impacto de la informalidad del Trabajo en el movimiento Sindical Espacios sociolaboral de las/os Trabajadoras/es en la Economía Informal Trabajo “Falso Autónomo” y “Semi – autónomo” Autónomos colectivos: el sector de economia del trabajo

Datos sobre el trabajo autónomo

8 9 9 9 10 12 16 17 19

Diferenciaciones internas Comparaciones internacionales

Principios básicos de la estrátegia sindical LA CSI plantea La CSA plantea

26 26 26

Organización y sindicalizacion

27

Trabajo autónomo y espacios públicos.

31 32 35 36

Lineamientos básicos Alianzas Hacia un derecho administrativo “cuasi-laboral”

Protección y seguridad social para las/os trabajadoras/es autónomos: Determinacion de falsos autónomos y semi autónomos Falso autónomo “Semiautónomo”: La Ley del Trabajo Autónomo española

5

41 42 42 43


Presentación La Confederación Sindical de Trabajadores y Trabajadoras de las Américas (CSA) presenta a sus organizaciones afiliadas la presente Cartilla Formativa, en la cual se aborda de manera específica lo relacionado a la Economía Informal. La realidad de las/os trabajadoras/es en la economía Informal está preocupando al universo sindical por su dimensión, complejidad e importancia. Antes, la CLAT, la ORIT y las organizaciones independientes en sus acciones ya contemplaban la atención a este grupo de trabajadoras/es. La CSA asume como prioritaria la inclusión en las Estructuras sindical y en la protección social de las/os trabajadoras/es en la Economía Informal; esta prioridad es orientada por las estadísticas levantadas en cada uno de nuestros países, en algunos de ellos, más de la mitad de la PoblaciónEconómicamente Activa (PEA) está representada con trabajos diversos no catalogados como formales, dentro de una enorme variedad de situaciones. Se trata de una realidad a la cual las organizaciones sindicales deben colocar su mirada y actuación. No se puede dejar de lado ese gran contingente de trabajadoras y trabajadores, además que actualmente no representamos a todas/os las/os trabajadoras/es. La CSA cuenta con el apoyo de ISCOD/UGT/AECID, lo que posibilita realizar estudios, seminarios, profundizando en conceptos, definiciones y estrategias de acción en el campo de la economía informal. Es en esa línea que se inscribe esta Cartilla formativa, la cual contiene tres módulos básicos: 1. Aspectos conceptuales del trabajo en el marco de la Economía Informal 2. Estrategia Sindical para el trabajo en la Economía Informal 3. Protección y seguridad social y trabajadoras/es Autonomos. Vale decir que los contenidos desarrollados fueron validados en talleres realizados en algunos países y se hicieron algunas modificaciones a partir de las opiniones y sugerencias dadas por el grupo participante. Agradecemos a todas/os los aportes, sugerencias, participaciones que garanticen que ésta sea una herramienta con la cual las organizaciones sindicales cuenten para el apoyo y desarrollo de la acción cotidiana sindical y la negociación y reivindicación de los derechos de las/os trabajadoras/es en la Economía Informal. Laerte Teixeira da Costa Secretario de Políticas Sociales de la CSA

6


MÓDULO I


Cartilla

MÓDULO I

I. ASPECTOS CONCEPTUALES DEL TRABAJO EN EL MARCO DE LA ECONOMÍA INFORMAL

da la expresión “informal” cuando se aplica directamente a las/os trabajadoras/es, por considerar que transmite involuntariamente un significado peyorativo y porque, al momento de adoptarse instrumentos legales, resulta imprecisa e incluso contradictoria. Por ello, el sindicalismo suele usar dos expresiones:

En los países en desarrollo, aunque también, en menor medida, en los países industrializados, se observa una extendida presencia de trabajadores/as, tanto dependientes de un empleador como independientes, en condiciones precarias, sin protección social y sin registro en las agencias públicas. Un término frecuentemente utilizado para sintetizar este conjunto de situaciones es el de la “informalidad”, aplicado tanto a las unidades económicas no registradas, como a las personas que trabajan en las condiciones mencionadas. A la inversa, el concepto de trabajo decente apunta a destacar la superación de tal estado. Al momento de hacer mención a las/os trabajadoras/es, es necesario atender a un debate sindical existente en América Latina y Caribe, en el sentido de que muchas organizaciones consideran inadecua-

■ “trabajadoras/es

precarizadas/os” para referirse a las personas asalariadas sin registros oficiales. “autóno■ “trabajadoras/es mas/os”, para referirse a quienes no tienen empleador (o ”auto empleados” ,“no dependientes”, “no asalariados”) y tampoco están registrados. En este marco, puede seguirse utilizando la expresión “economía informal”, como ámbito donde se encuentran ambos tipos de trabajadora/es. Si la empresa es “formal”, pero tiene trabajadores precarios,

8


Cartilla ■ la

falta de capacidad de los Estados para cumplir con sus funciones regulatorias.

Impacto de la informalidad del Trabajo en el movimiento Sindical

No prejuzga sobre el grado de registración de esta modalidad de trabajo. Sobre esta base, puede luego diferenciarse entre quienes están registrados y quienes no, para estimular la primera situación. ■ Establecen puentes hacia denominaciones más “técnicas”, que pudieran alcanzar entonces un rango jurídico, al momento de promover normas que los consideren de forma positiva. ■

Otro resultado, de impacto directo en el sindicalismo, es el debilitamiento de las estructuras de representación colectiva de los trabajadores/as, por estar fuertemente vinculadas con situaciones de trabajo registrado o “formal”.

Espacios sociolaboral de las/os Trabajadoras/es en la Economía Informal

Causas de la Informalidad del Trabajo

a) Las/os trabajadoras/es independientes, o por cuenta propia, equivalen a ¾ partes del total de la informalidad laboral, presentándose en muy diversos tipos de modalidad: comerciantes que utilizan lugares públicos (calles, plazas y mercados) de manera ambulante o en puestos semifijos, transportistas independientes, artesanas/os y otros microproductores tanto urbanos como rurales (campesinos). En muchos casos, estos trabajadores/as autónomos/as están acompañados por sus familiares.

La informalidad del trabajo y la producción es resultado de diversos factores convergentes: ■ la vigencia de estructuras productivas nacionales desequilibradas, ■ la aplicación de políticas neoliberales desreguladoras y flexibilizadoras, ■ el desbalance entre la oferta y demanda de trabajo, ■ la búsqueda permanente de una reducción del costo laboral por parte de los empleadores,

9

MÓDULO I

también se utiliza la expresión “trabajadores en informalidad” dentro de la economía formal”. La denominación “trabajo autónomo” (o sus similares) tienen la ventaja de:


MÓDULO I

Cartilla Un criterio básico de clasificación puede ser: ■ de subsistencia, con baja calificación y con pocos recursos; ■ de “oficio”, con calificación; ■ profesionales, de alta calificación, en su función específica. Es claro que la informalidad es mayor en el primer grupo, intermedia en el segundo y baja en el tercero.

encuadradas en la normativa civil/comercial. A veces también utilizan formas jurídicas diseñadas para el trabajo verdaderamente autónomo, como las cooperativas. Todo ello da lugar a las situaciones conocidas como del “falso autónomo”. Finalmente, hay que considerar también a las/os “trabajadoras/es semi-autónomos”, en el sentido de efectivamente autónomos, pero con una demanda que proviene (total o principalmente) de la economía formal, los cuales pueden nuevamente estar registrados o no. En otros países también se utilizan expresiones alternativas, como “trabajador independiente-dependiente” o “trabajador autónomo económicamente dependiente”

b) El resto de los trabajadores/as en situación de informalidad, es decir, los dependientes (o asalariadas/os, o por cuenta ajena) tienen una importancia cada vez mayor, como resultado de la creciente aplicación de las políticas públicas flexibilizadoras que estimulan el no registro, de una u otra forma, combinado con la actitud de empleadores que aprovechan situaciones de ambigüedad legal, siempre con el objetivo de abaratar los costos laborales. Una parte de la informalidad de trabajadoras/es autónomos proviene del comportamiento de empleadores que, buscando otra vez la baja de los costos del trabajo, simulan relaciones de dependencia como independientes “disfrazados”, bajo distintas formas de “tercerización”, principalmente la subcontratación, que quedan

Trabajo “Falso Autónomo” y “Semi-autónomo” Junto al trabajo autónomo “puro”, existe también otro “disfrazado”, o “falso”, en el sentido de que se trata de trabajo asalariado o dependiente que es simulado como independiente por su empleador, mediante contratos ficticios en la esfera comercial/civil, para ahorrarse los costos laborales derivados de las garantías que da la normativa laboral y de la

10


presencia de agencias intermediarias). En estos casos, existen dificultades e incertidumbre para determinar la existencia de una relación de trabajo cuando: no resultan claros los derechos y obligaciones respectivos de las partes interesadas. La “contracara” de esta tarea es ubicar situaciones en que el trabajo autónomo es del tipo “semi-autónomo”, (o “cuasi-autónomo”) en el sentido de que, de forma legítima, la mayor parte de su giro de actividades proviene de una relación directa y permanente con una o más empresas, manteniendo suficientes márgenes de autonomía como para no considerarlo dependiente ni independiente pleno.

seguridad social. Por lo tanto, la acción sindical debe encontrar la manera de diferenciar entre el trabajo efectivamente autónomo, que si no está registrado requiere su formalización como tal, y el que, por ser fraudulento, necesita una retipificación por la administración del trabajo, de manera que quede encuadrado en el marco general sobre las relaciones de trabajo dependiente. A veces, las situaciones de “falso autónomo” se apoyan, o son resultado, de insuficiencias o limitaciones de la legislación, tanto en su interpretación como en su aplicación, especialmente por no haber registrado aún nuevos fenómenos laborales, por ejemplo las relaciones “triangulares” (con la

11

MÓDULO I

Cartilla


Cartilla claro, y se lo puede resumir como “SET”, Las características que suelen vincularse a estos términos son:

MÓDULO I

Autónomos colectivos: el sector de economia del trabajo Como ya se dijo, además de las/os trabajadoras/es autónomos tradicionales, existen otros que se diferencian por “trabajar juntos”, a quienes se les ha denominado “autónomos colectivos”. Los autónomos colectivos forman parte de lo que, desde el punto de vista de la forma de clasificar a las unidades productivas, ocupan un lugar especial, diferente de la economía pública y la economía privada tradicional. La forma de denominar a estas unidades varía, pero siempre alrededor de la idea de una “economía” o “sector” especial:

■ asociativismo/asociacionis-

mo. ■ cooperación; ■ participación; ■ solidaridad grupal; ■ protección social y ayuda mutua; ■ gestión democrática; ■ adopción colectiva de decisiones. ■ conducción autónoma e independiente de los poderes públicos; ■ autogobierno de la organización; ■ membresía abierta y voluntaria; ■ sin fines de lucro; ■ utilización de la ganancia/excedente de acuerdo a los objetivos sociales o la voluntad de los socios, para la reinversión o distribución con fines sociales. ■ primacía de la persona y del objeto social sobre el capital. ■ uso compartido de conocimientos e información. ■ mejor integración funcional de los distintos compo-

■ “economía

cooperativa” ■ “economía social”, ■ “economía solidaria” ■ “economía de la solidaridad” ■ “economía asociativa” ■ “economía popular”. ■ “sector social de la economía”, ■ “sector de economía del trabajo” Este último término parece ser el de significado más

12


Cartilla nentes de la empresa. de intereses con los usuarios y el bien público ■ menores costos, en comparación con la empresa privada tradicional. ■ predominio de los aportes personales y del trabajo sobre el capital. ■ trabajadoras/es que son a la vez socios propietarios de la unidad económica.

Por fuera del SET, existen otros dos “sectores”: ■ la

“economía doméstica” o “economía vernácula”, totalmente centrada en la autorreproducción humana, con base en el trabajo no remunerado. ■ el “tercer sector de la economía” (TSE) que tiene objetivos diferentes a la producción económica. En esta categoría la forma habitual es la asociación civil, la mutual y la fundación. También se utiliza la expresión organizaciones de la sociedad civil (OSC), u organizaciones no gubernamentales (ONG).

La forma de organización más frecuente en el SET es la “cooperativa”, de larga tradición, `junto a otras no tradicionales: ■ sociedades

anónimas laborales (SAL, como en España). Buscan una flexibilidad en el concepto original de cooperativismo, en que la totalidad de los beneficios se reinvierten. La nueva figura jurídica busca una fórmula empresarial atípica en la cual el capital de las/os trabajadoras/es es al menos el 51% y ningún accionista puede controlar más del 25%. ■ “empresas de trabajadoras/es”, para referirse generalmente a las que provienen de empresas pri-

Una posible tipología de organizaciones del TSE es la siguiente: ■ las

que tienen una localizacíón común (barrial o vecinal). Incluyen comunidades religiosas de base, organizaciones de vecinos, mutuales y otras organizaciones de ayuda mutua. ■ las que reúnen a colectivos

13

MÓDULO I

vadas tradicionales que se han convertido en autogestionadas.

■ coalición


MÓDULO I

Cartilla

tal, la educación popular, los abusos de las grandes empresas en contra del consumidor y, en general, la violación de los derechos humanos, sociales y culturales. ■ las creadas por grupos empresariales, con base en la exención tributaria, canalizando recursos para acciones sociales, a veces articuladas a su red de negocios. Suelen ocupar a una parte de sus propios empleados como voluntarios. Se los denomina voluntariado empresarial o voluntaria-

humanos según rasgos particulares, sin que se presente el requisito de la común localización: organizaciones de mujeres que defienden la perspectiva de género, de jóvenes en general (y de estudiantes en particular), de la tercera edad, vinculada a la situación de jubilación. ■ las que se identifican con posiciones comunes en relación a temas sociales: por ejemplo, la explotación del trabajo infantil, la degradación medioambien-

14


pudiera dirigirse también al autoconsumo. Por lo tanto, el SET puede tener un papel fundamental en la búsqueda tanto de una sociedad mas armónica, democrática y creativa, como a la de una “nueva competitividad” económica. El sindicalismo ha incorporado frecuentemente a sus estructuras el “trabajo autónomo colectivo” del SET, por ejemplo las cooperativas mineras y campesinas. Las empresas de trabajadores aparecen también en centrales como la CTA (con la ANTA, Asociación Nacional de Trabajadores Autogestionados).

do corporativo, en el marco de la concepción de la responsabilidad social de la empresa. ■ las creadas por agrupaciones políticas para canalizar recursos que puedan aplicarse a su acción electoral. Volviendo al SET, y siguiendo lo ya dicho sobre la SAL, todas sus unidades pueden ser consideradas “alternativas” pero al mismo tiempo la realización del valor económico de lo producido sucede en el mercado, y por ello sujeto a competencia con otras unidades, aun cuando una parte menor

15

MÓDULO I

Cartilla


Cartilla

MÓDULO I

II. DATOS SOBRE EL TRABAJO AUTÓNOMO

El trabajo autónomo no aparece como tal en las estadísticas laborales de los países de la región, pero se lo puede deducir de las que clasifican a los ocupados según su categoría ocupacional. En lo que sigue, se presenta un ejercicio con base en la publicación Panorama Laboral de la OIT Regional, correspondiente al promedio de 17 países en el 2006. Se presentan cinco alternativas, según que se vayan incorporando subgrupos, de forma acumulativa respecto de la inmediatamente anterior, que varían entre 22% y 34%:

pados): 32.2% 1.4% patronos de otras empresas (6 y más ocupados): 33.6%

■ incorpora

Teniendo en cuenta el objetivo sindical de este ejercicio, es claro que la tercera medida aparece como la más lógica, en el sentido de no considerar como sujeto de afiliación y representación a empleadores. En algunos países, el sindicalismo relaja su enfoque para incorporar a los micro empleadores (cuarta alternativa) Algunos comentarios explicativos:

■ trabajadores

por cuenta propia: 22.1% ■ incorpora 2.2% de trabajadores familiares auxiliares. 24.9% ■ incorpora una estimación sobre el servicio doméstico no asalariado (3.8%, es decir, la mitad del total de 7.7%): 28.7% ■ incorpora 3.5% patronos de microempresas (5 y menos ocu-

1. La estimación respecto del servicio doméstico obedece a que OIT clasifica a este grupo por separado, no considerándolo asalariado ni no asalariado. El criterio de corte del 50% es una estimación, que surge de promediar datos para algunos países que cruzan categoría ocupacional y rama de actividad. Otras

16


Cartilla dos medidas que permiten diferenciar al interior del servicio doméstico se refieren a quienes son parte del “sector formal”, tal como OIT lo estimaba hasta el 2006 (80% del total), y a quienes están protegidos en salud y/o pensiones (35%).

■ Trabajadores

Autónomos prote-

gidos ■ Trabajadores

Autónomos no

protegidos

2. En algunos países, en realidad, los datos corresponden solo a la ocupación urbana, por lo tanto existe algún grado de deformación respecto del universo que incluya la ocupación rural, presumiblemente hacia la subestimación del trabajo autónomo.

Para ello, el propio banco de datos de OIT regional es utilizado para referirse a la cobertura de salud y/o pensiones alcanzada por distintas categorías. Existe entonces la posibilidad de distinguir a las/os trabajadoras/es autónomos en una y otra situación.

4. No es claro donde figuran en las estadísticas actuales de OIT los cuenta propia de alta calificación (administrativos, profesionales y técnicos) que, hasta el 2006, aparecían diferenciados de los restantes, en la medición sobre “sector formal/informal”, ya que aquellos estaban separados en el formal. En el 2005, equivalían a 5.2%, contra 22% de otros cuenta propia. La medida que no diferencia a ambos, para ese mismo año (publicada en el 2007), considera sólo 22.8% cuenta propia no asalariados.

■ Este tipo de indicadores es más

claramente utilizable en el caso de las/os trabajadoras/es dependientes, ya que se basa en la consulta sobre si aporta o se le efectúan aportes al sistema general de la seguridad social. ■ En

el caso de las/os trabajadoras/es autónomos, pudiera mantenerse esta interpretación sólo en el caso de la existencia de regímenes obligatorios de seguridad social para su particular condición, que no es el caso generalizado.

II. Diferenciaciones internas De todas formas, cuando OIT dispone de información específica sobre pensiones, tiende a

En el marco del enfoque del trabajo decente, interesa enco-

17

MÓDULO I

trar algún criterio por el cual se distinga al interior del conjunto del trabajo autónomo ya identificado entre subconjuntos:


MÓDULO I

Cartilla confirmarse que la cobertura es menor, ya que la provisión de salud se realiza también vía prestadores públicos. Por lo tanto, el indicador de trabajadores autónomos con cobertura es solo una aproximación al subgrupo de aquellos que parece tener una mejor situación en el plano social. No existe información para todos los países de la región que forman parte del banco de datos a partir del cual OIT calcula promedios regionales, por lo que el análisis debe limitarse a casos nacionales. Para 2006 (cuadro 5), existen tres niveles de cobertura: en algunos países (Costa Rica, Uruguay, Argentina, Chile), al menos el 25% de los TA aportan a la seguridad social (Costa Rica es el caso extremo, con 38%). En una situación intermedia, la cobertura es de entre 10 y 20% (Brasil, Panamá, El Salvador). Finalmente, en otros países prácticamente la totalidad de estos trabajadores no son aportantes (Perú, Colombia, México, Paraguay). Cada uno de estos niveles

mantiene una brecha diferente respecto de la situación de los trabajadores asalariados, siendo ésta siempre muy superior en cuanto al grado de cobertura alcanzado. Solo en situaciones extremas (Costa Rica o Uruguay), la cobertura del TA llega a ser la mitad de los trabajadores dependientes). La medida aquí presentada es de mínima, teniendo en cuenta que el indicador alternativo de “densidad” de la cotización, es decir, el pago efectivo a lo largo del tiempo por quienes cotizan, llevaría a considerar, desde este enfoque, un menor alcance de la

18


seguridad social para el TA, por la inestabilidad que caracteriza a sus aportes. En igual dirección juega, para el indicador presentado aquí, dos aspectos mencionados al pie del cuadro 5 (no incorporación de trabajo autónomo doméstico y la mezcla entre cobertura de salud y de pensiones, en algunos países).

Brasil tiene un peso que coincide exactamente con la media regional. El detalle por país para Europa lleva a la misma conclusión: en algunos países el peso del TA es considerable (Grecia, Polonia, Portugal, Italia, más del 25% y hasta 40%). España aparece en una situación intermedia (20%). Para una caracterización más precisa del Trabajo Autónomo en ALC, es posible subdividirlo entre sus componentes (cuadro 3). Se comprueba que, en 2006, el núcleo central es el trabajo en empresas familiares (cuenta propia y sus ayudas) (3/4 del total), con un peso pequeño de las microempresarios (3.5%). Sin embargo, en la dinámica de diez años, son estos últimos los que aumentan su peso en el total del TA (aunque con cierta reducción en el empleo utilizado), lo que tiene aún más relieve si se considera que el resto de los empleadores mantuvo un peso constante (aunque con un mayor empleo dependiente), en tanto que descendía la importancia del empleo público y doméstico. En un detalle por países (cuadro 4), existen casos con un peso relativamente mayor de las microempresas (Brasil, Costa Rica, Ecuador, Honduras, Nicaragua, Perú).

III. Comparaciones internacionales Interesa conocer la importancia del trabajo autónomo en ALC comparativamente con otros países. Según datos de OIT, que utilizan para ALC un promedio del 33%, la región aparece ubicada en un nivel medio, a distancia tanto de África y Asia (más del 50%) como de Europa, Japón y América del Norte (menos del 10%) (cuadro 2). Un análisis similar referido a países (cuadro 2) (aunque correspondiente al 2000) encuentra considerables diferencias internas en la región, ya que algunos se encuadran en el nivel mayor (Perú, Honduras, Colombia, BolIvia, con 50% o más), junto a otros que se acercan al nivel mínimo (Puerto Rico, Antillas Holandesas). Algunos países se ubican por sobre el promedio (México, Ecuador y El Salvador), y otros por debajo (Costa Rica, casi todo el Cono Sur). Sólo

19

MÓDULO I

Cartilla


MÓDULO I

Cartilla

Cuadro 1 Trabajo autónomo. Cobertura de pensiones de las/os trabajadoras/es autónomos, comparativo con las/os asalariadas/os. América Latina y Caribe, 2006

No Asalariados

Relación No Asalariado/ Asalariados (Asalariado=100)

Asalariados

Nivel alto 25% y más de cobertura

37.5

66.2

48

32.6

64.7

51

Costa Rica

29.0

66.2

43

Uruguay

25.6

74.4

35

20.3 14.3 10.1

76.3 64.4 44.6

26 22 22

4.3 4.0 1.0 0.6

33.4 59.1 61.6 17.2

12 7 2 6

Argentina Chile Nível médio Entre 10% y 20% de cobertura Brasil Panamá El Salvador Nivel bajo Menos del 10% de cobertura Perú Colombia México Paraguay

Fuente: OIT América Latina y Caribe (Panorama Laboral, 2007). No se incluye a las/os trabajadoras/es domésticas/os. Los datos para El Salvador, Panamá y Costa Rica incluyen la cobertura de salud.

20


Cartilla

Cuadro 2. Trabajo Autónomo Porcentaje de la ocupación total según tres estratos. Total mundial y regiones, 2005

Alto Más del 50%

Medio Entre 20 y 50%

Bajo 20% y menos

Proporciones 50% Asia Meridional, 77% África Subsahariana, 73% Asia Sudoriental y Pacífico, 59% Asia Oriental, 56% Oriente Medio, 32% África del Norte, 31% América Latina y Caribe, 33% Europa Central Sudoriental (extra EU y CFI), 19% Europa Occidental, Japón y América del Norte, 9%

Fuente: OIT 2007

21

MÓDULO I

Niveles Total


Cartilla

MÓDULO I

Cuadro 3. Trabajo Autónomo. Porcentaje de la ocupación total según tres estratos. Países se leccionados por subregiones. Alrededor del 2000 Nivel Alto Superior al 50%

Nivel Medio Entre 20 y 50%

Nivel Bajo 20% y menos

Bangladesh, 87% Maldivas, 76% Indonesia, 67% Asia

Pakistán, 64%

y AsiaPacífico

Tailandia, 60% China, 58%

N.Zelanda, 20% Rep. Corea, 38% Sri Lanka, 38%

Yemen, 57%

Japón, 16% Austrália, 14% Singapur, 14% Israel, 13%

India, 53% Filipinas, 51% España, 20% Lituania, 19% Bélgica, 18% Islandia, 17% Rep. Checa, 16% Hungría, 15%

Europa

Grécia, 40%

Letonia, 15%

Moldávia, 40%

Finlandia, 14% Bulgaria, 14%

Georgia, 57%

Gaza y Ribera Occidental, 38%

Turquia, 51%

Polonia, 28%

Suiza, 13%

Rumania, 44%

Portugal, 27%

R.Unido, 12%

Itália, 27%

Alemania, 11%

Chipre, 26%

Ucrania, 11%

Croacia, 24%

Países Bajos, 11%

Austria, 13%

Suécia, 10% Francia, 10% Dinamarca, 9% Estonia, 8% Eslováquia, 8% Noruega, 7% Federacion Rusa, 7%

22 22


Cartilla

Ecuador, 41% Jamaica, 41% El Salvador, 40%

Honduras, 53%

México, 37%

Colombia, 51%

Panamá, 33%

Bolvia, 50%

Brasil, 33%

R. Dominicana, 47%

C.Rica, 31% Chile, 29% Uruguay, 29% Argentina, 28% T.Tobago, 24%

Africa

Egipto, 40% Botswana, 32%

Fuente: OIT, 2003

23

Canadá, 15% Puerto Rico, 14% Antillas Holandeses, 12% EEUU, 7%

MÓDULO I

Las Américas

Peru, 56%



MÓDULO II


Cartilla

MÓDULO II

I. PRINCIPIOS BÁSICOS DE LA ESTRÁTEGIA SINDICAL

El Programa de Acción de la CSA presenta el eje “Autoreforma Sindical para la inclusión y la defensa de todas/os las/os trabajadoras/es en las Américas”, centrado en las tareas de organización y sindicalización de las/os trabajadoras/es en la economía informal y trabajos precarios. Con ello se da continuidad a similar estrategia adoptada por la Confederación Sindical Internacional (CSI) a nivel mundial.

posibilidad de afiliación sindical a los no organizados, independientemente de dónde trabajen y en qué condición, incluyendo a quienes trabajan en la economía informal, en trabajos precarios y no protegidos. Esto requiere un compromiso renovado de respetar la diversidad de la membresía sindical. 3. El sindicalismo tiene un claro compromiso con la desaparición del trabajo no protegido y la formalización de quienes trabajan en la economía informal, a la vez que debe cumplir con su responsabilidad de organizarlos.

LA CSI plantea: 1. Hoy más que nunca, existe una urgente necesidad, de que las/os trabajadoras/es se organicen en sindicatos. Esta sigue siendo la tarea fundamental y el principal reto para todas las afiliadas. Sindicalizar es la piedra angular de la fuerza y la influencia de los sindicatos,

La CSA plantea 1. Uno de los temas principales de la CSA es el de la informalidad y precariedad, a los cuales combatimos para alcanzar su erradicación. Pero, dado que siguen existiendo, es imprescindible la organización

2. La solidaridad requiere que los sindicatos extiendan la

26


Cartilla de estas/os trabajadoras/es.

intereses y derechos de todo tipo de trabajadoras/es, expresando su diversidad y eliminando toda exclusión y discriminación.

2. Para incorporar a estas/os trabajadoras/es al sindicalismo, se requiere que, en el marco de una profunda autoreforma sindical, se revisen sus estructuras para alcanzar una mayor flexibilidad al momento de afiliar, representar y reivindicar los

II.ORGANIZACIÓN Y SINDICALIZA CION

presentan con las/os trabajadoras/es autónomos, para quienes es menos clara la vía de la organización y representación colectiva. En todos los países, el trabajador autónomo puede organizarse en asociaciones civiles. Asimismo, la creación de cooperativas y otras formas de asociación u organización también son alternativas en igual dirección. Pero es poco frecuente

Las estrategias de representación y sindicalización de las/os trabajadoras/es en la economía informal son diferentes según sea: dependientes o autónomos Entre los primeros, su formalización, a través del registro en el sistema laboral y de la seguridad social, lleva naturalmente a ejercer el derecho a estar organizados en los sindicatos ya existentes. Los mayores problemas se

27

MÓDULO II

3.Ello incluye la incorporación de las mujeres, las/os jóvenes, las/os migrantes y las/os trabajadores rurales.


MÓDULO II

Cartilla (menos de una docena de países de la región) que se autorice la organización de sindicatos de trabajadores autónomos, lo que sería lógico si se atiende a la definición amplia de trabajadoras/es, que trae consigo la aplicación de las normas internacionales de trabajo en materia de derecho sindical. Este enfoque ha sido reconocido por la OIT, habilitando la vigencia del Convenio 87 de Libertad Sindical para el trabajo independiente. Una alternativa propiamente sindical frecuentemente utilizada es la de aprovechar las forma jurídica autorizadas de sindicatos de oficios y profesiones. En este marco, en algunos países se han creado sindicatos de “oficios varios”. En la práctica, las centrales y confederaciones nacionales de la región, en países donde los Estados no aplican este enfoque, han optado por incorporar a su estructura las asociaciones civiles de trabajadoras/es autónomos u otras formas asociativas (por ejemplo las de carácter comunitario y barrial) ya existentes, o crear sindicatos de trabajadores autónomos, aunque no tengan un registro formal. Al disponer de esta libertad, tales sindicatos representan a grupos

definidos a partir de su localización (por ejemplo, una calle), o características personales (mujeres, jóvenes, capacidades diferentes). Para reafirmar su propia política de sindicalización abierta a las/os trabajadoras/es autónomos, un número creciente de centrales y confederaciones incluyen en sus estatutos una referencia concreta. Es también frecuente que se llegue a esta situación mediante la reforma de estatutos anteriores, que solo hacían referencia a los trabajadores dependientes. Siguiendo el antecedente europeo, que suele referirse sobre todo a trabajadores autónomos de calificación profesional, algunas centrales y confederaciones están comenzando a adoptar el criterio de “afiliación directa”, con el territorio como eje, que algunas organizaciones que, por las características de estos países, llevan también a la incorporación del trabajo autónomo informal de calificación baja y media. Al momento de incorporar a los trabajadores autónomos, el sindicalismo ha tenido también en cuenta un aspecto central: la baja capacidad de pago de cuota. Para ello, es frecuente que las organizaciones del tra-

28


bajo autónomo sean incorporadas con carácter de asociados o adherentes, con una cotización menor por afiliado/a, con un pago por un número de miembros menor al real, o directamente sin aporte. Junto a este camino básico, en América Latina y Caribe se observan otros “modelos” de sindicalización de trabajadoras/es autónomos. En algunos casos, se busca una mayor concentración de lo que, habitualmente, son organizaciones pequeñas, para lo que se crean federaciones, o un “sector”. El enfoque sectorial también puede ser adoptado, es otra vía, que en este caso no busca la concentración sino la articulación en ese plano: la creación de “secciones” internas a un sindicato o fe deración de, por ejemplo, comercio o transporte, con lo cual coexisten allí trabajadoras/es dependientes e independientes. Finalmente, en relación a las/os trabajadoras/es falsamente autónomos, se encuentran experiencias de construcción de sindicatos “mixtos”, en el sentido de que acogen tanto a las/os trabajadoras/es dependientes, es decir, aquellos que han logrado el reconocimiento de esa condi-

ción por su empresa, como a aquellos que aún no son así considerados, por lo que se encuentran en “transición”, por lo que la afiliación puede ser un estímulo al alcance de ese objetivo. Una forma alternativa de vinculación entre las estructuras sindicales y trabajadores autónomos es la promoción de microcréditos, en alianza con gobiernos locales. Es también muy frecuente que las centrales y confederaciones nacionales incluyan al trabajo autónomo en su acción sociopolítica creando una secretaría especializada, la que también es útil al momento de realizar campañas de afiliación. Asimismo, en materia de participación, en varias centrales y confederaciones los/as dirigentes del trabajo autó nomo informal son designados a cargo de secretarías o direcciones encargadas de la informalidad, También se encuentran ejemplos en que estos dirigentes han llegado a ocupar altos cargos en la conducción de la organziación. En todos los casos, se requiere atender al fuerte componente de trabajo femenino (y con ello la incorporación de una perspectiva de género), tanto de forma transversal

29

MÓDULO II

Cartilla


Cartilla domicilio (el tradicional oficio de la confección de prendas de vestir), y dos nuevos fenómenos todavía menos visibles: el trabajo de venta directa y el teletrabajo.

MÓDULO II

como en ocupaciones específicas vinculadas al trabajo en los domicilios particulares, en ocupaciones como el trabajo del hogar (también llamado “servicio doméstico”), el trabajo a

30


Cartilla

El trabajo autónomo de comercio y servicios se desarrolla muy frecuentemente en espacios públicos. Por esta vía, las/os trabajadoras/es obtienen contacto directo con el público, con nulo o mínimo gasto. Los lugares elegidos son calles, plazas, mercados, terminales de transporte, estadios deportivos, campos feriales. Puede tratarse de vendedores itinerantes (ubicados por horas o días en sitios fijos) o temporales, en períodos de mayor demanda (como las fiestas patrias, religiosas, inicio de clases escolares). También se distingue entre los conglomerados de ambulantes alrededor de determinados tipos de productos, y otros ambulantes “satélites” ubicados a su alrededor. En consecuencia, son los gobiernos locales (municipios, alcaldías, prefecturas) quienes tienen relación directa con los trabajadores autónomos. Son

las reglamentaciones y ordenanzas que se deciden en este nivel de gobierno las que definen una política hacia el uso del espacio público, incluyendo el trabajo que se desarrolle allí, en vinculación con otras dimensiones (desplazamientos, salubridad). Es muy poco común que existan otras normas de ámbito provincial o nacional, quienes delegan la tarea. En las grandes ciudades, se encuentran distintos “modelos” de comportamientos por parte de los gobiernos locales con las/os trabajadoras/es autónomos: ■ algunos han sido pasivos, sin mayores restricciones para el desarrollo de sus actividades. ■ otros, por el contrario, han desalojado periódicamente a las/os vendedoras/es de los sitios públicos, a veces ante quejas recibidas de otros comercios o ciudadanos. ■ finalmente, un tercer tipo de comportamiento incorpora al

31

MÓDULO II

III. TRABAJO AUTÓNOMO Y ESPACIOS PÚBLICOS


Cartilla informal en relación al espacio público: ■ Partir del criterio de que de una supresión de la actividad comercial en la calle no produce soluciones duraderas, porque la presencia del trabajo autónomo en la vía pública se vincula a problemas estructurales, que tienden a reaparecer. ■ Respetar simultáneamente el doble derecho de las personas a trabajar en el espacio público, y a utilizarlo para otros fines, principalmente desplazarse al trabajo, así como otros como el esparcimiento y la cultura. ■ Combinar los enfoques de planeamiento urbano y de desarrollo económico local, para reconocer la función social y económica del trabajo en la vía pública, claro está que cumpliendo de determinados requisitos, para atender a los posibles efectos negativos (en materia de salud, estética, movilidad), y así preservar las distintas funciones del espacio común. Ello incluye una eventual relocalización de las/os trabajadoras/es. ■ Llevar a la formalización a la mayor cantidad posible de trabajadoras/es autónomos, en el sentido de incorporarles, mediante permisos o

MÓDULO II

trabajo autónomo a sus políticas de desarrollo metropolitano, incluyendo las políticas de desarrollo económico local, llevando a una política activa de relocalizaciones, que no se centra en la represión. La tercera de estas modalidades se vincula fuertemente con el enfoque respecto de los “centros históricos”, con los siguientes objetivos: ■ reconocer su carácter de centro político institucional, cívico - cultural y turístico. ■ promover su desconcentración, redistribuyendo actividades hacia otras áreas. ■ devolverle su carácter residencial. ■ promover la reconstrucción y restauración de las edificaciones relacionadas con el culto religioso y la cultura. ■ reordenar el transporte público. ■ promover una política de vivienda mediante habilitación de zonas deterioradas y reversión de procesos de despoblamiento.

Lineamientos básicos Los siguientes son li neamientos básicos para el diseño de estrategias de organizaciones de trabajadoras/es autónomos y en la economía

32


patentes, a las diversas regulaciones a cargo del gobierno local, y las de carácter nacional, sobre todo las de carácter laboral y de la seguridad social. ■ Resolver el déficit de equipamiento social en las áreas utilizadas por las/os trabajadoras/es autónomos, dedicando recursos públicos a la construcción o reacondicionamiento de infraestructura Su costo podrá ser cubierto total o parcialmente por las/os propios trabajadoras/es autónomos que aprovecharán el cambio de calidad de su localización, lo que seguramente aumentará sus ventas. ■ Introducir, en las políticas de localización/relocalización, la consulta y negociación con las asociaciones y sindicatos de las/os trabajadoras/es autónomos. Para ello, se necesitan censos y registros de las organizaciones existentes, así como acuerdos de representación entre estas mismas, para facilitar el proceso.

localización, la necesidad del trabajador autónomo de ”estar cerca” de la afluencia de público, con lo que nuevas ubicaciones muy distantes no serán duraderas. ■ Dar un tratamiento diferenciado a los comerciantes en el “centro histórico”, con criterios de mayor selectividad en cuanto a los productos en venta (privilegiando aquellos con contenido cultural, teniendo en cuenta el flujo turístico), así como estableciendo un canon más elevado, teniendo en cuenta los mayores ingresos obtenidos, por la ubicación privilegiada. ■ Desarrollar un espacio integral de comercio masivo fijo, en terrenos municipales, con administración en manos de los propios comerciantes propietarios de los locales. Requiere la construcción de servicios esenciales, la conexión con servicios de transporte público, y la promoción de una campaña publicitaria, que también destaque el componente de lugar de encuentro social que tendrá el nuevo espacio. ■ Explorar dos fórmulas: instalación de pequeños “parques” de ambulantes, a veces denominados “paseos de compras”, equipados con cierta infraestructura mínima

De forma más detallada, las políticas activas hacia las/os trabajadores autónomos deberían incluir los siguientes criterios: ■ Contemplar, al momento de la

33

MÓDULO II

Cartilla


MÓDULO II

Cartilla comercialización y producción. Para ello podría partirse de las organizaciones ya existentes.

y convertidos en polos de atracción. Esta es también una vía de integración de “espacios muertos”. ■ Desarrollar ferias móviles (también denominados mercados orbitales), como lugar de comercio y de encuentro social. Puede aplicarse al modelo del "fin de semana" o de rotación en días hábiles por los barrios. ■ Transformar parte de algunas calles donde hay ambulantes en veredas, para hacer más fluido el movimiento de los transeúntes. ■ Facilitar el auto desempeño de funciones por parte de los ambulantes, como la administración y el mantenimiento del lugar, incluyendo servicios higiénicos, y la administración del cumplimiento de las reglas previamente definidas. ■ Tener en cuenta, al momento de la reubicación, la necesidad de las/os trabajadoras/es autónomos de estar cerca de la afluencia del público y la eliminación o reducción de los efectos de obstaculización y congestionamiento (y con ello la pequeña delincuencia). ■ Estimular la formación de cooperativas y otras formas asociativas de comerciantes, para mejorar sus formas de

En cuanto a las/os trabajadoras/es autónomos sujeto de las políticas, se necesita: ■ Diferenciar a las/os trabajadoras/es efectivamente autónomos de aquellos que, en realidad, son “falsos autónomos”, por estar vinculados a un empleador formal, e incluso de ongs aparentemente sin fines de lucro. ■ Clasificar a las/os trabajadoras/es autónomos según su oficio, contemplado situaciones en que, como los artesanos, pueden ser un polo de atracción, que se combine entonces con situaciones menos favorables. ■ Excluir de la forma lización, entre las/os trabajadoras/es autónomos, a quienes comercian productos originados en el robo y contrabando. ■ Una situación especial se presenta, en algunos países, donde la venta en espacios públicos es realizada por campesinos llegados de las cercanías, para colocar así su propia producción.. Un tema complementario que también necesita trata miento es el de eventuales

34


con las organizaciones de trabajadores municipales. Sus tareas están centradas en ejecutar las políticas regulatorias de la ciudad, incluyendo la vía pública lo que, en un enfoque sindical sociopolítico, requiere su participación. La relación de alianzas también debiera beneficiar a los trabajadores municipales, al momento de diseñar estrategias de movilización ante conflictos con sus empleadores. Estas organizaciones seguramente estarán también de acuerdo en defender la vigencia del principio de la autonomía municipal, como reaseguro de políticas desde los Estados nacionales y provinciales que pudieran afectar la capacidad de estos

acciones de corrupción por parte de inspectores del gobierno local vinculado de alguna forma al desempeño del trabajo autónomo en la ciudad, que aprovechan la falta de políticas de regulación de la vía pública para abusar de las/os trabajadoras/es autó nomos, quienes pueden admitir esta situación como un “mal menor”, al momento de garantizar su actividad. Esta situación también pudiera presentarse con funcionarios de mayor rango, al momento de establecerse nuevas ordenanzas en relación al trabajo en la vía pública. Alianzas En el plano de las alianzas, existe una que es “natural”;

35

MÓDULO II

Cartilla


MÓDULO II

Cartilla gobiernos para ser sus propios gestores. Este enfoque ya está presente en algunos lineamientos y prácticas de la Internacional de Servicios Públicos (ISP). Una forma concreta de hacer crecer esta vinculación es, sin duda, el préstamo de locales sindicales de los trabajadores municipales a los trabajadores autónomos. Tales alianzas pueden ser el comienzo de una incorporación más amplia de las organizaciones de TA en el plano nacional, de las federaciones sectoriales y las confederaciones. Teniendo en cuenta la importancia que, en algunos países, tienen los componentes rural/campesino interno, interétnico y migratorio (de países limítrofes) del trabajo autónomo, aparece lógica una alianza con organizaciones representativas de estas colectividades. Otros aliados potenciales pueden ser los kioskeros u otros pequeños locales con acceso a la calle, en cuanto existe un campo común de problemáticas derivadas del uso del espacio público .

locales en la estrategia de los trabajadores autónomos a favor de una regulación apropiada de sus actividades, es promover un desarrollo de los reglamentos administrativos existentes en las ciudades en camino a un derecho administrativo laboral, una nueva disciplina jurídica de carácter social, de naturaleza híbrida entre lo público y lo privado, que proporciona un cuasi marco laboral que delimita la prestación de la actividad (OIT regional). Parte de este enfoque es la apreciación de que, cuando las normas son resultado de negociación entre el gobierno local y las organizaciones de trabajadores independientes, se está en presencia de una cuasi negociación colectiva. A favor de esta perspectiva, también se ha señalado que en las microempresas informales, donde frecuentemente tiende a destacarse la falta de vigencia del derecho laboral, las relaciones asalariadas tienden a estar sujetas a la aplicación de cierta normativa propia, basada en la costumbre y el uso, generada por la propia peculiaridad y modo de ejecución de la prestación. La condición paralela y por fuera de esta normativa en relación al derecho del trabajo oficial no quita

Hacia un derecho administrativo “cuasi-laboral” Una forma de destacar la importancia de las políticas

36


Cartilla tectoras de estas formas de trabajo supone cierto grado de formalización jurídica, laboral y no laboral, de la actividad, y el aprovechamiento de tradiciones existentes.

MÓDULO II

que coincida y respete, en muchos casos, los mínimos establecidos en las normas laborales nacionales. En consecuencia, extender los derechos y las normas pro-

37



MÓDULO III


MÓDULO III

Cartilla de la seguridad social, e incluso simplifican los trámites registrables del trabajo autónomo. Pero la coexistencia de estos regímenes especiales con los generales trae contradicciones, que reducen el efecto global. En cuanto a la protección social general, existe un circulo vicioso en América Latina y Caribe: la enorme cantidad de trabajadoras/es autónomos y asalariados fuera del sistema lleva a que los fondos requeridos por el Estado sean también muy grandes, al tiempo que suele ser difícil obtener que los otros sectores sociales de mayores ingresos paguen los impuestos que debieran. Como resultado, los avances han sido siempre insuficientes. Ante este panorama, es necesario: ■ Que los regímenes especiales se mantengan, pero articulados, integrados y estandarizados respecto del régimen general, y sean coherentes con los demás componentes del sistema, para evitar ineficiencias, desincentivos en la participación y problemas de cobertura, ■ A pesar de las particularidades del trabajo autónomo, que requieren un ajuste de los instrumentos de protección social a sus realidades. Hay que contemplar el marco y la lógica gen-

erales del sistema, para evitar la perpetuación de fragmentaciones e inequidades. ■ Que se combinen programas contributivos ya existentes que cubren a las/os trabajadoras/es autónomos de altos ingresos con los programas no contributivos para autónomos de bajos ingresos. ■ Que se introduzca un paquete de prestaciones de corto y largo plazo para aumentar la adhesión al régimen. ■ Que se mantenga vigente el objetivo de avanzar hacia la universalización de la seguridad social, con base en recursos sustentados no sólo en los aportes de las/os trabajadoras/es sino también provenientes de fuentes presupuestarias financiadas por impuestos progresivos. Una vía que puede ser adecuada es la firma de acuerdos locales enmarcados en el derecho administrativo. Asimismo, son importantes ■ Las políticas de administración del trabajo que actúan sobre las situaciones simuladas como autónomas, para una categorización correcta como dependientes. ■ Formas de protección social autogeneradas por las organizaciones de trabajadoras/es autónomos informales, mediante fondos de solidaridad entre los propios afiliados.

40


Cartilla

bajo autónomo es disperso y fragmentario. Generalmente, se ha intentado incorporar el trabajo autónomo directamente al régimen general. Pero ello requiere aportes personales muy altos, para compensar la no existencia del aporte de un empleador. Ello desestimula la incorporación al sistema, así como la permanencia entre quienes lo hicieron. Para atender a este problema, frecuentemente se ha reducido el monto imponible, vinculándolo al salario mínimo, que suele estar a su vez retrasado respecto del valor que debiera tener. Pero ello ha traído nuevamente como resultado el desinterés de los trabajadores autónomos, dado el bajo monto de la pensión que se recibirá al momento de la pasividad, que está vinculado con aquel punto de partida en el financiamiento. Una variante de este enfoque ha sido la creación de regímenes simplificados, denominados frecuentemente “monotributos”, que además de mantener bajo el monto imponible, para hacerlos más atractivos integran el pago de impuestos con la cotización.

Uno de los objetivos centrales de la estrategia sindical hacia las/os trabajadoras/es en la economía informal es la plena vigencia del derecho a la protección y seguridad social. Se trata de un derecho humano fundamental, enmarcado en los principios de universalidad, solidaridad, integración, igualdad, y con una lógica de financiamiento colectivo y de cumplimiento obligatorio. En esta dirección, se debe incluir los servicios de salud, pensiones, vivienda, educación, entre otros aspectos del bienestar humano. La seguridad social es un derecho humano, por lo tanto es obligatoria para las/os trabajadoras/es en relación de dependencia, con lo que la principal estrategia es directamente el cumplimiento del pago de los aportes de los empleadores. Diferente es el caso del trabajo autónomo. En América Latina y el Caribe (ALC) se observa un claro predominio de esquemas de naturaleza bismarkiana, basados en el financiamiento y cobertura referido a las/os trabajadoras/es dependientes. Como resultado, el tratamiento del tra-

41

MÓDULO III

PROTECCIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS/OS TRABAJADORAS/ES AUTÓNOMOS


Cartilla

II. DETERMINACION DE FALSOS AUTÓNOMOS Y SEMI AUTÓNOMOS

La seguridad social para trabajadoras/es autónomos, al estar financiada por el propio trabajador/a, requiere determinar con precisión situaciones ambiguas, como las del “falso autónomo” y “semi autónomo”, ya mencionadas en el módulo I.

mecanismos de solución de controversias relativas a la existencia y las condiciones de una relación de trabajo, que sean accesibles a todas/os las/os trabajadores. La garantía de cumplimiento y la aplicación de la legislación relativa a la relación de trabajo involucra a los servicios de inspección del trabajo, la administración de la seguridad social y las autoridades fiscales. Se promueve también a tribunales y otras instancias de arbitraje para la solución de controversias sobre la existencia y las condiciones de una relación de trabajo. Se da importancia a la eliminación de los incentivos que fomentan las relaciones de trabajo encubiertas. Se promueve el papel de la negociación colectiva, el diálogo social y las consultas a organizaciones sindicales y empresariales para encontrar soluciones a estas cuestiones.

MÓDULO III

Falso autónomo: Este doble objetivo de la acción sindical puede apoyarse en un reciente aporte de la OIT: la Recomendación 198 sobre la Relación de Trabajo, del 2006. Su objetivo es estimular procesos nacionales, con un formato tripartito, de incorporación de esta problemática a las áreas de políticas públicas pertinentes, con la meta de encontrar una identificación precisa de las relaciones de trabajo. Cuando los acuerdos son triangulares, se debe estipular a quién incumbe la responsabilidad por la protección que prevén. El esquema propuesto por OIT incluye procedimientos y

Un elemento clave para este trabajo es la determinación de indicadores que den indicios y

42


presunciones sobre la existencia de relaciones de dependencia o de autonomía. En la tabla adjunta se presenta un ejercicio (fuente: proyecto FSAL, en el marco de ACTRAV-OIT regional), con base en contenidos de la propia Recomendación, los cuales pudieran ser utilizados en la estrategia sindical ante el “falso autónomo”.

Córdoba, septiembre 2007), destacó la Ley Estatuto del Trabajador Autónomo (LETA), por aportar una “novedosa fórmula.para el tratamiento legal ante situaciones ambiguas, en el marco de las tendencias y tradiciones de otros países”. La LETA crea una nueva figura jurídica, el “trabajo económicamente dependiente” (TAED), que se vincula de forma directa con la problemática laboral del “semiautónomo”. El TAED es considerado “el eslabón más débil” de la cadena de subcontratación, y se lo define como quien desempeña una actividad económica o profesional a título lucrativo y de forma habitual, personal, directa y predominante para una persona física o jurídica (“cliente”). De este cliente, el

“Semiautónomo”: la Ley del Trabajo Autónomo española La “Declaración de Córdoba”, acordada en el Encuentro Internacional ISCODUGT-ORIT “Economía Informal. Respuestas Sindicales”. Intercambio de experiencias EspañaUE y América Latina (Madrid y

43

MÓDULO III

Cartilla


MÓDULO III

Cartilla TAED depende económicamente por percibir al menos el 75% de sus ingresos por rendimientos de trabajo y de actividades económicas o profesionales. Se requieren otras condiciones simultáneas: 1. no tener trabajo por cuenta ajena; 2. no contratar o subcontratar parte o toda la actividad con terceros, tanto respecto de la actividad contratada por el cliente como de actividades que pudieran contratar con otros clientes; 3. disponer de infraestructura productiva y material propios, necesarios para el ejercicio de la actividad e independientes de los de su cliente, cuando en dicha actividad sean relevantes económicamente; 4. desarrollar su actividad con criterios organizativos propios, sin perjuicio de los indicadores técnicos que pudiese recibir de su cliente; 5.percibir una contraprestación económica en función del resultado de su actividad, de acuerdo a lo pactado con el cliente y asumiendo riesgo y ventura de aquella. Asimismo, se aclara que, en ningún caso, podrán ser considerados TAED: los titulares de establecimientos o locales comerciales e industriales, os titulares de oficinas y

despachos abiertos al público, los profesionales que ejerzan su profesión conjuntamente con otros en régimen societario (o bajo cualquier otra forma jurídica admitida en derecho). La LETA crea para los TAED un nuevo contrato de actividad, un nuevo acuerdo colectivo profesional, un catálogo de deberes y derechos (vacaciones, interrupción justificada, indemnización si el contrato se extingue por la voluntad del contratante, voluntariedad del trabajo extraordinario), e instrumentos para el ejercicio de los derechos (conciliación y arbitraje, capacidad de recursos ante la jurisdicción de lo social para la resolución de litigios en determinadas condiciones). La LETA también autoriza que estos trabajadores sean representados por asociaciones o sindicatos, que tienen la capacidad de firmar “acuerdos de interés profesional” con las empresas para las que ejecuten su actividad, al amparo del código civil. Estos acuerdos trascienden el mero contrato individual, aunque vinculan sólo a las/os firmantes del acuerdo), ejercer defensa y tutela colectiva, y participar de sistemas no jurisdiccionales de solución de controversias colectivas.

44


Cartilla

I. Organización del trabajo Indicios y presunciones de Dependencia

Indicios y presunciones de autonomía o Independencia

Órdenes e instrucciones por parte del dador del trabajo

2

Se refiere al cómo, cuándo y dónde se realiza el trabajo. Es manifestación de control y dirección Fijación de precios de venta de los productos o servicios

Existen

Ajena

El desempeño es libre

Propia

3

Fundada en el Posibilidad de contratar reconocimiento del dador o subcontratar a otra del trabajo sobre la base empresa o persona para de una contratación por realizar la tarea grupo o equipo

Sin regulación derivada de la relación con el dador del trabajos

4

No pueden ejecutarse trabajos de la misma índole para otra persona o negoExclusividad del vínculo. cio de manera simultánea o en actividades concurrentes

No existe exclusividad. También se ha propuesto la formula de presunción de independencia si ha trabajado para otra persona o negocio al menos 40 horas mensuales los últimos tres

5

Lugar de ejecución del trabajo

6

7

8

9 10

Indicado o aceptado por el dador del trabajo

Propiedad de la razón Ajena social Propiedad de los medios de trabajo (herramientas, maquinaria, .Ajena materiales, vehículos) de quien pide el trabajo Ajenos Incluye también la Riesgos asunción del costo de económicos rehacer un trabajo mal hecho o de inferior calidad Seguros contra robo y Establecidos por el dador accidentes de trabajo Por pedido del dador de Asistencia a cursos trabajo

45

Propia

Propia

Propios

Por propia decisión Por propia decisión

MÓDULO III

1


Cartilla

II. Tiempo del trabajo 11

Duración del trabajo

12

Permanencia de la realización del trabaCierta continuidad jo

Indeterminada

Cumplimiento de un determinado horario para la ejecución del trabajo (o con arreglo a determinado numero de horas por semana o mes)

13

Horario

14

Disponibilidad para realizar todas las tareas comprendidas en el objeto de Requerida por el dador del trabajo la relación de trabajo durante la jornada fija o las horas pactadas

MÓDULO III

III. Remuneración y pagos 15

Importancia de los pagos en el total del ingreso del trabajador

Es la única o principal fuente

16

Nivel del pago recibido

Análogo al de otros trabajos dependientes de simi- Superior lar calificación

17

Tipo de pago

Pago fijo o relativamente fijo y regular independientemente de las características de la prestación

18

Descanso semanal y vacaciones anuales

Son remuneradas o objeto de un pago

19

Horas extraordinarias

Reconocimiento en el pago

20

Gastos vinculados a la prestación (alimentos, vivienda, transporte)

Reconocimiento en el pago

46

Es fuente secundaria




Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.